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Page 1: TRABAJO ACADÉMICO DERECHO ADMINISTRATIVO

TRABAJO ACADÉMICO DERECHO ADMINISTRATIVOFACULTAD DE DERECHO JUDITH M. SANTOME S.

1. Elabore en una línea de tiempo de la evolución del Derecho Administrativo

hasta nuestros tiempos. Para ello utilice nuestra biblioteca virtual que la

Universidad le facilita para su investigación.(2 puntos)

El hombre es un ser asociativo, y gracias ello se hizo posible que se integren

los intereses grupales y se organicen los esfuerzos, permitiendo el surgimiento de

sociedades tribales que con el suceder del tiempo se convirtieron en los primeros

estados teocráticos. Heródoto, en el siglo V a. C. en su obra “Nueve libros de la

historia” nos habla de estos primeros reinos, donde sus reyes se organizan

imponiendo una legislación, y utilizando la fuerza militar para mantener las primeras

ciudades, los que podrían denominarse antecedentes remotos del derecho

administrativo. En Roma, en la época del imperio ya existían instituciones públicas

que requerían de algún mínimo de normas para regular su funcionamiento.

La organización social, política y económica dominante en la Europa

occidental durante la Edad Media, se basó en la constitución del feudo y el señorío.

En su sentido estricto, es un régimen económico y social caracterizado por unas

relaciones jurídicas muy específicas entre el señor y el vasallo, característico de

Europa en la Edad Media.

La Sociedad Medieval se caracterizó por una clara jerarquía de estamentos.

La sociedad, a modo de pirámide en cuya cúspide se encontraba el rey como

máxima autoridad, representante de los poderes terrenales y divinos.

Con la Edad moderna surgen los Estados Nacionales (Francia, España,

Alemania, etc.) donde se desarrollan Monarquías absoluta, que se caracterizan

porque el rey era el estado y todos los poderes estaban concentrados en el rey o

soberano quien no estaba sometido al derecho.

En la época del absolutismo; las decisiones que tomaba el estado no

admitían controversia legislativa ni judicial. En esos momentos el derecho

administrativo se agota en un único precepto: Un derecho ilimitado para

administrar; donde no se reconocen derechos del individuo frente al soberano; el

Page 2: TRABAJO ACADÉMICO DERECHO ADMINISTRATIVO

particular es un objeto del poder estatal, no un sujeto que se relaciona con él. Esta

concepción ha sido denominada Estado de policía.

Lo que trajo como consecuencia una sociedad basada en privilegios donde

la nobleza y el clero formaban parte de los privilegiados. Éstos no pagaban

impuestos, eran propietarios de la mayoría de las tierras y ocupaban los principales

cargos del gobierno. Mientras los campesinos, los artesanos y los comerciantes

constituían el pueblo llano. Pagaban impuestos y no tenían acceso a los cargos de

gobierno. En este esquema social aparecen los Tribunales especializados en

asuntos administrativos, que juzgaban asuntos muy limitados, pero siempre

considerando los intereses del rey.

Al surgir la Burguesía, ligada al desarrollo de las industrias basadas en las

materias primas (lana, minerales, productos agrícolas) y cuya presencia, exige

reformas sociales y el desarrollo de programas liberales contra los sectores

tradicionalistas de privilegios antiguos.

Situación que conllevó una oposición constante entre la sociedad estamental

y una burguesía que no puede acceder al papel de clase domínate que ocupan los

estamentos privilegiados.

A mediados del siglo XVIII, Montesquieu en su obra “El Espíritu de Las

Leyes”, afirmó, que en todo gobierno (Estado) existen tres clases de poderes: el

poder legislativo, el ejecutivo y que su separación permitía la existencia de frenos y

contrapesos entre esos poderes, según Montesquieu, esta era la única manera de

asegurar la libertad de los ciudadanos.

De esta manera, Montesquieu estableció la separación de poderes como un

dogma del constitucionalismo liberal que se reflejaría en el nacimiento del

constitucionalismo en los EE.UU., la eclosión de la Revolución Francesa y la

Declaración de los Derechos del Hombre.

En este momento se da el germen del moderno derecho administrativo, pues

al tomarse conciencia de que existe derechos del individuo frente al Estado y que el

primero es un sujeto que está frente a él, no un objeto que éste pueda

simplemente mandar, ya no se podrá decir que el Estado o el soberano puede

hacer lo que le plazca, que ninguna ley lo obliga, que nunca comete daños, sino

por el contrario podrá postularse la conjetura de que existen una serie de derechos

inalienables del ciudadano que debe respetar.

Page 3: TRABAJO ACADÉMICO DERECHO ADMINISTRATIVO

Es necesario recalcar que en esta época, frente al temor que los jueces se

convirtieran en un obstáculo para la aplicación de las decisiones de los nuevos

gobernantes, se adoptó la decisión a todas luces contradictoria con la filosofía

revolucionaria, que consistió en prohibir a los jueces inmiscuirse en los asuntos de

la administración, con la cual esta “quedaba sin control, situación que afectaba

gravemente la concepción del Estado de derecho en la medida de que el principio

consistente en que los gobernantes estaban sometidos al ordenamiento jurídico

quedaba en la realidad como un simple postulado teórico, sin significado

práctico(…) Para resolver esa contradicción, los mismos hombres de la revolución

primero idearon el mecanismo de la administración-juez, consistente en que las

eventuales reclamaciones contra la administración debían ser presentadas ante

ella misma y resueltas por el jefe del ejecutivo, solución que, sin duda, debilitaba la

filosofía de la sumisión de los gobernantes a la ley(…) se vio complementada por

una medida práctica ideada por los nuevos gobernantes, consistente en la creación

de un órgano especial, denominado Consejo de Estado que, con alguna semejanza

al Consejo del Rey existente en la época monárquica anterior, debía servir de

asesor del ejecutivo en diversos aspectos, como los de redactar los proyectos de

ley y de reglamentaciones administrativas y “resolver las dificultades que se

presenten en materia administrativa”. 1

A esta etapa, se le conocería como el Periodo formativo del Derecho

Administrativo y como se ve se caracterizó por definir que la jerarquía del Consejo

de Estado, dependiente del Jefe de Gobierno como órgano encargado de juzgar a

los entes administrativos.

La última parte del siglo XIX daría origen a la etapa conocida como la

Consolidación del Derecho Administrativo y en ella se fueron creando los principios

propios para la actividad administrativa que dieron lugar a la aparición de reglas y

normas que conformaron un cuerpo sistemático que se consolidó con el tiempo y

que dio lugar a la existencia de una nueva rama del Derecho diferente a las ramas

tradicionales.

Page 4: TRABAJO ACADÉMICO DERECHO ADMINISTRATIVO

2. Elabore en un mapa conceptual los principios del Derecho Administrativo, agregando un ejemplo de cada uno ellos dentro de la actividad administrativa. (2 puntos)

LOS PRINCIPIOS DEL DERECHO ADMINISTRATIVO

CONCEPTO EJEMPLO

LE

GA

LID

AD

Toda actuación del Estado y de las

entidades que componen la

administración pública debe

sustentarse en normas jurídicas,

cualquiera que fuera su fuente.

Todo acto de la administración debe

encontrar su justificación en

preceptos legales y hechos,

conductas, y circunstancias que lo

cause, además todos los actos

deben respetar la jerarquía

normativa, a fin de preservar el

normal desenvolvimiento del orden

jurídico. Las autoridades

administrativas, no deben actuar al

margen de lo estipulado en las

normas legales vigentes, caso

contrario, ese comportamiento

acarraría en un acto administrativo

ilegal, nulo.

Al haberse derogado la Ley

Nº 24948, la SUNAT

actualizó la referencia legal

que se hace en el inciso b)

del artículo 5° de la

Resolución de

Superintendencia N° 167-

2006/SUNAT adecuándola

a los cambios efectuados

por el Decreto legislativo Nº

1031 por lo que generó la

Resolución de

Superintendencia Nº 114-

2011/SUNAT (publicada con

fecha 10 de mayo de 2011 y

vigente a partir del 11 de

mayo de 2011) donde se

sustituye el inciso b) del

artículo 5º de la Resolución

de Superintendencia Nº

167-2006/SUNAT.

Page 5: TRABAJO ACADÉMICO DERECHO ADMINISTRATIVO

De

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lico

El fundamento de este principio está

dado por el carácter solidario del

Estado peruano y significa que la

actuación de la administración

pública debe dirigirse hacia la

obtención del bien común, por lo

que interés particular debe de

sujetarse al interés público.

Un ejemplo de la facultad

administrativa del estado

basada en el interés público

la encontramos en la Ley

que establece medidas

excepcionales para agilizar

el procedimiento de

expropiación de los

inmuebles afectados por la

ejecución de obras públicas

en las localidades

declaradas en emergencia a

consecuencia de los sismos

del 15 de agosto de 2007 -

LEY Nº 29095

Ac

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ció

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fic

io

El Estado puede, por propia

iniciativa, iniciar y desarrollar

procedimientos administrativos.

Asimismo, debe continuar los

procedimientos iniciados por los

administrados sin que sea

necesario que ellos los activen.

La Oficinas de Defensa Civil

deben, sin que exista

denuncia de por medio,

realizar supervisiones en los

mercados a fin de verificar

si estos cumplen con las

obligaciones que nacen con

sus licencias de

funcionamiento referidas a

la señalización de las vías

de escape.

Page 6: TRABAJO ACADÉMICO DERECHO ADMINISTRATIVO

Pu

bli

cid

ad

Los administrados tienen derecho a

acceder a la información referida a

los procedimientos en los que son

parte.

La Corte Superior de

Justicia de Arequipa declaró

fundada la demanda que

ordenó a la Prelatura de

Chuquibamba entregar al

demandante copias

certificadas del expediente

de rectificación de una

partida de bautismo. El fallo

se sustentó en el artículo I

de la LPAG y en que las

instituciones privadas están

obligadas a brindar

información cuando ejercen

funciones administrativas;

además, un vocal recordó

que es antigua doctrina de

la Corte Suprema el

carácter Público de los

asientos parroquiales.

Par

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Era conveniente que los

administrados, en forma individual o

colectiva, puedan remitir sus quejas

o sugerencias, con relación a las

deficiencias o modificaciones del

procedimiento o costumbres

administrativas, así como el habitual

ejercicio del principio de veracidad.

El  DS Nº042-2011-PCM

señala la obligatoriedad de

los establecimientos

públicos de llevar un Libro

de Reclamaciones como

mecanismo de participación

ciudadana para lograr la

eficiencia del Estado .

Page 7: TRABAJO ACADÉMICO DERECHO ADMINISTRATIVO

Do

ble

inst

an

cia

En todo procedimiento administrativo el interesado tiene derecho a recurrir a una instancia superior a fin de que revise o revoque la resolución emitida por la instancia inferior.

D.S. Nº 014-2008-JUS, Reglamento de la Ley de Conciliación; Artículo 124.- De los órganos competentes: El MINJUS ejerce su potestad sancionadora a través de la DCMA, la que constituye la primera instancia administrativa. La DNJ del MINJUS constituye la segunda y última instancia administrativa, con la cual se agota la vía administrativa correspondiente.

Do

ble

Vía

Ante potenciales errores en las resoluciones emitidas por la administración, los administrados, pueden impugnarlas ante el Poder Judicial, todo en ello en cumplimiento con la constitución.

La sentencia del Tribunal Constitucional (TC) recaída en el Expediente N° 0041-2004-AI/TC, sobre la acción de inconstitucionalidad iniciada por la Defensoría del Pueblo (la “Defensoría”) contra diversas ordenanzas emitidas por la Municipalidad distrital de Santiago de Surco (la “Municipalidad”), relacionadas con el régimen de arbitrios municipales de ejercicios comprendidos entre los años 1996 y 2004.

Pre

sun

ció

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e

Ver

acid

ad

Se presume que las afirmaciones de los administrados se ajustan a la verdad, lo cual no excluye que puedan ser materia de fiscalización.

Cuando se tramita ante la RENIEC un cambio domiciliario en el DNI basta una la declaración jurada donde se consigne el nuevo domicilio para que se cumpla con todos los requisitos

Page 8: TRABAJO ACADÉMICO DERECHO ADMINISTRATIVO

Elim

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El Estado debe eliminar los gastos y formalidades innecesarios que puedan constituirse en un obstáculo para que el administrado pueda hacer efectivos sus derechos frente a la administración o frente a terceros.

A fin de disminuir gastos y a fin de simplificar el procedimiento, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones le encargó al TOURING Y AUTOMÓVIL CLUB DEL PERÚ, realizar los exámenes a los interesados en obtener una licencia de conducir.

3. Elabore un cuadro comparativo señalando las principales diferencias y semejanzas entre la administración pública y privada. Asimismo mencione dos instituciones de su jurisdicción que estén dentro de cada administración. .(2 puntos)

PRINCIPALES DIFERENCIAS Y SEMEJANZAS ENTRE LA

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y PRIVADA

SEMEJANZAS ENTRE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y PRIVADA

Tanto la administración privada como la pública usan los métodos y

técnicas de la ciencia administrativa, como la División del trabajo,

organización de las funciones y responsabilidades, normas de

planificación, programación y presupuesto, controles contables y otros

aspectos que son útiles en todas las modalidades de administración.

La Administración de publica y privada se miden por niveles de eficiencia,

en el caso de la entidad gubernamental debe medirse por la calidad e

intensidad con que realice los propósitos públicos y en caso de la

empresa privada por la maximización de sus ingresos o la minimización de

sus gastos. 2

DIFERENCIAS ENTRE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y PRIVADA

La administración pública actúa tutelarmente sobre la administración

privada porque es un sistema que incluye a toda la comunidad en cambio

la privada es un sistema que requiere de la administración pública para su

Page 9: TRABAJO ACADÉMICO DERECHO ADMINISTRATIVO

subsistencia.

El gobierno existe para servir los intereses generales de la sociedad,

mientras que la privada tiene objetivos de lucro.3

La administración privada esta ejercida en todas las empresas que

sus recursos son de origen privado ejemplo los accionistas de las

empresas. A diferencia de las administraciones públicas que sus recursos

son públicos como por ejemplo los gobiernos que utilizan el dinero del

pueblo para llevar a cabo obras como alumbrado, carreteras, etc.

La administración pública es responsable ante el pueblo. Sus actuaciones

son publicitadas y se encuentran expuestas al constante escrutinio,

mientras que la administración privada se encuentra protegida por el

principio de la privacidad.

Existe una mayor tendencia en el administrador público de cuidar el que

sus acciones se ajusten a las prescripciones normativas y legales. En el

caso del sector privado, éste también consulta "códigos y reglamentos"

para proceder con distinto fin, no para saber qué es lo que va a hacer, sino

para encontrar la forma de hacer lo que se propone sin ser sancionado. En

otras palabras, las leyes sirven al administrador público para saber: Qué

es lo que debe hacer, y al privado: Para qué es lo que no debe hacer.4

1. Ejemplo de Institución pública es la Gerencia de la Sub Regional Chanka,

que es el Órgano de la Administración pública encargado ejecutar el

programa de desarrollo tanto nacional, como regional y el de la provincia

de Andahuaylas.

2. Ejemplo de Institución privada es la empresa Olva S.A. que se dedica al

servicio de mensajería en todo el país y tiene una oficina en Andahuaylas

Page 10: TRABAJO ACADÉMICO DERECHO ADMINISTRATIVO

4. Dentro del marco de la administración en general, como califica usted la Ley 27444 y su aplicación a las entidades del Estado y de aquellas entidades privadas que brindan servicios públicos. .(2 puntos)

Hasta el once de Octubre del año 2001, fecha en que entró en vigencia Ley

Nº 27444, existía en el Perú un conjunto de normas dispersas como marco legal de

Administración pública, y que por lo tanto hacían muy difícil definir en esta materia

qué normas estaban vigencia y que otras no y, del conjunto de las vigentes, cuáles

eran las aplicables a un determinado caso.

De ahí que en el marco de la administración en general la Ley 27444, se

puede considera como la herramienta que permitió regular en un solo texto el

procedimiento administrativo, con el enorme valor de ser una ley, que en su

proceso de creación involucró la participación de las diferentes entidades de

sectores del Poder Ejecutivo y el aporte de la sociedad civil.

En opinión, la Ley 27444 cuenta con otra bondad como la de tener una

redacción didáctica y pedagógica que brinda a la Administración y a los

administrados los medios destinados a facilitar una real interpretación de sus

preceptos que para muchos se asemejan a un manual de Derechos Administrativo.

En esta línea. la ley buscó adaptase a las nueva atribuciones del Estado, que

dejaba de lado su rol intervencionista para asumir el reto de ser un Estado

subsidiario, en el que coexisten las entidades propia del Estado y las entidades

privadas que prestan servicios públicos o ejercen función administrativa en virtud

de concesiones, delegaciones o autorizaciones estatales.

Lo que considero sin duda otro mérito más de la ley, que en este punto vino a

llenar el vacio que dejaba el Texto Único Ordenado de la Ley de Normas Generales

de Procedimientos Administrativos DECRETO SUPREMO N° 002-94-JUS , y su

modificatoria Ley 26654 respondiendo al cuestionamiento sobre cual era el canal

procesal o procedimental a seguir frente a las controversias que eventualmente

puedan surgir entre los concesionarios de servicios públicos y los usuarios de los

mismos; por lo que en el artículo I del Título Preliminar, se establece que la Ley

27444 será aplicable a todas las entidades de la Administración Pública,

entendiéndose aquí como "entidad" o "entidades" de dicha Administración,

también a aquellas personas jurídicas bajo el régimen privado que prestan servicios

públicos o ejercen función administrativa, ya sea por concesión, delegación o

Page 11: TRABAJO ACADÉMICO DERECHO ADMINISTRATIVO

autorización estatal. Y también, quien era la instancia estatal llamada a resolver

aquellos conflictos a los cuales hemos hecho referencia en el párrafo anterior, lo

cual incluye también el rol que cumpliría dicha instancia estatal dentro de esa

controversia.

La Ley 27444, en su momento, de modo novedoso instituyó un procedimiento

administrativo nuevo para nuestro país: El Procedimiento Trilateral, esto es, la

posición sui generis de la Administración, que aparece decidiendo un conflicto

producido entre dos o más administrados, otorgándose el carácter definitivo a la

resolución que emita la Administración en sede administrativa.

Entiendo que como toda obra humana la Ley es perfectible, de ahí que esta

ha sufrido y seguirá sufriendo modificaciones, como las definida en el Marco del

TLC de 2008, sobre el Silencio administrativo, sin embargo a 11 de años de su

publicación no deja de ser admirable el esfuerzo por adaptarse a las nuevas

tecnologías que buscan la concreción del Estado electrónico y permite acortar

distancias entre la Administración y los administrados y que de otro lado, han

abierto la puerta a una efectiva partición ciudadana que juntamente con los

organismos reguladores de los servicios públicos buscan mejorar la calidad de los

servicios públicos.

Page 12: TRABAJO ACADÉMICO DERECHO ADMINISTRATIVO

BIBLIOGRAFIA

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1PIES DE PAGINAS Rodríguez Rodríguez ,Libardo - La Explicación Histórica del Derecho Administrativo en http://www.bibliojuridica.org/libros/4/1594/16.pdf 2 Muñoz Amato, Pedro “Introducción a la Administración Pública”, páginas 52/53/54, citado en http://admindeempresas.blogspot.com/2010/03/diferencias-y-similitudes-entre-la.html 3 http://www.monografias.com/trabajos66/administracion-publica-privada/administracion-publica-privada.shtml4 Ibd www.monografias.com