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APELACIÓN CONTRA LAS RESOLUCIONES DEL JUEZ DE INSTRUCCIÓN OBJETO (Art. 217 LECr.) APELACIÓN COMPETENCIA (Art. 220 LECr.) El Tribunal a quien corresponda el conocimiento de la causa en juicio oral. REQUISITOS Requiere el previo ejercicio del recurso de reforma salvo en el procedimiento abreviado Se puede interponer conjuntamente con el de reforma, teniendo carácter subsidiario al mis ESPECIALIDADES PROCEDIMIENTO ABREVIADO (Art. 766 LECr.) INTERPOSICIÓN AMBOS EFECTOS Remisión documentos originales Emplazamientos UN SOLO EFECTO. Se expedirá testimonio de particulares. Emplazamientos TRIBUNAL SUPERIOR Acuse de recibo NO PERSONACIÓN APELANTE RECURSO DESIERTO PERSONACIÓN APELANTE TRASLADO A LAS PARTES Primero apelante, luego a las demás partes personadas y por último al MF VISTA AUTO www.rinconlegal.com

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Page 1: Todos los procesos penales

APELACIÓN CONTRA LAS RESOLUCIONES DEL JUEZ DE INSTRUCCIÓN

OBJETO (Art. 217 LECr.)

APELACIÓNCOMPETENCIA (Art. 220 LECr.)El Tribunal a quien corresponda el conocimiento de la causa en juicio oral.

REQUISITOS

Requiere el previo ejercicio del recurso de reforma salvo en el procedimiento abreviado Se puede interponer conjuntamente con el de reforma, teniendo carácter subsidiario al mis

ESPECIALIDADES PROCEDIMIENTO

ABREVIADO (Art. 766 LECr.)

INTERPOSICIÓN

AMBOS EFECTOSRemisión documentos

originales Emplazamientos

UN SOLO EFECTO.Se expedirá testimonio de particulares. Emplazamientos

TRIBUNAL SUPERIOR Acuse de recibo

NO PERSONACIÓN APELANTE

RECURSO DESIERTO

PERSONACIÓN APELANTE TRASLADO A LAS PARTES

Primero apelante, luego a las demás partes personadas y por

último al MF

VISTA

AUTO

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Page 2: Todos los procesos penales

EJECUCIÓN DE SENTENCIAS

SUPUESTOS

COMPETENCIA (Art. 984 LECr)

La ejecución de la sentencia en los juicios sobre faltas corresponde Al órgano que haya conocido del juicio cuando no pudiera practicar por sí mismo todas las diligencias necesarias, comisionará al Juez de la circunscripción en que deban tener efecto, para que las practique.El Juez de Instrucción que haya conocido en apelación de un juicio de faltas remitirá los autos originales, acompañándolos con certificación de la sentencia firme:Al Juez que haya conocido del juicio en primera instancia para que ejecute la sentencia.La ejecución de las sentencias en causas por delito corresponde al Tribunal que haya dictado la que sea firme.La ejecución de sentencia dictada a continuación de la de casación por la Sala Segunda del Tribunal Supremo se ejecutará por El Tribunal que hubiese pronunciado la sentencia casada, en vista de la certificación que al efecto le remitirá dicha Sala.

Cuando el Tribunal a quien corresponda la ejecución de la sentencia no pudiere practicar por sí mismo todas las diligencias necesarias comisionará al Juez del partido o demarcación en que deban tener efecto para que las practique.

EJECUCIÓN DE SENTENCIAS PENALES

EJECUCIÓN DE SENTENCIAS ABSOLUTORIAS (Art. 983 LECr.)

Puesto en libertad del procesado salvo circunstancias.

EJECUCIÓN DE PRONUNCIAMIENTOS SOBRE RESPONSABILIDAD CIVIL (Art. 989 LECr)

Susceptibles de ejecución provisional.

A efectos de ejecutar la responsabilidad civil derivada del delito o falta y sin perjuicio de la aplicación de las disposiciones de la Ley de Enjuiciamiento Civil, los Jueces o Tribunales podrán encomendar a la Agencia Estatal de Administración Tributaria o, en su caso, a los organismos tributarios de las Haciendas Forales las actuaciones de investigación patrimonial necesarias para poner de manifiesto las rentas y el patrimonio presente y los que vaya adquiriendo el condenado hasta tanto no se haya satisfecho la responsabilidad civil determinada en sentencia

EJECUCIÓN DE TERCERÍAS DE DOMINIO O DE MEJOR DERECHO (Art. 996 LECr.)

Se sustanciará según la LECEl Juez de Instrucción a quien se hubiere sometido la práctica de algunas diligencias para la ejecución de la sentencia: Dará inmediatamente cuenta del cumplimiento de las mismas al Tribunal sentenciador, con testimonio en relación de las practicadas al intento, el cual se unirá a la causa.

Las diligencias se archivarán por el Secretario del Juez que en ellas haya intervenido.

FORMA Y TIEMPO DE EJECUCIÓN DE LAS PENAS (Art. 990 LECr.)

Las penas se ejecutarán en la forma y tiempo prescritos en: El Código Penal Los reglamentos.

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Page 3: Todos los procesos penales

JUICIO DE FALTAS INMEDIATO (Arts. 962 y 963 LECr.)

ÁMBITO

Faltas art. 617 CPFaltas art. 620 CPFaltas art. 623.1 CP (flagrancia)

PREPARACIÓN DEL JUICIO

Citación inmediata por la Policía Judicial, ante el Juzgado de Guardia, del denunciante, ofendidos, perjudicados, denunciado y testigos.

ENTREGA DEL ATESTADO AL JUZGADO DE GUARDIA POR LA POLICÍA JUDICIAL

Constancia en el mismo de las diligencias y citaciones practicadas y en su caso denuncia del ofendido

CELEBRACIÓN INMEDIATA DEL JUICIO DE FALTAS POR EL JUEZ DE GUARDIA

Incoacción del juicio por el Juez de GuardiaCompetencia del Juez de Guardia para conocer del juicioComparecencia de todas las partes o falte alguna de ellas que se considere innecesaria Posibilidad de practicar medios imprescindibles de prueba.

JUICIO (Art. 969 LECrim)

SENTENCIA

EJECUCIÓN (Cuando la sentencia se declare firme)

DESIGNACIÓN INMEDIATA DE ABOGADO DE OFICIO (Si alguna parte lo solicita)

APELACIÓN (5 días)

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Page 4: Todos los procesos penales

PROCEDIMIENTO PENAL.JUICIO ORDINARIO

PARTESMF, Abogado del Estado, Acusador Particular, Acusador Popular, Acusador Privado, Actor Civil, Inculpado y Responsable Civil (directo o subsidiario)

ÁMBITO (Pena privativa de libertad mayor a 9 años, salvo que el

enjuiciamiento corresponda al Tribunal del Jurado)

INICIODe oficio Denuncia Querella Atestado

INSTRUCCIÓN DEL SUMARIO.

Práctica de actuaciones y diligencias para esclarecer los hechos y preparar el juicio oral Competencia para la instrucción y Formación del SumarioDeclaración de TestigosRegistros

MEDIDAS CAUTELARES

PERSONALES (Detención Preventiva ,Prisión provisional Libertad provisional, Prohibición al inculpado de residir o acudir a determinado lugar, o acercarse a determinada persona, protección víctimas violencia doméstica, privación provisional del permiso de conducir

REALES (Fianza, Embargo)

AUTO DE PROCESAMIENTO (contra el Auto que decrete el procesamiento cabe recurso de reforma y subsidiario de apelación en un solo

efecto)

AUTO DE SOBRESEIMIENTO LIBRE O PROVISIONAL (Contra

el Auto que decrete el sobreseimiento libre cabe casación, no contra el que decrete el sobreseimiento

provisional)

AUTO DE CONCLUSIÓN DEL SUMARIORemisión de los Autos al Tribunal competente para conocer del delito

TRASLADO DEL EXPEDIENTE (Al ponente, MF, y Procurador querellante)

AUTO DE CONFIRMACIÓN O REVOCACIÓN CIERRE DEL SUMARIO.

AUTO APERTURA JUICIO ORAL

ESCRITO DE CALIFICACIÓN (Primero la acusación y luego la defensa)

ARTÍCULOS DE PREVIO PRONUNCIAMIENTO (Declinatoria, cosa

juzgada, prescripción, amnistía o indulto o falta

de autorización administrativa)

CONFORMIDAD (Con la calificación y la pena)

REMISIÓN DE DOCUMENTOS AL PONENTE EXÁMEN DE PRUEBAS

JUICIO ORAL

POSIBLE SUSPENSIÓN

CONFESIÓN DE CULPABILIDAD

PRÁCTICA DE PRUEBA

CONCLUSIONES DEFINITIVAS

INFORMEPor orden (MF, defensor de acusación particular, defensor del actor civil, defensor del procesado y personas civilmente responsables)Se concede la palabra a los procesados

SENTENCIA

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Page 5: Todos los procesos penales

JUICIO POR FALTAS (LIBRO III CP, no previstas en el art. 962 LECrimFaltas Leyes especiales)

FORMACIÓN ATESTADO POR LA POLICÍA Citaciones. Ofrecimiento de acciones al perjudicado u ofendido.Remisión del atestado al Juez de guardia.

POSIBLE CELEBRACIÓN INMEDIATA JUICIO DE FALTAS POR EL JUEZ DE GUARDIA

CELEBRACIÓN JUICIO FALTAS FUERA DEL SERVICIO DE GUARDIA

NO COMPETENTE JUZGADO DE INSTRUCCIÓN (Remisión al

Juzgado competente)

COMPETENTE JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Señalamiento y

citaciones de juicio máximo 7 díasCITACIÓN PARA LA CELEBRACIÓN

MF (Salvo cuando se exija denuncia del ofendido/perjudicado)Denunciantes o querellantesDenunciadoTestigos y peritos

CELEBRACIÓN JUICIO ORAL

SENTENCIA

APELACIÓN (5 días)

EJECUCIÓN (Cuando se declare la firmeza de la Sentencia)

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Page 6: Todos los procesos penales

JUICIOS RÁPIDOS

ÁMBITO

Delitos castigados con pena privativa de libertad que no exceda de cinco años, o con cualesquiera otras penas, bien sean únicas, conjuntas o alternativas, cuya duración no exceda de diez años, cualquiera que sea su cuantía.

Que el proceso penal se incoe en virtud de un atestado policial.Que la Policía Judicial haya detenido a una persona y la haya puesto a disposición del Juzgado de Guardia o que, aún sin detenerla, la haya citado para comparecer ante el Juzgado de Guardia por tener la calidad de denunciado en el atestado policial

INICIO TRAMITACIÓN: ACTUACIONES POLICÍA JUDICIAL

Práctica de Diligencias Entrega del atestado al Juzgado de Guardia

DILIGENCIAS URGENTES ante el JUZGADO DE GUARDIA. Participación activa del MF

AUDIENCIA AUTO ORAL

Posibilidad de solicitud de Medidas CautelaresPráctica de pruebas que no puedan realizarse en juicio oral

SOBRESEIMIENTO

REPUTAR FALTA

INHIBICIÓN A JURISDICCIÓN

MILITAR. TRASLADO A FISCALÍAS DE MENORES

CONTINUACIÓN DEL PROCEDIMIENTO

COMO DILIGENCIAS PREVIAS

CONTINUACIÓN DEL PROCEDIMIENTO (No susceptible de recurso)

PREPARACIÓN JUICIO ORAL.

Audiencia a las partes y al MF sobre apertura juicio oral o sobreseimiento.Posibilidad de solicitar medidas cautelares.AUTO ORAL

APERTURA JUICIO ORAL

- Acusación.- Defensa.

SOBRESEIMIENTO

NO CONFORMIDAD Citación de las partes a juicio oral

Remisión de Autos al Juez de lo Penal

CONFORMIDAD

ACTUACIONES ANTE EL JUEZ DE LO PENAL: JUICIO ORAL

(Admisión de pruebas y desarrollo del Juicio Oral por los trámites de los arts. 786 a 788 LECrim)

SENTENCIAEJECUCIÓN

SENTENCIA DE

CONFORMIDAD

RECURSOS

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Page 7: Todos los procesos penales

PROCEDIMIENTO ABREVIADO

PARTES (Acusadoras y acusadas) (MF, Abogado del Estado, Acusador Particular, Acusador Popular, Acusador Privado, Actor

Civil, Inculpado, Responsable Civil)

ÁMBITO (Prisión no superior a 9 años y penas distintas de prisión)

INICIO de oficio (denuncia o querella)

MEDIDAS CAUTELARES Reglas generales de la LECrim y especialidades

(arts. 764 y ss)

DILIGENCIAS PREVIAS (por ejemplo; inspección ocular y reconstrucción de hechos., análisis del cuerpo del delito.Identificación del delincuente y de sus circunstancias personales., declaraciones de los acusados o sospechosos o meros inculpados, etc)

POSIBILIDAD RECONOCIMIENTO DE HECHOS POR EL

IMPUTADO

AUTO Recurrible conforme a sistema general (reforma y apelación)

REMISIÓN PROCEDIMIENTO FALTAS

INHIBICIÓN A FAVOR DE LA

JURISDICCIÓN

MILITAR

TRASLADO FISCALÍA

DE MENORES

SOBRESEIMIENTO CONTINUACIÓN

TRASLADO

SOLICITUD APERTURA JUICIO ORAL Y ESCRITO DE ACUSACIÓN

DILIGENCIAS COMPLEMENTA

RIAS

SOLICITUD DE

SOBRESEIMIENTO

AUTO DE APERTURA JUICIO ORAL

ESCRITO DEFENSA

POSIBLE CONFORMIDAD

REMISIÓN AUTOSADMISIÓN PRUEBAS

JUICIO ORAL

SENTENCIA

RECURRIBLE EN APELACIÓN

EJECUCIÓN Determinación, en su caso de la cuantía indemnizatoria

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Page 8: Todos los procesos penales

PROCESO JURADO

ÁMBITO, será competente para los delitos:

Del homicidio (Artículos 138 a 140 C.P.).De las amenazas (Artículo 169.1 C.P.).De la omisión del deber de socorro (Artículos 195 y 196 C.P.).Del allanamiento de morada (Artículos 202 y 204 C.P.).De los incendios forestales (Artículos 352 a 354 C.P.).De la infidelidad en la custodia de documentos (Artículos 413 a 415 C.P.).Del cohecho (Artículos 419 a 426 C.P.).Del tráfico de influencias (Artículos 428 a 430 C.P.).De la malversación de caudales públicos (Artículos 432 a 434 C.P.).De los fraudes y exacciones ilegales (Artículos 436 a 438 C.P.).De las negociaciones prohibidas a funcionarios públicos (Artículos 439 y 440 C.P.).De la infidelidad en la custodia de los presos (Artículo 471 C.P.).

RESOLUCIÓN INCOADO PROCEDIMIENTO JURADO

CITACIÓN PARTES Y MF

COMPARECENCIA

RESOLUCIÓN

SOBRESEIMIENTO LIBRE O PROVISIONAL

CONTINUACIÓN

DILIGENCIAS IMPRESCRIPTIBLES Cuando no puedan

practicarse directamente en la audiencia preliminar

TRASLADO A LAS PARTES ACUSADORAS, ESCRITO DE CALIFICACIÓN PROVISIONAL Y SOLICITUD DE APERTURA

DE JUICIO ORAL

ESCRITO DE CALIFICACIÓN DEFENSA (5 días)

AUDIENCIA PRELIMINAR

AUTO

SOBRESEIMIENTO APERTURA JUICIO ORAL

ELEVACIÓN AUTOS A LA AUDIENCIA

JUICIO ORAL

POSIBLE CONFORMI

DAD

DETERMINACIÓN DEL OBJETO DEL

VEREDICTO Instrucciones a los

Jurados

VEREDICTO Previa deliberación y

votación

SENTENCIA Susceptible de

apelación ante el TSJ

CUESTIONES PREVIAS AL JUICIO

CONSTITUCIÓN TRIBUNAL DEL JURADO

PLANTEAMIENTO DE CUESTIONES

PREVIAS

AUTOS HECHOS

JUSTIFICABLE

DESIGNACIÓN PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DEL

JURADO

CONSTITUCIÓN TRIBUNAL JURADO

REQUISITOS, INCAPACIDAD, INCOMPATIBILI

DAD, PROHIBICIÓN Y

EXCUSA

PROCEDIMIENTO DE

DESIGNACIÓN

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Page 9: Todos los procesos penales

RECURSO DE APELACIÓN CONTRA DETERMINADAS SENTENCIAS Y AUTOS

RESOLUCIONES RECURRIBLESÁmbito del juradoAutos resolutorios de la declinatoria Los autos que resuelvan admitir las excepciones 2ª (cosa juzgada), 3ª (prescripción del delito) y 4ª (amnistía o indulto) del Art. 666 LECr.Las resoluciones de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional (Art. 64 bis LOPJ).Las resoluciones dictadas en primera instancia por las Audiencias Provinciales (Art. 73. 3 c) LOPJ)Las sentencias dictadas por el Juez de lo Penal (Art. 790 LECr.), de tramitación especial.

MOTIVOS (Art. 846 bis c), LECr.)

COMPETENCIA

Sala de lo Penal del TSJAudiencia Provincial Sala de Apelación de la Audiencia Nacional

LEGITIMACIÓN (Art. 846 bis b) LECr.)MF, condenado, demás partes y El declarado exento de responsabilidad criminal si se le impusiere una medida de seguridad o se declarase su responsabilidad civil conforme al Código Penal

INTERPOSICIÓN (10 días ss a la notificación de la Sentencia)

ESCRITO RECURSO SUPEDITADO DE APELACIÓN

NO ESCRITO RECURSO SUPEDITADO A APELACIÓN

EMPLAZAMIENTO PARA PERSONACIÓN

APELANTE NO COMPARECE O RENUNCIA

COMPARECENCIA APELANTE

SE DECLARA FIRME LA SENTENCIA Y SE

EJECUTA

VISTA

SENTENCIA

NORMAS ESPECIALES DE TRAMITACIÓN

PROCEDIMIENTO ABREVIADO

JUICIO RÁPIDO

JUICIO DE FALTAS

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Page 10: Todos los procesos penales

RECURSO DE CASACIÓN

PROCEDENCIA

(por infracción de Ley, por quebrantamiento de forma o

por Infracción de Precepto Constitucional)

LEGITIMACIÓN

(MF, las partes, los que sin ser partes resulten condenados o sus herederos) (no podrán interponerlo los actores civiles salvo en cuanto pueda afectar a las restituciones, reparaciones e indemnizaciones que hayan reclamado)

PREPARACIÓN

RESOLUCIÓN SOBRE SU ADMISIÓN

REMISIÓN DE DOCUMENTOS A LA SALA 2ª DEL TS

POSIBLE EJECUCIÓN DE SENTENCIA RECURRIDA EN

CASACIÓN

POSIBLE DESISTIMIENTOPOSIBLE RECURSO DE

QUEJA POR DENEGACIÓN DE

TESTIMONIO

INTERPOSICIÓN

DESIGNACIÓN MAGISTRADO PONENTE Y ABOGADO/PROCURADOR DEFENSA

INSTRUCCIONES PARTES

RESOLUCIÓN SOBRE ADMISIÓN DEL

RECURSO

NECESIDAD DE VISTA

VISTA

NO SOLICITUD DE VISTA

DECISIÓN DEL RECURSO SIN VISTA

SENTENCIA

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RECURSO DE QUEJA

OBJETO (Art. 218 LECr.)

Contra todos los autos no apelables del Juez de Instrucción . Contra las resoluciones en que se denegare la admisión de un recurso de apelación.

COMPETENCIA

El mismo Juez o Tribunal ante quien se interponga (Art. 220 LECr.).

FORMA Y PLAZO DE INTERPOSICIÓN

Podrá interponerse en cualquier momento mientras esté pendiente la causa cuando la Ley no establezca otro término (Art. 213 LECr). Pero sólo si se interpone en el término de las apelaciones el auto que lo resuelva podrá afectar al estado que tuviere la causa (Art. 235 LECr.) Se interpondrá ante el Tribunal superior competente respecto del que haya dictado el auto (Art. 219 LECr.). Por escrito autorizado con firma de Letrado (Art. 221 LECr.)

REQUERIMIENTO INFORME DEL JUEZ

TRASLADO AL FISCAL PARA DICTAMEN

AUTO RESOLUTORIO

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Page 12: Todos los procesos penales

SÚPLICA

OBJETO

Contra todos los autos de los Tribunales, salvo que la Ley establezca otro recurso para ellos (Arts. 236 y 237 LECr.)

COMPETENCIA

Tribunal ante quien se interponga (Arts. 238 y 220 LECr.).

FORMA Y PLAZO DE INTERPOSICIÓN

Ante el mismo Tribunal que hubiese dictado el auto (Arts. 238 y 220 LECr.). En los tres días siguientes a aquél en el que se hubiera realizado la última notificación a los que sean parte en el juicio. (Art. 211 LECr.)

ENTREGA DE LAS COPIAS A LAS PARTES

AUTO RESOLUTORIO (2 días)

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REFORMA

OBJETO

Contra todos los autos dictados por el Juez de Instrucción (Art. 217 LECr.).En el procedimiento abreviado, contra todos los autos del Juez de Instrucción y de lo Penal que no estén exceptuados de recurso (Art. 766.1 LECR.)

COMPETENCIA

Lo resolverá el mismo Juez ante quien se hubiese interpuesto (Art. 220 LECr.)

REQUISITOS (Art. 222 LEcr)

Se puede interponer conjuntamente con el de apelación, si bien este tendrá carácter subsidiario.Junto con el escrito del recurso de reforma se deberán adjuntar tantas copias del mismo cuantas sean las demás partes, a las cuales habrán de ser entregadas dichas copias.

INTERPOSICIÓN (3 días)

ENTREGA DE COPIAS A LAS PARTES

AUTO RESOLUTORIO

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Page 14: Todos los procesos penales

REVISIÓN

RESOLUCIONES RECURRIBLES (Art. 954

LECr.)

Sentencias firmes dictadas por los órganos de la jurisdicción penal

MOTIVOS (Art. 954

LECr.)

ÓRGANO COMPETENTE (Art. 57.1.1º LOPJ)

La Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo.

LEGITIMACIÓN (Arts. 955, 956 y 961 LECr.)

(El penado, Ministerio de Justicia, el Fiscal Gral del Estado)

PROPOSICIÓN (Art. 957 LECr.)

INTERPOSICIÓN (Art. 957, in

fine LECr.)

AUDIENCIA DEL PENADO Y

MF (Art. 959 LECr.)

DECISIÓN

El recurso de revisión seguirá los trámites establecidos para el decasación por infracción de ley, y la Sala, con informe oral o sin él, según acuerde en vista de las circunstancias del caso.

SENTENCIA (Art. 958

LECr.)

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