texto consolidado de convenciÓn colectiva unica y unitaria.pdf

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    PRIMERA CONVENCIÓN COLECTIVA ÚNICA Y UNITARIA DE LASTRABAJADORAS Y LOS TRABAJADORES DEL MINISTERIO DEL PODER

    POPULAR PARA LA EDUCACIÓN

    Contenido

    DISPOSICIONES GENERALES..............................................................................................................4Cláusula 1. Definiciones........................................................................................................................4Cláusula 2. Objeto e la Con!enci"n Colecti!a #nica $ %nita&ia .......................................................'Cláusula (. )*bito e a+licaci"n..........................................................................................................,Cláusula 4. De la a*inist&aci"n e la P&i*e&a Con!enci"n Colecti!a #nica $ %nita&ia ...................,

    CORRESPONSA-ILIDAD SOCIAL.......................................................................................................Cláusula /. Pa&tici+aci"n e las t&abajao&as $ los t&abajao&es en el cu*+li*iento e los fines e laeucaci"n...............................................................................................................................................Cláusula '. 0o&*aci"n colecti!a inte&al continua $ +e&*anente.......................................................

    Cláusula ,. Auto*ati3aci"n $ si*+lificaci"n e t&á*ites.....................................................................Cláusula .E+e&iencia e las jubilaas $ los jubilaos al se&!icio e la consoliaci"n e la caliaeucati!a................................................................................................................................................5Cláusula 5.A+o&te e las t&abajao&as $ los t&abajao&es e la eucaci"n en conjunto con losestuiantes +a&es $ &e+&esentantes con el *oelo inclusi!o +&oucti!o co*o eje*+lo +at&i"ticoe cont&ibui& en la !isi"n e una Re+6blica +&oucti!a $ +otencia latinoa*e&icana ...........................5Cláusula 17.Consejo e &eo&ani3aci"n el Instituto e P&e!isi"n $ Asistencia Social +a&a elPe&sonal el 8iniste&io e Eucaci"n 9IPAS8E:...............................................................................17

    CONDICIONES DEL PROCESO SOCIAL DE ;RA-A

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    Cláusula (1.Pe&*iso +o& *at&i*onio .................................................................................................27Cláusula (2.Pe&*iso +o& estuio.........................................................................................................27Cláusula ((.Pe&*iso +o& &eent&ena*iento aiest&a*iento o inst&ucci"n *ilita&................................27Cláusula (4.Pe&*iso &e*une&ao +a&a el esa&&ollo $ &e+&esentaci"n en acti!iaes e+o&ti!asa&t=sticas cultu&ales cient=ficas $ tecnol"icas...................................................................................21Cláusula (/.Pe&*iso +o& con!alecencia e un fa*ilia&......................................................................21

    Cláusula ('.Pe&*isos &e*une&aos +o& co*+a&ecencia ante auto&iaes .........................................21Cláusula (,.Pe&*iso +a&a eje&ce& ca&os e lib&e no*b&a*iento $ &e*oci"n o e elecci"n +o+ula&.22Cláusula (.Ot&os +e&*isos &e*une&aos...........................................................................................22

    CONDICIONES PARA EL -%EN >I>IR DE LAS ;RA-AO..................................................2Cláusula 45.Cent&o e Eucaci"n Inicial ...........................................................................................2Cláusula /7.Cont&ibuci"n asistencial +a&a las $ los jubilaos $ +ensionaos.....................................2Cláusula /1.Cont&ibuci"n +a&a la atenci"n e ijos e ijas con isca+acia &a!e o se!e&a............2Cláusula /2.Cont&ibuci"n +o& *at&i*onio .........................................................................................2Cláusula /(.Cont&ibuci"n +o& naci*iento e ijas e ijos..................................................................25Cláusula /4.Cont&ibuci"n +o& falleci*iento e un fa*ilia&................................................................25Cláusula //.Cont&ibuci"n social anual +a&a la &ec&eaci"n en la Se*ana 8a$o&................................(7Cláusula /'.Cont&ibuci"n na!ieHa....................................................................................................(7Cláusula /,.-ono Rec&eacional..........................................................................................................(7Cláusula /.-ono e Ali*entaci"n.....................................................................................................(7Cláusula /5.Cont&ibuci"n +o& inicio el aHo.......................................................................................(1Cláusula '7.Co*+ensaci"n 6nica........................................................................................................(1Cláusula '1.-ecas...............................................................................................................................(1

    -ENE0ICIOS DE CAR)C;ER RE8%NERA;I>O.............................................................................(2Cláusula '2.;abulao& e Sala&io -ásico Docente .............................................................................(2

    '2.1F Pa&a t&abajao&as $ t&abajao&es ocentes con jo&naa e &efe&encia e (' o&as se*anales.........................................................................................................................................................(2'2.2F Pa&a t&abajao&as $ t&abajao&es ocentes con jo&naa e (((( o&as se*anales...............(2'2.(F Pa&a t&abajao&as $ t&abajao&es no ocentes ue actual*ente labo&an en las Escuelas;?cnicas eje&cieno con jo&naa e (' o&as en los ca&osF

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    '/.1. P&i*a +a&a el Pe&sonal No Docente 9PND: ue labo&a en Escuelas ;?cnicasF .....................(('/.2. P&i*a +a&a el Pe&sonal Docente ue labo&a en la *oalia e Eucaci"n Es+ecialF .........(('/.(. P&i*a +o&

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    DISPOSICIONES GENERALES

    Cláusula 1. Definiciones

    1. Las Partes: que convienen, se obligan y acompañan en la presente ConvenciónColectiva Única y Unitaria: el Ministerio del Poder Popular para la ducación y las!raba"adoras y !raba"adores de la ducación, representadas por las #rgani$aciones%indicales signatarias.

    &. El Ministerio del Poder Po!lar ara la Ed!"a"i#n $MPPE%: 'rgano del "ecutivo(acional que e"erce la rector)a del %ubsistema de ducación *+sica, el cual conormeal principio del stado -ocente deinido en la ey #rg+nica de ducación, garanti$alas condiciones laborales dignas a las traba"adoras y traba"adores del sector.

    /. Las Tra&a'adoras ( los Tra&a'adores: %on las personas naturales que participan enel proceso social de traba"o, espec)icamente en el +mbito del proceso educativo conroles administrativos, docentes y obreros, quienes son corresponsables de garanti$arlos derec0os de las ciudadanas y los ciudadanos a la educación.

    . Las Or)ani*a"iones Sindi"ales: son agrupaciones sindicales con car+cterpermanente y tienen como ob"eto el estudio, la deensa, el desarrollo y la proteccióndel proceso social de traba"o, la protección y deensa de la clase traba"adora, delcon"unto del pueblo, de la independencia y soberan)a nacional conorme a laConstitución de la 2ep3blica *olivariana de 4ene$uela, as) como la deensa de losintereses de sus ailiadas y ailados:

    1. 5ederación de ducadores de 4ene$uela 65478

    &. 5ederación de %indicatos de icenciados en ducación de 4ene$uela 65%49C478

    /. 5ederación de !raba"adores de nstitutos ducacionales de 4ene$uela65!2;-UC;C#(;%78

    . 5ederación de !raba"adores de la nseñan$a y ;ines de 4ene$uela65!2;(%. 5ederación de !raba"adores %indicali$ados de la ducación 65!2;%(-78

    ?. 5ederación (acional de Colegios y %indicatos de !raba"adores Proesionales de laducación de 4ene$uela 65(;!478

    @. 5ederación (acional de #breros *olivarianos del Ministerio de ducación y-eporte 65(#*#M-78

    A. 5ederación (acional de Proesionales de la -ocencia Colegio de Proesores de4ene$uela 65(;P2#-#9CP478

    B. 5ederación (acional 2evolucionaria, *olivariana de !raba"adores del %ectorP3blico 65(;2*#!2;%P78

    1.5ederación 4ene$olana de Maestros 654M78

    11. %indicato (acional de mpleados P3blicos del Ministerio de ducación, Cultura y-eportes 6%(;P9MC-78

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    1&.%indicato (acional de 5uncionarios P3blicos del Ministerio de ducación6%.(.5.P.M..78

    1/.%indicato (acional de %ecretarias ducacionales 6%(%9M78

    1.%indicato (acional 5uer$a Unitaria Magisterial 6%(;5UM78

    1>.%indicato Unitario (acional de mpleados P3blicos del Ministerio de ducación

    6%U(P9M781?.%indicato (acional 2evolucionario de mpleados P3blicos del Ministerio del Poder

    Popular para la ducación 6%2!2;M7

    >. Pro"eso So"ial del Tra&a'o: es el que tiene como ob"etivo esencial superar lasormas de eDplotación capitalista, la producción de bienes y servicios que garanticennuestra independencia económica, satisagan las necesidades 0umanas mediante la

     "usta distribución de la rique$a y creen las condiciones materiales, sociales yespirituales que permitan a la amilia ser el espacio undamental para el desarrollointegral de las personas y lograr una sociedad "usta y amante de la pa$, basada en lavaloración Etica del traba"o y en la participación activa, consciente y solidaria de los

    traba"adores y las traba"adoras en los procesos de transormación social,consustanciados en el ideario bolivariano. n el caso espec)ico que alude a estaConvención Colectiva Única y Unitaria, el +mbito se reiere al proceso educativo,derec0o 0umano undamental en el cual las partes son corresponsables "unto a laamilia y a la comunidad del goce pleno por parte de ciudadanas y ciudadanos.

    ?. Pri+era Con,en"i#n Cole"ti,a Úni"a ( Unitaria de las Tra&a'adoras ( losTra&a'adores del Ministerio del Poder Po!lar ara la Ed!"a"i#n: s elinstrumento "ur)dico y tEcnico que agrupa las condiciones y regulaciones de traba"o delas traba"adoras y traba"adores con unciones docentes, administrativas y obreras delMinisterio del Poder Popular para la ducación8 consagrando los derec0os nuevos yratiicando los permanentes que durante la luc0a 0istórica 0an alcan$ado las y los

    traba"adores de la educación.@. Salario Nor+al: s la remuneración devengada por la traba"adora o eltraba"ador en orma regular y permanente por la prestación del servicio. FuedaneDcluidos del mismo las percepciones de car+cter accidental, las derivadas de laprestaciones sociales y las que la ey considere que no tienen car+cter salarial, deconormidad con lo establecido en el art)culo 1 de la ey #rg+nica del !raba"o, los!raba"adores y las !raba"adoras.

    A. Salario Inte)ral: Corresponde a la remuneración, provec0o o venta"a, quepercibe la traba"adora o el traba"ador por la prestación de su servicio y, entre otros,comprende las comisiones, primas, gratiicaciones, sobresueldos, bono vacacional,

    compensación por 0oras laboradas para traba"adoras y traba"adores de las escuelasbolivarianas y otras compensaciones, as) como recargos por d)as eriados, 0oraseDtraordinarias o traba"o nocturno, conorme a lo dispuesto en el art)culo 1 de la ey#rg+nica del !raba"o, los !raba"adores y las !raba"adoras.

    B. Siste+a de Re+!nera"iones: se entiende como el con"unto de conceptos,montos, condiciones y oportunidades de percepción de sueldos, primas,compensaciones y boniicaciones que se aplican a las traba"adoras y los traba"adoresadministrativos, docentes y obreros. spec)icamente comprende: los salarios b+sicosestablecidos en los tabuladores del personal administrativo, docente y obrero y sus

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    variaciones basadas en la clasiicación, las dierentes primas y boniicaciones conincidencia salarial, as) como los beneicios socioeconómicos no remunerativos.

    1. Bene-i"ios So"ioe"on#+i"os No Re+!nerati,os: conorme a lo eDpresadoen el art)culo 1> de la ey #rg+nica del !raba"o, los !raba"adores y las !raba"adoras,son las contribuciones sin incidencia salarial, que perciben las traba"adoras y lostraba"adores administrativos, docentes y obreros del Ministerio del Poder Popular para

    la ducación. n cada cl+usula se especiicar+ el car+cter no salarial o noremunerativo de las contribuciones.

    11. Or)ani*a"iones So"iales de Tra&a'adoras ( Tra&a'adores: -eine a lasagrupaciones de traba"adoras y traba"adores, administrativos, docentes y obreros, que0aciendo uso de su derec0o constitucional de libre asociación, se organi$an en pro deob"etivos comunes para el impulso de iniciativas, acciones o proyectos en distintos+mbitos, entre los que destacan los pedagógicos, laborales, culturales, deportivos,productivos y comunitarios, dentro de una diversa gama. l stado y las#rgani$aciones %indicales promover+n y apoyar+n a estas #rgani$aciones siempreque sus ob"etivos y pr+cticas estEn enmarcados en los principios constitucionales ylegales.

    1&. La .or+a"i#n Cole"ti,a/ Inte)ral/ Contin!a ( Per+anente: %e concibe comola reali$ada por los traba"adores y las traba"adoras en el proceso social de traba"o,desarrollando integralmente los aspectos cognitivos, aectivos y pr+cticos, superandola ragmentación del saber, el conocimiento y la división entre las actividadesmanuales e intelectuales. Gsta tiene como inalidad el pleno desarrollo de lapersonalidad y ciudadan)a de los traba"adores y traba"adoras, y su participaciónconsciente, protagónica, responsable, solidaria y comprometida con el procesoeducativo, la transormación social, la deensa de la independencia y el desarrollo dela soberan)a nacional.

    1/. Instit!to de Pre,isi#n ( Asisten"ia So"ial ara el Personal del Ministerio

    de Ed!"a"i#n $IPASME%0  s un nstituto de Previsión y ;sistencia %ocial para elpersonal del MPP, con personalidad "ur)dica y patrimonio propio, el cual tendr+ comounción la protección social y el me"oramiento de las condiciones de vida de susmiembros, de los parientes inmediatos de estos y sus 0erederos.

    1. Ca'a de A1orro ( Cr2dito de los Tra&a'adores deendientes del Ministeriode Ed!"a"i#n $CACRETE%: s una asociación civil autónoma, sin ines de lucro, conpersonalidad "ur)dica propia, que orece a0orro y crEdito a todas las traba"adoras ytraba"adores obreras y obreros educacionales del MPP.

    1>. Sindi"atos A-iliados: son organi$aciones sindicales de primer grado ailiadasdirectamente a las 5ederaciones (acionales que suscriben la presente Convención

    Colectiva Única y Unitaria. Fueda entendido que las 5ederaciones y %indicatos(acionales tienen seccionales en cada región o entidad ederal de la 2ep3blica*olivariana de 4ene$uela.

    Cláusula 2. Objeto de la Convención Colectiva Única y Unitaria

    a presente Convención Colectiva Única y Unitaria tiene por ob"eto establecer lascondiciones, derec0os y obligaciones, conorme a las cuales las traba"adoras y lostraba"adores del Ministerio del Poder Popular para la ducación, participar+n en el procesosocial del traba"o. Conorme a los principios constitucionales y al ordenamiento "ur)dico

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    vigente, que conducen a la "usta distribución de la rique$a, el buen vivir de las y lostraba"adores de la educación y la garant)a de los derec0os laborales, en la tarea com3n degaranti$ar el e"ercicio pleno del derec0o 0umano a una educación de calidad, pertinente ypermanente para todas y todos, con la inalidad de desarrollar el con"unto de laspotencialidades 0umanas y la ormación de una ciudadan)a participativa y protagónica.

    Cláusula 3. Ámbito de alicaciónas disposiciones de la presente Convención Colectiva Única y Unitaria amparan a la clasetraba"adora conormada por las y los docentes, administrativos y obreros del Ministerio delPoder Popular para la ducación, que participan en el proceso social de traba"o, ailiados ono a las organi$aciones sindicales, cualquiera sea la orma de su contratación, as) como alas "ubiladas y a los "ubilados, pensionadas y pensionados por incapacidad, ascendientes ydescendientes de las traba"adoras y traba"adores, en los tErminos y condiciones que seespeciiquen en cada cl+usula.

    Fuedan eDceptuados de la aplicación de esta Convención, las contratadas y los contratadospor obra o servicio determinado, as) como las traba"adoras y traba"adores que desempeñancargos de alto nivel o dirección.

    Fueda claro que las traba"adoras y traba"adores contratados por el Ministerio del PoderPopular para la ducación para cumplir unciones de car+cter indeinido y permanente seencuentran amparados por la presente Convención Colectiva siempre que se cumplan todoslos requisitos de ey.

    Cláusula !. De la administración de la "rimera Convención Colectiva Única yUnitaria

    Con base a los principios de autonom)a y libertad sindical contenidos en la Constitución de la2ep3blica *olivariana de 4ene$uela y desarrollados en la ey #rg+nica del !raba"o, los

    !raba"adores y las !raba"adoras, queda establecido que la administración de esta PrimeraConvención Colectiva Única y Unitaria en nombre de las traba"adoras y los traba"adores delMinisterio del Poder Popular para la ducación, se eectuar+ de manera bilateral entre las#rgani$aciones %indicales signatarias en corresponsabilidad con el Ministerio del PoderPopular para la ducación, con apego a lo establecido en la ey #rg+nica del !raba"o, los!raba"adores y las !raba"adoras, Contratos, Convenios y Convenciones Colectivas de las!raba"adoras y los !raba"adores de la ducación.

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    CORRESPONSABILIDAD SOCIAL

    Cláusula #. "articiación de las trabajadoras y los trabajadores en el cumlimientode los fines de la educación

    Como responsables y corresponsables de la educación, las traba"adoras y traba"adores delMinisterio del Poder Popular para la ducación y sus organi$aciones se comprometen aestudiar, diundir y reali$ar acciones eectivas para garanti$ar los ines de la educación,establecidos en la ey #rg+nica de ducación. stas inalidades orientar+n su participaciónprotagónica en la gestión educativa tanto en cada centro educativo, como en las instanciasmunicipales, estadales y nacional. ;s) mismo, las distintas instancias de toma de decisionesy e"ecución de pol)ticas p3blicas del Ministerio del Poder Popular para la ducación,garanti$ar+n la participación de las y los traba"adores en la ormación, e"ecución y control dela gestión educativa en sus respectivos niveles de actuación.

    as #rgani$aciones %indicales omentar+n la participación de las traba"adoras y lostraba"adores en los Conse"os ducativos en cada plantel, conorme al ordenamiento "ur)dico

    vigente, con el in de participar en la toma de decisiones, su e"ecución y contralor)a social.l Ministerio del Poder Popular para la ducación y las organi$aciones sindicales signatariasse comprometen a propiciar el traba"o voluntario, el estudio y la toma de consciencia de las ylos traba"adores sobre su papel activo en la ormación permanente de todas y todos losciudadanos, el mantenimiento y preservación de las estructuras e instalaciones educativas,as) como la garant)a de un clima de convivencia armoniosa basada en el respeto y lasolidaridad entre los integrantes de las comunidades educativas.

    n provec0o de garanti$ar que todos los centros educativos sean territorios de pa$, elMinisterio del Poder Popular para la ducación y las organi$aciones sindicales secomprometen a traba"ar con"untamente en la construcción de relaciones de respeto entre

    todas y todos los integrantes de la comunidad educativa, en crear consciencia y prevenir losactos de violencia )sica y simbólica, en propiciar la interculturalidad y la valoración de ladiversidad cultural, en prevenir, evitar y denunciar todo tipo de discriminación y eDclusión.

    Cláusula $. %ormación colectiva& inte'ral& continua y ermanente

    -e conormidad con el contenido del !)tulo 4 de la ey #rg+nica del !raba"o, los!raba"adores y las !raba"adoras, las partes asumen corresponsablemente la promoción deiniciativas de ormación y autoormación colectiva, integral, continua y permanente, de laclase traba"adora. l Ministerio del Poder Popular para la ducación orecer+ a sustraba"adoras y traba"adores, a travEs de su propio esuer$o o de convenios con otrasinstituciones educativas y universidades nacionales, oportunidades de estudio conducentes a

    t)tulo acadEmico o de me"oramiento proesional. n todas las iniciativas de ormación secontar+ con las #rgani$aciones %indicales signatarias.

    Cláusula (. )utomati*ación y simlificación de trámites

    Con base en los principios de transparencia, rendición de cuentas, celeridad y simpliicaciónde tr+mites, el Ministerio del Poder Popular para la ducación conviene continuar laadecuación gradual de todos sus procedimientos establecidos, en especial los relacionadoscon la atención de solicitudes que eect3an sus traba"adoras y traba"adores ante las oicinas

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    de Hestión Iumana en las $onas educativas y en la %ede Central. !al adecuación debepropender a: la publicación de inormación idedigna reerente a los tr+mites que eect3an lasoicinas de Hestión Iumana y sus requisitos8 la tramitación en l)nea de las solicitudes8 laautomati$ación de los procedimientos8 la consignación en l)nea y ba"o ormatos digitales oelectrónicos de los recaudos8 la optimi$ación de los tiempos de respuesta8 el empleo deirmas digitales para aprobaciones8 la disponibilidad de inormación para las interesadas y los

    interesados sobre el estatus de sus tr+mites y las o los responsables de brindar respuesta8simpliicación de tr+mites y eliminación de obst+culos innecesarios, entre otros. gualmentelas #rgani$aciones %indicales signatarias llevar+n a cabo campañas divulgativas para ormarconciencia entre las traba"adoras y los traba"adores sobre la necesidad de su participaciónprotagónica en la adecuación de los procesos para 0acerlos m+s eicaces y eicientes.

    PAR34RA.O ÚNICO: %e designar+ una comisión de seis 6?7 representantes del Ministeriodel Poder Popular para la ducación y seis 6?7 representantes de las #rgani$aciones%indicales signatarias, que en los treinta 6/7 d)as siguientes a la 0omologación de lapresente Convención Colectiva Única y Unitaria, elabore un inorme que indique los tr+mitesm+s comunes que eect3an las traba"adores y los traba"adores ante las dierentes oicinas deHestión Iumana, especiicando en detalle los procedimientos establecidos, con sus

    responsables, recaudos o requisitos y mecanismos de control, as) como propuestas deoptimi$ación de cada uno de los tr+mites. -ic0o inorme servir+ de insumo para elaborar losplanes de adecuación del MPP.

    Cláusula +. ,-eriencia de las jubiladas y los jubilados al servicio de la consolidaciónde la calidad educativa

    n virtud de la eDperiencia acumulada a lo largo de su participación en el proceso social deltraba"o por las traba"adoras "ubiladas y los traba"adores "ubilados, tanto administrativos,docentes y obreros, y con el ob"etivo de impulsar la consolidación de la calidad educativa, laspartes convienen en eectuar un registro nacional permanente de "ubiladas y "ubilados que

    deseen participar en actividades espec)icas de asesor)a y ormación, conorme a susortale$as y potencialidades, en los proyectos desarrollados por el Ministerio del PoderPopular para la ducación en los que se les pueda requerir. as "ubiladas y "ubilados queparticiparen en estas actividades recibir+n un aporte complementario basado en lascaracter)sticas del servicio a prestar.

    Cláusula . )orte de las trabajadoras y los trabajadores de la educación enconjunto con los estudiantes& adres y reresentantes& con el modelo inclusivo roductivo& como ejemlo atriótico de contribuir en la visión de una /e0blica roductiva y otencia latinoamericana

    as partes acuerdan, a partir de la 0omologación de la presente Convención Colectiva, enconsolidar el proceso eDperimental para el Modelo ducativo Productivo *olivarianonclusivo, ensayando en cada municipio un Centro Dperimental Creativo, nnovador yProductivo, a insertarse en el sistema económico de la nación. Dperimentandocompetencias de integración productivas del sector educativo, con"untamente con losrepresentantes y conse"os comunales del +rea respectiva. !endr+n debida asesor)a tEcnica,participación voluntaria seg3n el rubro estratEgico productivo. ste ensayo debe conducir auna pol)tica educativa de gran"as del sector educativo para la producción alimentaria por

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    municipios escolares8 este proyecto debe articularse con las alcald)as y tendr+ como ob"etivocontribuir eectivamente con un porcenta"e de la demanda, en los rubros convenidos, seg3nla región del pa)s. Para tal in, se instalar+ una comisión a los treinta 6/7 d)as de0omologada la presente Convención Colectiva para elaborar el plan productivo aqu) previsto.

    Cláusula 1.Consejo de reor'ani*ación del nstituto de "revisión y )sistencia ocial

     ara el "ersonal del 4inisterio de ,ducación 5")4,6as partes acuerdan dentro de los noventa 6B7 d)as posteriores a la 0omologación de lapresente Convención Colectiva Única y Unitaria, la conormación de un Conse"o de2eorgani$ación del nstituto de Previsión y ;sistencia %ocial para el Personal del Ministeriode ducación 6P;%M7, integrada por miembros principales con sus respectivos suplentes,de cada uno de los sectores de la siguiente manera: un 617 representante de cada una de las#rgani$aciones %indicales signatarias, cuatro 67 representantes de los traba"adores delP;%M y dos 6&7 del MPP8 a in de eectuar y discutir propuestas que contemplen lareestructuración y reorgani$ación del nstituto as) como acilitar los elementos ormativospara la eectiva contralor)a social, la supervisión y el seguimiento, en concordancia con loestablecido en el estatuto org+nico del P;%M, para desarrollar los aspectos relacionados

    con: la ;tención Primaria de %alud 6consultas mEdicas, laboratorio, radiolog)a, consultoriosmunicipales78 %ervicio #dontológico y #talmológico8 suministro de medicamentos y prótesis,e implementación de planes y proyectos de turismo, vivienda, cultura y recreación8 acuerdosde proveedur)a de alimentos y otros art)culos, asistencia crediticia e 0ipotecaria.

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    CONDICIONES DEL PROCESO SOCIAL DE TRABAJO

    Cláusula 11.%unciones definidas ara articiar en el roceso social de trabajo

    a participación de las traba"adoras y los traba"adores en el proceso social de traba"o en elMinisterio del Poder Popular para la ducación, est+ determinada por la unción general delcargo que desempeñan, que puede ser de tres tipos: ;dministrativa, -ocente y #brera. lMinisterio del Poder Popular para la ducación garanti$a a cada traba"adora o traba"ador lacorrespondencia de las actividades previstas en los cargos con la unción general y el nivelde desarrollo alcan$ado en la carrera. ;simismo, el Ministerio del Poder Popular para laducación conviene en no eDigir a sus traba"adoras y traba"adores que realicen en ormapermanente labores distintas de aquellas para las cuales 0an sido contratados.

    Cuando una traba"adora o traba"ador ocupe temporalmente un cargo de mayor categor)a porausencia del titular debido a vacaciones, permiso o enermedades, el Ministerio del PoderPopular para la ducación pagar+ la dierencia salarial de acuerdo con la categor)a,

     "erarqu)a, grado y paso que corresponda. s entendido que en estos casos la reposición de

    un traba"ador a su cargo original no signiica en ning3n momento un despido indirecto.PAR34RA.O PRIMERO: as partes convienen que las suplencias se cancelar+n en base allapso de ausencia del traba"ador titular, devengando el mismo salario del traba"adorsustituido.

    PAR34RA.O SE4UNDO: n los casos en que eDista la necesidad de servicio y latraba"adora o el traba"ador cumplan con el peril del cargo y maniiesten su voluntad de0acerlo, el Ministerio del Poder Popular para la ducación conviene en eectuar la conversióndel cargo de la traba"adora o el traba"ador a otro de una unción general distinta, sin per"uiciode su salario normal, salario integral y el reconocimiento de sus años de servicio, 0abiendocumplido con los requisitos para la asignación del cargo establecidos en el ordenamiento

     "ur)dico vigente.

    Cláusula 12.,stabilidad 7aboral

    as relaciones laborales entre las partes se establecen sobre la base del principio deestabilidad laboral, consagrado en la Constitución de la 2ep3blica *olivariana de 4ene$uela,para la protección del derec0o de las traba"adoras y los traba"adores a la permanencia en sutraba"o si no eDisten causas que "ustiiquen la inali$ación de la relación laboral. nconsecuencia, el Ministerio del Poder Popular para la ducación garanti$a:

    1. Permanencia de las condiciones en cuanto a turnos y 0orario de traba"o. n caso deque por ra$ones de servicio o por solicitud de la traba"adora o el traba"ador se planteealguna modiicación en las mismas, el cambio se reali$ar+ de mutuo acuerdo,conorme a lo establecido en las convenciones colectivas y las leyes aplicables.

    &. stablecer de manera clara y preeriblemente por escrito las actividades yresponsabilidades in0erentes a los cargos a in de dar ormalidad a las relacionescontractuales, de conormidad con lo establecido en Contratos Colectivos,Convenciones Colectivas, ey del statuto de la 5unción P3blica, 2eglamento de laey de Carrera ;dministrativa, ey #rg+nica del !raba"o, los !raba"adores y las!raba"adoras, ey #rg+nica de ducación y 2eglamento del "ercicio de la Proesión-ocente.

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    /. n caso de detención policial la traba"adora o traba"ador permanecer+ activo con elpago de sus salarios, 0asta que se compruebe la comisión de un delito o eDistasentencia condenatoria deinitivamente irme, debiendo proceder a la liquidación porparte del Ministerio del Poder Popular para la ducación, del monto que por conceptode prestaciones sociales corresponda.

    Cláusula 13.8ornada laboral de trabajadoras y trabajadores administrativos y obrerosa "ornada laboral de las traba"adoras y traba"adores administrativos y obreros en elMinisterio del Poder Popular para la ducación ser+ de treinta y cinco 6/>7 0oras semanales,con un m+Dimo de cinco 6>7 d)as a la semana.

    PAR34RA.O ÚNICO: n aquellas instituciones escolares donde se 0ayan establecido0orarios especiales, se mantendr+ la "ornada actual de seis 6?7 0oras diarias.

    Cláusula 1!.Dedicación docente

    as traba"adoras y traba"adores docentes tendr+n como dedicaciones de reerencia para latabla salarial:

    1. Para las traba"adoras y traba"adores docentes de niveles inicial y primaria o de lamodalidad de educación especial, de veinticinco 6&>7 0oras 6equivalentes a //,//0oras acadEmicas de > minutos7 semanales8 y

    &. Para las traba"adoras y traba"adores docentes del nivel de educación media en susopciones media general y media tEcnica y la modalidad de educación de "óvenes,adultas y adultos, de veintisiete 6&@7 0oras 6equivalentes a /? 0oras pedagógicas de> minutos7 semanales.

    a dedicación comprender+ un m+Dimo de cinco 6>7 d)as a la semana.

    PAR34RA.O PRIMERO: %e podr+n establecer dedicaciones especiales de acuerdo con las

    necesidades de atención acadEmica, tanto menores a las dedicaciones de reerencia, comomayores a la misma 0asta un m+Dimo de 0oras semanales equivalentes a >/,// 0orasacadEmicas de > minutos.

    PAR34RA.O SE4UNDO: l Ministerio del Poder Popular para la ducación establecer+pol)ticas que propendan a la concentración de 0oras laborales de las y los docentes en elmismo plantel o en planteles de ubicación cercana, siempre que las necesidades de serviciolo requieran y con el consentimiento de la traba"adora o traba"ador.

    PAR34RA.O TERCERO0 as dedicaciones docentes superiores a veintisiete 6&@7 0oras6equivalentes a /? 0oras pedagógicas de > minutos7 semanales, comprender+n el tiempopara actividades de: planiicación docente, atención a estudiantes y amiliares, atención yv)nculo con las comunidades, ormación docente y otras actividades pedagógicas.

    Cláusula 1#.Condiciones eseciales ara el roceso social de trabajo en comunidadesind9'enas

    n cumplimiento de los derec0os de los pueblos ind)genas establecidos en la Constituciónde la 2ep3blica *olivariana de 4ene$uela, el Ministerio del Poder Popular para la ducaciónse obliga a estudiar la adecuación de las condiciones establecidas en esta PrimeraConvención Colectiva Única y Unitaria a las caracter)sticas especiales del proceso social detraba"o en las distintas comunidades ind)genas, atendiendo a su diversidad. ; estos eectos

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    el Ministerio del Poder Popular para la ducación de manera con"unta con las#rgani$aciones %indicales %ignatarias de la presente Convención Colectiva, llevar+ a cabocon la participación protagónica de las organi$aciones y vocer)as de las comunidadesind)genas, un an+lisis de la situación de las condiciones de los planteles ubicados en estascomunidades. ste an+lisis comprender+ al menos los siguientes aspectos: personalrequerido y modalidades de ormación de este personal8 calendario y 0orarios escolares8 v)as

    de acceso y alternativas de transporte 6terrestre, aEreo y luvial78 dotación de insumos8acceso a la energ)a elEctrica, la inorm+tica y las telecomunicaciones8 condiciones de traba"o8ormas y modalidades de pago8 acceso a la alimentación y servicios de salud8 reali$ación deproyectos productivos8 organi$ación escolar y curr)culo8 actividades de recreación, cultura ydeporte. as adecuaciones que se realicen a partir del an+lisis de situación estar+n acordescon la cultura de cada comunidad y el ordenamiento "ur)dico vigente.

    Cláusula 1$.D9as feriados y de asueto

    as partes convienen, de conormidad con el art)culo 1A de la ey #rg+nica del !raba"o, los!raba"adores y las !raba"adoras, en establecer como d)as eriados para todas y todos lostraba"adores del Ministerio del Poder Popular para la ducación:

    1. os domingos8

    &. os 1J de enero8 lunes y martes de carnaval8 Kueves y 4iernes %antos8 1J de mayo y&, &> y /1 de diciembre, de cada año8

    /. os establecidos como tales en el ;rt)culo 1 de la ey de 5iestas (acionales: 1B deabril, & de "unio, > de "ulio, & de "ulio y 1& de octubre 8 y

    . os d)as estivos decretados por el Hobierno (acional, por los estados o por lasmunicipalidades, 0asta un l)mite total de tres 6/7 por año.

     ;simismo, en reconocimiento a los beneicios alcan$ados por las traba"adoras y lostraba"adores en sus luc0as sociales por me"ores condiciones de traba"o se establecen los

    siguientes d)as de asueto:1. Para todas y todos los traba"adores: unes, Martes y MiErcoles %antos.

    &. Para las y los traba"adores administrativos: de septiembre de cada año, -)a del5uncionario P3blico.

    /. Para las y los traba"adores administrativos que cumplen unciones secretariales: el /de septiembre de cada año.

    . Para las y los traba"adores docentes: 1> de enero de cada año, -)a del Maestro8 y

    >. Para las y los traba"adores obreros: @ de noviembre de cada año, -)a del !raba"adorducacional.

    Fueda entendido que el disrute de los eriados y asuetos señalados en los numeralesprevios, deben eectuarse en la misma ec0a de su ocurrencia, no siendo acumulables opospuestos, salvo para los eectos de los d)as 0+biles previstos en los per)odos vacacionalesde las traba"adoras y los traba"adores que participan del proceso social de traba"o en lassedes central y administrativas.

    Cláusula 1(.:acaciones

    Conorme al derec0o de las traba"adoras y los traba"adores al descanso y la recreación

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    establecido en el ordenamiento "ur)dico vigente, se acuerda la aplicación de los siguientessistemas de disrute de vacaciones:

    1. as traba"adoras y los traba"adores administrativos y docentes que participan delproceso social del traba"o en planteles educativos, disrutar+n de su per)odovacacional de manera colectiva de acuerdo al calendario escolar establecido por elente rector8

    &. as traba"adoras y los traba"adores obreros que participan del proceso social deltraba"o en planteles educativos, disrutar+n de su per)odo vacacional de maneracolectiva iniciando Este un 617 d)a 0+bil despuEs del inal del calendario escolarestablecido por el ente rector y culminando un 617 d)a 0+bil antes del inicio delsiguiente año8

    /. as traba"adoras y los traba"adores obreros, administrativos que participan del procesosocial del traba"o en las sedes central y administrativas, disrutar+n del per)odovacacional de treinta y cinco 6/>7 d)as 0+biles.

    PAR34RA.O ÚNICO0 as traba"adoras y los traba"adores que se encuentren prestandoservicio en la sede central del Ministerio del Poder Popular para la ducación o en cualquier

    otro ente de la ;dministración P3blica (acional, estadal o municipal, en calidad de comisiónde servicio, conservan su derec0o en cuanto al n3mero de d)as por disrute del per)odovacacional. stas ser+n establecidas de com3n acuerdo atendiendo a las necesidades deservicio del ente mencionado.

    Cláusula 1+.;raslados

    l Ministerio del Poder Popular para la ducación atendiendo a la estabilidad, seguridadlaboral y me"oramiento de las condiciones de vida de las traba"adoras y traba"adoresestablecidas en: la ey de statuto de la 5unción P3blica, la ey #rg+nica del !raba"o, las!raba"adoras y !raba"adores y el 2eglamento del "ercicio de la Proesión -ocente, as) como

    a la territoriali$ación de la educación, se obliga en garanti$ar la tramitación y concesión detraslados al personal administrativo, docente y obrero, en los siguientes casos:

    1. Por ad"udicación de vivienda en una localidad distinta y ale"ada de la dependencia deadscripción.

    &. n caso de aectación por desastres naturales de cualquier tipo.

    /. %ituaciones que ameriten y "ustiiquen la necesaria agrupación del n3cleo amiliar enuna localidad distinta.

    . Por ra$ones de salud, previa veriicación de la situación alegada.

    >. Cambio mutuo de lugar de traba"o acordado entre dos 6&7 traba"adores o traba"adoras.

    ?. nseguridad o integridad )sica o psicológica del empleado yLo grupo amiliar.l traslado ser+ reali$ado a un cargo de la misma clase, conservando la categor)a ydedicación y sin aectación del sueldo b+sico y los complementos que le puedancorresponder.

    l Ministerio del Poder Popular para la ducación se compromete en la celeridad en cuanto ala tramitación de los traslados arriba señalados, quedando entendido que en los casos depersonal docente, los traslados no podr+n 0acerse eectivos en el transcurso del año escolar,a menos que se garantice la continuidad acadEmica de las y los estudiantes.

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    PAR34RA.O PRIMERO: as traba"adoras y los traba"adores podr+n solicitar traslados quepermitan aminorar la distancia entre su lugar de residencia y su lugar de traba"o, los cualesestar+n supeditados a las necesidades de servicio.

    PAR34RA.O SE4UNDO: l Ministerio del Poder Popular para la ducación reali$ar+durante el año &1?, operativos para acelerar la revisión y tramitación de los traslados ba"olos tErminos establecidos en la presente cl+usula.

    Cláusula 1.Condiciones& dotación y ambiente aroiado ara la articiación en el roceso social del trabajo

    l Ministerio del Poder Popular para la ducación suscribe la necesidad de garanti$arcondiciones dignas para la participación en el proceso social de traba"o de todas y todos lostraba"adores administrativos, docentes y obreros y, por consiguiente, conviene en estableceruna pol)tica progresiva de dotación de los ambientes de traba"o que garanticen el desempeñoóptimo de las unciones requeridas a sus traba"adoras y traba"adores y el cumplimiento delas normativas de seguridad estipuladas en la ey #rg+nica de Prevención, Condiciones yMedio ;mbiente de !raba"o. -e igual manera, el Ministerio del Poder Popular para la

    ducación se compromete, por una parte, a eectuar una revisión de sus instalaciones einraestructura a los ines de adaptarlas gradualmente y as) garanti$ar el cumplimiento iel dela normativa "ur)dica vigente, y al mismo tiempo, a no desarrollar nuevas inraestructuras queincumplan dic0as normativas.

    PAR34RA.O ÚNICO: as partes se comprometen a presentar un plan que promueva lasensibili$ación de todas y todos los miembros de las comunidades educativas, con Enasisespecial en las traba"adoras y traba"adores, para avorecer condiciones de traba"o dignas,uso ra$onable de la dotación y los recursos administrados, uso racional y eiciente de laenerg)a, cuidado y mantenimiento de las instalaciones, contralor)a social sobre el uso de losrecursos y ormación de conciencia de conservación y mantenimiento, en el lapso de losnoventa 6B7 d)as posteriores a la 0omologación de esta Convención Colectiva.

    Cláusula 2.4anual de clasificación de car'os del ersonal obrero

    as partes designar+n una comisión paritaria de seis 6?7 miembros, tres representantes delMinisterio del Poder Popular para la ducación y tres representantes de las organi$aciones%indicales signatarias, que elabore, dentro de los ciento veinte 61&7 d)as posteriores a la0omologación de la presente Convención Colectiva Única y Unitaria, un nuevo Manual deClasiicación de Cargos del Personal #brero, sustentado en una visión de desarrollo decarrera 0umanista y que estable$ca una metodolog)a de clasiicación, ingreso y ascensoacorde a la realidad actual y a"ustado al ordenamiento "ur)dico vigente.

    Cláusula 21.4anual descritivo de car'os del ersonal administrativo

    as partes convienen en designar una comisión de siete 6@7 miembros: dos 6&7representantes del Ministerio del Poder Popular para la ducación y cinco 6>7 representantesde las organi$aciones sindicales signatarias, dentro de los noventa 6B7 d)as posteriores a la0omologación de la presente Convención Colectiva Única y Unitaria, a in de reali$ar larevisión del Manual -escriptivo de Clases de Cargos del Personal ;dministrativo, sustentadoen una visión de desarrollo de carrera 0umanista y que estable$ca una metodolog)a de

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    clasiicación de cargos acorde a los dierentes niveles de comple"idad de los deberes yresponsabilidades, y a"ustado al ordenamiento "ur)dico vigente.

    Cláusula 22.)ctuali*ación ermanente de los re'istros de car'os administrativos&docentes y obreros

    l Ministerio del Poder Popular para la ducación conviene actuali$ar mensualmente losregistros legales e internos que especiican los cargos del personal administrativo, docente yobrero, en lo que respecta a: traba"adoras y traba"adores asignados y vacantes, ubicaciónadministrativa, ubicación )sica y presupuestaria, cumpliendo con la normativa "ur)dicavigente. as #rgani$aciones %indicales signatarias velar+n por el estricto cumplimiento deesta cl+usula.

    Cláusula 23./evisión de %unciones de "ersonal )dministrativo

    l Ministerio del Poder Popular para la ducación, se compromete en los ciento veinte 61&7d)as siguientes a la 0omologación de la presente Convención Colectiva Única y Unitaria, arevisar, con participación de las organi$aciones sindicales signatarias, la situación de las

    traba"adoras y los traba"adores cuyas unciones son: ;uDiliares de *iblioteca, ;sistentes de*iblioteca, ;sistentes de Preescolar, !erapista #cupacional, *ibliotecario, 5isioterapistas,Psicólogos, %ociólogos, !Ecnico !raba"ador %ocial, !erapista 5oniatra, !erapista deengua"e, !erapista #cupacional, !raba"ador %ocial, a los ines de implementar su adecuadaclasiicación, de conormidad con lo establecido en el art)culo 1>@ del 2eglamento Heneralde la ey de Carrera ;dministrativa, en todo y cuanto los avore$ca.

    Cláusula 2!.Contralor9a social en los rocesos de in'reso de ersonal 

    l Ministerio del Poder Popular para la ducación conviene a partir de la 0omologación de lapresente Convención Colectiva Única y Unitaria, en garanti$ar las condiciones para ele"ercicio de la contralor)a social por parte de las #rgani$aciones %indicales signatarias sobrelos procesos de ingreso a cargos para personal administrativo, docente y obrero, conorme alprincipio de transparencia, tomando en consideración la prioridad que deben tener las y losciudadanos que se encuentran en condición de suplencias, interinatos y contratos laborales,seg3n las necesidades de servicio, el peril para e"ercer el cargo, las competencias y ladisponibilidad presupuestaria, de conormidad con el ordenamiento "ur)dico vigente.

    Cláusula 2#.istema de concursos de romoción y ascenso ara el ersonaladministrativo

    l Ministerio del Poder Popular para la ducación se compromete a partir de la 0omologaciónde la presente Convención Colectiva Única y Unitaria, a implementar anualmente o con

    mayor periodicidad si uera necesario, el %istema de Concursos de promoción y ascenso delpersonal administrativo, de apoyo tEcnico y proesional, a"ustado a lo previsto en la ey delstatuto de la 5unción P3blica y el 2eglamento de la ey de Carrera ;dministrativa y su"eto ala disponibilidad presupuestaria. l %istema de Concursos de promoción y ascenso delpersonal administrativo, de apoyo tEcnico y proesional, se eectuar+ con apego a losprincipios de transparencia y rendición de cuentas y estar+ su"eto a la contralor)a social delas ciudadanas y ciudadanos organi$ados que as) lo solicitaren.

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    PAR34RA.O ÚNICO: as partes acuerdan que las evaluaciones de los procesos deconcurso de promoción y ascenso comprender+n criterios 0omologados a escala nacional deaplicación y ponderación, que tomen en cuenta undamentalmente: el nivel acadEmico, laantigedad, los mEritos, reconocimientos y la eDperiencia en el cargo de las y los aspirantes.as organi$aciones sindicales vigilar+n el iel cumplimiento de esta cl+usula para lo cual la#icina de Hestión Iumana y las distintas =onas ducativas acilitar+n el acceso a lainormación necesaria para e"ercer dic0a contralor)a, tales como cronogramas de aplicación,cargos su"etos a concurso y criterios generales de ponderación.

    Cláusula 2$.Continuidad del a'o de sueldos en er9odos de contin'encia or fuer*amayor

    l Ministerio del Poder Popular para la ducación conviene no descontar del sueldo de lastraba"adoras y los traba"adores los d)as no laborados, cuando estos interrumpan susactividades 0abituales por motivo de uer$a mayor debidamente comprobada.

    Cláusula 2(./estitución de car'os en ,scuelas ;.

    Cláusula 2+./econocimientos& condecoraciones y remiaciones

    Con el ob"eto de crear el %istema de 2econocimientos, Condecoraciones y Premiaciones quesirva como estimulo moral para las traba"adoras y los traba"adores del Ministerio del PoderPopular para la ducación, se conviene ratiicar y garanti$ar el otorgamiento y elconerimiento de los reconocimientos, condecoraciones y premiaciones a las traba"adoras ylos traba"adores, seg3n lo establecido en convenciones suscritas por las organi$acionessindicales, de acuerdo a las siguientes descripciones:

    D5a del Ed!"ador0 es el reconocimiento que se otorga cada 1> de enero a traba"adoras ytraba"adores docentes desde su creación en 1B/&, a ob"eto de eDaltar su trayectoria y traba"oconsecuente, a travEs de actos protocolares de entrega de botones por años de servicio,placas de reconocimiento y diplomas.

    Orden 6L!is Ca&allero Me'5as70 es la orden que se otorga en sus tres clases, cada 1 deebrero a las y los traba"adores docentes que laboran en el nivel de ducación Media!Ecnica, por sus aportes a la investigación y pr+ctica educativa.

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    Re"ono"i+iento 6L!is Beltr8n Prieto .i)!eroa70 es el reconocimiento que se otorga cada1 de mar$o, a traba"adoras y traba"adores 6administrativos, docentes y obreros7, activos opasivos 6"ubilados y pensionados7 por su actuación destacada y aportes investigativos en elcampo del e"ercicio educativo y laboral.

    Orden 69!)o Ra-ael C18,e* .r5as70 es la distinción que se otorga en sus tres clases, cada&A de Kulio 6aniversario del natalicio del Comandante Iugo C0+ve$7, a traba"adoras y

    traba"adores 6administrativos, docentes y obreros7, activos o pasivos 6"ubilados ypensionados7 que tiene por ob"eto reconocer el desempeño óptimo y la participación enproyectos educativos comunitarios.

    :; de Ma(o 6D5a interna"ional del Tra&a'ador ( la Tra&a'adora70 es el reconocimiento quese otorga cada primera quincena del mes de mayo, a traba"adoras y traba"adores activos6administrativos, docentes y obreros7, que tiene por ob"eto eDaltar su labor por años deservicio y mEritos destacados, a travEs de un acto protocolar de reconocimiento y entrega debotones y diplomas.

    Orden 6&li"o0 es el reconocimiento que se otorga cada de septiembre, atraba"adoras y traba"adores administrativos activos, que tiene por ob"eto eDaltar la trayectoria

    por años de servicio y mEritos en acciones comunitarias o colectivos organi$ados, a travEsde actos protocolares de entrega de botones por años de servicio, placas de reconocimientoy diplomas.

    Orden 6Andr2s Bello70 es la orden que se otorga en sus tres clases, a traba"adoras ytraba"adores 6administrativos, docentes y obreros7, activos o pasivos 6"ubilados ypensionados7 que tiene por ob"eto reconocer sus aportes en materia educativa.

    Orden 6Si+#n Rodr5)!e*70 es la orden que se otorga en sus tres clases, a traba"adoras ytraba"adores 6administrativos, docentes y obreros7, activos o pasivos 6"ubilados ypensionados7 que tiene por ob"eto reconocer los resultados eectivos en la aplicación deplanes y proyectos de investigación y creatividad en el campo de la educación con lacomunidad.

    Pre+io Na"ional de In,esti)a"i#n ( Te"nolo)5a 6Don Si+#n Rodr5)!e*70 es el premioque se otorga cada &A de octubre, a traba"adoras y traba"adores 6administrativos, docentes yobreros7, activos o pasivos 6"ubilados y pensionados7, que tiene por ob"eto reconocer losproyectos de investigación sobresalientes en el campo de la educación orientados a laconstrucción y consolidación de una nueva teor)a pedagógica latinoamericana y caribeña, atravEs de actos protocolares con entrega de diplomas, dotaciones, y equipamientos, as)como la publicación de los resultados de los proyectos.

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    Pre+io Na"ional de Peda)o)5a 6Andr2s Bello70 es el premio que se otorga cada &B denoviembre, a traba"adoras y traba"adores 6administrativos, docentes y obreros7, activos opasivos 6"ubilados y pensionados7, que tiene por ob"eto reconocer los proyectos deinvestigación u obra literaria en el campo educativo, aplicada al +mbito latinoamericano ycaribeño, a travEs de actos protocolares con entrega de diplomas, dotaciones yequipamientos, as) como la publicación de las respectivas obras.

    D5a del Tra&a'ador Ed!"a"ional0 es el reconocimiento que se otorga cada @ de noviembre,a traba"adoras y traba"adores obreros activos, que tiene por ob"eto eDaltar la trayectoria poraños de servicio y mEritos en acciones comunitarias o colectivos organi$ados, a travEs deactos protocolares de entrega de botones por años de servicio, placas de reconocimiento ydiplomas.

    PAR34RA.O ÚNICO0  as organi$aciones sindicales podr+n presentar sus postulacionespara cualquiera de los reconocimientos, premiaciones y condecoraciones mencionados enesta cl+usula 0asta veinticinco 6&>7 d)as continuos antes de la ec0a prevista para suotorgamiento.

    Cláusula 2."ermiso or nacimiento

    as partes acuerdan, con base en el principio constitucional de protección a la amilia y a losniños y niñas, otorgar los siguientes permisos remunerados de obligatoria concesión para lastraba"adoras y traba"adores del Ministerio del Poder Popular para la ducación, pornacimiento de 0i"as o 0i"os:

    1. Permiso remunerado prenatal para las madres traba"adoras: se establecen sesenta6?7 d)as 0+biles, previos a la ec0a programada de nacimiento.

    2. Permiso por descanso post natal para las madres traba"adoras: se establecen noventa6B7 d)as 0+biles, posteriores a la ec0a eectiva de nacimiento. os permisos pre ypost natal concedidos a las madres pueden ser acumulables o no, conorme a su

    voluntad y criterio, dentro de los par+metros que preserven la salud tanto de la madrecomo del niño o niña, previa autori$ación mEdica.

    (. Permiso post natal por paternidad: se establecen veinte 6&7 d)as continuos,posteriores a la ec0a eectiva de nacimiento. n caso de parto m3ltiple el permiso depaternidad remunerado ser+ de treinta 6/7 d)as continuos. %i se presentarenenermedad grave del 0i"o o 0i"a, o complicación mEdica de la madre, previacertiicación del mEdico tratante, el permiso remunerado por paternidad se eDtender+por un per)odo igual a veinte 6&7 d)as continuos.

    4. Permiso por adopción: se establece un permiso de veintisEis 6&?7 semanas continuas,a las traba"adoras que se les conceda la adopción de una niña o niño menor a tres 6/7años. n el caso de los padres traba"adores a quienes se les conceda la adopción, se

    establecen veinte 6&7 d)as 0+biles a partir del momento que se acuerde la sentenciadeinitivamente irme por el !ribunal de Protección de (iños, (iñas y ;dolescentes.

    Cláusula 3."ermiso or fallecimiento de un familiar

    as partes acuerdan el establecimiento de un permiso remunerado de obligatoriocumplimiento para la traba"adora o el traba"ador, en caso de allecimiento de ascendientes ydescendientes directos 0asta segundo grado de consanguinidad, 0ermanas o 0ermanos,

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    cónyuges o persona con quien mantenga unión estable de 0ec0o, en los siguientes tErminos:1. Fuince 61>7 d)as 0+biles, si ocurre dentro de la entidad ederal donde presta servicios.2. 4einte 6&7 d)as 0+biles, si ocurre dentro del territorio nacional en una entidad distinta

    a donde presta servicios.(. !reinta 6/7 d)as 0+biles, si ocurre en el eDterior.

    Cláusula 31."ermiso or matrimonioas partes convienen establecer un permiso remunerado de obligatoria concesión para lastraba"adoras y los traba"adores que contraigan nupcias o celebren unión estable de 0ec0o,por un per)odo de veinte 6&7 d)as 0+biles, a partir de la ec0a eectiva de la emisión de laconstancia que corresponda.

    Cláusula 32."ermiso or estudio

    as partes acuerdan el establecimiento de un permiso remunerado de obligatoria concesiónpara las traba"adoras y los traba"adores, que cursen estudios conducentes a t)tulo depregrado o postgrado, 0asta por die$ 617 0oras semanales, no acumulativas. Para solicitar

    este beneicio es imprescindible consignar los documentos que demuestren la inscripción, el0orario y la prosecución de estudios.n los casos de estudios de pregrado que requieran la reali$ación de pasant)as, el Ministeriodel Poder Popular para la ducación otorgar+ permiso remunerado al traba"ador otraba"adora que lo requiera, sólo por el tiempo estipulado para la eectiva reali$ación de lapasant)a. Para solicitar este beneicio es imprescindible consignar la constancia emitida porla institución donde se cursan estudios ante la =ona ducativa correspondiente.PAR34RA.O ÚNICO: n los casos de traba"adores o traba"adoras que no 0ayan inali$adolos estudios de educación media, el Ministerio del Poder Popular para la ducación con lacolaboración de las organi$aciones sindicales, garanti$ar+ oportunidades de estudio enespacios dentro o próDimos al lugar de traba"o, procurando que los 0orarios de estudio seanconvenientes tanto al traba"ador o traba"adora como a sus unciones dentro del plantel oservicio educativo. -e ser indispensable, el traba"ador o traba"adora contar+ con el permisoremunerado establecido en esta cl+usula.

    Cláusula 33."ermiso or reentrenamiento& adiestramiento o instrucción militar 

    as partes acuerdan, con base a lo establecido en la ey de 2egistro y ;listamiento para la-eensa ntegral de la (ación, en conceder permiso remunerado de obligatoria concesión,para las traba"adoras y los traba"adores del Ministerio del Poder Popular para la ducación,garanti$ando la estabilidad laboral, de aquellos que se encuentren en situación voluntaria dereentrenamiento, adiestramiento o instrucción militar, entendiEndose que el servicio militar atiempo completo es aquEl que se cumple en orma regular, continua e ininterrumpida en las

    unidades militares operativas y administrativas que i"e la 5uer$a ;rmada (acional*olivariana.

    l Ministerio del Poder Popular para la ducación velar+ por las traba"adoras y lostraba"adores, orient+ndoles y acilitando las condiciones para su inscripción voluntaria en el2egistro para la -eensa ntegral.

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    Cláusula 3!."ermiso remunerado ara el desarrollo y reresentación en actividadesdeortivas& art9sticas& culturales& cient9ficas y tecnoló'icas

    as partes acuerdan otorgar permiso remunerado de obligatoria concesión a las traba"adorasy a los traba"adores que sean seleccionadas o seleccionados para representar al municipio,al estado o la (ación en competencias deportivas, actividades culturales, art)sticas, eventoscient)icos y tecnológicos a nivel nacional e internacional, tomando en consideración eltiempo requerido para el traslado, entrenamiento y participación, entendiendo que, eldeporte, el arte, la cultura y el conocimiento de la ciencia, son derec0os undamentales detodas y todos los ciudadanos y un deber social del stado.

    a concesión del presente permiso se reali$ar+ por los lapsos establecidos en la normativalegal vigente. Para la tramitación del mismo la traba"adora o traba"ador deber+ consignar ladocumentación respectiva ante la instancia correspondiente.

    PARA4RA.O UNICO: as partes acuerdan conceder permiso remunerado de obligatoriaconcesión para las traba"adoras y los traba"adores que participen de disciplinas deportivas,organi$aciones culturales y art)sticas, as) como los que integren equipos de desarrollocient)ico y tecnológico, 0asta por seis 6?7 0oras semanales, no acumulativas. Para solicitar

    este beneicio es imprescindible consignar los documentos que demuestren la inscripción, el0orario y la prosecución de actividades.

    Cláusula 3#."ermiso or convalecencia de un familiar 

    as partes acuerdan, conceder permiso remunerado 0asta por veinte 6&7 d)as 0+biles en elcurso de un 617 año, a las traba"adoras y los traba"adores que requieran asistir, atender oacompañar a ascendientes y descendientes 0asta primer grado, cónyuge o persona conquien mantenga unión estable de 0ec0o, 0ermanas o 0ermanos, que se encuentren ba"o unacondición de aectación de la salud que le ocasione discapacidad a "uicio del acultativotratante. ste permiso podr+ ser eDtendido 0asta por un 617 año si se demuestra

    suicientemente la eDtrema necesidad de la atención personal de la traba"adora o eltraba"ador al amiliar convaleciente para garanti$ar su derec0o al cuidado oportuno y a lavida.

    a solicitud del permiso remunerado, deber+ tramitarse ante la instancia respectiva seg3n eltiempo requerido establecido por el mEdico tratante, debiendo presentar eDposición motivadadel caso, acompañada de los soportes respectivos que especiiquen las recomendacionesmEdicas para el acompañamiento o atención asistencial. %i la recomendación de cuido esemitida por un mEdico particular, se deber+ solicitar la certiicación o convalidación delmismo ante la instancia respectiva.

    Cláusula 3$."ermisos remunerados or comarecencia ante autoridades

    l Ministerio del Poder Popular para la ducación otorgar+ permisos remunerados deobligatoria concesión y por el tiempo que corresponda conorme a las constancias que locertiiquen, a las traba"adoras y los traba"adores que deban comparecer ante autoridadeslegislativas, administrativas o "udiciales.

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    Cláusula 3(."ermiso ara ejercer car'os de libre nombramiento y remoción o deelección oular 

    l Ministerio del Poder Popular para la ducación, conorme a lo estipulado en los art)culos ?By @ del 2eglamento Heneral de la ey de Carrera ;dministrativa, se compromete a concederpermiso no remunerado a traba"adoras y traba"adores para ocupar cargos de librenombramiento y remoción en otro órgano o ente de la ;dministración P3blica (acional,stadal o Municipal y para e"ercer cargos de elección popular. a concesión de dic0o permisono interrumpir+ los derec0os adquiridos por antigedad y otros beneicios, de acuerdo alordenamiento "ur)dico vigente.

    Cláusula 3+.Otros ermisos remunerados

    %e conviene el otorgamiento de permisos remunerados 0asta por die$ 617 d)as al año y0asta por tres 6/7 d)as consecutivos, para eectuar tr+mites o gestiones personales,amiliares o legales, ante organismos p3blicos o entes privados, a las traba"adoras y lostraba"adores que as) lo requieran. -ic0os permisos ser+n de obligatorio otorgamiento cuandola traba"adora o el traba"ador consignen documentos probatorios que demuestren el car+cterindelegable e impostergable de la actividad que requiere su ausencia laboral. Fueda claroque la traba"adora o el traba"ador tramitar+n ante su supervisora o supervisor inmediato elpermiso requerido y deber+n consignar los soportes en los quince 61>7 d)as 0+bilesinmediatos a su ausencia.

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    CONDICIONES PARA EL BUEN VIVIR DE LAS TRABAJADORAS Y LOSTRABAJADORES

    Cláusula 3."lan de vivienda di'na a travran 4isión :ivienda :ene*uela5>4::6

    as partes acuerdan canali$ar la concreción del derec0o constitucional de las traba"adoras ylos traba"adores del Ministerio del Poder Popular para la ducación a una vivienda digna, atravEs de la Hran Misión 4ivienda 4ene$uela 6HM447. ; tales eectos el Ministerio del PoderPopular para la ducación gestionar+ la ad"udicación de viviendas a sus traba"adoras ytraba"adores ante el 'rgano %uperior de la 4ivienda, al mismo tiempo que propondr+con"untamente con las #rgani$aciones %indicales signatarias proyectos de construcción yauto construcción de viviendas. ; los eectos de 0acer viable la propuesta, dentro de losnoventa 6B7 d)as siguientes a la 0omologación de esta Convención Colectiva, el MPPe"ecutar+ un 2egistro (acional de %olicitudes de ;d"udicación de 4ivienda para sustraba"adoras y traba"adores que maniiesten no poseer vivienda principal. ste registrodeber+ estar en l)nea y publicado en la p+gina eb del MPP, al tiempo que sus campos deinormación requerida se corresponder+n con los que eDige la HM44. l MPP con laparticipación activa de las #rgani$aciones %indicales signatarias eectuar+n campañas dedivulgación que promuevan el registro de las traba"adoras y traba"adores con necesidades deacceso a vivienda digna. ;simismo, las partes constituir+n una Comisión #perativa para laHestión de 4ivienda, conormada por diecioc0o 61A7 miembros: nueve 6B7 designados porMinisterio del Poder Popular para la ducación y nueve 6B7 designados por las#rgani$aciones %indicales signatarias: / por cada sector de traba"adoras y traba"adores6administrativo, docente y obrero7. a Comisión #perativa para la Hestión de 4ivienda,cumplir+ cuatro 67 tareas undamentales:

    1. Compilar en los treinta 6/7 d)as siguientes a la 0omologación de esta ConvenciónColectiva, los proyectos de construcción y auto construcción de viviendas quepresenten las #rgani$aciones %indicales signatarias, para ser consignados ante el'rgano %uperior de 4ivienda.

    &. -einir los criterios de ad"udicación de viviendas a las traba"adoras y los traba"adoresdel MPP.

    /. "ercer contralor)a en los procesos de registro de solicitudes y ad"udicación deviviendas a traba"adoras y traba"adores del MPP.

    . ;nali$ar y proponer alternativas de inanciamiento a las traba"adoras y los traba"adores

    que se les ad"udique vivienda a travEs de la HM44, en los treinta 6/7 d)as siguientesa la 0omologación de esta Convención Colectiva, estudiando dierentes posibilidadesque involucren el uso de prestaciones sociales y sus intereses generados8 los 0aberesen C;C2! y cuentas del P;%M8 y el 5ondo de ;0orro #bligatorio para la4ivienda 65;#47, entre otras órmulas.

    PAR34RA.O ÚNICO: l MPP eectuar+ gestiones ante el 'rgano %uperior de la 4ivienda,para depurar su 2egistro (acional de %olicitudes de ;d"udicación de 4ivienda, eDcluyendode los registros a quienes posean vivienda principal o 0ayan recibido ad"udicaciones devivienda a travEs del stado. !ambiEn solicitar+ la incorporación al censo nacional de las

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    nuevas solicitudes registradas. Como resultado de esta gestión, el MPP publicar+ en sup+gina eb el registro depurado por estados y municipios con el orden de ad"udicación quese determine seg3n los criterios establecidos en esta cl+usula.

    Cláusula !."ro'rama de alimentación

    as partes convienen, a partir de la 0omologación de la presente Convención Colectiva

    Única y Unitaria, en un pla$o de sesenta 6?7 d)as iniciar un programa de distribución dealimentos de primera necesidad, en coordinación con el Ministerio del Poder Popular para la

     ;limentación, eDplorando su aplicación a travEs de dos modalidades: la primera,estableciendo puntos de distribución en planteles en las localidades geogr+icas y, lasegunda, estableciendo puntos de abastecimiento de la uer$a traba"adora, en las dierentessedes del P;%M, del MPP, de los sindicatos ailiados a las #rgani$aciones %indicalessignatarias o de C;C2!.

    Cláusula !1."lan de recreación y turismo

    as partes convienen designar una comisión miDta, conormada por cuatro 67representantes del Ministerio del Poder Popular para la ducación y cuatro 67representantes de las #rgani$aciones %indicales signatarias, que en un lapso de sesenta6?7 d)as a partir de la 0omologación de la presente Convención Colectiva Única y Unitariaelaboren una propuesta de programa de convenios con instituciones del stado (acional concompetencias en materia de turismo, deporte y cultura, a in de garanti$ar la recreación parael buen vivir en beneicio de las traba"adoras y los traba"adores activos, "ubilados,pensionados y sobrevivientes, por intermedio de planes de recreación, pr+ctica deportiva,actividades culturales y paquetes tur)sticos en el territorio nacional, con costos accesibles yacilidades de inanciamiento.

    Cláusula !2.8ue'os deortivos de las y los trabajadores del 4inisterio del "oder"oular ara la ,ducación

    as partes convienen a partir de la 0omologación de la presente Convención Colectiva Únicay Unitaria, en organi$ar los Kuegos -eportivos de las y los !raba"adores del Ministerio delPoder Popular para la ducación ailiados a las #rgani$aciones %indicales signatarias,estimulando su reali$ación en la totalidad de los centros de traba"o del pa)s. os Kuegos-eportivos de las y los !raba"adores del MPP seg3n su instancia, tendr+n la periodicidadque se señala a continuación: los Municipales, anualmente8 los 2egionales, cada dos 6&7años8 y los (acionales, cada tres 6/7 años. !odos se llevar+n a cabo entre el mes de "ulio y laprimera semana del mes de agosto. %e constituir+ una Comisión !Ecnica -eportiva entre las#rgani$aciones %indicales signatarias y el MPP para la articulación, planiicación y

    reali$ación, en articulación con el Ministerio del Poder Popular para la Kuventud y el -eporte.

    Cláusula !3.istema ?acional de Or@uestas y Coros 8uveniles e nfantiles

    l Ministerio del Poder Popular para la ducación conviene a partir de la 0omologación de lapresente Convención Colectiva, en articular y convenir con el Ministerio del Poder Popularpara la Cultura o con cualquier otro órgano o ente competente, a los ines de implementar las#rquesta y Coros Kuveniles e nantiles en las instituciones del Ministerio del Poder Popularpara la ducación, P;%M, C;C2! y sedes sindicales, para la participación de las niñas,

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    niños y adolescentes, 0i"as e 0i"os de las y los traba"adores activos, "ubilados y pensionadosamparados por esta Convención Colectiva Única y Unitaria.

    Cláusula !!.%ondo autoadministrado de aoyo social y salud 

    l Ministerio del Poder Popular para la ducación, a partir de la 0omologación de la presenteConvención Colectiva Única y Unitaria, conviene en migrar a 5ondo ;utoadministrado de

     ;poyo %ocial y %alud, para garanti$ar la atención de casos de Iospitali$ación, Cirug)a yMaternidad, as) como %ervicios 5unerarios y otorgar indemni$aciones por ;ccidentesPersonales o 5allecimientos de las traba"adoras y los traba"adores activos, contratados,

     "ubilados y pensionados del MPP, en los siguientes tErminos:

    44.1.- Hospitalización, Cirugía y Maternidad:

    l Ministerio del Poder Popular para la ducación conviene en brindar a las traba"adoras ylos traba"adores activos, contratados, "ubilados y pensionados del MPP, una coberturab+sica por patolog)a, para atención mEdica por Iospitali$ación, Cirug)a y Maternidad de cienmil bol)vares 6*s. 1.,7 con un eDceso de cincuenta mil bol)vares 6*s. >.,7 atravEs del 5ondo ;utoadministrado de ;poyo %ocial y %alud del MPP. -ic0a cobertura ser+eDtensiva a:

    • Cónyuge de la traba"adora o el traba"ador o persona con quien mantenga uniónestable de 0ec0o8

    • Madre y padre de la traba"adora o el traba"ador sin l)mite de edad8 e

    • Ii"as e 0i"os de la traba"adora o el traba"ador 0asta los diecioc0o 61A7 años deedad, o 0asta los veintitrEs 6&/7 años de edad si est+n cursando estudiosuniversitarios, o sin l)mite de edad si tienen una o m+s discapacidades )sicas omentales graves o severas, debidamente certiicadas por el órgano concompetencia en la materia.

    PAR34RA.O PRIMERO0 l nstituto de Previsión y ;sistencia %ocial para el Personal delMinisterio de ducación 6P;%M7, progresivamente a nivel nacional prestar+ los servicios de

     ;tención Primaria de %alud 6;P%7 a los ines de ortalecer el sistema de salud de las y lostraba"adores.

    PAR34RA.O SE4UNDO0 a cobertura por concepto de maternidad 3nicamente aplicar+para la titular o para la cónyuge o persona con quien el traba"ador mantiene unión estable de0ec0o.

    PAR34RA.O TERCERO0 Para el año &1@ la cobertura b+sica ser+ aumentada a cientocincuenta mil bol)vares 6*s. 1>.,7 con un eDceso de cien mil bol)vares 6*s.1.,7.

    44.2.- Indemnización por accidentes personales y allecimiento de la o el

    tra!a"ador:

    l Ministerio del Poder Popular para la ducación conviene en brindar una indemni$ación alas traba"adoras y los traba"adores activos, contratados, "ubiladas y "ubilados, pensionadas ypensionados del MPP en caso de accidente personal, por un monto de 0asta cincuenta milbol)vares 6*s. >.,7 a travEs del 5ondo ;utoadministrado de ;poyo %ocial y %alud.

     ;simismo, cuando el accidente personal determine el deceso de la traba"adora o eltraba"ador activo, contratado, "ubiladas y "ubilados, pensionadas y pensionados del MPP, se

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    conviene orecer, de manera inmediata, una indemni$ación a las o los beneiciariosdeclarados previamente, por un monto de 0asta doscientos mil bol)vares 6*s. &.,7.ste beneicio no ser+ acumulable con lo previsto en el 4 Contrato Marco de la

     ;dministración P3blica (acional.

    44.#.- $er%icios unerarios:

    l Ministerio del Poder Popular para la ducación conviene en brindar a las traba"adoras ylos traba"adores activos, contratados, "ubilados y pensionados del MPP, una cobertura paraservicios unerarios 0asta por cien mil bol)vares 6*s. 1.,7, en caso de allecimiento, atravEs del 5ondo ;utoadministrado de ;poyo %ocial y %alud del MPP. -ic0a cobertura ser+eDtensiva a:

    1.1 Cónyuge de la traba"adora o el traba"ador o persona con quien mantengaunión estable de 0ec0o8

    1.& Madre y padre de la traba"adora o el traba"ador sin l)mite de edad8 e

     1./ Ii"as e 0i"os de la traba"adora o el traba"ador sin l)mite de edad.

    PAR34RA.O ÚNICO: as #rgani$aciones %indicales signatarias participar+n en la gestión ycontralor)a social del 5ondo ;utoadministrado de ;poyo %ocial y %alud del MPP, asimismoeectuar+n campañas inormativas entre sus ailiadas y ailiados para elevar la conciencia delas traba"adoras y los traba"adores respecto al derec0o a la salud garanti$adoconstitucionalmente, as) como el uso óptimo y protección de los recursos del 5ondo

     ;utoadministrado de ;poyo %ocial y %alud del MPP.

    Cláusula !#.Conformación de reosos ante el ")4, 

    %e acuerda que la convalidación de los reposos mEdicos emitidos a las traba"adoras y lostraba"adores, por entes privados o p3blicos, podr+ eectuarse de orma indistinta ante elP;%M o el nstituto 4ene$olano de los %eguros %ociales.

    Cláusula !$.)si'naciones ara las y los trabajadores jubilados& ensionados ysobrevivientes

    l Ministerio del Poder Popular para la ducación, a partir de la 0omologación de la presenteConvención Colectiva Única y Unitaria, eectuar+ una revisión de la base de c+lculo de lasasignaciones por concepto de "ubilación, pensión por discapacidad y pensión desobreviviente, con estricto apego a las disposiciones del -ecreto con 2ango, 4alor y 5uer$ade ey %obre el 2Egimen de Kubilaciones y Pensiones de los !raba"adores y las!raba"adoras de la ;dministración P3blica (acional, stadal y Municipal y de la ey #rg+nicade ducación.

    gualmente las y los "ubilados y pensionados recibir+n, en los mismos tErminos que seacuerda a los uncionarios activos, la boniicación de in de año, el bono recreacional,contribución por semana mayor, contribución navideña, los servicios unerarios y los serviciosde salud, as) como todos los dem+s beneicios cuyo disrute no estE vinculado al servicioactivo. l monto de las "ubilaciones y pensiones por discapacidad, as) como el monto total dela pensión de sobreviviente a distribuir entre los beneiciarios, no podr+ ser inerior, en ning3ncaso, al salario m)nimo nacional vigente.

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    Cláusula !(./7 o m+s años de servicio, nore3na los requisitos para la "ubilación, no de"e pensión de sobreviviente, a la ve$ que la o elcónyuge no tenga empleo ormal. l monto de esta ayuda económica se establece en oc0omil bol)vares 6*s. A.,7 para el año &1? y nueve mil seiscientos bol)vares 6*s. B.?,7para el &1@ y se continuar+ otorgando mientras la o el cónyuge no contraiga nuevas

    nupcias o celebre unión estable de 0ec0o y no obtenga un empleo ormal. Fueda entendidoque el beneicio aplica en los mismos tErminos a las personas con quien la traba"adora o eltraba"ador allecido mantuviera unión estable de 0ec0o al momento de su allecimiento.

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    BENEFICIOS SOCIALES DE CARÁCTER NO REMUNERATIVO

    Cláusula !.Centro de ,ducación nicial

    l Ministerio del Poder Popular para la ducación se compromete en reali$ar todas lasacciones necesarias para garanti$ar la instalación de Centros de ducación nicial próDimosal lugar de residencia o de traba"o de las y los traba"adores para garanti$ar la atenciónintegral de las y los 0i"os de los mismos. n los casos en los cuales por situaciones a"enas ala voluntad de las partes, no sea posible la incorporación de las niñas y niños a los reeridosCentros de ducación nicial, el traba"ador recibir+ el cuarenta por ciento 6Q7 de salariom)nimo como contribución por concepto del reerido beneicio.

    Cláusula #.Contribución asistencial ara las y los jubilados y ensionados

    %e conviene, a partir del primero de mar$o de &1?, en pagar mensualmente unacontribución asistencial para garanti$ar el *uen 4ivir de las traba"adoras y los traba"adores

     "ubilados y pensionados, administrativos, docentes y obreros. l monto de esta contribuciónser+ de cuatro mil bol)vares 6*s. .,7 para el año &1? y cinco mil cien bol)vares 6*s.>.1,7 para el año &1@. sta Cl+usula sustituye y ampl)a la Cl+usula (J1&: NContribuciónde asistencia de medicamentos y prótesis a las y los "ubilados y pensionadosO de la 4Convención Colectiva de los !raba"adores de la ducación &1/9&1>.

    Cláusula #1.Contribución ara la atención de Aijos e Aijas con discaacidad 'rave osevera

     ; los ines de brindarles atención integral y protección social, se conviene en crear una

    contribución mensual sin incidencia salarial para los 0i"os e 0i"as de las traba"adoras ytraba"adores del MPP activos, "ubilados y pensionados con una "ornada con al menos 1A0oras semanales, que presenten una discapacidad que no le permita valerse por s) mismossin l)mite de edad, certiicada por el C#(;P-% como grave o severa. l monto mensual deesta contribución ser+ equivalente al cuarenta por ciento 6Q7 del salario m)nimo.

    PARA4RA.O PRIMERO0 Fueda entendido que este pago se otorgar+ previa presentacióndel certiicado y caliicación de persona con discapacidad emitido por el C#(;P-% o loscentros de atención 0ospitalaria acreditados a tal in, que deber+ ser consignada para sutramitación ante la #icina de Hestión Iumana del MPP. l beneicio ser+ pagado a partirde la ec0a en que se consigne el certiicado.

    Cláusula #2.Contribución or matrimonio

    l Ministerio del Poder Popular para la ducación conviene en pagar una contribución sinincidencia salarial a la traba"adora o al traba"ador activo, "ubilado y pensionado del MPPque contraiga matrimonio o celebre unión estable de 0ec0o. l monto de esta contribuciónser+ de oc0o mil bol)vares 6*s. A.,7, para el año &1? y doce mil oc0ocientos bol)vares6*s. 1&.A,7, para el año &1@. Cuando ambos contrayentes traba"en en el MPP, elbeneicio se otorgar+ a cada uno de ellos.

    Cuando la traba"adora o traba"ador mantenga una relación laboral menor de 1A 0oras

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    semanales, se eectuar+ el pago de esta contribución a ra$ón del cincuenta por ciento 6>Q7del monto anteriormente acordado.

    PARA4RA.O PRIMERO: Fueda entendido que este pago se otorgar+ previa presentacióndel ;cta de Matrimonio o declaración de la Unión stable de Iec0o, que deber+ serconsignada para su tramitación ante la #icina de Hestión Iumana del MPP, dentro de unpla$o de noventa 6B7 d)as continuos, contados a partir de la ec0a de la celebración de los

    mismos.

    Cláusula #3. Contribución or nacimiento de Aijas e Aijos

    l Ministerio del Poder Popular para la ducación conviene en pagar una contribución sinincidencia salarial por el nacimiento de 0i"a o 0i"o de la traba"adora o el traba"ador activo

     "ubilado y pensionado del MPP, el monto de esta contribución ser+ de oc0o mil *ol)vares6*s. A.,7, para el año &1? y doce mil oc0ocientos *ol)vares 6*s. 1&.A,7, para elaño &1@. Cuando ambos padres traba"en en el MPP, este beneicio se otorgar+ a cadauno de ellos. as traba"adoras y los traba"adores a quienes se les conceda en adopción unaniña o un niño go$ar+n tambiEn de este aporte. Cuando la traba"adora o traba"ador mantengauna relación laboral menor de 1A 0oras semanales, se eectuar+ el pago de esta contribucióna ra$ón del cincuenta por ciento 6>Q7 del monto anteriormente acordado.

    PARA4RA.O PRIMERO: n caso de nacimiento m3ltiple el pago de esta contribución sereali$ar+ por cada 0i"o o 0i"a en los mismo tErminos señalados.

    PAR34RA.O SE4UNDO: Fueda entendido que este pago se otorgar+ previa presentacióndel ;cta de (acimiento, que deber+ ser consignada para su tramitación ante la #icina deHestión Iumana del MPP, dentro del pla$o de noventa 6B7 d)as continuos, contados apartir de la ec0a del nacimiento. n caso de adopción, el requisito para el pago de lacontribución ser+ la presentación de la sentencia correspondiente.

    Cláusula #!.Contribución or fallecimiento de un familiar 

    l Ministerio del Poder Popular para la ducación conviene en pagar una contribución sinincidencia salarial a las traba"adoras y los traba"adores activos, "ubilados y pensionados encaso de allecimiento de ascendientes y descendientes directos, cónyuges o persona conquien mantenga una unión estable de 0ec0o de una traba"adora o traba"ador del MPP. lmonto de esta contribución ser+ de oc0o mil *ol)vares 6*s. A.,7, para el año &1? ydoce mil oc0ocientos *ol)vares 6*s. 1&.A,7, para el año &1@. gualmente, se convieneque en caso de muerte de alg3n integrante del grupo amiliar de varios traba"adores delMPP, la ayuda se le otorgar+ a solo uno de ellos.

    Cuando la traba"adora o traba"ador mantenga una relación laboral menor de 1A 0orassemanales, se eectuar+ el pago de esta contribución a ra$ón del cincuenta por ciento 6>Q7del monto anteriormente acordado.

    PARA4RA.O PRIMERO: Fueda entendido que este pago se otorgar+ previa presentacióndel ;cta de -eunción, que deber+ ser consignada para su tramitación ante la #icina deHestión Iumana, dentro del pla$o de noventa 6B7 d)as continuos, contados a partir de laec0a del allecimiento.

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    Cláusula ##.Contribución social anual ara la recreación en la emana 4ayor 

    %e conviene en pagar una contribución sin incidencia salarial dirigida a las traba"adoras y lostraba"adores activos, "ubilados y pensionados del MPP para promover el turismo social ydem+s actividades culturales propias de la semana mayor. l monto de esta contribuciónser+ de oc0o mil bol)vares 6*s. A.,7 para el año &1? y die$ mil bol)vares 6*s.1.,7 para el año &1@. -ic0a contribución ser+ pagada la quincena inmediatamente

    anterior a la semana mayor.Cuando la traba"adora o traba"ador mantenga una relación laboral menor de 1A 0orassemanales, se eectuar+ el pago de esta contribución a ra$ón del cincuenta por ciento 6>Q7del monto anteriormente acordado.

    Cláusula #$.Contribución navideBa

    %e conviene en pagar una contribución sin incidencia salarial dirigida a las traba"adoras ytraba"adores activos, "ubilados y pensionados del MPP para incentivar y preservar lascostumbres de las temporadas navideñas. l monto de esta contribución ser+ de die$ mil

    bol)vares 6*s. 1.,7 para el año &1? y once mil bol)vares 6*s. 11.,7 para el año&[email protected] la traba"adora o traba"ador mantenga una relación laboral menor de 1A 0orassemanales, se eectuar+ el pago de esta contribución a ra$ón del cincuenta por ciento 6>Q7del monto anteriormente acordado.

    Cláusula #(.ono /ecreacional 

    %e conviene a partir de la 0omologación de la presente Convención Colectiva Única yUnitaria, en pagar como *ono 2ecreacional a las y los "ubilados y pensionadosadministrativos, docentes y obreros, equivalente a cincuenta 6>7 d)as de salario integral,calculado sobre el monto total de la asignación recibida en el mes de "unio. l pago del *ono

    2ecreacional ser+ en la primera quincena del mes de "ulio de cada año.

    Cláusula #+.ono de )limentación

    l Ministerio del Poder Popular para la ducación conviene en garanti$ar el *ono de ;limentación que perciben todas y todos los traba"adores activos, a travEs de la aplicacióndel -ecreto (J &.?? con 2ango 4alor y 5uer$a de ey del CestaticRet %ocialista para!raba"adores y !raba"adoras, y del -ecreto (J &.&/, mediante el cual se a"usta el pago delCestaticRet %ocialista. l monto del beneicio ser+ calculado a ra$ón de dos y mediaUnidades !ributarias 6&,> U!7 vigente, por treinta 6/7 d)as mensuales, para el personaladministrativo y obrero, as) como para los docentes que cubran "ornadas iguales o superiores

    a //,// 0oras semanales. Para los docentes que cubran "ornadas menores a //,// 0orassemanales, el monto del beneicio ser+ calculado proporcionalmente al n3mero de 0orassemanales de su "ornada.

    PAR34RA.O PRIMERO: l presente beneicio de alimentación, sin incidencia salarial,tambiEn se pagar+ y permanecer+ vigente durante el per)odo de vacaciones, d)as eriados,asueto y todos los permisos remunerados establecidos en la presente Convención Colectivay en el ordenamiento "ur)dico vigente.

    PAR34RA.O SE4UNDO: l pago del beneicio se reali$ar+ en dinero, por cuanto no esposible para algunas traba"adoras y traba"adores del MPP el acceso actible y oportuno a

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  • 8/19/2019 TEXTO CONSOLIDADO DE CONVENCIÓN COLECTIVA UNICA Y UNITARIA.pdf

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    los establecimientos de eDpendios de alimentos que celebran convenios con los emisores delos cupones, ticRets o tar"etas electrónicas de alimentación, de conormidad con loestablecido en el -ecreto con 2ango 4alor y 5uer$a de ey del CestaticRet %ocialista para!raba"adores y !raba"adoras. l mismo ser+ abonado en la cuenta nómina de la traba"adorao el traba"ador.

    Cláusula #.Contribución or inicio del aBol Ministerio del Poder Popular para la ducación conviene, a partir de la 0omologación de lapresente Convención Colectiva Única y Unitaria, en pagar a cada traba"adora y traba"adoractivo, contratado, "ubilado y pensionado una compensación 3nica sin incidencia salarial,equivalente a dos mil bol)vares 6*s. &.,7 que ser+ pagada en enero del año &1@. Paralos docentes que cubran "ornadas menores a //,// 0oras semanales, el monto del beneicioser+ calculado proporcionalmente al n3mero de 0oras semanales de su "ornada.

    Cláusula $.Comensación 0nica

    l Ministerio del Poder Popular para la ducación conviene, en otorgar a cada traba"adora ytraba"ador activo, "ubilado y pensionado, una boniicación 3nica sin incidencia salarial,equivalente a die$ mil bol)vares 6*s. 1.,7 que ser+ pagada en el momento de la0omologación de la C