tesis telecom completa con anexos

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1 INSTITUTO TECNOLÓGICO Y DE ESTUDIOS SUPERIORES DE MONTERREY RECTORÍA DE ESCUELAS NACIONALES DE POSGRADO La apuesta digital en México: panorama de los mercados, política y la regulación de las telecomunicaciones y la televisión digital de cara a la reforma constitucional de telecomunicaciones del 2013 TESINA PRESENTADA COMO REQUISITO PARCIAL PARA OBTENER EL GRADO ACADEMICO DE: Maestro en Análisis Político y Medios de Información POR: Jesús Romo de la Cruz

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INSTITUTO TECNOLÓGICO Y DE ESTUDIOS SUPERIORES DE MONTERREY

RECTORÍA DE ESCUELAS NACIONALES DE POSGRADO

La apuesta digital en México: panorama de los mercados, política y la regulación de las telecomunicaciones y la televisión digital de cara a la reforma constitucional de

telecomunicaciones del 2013

TESINA

PRESENTADA COMO REQUISITO PARCIAL PARA OBTENER EL GRADO ACADEMICO DE:

Maestro en Análisis Político y Medios de Información

POR:

Jesús Romo de la Cruz

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MONTERREY, N.L. Mayo 2013

INSTITUTO TECNOLÓGICO Y DE ESTUDIOS SUPERIORES DE MONTERREY

RECTORIA DE ESCUELAS NACIONALES DE POSGRADO EGADE BUSINESS SCHOOL Y EGAP GOBIERNO Y POLÍTICA PUBLICA.

Los miembros del comité de tesina recomendamos que el presente proyecto de tesina presentado por el Lic.

Jesús Romo de la Cruzsea aceptado como requisito parcial para obtener el grado académico de:

Maestro en Análisis Político y Medios de Información

Comité de Tesis:

Dr. José Fabián Ruiz Valerio

Asesor

Lic. Jesús Cantú Escalante

Sinodal Mtra. Cintia Smith Pusseto

Sinodal

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Agradecimientos

A mi madre, por respaldar mis proyectos desde que tengo memoria y ser un ejemplo de vida. Este es un logro que no hubiera obtenido sin su ayuda. Uno más. A mi padre, por su ayuda en momentos difíciles y su compañía en los no tan difíciles. Por tener siempre algún consejo y un oído siempre disponible. A José Fabián, por ser un asesor de tesis extraordinario y un profesor ejemplar. Por ayudarme a aterrizar este trabajo y el tiempo invertido en su lectura y revisión. Gracias por acompañarme en este laberinto y por compartir tu sabiduría. A Jesús, por darme la oportunidad de cursar esta maestría en primer lugar. Por la lectura crítica a este trabajo y las sugerencias que ayudaron a enriquecerlo. Gracias por todo tu apoyo a lo largo de esta maestría. A Cintia, por orientarme en este laberinto desde el inicio y ayudarme a entender el tema de la convergencia de telecomunicaciones, pero sobre todo, por explicármelo con paciencia y detalle. Gracias por hacerme espacio en una agenda que sé que es complicada. A mis hermanos Manolo y Caro por todo lo que hemos vivido juntos aquí en Monterrey y en Matehuala. A Helga y Agatha, los miembros felinos de la familia. A mis amigos por tolerar mis ausencias durante la elaboración de este trabajo. A Rocío por su amor sincero y regalarme mucho de su tiempo para escribir este trabajo. Por darme paz y motivos de sobra para ser feliz.

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“Antes que nada la televisión es un medio de entretenimiento y de esparcimiento.

Para que un sistema democrático funcione, debe haber mayor educación y progreso económico. Yo creo que la televisión no tiene nada que ver” Ricardo Salinas Pliego

“Yo no creo que tener relaciones con personalidades de la política nos vaya a

beneficiar en lo que importa. Yo creo en el rating. No creo que tener buenas o malas relaciones con el secretario de Gobernación vaya a alterar mi rating, que a final de cuentas es a lo que me dedico, a obtener el mayor rating posible ”.

Emilio Azcárraga Jean

““I don‟t have business with any politicians” (“No hago negocios con politicos”)

Carlos Slim Helú´ “¿Y yo por qué?”

Vicente Fox, cuestionado sobre rol del gobierno federal en conflicto Azteca-CNI Canal 40.

“She is different from the Aztec

And from the Cherokee

She's everybody's sister

She's symbolic of our failure

She's the one in fifty million

Who can help us to be free

Because she died on T.V”

Roger Waters – Watching TV

“Well now home entertainment was my baby's wish

So I hopped into town for a satellite dish

I tied it to the top of my Japanese car

I came home and I pointed it out into the stars

A message came back from the great beyond

There's fi fty-seven channels and nothin' on”

Bruce Springsteen – 57 channels (and nothin’ on)

“Invisible airwaves crackle with li fe

Bright antenna bristle with the energy

Emotional feedback on timeless wavelength

Bearing a gift beyond price, almost free ”

Rush – the spiri t of the radio

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Índice Introducción…. ………………………………………………………………….………………….7

Capítulo 1. Glosario de la convergencia digital….. ………………………………..20

1.1 Espectro radioeléctrico……………………………………………………….. 20

1.2 Convergencia digital……………………………………………..……………. 21

1.3 Televisión digital terrestre…………………………………………………… 22

1.4 Canales espejo o "simulcasting"………………………………………….. 24

1.5 Apagón analógico………………………………………………………………. 26

1.6 Dividendo digital……………………………………………………………..…. 26

1.7 Televisión de alta definición (HDTV)……………………………….……. 28

1.8 Radiodifusión y telecomunicaciones……………………………….…... 29

1.9 Televisión abierta……………………………………………………............. 30

1.10 Televisión restringida (de paga)……………………………………..…. 31

1.11 Must carry – must offer………………………………………………….….32

1.11 Concesión……………………………………………………………………….. 34

1.12 Resumen del capítulo………………………………………………..……. 36

Capítulo 2. Transición y convergencia digital en México………………………… 38

2.1 El inicio de la convergencia digital en México…………………..…………….. 39

2.1.1 Ernesto Zedillo Ponce de León……………………………….………… 40

2.1.2 Vicente Fox Quesada…………………………………………………….… 44

2.1.3 Felipe Calderón Hinojosa……………………………………..…………. 51

2.1.4 Síntesis……………………………………………………………………….…. 58

2.2 Telecomunicaciones y Televisión: barreras difuminadas

Y asimetrías marcadas………………………………………….………………………60

2.2.1 Televisión abierta…………………………………………………………… 67

2.2.2 Televisión de paga…………………………………………..…………….. 73

2.2.3 Telefonía fija…………………………………………………………………. 82

2.2.4 Telefonía celular ……………………………………………………….……82

2.2.5 Internet fijo de banda ancha …………………………………………..83

2.2.6 Síntesis…………………………………………………………………………. 83

2.3 Hacia el apagón analógico: política de TDT y

la reforma de telecomunicaciones del Pacto por

México……………………………………………………………………………………………… 85

2.3.1 Política de TDT en México …………………………….…………………87

2.3.2 Análisis transversal de política de TDT……………………………. 91

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6

2.3.3 Reforma de telecomunicaciones del Pacto por Méxic…….. 101

2.3.4 Análisis de los artículos reformados………………………..…….. 102

2.3.5 Síntesis………………………………………………………………………… 112

Capítulo 3. Experiencias internacionales:

la política de TDT en Estados Unidos y Reino

Unido……………………………………………………………………………………………….113

3.1 Estados Unidos…………………………………………………………..…… 115

3.2 Reino Unido………………………………………………………………….... 119

3.3 EUA vs Reino Unido ¿inercia contra cambio?......................... 124

3.4 Resumen del capítulo……………………………………………………... 128

Capítulo 4. Resultados………………………………………………….…………………..130

4.1 Hallazgos en TDT…………………………………………………………….. 131

4.2 Hallazgos en telecomunicaciones…………………………………….. 135

4.3 Los aciertos……………………………………………………………..……… 135

4.4 Los pendientes de la reforma…………………………………..………. 137

4.5 Resumen del capítulo………………………………………………..……. 141

Capítulo 5. Conclusiones……………………………………………………………….…. 143

Una explicación institucionalista y dos

Hipótesis para el futuro……………………………………..……………………149

Bibliografía……………………………………………………………………………………... 155

Índice de Tablas

Gráfico 1: dividendo digital ………………………………………………………………….. 27

Tabla 1: distribución de mercados de telecomunicaciones

Y propiedad cruzada……………………………………………………………………………..62

Tabla 2: inversión contra ingresos globales en telecomunicaciones………….65

Tabla 3: Diferencia entre ingreso e inversión…………………………………………..66

Tabla 4: porcentaje de ingresos contra inversión…………………………………….67

Tabla 5: audiencia, ingresos e infraestructura en TV abierta……………………70

Tabla 6: Suscripciones totales por año a TV de paga……………………………….74

Tabla 7: porcentaje de penetración en TV de paga………………………………….75

Tabla 8: Comparación de políticas de TDT…………………………………………….100

Page 7: Tesis telecom completa con anexos

7

Introducción

¿Qué aspectos legales, políticos y económicos permiten que los mercados de

telecomunicaciones y de televisión abierta sean altamente concentrados en México y por

qué la convergencia digital parece reforzar este esquema de propiedad?

¿Atienden la reforma de telecomunicaciones del año 2013 y la política de transición a la

Televisión Digital Terrestre los factores que impiden la competencia efectiva en esas

industrias?

Estas son las preguntas que guían esta investigación.

La televisión en México es un foco de discusión y de polémica, pero los debates en torno

a ella están alejados de los que se recomiendan para tener una democracia saludable. El

problema radica en que son las características de la industria televisiva las que dan de

qué hablar, y no los contenidos dedicados, por ejemplo, al tratamiento de los asuntos

públicos o políticos. Basta mencionar el concepto del duopolio televisivo para evocar

teorías, quejas, y hasta reproches. En efecto, uno de los temas del desarrollo democrático

es la libertad y la calidad de los medios de información de un país, en especial los de

difusión masiva, ya que son vehículos importantes de la opinión publicada, y son las

únicas opciones para la audiencia que no cuenta con una suscripción a un sistema de

paga. Este tema no es la excepción en México, donde el vínculo de estas industrias

generalmente se piensa no como un elemento que influye en la opinión política, sino en la

clase política misma.

La televisión abierta en México está concentrada en dos grupos con cobertura nacional,

Televisa y TV Azteca. En los diferentes Estados hay otras televisoras más pequeñas,

dedicadas al público local, pero que no funcionan como un contrapeso real del

denominado duopolio de la televisión. La concentración junto con la capacidad de ejercer

presión política son quizás los dos temas que se asocian con más facilidad al estado

actual de esta actividad. De tal manera, la “bala de plata” parece ser la competencia

económica, es decir, permitir que exista un tercer competidor para desconcentrar esta

área y ofrecer además el incentivo de hacer una televisión de mejor calidad para atraer a

la audiencia. La figura de la “tercera cadena” se ha convertido también en un tema

obligado en las discusiones sobre el duopolio.

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El panorama no es sencillo. La integración de tecnologías digitales a las

telecomunicaciones y la radiodifusión es un factor de innovación completa: afectan los

hábitos de consumo, a las industrias involucradas y los marcos regulatorios de los países.

Es común, por ejemplo, encontrarse con opiniones que prefieran un internet mejor a una

televisión abierta de más calidad, ya que esta plataforma ofrece entretenimiento y acceso

a la programación televisiva nacional o internacional. No obstante, estas tecnologías hoy

en día están más vinculadas entre sí a pesar de que sigan existiendo barreras que las

definen como conceptos distintos. El paradigma de la sociedad de la información de

alguna manera ya profetizaba la llegada de la convergencia digital, donde distintas

plataformas estarían conectadas de modo constante a la “supercarretera de la

información”. Así, la digitalización de las señales lleva a un fenómeno convergente en

donde las telecomunicaciones –telefonía fija y móvil, internet y televisión de paga- se

ofrecen en paquetes o plays, y la televisión migra de una señal analógica a la Televisión

Digital Terrestre (TDT) que implica servicios más avanzados, como alta definición, mayor

programación o incluso servicios de telecomunicaciones.

Tanto la radiodifusión como el sector de telecomunicaciones son actividades económicas

costosas en términos de inversión, pero dinámicos en cuestión de ganancias. Ambas

usan el espectro radioeléctrico como recurso y éste, al ser finito, es un bien que se cotiza

al alza, lo que genera barreras naturales de entrada considerables. Como tal, es normal

que los operadores o concesionarios sean pocos y generalmente sean empresas

verticales que ofrecen a través de sus redes la mayor cantidad de servicios, o fusiones

entre firmas especializadas en ciertos mercados. No obstante, una mayor concentración

puede desincentivar la mejora de los servicios a través de la competencia y genera un

beneficio económico considerable para pocos grupos económicos. La concentración o la

formación de oligopolios es el “dolor de cabeza” natural de la convergencia digital. Sin

embargo, a este problema se le agrega el del acceso. Como concepto, la brecha digital

define la distancia que se genera entre quienes pueden adquirir servicios digitales como

internet de banda ancha y quiénes no. Esta brecha es en gran medida la diferencia de la

distribución del ingreso que existe entre las sociedades, pues resulta obvio que a menor

ingreso, menor es la capacidad de pagar una suscripción de televisión de paga, o de

internet de alta velocidad.

La apuesta digital presenta de modo general dos grandes problemas: la existencia de

oligopolios que inhiban la competencia, y la disparidad en el acceso a las tecnologías

Page 9: Tesis telecom completa con anexos

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digitales de la información. Estos dilemas tienen sus propias implicaciones a pesar de que

el paradigma que las rige es el de la convergencia. Así, la TDT como la tecnología usada

para la televisión abierta presenta la facultad natural de permitir la entrada de más

radiodifusores, ya que la señal digital es más compacta y permite usar de modo más

eficiente el espectro destinado a medios. Por lo tanto, esta promesa debe de ser cumplida

no sólo por las capacidades técnicas, sino porque la televisión abierta sigue siendo hoy

por hoy un vehículo importante de opiniones e información política, además de que

interactúa constantemente con el sistema político. Por su parte, las telecomunicaciones

deben de sacar ventaja de los últimos avances tecnológicos para mejorar de modo global

su oferta al público, por lo que el reto en este rubro es que la competencia genere mejores

precios y mejores servicios. El problema para el Estado es integrar estos avances en una

política de acceso para los sectores más afectados por la brecha del ingreso para tratar

de que el uso de estas tecnologías sea no sólo un factor de mejora económica, sino de

una sociedad con acceso a más fuentes de información y conocimiento.

Objetivo

El propósito de este trabajo es describir el entorno actual de los mercados y del marco

regulatorio para las industrias sujetas a la convergencia digital. La finalidad de la revisión

es identificar cuáles son los problemas de las telecomunicaciones y la televisión abierta

en términos de mercado, así como las deficiencias del Estado para enfrentarse a la

concentración de los mismos en las manos de pocos grupos económicos, o holdings.

El punto de partida de este análisis documental es el reconocimiento de convergencia de

las telecomunicaciones en México en 1995, es decir, el momento en el que el Estado da

cuenta de que la digitalización y los avances tecnológicos permiten a las mismas redes

ofrecer servicios que estaban separados originalmente. Se elige así la creación de la Ley

Federal de Telecomunicaciones porque es la manera en la que el Estado mexicano

reconoce que la industria tendrá esa tendencia y, por lo tanto, constituye el primer

esfuerzo por crear una pieza de legislación convergente. Las telecomunicaciones son una

industria que responde no sólo a estímulos de mercado, sino a la regulación que se les

impone. Esta primera parte del análisis incluye también algunas de las principales

decisiones de Estado en torno a la política de telecomunicaciones y radiodifusión, de

modo que esa sección del trabajo configure un breve marco de referencia histórica.

Page 10: Tesis telecom completa con anexos

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Del análisis histórico y político se pasará a revisar el estado actual de los mercados para

observar la concentración tanto de cada mercado como de las industrias sujetas a la

convergencia digital de modo global. En términos sencillos, el propósito del apartado

destinado a los mercados de telecomunicaciones y televisión abierta será útil para

observar cómo tres grupos –Televisa, Salinas y América Móvil- se reparten los mercados

de televisión abierta, de paga, telefonía celular y móvil, así como internet de banda ancha.

La utilidad de un análisis general de los mercados es ubicar qué compañía domina qué

tipo de servicios, pero sobre todo, cuál de ellas es la mejor posicionada en el proceso de

la convergencia de las telecomunicaciones. En ese mismo apartado se observarán

condiciones de mercado que generan esas ventajas competitivas, pero también

decisiones clave que vienen desde el Estado que las permiten o las impulsan.

Después de evaluar el estado de los mercados se analizarán dos políticas públicas claves

para el futuro de la convergencia digital en el país: la política de Televisión Digital

Terrestre más reciente y la reforma constitucional en materia de telecomunicaciones del

2013 presentada por el Pacto por México y aprobada con algunas modificaciones por el

Congreso. El propósito de dicha sección será evaluar el alcance de los problemas que se

pretenden corregir dichas políticas, qué diferencias presentan con la normativa que le

antecede y qué elementos de corte político condicionaron su diseño. Para el caso de la

TDT se agrega un estudio de caso de las transiciones digitales de Estados Unidos y

Reino Unido para poder comparar el contexto mexicano con prácticas exitosas. La

finalidad de esa comparación no es la de tratar de buscar “recetas” probadas, sino tomar

en cuenta cómo los diseños de esa política obedecieron a características políticas,

institucionales e industriales de ambos países para generar una ruta viable a la TDT.

Tomar en cuenta ambos escenarios será un factor útil para buscar explicaciones a cómo

las instituciones y los procesos políticos en México han afectado el diseño de la política de

TDT, así como la confección de la reforma de telecomunicaciones del 2013.

Los hallazgos de este trabajo implican una triangulación de elementos. Por una parte, el

estudio de casos internacionales sobre TDT, la descripción del mercado de la televisión

abierta, su desarrollo histórico y político, así como el análisis de la política pública más

reciente para TDT (incluyendo los puntos de la reforma de telecomunicaciones del 2013

referentes a esta tecnología) podrá arrojar algunas pistas sobre el futuro inmediato de la

televisión en el contexto de la convergencia digital. En cuanto al resto de las

telecomunicaciones, su desarrollo histórico y la evolución del mercado convergente

Page 11: Tesis telecom completa con anexos

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documentarán la problemática del sector, misma que será comparada con las soluciones

que la reforma de telecomunicaciones plantea. En este caso, las explicaciones de los

casos internacionales de transición a la TDT servirán para elaborar algunas explicaciones

de cómo las instituciones también afectan en gran medida el diseño de la política de

convergencia digital.

El trabajo se dividirá en las siguientes secciones:

1. Glosario de la convergencia digital

2. Transición y convergencia digital en México

3. La transición digital en Estados Unidos y el Reino Unido

4. Resultados

5. Conclusiones

A manera de guía se plantean estas preguntas que servirán como una guía del contenido

de los capítulos enumerados previamente.

¿Cómo se constituyeron los oligopolios en telecomunicaciones y radiodifusión en

México?

¿A partir de cuándo comienza México el proceso de la convergencia digital en

telecomunicaciones?

¿Cuándo comenzó la planeación de la política para TDT en México?

¿Cómo se distribuyen los mercados de telecomunicaciones los diversos holdings

dominantes?

¿Qué impide que todos los actores puedan ofrecer cuádruple play?

¿Qué conductas llevan a cabo los actores dominantes para elevar las barreras de

entrada?

¿Qué cambios presentan la última política de TDT y la reforma constitucional de

telecomunicaciones?

¿Qué rol ha tomado el Poder Judicial en las decisiones que han dado forma a la

política actual de telecomunicaciones?

¿Qué elementos de experiencias internacionales en cuanto a la transición a la

TDT pueden contrastarse con el caso mexicano?

Page 12: Tesis telecom completa con anexos

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Metodología

El concepto o paradigma guía de este trabajo es el de la convergencia digital. Este

término tiene varias definiciones, pero su denominador común es el uso del “lenguaje”

computacional para la propagación de señales radiodifundidas o de telecomunicaciones.

El uso de transmisiones binarias permite que los electrónicos de consumo puedan fungir

como puntos de acceso para una misma red. Según la definición general de Hart (2004,

p.60), la convergencia digital es el proceso mediante el cual se eliminan las barreras entre

la computación y los electrónicos de consumo dedicados al entretenimiento, como el

video y la televisión. El valor conceptual de la convergencia digital es que tiene una lógica

“transversal”. Es decir, no sólo se habla de convergencia en el ambiente académico, sino

que es una noción compartida entre los usuarios y por la propia industria. El caso

mexicano es un buen ejemplo de cómo ocurre la convergencia a nivel de holdings, ya que

en los últimos años se han discutido en la opinión pública movimientos como la fusión de

Televisa y Iusacell en el mercado de la telefonía celular, como la oposición del duopolio a

la licitación de la tercera cadena de televisión y, por supuesto, a la entrada a la televisión

abierta y restringida del Grupo Carso que encabeza el empresario Carlos Slim.

La idea de la convergencia es replicada en el diseño de un nuevo marco legal para

entender estas tecnologías. A nivel mundial los esfuerzos regulatorios se enfocan en la

creación de “árbitros” convergentes y una legislación del mismo corte. Así mismo, los

problemas de este paradigma conceptualizados en la brecha digital un enfoque similar,

que es el acceso a dichas tecnologías y la regulación de los oligopolios. La limitante de

este enfoque es que tiende a contemplar al ciudadano más como un consumidor de

servicios de telecomunicaciones que un ciudadano con algunos derechos. Es cierto que

se habla del derecho a la banda ancha o a ciertas tecnologías, pero estas conservan el

enfoque de un ciudadano que consume esos servicios para diferentes usos. Se descuida

también el derecho de la audiencia, pues no hay que olvidar que la televisión no es

desplazada por el internet en términos de difusión de información política.

Como tal, la convergencia digital servirá como paradigma principal o como el hilo

conductor para llegar al principal problema que se estudiará en este trabajo, que radica en

la alta concentración de los mercados de telecomunicaciones y de televisión abierta en

México, condición que toma forma en el duopolio televisivo y la dominancia de Telcel y

Telmex en el mercado de las telecomunicaciones, exceptuando el de la televisión de

paga. Las posiciones oligopólicas de estos actores no sólo impiden una competencia que

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brinde ventajas de costos y servicios al usuario final, sino que también ejercen acciones

unilaterales para elevar las barreras de entrada a potenciales competidores. Se elige

como foco este problema porque aunque no trata de manera directa el derecho de acceso

a las tecnologías, sí revela la importancia que tiene un mercado competido para que las

empresas tengan el incentivo de buscar maneras más flexibles para llegar al cliente, o de

ofrecer precios más competitivos tomando en cuenta el nivel del ingreso de la población.

En otras palabras, la competencia puede ser un paliativo en caso de que no se cuente

con una política de Estado para garantizar el acceso a las tecnologías. Incluso se puede

hablar de incentivos para desarrollar más infraestructura si el mercado ofrece certidumbre

en cuanto a competencia.

Para desarrollar este trabajo se recurrió a la revisión documental y a la comparación de

casos. Para poder construir este análisis se recurrió a fuentes bibliográficas históricas

para trazar el desarrollo que han tenido las industrias de telecomunicaciones y

radiodifusión a lo largo de los años y especificar a partir de qué punto y bajo qué acciones

comenzó oficialmente en México el proceso de la convergencia digital. Se revisan también

en este trabajo documentos de gobierno tales como las políticas de TDT, sentencias de la

SCJN sobre controversias constitucionales o litigios entre las empresas y las autoridades,

así como las iniciativas de reforma hechas a las leyes secundarias y a la Constitución

mexicana. Se analizan además diversos informes y bases de datos sobre la situación de

la televisión abierta como mercado de radiodifusión, así como las áreas de telefonía fija,

local, televisión de paga e internet de banda ancha para configurar el panorama actual de

estos mercados. Para el caso mexicano se analizaron también las propuestas de la

reforma constitucional en materia de telecomunicaciones propuesta por el Pacto por

México, así como sus modificaciones por parte de la Cámara de Diputados previa su

aprobación en esta instancia legislativa.

Para la comparación de casos se documentaron los procesos de transición hacia la TDT

en Estados Unidos y el Reino Unido para identificar elementos con los cuáles contrastar la

política mexicana para la adopción de la señal digital en televisión. Para el análisis de la

reforma de telecomunicaciones se tomó en cuenta el dictamen con las modificaciones

realizadas por los diputados con una serie de elementos o problemas detectados a lo

largo del desarrollo histórico y económico del ramo de las telecomunicaciones.

Page 14: Tesis telecom completa con anexos

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La elección de un estudio comparativo de casos obedece a que la convergencia digital es

un proceso emergente. Es cierto que el tema ha dado pasos relevantes desde la década

de 1990, pero hasta ahora es un proceso que sigue en curso y que está en plena

evolución. Por lo tanto, es necesario desarrollar un enfoque descriptivo y analítico para

este estudio, de manera que se planteen las características de los casos de México,

Reino Unido y Estados Unidos en donde se puedan ilustrar los procesos a los que ha

estado sujeta la convergencia y la transición digital. Describir los casos es el principio para

analizarlos desde el punto de vista de semejanzas, diferencias, y el grado de avance del

proceso.

Xavier Coller expone que el valor metodológico de los casos es que se refiere a

fenómenos que tienen fronteras claras y que pueden ayudar a explicar, comprobar o

ilustrar alguna teoría o parte de ella (2000, p.29). Este aspecto que describe el autor es

uno de los motivos por los cuales se elige este enfoque de análisis. Si la convergencia

digital no es una teoría en sí misma, pero su manifestación es observable en la realidad,

la disponibilidad de casos es esencial para entender cómo se desarrolla, de qué factores

depende y hacia dónde se dirige. Debido a que este trabajo tiene un propósito

fundamentalmente descriptivo y trata un tema emergente que es difícil de observar a

través de algún aparato teórico o de herramientas cualitativas exhaustivas, el uso de

casos permite dar cuenta de cómo se desarrolla el fenómeno de la convergencia digital y

cómo se va relacionando con el contexto social, económico y político. Como Coller

sugiere, es importante dejar asentado la conveniencia de explorar un caso, sus temas

centrales y su justificación (2000, p.42) para subrayar la utilidad de este recurso.

Para el propósito de este trabajo, la conveniencia de explorar los escenarios de México,

Estados Unidos y Reino Unido reside en que construir el caso mexicano de transición y

convergencia digital –un proceso que ha sido más lento que sus contrapartes- es una

tarea que en sí misma arrojará luz sobre cómo ha sido el proceso visto desde un ángulo

transversal que involucre decisiones de gobierno pero también la tendencia de la industria

de las telecomunicaciones y la televisión abierta. Es decir, el análisis documental y de

datos económicos disponibles será útil para unificar el caso mexicano y observar el

conjunto de circunstancias que lo ha condicionado. Es conveniente estudiar a Reino

Unido y Estados Unidos debido a que son países que prácticamente han completado la

transición digital en términos de radiodifusión y tienen un proceso de convergencia más

avanzado. El estudio de ambos casos será relevante para encontrar políticas públicas que

Page 15: Tesis telecom completa con anexos

15

han funcionado para superar barreras intrínsecas de cada país. Para los tres casos, el

tema central es el proceso de definición de políticas de transición digital y de

convergencia. Este es un elemento central en los tres casos, debido a que se requieren

forzosamente políticas dirigidas a este fenómeno, lo que involucra procesos

institucionales para obtenerlas, debatirlas, y modificarlas, mientras que la industria

presenta por sí misma algunas resistencias, pero también aporta elementos útiles para

una transición más apegada a los modelos de negocio existentes. Así, la importancia de

describir las políticas exitosas aporta a los casos elementos para entender por qué los

sectores involucrados en la convergencia digital emprendieron ciertas medidas. Hay dos

justificaciones principales para el uso de metodología de casos. En primer lugar, está el

interés de construir el caso mexicano de la transición y convergencia digital a partir de

datos que no están cohesionados actualmente. Se trata entonces de aprovechar que

existen datos sobre las industrias convergentes, de decisiones de regulación sobre las

mismas y del marco legal actual para construir a partir de esas piezas una descripción o

una fotografía sobre qué panorama presenta México para el fenómeno convergente a

partir de tecnologías digitales. La segunda justificación para el uso de casos es que

existen ya estudios sobre el proceso en Estados Unidos y Reino Unido y comparaciones

entre ambas situaciones. Adicionalmente, los dos son casos de éxito de transición digital

que tienen esa condición en común, pero que cuentan con un escenario industrial e

institucional distinto. En términos más sencillos, si la transición digital tuvo éxito a pesar

de condiciones distintas, “los casos tratan mostrar en qué condiciones el fenómeno

observado tiene lugar” (Coller, 2000, p.48).

Los casos son útiles cuando se comparan. Describir el escenario mexicano es en sí

mismo un proyecto relevante, ya que unifica datos existentes en una narrativa del proceso

de convergencia, que es un fenómeno emergente y con una documentación dispersa. La

disponibilidad de casos construidos y contrastados entre sí, como ocurre con Reino Unido

y Estados Unidos, permite encontrar criterios de diferencia y de similitud que permitan

explorar cómo se desarrolló el proceso de transición digital, además de puntos que

puedan ser comparados directamente como el entorno institucional. Estos puntos de

quiebre o de similitud entre dichos casos servirán para generar puntos de análisis para

explicar cómo difiere o se asemeja, en su caso, el análisis del panorama mexicano con

respecto al fenómeno de transición y convergencia digital.

Page 16: Tesis telecom completa con anexos

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Interés temático

El tema de la concentración en la televisión abierta es, sin duda, uno de los

problemas más estudiados por los expertos dedicados al análisis del régimen de

radiodifusión. En años recientes ha cobrado también atención la conducta de los

mercados de telecomunicaciones debido a la incursión de las televisoras en áreas como

la telefonía, la televisión de suscripción y el internet, lo que hace que esta área de trabajo

se complique progresivamente. En lo personal, el tema de la concentración de la oferta

televisiva y la propiedad “cruzada” de medios y firmas de telecomunicación y radiodifusión

es un tópico que he tratado de abordar desde mi formación universitaria en Periodismo y

Medios de Información, ya que es una condición que afecta directamente al trabajo

periodístico y, por supuesto, la calidad de la información que recibe el ciudadano. Durante

mi trayectoria profesional como reportero tuve la oportunidad de atestiguar, investigar y

dar seguimiento a historias que relacionan a los políticos con el sistema de medios en una

dinámica recíproca donde los funcionarios o agentes gubernamentales buscan asociarse

con las televisoras. Esto genera un esquema donde el medio le da una ventana de

publicidad útil para el político que busca un cargo de elección popular y, a su vez, el

medio de información se gana su protección ante el Gobierno, o la garantía de publicidad

de una administración gubernamental. Estas experiencias previas me llevaron a sugerir el

tema de la competencia en televisión abierta expresamente, pero el desarrollo del

paradigma de la convergencia de tecnologías digitales, el proceso de la TDT y la cercanía

de una reforma integral para comunicaciones complementaron la idea original.

El interés académico que motiva este trabajo es la importancia cada vez mayor de las

tecnologías digitales en el qué hacer político. Los medios de información representan para

la democracia un vehículo natural de opiniones e información política que afecta a la

opinión pública. Tanto la televisión como los periódicos encuadran los asuntos públicos y

políticos, estableciendo así una agenda que da forma a los debates públicos, a las

conversaciones entre ciudadanos privados. No obstante, el papel del internet y de los

celulares como instrumentos para la organización política y pública comienza a ser

evidente. El dinamismo del sector de los telecomunicaciones se ha traducido, sí, en la

disponibilidad de dispositivos cada vez más modernos y de la expansión de la demanda

de servicios, pero también queda de manifiesto la distancia entre quienes puede adquirir

aparatos que permiten explotar las bondades de la red, y quiénes sólo tienen acceso a

planes o paquetes más limitados. La sociedad y la clase política están cada vez más

Page 17: Tesis telecom completa con anexos

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interesados en estos instrumentos como un elemento de organización, o al menos de

contacto, por lo que se vuelve necesario tomar en cuenta el rol de las tecnologías digitales

en la democracia, pero también estar consciente de cómo está repartida la propiedad de

la industria en cuestión. Por lo tanto, uno de los intereses adicionales de este trabajo es

contribuir a la apropiación del tema de las telecomunicaciones y la radiodifusión en un

contexto de convergencia por las disciplinas que estudian la política y los medios de

comunicación como elementos que inciden en la democracia. Ya existen varios estudios

que versan sobre el duopolio y la relación entre la televisión y los políticos, pero que aún

no abordan de manera integral el futuro convergente de la televisión y las

telecomunicaciones. Por ello, uno de los motivos de este trabajo es aportar a esta línea de

investigación una perspectiva transversal de la convergencia digital para México para

tener un mejor entendimiento de dónde se parte y hacia dónde se quiere ir.

Justificación y preguntas de investigación

La alta concentración del mercado de la televisión abierta entre dos consorcios,

Televisa y TV Azteca, ha sido un tema de discusión y estudio, puesto que ambas

televisoras pasaron de ser competidoras a mediados de la década de 1990 a una especie

de bloque que se moviliza y genera presión política a través de sus espacios noticiosos o

del cabildeo para ver por sus intereses. Por lo tanto, el problema que lleva a estudiar el

fenómeno del duopolio no es sólo la falta de diversidad o de más cadenas, sino la

colusión entre quienes compiten –en teoría- en la televisión abierta. Es indiscutible que

ambos grupos televisivos usan sus espacios de programación para buscar posicionar sus

intereses y ejercer presión sobre el sistema político en asuntos que les afectan, por lo que

se está usando un bien público concesionado, el espectro radioeléctrico, para buscar

afianzar o promover intereses privados. El régimen de radiodifusión mexicano es

comercial, pero esto no implica que el uso del espectro para ofrecer programación sea

ajeno a la crítica o a la exigencia de la audiencia.

Diversificar la oferta televisiva ha sido una de las asignaturas pendientes del Estado

mexicano, quien tiene la rectoría de la política espectral. La OCDE, por ejemplo, ha

reiterado que una cadena o varias más no sólo generarían una competencia económica

benéfica para este mercado tan concentrado, sino que contribuiría al desarrollo de una

democracia de mejor calidad, siempre y cuando se observe también la pluralidad y no

sólo la diversidad (Días-Pines, 2012, p.187). Sin más opciones programáticas en

televisión abierta, Televisa y TV Azteca han ganado peso económico político de modo

Page 18: Tesis telecom completa con anexos

18

simultáneo sin que existan contrapesos de mercado o sanciones –en su caso- por parte

del Estado. Por estas razones se vuelve relevante profundizar sobre las condiciones que,

desde el aparato gubernamental, han permitido que se forme un oligopolio en televisión

abierta con suficiente poder como para protegerse a sí mismo presionando a los órganos

encargados de fomentar la competencia económica.

El problema del duopolio televisivo ya no puede ser visto como un problema aislado. Se

debe de tener presente que las firmas dominantes en radiodifusión no sólo protegen su

“territorio”, pues siempre han manifestado la pretensión de competir en los mercados de

telecomunicaciones. De hecho ya lo hacen, y Televisa es hoy por hoy el holding mejor

posicionado en televisión de paga, además de tener una participación cada vez más

importante como proveedor de internet de banda ancha y telefonía local. También está en

posibilidades de ofrecer con Iusacell telefonía celular gracias a que se aprobó la “fusión”

de estos grupos en ese sector a pesar de ser –en el papel- competidores en televisión

abierta.

La inercia de las telecomunicaciones parece indicar que es inevitable la convergencia.

Esta situación no es mala ni indeseable; es la tendencia global en un entorno de

tecnologías digitales. No se trata de evadir o evitar la convergencia de servicios y el

crecimiento de las firmas que logren ofrecer las opciones más atractivas, por lo que sería

un despropósito tratar de impedir que Televisa y TV Azteca se desenvuelvan en estos

mercados que antes no tenían al alcance. Así mismo, la TDT y las características de esta

tecnología permiten que la televisión abierta no se convierta en una actividad obsoleta.

Una de las principales explicaciones por las que la “tercera cadena” era inviable era la

escasez del espectro. No obstante, la digitalización de la señal para la televisión no

restringida hace posible la competencia y, de hecho, la alienta, ya que hace más eficiente

el aprovechamiento del espectro destinado a radiodifusión. En ese sentido, la inercia de la

TDT advierte que la competencia para el duopolio es cuestión de tiempo. Pero no por ello

se debe de echar por tierra el capital político que las firmas dominantes en dicha área han

acumulado, lo que podría traducirse en presiones sobre las características de su eventual

competencia. Estos dos inercias que se plantean justifican el enfoque de convergencia

digital, ya que este avance tecnológico modifica la manera de entender a las

telecomunicaciones y la radiodifusión al agruparlas en un solo continuo. El problema,

como se ve, no es de carácter tecnológico, sino regulatorio y político. La premisa básica

del problema es que se parte de mercados altamente concentrados, por lo que el

Page 19: Tesis telecom completa con anexos

19

escenario de convergencia puede convertirse en una competencia limitada a los actores

que ya ejercen condiciones de dominancia. Entender los problemas que presentan los

mercados respectivos y cómo se está diseñando la política de convergencia digital en

telecomunicaciones y radiodifusión es fundamental para entender las vulnerabilidades de

las propuestas en relación con los problemas de concentración que desean solucionar.

Page 20: Tesis telecom completa con anexos

20

Capítulo 1

Glosario de la convergencia digital

El tema de la convergencia digital comprende varios conceptos técnicos que vale

la pena precisar no sólo en su dimensión tecnológica sino en su potencial para afectar

decisiones de política pública. A pesar de que este paradigma implica un avance que

parecería favorecer a las firmas privadas a través de la desregulación, la evidencia

muestra que es un tema en donde el papel del Estado ha retomado importancia como

regulador en temas de competencia y acceso. En otras palabras, la aparición de la señal

digital representa un uso más eficiente del espectro radioeléctrico, un insumo estratégico

de los estados nacionales. Esa eficiencia de uso espectral es precisamente lo que trae “al

ring” al Estado nuevamente y hace importante para sí mismo, la sociedad y la industria el

tipo de política digital que decida tomar. Estas tecnologías son un buen caso para ilustrar

cómo las instituciones del Estado le pueden dar certidumbre a una actividad productiva.

Se destina un capítulo a la explicación de los términos más importantes en cuestión

técnica para evitar definirlos en los capítulos que los involucran y evitar la desviación de

los argumentos principales de cada sección. Hay algunos conceptos que se definirán más

adelante debido a que son mejor explicados dentro de su contexto, o bien, que son

específicos de una situación que requiere ser expuesta previamente.

Se eligió seguir un orden de explicación que va de lo general a lo particular, comenzando

así por los temas más grandes para después definir los más específicos. Este capítulo no

debe de verse como un esfuerzo definitivo para generar un mapa conceptual de la

convergencia digital, ya que un glosario con ese objetivo resultaría demasiado extenso.

Más bien, este apartado sirve para cubrir sólo los tecnicismos usados para este trabajo.

1.1 Espectro radioeléctrico

Se le conoce como espacio radioeléctrico a la sección del espectro electromagnético por

el que se transmiten las señales de telecomunicaciones y radiodifusión. El radioespectro

“se puede definir como las ondas radioeléctricas en las frecuencias comprendidas entre 9

kilohertzios y 3,000 gigahertzios; a su vez, las ondas radioeléctricas son ondas

electromagnéticas propagadas por el espacio sin guía artificial” (Márquez Gómez, 2011,

p.32), y el reglamento del ITU sólo marca que estas ondas se encuentran por debajo de

los 3 mil gigahertzios. A su vez, la Ley Federal de Telecomunicaciones en su Artículo

Page 21: Tesis telecom completa con anexos

21

tercero define al espectro radioeléctrico como “el espacio que permite la propagación sin

guía artificial de ondas electromagnéticas cuyas bandas de frecuencia se fijan

convencionalmente por debajo de los 3,000 giga Hertz” (en Cofetel, 2012, p.21).

El espectro electromagnético, y por consiguiente el radioeléctrico, se encuentran

físicamente en el aire, pero para fines legales el marco legal mexicano no hay una

indicación explícita de que estos espacios pertenezcan al patrimonio nacional. Lo que la

Constitución establece es que el espacio aéreo es propiedad de los mexicanos, pero no

hay reserva constitucional que determine al espectro radioeléctrico como propiedad

nacional (Márquez Gómez, 2011, pp.39-40). Fue la SCJN que a través de una tesis de

jurisprudencia ante una acción de inconstitucionalidad promovida contra la “Ley Televisa”

concluyó que el radioespectro es también un bien de la nación.

“Si se relaciona el concepto de ondas radioeléctricas definido por el

derecho internacional con el del espectro radioeléctrico que define la

Ley Federal de Telecomunicaciones, se concluye que este último forma

parte del espacio aéreo situado sobre el territorio nacional, sobre el que

la Nación ejerce dominio directo en la extensión y términos que fije el

derecho internacional conforme al artículo 27 de la Constitución Política

de los Estados Unidos Mexicanos. Por tanto, el espectro radioeléctrico

constituye un bien de uso común que, como tal, en términos de la Ley

General de Bienes Nacionales, está sujeto al régimen de dominio

público de la Federación” (SCJN en Cofetel, 2012, p.22).

1.2 Convergencia Digital

La digitalización de señales de servicios de radiodifusión y telecomunicaciones abre la

posibilidad técnica para que las plataformas se integren y se ofrezcan servicios como un

paquete de triple play con televisión de suscripción, telefonía local e internet de banda

ancha. Sin embargo, este concepto es más amplio e implica que servicios y contenidos en

formato digital puedan ser transmitidos a través de la misma infraestructura y dispositivos

tecnológicos. El pivote de la convergencia digital es el uso de este tipo de tecnología para

procesar las señales de servicios de telefonía, internet y televisión.

Page 22: Tesis telecom completa con anexos

22

Las definiciones de la convergencia digital tienen como común denominador esta

integración de servicios o eliminación de barreras virtuales, por lo que “La convergencia

digital es el desvanecimiento progresivo de barreras entre electrónicos de consumo,

computadoras y entretenimiento (especialmente televisión y películas)” (Hart, 2004,

p.60)1. Pero la convergencia digital no es un fenómeno enfocado al entretenimiento, sino a

la conectividad continua y a la sociedad de la información, de manera que la

infraestructura permita el surgimiento de servicios y contenidos enfocados hacia el cliente

y que éste pueda acceder a ellos a través de dispositivos que permitan esta interconexión

de servicios (Márquez Gómez, 2011, p.36).

La Televisión Digital Terrestre forma parte de este paradigma y, de hecho, es un factor

para acelerar la convergencia digital al hacer compatible al atenuar sus fronteras con los

servicios de telecomunicaciones (internet, telefonía) a través de un proceso de

transmisión y generación de datos compatible (Galperin, 2004, p.9), pero también implica

una dificultad para el sector público que regula estos sectores y para sus actores

económicos, ya que los marcos legales evolucionaron de modo divergente, separando a

la radiodifusión de las telecomunicaciones. La convergencia digital presenta así una

ruptura con las políticas de segmentación de estos sectores porque la tendencia

tecnológica avanza hacia la integración bajo un mismo techo técnico (Hart, 2004, pp.13-

14).

1.3 Televisión Digital Terrestre

La Televisión Digital Terrestre, o TDT representa el último salto tecnológico de este

servicio desde la invención de la televisión a colores. Las definiciones disponibles sobre

esta tecnología tienen fundamentalmente dos componentes para conceptualizarla: su

plataforma de transmisión y las ventajas que ofrece con respecto al sistema análogo.

Partiendo de esta segmentación, el método de difusión de la TDT puede entenderse como

un cambio de “lenguaje” por el cual se transmite. La Comisión Europea (2006) establece

que el servicio de televisión analógica tiene una forma de onda continua que viaja a través

1 Traducción al español. El texto original en ingles es: “Dig ital convergence is the progressive blurring of

boundaries between the consumer electronics, computer and entertainment (especially telev ision and film)”

(Hart, 2004, p.60).

Page 23: Tesis telecom completa con anexos

23

del espectro radioeléctrico, mientras que la TDT se propaga en forma de datos en código

binario. La Federal Communications Commission del Gobierno de Estados Unidos explica

en su portal de internet dedicado a la TDT que dicha tecnología usa frecuencias de radio

para transmitir audio y video en código de computadora (binario), de modo que el

distintivo de la TDT en términos de transmisión es que transforma las imágenes y los

sonidos en unos y ceros –el lenguaje de las computadoras- y estas viajan a través de la

infraestructura disponible, como las ondas de radio, el cable o señal satelital (Galperin,

p.34, 2002). De manera simplificada, la TDT implica que los contenidos se graben o

transmitan en formatos digitales específicos (ATSC, ISDB y DVB) que comprimen el audio

y la imagen en código binario y viajan hasta una televisión que decodifica la señal. Los

televisores más viejos deben de usar un convertidor externo para recibir la señal digital.

La segunda dimensión que define a la TDT reside en sus ventajas como cambio

tecnológico. En este apartado se distinguen a su vez dos áreas: la oferta de servicios para

usuarios y ciudadanos, así como ventajas para la gestión de la infraestructura de

telecomunicaciones. La Comisión Europea expone en su Memo/06/60 que la radiodifusión

digital se beneficia de la tecnología para comprimir audio y video y que brinda la

posibilidad de tener más servicios televisivos, con lo que se tiene la posibilidad de tener

más contenidos pero también televisión interactiva, de modo que ésta pase de una

comunicación unidireccional a una con retroalimentación (2006). El documento agrega

también una mejora a la calidad de recepción de las imágenes y el sonido. La FCC

conceptualiza a la TDT como un techo bajo el que están agrupados servicios como

Televisión de Alta Definición (HDTV por sus siglas en inglés), televisión con definición

estándar, servicios de datos e interactividad (2012). Galperin (2002, pp.34-35) agrega a

estas ventajas la posibilidad de tener una mejor calidad de señal debido a que la digital

tiene mejores mecanismos de autocorrección que la análoga –además de que tiene mejor

calidad-, y permitiría a los programas ofrecer distintas clases de tomas o empaquetar más

información o aplicaciones para que el público pueda personalizar cómo ve los contenidos

y cómo interactúa con ellos.

La TDT ofrece muchas más ventajas que la televisión analógica para la gestión eficiente

de la infraestructura para transmitirla. Una de las ventajas clave es que permite ahorrar

espacio en el espectro radioeléctrico al comprimir el “tamaño” de las señales de los

canales. Esta condición es especialmente relevante ya que en el espacio designado para

la TDT pueden integrarse no sólo más opciones de programación, sino servicios digitales

Page 24: Tesis telecom completa con anexos

24

de telecomunicación inalámbrica (Galperin, 2004, p.21). Gabriel Sosa Plata coincide con

que la señal digital permite combinar el ahorro de espacio del espectro radioeléctrico con

nuevos servicios digitales o la ampliación de la oferta televisiva (2009, p.299). Galperin

(2002, p.34) agrega que esta flexibilidad permite a los operadores de TDT decidir si

ofrecen más canales de resolución estándar o mantienen su oferta programática pero

ahora en calidad HDTV. Esta flexibilidad del uso del espacio a través de la digitalización

de la señal permite la interoperabilidad entre la tecnología de televisión digital con otros

equipos y aplicaciones de telecomunicaciones, además de computadoras.

De este modo, la TDT puede definirse como una tecnología de transmisión de señales en

formato digital que abre las puertas a que los ciudadanos tengan acceso a más opciones

de programas, servicios de telecomunicaciones, servicios televisivos interactivos y que

usa de manera más eficiente el espacio radioeléctrico al mismo tiempo de que permite

que a través de la misma frecuencia se tenga la posibilidad de ofrecer servicios distintos a

la televisión, como internet y telefonía de banda ancha. Esta gestión del espectro se

traduce también en mayor espacio para nuevos competidores en telecomunicaciones o

radiodifusión con el uso de la digitalización de las señales.

La transición a la TDT no ocurre “de golpe”, sino en un periodo donde se transmiten de

manera simultánea la señal analógica y la digital. Para ello se otorgan a los

concesionarios los denominados canales espejo, o simulcasting.

1.4 Canales “espejo” o simulcasting

Como su nombre lo indica, el canal “espejo” es un canal que funciona para replicar una

señal de televisión. El propósito de los canales espejos otorgados a los concesionarios es

que puedan transmitir su señal de manera simultánea en las frecuencias digitales y

análogas bajo el supuesto de que la migración hacia la TDT es un proceso que lleva

tiempo y donde “apagar” las transmisiones analógicas dejaría a los radiodifusores con una

audiencia sumamente restringida y afectarían directamente a los ciudadanos que no

posean televisores preparados para decodificar la señal digital. Aunque el “simulcasting”

es un término que va más allá y permite, por ejemplo, transmitir distintos tipos de audio

para un solo programa, subtítulos o tomas de distintas cámaras de modo simultáneo, en

este trabajo se delimitará al concepto de “simulcasting” al mecanismo por el cual los

concesionarios obtienen un canal para transmitir sus señales analógica y digital al mismo

tiempo durante el tránsito hacia la TDT.

Page 25: Tesis telecom completa con anexos

25

La opción de los canales espejo proviene de la HDTV y tiene su fundamento en las

discusiones de la FCC en la década de los noventa en torno a cómo ir implementando

esta tecnología a través de los espacios disponibles del espectro radioeléctrico. Cuando

en 1990 la compañía General Instruments presentó un sistema totalmente digital para

televisión de alta definición, la FCC decidió respaldar esta plataforma tecnológica para

diferenciarla de las opciones analógicas desarrolladas en Japón y Europa Occidental y las

plasmó en el documento titulado como First Report and Order sobre la televisión

avanzada, donde comenzó a delinearse esta estrategia por la cual el gobierno

norteamericano prestaría un segundo canal a los radiodifusores existentes para que

emitieran la señal análoga y la de alta definición que, como se decidió en la FCC, usaría

tecnología puramente digital (Galperin, 2004, pp.77-78).

El simulcasting es uno de dos mecanismos que se preveían para migrar paulatinamente

hacia la HDTV. El otro, el esquema de “augmentation” consistía en darle a los

concesionarios de televisión una porción extra de banda ancha para introducir

gradualmente las mejoras del formato de televisión de alta definición. No obstante, el

triunfo del esquema del “simulcasting” consistió en que la FCC en Estados Unidos ya no

podía repartir porciones de espectro radioeléctrico por presiones de compañías de

telecomunicaciones para ampliar sus servicios de telefonía principalmente, que también

se transmiten a través de este espacio (Hart, 2004, p.104).

De esta manera, los dos pilares de la legitimidad de los canales “espejo” para la estrategia

general de tránsito hacia la TDT provienen de dos decisiones clave en la década de los

noventa: que la HDTV se transmitiera de modo digital y que los radiodifusores tuvieran la

opción de tener un canal paralelo para transmitir sus señales en tanto que se completaba

la migración hacia la nueva tecnología (p.105).

Este aspecto técnico del simulcasting está acompañado de un componente político.

Según Galperin (2004, p.78), el esquema era muy ventajoso para los concesionarios, ya

que el canal espejo era una prestación reservada para ellos, lo que prácticamente cerraba

la puerta a nuevos competidores, quienes no podían contar con dicha prerrogativa,

además de que el planteamiento de emisiones simultáneas permitía que las televisoras

locales –asociadas o subsidiarias de las cadenas nacionales en EUA- siguieran al aire y,

con ello, los congresistas de la Cámara Baja (House) aseguraban la supervivencia de

espacios clave para buscar el voto en sus estados de origen. Además de esto, la HDTV

Page 26: Tesis telecom completa con anexos

26

fue encuadrado como un tema de mejora de servicios existentes, con lo cual legitimaban

el mecanismo de “canales espejo” y permitía evitar disputas legales con potenciales

competidores al argumentar que esta prestación no era para ofrecer un servicio nuevo,

sino que formaba parte de la misma concesión y no de una nueva subasta o licitación de

un servicio diferente. (p.80).

En México se implementó también el esquema de “simulcasting” para Televisa y TV

Azteca, quienes en el 2004 consiguieron renovar sus concesiones hasta la fecha para la

que se programó en ese entonces el apagón digital, el 2021 (ahora 2015) en una

dinámica mediante la cual las televisoras extendían sus concesiones como radiodifusores

a cambio de implementar una modernización tecnológica y el eventual regreso de sus

frecuencias análogas al Gobierno (Martínez y López Parra, 2009, p.513).

1.5 Apagón analógico

Implica el abandono total de la tecnología analógica para la transmisión de televisión por

la migración hacia la TDT. Este “apagón” no sólo implica adoptar un nuevo método de

transmisión, sino que se liberan las frecuencias por las que se transmitía la televisión

analógica y quedan vacantes espacios en las dos bandas del espectro radio eléctrico, la

Very High Frequency (VHF) y Ultra High Frequency (UHF) (Márquez Gómez, 2011, p.37),

lo que se traduce en eficiencia del uso de este recurso, ya que los espacios de banda

liberados son de mayor proporción que los que se usan para las frecuencias que

transmiten la TDT. Además, las frecuencias que se liberan a través de este fenómeno son

las más demandadas para servicios de telecomunicaciones, concretamente la de 700

Mhz. Este concepto implica que los concesionarios se quedan sólo con la frecuencia

digital usada en el simulcasting, devolviendo la frecuencia análoga al Estado para que

éste decida cómo “dividir” este insumo.

1.6 Dividendo digital

El dividendo digital es la consecuencia directa del apagón analógico, y consiste en la

liberación de espacio en el espectro radioeléctrico que en teoría quedaría libre para

distribuirlo entre proveedores de servicios de telecomunicación, banda ancha o televisión

siempre y cuando éstos aprovechen la tecnología digital para conservar la distribución

eficiente del espectro.

Page 27: Tesis telecom completa con anexos

27

La Unión Internacional de Telecomunicaciones (ITU por sus siglas en inglés) define esta

condición como la cantidad de espectro de las bandas VHF y UHF que sobraría en caso

de acomodar la programación análoga existente y que tiene el potencial de ser “liberada”

a través del apagón analógico (ITU, 2013). En sentido gráfico, el dividendo digital se

explica de esta manera:

Gráfico 1: Dividendo Digital

Fuente: ITU, http://www.itu.int/net/itunews/issues/2010/01/27.aspx

Al ser un recurso escaso, la liberación de espectro presenta posibilidades, pero también

disyuntivas. La comisión Digital Dividend Review de Ofcom, el órgano independiente de la

industria de la comunicación en Reino Unido, reconoce que tener la posibilidad de repartir

espectro que estuvo ocupado por décadas permite que haya ganancias económicas para

el Estado a través de las subastas, pero también plantea que se abre un espacio para

tratar de integrar a la sociedad a la infraestructura de la información, por lo que el

dividendo digital ofrece un valor para los consumidores pero también para los ciudadanos

y las decisiones de cómo repartir dicho dividendo deben observar ambos aspectos, “This

includes the value that each of us derives as a consumer of new services. Critically, it also

includes the value that communications services can create for society more widely

Page 28: Tesis telecom completa con anexos

28

through their potential for contributing to broad social goals like inclusion and promoting

informed democracy” (Ofcom, 2007).

La ITU, por su parte, considera que el dividendo digital puede responder a una tendencia

natural del Mercado de telecomunicaciones que consiste en servicios inalámbricos de

banda ancha y que esta condición podría ser un factor para que éstos lleguen a lugares

que actualmente no tienen cobertura, lo que podría ayudar a aliviar la brecha digital (ITU,

2013).

El dividendo digital está sujeto a la distribución que cada país ha establecido para la

radiodifusión y servicios de telecomunicaciones, por lo que la cifra es variable, pero en la

mayoría de los casos presenta un ahorro de espacio importante, de tal manera que Ofcom

estima que los canales analógicos británicos podrían transmitirse actualmente en un 11%

de espacio del que ocupan actualmente una vez que se concluya la transic ión hacia la

transmisión digital (Galperin, 2008, p.7). Lo que este fenómeno presenta es una pregunta

de carácter público sobre cómo se utilizará este espectro una vez que sea liberado y qué

valor dará a los consumidores o ciudadanos. “Ya no se discute, como hace algunos años,

cómo incentivar el despliegue de redes y la adopción de servicios, sino cómo repartir los

beneficios de la mayor eficiencia en la utilización del radioespectro, lo que comúnmente

se conoce como el “dividendo digital” (Galperin, 2008, p.6)

1.7 Televisión de Alta Definición (HDTV)

La televisión digital y la HDTV no son sinónimos. La TDT, en efecto, permite una mejor

calidad de señal y de imagen y da la opción de transmitir en alta definición, pero la HDTV

posee características y especificaciones propias.

La FCC (2012) describe a la HDTV como el formato de mayor calidad de televisión digital

y tiene una proporción de 16:9, es decir, la resolución de la pantalla representa 9 partes

de alto por 16 de largo para la proyección óptima de este formato. En cuanto a la imagen,

la HDTV presenta 1080 o 720 líneas de resolución escaneadas de manera progresiva

(tecnología similar a monitores de computadora) o en interlazado (proyección típica en

televisores). La Comisión Europea agrega que la HDTV ofrece audio multicanal y que la

definición es cuatro veces mayor que la de los televisores estándar (2006).

La HDTV comenzó a cristalizarse a mediados de la década de los setenta en Japón

como una mejora a la definición de las imágenes y el sonido de la televisión. Estados

Page 29: Tesis telecom completa con anexos

29

Unidos y Europa comienzan a interesarse por este sistema cuando los productores de

electrónicos nacionales comienzan a perder competitividad en el mercado con respecto a

Japón y las economías emergentes en Asia dedicadas a la exportación de estos

productos. Los países occidentales vieron en la HDTV una oportunidad para revitalizar

sus economías a través de productos de alta tecnología como este formato de televisión y

apoyar a los productores desde el gobierno como hicieron sus homólogos as iáticos

(Galperin, 2004, p.33).

La relación entre HDTV y televisión digital partió de una decisión por parte de la FCC en

Estados Unidos en 1991, ya que esta plataforma había nacido como una analógica en

Japón y en Europa se trabajaba en un formato de alta definición que tampoco era digital.

No obstante, la FCC dio preferencia en ese año a las firmas norteamericanas que

diseñaron servicio de HDTV con tecnología digital para concursar en la convocatoria

pública para desarrollar los estándares del servicio. De esta manera, la televisión digital y

la HDTV se vieron relacionadas por una decisión gubernamental para favorecer a los

productores nacionales de tecnología y electrónicos de consumo en Estados Unidos, la

tecnología digital de la HDTV norteamericana la diferenciaría de las desarrolladas en el

extranjero (Hart, 2004, p.116).

1.8 Radiodifusión y telecomunicaciones

La convergencia digital tiene como consecuencia que la frontera entre telecomunicaciones

y radiodifusión sea cada vez más difícil de distinguir. Por una parte, el término de

telecomunicaciones se refiere “toda transmisión, emisión o recepción de signos, señales,

escritos, imágenes, sonidos o informaciones de cualquier naturaleza por hilo,

radioelectricidad, medios ópticos u otros sistemas electromagnéticos” (Márquez Gómez,

2011, p.33). Por otra parte, la ITU define la radiodifusión como “un servicio de

radiocomunicaciones cuyas transmisiones se destinan a ser recibidas por el público en

general. Dicho servicio abarca emisiones sonoras, de televisión o de otro género” (en Leal

Guerra, 2007, p.15). Pero esta descripción dejaría fuera a los sistemas de televisión de

paga, ya que pueden usar tecnologías distintas como microondas o satélite y además al

ser un servicio restringido no queda disponible para el público en general.

Ambos términos son muy parecidos si se observan sus definiciones ya que ambas son

señales que se propagan por sistemas electromagnéticos y el espacio radioeléctrico. No

obstante, la FCC ofrece una definición mucho más sucinta y define a la radiodifusión

Page 30: Tesis telecom completa con anexos

30

(broadcasting) como el uso de las ondas de radio para distribuir programas de radio o

televisión disponibles para el público en general (2012). Pero a pesar de esta semejanza

conceptual, la diferencia entre ambos términos salta a la vista si se piensa en el uso

cotidiano de ambos servicios. Por ejemplo, los servicios de internet de banda ancha o de

teléfono celular son de telecomunicaciones porque distribuyen señales de datos y no

contenidos televisivos. Aunque el internet permita accesar a contenidos de televisión en

línea, lo que se transmiten son los datos de la página o sitio de internet que distribuye el

programa en cuestión. En cambio, la televisión y la radio no solamente transmiten datos

en forma de imágenes y sonido, sino que la actividad de la radiodifusión les obliga a

generar o producir ciertos contenidos para después usar tecnologías de telecomunicación

para distribuirlos. Pero esta diferencia se hace más problemática conforme la

convergencia digital se agudiza, ya que los servicios de televisión de paga, como es en el

caso mexicano, son regidos por la Ley Federal de Telecomunicaciones y la concesión los

reconoce como concesionarios de una red pública de telecomunicaciones que pueden

ofrecer otros servicios de valor agregado, como el triple play, mientras que los

radiodifusores tienen concesiones para operar televisión abierta y radio, pero no por ello

pueden ofrecer servicios de internet o telefonía.

1.9 Televisión abierta

La televisión abierta en ocasiones es denominada también como televisión gratuita. Sin

embargo, este tipo de transmisión del servicio de televisión está mejor caracterizado por

sus condiciones que la hacen “abierta” o libre de restricciones y no por los argumentos

que la describen como un bien libre de costo.

La Autoridad Nacional de Televisión de Colombia define a la televisión abierta como

“Toda aquella en la que la señal puede ser recibida libremente por cualquier persona

ubicada en el área de servicio de la estación” (2012) y agrega que las características de la

televisión analógica abierta comprende también la difusión de programación de modo

unilateral y depende de estaciones con instalaciones en tierra.

A partir de esta definición se puede definir a la televisión abierta es en esencia un servicio

que, más que gratuito, está disponible para quien pueda recibir la señal y que depende de

que existan concesionarios en el ramo de la radiodifusión. Este tipo de televisión no

requiere información o pagos de suscripción (aunque la BBC de Inglaterra cobraba un

impuesto). Su dimensión de gratuidad probablemente esté asociada con el hecho de que

Page 31: Tesis telecom completa con anexos

31

la radiodifusión utiliza al espectro radioeléctrico para llegar a los receptores y que este

espacio es propiedad de la nación y sus habitantes (Leal Guerra, 2007, p.15), por lo tanto,

el ciudadano recibe televisión aparentemente “gratis”. No obstante, los regímenes de

televisión abierta –comercial o pública- tienen forzosamente esquemas para solventarse,

como es la venta de publicidad o los subsidios a la televisión pública, por lo que la

televisión abierta está lejos de ser auténticamente gratuita. Además, la tendencia en el

sector de la televisión, incluso en regiones donde han predominado canales públicos, es

el de la competencia antes que la supuesta obligación que los concesionarios mantienen

con la sociedad por operar un “bien de la nación”.

1.10 Televisión restringida (de paga)

Se le conoce así a los servicios que iniciaron como esquemas de suscripción a paquetes

con canales televisivos que no se difundían a través de la televisión abierta por ser

generalmente de producción extranjera o por tener un perfil para un público específico. La

televisión de este tipo comenzó a usar métodos de difusión alternativos al de la televisión

abierta, de modo que los más populares son los que se prestan a través de compañías de

cable o de recepción satelital.

Hay tres diferencias esenciales con respecto a la televisión de señal abierta: en primer

lugar, la televisión restringida usa tecnología para encriptar su señal, de modo que sólo

los suscriptores que pagan una tarifa tienen acceso a la “clave” o a los dispositivos que

permiten desencriptarla. Un segundo aspecto es que, como su nombre lo indica, se tiene

que pagar una tarifa a un prestador de servicio y ésta varía según el paquete de

programación o servicios que ofrezca. La última diferencia es que la televisión de paga

actualmente permite prestar servicios adicionales o de valor agregado que son distintos a

la televisión, como telefonía e internet, también a través del pago de una cantidad

establecida por el paquete. El caso más ilustrativo de esta diferencia radica en los

paquetes “triple play” que ofrecen canales de televisión, teléfono fijo e internet de banda

ancha.

En el contexto mexicano, la televisión restringida opera actualmente bajo la forma de “Red

pública de telecomunicaciones” (Cofetel, 2009b), figura legal que está vigente desde la

publicación de la Ley de Telecomunicaciones el 6 de junio de 1995. De acuerdo con la

Ley, los concesionarios que definidos bajo este concepto tienen la posibilidad de ofrecer

Page 32: Tesis telecom completa con anexos

32

sistemas o paquetes de televisión de paga, pero también servicios de “valor agregado”,

definidos en el Artículo 3, fracción XII como:

“los que emplean una red pública de telecomunicaciones y que tienen

efecto en el formato, contenido, código, protocolo, almacenaje o

aspectos similares de la información transmitida por algún usuario y que

comercializan a los usuarios información adicional, diferente o

reestructurada o que implican interacción del usuario con información

almacenada" (Ley Federal de Telecomunicaciones en Cofetel, 2009)

Es decir, además de poder ofrecer servicios de televisión de suscripción, estos

concesionarios también pueden ofrecer servicios de transmisión de datos a través de

tecnologías digitales.

1.11 Must carry – Must offer

La television abierta y la restringida pertenecen a dos mercados distintos, pero

convergentes. El nexo entre el servicio de radiodifusión abierta y el de televisión de

suscripción, de telecomunicaciones, es la retransmisión de las señales de programación

de la primera en la plataforma de la segunda. En términos sencillos, el concepto de must

carry / must offer se refiere a las reglas para transmitir en la televisión de paga las señales

de los concesionarios de radiodifusión abierta. Los términos están correlacionados entre

sí, ya que las señales de radiodifusión tienen el derecho de propagarse, de modo que

puedan transitar a través de las señales de paga. Pero así como esta figura obliga a que

las plataformas restringidas transmitan los canales de los concesionarios de televisión

abierta, éstos deben de ofrecer sus señales sin precios discriminatorios o a precios

uniformes a las empresas de televisión de suscripción que las soliciten. Incluso, algunos

casos de retransmisión sitúan al must offer como una de carácter gratuito.

El must carry/must offer proviene de la regulación de Estados Unidos, en donde surgió a

raíz de la expansión de las cableras y la falta de antecedentes sobre los criterios para

retransmitir señales que no estaban restringidas2.

2 Una parte esencial de esta figura de regulación reside en el interés de los propios legisladores

norteamericanos. Las estaciones radiodifusoras locales de los estados son clave para las campañas electorales,

por lo que el interés de un político norteamericano es que estas señales lleguen a la mayor cantidad de

ciudadanos, independientemente de si tienen servicios de televisión de paga o no. Extender la trans misión de

Page 33: Tesis telecom completa con anexos

33

El término must carry es definido por la FCC como:

El derecho que tienen las estaciones de televisión de transitar por los

sistemas de televisión restringida locales. Una estación que decide

ejercer este derecho, no recibe compensación de dicho sistema de

televisión. Las compañías de televisión satelital, pueden optar por

ofrecer estaciones locales en un área de mercado designado. Si optan

por ofrecer un canal, éste debe ser llevado a todas las estaciones en el

mercado que sea requerido (FCC en Observatel, 2010)

Hay que recordar que la penetración de televisión de paga es alta en Estados Unidos, por

lo que la intención de esta figura regulatoria era evitar que las cableras3 desplazaran del

mercado de servicios de video a los radiodifusores. Con esta previsión, las estaciones

locales y los canales abiertos en general tienen garantía de que llegarán a la mayor parte

de los televidentes, independientemente de si están abonados a alguna plataforma

restringida.

El must offer es definido por la Comisión Federal de Competencia en México como el

derecho que tienen las cadenas de televisión a ofrecer un paquete de contenidos que

incluya las señales abiertas. Dicha oferta tiene que ser a tarifas uniformes por suscriptor a

las compañías que soliciten retransmitir su señal (Observatel, 2013). Así, el must offer

completa esta figura de retransmisión, ya que ahora los concesionarios deben de

corresponder a las plataformas de paga que, bajo el supuesto de cumplir su parte de

retransmisión de señales, solicitarán el acceso a ciertos canales. La definición teórica de

ambos conceptos cierra un círculo en donde ambas partes tienen obligaciones que se

complementan. En el caso del must offer, la idea no es siempre que los canales se

retransmitan de modo gratuito, de manera que sólo se pueda invocar el derecho de must

carry con ciertas limitaciones. El concesionario puede obtener beneficios económicos de

la retransmisión, pero tiene que ofrecer programación adicional, que generalmente se

materializa en paquetes o barras de canales.

estos canales abiertos a las plataformas de paga les representaba un doble beneficio, ya que ellos garantizaban

la existencia de espacios de promoción electoral, al mismo t iempo que los radiodifusores veían que en el

Congreso tenían a través de esta relación una defensa de sus intereses en aquellos congresistas interesados en

desarrollar su carrera política. 3 Estas reglas operan también para televisión satelital y las plataformas restringidas en general. Las cableras

fueron el detonante debido a que tuvieron un periodo de rápida expansión sin reglas de retransmisión de por

medio.

Page 34: Tesis telecom completa con anexos

34

Estos términos nacieron en Estados Unidos y existen reglas concretas para operar la

retransmisión. Por ejemplo, la FCC reconoce que ofrecer y transmitir la señal son

obligaciones relacionadas entre sí, pero aclara que cada una funciona por separado. En el

caso norteamericano ningún operador de plataforma de televisión de paga puede

retransmitir contenidos sin el consentimiento previo del concesionario de radiodifusión, lo

que obliga a llegar a un acuerdo entre ambas partes que puede involucrar una demanda

de must carry, o un acuerdo de retransmisión o retransmission consent que puede

involucrar alguna contraprestación (FCC, 2011). Por ejemplo, un concesionario de

televisión comercial abierta puede llegar a un acuerdo para ofrecer su señal con el pago

de cierta contraprestación en cierta región de Estados Unidos, y al mismo tiempo

operadores locales o sin fines de lucro pueden solicitar el derecho de must carry a la

misma plataforma para poder competir con el concesionario de televisión abierta. La

flexibilidad de este esquema está delimitada por las reglas de la FCC, que indican, por

ejemplo, que una compañía que ofrezca 12 canales o menos deberá reservar para must

carry tres canales para televisoras comerciales locales y uno para una estación no

comercial (FCC, 2011), mientras que los servicios de televisión con más de 12 canales

deberán de separar un tercio de su capacidad de señal para televisoras locales, por lo

que esta cuota a veces podría completarse sólo con estaciones adicionales que no

requieran el must carry y que en su lugar prefieran el acuerdo de retransmisión.

En el caso mexicano no existe legislación sobre must carry y must offer. Actualmente el

artículo 144 de la Ley Federal de Derechos de Autor establece que los organismos de

radiodifusión podrán permitir o prohibir la retransmisión de sus señales en sistemas de

paga (en Observatel, 2010). Debido a esto, no existen criterios o reglas claras de cuándo

un contenido puede ser retransmitido bajo must carry y qué condiciones deben de

cumplirse en la oferta de paquetes de programación o canales específicos. Esta ausencia

de reglas abren la puerta a actos discrecionales que en el caso mexicano –como se verá

más adelante- restringen la competencia en televisión de paga, ya que tanto Televisa

como TV Azteca pueden imponer condiciones de retransmisión discriminatorias a

plataformas de cable o televisión satelital que compitan directamente con las suyas.

1.12 Concesión

Una concesión es, en esencia, un título por el que se habilita a el uso y aprovechamiento

de una parte del espectro radioeléctrico por una entidad distinta al gobierno por cierto

Page 35: Tesis telecom completa con anexos

35

espacio de tiempo (Cofetel, 2012, p.21). Esta figura legal tiene como propósito mantener

la rectoría del Estado sobre las bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico, de

manera que las personas físicas o morales interesadas en explotar este recurso para

ofrecer servicios de radiodifusión o telecomunicaciones estén sujetas a ciertas reglas para

obtener dicha autorización, mantenerla y prorrogarla.

Las concesiones son figuras legales y cada país delimita el alcance de las mismas, por lo

que el término de concesión en este trabajo se sujeta solamente a lo que el marco legal

mexicano indica. No obstante, de modo global una concesión puede definirse como “la

transferencia a un particular para que desarrolle, por su propia cuenta y a nombre del

Estado, la actividad de un servicio público” (Fiorini citado en Márquez Gómez, 2011, p.41).

El Diccionario Jurídico Mexicano del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM

define a la concesión como “el acto administrativo a través del cual la administración

pública, concedente, otorga a los particulares, concesionarios, el derecho para explotar un

bien propiedad del Estado o para explotar un servicio público” (citado en Cofetel, 2012,

p.28)

La concesión se distingue así de otras figuras como la “autorización”, o el “permiso” que

implican condiciones distintas y que generalmente tienden a reconocer las facultades de

un particular para que lleve a cabo actividades de necesidad pública, como es en el caso

de las autorizaciones, o que dan atribuciones extraordinarias a particulares para

beneficiarse de un servicio público (Fiorini en Márquez Gómez, 2011, pp.41-42).

En este sentido, una definición global de concesión tiene forzosamente un componente

que la liga a obligaciones públicas. Es decir, a cambio de poder explotar un recurso del

Estado, el particular tiene que cumplir ciertos estándares, o se convierte en un encargado

de ejecutar cierto servicio para beneficio público. Esta figura legal liga al permiso

necesario para operar televisión abierta con nociones de servicio público, algo que en

Europa ha ido migrando hacia directivas de licencias más orientadas hacia la competencia

que a la necesidad de cumplir con obligaciones de bien público (Martínez Ochoa, 2011,

pp.3-4).

En México el artículo 11 de la Ley Federal de Telecomunicaciones especifica que la figura

para permitir el uso, aprovechamiento o explotación de una banda de frecuencias del

espectro bajo las variaciones de uso “determinado” y “experimental” es la concesión. Es

decir, es la figura que regula a la televisión abierta en el contexto nacional. Además de

Page 36: Tesis telecom completa con anexos

36

esto, dicha ley especifica que las concesiones sólo se dan a personas físicas y morales

de nacionalidad mexicana (Cofetel, 2012, p.28).

No obstante, los límites del uso del espectro por los concesionarios y la posibilidad de que

el Estado mexicano realice un “rescate” de sus frecuencias para permitir la introducción

de nuevas tecnologías no quedó asentado sino hasta el 2007, cuando la Suprema Corte

de Justicia de la Nación (SCJN) emitió su tesis de jurisprudencia 68/2007 en respuesta a

la Acción de Inconstitucionalidad 26/2006, conocida coloquialmente como “Ley Televisa”.

En este sentido, la decisión de la Corte en torno a permisos y concesiones de

radiodifusión señala que

“si en virtud del avance tecnológico el Estado considera necesario

reorganizar el espectro radioeléctrico a fin de hacer más eficiente su

uso, está en posibilidad jurídica de reasignar o reubicar las bandas de

frecuencia asignadas e, incluso, rescatarlas o recuperarlas, al

corresponderle, en todo momento, su dominio directo en términos del

artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”

(SCJN citada en Cofetel, 2012, p.29).

Esta tesis jurisprudencial es esencial para la definición de la concesión en México, ya que

sienta un precedente jurídico claro que reafirma la posición del Estado sobre los

concesionarios y especifica que la eficiencia del uso del espectro le da derecho al

gobierno de reorganizar la distribución del mismo.

Las ventajas de este régimen de autorización de uso del espectro para televisión abierta

son la de elegir –al menos en teoría- a los prestadores de servicio más cercanos a las

obligaciones con respecto al interés público del bien que se concesiona, delimitar

previamente el contenido de las facultades del ejercicio que se transfiere, imponer

fiscalización administrativa a esta actividad y tener una posibilidad de caducidad de los

derechos que se otorgan o el rescate de los mismos como un derecho de la

administración (Márquez Gómez, 2011, p.50).

1.13 Resumen del capítulo

La convergencia digital debe entenderse como un “techo” para varios conceptos que

engloban el futuro de las telecomunicaciones y la radiodifusión gracias al uso del código

Page 37: Tesis telecom completa con anexos

37

binario para la transmisión de sus señales. Además de compartir esta plataforma, los

servicios radiodifundidos como la televisión abierta y los de telecomunicaciones, como la

telefonía celular, comparten un recurso estratégico: el espectro radioeléctrico. La TDT

forma parte de la convergencia y la acelera al liberar frecuencias que se usaban para

transmisiones analógicas y que pueden ser aprovechadas por la industria de

telecomunicaciones para brindar servicios de última generación. Este insumo está

regulado por el estado a través de concesiones, que son los títulos que habilitan a los

particulares para el uso del espectro. La TDT puede ser una manera de conectar a la

televisión con las telecomunicaciones, pero también tiene intrínseca la posibilidad de dar

servicios de radiodifusión más avanzados a través de la oferta de más programación o de

transmisiones de mejor definición.

Page 38: Tesis telecom completa con anexos

38

Capítulo 2

Transición y Convergencia Digital en México

Para entender la convergencia y la transición digital en México deben analizarse

primero los componentes del régimen actual de radiodifusión, su historia, así como los

elementos del marco legal a los que está suscrito. La digitalización de la televisión y las

tecnologías de comunicación e información no solo implican un cambio tecnológico, sino

que afectan fuerzas políticas, económicas y sociales en el país, lo que supone que la

llegada de estos avances debe de reflejar un cambio en dichas esferas.

El panorama actual de México muestra que tres de las compañías que concentran un

poder notable en términos económicos y políticos se dedican al ramo de

telecomunicaciones y radiodifusión. Televisa y Televisión Azteca pertenecen al Grupo

Televisa y al Grupo Salinas, presididos respectivamente por Emilio Azcárraga Jean y

Ricardo Salinas Pliego, dos de los hombres de negocios más influyentes actualmente.

Carlos Slim, el hombre más rico del mundo según la revista Forbes, conduce el Grupo

Carso, propietario de Telmex y América Móvil (Telcel). El peso de estos grupos

empresariales en México no es coincidencia, ya que las telecomunicaciones son un sector

que se ha vuelto muy dinámico y rentable a partir de la década de los „90. Tanto la

radiodifusión como el sector de telecomunicaciones tienen barreras de entrada naturales

ya que dependen de la disponibilidad de infraestructura, los recursos para acceder a ella o

construirla, y de una autorización legal que implica requisitos legales. Además de eso,

estos sectores se han vuelto convergentes, lo que implica que la competencia ocurra

generalmente entre firmas ya establecidas y no por nuevos actores.

Así, en México, como en el resto del mundo, las telecomunicaciones y la radiodifusión

nacieron separadas, pero las dinámicas económicas y tecnológicas las están fusionando

progresivamente. La sociedad ha seguido esta tendencia debido a que le ofrece ventajas

y una mayor gama de opciones en cuanto a servicios. Sin embargo, la regulación es un

tema pendiente, ya que la convergencia presenta el reto de integrar dos regímenes que

fueron legislados siempre de modo separado.

La TDT ejemplifica este reto regulatorio. La introducción de esta tecnología en México se

hace en base a ciertas ventajas como una mayor competencia, pluralidad, y

compatibilidad con otros servicios de valor agregado que se traducirían en ventajas

directas para la población. No obstante, el marco regulatorio vigente ha sido incapaz de

Page 39: Tesis telecom completa con anexos

39

combatir fallas como la concentración de la propiedad, la falta de diversidad en los medios

de información y la divergencia en servicios de telecomunicación. Por lo tanto, surge la

necesidad de entender en primer lugar cómo se constituyó el marco regulatorio actual

para poder delinear un esquema compatible con la digitalización de la televisión y la

convergencia digital, ya que la TDT es tan sólo una parte de este proceso.

En este capítulo se abordará a México como caso de estudio para poderlo comparar con

experiencias en países que han completado ya o que tienen un avance significativo en su

transición de la televisión análoga a la digital. También se explicarán algunos problemas

que se buscan solucionar a través de la política de TDT y la reforma de

telecomunicaciones. De tal manera, el capítulo cubrirá el desarrollo de las tecnologías

digitales en México, su regulación, los cambios en materia de competencia y regulación,

así como el plan vigente para la transición digital.

Este capítulo se dividirá en los siguientes apartados:

2.1 El inicio de la convergencia digital en México.

2.2 Telecomunicaciones y televisión: barreras difuminadas y asimetrías marcadas.

2.3 Hacia el apagón digital: Política de TDT y la reforma de telecomunicaciones del

Pacto por México

2.1 El inicio de la convergencia digital en México

Siempre es complicado tratar de definir en dónde comienza el proceso de la

convergencia en un país debido a que es un fenómeno que involucra a muchas partes. La

industria puede marcar un punto, el gobierno otro, e incluso la sociedad puede influenciar

esta fecha de referencia. Para motivos de este trabajo se establece que la convergencia

dio sus primeros pasos con la publicación de la Ley Federal de Telecomunicaciones

(LFT). Parecería una contradicción establecer como punto de partida una ley que

separaba a la radiodifusión de las telecomunicaciones, pero fue esa normativa la primera

que tuvo criterios convergentes al eliminar las barreras entre servicios de telefonía fija,

móvil y televisión de paga reconociendo que eran tecnologías capaces de compartir

redes. Si bien en la literatura no queda claro cuál sería un punto de inicio fijo de la

convergencia digital en el país, la LFT contempla concesiones de telecomunicaciones

(quedando excluidas las licencias de radiodifusión) para que las redes ofrezcan la mayor

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40

cantidad de servicios. Esta legislación establece la figura de “redes públicas de

telecomunicaciones” como sustituto de títulos de operación de redes por servicio. Es

decir, en lugar de expedir títulos individuales para telefonía o televisión, las redes públicas

de telecomunicaciones permiten que la infraestructura de un concesionario sea usada

para transmitir señales compatibles, siempre y cuando no sean de radiodifusión, de modo

que “la regulación permite, mediante un procedimiento de autorización claro y objetivo,

que las redes desarrollen y presten cuantos servicios puedan a través de su

infraestructura” (Cofetel, 2009).

Vale la pena recordar que estas actividades dependen mucho del marco de regulación

con la que se enfrentan. Hernán Galperin (2004, p.15) sostiene que la televisión digital

representa una paradoja en la que un avance tecnológico obliga a generar reformas

orientadas a la liberalización del mercado, pero que al mismo tiempo aumenta el grado de

influencia gubernamental, ya que esta normativa proviene del Estado, quien intenta

fomentar este avance tecnológico y regularlo a la vez. Por lo tanto, las reformas que

reconocen la interoperabilidad de redes son un buen punto de quiebre debido a que dan

el banderazo de salida para que la iniciativa privada despliegue sus estrategias de

servicios convergentes.

Para el caso mexicano es relevante establecer una cronología basada en sexenios debido

a que estos segmentos temporales permiten observar la influencia de los poderes del

Estado en las características de las leyes que influyen a los medios radiodifundidos y a las

empresas de telecomunicaciones. En este apartado se incluyen tres sexenios (1994-

2012) en los que se realizaron acciones decisivas para moldear la política pública que

afecta a las tecnologías convergentes observadas en este estudio. Estos mandatos

corresponden a Ernesto Zedillo Ponce de León (PRI), y los panistas Vicente Fox Quesada

y Felipe Calderón Hinojosa.

2.1.1 Ernesto Zedillo Ponce de León (1994-2000)

En el sexenio de Ernesto Zedillo no se registraron cambios a la Ley Federal de Radio y

Televisión. No obstante, las leyes mexicanas sí vieron modificaciones que impactaron

tanto a la radiodifusión como a las telecomunicaciones. De hecho, a pesar de que no se

estableció un acuerdo de convergencia tecnológica en esta administración, la

promulgación de la Ley Federal de Telecomunicaciones es uno de los primeros pasos

institucionales hacia la convergencia entre televisión y telecomunicaciones, además de

Page 41: Tesis telecom completa con anexos

41

que junto con esta normativa nació la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel),

en 1996.

La administración de Zedillo mantuvo la agenda para liberalizar los sectores económicos

que aún estaban sujetos a regulación fuerte o a intervención de gobierno. Para el rubro de

radiodifusión y telecomunicaciones un paso muy importante fue la reforma en 1995 del

Artículo 28 de la Constitución, que supuso la prohibición de monopolios en actividades

comerciales e industriales (Gómez García y Sosa Plata, 2006, p.67). En 1996 se reformó

también la Ley de Inversión Extranjera para permitir la participación de capital extranjero

en el mercado de telecomunicaciones en un 49% (Gómez, 2004, p.63) y en telefonía

móvil hasta en un 100% (IMCO, 2011, p.7). Gómez García y Sosa Plata (2006) describen

la Ley Federal de Telecomunicaciones de 1995 como un ejemplo de regulación desde el

paradigma neoliberal por tener una naturaleza meramente técnica y no de servicio

público. Además, esta ley tenía la intención de crear un esquema legal adecuado a la

tendencia a la convergencia entre los sectores de información, telecomunicaciones y

televisión, principalmente la de paga, además de incentivar la inversión privada en este

ramo. Como medida complementaria se abrió también la operación de satélites a firmas

extranjeras de telecomunicaciones. Dos razones sustentaban esta política: el gasto que

representaban para el Estado y la presión de Estados Unidos para que empresas de ese

país pudieran entrar al mercado mexicano (p.67).

Las telecomunicaciones y la radiodifusión mantuvieron leyes divergentes a pesar del

paradigma de la convergencia tecnológica. No obstante, la LFT es un factor que se debe

de tomar en cuenta para la evolución de la industria de la televisión en México debido a

que las licencias para telecomunicaciones –con excepción de la de Telmex- fueron

redefinidas como de “operadores de redes públicas”, de modo que se borraron las

distinciones entre servicios de televisión de paga, telefonía o internet, y les fueron

removidas barreras a las firmas para la oferta de estos servicios, entre ellos otras formas

de televisión de suscripción. Como se verá más adelante, los actores de radiodifusión y

telecomunicaciones han mostrado interés por incursionar en ambas áreas, por lo que la

convergencia tecnológica también ha mostrado una convergencia en cuanto al plan de

negocios de los “holdings” nacionales.

En el sexenio de Zedillo se mantuvo una política de liberalización del sector. El

surgimiento de TV Azteca durante la presidencia de Carlos Salinas de Gortari representó

Page 42: Tesis telecom completa con anexos

42

en un inicio una amenaza para el panorama de Televisa como monopolio de la televisión

comercial. Uno de los primeros pasos de la llamada Televisora del Ajusco fue la de

diseñar planes de publicidad más flexibles que Televisa para expandir su cartera de

clientes. Televisa dependía del denominado plan francés que funcionaba por pagos

adelantados, mientras que TV Azteca ofrecía tarifas variables dependiendo del rating del

programa. En caso de que un programa o espacio de programación no alcanzara los

niveles de influencia proyectados, se le ofrecía al anunciante más publicidad sin costo

(Leal Guerra, 2007, p.112).

Para captar audiencias, TV Azteca llevó a sus canales contenidos extranjeros para

competir con la oferta de entretenimiento de Televisa, además de que comenzó a generar

y transmitir telenovelas distintas a las de Televisa, como Nada Personal, que exploraba la

corrupción en la sociedad mexicana y no seguía el guión de novelas tipo “cenicienta” o

“rags to riches”. Las novelas fueron colocadas en el Canal 13 para competir directamente

con el Canal 2 de Televisa y el Canal 7 de Azteca fue llenado con caricaturas y series

para público juvenil para posicionarse como una alternativa al Canal 5 de Televisa. La

competencia en ratings y anunciantes hizo que se desatara una “guerra de televisoras” a

finales de 1996 que llegó hasta los noticieros de ambas cadenas. Ambas televisoras

usaron sus espacios noticiosos para intercambiar acusaciones mutuas, es decir, el

conflicto industrial fue posicionado por ambas compañías como un problema relevante a

la opinión pública. Uno de los “cañonazos” de Televisa fue el origen de los recursos con

los que Salinas Pliego obtuvo los Canales 13 y 7, “Televisa abrió fuego creando un

escándalo con las revelaciones de que Raúl Salinas de Gortari había hecho una

aportación millonaria a la oferta de Salinas Pliego en la subasta televisiva de 1993.” (Leal

Guerra, 2007, p.112). El clima de descalificaciones e insultos hizo que incluso la

Secretaría de Gobernación llamara a la calma entre ambas televisoras en vista de cómo

el conflicto comercial influía a los contenidos noticiosos (Leal Guerra, 2007, pp.112-113).

Ante la competencia, Televisa se vio obligada a hacer ajustes. Sin embargo, el

fallecimiento de Emilio Azcárraga Milmo marcó un cambio en la compañía. Emilio

Azcárraga Jean, su hijo, tomó las riendas de Televisa en 1997 y uno de sus primeros

pasos fue dar a la compañía un perfil más empresarial con un consejo consultivo

renovado. (Leal Guerra, 2007, p.14).

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43

Sin embargo, como sugiere Mancini, hay otro factor que explica por qué Televisa perdió

terreno con la llegada de la Televisora del Ajusco al régimen de radiodifusión mexicano.

Además de los factores económicos mencionados anteriormente, el sistema político

experimentaba por esos años un proceso de democratización y mayor competencia

electoral hacia 1997, una importante elección intermedia en la que el PRI perdió por

primera vez su mayoría absoluta en la Cámara de Diputados. La ecuación cambiaba así

para la política de “soldado del PRI” de Televisa, ya que la pérdida de poder de este

partido sobre su competencia hacía que la alianza con el PRI dejara de representar

dividendos y se transformara en un costo conforme la oposición ganaba terreno. En este

sentido, Hallin insiste que este desmarque entre Televisa y el PRI pudo haberse dado sin

la competencia en televisión debido a la inercia de la competencia electoral, ya que TV

Azteca no cambió los límites o paradigmas de la Televisión en México, y sólo realizó

algunas innovaciones para captar más rating (Hallin, 2000, pp.105-106).

El sexenio de Ernesto Zedillo no hizo cambios a las reglas del juego en radiodifusión, pero

la reforma de telecomunicaciones fue el primer paso para la convergencia entre ambas

áreas. De las dos televisoras el saldo es claro: Televisa perdió algo de terreno y tuvo qué

replegarse mientras que TV Azteca se consolidó como la segunda cadena, pero también

como un negocio rentable para el Grupo Salinas. Sin embargo, la literatura sugiere que

este cambio no se dio solamente por competencia económica, sino por la apertura

gradual del sistema político mexicano, que representó la pérdida de terreno del PRI frente

a los partidos opositores que iban ganando espacios dentro del Gobierno federal y en

gobiernos locales. De esta manera, Televisa fue quizás el actor que vio más cambios, ya

que se acabó su condición de monopolio en televisión y dejó de redituarle la estrategia de

ser “soldado del PRI”. Esto no significó un “divorcio” entre Televisa y el PRI, sino que el

desprestigio del partido representaba costos para Televisa al afectar su credibilidad. Así

mismo, el hecho de que las demás fuerzas políticas fueran ampliando su peso en el

sistema político representó un mercado más amplio para la televisora. Además, la

empresa enfrentaba ciertos “daños” del sexen io como un menor rating a manos de TV

Azteca, deudas y golpes a sus finanzas por la devaluación, lo que reforzó la política de

cambios por parte de Azcárraga Jean al frente de la televisora (Leal Guerra, 2007, p.114).

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2.1.2 Vicente Fox Quesada (2000-2006)

El sexenio de Vicente Fox Quesada significó la alternancia de partidos en el Ejecutivo

mexicano, lo que implicó un cambio histórico en el sistema político mexicano que por

primera vez veía al PRI fuera de Los Pinos. La figura presidencial había estado

históricamente vinculada a la Televisión en una dinámica donde una protegía los intereses

de la otra. Sin embargo, la Administración Fox mantuvo una postura de liberalización de la

industria y buscó reducir el papel del Gobierno en ésta. Para la historia de la Televisión en

México, el sexenio foxista aporta cuatro eventos relevantes: la reducción de tiempos de

Estado a través del “decretazo” en el 2002 (Solís Leree, 2009, p.44), la publicación del

Acuerdo para la Televisión Digital en el 2004, el conflicto entre Canal 404 y TV Azteca que

terminó por dar más concentración de mercado a Grupo Salinas, y la aprobación de

reformas a las leyes federales de Telecomunicaciones y Radio y Televisión conocidas

como “Ley Televisa” entre el 2005 y 2006. La sexta reforma a la Ley Federal de Radio y

Televisión ocurrió el 30 de diciembre del 2000 y representó la derogación de la fracción III

del Artículo 10, así como la adición de la fracción VII al Artículo 11, con lo que se confería

a la SEP la coordinación del funcionamiento de las estaciones de radio y televisión del

Gobierno Federal (Leal Guerra, 2007, p.128). Esto significaba que esta función pasaba de

la Secretaría de Gobernación a la de Educación Pública.

El “decretazo” fue, como su nombre lo indica, un decreto por el cual el Ejecutivo

modificaba su acceso a tiempos en medios de radiodifusión privada establecidos desde el

sexenio de Díaz Ordaz. De tener el 12.5% de los tiempos fiscales que representaban 3

horas por día, la nueva disposición indicaba que el Gobierno federal ahora contaría tan

sólo con 18 minutos diarios en televisión y 35 en radio, aunque estos tendrían que ser

otorgados al Gobierno federal en los tiempos de mayor audiencia, es decir, entre las 18 y

las 24 horas (Leal Guerra, 2007, p.122). Además, se creó una instancia autónoma para la

autorregulación de los concesionarios privados, el Consejo Nacional de Radio y

Televisión, con lo que el Gobierno abandonaba también algunas de sus facultades en

cuanto a regulación de contenidos (Leal Guerra, 2007, p.121). También en el 2002 ocurrió

un evento que significó un incremento de concentración de audiencia para TV Azteca y

que mostró cierta complicidad entre el presidente Fox y dicha televisora. El “chiquihuitazo”

4 La toma de las instalaciones de CNI Canal 40 por elementos armados bajo las órdenes de TV Azteca es

conocida coloquialmente como el “Chiquihuitazo”, debido a que las oficinas de transmisión de Canal 40,

ahora Proyecto 40, están localizadas en el Cerro del Chiquihuite en la Ciudad de México.

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45

consistió el clímax de un conflicto legal entre TV Azteca y CNI, Corporación de Noticias e

Información, cuyo socio minoritario era Javier Moreno Valle5. Ambas compañías se habían

asociado para transmitir en conjunto, pactando que el Canal 40 de CNI cambiara su

nombre a “Azteca 40”. Debido a incumplimientos de TV Azteca, CNI decidió regresar a ser

sólo “Canal 40”. Después del pleito legal entre ambos concesionarios, el 27 de diciembre

del 2002 un grupo de personas armadas tomó las instalaciones de CNI, a lo que se le

conoció como el “chiquihuitazo”. Como narra Sánchez Ruíz (2009, p.207), esta acción no

fue impedida por el Gobierno federal. Al contrario, la falta de acción operó a favor de

Televisión Azteca.

A pesar de que se contravenían leyes federales y cuya observancia

competía al Poder Ejecutivo, ninguno de los secretarios de estado que

podían intervenir –el de Gobernación y el de Comunicaciones y

Transportes– lo hicieron. Es proverbial la respuesta de Vicente Fox al

cuestionamiento que le hicieron periodistas sobre la inmovilidad del

gobierno federal, ante la flagrante violación al estado de derecho: “¿Y

yo por qué?” (Sánchez Ruiz, 2009, p.207)

En la actualidad, TV Azteca opera la frecuencia de esta televisora, que ahora ha tomado

el nombre de “Proyecto 40”.

La migración hacia la TDT en México comienza de manera oficial en el 2004 con la

publicación del acuerdo correspondiente en el Diario Oficial de la Federación. Esta

disposición establecía que la fecha límite del apagón analógico era el año 2021, pero

además de poner fechas y lineamientos, daba ciertas prerrogativas a los concesionarios

para llevar a cabo el cambio tecnológico que en términos realistas les ayudó a apuntalar

su posición como duopolio en televisión abierta. Como parte de este acuerdo, las

concesiones de Televisa y TV Azteca se renovaron de modo automático hasta el 2021 -17

años- para que hicieran las inversiones necesarias para la migración. Además, se les

otorgó –siguiendo el esquema norteamericano- a cada uno canales espejo para transmitir

simultáneamente sus señales (Sosa Plata, 2009, p.302). El esquema de simulcasting o

canales espejo tenía la finalidad de que los concesionarios devolvieran al Estado sus

frecuencias análogas al Estado. La tendencia mundial indica que el crecimiento de las

5 Es hermano del actual gobernador de Puebla, Rafael Moreno Valle, militante del PAN.

Page 46: Tesis telecom completa con anexos

46

telecomunicaciones se ha acelerado fundamentalmente a través de la telefonía móvil, por

lo que esto genera una mayor demanda de espectro. Sin embargo, la diferencia entre la

distribución de este recurso para televisión y para telecomunicaciones es que en e l primer

caso las licencias han sido renovadas de modo continuo y no existía un precedente sobre

el costo del espectro destinado para medios de comunicación (aunque se hayan

recaudado depósitos, fianzas y pagos con tiempos de Estado), mientras que los servicios

de telecomunicaciones requieren de un pago específico por el uso de las licencias. Es

decir, las telecomunicaciones han hecho visible la noción de que el espectro radioeléctrico

debe de considerar tarifas para su uso eficiente. Así, los precios de acceso a este recurso

se mantuvieron como la barrera natural de las telecomunicaciones mientras que la TDT

ofrecía a la televisión mexicana extender su licencia sin más pago que la modernización

de su señal. A pesar de tener un crecimiento menos espectacular, la televisión mantenía

su ventaja en México ya que “mientras que la radio y la televisión abiertas han tendido

una penetración y cobertura nacional, los demás servicios de telecomunicaciones se

habían mantenido con un alcance más limitado por el pago que existe de por medio”

(Sosa Plata, 2009, p.305).

Sin lugar a dudas, la “Ley Televisa” representó el evento más significativo del sexenio

foxista para el panorama de la Televisión en México. A pesar de su mote, este suceso no

representa la creación de una ley, sino la reforma de varios artículos de las leyes de

Radio y Televisión y Telecomunicaciones. Debido a que beneficiaban a los concesionarios

de Televisión por encima de los actores de telecomunicaciones, la opinión pública bautizó

estos cambios como “Ley Televisa”. Para fines cronológicos, ésta es la séptima reforma al

marco regulatorio de la industria de la televisión. No hay que perder de vista que la “Ley

Televisa” no ocurrió por “generación espontánea”. La “Ley Televisa” aprovechó un

momento de coyuntura política muy importante, ya que a finales del 2005 se estaban

definiendo las candidaturas presidenciales del 2006. La televisora operó políticamente

para que los partidos políticos mayoritarios apoyaran una serie de cambios a las leyes de

Radio y Televisión, y de Telecomunicaciones. El cálculo político de los partidos fue el de

no oponerse a los concesionarios de televisión abierta para que sus candidatos

presidenciales no recibieran maltrato en la pantalla chica.

Desde el inicio del sexenio de Fox se había planteado la necesidad de una reforma al

marco regulatorio ya que la convergencia digital planteaba un reto tecnológico, pero

también uno de regulación para romper con temas como la concentración de la propiedad,

Page 47: Tesis telecom completa con anexos

47

la pluralidad de los contenidos y el acceso a los medios por parte de la audiencia.

Rodríguez Arechavaleta menciona que desde el inicio del sexenio se habían llevado a

cabo una serie de consultas para renovar el marco regulatorio de la radiodifusión y que se

había perfilado de hecho un anteproyecto de reforma. No obstante, el 1 de diciembre del

2005 se presentó en la Cámara de Diputados un dictamen totalmente distinto que fue

votado de modo “exprés” y que contenía lo que hoy se conoce como la “Ley Televisa”

(González Arechavaleta, 2011, p.22). El documento fue enviado al Senado en donde

enfrentó críticas por parte de los legisladores, pero al ser el 2006 año electoral, los

partidos presionaron a los senadores para que aprobaran las modificaciones ante la

amenaza de una cobertura negativa por la televisión, y a finales de marzo el Senado

aprobó la reforma con 80 votos a favor y 40 en contra, con 4 abstenciones (Rodríguez

Arechavaleta, 2011, p.22; Leal Guerra, 2007, p.128).

En el Senado se sostuvieron debates por parte de sus miembros que advertían sobre

cómo la reforma contenía puntos que daban ventaja a los concesionarios de televisión

abierta sobre los de telecomunicación en cuanto a la convergencia de servicios, además

de que les daban la ventaja de mantener sus licencias de modo prácticamente

automático, pero la iniciativa consiguió los votos necesarios para ser aprobada. En los

medios continuaron las discusiones sobre las consecuencias de la reforma e incluso el

entonces presidente de la Cofetel, Jorge Arredondo Martínez, advertía en una

comparecencia ante el Senado que los efectos probables de la reforma serían la pérdida

de la rectoría del espectro radioeléctrico, desventajas en el proceso de convergencia y

más barreras de entrada para la competencia.

No asegura [La reforma] la rectoría del Estado para regular el uso

eficiente del espectro radioeléctrico; no regula espectro y redes, bajo un

mismo modelo, para admitir la creciente diversidad de nuevos servicios

en convergencia; provoca una inadecuada administración del espectro

que pone en riesgo la convergencia, porque dificulta el ingreso de

nuevos servicios, tecnologías y prestadores de servicios. (citado en

Rodríguez Arechavaleta, 2011, p.23).

No obstante, a pesar de que tanto la opinión pública y la misma Cofetel advertían sobre

las consecuencias de la reforma, Fox decidió no utilizar su poder de veto y ésta fue

promulgada en abril del 2006. Del Senado de la República surgieron dos acciones de

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48

resistencia en contra de la “Ley Televisa”. Gómez García y Sosa Plata (2006, p.77)

mencionan que de esta cámara surgió una reforma paralela para enmendar los cambios

al marco legal. Esta iniciativa se aprobó con el voto de 64 senadores, pero la fracción

priista de la Cámara de Diputados se opuso a su aprobación, con lo que quedó sin efecto.

Mientras tanto, Fox designó a nuevos consejeros para armar una “Cofetel a modo” con

legisladores que aprobaron la “Ley Televisa” y personas cercanas a las televisoras (p.78).

La primera resistencia contra la séptima reforma de radiodifusión había fracasado.

El segundo acto de resistencia institucional se presentó el 4 de mayo con una acción de

inconstitucionalidad promovida por 47 senadores de la LIX Legislatura. Los legisladores

argumentaban que había 21 problemas o incompatibilidades con 27 artículos de la

Constitución, y el alegato se centró en los artículos 28, que prohíbe los monopolios, y el

134, que establece que las licencias de radiodifusión tienen que pasar por un proceso de

subasta. Además, se agregaban conflictos en los artículos 41 y 48, referentes a los

mecanismos de compra de publicidad electoral (Gómez García y Sosa Plata, 2006, p.78).

La “Ley Televisa” comprendía la modificación o adición de los siguientes artículos de la

Ley Federal de Radio y Televisión: 2, 3, 7-A,16, 17 (con 10 incisos), 19, 20, 21, 21-A, 23,

25, 26, 28, 28-A, 72, 72-A y 79-A, así como la derogación del 18. Para la Ley Federal de

Telecomunicaciones se reformaban o agregaban los artículos: 3, 9-A, 9-B, 9-C, 9-D y 9-E.

A continuación se explicarán en líneas generales algunas de las consecuencias más

importantes que fueron señaladas por los propios legisladores, así como analistas y

medios de información.

Apreza Delgado distingue tres grupos entre el total de los artículos reformados: el 16 y 17

conforman un conjunto, el 28 segundo, y el 72 el tercero (Apreza Delgado, 2011, p.76). El

primer grupo de artículos ponía más barreras de entrada a la competencia en televisión

abierta ya que se refrendaban las concesiones de televisión con preferencia a los

operadores de la misma sobre un eventual competidor y especificaba que las concesiones

para las frecuencias disponibles se entregarían a través de una licitación en la que el

mejor postor sería el ganador de la misma, lo que les daba una ventaja considerable. La

reforma al artículo 28 daba trato preferencial a los concesionarios de radiodifusión para

que entraran al mercado de las telecomunicaciones. Es decir, sus frecuencias para

Televisión podrían ser usadas para transmitir otros servicios no previstos en su título y

sólo requerían presentar la solicitud a la SCT y el pago de una contraprestación. Este

Page 49: Tesis telecom completa con anexos

49

apartado creaba un desnivel entre el sector de la radiodifusión y el de las

telecomunicaciones que favorecería a las televisoras al darles ventaja bajándoles las

barreras de entrada a dicha área al mismo tiempo que mantenía las restricciones para el

sector de telecomunicaciones con respecto a la industria de la radiodifusión. Además,

este artículo se reformó para dificultar la operación de medios de servicio público (Apreza

Delgado, 2011, pp.77-78). En palabras simples, a través del artículo 28 se afectaba la

convergencia tecnológica y se creaba un régimen de excepción a favor de las televisoras.

El régimen de excepción permite que concesionarios de radio y

televisión ejerzan tecnologías de telecomunicaciones pero no que

concesionarios de telecomunicaciones puedan hacer lo contrario; Lejos

de promover la convergencia tecnológica, la reforma genera un régimen

especial de telecomunicaciones para radiodifusión (Martínez Espinoza,

2008, p.76)

El artículo 72 y 72-A no fomentaban la entrada de opiniones diversas en los medios de

comunicación, por lo que ponía en problemas las condiciones del pluralismo informativo

en los medios. El 72-A daba el derecho a aumentar en un 5% el tiempo destinado a

publicidad para los medios comerciales a cambio de que cubrieran una cuota del 20% de

contenidos de producción nacional (Apreza Delgado, pp.77-78). Las reformas suponían

en conjunto un espacio más limitado para medios como radios comunitarias y no

permitían instancias de regulación ciudadana, además de que no se garantizaba el

derecho a réplica (Leal Guerra, 2007, p.127). Los órganos reguladores también se veían

limitados con la “Ley Televisa”, ya que ésta les quitaría “dientes” a la Comisión Federal de

Competencia (CFC) y a Cofetel, y los dejaba como organismos que sólo podían emitir

opiniones sin efecto jurídico. Para fines de la digitalización de la radiodifusión, estas

reformas también imponían una ventaja para los medios comerciales sobre los de

carácter público en cuanto a topes de audiencia y límites de tiempo para publicidad, con lo

que las estaciones sin fines de lucro se verían alejadas de la transición hacia la tecnología

digital, o al menos tardarían más que los medios comerciales en llegar a ese punto

(Rodríguez Arechavaleta, 2011, p.23).

La “Ley Televisa” mostró cómo ambas televisoras -en teoría competidoras- podían actuar

también en forma de bloque para buscar intereses comunes como la expansión hacia el

mercado de las telecomunicaciones. Meses más tarde darían otra muestra de acción

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50

coordinada, esta vez para protegerse de la entrada de un nuevo competidor de televisión

abierta. En julio del 2006 la SCT dio a conocer que existían frecuencias disponibles como

para la conformación de una tercera cadena televisiva, y en septiembre la empresa

Palmas 26, compuesta por Grupo Saba y Telemundo, anunciaron su intención de adquirir

varias frecuencias para conformar una cadena nacional de televisión (Martínez y López

Parra, 2009, p.502).

El interés de Palmas 26 no era en sí el mercado mexicano. De acuerdo con Martínez y

López Parra, el objetivo era el mercado hispano en Estados Unidos, ya que ese nicho

representaba alrededor de 450 mil millones de dólares en términos de valor de mercado,

además de que su nivel de consumo es mayor que el de otras minorías. Estimaciones de

TV Azteca calculaban que el poder de compra de los hispanos era cercano a los 700 mil

millones de dólares, es decir, una cifra similar al tamaño de la economía de México

(Martínez y López Parra, p.504). Televisa y TV Azteca han desarrollado cada uno su

propia estrategia para captar este mercado en donde no tienen ventaja oligopólica, factor

que los hacía más vulnerables a la competencia.

Ante este riesgo, las televisoras transmitieron de manera simultánea en sus noticieros

historias sobre Grupo Saba –el mayor distribuidor de medicamentos en el país- con un

encuadre donde se le acusaba de ser un monopolio de los medicamentos que afectaba

directamente a los ciudadanos más pobres al tener que pagar precios altos. Así, mientras

progresaba la acción de inconstitucionalidad sobre la “Ley Televisa”, ambas televisoras se

avocaron a proteger mediante esta campaña de desprestigio a su potencial competidor

para proteger su poder de mercado tanto en México como en Estados Unidos, de modo

que “Debajo de las buenas intenciones que parecían inspirar esta campaña, lo que

verdaderamente motivaba al duopolio era el temor de que Grupo Saba, buscara la

licitación de una tercera cadena televisiva en México” (Leal Guerra, 2007, p.137). Al final,

Palmas 26 retiró su intención de obtener una cadena de televisión en el país.

El sexenio de Fox concluyó sin más alteraciones al marco regulatorio de la televisión y al

acuerdo para migrar hacia la TDT. No obstante, en su sexenio se “sembraron” tres

situaciones que tendrían su desenlace en la Administración de Felipe Calderón: la acción

de inconstitucionalidad en contra de las reformas, y una reforma electoral enfocada en la

regulación de la compra y venta de publicidad en la televisión, así como en el arbitrio de

contenidos de carácter electoral y político ahora por parte del IFE, una atribución para la

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51

cual no fue diseñado originalmente. Esta última condición volvería a tensionar las

relaciones entre el sistema político y el sistema de medios. La tercera condición es el

Acuerdo de Convergencia que se firmó en octubre del 2006. Este acuerdo representa un

paso importante en la liberalización del espectro radioeléctrico, ya que implica que los

operadores de redes públicas puedan implementar a través de sus redes servicios de

triple play en una misma red. El punto polémico de esta iniciativa es que requiere que los

operadores de dichas redes compartan una sola red y, en el caso mexicano, Telmex

realizó inversiones importantes para construir y adquirir infraestructura para su red. En

este caso, Telmex tiene en su poder instalaciones clave para la interoperabilidad o

“interconexión” de las redes, pero su título de concesión le impide transmitir servicios de

video. Es decir, Telmex tiene una restricción específica para no entrar en el mercado de

televisión o de video, pero el acuerdo representaba una asimetría con respecto a sus

demás competidores, ya que Telmex entonces no podía ofrecer servicios de triple play.

Así, la intención práctica del Acuerdo de Convergencia era aprovechar la infraestructura

de Telmex para impulsar a la competencia y ofrecerle a esta empresa de Grupo Carso la

posibilidad de entrar al mercado de la televisión, por lo que implica para el gobierno un

problema doble: la disponibilidad de infraestructura para la competencia y el derecho de

Telmex de fijar tarifas por el uso de su red por parte de la competencia, así como el

sustento de la condición que impide a Telmex competir en radiodifusión que, desde el

punto de vista técnico, no se sostiene.

2.1.3 Felipe Calderón Hinojosa (2006-2012)

El sexenio de Calderón no generó ninguna reforma a las telecomunicaciones o a la

radiodifusión, pero durante su mandato se presentaron dos eventos que impactaron

directamente a la industria de televisión. Por una parte, en el 2007 la SCJN dio a conocer

su fallo sobre los artículos impugnados en la “Ley Televisa” declarando la

inconstitucionalidad de algunos de ellos y, por otro lado, se reformó la legislación

electoral, con lo cual el IFE se convirtió parcialmente en un regulador de los medios de

comunicación y se prohibió la venta de publicidad electoral. Así mismo, Calderón decretó

casi al final de su sexenio un nuevo acuerdo para la transición digital, con lo que la fecha

límite pasó del 2021 al 2015. La convergencia tecnológica mantuvo su curso y generó

maniobras industriales que llegaron hasta los tribunales, como la “Licitación 21”, la fusión

Televisa-Iusacell (de Grupo Salinas), así como la licitación de infraestructura de la

Comisión Federal de Electricidad (CFE) para que los operadores pudieran usarla ante los

Page 52: Tesis telecom completa con anexos

52

problemas de interconexión con Telmex y su infraestructura. Como se puede ver, las

tensiones políticas se tradujeron en la reforma electoral, mientras que las tensiones

económicas de la convergencia llegaron hasta los tribunales y los órganos reguladores del

gobierno federal.

En mayo del 2007 la SCJN emitió su tesis de inconstitucionalidad sobre varios artículos

reformados y el 7 de junio se generó la resolución definitiva sobre dichas normas, con la

anulación de algunos párrafos, o correcciones a su redacción por incompatibilidades con

la constitución. En total se invalidaron de la Ley Federal de Telecomunicaciones el tercer

párrafo del segundo Artículo transitorio, y el último párrafo del Artículo 9-c. En cuanto a la

Ley Federal de Radio y Televisión, se invalidan el 17-G y 17-E, el 28 y 28-A, el 16, el 17-

E, así como el 20 (Leal Guerra, 2007, pp.142-144).

La eliminación, modificación o derogación de estos artículos o parte de ellos representó

un freno a ciertas condiciones que otorgaban ventaja a las televisoras sobre las empresas

de telecomunicaciones y la reestructuración de las barreras de entrada a la televisión

abierta. Por ejemplo, la inconstitucionalidad de las reformas a los artículos 28 y 28-A fue

uno de los puntos clave de la revisión constitucional por la SCJN, ya que “permitían a los

concesionarios de televisión a entrar sin licitación alguna, y casi sin costo, al ofrecimiento

de otros servicios como los de transmisiones de voz, video y datos”, (Leal Guerra, 2007,

p.144). El artículo 16 también se modificó, ya que las concesiones perdían su condición

de refrendo automático, uno de los objetivos de mayor alcance de la reforma debido a que

entonces los concesionarios de televisión no tenían que erogar grandes sumas para

defender concesiones que les permitieran tener participación en telecomunicaciones y

radiodifusión. Esta tesis jurisprudencial encontró incompatibilidades con los artículos 1,

25, 27 y 28 de la Constitución mexicana, y además de revocar las disposiciones

reformadas mencionadas anteriormente, también sirvió como fundamento para establecer

conceptos como la rectoría del Estado sobre el espectro radioeléctrico, eliminar el criterio

de subasta pública para otorgar concesiones de radiodifusión y hacer obligatorio el visto

bueno de las autoridades reguladoras para operar servicios, no sólo presentar una

solicitud (Leal Guerra, 2007, pp.142-144). La controversia constitucional también

evidenció discrecionalidad en el otorgamiento de las concesiones, pero la reforma al

procedimiento y órgano regulador quedó como una asignatura pendiente. El fallo de la

Corte tuvo como consecuencia directa un efecto de “doble ventanilla” entre la SCT y la

Cofetel, ya que el Poder Judicial, a través de la resolución sobre la inconstitucionalidad de

Page 53: Tesis telecom completa con anexos

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la “Ley Televisa”, trasladó a la Cofetel algunas atribuciones en materia de radiodifusión6

(OCDE, 2012, p.45). Es decir, la SCT y la Cofetel compartían una misma área regulatoria

sin que existieran reglas claras sobre quién tenía qué responsabilidad en el proceso de

formulación de política pública y funciones regulatorias (OCDE, 2012, p.47). Esta falta de

claridad quedó como una de las consecuencias directas de la “Ley Televisa”, ya que

permitió que se creara un espacio de ambigüedad en cuanto a regulación de

telecomunicaciones y radiodifusión al existir dos instancias con incidencia en ambos

sectores sin una distribución de trabajo clara.

La reforma electoral del 2007-2008 fue una acción que no impactó en sí al régimen de

radiodifusión, pero que generó ciertas tensiones entre el sistema mediático y el político.

La reforma de los artículos 41 y 134 de la Constitución le quitaron a la televisión el ingreso

por venta de espacios para la publicidad electoral. Por una parte, el artículo 41 prohibía la

adquisición de propaganda política por parte de particulares, además de que las

televisoras tenían que ceder 48 minutos diarios al Instituto Federal Electoral (IFE) 7 para la

emisión de promocionales en precampañas y periodos de campaña. La repartición de

estos minutos quedaba a cargo del Instituto, por lo que la televisión perdió una entrada

importante de recursos durante los procesos electorales. La reforma al artículo 134

prohibió la promoción personalizada de funcionarios públicos y el uso de esta propaganda

tenía que obedecer a fines sociales o de comunicación social esencialmente. Con estas

dos disposiciones de la reforma, las televisoras perdieron también el acceso a recursos

gubernamentales fuera de tiempos electorales, por lo que “a pesar de que la cantidad de

publicidad política (spots) sigue siendo muy elevada, los millonarios ingresos que recibían

las televisoras privadas por publicidad política de los partidos fueron severamente

afectados” (Rodríguez Arechavaleta, 2011, p.24). No obstante, esta reforma también

significó un nuevo rol para el IFE, ya que ahora se le sumaba la función de monitoreo de

medios y regulación de contenidos que pudieran trasgredir estas proscripciones.

La pérdida de estos recursos tensionaron las relaciones entre la esfera política y la de las

televisoras quienes, también en bloque, protestaron las disposiciones de la reforma

alegando que se coartaba la libertad de expresión y el derecho de los ciudadanos (los que

podían comprar tiempo en medios) a expresar sus preferencias políticas. No obstante, la

6 Esto también supone un error crítico en el esquema de regulación mexicana, ya que entonces hasta el 2006

no había claridad sobre qué instancia fungía como el regulador en materia de radiod ifusión. 7 Esta disposición no fue introducida en la reforma. Los 48 minutos son la suma de 30 minutos de Estado y 18

minutos fiscales.

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política y la Televisión encontraron una especie de acomodo a través de estrategias como

la contratación de publicidad política encubierta en modo de “infomerciales”, es decir,

mediante apariciones o menciones en programas o en cápsulas supuestamente

informativas.

La inconstitucionalidad de la “Ley Televisa” y la reforma electoral fueron dos componentes

relevantes en la historia de la Televisión en México, pero durante el sexenio de Calderón

también se presentaron operaciones económicas en torno a la convergencia entre

telecomunicaciones y radiodifusión que han afectado la configuración de estos dos

mercados. Las televisoras se caracterizaron durante los últimos años por diseñar

estrategias para entrar al mercado de la telefonía para ofrecer no sólo el triple play, sino el

cuádruple play. Se distinguen cuatro episodios relevantes de carácter económico: la

Licitación 21, entre el 2009 y el 2011, la fusión Iusacell-Televisa, entre el 2011 y el 2012,

la intención de “rescatar” la banda de 2.5 Ghz que derivó en un conflicto entre el Gobierno

Federal y MVS8, el mayor concesionario de esa banda, y, finalmente, el problema de la

interconexión de redes, que se agudiza hacia finales del sexenio de Calderón, pero que

ha estado presente con diferentes grados de intensidad desde la firma del Acuerdo de

Convergencia en el 2006 porque éste exige la expedición de un Convenio Marco de

Interconexión (CMI), y que implica un trade off donde Telmex accede a tarifas más

baratas por el uso de su red a cambio de la modificación en su título de concesión para

que pueda ofrecer servicios de video. En términos simples, los operadores más pequeños

se ven afectados por tarifas de interconexión altas porque elevan sus costos de operación

al “rentar” una red. No obstante, las compañías pequeñas sólo podrían sustituir esta

condición a través de la construcción de infraestructura propia, lo que implica una

inversión que pocas pueden asumir (IMCO, 2011, pp.41-42).

La Licitación 21 representa uno de los intentos de Televisa de entrar al mercado de la

telefonía celular. Esta televisora se alió con Nextel en el 2010 para buscar quedarse con

la licitación de 30 megahertz de la banda de 1.7 Gigahertz (Ghz). A mediados del 2010, la

Cofetel llevó a cabo una controvertida votación (Radiofórmula, 2010) en la que dos

comisionados votaron a favor de Nextel-Televisa, uno en contra y dos de ellos no votaron

8 La SCT in ició acciones para “rescatar” las concesiones de MVS bajo el argumento de que el concesionario

subutilizaba el espectro. En el 2013 la SCJN resolvió amparar a MVS del “rescate” de la SCT. Como se verá

más adelante, el conflicto de la banda de 2.5 Ghz surge después de que la periodista Carmen Aristegui fuera

cesada de su espacio en MVS por cuestionar si el presidente Calderón era adicto al alcohol. La comunicadora

regresó a MVS tras la polémica sobre si su cese había sido exigido desde Los Pinos.

Page 55: Tesis telecom completa con anexos

55

(uno se abstuvo y otro no se presentó) y el consorcio daría a cambio un “enganche” de

180 millones de pesos, lo que derivó en que la prensa encuadrara esta licitación como

una “ganga” a favor de Nextel y Televisa. Las reglas de la Cofetel y la CFC impidieron a

Telcel y Telefónica Movistar participar en el concurso, pero el punto más polémico de este

hecho fue que se estaba favoreciendo a los ganadores con precios preferenciales y

diferenciados. De acuerdo con la Asociación Mexicana de Derecho a la Información,

AMEDI (2011), el pago por Megahertz (Mhz) sería de 27.3 millones de pesos para Nextel-

Televisa, mientras que Telcel tendría que erogar 42 millones y Telefónica Movistar 57.1.

Iusacell, el tercer competidor y parte de Grupo Salinas, promovió decenas de amparos

para impedir que se entregara la concesión de esta parte del espectro y en octubre del

2010 decidieron disolver su “alianza” para tratar de mantener la concesión, pero Iusacell

obtuvo un amparo en contra del fallo. Después del “divorcio” entre Nextel y Televisa, los

litigios continuaron entre la empresa de telefonía y Iusacell, hasta que en noviembre del

2011 llegaron a un acuerdo para que Iusacell retirara sus recursos jurídicos. Con este

trato, Nextel tuvo el camino libre para lanzar su red “Nextel Evolution” mientras que

Televisa y Iusacell comenzaban a dar forma a una alianza comercial en el mercado de la

telefonía celular (Villamil, 2011), por lo que Televisa salía ganando con un socio en este

sector y Iusacell tendría acceso a recursos importantes.

La fusión Televisa-Iusacell puede ser interpretada como la consecuencia directa del

episodio de la Licitación 21. Como se dijo anteriormente, este primer movimiento era un

intento serio de Televisa por entrar al mercado de la telefonía móvil, pero la defensa

jurídica de Iusacell hizo retroceder a la televisora. La fusión Iusacell-Televisa consistió en

una negociación donde la televisora compraría por aproximadamente mil 600 millones de

pesos el 50% de la filial de Grupo Salinas, lo que representaba que Televisa no sólo

entraría a la telefonía móvil, sino que ya podría ofrecer cuádruple play. En otras palabras,

el negocio para Televisa no fue comprar participación en una compañía con 5% del

mercado, sino que con Iusacell por fin obtuvo una plataforma para ofrecer todos los

servicios de telecomunicaciones de suscripción (IMCO, 2011, p.19). Esta fusión comenzó

a tomar forma en el 2011 y las principales objeciones hacia esta unión provinieron de la

CFC por considerar que si bien esto permitiría tener una competencia más fuerte en el

mercado de los celulares, ambos holdings eran competidores en la televisión abierta, lo

que constituía una incompatibilidad en términos de competencia económica. Durante los

primeros meses del 2012 la CFC fue presionada por las televisoras incluso a través de su

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56

cobertura donde denunciaban la falta de voluntad para combatir al monopolio de Telcel, y

finalmente en junio la CFC permitió la fusión entre ambas empresas pero con condiciones.

Dichas cláusulas fueron no discriminar la venta de publicidad a otras empresas de

telecomunicaciones en la televisión (en este caso a las empresas de Carlos Slim, quien

había retirado su publicidad por problemas de tarifas con Televisa), prohibición de venta

de contenidos en paquete a proveedores de televisión restringida (algunas compañías

tenían que comprar una barra de canales de ambas televisoras aunque sólo quisieran una

de sus señales) y, finalmente, que aceptaran la licitación de una tercera cadena de

televisión.

Tanto la Licitación 21 como la fusión entre Iusacell y Televisa convienen ser vistas como

la continuidad de un mismo hecho: el posicionamiento de Televisa como un holding con

participación en todos los ramos de las telecomunicaciones sin perder la condición de

actor predominante en el mercado de la televisión abierta. Este hecho representa un signo

muy evidente de la asimetría entre las telecomunicaciones y la radiodifusión en México,

ya que Televisa es dominante en televisión abierta y tiene un pie en el cuádruple play,

mientras que las empresas de Grupo Carso mantienen el dominio de la telefonía y la

banda ancha, pero su concesión –una construcción jurídica- le impide ofrecer servicios de

video. Esta asimetría tiene su solución: el apoyo de las empresas de telecomunicaciones

de Grupo Carso al Convenio Marco de Interconexión, de modo que se concrete el

Acuerdo de Convergencia del 2006 y la red de Telmex se convierta en una especie de

nodo común para el resto de las redes. Es decir, que Telmex acceda a ser el “carrier de

carriers”.

El conflicto de la convergencia o de la interconexión tiene su origen en el Acuerdo de

Convergencia del 2006, aun durante el mandato de Fox y en medio de una crisis post

electoral fuerte9. Para resumir esta iniciativa de manera muy simple, lo que se busca es

que todos los actores de telecomunicaciones participaran en el mercado del triple play, es

decir, que todas las plataformas fueran convergentes en cuanto a tres servicios de

telecomunicación: teléfono fijo, internet de banda ancha y televisión de paga. En ese

momento todavía no se hablaba de un cuádruple play, pero la tendencia en el sector

9 La elección presidencial del 2006 arrojó una diferencia de menos del 1% entre el panista Felipe Calderón

Hinojosa y el perredista Andrés Manuel López Obrador (AMLO). El candidato de izquierda encabezó un

movimiento de resistencia que pedía hacer un recuento debido al estrecho margen de los resultados. En la

prensa especializada se comentó la firma del Acuerdo de Convergencia por parte de los concesiona rios como

un acto que respaldaba a los panistas.

Page 57: Tesis telecom completa con anexos

57

apunta a que al combo de tres servicios se agregue el de la telefonía celular, que es un

sector que ha tenido un crecimiento a nivel mundial particularmente importante en

términos de mercado. Ahora bien, este acuerdo supone un camino donde deben

observarse tres condiciones denominadas como las “Tres C‟s”, es decir, Convergencia,

Cobertura y Competencia. Es decir, las plataformas de telecomunicaciones tenían que ser

convergentes entre sí, tenía que haber una cobertura suficiente a nivel nacional, así como

competencia entre operadores. Los problemas del contexto mexicano para los criterios de

las Tres C‟s es que hay mercados de telecomunicaciones concentrados en sí mismos,

sólo un actor (Telmex) ha realizado inversiones fuertes en infraestructura para tener

cobertura, y la existencia de barreras o asimetrías importantes entre las radiodifusión y las

telecomunicaciones, como el impedimento “por ley” a Telmex para ofrecer servicios de

video, o la prohibición inicial a las cableras para ofrecer servicios de telefonía o internet.

La cronología del convenio de interconexión se adjunta en la parte de anexos debido a la

extensión del problema y a continuación se exponen las consecuencias de la

judicialización de las tarifas de interconexión, que resultó el respaldo de la SCJN a la

Cofetel en su función de regulador.

La Cofetel tuvo durante el sexenio de Calderón un empoderamiento progresivo que

despuntó desde el 2010, año en el que De Swaan fue elegido como comisionado

presidente a pesar de los señalamientos que lo vincularon como un operador político de

Juan Molinar Horcasitas. La Corte respaldó a Cofetel en dos eventos fundamentales para

su independencia: su autoridad en fijación de tarifas, la no sujeción de las mismas a

suspensiones y la imposibilidad de la SCT para derrotarlas a través de resoluciones

propias10.

En términos de poder político, puede ser que Carlos Slim sea el hombre más rico de

México y del mundo, pero aparentemente no es el más poderoso. Las televisoras tienen

un vínculo natural con la esfera política y se han caracterizado por su capacidad de

presión e influencia hacia esos círculos. No quiere esto decir que los órganos reguladores

estén decididos a que la Televisión le gane la partida a Slim, sino que los espacios que

Telmex y Telcel han usado para cabildear el cambio de su título de concesión no le han

favorecido y hasta parece que lo ha enfrentado con la Cofetel. Al cierre del 2012 las Tres

10

Cabe recordar que estas resoluciones que empoderan a la Cofetel se derivan de la “tarea” dejada por la

propia SCJN en cuanto a la doble ventanilla entre SCT y Cofetel después de la resolución de la

inconstitucionalidad de la “Ley Televisa”. Con estas acciones se buscó eliminar en parte esa división ambigua

sobre regulación de telecomunicaciones y radiodifusión.

Page 58: Tesis telecom completa con anexos

58

C‟s (convergencia, cobertura y competencia) están aún incompletas ya que la

convergencia está trabada por la interconexión, y se ha fomentado a la competencia a

costa de la cobertura (infraestructura).

El sexenio de Enrique Peña Nieto comenzó con el anuncio en su mensaje inaugural de

que abriría el sector a la competencia, incluyendo la licitación de nuevas cadenas de

televisión. La reforma de Telecomunicaciones presentada en marzo es una de carácter

constitucional y abarca cambios a la ley para integrar medidas de competencia para el

sector, pero también algunos de los cambios que fueron desarrollándose a través de fallos

de la SCJN y las investigaciones sobre concentración de mercado por parte de los

órganos reguladores. El reto de la reforma de telecomunicaciones radica en que por años

se ha postergado el delineamiento de una política de Estado para este sector y su

convergencia con la Televisión. Como apunta la OCDE, los tribunales han sentado las

bases para la política de regulación económica en las telecomunicaciones.

“El uso de amparos por parte de los participantes del mercado,

particularmente en las áreas fija y móvil, con frecuencia ha impedido la

reforma y ha propiciado que los tribunales en ocasiones hayan

reemplazado el papel legítimo del gobierno en la implementación de las

políticas y regulación en materia económica” (Díaz-Pines, 2012, p.185)

2.1.4 Síntesis

Para hacer una síntesis de cómo estos tres sexenios influyeron el proceso de la

transición y convergencia digital pueden distinguirse tres tendencias principales.

a) Una alianza progresiva entre Televisa y TV Azteca.

b) La oposición cada vez más fuerte del gobierno a la dominancia de

Telmex y Telcel.

c) El fortalecimiento de la Cofetel11 como regulador a través de resoluciones

de la SCJN y la importancia del Poder Judicial en la estructuración de la

política de telecomunicaciones y radiodifusión.

11

Se debe de resaltar que a pesar de que la Cofetel se ha ido empoderando, no ha sido capaz de solucionar la

alta concentración de mercado en telecomunicaciones y radiodifusión.

Page 59: Tesis telecom completa con anexos

59

La primera tendencia parte desde mediados de la década de 1990, donde TV

Azteca y Televisa se engancharon en una “batalla” por el rating, misma que

culminó en el año 2000. Este enfriamiento de rivalidades derivó en una auténtica

alianza que llevó a ambas televisoras a promover las reformas conocidas como

“Ley Televisa”, sabotear la licitación de una nueva cadena abierta y, finalmente,

unirse como socios mediante la fusión de Iusacell-Televisa.

La segunda directriz tiene sus raíces a finales de la década de 1990, cuando

Telmex termina su “periodo de gracia” como el monopolio de la telefonía y entran

nuevos actores a competir en servicios como la telefonía de larga distancia y la

local. A Telmex se le ha mantenido la restricción de ofrecer servicios de video a

pesar de que su red se los permite técnicamente, por lo que en México las

empresas de Carlos Slim quedan formalmente impedidas de ofrecer servicios de

triple play mientras que no se adhieran a ciertas condiciones de interconexión

contenidas en el Acuerdo Marco de Interconexión. Esto le ha dado ventaja a

Grupo Televisa, que a través de sus cableras ha logrado incrementar su

participación en la telefonía fija y el internet, además de afianzarse en la

televisión restringida. Además, se le ha presentado una fuerte resistencia en el

tema de las tarifas de interconexión y el Gobierno federal ha puesto

infraestructura a disposición de sus competidores a través de las licitaciones

espectrales 20 y 21, además de la renta de la fibra óptica de la CFE. La admisión

de la fusión entre Televisa y Iusacell en el mercado de celulares deja en

desventaja a América Móvil, ya que este consorcio puede competirle a través del

cuádruple play.

La tercera tendencia puede observarse desde los fallos de la SCJN sobre la

inconstitucionalidad de algunos artículos de la “Ley Televisa”, que sentó el

precedente para generar una reserva legal sobre la rectoría del Estado sobre el

espectro radioeléctrico y la asignación de concesiones establecidas para fines

específicos. Después de ese fallo, la SCJN siguió influyendo en la consolidación

del régimen regulatorio de telecomunicaciones con los fallos que daban a la

Cofetel la autoridad de fijar las tarifas de interconexión en caso de diferencias

entre particulares, así como el respaldo a las resoluciones del pleno de la

Comisión para que no fueran suspendidas por decisiones de la SCT. Además de

respaldar a la Cofetel, la SCJN ha influido a través de sus decisiones para

Page 60: Tesis telecom completa con anexos

60

establecer la legalidad de la multiprogramación12 y para mantener vigente el

Decreto presidencial sobre la política de TDT del 2010, que sirvió como base del

acuerdo para la transición digital del 2012 publicado por la Cofetel.

2.2 Telecomunicaciones y televisión: barreras difuminadas y asimetrías

marcadas.

Esta parte del trabajo se centra en observar algunas características que hacen que

las industrias de telecomunicaciones y radiodifusión hayan tenido un crecimiento distinto y

que ahora enfrenten problemas de regulación, competencia y desempeño en un entorno

convergente. Para el escenario mexicano, la transición hacia la TDT es un proceso

fundamental, ya que la política de digitalización de la Televisión tiene como finalidad

liberar una gran parte del espectro que hoy usa la radiodifusión analógica. Para ello, en

este apartado se hará un análisis de los mercados de televisión y servicios de

telecomunicaciones para observar cómo a pesar de que las barreras entre sí se están

difuminando desde el lado técnico, las barreras regulatorias crean condiciones distintas

para los actores involucrados.

La comparación de telecomunicaciones y televisión es observable a partir de fines de los

años ochenta y principio de los noventa, cuando ocurre la privatización de Teléfonos de

México y se toman una serie de decisiones para liberalizar áreas involucradas en la

comunicación, como la red federal de microondas, vendida en 1990. En 1995 se expide la

LFT y se modificó la Constitución para que pudiera haber inversión extranjera en todas las

áreas del sector de las telecomunicaciones. Además, en 1996 se crea la Cofetel como

órgano regulador de esta materia. En términos de competencia, el servicio telefónico de

larga distancia ésta comenzó en 1996 y a nivel local en 1999 (Ruelas, McDowell y

Dowding, 1999, p.3). Las telecomunicaciones y la televisión nacieron por actos

gubernamentales distintos. Como se revisó en el apartado de la historia de la Televisión,

esta industria nació de la mano del poder político y se relacionaron históricamente para

crear un monopolio privado que protegía al Gobierno a cambio de que no existiera

competencia real, de tal modo que la Televisión muchas veces “se convirtió en cómplice

fiel del autoritarismo a través de un mecanismo de 2 caras: entretenimiento para la

12

Este momento también estuvo afectado por un momento político importante. Con la salidade Juan Molinar

Horcasitas, la SCT dejó de combatir formalmente y a través de los tribunales la mult iprogramación pretendida

por TV Azteca a través de Hi-TV.

Page 61: Tesis telecom completa con anexos

61

sociedad y apoyo para el sistema a través de la autocensura” (Rosas, 2012, p.103). En

cambio, las telecomunicaciones como industria privada nacen de la decisión de privatizar

empresas paraestatales, es decir, un acto de carácter más bien administrativo, aunque no

por esto quedó libre de suspicacias políticas, ya que Teléfonos de México se vendió de

modo vertical, es decir, no se desagregó la empresa para que su infraestructura fuera

aprovechada por varios competidores, sino que ésta se ofreció como una sola entidad

(IMCO, 2011, pp.6-7). El nacimiento de TV Azteca ocurrió de manera similar siguiendo la

lógica de abrir el mercado al sector privado y en 1993 sale al aire esta nueva cadena

televisiva que había comprado dos canales que el Estado tenía en su poder (Gómez,

2004, p.63).

El esquema básico de concentración en ambos mercados quedó definido entonces hacia

mediados de la década de los noventa. Ambas áreas nacieron concentradas y hoy en día

mantienen estructuras oligopólicas que han enfrentado algunos cambios en cuanto al

poder de mercado de cada firma, pero que no han logrado una distribución más equitativa

de estas industrias. Un cambio relevante es la propia convergencia, que permite el

fenómeno de la propiedad cruzada, la cual ha ofrecido más ventajas para las televisoras

que para Telmex, debido a que sólo las primeras están hoy en día en el mercado del triple

play. Esta propiedad cruzada puede observarse gráficamente.

Page 62: Tesis telecom completa con anexos

62

Tabla 1: Distribución de mercado y propiedad cruzada

Telefonía

móvil

Telefonía

fija

Internet TV Abierta TV de paga

América

Móvil

15%*

Grupo

Televisa

5.3%**

4.8%

15%

Grupo

Salinas

30%

Otros

24.4%

15.3%

11%

Total 100% 100% 100% 100% 100%

Fuente: Fuente: Elaboración propia con base en IMCO, 2011, p.10, OCDE, 2012; CIDE, 2012; Rodríguez

Arechavaleta, 2011.

*Grupo Televisa sostiene que Dish México, si no usa la infraestructura de red de América Móvil, sí se

beneficia de la red de tiendas del Grupo Carso, que fue accionista de esta plataforma. América Móvil no tiene

permitido ofrecer servicios de video de manera formal.

**Los grupos Televisa y Salinas son socios cada uno del 50% de Iusacell, compartiendo así el 5.3% de poder

de mercado en telefonía móvil.

Antes de ir a los análisis individuales de los mercados vale la pena dar un vistazo general

al sector de las telecomunicaciones como actividad económica. La infraestructura es un

elemento clave, por lo que la inversión en este rubro favorece las condiciones del servicio

y de la competencia. En México el problema de la interconexión entre firmas telefónicas

arroja luz sobre el rol que tiene la existencia de redes e instalaciones para fines de

competencia.

La OCDE (2012, p.25) establece que, por ejemplo, el problema de la concentración del

mercado de la telefonía no es la participación de 80% del mercado que tiene Telmex. Una

cuestión clave es el acceso a su infraestructura que hace más eficiente la conexión entre

diferentes firmas participantes. Uno de los argumentos de Grupo Carso para defender su

70.3% 79.9% 74%

70% 47%

38%

Page 63: Tesis telecom completa con anexos

63

posición es que una de las prioridades de Telmex ha sido el despliegue de infraestructura,

lo que le permite llegar a más clientes, por lo que la competencia debería de centrarse en

invertir en este aspecto y no en compartir con ellos su red a tarifas distintas a las que la

compañía establece. Y, ciertamente, la OCDE reconoce que uno de los pilares de la

competencia entre “carriers” es la que se genera por el despliegue de infraestructura que,

a su vez, incrementa la cobertura. No obstante, el organismo alienta el uso de

infraestructura del incumbent, o el actor con más participación en este segmento. Algunas

de estas medidas son continuamente discutidas por Telmex, como la desagregación del

“bucle local” o el uso de una red hub o central como la de la América Móvil. Compartir

estos recursos de redes no disminuye la capacidad de un incumbent para mantenerse

como tal, ya que estas instalaciones siguen sirviéndole para llevar sus propios servicios,

lo que da como resultado que, por ejemplo, en la Unión Europea se presenten promedios

de volumen de participación del 59% en el mercado para los incumbent y hasta un nivel

de 65% de renta que, sin duda, son menores a los márgenes que tiene Telmex, pero que

siguen siendo significativos al estar por encima del 50% y que no representan en sí una

amenaza a la competencia.

En este sentido, el “argumento Slim” para ir en contra de una red central compartida es

que se desalienta la inversión en la infraestructura. En términos de las “Tres C”, privilegiar

la convergencia y la competencia puede dejar en desamparo a la cobertura. Los datos de

Euromonitor (2012) parecen darle la razón, al menos de una manera general, a Slim.

Según esta firma de análisis, en términos reales se ha presentado una reducción de

inversión en esta área del orden del 29.6% con respecto a lo invertido en el 2006. Es

indudable que esta situación está afectada por la crisis financiera del 2008-2009. El pico

en México de la inversión en infraestructura de telecomunicaciones fue de 40 mil 800

millones de pesos en el 2006, y ésta bajó en el 2009 a 35 mil 700 millones

aproximadamente en términos reales, aunque en términos absolutos la cifra indica 36 mil

776 millones según Euromonitor. Es decir, este evento global marcó un cambio claro en la

tendencia de la inversión, ya que en términos absolutos se estancó. Pero además de la

crisis financiera, un factor endógeno del sistema de telecomunicaciones en México que

explica la falta de crecimiento en instalaciones es la interconexión, ya que el paradigma

tanto de los participantes minoritarios como del Gobierno federal es que ya existe una red

amplia, la de Telmex, que puede ser complementada con la renta de fibra oscura de la

CFE, por lo que la acción más eficiente desde el punto de vista económico no es la

Page 64: Tesis telecom completa con anexos

64

construcción de nueva infraestructura, sino el uso compartido de la que ya se tiene

disponible. Las cifras de la Cofetel (2013) muestran que, en efecto, el 2006 había sido el

pico de inversión en telecomunicaciones, pero su cifra es de 3 mil 699 millones de dólares

en términos absolutos. Del 2007 al 2009 se registran caídas también, tocando un nivel de

2 mil 890 millones de dólares en ese último año, de acuerdo con sus cifras preliminares.

El banco de datos de la Comisión muestran que a partir del 2010 hubo una recuperación

en términos absolutos, captándose en ese año 5 mil 674 millones de dólares de inversión,

pero con caídas para el 2011 y 2012 con 4 mil 985 millones y 4 mil 267 millones de

dólares respectivamente, aunque la Cofetel aclara que son cifras preliminares.

Euromonitor (2012) muestra que las telecomunicaciones son un mercado sumamente

rentable, ya que la falta de inversión en infraestructura no afecta la captación de ingresos,

al menos de modo directo. El 2011 significó ganancias por 413 mil millones de pesos y del

2006 al 2011 se expandieron en una proporción del 26.9% en términos reales a pesar de

la crisis financiera. Según las cifras de Cofetel, se ha mantenido un crecimiento

importante a partir del 2006 hasta la fecha. En ese año se obtuvieron ganancias por 283

mil 896 millones de pesos, mientras que en el 2011 se reportaron 395 mil 254 millones de

pesos, según estimaciones preliminares. El sector de la telefonía fija junto con el de la

móvil representan año con año los mayores sectores de inversión dentro de las

telecomunicaciones, en tanto que éstos dos conceptos junto con el de la televisión de

paga representan los servicios que más captan ingresos.

Page 65: Tesis telecom completa con anexos

65

Fuente: Elaboración propia en base a Euromonitor, 2012 y Cofetel, 2013

*Datos de tabla están en millones de pesos mexicanos (MXN)

Como se puede observar, las telecomunicaciones de modo global presentan una

tendencia clara en donde la inversión absoluta a lo largo de estos últimos años es más

bien cíclica, con periodos de crecimiento y estancamiento, mientras que los ingresos van

al alza. En términos de inversión, los años 2006 y 2010 marcan dos picos positivos

seguidos por periodos en donde este indicador se contrae. El periodo 2008-2009 está

afectado por el factor de la crisis financiera internacional, pero el 2010 representa en

términos absolutos un repunte importante en términos de inversión. Los años 2011 y 2012

presentan una caída en la inversión, pero no tan pronunciada, lo que podría ser la

validación parcial del “argumento Slim” sobre la falta de incentivos para que exista una

competencia en cuanto a infraestructura.

Como muestra la línea de ingresos, los servicios de telecomunicaciones son un negocio

costoso, pero que refleja de modo global buenos dividendos. A pesar de la crisis

financiera y del poco crecimiento económico en México, los ingresos mantienen tasas de

2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012

Inversión global pesos $38,246.98 $40,586.67 $35,766.59 $40,624.64 $37,917.73 $71,574.55 $70,664.42 $69,881.14

Ingresos globales pesos $240,508.0 $283,771.0 $317,779.5 $336,890.0 $365,054.5 $385,022.5 $401,598.0 $423,758.0

$-

$50,000.00

$100,000.00

$150,000.00

$200,000.00

$250,000.00

$300,000.00

$350,000.00

$400,000.00

$450,000.00

$500,000.00

Mill

on

es

de

pe

sos

Tabla 2: Inversión contra ingresos global en

telecomunicaciones*

Inversión global pesos Ingresos globales pesos

Exponencial (Inversión global pesos) Exponencial (Ingresos globales pesos)

Page 66: Tesis telecom completa con anexos

66

incremento anuales que promedian desde el 2006 al 2012 un 8.5% aproximadamente

tomando en cuenta los indicadores de ingresos absolutos de Euromonitor y Cofetel. Pero

quizás lo que llama la atención es que los ingresos en el sector de las telecomunicaciones

no están directamente afectados por el estancamiento en infraestructura ya que la

diferencia entre ingresos e inversión entre el 2005 y el 2012 da un promedio de 293 mil

639 millones de pesos anual para este sector, lo que da una tasa de crecimiento promedio

del 8.5% en cuanto a la diferencia entre ingreso e inversión en los servicios de

telecomunicaciones de modo global. Si se compara la “diferencia” entre ingreso e

inversión con la inversión inicial se tienen tasas de ingreso que promedian un 615% de

ganancia. Es decir, los ingresos son, en promedio, seis veces lo que se invierte en

infraestructura de telecomunicaciones.

Fuente: elaboración propia en base a Euromonitor, 2012 y Cofetel, 2013

*Cifras en millones de pesos mexicanos (MXN)

2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012

Diferencia en mdp $202,261.0 $243,184.3 $282,012.9 $296,265.3 $327,136.7 $313,447.9 $330,933.5 $353,876.8

$-

$50,000.00

$100,000.00

$150,000.00

$200,000.00

$250,000.00

$300,000.00

$350,000.00

$400,000.00

Tabla 3:Diferencia entre ingreso e inversión*

Diferencia en mdp

Page 67: Tesis telecom completa con anexos

67

Fuente: Elaboración propia con datos de Euromonitor, 2012 y Cofetel, 2013.

Como se puede ver, la constancia en el incremento de los ingresos en el sector de modo

global acentúa el porcentaje de ingresos obtenidos con respecto a la inversión, puesto

que los años de menor inversión presentan una captación mayor de recursos, mientras

que los periodos de recuperación de capital del sector reducen la relación entre ingreso

contra la inversión. Esta última gráfica muestra que la inversión fluctúa, pero que los

ingresos van en aumento. Como se dijo anteriormente, el contexto de la infraestructura en

México está afectada directamente por la crisis financiera del 2008 y 2009 y el conflicto de

la interconexión en la que es más eficiente el uso de una red central antes que el

despliegue de nueva infraestructura por parte de cada operador.

2.2.1 Televisión abierta

La televisión no restringida tiene dos valoraciones relevantes, independientemente de su

valor como mercado. La primera es su cobertura o su penetración. De acuerdo con el

INEGI, el 92.5% de los hogares mexicanos tienen un televisor con capacidad de recibir

señales abiertas analógicas (Gómez García, 2004, p.24). El acceso a la televisión abierta

es relativamente bajo, pues sólo se requiere contar con un televisor y una antena en caso

de que el dispositivo no la tenga integrada, y el precio de estos aparatos se ha ido

reduciendo de modo general. Incluso las pantallas de plasma o de tecnología más

avanzada son aparatos que se pueden conseguir con créditos relativamente accesibles,

aunque la adquisición de televisores avanzados está condicionada por la brecha del

529%599%

788% 729%863%

438% 468% 506%

2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012

Tabla 4: Porcentaje de ingresos contra

inversión

% de ingresos con respecto a inversión anual

Page 68: Tesis telecom completa con anexos

68

ingreso. La segunda condición que hace a esta industria relevante es que constituye una

plataforma de contenidos que afectan directamente a la ciudadanía en base a la calidad

de su contenido de información o noticioso, y los programas de entretenimiento que se

transmiten. Robert Putnam (en Norris, 1996, p.475) sugería en su concepto de capital

social que la televisión es un factor que reduce la interacción o el engagement cívico de

las personas, pero en realidad la televisión es un conducto por el cual se absorben ciertas

actitudes, valores y maneras de pensar los asuntos públicos que luego se socializan a

través de las relaciones interpersonales del día a día (Norris, 1996, p.479). Un enfoque

puramente de mercado sirve poco para analizar el impacto de la industria televisiva, ya

que puede ignorar la capacidad de este medio para generar presión política. La televisión

abierta es una magnífica plataforma de promoción para funcionarios y políticos,

especialmente a nivel local, y al mismo tiempo los gobiernos tienen acceso a recursos

públicos que pueden ser destinados a la compra de publicidad.

Televisa tuvo hasta los años noventa el monopolio de la televisión comercial abierta en

México, pero la entrada de TV Azteca como una segunda cadena privada poco a poco fue

quitándole audiencias y anunciantes para convertir este mercado en un oligopolio al que

coloquialmente se le conoce como duopolio. De acuerdo con Gómez García (2004), para

1997 la audiencia de Televisa bajó del 90% al 67% con la entrada de competencia y

desde ese año hasta el 2004 mantuvieron una distribución más o menos estable en donde

los “picos” de audiencia son del 33% para la televisora del Ajusco y 69% para Televisa,

aunque otras estimaciones llegan a darle en ocasiones un 72% debido a que tiene más

canales disponibles que Azteca (Gómez García, 2004, pp.66-67; Trejo Delarbre, 2010,

p.34).

La concentración es también visible en el número de frecuencias o estaciones repetidoras

que permiten que la televisión tenga cobertura a nivel nacional. La literatura es

concurrente en este indicador, que sitúa la distribución de aproximadamente 461

estaciones para televisión comercial en un rango del 92% al 94% para el duopolio

televisivo en una relación de 60.5% de estas para Televisa y 31.5% para TV Azteca

(Gómez García, 2004, p.24; Rodríguez Arechavaleta, 2011, p.6; Trejo Delarbre, 2010,

p.34). Pero el paradigma de la convergencia obliga a pensar el problema de la

concentración de la televisión abierta y todavía analógica de un modo integral con

respecto al resto de las tecnologías que demandan espectro. En este sentido, la televisión

analógica utiliza una de las mejores bandas para otros servicios de telecomunicaciones, la

Page 69: Tesis telecom completa con anexos

69

de 700 Mhz, que ha demostrado ser un espacio excelente para el servicio de redes LTE o

4G. La transición hacia la televisión digital liberaría una gran porción de esa banda

(alrededor del 75%), por lo que este proyecto es fundamental para que exista una oferta

importante de esta sección del espectro, que además tiene un valor intrínseco relevante

(Gómez García, 2004, pp.24-25).

Regresando al planteamiento de la televisión abierta como un mercado, los indicadores

de ventas de publicidad acompañan la distribución concentrada de esta industria. De

acuerdo con Rodríguez Arechavaleta (2011), México entre el 2010 y el 2011 se mantenía

como el segundo país con mayor facturación de publicidad en América Latina, tan sólo

superado por Brasil. Sin embargo, a diferencia de ese país sudamericano, la

concentración del mercado mexicano era mucho mayor, ocupando el tercer lugar en la

región y sólo superado por la distribución de los mercados de Panamá con un 95% y

Guatemala, con 100% (Rodríguez Arechavaleta, 2011, p.10). La audiencia y la venta de

publicidad, un ingreso fundamental para las televisoras comerciales, están estrechamente

ligadas, ya que el modelo de negocio de esta industria tiene como clientes a las marcas

de anunciantes, puesto que el nivel de audiencia es una especie de “mercado” que se le

vende a estas firmas para que inviertan en productos publicitarios en los espacios

televisivos.

La publicidad es un ingreso fundamental para la industria televisiva. Según datos de la

CFC, la proyección para el crecimiento de la venta de anuncios entre el 2005 y 2010 fue

de una tasa del 6.6% anual tan sólo para publicidad en la “pantalla chica”. Para el 2005 el

gasto total en medios publicitarios alcanzó una cifra de 44.8 mil millones de pesos, del

cual el 58% fue realizado en televisión abierta, 3.2% en la restringida y 38% en otros

medios. Sin embargo, de acuerdo con la CFC, la tasa de crecimiento de publicidad para

televisión restringida era más pronunciada que la de la televisión abierta, reportando entre

el 2006 y 2010 una proyección de 32.6% (Martínez y López Parra, 2009, p.498).

La literatura muestra que hay una coherencia entre la concentración de la audiencia, la

infraestructura y la venta de publicidad, puesto que Televisa acapara entre dos terceras

partes y el 70% de los ingresos por anuncios y Azteca entre el 28% y el el 30%

(Rodríguez Arechavaleta, 2011, p.5; Trejo Delarbre, 2010, p.34; Martínez y López Parra,

2009, p.498).

Page 70: Tesis telecom completa con anexos

70

Fuente: elaboración propia con datos de Gómez García, 2004; IMCO, 2011; Rodríguez Arechavaleta, 2011;

Trejo Delarbre, 2010; Martínez y López Parra, 2009.

Así, la competencia entre las televisoras privilegia la búsqueda de audiencias que se

traduzca en anunciantes. El modelo de negocio genera una especie de distorsión entre la

efectividad de negocio y la calidad programática, condición que tiene una repercusión

directa en la calidad de la democracia. Hacia finales de los „90 ocurrieron dos eventos

fundamentales para que la industria tomara un giro más “empresarial”: la muerte de Emilio

Azcárraga Milmo, que dejó a Grupo Televisa bajo la responsabilidad de su hijo Emilio

Azcárraga Jean, quien privilegió un enfoque más pragmático en torno la relación con el

PRI dado su desprestigio progresivo13, y la visión de negocio de Ricardo Salinas Pliego

con TV Azteca como una empresa dedicada al entretenimiento.

De acuerdo con Gómez García (2004), parte del crecimiento de TV Azteca se explica por

la atención procurada a sus inversionistas, ya que han usado sus espacios informativos

para que el propio Salinas Pliego salga a “calmar o acallar rumores que pudieran hacer

caer las acciones de TV Azteca. Esto nos hace observar que, cada vez más, hay una

mayor atención con sus inversionistas por encima de sus audiencias” (Gómez García,

2004, pp.71-72).

13

Además de que el PRI viv ía un periodo de desprestigio, el mercado de clientes en la política comenzaba a

ampliarse debido a que la oposición fue ganando terreno ganando algunos cargos locales, gubernaturas y

lugares en el Congreso.

69.30% 70.60%60.50%

30.60% 29.10% 31.50%

0.00%

20.00%

40.00%

60.00%

80.00%

Audiencia Ingresos publicitarios Estaciones

Tabla 5: Audiencia, ingresos e infraestructura

en TV Abierta

Televisa TV Azteca

Page 71: Tesis telecom completa con anexos

71

La “competencia” en materia de contenidos quedó supeditada al rating para aumentar la

cartera de anunciantes de TV Azteca. La táctica inicial de la nueva televisora fue la de

comprar programación, pero esta estrategia tuvo que ser cambiada por una de efectividad

probada, la de Televisa. En consecuencia, la programación en sus canales comenzó a

“calcar” contenidos y tipos de programación, pero los fue intercalando con formatos

novedosos o algunos programas que llamaran la atención de la audiencia. Estos

programas eran noticiarios, telenovelas y talk o reality shows fundamentalmente y trataron

de introducir la polémica o novedades en su presentación para competirle directamente a

la televisora de la familia Azcárraga (Gómez García, 2004, pp.74-75).

La competencia entre ambas televisoras va más allá de las fronteras nacionales. Salinas

Pliego pronto siguió la línea de negocios de Televisa y buscó a un socio en Estados

Unidos que le permitiera buscar una porción de la audiencia hispana en ese país. Así, con

Pappas Telecasting formó en el 2000 la cadena Azteca America –de la cual ya es dueña

en un 100%- y a partir de ahí comenzó a vender contenidos a cadenas locales gracias a

que tiene una licencia de programación del TLCAN que le permite distribuir dichas

producciones. En Estados Unidos compite con Univisión y Telemundo, cadenas

consolidadas que cuentan con el apoyo de Televisa y la NBC respectivamente (Gómez

García, 2004, p.80).

Estados Unidos y México comparten el modelo de televisión comercial14, pero ciertamente

el caso mexicano tiene prácticas oligopólicas que le dan un poder económico y político

importante a ambos consorcios. No quiere esto decir que el contexto norteamericano está

en perfecto balance, pero el caso mexicano tiene más concentración que éste en dos

manos, formando un duopolio con poder político y económico real que derivan de la falta

de competencia en el sector. El sistema mexicano de televisión abierta sugiere una

cercanía con Estados Unidos cuanto a sus planteamientos básicos, pero su desempeño

14

Es pertinente aclarar que, si b ien comparten el modelo de televisión comercial abierta, ambos países

difieren en su modelo de comunicación polít ica. Mientras que Estados Unidos tiene uno mucho más

comercial donde la publicidad en televisión es adquirida por candidatos y partidos, México mezcla un

esquema de telev isión abierta con reglas para que la publicidad política se distribuya desde el Estado en

tiempos para cada partido. Este esquema ha causado, entre otros, fenómenos altamente cuestionados en

términos de aportación democrática, como el bombardeo de spots (espotización, como se le conoce

coloquialmente), o la aparición de publicidad política encubierta en espacios de la pantalla chica. La

publicidad polít ica encubierta es conocida también como “infomerciales políticos” en la opinión pública, ya

que representan espacios de propaganda política disfrazada en espacios noticiosos o de entretenmiento de la

televisión.

Page 72: Tesis telecom completa con anexos

72

evidencia fallas en cuanto a la aplicación de medidas para fomentar la competencia, los

contrapesos y la pluralidad.

Podemos concluir que la composición del sistema televisivo mexicano

se está acercando, cada vez más, al modelo estadounidense, pero con

la particularidad de que en México se ha consolidado un duopolio por

parte de las dos grandes compañías de televisión en abierto –Televisa y

TV Azteca-, con la convivencia de una televisión pública limitada

(Gómez García, 2004, p.84).

El duopolio ha probado ser un esquema rentable a pesar de las tendencias de crecimiento

relativamente bajo de la publicidad en televisión abierta. Los márgenes de ganancia de

Televisa y Azteca son aproximadamente de 29% y 36% respectivamente comparado con

televisoras de Estados Unidos y Reino Unido como CBS e ITV, que reportan márgenes

del 10% generalmente. No obstante, los contenidos generalmente son poco competitivos,

así como los salarios y esto deriva de que en lugar de actuar como auténticos

competidores opten por asociarse a través de relaciones comerciales (IMCO, 2011, pp.24-

25).

En términos de impacto en las actitudes democráticas, el bajo nivel de la programación de

ambas televisoras se centra en producir programas que atraigan rating, mientras que el

tratamiento de la información política y noticiosa carece en ocasiones de contexto y está

más orientado a lo espectacular. Esta clase de “descuido” de la programación con

información útil para la cultura democrática afecta directamente a la ciudadanía que no

tiene más opciones en la televisión abierta, pues “A partir de esos elementos, entonces,

configurará sus predisposiciones y el comportamiento hacia la política en general, y

específicamente, su comportamiento electoral” (Rodríguez Arechavaleta, 2011, p.13). En

los anexos se adjunta una reflexión sobre los alcances de la televisión en la cultura

democrática que parten de un estudio de Raúl Trejo Delarbre (2010).

No obstante, la entrega de nuevas licencias para televisión abierta tiene un obstáculo

fundamental: la capacidad de recibir señales digitales. Es decir, si las nuevas frecuencias

sólo están disponibles como señal digital la concesión se vuelve poco atractiva, ya que

aproximadamente el 86% de los aparatos receptores en México son de tecnología

análoga y necesitan de una caja decodificadora que cuesta entre 50 y 64 dólares (IMCO,

2011, p.27). La política digital actual contempla el uso de subsidios para la instalación de

Page 73: Tesis telecom completa con anexos

73

estos aditamentos, pero ésta misma señala que la digitalización en México ocurriría hacia

finales del 2015, por lo que una “oferta” de señales que lleguen en un inicio a sólo el 15%

de los receptores no es precisamente la más atractiva.

El modelo de televisión comercial no está peleado con la existencia de una política de

Estado para este medio. Al contrario, la radiodifusión usa un recurso estratégico como lo

es el espectro y está comprobado que es un buen negocio que tiene todavía mucho

potencial con la transición a la señal digital, además de que ofrece a los concesionarios

una plataforma de poder influencia política. Para los ciudadanos, la televisión ofrece

también contenidos, opiniones y programación que pueden impactar sus actitudes en

torno a la política, la interacción cívica o simplemente el encuadre de los problemas

nacionales o de la sociedad, por lo que es esencial una polít ica de estado que no pierda

de vista la función política de la televisión en aras de propiciar sólo lineamientos de

competencia económica.

En la política de radiodifusión hay temas que aún están en un limbo legal pero que

podrían ser legislados en la reforma de telecomunicaciones del Pacto por México. Estos

son generalmente problemas derivados de fallos judiciales sobre temas de

telecomunicación y radiodifusión como la posibilidad de aprovechar la banda de 700 Mhz

y cómo dividirla para su mejor aprovechamiento, o los procedimientos para la renovación

de las concesiones televisivas (IMCO, 2011, pp.26-27), la posibilidad de utilizar el

multiplexeo en los canales digitales, y las obligaciones de must carry y must offer para la

transmisión de señales abiertas en la televisión de paga.

2.2.2 Televisión de paga

Como servicio, la televisión de paga en México ha ido al alza desde la publicación de la

Ley Federal de Telecomunicaciones en 1995, ya que ese fue el punto de partida para que

los operadores contemplaran la distribución de otros servicios de telecomunicaciones a

través de sus redes. No obstante, todavía faltarían algunos años para que ésta posibilidad

se materializara a través de la política de convergencia.

En el país, la televisión de suscripción opera a través de dos plataformas básicamente:

televisión por cable (ofrecida en paquetes triple play), y en televisión satelital para el hogar

(DTH, por sus siglas en inglés Direct to Home). Existe también la plataforma de televisión

por microondas, ofrecido principalmente por MVS, pero el uso de este medio está

Page 74: Tesis telecom completa con anexos

74

descendiendo de manera global. A pesar del costo que implican, la penetración de los

paquetes de televisión restringida llegó a un 40.5% en el 2012 (LAMAC, 2013), casi la

mitad de lo que tiene de difusión la televisión abierta, o dos de cada cinco hogares

mexicanos en términos prácticos. De acuerdo con Gómez y Sosa Plata (2010), en 1990 –

a 24 años de que comenzara a operar la primera cablera en México-, había 545 mil

abonados a sistemas restringidos y éste se triplicó hacia 1995, para llegar a 1 millón 539

mil. En el 2000, ésta cifra prácticamente se dobló y en total se contabilizaban 3.2 millones

de suscripciones (Gómez y Sosa Plata, 2010, p.121). Euromonitor (2012) calcula que en

el 2006 existían 5.2 millones de cuentas, 3.9 de cable y 1.9 de DTH, que en el 2011 se

elevaron hasta 6.3 y 2 millones respectivamente, lo que implica que en México en ese año

había aproximadamente 8.3 millones de hogares suscritos a este servicio. De acuerdo

con cifras preliminares de la Cofetel, en el 2011 había 11.5 millones de suscriptores, 5.6

millones por servicios satelitales y prácticamente la misma cantidad por cable. Para el

2012, la Comisión estima que en México había 12.9 millones de suscripciones, 5.9 en

plataformas de satélite y 6.9 en las de cable (Cofetel, 2013). Si las cifras gubernamentales

son correctas, quiere decir que en 10 años el número de abonados a televisión restringida

casi se ha cuadruplicado.

Fuente: elaboración propia en base a Gómez y Sosa Plata, 2010; Cofetel, 2013; Euromonitor, 2012

*Cifra preliminar de Cofetel

0.51.5

3.2

5.6

9.9

12.9

0

2

4

6

8

10

12

14

1990 1995 2000 2006 2011 2012*

susc

rip

tore

s (e

n m

illo

ne

s)

Años

Tabla 6: Suscripciones totales por año a TV de Paga

Page 75: Tesis telecom completa con anexos

75

En términos de penetración, el IMCO (2011) estima que en el 2001 la tasa rondaba el

13.5% en hogares, y en el 2009 había llegado a un 27.2%. La proyección de este instituto

muestra que en el 2012 ésta tendría que rondar el 38%, por lo que es consistente con lo

que el LAMAC (2013) estima para ese mismo año. Este mismo centro prevé que en el

2013 44.2% de los hogares tengan algún sistema de televisión de paga debido a que los

precios de estos paquetes se han reducido progresivamente.

Fuente: elaboración propia en base a IMCO, 2011; LAMAC, 2013

*Estimación LAMAC, 2013

El crecimiento de este servicio en México tiene relación con el cambio en el marco

regulatorio de las telecomunicaciones. De acuerdo con Gómez y Sosa Plata (2010,

p.110), hay tres condiciones que explican cómo modificaciones regulatorias dieron pie al

desarrollo de la televisión de suscripción.

1.- La admisión de inversión privada y extranjera en telecomunicaciones.

2.- La posibilidad de realizar fusiones e inversiones fuentes en el sector que permiten que

se involucren empresas de telecomunicaciones, de televisión de paga, bancos y otros

grupos económicos.

3.- El crecimiento de servicios con la convergencia tecnológica (triple play).

0.00%

10.00%

20.00%

30.00%

40.00%

50.00%

2001 2009 2012 2013*

13.50%

29%39.26%

44.27%

Tabla 7: % de penetración TV de paga

% de penetración

Page 76: Tesis telecom completa con anexos

76

En términos de cronología, el punto de partida es la publicación de la LFT en 1995. Para

efectos de competencia económica, esta legislación abría a la competencia al rubro de las

telecomunicaciones como tal para que se difuminaran las diferencias entre servicios que

podían ser ofrecidos a través de una misma red y para eliminar las limitaciones regionales

de las licencias para estos servicios. En concreto, las reformas constitucionales y la

promulgación de la LFT significó que la inversión extranjera se permitiera a partir de ese

entonces hasta en un 49%, y sólo para telefonía celular se permitía el 100%, además de

que las licencias de servicios de telecomunicaciones ahora serían conocidos como

“Redes Públicas de Telecomunicación” para permitir la oferta de más servicios, así como

los principios de la interconexión entre los operadores, donde las tarifas de interconexión

se fijarían a través de las empresas (IMCO, 2011, p.7). Telmex conservaba los

“candados” que le impedían ofrecer servicios de video, a pesar de que técnicamente su

red tenía la capacidad de distribuirlos.

Estas nuevas condiciones inscritas en la LFT generaron un incremento en cuanto a la

solicitud y otorgamiento de nuevas concesiones para las redes públicas de

telecomunicación. En 1995 se habían expedido 4 concesiones y en 1996 se otorgaron

117 para llegar a 219 en el año 2000. La inversión en infraestructura también creció: en

1996 se habían invertido 64 millones de dólares, en el 2001 este monto creció a 451 y

para el 2008 se estiman un total de 700 millones de dólares destinados a este concepto.

Así mismo, las ganancias se incrementaron, pasando de 350 millones de dólares en 1998

a 820 en el 2011, y luego a mil 200 millones en el 2007 (Gómez y Sosa Plata, 2010,

p.121). Como estos mismos autores mencionan, el crecimiento de una infraestructura

realizada con inversión privada y extranjera sentó las bases para la expansión de la

televisión restringida. El siguiente paso en este orden de ideas es la creación de nuevos

grupos o la reconfiguración de actores a través de alianzas o fusiones. En otras palabras,

al eliminar criterios de “regionalización” de servicios de telecomunicaciones diferenciados

(ahora integrados como Redes Públicas de Telecomunicaciones) dio paso a que las

empresas de televisión de paga fueran empresas más “verticales”, o que los competidores

más pequeños tuvieran que buscar estos esquemas para poder competir.

De los tres grandes holdings que existen en radiodifusión y telecomunicaciones en

México, el ganador ha sido el Grupo Televisa, mientras que América Móvil –Telmex y

Telcel- han quedado relegados de este mercado por aspectos jurídicos que le impiden

competir. Televisa partió de ventajas propias en cuanto a generación de contenidos y la

Page 77: Tesis telecom completa con anexos

77

existencia de infraestructura cablera a través de Cablevisión para posicionarse como el

actor más importante en este mercado precisamente a través de fusiones y alianzas.

Rodríguez Arechavaleta (2011, p.5) expone que el Grupo Televisa obtuvo en el 2010 el

22.1% de todas sus ventas por vía del sector de telecomunicaciones, en donde tiene el

dominio de la televisión de paga. Además, las ganancias generales de sus ventas fueron

del 20.8%, pero su sector de telecomunicaciones reportó un margen de 33% de utilidad

por sí solo.

El IMCO (2011) estima que el poder de mercado de Televisa tomando en cuenta su

participación en cable y DTH es de alrededor del 50%. La primera es la tecnología más

difundida –aunque la televisión satelital está cerrando la brecha- y Grupo Televisa

participa a través de Cablevisión, TVI (Cablevisión Monterrey) y Cablemás, por lo que se

estima que tiene el 35% de la clientela, seguida por Megacable con 31% (IMCO, 2011,

p.28). Rodríguez Arechavaleta (2011, p.4) calcula por su parte que Televisa tiene incluso

más participación en esta rama de la televisión restringida y que a través de sus filiales

acapara el 50% de las cuentas de cable. En DTH la competencia entre Sky (Televisa y

News Corporation) y Dish (MVS y EchoStar) se ha ido incrementando desde que este

último sistema comenzó a ofrecer paquetes menos costosos. En el 2009 la relación entre

ambas plataformas era de 72% para Sky y 20% para Dish en número de suscriptores,

pero la proyección para este consorcio en 2011 era ya de un 40% (IMCO, 2011, pp.28-

29). A pesar de esta caída frente a Dish, Rodríguez Arechavaleta (2011, p.5) estima que

Televisa tendría cerca del 50% del mercado de DTH. El CIDE agrupa ambas plataformas

y calcula que en el 2010 “las empresas controladas por Televisa que actúan en el

mercado de televisión de paga lograron una participación de aproximadamente 50% a

nivel nacional” (CIDE, 2012, p.6), mientras que la OCDE refiere que la participación total

es del 48.9% (OCDE, 2012, p.26). A pesar de las variaciones en cuanto a los cálculos

separados de los métodos de distribución de este servicio, se concurre en que el Grupo

Televisa es el actor predominante en este mercado.

El último aspecto que explica el crecimiento de la televisión de paga en México es la

convergencia tecnológica de servicios, lo que permite que se ofrezcan paquetes de

servicios como el triple play. Esta posibilidad ha sido un factor muy importante para el

crecimiento de las cableras en el resto de las áreas de telecomunicaciones y, por

consecuencia, el de Grupo Televisa en estos rubros. El empaquetamiento de telefonía,

Page 78: Tesis telecom completa con anexos

78

televisión e internet ha sido en parte ayudado por dos decisiones gubernamentales: la

renta de fibra óptica y la restricción en materia de video para Telmex.

Con la disponibilidad de fibra óptica en renta, los cableros han reducido su dependencia

de la red de Telmex y no es curioso que el consorcio ganador y único participante de la

renta de dos hilos en el 2010, Grupo de Telecomunicaciones de Alta Capacidad SAPI,

agrupe a dos proveedores de Cable –Televisa y Megacable- con uno de telefonía móvil,

Telefónica. (IMCO, 2011, p.29; Rodríguez Arechavaleta, 2011, p.5). La restricción de

Telmex en este segmento de las telecomunicaciones es también factor para que Grupo

Televisa se consolide como el actor mayoritario. El alcance de la red de Telmex a lo largo

del territorio nacional es suficiente como para suponer que si Grupo Carso llegara a

ofrecer servicios de televisión restringida en el corto plazo, el panorama de competencia

podría modificarse rápidamente ya que además de infraestructura, América Móvil tiene

acceso a contenidos a niveles de precio relativamente bajos porque actualmente ofrece el

triple play en 12 países latinoamericanos (IMCO, 2011, p.30).

Este “combo” de servicios ha sido fundamental para el impulso a la televisión de paga. En

el 2009, dicho esquema representó para Megacable, Cablevisión y Cablemás un 36% del

total de sus ingresos, y en ese año ya representaba el 12% de la clientela de las cableras.

La OCDE (2012, p.24) estima que las cableras ofrecen el 31% de los servicios de

conexión de banda ancha. El triple play tiene además el atractivo de reducir el costo final

de la suscripción, de tal modo que –dependiendo del plan de pago-, contratar todos los

servicios en un solo paquete resulta hasta 49% más barato que tener los tres por

separado (Gómez y Sosa Plata, 2010, pp.123-124). El “techo” aparente de esta modalidad

es la brecha del ingreso. Estimaciones del INEGI del año 2008 muestran que 7 de los 26

millones de hogares tienen un ingreso superior a los 7 salarios mínimos y, por tanto, les

da la posibilidad de gastar 600 pesos en paquetes de triple play (Gómez y Sosa Plata,

2010, p.124), por lo que el abaratamiento de los servicios es un factor clave para atraer a

los clientes, pero una eventual pérdida de poder adquisitivo puede frenar su crecimiento o

cuando menos alterar su desempeño de manera significativa.

Uno de los retos regulatorios claves en este sector es el de las condiciones must carry y

must offer. La falta de reglas claras en estos conceptos le da también ventajas a Televisa

con respecto a sus competidores en cuanto a la distribución de señales de televisión

comercial abierta. El tecnicismo must carry significa que los operadores de paga deben de

Page 79: Tesis telecom completa con anexos

79

transmitir las señales de televisión abierta disponibles en el área de manera gratuita a

solicitud del concesionario. El término se origina en Estados Unidos a principios de los

noventa con la finalidad de que los servicios de suscripción no discriminaran a las

televisoras locales aunque fueran filiales de las cadenas nacionales, o a estaciones de

carácter público o educativo. Es decir, en el caso hipotético de que Telmex pudiera

ofrecer televisión de suscripción, Televisa o TV Azteca podrían exigirle a la compañía que

transmita las señales de sus afiliados o repetidoras en alguna Entidad Federativa sin

ningún costo. El must offer se refiere a que los concesionarios de televisión abierta deben

de permitir a las empresas de suscripción acceso a su programación para la retransmisión

de sus señales, o bien, la retransmisión de las mismas mediante un pago por los

derechos de autor a precios no discriminatorios (IMCO, pp.53-54). El must carry y must

offer son figuras correlativas y su gratuidad está sujeta en el caso mexicano a lo que

marque la Ley de Derechos de Autor para los radiodifusores que generen contenido

propio.

Hasta la propuesta de la Reforma de Telecomunicaciones de marzo del 2013, no se

preveía una reserva legal para la retransmisión de la señal, y su principal punto de

conflicto se materializó en un conflicto entre MVS y Televisa. La disputa entre ambas

partes inició en 1989 cuando MVS se convierte en la competencia directa de Televisa en

la plataforma de paga. En ese momento, MVS no contaba con un canal de televisión por

señal abierta, y comenzó a ofrecer programación de Estados Unidos en sus paquetes. La

ventaja de Cablevisión era que podía ofrecer esos mismos canales internacionales más

los nacionales, mientras que MVS se tendría que acercar a negociar con la empresa de la

familia Azcárraga para retransmitir programación mexicana, ya que los canales abiertos

siempre han sido los más sintonizados, aún en la audiencia de paga (IMCO, 2011, p.54).

La falta de regulación en cuanto a la retransmisión de señales tuvo su impacto directo en

el mercado del DTH cuando este sistema llegó a México a mediados de los noventa. En

ese contexto, MVS se asoció con Hughes Communications para traer a América Latina y

a México el sistema Direct TV, que competiría directamente con Sky, de News

Corporation y Televisa. Desde el inicio, Direc TV manifestó que había problemas de

competencia por el acceso restringido a los canales locales (Gómez y Sosa Plata, 2010,

p.118). En el 2004 Direc TV salió del mercado mexicano y por cuatro años, Sky tuvo en

México un monopolio en DTH, hasta que MVS y EchoStar echaron a andar la plataforma

Dish México.

Page 80: Tesis telecom completa con anexos

80

Aún sin cambios en este tema, el conflicto se reeditó en el 2011, pues Dish pretendió

retransmitir las señales abiertas. En ese momento, Televisa ofrecía en bundle, en

paquete, sus señales junto con 10 canales adicionales a los sistemas de pago con menos

de 5 millones de suscripciones con una tarifa preferencial de 1.96 dólares por suscriptor.

El problema con este esquema es que el modelo de negocio de Dish reside en la venta de

paquetes económicos, por lo que es más rentable la compra de canales “a la carta” y no

de paquetes predefinidos. Además, una de las acusaciones constantes de Televisa es

que Dish usa la infraestructura de Telmex, por lo que tiene acceso a más de 5 millones de

personas, y con ello excluye a la compañía de la tarifa de los 1.96 dólares (IMCO, 2011,

p.55).

Sin ser términos enteramente homologables, la retransmisión de señales abiertas en

plataformas de paga es una especie de “conflicto de interconexión” para este sector de la

industria. La CFC ha emitido su opinión al respecto, y considera que los canales abiertos

deberían de transmitirse de modo gratuito, ya que esto resultaría en mayor competencia

en el sector bajando los precios y aumentando la penetración del servicio (IMCO, 2011,

p.56). Los contenidos en televisión abierta no son un facility, como lo es por ejemplo la

infraestructura de red de Televisa, pero la falta de legislación en cómo se articula la

compatibilidad entre retransmisión de señales que ya son abiertas con las normas que

rigen los derechos de autor, ciertamente funciona como una barrera a la competencia y

hace que las televisoras, particularmente Televisa, fijen tarifas discrecionales para los

operadores de cable y DTH, además de que impide la selección de canales “a la carta” y

sólo ofrece empaquetamiento de otras opciones.

Resumiendo el panorama de este sector, es evidente que las políticas de competencia le

han favorecido directa o indirectamente a un actor en particular: Televisa. Las tres

condiciones que explican el crecimiento de la televisión restringida le han dado ventaja de

modo indiscutible: la inversión extranjera le permitió incursionar en DTH; a través de las

fusiones o inversión conjunta es que participa en DTH pero también en cable; Televisa

puede operar actualmente el triple play a través de las cableras, mientras que América

Móvil conserva su restricción para competir en servicios de video. La licitación de fibra

oscura de la CFE le ha brindado acceso a infraestructura importante y la falta de

regulación en torno al must offer y must carry le dan facultades para seguir discriminando

a su competencia en cuanto a costos de retramisitión (IMCO, 2011, p.57).

Page 81: Tesis telecom completa con anexos

81

Incluso Televisa se ha beneficiado a expensas de la decisión de no refrendar las

concesiones de MVS de las bandas de 2.5 y 2.7 Ghz. Desde el 2008 comenzaron a

ventilarse los detalles de la negativa a que MVS utilizara por más años estas bandas, que

han demostrado ser excelentes para la propagación de servicios 3G, pero que el asunto

se negociaba entre la compañía y la SCT. La Cofetel (Gómez y Sosa Plara, 2010, p.117)

muestra que el 90% del espectro asignado en la banda de 2.5Ghz es explotado por MVS,

por lo que se le considera la empresa operadora de Servicio de Distribución Multipunto

por Microondas (MMDS por sus siglas en inglés). Los autores señalan que las licencias de

MVS en esta banda espectral abarcan 190 Mhz, de los cuales sólo 90 se usan para el

servicio de televisión restringida MasTv. El resto es usado para transmitir servicios de voz

a empresas como Avantel, Alestra y Marcatel, así como algunos servicios de internet. El 2

de febrero del 2011, el entonces Diputado petista Gerardo Fernández Noroña generó

polémica por la colocación de una manta en donde aseguraba que el Presidente Felipe

Calderón Hinojosa tenía problemas de alcoholismo, y sugería que esa condición afectaba

la conducción del país. La periodista Carmen Aristegui cuestionó en su espacio

radiofónico en MVS que no hubiera un pronunciamiento oficial por parte del gobierno

sobre estas acusaciones, ya que no era la primera vez que se presentaban. MVS

procedió a despedir a Aristegui, pero días más tarde fue recontratada por esta firma. En

los medios circularon versiones sobre supuestas presiones de la Presidencia y políticos

panistas como el entonces Secretario de Trabajo y Previsión Social, Javier Lozano

Alarcón (ex consejero de Cofetel) hacia MVS para que Aristegui se disculpara

públicamente por la pregunta realizada en su noticiero radiofónico. A partir de ese

momento las relaciones entre el Ejecutivo y MVS quedaron tensionadas. A principios del

2012, MVS se amparó en contra de la decisión de no refrendarle sus condiciones por

parte del Gobierno federal, pero en agosto de ese año la SCT anunció públicamente que

“rescatarían” las concesiones otorgadas a MVS para la banda de 2.5 Ghz, argumentando

que las licencias estaban subutilizadas. Este conflicto se ha ido directamente a los

tribunales, en donde MVS ha perdido algunos alegatos pero el recurso de amparo

continúa, por lo que no se tiene una conclusión en este momento. Sin embargo, es c laro

que un revés a MVS podría darle espacio de maniobra a Televisa para aprovechar esta

banda en servicios telefónicos, pues MVS pierde poder para competirles en esta parte del

espectro a través de un servicio de “carrier de carriers”, es decir, arrendar parte de su

espectro para que compañías que ofrecen servicios 3G o de última generación tengan

acceso a infraestructura sin tener que pagar por una concesión espectral. Según Gómez y

Page 82: Tesis telecom completa con anexos

82

Sosa Plata (2010, p.118), la estrategia de MVS era migrar la plataforma de Dish a una

completamente satelital y utilizar la banda de 2.5 Ghz y la tecnología de microondas para

un proyecto de banda ancha en formato WiMax, que podría ofrecer costos más

competitivos para servicios de suscripción a internet.

2.2.3 Telefonía fija

De los mercados de telecomunicaciones, el de la telefonía fija es el que se ha

desacelerado de manera importante principalmente por la migración a la te lefonía

celular. No se puede ignorar el papel de la telefonía fija como un factor de despliegue

de infraestructura y su contribución a la convergencia digital. Este apartado del trabajo

se enfoca principalmente en dos sectores que tienen un alto impacto en cuanto a

convergencia digital, por lo que la descripción del panorama de la telefonía fija se

incluye en los anexos.

2.2.4 Telefonía celular

La telefonía móvil es un mercado clave en las telecomunicaciones mexicanas. Es uno de

los más dinámicos, y un foco de inversión importante. No obstante, el nivel de ingreso de

la población condiciona la expansión del servicio y el tipo de equipos que se usan. Una

característica que le da un rol central en el tema de la convergencia digital al teléfono

celular es que se ha convertido en uno de los métodos principales para acceder a internet.

América Móvil domina a través de Telcel este mercado y el Gobierno federal ha tratado de

combatir la dominancia de este actor económico a través de acciones de regulación

tarifaria15, licitación de uso de infraestructura y el visto bueno a la fusión Iusacell-Televisa.

El panorama de la industria del teléfono móvil se adjunta en anexos.

15

La ventaja competitiva de Telcel es que tiene la red más extensa (“Todo México es territo rio Telcel”, como

indica su slogan publicitario), lo que ha derivado en lit igios descritos en el anexo del conflicto de

interconexión.

Page 83: Tesis telecom completa con anexos

83

2.2.5 Internet fijo de banda ancha

La cuestión del internet en México es un tema relevante para la convergencia digital y

para cuestiones de la construcción de una sociedad dotada de una mejor conectividad

que permita aprovechar los beneficios de la “súper carretera de la información”. Gracias a

que se ofrece actualmente en paquetes de triple play, la demanda del servicio ha crecido.

Sin embargo, en México el desarrollo de internet de banda ancha ha tenido un desarrollo

lento, mientras que el número de usuarios de internet ha crecido sustancialmente. El

internet es un mercado importante para entender el panorama completo de las

telecomunicaciones en México debido a su capacidad de crecimiento e implicaciones de

acceso a información de la “red de redes”. El análisis de este mercado se incluye en los

anexos para su consulta detallada.

2.2.6 Síntesis

La revisión de los mercados de telecomunicaciones y televisión abierta arroja que ambas

áreas siguenarbao tendencias de crecimiento económico de modo global. Los ingresos

comparados contra las inversiones en este sector dejan dividendos altos, pero competir

en estas industrias es una actividad cara porque implica desplegar infraestructura

tecnológica y, en la mayoría de los casos, contar con una concesión para el uso del

espectro radioeléctrico. En México esto provocó que tres holdings tengan participación

importante en la mayoría de los mercados de tecnologías de información y comunicación.

Televisa domina los mercados de televisión abierta y televisión de paga, área en la que

gracias al triple play comienza a tener una participación importante como operador de

internet de banda ancha. Grupo Salinas tiene una participación importante en televisión

abierta y a través de su empresa de telefonía móvil Iusacell se alió con Grupo Televisa

para tratar de mejorar su condición de competidor en ese rubro. Las empresas de

América Móvil, Telmex y Telcel, son dominantes en telefonía fija, móvil, e internet fijo de

banda ancha.

La televisión abierta es uno de los mercados de radiodfusión más concentrados en

América Latina. Es a su vez un medio que tiene un alto grado de penetración, pero que

está controlado por dos televisoras que operan la mayoría de las estaciones, absorben

casi la totalidad de la publicidad y de la audiencia a nivel nacional. Tuvieron un escenario

de competencia breve seguido por una alianza progresiva para proteger su mercado. La

Page 84: Tesis telecom completa con anexos

84

existencia de más competencia en este sector está condicionada al apagón analógico

debido a que las próximas frecuencias a licitarse para este fin serían digitales.

La televisión de paga es un mercado que domina Grupo Televisa a través de Cablevisión

y Sky. Su dominancia en la televisión transmitida por cable se ha apoyado en sus ofertas

de triple play porque los paquetes de servicios tienden a reducir los costos finales para el

usuario. Con Sky tiene la mayoría de las suscripciones de televisión satelital, aunque Dish

México ha incrementado su participación gracias a que ofrece paquetes más económicos.

Televisa y TV Azteca elevan las barreras de entrada para los competidores con

estrategias sobre retransmisión que evitan la repetición gratuita de los contenidos o a

precios por canales a la carta, por lo que la competencia está obligada a comprarles

paquetes de programación. Se requiere de regulación must offer y must carry para

disminuir el efecto de la barrera de la retransmisión.

La telefonía móvil es uno de los mercados más dinámicos, pero su expansión depende

del nivel del ingreso de la población. Este mercado es dominado por Telcel y ha estado en

conflicto con otros operadores por las tarifas de interconexión que elevan los costos de

operación de la competencia. Telcel ofrece a sus suscriptores precios más baratos para

hablar con otros usuarios dentro de su red y trata de imponer tarifas de interconexión altas

para sus competidores. El Estado ha tratado de vencer a Telcel en tribunales para fijar

mejores tarifas de interconexión, y ha puesto a disposición de la competencia bandas del

espectro y fibra óptica para equilibrar el mercado. Así mismo, se permitió la fusión entre

Iusacell y Televisa para tener un actor que pudiera ofrecer cuádruple play. Los teléfonos

celulares se obtienen principalmente a través del prepago, lo que revela que los planes de

suscripción son aún altos para el usuario final, pero también son los dispositivos que más

se usan para conectarse a internet.

El internet fijo de banda ancha –junto con la telefonía móvil- pasa por un periodo de

actualización o catch up con respecto a los indicadores de uso en otros países de la

OCDE. Debido a que el internet de alta velocidad tuvo un desarrollo tardío, las tasas de

suscripción se han elevado dramáticamente, pero la penetración de esta tecnología está

aún muy rezagada si se le compara con los parámetros internacionales. En México hay

una disparidad entre usuarios de internet y suscriptores debido a que el costo de las

computadoras es una barrera en sí misma por su relación precio contra ingreso. Este tipo

de servicio de internet es el que más se promueve y gracias al triple play ha gozado de

Page 85: Tesis telecom completa con anexos

85

una mayor difusión. No obstante, el internet sigue siendo caro y lento al comparar su

precio contra su velocidad, por lo que los usuarios tienen pocos incentivos para solicitar

este servicio o tratar de mejorar su suscripción actual en términos de ancho de banda.

2.3 Hacia el apagón analógico: Política de TDT y la reforma de telecomunicaciones

del Pacto por México

La ruta hacia el apagón analógico no es sólo una parte de la evolución hacia la

TDT; es una especie de “ruptura” con un esquema no convergente entre las tecnologías

de comunicación e información (TICs) que brinda la posibilidad de tener mejores opciones

de radiodifusión y telecomunicaciones, pero también de que éstos tengan un mayor

alcance en cuanto a cobertura y una mejor calidad. En suma, transitar hacia la TDT y

“apagar” las señales analógicas que consumen una buena porción de la banda de los 700

Mhz es un paso que potencia el cumplimiento del esquema de las “Tres C”: convergencia,

competencia y cobertura. Sin embargo, como sugiere Hernán Galperin con el título de su

libro New Television, Old Politics, la entrada de una nueva tecnología para la Televisión y

sus implicaciones para el ámbito de las telecomunicaciones generalmente se encuentra

con un contexto de normas viejo y que necesita cambios forzosos para aprovechar las

ventajas del “apagón” de las señales analógicas.

Si bien el paradigma global de la TDT y las telecomunicaciones pide pensar en

“convergencia” tecnológica, la lógica política de las reformas necesarias para la transición

digital en cada país –y en sí cómo pensar la convergencia digital- obliga a pensar en una

“divergencia”, bajo el supuesto de que cada régimen de radiodifusión y

telecomunicaciones es distinto en cada país. Desde luego que los países que ya han

completado esta transición o que están ya en una fase muy avanzada –como Reino Unido

y Estados Unidos- ofrecen ejemplos de cómo pueden obtenerse mejores prácticas en

términos de política pública para TDT, pero la ejecución de algunas soluciones probadas

requiere considerar en primera instancia el contexto propio.

Para el caso mexicano se han expuesto algunos aspectos históricos que han dado como

resultado en mercados muy concentrados y que lograron constituirse gracias a la

asociación entre los gobiernos y algunos grupos de poder económico. Juzgar aquí el

talento o visión empresarial de los “protagonistas” de las telecomunicaciones y la

Page 86: Tesis telecom completa con anexos

86

radiodifusión sería un ejercicio de poca seriedad. No obstante, explicar el éxito de sus

consorcios solamente desde el punto de vista gerencial omitiría factores claves en estas

áreas de negocio en donde la regulación es de suma importancia. En el 2012 la

consultora Cia de Talentos publicó la encuesta “La compañía de los Sueños de los

Jóvenes 2012” (Rodríguez, 2012), y uno de sus resultados más destacados fue que

Carlos Slim era el empresario más admirado como líder (Emilio Azcárraga aparece en la

posición número ocho), lo que habla de que, en efecto, es razonable que se les asocie a

estos empresarios con una imagen de éxito, incluso de liderazgo. Quizás la pregunta que

hubiera complementado ese ejercicio, incluso desde el punto de vista empresarial, sería

una sobre si consideran que ese éxito está en función sólo de las decisiones gerenciales,

y no de los actos de gobierno asociados con el nacimiento o crecimiento de sus

empresas. Los capítulos anteriores funcionan como un vistazo a cómo la Televisión y las

Telecomunicaciones nacieron con decisiones cercanas al poder político, además de que

la concentración en estos sectores pueden ser explicadas por la discrecionalidad de las

autoridades (licitar o no licitar cadenas de televisión, así como elegir con poca

transparencia al ganador; prohibir la competencia en los primeros años de Telmex), o por

defectos en el marco regulatorio que generan asimetrías entre los mercados de

telecomunicación y radiodifusión incluso en un escenario convergente. Si la “política”

detrás del negocio de estas áreas fuera irrelevante, las presiones del duopolio televisivo a

los legisladores por las reformas conocidas como “Ley Televisa” probablemente no

hubieran sido tan evidentes. O bien, ni siquiera hubieran intentado cabildear estas

modificaciones para crearse una ventaja a partir de la Ley. De igual manera, si la

regulación fuera poco importante, probablemente América Móvil no pondría esfuerzos

considerables en pelear por las ventajas que le ofrece el despliegue de su propia red

frente a sus competidores, o no llevaría a cabo esfuerzos por demostrar que ha cumplido

con los requisitos de interconexión para poder entrar al mercado de los servicios de video.

En resumen, los regímenes de radiodifusión y telecomunicaciones siempre están

respaldados por ciertas políticas que establecen la relación entre quien reparte las

concesiones y quienes las operan. En el pasado, el teléfono y la televisión eran dos

conceptos familiares, pero distanciados. Hoy estas tecnologías forman parte de un solo

continuo que requiere una nueva política convergente que trate de aminorar el impacto de

malas prácticas de los esquemas viejos que generaban criterios diferenciados para estas

tecnologías.

Page 87: Tesis telecom completa con anexos

87

Para el caso mexicano se observan esencialmente dos pasos significativos que tienen la

tarea de crear este nuevo contexto regulatorio. Por una parte está la política de transición

a la TDT que inició en el 2004, pero que se modificó en el 2010 aunque se materializó

hasta el 2011-2012 debido a que estuvo sujeto a un litigio de inconstitucionalidad. La firma

del Pacto por México entre las dirigencias de los tres partidos mayoritarios (PRI, PAN y

PRD) en 2012 dio pie a que se construyera una reforma que finalmente fue presentada al

Congreso en marzo del 2013, aprobada por la Cámara de Diputados el 21 de marzo de

ese año. La reforma de telecomunicaciones es de carácter constitucional, sufrió algunas

modificaciones en la Cámara Baja y el dictamen se envió al Senado, en donde aún no ha

sido votado. Para este trabajo se tomarán en cuenta las modificaciones que han sido ya

aprobadas para analizar los cambios que esta reforma plantea en base a que estas

variaciones no se alejan del sentido central de la reforma que, en esencia, es una de

competencia económica. Cabe agregar que la reforma de telecomunicaciones recoge la

política de TDT y le da un lugar en el marco constitucional.

2.3.1 Política de TDT en México

La política de TDT ha tardado casi una década en definirse en México. La política detrás

del “apagón analógico” ha pasado por tres sexenios: el de Vicente Fox (2004), Felipe

Calderón (2010-2012) y Enrique Peña (2013). La diferencia es que los dos primeros

mandatarios emitieron un acuerdo que, en términos de política pública, correspondería a

un nivel intersecretarial, mientras que la iniciativa de reforma de telecomunicaciones del

2013 confeccionada por el Pacto por México y presentada por el presidente Peña Nieto

plantea establecer la política de TDT a nivel constitucional. Más que explicar la cronología

de la reglamentación de la TDT, lo relevante es observar puntos de tensión entre la

autoridad y los concesionarios de radiodifusión, así como los cambios de la política para

el apagón digital.

El primer Acuerdo sobre la transición a la TDT se publicó en julio del 2004. Los trabajos

previos a la construcción de la política para la transición fueron la integración del Comité

Consultivo de Tecnologías Digitales en la SCT, que integraba a representantes de la

industria –miembros de la CIRT- y agentes del Gobierno federal. Uno de los primeros

pasos de este comité fue el de considerar la TDT como un instrumento para hacer más

eficiente el uso del espectro para radiodifusión, una ventaja natural de la compactación de

las señales digitales.

Page 88: Tesis telecom completa con anexos

88

Se puede decir que esta política realmente nació sin tensiones significativas entre los

concesionarios y las autoridades. De hecho, como señalan Martínez y López Parra (2009,

p.513), los plazos de la transición planteados en el Acuerdo eran bastante convenientes

para Televisa y TV Azteca en cuanto a la renovación de sus concesiones. Las fechas de

inicio y de conclusión eran estratégicas: este proceso iniciaría en año electoral, el 2006, y

tentativamente acabaría en el 2021, el año en donde terminaban la vigencia de las

concesiones de ambos consorcios. Así, no habría incentivos para que el Gobierno hiciera

algún movimiento en contra de los intereses de las televisoras en año de elecciones y la

fecha de finalización de las concesiones de radiodifusión sería automáticamente un

refrendo para las televisoras al ser ahora operadores digitales.

Hay 10 aspectos que se toman de la política de TDT del 2004 que servirán como

variables para ser comparadas con la evolución en los lineamientos para esta tecnología.

1. Fecha del apagón analógico

2. Nivel en política pública

3. Modelo de servicios

4. Principal aparato receptor

5. Disponibilidad de canal espejo

6. Devolución de canal análogo

7. Servicios adicionales

8. Dividendo digital

9. Subsidio para transición

10. Estándar TDT

El Acuerdo del 2004 no establecía una fecha clara para el apagón analógico. La fecha

límite tentativa era el año 2021 y constaba de seis fases que podrían ser revisadas

conforme avanzaran para ajustar las fechas, aunque para el año 2012 ya tenían que

ocurrir algunas mejoras en cuanto a la calidad de la transmisión. Sin embargo, la variable

de la fecha muestra que esta primera versión de política de TDT privilegiaba un proceso

largo, con poca presión para los operadores. En cuanto a su nivel de política pública, el

acuerdo implicaba solamente un acuerdo intersecretarial sin ninguna reserva en la ley.

Por modelo se define el “estilo” de TDT que básicamente es una elección entre mejor

calidad o más servicios, o multiprogramación a través del canal digital. En este caso, el

Acuerdo sigue el estilo norteamericano y se elige el de calidad de Alta Definición (HD por

Page 89: Tesis telecom completa con anexos

89

sus siglas en inglés), pero no se prohíbe usar la opción del multiplexeo para “repartir” la

señal que podría dejar un solo canal HD en hasta 4 de calidad estándar. En cuanto al

aparato receptor, la política del 2004 establecía que lo idóneo es que los televisores

fueran los que recibieran la señal sin asistencia de decodificadores. Es decir, se omitía la

posibilidad de instalar estos aparatos para que los televisores menos avanzados pudieran

recibir la señal digital, lo que implicaba una política para buscar que se aumentara el

consumo de aparatos listos de fábrica para canales de TDT. Un elemento que se ha

mantenido constante es que se le concesiona a los operadores de radiodifusión un canal

espejo para el simulcasting, es decir, que emitan de manera simultánea su programación

por los canales digitales. El Acuerdo del 2004 preveía que el canal analógico fuera

devuelto al Estado, punto que después se intentó cambiar a través de la “Ley Televisa”.

En cuanto a servicios adicionales a través del canal digital, la política de TDT sólo

establecía que eran posibles, pero no había una reglamentación clara en este sentido. Así

mismo, no existía una proyección de cuál era el dividendo digital que habría que

aprovechar con el apagón analógico y no se preveía el uso de subsidios para ayudar la

transición a la TDT. En cuanto al estándar, de Televisión Digital, se decidió usar el

sistema norteamericano ATSC16 (Advanced Television Systems Committee) sobre otras

opciones disponibles, como DVB-T que se usa en Europa o el ISDB, predominante en

Asia.

El Acuerdo del 2004 no suscitó enfrentamientos visibles entre concesionarios y la

autoridad o entre los poderes del Estado. No obstante, sí tiene un punto de tensión

indirecta: la Ley Televisa. Como se vio en capítulos anteriores, algunas de las cuestiones

más importantes de esa reforma fueron la conservación de la frecuencia análoga por

parte de los radiodifusores, el uso de su título de concesión para ofrecer servicios de

telecomunicaciones, la renovación automática de dichos títulos habilitantes y la

minimización del poder de la CFT y la Cofetel frente a los radiodifusores. De estas

implicaciones, el manejo del espectro planteado en estas modificaciones entraba en

conflicto con la política de transición a la TDT, ya que un beneficio clave de este proceso

es que los concesionarios devuelven la frecuencia que usaban para transmisiones

análogas y ésta se puede volver a asignar a otros concesionarios y destinarse para otros

16 Específicamente se eligió el estándar A/53 de ATSC debido a que está enfocado principalmente a las

transmisiones en HD. La elección del A/53 y la redacción del Acuerdo generó incertidumbre sobre la

compatibilidad de otros estándares de ATSC.

Page 90: Tesis telecom completa con anexos

90

servicios. De esta manera, la Ley Televisa eliminaba este beneficio. Además, una

condición positiva de apagar las señales análogas es la capacidad de planear el dividendo

digital para nuevos servicios. En este caso, los radiodifusores tendrían con las reformas

del 2006 a las leyes de Telecomunicaciones y de Radio y Televisión una ventaja

competitiva por encima de los demás actores al poder usar su frecuencia para otros fines

sólo dando aviso a las autoridades, además de tener espectro adicional. La tensión entre

las reformas al marco regulatorio de la radiodifusión y el acuerdo para la transición digital

fue resuelta a través de una controversia constitucional interpuesta por un grupo de

legisladores que denunciaban estas ventajas para los operadores de televisión abierta,

misma que la SCJN resolvió invalidando varios artículos. Las tesis jurisprudenciales

72/2007 y 66/2007 muestran cómo se resolvió este punto de quiebre entre lo propuesto

en la “Ley Televisa” y el manejo del espectro previsto en la legislación mexicana, así

como en la política de TDT del 2004. Por una parte, la tesis jurisprudencial 72/2007

establece que el espectro “por ser un bien de esa naturaleza [del dominio de la nación]

que se otorga en concesión a cambio de una contraprestación económica, debe

considerarse también como recurso económico en su amplia acepción” (SCJN, 2007). En

otras palabras, esta decisión situaba al espectro bajo el dominio nacional, por lo que los

operadores no podrían usar sus concesiones del espectro sin que éstos fueran

debidamente concesionados y representaran para el gobierno la obtención de algún

recurso económico. La tesis 66/2007 especificaba que las concesiones se otorgan para

un bien específico y que sus usos conllevan una autorización previa, lo que resolvía la

ventaja planteada en las reformas de la “Ley Televisa” sobre el uso de la concesión como

un título habilitante útil para servicios de radiodifusión y telecomunicaciones (SCJN,

2007ª).

En el sexenio de Felipe Calderón se modificó la política de transición digital con algunos

puntos que marcaban diferencias relevantes con respecto al Acuerdo del 2004. Además,

a diferencia de la política de Fox, la de Calderón pasó por un proceso de revisión

constitucional por la SCJN a solicitud de varios congresistas que acusaron invasión de

facultades del Ejecutivo a la Cofetel, por lo que pedían que se invalidara la nueva política

de TDT. Finalmente el decreto no pudo ser invalidado por la Corte debido a que no se

obtuvo una votación suficiente y para el 2012 se publicó un nuevo Acuerdo que reformó el

del 2004, por ello esta nueva política de TDT se entiende como un proceso de

aproximadamente dos años debido al proceso institucional suscitado por las tensiones

Page 91: Tesis telecom completa con anexos

91

entre los poderes del Estado. Hay dos elementos de tensión que son particularmente

importantes y que requirieron de decisiones de la Suprema Corte para materializarse. Por

una parte, está el diseño de un plan de transición más corto, con algunas fechas

específicas y con miras a terminar en el 2015 el apagón, así como la posibilidad de

ofrecer multiprogramación a través de la señal digital gracias a la tecnología de

multiplexeo.

2.3.2 Análisis transversal de política de TDT

Para analizar de manera breve la nueva política se retoman aquí las 10 variables

sugeridas de manera previa para determinar los cambios entre el Decreto del 2010 y el

Acuerdo del 2004. Así, el decreto presidencial sobre acciones necesarias para la

transición del 2 de septiembre del 2010 comenzaba con una diferencia muy evidente: el

cambio en las fechas del apagón analógico. El calendario pasó a uno que iniciaría en el

2011 –que terminó modificándose para el 2012- y terminaría el 31 de diciembre del 2015,

lo que implicaba un esquema menos ventajoso para los radiodifusores que, con el

Decreto del 2004, “amarraban” un periodo de transición más holgado y la renovación

automática de sus concesiones. En cuanto al nivel de política pública, la TDT seguía

siendo solamente un acuerdo entre secretarías federales, sin una reserva legal

correspondiente. En cuanto al modelo de TDT sí se introdujo una directriz más flexible, ya

que se seguía manteniendo el estándar A/53 de ATSC para transmisiones HD, pero se

reconocía en el Artículo Primero en su apartado número III el desarrollo de nuevos

servicios “en un entorno convergente, aprovechando las características de la tecnología

de la Televisión Digital Terrestre” (DOF, 2010). Es decir, al redactar que se aprovecharían

las características de la TDT se admitía una flexibilidad más allá del estándar A/53, lo que

lleva casi naturalmente al debate del uso del multiplexeo (MUX) y la multiprogramación17.

De este modo, la redacción de la política generada en el 2010 sobre TDT se basa en el

estándar A/53, pero aclara que utilizará las ventajas de la tecnología de TDT, que tiene

intrínsecas las condiciones de MUX y multicasting.

17

Estos dos términos pueden confundirse entre sí, pero que tienen aplicaciones distintas. El multiplexeo es una característica de las tecnologías digitales, mientras que la multiprogramación es una posibilidad que la TDT ofrece. El MUX es un procedimiento que permite que un canal de transmisión superior (como porciones del espectro, o una línea de fibra óptica) se “fragmente” para a lojar varias señales menores como llamadas telefónicas, o datos, voz e imágenes y les permite así viajar para interconectarse con otras redes El multicasting es una posibilidad tecnológica de la TDT. La tecnología digital permite que la señal para televisi ón tenga un escenario de “suma cero” para elegir si despliega una mayor cantidad de canales o si transmite en

HD.

Page 92: Tesis telecom completa con anexos

92

Se hizo un cambio importante en cuanto a los dispositivos de recepción que marca una

diferencia entre el 2004 y el 2010. Mientras que la política para TDT emitida por Fox

contemplaba sólo a los televisores, las acciones del decreto de Calderón involucraban la

instalación de decodificadores para los televisores análogos, para lo cual se sugería la

existencia de algún subsidio o al menos fondos destinados para este propósito. En cuanto

a los canales espejo y la devolución de la frecuencia análoga, la propuesta del 2010-2012

mantiene el uso del esquema del simulcasting y el retorno del canal análogo al Estado.

La TDT permite la generación de otros servicios como el de ofrecer espacio para la

televisión restringida, es decir, que la TDT sea una plataforma para servicios de

suscripción, entre otras posibilidades inherentes a la convergencia tecnológica. El

esquema del 2004 permitía la existencia de tales servicios, pero el decreto del 2010 la

alentaba bajo la racionalidad de un entorno convergente. Así mismo, en el decreto se

incluyó la especificación de que el dividendo digital consistía en el uso de la banda de 700

Mhz para servicios de telecomunicaciones.

Sin embargo, el decreto de Calderón entró en tensión con el Congreso, de donde

surgieron dos controversias constitucionales en octubre de ese año, la 72/2010 y 74/2010

que planteaban en términos generales que el Presidente había invadido las facultades

que el Congreso había conferido a la Cofetel para el manejo de la política de

telecomunicaciones y radiodifusión a través de un acto administrativo que se

materializaba en el decreto. La SCJN suspendió la validez del decreto en tanto resolvía la

validez constitucional del mismo, y en noviembre del 2011 la votación de los magistrados

no fue suficiente para anular el decreto de Calderón. La Ministra Olga Sánchez Cordero

promovió un proyecto de resolución para declarar inconstitucional el decreto, pero sólo

obtuvo 7 de los 8 votos requeridos para declarar inválido el Decreto del 2010 debido a que

el Ministro Guillermo Ortiz Mayagoitia decidió emitir su voto en contra, argumentando que

consideraba que la acción del presidente había sido una norma general y no un acto

administrativo (Paéz, 2011).

A la par del proceso de revisión constitucional, la Cofetel comenzó a trabajar en un nuevo

proyecto de política de TDT que recogía mucho de lo planteado en el Decreto del 2010 y

para septiembre había configurado ya un documento que fue revisado entre septiembre y

octubre del 2011 por la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer). Este acto por

parte de la Cofetel evitaba generar tensiones con el Congreso debido a que ya no era una

Page 93: Tesis telecom completa con anexos

93

norma emitida por el Presidente, sino por el propio regulador, pero el hecho de que tanto

el Decreto del 2010 como la Política de TDT del 2011 planteaban básicamente los

mismos puntos reveló ahora tensiones con los radiodifusores. Al enviar el Acuerdo para la

Política de TDT a la Cofemer, éste órgano abre el documento a comentarios por parte de

los interesados. El periodista e investigador Fernando Mejía Barquera (2011) da cuenta

que entre septiembre y octubre del 2011 la Cofemer había recibido 12 comentarios sobre

el proyecto de TDT de la Cofetel y destacaban las impugnaciones particularmente

“virulentas” de la CIRT apoyada obviamente por Televisa y TV Azteca y dos Diputados del

PVEM cercanos a Televisa, Juan Gerardo Flores Ramírez, asesor de Televisa que

también trabajó en Cofetel, y Rodrigo Pérez-Alonso, quien laboró en el área jurídica de

Televisa. Los argumentos atacaban esencialmente el nuevo calendario para la transición

digital que se planteó desde el 2010 y que marcaba el fin de las transmisiones análogas

en el 2015 y no en el 2021, esquema que además era menos laxo al escalonar

regionalmente el apagón analógico.

Las quejas eran incluso contradictorias. Por ejemplo, los concesionarios protestaban este

esquema ya que tendrían que realizar inversiones “sin que ello esté correspondido por un

grado de certidumbre mínimo” (citados en Mejía Barquera, 2011), cuando el esquema de

TDT de Cofetel del 2011 -incluso el del Decreto 2010- era mucho más específico en el

apartado de acciones para conseguir un mayor grado de penetración de receptores

digitales entre la población. La diferencia, desde luego, era que la nueva fecha del apagón

acortaba la duración de las concesiones e implicaba que las inversiones para la

transmisión digital en todas las repetidoras se hiciera de modo más rápido. Otro

argumento contradictorio era que una gran parte de la población no contaba con recursos

para comprar equipo receptor de señal digital y se quedarían sin cobertura televisiva, y a

su vez denunciaban que era un “gran error” diseñar una política de subsidios. Es

entendible que las partes inconformes subrayaran que los apoyos no estaban autorizados

aún por el Congreso, pero ésta práctica es precisamente una constante en la mayoría de

las transiciones a la TDT a nivel mundial, por lo que esa objeción era realmente blanda

tomando en cuenta que el marco de prácticas a nivel internacional apunta hacia una

política de subsidios para obtener tecnología para la recepción de TDT.

Así, el Decreto presidencial del 2010 y la política de TDT de Cofetel del 2011-2012 (se

publicó oficialmente el 4 de mayo del 2012) fueron acciones de un mismo continuo en

cuanto a la modificación de política pública para la transición.

Page 94: Tesis telecom completa con anexos

94

Vale la pena recapitular de manera breve algunos puntos de “ruptura” entre las políticas

de TDT 2004 y 2010-2012 que quedaron finalmente inscritos en la última edición de

política de TDT.

Se admite de manera explícita el multicasting o multiprogramación y se declara su

compatibilidad con el estándar A/53 de ATSC.

Escalonamiento del “apagón digital” comenzando en el 2013 con un programa

piloto en Tijuana.

Reducción de la fecha límite del 2021 al 2015 con posibilidad a revisar los

“apagones” regionales en base a cuotas de penetración.

La importancia de los codificadores para la población que no tenga televisores de

última generación, así como el subsidio para estos dispositivos.

Especificar la compatibilidad con estándares de ATSC para video fijo (A/72) y

móvil (A/153)

La publicación de la nueva política de TDT contó, como se vio, con trabas a partir de la

emisión de un decreto por parte del Ejecutivo. A pesar de que las acciones de

inconstitucionalidad contemplaban una invasión de facultades, la SCJN terminó

desechando el recurso por falta de votos necesarios para su anulación. No obstante, los

concesionarios mantuvieron su oposición a las nuevas directrices, principalmente por el

hecho de que el apagón se adelantaría al 2015. La nueva política de TDT enfrentó un

problema más con el Congreso, por la posibilidad de admitir la multiprogramación en los

canales digitales que también se resolvió a través de la Corte.

Dos hechos componen este nuevo punto de tensión. El primero ocurrió a principios del

2011, cuando la SCT impuso una multa de 4.4 millones de pesos a TV Azteca por ofrecer

un servicio denominado como HiTV a través de sus canales digitales. Este sistema

permitía ver programas de la televisora del Ajusco con horarios diferidos, así como

canales de programación para niños, de deportes o cine. La SCT giró la sanción contra el

concesionario por no tener la “debida concesión” (Sigler y Ugarte, 2012), y el

concesionario se amparó. La SCJN atrajo el “caso HiTV”. La SCJN votó de manera

unánime a favor de TV Azteca en mayo del 2012, aclarando que este ejemplo de

multiprogramación es un servicio de radiodifusión y no de telecomunicaciones, por lo cual

la sanción de la SCT era improcedente, además de que la sentencia señaló que la

autoridad encargada de decidir sobre cuestiones de multiplexeo y multiprogramación era

Page 95: Tesis telecom completa con anexos

95

la Cofetel, y no la SCT. Esta acción fue importante no sólo para avalar el uso de la

multiprogramación como modelo de negocio; sirvió para solucionar la falta de definición

de funciones, la “doble ventanilla,” entre SCT y la Cofetel, heredada de la

inconstitucionalidad de la “Ley Televisa”.

El segundo ocurrió a través de una “toma de nota” que realizó la Cofetel en julio del 2011

en donde tres operadores solicitaron por escrito a la Comisión su pretensión de transmitir

canales a través de la multiprogramación. Este evento generó polémica en algunos

medios que entendieron esto como un “regalo” del gobierno a las televisoras dominantes

para desarrollar nuevos canales de programación sin el pago de una contraprestación al

Estado. El Congreso también reaccionó, particularmente a través del entonces Diputado

Javier Corral Jurado, quien solicitó al Presidente de esa cámara, José Ignacio Rubí, que

citara al titular de la Cofetel, Mony de Swaan, a comparecer por el tema de la

multiprogramación o “multiplexeo”, como se le conoció de modo amplio en los medios.

Los dos temas discutidos en espacios mediáticos fueron la posibilidad de la

contraprestación y la multiplicación de canales de programación para los concesionarios

dominantes, es decir, Televisa y TV Azteca.

El investigador Gabriel Sosa Plata concedió una entrevista hacia finales del 2011 a la

periodista Carmen Aristegui en donde explicó cuáles eran las implicaciones políticas de

este tema particularmente técnico. Por ejemplo, uno de los puntos centrales del “HiTV” de

TV Azteca y la “toma de nota” para la multiprogramación de tres concesionarios

(Multimedios de Monterrey, Tele nacional de Tijuana y Organismo Promotor de Medios

audiovisuales en varias ciudades) fue que se estaba utilizando el multicasting sin que

existiera una reglamentación de dicho modelo, además de que supuestamente iba en

contra de la política de TDT del 2004. La consecuencia de la multiprogramación, expuso

Sosa Plata (2011), era la agudización de la concentración en la Televisión abierta,

situación que la CFC desestimaba argumentando que esa era una situación preexistente.

De tal manera, esta posibilidad tecnológica debería de estar sujeta a medidas previas

para diversificar la oferta televisiva.

es un adelanto tecnológico, pues sí, indudablemente, pero en la medida

en que no se tomen medidas que contrarresten la enorme

concentración de la Televisión, pues claro que sí la agudiza porque

quién tiene la experiencia, digamos, en producción de telenovelas, de

Page 96: Tesis telecom completa con anexos

96

series, de otro tipo de contenidos, pues evidentemente que las dos

televisoras son las que concentran la mayor parte de las frecuencias o

concesiones en este país (Sosa Plata, 2011).

De esta manera, el investigador dejaba en claro que la multiprogramación no era un

efecto indeseable, pero que en el contexto mexicano deberían de tomarse en cuenta

condiciones de ventajas por concentración de mercado y la posibilidad de instalar una

“barrera” a través del pago de contraprestaciones por canales de programación

adicionales.

Esta entrevista fue transmitida antes de que la SCJN resolviera en el 2012 que los

servicios multiprogramados pertenecían a la radiodifusión, por lo que Sosa Plata –además

de Javier Corral- cuestionaban si estas posibilidades adicionales no eran en realidad

prestaciones de telecomunicaciones y, con ello, una segunda edición de la “Ley Televisa”,

de modo que “lo que más debe de preocupar, además del multicasting, es que ya

prácticamente esto está dando entrada para que regrese el tema de la Ley Televisa con la

prestación de servicios adicionales de telecomunicaciones en bandas atribuidas a

radiodifusión” (Sosa Plata, 2011). Por lo tanto, se estaba permitiendo la entrada de una

posibilidad tecnológica que no contaba con criterios administrativos para desarrollarse, la

Cofetel sólo “legalizaba” esta posibilidad inherente de la TDT.

Bajo el supuesto de que estos servicios eran de telecomunicaciones y no de radiodifusión,

Sosa Plata argumentaba que el multicasting aplicaba un criterio irregular o asimétrico

entre los concesionarios, debido a que entonces sólo las televisoras podían ofrecer

servicios de telefonía o de redes, mientras que Telmex estaba aún imposibilitado para

ofrecer servicios de video, o a MVS se le negaban los refrendos de sus concesiones en al

banda de 2.5 Ghz que, según la SCT, estaba desaprovechada (Sosa Plata, 2011). A

diferencia de algunos medios periodísticos, el académico subrayaba que el problema no

era el cambio del simulcasting al multicasting sino la falta de competencia preexistente

para que este esquema se transformara en un factor de modelos alternativos de negocio

para competidores entrantes.

México optó, y eso es lo que ahora también se pretende modificar, por

un modelo de alta definición en la televisión (…), pero en otros países

Page 97: Tesis telecom completa con anexos

97

dijeron no nos interesa la alta definición; lo que nos interesa es tener

una mayor competencia, y en consecuencia hay que otorgarlo a nuevos

entrantes en sus canales digitales. Por ejemplo, Canadá (…) que

adoptó el mismo estándar que México tiene del ATSC tomó la decisión

la comisión reguladora de no permitir el multicasting, se van a esperar

hasta que, digamos, se creen condiciones adecuadas para fomentar

una competencia mucho más sana en ese país (Sosa Plata, 2011)

Reforzada por la resolución de la SCJN en torno al HiTV, la multiprogramación fue

incluída finalmente en la nueva política de TDT del 2012 expedida por la Cofetel. A la par

de estas nuevas directrices, la Cofetel publicó también un documento denominado

Acciones Complementarias para una Exitosa Transición a la Televisión Digital Terrestre

en donde se enuncian una serie de acciones coordinadas entre los poderes del Es tado y

los concesionarios que amplían las disposiciones generales de la nueva Política de

Televisión Digital Terrestre.

Estos dos procesos representan los esfuerzos por construir una coordinación entre

secretarías federales para transitar hacia la TDT. La reforma constitucional en materia de

telecomunicaciones del 2013 es un esfuerzo por hacer “ley” la transición digital en la

radiodifusión. El estado actual de la iniciativa está todavía sujeta a cambios debido a que

el Senado tiene pendiente su revisión y, en su caso, modificación y aprobación. La

Cámara de Diputados llevó a cabo algunas reformas al dictamen que fue finalmente

votado y enviado a la Cámara Alta. La reforma en general se tratará más adelante, y aquí

se revisarán los puntos relacionados a la TDT en base a las 10 variables planteadas al

inicio de este capítulo.

La introducción del documento anuncia algunos planteamientos sobre la TDT en sus

numerales 9 y 12 que más tarde se incluyen dentro de artículos constitucionales. El

apartado 9 de esa parte del documento reconoce que el valor de la transición digital para

el sector de las telecomunicaciones es que libera el 75% de la banda de 700 Mhz y

manifiesta que la penetración de receptores o televisores capaces de recibir señal digital

está distribuida de manera asimétrica entre la población, lo que hace importante continuar

un programa público de subsidio de las cajas decodificadoras. Además, subraya que el

2015 es la fecha de terminación de la transición a la TDT. El numeral 12 señala que el

Poder Ejecutivo tiene la obligación de incluir en el Plan Nacional de Desarrollo.

Page 98: Tesis telecom completa con anexos

98

En cuanto a las variables aquí expuestas, la fecha del apagón analógico se mantiene en

el 31 de diciembre del 2015 y se aborda en el Artículo Quinto Transitorio. El nivel de

política pública cambia para la TDT y se eleva a nivel legal, aunque cabe destacar que

sólo se incluye en los artículos transitorios, de modo que estos lineamientos específicos

tienen vigencia hasta que se cumpla la transición a la televisión digital y se generen

lineamientos para su regulación. Fuera de la reglamentación transitoria, la radiodifusión

quedará regulada por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), que será el

regulador en materia de telecomunicaciones del Estado, así como a las disposiciones

generales de la Constitución y la reglamentación secundaria que se genere para los

sectores de telecomunicaciones y radiodifusión entendidos como áreas convergentes.

En cuanto al modelo de servicios, se permitirán los servicios adicionales de radiodifusión,

pero al adoptarse un nuevo modelo de concesiones únicas de acuerdo con el Artículo

Tercero Transitorio, se permitirá bajo ciertos criterios que el IFT tendrá que generar la

oferta de servicios de telecomunicaciones. La diferencia entre este planteamiento y el de

la “Ley Televisa” es que, en teoría, radiodifusores y firmas de telecomunicaciones podrán

ofrecer ambos servicios por operar concesiones convergentes. Desde luego, el IFT será el

encargado de generar criterios claros para permitir esta función. Los servicios adicionales

tienen mención en el apartado VIII de este artículo, en donde se hace mención que los

criterios para la multiprogramación los definirá el IFT tomando en cuenta la competencia y

la calidad en el sector. Este artículo fue modificado por la Cámara de Diputados para

especificar que el concesionario pagará “en su caso” las contraprestaciones necesarias.

Es decir, esto abre la puerta a que el acceso a la multiprogramación sea gratuito a

discreción del IFT.

El Artículo Quinto Transitorio considera como principal receptor a la caja decodificadora y

mantiene el programa de subsidios para obtener estos dispositivos, lo que marca un

elemento de continuidad con la Política de TDT del 2012. Así mismo, prevé mantener el

sistema de canales espejo y la devolución del mismo dentro de este mismo artículo

transitorio. En cuanto al manejo espectral, se especifica en este mismo artículo transitorio

que la banda de 700 Mhz será aprovechada una vez que se libere. No se aborda el tema

del estándar de TDT, pero se infiere que se mantiene el A/53 de ATSC, ya que no se

manifiesta un cambio evidente en la adopción del estándar.

Page 99: Tesis telecom completa con anexos

99

Hasta el momento parece que la reforma constitucional no ha enfrentado tensiones

significativas. La iniciativa surge del Pacto por México firmado por los tres partidos

mayoritarios mexicanos que votaron a favor de la iniciativa. Durante la sesión de votación

el 21 de marzo se manifestaron en contra varios legisladores del Partido del Trabajo y

Movimiento Ciudadano, pero sus votos no fueron suficientes para aprobar los cambios

constitucionales en la cámara baja. Quizás una tensión más importante fue la

reglamentación de los criterios de retransmisión, conocidos como must offer y must carry,

que según varios medios estaba siendo cabildeada por un grupo de legisladores priistas

que querían flexibilizar sus criterios, lo cual beneficiaría de manera directa a Televisa y TV

Azteca. No obstante, al final la reforma integró estos componentes. Quizás la tensión más

obvia venga por algunos integrantes del Senado, instancia que tiene actualmente el

dictamen de reforma aprobado por la Cámara de Diputados. El propio presidente del

Senado, Ernesto Cordero, ha manifestado que el dictamen podría sufrir cambios en la

Cámara Alta argumentando que los acuerdos del Pacto por México no sustituyen la

deliberación política en los cuerpos legislativos. Por otro lado, el Senador Javier Lozano

Alarcón, quien fue comisionado presidente de la Cofetel durante el sexenio del Presidente

Zedillo y Secretario del Trabajo en el sexenio calderonista, ha estado particularmente

activo a través de su cuenta de Twitter y entrevistas en medios de comunicación sobre la

posibilidad de modificar el dictamen de reforma. Los medios atribuyen esta insistencia del

legislador a intenciones electorales rumbo a la gubernatura de su estado natal, Puebla,

pero también a su trasfondo como abogado especializado en telecomunicaciones.

Independientemente de las intenciones, es pertinente tomar en cuenta estos avisos como

probables tensiones en torno a la reforma de telecomunicaciones y, desde luego, a la

política de TDT.

Para resumir este apartado sobre la evolución de la política de TDT, se retoman las 10

variables para observar elementos de continuidad y ruptura, así como la evolución general

del concepto. Bajo estos criterios, se observa que la fecha del apagón analógico, el

nivel de política pública, el principal aparato receptor, el dividendo digital y el

subsidio para la transición son elementos de ruptura. Por otro lado, el modelo de TDT

(HD y multicasting), la disponibilidad del canal espejo, la devolución de un canal

concesionado, y los servicios adicionales han tenido continuidad de modo general. Es

decir, siguiendo esta división de variables, el 60% de los elementos centrales ha sufrido

modificaciones a lo largo de casi una década. Se admite de manera explícita el

Page 100: Tesis telecom completa con anexos

100

multicasting o multiprogramación y se declara su compatibilidad con el estándar A/53 de

ATSC.

Tabla 8: Comparación políticas TDT

Concepto Acuerdo 2004 Acuerdo 2010-12 Reforma 2013 Continuidad/ruptura

Fecha para

Apagón

analógico

Sin fecha

establecida. Se

hacía por

penetración.

31 de diciembre

2015, inician

programas piloto en

2012

31 de diciembre

2015

Ruptura entre 2004 y

política posterior

Nivel en

Política

Pública

Acuerdo

Secretarial/Decreto

presidencial

Acuerdo

Secretarial/Decreto

presidencial

Artículos transitorios

constitucionales

Ruptura a partir del

2013 con cambios

constitucionales

Modelo Calidad HD, Canal

Adicional Sin

impedimento para

multiprogramación,

pero sin

especificación

Flexibilidad en HD

o

Multiprogramación

Flexibilidad en HD o

Multiprogramación

Continuidad.

Especificación de la

multiprogramación.

Principal

aparato

receptor

Sólo televisores Decodificadores

debido a baja

penetración de

televisores con

recepción de

fábrica

Decodificadores

debido a baja

penetración de

televisores con

recepción de fábrica

Ruptura entre 2004 y

política posterior.

Disponibilidad

de Canal

espejo

Sí Sí Sí Continuidad

Devolución de

canal análogo

Sí Sí Sí Continuidad

Servicios

adicionales

Posible Se alienta Se alienta y se

incluyen los servicios

de

Telecomunicaciones

Continuidad

progresiva hacia

telecomunicaciones

con concesión única.

Dividendo

digital

Sin proyección Banda de 700 Mhz Banda de 700 Mhz Ruptura entre 2004 y

política posterior.

Subsidio para

transición

NO Se sugiere

necesidad de un

subsidio

Se obliga a subsidiar Ruptura progresiva

hacia subsidios.

Estándar TDT A/53 de ATSC

(norteamericano)

A/53 ATSC pero

permite estándares

Sin cambios Continuidad

progresiva por

Page 101: Tesis telecom completa con anexos

101

compatibles (A/72,

A/153)

evolución de

estándares

compatibles.

2.3.3 Reforma de Telecomunicaciones del Pacto por México

El Pacto por México se firmó el 2 de diciembre del 2012, un día después de la toma de

protesta de Enrique Peña Nieto como Presidente, aunque los trabajos entre los

principales dirigentes partidistas comenzaron después de que la SCJN validara los

resultados de la elección presidencial. La finalidad del pacto era generar una agenda de

acuerdos que se tradujera eventualmente en varias reformas estructurales, entre las

cuales se incluía la de telecomunicaciones y radiodifusión. Entre enero y febrero

comenzaron a comentarse en la prensa los puntos que integrarían una eventual reforma

en estas áreas, y finalmente fue presentada el 11 de marzo del 2013 y ese mismo día se

envió a la Cámara de Diputados. Diez días después se aprobó a través de una votación

de 414 legisladores a favor, 50 en contra y 8 abstenciones. El dictamen enviado por el

Presidente Peña Nieto sufrió algunos cambios que se explicarán a continuación y el

dictamen fue enviado al Senado, que también modificó en parte el dictamen. El Senado

aprobó la reforma, se envió a la Cámara Baja en donde se hizo una modificación de

redacción que será explicada también, y regresó a la Cámara Alta, que la aprobó

finalmente el 30 de abril, el último día del periodo de sesiones. En el momento en el que

se redacta este trabajo queda pendiente la aprobación de los congresos locales y su

promulgación para que entren en vigor sus disposiciones.

A diferencia de las reformas pasadas, ésta es de carácter constitucional, por lo que

también está pendiente la legislación de las leyes secundarias y sus reglamentos para

adecuarse a las nuevas disposiciones generales. Debido a que esta iniciativa modifica

algunos artículos constitucionales, la idea detrás de los cambios es generar nuevas reglas

integrales para el área de las telecomunicaciones y la de radiodifusión. No obstante, es

importante recalcar que los puntos inmediatos y quizás los más elaborados son los

referentes a la competencia económica. Los artículos sujetos a cambios son: el primer

párrafo del artículo 6°, además de que se le adicionan el apartado A y el B; el artículo 7°;

el párrafo sexto del artículo 27; el párrafo segundo del artículo 28 además de la adición de

los párrafos décimo tercero al vigésimo noveno; la fracción XVII del artículo 73; la fracción

Page 102: Tesis telecom completa con anexos

102

VII del artículo 78, y el sexto párrafo del artículo 94. Además, se agregan 17 artículos

transitorios.

Antes de revisar los planteamientos en los artículos vale la pena revisar la introducción del

documento que expone los motivos de la reforma de modo global y dividido en 12

numerales con respecto a temas concretos o problemas que se pretenden solucionar a

través de las nuevas disposiciones constitucionales. Debido a su naturaleza descriptiva,

se adjunta el análisis de la exposición de motivos en los anexos para privilegiar el análisis

de los artículos en el cuerpo del trabajo.

2.3.4 Análisis de los Artículos reformados.

Artículo 6°. Se le agrega en el primer párrafo que los ataques a la vida privada serán

sancionables. La reforma proponía incluir el calificativo “veraz” para describir la

información a la que todo mundo tiene derecho. Se eliminó ese adjetivo antes de la

aprobación por la Cámara de Diputados. En este artículo se expone que la libertad de

expresión radica en recibir y difundir opiniones, además de que es derecho de las

personas el acceso a las TICs. En las modificaciones llevadas a cabo por los diputados se

incluyó de manera explícita el internet como una de estas tecnologías. El apartado “A” del

artículo se dedica exclusivamente al derecho de acceso a la información gubernamental,

mientras que el apartado “B” trata sobre el derecho a la información. Los senadores

agregaron un enunciado para especificar que el derecho a la información será garantizado

por el Estado, expresión que se había borrado del texto constitucional previo a la reforma.

En este apartado “B” sección se exponen cinco secciones. La I trata sobre la inclusión

digital; la II y la III definen a las telecomunicaciones y la radiodifusión como servicios

públicos de interés general sujetos a ciertas condiciones cualitativas, además de que se

garantiza la continuidad del acceso libre sin injerencias arbitrarias; el IV prohíbe la

transmisión de propaganda disfrazada de información periodística o noticiosa, y el V

establece la creación de un organismo público de radiodifusión sin fines de lucro, pero

que será descentralizado18. La sección V sufrió un cambio de redacción en la Cámara de

Diputados para integrar la igualdad entre hombre y la mujer como una de las políticas del

organismo y sus contenidos La Cámara de Senadores agregó en esta sección que así

como se establecerán los derechos de usuarios de telecomunicaciones, se generarán

18

A diferencia del IFT, este organismo, del que se especula que será una especie de “BBC a la mexicana” no

tendrá autonomía constitucional. Ejemplos de organismos descentralizados son, por ejemplo, la Cofetel o el

IFE.

Page 103: Tesis telecom completa con anexos

103

disposiciones para el derecho de las audiencias y sus mecanismos. El resto de esta

última sección se refiere a la constitución de un Consejo Ciudadano integrado por nueve

consejeros honorarios que serán elegidos a través de una consulta pública por el voto de

dos terceras partes del Senado que serán reemplazados de manera escalonada a razón

de dos por año, sustituyendo a los dos de más antigüedad, salvo que el Senado los

ratifique. El presidente de este organismo será designado a propuesta del Ejecutivo y será

aprobado por el voto de dos terceras partes del Senado y estará en el cargo por cinco

años con opción a cinco más por un periodo adicional solamente. Podrá ser removido por

el Senado mediante una mayoría de dos terceras partes de dicha Cámara.

Artículo 7°. Se modifica prácticamente en su totalidad este artículo constitucional que

antes estaba enfocado sobre el concepto de libertad de prensa en torno a las ideas. Se

incorpora el concepto de difusión de opiniones, información e ideas a través de cualquier

medio. Mantiene la prohibición de la censura tanto en medios de difusión masiva como en

TICs, reconociéndolas como vehículos de expresión. Los límites de este artículo están en

el artículo 6° en términos de ataque al orden público, a la moral, a la vida privada y

derechos de terceros.

Artículo 27. Se modifica el párrafo sobre bienes de la nación para especificar que las

concesiones de radiodifusión y telecomunicaciones serán otorgadas por el Instituto

Federal de Telecomunicaciones, desvinculando así al Ejecutivo de este acto.

Artículo 28. Este artículo constitucional es el que prohíbe los monopolios. Se modificó el

párrafo segundo para especificar que se perseguirán acciones que eviten la libre

concurrencia, la competencia entre sí, o diseñadas para obligar a los consumidores a

pagar precios exagerados. Se agregan además los párrafos 13 al 29.

Los párrafos que se agregan establecen que el órgano autónomo regulador de

competencia económica será la Comisión Federal de Competencia Económica, pero que

para telecomunicaciones y radiodifusión, la autoridad reguladora será el IFT. El párrafo 15

sufrió una modificación en la Cámara Baja para especificar que el IFT impondrá límites a

la propiedad cruzada de medios de comunicación que sean concesionarios de

radiodifusión y telecomunicaciones y que sirvan a una sola zona de cobertura geográfica.

Este cambio es significativo, ya que el dictamen de reforma original sólo contemplaba la

propiedad cruzada de medios de comunicación, y no este fenómeno en radiodifusión y

telecomunicaciones que, como se ha observado, es como tiende a ocurrir.

Page 104: Tesis telecom completa con anexos

104

El párrafo 16 incluía en el documento original una “opinión no vinculante” del Ejecutivo

hacia el IFT en cuestiones de otorgamiento y revocación de concesiones, o

modificaciones a los títulos actuales. Esta facultad fue una de las más criticadas tanto en

medios de comunicación como por algunos analistas debido a que esta “opinión”

ciertamente estaba distanciada del proceso administrativo para la distribución de las

concesiones, pero podía servir como un vehículo de influencia política. Este párrafo se

modificó en el dictamen aprobado por los diputados para eliminarla y poner en su lugar

un mecanismo distinto, mediante el cual el IFT notificará al titular de la SCT una decisión

antes de ejecutarla, y el Secretario podrá emitir una opinión técnica no vinculante en un

plazo de 30 días naturales 19. A este mismo párrafo constitucional le agregó la Cámara de

Diputados una atribución más del IFT, fijar el monto de las contraprestaciones para el

otorgamiento de las concesiones y las autorizaciones de los servicios adicionales. Estas

cifras serán fijadas mediante la opinión previa de la autoridad hacendaria. También se

especificó que las concesiones son sobre el uso del espectro, ya que el texto de la

reforma original sólo menciona “las concesiones”. Las partes finales de este párrafo dan

los criterios para las concesiones que serán licitadas para actores privados y para los

públicos. En este caso, las concesiones de uso comercial se harán por licitación pública,

pero el criterio ganador no será el económico, es decir, no se hará por mera subasta

pública. Para los concesionarios públicos y sociales, los títulos habilitantes serán

asignados de manera directa, especificándose que estas acciones administrativas serán

realizadas en condiciones de transparencia. Esta cláusula de transparencia fue agregada

previa a la votación del dictamen. Los senadores incluyeron en este párrafo el

reconocimiento a los usos de concesiones para fines comunitarios o de agrupaciones

indígenas, lo que es importante porque no se les mencionaba de modo explícito y sólo se

les incluía implícitamente como el sector social. Así mismo, la Cámara Alta agregó un

enunciado para especificar que las concesiones de uso público y social serán sin fines de

lucro Otras tareas del IFT es configurar un registro público de concesiones y establecer un

esquema efectivo de sanciones para los concesionarios, castigos que pueden llegar a la

revocación del título. En este caso, el Ejecutivo mantiene la facultad de ser avisado

previamente para “garantizar” que el servicio tenga continuidad.

El párrafo 18 establece que el IFT y la Comisión Federal de Competencia Económica

serán independientes e imparciales, y establece los lineamientos a través de los cuales se 19

La minuta de la Cámara de Diputados establecía 45 días orig inalmente y el Senado recortó en 15 días el

plazo.

Page 105: Tesis telecom completa con anexos

105

regirán. Este párrafo tiene 10 secciones, y dos de ellas, la II y la X, sufrieron

modificaciones en la Cámara de Diputados. Así, la sección II establece que será la

Cámara de Diputados la que asegurará la suficiencia presupuestal y no el Congreso,

como originalmente se planteó. Además, en la sección X se modifica el salario de los

comisionados del IFT y la Comisión encargada de la competencia económica, que sería

equivalente al de los Ministros de la SCJN originalmente, pero que con los cambios se

sujetará al artículo 127 constitucional. La Cámara de Senadores cambió la redacción de la

sección VI para especificar que las resoluciones, sesiones y acuerdos de IFT y la CFC

serán públicas, pero que la ley establecerá criterios para excepciones. También se

modificó en el Senado la sección VIII que obliga a los titulares de CFC e IFT a presentar

programas de trabajo anuales e informes trimestrales. Comparecerán además

anualmente ante el Congreso y el Ejecutivo puede solicitar su comparecencia

adicionalmente. Los senadores agregaron las fracciones XI y XII en donde se especifican

criterios de remoción de comisionados y se ordena la creación de una contraloría de cada

órgano regulador.

Del resto de las secciones que no vieron cambios, algunos de los puntos más relevantes

se encuentran en la sección V, que separarán a la autoridad que conoce la etapa

investigativa y la que resuelve los procedimientos, y el VII, que indica que las resoluciones

regulatorias serán impugnadas por amparos indirectos y que las medidas ordenadas no

serán suspendidas. La sección VII, vale la pena mencionarlo, se quedó así para el sector

de telecomunicaciones, pero tuvo un cambio importante para la CFC. Debido a que en el

Senado se discutió sobre si las resoluciones sobre competencia económica no podían ser

impugnadas, entonces se estaban habilitando decisiones sin contrapeso, lo que podría

restar certidumbre jurídica para los inversionistas. El Senado sí modificó esta VII sección

para establecer de modo explícito que las resoluciones de la CFC podrán ser impugnadas

a través de juicios de amparo en caso de multas y desincorporaciones, por lo que éstas

serán ejecutadas sólo cuando se resuelva el litigio. En cambio, el IFT no está sujeto a

este proceso de revisión judicial que, como se explicó en el anexo de interconexión de

este trabajo, se ha utilizado de manera recurrente por los concesionarios para “comprar

tiempo” a través de varios juicios de amparo en contra de decisiones regulatorias.

El resto de los párrafos agregados al Artículo 28 no sufrieron cambios en la Cámara de

Diputados, pero el Senado modificó algunos requisitos para la elegibilidad de los

comisionados del IFT. De ellos se desprenden otras disposiciones adicionales, como la

Page 106: Tesis telecom completa con anexos

106

conformación del IFT en el párrafo 19, que señala que se compondrá por 7 comisionados

incluyendo a su presidente, y serán designados a propuesta del Ejecutivo con la

ratificación del Senado. El término del presidente del IFT será por un plazo de 4 años

renovable una sola vez y si actualmente es parte del Pleno, entonces cumplirá los años

restantes de su periodo, con la posibilidad a reelegirse. El párrafo 20 tiene 8 secciones, de

las cuales destacan la IV, que pide que los comisionados tengan título profesional en

materias relacionadas a la competencia económica, radiodifusión o telecomunicaciones,

pero que en la Cámara de Senadores se redujo el requisito para pedir solamente un título

profesional; la V, que exige cuando menos 5 años de actividades profesionales, de

servicio público o académicas en dichas áreas, que fue reducido a un plazo de 3 años por

los senadores; el VII, que no se podrán designar comisionados que hayan ocupado

cargos en la administración pública federal del nivel de Secretario de Estado, Procurador

General, senador, diputado local o federal, Gobernador ni Jefe de Gobierno del Distrito

Federal durante los 5 años previos a su nombramiento. El Senado relajó

considerablemente esta restricción para funcionarios, dejando un plazo de sólo un año de

separación; y el VIII, que replica este criterio pero para la iniciativa privada, de modo que

un comisionado no será admisible si en los 5 años previos a su nombramiento se

desempeñó en algún empleo, cargo o función directiva en las empresas reguladas por el

IFT. El Senado también redujo este requisito, pero a 3 años y no a 1 como en el caso de

los funcionarios públicos. El párrafo 21 prohíbe el contacto entre comisionados y agentes

de los concesionarios regulados fuera de esquemas como la audiencia pública, o las

reuniones en donde no se encuentren otros comisionados del pleno. Esta redacción fue

criticada por poner en riesgo una comunicación efectiva entre regulado y regulador, por lo

que los Senadores decidieron que en la ley se establecerán los criterios para permitir la

interacción entre ambas partes. El párrafo 22 especifica la duración de los comisionados

en términos de nueve años sin derecho a reelección inmediata ni interrumpida. El párrafo

23 señala que los candidatos a ser sugeridos como comisionados por el Ejecutivo serán

evaluados por un comité integrado por los titulares del Banco de México, el INEGI y el

Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación. El párrafo 26 indica que este comité

enviará al Ejecutivo por cada vacante una lisa con un mínimo de tres y un máximo de

cinco aspirantes con las calificaciones más altas en el examen de conocimientos, de los

cuales elegirá a uno de ellos para proponerlo al Senado, quienes podrán aprobarlo en un

plazo de 30 días naturales con un voto de las dos terceras partes. En caso de rechazo, el

Page 107: Tesis telecom completa con anexos

107

proceso será repetido hasta que sólo quede un aspirante aprobado por el Comité de

Evaluación, quien será designado comisionado directamente por el Ejecutivo.

Artículo 73. Se modifica la sección XVII para darle al Congreso la facultad de legislar en

materia de TICs, radiodifusión, telecomunicaciones y banda ancha. Los diputados

agregaron “internet” a esta lista.

Artículo 78. Se le retira al Ejecutivo la facultad de nombrar a los reguladores de

telecomunicaciones y competencia económica debido al nuevo mecanismo de ratificación

del Senado.

Artículo 94. El Consejo de la Judicatura determinará la división de circuitos, competencia

territorial y especialización por materias para tribunales de diversas materias, a las que

ahora se suman las de radiodifusión, telecomunicaciones y competencia económica en la

reforma.

Primero Transitorio. Entrada en vigor del decreto luego de su publicación.

Segundo Transitorio. Indica que las medidas de fomento a la competencia en

telecomunicaciones y radiodifusión tendrán que aplicarse de modo que se garantice en su

conjunto la competencia efectiva.

Tercero Transitorio. El Congreso tendrá 180 días para realizar adecuaciones al marco

jurídico para que sean compatibles con la nueva normativa constitucional. Se establecen

10 secciones sobre otras atribuciones del Poder Legislativo. Destacan la II, que trata

sobre la regulación para el organismo público de radiodifusión y garantizar su autonomía

de gestión y financiera; la III que tiene como objetivo homologar las concesiones de

telecomunicaciones y radiodifusión. El Senado incluyó aquí el reconocimiento a

concesionarios comunitarios e indígenas; la IV, que se refiere al derecho de réplica; la V,

sobre la publicidad engañosa o subrepticia; la VII, que prohíbe que los holdings que tienen

propiedad cruzada subsidien a sus propias filiales, o el trato preferencial a las mismas; la

VIII, que versa sobre la regulación de la multiprogramación y que en el decreto original

señalaba el pago de una contraprestación, aspecto que sufrió un cambio antes de su

votación para quedar como “en su caso”, es decir, se deja abierta la posibilidad de que la

multiprogramación no genere pago alguno.

Page 108: Tesis telecom completa con anexos

108

Cuarto Transitorio. El Congreso tendrá 180 días para generar un ordenamiento legal

convergente para el manejo del espectro radioeléctrico, las redes de telecomunicación y,

en general, ambos sectores bajo el paradigma de la convergencia. Se establecerán

concesiones únicas como títulos habilitantes por el que se podrán prestar servicios. Se

modificó en la Cámara de Diputados para señalar que estos servicios generarán “en su

caso”, contraprestaciones, es decir, el pago no será obligatorio. Además, el IFT tendrá

que determinar qué actores son agentes económicos preponderantes y deberá de generar

en 60 días medidas y requisitos que éstos concesionarios deben de cumplir para ofrecer a

través de sus redes todos los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones sin

restricción, es decir, para transitar hacia el régimen de concesión única.

Quinto Transitorio. Inversión extranjera en 100% para telecomunicaciones y 49% en

radiodifusión. Los diputados le agregaron una cláusula de reciprocidad, de modo que el

tope de inversión extranjera del país de origen o donde esté constituido el inversionista

será el que se aplique en caso de que quiera desarrollar servicios en México. Se

establecen también los lineamientos de política de TDT explicados previamente.

Sexto Transitorio. Trata sobre las fechas de nombramiento de los comisionados de IFT y

el mecanismo de ratificación por el Senado. Se elimina la atribución del Ejecutivo para

elegir al candidato a la presidencia del IFT.

Séptimo Transitorio. En tanto se conforma el IFT, la Cofetel seguirá vigente, así como

sus resoluciones. Si tiene litigios en curso, éstos pasarán a IFT y se aplicará la

imposibilidad de recurrir a amparos directos como recurso jurídico. En caso de que no se

hayan legislado las leyes secundarias, seguirán vigentes los marcos normativos actuales.

Octavo Transitorio. Incluye seis secciones sobre acciones del IFT una vez que se

constituya. La sección I obliga a la retransmisión de las señales abiertas de televisión por

parte de concesionarios de sistemas de paga con el esquema must offer/must carry. Este

esquema será gratuito, además. Los diputados le agregaron un párrafo a este artículo que

indica que los concesionarios de televisión satelital sólo deberán de retransmitir las

señales con cobertura del 50% o más del territorio nacional, y se obliga a todo

concesionario de televisión restringida a retransmitir señales de instituciones públicas

federales. Esta adición fue conocida como la “cláusula Dish”, debido a que se prohíbe la

venta de paquetes de canales por parte de Televisa y TV Azteca, y da acceso a Dish,

competencia directa de Sky, a la programación abierta de los canales nacionales. Esta

Page 109: Tesis telecom completa con anexos

109

misma Sección I niega el beneficio de la gratuidad de la retransmisión a los agentes

económicos preponderantes, de modo que tendrán que acordar un costo de retransmisión

y, en caso de diferencias, el IFT establecerá la tarifa correspondiente. La retransmisión

gratuita perderá vigencia cuando existan condiciones de competencia en los mercados de

radiodifusión y telecomunicaciones, declaratoria que el IFT tendrá la obligación de hacer y

operará un esquema de acuerdo entre particulares que, en caso de desacuerdos,

facultará al Instituto a establecer tarifas de retransmisión.

La sección II se modificó para que se publicaran las bases licitatorias de nuevas

frecuencias de televisión abierta de 120 a 180 días naturales a partir de que se constituya

el IFT. No podrán participar en este concurso los concesionarios que cuenten con 12 Mhz

o más de espectro radioeléctrico en cualquier zona de cobertura geográfica, ni grupos

vinculados con ellos a través de relaciones comerciales, económicas o jurídicas.

La Sección III indica que es obligación del IFT hacer declaratorias sobre agentes

económicos preponderantes, así como decidir las medidas necesarias para el fomento de

la competencia en un plazo no mayor a 180 días naturales. Se modificó el segundo

párrafo de la sección para incluir la concentración de audiencia y suscriptores como

criterio de preponderancia, sumándose así a otros conceptos como número de usuarios,

tráfico de redes o la capacidad de las mismas. Las medidas asimétricas cesarán una vez

que se cumplan conforme a la ley condiciones de competencia efectiva, lo que sugiere

que se tendrá que definir este término también.

La sección IV obliga a la desagregación del bucle local de los actores de

telecomunicaciones en un plazo no mayor a 180 días naturales a partir de que se

constituya IFT. Originalmente la reforma contemplaba una separación por servicio –

telefonía, televisión restringida, etc-, pero se sustituyó por el término telecomunicaciones.

La red o bucle local se considerará como un insumo esencial para la red de servicios de

telecomunicación

Las últimas dos secciones cubren las obligaciones del IFT de revisar los títulos de

concesión vigentes y de elaborar un registro público de concesiones.

Noveno transitorio. Cubre los criterios de recursos jurídicos contra resoluciones de IFT.

No se admitirán amparos más que los indirectos.

Page 110: Tesis telecom completa con anexos

110

Décimo Transitorio. Los medios públicos radiodifundidos deberán de tener

independencia en cuestión editorial, financiera y de gestión, además de ofrecer espacio

de participación ciudadana.

Décimo Primero Transitorio. El IFT observará que se cumplan los tiempos establecidos

para transmisión de publicidad comercial y que esta no contravenga las disposiciones del

artículo 3° constitucional cuando esté orientada al público infantil. El IFT será el supervisor

de estas transmisiones de publicidad.

Décimo Segundo Transitorio. El Consejo de la Judicatura Federal tendrá sesenta días

naturales a partir de la entrada en vigor del decreto de reforma de telecomunicaciones

para instalar tribunales especializados en esta materia.

Décimo Tercero Transitorio. La Cámara de Diputados aprobará en el Presupuesto de

Egresos los recursos de los órganos reguladores.

Décimo Cuarto Transitorio. Trata sobre el papel del Ejecutivo Federal en la generación

de una política de inclusión digital en cuanto a metas de infraestructura, conectividad,

tecnologías y habilidades digitales. Se le agregó el concepto de accesibilidad para esta

política. Se establecen metas de penetración en banda ancha del 70% de los hogares y

85% de las PYMEs. El Ejecutivo tendrá también a su cargo la elaboración de las políticas

de radiodifusión y telecomunicaciones del Gobierno federal, así como el programa o las

acciones necesarias para garantizar el acceso a la banda ancha en los edificios e

instalaciones de la administración pública federal. Los diputados agregaron lo propio para

las entidades federativas.

Décimo Quinto Transitorio. La CFE cederá a Telecomunicaciones de México su

concesión para instalar y operar la red pública de telecomunicaciones con toda su

infraestructura, excepto la fibra óptica. Se especifica en las modificaciones de la Cámara

de Diputados que se sujetará a los lineamientos del IFT.

Décimo Sexto Transitorio. Establece las acciones para desarrollar la red compartida de

telecomunicaciones con base en las políticas de acceso digital para la sociedad y de

competencia para los operadores de servicios. Esta red se instalará a través de la

coordinación entre el Ejecutivo federal y el IFT y servirá para ofrecer servicios

inalámbricos al mayoreo. Se le agrega que, además, se deberán de sujetar a los

Page 111: Tesis telecom completa con anexos

111

contenidos del Apartado B del Artículo 6 de la Constitución, es decir, a políticas de

combate a la brecha digital. Contiene siete secciones de las cuales la destacan la I, que

indica que la instalación de la red compartida comenzará en el 2014 y concluirá en el

2018; la II indica se aprovecharán 90 Mhz de la banda de 700 Mhz una vez que se libere

con la transición a la TDT por el Gobierno federal, así como la fibra óptica de la CFE y

cualquier recurso que pueda ser integrado a esta red y que sea un activo del Estado; en la

sección III se establece que la Cámara de Diputados podrá aprobar la inversión privada

para la construcción de la red; la sección IV se enfoca a que ningún prestador de servicios

de telecomunicaciones tenga influencia en la operación de esta red; la VI indica que esta

red será compartida y que las compañías que exploren las partes de esta red para

distribuir servicios lo harán sin precios discriminatorios.

Décimo Séptimo Transitorio. El Ejecutivo incluirá en el Plan Nacional de Desarrollo

elementos de política pública enfocados a reducir la brecha digital. Se extienden cinco

secciones. La sección I indica que se procurará la cobertura de la población a través de la

red compartida o troncal, para o cual se podrá recurrir a inversión pública, privada o

esquemas mixtos. La sección II obliga a generar un programa de banda ancha en sitios

públicos y los diputados le agregaron la obligación de alcanzar la cobertura universal en

este aspecto. En cuanto a la sección III, se estudiarán qué elementos de infraestructura

pública pueden ser puestos a disposición de los operadores y qué contraprestaciones

deberán pagar por su aprovechamiento para agilizar así el despliegue de redes. La

sección IV obliga a generar un trabajo de cumplimiento de la política de TDT. La sección

V cuenta con dos incisos y en esencia se trata del Programa Nacional de Espectro

Radioeléctrico que será incluido en el PND. El inciso “a” indica que se incluirá un

programa de trabajo para las bandas de 700 Mhz y 2.5 Ghz bajo principios de acceso

universal, no discriminatorio, continuo y compartido. El “b” originalmente indicaba que se

disminuiría la “separación” ente las frecuencias de radio y televisión, es decir, reducir al

mínimo espacios no utilizados de las bandas espectrales. Su redacción se modificó para

quedar como un programa de trabajo para reorganizar el espectro concesionado a

estaciones de radio y televisión.

Décimo Octavo Transitorio. Este artículo se agregó en la Cámara de Senadores para

proteger los derechos laborales de quienes presten servicio a empresas y organismos

dedicados a las actividades referidas en la reforma.

Page 112: Tesis telecom completa con anexos

112

2.3.5 Síntesis

En este apartado se expusieron dos instrumentos de política pública que afectan en gran

medida el proceso de la convergencia digital: la política de TDT y la reforma constitucional

de telecomunicaciones elaborada por el Pacto por México en marzo del 2013.

La política de TDT comenzó en el 2004 a través de un acuerdo intersecretarial emitido por

el Ejecutivo, después en el 2010 el Presidente Calderón decretó cambios al proceso de

convergencia que enfrentó la oposición del Congreso, pero que no pudo ser invalidado

por la SCJN. En el 2012 la Cofetel publicó un acuerdo para modificar el Acuerdo 2004,

documento que rescata en gran medida las propuestas del Decreto 2010. La reforma de

telecomunicaciones convierte en ley los postulados de esta última política del 2012. Los

elementos de ruptura con el Acuerdo 2004 son: una fecha definitiva para el apagón

analógico; el estatus legal de la transición digital; la política de adopción y subsidio de

receptores; la multiprogramación, y las metas del dividendo digital. Los elementos de

continuidad resultantes son: el modelo de TDT basado en el estándar ATSC; la

disponibilidad de un canal espejo; la devolución de una de las frecuencias, y la posibilidad

de ofrecer servicios adicionales.

La reforma de telecomunicaciones recoge en sus postulados centrales los problemas más

visibles de las telecomunicaciones y la radiodifusión. Reconoce la existencia de mercados

concentrados y la necesidad de regularlos. Toma en cuenta los litigios como recurso de

los concesionarios para suspender resoluciones de la Cofetel, acepta que existe un déficit

de infraestructura y trata de incorporar a la política de Estado la cuestión del acceso de la

población a las TICs como un elemento social y económico. La reforma no es perfecta,

como lo han señalado especialistas y medios de comunicación, y el Senado tiene

actualmente el dictamen en sus manos que, en voz de algunos legisladores, podría sufrir

algunos cambios en aspectos secundarios o instrumentales de la iniciativa.

Page 113: Tesis telecom completa con anexos

113

Capítulo 3

Experiencias internacionales: la política de TDT en Estados Unidos y el Reino Unido

En el capítulo anterior se expuso el camino que ha seguido México hacia la Televisión

Digital Terrestre y también hacia un marco regulatorio convergente a través de una

evolución de su régimen de radiodifusión, el desarrollo de los servicios de

telecomunicaciones y la convergencia de estos sectores. La convergencia tecnológica es

un paradigma extendido a nivel mundial, sin embargo, en materia de política pública, este

aspecto se materializa en una forma de divergencia digital, ya que los sistemas de medios

de cada país tienen sus características propias que requieren de situaciones “a la

medida”, más que la aplicación de recetas. Así como el desarrollo de la sociedad y el

sistema político condicionan el sistema o régimen de medios, las soluciones están

afectadas por características del Estado, como su organización o ideología. En este

trabajo se ha insistido en que la TDT no es solamente un adelanto tecnológico, sino un

elemento político. Su impacto no es menor, ya que requiere reorganizar las atribuciones

del Estado en torno a un paradigma de convergencia en tecnologías de comunicación que

antes estaban separadas en cuanto a su legislación y regulación. Así, legislar o adaptar el

marco normativo para la migración a la señal digital requiere repensar a la televisión

dentro de un esquema amplio de telecomunicaciones, posibilidad de entrada a nuevos

competidores, mejor aprovechamiento espectral y el desarrollo de nuevos servicios.

En papel la TDT suena a una “puerta” automática al futuro. En la práctica, como señalaba

Hernán Galperin con el título de su libro New Television, Old Politics, esta tecnología

primero debe de librar un obstáculo de política creada para un sistema televisivo viejo,

análogo, separado del resto de las tecnologías de telecomunicaciones y apegado a

ciertas relaciones entre la televisión y los políticos. La TDT (Hart, 2004, p.100), como

adelanto tecnológico que es, tuvo sus primeros pasos en tres regiones que se han

caracterizado desde la segunda parte del siglo XX por su liderazgo tecnológico: Japón,

Estados Unidos y Europa occidental, particularmente el Reino Unido. En estos países

ocurrieron las primeras decisiones en tecnología, pero también en materia de política

pública. Para efectos de este trabajo, esta situación aporta un factor sumamente valioso,

ya que los casos de Estados Unidos y el Reino Unido ofrecen un contraste en términos de

régimen político para observar cómo el apagón analógico siguió estrategias distintas

dependiendo de las estructuras gubernamentales existentes y las características de dos

Page 114: Tesis telecom completa con anexos

114

regímenes de radiodifusión distintos. Es cierto que hay otros países que han completado

también la etapa de transición y que brindan ejemplos de buenas prácticas, sin embargo,

se eligen estos dos países debido a su papel fundamental para el desarrollo de la TDT y

las diferencias claras entre sus estructuras estatales.

Debido a que este trabajo trata de analizar a fondo las características del caso mexicano,

esta sección será breve en términos históricos y se privilegiará el análisis de las políticas

que fueron efectivas para definir la transición digital. También se señalarán algunas

prácticas que destacaron por su inefectividad. Estas “soluciones probadas” serán

contrastadas posteriormente con los lineamientos de la reforma de telecomunicaciones

para observar cómo las nuevas disposiciones constitucionales mexicanas –aún

pendientes de ser aprobadas o modificadas en su caso por el Senado- se acercan o se

alejan de ellas. Debido a que la TDT es uno de los detonadores de políticas o marcos de

regulación convergente, también se destacarán algunos elementos que se podrán

contrastar con la reforma referida. De esta manera, este capítulo servirá para comparar

esencialmente la política de TDT mexicana con las de Estados Unidos y Reino Unido y

para darle contexto a algunas decisiones en materias de regulación y legislación

convergente de las telecomunicaciones y la radiodifusión. La reforma de

telecomunicaciones será contrastada principalmente con los elementos descritos en la

historia del caso mexicano y en su contexto económico-regulatorio.

Como contexto global, tanto Reino Unido como EUA han completado su camino hacia el

apagón digital, pero sólo el país europeo ha suspendido de manera total las transmisiones

analógicas. Ambos han recurrido a un esquema de “apagones” graduales y, en el caso de

Estados Unidos, este proceso tiene un alto grado de avance, además de que esta

transición ya fue plenamente legislada. México, en cambio, llega de manera tardía a la

planeación de su política de TDT, pero si cumple su programa de apagones escalonados

podrá transitar relativamente rápido hacia esta tecnología, siendo el 31 de diciembre del

2015 la fecha límite establecida por la última política válida, y la misma que se plantea en

la reforma constitucional sobre telecomunicaciones.

Como menciona Hart (2004, p.15), un régimen de radiodifusión genera una especie de

“triángulo” de aliados que incluyen al sector privado, el poder legislativo y la burocracia

estatal que se confabula para no permitir cambios que alteren la coalición. Quizás el

apartado de sector privado sea más aplicable a EUA, pero en Inglaterra también surgió un

Page 115: Tesis telecom completa con anexos

115

consorcio privado televisivo que se involucró en una dinámica similar. De esta manera,

surgen tres factores que generan la necesidad para regular la radiodifusión, sobre todo

bajo el supuesto de esta captura regulatoria: la existencia de monopolios, protección a la

libertad de expresión, y la señal libre como un “bien público” a pesar de que no lo sea

formalmente (Hart, 2004, p.17).

3.1 Estados Unidos

Este país desarrolló el esquema de radiodifusión comercial y, aunque no es el único, es

quizás el ejemplo clásico de esta plataforma. Hart (2004, p.58) observa tres condiciones

que explican el éxito de la televisión comercial: se incentivan mejoras tecnológicas, los

usuarios privilegian la variedad de programación, y se acelera la penetración de la

televisión sin el cobro de impuestos por el servicio. El “inicio del fin” del régimen analógico

ocurrió a mediados de la década de 1980. Japón había desarrollado un sistema de

televisión de Alta Definición que funcionaba con tecnología analógica y en 1985 pidió al

Departamento de Estados Unidos su apoyo como el estándar internacional en cuanto a

tecnologías de resolución de televisión avanzada. Sin embargo, en ese mismo año en

EUA el sector de la telefonía comenzaba a demandar una mayor cantidad de espectro, lo

que comenzó a delinear el problema de la escasez natural del espectro contra el

crecimiento de las telecomunicaciones (Hart, 2004, p.100). El formato japonés agudizaba

este problema ya que para transmitir en alta definición se requería un 30% más de

capacidad espectral, es decir, ocupaban canales de 8.1 Mhz, y no los 6 Mhz previstos por

el estándar norteamericano NTSC, además de que implicaba la compra forzosa de

televisores compatibles por parte de la audiencia (Hart, 2004, p.104).

La FCC tenía entonces un reto sobre cómo introducir esta nueva tecnología que, al igual

que las telecomunicaciones, requería de uso de más espectro. Una alternativa conocida

como augmentation consistía en dar más ancho de banda para la transmisión gradual con

mejoras. La otra, que finalmente fue elegida, era el simulcasting, es decir, el esquema de

canales espejo. Sin embargo, el problema para EUA detrás de la HDTV era que esta

tecnología se volvía una especie de símbolo del atraso de los productos norteamericanos

con respecto a los japoneses (Galperin, 2004, p.33). Este modelo de televisión avanzada

suponía una oportunidad para reactivar el sector de manufactura estadounidense a través

de aparatos de consumo que soportaran el formato HDTV. No obstante, en junio de 1990

la firma General Instruments desarrolló un sistema de televisión de Alta Definición

Page 116: Tesis telecom completa con anexos

116

totalmente digital para competir con los estándares de Japón y Europa que iban todavía

sobre un formato analógico. Una ventaja esencial de esta forma de compresión fue que

hacía que la HDTV pudiera ser transmitida a través de canales de 6 Mhz (Galperin, 2004,

p.77). Este es el punto de partida de la TDT y el por qué está íntimamente relacionada

con la idea de televisión de Alta Definición.

La FCC generó dos decisiones clave en la década de 1990. Por una parte eligió el

esquema de simulcasting para transitar hacia una televisión más avanzada. En segundo

lugar, apoyó el desarrollo de la señal digital para transmitir HDTV (Hart, 2004, p.105),

aunque realmente lo que se estaba apoyando era el desarrollo de una tecnología de

compresión y transmisión de señal que permitía tener una televisión con más

posibilidades en términos de definición y servicios. La televisión digital recibió un apoyo

significativo por parte de la Administración Clinton, debido a que la señal digital implicaba

la integración de la televisión al lenguaje binario, lo que aceleraba la convergencia con los

servicios de telecomunicaciones (Galperin, 2004, pp.8-9). La digitalización de la

radiodifusión ponía “contra las cuerdas” algunas premisas básicas de esta actividad, por

ejemplo, la escasez del espectro gracias a la compresión de la señal, lo que justificaba

que el gobierno fuera minucioso en designar a los concesionarios de las frecuencias para

televisión terrestre (Galperin, 2004, p.9). En consecuencia, más espectro disponible

significaba ingresos directos para el Estado a través de su licitación para servicios como

la telefonía. La TDT se convirtió en una “bala mágica” capaz de derrotar los “déficits

gemelos” del comercio internacional y el gasto de Estados Unidos, al mismo tiempo que

creaba un camino para que los ciudadanos transitaran hacia la sociedad de la información

(Galperin, 2004, p.15).

Tanta “maravilla”, sin embargo, venía con sus dificultades. El plan de simulcasting

enfrentó pronto críticas de los concesionarios de radiodifusión, quienes cuestionaron la

opción de transmitir sólo HDTV si la compresión digital permitía difundir más canales de

programación. Pero la multiprogramación no era la única ofensiva contra la televisión de

Alta Definición, sino la posibilidad de ofrecer servicios digitales como telefonía o software

a través de estas redes (Hart, 2004, p.156).

A la par del desarrollo de la señal digital, los servicios de televisión de paga comenzaron a

erosionar el régimen de radiodifusión norteamericano con la oferta de más opciones de

programación. Éstos servicios podían ser regulados sólo a través de legislación de

Page 117: Tesis telecom completa con anexos

117

telecomunicaciones y no de televisión, por lo que se les impuso en esta década la

obligación de retransmisión (must carry) para que no discriminaran a radiodifusores

locales. Los legisladores tienen una relación estrecha con las televisoras regionales

debido a que es un vehículo de publicidad electoral, por lo que la retransmisión obligatoria

impuesta a sistemas de paga tienen también una motivación de supervivencia pol ítica

(Galperin, 2004, pp.66-67). Junto con el simulcasting, la retransmisión mantenía en

buenos términos la relación entre los congresistas y las televisoras, ya que el primero

prácticamente anulaba la posibilidad de la competencia, mientras que la segunda

garantizaba la difusión de las señales abiertas a través de las plataformas restringidas. La

competencia quedó supeditada al cumplimiento del apagón analógico.

A lo largo de la década de los noventa se formó la ATSC para definir los estándares de

televisión digital, que comenzaron a darle forma a un modelo de canales espejo y

transmisión en alta definición. Sin embargo, la dinámica de los servicios de

telecomunicaciones comenzó a poner presión sobre la liberación del espectro ocupado

por la televisión analógica. En 1994 se materializó uno de los grandes temores de los

radiodifusores: la valuación espectral. La televisión abierta norteamericana no pasó en

sus orígenes por un esquema licitatorio; el gobierno entregó las licencias para televisión

abierta a cambio de espacios para las noticias y realizar un papel como “public trustee”

del espectro como bien público. Sin embargo, las primeras subastas de espectro para los

servicios móviles de telefonía dejaron ganancias de hasta 650 millones de dólares por 1

Mhz en 1994, y hasta por 7.7 billones de dólares por 60 Mhz en 1995 (Galperin, 2004,

p.92).

El paradigma de la televisión avanzada cambió a mediados de los noventa en la óptica de

los concesionarios, quienes optaron por adoptar un enfoque de flexibilidad espectral, es

decir, no transmitir en Alta Definición, sino ofrecer servicios distintos a través de su red o

incluso multiprogramación. En términos simples, las televisoras dudaban que el usuario

fuera a gastar en aparatos HD, por lo que el mejor modelo de negocio eran los servicios

adicionales (Galperin, 2004, p.84). Este punto entró en conflicto con las autoridades,

concretamente con la FCC, ya que la lógica del simulcasting era precisamente la de

transmitir HDTV porque ese plan garantizaba la devolución del canal espejo. Con un

esquema más flexible que permitiera servicios de telecomunicaciones no había certeza de

que las frecuencias volvieran al control gubernamental (Galperin, 2004, p.90). Al proponer

el uso flexible de su frecuencia digital, los radiodifusores se arriesgaban a que el

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118

regulador decidiera que, para ofrecer servicios distintos a la HDTV, los concesionarios no

necesitaban de un canal espejo.

Entre 1996 y 1997 se delineó la política de transición digital que contemplaba el 2006

como fecha tentativa para el apagón analógico. Esta reglamentación favorecía en gran

medida a los radiodifusores, ya que trasladó el esquema de must carry a las señales

digitales, por lo que los cableros –preocupados por tener que transmitir señales digitales

multiprogramadas gratuitas- no se presentaban como un sector que les compitiera de

modo directo (Hart, 2004, p.173). Además, la FCC negoció una transición más rápida

hacia la TDT concediéndoles a los operadores de televisión abierta la posibilidad de

transmitir en HD o definición estándar multiprogramada, además de que se permitiría

ofrecer otros servicios interactivos (Hart, 2004, p.177). Galperin señala que se incluyó un

criterio de penetración de tecnología receptora de TDT en una proporción del 85%, como

meta para la devolución de los canales espejo, pero que la adopción no subsidiada de

estas tecnologías era, a lo sumo, una ingenuidad (Galperin, 2004, p.111).

Para el 2005, sólo el 3% de los estadounidenses tenía tecnología receptora de TDT,

aunque el 80% recibía servicios de paga, muchos de ellos ya en formato digital. La

extensión de este servicio se volvió otro punto de conflicto, ya que la señal digital abierta –

multiplexada o multiprogramada- tenía que seguir siendo retransmitida por los cableros,

quienes mantuvieron su protesta en torno al must carry de este tipo de señales (Hart,

2010, p.21). Irónicamente, la “competencia” directa de la televisión abierta a través de

sistemas de paga se volvió un factor de despliegue rápido de tecnología de recepción

digital debido a que estas firmas proveían cajas decodificadoras junto con el servicio, lo

que hacía irrelevante la proporción de televisores para TDT con la que la audiencia

contaba. Entre el 2008 y el 2009 terminó de delinearse una nueva política de TDT que

tenía dos cambios esenciales con respecto a la de 1997: el subsidio para adquirir cajas

decodificadoras y una fecha nueva para el apagón analógico. Además, en el 2008 se

subastaron algunas frecuencias liberadas entre los canales 52 al 69, es decir, ya dentro

de la banda de 700 Mhz, generando un ingreso aproximado de 20 billones de dólares, lo

que ponía presión adicional sobre los radiodifusores que aún tenían señales analógicas

(Hart, 2010, p.24).

El apagón estaba fechado oficialmente para febrero del 2009, pero un retraso con el

programa de cupones para cajas receptoras (un máximo de dos cupones de 40 dólares

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119

cada uno por hogar) por falta de fondos hizo que se modificara esta fecha para el 12 de

junio del 2009. El presidente Barack Obama firmó esta modificación para que entrara en

vigor y para el 31 de diciembre de ese año se habían realizado avances significativos en

cuanto al apagón de las señales analógicas de mayor potencia. Esta directiva señala que

el 1 de septiembre del 2015 deberán cesar todas las transmisiones analógicas en Estados

Unidos.

Hart (2010, p.27) define el proceso de transición norteamericano como uno lleno de

decisiones confusas por parte de todos los actores, lo que explica la decisión de no

adoptar un esquema de HDTV aunque el simulcasting prácticamente se diseñó pensando

en esa posibilidad. La falta de claridad de reglas “must carry” también llegó de manera

tardía y se eliminó la posibilidad de que los sistemas de paga fueran una competencia

real. En cuanto a la política de TDT, ésta tuvo que establecer una fecha concreta del

apagón analógico y subsidios a los receptores para dar incentivos a los consumidores

para obtener la tecnología correspondiente. Además, las características de la

organización del gobierno permitieron que la política de partidos complicaran la transición

con falta de acuerdos entre legisladores, pero también que éstos favorecieran en última

instancia a los radiodifusores debido a la relación que tienen con ellos para mantener su

carrera política a través de la exposición en medios. Así, las reglas de ese régimen de

radiodifusión se “calcaron” prácticamente a la TDT (Hart, 2010, p.27; Galperin, 2004,

p.238)., en donde éste esquema no significó mayor competencia, ni una ruptura del

“triángulo” entre reguladores, políticos y regulados.

3.2 Reino Unido

A diferencia de Estados Unidos, al Reino Unido se le conoce mundialmente por una

tradición de servicio de radiodifusión pública de alta calidad materializado en la BBC. Pero

además de privilegiar una televisión de orientación pública, la democracia británica es un

régimen parlamentario que genera mayorías más estables y una disciplina de partido más

rígida que contrasta con la fragmentación de los legisladores norteamericanos. Estas dos

condiciones marcan diferencias marcadas entre las transiciones a la transmisión digital.

La historia de la televisión británica se remonta a la creación de la British Broadcasting

Corporation (BBC), que fue fundada en 1922 y por prácticamente 30 años tuvo el

monopolio de la televisión en el Reino Unido. En 1954 se promulgó la “Television Act” por

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120

la que se crea un cuerpo gubernamental autónomo denominado como Independent

Television Authority que luego se conocería como Independent Broadcasting Authority

(IBA), que tendría a su cargo la asignación o subasta de licencias de televisión. Esta acta

permitió al Reino Unido ser el primer país en Europa Occidental en permitir radiodifusoras

comerciales (Galperin, 2004, pp.150-151). Nació así la cadena Independent Television

(ITV) que agrupaba a radiodifusores privados en un solo grupo. Diez años después, se le

concede a la BBC un canal adicional, BBC2, para poder competir con ITV (Galperin, 2004,

pp.152-153) y se concreta así el duopolio de la televisión inglesa cuya estabilidad

dependía de la diferencia en el financiamiento, ya que la BBC cobraba una especie de

impuesto, un “fee” a los usuarios y contaba con fondos públicos, mientras que ITV tenía

ingresos comerciales. Durante la administración de Margaret Thatcher se funda en 1990

el Channel Four, que incluye financiamiento por público y privado, con la idea de ofrecer

más diversidad en la programación abierta. Sin embargo, la idea de Thatcher era combatir

el régimen de radiodifusión establecido y la dominancia de la BBC, pero eligió un camino

políticamente más estable apoyando nuevas tecnologías de televisión de paga, por lo que

confrontaría un sector altamente regulado como el de la televisión abierta con uno de

reglas más laxas, que es la televisión restringida (Galperin, 2004, p.155) sin incurrir en el

costo político de oponerse públicamente a la BBC.

Para llevar a cabo esta política, se expide en 1984 una de las primeras leyes

convergentes en el mundo, la “Cable and Broadcasting Act” mediante la cual los cableros

podían ofrecer servicios de telefonía colaborando con las firmas British Telecom o

Mercury, pero estas dos empresas quedaban impedidas de participar en el mercado de

“entretenimiento”, aunque podían pedir autorizaciones para generar sus franquicias de

televisión por cable (Galperin, 2004, p.156). El cable no se desarrolló como Thatcher

quería, y el impedimento de que la inversión extranjera controlara a las cableras se

tradujo en un despliegue de redes muy lento. En cambio, la televisión satelital tenía más

agilidad, por lo que la IBA y el Gobierno británico deciden alentar la competencia a través

del consorcio British Satellite Broadcasting (BSB) formado por la BBC, ITV y otros

participantes privados, a quienes se les autoriza comenzar sus operaciones en 1986 para

tratar de expandir la penetración de televisión de paga. Sin embargo, la competencia en

este sector provenía del magnate mediático Rupert Murdoch, quien dominaba la televisión

satelital a través del sistema Sky TV (Galperin, 2004, pp.157-158). La inviabilidad de BSB

Page 121: Tesis telecom completa con anexos

121

terminó en una fusión con Sky TV, naciendo así el consorcio BSkyB, con Murdoch a la

cabeza.

En 1990 y 1991 se redujeron las restricciones a la inversión extranjera para los servicios

de cable debido a que se había “perdido” la apuesta satelital. Además, el regulador IBA

fue sustituido por la Independent Television Comission (ITC), que tendría a su cargo la

asignación de licencias sólo a operadores comerciales. Las concesiones de radiodifusión

quedaron fuera de su jurisdicción, por lo que sólo los operadores de paga podían ser

regulados por este nuevo organismo (Galperin, 2004, p.159). A ITV se le pide terminar su

arreglo tipo “cártel” como mayoristas en proveedores de contenido a otros radiodifusores y

se funda un nuevo canal, el Channel Five, dependiente de publicidad y dedicado

principalmente al entretenimiento. ITV queda controlado por tres grandes grupos:

Granada, Carlton y United News and Media. La BBC sufrió cambios también. La

administración del Primer Ministro conservador John Major propone eliminar el “fee” de la

BBC a los usuarios y privatizar la infraestructura de transmisión para buscar quitar

barreras de entrada a la televisión abierta y, al mismo tiempo, capitalizar a la BBC para

transitar hacia la televisión digital. Al mismo tiempo, esto generaba presión a la BBC para

buscar participar en mercados internacionales, de los cuales podía obtener recursos

(Galperin, 2004, p.163). Murdoch, por su parte, se consolidaba con BSKyB en materia de

televisión de paga y televisión avanzada.

La televisión avanzada era entendida de maneras completamente distintas en ambos

extremos del Atlántico. Mientras que los norteamericanos preferían un modelo de HDTV,

Europa había descartado de manera rápida su propia versión de alta definición (Formato

HD-MAC), y pronto se construyó un grupo de trabajo, el Digital Video Broadcasting Group,

DVB, para generar un estándar de transmisión digital, cuyo producto fue criticado

inicialmente por no integrar la plataforma para HDTV (Hart, 2004, p.181). Descartar la

Alta Definición hacía más eficiente el uso del espectro porque permitía que la televisión

avanzada distribuyera más información o servicios. El reparto del trabajo para la transición

digital europea, en términos generales quedó más o menos así: el sector privado llevaría

a cabo la transición, mientras que la Comunidad Europea coordinaría la investigación y

desarrollo de tecnologías de radiodifusión digital, haría énfasis en la adopción de un

estándar y garantizaría condiciones de competencia para los nuevos servicios (Galperin,

2004, p.135). La Comunidad Europea plasmó estas tres obligaciones en el documento

conocido como Directiva 95/47 (Galperin, 2004, pp.137-138), en la que se oficializa el

Page 122: Tesis telecom completa con anexos

122

DVB como el formato europeo de TDT y se establece que los sistemas de Acceso

Condicionado, o los “candados” desarrollados por las firmas de televisión restringida

serán respetados y compatibles con la nueva televisión digital. Sin embargo, estas

compañías permitirán el acceso a dichas plataformas a precios razonables y no

discriminatorios para extender su estandarización en cuanto a la encriptación de la señal

de paga. Además, se establece la obligación de retransmitir a los radiodifusores terrestres

a precios justos, razonables y no discriminatorios. La directiva europea elimina ciertos

criterios difusos, establecer reglas claras, pero delinea de manera muy pobre los castigos

o sanciones, así como sus mecanismos para hacer cumplir las condiciones. En suma,

esta directiva propone respetar la tecnología desarrollada por las firmas privadas, pero

hace un esfuerzo por que estas se conviertan en los estándares sin que ello represente

una ventaja competitiva de negocio que impida la competencia. Esto le ahorraba costos al

sector público en materia de desarrollo tecnológico y permitía a la industria de

electrónicos europeos reactivarse.

En 1997 comenzó la transición paulatina a la TDT en Europa habiéndose sentado ya

algunas “reglas de juego” y, con ello, la convergencia entre telecomunicaciones y

radiodifusión. En Reino Unido se optó por un modelo de TDT se decidió observar la

experiencia de Estados Unidos para no replicar algunos errores o dificultades, y se

desechó la alternativa del simulcasting exclusivo para canales en Alta Definición, y

también se descartó la idea de canales adicionales para servicios extra que le dieran más

atractivo a la TDT porque se generaba incertidumbre en la devolución de las frecuencias

(Galperin, 2004, pp.167-168). La estrategia preferida combinaba estas dos vertientes, una

especie de simulcasting con nuevos servicios, ya que aprovechaba de mejor manera el

espectro disponible, de modo que el esquema de canales espejo garantizaba la

continuidad de la radiodifusión, mientras que los nuevos servicios aparecían como un

elemento adicional para que los usuarios adquirieran tecnología de TDT.

Hacia mediados de 1990, Reino Unido estaba listo para renovar su política de televisión

digital. Se emitió un borrador en donde se separaría la operación de los canales. Es decir,

las frecuencias, ahora conocidas como Multiplex, o MUX, serían operadas por un

concesionario, pero también se expedirían licencias para los proveedores de servicios y

contenidos adicionales. Es decir, el “canal espejo” quedaría a cargo de una televisora,

pero los contenidos adicionales podían ser operados por otro actor (Galperin, 2004,

p.174). Este borrador indicaba también que los criterios para otorgar las concesiones

Page 123: Tesis telecom completa con anexos

123

digitales eran el plan de inversión en nueva infraestructura, el plan para la adopción de

receptores (subsidios privados), y la variedad de programación.

En cuanto a los MUX, la participación de cada firma sería parcial, es decir, los canales

espejo no serían asignados uno para ITV, otro para el Channel Four, y uno más para el

Channel Five, sino que éstos compartirían el MUX 2, o el MUX 3, por ejemplo. Las

televisoras reclamaron esta propuesta y pidieron imitar el canal espejo de EUA, además

de reconsiderar el mecanismo de subsidio privado para las cajas decodificadoras. Las

demandas de los radiodifusores fue establecer una fecha concreta para el apagón

analógico, además de operar más proporción de cada MUX y la posibilidad de usar esas

frecuencias para ofrecer televisión de paga (Galperin, 2004, p.178).

La ley resultante atendió la cuestión del control de cada MUX, pero no en la medida que

los concesionarios exigían. Se le concedió uno entero a la BBC y el resto de los canales

compartieron el resto. Se requirió el simulcasting en un 100% a las televisoras y la fecha

del apagón sería designada hasta que se tuviera un 50% de penetración de TDT

(Galperin, 2004, pp.180-181). Otras condiciones para obtener una frecuencia digital era el

must carry de las señales y hacerle competencia directa a BSkyB. Esta reglamentación no

tocó a los órganos reguladores del Reino Unido en materia de telecomunicaciones (Oftel)

y radiodifusión (ITC) a pesar de que existía ya la percepción de que ambos mercados

eran convergentes (Galperin, 2004, p.193).

La Oftel y la ITC tenían modos distintos de ver la transición hacia la TDT. La primera

instancia sugería generar legislación y regulación convergente, de modo que las

telecomunicaciones y la radiodifusión compartieran plataformas y se fomentara el acceso

(Galperin, 2004, pp.197-198). Es decir, que existiera infraestructura común e

interoperabilidad basada en la escuela regulatoria de telecomunicaciones. En 1997 el

laborista Tony Blair es elegido como Primer Ministro y le da apoyo a la Oftel en cuanto a

la generación de un marco regulatorio basado en la convergencia y el fomento de la

competencia. Cobran importancia también los planes de una fecha concreta del apagón

analógico y el subsidio de los equipos receptores (Galperin, 2004, p.211). En ese mismo

año BSkyB comienza las operaciones de su servicio de televisión digital vía satélite y su

competencia se lanza con el nombre de ITV Digital que era un consorcio de ITV para

ofrecer desde ese año televisión digital terrestre con servicios de paga contratables para

tratar de impedir que la empresa de Murdoch “impusiera” sus cajas decodificadoras. La

Page 124: Tesis telecom completa con anexos

124

“guerra de decodificadoras” fue particularmente desventajosa para el consorcio ITV, ya

que BSkyB instalaba las suyas de manera gratuita y hacer lo mismo representó un costo

extra para el operador terrestre. La BBC anticipaba que los contenidos tenderían a ser de

menor calidad si se quería competir contra Murdoch en la plataforma digital, por lo que

comenzó a “levantar la mano” para operar frecuencias digitales apegadas al servicio de

radiodifusión pública (Galperin, 2004, p.212). El proyecto de ITV terminó en el 2002 por su

falta de viabilidad económica y gracias a que, en parte, su lanzamiento se apresuró para

tratar competir con la plataforma satelital BSkyB y generó servicios que no apelaron a la

mayoría de la audiencia. Así, se decidió darle la licencia de operación digital a una

coalición de BBC y BSkyB llamada Freeview para que la plataforma terrestre de televisión

digital fuera más tradicional y apegada a las expectativas de la audiencia (Galperin, 2004,

pp.224-225).

En el 2003 se fusionó a Oftel y ITC para formar el órgano regulador convergente Ofcom,

también a cargo de la transición digital. Para este proceso se creó también la compañía

Digital UK integrada por los operadores. El proceso definitivo para la migración a la TDT

comenzó el 17 de octubre del 2007 y concluyó el 24 de octubre del 2012 mediante el

cumplimiento de apagones regionales en fechas específicas. Se mantuvo el sistema de

MUX con seis de ellos en total, operados por la BBC, ITV, Channel 4, S4C y Channel 5 y

se ofrecen servicios de la compañía Freeview (mayoritariamente canales de programación

a través del “fee”), así como Top Up TV, que ofrece también canales y video “on demand”.

Otro conjunto de servicios adicionales se ofrece a través de BT Vision, que da

programación deportiva de Sky Sports y ESPN, así como algunos servicios de televisión

vía IP. El panorama final de la TDT británica es lejano al paradigma inicial de la HDTV y

esencialmente se ofrecen más canales, así como servicios similares a la televisión de

paga, como la guía de programación y la capacidad de grabar en cajas decodificadoras

con disco duro disponible, un servicio que no estaba contemplado y que surgió gracias a

la demanda de los consumidores. La TDT británica está más apegada a la visión de la

televisión avanzada dentro de un paradigma de plataformas convergentes.

3.3 EUA vs Reino Unido ¿Inercia contra cambio?

Las transiciones digitales de EUA y el Reino Unido no fueron caminos tersos. Cada uno

de estos procesos estuvo sujeto a las características del gobierno y de los regímenes de

radiodifusión. Los dos casos estuvieron sujetos a lo que Galperin (2004, p.15) llama la

Page 125: Tesis telecom completa con anexos

125

“Paradoja del TDT”, que radica en que este adelanto tecnológico genera más regulación y

no desregulación. Esta paradoja se explica por tres condiciones: el declive de sus

industrias de electrónicos de consumo, la agenda de la revolución de la información y la

escasez o el “crunch” del espectro radioeléctrico con la oleada de nuevos servicios de

telecomunicación. Las causas fueron prácticamente las mismas en este problema, pero

las soluciones fueron muy distintas.

En suma, el Reino Unido fomentó una competencia agresiva promovida desde el mismo

gobierno en conjunto con los concesionarios. Las reformas atacaron el régimen de

radiodifusión que existía, como se puede observar con la partición de los canales espejo

en distintos MUX. Ocurrieron confrontaciones con radiodifusores y se promovió una

política de competencia en contra de la plataforma satelital de Murdoch. Y, finalmente, se

llevó a la TDT la defensa del servicio público. En este sentido, la BBC ya no puede ser

considerada como un medio público tradicional sino como uno “neo público”, con

funciones de contrapeso natural hacia los medios comerciales, pero adaptado al

paradigma digital y convergente.

Hay que aclarar que el término de medio “neo público” no existe como tal en la literatura

disponible. Sin embargo, esta evolución que ha tenido la BBC no puede ser ignorada. La

diferencia que se observa a través de este cambio entre un medio público tradicional y

uno nuevo, es que el espíritu de un medio público es hacer contrapeso a una

programación comercial, cuya racionalidad es el rating. El medio “neo público” que aquí

se trata de describir como el siguiente paso de este tipo de entidades es uno que lleve

esta manera no comercial de entretenimiento a un entorno donde la radiodifusión se

integra a las telecomunicaciones. Es decir, los radiodifusores comerciales llevan sus

plataformas a un nivel más avanzado aprovechando que pueden ofrecer, por ejemplo,

servicios de televisión de paga. Esto no quiere decir que los medios públicos se deben de

poner a ofrecer cable, o DTH, por ejemplo, sino que deben de tomar en cuenta que estos

son espacios en los que pueden participar. La BBC, por ejemplo, se ha enfocado a

distribuir su señal a otros países a través de las compañías de paga, lo que también

representa un flujo de ingresos para la corporación gracias a que también en

transmisiones off shore permite incluir espacios publicitarios, condición que tiene

prohibida en el Reino Unido. En otras palabras, si los medios comerciales tradicionales se

están convirtiendo en entidades que aprovechan la convergencia como modelo de

negocio, los medios públicos no pueden estar ajenos a las ventajas de esta condición

Page 126: Tesis telecom completa con anexos

126

tecnológica, que les puede representar ingresos, pero también plataformas para expandir

el alcance de sus señales.

Estados Unidos reforzó los oligopolios existentes como se puede observar a través de su

esquema de simulcasting, que incluso llegó a generar incertidumbre sobre la devolución

de la frecuencia prestada. Las reformas al régimen de propiedad de medios fue mínima,

explicada fundamentalmente por la relación que tienen los legisladores con los medios

locales para buscar ser reelegidos por los votantes. Otra particularidad norteamericana

fueron los procesos largos para la implementación de política pública debido a la falta de

consensos, lo cual es una consecuencia natural del régimen de gobierno norteamericano,

donde no se tienen dirigencias centrales de partidos fuertes y se privilegia la participación

de varios interesados en el proceso de legislación, afectado principalmente a través de los

lobbys. A diferencia del Reino Unido, el Congreso prefirió defender a los medios

comerciales, es decir, sólo se trasladó esta relación a un ambiente digitalizado.

Hay, sin embargo, tres grandes coincidencias en ambos casos: la creación de reguladores

convergentes, oposición a los sistemas de televisión de paga, y flexibilidad de uso del

canal espejo.

Ambos países tienen reguladores convergentes en materia de radiodifusión y

telecomunicaciones; se han convertido en reguladores del espectro fundamentalmente. La

diferencia es que la FCC de Estados Unidos se crea en 1927 como una Comisión

dedicada a supervisar la gestión de las licencias para uso del espectro y el papel de los

radiodifusores como “depositarios” de un bien público. Desde luego que una de las

“obligaciones públicas” mejor definidas era el acceso de los candidatos a las ondas de

radio y televisión (Galperin, 2004, p.58). Aunque la condición de regulador espectral tiene

intrínseco un paradigma convergente, la FCC operó siempre con marcos legales no

convergentes, es decir, leyes que separaban a las telecomunicaciones de la radiodifusión.

Esta falta de leyes únicas acentuó la participación de actores diversos –como la industria

de la computación o las industrias de cable- como un elemento caótico o al menos

disruptivo en términos de consenso sobre TDT. Esto dificultó la creación no sólo de

puntos de acuerdo, sino la adopción de estándares, o al menos de esquemas de división

de trabajo con miras a desarrollar formatos comunes. Además, la legislación en la que

estaba basada la FCC no le permitía implementar políticas propias para tener un mayor

“peso” dentro de las decisiones en torno a la TDT. Nunca se tomaron en serio las

Page 127: Tesis telecom completa con anexos

127

concesiones con respecto a la flexibilidad del simulcasting a cambio de una transición

más corta y, por ejemplo, en el 2002 había 800 operadores que ni siquiera habían

comenzado transmisiones digitales y que no recibieron sanción alguna (Galperin, 2004,

pp.244-245).

El Reino Unido fue un poco más ordenado en este sentido y partió de la creación de

órganos reguladores distintos (Oftel e ITC) a un esquema convergente con la creación de

Oftel, pero también con la creación de leyes dirigidas a la transición digital y la operación

de un régimen de tecnologías digitales de plataforma compartida. Desde luego que un

problema en el caso europeo fue la creación de leyes o criterios separados, pero la

posibilidad de generar mayorías estables a través de la disciplina partidista facilitó la

creación de una legislación actualizada.

Un elemento compartido entre ambos casos fue el “combate” a sistemas de paga. La

herramienta más efectiva en ambos casos fue la regulación tipo must carry para que la

penetración de sistemas de suscripción no pusiera en riesgo la posibilidad de una

televisión avanzada radiodifundida. Quizás esta condición surgió debido a que estos

países, al ser desarrollados, tienen una demanda natural de sistemas de paga que

ofrecen más posibilidades programáticas. Sin embargo, al no estar regulados por criterios

de radiodifusión, se pierden algunas de las obligaciones públicas, como el acceso de los

políticos a los espacios mediáticos. En consecuencia, estas plataformas se presentaron

como elementos a regular para garantizar la supervivencia de los radiodifusores, pero

también como esquemas para distribuir el acceso a tecnologías de señal digital.

La flexibilidad del simulcasting es también un elemento compartido en ambos casos.

Reino Unido desechó rápido la alternativa de transmitir en Alta Definición y los

concesionarios en Estados Unidos, a pesar de haber adoptado la idea de la HDTV,

reconocieron que este modelo de negocio no sería viable dada la baja penetración de

televisores diseñados para este propósito. Tanto el Reino Unido como los Estados Unidos

prefirieron flexibilizar entonces el uso del canal espejo y ello generó un problema común

para ambos países, la devolución del canal prestado. La oferta de servicios de

telecomunicaciones presentaba un escenario de incertidumbre, ya que dicha opción podía

dejar a los radiodifusores con más espectro de modo gratuito. Por lo tanto, la

flexibilización del simulcasting derivó en servicios de radiodifusión primordialmente bajo la

figura de la multiprogramación. El caso británico es el más complejo porque fue una

Page 128: Tesis telecom completa con anexos

128

decisión técnica, y no tanto de arreglo político. La fragmentación del canal espejo en un

MUX y un espacio para contenido adicional permitió que se entrelazaran servicios de

radiodifusión con servicios de televisión de paga sin que peligrara la rectoría del Estado

sobre la frecuencia digital, operada en este caso por varias firmas. En suma, el

simulcasting como vehículo exclusivo de la HDTV no es una alternativa viable y los

concesionarios han objetado este enfoque, por lo que la Alta Definición es una opción que

convive con la posibilidad de multiplexar servicios de programación o más canales, por

ejemplo.

3.4 Resumen del capítulo

El Reino Unido y Estados Unidos fueron, junto con Japón, la vanguardia en el desarrollo

de las señales digitales para televisión. El país asiático fue el inventor de la televisión de

Alta Definición y Estados Unidos creó la señal digital destinada a transmitir HDTV. Ese fue

el inicio de la transición digital en la radiodifusión. Estados Unidos y Reino Unido son dos

casos de estudio muy reveladores en materia de adopción de la TDT, ya que ilustran

cómo las instituciones políticas son elementos que marcan la diferencia y, sobre todo, que

no existe una receta única para un proceso exitoso, aunque hay prácticas en común que

ya probaron su éxito.

El caso británico representa el cambio de las reglas del juego, de una política nueva para

una televisión más avanzada. Fomentó la competencia desde la ley y se efectuaron

reformas al régimen de radiodifusión, de modo que la transición a la TDT no fue una

simple transferencia del arreglo actual entre las televisoras, a las cuales se les confrontó a

lo largo del proceso. Además, se mantuvo la defensa del servicio público, transformando a

la BBC en un medio más bien “neopúblico” al adaptarlo al salto tecnológico.

Estados Unidos, en cambio, reforzó el arreglo entre los concesionarios y no llevó a cabo

reformas de fondo para la TDT. Afectó en gran medida la fragmentación de los intereses

de los legisladores, quienes dependen en gran medida de la televisión local para hacer

campaña y conseguir la reelección. A esta fragmentación se le sumó una diversidad de

actores de la industria que complicaron la construcción de acuerdos. Los ganadores

fueron los medios comerciales, que prácticamente no vieron modificaciones al régimen de

radiodifusión que dominan.

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129

Hay tres prácticas en común en ambos casos: el surgimiento de reguladores más

orientados hacia la convergencia digital; flexibilidad en el uso del canal espejo para la

multiprogramación, y una oposición constante a los sistemas de televisión de paga para

defender a los concesionarios existentes.

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130

Capítulo 4

Resultados

La digitalización de la radiodifusión y las telecomunicaciones ponen a prueba el

papel de los gobiernos para integrarlas a una visión de Estado. En torno a este tema

existen ya diversos paradigmas que conciben a la TDT y otras TICs como elementos de

desarrollo, por ejemplo, o de dependencia de los países más pobres con respecto a los

más avanzados. Sin embargo, la tendencia global en materia tecnológica indica que la

convergencia es más que un hecho, pero la “universalidad” de esta condición está

limitada por la brecha digital, que no es otra cosa que el reflejo de la brecha de ingreso o

de inequidad en una sociedad. Esta noción de desigualdad “digital” tiene su eco en la

visión de la sociedad de la información, un enunciado recurrente a nivel global que

pretende reducir esa brecha a través de acciones de política pública. Todo esto lleva a

una paradoja: la convergencia digital en los países tiene que realizarse a través de

divergencias en política pública. En otras palabras, las TICs y la TDT no pueden ser

trasplantadas a otros países a través de recetas, sino que cada sociedad tiene que

desarrollar una serie de diferencias y caminos hechos a la medida para atender las

necesidades propias de cada caso.

En el caso de la TDT y la creación de un marco convergente en materia de

telecomunicaciones, existen algunas prácticas en común que pueden ser tomadas en

cuenta debido a que han dado resultados en diferentes contextos o distintas estructuras

institucionales. Este aspecto quizás es más aplicable para la TDT debido a que es un

campo específico de tecnología y política pública. No obstante, la adopción de este

avance repercute en toda el área de telecomunicaciones, por lo que revisar su marco

regulatorio es obligatorio para un mejor aprovechamiento del dividendo digital. Este punto

es quizás el que genere más divergencias, debido a que cada país puede tener una

situación o problemática distinta en cada uno de estos mercados. Y aunque cada caso

tiene sus propias causas y diferencias, la competencia parece ser una preocupación

generalizada para este ramo. Por naturaleza, las telecomunicaciones tienden a ser

actividades con pocos competidores en un mercado determinado. Los costos de entrada y

operación son altos, además de que se requiere de inversión fuerte en infraestructura y el

espectro radioeléctrico es un recurso escaso y costoso. Las empresas fuertes en materia

de telecomunicaciones tienden a integrarse de manera “vertical” para abarcar la mayoría

de los servicios, e incluso se presta para que ocurran fusiones entre varias firmas. La

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131

propiedad cruzada y la concentración de mercado son generalmente la principal

preocupación económica, lo que implica que cada país aplique ciertos métodos de

regulación más o menos parecidos, pero tomando en cuenta sus condiciones endógenas.

Otra preocupación compartida no menos importante es el acceso a estas nuevas

tecnologías, lo que se ve afectado por la brecha de ingreso de cada país, así como la

disponibilidad de infraestructura.

4.1 Hallazgos en TDT

México a partir de la Política de TDT 2012 prácticamente se ha apegado a ejemplos de

mejores prácticas. El Acuerdo del 2004 mostraba algunos problemas de viabilidad al

apegarse al modelo norteamericano prácticamente como una imitación rígida. Sin

embargo, tanto la política emitida por la Cofetel en el 2012 y los planteamientos

contenidos en la reforma constitucional de telecomunicaciones parecen ir a favor de

prácticas que ya han funcionado en otros países, concretamente en EUA y el Reino

Unido, a pesar de las diferencias de cada caso. Estas son las políticas que parecen

generar consenso en cuanto a transiciones digitales en materia de radiodifusión:

Regulador convergente. En Estados Unidos la figura la ocupa la FCC, aunque

aún conserva algunas leyes divergentes. En Reino Unido se fusionaron a los

reguladores para crear la Ofcom. En México la Cofetel estaba supeditada a

algunas decisiones de la SCT y tenía doble ventanilla con la CFC. La reforma de

telecomunicaciones busca crear con el Ifetel un organismo de regulación

convergente.

Flexibilidad en simulcasting. En Europa se desechó rápidamente la opción de la

HDTV y prefirió usar canales espejo combinados con multiprogramación. En EUA

los concesionarios presionaron para poder multiprogramar a cambio de una

transición más corta. En México la SCJN en el 2012 declaró que era un servicio

legal de radiodifusión con el caso HiTV. Ante la poca penetración de televisores de

Alta Definición parece el modelo de negocio más viable uno que ofrezca más

programación. Tanto la política de TDT 2012 como la reforma de

telecomunicaciones la integran. Queda pendiente en México definir si habrá pago

de contraprestación, pero la redacción legal abre las puertas a que sea una opción

gratuita.

Page 132: Tesis telecom completa con anexos

132

Fechas fijas de apagón analógico. Las transiciones digitales sólo tuvieron éxito

cuando se fijaron fechas límite para apagar señales, o calendarios escalonados.

México establece un programa calendarizado y el 31 de diciembre del 2015 como

fechas meta, aunque pueden ser revisadas en términos de niveles de penetración.

Decodificadores como receptores. La poca distribución entre la población de

televisoras HD echó por tierra una transición rápida pensada en transmitir sólo

HDTV. El enfoque de cajas decodificadoras reconoció la poca adopción de

televisores más avanzados, pero garantizó una transición más acelerada y

garantizar un mayor acceso a la TDT.

Legislación de la TDT. Los primeros pasos para cada transición fueron

esencialmente acuerdos. En Estados Unidos estos acuerdos se iniciaron desde la

búsqueda de tecnología de difusión de señales de Alta Definición y se prolongaron

a lo largo de la década de 1990 entre legisladores, la FCC y los radiodifusores. Sin

embargo, la introducción de diversos mandatos congresionales (Acts) fue clave

para establecer tanto la fecha de transición como el programa de subsidio de

receptores. En Reino Unido fue un camino menos difícil debido a las mayorías

estables de su régimen parlamentario, y el punto de partida para los consensos

era precisamente la formulación de legislación para la transición digital. En México

la política vigente parte de un decreto presidencial que busca cooperación entre

secretarías, pero la reforma constitucional de telecomunicaciones hace ley la

migración hacia la TDT, aunque la sitúa en sus artículos transitorios.

Confrontación con televisión de paga. Este punto es la gran diferencia entre las

transiciones internacionales estudiadas y el caso mexicano. EUA y Reino Unido

combatieron cada uno a los operadores de televisión de paga para evitar que

éstos desplazaran a los concesionarios de televisión abierta. En el caso

norteamericano se establecieron criterios de retransmisión (must carry) para

garantizar la supervivencia de la televisión local, esencial para los intereses

electorales de los legisladores. Al otro lado del Atlántico, las compañías de cable

de capital nacional fueron apoyadas por las administraciones conservadoras para

ponerle competencia a la BBC, y luego para tratar de contrarrestar la influencia de

las empresas de Murdoch, particularmente la de televisión satelital, sin el efecto

deseado. Finalmente, se apoyó a la BBC y otros productores nacionales para

desarrollar servicios de televisión avanzada que compitieran contra la televisión

digital satelital de Murdoch. En México, los lineamientos para el sector de

Page 133: Tesis telecom completa con anexos

133

telecomunicaciones han favorecido claramente a Televisa, que es al día de hoy el

principal operador de servicios de televisión de paga tanto en formato de cable y

satélite. Tres elementos han sido clave para permitir este crecimiento de Televisa

como operador de paga, y todos han sido consecuencia de decisiones de política

pública: admisión de inversión extranjera y privada en telecomunicaciones; el

permiso para realizar fusiones con otras empresas para capitalizar inversiones en

redes de telecomunicaciones y, finalmente, la convergencia digital materializada

en el triple play. Además, estas condiciones se refuerzan por la restricción a

Telmex en cuanto a servicios de video. Desde luego que las condiciones son

distintas en México con respecto a los países con los que se les compara, ya que

en EUA y Reino Unido los niveles de ingreso son distintos y los servicios de

televisión de paga están más difundidos. En México realmente no se presentan

operadores de paga que le disputen a las empresas de Televisa, siendo Dish

México el ejemplo más cercano. No obstante, la tendencia es clara: Televisa se ha

beneficiado por las decisiones para televisión de paga, mientras que se mantiene

a raya a América Móvil, que ya ofrece televisión restringida en América Latina y

podría ser un competidor natural de Televisa en esta plataforma.

Estos últimos fueron los elementos que presentan continuidad. Como se vio, México sólo

se diferencia de EUA y Reino Unido en cuanto a la oposición a proveedores de paga que

pudieran competir en televisión avanzada con los radiodifusores que están por migrar a

TDT. La transición digital presenta entre esos dos países algunos ejes de oposición en los

cuales se puede situar también a México para observar hacia qué modelo se orienta en

mayor medida.

Reforma a régimen de radiodifusión vs régimen sin reformar. En EUA no se

presentaron reformas al régimen de radiodifusión. El simulcasting fue flexible en

términos de multiprogramación, pero se “calcó” el régimen análogo a la plataforma

digital. En Reino Unido sí se reformó el régimen a través de la separación de los

MUX y los operadores de servicios adicionales. En México la política de TDT no

ofrecía cambios, aunque se planteaba como el hilo conductor que abriría la

competencia. En la reforma del 2013 se ofrece un cambio relevante con la

disposición de concesiones únicas que podría ayudar a promover modelos de

Page 134: Tesis telecom completa con anexos

134

negocio más competitivos en TDT. Este cambio se tiene que apoyar en el

surgimiento de otros competidores en televisión abierta para hablar de un cambio

consumado en el régimen de radiodifusión mexicano.

Cambio y confrontación con concesionarios vs dispersión y trabas. El

Congreso norteamericano evitó la confrontación con los radiodifusores y el

proceso de transición a la TDT encontró diversas trabas entre actores y políticos.

En Reino Unido se confrontaron gobierno y radiodifusores, incluida la BBC, y se

privilegiaron los cambios rápidos a través de decisiones de política pública, como

el apoyo a cableros y radiodifusores para ir contra las empresas de Murdoch, o

para plantear el esquema de MUX en los canales espejo. En México el escenario

con la política del 2012 era similar al norteamericano, ya que las presiones de los

radiodifusores es un factor de dispersión entre los agentes gubernamentales y de

tensiones entre ellos. La reforma de telecomunicaciones podría cambiar esta

situación en caso de que se concrete esta reforma propuesta por los partidos

mayoritarios. Sin embargo, también puede presentarse un escenario de trabas si

la iniciativa genera diferencias en el Senado. En caso de que la reforma se

apruebe, se puede hablar de una tendencia “híbrida” en el caso de México, en

donde se parte del consenso mayoritario británico, pero sin que esto represente un

cambio radical al régimen de radiodifusión, lo que mantendría la falta de

confrontación directa con los concesionarios de televisión abierta.

Servicio público vs servicio privado. La transición de Estados Unidos mantiene

el esquema de televisión comercial, mientras que el Reino Unido ha dado lugar a

que los radiodifusores públicos también se digitalicen. En el caso mexicano, la

política de TDT del 2012 se inclina hacia la opción norteamericana. La reforma de

telecomunicaciones 2013 ofrece un escenario mixto, en donde se alienta la

competencia de concesionarios comerciales, pero también se da lugar a una

televisora pública20.

20

Sin embargo, hay que aclarar que la reforma de telecomunicaciones del 2013 no describe de modo

específica la forma del o rganismo de rad iodifusión pública. No queda claro si será una “BBC a la mexicana”

o un organismo coordinador de los medios no comerciales que existen actualmente.

Page 135: Tesis telecom completa con anexos

135

4.2 Hallazgos en telecomunicaciones

La reforma constitucional en materia de telecomunicaciones ha sido comentada en la

prensa y por especialistas como un proyecto fundamental debido a sus implicaciones

políticas, sociales y económicas. Las razones para reordenar al sector son variadas, como

la concentración de los mercados, la presión política de los concesionarios y la falta de

calidad en servicios de telecomunicaciones. Detrás de la reforma parece existir un

consenso general en la opinión pública sobre la necesidad de ciertos cambios. No

obstante, algunos espacios informativos han dejado entrever que esta iniciativa es

perfectible. De un sector tan complicado como el de telecomunicaciones sería inocente

esperar que una pieza legislativa funcionara como una “bala de plata” para solucionar sus

defectos. Por lo tanto, es notable y favorable el hecho de que se plantee una reforma

global a las telecomunicaciones y la radiodifusión con un enfoque fundamental en el

desarrollo de competencia y acceso. No obstante, el Senado tendrá la oportunidad de

integrar algunas modificaciones al dictamen de la reforma, aunque también la legislación

secundaria que derivaría de su aprobación tiene la capacidad de dejar claros algunos

puntos de la reforma que quedan abiertos a la crítica.

4.3 Los aciertos

En principio y de modo global, se puede concluir que la reforma es acertada en su

intención y que genera directrices para atender algunos de los problemas más urgentes

que presenta actualmente el caso mexicano. Algunos de los puntos considerados como

aciertos al final de este análisis son los siguientes:

Nueva libertad de expresión. Es positivo que se reconozca al derecho de libertad

de expresión como uno de dos vías, tanto emitir información, como el derecho a

recibirla. Es decir, se amplía la noción del derecho a la información y se reconoce

la contribución de las TICs a esta garantía.

Retirar formalmente las concesiones al Ejecutivo. El Artículo 27 establece un

principio acertado en cuanto al paradigma de la convergencia al retirar

formalmente las concesiones de manos del Ejecutivo para ponerlas en un órgano

regulador independiente. Como se verá más adelante, hay decisiones del Ifetel

que podrían vincularse al Ejecutivo, pero en esencia queda de manifiesto que el

Page 136: Tesis telecom completa con anexos

136

espíritu de la iniciativa es desvincular al Presidente de los títulos habilitantes de

radiodifusión y telecomunicaciones.

Reconocer al Ifetel como organismo de competencia económica en

telecomunicaciones. Este planteamiento manifestado en la reforma capitaliza

uno de los reclamos más recurrentes de la Cofetel, ya que ahora la ley da cuenta

de que el Ifetel o IFT sería reconocido de entrada como la expresión del Estado en

la regulación de telecomunicaciones y radiodifusión. Además, se elimina la doble

ventanilla con la CFC para aplicar medidas de fomento de competencia21.

Vigilar la propiedad cruzada. La propiedad cruzada se estableció en la redacción

original de la iniciativa como aquella que ocurre entre una empresa que tiene

varios medios de comunicación. Los diputados la modificaron para agregar a las

empresas que tienen medios de comunicación y servicios de telecomunicaciones a

la definición. Aunque es cierto que éste lineamiento iría contra el paradigma de la

convergencia, el caso mexicano muestra que los holdings con más poder

económico y capacidad de imponer barreras de competencia tienen la intención de

incursionar en el área de las telecomunicaciones más que en la acumulación de

medios. Esta decisión se considera como positiva porque atiende específicamente

esta particularidad. Quizás esta vigilancia deba de especificarse aún más y señalar

los criterios que permitan a una firma tener esta clase de propiedad cruzada sin

que esto involucre una dominancia en el sector que impida la competencia.

Eliminación del criterio de subasta en las concesiones. Es relevante este

punto en la ley, ya que elimina una de las características que la “Ley Televisa”

trató de imponer. Así se permite que el criterio económico no sea el definitivo para

elegir a los concesionarios.

Padrón de concesiones. El manejo espectral en México es una cuestión que

tenía poca transparencia. Quizás un mapa espectral sea un proyecto técnico, pero

ofrece una oportunidad para dar claridad a la distribución de los títulos habilitantes,

sobre todo con el planteamiento de concesiones únicas.

Retiro formal del nombramiento de consejeros por el Presidente. Sin duda es

positivo que los consejeros del órgano regulador no sean nombrados “a modo” por

21

Antes de la reforma de telecomunicac iones, la Comisión Federal de Competencia tenía que dar el v isto

bueno para la ejecución de polít icas de fomento a la competencia, como la licitación de espectro para

radiodifusión y telecomunicaciones.

Page 137: Tesis telecom completa con anexos

137

el Ejecutivo. No obstante, el mecanismo es perfectible debido a que involucra al

Presidente a lo largo del proceso en puntos clave.

Ordenamiento legal convergente. La creación de un organismo convergente y

de un régimen de concesiones similar requiere leyes secundarias y reglamentos

que reconozcan este paradigma.

Concesiones convergentes. Esta decisión podría hacer más atractivo el sector

de telecomunicaciones y radiodifusión para invertir. Va acorde con el

aprovechamiento de redes para ofrecer la mayor cantidad de servicios digitales

también. No obstante, esta decisión, aunque positiva, se topa con el “fantasma” de

la Ley Televisa, en donde los radiodifusores podían ofrecer otros servicios. La

diferencia es que ahora cualquier concesionario estaría en posibilidades de

hacerlo, pero es fundamental garantizar que las televisoras no sean las mayores

beneficiarias de este nuevo régimen de licencias. América Móvil seguiría teniendo

restricciones para la modificación de su título habilitante hasta que cumpla ciertas

obligaciones de interconexión de redes.

4.4 Los pendientes de la reforma

Los términos generales de la reforma de telecomunicaciones son positivos y atienden a la

problemática de la realidad mexicana. Sin embargo, hay detalles que podrían ser

perfeccionados mediante la revisión del Senado antes de la votación del dictamen, o bien,

a través de las leyes secundarias. Como se dijo anteriormente, no han sido pocas las

voces que señalan algunos defectos en esta pieza de legislación y que sugieren además

algunas soluciones. Aquí se presentan sólo las conclusiones de este estudio en torno a

cuáles son los asuntos que quedarían pendientes de la reforma, o bien, cuáles son los

sus puntos débiles.

Definición de competencia efectiva. La reforma tiene un enfoque que privilegia

la competencia bajo el término de “competencia efectiva”. Este término está sujeto

a diversas interpretaciones a pesar de que es un paradigma que se fomenta por

organismos internacionales como el Banco Mundial. No obstante, deberían de

especificarse los términos de esta competencia efectiva en término de número de

competidores, estándares de reducción de barreras de competencia, entre otros.

Page 138: Tesis telecom completa con anexos

138

Si se deja a una interpretación abierta, se abre la puerta a interpretaciones

discrecionales por el regulador.

Valuación del espectro. Es entendible que no exista la intención de establecer

estándares de “precios” sobre el espectro debido a que el criterio de las

concesiones no será la subasta pública. Sin embargo, no tener parámetros de

valuación de espectro generales puede contribuir a construir un régimen de costos

discrecionales de licitación a licitación. La fijación de valores al espectro con la

opinión de la SHCT podría funcionar también como un “veto de bolsillo”.

Publicidad engañosa o encubierta. La publicidad encubierta de productos

comerciales o de actores políticos es un problema que se trata de abordar en la

reforma pero que se deja al Congreso su definición. Esta distribución no es mala,

pero sin duda es uno de los temas que requerirán de precisión. En la reforma se

aborda este problema desde una perspectiva más orientada a lo comercial, pero

se debe de tomar en cuenta que la regulación de la publicidad encubierta de los

políticos fue un auténtico “dolor de cabeza” para el IFE. La publicidad política

engañosa debe de ser bien definida y se deben de introducir sanciones

ejemplares. Además, en la reforma se establece que la regulación será en

espacios noticiosos, por lo que esta condición debería de reformarse para tomar

en cuenta a la programación en general, ya que está probado que estos

“infomerciales” políticos pueden aparecer en novelas o programas tipo magazine.

Parámetros de pluralidad. La competencia en la televisión abierta va ligada a la

noción de pluralidad. Más actores no garantizan pluralidad, por lo que deben de

definirse parámetros para que los medios comerciales atiendan este aspecto del

derecho a la información. Así mismo, se debe de evitar que la existencia de un

medio público se convierta en una excusa para decir que la pluralidad es

responsabilidad de ese organismo, y no del resto de los actores.

Rol del Ejecutivo en nombramientos. El consejo de evaluación de candidatos a

consejeros podría ser más plural, ya que el Banco de México, el INEGI y el

organismo evaluador educativo tienen vínculos con el poder Ejecutivo. Además, la

designación por el Presidente de México del director o titular del organismo público

de radiodifusión pone en duda su independencia.

Asimetría en inversión extranjera. Para entrar de lleno al paradigma de la

convergencia no debería de existir una diferenciación en radiodifusión y

telecomunicaciones para la inversión extranjera. Esto genera una barrera natural

Page 139: Tesis telecom completa con anexos

139

de inversión en ambas áreas. Si el argumento para limitar la inversión foránea en

medios radiodifundidos es por motivos de soberanía o valores nacionales, cabe

recordar que ser extranjero no exime de las obligaciones de que una empresa de

medios obedezca las disposiciones que la ley marca para los contenidos

mediáticos.

Opiniones técnicas del Ejecutivo. Se mantiene una opinión “técnica” de SCT en

cuanto a concesiones otorgadas. El hecho de que sea técnica no quiere decir que

no pueda tener una valoración política. Si el Ifetel será la expresión del Estado en

política espectral, no tiene sentido una valoración técnica por la SCT que, no hay

que olvidarlo, fue por mucho tiempo la Secretaría superior a la Cofetel. Además,

se establece que el Poder Ejecutivo tiene también derecho a una opinión en caso

de revocación de concesiones. Esa facultad puede generar presión política hacia

el IFT.

Licitación de nuevas cadenas. La licitación de dos nuevas cadenas no debe ser

sólo un objetivo temporal. Es decir, debe de establecerse la capacidad espectral

para televisión abierta y dejar en claro si existe espacio para más actores.

Además, debe de tenerse en cuenta que si las nuevas cadenas o frecuencias a

concursarse son sólo digitales, entonces no tendrán una cobertura nacional. En

términos simples, si licitan cadenas digitales en un país que en estos momentos

tiene sólo una cobertura del 15% de tecnología TDT, éstas podrían ser un “mal

negocio” y los interesados en las concesiones podrían ser actores que ofrezcan

poco contrapeso al duopolio actual.

Secretaría “TIC”. La iniciativa delega al Ejecutivo la creación de un programa de

inclusión digital. Este proyecto podría ser llevado a cabo por un organismo nuevo

cuya función sea solamente la de integrar estas tecnologías a la población en

términos de infraestructura y apropiación.

Inversión en infraestructura. Una de las disposiciones “con dedicatoria” es la

desagregación de infraestructura como el bucle local, y la interoperabilidad de

redes, concretamente la de Telmex, que es la única de cobertura nacional. Este

planteamiento es eficiente económicamente hablando, pero puede poner en riesgo

la competencia en base al despliegue de infraestructura.

Contrapesos a resoluciones. Es entendible que se haya dispuesto la no

suspensión de las resoluciones del IFT para que los amparos no retrasaran la

aplicación de regulación asimétrica. No obstante, esto deja al IFT como un

Page 140: Tesis telecom completa con anexos

140

organismo sin contrapesos, por lo que deberían de delinearse más bien los

criterios de la no suspensión de las resoluciones. Hay que recalcar que atiende a

una perspectiva realista, pues es una manera para dar al IFT margen de maniobra

al regular a televisoras y a América Móvil. No obstante, dejar sin contrapesos

estas sentencias podrían quitar incertidumbre a la industria de telecomunicaciones

y radiodifusión.

Criterios de dominancia. Se eligió que los actores dominantes serán aquellos

que concentren el 50% del poder de mercado en términos de audiencia, usuarios,

suscriptores, entre otros. No obstante, no siempre los actores dominantes tienen

ese nivel de mercado y no siempre los que tienen esa proporción son los que

elevan las barreras de entrada. En este caso se deben de tomar en cuenta otras

características que dan ciertas ventajas sin que exista una condición de 50% de

concentración de mercado. Por poner un ejemplo, Televisa es el único capaz de

ofrecer cuádruple play, lo que le daría cierta ventaja sustancial en el mercado de

celulares sobre otros actores que pueden tener más participación de mercado

como Telefónica Movistar, pero que no cuentan con acceso a servicios de

televisión abierta o de paga.

Retransmisión. Se infiere que la gratuidad de la retransmisión será sólo temporal

hasta que se tengan condiciones de competencia efectiva. Este mecanismo puede

ir en contra de la legislación de derechos de autor, por lo que se debería de aclarar

si el must carry y offer gratuito estará sujeto a parámetros medibles, o si se

buscará de inicio un esquema de pagos justos.

Red troncal. El Ejecutivo tendrá a cargo el desarrollo de una red troncal a través

de Telecomunicaciones de México, además de contar con al menos 90 Mhz de la

banda de 700 Mhz, una de las más demandadas por la industria. Más allá del

argumento clásico sobre la ineficiencia del Estado en el aprovechamiento de los

recursos, esta cantidad de banda quedaría negada a la industria, aunque también

hay que tomar en cuenta que la intención es aumentar la cobertura en la población

mediante acciones gubernamentales. En todo caso, el riesgo de esta decisión es

la integración de un organismo público vertical, una especie de “neo Telmex” que

en caso de caer en inviabilidad de operación podría ser licitado, entregando así un

paquete de infraestructura muy importante. El riesgo es a largo plazo y depende

de muchos factores para que no tenga éxito, no obstante, de manera inmediata se

Page 141: Tesis telecom completa con anexos

141

deben de establecer parámetros de despliegue rápido de infraestructura y

mecanismos de eficiencia operativa.

Al final de esta revisión se tiene un escenario ambivalente. Por un lado la reforma de

telecomunicaciones recoge bien algunos reclamos en torno al sector de

telecomunicaciones y al de radiodifusión. No obstante, algunos de sus parámetros

generales pueden variar y otros deben ser abordados con precisión en la legislación

secundaria. La reforma, como se anticipa, es una de gran calado, pero estará supeditada

a su capacidad para crear los beneficios que promete.

4.5 Resumen del capítulo

La transición a la TDT en México se ha adaptado para incluir prácticas probadas en Reino

Unido y Estados Unidos. Prácticamente ha seguido al pie de la letra las prácticas

comunes y exitosas de ambos casos, con excepción del combate a los operadores de

paga que, en el caso mexicano, el mejor posicionado es Televisa. La política de TDT y los

lineamientos para la transición incluidos en la reforma de telecomunicaciones muestran

que México se apegará a la creación de un regulador convergente, la autorización de la

multiprogramación, fechas determinadas para el calendario del apagón analógico, la

adopción de decodificadores y la inscripción de la TDT como ley.

En los ejes de conflicto o diferencia entre los casos internacionales, México se encuentra

influenciado por el ejemplo norteamericano, pero la reforma de telecomunicaciones

propone sugiere más bien un panorama híbrido. El régimen de radiodifusión no cambia en

gran medida, ya que los actores que hoy transmiten su señal analógica tienen todas las

garantías para transitar hacia el formato digital. La legislación no establece mecanismos

de competencia que rompan con el esquema actual, ya que se le deja a la señal digital y a

la disponibilidad de espectro la tarea de permitir una entrada de más actores a la

televisión abierta. Sin embargo, sí se promueve una concesión única, lo que representa

un cambio a las reglas del juego del régimen de títulos habilitantes.

Así mismo, las reformas orientadas a la radiodifusión siempre enfrentaron tensiones por

parte de los concesionarios y agentes políticos cercanos a ellos. La reforma de la

televisión siempre estuvo obstaculizada por intereses políticos y económicos. El Pacto por

México puede funcionar como un instrumento que aproveche la “disciplina” de partido

Page 142: Tesis telecom completa con anexos

142

mexicana para la construcción de un acuerdo concebido entre las dirigencias políticas

mayoritarias. La diferencia con el caso británico es que la reforma se “cocinó” tras

bambalinas, por lo que no se puede hablar de un desafío abierto a las televisoras.

Finalmente, la reforma de telecomunicaciones sugiere el desarrollo de un sistema de

medios mixto con la habilitación de un organismo de radiodifusión pública, pero sin que se

lleve a cabo una reforma profunda del régimen comercial de radiodifusión. A diferencia de

la BBC, la “BBC a la mexicana”, como se le ha conocido en la prensa a esta entidad

tendrá que amoldarse al esquema televisivo actual, lo que deja en duda sus posibilidades

de actuar como contrapeso de la programación comercial.

La reforma de telecomunicaciones, por otra parte, atiende algunos problemas centrales de

las industrias de radiodifusión y telecomunicaciones. En términos globales se apega a la

problemática de estos sectores y enumera una serie de objetivos generales que intentan

desenmarañar estas dificultades y darle al Estado un rol activo en las soluciones.

Algunos objetivos globales que se consideran prudentes son: reconocer una noción de las

TICs en el derecho a la información; separar al Ejecutivo del régimen de concesiones; la

autonomía de IFT o Ifetel; vigilar la propiedad cruzada; la creación de un padrón de

concesionarios; impedir la subasta de concesiones públicas; un ordenamiento legal

convergente con concesiones únicas.

Sin embargo, no existe reforma perfecta. La reforma presenta algunos problemas en su

“hilado fino” que son de carácter técnico y que requieren atención, puesto que permiten

que algunas disposiciones sigan atadas a mecanismos de discrecionalidad, o que se

mantengan algunos nexos con el Ejecutivo. Algunas situaciones que requerirán atención y

que podrían ser abordadas por los senadores son: la definición del concepto de

competencia efectiva aplicable para México; los nexos del Ejecutivo o sus secretarías a

procesos de selección de comisionados, valuación del espectro y opiniones técnicas; el

concepto de publicidad engañosa; los parámetros de la pluralidad; la retransmisión de

señales; la asimetría en inversión extranjera; la política de Estado en materia de

infraestructura y TICs; los contrapesos al IFT o Ifetel, y la creación de una red troncal

desde el gobierno a través de Telecomunicaciones de México, en una especie de Telmex

reloaded.

Page 143: Tesis telecom completa con anexos

143

Capítulo 5

Conclusiones

A lo largo de este trabajo se exploraron las raíces de los regímenes y mercados de

televisión abierta y telecomunicaciones en México, así como las soluciones planteadas en

la política de TDT del 2012 y la reforma de telecomunicaciones del Pacto por México

partiendo de la premisa de que en el país se está transitando hacia un ambiente de

tecnologías digitales convergentes.

El primer capítulo definió algunos aspectos técnicos del paradigma de la convergencia,

que puede ser definida de modo general como el uso de una sola plataforma digital para

la radiodifusión y las telecomunicaciones. La TDT es parte de este proceso, pero es una

parte muy importante del mismo, ya que libera una cantidad de espectro que puede ser

aprovechada por servicios de telecomunicaciones más avanzados, como el 4G. La

participación del Estado es fundamental, debido a que un recurso estratégico en el

contexto convergente es el espectro radioeléctrico.

El capítulo segundo abordó el caso mexicano fragmentándolo en tres apartados: la

historia de la convergencia en México, el estado de los mercados, y las últimas políticas

para la convergencia. La historia muestra que el camino a la convergencia inició en la

década de los noventa con la aparición del duopolio televisivo y la consolidación de

Telmex como parte de Grupo Carso. Las televisoras pasaron de ser competidoras a

aliadas motivadas por los mercados de telecomunicaciones, mientras que Telmex ha

recibido más oposición por parte del Estado a su calidad de actor dominante. La política

de convergencia no ha salido enteramente del Congreso o del Ejecutivo, y ésta ha recaído

fundamentalmente en decisiones de la Cofetel que han sido respaldadas por la SCJN, lo

que permite concluir que la política digital se ha llevado a cabo en gran medida en los

tribunales.

El análisis de los mercados de telecomunicaciones revela un ambiente de asimetrías a

pesar de que se han borrado de modo progresivo las barreras entre telecomunicaciones y

radiodifusión gracias a los avances tecnológicos. Tres holdings dominan estas áreas que

producen ganancias cuantiosas gracias a su dinamismo: América Móvil, Grupo Televisa y

Grupo Salinas. El triple play es un factor determinante en la dinámica convergente de los

mercados y el gran ganador ha sido Televisa, ya que domina la televisión abierta y la de

paga, mercados que están prohibidos para Telmex hasta que acceda a compartir su red

Page 144: Tesis telecom completa con anexos

144

como un hub para la competencia. América Móvil se ha consolidado gracias a su

inversión en infraestructura, que es su ventaja competitiva, pero que eleva las barreras de

entrada a nuevos competidores. Televisa y TV Azteca tienen sus propios métodos para

generar un efecto similar en la televisión de paga al establecer tarifas unilaterales para la

retransmisión de sus contenidos de televisión abierta en sistemas de paga. Mientras

tanto, el internet y la telefonía móvil continúan siendo mercados muy dinámicos con

incrementos de suscriptores sustanciales, pero que están limitados por la brecha del

ingreso y la calidad de los servicios, que tienden a ser lentos y costosos si se les compara

con otros países.

El análisis de las políticas convergentes en el caso mexicano queda cubierto en los

acuerdos de política de TDT y la reforma constitucional de telecomunicaciones del pacto

por México. La estrategia para la TDT no ha estado libre de tensiones y cambios. En

esencia, ésta ha cambiado de un modelo calcado de la política de Estados Unidos a una

más flexible que establece fechas fijas de la transición, la legalidad de la

multiprogramación y el subsidio de receptores digitales. La reforma de

telecomunicaciones recoge algunos de los problemas centrales en cuestiones de

competencia, déficit de infraestructura, y capacidad del Estado para ejercer acciones

regulatorias. Es una reforma más orientada a la competencia económica, pero considera

la apropiación de las TICs como un elemento de desarrollo social.

El tercer capítulo expuso los procesos de transición a la TDT de Estados Unidos y Reino

Unido para mostrar cómo sus instituciones condicionaron el perfil de las estrategias. El

caso británico fue más radical, modificó el régimen de radiodifusión, fomentó la

competencia y defendió el servicio público. La disciplina de partido fue esencial para el

Reino Unido en la construcción de una agenda de transición. En cambio, el caso

norteamericano muestra una “captura” mayor por parte de los radiodifusores hacia los

congresistas. La estrategia reforzó la relación entre concesionarios y políticos,

transfiriendo el régimen de radiodifusión pasado a uno digitalizado. El proceso de

elaboración de la política fue uno de fragmentación marcada que dio ventaja a los medios

comerciales, que se ganaron su lugar en la televisión digital sin ver modificaciones

significativas al sector. A estas diferencias entre EUA y Reino Unido se le agregan tres

grandes coincidencias: el uso de un canal espejo para la multiprogramación como

alternativa al simulcasting; el desarrollo de reguladores convergentes, y una oposición a

las empresas de televisión restringida para defender a los concesionarios de televisión.

Page 145: Tesis telecom completa con anexos

145

Los hallazgos cubiertos en el capítulo cuarto muestra que México se ha apegado a las

prácticas exitosas que comparten Reino Unido y Estados Unidos, con la excepción del

“combate” a los concesionarios de televisión de paga, que domina Televisa actualmente.

Así mismo, México parecía seguir hasta el 2012 una política de TDT más parecida a la de

Estados Unidos, pero los postulados de la reforma de telecomunicaciones indican que el

futuro de la televisión digital será un híbrido entre EUA y algunos aspectos del régimen de

Reino Unido.

En cuanto a los resultados sobre la reforma de telecomunicaciones, se encontró que la

intención central de la propuesta atiende de manera coherente los principales problemas

de la convergencia en México. Sus directrices generales van encaminadas a regular la

competencia económica y darle al Estado un rol activo en las soluciones de la brecha

digital. Pero como no hay reforma perfecta, quedan algunos temas de legislación

secundaria o de carácter técnico que deberán ajustarse para dar certidumbre a las

acciones propuestas por la iniciativa, y que podrían ver cambios en la cámara de

Senadores. No atender estos puntos débiles podría resultar en la persistencia de los

problemas que la reforma trata de eliminar de fondo.

Este trabajo pretende aportar un marco de referencia para entender cómo las instituciones

afectan directamente a la convergencia, de modo que el Estado tiene el reto de actualizar

sus viejas políticas tecnológicas para adaptarse a esta nueva realidad. El caso mexicano

es excepcional para demostrar cómo los arreglos entre la política y la televisión pueden

crear un sector moderno tecnológicamente, pero atrofiado en cuanto a su desempeño. El

remedio de esta situación no radica en un “milagro”, ni en la buena voluntad de los grupos

económicos, sino en el desarrollo de una reforma que entienda que estos sectores son

económicamente muy dinámicos, pero que requieren de cierta regulación para garantizar

que los jugadores tengan una cancha pareja en dónde desarrollarse. Siguiendo esta

alegoría futbolística, el árbitro necesita tomar un rol decisivo en garantizar el juego limpio

entre los jugadores. No obstante, la reforma del Estado es sólo el inicio de un proceso de

mejora, ya que la regulación depende de su desempeño, y no sólo de sus bases.

Otro de los propósitos de este estudio es el de acercar a los investigadores o estudiantes

de las áreas de medios, periodismo, ciencia política y otras ciencias sociales al paradigma

de la convergencia digital. No son pocas las veces que se alude al avance de las

tecnologías como instrumentos de actividad política o de organización social, sin

Page 146: Tesis telecom completa con anexos

146

embargo, el aspecto técnico del tema muchas veces ahuyenta a quienes están poco

familiarizados con él. Las TICs son un campo de estudio con mucho futuro en términos de

investigación y teoría, además de que su desarrollo está íntimamente ligado a las

estructuras institucionales del Estado. Los consorcios de telecomunicaciones y

radiodifusión han tenido siempre un interés en entender cómo funciona la organización

gubernamental para la promoción de sus intereses; el investigador, académico, periodista

o estudiante de la política no tiene excusa para no hacer lo propio y entender la dinámica

de este sector económico.

Vale la pena retomar las preguntas centrales de este trabajo:

¿Qué aspectos legales, políticos y económicos permiten que los mercados de

telecomunicaciones y de televisión abierta sean altamente concentrados y por qué

la convergencia digital parece reforzar este esquema de propiedad?

¿Atienden la reforma de telecomunicaciones del 2013 y la política de transición a

la Televisión Digital Terrestre los factores que impiden la competencia efectiva en

esas industrias?

La respuesta a la primera queda explicada en el desarrollo de la industria de la televisión

gracias a una decisión presidencial. Así mismo, la necesidad de desregular las

telecomunicaciones y la radiodifusión produjeron esquemas que se tradujeron en

oligopolios. Los aspectos que fomentaron la concentración se originan en las decisiones

políticas que habilitaron a los concesionarios para hacer uso del espectro radioeléctrico

para ciertos fines. La televisión tiene una lógica más política, debido a que los actores

políticos necesitan de ella para las elecciones, mientras que las telecomunicaciones

parten de una racionalidad más económica, que es el desarrollo de infraestructura, lo que

ha derivado en una dominancia de Telmex. Finalmente, la concentración en términos

convergentes se ha apoyado en el diseño legal de las concesiones que restringen a

Telmex de ofrecer video, pero también en la capacidad de Televisa para cabildear sus

intereses, haciéndolo el único holding capaz de ofrecer técnica y legalmente el cuádruple

play.

La segunda pregunta central tiene una respuesta mucho más evidente: en efecto, ambas

políticas tratan de atender los problemas centrales de la convergencia digital, aunque lo

hacen con mayor énfasis en sus características económicas, como la concentración. No

Page 147: Tesis telecom completa con anexos

147

obstante, el “hilado fino” de la reforma tiene qué corregir algunas ambigüedades y puntos

débiles, ya que en caso de no hacerlo pueden persistir los “vicios” del pasado. La reforma

debe de pasar por el Senado, por lo que estos asuntos pueden ser corregidos.

El estudio obliga a reflexionar sobre las ventajas que promete la convergencia digital, pero

también en las limitantes del Estado para entenderlas como instrumentos de dinámica

económica y social. En el caso de México el aprendizaje muestra que los oligopolios se

constituyeron principalmente por acciones discrecionales provenientes del Ejecutivo,

mismas que se reforzaron con títulos de concesión diseñados a modo y una legislación

secundaria susceptible a presiones políticas y económicas. Es imposible saber si esta

reforma pondrá a México en el “canal” adecuado, o si será aprobada, de hecho. Lo que

queda claro es que el régimen analógico fue construido a partir de una convivencia de

intereses económicos y políticos, y que esta condición seguirá existiendo,

independientemente de que se viva en una era digital. Por lo tanto, la solución más

probable está en la modernización de la política de Estado hacia las telecomunicaciones y

la radiodifusión, pero que ese mismo remedio puede ser el causante de problemas futuros

dado que las presiones pueden seguir manifestándose. En el caso mexicano, la apuesta

digital se hace en base a la autonomía de un organismo que represente la acción del

Estado y que tenga mecanismos que lo aíslen de la presión de los actores regulados y de

los agentes políticos que los defienden. La operación de un regulador independiente debe

de apegarse a criterios de transparencia y de resultados tangibles para justificar su

existencia. Al final de la ruta, la tecnología no está exenta de “efectos perversos”. El

optimismo ciego en la tecnología omite las estructuras que pueden hacerla un instrumento

de empoderamiento para grupos reducidos, por lo que en este caso, el aprovechamiento

tecnológico es de quien lo trabaja.

Este trabajo es un vistazo a cómo se ha ido gestando el proceso de convergencia en

México. Al ser un tema reciente se ha topado con algunas limitantes naturales como la

poca teoría que existe en torno a este proceso en México basado en acciones del Estado

y conductas económicas de los concesionarios. Ciertamente en México existe entusiasmo

por el fenómeno de las TICs y su utilidad para crear una sociedad más tecnificada. No

obstante, existen pocos trabajos que aborden la teoría de la digitalización mexicana como

un proceso de reforma del Estado a raíz de un fenómeno fundamentalmente económico y

con implicaciones sociales. Así mismo, una limitante natural es la fragmentación de esta

política en el Estado, por lo que la investigación del tema obliga a armar el rompecabezas

Page 148: Tesis telecom completa con anexos

148

mexicano basado en leyes, acuerdos, dictámenes y propuestas que afecten el proceso de

la reforma para la convergencia digital. Esta falta de política central lleva a la limitante

más importante de este estudio, que es la decisión del Senado sobre la reforma de

telecomunicaciones. Los tiempos de este trabajo obligan a redactarlo antes de que esta

iniciativa se convierta en Ley, por lo que algunas cuestiones del análisis podrían cambiar

en términos técnicos principalmente. Así mismo, la disponibilidad de informantes clave

para la realización de entrevistas es limitada, debido a que algunos son agentes

gubernamentales de difícil acceso, o especialistas muy escasos.

Este estudio lleva a pensar en oportunidades a futuro. Desde luego que la primera línea

de investigación sería una actualización del análisis en caso de que la reforma de

telecomunicaciones se apruebe por el Congreso. El aspecto económico de la reforma y

del estado actual de las telecomunicaciones y la radiodifusión tiene una cobertura extensa

y es atendido como prioridad en la iniciativa más reciente de ramo a nivel constitucional.

No obstante, el aspecto social es la asignatura pendiente del estudio de la convergencia.

De estos temas pueden surgir líneas de investigación enriquecedoras, como la cuestión

del acceso y la apropiación del uso de las TICs por grupos que generalmente no tienen

posibilidades de contratar suscripciones. Un área de trabajo que el autor sugiere quizás

con más insistencia es la de los derechos de la audiencia. La televisión y los medios

dimensionan al ciudadano como tal, como un actor político y democrático más que un

usuario. Desafortunadamente, la televisión piensa en su audiencia como un recurso que

genera ventas de publicidad, lo que deriva en el deterioro de la programación y de la

información. Como la reforma menciona, la libertad de expresión y el derecho a la

información no son vías unilaterales ni justificaciones para emitir contenidos de baja

calidad. Esta garantía implica el derecho de recibir información útil o al menos equilibrada

y plural, lo que es fundamental para la mejora democrática. Sin embargo, la tarea de los

contenidos de calidad o plurales no se deben dejar a una “BBC mexicana” que primero

debe de sobrevivir en un régimen que no está pensado para alojarla naturalmente.

Tampoco se puede esperar esto de un regulador independiente, ya que la tutela de los

contenidos por instancias estatales fácilmente se encuadra como censura. En este

sentido, el ciudadano debe de teorizar o redimensionar su papel como audiencia y actor

político al mismo tiempo, de modo que no es necesario que un contenido en la televisión

le sea ofensivo para objetarlo. Al contrario, el espectro electromagnético que usan las

televisoras es un bien público y, como tal, está sujeto a la vigilancia del ciudadano, por lo

Page 149: Tesis telecom completa con anexos

149

que se debe de fomentar el observatorio de los contenidos por parte de instancias no

gubernamentales que puedan ofrecer canales de acción a quienes se interesan en el

derecho de las audiencias. Un tema que queda abierto principalmente para los

economistas es el estudio de la “competencia efectiva” para el caso mexicano. Este

concepto es polisémico según el contexto en el que ocurra y no tiene parámetros

específicos que se usen a nivel mundial. Será, sin duda, un tema que generará polémica

conforme se desarrollen las acciones regulatorias, pero teorizar ese tipo de competencia

es una línea de investigación económica que puede tener aportaciones relevantes para

otros sectores productivos sujetos a regulación.

Los refranes ofrecen siempre puntos de partida para reflexionar. Un viejo dicho mexicano

sugiere que quien nace para ser tamal, del cielo le caen las hojas. Aunque parezca

anacrónico, este ejemplo puede ilustrar perfectamente el problema de la digitalización

mexicana, puesto que la brecha digital o el rezago en la transición hacia estas tecnologías

en México queda explicado por dos grandes preocupaciones sociales: la corrupción y la

desigualdad. El optimismo tecnológico sugeriría que la tecnología por sí sola podría llevar

a México al primer mundo, pero la realidad sugiere que la apuesta digital se topa con dos

grandes problemas que explican el estado actual de las telecomunicaciones y la

radiodifusión: oligopolios que crecieron en complicidad con el Estado y el acceso a las

tecnologías limitado por el nivel del ingreso. Estas condiciones no fueron repentinas y

tienen raíces en la historia del régimen nacional; son dificultades contra las que se sigue

luchando. Por lo tanto, no se debe esperar que la digitalización sea una bala de plata que

erradique esos problemas por sí sola. Al contrario, un mejor proceso de migración al

mundo digital requiere atender esas brechas reales para que la transición sea una

apuesta ganadora.

Una explicación institucionalista y dos hipótesis para el futuro

En la introducción se especificó que este trabajo era de carácter descriptivo, dada la

necesidad de integrar a través de información existente la fotografía o el panorama de la

convergencia digital en México para ver en qué condiciones se genera una reforma de

telecomunicaciones en el 2013. El análisis de los mercados y de las decisiones

gubernamentales en torno a las telecomunicaciones y la radiodifusión fue útil para

construir una panorámica del caso mexicano, pero también han brindado elementos para

formular aquí una explicación de cómo las instituciones han dado forma al proceso de la

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150

convergencia digital en México. En los casos que se expusieron sobre las estrategias de

transición a la TDT en Estados Unidos y el Reino Unido se consultó principalmente el

material New Television, old politics de Hernán Galperin (2004), en el cual se hace

precisamente un estudio a fondo de cómo el marco institucional de ambas naciones

determinó los procesos de transición a la televisión digital. Si bien un estudio similar sería

tema suficiente para otra tesis, algunas condiciones del caso mexicano que sobresalieron

como conclusiones en algunos capítulos brindan pistas para elaborar una explicación

desde el ángulo institucionalista de cómo el caso mexicano también refleja las

características de sus instituciones.

Para darle forma a una explicación desde el institucionalismo vale la pena tomar en

cuenta tres condiciones que se observaron a lo largo del proceso de transición y

convergencia digital en México.

1.- Mercados altamente concentrados.

2.- Intervenciones judiciales para decisiones clave en telecomunicaciones.

3.- Un proceso de convergencia entre telecomunicaciones y radiodifusión sumamente

lento.

Estas tres condiciones son quizás las tres más evidentes para el caso de la convergencia

digital en México. Como se dijo anteriormente, este fenómeno presenta una paradoja en

la que un avance tecnológico generado principalmente por el sector privado depende de

las características del Estado y de su diseño institucional para evolucionar y siquiera

existir, puesto que los gobiernos tienen la rectoría de recursos clave, como el espectro

radioeléctrico, y tienen organismos encargados de regular la competencia económica. Por

ello, las características de las instituciones afectan las estrategias y el proceso de cambio

que lleva a la convergencia digital.

Se parte de los mercados altamente concentrados para esta explicación. Como se vio, las

instituciones fueron clave para desarrollar estos esquemas monopólicos u oligopólicos, ya

que Televisa se posicionó como el monopolio de la televisión privada a partir de sus

relaciones con el Estado mexicano y con el PRI desde sus orígenes. Así mismo, su

competencia, TV Azteca, también surge de una subasta pública con alto nivel de

discrecionalidad por parte del Ejecutivo. Telmex también nace a partir de la venta de una

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151

paraestatal y contó con un periodo de gracia que protegía al monopolio bajo la intención

de aumentar la cobertura de redes en México. En este sentido, el Ejecutivo federal ha sido

un factor clave para la construcción de los monopolios u oligopolios en

telecomunicaciones y radiodifusión. A su vez, la regulación de los mismos ha partido de

decisiones distintas, alejadas entre sí. Por una parte, el regulador de telecomunicaciones

urge con la Ley Federal de Telecomunicaciones promulgada por el presidente Ernesto

Zedillo en 1995, pero al tener un carácter de órgano desconcentrado, su margen de

acción siempre estuvo delimitado por esta misma condición. Así mismo, la Cofetel nació

como un “agregado” de la SCT, teniendo aún menos margen de maniobra. Las funciones

de regulación de radiodifusión siempre han tenido vocación de nómadas en el contexto

mexicano, ya que cambiaban de “hogar” cada sexenio. En algunos momentos la Segob

tenía atribuciones de regulador, luego algunas pasaron a SCT y a la SEP. No obstante, en

el 2006 a la Cofetel “le caen” las responsabilidades de regulador de radiodifusión, además

de las que ya tenía (aunque compartidas con SCT) para cuestiones de

telecomunicaciones. Esa decisión involucró al Poder Legislativo al aprobar primero la “Ley

Televisa”, y luego la acción de inconstitucionalidad en contra de dichas reformas, pero

también al Poder Judicial, quien con su fallo sobre los artículos reformados y su

inconstitucionalidad otorgó estas atribuciones en radiodifusión a la Cofetel, creándose así

la doble ventanilla con la SCT, pero también con la CFC, ya que ésta tenía atribuciones

en cuanto a la licitación de frecuencias para televisión abierta.

Este escenario nos lleva a la segunda condición, que es la de la intervención judicial. Para

términos de análisis de instituciones, se puede concluir que el Poder Judicial ha sido un

jugador clave en la forma de la política convergente en México. Como se estableció

anteriormente, se constituyeron en México actores económicos sumamente poderosos

partiendo de decisiones gubernamentales. Mientras estos grupos se encumbraban, el

Estado mexicano daba algunos pasos erráticos y poco articulados en su política de

regulación convergente. La “Ley Televisa” es muestra de este poder, ya que fue

elaborada prácticamente por ese grupo empresarial y aprovechó la cercanía de las

elecciones presidenciales para que fuera aprobada por legisladores que incluso después

apoyaron el procedimiento de revisión constitucional contra dichas reformas. La

consecuencia de esta acción fue la multiplicación de las ventanillas para los trámites de

estos actores o para sus acciones que requerían de permisos, autorizaciones, o vistos

buenos por alguna agencia gubernamental. En este caso, al tener que pasar por varias

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152

oficinas, las acciones de los concesionarios podían ser rechazadas por alguna de las

instancias sin que existiera un criterio claro sobre qué organismo tenía la palabra final.

Esto llevó a que los procedimientos administrativos pasaran a los tribunales por diversas

razones, como amparos contra tarifas de interconexión, amparos contra decisiones de

Cofetel o SCT, litigios en contra de la implementación de la TDT o para defender la

multiprogramación, entre otros. En suma, el proceso de decisión para muchas acciones

regulatorias o incluso prácticas de las industrias involucradas han sido sometidas a juicio,

lo que deriva en que las decisiones de la SCJN vayan dando forma a la política de

telecomunicaciones y regulación, ya que no sólo se resuelven controversias, sino que se

deja un fundamento legal de qué está permitido, qué no, y qué instituciones son las

encargadas de emitir decisiones válidas. Estas decisiones sirvieron para fortalecer

progresivamente a la Cofetel dándole más espacio de acción y respaldando las acciones

de este organismo. No obstante, el Congreso estuvo ausente en este proceso de dar

forma al aspecto institucional que había quedado pendiente desde la “Ley Televisa”, ya

que en ninguna de las Cámaras se formularon reformas a la legislación secundaria de

radiodifusión y telecomunicaciones correctivas, por lo que en la Corte cayó la

responsabilidad de ir construyendo a través de decisiones judiciales la política y el marco

institucional en torno a la radiodifusión y telecomunicaciones. La reforma de

telecomunicaciones del 2013 representa el regreso del Ejecutivo y del Congreso a la tarea

de construir la política de la convergencia. Esta enmienda, se dice, fue consensuada por

los partidos y representa una acción del Ejecutivo, su derecho a presentar a iniciativas,

compartida con los partidos de la oposición. Del Congreso salió una reforma modificada,

por lo que, en efecto, el Poder Legislativo se involucró en el proceso en calidad de órgano

de revisión y corrección de algunos puntos de la iniciativa del Ejecutivo. No obstante, hay

que dejar en claro que, como se ha mencionado en este trabajo, muchos puntos de la

reforma provienen de decisiones judiciales. En este sentido, el Congreso tiene ahora con

la obligación de emitir las leyes secundarias convergentes la oportunidad de integrarse al

proceso de dar forma a la política de la convergencia digital, una asignatura que esta

instancia gubernamental ha evadido continuamente pero que ahora está obligada a

enfrentar.

Al final de la ruta, el proceso de convergencia ha sido lento debido a que el Estado no ha

tenido hasta el momento una política estructurada de qué se pretende hacer con las

telecomunicaciones, la radiodifusión y su convergencia. Los poderes oligopólicos de estas

Page 153: Tesis telecom completa con anexos

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áreas han crecido en poder económico, pero también en poder político, y han sido

sumamente efectivas para presionar al Ejecutivo y al Congreso, instancias que están

facultadas para generar las leyes y el entramado institucional de regulación. Como tal, el

gobierno ha evitado una confrontación con los denominados “poderes fácticos” y con ello

ha descuidado la obligación de establecer un ordenamiento convergente. Más aún, el

interés económico de estos actores es el de tener acceso a los mercados convergentes,

pero México tiene aún leyes divergentes y una regulación similar. Por lo tanto, en términos

institucionales se tiene que las reglas del juego son distintas para radiodifusión y

telecomunicaciones, pero los jugadores ya no se reservan a jugar en canchas separadas.

Cambiar las reglas del juego equivale a modificar estos regímenes de propiedad, lo que

forzosamente acarrearía tensiones con los concesionarios que, como se ha reiterado,

tienen poder político y económico. El “caminar de puntitas” entre los intereses de los

concesionarios derivó en tener un marco legal obsoleto para enfrentar el fenómeno

convergente y, por lo tanto, las acciones de política pública tenían un contexto muy pobre.

La política de TDT del gobierno de Fox muestra que era más una imitación de la de

Estados Unidos que una política confeccionada a partir de las necesidades de México.

Ante este espacio, los actores económicos, particularmente Televisa, tomaron acciones

para posicionarse como “arquitectos” de la convergencia. La televisora en cuestión operó

en gran medida para crear las reformas de la “Ley Televisa” y cabildearla, además de que

ambas firmas tienen en el Congreso a la “telebancada” compuesta por legisladores

cercanos a sus intereses. Slim tampoco ha sido ajeno a esta práctica y, por ejemplo, su

firma para llevar a cabo un Acuerdo de Interconexión ha sido un gesto político hacia el

Ejecutivo, en aquel entonces encabezado por Fox, además de que ha tratado de ganar en

los tribunales su cambio de título de concesión para transmitir video, a pesar de que no se

han cumplido las condiciones de interconexión. En pocas palabras, ante el vacío que ha

dejado el Ejecutivo y el Congreso en términos de regulación convergente, los intereses de

las empresas han tratado de legalizar sus prácticas, lo que ha llevado a un proceso de

litigios que abona en gran medida a la lentitud de la convergencia en México debido a que

son juicios prolongados. Las decisiones judiciales en torno a estos conflictos han

terminado por rellenar de cierta manera este vacío, y la reforma de telecomunicaciones,

que llega apenas en el 2013, intenta involucrar al Ejecutivo y al Congreso a este proceso,

de modo que el Estado ocupe por fin este papel como rector de la política convergente.

Page 154: Tesis telecom completa con anexos

154

Hay dos hipótesis que servirán para trabajos posteriores y que parten del análisis

descriptivo de este documento. Ambas pueden generar trabajos más explicativos que, sin

duda, serán útiles para entender de mejor manera el fenómeno de la convergencia en

México. También servirán como nociones para monitorear el desempeño de la reforma de

telecomunicaciones del Pacto por México, aprobada en el 2013.

Hipóstesis 1: Probar el “argumento Slim”. En el análisis de los mercados se estableció que

las Tres C, Convergencia, Competencia y Cobertura son el objetivo deseable en un

entorno convergente. Sin embargo, América Móvil argumenta que su resistencia a las

condiciones de interconexión son necesarias, de modo que compartir su red reduciría los

incentivos para competir en términos de infraestructura. De esta manera, una hipótesis

para trabajos posteriores es que el fomento a condiciones de interconexión de redes

pueden ser útiles para alentar la competencia y la convergencia, pero que afectan el

despliegue de infraestructura que permite una cobertura extendida.

Hipótesis 2: Televisa es el gran ganador de la Reforma de Telecomunicaciones 2013.

Este planteamiento se nutre en que el Gobierno ha permitido un fortalecimiento de este

grupo a través de decisiones como el triple play, la fusión con Iusacell para servicios de

telefonía móvil y la licitación de fibra óptica de la CFE, mientras que las resistencias han

ido en contra de América Móvil, como su imposibilidad de ofrecer triple play.

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Page 162: Tesis telecom completa con anexos

162

ANEXOS

Page 163: Tesis telecom completa con anexos

163

Nacimiento e historia de la Televisión en México

Este apartado tiene la intención de presentar la evolución histórica de la

televisión en México. El tema de este trabajo es la convergencia digital y la

transición a la TDT como dos fenómenos interconectados. Sin embargo, es

pertinente hacer un recuento histórico de la industria de la televisión, que tiene sus

raíces en el viejo régimen priista. Se adjunta este apartado para ampliar el

contexto del inicio de la convergencia en la década de los noventas y para

dedicarle un espacio a la relación que existe entre el sistema político mexicano y

el régimen de radiodifusión que se desarrolló de modo simultáneo.

Reconocer las raíces históricas de la televisión en el aparato político ayuda a

entender cómo la televisión abierta, a pesar de perder dinamismo económico

frente a las telecomunicaciones, se mantiene como una maquinaria de presión

política. Ese peso específico es un factor clave para entender cómo se producen

tensiones entre las autoridades y los radiodifusores –o incluso sólo entre

autoridades- ante las intenciones de llevar a cabo modificaciones al régimen de

radiodifusión.

Este anexo tiene como objetivo presentar de modo cronológico el desarrollo de la

industria de la televisión durante los años de 1946 hasta 1993, que abarcan del

surgimiento de la televisión como industria privada hasta la decisión de privatizar

Imevisión, que se transformaría en Televisión Azteca. En esos años ocurrió

también la privatización de Telmex, lo que sentó las bases para los oligopolios en

las industrias de radiodifusión y telecomunicaciones.

Miguel Alemán Valdés (1946-1952)

La Televisión en el país se gesta como un producto de la relación entre grupos de

interés económico cercanos al poder político a mediados del Siglo XX. A lo largo

de su evolución, Leal Guerra (2007) señala esta industria ha operado en un

esquema en donde el poder Ejecutivo favorece a estos grupos y éstos –como

concesionarios- realizan trabajo político a favor del régimen (p.11). El inicio de

esta actividad inicia a través de un decreto presidencial del entonces Presidente

Miguel Alemán Valdés por el cual se normaron los aspectos técnicos de la

Televisión, como las frecuencias adecuadas, o la potencia de las señales. No

Page 164: Tesis telecom completa con anexos

164

obstante, este avance tecnológico no nació con una planeación estratégica “bajo

el brazo” y quedaron en un vacío legal aspectos como los contenidos, sus

impuestos, ni la administración y regulación de la industria. Este vacío legal de

origen es una causa central para entender cómo las televisoras se han vuelto

núcleos de poder económico y político (p.13).

La industria televisiva mexicana basa su esquema en el régimen norteamericano

de radiodifusión en donde la concesión es operada por la iniciativa privada. Su

elección no fue una cuestión de azar; Alemán Valdés ordenó en 1947 al Instituto

Nacional de Bellas Artes (INBA) realizar un estudio para comparar dos estructuras

para la Televisión (p.23). La primera era el modelo comercial norteamericano

operado por empresas y alimentado con ingresos por publicidad, mientras que la

segunda alternativa era el modelo británico, un monopolio estatal con vocación de

servicio público y no comercial. La comisión para este estudio y la generación de

un plan técnico, administrativo y financiero estuvo integrado por el escritor

Salvador Novo y el ingeniero Guillermo González Camarena, quien sería uno de

los pioneros de la Televisión en México a través del Canal 5 , XHGC.

Finalmente se adoptó un régimen de operación privada. Los argumentos que

respaldaron esta decisión eran la cercanía con Estados Unidos –lo que ofrecía

ventajas técnicas- y la capacidad remuneradora del esquema, puesto que la

televisión pública representaría un costo para el gobierno (p.25). Sin embargo, la

legislación del sector tardó 10 años en generarse, por lo que la Televisión nació

sin un esquema regulador y, como tal, sujeto a negociaciones entre los grupos

privados que la operaban y el gobierno federal que daba las concesiones.

La primera transmisión del Canal 4, cuyo dueño era Rómulo O‟Farrill, ofrece una

imagen que muestra de manera clara la unión entre empresariado y poder político

como motor de la televisión: la primera transmisión de este canal fue el informe

presidencial de Alemán Valdés en 1950. Un año después comienza sus

operaciones el Canal 2, XEW-TV propiedad de Emilio Azcárraga Vidaurreta, y en

1952 el Canal 5 XHGC de Guillermo González Camarena –quien diseñó el

esquema para la televisión en México- sale al aire. De tal modo, el escenario para

1952 mostraba una alternativa programática de tres canales de televisión. No

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165

obstante, los tres compartían un denominador común: eran grupos con gran poder

económico y cercanía con el gobierno.

Adolfo Ruiz Cortines (1952-1958)

En 1955 los tres canales se unen para formar una sola compañía y nace

Telesistema Mexicano con el argumento de que el esquema de competencia no

permitía que la industria fuera rentable (Leal Guerra, 2007, p.26). De este modo, la

Televisión en México se distancia de la estructura industrial de Estados Unidos, ya

que Telesistema Mexicano se convirtió en un monopolio privado, mientras que en

aquel país la legislación garantizaba la existencia nacionales y un máximo de 5

estaciones fi liales, siempre y cuando éstas no les pertenecieran (pp.25-26).

Adolfo López Mateos (1958-1964)

Durante el sexenio de Adolfo López Mateos nace la Ley Federal de Radio y

Televisión en enero de 1960. La llegada de este marco legal se presenta 10 años

después del nacimiento de la Televisión como industria en México. La legislación

para la radiodifusión no modificó la estructura de esta actividad, por lo que además

de mantener el monopolio privado de Telesistema Mexicano se dio mayor margen

de maniobra a los concesionarios, “En pocas palabras, al momento de otorgarse la

concesión, el concesionario era libre de utilizar este bien para los fines que a él

más le convinieran” (Leal Guerra, 2007, p.32).

Esta condición se deriva de tres ejes principales de dicha ley. El primero era la

libertad de expresión en los medios, el segundo el dominio de la nación sobre sus

recursos naturales y su espacio territorial, y el tercero, que estipulaba que la radio

y la televisión eran servicios de interés públicos con contenidos informativos y

recreativos. De esta manera, la Ley de Radio y Televisión daba al Gobierno una

reserva constitucional para mantener control sobre las licencias del espectro

radioeléctrico transmitidas por el aire. A los concesionarios les permitía usar la

televisión para transmitir contenidos de información o entretenimiento según sus

intereses, ya que la radiodifusión se definía como un servicio de interés público y

no como un servicio público. La libertad de expresión garantizaba que las

decisiones programáticas pertenecieran a la televisora, es decir, que fueran una

atribución meramente privada.

Page 166: Tesis telecom completa con anexos

166

Cabe agregar que la Ley Federal de Radio y Televisión se apoya en las siguientes

normativas: la Ley de comunicaciones eléctricas de 1926; Ley de vías generales

de comunicación de 1932; ley de vías generales de comunicación de 1940.

Además se aplican la Ley General de Bienes Nacionales, Código Civil Federal,

Código de Comercio, Ley Federal de Procedimiento Administrativo y el Código

Federal de Procedimientos Civiles, (Leal Guerra, 2007, p.17).

Gustavo Díaz Ordaz (1964-1970)

El sexenio de Gustavo Díaz Ordaz (1964-1970) se caracterizó por una relación de

acercamiento con la televisión para buscar legitimar a la figura presidencial ante

tensiones sociales, pero también por sus fricciones con Telesistema Mexicano y el

sector de la radiodifusión por la vigilancia de la cobertura noticiosa ante los actos

de represión al Movimiento Estudiantil de 1968. Otros aspectos que desgastaron

en un inicio la relación entre Díaz Ordaz y Telesistema Mexicano fueron la

introducción de nuevos canales y el intento de imponer un gravamen a las ventas

de publicidad. No obstante, los momentos accidentados de esta relación no

impidieron que la primera reforma a la Ley de Radio y Televisión favorecieran a los

concesionarios.

Hasta este sexenio, la relación entre el Presidente y los concesionarios de

televisión se daba de manera natural: el Ejecutivo protegía a la industria y ésta

evitaba criticar su gobierno. No obstante, la represión hacia los estudiantes en

1968 puso a estas dos partes en tensión. Por una parte, el PRI se vio en la

necesidad de buscar el respaldo de los medios electrónicos ante el

cuestionamiento de la sociedad por la matanza en la Plaza de las Tres Culturas y

la política de línea rígida contra movimientos sociales. Esto los llevó “a ejercer

mayor vigilancia sobre la cobertura noticiosa, y el régimen empezó a considerar la

necesidad de apuntalar su legitimidad a través de la opinión pública” (Leal Guerra,

2007, p.41). Es decir, por primera vez el Presidente se veía obligado a ir más allá

de la relación de “no intervención” entre medios y el Ejecutivo para buscar que la

televisión no sólo no lo cuestionara, sino que además se convirtiera en un

elemento para fomentar la “unidad nacional”.

Page 167: Tesis telecom completa con anexos

167

La relación entre Azcárraga Vidaurreta y Díaz Ordaz había sido de relativa

complicidad y la cercanía quedaba evidenciada en gestos como el nombramiento

en 1967 del empresario como consejero del Presidente en materia de

radiodifusión (Fernández y Paxman en Leal Guerra, 2007, p.42). Sin embargo, el

Movimiento Estudianti l de 1968 y la represión orquestada en su contra fueron un

punto de ruptura –al menos momentánea- en la relación entre la Presidencia y la

Televisión debido a que este suceso presentó por sí solo diferencias y resistencias

dentro del sistema político y fuera de él. Es decir, al ser una acción plenamente

unilateral en contra del movimiento social quedaba de manifiesto que “el consenso

del sistema político no se nutría en la deliberación social sino en la ausencia de

ella” (Trejo Delarbre, 2005, p.138). La Televisión no tenía precedentes sobre cómo

actuar en una situación así, por lo que su reacción natural fue desplegar una

cobertura del hecho noticioso. En consecuencia, el Ejecutivo presionó a este

sector para evitar que las críticas se extendieran en la opinión pública. El mismo

Azcárraga Vidaurreta reconocería años más tarde que el manejo periodístico de la

represión al Movimiento Estudiantil fue deficiente y que tuvieron amenazas y

presión del gobierno sobre su cobertura (Fernández y Paxman en Leal Guerra,

2007, p.43).

A pesar de los intentos del Gobierno para evitar la cobertura negativa, las voces

críticas hacia la represión consiguieron cierta difusión en los medios electrónicos,

de modo que la versión oficialista de la Matanza de Tlatelolco no logró imponerse

plenamente ni con el respaldo de la Televisión. La sociedad Presidencia-

Televisión mantenía tensiones. Sin embargo, el enfrentamiento más significativo

entre estos dos grupos surgió a raíz de un tema económico: un nuevo

planteamiento fiscal para la radiodifusión comercial. El entonces Secretario de

Hacienda, Antonio Ortiz Mena, planteó en la Ley de Ingresos de 1969 un impuesto

sobre los ingresos de las empresas de radiodifusión de un 25% que entraría en

vigor en enero de ese año. La tasa impositiva se había fijado de tal modo que la

industria tuviera razones para sentarse a negociar con el Gobierno un esquema

menos costoso. La alternativa para quienes no quisieran pagar el 25% sobre

ingresos brutos era meter a un fideicomiso estatal el 49% de sus acciones (Leal

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168

Guerra, 2007, p.44), por lo que la administración federal mandaba un mensaje

claro a los empresarios del ramo: el Gobierno buscaba apuntalar su posición en la

relación con la industria de la radiodifusión.

Como lo expone Trejo Delarbre (2005, pp.139-140), esta propuesta fiscal fue en

realidad el nacimiento de los tiempos de Estado en televisión y radio, es decir, de

una cantidad de espacio que los radiodifusores ceden al Gobierno para que éste

transmita ciertos mensajes o contenidos. Al conocer las alternativas, un impuesto

elevado o el fideicomiso, los empresarios protestaron e intentaron que el Gobierno

diera reversa a este impuesto mediante negociaciones a través de la Cámara

Nacional de la Industria de la Radio (CIR). Sin embargo, de las negociaciones

pasaron a la protesta encabezada por Emilio Azcárraga Milmo, amenazando

directamente a Díaz Ordaz de entregarle las concesiones y de llevar a cabo un

boicot económico. El 1 de julio de 1969 se oficializa la salida a este conflicto: se

crean los tiempos del Estado, fijándose en un 12.5% del total de la transmisión

diaria. Es decir, si los medios tenían un universo de 24 horas de transmisión diaria,

entonces el Gobierno podía disponer de 3 horas de transmisión por día

(Fernández y Paxman en Leal Guerra, 2007, p.45). Así, si los medios no podían

garantizar la transmisión de mensajes pro régimen, el Gobierno tendría una

cantidad de espacio significativa para ejecutar por sí mismo esta tarea. La

justificación pública de esta acción fue la de hacer programación para beneficio

social. A cambio, el Gobierno extendió las concesiones hasta por 20 años, y no

10, como contemplaba el esquema original (Trejo Delarbre, 2005, p.141).

Antes de los tiempos de Estado, Díaz Ordaz había buscado esquemas de

contrapeso para Telesistema Mexicano. Desde 1967 comienzan los procesos para

concesionar los canales 13 y 8, XHDF y XHTIM respectivamente. Así, desde el 24

de junio de 1967 el canal 8 quedó en manos de la empresa Fomento de

Televisión, que se asoció con Grupo Alfa para formar el proyecto Televisión

Independiente de México. El canal 13 fue concesionado a la Corporación

Mexicana de Radio y Televisión que encabezaba el dueño de la cadena Radio

Centro, Francisco Aguirre Jiménez, e inició operaciones el 12 de octubre el 12 de

octubre de 1969 (p.46). No obstante, Telesistema Mexicano siguió creciendo.

Page 169: Tesis telecom completa con anexos

169

Además de que se extendió su concesión por 20 años a cambio de los tiempos de

Estado, se le autorizó establecer su filial de televisión por cable, Cablevisión, aún

en el sexenio de Díaz Ordaz. La competencia no operó como contrapeso efectivo

de esta televisora, ya que Televisión Independiente de México terminaría por

fusionarse con Telesistema Mexicano para formar la empresa Televisa (Trejo

Delarbre, 2005, p.143).

La primera reforma a la Ley de Radio y Televisión llegó a finales del sexenio de

Díaz Ordaz. En enero de 1970 entran en vigor dos reformas, una al artículo 17 y

otra al 19. Del artículo 17 se eliminaron los requisitos de presentar información

demográfica y económica que justificaran la necesidad de extender el servicio e

infraestructura de radiodifusión a otras partes del país. Es decir, Telesistema

Mexicano recibía así el visto bueno para expandir su cobertura e infraestructura

sin estar acotada por requisitos de interés público. La reforma al artículo 19 hacía

que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) tuviera la última

decisión en el reparto de las licencias. Es decir, si dos o más actores disputaban

una concesión, la SCT tenía las atribuciones para decidir quién tendría la

operación de la misma (Leal Guerra, 2007, p.48). De esta manera, el Ejecutivo

reafirmó el carácter discrecional de la distribución de licencias.

Luis Echeverría Álvarez (1970-1976)

En el sexenio de Luis Echeverría Álvarez nace la empresa Televisa y, con ello, el

monopolio de la televisión comercial en México. No obstante, esta acción tuvo una

reacción por parte del Estado mexicano, que mantuvo su intención de tener

presencia en este medio y realizó una reforma al marco legal de la radiodifusión

para reafirmar –en el papel- su rectoría sobre el espectro radioeléctrico.

Al inicio del mandato de Echeverría, TSM y TIM se encontraban en “guerra”. Se

disputaron desde los actores hasta los anunciantes y esto derivó en una serie de

acusaciones mutuas con contenidos sensacionalistas de poca calidad y, mientras,

tanto, la administración federal mostraba un franco interés en aumentar la

intervención gubernamental en la Televisión, principalmente con el argumento de

que no había contribuido de manera suficiente a la educación (Leal Guerra, 2007,

pp.52-53). Así, con una preocupación de que el Echeverría decidiera nacionalizar

Page 170: Tesis telecom completa con anexos

170

la industria con la justificación de que los contenidos eran de calidad inaceptable,

se fusionan en noviembre 1972 TSM y TIM para formar la empresa Televisión Vía

Satélite, Televisa. El sistema de medios mexicano se transformó entonces en un

sistema mixto para mediar los intereses privados de Televisa y los de Echeverría,

de modo que se acordó que el equilibrio de este sistema radicaba en el uso de los

tiempos de Estado en los canales 2,4,5 y 8, mientras que los canales 11 (del

Instituto Politécnico Nacional) y el 13 eran suficiente contrapeso a la oferta

comercial (pp.53-54). No obstante, la conformación de este sistema mixto significó

el reordenamiento de la sociedad Televisión-Gobierno, ya que la televisión

comercial se agrupó en un solo actor y el Gobierno tenía asegurada su

participación en el ramo. Así, en lugar de convertirse en competidores, se

volvieron socios una vez más para seguir “arriba y adelante”. Como señala la

autora, “A partir de que Televisa apareció en la escena mexicana de la industria

cultural, el Estado ha sido uno de sus principales impulsores. La relación entre el

consorcio y los distintos gobiernos ha sido estrecha, aunque hayan existido

fricciones y desacuerdos en algunos momentos” (p.55).

En diciembre de 1974 se realizan cambios al marco regulatorio de la radiodifusión

con la segunda reforma a la Ley de Radio y Televisión y se modifican así los

artículos 101, 103 y 104, además de que se agrega el 104 bis.

Al artículo 101 se le agregaron 4 secciones, de la XXII a la XXV, por la que se

tipificaron infracciones en el uso de la concesión de televisión (pp.56-57) por las

siguientes causas:

XXII. No acatar las órdenes o no respetar las características de las autorizaciones

que sobre transmisiones formule la Secretaría de Gobernación

XXIII. No transmitir los programas que el Estado ordene en tiempo cuyo uso le

corresponde en los términos de esta Ley u otros ordenamientos

XXIV. Operar o explotar estaciones de radiodifusión sin contar con la previa

concesión o permiso del Ejecutivo Federal

XXV. Las demás infracciones que se originen en el cumplimiento de esta Ley (Ley

Federal de Radio y Televisión en Leal Guerra, 2007, p.57)

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171

El sentido de estas nuevas sanciones era darle más control al gobierno sobre la

industria de la televisión, pero no se traducía en consecuencias que cambiaran la

operación de los medios electrónicos. Más bien, estas eran directrices para acotar

la relación entre Televisa y el Ejecutivo, es decir, los límites aceptables de esta

convivencia, ya que “Un monopolio de este tipo, a su vez, se convirtió en una

comodidad para el gobierno en turno, que a partir de entonces, en lugar de lidiar

con varios medios televisivos, tuvo que habérselas solamente con una compañía”

(p.57).

El artículo 103 fue reformado para asignar sanciones económicas en caso de

violaciones a las fracciones agregadas al artículo 101, pero éstas eran muy

pequeñas en comparación con lo que facturaba Televisa, es decir, se trataban de

sanciones meramente simbólicas (p.58). El artículo 104 hacía lo mismo, pero con

las fracciones no reformadas del artículo 101.

El artículo 104 bis también introducía nuevas sanciones para la operación de

estaciones sin permiso gubernamental, pero en la práctica esta norma protegía a

Televisa de la competencia desleal. Este artículo indicaba que se privaría de

bienes a la empresa que lleve a cabo actividades de radiodifusión sin autorización

previa e imponía multas más fuertes que iban de los 5 mil a los 50 mil pesos. Con

ello “Televisa se asegura de que, a quien pretenda darle guerra sin la autorización

del gobierno –aliado con ella-, se le confiscarán construcciones, instalaciones y

todos los demás bienes destinados a la operación o explotación de una estación

transgresora” (p.59).

En suma, la reforma delinea un encapsulamiento de la relación Televisión-

Gobierno. Las reformas sugieren un control más rígido del estado sobre la

Televisión, pero al ser éste y Televisa los únicos actores, se acotaron mediante la

ley los contornos de esta sinergia.

José López Portillo (1976-1982)

El sexenio de José López Portillo no se caracterizó por planear una política que

alterara la relación entre el Poder Ejecutivo y la industria de la televisión. Sin

embargo, se presentaron dos condiciones que generaron algunos cambios en la

relación Televisa-Gobierno, y emanan de la reforma política de 1977, que “abrió”

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172

el régimen al garantizar a los partidos ciertas condiciones para operar y acceso a

los medios electrónicos, y la nacionalización de la banca mexicana en 1982, que

enfrentó a Televisa con el Mandatario federal por cuestiones económicas. Es

decir, el régimen no generó “inputs” propios que modificaran su relación con la

Televisión, sino que el debilitamiento gradual del PRI como partido de Estado

brindó las condiciones que cambiaron algunos términos de la interacción

Presidencia-Televisión.

El derecho a la información fue incluido en el plan básico de gobierno de su

sexenio y tenía como finalidad garantizar la pluralidad de ideas en los medios

informativos, lo que implicó la reforma al Artículo 6 de la Constitución. Esta

reforma no fue simplemente un gesto de buena voluntad de López Portillo, sino

que fue el resultado de presiones políticas y sociales al régimen para que abriera

espacios a otras fuerzas políticas y que comenzaron con las movilizaciones

sociales de 1968. (Leal Guerra, 2007, pp.63-64). Sin embargo, el derecho a la

información es una política que impone más presión en los medios que en el

sistema político.

Así mismo, el resultado directo de estos movimientos de la sociedad civil se

tradujo en la reforma política de 1977, mediante la cual el artículo 41 de la

Constitución fue reformado para aumentar la competencia política y electoral. Esta

modificación significó que los partidos tendrían ciertas herramientas para operar,

como su reconocimiento legal como organismos de interés público, recursos y

acceso a los tiempos de Radio y Televisión aún en periodos no electorales (Leal

Guerra, 2007, p.64).

El debilitamiento del PRI como partido de Estado significó que las presiones

vinieran de otros sectores políticos y la sociedad civil. Las reformas marcan el

inicio de la apertura de la Televisión como medio de difusión masiva para otras

expresiones ideológicas y, con ello, el fin –en papel- de la exclusividad PRI-

Televisa. No obstante, el deterioro de la economía mexicana y la decisión de

nacionalizar la banca generaría una fricción entre López Porti llo y Televisa. De

acuerdo con Florence Toussaint, las fortunas que alimentaban a televisa –O‟Farrill,

Azcárraga y Garza Sada- estaban también cimentadas en actividades financieras

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173

a través de vínculos con Serfín, Bancomer, Banco del Norte, entre otras

(Toussaint, 1982, pp.68-69), por lo que la decisión generó tensión entre el

mandatario y los empresarios al impactarlos directamente en el aspecto

económico. No obstante, el monopolio de la televisión le permitió a Televisa

mantenerse como una empresa rentable. Para 1982, mantenía la concentración

de las dos terceras partes de los canales en México y además se había expandido

a través de estaciones terrestres recién autorizadas, por lo que su cobertura

abarcaba prácticamente todo el país (Leal Guerra, 2007, pp.70-71).

Tercera reforma de Ley de RyTV 10 de noviembre de 1980 dio al Ejecutivo –a

través de la SCT- facultades directas sobre el reparto de las licencias, de modo

que el Gobierno tenía las facultades constitucionales para argumentar que un

actor interesado en operar concesiones de radiodifusión no cumplía con los

requisitos necesarios. En esta reforma se modificó la fracción II del artículo 9; así

como los artículos 18 y 19.

El artículo 9 de esta ley abarca los lineamientos que tiene la SCT para otorgar y

revocar concesiones, así como la vigilancia de las mismas. La fracción II fue

reformada para incorporar una función más a esta secretaría: declaración de

abandono de trámite de las solicitudes de concesión o permiso de radiodifusión.

Mediante este mecanismo la SCT puede declarar abandonada una concesión

porque el solicitante incumple algún requisito, lo que en la práctica permite que el

organismo pueda frenar con la ley en la mano a un competidor en potencia (Leal

Guerra, 2007, p.72).

Los artículos 18 y 19 son de carácter recaudatorio. El primero unifica los montos

solicitados por tramitar una concesión y permiso, eliminando los conceptos de

depósito y fianza. El segundo se refiere a montos que deben de ser depositados

para cumplir con las obligaciones del proceso de solicitud de permiso o concesión.

Se aumentan los costos en este rubro y de oscilar entre 5 mil y 50 mil pesos se

establece un rango de 10 mil hasta 500 mil pesos. Aunque los montos podrían ser

devueltos en caso de no ser seleccionado para operar una licencia de

radiodifusión, el aumento de costos para solicitar tan sólo el permiso se convertía

en una barrera de entrada para la competencia (Leal Guerra, 2007, p.73).

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174

En suma, la tercera reforma ofrece un “blindaje” para Televisa al elevar los costos

de entrada para la nueva competencia, pero también aumenta el margen de

acción del Ejecutivo a través de la SCT con medidas discrecionales para negarle

permisos o concesiones a radiodifusores entrantes.

Sin embargo, dadas las tensiones entre López Portillo y Televisa, una cuarta

reforma al marco regulatorio de la Televisión tuvo una nueva reforma. En esta

ocasión, el Gobierno no generó nuevos candados para proteger a Televisa ni

amplió su margen de maniobra. En cambio, fijó lineamientos para la vigilancia de

contenidos –especialmente para la población infantil- y manejo de los tiempos de

Estado. Los artículos sujetos a modificaciones fueron el Artículo 10, al que se le

agregan la fracción II; el Artículo 11, en su fracción IV; se adhiere el artículo 59 bis,

y los artículos 65 y 67 sufren cambios.

Así, la fracción II del artículo 10 introduce facultades para que la Secretaría de

Gobernación vigile el contenido de las transmisiones dirigidas a la población

infantil. Originalmente esta norma versa sobre las atribuciones que Gobernación

tenía para coordinar el funcionamiento de estaciones de radio y televisión

asignadas al Gobierno. Este paso sugiere un aumento de “poder” frente a la

Televisión y la Radio mediante facultades de vigilancia para una porción de la

programación. Por su parte, la reforma al Artículo 11 en su fracción IV le da a la

Secretaría de Educación Pública facultades para coordinar y difundir programación

educativa y recreativa para el público infantil (Leal Guerra, 2007, p.75).

El artículo 59 bis indica que 30 minutos de la programación diaria tendrá que ser

de orientación social con contenidos educativos o culturales. Así mismo, da los

lineamientos para la televisión de público infantil. El artículo 65 permite la

retransmisión de programación extranjera con la autorización previa de la

Secretaría de Gobernación, agregando que los programas para niños deben

cumplir con el artículo 59 bis. Y finalmente, el artículo 67 establece las bases para

transmitir propaganda comercial, y se rige por el artículo 59 bis. Esta norma

agregaba la prohibición de emitir contenidos o comerciales que incitaran a la

violencia, así como publicidad de productos alimenticios que alteraran una buena

nutrición (Leal Guerra, 2007, pp.75-76).

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175

Como queda evidenciado, la cuarta reforma –la segunda en el sexenio de López

Portillo- constituye un intento de ganar ciertos espacios en los tiempos y

contenidos de la televisión comercial, así como de apuntalar su autoridad a través

de la regulación de la publicidad y, en general, la programación infantil. Leal

Guerra (2007) explica este esfuerzo de autoridad a través de la ley como una

reacción al fracaso de la televisión pública bajo el sexenio de López Portillo.

En este sentido, las reformas efectuadas responden más al

fracaso por establecer una televisión pública de calidad que a la

imperiosa necesidad de regular los contenidos. En su afán, pues,

por mejorar los contenidos televisivos, la Ley obliga a la televisión

privada a llenar el hueco que la televisión pública no podía

subsanar (Leal Guerra, 2007, p.76).

Miguel de la Madrid Hurtado (1982-1988)

Televisa inicialmente se mostró crítica ante el Gobierno de Miguel de la Madrid

Hurtado al inicio y mediados de su gobierno. Por ejemplo, la televisora dio una

cobertura crítica a la explosión de una planta de almacenamiento y distribución de

Pemex en San Juan Ixhuatepec, en el Estado de México, en la que murieron entre

500 y 600 personas y 2 mil quedaron heridas. Así mismo, la incapacidad del

Gobierno federal para responder a la contingencia del terremoto de 1985 en la

Ciudad de México provocó que Televisa cubriera el hecho noticioso con un tono

crítico hacia el gobierno de De La Madrid (Leal Guerra, 2007, pp.81-82).

Sin embargo, la reconciliación entre Televisa y Los Pinos vino a través de los

negocios y el futbol. La realización de la Copa Mundial de Futbol FIFA de 1986

significó una fuerte inversión de recursos para la generación de infraestructura

para el evento y para su transmisión. De esta manera, “la Copa del Mundo de

Futbol fue un gran negocio para la televisora, a costillas, precisamente, del Estado

mexicano, que aportó la mayor parte de la infraestructura y la logística” (Leal

Guerra, 207, p.82 .

Como parte del esfuerzo para generar infraestructura, se genera el programa de

satélites Morelos I y II, que beneficiarían a Televisa al aumentar a costa del

Page 176: Tesis telecom completa con anexos

176

Gobierno la infraestructura necesaria para aumentar la cobertura de las

transmisiones televisivas. Durante el mundial se crea la empresa Teleméxico –con

participación de Televisa- para encargarse de la logística de prensa y transmisión

del torneo a través de un monopolio. La mala señal y los precios elevados de

Teleméxico fueron causa de quejas frecuentes de los contratantes, pero para

Televisa esto significó un gran negocio. Así, “Televisa quedaba en deuda con el

gobierno. Pero ya tendría oportunidad de demostrar su gratitud, y con creces,

durante las elecciones de 1988” (Leal Guerra, 2007, p.83).

El sistema político mexicano había generado reformas para permitir una mayor

competencia política como una válvula de escape para la presión que se generaba

desde la sociedad civil y otros polos políticos. El derecho a los partidos a una

cobertura en televisión y recursos básicos para operar entró pronto en conflicto

con la “gratitud” de Televisa al gobierno de De La Madrid, ya que la empresa dio

un trato favorable a Carlos Salinas de Gortari, el candidato priista por encima de

los demás contendientes, Cuauhtémoc Cárdenas por el Frente Democrático

Nacional (izquierda) y el panista Manuel Clouthier del Rincón, “Maquío”. La

preferencia por el priista fue muy evidente, pero la televisora veía en el desgaste

de su imagen una oportunidad para ampliar sus intereses en el siguiente gobierno.

Televisa concluyó el sexenio de Miguel de la Madrid con una

credibilidad sumamente desgastada, pero con metas bien

trazadas; se apoyaría al sistema mientras éste proporcionara

beneficios económicos a la empresa y el enfoque tecnócrata de

Salinas de Gortari representaba una excelente opción para

ensanchar sus intereses (Leal Guerra, 2007, p.86).

En cuanto al marco regulatorio, éste sólo sufrió una modificación nimia

con la quinta reforma al agregarse el artículo 106 a la Ley de Radio y

Televisión, que estipulaba que las multas se convertirían a días de salario

mínimo del Distrito Federal y su Área Metropolitana a razón de un día por

cada diez pesos.

Carlos Salinas de Gortari (1988-1994)

Page 177: Tesis telecom completa con anexos

177

En el sexenio de Carlos Salinas de Gortari no se realizaron cambios al marco

regulatorio de la radiodifusión, pero fue el punto de partida para el nacimiento del

duopolio televisivo con la licitación de los canales 7 y 13, que eran operados por el

Gobierno. En 1992 el Gobierno anunció que se privatizaría el Canal 13, Imevisión,

y para hacer la oferta más atractiva se incluía el Canal 7. Cuatro grupos

empresariales presentaron ofertas para formar con estos canales una segunda

cadena de televisión abierta. Grupo Medcom estaba formado por Adrián Sada,

Joaquín Vargas (MVS) y Clementa Serna (Radio Programas de México). Geo-

Mltimedia integró a Raymundo Gómez Flores, industrial de Guadalajara, junto con

Paramount Communications y ABC/Capital cities. Proyecto Cosmovisión estaba

formado por Francisco Aguirre (Radio Centro), Javier Pérez de Anda y Javier

Sánchez Campuzano. Radio Televisora del centro era una sociedad formada por

Ricardo Salinas Pliego, dueño de Grupo Elektra, y José Ignacio Suárez. Como se

puede observar, el único grupo que no tenía experiencia en la industria de medios

electrónicos era el encabezado por Salinas Pliego, no obstante, su oferta era

superior al resto de los interesados y el monto de ésta se ubica en la literatura

entre 642 y 645 millones de dólares (Leal Guerra, 2007, p.99; Gómez, 2004,

pp.68-69; Wilkinson, 2006, p.490), lo que representaba una diferencia de 150

millones de dólares con respecto a los demás, aproximadamente. Con la

privatización de los Canales 13 y 7 nació Televisión Azteca, pero la cantidad

ofrecida y la nula experiencia en el sector mediático despertaron sospechas de

que el hermano del Presidente Salinas de Gortari, Raúl, habría triangulado

recursos de supuesta procedencia ilícita para favorecer al grupo empresarial

ganador (Wilkinson, 2006, p.490). Sin embargo, la “compensación” para Televisa

por no oponerse a la licitación para una nueva cadena para televisión abierta

comercial fueron 62 concesiones que no fueron licitadas públicamente. De este

modo, Televisa mantenía así una posición de ventaja con respecto a su

competencia.

En 1991, el Gobierno federal vende a Carlos Slim el resto de su participación en

Telmex, con lo que esta empresa se constituye como un monopolio totalmente

privado de telefonía. En este momento no existían tensiones entre Telmex y las

Page 178: Tesis telecom completa con anexos

178

televisoras, pero se construye mediante la privatización de la infraestructura el

panorama de propiedad y concentración de medios y telecomunicaciones en

México. Durante el mandato de Salinas de Gortari no se realizaron modificaciones

relevantes al marco regulatorio de la radiodifusión.

Page 179: Tesis telecom completa con anexos

179

Anexo interconexión

El convenio de interconexión hoy se conoce como Plan Técnico Fundamental de

Interconexión e Interoperabilidad y es, en esencia, la “llave” para que Telmex

pueda ofrecer video, lo que involucra cuatro requisitos fundamentales que deben

de ser siempre comparados o acompañados de la lógica de las Tres C‟s:

interconexión, interoperabilidad, portación numérica y el pago de una

contraprestación correspondiente. De tal manera, las restricciones para que

Telmex ofrezca triple o hasta cruádruple play son de carácter regulatorio –o

político-, ya que como apunta el Instituto Mexicano de la Competitividad (IMCO),

no hay argumentos de tipo técnico que señalen que Telmex no pueda brindar

servicios de video a través de su red, por lo que el uso de las condiciones de

acceso a su red y las tarifas de interconexión para usarla constituyen la piedra

angular de las negociaciones y confrontaciones entre el Gobierno y Grupo Carso

por la modificación de su concesión (IMCO, 2011, p.8).

El problema de la interconexión no tiene en sí un punto de final o un evento

específico, sino que parte de la firma del Acuerdo de Convergencia del 2006 y a lo

largo de seis años ha habido conflictos entre operadores y Telmex, o entre esta

compañía y la Cofetel, e incluso entre Telmex y las televisoras, lo que ha

generado litigios y negociaciones diversas. A continuación se tratarán algunos

puntos fundamentales para entender la secuencia lógica de este problema, cuya

repercusión inmediata es que Telmex se mantenga como actor dominante en

telefonía y banda ancha aunque con pérdida de poder de mercado progresiva,

mientras que Grupo Televisa ya logró entrar a todos los sectores de

telecomunicaciones y se mantenga como el holding más poderoso en cuanto a la

televisión de paga y la abierta, así como la generación de contenidos (IMCO,

2011, p.29).

Desde antes de la publicación del Acuerdo de Convergencia en octubre del 2006,

Telmex expresó su inconformidad con las tres condiciones que se le imponían y

señaló que no había certeza en cómo se evaluaría el cumplimiento de la

interconexión, interoperabilidad y portabilidad de los números. Incluso, en

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180

septiembre del 2006 solicitó la eliminación de los puntos 1.9 y 2.2, que eran los

“candados” impuestos a Telmex para que no ofreciera televisión (Gascón, 2006).

Esa solicitud llegó a la SCT, entonces encabezada por Pedro Cerisola, quienes

reconocieron que se podía hacer el título de la concesión, pero que tanto

Hacienda como la Cofetel tendrían que decidir si se requería el pago de una

contraprestación, además de que se cumplieran las condiciones de interconexión,

interoperabilidad y portabilidad numérica. El 2006 terminó con algunos amparos

entre operadores menores de telefonía contra el esquema “El que llama paga”, ya

que este esquema transfería el costo de interconexión al operador que hacía la

llamada hacia otra red u otra ciudad. La Cofetel lanzó también hacia finales de

este año lineamientos para que a finales del 2007 se tuviera un acuerdo de

portación numérica, es decir, que un cliente de una compañía –Iusacell, por

ejemplo-, pudiera cambiar de compañía de telefonía sin perder su número

preasignado.

En marzo del 2007 Telmex firmó acuerdos de interconexión con algunas cableras

en varios estados para que estas pudieran ofrecer servicios de telefonía e internet,

por lo que parecía que el Grupo Carso se acercaba a la posibilidad de proveer

televisión. No obstante, Telmex y la Cofetel chocaron en este año por la propuesta

de Plan Técnico Fundamental de Interconexión e Interoperabilidad (PTFII) por el

planteamiento gubernamental sobre un elemento de infraestructura conocido

como el “bucle local” o la “última milla”, que en términos simples es el cableado o

la infraestructura que conecta al cliente con la central telefónica local. El plan de la

Cofetel sugería que Telmex perdiera el control del mismo, y la compañía reprochó

al regulador que esta medida frenaría la construcción de infraestructura. "Las

reglas de interconexión propuestas no fomentan el incremento de la cobertura y la

teledensidad de los diferentes servicios, porque inhibirá las inversiones para

expandir las redes y en no aumentar la infraestructura de telecomunicaciones”

(Comunicado de Telmex, citado en Gascón, 2007).

A pesar de estas diferencias entre Telmex y Cofetel, la convergencia siguió

avanzando en la medida de lo posible. En julio del 2007 el Gobierno anunció que

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181

las operadoras telefónicas habían llegado a un acuerdo para permitir la

portabilidad numérica de los clientes y más empresas cableras suscribieron

acuerdos con Telmex para poder ofrecer el triple play. En agosto de ese mismo

año, el entonces director de la CFE, Alfredo Elías Ayub –hermano de Arturo,

directivo clave de Telmex y yerno de Carlos Slim-, anunció que la paraestatal

pondría al servicio de las telecomunicaciones su red de fibra óptica. Esto significó

una medida del gobierno federal para tratar de contrarrestar la falta de

infraestructura, pero también el dominio de Slim sobre la misma. Telmex tenía en

ese entonces aproximadamente 60 mil kilómetros de fibra óptica y la CFE 21 mil

(Hernández, 2007), lo que en términos económicos hacía más eficiente que Slim

accediera a compartir su red al ser tres veces más amplia. Entre tanto, la Cofetel y

Telmex mantuvieron su desacuerdo en torno al Plan de Interconexión o el PTFII

con dos argumentos en torno al “bucle local”: Slim sostenía que era una medida

expropiatoria y que se reduciría la inversión en infraestructura, y el Gobierno

mantenía su postura en cuanto a que esto fomentaría la competencia para

compañías locales.

El 2007 concluyó con conflictos entre Telmex y cableras mayores, como

Cablevisión (propiedad de Televisa), Megacable y otras firmas importantes de

telecomunicación como Nextel y GTM, una filial de Telefónica porque Telmex se

negaba a interconectarlas, aunque luego la Cofetel obligó a la telefónica de Slim a

integrarlas a su red de acuerdo con el Plan de Convergencia. Mientras tanto,

Televisa se afianzaba en el mercado de la televisión de paga con Sky (tiene

participación de más del 50%), Cablevisión y su más reciente adquisición,

Cablevisión Monterrey (TVI).

El 2008 se mantuvo como la continuación de las diferencias entre Telmex y

Cofetel en cuanto al PTFII especialmente por el problema del “bucle local”, pero

también comenzaron las disputas serias por las tarifas de interconexión para

servicios de voz entre las empresas de Carlos Slim y otras operadoras menores,

especialmente Axtel. Además, los actores involucrados comenzaron a plantear

algunas rutas alternativas para el problema de la interconexión, como la fibra

Page 182: Tesis telecom completa con anexos

182

óptica de CFE y la alianza comercial entre Slim y MVS como socio económico,

que derivó en la entrada del sistema de televisión de paga Dish, competidor

directo de Sky, y que comenzó a ofrecer su servicio a finales del 2008.

En marzo del 2008 Axtel y Telcel se ampararon ante una resolución de la Cofetel

en la que este organismo fijaba el monto de tarifas en interconexión entre ambas

telefónicas desde el 2005 hasta el 2007, ya que éstas no se habían puesto de

acuerdo. La Cofetel resolvió que la tarifa entre esos años para ambas compañías

cería de 1.71 a 1.23 pesos por minuto, lo que provocó que ambas firmas

interpusieran cada una su defensa jurídica, Axtel por considerar alta la tarifa, y

Telcel por considerarla por debajo de lo justo (Gascón, 2008). En julio del 2008

comenzó a operar de manera extendida la portabilidad numérica entre

proveedores de celulares, pero seguían en pie conflictos de interconexión entre

Telmex y firmas como Axtel o Telefónica por las tarifas para la terminación de

llamadas, ya que la telefónica de Slim era en algunas Áreas de Servicio Local

(ASL) el único proveedor del “bucle local” o la “última milla”, por lo cual tenían que

pagarle forzosamente una tarifa para que los clientes terminaran llamadas a estos

lugares.

Así, mientras que la portabilidad numérica había sido ya prácticamente puesta en

marcha, la interconexión seguía enfrentando problemas por el uso de la

infraestructura y el reclamo de Slim a sus competidores por la falta de inversión en

instalaciones para aumentar la cobertura. A su vez, las firmas con menos

participación en el mercado denunciaban que las tarifas de Slim por la

interconexión eran un costo que no permitía la inversión. Desde el 2007 se planteó

el uso de la red de CFE para mitigar la escasez de infraestructura, pero a esta

medida se sumaron iniciativas de carácter regulatorio. Una particularmente

importante fue la iniciada por la CFC para definir a Telmex como una empresa con

suficiente poder económico como para fijar uni lateralmente tarifas por el uso de su

infraestructura, lo que llevaría a que se recomendara la intervención de la Cofetel

para emitir políticas de regulación asimétrica para tratar de destrabar el conflicto

tarifario (Reforma, 2008b). El 2008 concluyó con tensiones entre Cofetel y Grupo

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183

Carso por la posibilidad de recurrir a la regulación asimétrica para fomentar la

competencia, además de que ambas entidades seguían en desacuerdo en torno al

Plan de Interconexión o PTFII, por lo que en esa arena no se registraron cambios

relevantes. En cambio, Slim decidió aliarse con MVS, pero Telmex aseguró que el

acuerdo estaría limitado a la cobranza y facturación del servicio de televisión

restringida de MVS. Sin embargo, esta alianza permitió la entrada del sistema Dish

al mercado mexicano hacia finales de ese año para competir con Sky de Televisa.

El 2009 fue uno donde no se lograron acuerdos en cuanto a la interconexión y el

enfrentamiento entre Telmex y los órganos reguladores del Gobierno se agudizó.

La judicialización de las tarifas que tenía como precedente el conflicto Axtel -Telcel

se expandió, de modo que ahora otros operadores como Megacable, Marcatel y

Alestra exigieron una reducción de tarifas similar a la qe la Cofetel había resuelto.

Esta clase de litigios era muy atractiva ya que un fallo en contra de Carlos Slim

significaría que sus empresas tendrían que devolver cifras millonarias a los

operadores menores para compensar tarifas “infladas” y, además del reembolso,

reducirían inmediatamente un costo de operación muy importante, ya que Telmex

y Telcel eran los actores dominantes cada una en su mercado, 90% en el caso de

Telmex en líneas fijas, y 70% de participación de Telcel en la telefonía celular,

(IMCO, 2011, pp.15-16). En otras palabras, estos actores reducirían sus pagos por

interconexión en 9 de cada 10 llamadas a teléfono fijo y 7 de cada 10 a celulares.

Igual de importantes eran los recursos jurídicos para Slim, ya que según el

Periódico Reforma, Telcel pagaba por mes aproximadamente 40 millones de

pesos en su litigio contra Axtel para evitar que se aplicara la tarifa reducida

establecida por la Cofetel (Gascón, 2009). En sí, estos litigios se convirtieron en

“costos de operación” para Slim, pero para sus competidores se transformaron en

“inversiones”, ya que además de Axtel, Iusacell y Telefónica también sostuvieron

litigios en contra de las tarifas vigentes de interconexión para buscar reducciones.

Parecía que entre Cofetel, CFC y Telmex-Telcel no habría cooperación para llegar

a un acuerdo de interconexión, pues además de la judicialización del problema de

tarifas, Slim confiaba en que la SCT frenara el acuerdo de interconexión que le

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184

pedía abaratar el uso de su infraestructura. Luis Téllez todavía era Secretario de

Comunicaciones y Transportes y con la aprobación de un nuevo reglamento

interno había ganado ciertas atribuciones, incluso por encima de Cofetel. Telmex

esperaba que Téllez echara abajo el plan porque desincentivaba la creación de

infraestructura y fijaba tarifas menos ventajosas por el uso de su red (Gascón,

2009b). Sin embargo, el acuerdo no fue desechado.

A mediados del 2009, la CFC emitió un fallo donde concluía que Telmex tenía

demasiado poder, es decir, que dominaba el mercado de la interconexión y la

capacidad de arrendamiento de la infraestructura que la hacía posible. Este fallo

marca un punto importante para la cronología de la interconexión, ya que esta

resolución de la CFC dio autoridad a la Cofetel para vigilar más de cerca a Telmex

y aplicarle instrumentos de regulación asimétrica, aunque la compañía tendría la

posibilidad de buscar la derrota de dicha resolución en los tribunales (Reforma,

2009).

El 2010 comenzó con otro “golpe” para el Grupo Carso con otro fallo de la CFC. El

regulador en materia de competencia económica resolvió que también Telcel tenía

dominio del mercado de la interconexión en tarifas para celular y que los

competidores no podían contrarrestar esta condición. En esta resolución se

establecía que Telcel tenía cuatro veces más usuarios y 5 veces más ingresos que

su competidor más cercano, y que lo cuestionable eran las condiciones que de

competencia que permitían a la empresa tener estos márgenes de utilidad y

concentración de mercado (Reforma, 2010). Así, la Cofetel tenía ahora la facultad

de aplicar regulación asimétrica a las empresas de telefonía de Slim. A diferencia

de años anteriores, ahora la SCT se sumó a la supervisión de las empresas de

Grupo Carso y en marzo del 2010 la Secretaría inició en contra de Telmex cuatro

procedimientos de sanción por incumplimientos en materia de interconexión.

Aunque las multas no fueron ejemplares o cuantiosas -5 millones de pesos- esto

representaba el cierre de un espacio que Telmex preveía favorable, la SCT. En

términos de jerarquía, la Ley permitía que las decisiones de Cofetel fueran

invalidadas por la SCT, por lo que Telmex en el 2009 había externado su

Page 185: Tesis telecom completa con anexos

185

expectativa de que ésta suspendiera el plan de interconexión sugerido por Cofetel.

En diciembre la SCT comenzó otro proceso de sanción contra Telmex por

interconexión y, en esta ocasión, el procedimiento se inició por solicitud de Cofetel.

Cabe agregar que tanto la SCT como la Cofetel habían experimentado un cambio

de titulares. En la SCT había salido Juan Téllez tras un escándalo que involucraba

llamadas telefónicas privadas donde se señalaban presuntos desvíos por parte del

ex presidente Carlos Sainas, y había entrado en su lugar Juan Molinar Horcasitas,

un importante operador político de Felipe Calderón desde la campaña en el 2006.

En la Cofetel, su presidente Héctor Osuna renunció en el 2010 y el pleno eligió a

Mony de Swaan Addati como su sucesor. A De Swaan se le vincula públicamente

con Molinar Horcasitas.

En el 2010 la CFE licitó 21 mil 208 kilómetros de fibra óptica denominada como

“fibra oscura” en un procedimiento en donde sólo participó un consorcio formado

por Megacable, Telefónica y Televisa. La subasta dio a estas empresas el uso de

tres rutas de fibra. La ruta 1 cubre el Pacífico desde la frontera norte hasta

Guerrero; la ruta 2 interconecta al país por el centro, desde Paso del Norte hasta

Tapachula; la ruta 3 cubre el noreste del país y recorre la costa del Golfo de

México hasta la frontera con Belice (chacón, 2010). Aunado a las licitaciones 20 y

21, el Gobierno federal a través de la SCT y la Cofetel ponía en marcha

alternativas al impasse de la interconexión. El entonces titular de la SCT Juan

Molinar Horcasitas veía en la licitación de infraestructura y reubicación de partes

del espectro con concesiones una salida a esa cuestión donde “El problema es

que la infraestructura es escasa y las licitaciones por el espectro y la fibra oscuras

existen para ese propósito” (citado en IMCO, 2011, p.45). Desde luego que la

infraestructura licitada no era tan amplia como la que Slim tenía a su disposición,

pero tener al menos una tercera parte era una oferta nada despreciable para estas

empresas que ya ofrecían el triple play, mientras que Telmex y Telcel seguían

peleando en los tribunales las tarifas de interconexión.

En la recta final de diciembre se llegó a un acuerdo en cuanto a las tarifas de

interconexión fuera de los tribunales. Telcel y la empresa española Telefónica

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186

acordaron reducir las tarifas de interconexión, así como un esquema escalonado

para su reducción. De este modo, los dos proveedores más grandes de telefonía

celular firmaron el llamado “acuerdo navideño” en donde la tarifa se fijaba en 95

centavos de peso para que entrara en efecto inmediatamente con miras a que en

el 2014 esta bajara hasta 69 centavos, lo que implicaba una reducción importante

con respecto a la tarifa vigente en el 2004 de 1.95 pesos (Reforma, 2010). Más

que un “regalo de navidad”, el acuerdo entre las dos telefónicas con mayor

participación en el mercado de celulares debe ser entendido como una medida

preventiva. La legislación de telecomunicaciones indica que para la fijación de

tarifas se privilegian los acuerdos entre los operadores y que en caso de que éste

no exista, la Cofetel puede intervenir para fijarla. Hacia finales del 2010 la Cofetel

hizo pública su intención de determinar un modelo de costos para determinar

tarifas aplicables a casos donde existieran disputas entre operadores (Cofetel,

2010, p.1). El modelo estaba apenas en sus primeros pasos, por lo que era una

amenaza distante, pero al estar basado en costos existía la posibilidad de que las

empresas mejor posicionadas perdieran ganancias que ofrecían tarifas más altas

basadas en acuerdos entre particulares.

El acuerdo navideño del 2010 dio paso a una solicitud que externó el presidente

de la Cofetel Mony de Swaan y que se convertiría en una directriz anunciada por

parte del regulador a los competidores de telefonía celular: una reducción más

pronunciada de las tarifas de interconexión. Aún sin tener un modelo de costos

aprobado para fijar tarifas en caso de conflicto, la Cofetel sostenía que un arreglo

entre dos operadores que concentraban el 90% del mercado de celulares no era

por sí solo una ventaja para los usuarios, puesto que esas compañías acordaban

una tarifa aceptable para transferirse recursos por concepto de interconexión. No

obstante, la Comisión no tenía instrumentos jurídicos para detener un acuerdo así,

ya que el artículo 42 de la LFT señala que los convenios sobre interconexión se

privilegian cuando se dan entre operadores y que el regulador puede intervenir

sólo en caso de desacuerdo manifiesto. En febrero de ese año, la SCJN atrajo el

litigio Axtel-Telcel, en donde el operador minoritario y argumentó que analizaría el

litigio debido a que el sector tenía antecedentes de tarifas diferenciadas fijadas y

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disputadas a través de recursos legales, por lo que la Corte tenía la facultad de

interpretar el marco constitucional para establecer cómo se afectaban a los

consumidores y las condiciones de competencia (Fuentes, 2011).

En ese mismo mes, estalló un fuerte conflicto entre las televisoras y las empresas

de Slim por motivos de interconexión. Las empresas de Slim retiraron su

publicidad de Televisa argumentando que habían aplicado un incremento

repentino de 20% en los costos por anunciarse y días más tarde retiró también sus

anuncios de los espacios de TV Azteca. La televisora del Ajusco emitió el 23 de

febrero donde denunciaba que Grupo Carso pedía a Azteca venderle publicidad a

precio de mercado, pero que las empresas de Slim fijan la tarifa de interconexión

por encima de costos de la industria. En este caso, Azteca quiso condicionar la

venta de publicidad a Telmex y Telcel a una reducción en el costo de

interconexión, por lo que se suspendió el contrato de venta de publicidad entre

ambos grupos (Reforma, 2011). Al grupo de TV azteca se sumó Televisa y

empresas cableras filiales de ésta, así como proveedores de telecomunicaciones

como Axtel, Avantel y Maxcom. En suma, se formó un frente conformado por las

televisoras, las cableras y los actores de telefonía que no aceptaron la oferta

pública que había hecho Grupo Carso para fi jar tarifas de interconexión que

partieran en .95 pesos con una tendencia decendente.

Finalmente, el conflicto llegó en marzo a los tribunales, donde Slim demandó a las

televisoras y a las cableras por prácticas monopólicas absolutas acusando a las

partes involucradas de asociarse para impedirle a Telmex la entrada al mercado

del triple play y de que las cableras se repartían convenientemente el mercado sin

que hubiera competencia externa. En consecuencia, Grupo Carso fue demandado

por el Grupo Salinas y las 25 compañías que tomaron su posición para ir en contra

del consorcio de Carlos Slim también por prácticas monopólicas absolutas.

En marzo, la Cofetel utilizó por primera vez su tarifa derivada del modelo de costos

que había anunciado desde el 2010 para resolver una disputa por costos de

interconexión entre Alestra y Telcel. La telefónica de Slim ofrecía una tasa de 95

centavos de peso y Alestra exigía una de 27, por lo que la Cofetel tenía la facultad

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legal de establecer una tarifa y, en este caso, la fijó en 39 centavos de peso

basada en su estudio de costos. Este esquema recibió el aval de la Comisión

Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer) para que fuera utilizado por la Cofetel,

dejando así un precedente de resolución de temas de interconexión desde el

órgano regulador. En una entrevista en el programa “En 15” de Milenio Televisión,

el comisionado presidente de la Cofetel, Mony de Swaan, defendió el modelo

porque había sido producto de un consenso entre los integrantes del pleno y

estaba basado en metodología económica, tomando en cuenta las condiciones del

mercado.

La votación de los comisionados el miércoles pasado fue por

unanimidad. Primera resolución por unanimidad en varios años en

materia de interconexión, que es un tema muy importante.

Segundo [punto], no es sacado de la manga; tenemos la

obligación de utilizar un modelo de costos que en este sentido

está avalado por prácticas internacionales, que utiliza un modelo

que en inglés se llama „bottom-up‟, es decir, asumimos la

existencia de un operador eficiente en un mercado relativamente

competitivo (….) el problema es que la interconexión no debe de

ser el negocio (De Swaan, 2011).

El 10 de abril del 2011 el periodista Miguel Ángel Granados Chapa publicó en su

columna “Plaza Pública” que Grupo Televisa y Grupo Salinas –competidores en

televisión abierta- habían oficializado su intención de entrar como socios en el

mercado de la telefonía celular. El columnista había advertido desde enero del

2011 que existía un acuerdo entre ambos grupos empresariales desde finales del

2010 para asociarse y hacerle frente al consorcio de Slim, pero las televisoras le

replicaron que su información sobre el esquema de inversión era errado y que la

información en sí carecía de sustento o de bases creíbles. No obstante, en abril

Granados Chapa escribió que había sido impreciso en los detalles, pero que la

sociedad entre ambas entidades era ya un hecho, puesto que Iusacell necesitaba

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a un socio y Televisa había querido entrar a este mercado a través de una

asociación con Nextel durante la Licitación 21.

De ese modo, Televisa tenía en las manos dinero para entrar en

la telefonía celular y Iusacell lo necesitaba. Aunque en apariencia

son competidores, y a veces contienden en verdad respecto de

ciertos contenidos, las empresas de Azcárraga y Salinas tienen

más intereses en común que factores que los enfrenten y

pactaron por eso, en diciembre, el acuerdo que ahora se

consumará y evolucionará en beneficio de Televisa (Granados

Chapa, 2011).

Lo que quedó de manifiesto entre el enfrentamiento del bloque Televisa-Azteca

contra las telefónicas de Grupo Carso es que el conflicto central no era en sí bajar

las tarifas de interconexión para que Iusacell redujera sus costos, sino que el

cálculo de las televisoras fue el de ir conformando un frente de oposición a Slim en

materia de telecomunicaciones para que la asociación Televisa-Iusacell tuviera

mejores condiciones como competidor en el mercado de celulares en el corto

plazo, especialmente a través de mostrar a Telmex y Telcel como empresas

monopólicas que hacían de la interconexión su negocio.

El panorama se complicó desde mediados hasta finales del 2011 para el Grupo

Carso en términos de regulación de competencia económica y terminó con una

nueva oferta de reducción de tarifas casi un año posterior al “acuerdo navideño”.

En abril la CFC resolvió imponer a Telcel una “megamulta” por prácticas

monopólicas, la mayor que se había generado hasta ese momento a razón de 130

pesos por cliente de Telcel para dar un total de 11 mil 989 millones de pesos

(Martínez, 2011). La multa no tenía efecto inmediato, y Telcel podía defenderse

jurídicamente de esta sanción.

No obstante, el margen de litigios de la corte se redujo con una tesis de

jurisprudencia que la SCJN emitió a principios de mayo, en la que dieron respaldo

a las resoluciones de Cofetel en materia de tarifas de interconexión. La tesis

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jurisprudencial 10/2011 indicaba que la atribución del regulador para decidir tarifas

de interconexión entre partes en disputa era una expresión directa del Estado para

regular las telecomunicaciones y que por lo tanto estas decisiones no podían estar

sujetas a suspensión por parte de los tribunales (SCJN, 2011). Este

reconocimiento de las resoluciones de Cofetel permitió que el regulador tuviera

“dientes”, y que Telcel y Telmex perdieran poder de maniobra a través de litigios

mediante la suspensión de tarifas de interconexión impuestas por la autoridad.

Aquella resolución del 2 de mayo pasado cambió por completo el

mercado de las telecomunicaciones en México porque le da al

regulador dientes suficientes para realmente imponer tarifas

orientadas a costos, y eso me parece que es lo que se da hoy en

día, Telcel sabía que tarde o temprano iba a perder los juicios (…)

lo que dijo la Suprema Corte es [que] las tarifas que establezca el

órgano regulador en la materia no son suspendibles; aplican de

inmediato (De Swann, 2011b).

Con la imposibilidad de ganarle en litigios a la Cofetel, Telmex replanteó su

estrategia de defensa para ahora tratar de modificar su título de concesión. Para

esto realizaría dos acciones: una defensa jurídica de su derecho a cambiar su

título de concesión para entrar al mercado de video, y acercamiento con

funcionarios clave de la SCT para revisar el cumplimiento de los puntos del plan

de interconexión y las condiciones impuestas a Telmex. El litigio se basaba en una

solicitud hecha por Telmex a la Cofetel en el 2009 para cambiar su título de

concesión, misma que el órgano regulador tardó en responder, obteniendo así una

afirmativa ficta, pero la licencia no fue modificada porque la SCT argumentó

incumplimiento del título de concesión. Así, el acercamiento para cabildear el

cambio y el litigio estaban interrelacionados, pero omitían a la Cofetel al buscar

como interlocutor principal a la Secretaría.

“Ellos optaron por abrir una vía legal para cambiar su título de

concesión en donde dice, bueno, donde el juez dice [que] la

Cofetel hace dos años no emitió una respuesta en su momento,

Page 191: Tesis telecom completa con anexos

191

por lo tanto aplica una afirmativa ficta, pero en estas pocas

virtudes de la doble ventanilla, le toca al Secretario [de

comunicaciones y transportes] resolver y el Secretario resuelve

que no han cumplido con el acuerdo de Convergencia (De Swaan,

2011c).

En noviembre Telcel acordó una reducción más agresiva de sus tarifas que bajaría

de un promedio de 95 centavos a 30 centavos para que en el 2014 bajara a 24

centavos de peso, con lo que Telmex cesó su lucha en los tribunales por el tema

de la interconexión y pasó a tratar de comprobar su cumplimiento de las

condiciones impuestas para que pudiera ofrecer video: interconexión,

interoperabilidad y portabilidad numérica.

En el 2012 continuaron los problemas por cumplir el PTFII y la convergencia de

servicios, pero también tuvo un cambio en la política de TDT. El 4 de mayo se

expidió un nuevo acuerdo para migrar a la Televisión digital con dos

características principales: el cambio de fecha de 2021 al 2015 y el

escalonamiento del “apagón digital”, de modo que se calendarizó la transición del

2013 al 2015 dividiéndose al país en varias zonas geográficas que avanzarían

paulatinamente y con fechas límite propias hacia este objetivo. El documento

indicaba que en el momento de su expedición habría una penetración del 13.2%

de televisores de pantalla plana con posibilidad de recibir TDT de fábrica, por lo

que el acuerdo puso como meta un 90% de penetración para considerar el apagón

definitivo de las señales digitales.

En cuanto al conflicto de interconexión, la SCJN emitió un fallo sumamente

relevante para la autonomía de la Cofetel. A finales de febrero la Corte determinó

en una votación de 6 contra 4 que la SCT no podía revisar ni revocar o modificar

las resoluciones de la Cofetel en materia de interconexión. En el 2011 se había

dado el primer paso hacia una Cofetel más autónoma con la prohibición de

suspensiones en contra de las decisiones de la Comisión en temas de tarifas de

interconexión, y ahora el Poder Judicial establecía que ni siquiera la SCT –su

superior jerárquico- podía revisar sus fallos. De acuerdo con la decisión de la

Page 192: Tesis telecom completa con anexos

192

SCJN, no tenía caso esta “doble ventanilla”, ya que la Cofetel era en sí el órgano

especializado para regular esta materia (Fuentes, 2012). Con este fallo la Cofetel

se afianzó en el tema de los conflictos tarifarios, lo que tuvo consecuencias

directas en el resto de los litigios por precios de terminación de llamadas,

impactando significativamente a Axtel porque la SCT le había dado a través de

resoluciones favorables tarifas reducidas, por lo que el operador tenía que pagar

compensaciones a Telcel y Telefónica, los actores mejor posicionados en el

mercado.

En mayo la CFC y Telcel llegaron a un acuerdo para retirarle a la telefónica la

“megamulta” de casi 12 mil millones de pesos, la más alta aplicada en la historia

del país. El criterio para quitarle la sanción fue el cumplimiento de ciertos aspectos

de la política de interconexión, entre los que se ubicaban la anulación de tarifas

diferenciadas y la revisión por parte del regulador de competencia económica de

los avances de interconexión y convergencia de esta empresa de Grupo Carso.

Sin embargo, las tensiones volvieron entre las empresas de Slim y la Cofetel por la

elaboración de un proyecto del Convenio Marco de Interconexión al cual debería

suscribirse Telmex y Telcel para que a través de su infraestructura pudieran

ofrecer servicios de video. El consorcio de Slim argumentó que la Cofetel tenía un

modelo de costos para interconexión impreciso, ya que no tomaba en cuenta los

gastos de inversión que Telmex debería hacer para ampliar y garantizar la

cobertura tanto en teléfono como en datos. A esta queja le sumó el argumento de

que el compartir su infraestructura desincentivaría las inversiones en instalaciones

para ampliar la cobertura de telecomunicaciones y que incluso los operadores

menos eficientes no tendrían incentivos para mejorar su estructura de negocio o

de servicio al cliente. El 2012 representó para Telmex y Telcel un año donde las

negociaciones no le redituaron de modo significativo, ya que mantuvieron sus

reclamos hacia el plan de interconexión y además el Gobierno autorizó la fusión

de Televisa-Iusacell, con lo que este competidor tenía potencial para tener una

participación más agresiva en el sector.

Page 193: Tesis telecom completa con anexos

193

De cara al 2013, el problema de la interconexión en México registra algunas

tendencias claras desde la firma del Acuerdo de Convergencia en el 2006 que

permanece inconcluso por la falta del Convenio Marco de Interconexión, que son

las condiciones específicas para que Telmex entre al mercado del triple play. Entre

estos rasgos característicos se encuentra que las disputas entre particulares

tienden a ser por cuestiones tarifarias y que éstas son resueltas por los tribunales.

Ahora la SCJN ha determinado que la tarifa se fijará por Cofetel ante desacuerdos,

pero esa atribución tuvo que ser respaldada por la Corte para que fuera respetada

y no estuviera sujeta a suspensiones mediante litigios.

Otra tendencia clara es que Televisa ha recibido luz verde en la mayoría de sus

operaciones en el mercado de telecomunicaciones, desde el acceso a la

infraestructura con la licitación de fibra óptica (participó como parte del único

consorcio postor), la compra de compañías cableras y su “fusión” con Iusacell. En

cambio, Telmex ha perdido terreno en el tema de la interconexión. La

judicialización de la tarifa ha resultado en disputas con operadores y después con

órganos reguladores, concretamente CFC y Cofetel. Telmex-Telcel y Televisa

presentan un contraste: mientras que Telmex ha perdido poco a poco terreno en

sus mercados por el fomento de la competencia, Televisa se mantiene como la

fuerza dominante en los mercados de televisión abierta y de paga, terrenos

prohibidos para las empresas de Slim, aunque al parecer el empresario de origen

Libanés ha decidido reforzar su papel en el mercado de internet y transferencia de

datos. La “última frontera” es el uso de la red de Telmex como un “hub” o la red

troncal que conectaría al resto de los proveedores, aunque esto signifique poca

inversión para la infraestructura del sector de telecomunicaciones.

Page 194: Tesis telecom completa con anexos

194

Televisión y Cultura Democrática

Trejo Delarbre (2010) usó la concentración e indicadores de cultura democrática

para tratar de observar las consecuencias del duopolio en el desarrollo cívico

mexicano. Para la cultura política usa indicadores derivados de la Fundación

Adenauer y el Latinobarómetro (todos datos del 2006) y el índice Herfindahl-

Hirschmann (HHI), que es un índice económico simple para observar tendencias

claras de concentración. Este se calcula sumando los cuadrados de cada

proporción de concentración y entre más alto sea el resultado numérico, mayor es

la concentración. Así, una distribución casi perfecta entre tres competidores con

33%, 33% y 34% expresado como 33 2 + 33 2 + 34 2 da un puntaje de 3,267

para este índice, mientras que el caso mexicano –prácticamente un caso de 70% y

30%- se expresaría así (70)2 + (30)2 y generaría un total de 5,800 puntos, que

indica que tiene una concentración mayor. Cabe aclarar que este índice es sólo un

instrumento básico e instituciones como el Banco Mundial señalan que hay otros

factores adicionales al poder de mercado que este tipo de índices omiten. En el

caso mexicano, por ejemplo, no se puede descartar a TV Azteca como un actor

importante en el mercado de las telecomunicaciones, puesto que a pesar de su

30% de audiencia y 5% en el sector de la telefonía celular tiene poder de

influencia en la esfera política. Sin embargo, hay algunas nociones que se hacen

visibles con el uso de este indicador y los resultados de un instrumento como el

Latinobarómetro que es útil para observar tendencias conductuales en torno a la

cultura democrática.

Trejo Delarbre (2010) encuentra que hay una relación entre el Índice de Desarrollo

Democrático de la Fundación Kondrad Adenauer –a mayor puntaje mayor

desarrollo- y la concentración medida con el HHI. Así, el caso chileno arroja el

menor grado de concentración y el mayor puntaje de desarrollo. El caso mexicano

pareciera ofrecer una tendencia clara si se le compara a los indicadores para

Chile, ya que de manera gráfica se muestra una diferencia pronunciada entre

ambos indicadores. Sin embargo, la gráfica del autor (p.41) observada de modo

global no muestra una conclusión clara sobre esta relación, ya que países como

Page 195: Tesis telecom completa con anexos

195

Brasil y Venezuela tienen menor concentración de audiencias, pero no tienen un

buen desempeño en cuanto al indicador de desarrollo democrático. Basada en

esta comparación se puede inferir que la concentración de audiencias ciertamente

puede repercutir de manera negativa en países con poca socialización de los

valores democráticos, como parece indicar el caso venezolano. Incluso, la

concentración en Chile y Argentina es similar numéricamente, pero su indicador en

cuanto a desarrollo democrático es muy diferente. Es decir, si la sociedad es poco

democrática, una televisión poco diversa puede resultar nociva, pero si tiene

valores cívicos que la lleven a fomentar procesos poliárquicos se reduce la

“toxicidad” de la concentración en televisión.

Fuente: Trejo Delarbre, 2010, p.41

Page 196: Tesis telecom completa con anexos

196

En cuanto a la confianza en la democracia, Trejo Delarbre (2010) observa un

indicador adicional a la concentración de audiencias: las estaciones, que son

esencialmente infraestructura. En este caso, México es el país que tiene mayor

concentración de las mismas en una comparación con 5 naciones. Chile es, según

esta observación, un ejemplo “perfecto” en donde hay mucha confianza en la

democracia y una baja concentración de estaciones. Sin embargo, Venezuela

muestra un índice mayor de confianza en esta forma de gobierno, pero concentra

más audiencia y número de estaciones. Este es quizás uno de los problemas de

esta medición, ya que omite, por ejemplo, el grado de libertad de prensa o cómo

está distribuida la propiedad. Esto se menciona debido a que en Venezuela existía

un apoyo decidido del Gobierno chavista hacia los medios públicos que, en teoría,

muestran desconcentración de propiedad, pero no están en sí desvinculados del

régimen. En este caso México muestra un nivel de confianza en la democracia

mayoritario –de un 56%-, mismo que es superado por el índice de concentración

de audiencia y de infraestructura para televisión abierta. Una vez más, no se

puede hacer un vínculo fácil entre la concentración y la confianza en la

democracia. Las observaciones de Trejo Delarbre (2010) son menos útiles si se

quieren observar de manera transversal ya que cada país tiene particularidades,

como el grado de libertad de prensa, la intensidad de sus vínculos con la esfera

política o el tono de esta relación, así como el marco legal de los procesos

democráticos, como la penalización del abstencionismo electoral, o conductas

como el “acarreo” de votantes que pueden distorsionar las mediciones. Sin

embargo, si se compara a “México contra México” se tiene una conclusión

relevante: su desarrollo político y su confianza en la democracia tienden a ser

relativamente bajas comparadas con la concentración en televisión abierta. En

otras palabras, hay elementos para inferir que el caso mexicano podr ía ser

receptivo a la pluralidad televisiva, ya que a pesar del duopolio se observan

indicadores competitivos en materia de desarrollo democrático y confianza en

dicho régimen, por lo que una televisión más plural y acorde con la apertura

política podría ser un factor que impulse estos indicadores. Como la historia

misma lo indica, en México han ocurrido cambios para avanzar a una forma de

Page 197: Tesis telecom completa con anexos

197

gobierno más cercana a los valores de la poliarquía por diferentes circunstancias,

por lo que las tendencias democratizadoras que han ocurrido en el país han

ocurrido a pesar del duopolio o monopolio.

Fuente: Trejo Delarbre, 2010, p.46

Los indicadores conductistas sirven para ver el panorama general y tratar de

encontrar tendencias. El hecho de que una medición transversal entre países no

reporte una tendencia clara entre calidad de la democracia y concentración no es

un factor para “cambiar de canal” con respecto al rol de la televisión abierta en la

cultura cívica del ciudadano. Como menciona Agustín Díaz-Pines en el reporte

“Getting it right” hecho por la OCDE para México en el 2012, una situación

ineludible de la concentración –apoyada por un modelo de mercado que persigue

al rating- es la poca pluralidad de la televisión mexicana y la necesidad de que

entren más participantes a este ramo, principalmente por el problema de la

copropiedad en la televisión de paga.

Page 198: Tesis telecom completa con anexos

198

“En el mercado de televisión, la situación actual en la que hay

solamente dos empresas nacionales de televisión abierta no

cumple con los estándares de pluralidad, especialmente si se

considera la alta penetración en México y los vínculos de

copropiedad existentes con la industria de televisión de paga.

Con el objeto de asegurar la pluralidad de los medios, el

gobierno debería otorgar una tercera y una cuarta licencias de

televisión nacional abierta, en un proceso justo, no

discriminatorio y neutral” (Días-Pines, 2012, p.187)

Page 199: Tesis telecom completa con anexos

199

Anexo: internet de banda ancha

Los servicios de internet comenzaron a ofrecerse de manera lenta en México. Realmente

la competencia comenzó en el 2003 mediante los planes de convergencia que permitieron

a las empresas de televisión por cable ofrecer este servicio. Sin embargo, hasta el 2007

surgió competencia más intensa. De acuerdo con la Unión Internacional de

Telecomunicaciones (ITU), el precio de la canasta de telecomunicaciones que incluye el

triple play ha reducido sus precios entre el 2008 y 2009 en un orden del 53%

aproximadamente (IMCO, 2011, p.13). A pesar de que en poco más de una década ha

crecido la demanda por el servicio de internet de banda ancha, la OCDE ubica a México

en el “sótano” de la calificación de conectividad debido a la baja penetración en términos

poblacionales. El IMCO (2011, pp.19-20) muestra que del 2000 al 2007 la exposición a

este servicio se incrementó en un 145% de modo acumulado para alcanzar un total de 4.3

por cada 100 habitantes, pero que esa condición lo mantiene lejos de países como

Canadá y Estados Unidos, que tenían en ese año tasas de 27 y 23 suscriptores a internet

por cada 100 habitantes. La OCDE (2012, p.70) calcula que en el 2006, esta misma tasa

para México era de 2.9, suscriptores y creció a 9 en el 2009 y para el 2010 había llegado

a 11.4, todavía por debajo de la media de la OCDE, de 25. La tasa de crecimiento anual,

22.7% según estimaciones de este organismo, es la más dinámica en cuanto a

crecimiento año con año (OCDE, 2012, p.29). A pesar de esto, México sigue por detrás de

la media en la OCDE, pero también de la meta trazada para el 2012 por la propia SCT de

22 suscriptores por cada 100 habitantes (OCDE, 2012, p.29).

Los datos de la Cofetel (2013) muestran que, en efecto, la penetración ha aumentado

dese el año 2000 (1.1 por cada 100 habitantes), de modo que en el 2011 las cifras

preliminares daban una proporción de 11.1 por cada 100 habitantes. Para el 2006 eran

4.6, para el 2007 5.5, para el 2009 9.4 y 10.3 para el 2010. En otras palabras, a pesar de

que hay algunas discrepancias entre las cifras, la demanda de este servicio no se ha

traducido en niveles de suscripción similares a los de otros países de la OCDE como los

socios de México en el TLC, o España, por ejemplo, ni la media de 25 por cada 100

habitantes. Con base a las estadísticas de Cofetel (2013), el País presentaba en el año

2000 una tasa de 1.1 suscriptores de internet por cada 100 habitantes. Los años de

expansión de este indicador están situados entre el 2007 y el 2009, que coinciden con la

entrada de paquetes de triple play mucho más competitivos, y los años siguientes esta

Page 200: Tesis telecom completa con anexos

200

tasa se ha ido normalizando (OCDE, 2012, p.25). En base a estos datos, se observa que

el contraste de crecimiento entre un año y otro arroja un promedio de 24% de crecimiento

año con año con respecto al grado de penetración de suscripción a internet (la OCDE

estima este indicador en 22.7%), lo que resulta que para el 2011 existieran 9 veces más

consumidores por cada 100 habitantes. Las cifras de la Cofetel muestran además que es

el servicio que más crece en cuanto a suscripciones totales anuales, ya que el crecimiento

promedio comparado anualmente de servicios de internet es del 24%, mientras que el

mercado de celulares crece en un orden del 20% y la TV de paga en un 12% (Cofetel,

2013).

Fuente: Cofetel, 2013; OCDE, 2012; IMCO, 2011

Como se puede ver, en términos de suscripción México está todavía muy rezagado con

respecto a sus metas de penetración de internet. No obstante, la perspectiva de

“suscriptor” no es la misma que la de usuario. Incluso, el ser suscriptor de algún servicio

de internet no garantiza que éste sea de buena calidad, incluso si lo que contrata es un

servicio de banda ancha. La conectividad, a diferencia de otros servicios, requiere de un

esfuerzo doble: un dispositivo y la conexión a internet, lo que en muchos casos significa la

compra de una computadora y la suscripción al servicio de manera independiente. Es

cierto que el teléfono celular y los servicios de banda ancha móvil permiten solucionar

parcialmente este problema del “doble gasto”, ya que muchas veces los planes móviles

resultan más baratos que un ordenador, o los dispositivos de planes de prepago vienen

listos para servicios 3G o conexión a redes WiFi. De acuerdo con el IMCO, alrededor de la

mitad de los hogares con computadora tienen internet y el 53% de ellos admite que la

0

5

10

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20

25

30

2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011

Suscriptores internet x cada 100 hab.

México (por cada 100 hab) Promedio OCDE Meta SCT

Page 201: Tesis telecom completa con anexos

201

cuestión económica es lo que limita la adquisición de una suscripción a servicios de red

(IMCO, 2011, p.20).

El paradigma de la digitalización lleva directamente al problema de la brecha digital. Este

planteamiento obliga a pensar en una dimensión más allá del ser o no un suscriptor. El

internet no es sólo para los clientes que lo pagan, más bien es para quienes tienen

acceso a algún proveedor o un punto de acceso. Basta pensar en que los cibercafés son

puntos que, sin ser gratuitos, le ahorran a un usuario la necesidad de conseguir una línea

y una computadora para navegar en internet. Las áreas de trabajo son puntos de acceso

comunes, ya que la penetración de computadoras en actividades productivas es cada vez

mayor, y generalmente requieren de servicios de redes. Además, las escuelas y algunos

lugares públicos son habilitados generalmente como puntos de acceso. Esto lleva a

pensar al usuario de internet como tal, y no como suscriptor. La comparación de ambos

conceptos arroja diferencias gráficas notables.

Fuente: elaboración propia con datos de Cofetel, 2013. Cifras de 2010 y 2011 son preliminares

Observar la penetración poblacional del internet sin duda es útil para reforzar la

importancia de que los usuarios de internet no siempre son suscriptores, y con mayor

2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 20092010

p/2011

p/

Suscripciones por Cada 100

Habitantes1.1 1.9 2.1 2.4 3 3.7 4.6 5.5 7.7 9.4 10.3 11.1

Suscripciones banda ancha Por Cada 100 Habitantes

0.1 0.1 0.2 0.4 1 1.8 2.9 4.3 7 9 10.1 10.8

Usuarios por cada 100 Habitantes

5.1 7.1 10.5 11.5 13.2 17.2 19.5 20.8 21.7 26.3 30.4 35

0

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40

Suscriptores vs

usuarios

Page 202: Tesis telecom completa con anexos

202

razón si el contexto es el de un país en vías de desarrollo. Como muestra el gráfico, los

suscriptores de internet han crecido poco a poco, pero de manera sostenida. De acuerdo

con los datos de la Cofetel, el crecimiento promedio anual es del 20% para usuarios de

internet y en el 2011 existían 35 por cada 100 habitantes, lo que significa que se tienen

seis veces más que en el año 2000, donde era de 5.1 aproximadamente. Las

suscripciones a internet por cada 100 habitantes y los abonados a servicios de banda

ancha marcan una tendencia interesante, ya que la brecha se ha ido cerrando. En

apariencia, los suscriptores de internet están migrando hacia servicios de internet más

rápido. La tasa de crecimiento anual promedio para suscripciones de internet en general

es del 24%, mientras que la de usuarios de banda ancha es del 54%. Aún así, las

estadísticas muestran que hay una distancia muy marcada entre suscriptores y usuarios.

Lo relevante de este punto es que el suscriptor de internet en México se está convirtiendo

en un usuario de banda ancha, puesto que prácticamente presentan la misma tasa en

cuanto a penetración por cada 100 habitantes (11.1 de suscriptores en general y 10.8 en

banda ancha). Si se observan estos indicadores en términos absolutos, se encuentra que

esta migración es consistente con lo observado en las tasas poblacionales, pero hay una

asimetría en cuanto al número de usuarios totales.

Fuente: Cofetel, 2013

*Se suman sólo tecnologías de banda ancha (XDSL y Cable coaxial)

La tendencia de crecimiento indica que entre el 2006 y el 2011 hubo una tendencia de

crecimiento en las tres áreas. El número de internautas ha crecido a un promedio de 15%

17.920.5 22.1 23.2

28.4

34.8

40.6

3.84.8 5.8

8.2

10.111.8 12.8

1.8 2.9 4.37.2

9.110.9 11.6

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2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011

Crecimiento de usuarios y suscriptores en millones

Usuarios totales Suscriptores totales Banda ancha*

Page 203: Tesis telecom completa con anexos

203

anual, mientras que el crecimiento de suscriptores de banda ancha lo ha hecho a un 38%

por 23% de los suscriptores de modo global. Los consumidores de banda ancha tuvieron

un “despunte” a partir del 2007, cuando la competencia por parte de las cableras se

intensificó gracias al triple play y la reducción de costos que estos paquetes traen consigo,

de tal modo que de los 12.8 millones de suscriptores, 11.6 son de banda ancha. Los

usuarios de internet también han crecido de manera significativa desde el 2008. No

obstante, esta representación visual muestra una brecha entre personas que usan internet

y personas que tienen internet.

Fuente: Cofetel, 2013. Datos del 2010 al 2012 son cifras preliminares

Entre el 2008 y el 2011 se registró un crecimiento importante en cuanto a personas que

acceden a internet desde el hogar, plazo de tiempo en el que el triple play intensificó en

parte la competencia en este sector. Sin embargo, prácticamente la mitad de los usuarios

a nivel nacional, estimado en 45.1 millones para el 2012, acceden a internet fuera de su

casa. Es decir, menos de la mitad de la población mexicana en términos absolutos usa

internet, y de esa cantidad sólo la mitad, 22.4 millones, navega o se conecta desde su

casa (cada vez más con servicios de banda ancha). De los 22.6 millones que entran a la

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2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012

Mill

on

es

de

usu

ario

s

Acceso a internet en el hogar

Total nacional usuarios

Acceden a internet en hogar

Fuera del hogar

Page 204: Tesis telecom completa con anexos

204

red fuera de su casa, aproximadamente 3.4 millones tienen computadora en el hogar y

19.1 millones carecen de ordenador (Cofetel, 2013). Como menciona el IMCO (2011,

p.20) el aspecto económico es una limitación real en el tema de la conectividad, ya que si

bien los precios del internet han bajado a través del empaquetamiento de servicios, los

precios de las computadoras son una barrera natural para la población de ingreso más

bajo.

Las gráficas anteriores muestran que el número de usuarios ha crecido en México, pero

que la proporción de suscriptores es todavía reducida en cuanto al total de los ciudadanos

que usan internet a pesar de las reducciones del costo de los paquetes. Los usuarios

están prácticamente divididos por la mitad en cuanto a quienes tienen internet en sus

casas y quienes lo usan fuera de su hogar por carecer de un ordenador (caso

mayoritario), o por quienes no lo contratan por alguna razón. Así mismo, los dato sugieren

que existe una expansión en cuanto al uso de servicios de banda ancha, pero esto obliga

a cuestionar la calidad de dicho servicio.

El mercado del internet fijo en México indica que Telmex es el actor con más participación

de mercado con el 74%, y Televisa a través del paquete “YOO” (triple play) concentra

aproximadamente el 15% (OCDE, 2012, p.70; IMCO, 2011, pp.22-23). Esto quiere decir

que 9 de cada 10 líneas pertenecen a Telmex o Televisa, aproximadamente, por lo que se

puede hablar que los servicios de banda ancha están concentrados en dos actores que no

han tenido como prioridad o carta de presentación la oferta de servicios de internet. Es

cierto que Telmex ha encontrado cierto dinamismo en el mercado de datos, pero a lo que

se hace referencia con que no hace de este mercado su prioridad es que tanto Telmex

como Grupo Televisa ofrecen este servicio “empaquetado”. Es decir, Telmex vende

acceso a internet junto con el servicio telefónico y las cableras con el de televisión de

paga, lo que ha merecido el pronunciamiento de la CFC sobre esta práctica que considera

desalentadora para obtener acceso a internet de alta velocidad (IMCO, 2011, pp.23-24;

OCDE, 2012, p.25). En materia de calidad, la poca competencia se traduce en poca

calidad. De acuerdo con estimaciones (IMCO, 2011, pp.22-23), la velocidad promedio en

México en el 2009 era menor a los 2 mbps y el precio por un Mbps (1 Megabit por

segundo), y era de los servicios de internet más caros en la OCDE, puesto que el costo

del Megabit mensual rondaba los 20 dólares, mientras que países como Estados Unidos

tenían una conexión de 4.8 Mbps a un nivel de 3.33 dólares por cada unidad. Datos más

Page 205: Tesis telecom completa con anexos

205

recientes confirman que este problema sigue a pesar de que la velocidad ha subido y los

precios se han reducido.

Precio de Mbps en OCDE

(Septiembre, 2011)

País

Promedio de velocidad anunciada

(Mbps)

Mediana de velocidad

(Mbps)

Precio del servicio USD

PPP*

Precio por Mbps USD

PPP*

Precio contra Mediana de MBPS

USD PPP

México 5.3 3 $ 41.14 $ 7.76 $ 13.71

Chile 19 6.1 $ 40.26 $ 2.12 $ 6.60

EUA 27.5 18 $ 71.49 $ 2.60 $ 3.97

UK 34.4 20.4 $ 4.20 $ 0.12 $ 0.21

Canadá 52 24.5 $ 72.13 $ 1.39 $ 2.94

España 26.8 12.2 $ 71.70 $ 2.68 $ 5.88

Turquía 37.5 9.2 $ 83.76 $ 2.23 $ 9.10

Fuente: OCDE, 2013

*USD PPP es unidad de dólar medido contra la el poder de compra, “Purchasing power parity”

A pesar de que las compañías han invertido en infraestructura para ofrecer un internet

más rápido y los precios de los paquetes se han reducido, el precio del Mbps sigue siendo

alto para México. Las velocidades anunciadas por los proveedores son medidas que

indican la capacidad actual de la red, y las experimentadas por los usuarios fluctúan, pero

tienden a ser más bajas que lo anunciado. Al ser un promedio la velocidad promocionada,

se tiene que tomar en cuenta que puede haber grandes diferencias entre ofertas de

internet en un país debido a la disponibilidad de diferentes paquetes dentro de tecnologías

más difundidas, como el cable coaxial y el DSL, así como tecnologías como la fibra óptica,

que tiene una velocidad de transmisión superior, pero tiene menor difusión. Así, los datos

de la OCDE (2013) muestran que México tiene un internet un poco más veloz, pero sigue

estando detrás de países americanos como Chile, Estados Unidos y Canadá, incluso en

términos del valor de la mediana que aquí se adjunta sólo para tener una referencia de las

Page 206: Tesis telecom completa con anexos

206

variaciones de la velocidad en términos puramente estadísticos. Al observar los precios

de las facturas se podría inferir que México en teoría ofrece un internet más barato

gracias al empaquetamiento de los servicios. No obstante, cada Mbps es caro en la

relación velocidad/precio para el caso mexicano, ya que con estos indicadores arroja un

costo de 7.76 dólares, mientras que Chile paga 2 y el resto de los países del TLC tendrían

un precio aproximado de 1.39 para Canadá y 2.60 para Estados Unidos. La crítica a este

enfoque es que en teoría los paquetes de triple play reducen el costo final del internet, es

decir, que la banda ancha proporcionada a través de este esquema no sería de 41.4

dólares o aproximadamente 600 pesos, sino de la tercera parte de esto. Sin embargo,

está comprobado que el contratar internet como servicio único en México tiene

dificultades, ya que se vende en bundle y entre menos servicios se contraten es mayor el

costo individual. Basta recordar que el mercado está dividido prácticamente en una

proporción de 74% y 15% entre América Móvil y Grupo Televisa para tener presente esta

condición, ya que Telmex sólo ofrece internet en conjunto con una línea de teléfono y las

filiales de cable de Televisa han ganado terreno gracias al triple play, mientras que los

servicios de fibra óptica son muy limitados.

Fuente: OCDE, 2012, 184

Page 207: Tesis telecom completa con anexos

207

Estos indicadores permiten ver que en México el servicio de banda ancha es caro y está

sujeto a dos tecnologías primordialmente, el DSL (Telmex) y el Cable Coaxial (cableras de

Televisa fundamentalmente). Es cierto que hay otras empresas que ofrecen los servicios,

pero es notable que estas dos firmas tienen la mayor difusión y por ende son los paquetes

más usados. A pesar de que la reducción es visible en la facturación final, la relación

velocidad/costo permite concluir que el internet sigue siendo caro en términos de Mbps, o

transmisión.

La fotografía de la conectividad de banda ancha en México expone varias asimetrías que

hasta el momento se han analizado a través de datos nacionales, como el total de

usuarios, el número de suscriptores y el grado de penetración de banda ancha, así como

las tecnologías que la proveen en un contexto de mercado altamente concentrado. La

geografía muestra también problemas de distribución irregular entre la población. El IMCO

(2011, p.23) esquematiza así información del 2008 del World Internet Project, que sirve

para tener una referencia de cómo están distribuidos los usuarios de internet.

Fuente: IMCO, 2011, p.22

El mapa muestra cómo existe una concentración de este servicio en el norte del País,

donde la suma de las dos regiones norte da un total de 30.8% de usuarios. Si a este

porcentaje se le suma el área del Distrito Federal y su área Metropolitana se tiene

Page 208: Tesis telecom completa con anexos

208

entonces una proporción del 57.1% en tres regiones de México. Si se le suma el área del

bajío que incluye a Jalisco la proporción sube a un 72%, mientras que el resto se reparte

entre las áreas del centro y sureste.

Desde el inicio del capítulo se observa cómo el número de usuarios y suscriptores ha

crecido en los últimos años. Este incremento de penetración de internet de banda ancha

ha sido apoyado en parte por el abaratamiento de servicios derivado de dos condiciones:

el triple play que proporcionan las cableras y cierto grado de competencia entre Televisa y

Telmex. No obstante, el costo de la conectividad que suponen la adquisición de un

ordenador y el pago de una suscripción siguen siendo barreras para que aumente la

penetración de esta tecnología. Pensando en términos de usuario, el internet sigue siendo

lento y caro, lo que brinda pocas motivaciones para buscar su contratación. Estas

condiciones no implican que los proveedores de internet permanezcan inmóviles. Desde

el 2010 Telmex realizó inversiones para su servicio de redes de aproximadamente 10 mil

millones de pesos. Esta decisión provino de la competencia del empaquetamiento de

banda ancha en triple play, con lo que la compañía de Grupo Carso trata de competir en

base a la velocidad de su conexión. Otros operadores ofrecen velocidades de hasta 100

Mbps principalmente a través de fibra óptica, pero su nicho de mercado son las empresas

que requieren de servicios corporativos, además de que esta tecnología está concentrada

en algunas ciudades. Televisa también invirtió en infraestructura una cantidad aproximada

de 23 mil 400 millones de pesos en el 2010, así como Axtel que gastó alrededor de 10 mil

600 millones. Otras firmas que invirtieron en mejora de conectividad fueron Maxcom con 2

mil 500 millones de pesos y Megacable con 7 mil 500 aproximadamente, todos estos

movimientos en el 2010 (OCDE, 2012, pp.37-38). La falta de competencia no presentaba

incentivos para la inversión en una transmisión más rápida de datos, pero tal parece ser

que la disponibilidad de una banda ancha más barata orienta a que los proveedores

busquen ofrecer velocidad como factor de diferencia, es decir, una reducción en la

relación precio/Mbps.

La estructura de este mercado altamente concentrado afecta al usuario final al presentarle

opciones de internet caro y lento a comparación de otros países. Las mejoras en el

servicio no aparecieron hasta que comenzó a existir algo de competencia, pero los datos

muestran que el usuario aún no tiene incentivos para buscar servicios de internet de

banda ancha de mejor calidad debido al precio y la baja velocidad. La evidencia sugiere

que este sector requiere de competencia en infraestructura, de modo que el incremento

Page 209: Tesis telecom completa con anexos

209

que esto pueda significar en el recibo esté justificado por la capacidad de transmisión de

datos. Sin embargo, también está sujeto a la capacidad de obtener equipos de cómputo

para el hogar. Esto sugiere pensar a la banda ancha en otra dimensión: su portabilidad.

En el apartado de la telefonía celular se observó cómo ha crecido el mercado en los

últimos años y cómo el móvil es un medio para la conectividad. Además de los celulares,

se tienen dispositivos como las tablets que tienen la capacidad de usar banda ancha

móvil, o la de instalación fija con capacidad de transmitir señal inalámbrica. Así mismo, las

computadoras portátiles son actualmente una opción bastante atractiva para quienes

deciden invertir en un ordenador. Esto lleva a pensar en la posibilidad de la banda ancha

móvil. De acuerdo con la OCDE (2012, p.71), esta modalidad está apenas en su infancia,

llegando apenas a una tasa de 0.5 suscriptores por cada 100 habitantes en diciembre del

2010. El hecho de que América Móvil sea el participante con más poder de mercado en

las líneas de redes fijas e inalámbricas tiene sus efecto directo en el poco crecimiento de

la banda ancha móvil, ya que prácticamente la competencia es nula. La inmensa

infraestructura de Telmex vuelve a ser un factor clave en el tema de la concentración del

mercado, ya que no sólo “atrofia” el crecimiento de la banda ancha no fija, sino que los

proveedores de internet por cable coaxial dependen en muchas ocasiones de la red de

Telmex para poder enlazar a sus clientes. Es decir, el servicio de punto a punto en

proveedores de internet está también limitado a ciertas ciudades donde hay cierta

densidad de usuarios. Este es el conflicto del “bucle local”, que no sólo afecta a la

telefonía, sino también a los servicios de internet y que muestra cómo la predominancia

de un solo actor –pero también la falta de inversión en infraestructura- es una barrera

natural del crecimiento del servicio de internet y la conectividad de mejor calidad.

Page 210: Tesis telecom completa con anexos

210

Anexo: Telefonía Celular

Telcel nace como la “filial” de Telmex en telefonía celular. Hoy por hoy, esta firma es la

que tiene mayor concentración del mercado de celulares en México, pero también dentro

de la OCDE. Es decir, ningún incumbent de telefonía celular tiene el 70% del mercado

que tiene América Móvil en telefonía celular, aunque la cifra más cercana es de 60% en el

caso de Suiza. Telcel nació como la única permisionaria para operar este servicio en las 9

regiones en las que se dividió el país, por lo que tenía así dos ventajas esenciales para

posicionarse poco a poco: licencia para operar en todo el territorio nacional e

instalaciones clave a partir de la infraestructura de Telmex, como edificios y antenas

(IMCO, 2011, p.15).

La LFT publicada en 1995 hacía que el mercado de teléfonos móviles fuera el único

abierto al 100% en inversión extranjera. No obstante, Telcel se convirtió poco a poco en el

actor dominante debido a las dos ventajas mencionadas anteriormente. En un inicio,

Iusacell era la firma dominante en México, pero pronto Telcel se posicionó como el

incumbent. Iusacell fue comprado por Grupo Salinas a través de Unefon, pero aún así no

han logrado regresar al “primer lugar” en cuanto a poder de mercado.

De acuerdo con la OCDE, el motor de las telecomunicaciones en México es la telefonía

celular. En el periodo 1996-2009, el mercado ha crecido a una tasa compuesta de 40%,

mientras que los países de esta organización lo hicieron en un 20%. La explicación de la

OCDE (2012, p.23) es que la demanda por este servicio estuvo estancada y ahora se está

normalizando, es decir, está corrigiendo a un ritmo acelerado la falta de penetración de

esta tecnología.

Con este contexto, el panorama de la telefonía móvil en México muestra una distribución

de mercado del 70% para Telcel y 22% para Telefónica Movistar, su competidor más

cercano. El resto está repartido entre Nextel y Iusacell fundamentalmente (OCD, 2012,

p.23). En el 2011 se estimaba un total de 91.3 millones de suscriptores, 94.5 según la

Cofetel (2013), el número más alto en comparación del resto de los servicios, pero esto es

explicable por la naturaleza individual del teléfono celular. Es decir, mientras que las

suscripciones a línea fija, internet y televisión de paga siguen generalmente una

racionalidad de hogar, el móvil no se contrata para compartirlo, sino para personalizar su

uso. Por ello la distribución de suscriptores en el resto de los servicios contrasta

dramáticamente con el volumen de cuentas de celulares: 10.2 millones de televisión de

Page 211: Tesis telecom completa con anexos

211

paga, 19.6 de telefonía fija y 11.4 de internet según estimaciones para mayo del 2011.

Según la OCDE, América Móvil concentraba el 66% de las ganancias del sector de

telecomunicaciones, estimado para esa fecha en 27 billones de dólares aproximadamente

(OCDE, 2012, p.26). La telefonía fija, como se explicó anteriormente, es una industria

clave, pero su variante móvil no es sólo el motor de las telecomunicaciones, sino una

auténtica mina de oro.

Fuente: elaboración propia con datos de Cofetel, 2013. Se suman conceptos de radiocomunicaciones (paging

y trunking) con telefonía móvil

Fuente: elaboración propia con datos de Cofetel, 2013 y OCDE, 2012

2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011

Ingresos $119,442 $148,934 $178,931 $197,386 $223,245 $235,309 $245,240

Inversión $14,937. $11,412. $11,292. $16,238. $15,308. $37,619. $27,267.

En millones de pesos

Telefonía móvil: ingresos e inversión

Ingresos Inversión

92.9

19.6

11.4

10.2

0 20 40 60 80 100

Móvil

Teléfono fijo

Internet fijo

TV de paga

Suscriptores por servicio

Suscriptores en 2011 (millones)

Page 212: Tesis telecom completa con anexos

212

En septiembre del 2011 la penetración de celulares en México era de 86 por cada 100

habitantes, mientras que el promedio en la OCDE era de 102. Este indicador muestra que

México podría mantener su crecimiento en demanda de teléfonos móviles si se le

compara con las estadísticas de celular por cada 100 habitantes de otros países, como

Colombia (93), Ecuador (97), Venezuela (98), Brasil (101) y Argentina (123). Así mismo, la

OCDE pone a México como el “campeón” de los celulares de prepago, con una

proporción de 88% de los planes, mientras que este mismo concepto está situado en un

43% como promedio de la OCDE (2012, p.27). Las cifras de la Cofetel muestran una

penetración ligeramente menor, con cifras preliminares de 82.1 por cada 100 habitantes

para el 2011, aunque para el 2012 creció a 86.3 (Cofetel, 2013).

Esta aparente “bonanza” de planes móviles tiene una barrera natural de un país en vías

de desarrollo como México, la relación de tarifas con el nivel del ingreso. De acuerdo con

el IMCO (2011, p.17), las tarifas para celular en México se han ido reduciendo de manera

progresiva hasta en un 52%, pero éstas siguen siendo altas en comparación con el

ingreso de los usuarios. Ello explica por qué predominan los planes de prepago en el

contexto nacional.

Telcel47%

Movistar10%

Iusacell13%

Nextel30%

Planes de renta (post pago)

Page 213: Tesis telecom completa con anexos

213

Fuente: IMCO, 2011, p.16. Cifras del 2007

Fuente: elaboración propia con datos de Cofetel, 2013.

*datos del 2009 al 2012 son cifras preliminares

A partir de estos datos surge la pregunta obligada: ¿Por qué Telcel conserva tanta

conentración de mercado? Un vistazo rápido al mercado de móviles no parece arrojar

elementos para construir una respuesta obvia, pues hay cuatro operadores y Telcel no

ofrece en sí los planes más baratos, ni un servicio que se destaque por opacar al de su

competencia. El factor determinante para que Telcel mantenga esta ventaja con respecto

a sus competidores es la interconexión y la habilidad para fijar sus tarifas. La

Telcel76%

Movistar15%

Iusacell6% Nextel

3%

Planes prepago

40.8 47.4 56.9 68 71.3 76.3 82.1 83.1

2.9

3.84.8

6.1 9

11.4

13.3 15

0

20

40

60

80

100

120

2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012

Mill

on

es

de

su

scri

pto

res

anu

ale

s

Suscriptores pre y pospago*

Prepago Pospago

Page 214: Tesis telecom completa con anexos

214

interconexión le permite a América Móvil hacer dos movimientos clave: ofrecer precios

bajos para llamar a usuarios de la misma red y hacer negocio con los precios de

interconexión (IMCO, 2011, p.18).

Este problema representa costos de operación más altos para las firmas competidoras, ya

que, en teoría, 7 de cada 10 llamadas serían a usuarios en la red de Telcel y tendrían que

pagar un cargo extra por interconectarse. Ese pago adicional para los operadores no

implica que se traduzca en una carga directa al usuario, pero sí genera un incentivo para

que el cliente prefiera estar dentro de la red más grande. Este problema se puede ilustrar

de modo gráfico:

Compañía Participación

de mercado

Costo de

terminación

Tarifa de

interconexión

%tráfico en redes Promedio de

costo de

terminación %Propio %Externa

Telcel 70% 0.50 1.39 70% 30% 0.767

Otros 30% 0.50 1.39 30% 70% 1.123

Fuente: basado en IMCO, 2011, p.38.

La gráfica anterior muestra que el costo con ese esquema deprecios daría una ventaja

clara a Telcel sobre el resto de sus competidores, ya que esta compañía paga apenas el

68% de lo que el resto de las firmas pagarían en promedio por concepto de interconexión.

Como se muestra, el incentivo más grande para los usuarios es la propia red de Telcel,

que significa costos más reducidos en cuanto a llamadas. En otras palabras, “This pricing

strategy increases Telcel‟s capacity to attract new customers above its competitors, and if

more users belong to this network, the value of belonging to this network will be greater”

(IMCO, 2011, p.35).

Estas condiciones que fomentan la alta concentración del mercado de telefonía móvil han

visto tres acciones por parte del Gobierno federal y la competencia.

1.- Licitaciones de porciones de espectro útiles para telefonía móvil.

2.- Declaratorias de Telcel como actor dominante por el tema de interconexión y

exigencias sobre mejora de tarifas

3.- Fusión Iusacell-Televisa

Page 215: Tesis telecom completa con anexos

215

Las licitaciones de espectro conocidas como las Licitaciones 20 y 21 tuvieron como objeto

redistribuir porciones de bandas útiles para telefonía y servicios de nueva generación

como el 3G. En ambos procedimientos resultaron ganadores Telefónica y Iusacell (L-20),

y Nextel (L-21). Estas subastas de espectro no afectaron la distribución total de espectro

repartida entre los operadores, pero les dio acceso a los competidores de Telcel a una

banda para servicios como el 3G (IMCO, 2010, p.18).

La segunda acción fue retomada por la CFC como una estrategia para forzar a Telcel a

fijar tarifas más bajas que permitieran una competencia más equitativa. Tanto Telmex

como Telcel han sido declarados como actores dominantes precisamente por la

capacidad que tienen para fijar tarifas sin que la competencia pueda “defenderse” de las

mismas en una negociación. Es decir, lo relevante no es que Telcel haya bajado sus

precios al consumidor, o que tenga una porción del 70% de mercado, sino que esta

condición le permite tener ventajas en cuanto al fenómeno de la interconexión y que ésta

condición sea un incentivo para atraer más clientes (IMCO, 2011, p.34). El fruto de esta

acción es la fijación de la tarifa basada en costos de Cofetel en caso de que no exista un

acuerdo entre dos firmas competidoras con respecto al costo por interconectar sus redes.

El argumento de Telcel para defender su posición es que es el actor que más ha invertido

en infraestructura, y que en las áreas urbanas la competencia es clara y dura, por lo que

la ventaja final es su cobertura en zonas rurales o marginadas, acusando a la

competencia de no querer invertir en instalaciones para llegar a esas zonas (p.35).

La tercera acción es una medida que apuesta a que Iusacell, respaldado por la inversión

de Grupo Televisa, puedan ofrecer un servicio de valor agregado, el cuádruple play

(IMCO, 2011, p.19). Es decir, Iusacell está muy rezagado con respecto a Telcel en cuanto

a poder de mercado, pero esta plataforma permite que Grupo Televisa tenga capacidad

de quitarle mercado a América Móvil a través de un bundle de TV de paga, teléfono fijo,

móvil e internet, ya que está probado que el empaquetamiento de paquetes reduce el

costo para el usuario.

El rubro de la telefonía móvil es de suma importancia para las telecomunicaciones de

modo global, por lo que es importante que exista competencia en este sector que permita

al usuario tener mejores tarifas y un mejor servicio. La importancia del celular es que a

través de servicios de última generación permite el acceso a internet. De hecho, la

mayoría de los usuarios de internet en México utiliza la red a través de los celulares y

Page 216: Tesis telecom completa con anexos

216

otros gadgets (Euromonitor, 2012), por lo que el móvil se está convirtiendo en una manera

de fomentar la conectividad. Además de esto, la expansión de este mercado hace que el

sector de telecomunicaciones crezca continuamente, lo que puede ser un buen incentivo

para promover el incremento de la cobertura. De acuerdo con Euromonitor (2012), el

periodo comprendido entre el 2006 y el 2011 marcan una expansión de las suscripciones

en un 67.6%, mientras que en el 2006 este mercado representó el 47.5% de los ingresos

de telecomunicaciones, y se elevó al 59.5% en el 2011.

Así, la dinámica de la telefonía celular muestra un crecimiento más pronunciado hacia

finales desde mediados hacia finales de la década. El número de suscriptores se ha

duplicado prácticamente en seis años, al pasar de 47.1 millones en el 2005 a 93 en el

2011. Como la OCDE menciona, podría esperarse un crecimiento en este número que

parece que se ha estabilizado entre el 2010 y 2010, y la barrera del precio sería el “freno”

natural de este segmento de las telecomunicaciones.

Fuente: Cofetel, 2013 y OCDE, 2012

Las estadísticas de la Cofetel dan cuenta de una creciente demanda de servicios móviles.

Como mencionaba Euromonitor (2012), el sector móvil capta prácticamente la mayoría de

los ingresos de las telecomunicaciones. Así, en México esta tendencia se ha mantenido y

de ser la mitad de los ingresos globales de este sector económico, los registros muestran

que se ha mantenido desde el 2009 en aproximadamente 3 quintas partes de la captación

47.155.3

66.575.3

83.291.3 92.9

2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011

Suscripciones anuales móviles (en millones)

suscripciones anuales (en millones)

Page 217: Tesis telecom completa con anexos

217

de renta. Esto es concurrente con el incremento de suscriptores en telefonía celular a

partir del 2008.

Año Ingresos totales telecom (en millones de pesos)

Ingresos Totales móvil (en millones de pesos)

Proporción

2005 $240,508.00 $119,442.20 50%

2006 $283,771.00 $148,934.70 52%

2007 $317,779.50 $178,931.50 56%

2008 $336,890.00 $197,386.30 59%

2009 $365,054.50 $223,245.60 61%

2010 $385,022.50 $235,309.40 61%

2011 $401,598.00 $245,240.70 61% Fuente: Elaboración propia con datos de Cofetel, 2013. Del 2009 al 2011 son cifras preliminares

Fuente: Elaboración propia con datos de Cofetel, 2013. Del 2009 al 2011 son cifras preliminares

$0

$50,000

$100,000

$150,000

$200,000

$250,000

$300,000

$350,000

$400,000

$450,000

2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011

Mill

on

es

de

pe

sos

Ingresos de telefonía móvil vs telecom

Ingresos totales telecom (en millones de pesos)

Ingresos Totales móvil (en millones de pesos)

Page 218: Tesis telecom completa con anexos

218

Mientras que los ingresos van al alza, las inversiones de capital en telefonía móvil han

crecido en términos absolutos a partir del 2008, pero se contrajeron entre el 2006 y el

2007. El año 2010 marca un alza en la inversión global en telecomunicaciones, pero

también un “récord” importante para el sector de celulares como proporción de la

inversión total. Cabe recordar que ese año estuvo marcado por dos licitaciones para

repartir espectro dirigido a servicios móviles (licitaciones 20 y 21), además de que la CFE

puso a disposición de tres operadores –Telefónica, Televisa y Megacable- hilos de fibra

oscura, lo cual explicaría la expansión en la inversión de capital en el rubro de las

telecomunicaciones en general, pero también el despunte en el área de capitalización de

infraestructura móvil. Como se muestra, la proporción tiende a dispararse de un tercio

hasta la mitad dependiendo de las circunstancias del mercado según el año, pero en

general la inversión tuvo un incremento a partir de los años donde el número de

suscripciones comenzó a expandirse.

Año Inversión total telecom (en millones de pesos)

Inversión total móvil (en millones de pesos)

Proporción

2005 $38,246.98 $14,937.10 39%

2006 $40,586.67 $11,412.69 28%

2007 $35,766.59 $11,292.47 32%

2008 $40,624.64 $16,238.22 40%

2009 $37,917.73 $15,308.68 40%

2010 $71,574.55 $37,619.65 53%

2011 $70,664.42 $27,267.42 39% Fuente: Elaboración propia con datos de Cofetel, 2013. Del 2009 al 2011 son cifras preliminares

Fuente: Elaboración propia con datos de Cofetel, 2013. Del 2009 al 2011 son cifras preliminares

$0.00

$10,000.00

$20,000.00

$30,000.00

$40,000.00

$50,000.00

$60,000.00

$70,000.00

$80,000.00

1 2 3 4 5 6 7

Inversión móvil vs telecom

Inversión total telecom (en millones de pesos)

Inversión total móvil (en millones de pesos)

Page 219: Tesis telecom completa con anexos

219

Al observar la comparación de proporción de participación se puede constatar que los

ingresos de telefonía móvil continúan creciendo en términos absolutos. Inc luso éstas

cifras muestran que de cada 10 pesos que se obtiene en las industrias de

telecomunicaciones, 6 son por servicios de celulares. Sin embargo, parece ser que éste

es, de momento, su techo de participación. Como expone la OCDE, el crecimiento en

México de este sector es acelerado pero se está “poniendo al corriente” con las

tendencias de los países en vías de desarrollo, por lo que en un momento puede haber

una desaceleración o un alto a las tasas de crecimiento superiores al promedio. Además,

la barrera natural del mercado de celulares son los precios, ya que a pesar de las

reducciones de paquetes en pospago y prepago, el salario de los consumidores sigue

siendo relativamente bajo con respecto a los costos de este servicio. La inversión también

fluctúa, pero se ha duplicado en el 2011 con respecto al 2005. Es decir, ha crecido en

términos absolutos, pero depende en gran parte de que haya facilities disponibles para

que se hagan inversiones de capital. En ese sentido, la expansión de este gasto en el

2010 puede explicarse en parte por las licitaciones de espectro, pero los dos años

anteriores marcaron también puntos altos de inversión con respecto a los periodos más

bajos (2006-2007). Es decir, los años 2008-2009 marcan una expansión natural de

servicios con la entrada de la tecnología 3G, pero también estuvieron afectados por la

crisis financiera global.

Fuente: elaboración propia con datos de Cofetel, 2013. Cifras del 2009 al 2011 son preliminares

50%52%

56% 59%61% 61% 61%

39%

28%32%

40% 40%

53%

39%

0%

10%

20%

30%

40%

50%

60%

70%

2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011

%P

arti

cip

ació

n e

n t

ele

com

Participación celulares en telecom:ingreso e inversión

%ingresos

%inversión

Page 220: Tesis telecom completa con anexos

220

En suma, la demanda de celulares crece; el incremento en suscripciones se traduce en

una expansión de los ingresos, pero no necesariamente de infraestructura o inversiones

de capital. Este renglón está más orientado a eventos que requieran la introducción de

avances tecnológicos, como servicios de internet de última generación y está sujeto a que

haya acceso a infraestructura o porciones del espectro para que sea aprovechable. Así, el

crecimiento de este mercado se relaciona con la TDT y la brecha digital. Como se explicó

anteriormente, los celulares son un punto importante de acceso a internet, lo que podría

ser una alternativa para aumentar la conectividad de la población. Además, la misma

demanda de servicios móviles presiona de manera directa al espectro disponible. La TDT

tiene como propósito liberar prácticamente tres cuartas partes del espectro destinado a

radiodifusión y que esta banda –los 700 Mhz- es usada actualmente para servicios 4G,

también conocidos como redes LTE. La liberación de esta parte del espectro es

fundamental para que el creciente mercado de telefonía celular pueda aprovechar un

recurso que le permita dar un mejor servicio. No obstante, no quiere esto decir que la

conectividad vaya a aumentar inmediatamente, o que la liberación del espectro implique

que los celulares vayan a cerrar la “brecha digital”. Al contrario, la competencia en este

sector es esencial para que bajen los precios en la medida de lo posible. El freno natural

de este sector es la relación del ingreso del consumidor con el precio de los planes. La

competencia puede ser una alternativa para que existan paquetes a mejor precio, pero

también tiene que resolverse el problema de la interconexión, que por sí mismo eleva los

costos de la competencia. Así, las medidas enfocadas a fomentar la competencia y las

políticas de la TDT pueden ayudar a que el mercado de celulares tenga precios más

accesibles, competencia en base de un mejor servicio al cliente, y una expansión de

inversión de capital para aumentar la cobertura a través del dividendo digital. No obstante,

hay que recalcar que la finalidad del mercado no es cerrar la brecha de conectividad

dentro de la sociedad, por lo que se tienen que aprovechar los recursos derivados de la

licitación de bandas del espectro para respaldar una política de digitalización que permita

cerrar esta disparidad. El mercado muestra que la telefonía celular es un negocio bastante

rentable; la estrategia del Estado es que la demanda de este recurso no sólo haga

eficiente el reparto de las concesiones, sino que se obtengan recursos que permitan

articular una política encaminada a reducir la brecha digital a pesar de la brecha del

ingreso.

Page 221: Tesis telecom completa con anexos

221

Análisis de la Telefonía Fija en México

Telmex permanece como la empresa mejor posicionada en este sector de las

telecomunicaciones que registra la menor tasa de crecimiento. La empresa nació

como un monopolio de telefonía, ya que el Estado mexicano la privatizó de

manera “vertical” y no segmentada para hacer más atractiva la oferta. Además, se

le garantizó que no tendría competencia alguna durante sus primeros años para

que pudiera aumentar la cobertura telefónica en el País durante los años noventa.

Estos privilegios estuvieron acompañados de una cláusula que sigue vigente: no

ofrecer televisión o servicios de video a través de su red (IMCO, 2011, pp.6-7).

Teléfonos de México como paraestatal era particularmente ineficiente en términos

de cobertura, tardando hasta dos años en responder a una solicitud de instalación

de línea en 1991 (OCDE, 2012, p.35). Telmex como empresa privada fue

haciéndose más eficiente y la concentración de líneas telefónicas pasó de 6 por

cada 100 habitantes en 1991 a 17.4 en el 2010 (IMCO, 2011, p.14). Sin embargo,

aunque este indicador muestra avances en este rubro, la cobertura de línea fi ja

está todavía rezagada con respecto a otros países. La OCDE (2012, pp.26-27)

tiene actualmente un promedio de 37 líneas por cada 100 habitantes, por lo que

México aún se encuentra rezagado en cuanto al acceso a telefonía fija. Incluso la

distribución actual es muy irregular, puesto que el 31.3% de estas instalaciones

están en tres ciudades: Ciudad de México, Monterrey y Guadalajara (IMCO, 2011,

p.14). Además, este servicio ha ido mermando según la OCDE (2012, p.14), ya

que en el 2000 se tenía un crecimiento de este servicio de apenas un 13% y en el

2009 esta tasa bajó a cero, y sus tarifas siguen siendo altas comparativamente.

Estos datos sugieren que la tasa de 17.4 líneas de teléfono por cada 100

habitantes sea el “techo” en cuanto al acceso a telefonía, pero esta conclusión

sería muy adelantada. Hay dos factores que explican a grandes rasgos la caída

progresiva de la demanda de líneas telefónicas. Un factor es la migración

progresiva hacia la telefonía celular y una segunda causa es la disponibilidad de

paquetes triple play que incluyen ya este servicio y generalmente presentan una

reducción de costos en comparación con la contratación individual de servicios.

Page 222: Tesis telecom completa con anexos

222

La competencia a Telmex en términos de telefonía fija recae esencialmente en

cableras y algunas compañías telefónicas menores. Sin embargo, las empresas

de televisión por cable han tenido una participación relevante en este sector a raíz

de que se les permitió la oferta de telefonía a partir del 2003, aunque realmente

hasta el 2007 se posicionaron como competencia real. Telmex ha visto reducida

su participación en el mercado, pero esta sigue siendo todavía abrumadora con un

80% en el ramo de la línea telefónica fija (IMCO, 2011, pp.13-14).

En 1997 acabó el periodo de gracia para que Telmex actuara sin competencia.

Desde ese entonces, la CFC estableció que la compañía era un actor dominante

de mercado, pero la empresa de Slim le ganó en los tribunales al Gobierno federal

de manera continua por espacio de 10 años, hasta que en el 2009 y el 2010 se

llevaron a cabo nuevas declaratorias por parte de este organismo hacia América

Móvil, considerando que esas empresas eran dominantes en el mercado y tenían

ventajas unilaterales por encima de sus competidores, principalmente por

conductas monopólicas en el tema de la interconexión (IMCO, 2011, p.32). El

desafío abierto a estas condiciones como la fijación de tarifas discrecionales o por

encima de la que se fija en el modelo de costos de Cofetel se ha traducido en que

la competencia tenga unos palmos de terreno para ofrecer precios a los clientes

para poder competir de manera más equitativa. No obstante, la ventaja real que

Telmex tiene frente a sus competidores es su infraestructura que es, de hecho, el

centro del conflicto de interconexión. Ante la falta de estos facilities para poder

ofrecer servicios similares a los de Telmex, la estrategia natural de la competencia

de Telmex se ha consolidado en los paquetes de triple play.

Page 223: Tesis telecom completa con anexos

223

Fuente: elaboración propia en base a IMCO, 2011 y OCDE, 2012

El servicio de telefonía, a pesar de su desaceleración, sigue siendo captando

capital y genera ingresos a través de los servicios locales y de larga distancia. De

acuerdo con la Cofetel (2013), la telefonía fija representaba casi la mitad de la

inversión en el sector en el 2006, y ésta se ha reducido a poco menos de la

tercera parte para el 2011. En términos de ingreso también ha retrocedido, y de

ser poco más de la tercera parte en el 2006, ahora representa una quinta porción

en el 2011. En el 2006 se invirtieron 2 mil 102 millones de dólares, y ésta cifra se

redujo para el 2011 para a mil 628 millones de dólares. Los ingresos también han

caído, y del “pico” que representó el 2006 con un total de 106 mil 749 millones de

pesos, se han pasado a cifras de 91 mil 925 millones de pesos en el 2010 y 87 mil

879 en el 2011.

100% 95% 92% 91% 87% 82% 80%

0%

20%

40%

60%

80%

100%

120%

1998 2003 2006 2007 2009 2010 2011

Participación de Telmex en telefonía fija

Participación

Page 224: Tesis telecom completa con anexos

224

Fuente: Elaboración propia con datos de Cofetel, 2013

*Se suman ganancias de telefonía local y larga distancia para determinar ingresos e inversión

Fuente: Elaboración propia con datos de Cofetel

*Se suman montos de inversión en telefonía local y de larga distancia

Como se muestra a continuación, la telefonía ha reducido su proporción como

parte de la inversión total de las telecomunicaciones, alcanzando su punto más

alto en los últimos años en el 2006, y su más bajo en el 2010.

2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011

Inversión en mdp $19,318.64 $22,914.78 $19,090.33 $15,844.91 $14,555.88 $17,676.38 $20,238.32

Ingresos en mdp $100,179.1 $106,749.4 $106,662.0 $100,851.7 $97,063.80 $91,925.80 $87,879.30

$0.00

$20,000.00

$40,000.00

$60,000.00

$80,000.00

$100,000.00

$120,000.00M

illo

ne

s d

e p

eso

s

Tendencia ingreso/inversión en telefonía fija*

$-

$10,000.00

$20,000.00

$30,000.00

$40,000.00

$50,000.00

$60,000.00

$70,000.00

$80,000.00

2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011

Milo

ne

s d

e p

eso

s

Inversión en telecom y telefonía fija*

inversión global telecom

Inversión telefonía fija

Page 225: Tesis telecom completa con anexos

225

Año Inversión telecom (en millones de

pesos)

Inversión telefonía (en millones de

pesos)

Proporción

2005 $ 38,246.98

$19,318.64

51%

2006 $ 40,586.67

$22,914.78

56%

2007 $ 35,766.59

$19,090.33

53%

2008 $ 40,624.64

$15,844.91

39%

2009 $ 37,917.73

$14,555.88

38%

2010 $ 71,574.55

$17,676.38

25%

2011 $ 70,664.42

$20,238.32

29%

Fuente: Elaboración propia con datos de Cofetel, 2013

Así mismo, los ingresos de este sector han ido reduciéndose, pero todavía son

una parte considerable del sector. Sin embargo, como se dijo con anterioridad, la

contratación de paquetes triple play y la demanda de telefonía celular afectan

directamente a la dinámica del servicio de línea fija.

Año Ingresos Telecom (en millones

de pesos)

Ingresos telefonía (en millones de pesos proporción

2005 $240,508.00

$ 100,179.10 42%

2006 $283,771.00

$ 106,749.40 38%

2007 $317,779.50

$ 106,662.00 34%

2008 $336,890.00

$ 100,851.70 30%

2009 $365,054.50

$ 97,063.80 27%

2010 $385,022.50

$ 91,925.80 24%

2011 $401,598.00

$ 87,879.30 22%

Page 226: Tesis telecom completa con anexos

226

Fuente: Elaboración propia con datos de Cofetel, 2013.

La telefonía fi ja ha perdido terreno conforme pasan los años y deja de ser el

foco de la inversión. No obstante, su importancia fundamental para el entorno de

las telecomunicaciones reside en el despliegue de infraestructura en dos

sentidos fundamentales: el primero en materia de cobertura telefónica en

servicios de larga distancia y llamadas locales y, el segundo, en la

modernización de la red para ofrecer servicios de nueva generación, como

conectividad a internet. Así, este vistazo al rubro de la telefonía fija sirve com

“pivote” para observar las conductas de dos áreas que le han ganado terreno: el

triple play a través de la televisión restringida, como se vio en la sección

anterior, y la telefonía celular, que se tratará a continuación.

51%

56%53%

39% 38%

25%29%

42%38%

34%30%

27%24% 22%

0%

10%

20%

30%

40%

50%

60%

2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011

%P

arti

ciác

ión

en

Te

leco

m

Participación en telecom: Ingreso e inversión

%Inversión

%ingresos

Page 227: Tesis telecom completa con anexos

227

Comparecencia de Mony de Swaan, presidente de Cofetel, ante el Congreso

en octubre del 2011 por tema de multiprogramación

Antes de la comparecencia de Mony de Swaan ante el Congreso, el Diputado

Corral Jurado envió al Presidente Calderón una carta pidiendo una explicación

sobre la adopción de la multiprogramación, misma que fue respondida por el

presidente de la Cofetel. La comparecencia del 11 de octubre reproduce en buena

medida los cuestionamientos y razones expuestas por ambas partes.

La comparecencia comenzó con una exposición por parte de De Swaan del tema

del multiplexeo y la multiprogramación, seguida de una serie de preguntas de

varios diputados. El presidente de la Cofetel expuso que el Acuerdo del 2004, en

ese entonces aún vigente, hablaba de la adopción del estándar A/53 de ATSC

que, a pesar de ser usado principalmente para transmisiones en HD, tenía

intrínseca el multiplexeo, debido a que así era como se propagaba la señal digital.

Si bien esta condición no explica cómo el MUX se puede habilitar bajo ese mismo

estándar para multiprogramar, el comisionado presidente explicó que esta

tecnología no contraviene la NOM 03-SCT1-93 ni las disposiciones de la Ley

Federal de Radio y Televisión. En este sentido, De Swaan dijo que la normativa

indica que “las concesiones y permisos se otorgan para ofrecer servicios

ilimitados, señales ilimitadas de radio y televisión” (De Swaan, 2011d). En cuanto

a la NOM, un canal de televisión es un segmento de 6 Mhz de ancho de banda, no

un canal de programación. Con estos dos argumentos jurídico-técnicos el

presidente de la Cofetel argumentó que no se otorgaban nuevos “canales” a los

concesionarios porque no se les estaba entregando más espectro, y que no había

una reserva legal para prohibir o cobrar por programación adicional dentro de los 6

Mhz concesionados a cada operador. Además, agregó De Swaan (2011d), la

“toma de nota” del 20 de julio no había favorecido a actores predominantes, sino a

dos concesionarios locales en Monterrey y Baja California, así como a un actor

que transmitiría las señales del Canal 22 y Canal 11 en diferentes formatos. En

suma, multiprogramar o multiplexar no implicaba un uso distinto del título

habilitante para radiodifusión, “Se trata de la misma concesión, la misma cantidad

Page 228: Tesis telecom completa con anexos

228

de espectro, simplemente de una tecnología distinta que ha sido utilizado en

México y en todo el mundo” (De Swaan, 2011d).

En su exposición señaló además cuatro ventajas de la multiprogramación:

1.- flexibilidad para ejecutar diferentes modelos de negocio en la TDT

2.- mayor calidad de la señal en caso de que convivan la transmisión de HD con

servicios o programación adicional.

3.- mayor diversidad bajo el supuesto de que se aumentan los espacios para

transmitir programación.

4.- eficiencia espectral en caso de usar transmisión en HD o de canales múltiples.

Los cuatro argumentos van en sintonía con lo que indica la literatura existente

sobre las posibilidades de la TDT. En efecto, hay una tendencia a cuestionar el

uso exclusivo de la señal digital para transmisiones en HD especialmente en

regiones donde los usuarios no tienen incentivos o capacidad para comprar

televisores que exploten el factor de la resolución, por lo que la capacidad de

ofrecer más canales o servicios adicionales a través del MUX abre las

posibilidades a otros modelos de negocio bajo el supuesto que la exigencia o la

demanda del público no es la alta definición. Así, De Swaan abordó en su

comparecencia el tema de la regulación de la multiprogramación. Según el

comisionado presidente (2011d), la multiprogramación es admitida por los países

que han transitado de manera exitosa a la TDT, pero que cada gobierno ha

desarrollado un modelo de regulación distinto de acuerdo a necesidades

intrínsecas, de tal modo que hay casos de mayor o menor intervención en cuanto

con respecto a la multiplicación de oferta programática. Así, De Swaan “pasó la

bolita” al Congreso, argumentando que el regulador no podía imponer

contraprestaciones a la multiprogramación porque las cámaras no habían

legislado al respecto, “Si alguien quisiera colocar a México junto a Francia y

España donde se tendría una alta intervención en materia de multiplexeo, es muy

sencillo, habría que reformar la Ley” (De Swaan, 2011d).

Page 229: Tesis telecom completa con anexos

229

Corral Jurado respondió en su intervención a la exposición inicial de De Swaan

que este esquema era un caso de permitir a los particulares lo que en la

legislación no estaba expresamente prohibido, pero que la política de TDT del

2004 y la acción de inconstitucionalidad contra la Ley Televisa eran referentes

para impedir la multiprogramación entendida como un servicio adicional (Corral

Jurado, 2011). Además, acusó a De Swaan de estar intentando confundir a los

legisladores usando como sinónimos el MUX y la multiprogramación que, como se

ha visto, son términos con un significado distinto.

Sostengo que [la multiprogramación] es contraria a lo que la

propia Secretaría de Comunicaciones ha señalado en una

resolución firmada entonces por el Director General de Política de

Telecomunicaciones y Radiodifusión sobre los usos determinados

en radiodifusión y sobre el uso exclusivo del canal espejo del

canal analógico que es el simulcasting, la transmisión simultánea,

y no el multicasting, que es la multiprogramación, que ahora nos

quiere hacer Mony de Swaan sinónimo de multiplexeo. (Corral

Jurado, 2011)

En base a esa decisión de la SCT, Corral Jurado sostuvo que el uso específico

para los canales espejo era el simulcasting, y que Cofetel no estaba actuando ni

siquiera para regular el multicasting. Es decir, sólo estaban permitiéndolo primero

a través de la toma de nota y después con su integración a las modificaciones de

la TDT en el 2011 por la Cofetel sin que se hubiera regulado la multiprogramación

en los reglamentos y leyes secundarias correspondientes, además de que en caso

de ser un servicio de telecomunicaciones estaría contraviniendo la sentencia de

inconstitucionalidad de la SCJN contra la “Ley Televisa”.

Después de la intervención de Corral Jurado, De Swaan expresó su réplica a las

observaciones del legislador panista. Su respuesta se centró en la relación técnica

entre el MUX y el multicasting, así como la preferencia de los operadores por esta

posibilidad como modelo de negocio alternativo a las transmisiones en HD, así

como la falta de una política de TDT a nivel de ley. Ciertamente, impedir el uso de

Page 230: Tesis telecom completa con anexos

230

la señal digital para la multiprogramación va en contra de la racionalidad de la

industria en un contexto de poca penetración de televisores de al ta definición,

“Pretender que se puede multiplexar y no multiprogramar es decirle a un

concesionario de una carretera que puede construir en ese trecho de carretera 16

carriles pero que se tiene que restringir a circular por uno solo” (De Swaan,

2011d). Sin embargo, el comisionado presidente de la Cofetel reiteró que si no

había mecanismos para condicionar el multicasting era porque el Congreso no

había legislado al respecto.

Si ustedes señores legisladores quieren cobrar por la

multiprogramación para un mismo servicio, léase radiodifusión, lo

pueden hacer, pero hay que reformar la Ley. Nuestro marco

normativo actual no lo permite (….) En todos los países la

Televisión Digital Terrestre es una ley; en este país el Congreso

ha rehuido a ese debate y lo único que hizo en su momento fue

presentar la controversia constitucional en contra de un decreto

presidencial [Decreto 2010]. (De Swaan, 2011d).

En la comparecencia se admitió una respuesta complementaria del comisionado

de la Cofetel Gonzalo Martínez Pous para emitir un argumento técnico sobre el

multicasting. El funcionario refirió que el numeral 2 de la Política de TDT del 2004

menciona de modo explícito que el estándar a utilizarse es el A/53 de ATSC, “así

como las de su futuro desarrollo o crecimiento” (Ma rtínez Pous, 2011). El

comisionado expuso que la Cofetel consultó a ATSC sobre los estándares A/72

para video fijo y A/153 para video móvil que son compatibles con el A/53. La

respuesta de la ATSC fue que ambos estándares son una mejora compatible con

el estándar seleccionado por México, mismos que soportan técnicamente la

multiplexación y el multicasting, por lo que Martínez Pous defendió la

compatibilidad de esta variante de programación con la política de TDT del 2004.

Sin quitar el “dedo del renglón”, Corral Jurado cerró su participación en la

comparecencia con el argumento de que la multiprogramación sin regulación

agudizaría la concentración preexistente en el sector de la televisión abierta, ya

Page 231: Tesis telecom completa con anexos

231

que tanto Televisa como TV Azteca cuentan con más de un canal de 6 Mhz, lo que

permite multiplicar varias veces sus capacidades de multiprogramación con

respecto a otros actores, de tal manera que “Si la innovación tecnológica termina

en sólo permitiendo más servicios para los mismos, pues cuál es el sentido. Tiene

que haber más jugadores” (Corral Jurado, 2011).

Page 232: Tesis telecom completa con anexos

232

Explicación de motivos de la reforma de telecomunicaciones del Pacto por México

El planteamiento inicial del documento sugiere que hay dos problemas centrales que se

abordan en el cuerpo de la reforma: el desarrollo económico y los derechos

fundamentales del ciudadano. Es decir, las tecnologías de telecomunicaciones y

radiodifusión –las TICs en general-, pueden contribuir a la economía y enriquecen algunas

garantías individuales. Con base en esto, las modificaciones tienen como objetivo brindar

acceso a la población a dichas herramientas, y mejorar la calidad de de los servicios que

ofrecen los concesionarios a través de la competencia (Pacto por México, 2013, p.4). El

documento reconoce tres “brechas” o impedimentos para el desarrollo de las actividades

en telecomunicaciones y radiodifusión: mercados concentrados, falta de infraestructura y

poca apropiación de las tecnologías digitales. Estos tres componentes son congruentes

con las “Tres C” (Convergencia, Competencia y Cobertura), pero quizás un componente

adicional es la “educación digital” o apropiación de la tecnología por parte de la población.

Se exponen también problemas en cuanto a la penetración de la banda ancha, donde

“México registra las tasas de crecimiento en banda ancha más altas entre los países

miembros de la OCDE, sin embargo, los niveles de penetración siguen siendo muy bajos”

(Pacto por México, 2013, p.6). También se explica los mercados de telecomunicaciones y

medios radiodifundidos están altamente concentrados.

El primer numeral versa sobre el derecho a la información que se divide en dos

dimensiones, la individual que implica el derecho a expresar ideas en general, y la

colectiva, que es el derecho de la sociedad “a procurar y recibir cualquier información,

conocer los pensamientos, ideas e informaciones ajenos y a estar bien informada” (Pacto

por México, 2013, p.8).

El segundo numeral aborda el derecho de acceso a las TICs y la banda ancha. Este

derecho comprende una lógica social, pero también económica, ya que se establece que

estas tecnologías permiten el desarrollo de actividades productivas. Esta relación entre

derecho social y desarrollo económico está encuadrada dentro del paradigma de la

sociedad de la información que “no está limitada a internet, aunque éste ha desempeñado

un papel muy importante como medio que facilita el acceso e intercambio de información

y datos” (Pacto por México, 2013, p.13).

Page 233: Tesis telecom completa con anexos

233

Además de este encuadre de las TICs dentro de la sociedad de la información, la reforma

expone que las telecomunicaciones y la radiodifusión son servicios públicos de interés

general y que estarán sujetas a ciertos criterios como calidad, pluralidad, cobertura, entre

otros.

La tercera parte del segmento introductorio del documento habla sobre la creación de dos

organismos reguladores independientes, la Comisión Federal de Competencia Económica

y el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT, o Ifetel). El segundo será el regulador

de la competencia económica en las áreas de radiodifusión y telecomunicaciones, y se

especifica que la decisión de darles autonomía está basada en las mejores prácticas

internacionales. Además se eliminan así las dobles ventanillas que existían entre la CFC y

la Cofetel, por ejemplo, para anunciar un programa licitatorio de frecuencias para

televisión abierta. En este apartado se hace también la especificación de que estos

organismos tratarán de combatir la concentración con base en declaratorias de

dominancia de un actor dentro de un mercado bajo el criterio de tener más del 50% del

mercado, que puede medirse en términos de usuarios, o tráfico.

El cuarto numeral está dedicado a la intención de crear tribunales especializados en

materia de radiodifusión y telecomunicaciones, y la imposibilidad de suspender las

resoluciones que el IFT emita en términos de competencia para evitar que los

concesionarios recurran al amparo para tratar de derrotar las acciones regulatorias o para

evitar que las acciones tengan efecto al estar en litigio.

El problema esencial no es la existencia de acceso a la justicia (…) sino

evitar que las empresas en mercados vitales como los del sector de las

telecomunicaciones y la radiodifusión, abusen del sistema de justicia

para frenar la regulación que busca reducir su poder de mercado o

detener prácticas anticompetitivas. (Pacto por México, 2013, p.20)

Se establece además que el amparo indirecto será el recurso jurídico en contra de las

acciones regulatorias, ya que éste no provoca suspensiones.

Los numerales cinco y seis tratan sobre las facultades del Congreso para legislar asuntos

específicos de la reforma, como la publicidad encubierta y el derecho de la audiencia, así

como la generación de leyes secundarias compatibles con las reformas constitucionales.

Page 234: Tesis telecom completa con anexos

234

El séptimo apartado está dedicado a la convergencia y declara que se usará un esquema

de conexión única “que permita a los concesionarios prestar todo tipo de servic ios a

través de sus redes, siempre que cumplan con las obligaciones y contraprestaciones que

les imponga el Instituto Federal de Telecomunicaciones” (Pacto por México, 2013, p.24).

El octavo numeral establece que la inversión extranjera se permitirá en un 49% en

radiodifusión, y en 100% para telecomunicaciones. El noveno trata los puntos de la

política de TDT que ya se explicaron previamente, y el décimo explica algunas medidas

que le corresponderán al IFT ejecutar después de su integración, como regular la

retransmisión de las señales de televisión abierta en sistemas de paga, licitar frecuencias

para televisión abierta y determinar qué actores son predominantes en sus mercados

correspondientes.

El apartado 11 incluye la descripción general de la red troncal de telecomunicaciones que

el Estado construirá para fomentar su uso como una red de corte “social”, es decir, que

sirva para reducir la brecha de acceso a las tecnologías digitales y la banda ancha, pero

que también tendrá la función de poner a disposición de los concesionarios más

infraestructura aprovechable. Además, se hace mención del aprovechamiento de la banda

de 700 Mhz que será liberada tras el apagón analógico.

La última sección de la exposición de motivos de la reforma trata sobre obligaciones del

Ejecutivo en términos de inclusión digital, de modo que éste incluirá en el Plan Nacional

de Desarrollo el programa de inclusión digital de la población, así como el proyecto de

trabajo para la transición a la TDT y el aprovechamiento de las bandas de 700 Mhz y 2.5

Ghz.

Como se puede observar, la reforma en sus intenciones recoge los problemas más

visibles del sector de telecomunicaciones y de radiodifusión como son los mercados

concentrados, el amparo contra los reguladores o la disponibilidad de infraestructura, e

incorpora su visión sobre la construcción de factores para implementar políticas acorde

con el paradigma de la sociedad de la información y las TICs como elemento de

desarrollo. A continuación se describe el contenido de los artículos reformados, así como

las modificaciones que se les realizaron a varios de ellos por la Cámara de Diputados

antes de la votación general.

Page 235: Tesis telecom completa con anexos

235

Anexo: Dos grandes deudas de la reforma de Telecom, las cláusulas del 49%

y 50%

En esta revisión se desea hacer énfasis en dos puntos que figurarán, adoptando una

metáfora del futbol, como los tiros de penalty que se fallaron en el momento decisivo: la

asimetría en la inversión extranjera y el criterio del 50% para actores económicos

preponderantes.

Por una parte, diferenciar entre inversión extranjera para telecomunicaciones y

radiodifusión no va en sintonía con la convergencia tecnológica. Probablemente la

defensa de este punto sea que los radiodifusores tengan cierto respeto por cuestiones de

soberanía nacional en los contenidos. No obstante, ese criterio no tiene ningún

fundamento, ya que una televisora abierta de capital nacional o extranjero tendría que

someterse a las mismas reglas para sus contenidos, tiempos de Estado y otras

disposiciones. En términos reales, esta cláusula funciona a través de Televisa y TV

Azteca, quienes enfrentan competencia real no en México, sino en el mercado de

televisión abierta en Estados Unidos por otras firmas que también realizan contenidos. Es

decir, más que proteger a la televisión mexicana de alguna “influencia extranjera”, se está

protegiendo a dos competidores (Televisa y TV Azteca), pero se descuida la propia

competencia. Debe de tomarse en cuenta que esta disposición de la reforma de

telecomunicaciones de permitir sólo el 49% de inversión extranjera en radiodifusión pero

el 100% en telecomunicaciones es contradictoria y no está sustentada en razones de

soberanía o protección a la cultura nacional, sino que es una regla que protege el estado

del régimen de telecomunicaciones al elevar las barreras de entrada para competidores

reales para televisión sin restricción. Cerrar el mercado a participantes nacionales deriva

en que los nuevos competidores no sean firmas fuertes, manteniendo la ventaja de

Televisa y TV Azteca. En cambio, la apertura entera de este sector pudo haber sido un

factor de cambio importante, puesto que abriría las puertas a las empresas que

actualmente compiten con el duopolio mexicano en Estados Unidos.

La cláusula del 50% no es un criterio suficiente para regular a actores económicos que

afectan a la competencia. Esta decisión está enfocada prácticamente en regular a quienes

tienen un poder de mercado del más del 50%, pero dejan de lado la noción del poder

potencial. Como se ha visto a lo largo de este trabajo, la idea de la convergencia es

dinámica: la idea no es sobresalir en un servicio, sino ofrecer una plataforma que conecte

a telecomunicaciones y radiodifusión. Bender, Görz y Pakula (2011) observan que el

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poder de mercado no siempre es el market share y menos en un entorno de tecnologías

digitales convergentes, ya que si las barreras de entrada a un mercado son bajas, ese

poder o porción de mercado del actor mayoritario puede ser reducido a través de la

competencia si el competidor tiene incentivos para entender mejor las necesidades del

público. Con barreras de entrada bajas, los mercados de telecomunicaciones pueden

reordenarse a través de las tarifas y calidad de los servicios convergentes, que son bienes

elásticos. El monopolista puede perder sus porciones de mercado si emerge un

competidor con mejores precios y un modelo de negocio mejor adaptado a las

necesidades del público sin que exista la necesidad de aplicar regulación asimétrica a un

actor preponderante. Sin embargo, estos análisis requieren una percepción mucho más

profunda que vayan enfocadas no a cuánto poder de mercado tiene cada actor, sino a

cómo están distribuidas las barreras de entrada y si alguna empresa impone condiciones

sobre las mismas, lo que sería un criterio válido para regularlo de modo asimétrico.

Desde luego que en la reforma de telecomunicaciones del 2013 se hace referencia a las

barreras de entrada, y se describen algunos mecanismos como regulación de tarifas,

retransmisión de contenidos y desagregación de infraestructura. Sin embargo, lo descrito

en la enmienda muestra que el criterio de éxito es que la participación de mercado baje.

Este criterio podría ser engañoso en el mediano plazo, ya que una distribución de 50% y

50% lleva a pensar en duopolios, figura que ya tenemos actualmente en el contexto de la

competencia de televisión abierta en México (aunque con un 70%-30% prácticamente), y

que no ha incentivado mayor competencia. Pero como aquí se sostiene, la solución a este

pendiente de la reforma del 2013 no radica en poner criterios de porción de mercado más

reducidos, sino de que la regulación asimétrica sea para bajar de modo general las

barreras de entrada a los mercados convergentes.

Revisando el escenario mexicano, la “cláusula del 50%” favorece a Televisa y opera en

contra de América Móvil. En términos simples, Televisa tendría que corregir su porción de

audiencia del 70% global para pasar a un 50%, situación que podría corregirse

naturalmente con la licitación de frecuencias digitales para televisión abierta. Sin

embargo, aún tendría una porción importante de audiencia con respecto a sus

competidores. Hay que recordar que esta concentración en el mercado de televisión

abierta no condiciona ni ha condicionado la participación de Grupo Televisa en todos los

mercados de telecomunicaciones, mientras que las prácticas oligopólicas de América

Móvil sí le impiden a este consorcio ofrecer televisión de paga o participar en licitaciones

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de televisión abierta. Continuando con las consecuencias de esta cláusula, América Móvil

sería sujeto a regulación asimétrica más prolongada, ya que la competencia por sí sola en

banda ancha y telefonía podría no ser suficiente para corregir sus porciones de mercado

que exceden el 50%. Además, podría darse el escenario en donde exista una

competencia más dinámica bajando las barreras de entrada al mercado, pero con un

poder de mercado de América Móvil del más del 50%. Es decir, la competencia puede

ampliarse, pero la cifra del 50% sería arbitraria. En ese caso, América Móvil sólo tendría

el nada atractivo incentivo de bajar su porción de clientes, pero no motivos para dejar de

ejercer acciones que afecten las barreras de entrada. Aquí la cláusula del 50% opera “al

revés”, ya que el incentivo debe de ser el de bajar las barreras, alentar la entrada de

nuevos competidores y nuevos modelos de negocio que le vayan quitando terreno al

monopolista en caso de que no entienda la dinámica de sus competidores. Es decir, una

acción regulatoria correcta en contra de América Móvil estaría enfocada a que éste

permita condiciones de interconexión, portabilidad de número, desagregación del bucle

local y que la tarifa entre redes deje de ser negocio porque obligaría al consorcio a ofrecer

mejores precios y mejores servicios. No obstante, el sólo bajar su participación en el

mercado podría eliminar incentivos para tener un mejor menú de servicios de

telecomunicaciones. En palabras simples, sería repartir un mal servicio entre más manos,

lejos de incentivar la competencia de mejores planes.