tema10

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107.1- ACTOS QUE NO PONEN FIN A LA VIA ADMINISTRATIVA (RECURSO ALZADA) - Contra las resoluciones y actos de támite si éstos últimos: a) Deciden directamente o indirectamente el fondo del asunto b) Determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento c) Producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos - Podrá interponerse x los interesados los recursos de alzada y potestativo reposición que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad. 109. FIN A LA VÍA ADMINISTRATIVA (POTESTATIVO REPOSICIÓN) a) Resoluciones recursos de alzada (sólo cabría extraordinario de revisión si se da una de las causas 118) b) Resoluciones procedimientos impugnación (ref. ar. 107.2) c) Resoluciones órganos administrativos que carezcan de superior jerárquico, salvo que una ley establezca lo contrario. d) Demás resoluciones de órganos administrativos cuando una disposición legal o reglamentaria así lo establezca. e) Los acuerdos, pactos, convenios o contratos que tengan la consideración finalizadora del procedimiento. 118. ACTOS FIRMES EN VÍA ADMINISTRATIVA. (EXTRAORINARIO DE REVISIÓN) a) Que al dictarlo se hubiera incurrido en error de hecho, que resulte propios documentos incorporados al expediente. b) Que aparezcan documentos de valor esencial por la resolución del asunto que, aunque sean

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107.1- ACTOS QUE NO PONEN FIN A LA VIA ADMINISTRATIVA (RECURSO ALZADA)- Contra las resoluciones y actos de támite si éstos últimos:

a) Deciden directamente o indirectamente el fondo del asuntob) Determinan la imposibilidad de continuar el procedimientoc) Producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos

- Podrá interponerse x los interesados los recursos de alzada y potestativo reposición que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad.

109. FIN A LA VÍA ADMINISTRATIVA (POTESTATIVO REPOSICIÓN)a) Resoluciones recursos de alzada (sólo cabría extraordinario de revisión si se da una de las causas 118)b) Resoluciones procedimientos impugnación (ref. ar. 107.2)c) Resoluciones órganos administrativos que carezcan de superior jerárquico, salvo que una ley establezca lo contrario.d) Demás resoluciones de órganos administrativos cuando una disposición legal o reglamentaria así lo establezca.e) Los acuerdos, pactos, convenios o contratos que tengan la consideración finalizadora del procedimiento.

118. ACTOS FIRMES EN VÍA ADMINISTRATIVA. (EXTRAORINARIO DE REVISIÓN)a) Que al dictarlo se hubiera incurrido en error de hecho, que resulte propios documentos incorporados al expediente.b) Que aparezcan documentos de valor esencial por la resolución del asunto que, aunque sean posteriores, evidencien el error de la resolución

recurrida.c) Que la resolución se hubiese dictado como consecuencia de PREVARICACIÓN, COHECHO, VIOLENCIA, MAQUINACIÓN FRAUDULENTA, ú otra

conducta punible y que se haya declarado así en virtud de sentencia judicial firme.d) Que en la resolución hayan influido esencialmente documentos o testimonios declarados falsos x sentencia judicial firme, anterior o posterior a

aquella resolución.