tema 2 decreto con rango valor y fuerza de lai
TRANSCRIPT
-
8/18/2019 Tema 2 Decreto Con Rango Valor y Fuerza de LAI
1/6
Tema 2. Decreto con rango, valor y fuerza de ley de arrendamientos inmobiliarios.
1) Ambito de aplicación: Articulo 1 L.A.I. El presente DecretoLey regirá el arrendamientoy subarrendamiento de los inmuebles urbanos y suburbanos destinados a vivienda , y!oal funcionamiento o desarrollo de actividades comerciales, industriales, profesionales, de
ense"anza y otras distintas de las especificadas, ya sean arrendados o subarrendados
totalmente o por partes.2) Funcionamiento y desarrollo de actividades: Art#culo 2$% Los c&nones de arrendamiento
o subarrendamiento de los inmuebles destinados a vivienda, comercio, industria, oficina yotros; de los anexos, y accesorios 'ue con ellos se arrienden, 'uedan su(etos a regulaci)n ba(o las condiciones determinadas en esta Ley.
) !nmuebles excluidos totalmente de la "#A#!: Art $: *uedan fuera del &mbito deaplicaci)n de este DecretoLey, el arrendamiento o subarrendamiento de%
a+ Los terrenos urbanos y suburbanos no edificados.
b+ Las fincas rurales.
c+ Los fondos de comercio.
d+ Los oteles, moteles, oster#as, paradores tur#sticos, inmuebles destinados a temporadas
vacacionales o recreacionales y dem&s establecimientos de alo(amiento tur#stico, los cuales est-nsu(etos a reg#menes especiales.
e+ Las pensiones y ospeda(es 'ue acrediten su registro ante la autoridad competente.
%) !nmuebles excluidos de la "#A#!#: &olo en cuanto a la F!'A(!* +" (A*-*: Art /Quedan excluidos del régimen de esta Ley, a los solos efectos de la fijación de los cánones
de arrendamiento:
a) Los inmuebles pertenecientes a la República de Venezuela, los Estados, los Municipios y
los Institutos Oficiales que determine expresamente el Ejecutivo Nacional, salvo en
aquellos casos en los cuales con motivo de las actividades que se desarrollen en tales
inmuebles, los indicados entes actúen en función jurí dico-privada.
b) Los inmuebles destinados a vivienda, comercio, industria, oficina o cualquier otro uso,
cuya Cédula de Habitabilidad o instrumento equivalente sea posterior al 2 de enero de1987,
c) Las viviendas unifamiliares o bifamiliares cuyo valor, individualmente considerado,
establecido por los organismos encargados de la regulación, exceda de 12.500 Unidades
Tributarias.
Parágrafo Unico: El Ejecutivo Nacional podrá modificar el valor de exención mencionado
en el literal c) del presente artí culo, cuando así lo aconsejen razones de interés público o
social. .) !nmuebles excluidos de la "#A#!#: &olo a los efectos de la /erminacion de la
Arrendaticia. Art#culo 0/% el arrendamiento o subarrendamiento de viviendas o localescuya ocupaci)n sea consecuencia de una relaci)n laboral, o de una relaci)n de
subordinaci)n eistente no as# a los efectos de la fi(aci)n de la renta m&ima mensual de
los inmuebles su(etos a regulaci)n, cuando el valor rental forme parte del sueldo o salario,
sin per(uicio de lo dispuesto en la Ley 3rg&nica del Traba(o.
0) "os derecos de la "#A#!# para proteger a los arrendatarios son: !rrenunciables# Art #) 'urisdicción special !n3uilinaria:
Art#culo 4$% Las 5unciones administrativas in'uilinarias son de la competencia eclusiva del 6oder
E(ecutivo 7acional, y el e(ercicio de sus funciones podr& ser delegado por este 6oder 7acional a las
-
8/18/2019 Tema 2 Decreto Con Rango Valor y Fuerza de LAI
2/6
Alcald#as, en cuyo caso las multas 'ue a'uellas impongan como sanciones a los contraventores de
esta Ley, ingresar&n al respectivo Tesoro 8unicipal. En el Area 8etropolitana de 9aracas estas
funciones no podr&n ser delegadas, y las e(ercer& el E(ecutivo 7acional por )rgano de la Direcci)n
:eneral de In'uilinato del 8inisterio de Infraestructura.
Art#culo 1;% La competencia (udicial en el Area 8etropolitana de 9aracas corresponde a los
Tribunales +.
• Los inmuebles ecepto de regulaci)n, se a(ustara el canon cada a"o de acuerdo al Indice
:eneral de 6recios al 9onsumidor establecido por el ?anco 9entral de @enezuela. =Articulo
1+.
• El subarrendamiento es 7L3, sin autorizaci)n epresa y escrita del propietario. =Articulo
10+.
• Los avisos de prensa y publicidad de arrendamientos, tienen el car&cter de 35EBTA
6?LI9A. En consecuencia, el oferente 'ueda obligado a cumplir con los t-rminos de la
oferta y a no revocar -sta sin (usta causa. =Articulo 1C+.
• En caso de cambio de propietario deben respetarse los derecos del arrendatario. =Articulo
2;+.
) arant4as de la relación arrendaticia: • El arrendador podr& eigir garant#as reales o personales. =7o pueden coeistir ambas+.
=Art#culo 21+
• +.
• El arrendador debe reintegrar al arrendatario el capital m&s el inter-s generado por el
dep)sito como garant#a en los C; dias posteriores a la terminaci)n de la relaci)n
arrendaticia. =Art#culo 20+.
• 9uando el arrendador se negare sin (usta causa a reintegrar el dep)sito y sus intereses,
vencido el t-rmino a 'ue se refiere el art#culo anterior, el arrendatario podr& ocurrir al
Tribunal competente por la cuant#a para acer valer sus derecos y pretensiones y la causa
se tramitar& en instancia nica, conforme al procedimiento breve establecido en este
DecretoLey. =Articulo 2C+
• .Las demandas por desalo(o, cumplimiento o resoluci)n de un contrato de
arrendamiento, reintegro de sobre al'uileres, reintegro de dep)sito en garant#a, e(ecuci)n de
-
8/18/2019 Tema 2 Decreto Con Rango Valor y Fuerza de LAI
3/6
garant#as, prorroga legal, preferencia ofertiva, retracto legal arrendaticio y cual'uier otra acci)n
derivada de una relaci)n arrendaticia sobre inmuebles urbanos o suburbanos, se realizaran por la via
del procedimiento ?reve =art 1 969.+.
9uando es una demanda por desalo=o%
-
8/18/2019 Tema 2 Decreto Con Rango Valor y Fuerza de LAI
4/6
competencia# %stos se tramitarán en cuaderno separado# ) el proceso continuará su curso
&asta lle'ar al estado de sentencia# en cu)o estado se suspenderá &asta (ue conste en autos
la decisin del recurso interpuesto.+
• Art#culo >C% La decisi)n de de esta Ley, no tendr&n recurso
alguno.
• Art#culo >H% Dentro de los tres =>+ d#as de despaco siguientes a la publicaci)n de la
sentencia dictada en H, 'ue epresa% Dentro de los tres =>+ d#as de despaco
siguientes a la publicaci)n de la sentencia dictada en
-
8/18/2019 Tema 2 Decreto Con Rango Valor y Fuerza de LAI
5/6
y disposici)n. En el procedimiento del 9)digo de 6rocedimiento 9ivil en la oferta real el (uez tiene
'ue trasladarse al lugar donde se encuentra el supuesto acreedor para acer la oferta. En la
consignaci)n arrendaticia es m&s sencillo y pr&ctico.
-
8/18/2019 Tema 2 Decreto Con Rango Valor y Fuerza de LAI
6/6
?referencia ofertiva: La preferencia ofertiva es el dereco 'ue tiene el arrendatario para 'ue se leofrezca en venta, en primer lugar y con preferencia a cual'uier tercero, el inmueble 'ue ocupa en tal
condici)n de arrendatario.