tecnicas de litigacion oral 16-04-2015

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  • 8/17/2019 Tecnicas de Litigacion Oral 16-04-2015

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    ALCANCES DE LAORALIDAD.

    La oralidad es clave para que el dramaprocesal transcurra bajo las reglas depublicidad, es decir, a la vista de todos, con

    completa transparencia, sin dobleces nimanipulaciones, exhibiendo ante el públicolas calidades y capacidades de cadaoperador en la función que le corresponda.

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    Sirve también para preservar la igualdad entrelos sujetos procesales que sostienenpretensiones enfrentadas y buscanacreditarlas mediante la actuación de prueba,en condiciones de inmediación y auténtico

    litigio o contradictorio, ante el órgano dedecisión que, sin inmiscuirse en las tareas delas partes, valora imparcialmente el resultadode la prueba y falla en convicción.

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    LA ORALIDAD EN ELNVO.C.P.P.

     Artículo 357.-

    “1. el juicio oral será público (...)”

    4. Los juicios sobre fucioarios públicos! "elitos "e presa # los $ue se

    refiera a "erec%os fu"a&etales 'aratia"os por la ostituci* so

    sie&pre públicos.

    5. La setecia será sie&pre pública (...)”

     Artículo 3+1.-

    “1. La au"iecia se realia oral&ete (...)

    3. ,o"a petici* o cuesti* propuesta e au"iecia será ar'u&eta"aoral&ete! al i'ual $ue la recepci* "e las pruebas #! e 'eeral! to"a

    itereci* "e $uiees participa e ella. stá pro%ibi"o "ar lectura a

    escritos preseta"os co tal fi (...)

    4. Las resolucioes será "icta"as # fu"a&eta"as erbal&ete (...)”

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    ¿SÓLO EN AL ETAPADE JUZGAMIENTO?

    o, también est! presente y extiende sus benéficos aires a lasfases precedentes del ju"gamiento, esto es, a la investigaciónpreparatoria y etapa intermedia. #s$ ocurre, por ejemplo, cuando

    el art$culo % del &'', al estipular las pautas para el tr!mite de losincidentes, instituye como regla las audiencias, en las cuales el(ue" escucha a las partes que contienden y resuelve deinmediato) lo mismo sucede con las audiencias vinculadas a laimposición de medidas de coerción procesal como la deconvalidación de la detención preliminar judicial *art$culo +- o

    determinación de la prisión preventiva *art$culo +/-) igualmente,debe mencionarse la pr!ctica de audiencias de control delrequerimiento fiscal de sobreseimiento *art$culo 012- y de controlde la acusación, mediante audiencia preliminar *art$culo 02/-.

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    ¿POR QUÉ SONNECESARIAS?

    'orque a cualquier atento observador delservicio de justicia penal le queda claro que nobasta proclamar el principio de oralidad para

    que m!gicamente se ponga en marcha y triunfeel nuevo modelo) el reto es mucho mayor, exigeque todos los operadores adquieran lashabilidades y destre"as que les permitan

    organi"ar la actividad procesal desde laperspectiva de lo oral y cumplir con solvencialas tareas que en ese escenario les corresponda.

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    ¿TÉCNICAS DELITIGACIÓN ORAL?

    &onjunto de habilidades que parten porreconocer que, siendo la actividad probatoria elnervio mismo del proceso penal, hay que admitir

    que3a- la prueba no habla sola,

    sino a través de los litigantes, de

    modo que depende de ellos se

    despliegue plenamente o extrav$een detalles intrascendentes, pase

    inadvertida o pierda credibilidad, y

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    b- la mejor forma de producir la mayor cantidad deinformación de calidad *v$a los interrogatorios-

    anali"arla y depurarla, con el propósito deestablecer sólidas bases para ju"gar y emitir fallo,solo se logra promoviendo un mecanismo queestimule la contienda o litigio entre las partes,

    para que cada una aporte información que la otrano invocó o dejó de mencionar y evidencie losdefectos de la información allegada por sucontraria, recurriendo al contrainterrogatorio, las

    objeciones y los alegatos.

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    4odo esto en un escenario de juego justo y

    limpio, garanti"ado por el órgano jurisdiccional,bajo el imperio de los art$culos3

    025 *orden y modalidad del debate probatorio-,

    05 +. b, c, d, 0 *declaración del acusado-)

    0%5 +.1.2.% *examen de testigos y peritos-,0/.+5 *alegatos preliminares o de entrada del6iscal y de los abogados defensores- y

    0%5 a 0785 *alegatos finales o de clausura de lossujetos procesales- del &''.

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    ESTRATEGIA YPREPARACIÓN DEL

    JUICIO.Según 9aytelman y 6umero el juicio es un ejercicioprofundamente estratégico que reclama de cada

    sujeto procesal que sostiene y es titular de unapretensión, presentar la prueba de modo que sirva asu relato o versión sobre los hechos.

    :sto exige que cuando se presenta y actúa la pruebano haya que perder de vista que su desarrollo ysignificado cabal solo puede alcan"arse dentro de unrelato, de una versión para la cual se ha ofertado.

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    Objetivo: convencer al juzgador de la suficiencia

    y confiabilidad de la prueba que presentan!i se act"a con diligencia y prolijidad se conocen

    las fortalezas y debilidades del caso# lo que nos

    $abilita para organizar la presentaci%n de sus

    pruebas

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    a& $acer un bosquejo que recoja los aspectos

    i'portantes de la causa que deben seracreditados(

    b& confeccionar un listado que nos per'ita cotejar

    durante las audiencias la prueba que debe ser

    reconocida por los testigos y el orden a seguir(c& considerar en las notas las debilidades

    presentes# los asuntos jur)dicos o de derec$o '*s

    i'portantes que per'itan rebatir cualquier ataque

    a la prueba y refutar posibles defensas#

    igual'ente las ideas y oraciones '*s i'portantes

    a destacarse en los alegatos(

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    d& cerciorarse que los testigos est+n

    disponibles para la audiencia(

    e& fa'iliarizarse con la prueba no testifical y

    deter'inar los testigos necesarios para su

    reconoci'iento(

    f& asegurar la disponibilidad de los recursost+cnicos para presentar en la sala evidencia

    cient)fica ilustrativa# co'o pel)culas#

    diapositivas u otro recurso audiovisual( y

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    g& visitar la escena del cri'en# pues el contacto

    directo con ella es la 'ejor 'anera de alcanzar la

    perspectiva correcta acerca de lo que real'enteocurri% a$) y poder for'ular las interrogantes

    apropiadas a los testigos o contra e,a'inar a los

    de la otra parte

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    PREPARAR A LOSTESTIGOS. ¿POR QUÉ?

    o basta que +ste diga la verdad# sino que su

    co'porta'iento correcto y sereno# la seguridad en

    sus respuestas# refuercen su credibilidad

    .na vez escuc$ado su relato debe indic*rselecu*les son los datos i'prescindibles# para que al

    deponer no se pierda en detalles irrelevantes

    /,plicarle qu+ es lo que se busca probar con su

    testi'onio y la i'portancia de declarar

    espont*nea'ente nterrogatorio directo no

    preguntas sugeridas

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    ay que evitar sorpresas practicando con el

    testigo preguntas y respuestas# claro est*# y esto

    $ay que destacarlo cu*ntas veces sea necesario#sin faltar a la verdad# para que se fa'iliarice con el

    escenario y siste'a forenses# conozca las

    funciones de los otros sujetos procesales y el

    sentido del contra interrogatorio del abogado

    adverso# enca'inado a restarle credibilidad y

    'enoscabar la calidad de la infor'aci%n que

    aporte

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    L# 4:;:L S;

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    ¿QUÉ ES?

    aytel'an y 3uce: /s sie'pre un punto de vista#

    el *ngulo desde el cual ver toda la prueba# la

    posici%n que ofrece'os al juzgador para que

    valore la infor'aci%n que el juicio arroja# de'anera tal que si la adopta o asu'e llegar* a las

    'is'as conclusiones que le ofrece'os

    !e trata de proveer al uez de un punto de vista

    convincente# pues si no lo $ace'os o nosentra'pa'os en algo ininteligible# nuestro

    contrario lo $ar* y ocupar* ese terreno bald)o

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    .na vez definida 'i teor)a del caso la regla es que ella

    do'ina todo 'i actuar dentro del proceso# no $ago

    nada que la contradiga# pues cada vez que 'e alejode ella pierdo credibilidad

      cada parte solo le es posible defender una teor)a del

    caso# lo contrario es fatal por los graves daos que

    suscita en la credibilidad de lo afir'ado

    /je'plo: 7Mi patrocinado no estuvo en el lugar de los

    hechos cuando la víctima fue herida, pero si seacredita que estuvo ahí, no fue él quien disparó;

    finalmente, si se prueba que disparó, entonces, lo hizo

    en legítima defensa8

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    9o dic$o no e,cluye la posibilidad de que# co'o

    consecuencia de la actuaci%n probatoria# el iscal

    o el abogado defensor se percaten que su teor)a

    del caso $a quedado co'pleta'ente rebatida#

    circunstancia que no deber* afrontarse insistiendo

    en la posici%n inicial

    /l ;

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    ¿CÓMO CONSTRUYOMI TEORÍA DEL CASO?

    3esde el 'o'ento que se to'a conoci'iento de la

    noticia cri'inal# o infor'aci%n que trascienden sobre

    la ocurrencia de un delito# los operadores se acercan

    a los $ec$os con una %ptica o predisposici%n jur)dico-nor'ativa# esto es lo que les per'ite seleccionar#

    entre la 'asa de la infor'aci%n f*ctica recogida# los

    ele'entos relevantes que encuadran o no en cada

    uno de los co'ponentes objetivos y subjetivos deltipo penal i'putado# estableci+ndose puntos de

    cone,i%n# que luego se tratar*n de acreditar a trav+s

    de los 'edios de prueba pertinentes

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    9a estructura de la teor)a del caso# entonces# no

    se for'a de in'ediato# se construye# poco a poco#

    a lo largo de las etapas previas al juzga'iento

    D

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    ien puede afir'arse# entonces# que la teor)a del

    caso es la conjunci%n de:

    nfor'aci%n f*ctica relevante#

    %r'ula o teor)a jur)dica o nor'a de subsunci%n#

    capaz de acoger la infor'aci%n precedente# y=edios probatorios pertinentes

    EFu+ pasa si no se cuenta con una teor)a delcaso o la que tiene es deficienteG

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    LA EXPOSICIÓN DE LATEORÍA DEL CASO.

    !e efectiviza en los alegatos:

    D /n los preli'inares cuando el iscal 'anifiesta

    resu'ida'ente los $ec$os objeto de la acusaci%n#

    la calificaci%n jur)dica y los 'edios probatorios queofreci% y fueron ad'itidos en la etapa inter'edia( y#

    ta'bi+n# cuando# entre otros# el defensor del

    acusado e,pone sus argu'entos de defensa y las

    pruebas de descargo >art)culo ?A12 del ;

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    #L:?#4;S >: #':

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    /l 'o'ento de presentaci%n de la teor)a del caso es

    el alegato de apertura /s la pri'era infor'aci%n que

    el uez recibe de las partes l $acer la e,posici%n dela teor)a se debe captar la atenci%n y el inter+s de los

     jueces al e,ponerle un resu'en objetivo de los

    $ec$os y la prueba con que cuentan

    !e presenta el caso que se va a conocer# sealando

    lo que prueba va a de'ostrar y desde que punto de

    vista debe ser apreciada /n el alegato de apertura se

    $ar* una 7pro'esa8 de lo que se presentara en el

     juicio

    /,posiciones breves y concisas

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    ;o'ponentes v*lidos de los alegatos:

     portar una versi%n a'ena# realista# ordenada

    cronol%gica'ente#

    'ostrar al juzgador convenci'iento en la eficacia de

    la prueba ofrecida#

    poner sobre la 'esa alguna debilidad o laguna#adelantando el i'pacto que podr)a surgir si en el

    debate quien ventila ello es la contraparte#

    criticar las alegaciones o posibles defensas de esta#

    ter'inar apelando# sin e,agerar# a lo e'otivo#

     de'*s# elegir una frase clave o le'a que atraiga la

    atenci%n y resu'a lo e,puesto

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    RECOMENDACIONES:

    a& o debe'os argu'entar /l 'o'ento del

    alegato de apertura no es para e'itir

    conclusiones# ya que 'aterial'ente no se

    tiene nada probado >desde el punto de vistanor'ativo es causal v*lida de objeci%n&

    b& !olo se debe pro'eter lo que se

    cu'plir* o debe'os sobredi'ensionar losalcances de la prueba que se presentar*#

    esto genera costos de credibilidad

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    c& o e'itir opiniones personales /l alegato

    de apertura no es una instancia para apelar alos senti'ientos del juzgador

    d& !e debe tratar de personalizar el conflicto

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    ESTRUCTURA

    o e,iste una "nica 'anera de presentar los

    alegatos# ello depende de las particularidades

    del caso ;onsidera'os un 'odelo general

    a ntroducci%n- 3esde su inicio debe enviar un

    'ensaje al juzgador# esta introducci%n debe

    contener la infor'aci%n esencialD !e debe co'enzar con consideraciones generales# para

    bajar a los detalles en el caso concreto# el alegato de

    apertura debe iniciar con un panora'a general f*ctico

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    b Hodav)a no se

    $an producido las pruebas# tener en cuenta que

    no se puede argu'entar# inferir acerca de laspruebas es propio del alegato final&

    c !e debe concluir con una petici%n

    concreta de lo que ser* en realidad el juicio&

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    #L:?#4;S

    6A#L:S

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    !eg"n los art)culos ?@6B a ?C0B del ;

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    captar la atenci%n del %rgano jurisdiccional#

    insuflarlos de persuasi%n y sinceridad#

    trans'itir e'oci%n# senti'iento y ve$e'encia# sin caer

    en e,ageraciones c$ocantes# reveladoras de falta desinceridad#

    puntualizar los argu'entos de derec$o#

    e'plear el lenguaje apropiado# repeliendo el i'properio

    y ala'bica'iento#

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    organizar 'eticulosa'ente cada idea y

    afir'aci%n# respald*ndola en la infor'aci%n

    producida durante el juicio# y

    rendir tributo a la brevedad y concisi%n#

    recordando que +stas son los 'anjares de los jueces

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    /n esencia el alegato de clausura es un ejercicio

    argu'entativo# responde a la pregunta Epor qu+

    debe prevalecer 'i casoG# el abogado sugiere que

    conclusiones se deben e,traer de lo que ocurri%

    durante el debate

    /l alegato final debe ser acorde con la teor)a del

    caso# es la "lti'a oportunidad del litigante de

    persuadir al juzgador# sin e'bargo debe'os ser

    conscientes que el uzgador evaluar* toda

    nuestra actuaci%n en el uzga'iento

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    RECOMENDACIONES

    &laro y directo /n el alegato final se e'itenconclusiones acerca de la prueba actuada en el uiciooral# no es una oportunidad para apelar a los

    senti'ientos del juez para que nos favorezca# ni para

    $acer una declaraci%n de principios # entre otrosejercicios argu'entativos# que solo nos quitar*n la

    atenci%n del juzgador

    &oherencia lógica !er co$erente con nuestra teor)a

    del caso /s en cierto 'odo parecido a la teor)a delcaso pero '*s e,tenso# con la diferencia que ya se

    cuenta con prueba necesaria para poder argu'entar

    con propiedad

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    &aptar la atención del ju"gador. @na forma de

    captar su atención es comen"ando laargumentación con una pregunta o premisaimpactante.

    o leer los alegatos de clausura.

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    ESTRUCTURA

    /l caso en particular deter'inar* el alegato a

    realizar o e,iste una for'a "nica para ello# todo

    depender* del tipo de delito que se est+

     juzgando# el tipo de prueba que se $ayapresentado y ad'itido en el juicio 9o que

    i'porta es tener la infor'aci%n y el 'aterial

    necesario para poder estructurarlo

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    a& ntroducci%n donde se $aga referencia a la teor)a

    del caso

    b& reve descripci%n de los $ec$os para

    colocar al juzgador en posici%n de recordar losya discutidos

    c& n*lisis de la prueba incorporada durante el

    proceso# que apoye sus alegaciones y aquellas que

    desacredite las de la parte adversad& inal'ente una discusi%n de las nor'as jur)dicas

    aplicables al caso y co'o estas favorecen al caso