tabla de salarios sena 2011
TRANSCRIPT
-
8/2/2019 Tabla de Salarios Sena 2011
1/4
REPUBLlCA DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVODE LA FUNCiN PBLICA
nnrlrc19D E C R E T O W o ~:.: DE 2011
"" ' " ',' , /.'l';, .1 1 A ~ ' O ; \ ' "~; ,,,> O ' ~ "1,(1)l'
Por el cual se fijan las escalas de asignacin bsica de los empleos del Servicio Nacionalde Aprendizaje -SENA- y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
E l PRESIDENTEDE LA RE PUBLICA DE COLOMBIA,
en desarrollo de las normas generales sealadasen la Ley 4a. de 1992,
DECRETA:
ARTCULO1. Las disposiciones contenidas en el presente Decreto regirn para losempleados pblicos administrativos e instructores que desempean las funciones propiasde los diferentes empleos del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA.
ARTCULO2. A partir del 10. de enero de 2011, fjanse las siguientes escalas deasignaciones bsicas mensuales para las distintas denominaciones de empleos delSENA, as:
GRADO DIRECTIVO ASESOR PROFESIONAL TECNICO ASISTENCIALI
i 1 3.771.593 2.766.406 I 2.214.668 1.688.164 1.162.583 I
I3.967.098 2.860.297 2.273.827 1.746.257 1.332.5833 4.113.567 2.959.879 2.349.374 1.788.048 1.426.256 I
i 4 4.363.808 3.057.590 2.419.760 1.845.138 1.428.8935 4.883.211 3.153.566 2.493.309 1.901.052 1.525.6186 5.059.792 3.245.795 2.520.680 1.953.844 1.573.8917 5.158.146 3.344.544 2.591.308 2.009.367 1.619.9618 5.348.273 3.441.199 2.663.716 2.065.721 1.666.6429 6.241.190 3.535.932 2.736.506 2.120.564 1.713.83210 6.854.956 3.692.249 2.804.645 2.156.935 1.747.56311 8.806.202 3.956.209 3.057.59012 3.224.86113 3.344.544
: -1415
3.533.0833.623.12916 3.692.249
17 3.871.86118 3.967.09819 4.197.12620 4.302.847
-
8/2/2019 Tabla de Salarios Sena 2011
2/4
Decreto Nmero.. n{"\,..' r ~ de 2011 Ho'a 2Continuacindel Decreto "Por el cual se fijan las escalas de asignacin bsica de los
empleos del Servicio Nacional de Aprendizaje -SENA-y se dictan otras disposiciones enmateria salarial."
PARGRAFO 1. Para las escalas de los niveles de que trata el presente artculo, laprimera columna fija los grados de remuneracin que corresponden a las distintas
denominaciones de empleo, la segunda y siguientes columnas comprenden lasasignaciones bsicas mensuales para cada gradoy nivel.
PARGRAFO2. Los empleos de mdicoy odontlogo de medio tiempo, recibirn unaasignacin bsica equivalenteal ochenta y cinco por ciento (85%) del grado que lecorresponda en la escala salarial establecida para el nivel profesional.
ARTCULO3. A partir del 1de enero de 2011,la escala de asignacin bsica para losdiferentes grados del empleo de instructor serla siguiente:
GRADO ASIGNACIONBSICA1 1.748.3472 1.800.3933 1.868.1974 1.932.7515 1.998.6656 2.064.9337 2.128.7808 2.176.7489 2.243.543
10 2.308.703
I GRADOi11
ASIGNACIONBSICA2.375.271
12 2.437.33213 2.502.644 i14 2.522.04115 2.584.18316 2.648.12617 2.712.46118 2.775.63619 2.835.947
20 2.901.255
I
III
ARTCULO4. Las asignaciones fijadas enel presente Decreto corresponden a empleosde carcter permanente y de tiempo completo. Los empleos permanentesde tiempoparcial se remunerarn en forma proporcionalal tiempo trabajado, salvo para lo dispuestoen el pargrafo 2 del artculo 2 del presente Decreto.
PARGRAFO.La asignacin bsica mensual fijada porla escala de remuneracin paralos empleos de celadores corresponde a una jornada de trabajo de cuarenta y cuatro (44)horas semanales.
ARTCULO5. El SENA reconocer y pagar a todos sus empleados pblicos de tiempocompletoun subsidio mensual de alimentacinen cuanta equivalenteal veinte por ciento(20%) del salario mnimo legal mensual vigente.
No se tendr derecho a este subsidio cuando el funcionario se encuentre en disfrute devacaciones, en uso de licencia superior a quince (15) das, suspendido en el ejercicio delcargo o cuando el SENA suministre el servicio de alimentacin.
ARTCULO6. Los empleados pblicos del Servicio Nacional de Aprendizaje -SENA, quetengan a su cargo la coordinacin o supervisin de grupos internos de trabajo creados
mediante resolucin del Director General del SENA, percibirn mensualmenteun veintepor ciento (20%) adicionalal valor de la asignacin bsica mensual del empleo del cualsean titulares, duranteel tiempoen que ejerzan tales funciones. Dicho valor no constituyefactor salarial para ningn efecto legal.
Este reconocimiento se efectuar siempre y cuando el empleado no pertenezca a losniveles directivo o asesor.
I ~ - - - - - -
-
8/2/2019 Tabla de Salarios Sena 2011
3/4
nr"'f '( 1 9. . . . -, ' ~ .".,t -..Decreto Nmero de 2011 Ho'a 3
Continuacindel Decreto "Por el cual se fijan las escalas de asignacin bsica de losempleos del Servicio Nacional de Aprendizaje -SENA-y se dictan otras disposiciones en
materia salarial."
ARTCULO 7.En ningn caso, la remuneracin total de los empleados pLlblicos delServicio Nacional de Aprendizaje -SENA- podr exceder a la que corresponda a los
Ministros y Directores de Departamento Administrativo, por concepto de asignacinbsica, gastos de representacin y prima de direccin.
ARTCULO 8. l a bonificacin por servicios prestados a que tienen derecho losempleados del Servicio Nacional de Aprendizaje -SENA- continuar reconocindose enlos trminos establecidos en el artculo 10 del Decreto 415 de 1979 y en cuantaequivalente al cincuenta por ciento (50%) dela asignacin bsica para sueldos hasta deun milln ciento ochenta y un mil novecientos cincuenta y dos pesos ($1.181.952)mlcte, ydel treinta y cinco por ciento (35%) para sueldos superiores a la suma antes indicada.
ARTCULO 9.l a prima de navegacin ser equivalente al valor de un (1) da de salariomnimo legal, por cada da de navegacin que realicen los funcionarios de los CentrosNuticos Pesqueros.
ARTCULO 10. Ninguna autoridad podr establecer o modificar el rgimen salarial oprestacional estatuido por las normas del presente Decreto, en concordancia con loestablecido en el artculo 10 de la ley 4a de 1992. Cualquier disposicin en contrariocarecer de todo efecto y no crear derechos adquiridos.
ARTCULO 11. Nadie podr desempear simultneamente ms de un empleo pbliconirecibir ms de una asignacin que provenga del Tesoro Pblico o de empresas o deinstituciones en las que tenga parte mayoritaria el Estado. Exceptanse las asignacionesde que trata el articulo 19dela ley 4a de 1992.
ARTiCULO 12.El Departamento Administrativo dela Funcin Pblica es el rganocompetente para conceptuar en materia salarial y prestacional. Ningn otro rgano puedearrogarse esta competencia.
ARTiCULO 13.El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicacin, deroga elDecreto 1382 de 2010 Y surte efectos fiscales a partir del 10 de enero de 2011.
Dado en Bogot.D. C. a los
E l MINISTRODE HACIENDAY CRDITO PBLICO.
; U A N CARLOS ECHEVERy
( ~ - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
-
8/2/2019 Tabla de Salarios Sena 2011
4/4
2011 Ho"a4Decreto Nmero ..... On ' 1 r19 deContinuacindel Decre to "Por el cual se ftian las escalasde asignacin bsicade los
empleos del Servicio Nacionalde Aprendizaje -SENA- y se dictan otras disposiciones enmateria salarial."
EL MINISTRO DE LA PROTECCiN SOCIAL,
SALAMANCA
LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiN PBLICA,
ELlZABETH RODRGUEZ TAYLOR