tabla de relaciones
DESCRIPTION
sociedadesTRANSCRIPT
Tabla comparativa sobre sociedades civiles y mercantiles Sociedad civil Sociedad en nombre
colectivo.Sociedad en comandita simple
Sociedad de responsabilidad limitada.
Sociedad anónima
Características principales
Persona moral debidamente formada conforme a las leyes mexicanas, a través de un contrato por virtud del cual los socios se obligan mutuamente a combinar sus recursos o esfuerzos para la realización de un fin común de carácter preponderantemente económico, sin que constituya una especulación comercial
Son personas morales, Con nacionalidad, personalidad jurídica y patrimonio, el cual está integrado por el capital que suscriben los socios.
Cuentan con un nombre
Persona moral que se integra por uno o varios socios comanditados, quienes se obligan a responder, subsidiaria, ilimitada y solidariamente, de las exigencias sociales, y de uno o varios socios comanditarios, que a su vez se deben únicamente al pago de sus aportaciones.
Es la que se constituye entre socios que solamente están obligados al pago de sus aportaciones, sin que las partes sociales puedan estar representadas por títulos negociables, a la orden o al portador, pues sólo serán cedibles en los casos y con los requisitos que establece la Ley, existirá bajo una denominación o bajo una razón social que se formará con el nombre de uno o más socios (máximo 50 socios)
Sociedad anónima es la que existe bajo una denominación y se compone exclusivamente de socios cuya obligación se limita al pago de sus acciones.
La denominación se formará libremente, pero será distinta de la de cualquiera otra sociedad y al emplearse irá siempre seguida de las palabras.
Constitución
Contrato de Escritura Pública y deberá inscribirse en el
Escritura constitutiva. Escritura constitutiva. Acta Constitutiva ante Notario o Corredor Público debiendo
Acta Constitutiva ante Notario o Corredor Público
Registro Público de la Propiedad y de Comercio
inscribirse en el Registro Público del Comercio
debiendo inscribirse en el Registro Público del Comercio
Administración
Gerente o director, a cargo de uno o más socios.
Estará a cargo de uno o varios administradores, que podrán ser socios o personas extrañas.
Los nombramientos y remociones de los administradores se darán por mayoría de votos
El socio o socios comanditarios no pueden ejercer acto alguno de administración, ni aun con el carácter de apoderados de los administradores, la administración estará a cargo de uno o varios administradores, quienes podrán ser socios comanditados o personas extrañas a él.
Está a cargo de uno o más gerentes que podrán ser socios o personas ajenas a la sociedad, designados temporalmente o por tiempo indeterminado.
Estará a cargo de un Consejo de Administración o Administrador Único constituido por socios o personas ajenas a la sociedad
Responsabilidad de los socios
Cada socio responderá hasta por el monto de su aportación.
Los Socios Administradores Responden ilimitada y solidariamente
Enajenar y gravar los bienes inmuebles de la compañía, con consentimiento de la mayoría, o sin este cuando constituya el objeto social.
Otorgar poderes bajo su responsabilidad.
Comanditados, responden de manera, subsidiaria, ilimitada y solidariamente.
Comanditarios. solo están obligados a pagar el monto de sus aportaciones
Cada socio responde por el monto de su aportación.
Cada socio responde por el monto de su aportación.