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CONTRATO DE TRABAJO SUJETO A MODALIDAD DE SUPLENCIA Conste por el presente documento, el Contrato de Trabajo Sujeto a Modalidad de Naturaleza Accidental bajo la modalidad de “SUPLENCIA”, que celebran al amparo del art. 61º de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral aprobado por D. S. Nº 003- 97-TR, y normas complementarias, de una parte ICHI PERU SUR SAC con R.U.C. Nº 201058672100 y domicilio fiscal Campo Marte N° 426- Paucarpata, Arequipa, debidamente representada por el señor SANTOS HENRY BERNANRDINI LOZADA con D.N.I. Nº 045482571 a quien en adelante se le denominará EL EMPLEADOR; y de la otra parte PATRICIA KATHERIN MARTINEZ QUESADA, con D.N.I. Nº 45041546, domiciliado en Goyoneche 200- Paucarpata, a quien en adelante se le denominará EL TRABAJADOR; en los términos y condiciones siguientes: PRIMERO: EL EMPLEADOR es una empresa dedicada a la Educacion en Idiomas del Mundo que requiere de la contratación de un trabajador para cubrir la ausencia del señora GLENDA LEYDY TAPIA MARROQUIN quien se desempeña como Secretaria, el mismo que por razones de enfermedad se ausentará por espacio de 04 meses. SEGUNDO: Por el presente documento EL EMPLEADOR contrata a plazo fijo bajo la modalidad de SUPLENCIA los servicios de EL TRABAJADOR para que desempeñe el cargo de Secretaria en razón de las causas objetivas descritas en la cláusula primera. TERCERO: La duración del contrato será de 04 meses que regira a partir del 01 se Setiembre del 2013 hasta el 01 de Enero del 2014 tiempo necesario pero para cubrir las necesidades a que se hace referencia en la cláusula primera. CUARTO: EL TRABAJADOR estará sujeto a un período de prueba de tres meses, cuyo inicio coincide con el comienzo de las labores del trabajador y queda entendido que durante este periodo de prueba EL EMPLEADOR puede rescindir el contrato sin expresión de causa. QUINTO: EL TRABAJADOR cumplirá el siguiente horario: De lunes a viernes de 08:00 am a 13:00 horas a 14:00 a 17:00.

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CONTRATO DE TRABAJO SUJETO A MODALIDAD DE SUPLENCIAConste por el presente documento, el Contrato de Trabajo Sujeto a Modalidad de Naturaleza Accidental bajo la modalidad de SUPLENCIA, que celebran al amparo del art. 61 de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral aprobado por D. S. N 003-97-TR, y normas complementarias, de una parte ICHI PERU SUR SAC con R.U.C. N 201058672100 y domicilio fiscal Campo Marte N 426-Paucarpata, Arequipa, debidamente representada por el seor SANTOS HENRY BERNANRDINI LOZADA con D.N.I. N 045482571 a quien en adelante se le denominar EL EMPLEADOR; y de la otra parte PATRICIA KATHERIN MARTINEZ QUESADA, con D.N.I. N 45041546, domiciliado en Goyoneche 200- Paucarpata, a quien en adelante se le denominar EL TRABAJADOR; en los trminos y condiciones siguientes:PRIMERO: EL EMPLEADOR es una empresa dedicada a la Educacion en Idiomas del Mundo que requiere de la contratacin de un trabajador para cubrir la ausencia del seora GLENDA LEYDY TAPIA MARROQUIN quien se desempea como Secretaria, el mismo que por razones de enfermedad se ausentar por espacio de 04 meses.SEGUNDO: Por el presente documento EL EMPLEADOR contrata a plazo fijo bajo la modalidad de SUPLENCIA los servicios de EL TRABAJADOR para que desempee el cargo de Secretaria en razn de las causas objetivas descritas en la clusula primera.TERCERO: La duracin del contrato ser de 04 meses que regira a partir del 01 se Setiembre del 2013 hasta el 01 de Enero del 2014 tiempo necesario pero para cubrir las necesidades a que se hace referencia en la clusula primera.CUARTO: EL TRABAJADOR estar sujeto a un perodo de prueba de tres meses, cuyo inicio coincide con el comienzo de las labores del trabajador y queda entendido que durante este periodo de prueba EL EMPLEADOR puede rescindir el contrato sin expresin de causa.QUINTO: EL TRABAJADOR cumplir el siguiente horario: De lunes a viernes de 08:00 am a 13:00 horas a 14:00 a 17:00.SEXTO: EL TRABAJADOR deber cumplir con las normas propias del Centro de Trabajo, as como las contenidas en el Reglamento Interno de Trabajo y en las dems normas laborales, y las que se impartan por necesidades del servicio en ejercicio de las facultades de administracin de la empresa, de conformidad con el Art. 92 de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral aprobado por D. S. N 003-97-TR.SETIMO: EL EMPLEADOR abonar al TRABAJADOR la cantidad de S/1,200.00 como remuneracin mensual, de la cual se deducir las aportaciones y descuentos por tributos establecidos en la ley que le resulten aplicables.OCTAVO: EL EMPLEADOR, se obliga a inscribir a EL TRABAJADOR en el Libro de Planillas de Remuneraciones, as como poner en conocimiento de la Autoridad Administrativa de Trabajo el presente contrato, para su conocimiento y registro, en cumplimiento de lo dispuesto por el artculo 73 del Texto nico Ordenado del Decreto Legislativo 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado mediante Decreto Supremo N 003-97-TR.NOVENO: Queda entendido que EL EMPLEADOR no est obligado a dar aviso alguno adicional referente al trmino del presente contrato, operando su extincin en la fecha de su vencimiento conforme la clusula tercera, oportunidad en la cual se abonara al TRABAJADOR los beneficios sociales que le pudieran corresponder de acuerdo a ley.DCIMO: Este contrato queda sujeto a las disposiciones que contiene el Texto nico Ordenado del Decreto Legislativo N 728, aprobado por D. S. N 003-97- TR, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, y dems normas legales que lo regulen o que sean dictadas durante la vigencia del contrato. Conforme con todas las clusulas anteriores, firman las partes, en tres ejemplares a los 02 de Setiembre del ao 2013.