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La República2 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Jueves, 18 de junio de 2015

Avisos Judiciales

EDICTOS

EDICTO JUDICIALCAMBIO DE NOMBREAnte el Juzgado Mixto de la provincia de Urubamba, despachado por la Señor Juez Rómulo Víctor Velasco Chávez y bajo la actuación del secretario judicial Carlos Alberto Tupayachi Flores se trami-ta el expediente N° 67-2015-0-1015-JM-CI-01, por el que CARMEN OLGA MARTÍNEZ GÓMEZ DE CRUZ interpone demanda sobre CAMBIO DE NOMBRE respecto del nombre de Pila de su menor hijo CAMASU CRUZ MARTÍNEZ, en mérito a lo cual se ha dictado la resolución numero uno de fecha ocho de mayo del dos mil quince que se resuelve: ADMITIR a trámite en la vía el PROCE-SO NO CONTENCIOSO la demanda interpuesta por CARMEN OLGA MARTÍNEZ GÓMEZ DE CRUZ, en representación de su menor hijo CAMASU CRUZ MARTÍNEZ sobre cambio de nombre en su partida de nacimiento, debiendo cambiarse el pre nombre “CAMASU” por el de “CARLOS RAUL”, la presente se publica para los fines de ley.- Urubamba, 12 de junio del 2015. (18, JUN)

RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO.Por ante el Tercer Juzgado de Paz Letrado del Cusco, que despacha el Dra. Yudit Tacuri Chávez, bajo la actuación de la especialista legal Abog. Matilde Halanoca Puma se viene tramitando el proceso N00863-2015-0-1001 -JP-CI-03 seguido por NELLY CHOQUE CHOQUE sobre RECTI-FICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, de su menor hija PARTIDA NF 117597: QUE SU NOMBRE DE PILA APARECE COMO: BERNARDINA, siendo lo correcto: NELLY CHOQUE CHOQUE, lo que se tramita en la vía del proceso no contencioso, lo que se publica, para los fines de ley. Cusco, 26 de Mayo del 2015. (17, 18. JUNIO)

EDICTOCausa 02725-2007, seguido por DANIEL QUISPE SARAYA, contra GUSTAVO LECCA VERA y otro, sobre OBLIGACION DAR SUMA DE DINERO, se ha dictado Resolución 30.- Cusco, veintitrés Noviembre año dos mil once.-- AL PRINCIPAL: No habiéndose formulado recurso impugnatorio alguno contra la sentencia dictada en autos, su fecha veintitrés de Mayo del año dos mil ocho : Declárese consentida en todos sus extremos.- AL OTROSI DIGO: Requiérase a los ejecutados, a efecto de que cumplan con cancelar la totalidad del monto adeudado, dentro de quinto día de su notificación, bajo apercibimiento de darse inicio a la ejecución forzada.- (...)NOTIFIQUESE al de-mandado JESUS FEDERICO CASTRO CASTRO con la presente resolución, mediante EDICTOS en el diario oficial El Peruano, por el plazo de Ley.-(...).-H.S.”.- Firma sello Leoncio Martiarena Gu-tiérrez Juez.- Boris Santos de la Gala -Especialista Legal.- Cusco, 11 Junio 2015. (16, 17, 18 JUN)

EDICTO JORGE OSWALDO BUSTAMANTE ARAGON, ABOGADO NOTARIO DEL CUSCO, CON OFI-CINA EN EL INMUEBLE NRO. 4 60 DE LA CALLE PAMPA DEL CASTILLO DE LA CIUDAD DEL CUSCO, MEDIANTE LA PRESENTE SE EMPLAZA A todos LOS COPROPIETARIOS DE LA PARTIDA N° 11001921: LA HACIENDA SANTUTIS CHICO ANTES HACIENDA SACAS HUAYLLA, LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO, MANUEL DOMINGO ALOSILLA Y HEREDE-ROS LEGALES, JOSE SEBASTIAN ESCOBAR, ANTONIA GAMARRA, RUPERTO ‘ LOAIZA, MARIA MERCEDES, EMILIO ROBERTO, RAQUEL, JULIO ALBERTO Y EDGARDO ARMANDO ESCOBAR GAMARRA, EMPERATRIZ TAPIA “DE ESCOBAR, BERNARDO VIZCARRA BUENO, BANCO DE FOMENTO AGRARIO DEL PERU SUCURSAL CUSCO, MARGARITA TAPIA PRIE-TO, NERIO, LIDA LUCRECIA, BERTHA JOSEFINA, ELSA Y MARIA CARMEN ESCOBAR TAPIA, RUBE Y EDGAR HIPOLITO ESCOBAR LOPEZ, LA CUARTA REGIÓN DE SANIDAD DEL MINIS-TERIO DEL INTERIOR, ASOCIACIÓN PRO VIVIENDA INDUSTRIAL CACHIMAYO INCA - SAN-TUTIS CHICO, INDUSTRIAS SALKANTAY SOCIEDAD ANÓNIMA, FLAVIO FROILAN BLANCO Y ADA JUSTINA MUÑOZ ROJAS, ALEJANDRO MOZO HOLGADO E IDA RUTH MERCADO DE MOZO, TEOBALDO DEL CASTILLO LOAIZA Y TERESSA CASTILLO ORTIZ, LA COOPERATIVA DE VIVIENDA DE DOCENTES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO (COVIDUC), LA ASOCIACIÓN DE VIVIENDA PUEBLO LIBERTADOR, JESUS RAMIRO FARFAN, JESUS RAMIRO FARFAN CENTENO Y JUANA ELEONORA KELIAN DE FARFAN, LEÓN AUGUSTO GARCIA PEREZ, JUVENAL GOMEZ DE LEÓN PAIVA Y SUSANA VILLASAN-TE SILVA, CESAR LIVIA ALVA, FLAVIO FARFAN BLANCO Y ADA JUSTINA MUÑOZ ROJAS, JUAN LEONCIO HUAMANÑAHUI BENGOLEA Y MARTINA PEDRAZA SIERRA, SONIA MEN-DOZA MUÑOZ, EPIFANIA CABRERA ALMIRÓN DE QUISPE Y ZENON QUISPE QUISPE, LA-DISLAO DIAZ MINOSUERO, MARTIN RADO MOREANO, CARLOS ASTETE ZARATE Y MAR-GARITA QUEVEDO PEZO DE ASTETE, BASILIDES SUÑIGA ORELLANA Y ROSA MARIA JARA CACERES, TEOFILO EUGENIO ORTIZ GONZALES, ZORAIDA MEDINA LIBON Y GRIMALDO MIRANDA CARRION, -ALCIDES PONCE DE LEÓN OCHOA, MERY LILIAN QUEVEDO OCHOA, ENRRIQUE ROMANI POZO, MARIA S. HUAMAN DE ROMANI. DAMIAN CIMA CUEVAS, PRE-SENTACIÓN MELO DE CIMA, AQUILES CHACON GALINDO Y LISBETH GALLEGOS HILARES, JOSE MARIA PEREZ RUISAL GONZALES Y VICTORIA RODRIGUEZ TABALINO, MUTUAL DE VIVIENDA CUZCO, ESCOLÁSTICO AVILA COILA Y FELICITAS BELEN MEZA MONGE, DARIO VIRGILIO SILVA CHAVEZ, MARIO DANIEL CUTIMBO HINOJOSA Y BRIDGET FEL DE CUTIM-BO, LA ASOCIACON DE VIVIENDA DE CAMINOS SAN MARTIN DE PORRES, JOSE JULIAN BECERRA CAMPANA Y ZULEMA CARLOTA PIMENTEL CHEHADE, JUAN MIRANO FUENTES, LUCAS JAIME TTITO Y CARMEN BORDA MORA, GERONIMO CAHUANA CORIHUAMAN Y SATURNINA BERROCA TEJEIRA, FRANCISCO ROZAS ESCALANTE, NERY HAYDE CASTI-LLO JAEN, NELIDA PAREDES LLANOS, GUILLERMO ABRAHAM POMA JAMBO HUAL, JAVIER QUISPE COTO Y LUCILA QUISPE COTO, RAMON AURELIO PORRES CASTILLO Y DULIA SARAVIA DE PORRES, HECTOR HURTADO PEÑA Y JUSTINA MUJICA DE HURTADO, MIGUEL ANGEL ARREDONDO CASTILLO, YASHIRA HAYDEE ARREDONDO CASTILLO, SHURA

AYMEE ARREDONDO CASTILLO, JUAN CARLOS ARREDONDO CASTILLO, ANTONIETA DELGADO CABRERA, JORGE ANGEL VENERO NORIEGA Y MIRIAM MARITZA BEJAR UGARTE, PERCY EDGARD YAÑEZ MUJICA Y MARIA DEL CARMEN YAÑEZ MUJICA, JORGE ELISBAN VILLASANTE ARANIBAR Y GALINKA SOLEDAD MEZA SALAS, ANTONIETA DELGA-DO CABRERA, JOSE VALENCIA CUADROS Y IRMA LAZO DE VALENCIA, LUCIO GALIANO LUNA Y ELIANA VARGAS DE GALIANO, SONIA CHAUCA GALICIA Y JAVIER QUISPE COTO, PEDRO ACUÑA MORALES Y PILAR ESTRADA TORRES, CARMEN PATRICIA CASTELO TA-MAYO, WILBERT CHAUCA GALICIA Y LUISA MARTHA MONTEJO LINARES, NICOLAS BOLA-ÑOS CARRILO Y CARMEN SANCHEZ DE BOLAÑOS, MARIA REBECA FRISANCHO FERNA-DEZ BACA Y PERCY ZOROGAUSTA, HECTOR BENAVENTE ALCAZAR Y CARMEN FRISAN-CHO FERNANDEZ BACA, CESAREO CAÑARI CARHUAMACAS BERTHA JUANA ARAGON DE CAÑARI, JULIO HENRY GIL MORA Y MARTHA FIGUEROA GAMARRA, NARCISO PAREJA CCORIMANYA, JOSE MARIA MORMONTOY OSORIO Y DORA ROMAN RADA, ELIAS CON-DORI HUANCA, BENIGNO ACOSTUPA LLAMACPONCA Y MERCEDES VILLENA CUÁQUERA, AMERICO FELIPE ALCAZAR GAVANCHO Y MERY ESPERANZA LATORRE ZARATE, ANTONIO CCOSCO HUAYTA Y SABINA JARA CORDOVA DE CCOSCCO, JUAN MIRANO FUENTES Y ASUNTA VALDERRAMA LOPEZ DE MIRANO, CARLOS RODRIGUEZ YEPEZ Y CELIA ANAYA CASTAÑEDA DE RODRIGUEZ, MARIA CANDELARIA RODRIGUEZ ANAYA, LADISLAO DIAZ MINAURO, MARIA CLEOFE, LUZ AURORA, ZARELA ABIGAIL, JACQUELINE, OSCAR ALAN, CRISTIAN Y FLOR DE MARIA DIAZ PEREZ, BELARMINO SOLORZANO DE LA CRUZ Y MARIA LUZ CASTELO TAMAYO, ASUNTA VALDERRAMA DE MIRANO, NARCISO PAREJA CCORI-MANYA Y WILMA MAMANI AYMITÜMA, JOSEFINA ABIGAIL YABAR ORDOÑEZ, -RUBTJICO GUILLERMO FLORES HURTADO Y EVA ANGELICA GIL RODRIGUEZ, LIDIO EVERTH TERAN BELLIDO, DAMIAN LIMA CURASI Y PRESENTACIÓN MELO NINA, NILZA ORDUÑA PAREDES, JORGE PEREZ ORTIZ Y MARIA DEL CARMENLOAIZA ZARATE DE OEREZ, JAIME ERNESTO GAMARRA ZAMBRANO Y DORA GARCIA VIZCARRA, JOSE LUIS GARCIA RODRIGUEZ, SONIA GARCIA RODRIGUEZ, DORA GARCIA VIZCARRA, ANGELICA VIZCARRA VDA DE GARCIA, FRANCISCO GOMEZ CCAHUANA, MARIA ESTHER CUTIMBO DE TUÑON, DAMA-RIS PRISCILA CUTIMBO DE YAÑEZ, EDGAR ELIAS CUTIMBO GIL, FREDY LOAYZA GAMBOA Y NATALIA YVONE RAGGIO RAGGIO, DIONICIO AMAU CCORIHUAMAN Y SILVERIA RAURAU DE AMAU, LUISA AMAU CCORIHUAMAN, NILZA ORDUÑA PAREDES, PUEBLO JOVEN LI-BERTADOR, BANCO WIESE SUDAMERIS, CIRILA LOAYZA CAMACHO, VALERIO PAU CAR-MAYTA TACURI, ISABEL GALIANO LA TORRE, ATILIO FERNANDEZ BACA LOAYZA Y VICTO-RIA VILMA BLANCO ZAMALLOA, A.P.V. PUEBLO LIBERTADOR, VICTOR BOCANGEL MONTES Y ALEJANDRINA PUCLLA MEZA DE BOCANGEL, ALBERTO UGARTE QUISPE Y GINA LAN-DAVERI DE UGARTE, VICTOR ARTURO MORENO ALCAZAR Y JULIA ROSA OLIVERA AGUI-RRE, LUIS FERNANDO OLIVERA BEGAZO Y JULIA AGUIRRE DE OLIVERA, CARLOS ASTE-TE ZARATE Y MARGARITA SAAVEDRA PEZO DE ASTETE, DIOMEDES APOLINAR ARIAS VILLENA, DAVID ESCOBAR BECERRA, ISIDRO CONDE MAMANI, MARIA CECILIA MENDIZA-VAL OCAMPO, SATURNINO GASTELU CARDENAS Y FLORA PELAIZA PINARES, SUSAN MARGOT ARRIOLA LOAIZA DE GALDOS Y JOSE GUILLERMO GALDOS MORALES, RAMÓN AURELIO TORRES CASTILLO Y DULIA SARAVIA DE TORRES, CASIMIRO CUPARA ARQUE Y CRISOSTA MAMANI SALAZAR, JOSE ALEJANDRO MEDINA COVARRUBIAS, IAN JEREMY MEDINA PAREDES, MILUSKA CUADROS FARFAN, ASUNTA VALDERRAMA DE MIRANO Y JUAN MIRANO FUENTES, NELLY CHALLCO” CASTRO , MAC YONEL USCA CCAPA, LUZ AMPARO MUJICA RECHARTE, ABEL VERGARA MOSCOSO Y VILMA VARGAS DE VERGARA, ASOCIACIÓN PRO-VIVIENDA LA PLANICIE, EZEQUIEL MACARIO GOMEZ JARAMILLO Y LIVIA NOBLEGA DE GOMEZ, ASOCIACIÓN PRO VIVIENDA VILLA ANDINA, ROMAN TARCO CHALLCO, JUANA ELEONORA KILIAN VIUDA DE FARFAN, CLAUDIA YNGRID FARFAN KILIAN, EIRKA SANDRA FARFAN KILIAN, JOHANNA KARIN FARFAN KILIAN Y RAMIRO FARFAN KI-LIAN, HECTOR HURTADO PEÑAFIEL Y JUSTINA MUJICA DE HURTADO, ALBERTO JESUS GONZALEZ TORO E IRVING ADRIANA YAÑEZ CUTIMBO, CARLOS EDUARDO ROJAS VAL-DIVIA Y MARIA DEL CARMEN BENAVENTE ALCAZAR FRISANCHO, YON ROGER CUNZA CHICLLA Y MARIA ANTONIA MAINICTA SANCHEZ, ASOCIACIÓN VILLA ANDINA, PAUL RO-DRIGUEZ PAGAZA Y MARIA NATIVIDA PACHECO YABAR, KEVIN ROMAN TARCO ROMERO, DIONICIO CCOLQUE HUANACCHIRI Y VIRGINIA BUSTOS ARIZA, ASOCIACON PRO VIVIEN-DA LA PLANICIE. POR SER PROPIETARIOS ANTERIORES CON INSCRIPCIÓN REGISTRAL EN LA P. ELECTRÓNICA N° 11001921, DE LA ZONA REGISTRAL N° X SEDE CUSCO. EN LOS SEGUIDOS POR: BIBIANA SICUS APAZA Y FORTUNATO SARAYA HUAMAN, SOBRE PRES-CRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL INMUEBLE UBICADO EN EL LOTE “M - B - 1” “ANTERIORMENTE LOTE N° 01”, DEL SECTOR DENOMINADO LAS ORQUÍDEAS, DISTRITO DE SAN SEBASTIÁN, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO, CON UN ÁREA DE: 98.32 M2 Y UN PERÍMETRO DE: 41.20 ML, BAJO APERCIBIMIENTO’”DE NOMBRARSE CURADOR PROCESAL Y CUYA RESOLUCIÓN QUE ADMITE A TRÁMITE ES: RES. NRO. 01 - CUSCO, 06 DE MARZO DEL AÑO DOS MIL QUINCE, EXP. N°35-2015-NPB, POR ESTAR COMPRENDIDO DENTRO DE LA LEY 27157 Y 27333, Y EN APLICACIÓN DEL INC. 1o DEL ART. 505 DEL C.P.C. CONVÓQUESE A TODO AQUEL QUE TENGA DERECHOS SOBRE DICHA PROPIEDAD, PARA HACER VALER SUS DERECHOS DE ACUERDO A LEY. CUSCO, 23 DE MAYO DE 2015. (17, 18, 19. JUNIO)

EDICTOExpediente Nro 330-2015-0-1018-JM-CI-02. que se tramita ante ei Segundo Juzgado Mixto de Santiago- Cusco, a cargo del Juez Titular doctor López Trelles y bajo la gestión del Secretario Ca-bana, mediante el presente edicto se publica extracto del Auto Admisorio que resuelve: ADMITASE a trámite la solicitud de Autorización Judicial, en la VÍA DEL PROCESO NO CONTENCIOSO rea-lizada por Clemente Ninantay Arcondo y Julia Rojas Manotupa, en representación de su menor hijo Joel Francesco Ninantay Rojas, sobre CAMBIO DE NOMBRE, para que en lo posterior se le

La República 3Jueves, 18 de junio de 2015 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

identifique como PIERO FRANCESCO NINANTAY ROJAS; en consecuencia: FIJESE fecha para la AUDIENCIA DE ACTUACIÓN Y DECLARACIÓN JUDICIAL, que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado el día DOCE de JUNIO del año dos mil quince, a horas TRES de ia tarde, PUBLIQUESE un extracto de la solicitud por una sola vez en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario Judicial del Cusco, a costa de jos solicitantes. H.S. Santiago, 12 de junio de 2015. (18, 24, junio. 01 julio)

EDICTO JUDICIALQue, el Proceso Civil N° 00069-2015-0-1010-JM-CI-Ol, seguido por LEOVIGILDO MALDONADO CORTEZ y RUTH MIRLAN LOVATON PERALTA contra Los Herederos Legales de Luis Soncco Huanca y Paulina Huillca Huaman, con citación de Meliton Sullcahuaman Loaiza, Victor Aragón Ochoa y Leonardo Mamani Suyo, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO del inmue-ble lote Na 05 de la Mza. “Y” urbanización La Granja de Misiones (hoy signado con el NQ 1350 ubicado en el jirón Ricardo Palma - Quillabamba, se viene tramitando en el Juzgado Mixto de La Convención, en la forma siguiente: DEMANDA: Por interpuesta la demanda, admítase en la vía del proceso Abreviado; y CÓRRASE traslado a los demandados, por el término de ley, admítase los medios probatorios que se indica. Fdo. Juez Dr. E. Waldir Urruchi Zúñiga. Fdo. Mónica Maccapa Asto Secretaria Judicial. Publíquese por TRES DÍAS con intervalo de tres días. Quillabamba, 05 de junio del 2015. (18, 24, 01. junio)

EDICTO JUDICIALQue, en el Proceso Civil Nro. 00069-2015-0-1010-JM-CI-Ol, seguido por Leovigildo Maldonado Cortez y otra contra Herederos Legales de Luis Soncco Huanca y Paulina Huillca Huaman, con citación de Meliton Sullcahuaman Loaiza, Victor Aragón Ochoa y Leonardo Mamani Suyo, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO del inmueble lote N° 05 de la Mza. “Y” urbanización La Granja de Misiones (hoy signado con el NQ 1350 ubicado en el jirón Ricardo Palma - Quillabam-ba, tramitado en el Juzgado Mixto de la Convención, se ha dispuesto la notificación mediante Edictos del presente proceso, a fin de que se apersonen al presente proceso los posibles sucesores procesales de la demandada Q.V.F. Luis Soncco Huanca y Paulina Huillca Huaman, bajo apercibi-miento de nombrarse Curador Procesal en la forma siguiente: DEMANDA: Por interpuesta la de-manda, ADMÍTASE en la vía del proceso de Conocimiento; y CORRASE traslado a los demanda-dos por el término de ley. Fdo. Juez Dr. E. Waldir Urruchi Zúñiga. Fdo. Abog. Mónica Maccapa Asto. Publíquese por tres días con intervalo de tres días.- Sicuani, 09 de junio de 2015. (18, JUN)

EDICTOSeñor ARA FINES DEL ART. 506 DEL C.P.C.En el proceso Civil Nro. 0708-2015-0-1001 -JR-CI-04, seguido por JAIME RONDON CCANA con LA EMPRESA SAN CRISTOBAL LINEA HUARAL S.A. Y OTRO sobre PRESCRIPCION ADQUI-SITIVA DE PROPIEDAD VEHICULAR, bajo la actuación del especialista Legal Arturo Cabrera Orue, la Juez del Cuarto Juzgado Civil del Cusco Dra Fanny Lupe Pérez Carlos, a dispuesto la publicación edictal siguiente:EXTRACTO DE DEMANDA:JAIME RONDON CCANA interpone demanda de Prescripción Adquisitiva de Propiedad contra La Empresa San Cristóbal Linea Huaraz S.A. para que se le declare propietario del bien mueble vehí-culo de placa de Rodaje UI4392, Marca Volvo, Modelo 358-OC, Carrocería Metropolitano, Año 1979, Nro. De Serie 7849N, Color 1 verde Color 2 crema, Nro de Motor 9826, de 47 pasajeros.Resolución Nro. 03 Cusco, 26 de Mayo 2015.- (-),VISTO; el escrito que contiene la demanda con los anexos que se adjunta; Y CONSIDERANDO: (...) SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la deman-da interpuesta por JAIME RONDON CCANA con LA EMPRESA SAN CRISTOBAL LINEA RURAL S.A. (...) Y conforme a lo dispuesto por el artículo 506 del Código Procesal Civil, publíquese un ex-tracto de la demanda en el diario Oficial el Peruano y en el diario Judicial de esta localidad por tres días con intervalos de tres días.- H.S. Firma completa de la Juez Dr Fanny Lupe Pérez Carlos, ante mi Arturo Cabrera Orue, especialista legal. Cusco, 15 de Junio del 2015. (18, 24, JUNIO 01 JULIO)

EDICTOExpediente Nro 330-2015-0-1018-JM-CI-02. que se tramita ante el Segundo Juzgado Mixto de Santiago- Cusco, a cargo del Juez Titular doctor López Trelles y bajo la gestión del Secretario Ca-bana, mediante el presente edicto se publica extracto del Auto Admisorio que resuelve: ADMITASE a trámite la solicitud de Autorización Judicial, en la VÍA DEL PROCESO NO CONTENCIOSO rea-lizada por Clemente Ninantay Arcondo y Julia Rojas Manotupa, en representación de su menor hijo Joel Francesco Ninantay Rojas, sobre CAMBIO DE NOMBRE, para que en lo posterior se le identifique como FIERO FRANCESCO NINANTAY ROJAS; en consecuencia: FIJESE fecha para la AUDIENCIA DE ACTUACIÓN Y DECLARACIÓN JUDICIAL, que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado el día DOCE de JUNIO del año dos mil quince, a horas TRES de la tarde, PUBLIQUESE un extracto de la solicitud por una sola vez en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario Judicial del Cusco, a costa de los solicitantes. H.S. cusco, Santiago, 12 de Junio de 2015. (18, JUN)

EDICTO JUDICIALQue ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Canchis -Sicuani, que despacha la señora Juez Francisca Llanos Fora, bajo la actuación del Secretario Judicial abogado Olivera Huaman Marco Wilbert, se viene tramitando el PROCESO CIVIL N° 74-2015-0-1007-JP-CI-01, se ha dispuesto la publicación del edicto judicial: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite y en la vía del proceso No Contencioso la demanda de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO inter-puesta por HILDA MASCIMIANA RIOS CISNEROS DE BARRIONUEVO respecto al extremo en que se que se ha omitido consignar su apellido materno “CISNEROS” debiendo ser lo correcto y completo HILDA MASCIMIANA RIOS CISNEROS, por ultimo también en el rubro datos de la madre en que se ha omitido consignar el segundo nombre de pila de su progenitora “BALTAZARA”, de-biendo ser lo correcto y completo MELCHORA BALTAZARA CISNEROS GAMARRA. Lo que se publica para los fines de ley. Sicuani, 09 de junio de 2015. (18, JUNIO)

RECTIFICACION DE ACTA DE MATRIMONIO Por ante el Tercer Juzgado de Paz Letrado del Cusco, que despacha el Dra. Yudit Tacuri Chávez,

bajo la actuación de la especialista legal Abog. Matilde Halanoca Puma se viene tramitando el proceso N°01030-2015-0-1001-JP-CI-03 seguido por TOSHIO TANAKA sobre RECTIFICACION DE SU ACTA DE MATRIMONIO, al que debe suprimirse su apellido materno de: KASHIWAZAKI, debiendo ser lo correcto: TOSHIO TANAKA, al que se tramita en el proceso no contencioso lo que se publica para los fines de ley. Cusco, 09 de junio del 2015. (18, JUN)

EDICTO JUDICIALAnte el Juzgado de Paz Letrado de Santiago, bajo la dirección de la señora Juez: Doctora Basiliska Dueñas Zúñiga, Secretaria Judicial María Eugenia Macedo Castillo, Proceso Civil No Contencioso N° 686-2015-0-1018-JP-CI-02, don JOSE ANDIA SOTOMAYOR, solicita la SUCESION INTES-TADA del que en vida fue su progenitor MIGUEL ANGEL ANDIA ZUÑIGA, fallecido en esta ciudad ei día 18 de Octubre de 1,973.-Se pública el presente EDICTO JUDICIAL para los fines de ley. Secretario Judicial Maria Eugenia Macedo Castillo.- Santiago, 16 de Junio del 2015. (18, JUN)

AVISO JUDICIALEn el Proceso Civil Nro. 980-2015-0-1018-JP-CI-01, la Señora Juez doctora Basiliska Dueñas Zúñiga, dispuso la publicación de la solicitud admitida e interpuesta por DAVID ALEJANDRO QUISPE SAAVEDRA sobre RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, respecto de la errónea consignación de su apellido paterno como el de su progenitor, inscritos como QUISPE siendo lo correcto SOTA, correspondiendo el nombre correcto de ambos RUBEN SOTA CACERES y DAVID ALEJANDRO SOTA SAAVEDRA, en los Registros de Estado Civil de la Municipalidad Distrital Santiago -Cusco. Lo que se publica por una sola vez para los fines de Ley pertinentes. Santiago, 25 de mayo del 2015. (18, JUN)

AVISO JUDICIALEn el Proceso Civil Nro. 786-2015-0 1018-JP-CI-Ol, la Señora Juez doctora Basiliska Dueñas Zúñiga, dispuso la publicación de la solicitud admitida e interpuesta por JAMES BRIJAM QUISPE SAAVEDRA sobre RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, respecto de la errónea consignación del apellido paterno de su progenitor inscrito come QUISPE siendo SOTA, debiendo ser RUBEN SOTA CACERES, en los Registros de Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Santiago - Cusco. Lo que se publica por una sola vez para los fines de Ley pertinentes. Santiago, 28 de Abril del 2015. (18, JUN)

EDICTO JUDICIALAnte el Juzgado de Paz Letrado de Santiago, bajo la dirección de la señora Juez: Doctora Basiliska Dueñas Zúñiga, Secretaria Judicial María Eugenia Macedo Castillo, Proceso Civil No Contencioso N° 979-2015-0-1018-JP-C1-01, doña LUZ MARINA SAAVEDRA MORALES, solicita la RECTIFI-CACION de la Partida de Nacimiento de su menor hija DIANA LUCERO QUISPE SAAVEDRA, en razón de que el apellido paterno de su referida hija en forma errónea se había consignado como “QUISPE”, siendo lo correcto “SOTA”.— Se pública el presente EDICTO JUDICIAL para los fines de ley. Secretario Judicial Maria Eugenia Macedo Castillo.- Santiago, 10 de Junio del 2015. (18, JUN)

EDICTOSeñor ARA FINES DEL ART. 506 DEL C.P.C.En el proceso Civil Nro. 0708-2015-0-1001-JR-CI-04, seguido por JAIME RONDON CCANA con LA EMPRESA SAN CRISTOBAL LINEA HUARAL S.A. Y OTRO sobre PRESCRIPCION ADQUI-SITIVA DE PROPIEDAD VEHICULAR, bajo la actuación del especialista Legal Arturo Cabrera Orue, la Juez del Cuarto Juzgado Civil del Cusco Dra Fanny Lupe Pérez Carlos, a dispuesto la publicación edictal siguiente:EXTRACTO DE DEMANDA:JAIME RONDON CCANA interpone demanda de Prescripción Adquisitiva de Propiedad contra La Empresa San Cristóbal Linea Huaraz SA. para que se le declare propietario del bien mueble vehí-culo de placa de Rodaje UI4392, Marca Volvo, Modelo 358-OC, Carrocería Metropolitano, Año 1979, Nro. De Serie 7849N, Color 1 verde Color 2 crema, Nro de Motor 9826, de 47 pasajeros.Resolución Nro. 03 Cusco, 26 de Mayo 2015.- (-),VISTO; el escrito que contiene la demanda con los anexos que se adjunta; Y CONSIDERANDO: (...) SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la deman-da interpuesta por JAIME RONDON CCANA con LA EMPRESA SAN CRISTOBAL LINEA RURAL S.A. (...) Y conforme a lo dispuesto por el articulo 506 del Código Procesal Civil, publíquese un ex-tracto de la demanda en el diario Oficial el Peruano y en el diario Judicial de esta localidad por tres días con intervalos de tres días.- H.S. Firma completa de la Juez Dr Fanny Lupe Pérez Carlos, ante mi Arturo Cabrera Orue, especialista legal. Cusco, 15 de Junio del 2015. (18, JUN)

EDICTO JUDICIALPor ante el Juzgado de Paz Letrado de Urcos, que despacha la señora Juez Dra Marina Hilares Villegas y bajo la actuación de la secretaria judicial Delia Aragón Parlan se tramita el Expediente Nro 36-2015 seguida por Rosa Lucila Ccoyccosi Mamani sobre Rectificación de Partida ele Nacimien-to con el fundamento que por error se había consignado el nombre de pila de su menor hija como DIEMA ROUSE QUISPE CCOYCCOSI. cuando lo correcto debe ser DILMA ROUSE QUISPE CCOYCCOSI. se efectúa la presente publicación a fin de que las personas que tengan interés en el presente hagan valer su derecho conforme a ley. Urcos. 11 de Junio del 2015. (18, JUN)

EDICTO JUDICIALPor ante el Juzgado de Paz Letrado de Urcos, que despacha la señora Juez Día Marina Hilares Villegas y bajo la actuación de la secretaria judicial Delia Aragón Farfán, se tramita el Expediente’Nro 46-2015 seguida por Máximo Chile Manuttupa sobre Rectificación de Partida de Nacimiento en representación de su menor hija Sayda Dolores Chile Cruz . a efecto de que se corrija la Partida de Nacimiento de su menor hija, en el rubro del nombre de pila de su progenitora erróneamente inscri-ta como ALEJA debiendo ser correctamente como TOMASA., quedando correctamente como TOMASA CRUZ OUISPE- Se efectúa la presente publicación a fin de que las personas que tengan interés en el presente hagan valer su derecho conforme a ley. Urcos, 12 de Junio del 2015. (18, JUN)

La República4 Jueves, 18 de junio de 2015SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

REMATE

PRIMER REMATE JUDICIAL – CUSCOEn los seguidos por ZEGARRA VARGAS Gladys con CENTENO ZEGARRA Lisbeth Verónica y GUEVARA RODRIGUEZ Me Donald Yoni, sobre Obligación de dar suma de dinero - ODSD, Exp. N° 2013-2098, por orden del Tercer Juzgado Civil del Cusco, a cargo de la Señor Magistrado AL-FARO TUPAYACHI.Jhon Aleck, Especialista Legal Señorita ALTAMIRANO MAYCA Pamela Desiree, el suscrito Martillero Público, rematará en primera convocatoria los siguientes bienes in-muebles: *********************************** INMUEBLE I . *************************************************************************Corresponde al bien denominado: Estacionamiento 4, independizado del inmueble ubicado en la Av. Garcilaso G-6 de la A.P.V. Los Perales del Predio Wispampa, Distrito de San Sebastián, Provin-cia y Departamento de Cusco, inscrito en la Partida registral N° 11049878 asiento 02, de la Zona Registral N° X sede del Cusco ************* ** ********************************************VALOR DE TASACION: US$6,000.00 (SEIS MIL Y 00/100 DOLARES EUA). *** PRECIO BASE: US$4,000.00 (CUATRO MIL Y 00/100 con 00/100 DOLARES EUA), que vienen a ser la dos terce-ras partes del precio de tasación. ********** GRAVAMENES Y CARGAS: Asiento 04 HIPOTECA, constituido por sus propietarios a favor del favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU, por la suma de US$3,618.00 Dólares EUA. Titulo presentado el 07/07/2008. Asiento 05 - EMBARGO, ordena-do por el Tercer Juzgado Civil del Cusco, dentro del proceso 2098-2013, seguido por Gladys ZE-GARRA VARGAS con Lisbeth Verónica ZEGARRA CENTENO y Otros, hasta por la suma de US$128,000.00 Dólares EUA. Titulo presentado el 10/09/2013.INMUEBLE II **********************************************************Corresponde al bien denominado: Estacionamiento 5, independizado del inmueble ubicado en la Av. Garcilazo G-6 de la A.P.V. Los Perales del Predio Wispampa, Disfrito de San Sebastián, Provin-cia y Departamento de Cusco, inscrito en la Partida registral N° 11049879 asiento 02, de la Zona Registral N° X, sede del Cusco. ********************VALOR DE TASACION: US$5,500.00 (CINCO MIL QUINIENTOS Y 00/100 DOLARES EUA) ***********************************************************************PRECIO BASE: US$3,666.66 (TRES MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS Y 00/100 DOLARES EUA), que vienen a ser la dos terceras partes del precio de tasación. ****************GRAVAMENES Y CARGAS: Asiento 04 HIPOTECA, constituido por sus “propietarios a favor del favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU, por la suma de US$2,058.00 Dólares EUA. Titulo presentado el 07/07/2008. Asiento 05 - EMBARGO, ordenado por el Tercer Juzgado Civil del Cusco,, dentro del o 2098-2013, seguido por Gladys ZEGARRA VARGAS con Lisbeth Verónica ZEGARRA CENTENO y Otros, hasta por la suma de US$128,000.00 Dólares EUA. Titulo presen-tado el 10/09/2013. INMUEBLE III. **********************************************Corresponde al bien denominado: Estacionamiento 9, independizado del inmueble ubicado en la Av. Garcilazo G-6 de la A.P.V. Los Perales del Predio Wispampa, Distrito de San Sebastián, Provin-cia y Departamento de Cusco, inscrito en la Partida registral N° 11049883 asiento 02, de la Zona Registral N° X, sede del Cusco. ********************VALOR DE TASACION: US$5,000.00 (CINCO MIL Y 00/100 DOLARES EUA).PRECIO BASE: US$3,333.33 (TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES 33/100 DOLARES EUA), que vienen a ser la dos terceras partes del precio de tasación. *************************************************************************GRAVAMENES Y CARGAS: Asiento 04 HIPOTECA, constituido por sus propietarios a favor del favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU, por la suma de US$3,000.00 Dólares EUA. Titulo presentado el 07/07/2008. Asiento 05 - EMBARGO, ordenado por el Tercer Juzgado Civil del Cusco, dentro del proceso 2098-2013, seguido por Gladys ZEGARRA VARGAS con Lisbeth Ve-rónica ZEGARRA CENTENO y Otros, hasta por la suma de US$128,000.00 Dólares EUA. Titulo presentado el 10/09/2013.**********************INMUEBLE IV. **********************************************************Corresponde al bien denominado: Estacionamiento 10, independizado del inmueble ubicado en la Av. Garcilazo G-6 de la A.P.V. Los Perales del Predio Wispampa, Distrito de San Sebastián, Provin-cia y Departamento de Cusco, inscrito en la Partida registral N° 11049884 asiento 02, de la Zona Registral N° X, sede del Cusco. *****************VALOR DE TASACION: US$5,000.00 (CINCO MIL Y 00/100 DOLARES EUA). PRECIO BASE: US$3,333.33 (TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES Y 33/100 DOLARES EUA), que vienen a ser la dos terceras partes del precio tasación ********************************************************************CARGAS: Asiento 04 HIPOTECA, constituido por sus propietarios a favor del favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU, por la suma de US$1,398.00 Dólares EUA. Titulo presentado el 07/07/2008. Asiento 05 - EMBARGO,ordenado por el Tercer Juzgado Civil del Cusco, , dentro del proceso 2098-2013, seguido por Gladys ZEGARRA VARGAS con Lisbeth Verónica ZEGARRA CENTENO y Otros, hasta por la suma de US$128,000.00 Dólares EUA. Titulo presentado el 10/09/2013,************INMUEBLE V.Corresponde al bien denominado: Predio rustico denominado Ucchullo alto con UC24518, ubicado en el sector ayuda mutua valle del Cusco, Distrito, Provincia Departamento de Cusco, inscrito en la Partida registral N° 05004388 asiento 03, de la Zona Registral N°X, sede del Cusco. ***********************************VALOR DE TASACION: US$148,919.03 (CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS DIECINUEVE 03/100 DOLARES EUA). ********************* PRECIO BASE: US$99,279.35 (NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS SE-TENTA Y NUEVE Y 35/100 DOLARES EUA), que vienen a ser la dos terceras partes del precio de tasación. ************************ GRAVAMENES Y CARGAS: Asiento 04 - EMBARGO, ordenado por el Tercer Juzgado Civil del Cusco, , dentro del proceso 2098-2013, seguido por Gladys ZEGARRA VARGAS con Lisbeth Verónica ZEGARRA CENTENO y Otros, hasta por la suma de S/.358.400.00 Nuevos Soles.. Titu-lo presentado el 10/09/2013.DIA DEL REMATE: 06 JUL 2015 *************************************

HORA: Para el inmueble I: 10:00 A.M. ***********************Para el inmueble II: 10:05 A.M.Para el inmueble III: 10:10 A.M.Para el inmueble IV: 10:15 A.M. Para el inmueble V: 10:20 A.M. LUGAR: Todos los inmuebles se remataran en la sede del Juzgado, sito en la Av El Sol S/N Cusco ************************************************************POSTORES: Oblaran el 10 % del Valor de tasación en efectivo o cheque de gerencia. Adjuntar tasa judicial por derecho de participación en el remate, consignar número del expediente con copia del arancel, DNI y generales de ley. ********* *************************************************************************COMISIÓN: La comisión corre por cuenta del comprador y se cancela a la firma del acta de adju-dicación, de acuerdo a la escala de comisiones determinado en el Art. 18 del Decreto Supremo N° 008-2005- JUS y están afectos al IGV. ***** INFORMES: 01 -4222359 / #949-063-616 / www.martil1erocorrea.es.tl ******* (15, 16, 17, 18, 19 y 22 de JUNIO)

SEGUNDA CONVOCATORIA A REMATE PUBLICOEn los seguidos por ASOCIACION ARARIWA inscrita en la partida 11015085representada por Jaime Cesar Chaina Herencia con DNI 40352006 contra elDemandado, Edwin Ivan Ascue Paucar, sobre EJECUCION DE GARANTIAS,bajo Expediente: 01365-2014-0-1001-JR-CI-Ol, del Primer Juzgado CivilSede Central de la Corte Superior de Justicia de Cusco a cargo de la SeñoraJuez, Dra. SANDRA CONTRERAS CAMPANA y Secretario Judicial, Dr. BorisJuvenal Santos de la Gala, ha dispuesto sacar a REMATE EN SEGUNDACONVOCATORIA el bien inmueble signado como Valle Vilcanota Sur/SectorTaquillpo U.C.16475/HH.CC 9_2008490-2-2.Cod.Predio/Parcela 9_2008490_16475. Area 0.1058 Ha Ubicación : Distrito de Lucre. Provincia de Quispicanchis Departamento de Cusco, inscrito en la Partida Electrónica N° 02001904 de La Oficina Registral N° X -Sede Cusco. VALOR TOTAL DE TASACION DEL INMUEBLE: USD $60,000.00 (SESENTA Y 00/100 DOLARES AME-RICANOS).BASE DE REMATE: USD $34,000.00 (TREINTA Y CUATRO MIL Y 00/100 DOLARES AMERICA-NOS), que son equivalentes a las 2/3 partes de la Tasación menos el- 15% por tratarse de segunda convocatoria. AFECTACIONES: 1.HIPOTECA: Detallada en el asiento D00004 Partida N° 02001904 de La Oficina Registral de La Oficina Registral N° X -Sede Cusco hasta por la suma de $. 30,000.00 (Treinta Mil y 00/100 Dólares Americanos) a favor de la ASOCIACION ARARIWA inscrita en la partida 11015085 en garantía de las obligaciones señaladas en la Escritura Pública ante Notario Reynaldo Alviz en la ciudad de Cusco.FECHA Y HORA DE REMATE: Viernes 3 de Julio del año 2015 a las 11.00 a.m de la mañana LUGAR DE REMATE: En el local del Primer Juzgado Civil Sede Central de la Corte Superior de Justicia de Cus.co sito en Av. El Sol s/n en el Departamento de Cusco. Los postores oblarán una cantidad no menor del 10% de la Tasación del inmueble, en efectivo o mediante cheque de gerencia sin sello No Negociable y presentarán el original del pago del arancel judicial respectivo a nombre del Juz-gado, consignando el número del Expediente, el número de Documento de Identidad, firma y ad-juntando copia simple de todos los documentos. El Adjudicatario cancelara la comisión del Marti-llero Público al finalizar el acto público, de conformidad con el artículo 18°- del D.S. 008-2005-JUS- Lima, 1 de JUNIO del 2015. DRA. KATIA PATRICIA MAJLUF DELAUDE, Abogada Martillera Pú-blica con Reg.310. (17, 18, 19. JUNIO)

EDICTOS PENALES

EDICTO PENALExp. 021-2012-60-1 015-JR-PE-01.Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Urubamba, Calca y Anta. Especialista: Alan Gibaja Ormachea.Se CITA Y EMPLAZA a los acusados contumaces ALFREDO HINOJOSA GUTIÉRREZY NOELIA YOV ANA MEDINA TERRAZAS, para que se pongan a derecho y se defiendan de los cargos for-mulados en su contra, en el proceso que se les sigue por el delito de Robo Agravado, en agravio de la empresa distribuidora de cerveza Intervalle E.I.R.LDA..Urubamba, 05 de junio del 2015(16, 17, 18. JUNIO)

EDICTO PENALExp. -166-2010-421 015-JR-PE-01.Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Urubamba, Calca y Anta. Especialista: Alan Gibaja Ormachea.Se CITA Y EMPLAZA al acusado contumaz FREDY BANDERA CHAVEZ; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de violación sexual de menor, en agravio de la menor de iniciales F.B.C.Urubamba, 05 de junio del 2015.(16, 17, 18. JUNIO)

EDICTO PENALExp. 228-2012-0-1 015-JR-PE-01.Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Urubamba, Calca y Anta. Especialista: Alan Gibaja Ormachea.Se CITA y EMPLAZA al acusado contumaz RICHAR BENDEZU QUISPE; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Tráfico Ilícito de Drogas (forma agravada), en agravio del Estado Peruano.Urubamba, 05 de junio del 2015(16, 17, 18. JUNIO)

EDICTO PENAL

La República 5Jueves, 18 de junio de 2015 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

Exp. 791-2011-49-1 015-JR-PE-01.Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Urubamba, Calca y Anta. Especialista: Alan Gibaja Ormachea.Se CITA y EMPLAZA al acusado contumaz LUIS HUANACO HUARI; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de violación sexual de persona en incapacidad de resistencia, en agravio de la persona de iniciales F.H.S.Urubamba, 05 de junio del 2015.(16, 17, 18. JUNIO)

EDICTO PENALExp. 119-2010-81-1 015-JR-PE-01.

Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Urubamba, Calca y Anta. Especialista: Alan Gibaja Ormachea.Se CITA Y EMPLAZA al acusado contumaz EFRAIN FLOREZ ANDRADE; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de violación sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iniciales M.L.R.O..Urubamba, 05 de junio del 2015(16, 17, 18. JUNIO)

EDICTO PENALExp. 197-2013-39-1 015-JR-PE-01.

Se CITA Y EMPLAZA al acusado contumaz RUBEN TERAN LOAIZA; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Incumplimiento de Obligación Alimentaría, en agravio de Maritza Cáceres Espinoza.Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Ormachea.Urubamba, 09 de junio del 2015(16, 17, 18. JUNIO)

EDICTO PENALExp. 173-2014-28-1 015-JR-PE-01.

Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Ormachea.Se CITA Y EMPLAZA al acusado contumaz JUAN MOISES SANTOS GUEVARA; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Conducción de vehículo en estado de ebriedad, en agravio de la Sociedad.Urubamba, 05 de junio del 2015(16, 17, 18. JUNIO)

EDICTO PENALEXP. N° 1421-2014-0-1001-JR-PE-O1

Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio Especializado en Delitos Ambientales del Módulo Penal de la Corte Superior de Justicia de Cusco, que despacha el Señor Juez Dr. Edson Ormachea Acurio, se notifica a los imputados MARTlRES CAYO QUISPE, EFRAIN CAYO QUIS-PE, ELlSBAN CAYO QUISPE, EULOGIO CAYO QUISPE Y ANDRES A VELlNO VERA GALEANO la resolución N° 11. de fecha 08 de junio de 2015, mediante el cual se ordena que se notifique la Resolución N° 01, de fecha 11 de julio de 2014, RECEPCIONAR la comunicación de la Disposición de Formalización y Continuación de la Investigación Preparatoria expedida por la Fiscalía Provincial Especializada en Materia Ambiental de Puno, contra MARTIRES CAYO QUISPE, EFRAIN CA YO QUISPE, ELlSBAN CAYO QUISPE, Y EULOGIO CAYO QUISPE, por la presunta comisión del delito ambiental de contaminación del ambiente en la modalidad de minería ilegal sancionadoPor el Art. 304 del Código Penal en agravio del ESTADO, a efectos de que el Juez de Investigación Preparatoria asuma competencia material en el proceso. Resolución N° 04, de fecha 10 de diciem-bre de 2014, mediante la cual Por recibida la Disposición Fiscal que antecede, por la que dispone: PRORROGAR el plazo de la INVESTIGACIÓN PREPARATORIA por el término de 60 DÍAS contra: MARTIRES CAYO QUISPE, EFRAIN CAYO QUISPE, ELlSBAN CAYO QUISPE y EULOGIO CAYO QUISPE como presuntos coautores de la comisión del Delito Ambiental en su modalidad de Delito de Minería Ilegal en su forma agravada, ilícito previsto por el Art. 307°-A inciso 3) del Código Penal en agravio del Estado Peruano, representado por el Procurador Público Especializado en Delitos Ambientales del Ministerio del Ambiente, tómese conocimiento para los fines consiguientes de ley con conocimiento de los sujetos procesales. Resolución W 06, de fecha 11 de marzo de 2014, RECEPCIONAR la comunicación de la Disposición de Ampliación de la Investigación Preparatoria expedida por la Fiscalía Provincial Especializada en Materia Ambiental de Puno, seguido en contra PERCY WILSON CCASO HUANCA; por la presunta comisión del delito Ambiental, en su modalidad de Delitos de Contaminación y en su forma Penal de minería ilegal, previsto en el articulo 307-b incisos 3y 4, Y en Y el articulo 307-c; del código Penal teniendo como su tipo base lo establecido en el articulo 307-A del mismo cuerpo normativo; en su condición de actor intelectual y material, en agravio del estado Peruano; representado por el Procurador Publico del Ministerio del Ambiente; Así mismo en contra ANDRES A VELlNO VERA GALENO; por la presunta comisión del delito Ambiental, en su modalidad de Delitos de Contaminación y en su forma Penal de minería ilegal, previsto en el articulo 307-b incisos 3y 4, Y en y el articulo 307-c; del código Penal teniendo como su tipo base lo establecido en el articulo 307-0 del mismo cuerpo normativo; en su condición de actor intelectual y material, en agravio del estado Peruano; representado por el Procurador Publico del Ministerio del Ambiente. a efectos de que el Juez de Investigación Preparatoria asuma compe-tencia material en el proceso. IMPONER la medida de COMPARECENCIA SIMPLE a los imputados, quienes se encuentran obligados a concurrir a las diligencias del proceso en que sea necesaria su presencia, bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente por la Policía. Resolución N° 07, de fecha 08 de abril de 2014, TÉNGASE por recepcionada la comunicación fiscal y DÉSE por concluida la investigación preparatoria, exhortando al representante del Ministerio Público actuar dentro de los términos establecidos para los supuestos de ley. En el proceso penal N°

1421-2014-0-100 1-JR-PE-0 1 seguido contra MARTIRES CAYO QUISPE, EFRAIN CAYO QUIS-PE, ELlSBAN CAYO QUISPE, EULOGIO CAYO QUISPE, WILSON PERCY CCASO HUANCA Y ANDRES AVELlNO VERA GALEANO por la presunta comisión de Delitos Ambientales ¡Delitos de Contaminación en la modalidad de Minería Ilegal, en agravio del Estado.(16, 17, 18. JUNIO)

EDICTO PENALEXP. N° 335-2014-1-1001-JR-PE-O1

Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio Especializado en Delitos Ambientales del Módulo Penal de la Corte Superior de Justicia deCusco, que despacha el Señor Juez Dr. Edson Ormachea Acurio, se notifica a MIGUEL ÁNGEL HERRERA JUSTlNIANO y ERNESTO EDUARDO MORENO CHITA la resolución N° 09 de fecha 20 de mayo de 2015, mediante el cual; SE RESUELVE: 1.- Declarar Fundado el requerimiento de sobreseimiento total, formulado por el señor Fiscal Provincial. 2.- En su virtud, SOBRESEASE TOTALMENTE el presente proceso a favor de los imputados ERNESTO EDUARDO MORENO CHITA Y MIGUEL ÁNGEL HERRERA JUSTINIANO, con datos personales detallados preceden-temente, por la presunta comisión de Delitos Ambientales, en su modalidad de Tráfico Ilícito de Insumos Químicos y Maquinarias Destinadas a la Minería Ilegal previsto y sancionado por el artí-culo 307 -E del Código Penal en agravio del Estado representado por el Procurador Público del Medio Ambiente. 3.- Archívese definitivamente el presente proceso, debiendo levantarse las medi-das coercitivas personales y/o reales que se hayan expedido contra las personas y/o bienes de los imputados, una vez que la presente resolución haya quedado consentida yf6 ejecutoriada. H. S.(16, 17, 18. JUNIO)

EDICTO PENALEXP. N° 253-2014-0-1 001-JR-PE-01

Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio Especializado en Delitos Ambientales del Módulo Penal de la Corte Superior de Justicia de Cusco, que despacha el Señor Juez Dr. Edson Ormachea Acurlo, se notifica a los imputados MARIO HUAMAN AUCCAYLLA, MARIA PONCE APAZA, JULIO CHIRINOS NINA, LEONIDAS CUNO SOLlS, con la Resolución N° 01, de fecha 28 de enero del 2013, Recepción de la Disposición de Investigación Preparatoria; mediante la cual se dispone, Tener por comunicada la Disposición de Formalización y Continuación de la investigación Preparatoria contra Marlo Huaman Auccaylla, Marla Ponce Apaza, Julio Chlrlnos Nlna, Leonldas Cuno Solls, por la presunta comisión de Delitos Ambientales - Delitos contra los Recursos Natura-les, en la modalidad de Delito contra los bosques o formaciones boscosos previsto en el artículo 310° del Código Penal, y en su forma agravada, conforme al artículo 31 OO-C del Código Penal, en agravio del Estado. Tiene la calidad de Complejo; por lo que, siendo ello así y de conformidad a lo previsto en el artículo 3° del Código Procesal Penal, cúmplase con dicha etapa, bajo estricta observancia de un debido proceso, en cuyo efecto verifíquese su estricto cumplimiento en la forma de ley. Y la Resolución N° 14, de fecha 09 de junio del 2015, mediante la cual se dispone: TÉNGA-SE por recepcionada la comunicación fiscal y DÉSE por concluida la investigación preparatoria, exhortando al representante del Ministerio Público actuar dentro de los términos establecidos para los supuestos de ley. En el proceso penal N° 253-2014-0-1001-JR-PE-01 seguido contra MARIO HUAMAN AUCCAYLLA, MARIA PONCE APAZA, JULIO CHIRINOS NINA, LEONIDAS CUNO SOLlS, por la presunta comisión de Delitos Ambientales - Delitos contra los Recursos Naturales, en la modalidad de delito contra los bosques o formaciones boscosas, en agravio del Estado.(16, 17, 18. JUNIO)

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CALCANOTIFICACION VIA EDICTO A JUAN CARLOS AGUILAR HUILLCA

La señora Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de Calca, Dra. Reyna Margarita Jove Aguilar, en el Incidente Penal N° 0153-2013-0-1005-JR-PE-O1, seguido contra de Juan Carlos Aguilar Huillca por el delito de Conducción en Estado de Ebriedad en agravio de la Sociedad, bajo la actuación de la Especialista Judicial de Audiencias Judith Chipayo Barrios, ha resuelto comunicar al acusado con el extracto de la audiencia de fecha 09 de junio del año 2015.ACTA DE AUDIENCIA DECONTROL DE ACUSACION JUEZ: Emite la resolución correspondien-te quedando registrado en audio la parte expositiva y considerativa, y transcribiendo la parte reso-lutiva.RESOLUCION N° 06 Calca nueve de junio Del año dos mil quince.¬SE RESUELVE: 1. REPROGRAMAR la presente audiencia para el día DIEZ DE JULIO DEL AÑO 2015 A HORAS CATORCE CON TREINTA MINUTOS a verificarse en la sala de audiencias del Modulo Penal de esta Judicial. 2. NOTIFICAR con extracto del presente acto procesal a la defensa técnica del imputado Dra. Magaly Osorio Quispe. Se da por notificado al señor representante del Ministerio Publico. 3. Se deja subsistente los apercibimientos establecimiento en autos.(16, 17, 18. JUNIO)

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CALCANOTIFICACION VIA EDICTO A JESUS PUMA CRUZ.La señora Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de Ca1ca, Dra. Reyna Margarita Jove Aguilar, en el Incidente Penal N° 15-2015-1005-JR-PE-01, seguido contra de Jesús Puma Cruz por el delito de Omisión de Asistencia Familiar en agravio de sus menor hijo Joel Abdil Puma Ccuro, bajo la actuación de la Especialista Judicial de Audiencias Judith Chipayo Barrios, ha resuelto co-municar al acusado con el extracto de la audiencia de fecha 09 de junio del año 2015.ACTA DE AUDIENCIA DECONTROL DE ACUSACIONJUEZ: Emite resolución quedando registrado en audio la parte expositiva y considerativa transcri-biendo la parte resolutiva.RESOLUCION N° 06 Calca nueve de junio Del año dos mil quince.¬SE RESUELVE: 1. REPROGRAMAR la presente audiencia para el día CATORCE DE JULIO DEL AÑO 2015 A HORAS CATORCE CON TREINTA MINUTOS DEL DIA a verificarse en esta misma sala de audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Calca.2.NOTIFICAR con el ex-

La República6 Jueves, 18 de junio de 2015SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

tracto del presente acto procesal al imputado en su domicilio real así como notifíquesele vía edictos 3. Se deja subsistente los apercibimientos establecidos en autos 4. REITERAR oficio a la Coordi-nación de la Defensoria Publica de Cusco comunicando de la reprogramación del presente acto procesal para la fecha de audiencia con las precisiones realizadas en la resolución N° 05 conforme se tiene en autos.(16, 17, 18. JUNIO)

NOTIFICACION VIA EDICTO PENALA LA PERSONA DE VICENTE QUISPE GILBERTOLa señora Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de Calca, Dra. Reyna Margarita Jove Aguilar, en el Incidente Penal N° 0073-2014-77-1005-JR-PE¬01, seguido contra de Vicente Quispe Gilberto por el delito de Hurto Simple en agravio de Timotea Quispe Quispe, bajo la actuación de la Especialista Judicial de Audiencias Judith Chipayo Barrios, ha resuelto comunicar al acusado con el extracto de la audiencia de fecha 08 de junio d el año 2015.ACTA DE AUDIENCIA DECONTROL DE ACUSAClQNJUEZ: Emite resolución quedando registrado en audio la parte expositiva y considerativa transcri-biendo la parte resolutiva.RESOLUCION N° 06 Calca, ocho de junio Del año dos mil quince.¬SE RESUELVE: l. REPROGRAMAR la presente audiencia para el día DIEZ DE JULIO DEL AÑO 2015 A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA a verificarse en la sala de audiencias del Modulo Laboral de esta sede Judicial, por inconcurrencia justificada de la Dra. Magali Osorio Quispe. 2. NOTIFICAR con el extracto de la presente resolución a las partes procesales inconcurrentes así como cursese la notificación a la Defensora de Oficio Dra. Magali Osorio Quispe. 3. Se deja subsistente los aper-cibimientos establecidos en autos.(16, 17, 18. JUNIO)

EDICTO PENAL DE NOTIFICACIÓNEl Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de Canas a cargo del Dr. Ulises Villena Ramírez y la actuación del Especialista Judicial Abogado Robert Peña Lucana, se dispuso median-te Resolución Nro. 05 de fecha veintinueve de mayo del 2015, en el proceso Nro. 68¬2013-85-1 006-JR- PE-O 1, seguido contra el acusado Patricio Champi Huillca, por la Comisión del Delito CONTRA EL PATRIMONIO, en la modalidad de USURPACIÓN, sub tipo USURPACIÓN POR TURBACIÓN DE LA POSESIÓN MEDIANTE AMENAZA, en agravio de Toribio Eufracio Quispe Champi, NOTIFICAR: Por edicto al acusado PATRICIO CHAMPI HUILLCA, , identificado con DNI. 24565346, nacido el 16/marzo/1970, que en su contra se viene tramitando por ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de Canas¬ Yanaoca, el proceso penal Nro. 68-2013-85-1006-JR-PE-01, por el Delito CONTRA EL PATRIMONIO, en la modalidad de USUR-PACIÓN, sub tipo USURPACIÓN POR TURBACIÓN DE LA POSESIÓN MEDIANTE AMENAZA, en agravio de TORIBIO EUFRACIO QUISPE CHAMPI. Del que doy fe.Yanaoca, 29 de mayo del 2015.(16, 17, 18. JUNIO)

EDICTO PENALEXP. N° 1241-2015-0-1001-JR-PE-01.

Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio Especializado en Delitos Ambientales del Módulo Penal de la Corte Superior de Justicia de Cusco, que despacha el Señor Juez Dr. Edson Ormachea Acurio, se notifica a los imputados WEN GUI SHE, YANG LlU LlU, JORGE WASHIMG-TON TAMAYO ABARCA, GREGORIA CASAS HUAMANHUILLCA la resolución W 01. de fecha 05 de junio de 2015, mediante el cual se dispone, RECEPCIONAR la comunicación de laDisposición de Formalización y Continuación de la Investigación Preparatoria expedida por la Fis-calía Provincial Especializada en Materia Ambiental de Cusco, contra WEN GUI SHE, y ANG LlU LlU, JORGE WASHIMGTON TAMAYO ABARCA, GREGORIA CASAS HUAMANHUILLCA, por la presunta comisión del Delito Ambiental en su modalidad de Minería Ilegal previstos en nuestra legislación nacional en el artículo 307-A del Código Penal, en agravio del ESTADO PERUANO, a efectos de que el Juez de Investigación Preparatoria asuma competencia material en el proceso. IMPONER la medida de COMPARECENCIA SIMPLE al imputado JORGE WASHINTONG TAMA-YO ABARCA, quien se encuentra obligado a concurrir a las diligencias del proceso en que sea necesaria su presencia, bajo apercibimiento de ser conducido compulsivo mente por la Policía. Y respecto del requerimiento de COMPARECENCIA CON RESTRICCIONES contra WEN GUI SHE, y ANG LlU LlU, GREGORIA CASAS HUAMANHUILLCA presentado por el Fiscal Provincial de la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental de Puno; CÍTESE AUDIENCIA para el 02 de julio del 2015 a las 08:00 horas (hora exacta), la realización de la audiencia pública se llevara a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria Especializada en Delitos Medio Ambientales de en la sede de la Corte Superior de Justicia de Cusco, sito en el Tercer piso del Pa-lacio de Justicia, inmueble N° 239 de la Av. El Sol de ésta ciudad, con la presencia obligatoria de la Fiscal y el abogado de los imputados, baio, apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada del Fiscal de declarar inadmisible su requerimiento y dictar en su lugar la medida de comparecencia simple como lo prevé los artículos 286.2° y 291.1 ° del CPP, sin perjuicio de las responsabilidades disciplinarias que corresponda y baio apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada del abogado de los imputados de excluirlo de la defensa y designar a un abogado de oficio como lo autoriza el artículo 85.1 ° del CPP, por tratarse de la restricción del derecho fundamental a la libertad individual. PRECISAR que el curso de la prescripción de la acción penal no podrá prolongarse más allá de un tiempo acumulado equivalente al plazo ordinario de prescripción más una mitad de dicho plazo reconocido por la norma penal para el delito materia de investigación en el Despacho Fiscal; dejándose constancia que habiendo formalizado la Investigación Preparatoria, el representante del Ministerio Publico ha perdido la facultad de archivar la investigación sin la intervención del Órgano Jurisdiccional. NOTIFÍQUESE a los imputados Y ANG LlU LlU y GREGORIA CASAS HUAMAN-HUILLCA, en su domicilio real a efectos de que designen al abogado defensor de su libre elección. NOTIFÍQUESELES además mediante edictos, conforme a lo dispuesto por el artículo 128° del Código Procesal Penal. Sin perjuicio de lo antes dispuesto, a fin de garantizar el debido proceso DESÍGNESE abogado de oficio, conforme a lo dispuesto en el artículo 80° del Código Procesal

Penal, para que asuma la defensa de los imputados Y ANG LlU LlU y GREGORIA CASAS HUA-MANHUILLCA al haberse advertido que no cuentan con defensa técnica, dejando a salvo el dere-cho de la investigada para sustituirlo por abogado de su libre elección comunicándolo en forma inmediata al juzgado, con cuyo fin GÍRESE oficio a la Coordinación de la Defensoría Pública, en su sede institucional, para que cumpla con apersonarse en sede judicial y fiscal, bajo responsabilidad. En el proceso penal N° 1241-2015-0-100 1-JR-PE-0 1 seguido contra WEUI SHE, y ANG LlU LlU, JORGE WASHIMGTON TAMAYO ABARCA, GREGORIA CASAS HUAM HUILLCA por la presun-ta comisión de Delitos Ambientales - Delitos de CMinación en a modalidad de Minería Ilegal. En agravio del Estado.(16, 17, 18. JUNIO)

NOTLFICACION VIA EDICTOA LAS PERSONAS DE YORA YMA ANDREINA CABANA APAZA y LUZVENIA HERMOZA PILLCO,Ante el Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco, que despacha el señor Juez Dr. David Luis Sotomayor Saavedra, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Liliam Marlene Contreras Zaravia, se viene tramitando el Proceso Penal signado Nro. 00902-2014-0-1001-JR-PE¬06, seguido contra FORTUNATO MENDOZA PALOMINO, la presunta comisión del Delito Contra contra FORTUNATO MENDOZA PALOMINO, por la presunta comisión del delito Contra la Administración Pública Delitos cometidos por Funcionarios Públicos, en la modalidad de Abuso de autoridad, sub tipo Abuso de Autoridad, previsto en el primer párrafo del articulo 376° del Código Penal, en agravio de Melchora Uñapilco Quispe, Ronald Quispe Anccalle, Pablo Cesar Anaya In-fantes, Luzvenia Hermoza Pillco, Jomayra Andreina Cabana Apaza, Walter Susano Farfán Flower, Alejandrina Aarón Espirilla, Cesar Dante Miranda Candiote, Antonio Franco Terran, Eulalia Vásquez de Franco, Guiben Edmundo Medina Sonco, Melvin Pamela Torvisco Andrade, y Consorcio Trans-portes Pastor E.I.R.L. Econsa Ingenieros S.C.R.L., y la resolución N° 06, se ha dispuesto la notifi-cación vía edicto donde se emplaza a las personas de YORA YMA ANDREINA CABANA APAZA y LUZVENIA HERMOZA PILLCO, respecto de la acusación formulada en contra de Fortunato Mendoza Palomino por la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Wanchaq, con el tenor de las siguientes resoluciones judiciales:RESOLUCIÓN NRO. 04 Cusco, tres de junio Del año dos mil quince.¬DADO CUENTA en la fecha por haber sido devuelto recién el presente expediente por la especia-lista de causa, y dando providencia a los escritos presentados por el representante del Ministerio Público, de fechas veintisiete y veintiocho de mayo del presente año, por el que presenta su reque-rimiento mixto de Sobreseimiento y aclaración de la acusación y estando a lo previsto por el inciso 3 del articulo 348 del Código Procesal Penal que dispone: “El Juez frente a un requerimiento Fiscal mixto acusatorio y no acusatorio primero se pronunciara acerca del requerimiento de so-breseimiento. Culminado el trámite según lo dispuesto en los artículos anteriores, abrirá las actua-ciones relativas a la acusación Fisca/”; en consecuencia de conformidad a los artículos 345.2° y 3500 del Código Procesal Penal, para fines del requerimiento mixto de sobreseimiento y acusación respectivamente; CORRASE TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, para que puedan por escrito formular oposición debidamente fundamen-tada al sobreseimiento, con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de sobre-seimiento; así mismo puedan en forma escrita y motivada: 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad) terminación anticipada), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8), proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio. PRECISESE que sólo será objeto de debate en la audiencia preliminar las solicitudes fundamentadas por escrito y presentadas dentro del plazo legal. COMUNIQUESE que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentra en las oficinas del Juzgado, para los fines que correspondan. NOTIFIQUESE a las partes en sus respec-tivos domicilios procesales conforme a la información proporcionada por el Despacho Fiscal, ad-juntando copia escrita del requerimiento mixto. NOTlFíQUESELE con la presente resolución me-diante edictos con cuyo objeto GIRESE el oficio correspondiente adjuntando los insertos de ley.¬(16, 17, 18. JUNIO)

EDICTO PENALSEÑOR: ANGEL CIRILO ALEJANDRO RODRIGUEZ MOYAEl señor Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. Anibal Paredes Matheus, ha dispuesto se notifique al imputado ANGEL CIRILO ALEJANDRO RODRIGUEZ MOYA, en el Proceso Nro 2108-2014-53-1001-JR-PE¬03, seguido contra Ángel Cirilo Alejandro Rodríguez Moya, por el delito de Violación Sexual de menor de edad, en agravio del menor de iniciales LCC, con la resolución 03 de fecha doce de junio del dos mil quince: cuyo contenido ese el siguienteResolución N° 03Cusco, doce de mayoDel año dos mil quince.¬DE OFICIO: Habiéndose cumplido con lo dispuesto en el acta de audiencia de fecha siete de abril del año dos mil quince, siendo el estado de lo proceso y estando a lo señalado en el numeral 3 de la resolución dictada en la audiencia predicha, por el cual el Representante del Ministerio Publico ha cumplido con lo requerido; teniéndose en cuenta además que el Primer Despacho de Investiga-ción de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco, ha requerido la medida coerci-tiva de prisión preventiva contra el imputado ANGEL CIRILO ALEJANDRO RODRIGUEZ MOYA.I. PARTE CONSIDERATIVA1. El artículo 271.10 del CPP prescribe que el Juez de la Investigación Preparatoria, dentro de las 48 horas siguientes al requerimiento del Ministerio Público, realizará la audiencia para determinar la procedencia de la prisión preventiva. La audiencia se celebrará con la concurrencia obligatoria del Fiscal, del imputado y su defensor. El defensor del imputado que no asista será reemplazado por el defensor de oficio.2. El artículo 2.24 .b. de la Constitución Política del Estado, concordante con el artículo 271. 10 del

La República 7Jueves, 18 de junio de 2015 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

CPP, permite que el imputado sujeto a detención preliminar, continúe con la restricción de su liber-tad a las resultas de la audiencia de prisión preventiva, la misma que inexorablemente debe reali-zarse dentro del plazo de 48 horas del requerimiento fiscal, bajo responsabilidad.3. El artículo 139.40 de la Constitución Política del Estado, concordante con el artículo I.1 o del Ti-tulo preliminar del CPP, garantiza la publicidad de los procesos, máxime en una audiencia de prisión preventiva por la trascendencia del derecho a la libertad individual objeto de discusión, la cual debe desarrollarse con las máximas garantías de publicidad que posibiliten una decisión do-tada de transparencia, legitimidad y justicia al permitir el control ciudadano con su sola presencia en la audiencia en la medida que “la potestad de administrar justicia emana del pueblo”, como lo reconoce el 1380 de la norma suprema; máxime si las restricciones a la publicidad están diseñadas específicamente para la etapa del juicio e incluso en forma discrecional por el juez que dirige la audiencia según el artículo 3570 del CPP. Por estas consideraciones, SE RESUELVE:II. PARTE RESOLUTIVA1. CITAR de acuerdo al rol de programación de audiencia del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, a la audiencia privada de prisión preventiva requerida por el Primer Des-pacho de Investigación de la Primera Fiscalía provincial Penal Corporativa de Cusco, contra el imputado ANGEL CIRILO ALEJANDRO RODRIGUEZ MOYA (Prisión Preventiva), para el día NUEVE DE JULIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE A LAS QUINCEHORAS DE LA TARDE (hora exacta), en la Novena Sala de Audiencias de la ciudad del Cusco, en la sede de la Corte Superior de Justicia del Cusco, ubicado en la Avenida El Sol s/n (Tercer Piso), con la presencia obligatoria del Fiscal y del imputado.¬2. PRECISAR que el imputado tiene derecho a negarse por cualquier motivo a estar presente en la audiencia de prisión preventiva, en cuyo caso será representado por su abogado o defensor de oficio.3. NOTIFÍQUESE al imputado en su domicilio real, procesal y vía edictos, según lo dispuesto en autos, asimismo notifíquese a la parte agraviada para los fines pertinentes de ley.- (18, 19, 22. JUNIO)

EDICTO PENALExp. 01672-2012-10-1 001-IR-PE-06.SEÑORES:LUIS FRED QUISPE A YCA DIKENS DARWIN OLIVAS VARA.Ante el Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Cusco, que despacha la señora Juez Dra. Rina Lucia Cabana Heredia, bajo la actuación del Especialista de Causa Severino Huamán Huamantti-ca, se CITA Y EMPLAZA a los Acusados LUIS FRED QUISPE AYCA y DIKENS DARWIN OLIVAS VARA, a efecto de que se pongan a derecho y se defiendan de los cargos formulados en su contra en el Expediente Exp. 01672-2012-10-1001-JR¬PE-06, que se le sigue por delito Lesiones Graves, en agravio de Delvis Y. Frisancho Alegria, en la Audiencia de Juicio programado para el día 20-0CT-2015, a HS. 12.00, en la 5° sala de Audiencias, sito en el 3er. nivel del Palacio de Justicia de Cusco.Cusco, 12 de junio del 2015.(18, 19, 22. JUNIO)

EDICTO PENALPROCESO PENAL Nro. 1668-2014JUEZ: REYNALDO OCHOA MUÑOZ ESPECIALISTA: DAYMA GABRIELA NAVIA CANAL DELITOS OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR EMPLAZA A: ALBERTO RODRÍGUEZ HERRERA.¬Se emplaza a ALBERTO RODRÍGUEZ HERRERA con el tenor de la siguiente resolución:RESOLUCIÓN Nro. 09 .-Cusco, veintinueve de mayo del ano dos mil quince, DADO CUENTA en la fecha por la reciente entrega del presente proceso por el Pool de Especialistas de Audiencia y siendo que la presente audiencia no se llevo a cabo por duplicidad audiencias programadas para la misma fecha y hora en el sistema integrado de justicia, en consecuencia, Se Dispone: REPRO-GRAMAR la audiencia de control de Acusación Directa, para el día DOS DE .TULIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE A1LAS CATORCE HORAS CON TREINTA MINUTOS (hora exacta), en la Sétima Sala de Audiencias de los Juzgados de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia del Cusco, subsistiendo los apercibimientos decretados en autos. DE OFICIO.- DADO CUENTA en la fecha con la devolución de la cédula de notificación efectuada al acusado ALBERTO RODRÍ-GUEZ HERRERA, estando al apercibimiento dictado dispuesto por resolución numero ochos dictada en audiencia; DESÍGNESE abogado de oficio, para que asuma la defensa de los acusados antes referidos; para ello, NOTIFÍQUESE a la Coordinadora de los Defensores de Oficio en su sede institucional, adjuntando copia del requerimiento de acusación, para que cumpla con lo ordenado, debiendo realizar el apersonamiento inmediato del abogado de oficio, bajo apercibimiento de te-nerse por designado a él mínimo..(18, 19, 22. JUNIO)

EDICTO PENALPROCESO PENAL: 1589-2014.QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIAJuez: José Ángel Medina LeivaSecretario: Dayma Gabriela Navia CanalEMPLAZA A: VÍCTOR RAÚL HUAMAN MAYHUA.¬Con el tenor de la siguiente resolución:RESOLUCION Nro. 01.- DADO CUENTA: Con el requerimiento de Acusación Directa del Fiscal Provincial de la Segunda Fiscalía Provincial Penal de Cusco, en contra de VÍCTOR RAÚL HUAMAN MAYHUA, como AUTOR del Delito Contra la Seguridad Publica en la modalidad de Peligro Común sub. tipo Conducción en estado de ebriedad, delito previsto y sancionado por el primer párrafo del artículo 274 del Código Penal, en agravio del menor de la Sociedad, y de conformidad a lo estable-cido por los inciso s 1, 2, 3 Y 4 del artículo 3490 del Código Procesal Penal, se tiene que el repre-sentante del Ministerio Público ha motivado debidamente su requerimiento, así mismo conforme a lo previsto en el artículo 3500 del Código Procesal Penal; CÓRRASE TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa,

3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba antici-pada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8), proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la au-diencia preliminar de control de acusación. 11) El plazo de absolución de 10 días, se computará sin excusa alguna a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución, con prescinden-cia de la variación del abogado defensor del acusado no comunicada oportunamente al órgano jurisdiccional, por lo que por ésta vez, se le notificará al acusado en su domicilio real a efectos de garantizar su derecho a la defensa técnica, y en adelante solamente al domicilio procesal del abogado que lo represente el la audiencia preliminar. 12) Conforme se advierte de los actuados, el imputado VICTOR RAUL HUAMAN MA YHUA” no cuenta con abogado defensor, por tanto, en aplicación del artículo 800 del Código Procesal Penal, DESÍGNESE abogado de oficio, para que asuma su defensa, dejando a salvo su derecho de sustituido por abogado de su libre elección co-municándolo en forma inmediata al juzgado, para ello, se notificará al Coordinador de los Defenso-res de Oficio en su sede institucional, adjuntando copia del requerimiento de acusación directa, para que cumpla con el apersonamiento inmediato del abogado de oficio, bajo apercibimiento de tener-se por designado a él mismo. Asimismo, conforme establece el fundamento trece, segundo párra-fo del Acuerdo Plenario N° 06-2010/C]-116; la victima podrá solicitar su constitución en actor civil antes de que concluya el plazo otorgado por el artículo 3500 del C.P.P. PRECÍCESE que la carpe-ta fiscal se encuentra en custodia de este juzgado, para los fines que correspondan. NOTIFÍQUE-SE a las partes en sus respectivos domicilios procesales señalados en autos. AL OTROSI DIGO.- Téngase en cuenta.- AL MAS DIGO.- Téngase por recibida la Carpeta Fiscal Nro. 312-2014 que corre a fojas 30.EXTRACTO DE LA ACUSACIÓN DIRECTAEl representante del Ministerio Publico, a tenor de lo dispuesto en el articulo 3360 inciso 40 y 3490 del Código Procesal Penal, formula requerimiento de Acusaci6n Directa, al haber concluido la In-vestigación Preliminar, seguida contra de VÍCTOR RAÚL HUAMAN MA YHUA, por la comisión del delito contra la Seguridad Publica, en su modalidad de delitos de Peligro Común, sub. Tipo:CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, tipificado y sancionado en el articulo 2740 del Có-digo Penal, en agravio de La Sociedad, representada por el Ministerio Publico. DE LOS HECHOS: De resultado de las diligencias preliminares, se imputa a Víctor Raúl Huaman Mayhua, ser autor del delito de Conducción de Vehículo Motorizado en Estado de Ebriedad, previsto en el primer párrafo del Artículo 2740 del Código Penal modificado por la Ley N° 29439 de fecha 19 noviembre del ano 2009; en me rito a los hechos que a continuación se detallan: El 14 de Febrero del ano 2014 en horas de la madrugada, el imputado Víctor Raúl Huaman Mayhua, ingirió bebidas alcohólicas, mientras los efectivos policiales S02 PNP Candia Enriquez Deyvis y el SO PNP Tribefio Ramos Rodrigo, se encontraban realizando patrullaje motorizado por el Distrito de San Sebastián. Que, en fecha 14 de Febrero del 2014, siendo las 09:11 horas de la mañana aproximadamente, por la zona de San Sebastián, fue intervenido por el personal Policial, el vehículo de placa de rodaje X2L-194, marca Dae\Voo, color azul, conducido por el hoy Acusado Víctor Raúl Huaman Mayhua, a razón que dicho vehículo causo un accidente de transito (choque) al impactar su vehículo con el vehículo de placa de rodaje D2G-608 conducido por Franklin HIuaman Mamani, accidente de transito sus-citado en la esquina de la Av. La Cultura con la ih. Tomas Catari. Que, al ser intervenido Víctor Raúl Huaman Mayhua, este presento los documentos pertinentes y en esas circunstancias, el efectivo policial se percato que presentaba aliento alcohólico, lo que lógicamente hizo suponer que se en-contraba en estado de ebriedad, por lo que el mismo fue traslado al Policlinico de la Policía Nacional del Perú, donde al practicarle el dosaje etílico respectivo, arrojo como resultado positivo, en el examen Cualitativo.Finalmente, cuando VÍCTOR RAÚL HUAMAN MAYHUA, fue conducido a la Comisaría PNP de San Sebastián y al practicársele el examen de dosaje etílico en Policlínico Santa Rosa del Cusco de la Policía Nacional del Perú, resulto que presentaba 0.90 gramos de alcohol por litro de sangre, ello de acuerdo al Certificado de Dosaje Etilico N° 0025 - 10094 Y con Registro de Dosaje N° 2126 de fecha 18 de febrero del año 2014..PENA Y REPARACIÓN CIVILSOLICITA que se imponga al acusado VÍCTOR RAÚL HUAMAN MAYHUA, un año de pena priva-tiva de libertad suspendida en su ejecución, como autor y responsable de la comisión del delito Contra la Seguridad Publica en la modalidad de Peligro Común, sub. tipo CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD en grado de consumado, en agravio de La Sociedad representado por el Ministerio Publico; y SUSPENSIÓN O INHABILITACIÓN para obtener Licencia de conducir por el tiempo De la revisión de la Carpeta Fiscal, se tiene que la con-ducta del acusado ha generado un peligro para la sociedad, vulnerándose así el bien jurídico pro-tegido, por lo que, este Despacho Fiscal solicita el pago de una Reparación Civil ascendente a OCHOCIENTOS NUEVOS SOLES (S/. 800.00) que deberá abonar el acusado a favor de la So-ciedad, representada por el Ministerio Publico.(18, 19, 22. JUNIO)

NOTLFICACION VIA EDICTOA LA PERSONA DE EVARISTO CUTlPA QUISPEAnte el Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco, que despacha el señor Juez Dra. Agripina Usca Caviedes, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Liliam Marlene Contreras Zaravia, se viene tramitando el Proceso Penalsignado Nro. 01290¬2015-0-1001-JR-PE-05, segui-do contra Evaristo Cutipa Quispe, la presunta comisión del Delito Contra La Familia en la modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, en agravio de la Menor de iniciales STCM representada por su progenitora Celia Montalvo Huamanttupa, donde mediante la resolución N° 01, se ha dispuesto la notificación vía edicto donde se emplaza a la persona de Evaristo Cutipa Quispe, respecto de la acusación directa formulada en su contra por la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Cusco, con el tenor de las siguientes resoluciones judiciales:CON LA RESOLUCIÓN NRO. 01 Cusco, doce de junioDel año dos mil quince.¬

La República8 Jueves, 18 de junio de 2015SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

DADO CUENTA.- Con el requerimiento Fiscal de Acusación Directa que antecede presentado en fecha diez de Junio del año dos mil quince, por la Fiscal Provincial Penal del Primer Despacho de Investigación de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Cusco; y estando al cumpli-miento de los requisitos previstos en el artículo 3490 del Código Procesal Penal, y conforme a lo previsto en el artículo 3500 de la norma procesal invocada; este Órgano Jurisdiccional DISPONE:1. CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS UTlLES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acer-ca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación a señalarse en su oportunidad. 11) El plazo de absolución de 10 días, se computará sin excusa alguna a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución, con prescindencia de la variación del aboga-do defensor del acusado no comunicada oportunamente al órgano jurisdiccional, por lo que por ésta vez, se le notificará al acusado en su domicilio real a efectos de garantizar su derecho a la defensa técnica, y en adelante solamente al domicilio procesal del abogado que lo represente en la audien-cia preliminar. Asimismo, conforme establece el fundamento trece, segundo párrafo del Acuerdo Plenario N° 06¬2010/Cj-116; la victima podrá solicitar su constitución en actor civil antes de que concluya el plazo otorgado por el artículo 3500 del C.P.P. 2. DESIGNAR abogado de oficio, para que asuma la defensa del imputado EBARISTO CUTlPA QUISPE, al haberse advertido que no cuenta con defensa técnica, dejando a salvo el derecho del investigado para sustituirlo por abogado de su libre elección comunicándolo en forma inmediata al juzgado, para ello, se notificará a la Coordinadora de la Defensoría Pública en su sede institucional, para que cumpla con lo ordenado, con la designación y el apersonamiento inmediato del defensor público.

3. NOTIFICAR la presente resolución a todos los sujetos procesales en sus respectivos domicilios procesales señalados en autos.OTROSI DIGO: Téngase en cuenta, y estése al trámite previsto conforme a ley.AL MÁS DIGO: Téngase en cuenta.AL PRIMER MAS DIGO: Notifíquese al imputado vía edictos.

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CALCANOTIFICACION VIA EDICTO A BENITO CURASCO HUILLCA.La señora Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de Calca, Dra. Jorge Pareja Quispe, en el Incidente Penal N° 98-2014-88-1005-JR-PE-O1, seguido contra de Benito Churrasco Huillea por el delito de Lesiones Graves por Violencia Familiar en agravio de Leonarda Leandro Quina, bajo la actuación de la Especialista Judicial de Audiencias Judith Chipayo Barnos, ha resuelto comunicar al acusado con el extracto de la audiencia de fecha 11 de junio del año 2015.ACTA DE AUDIENCIA DECONTROL DE ACUSACIÓNJUEZ: Emite resolución quedando registrado en audio la parte expositiva y considerativa transcri-biendo la parte resolutiva.RESOLUCION N° 04Calca once de junioDel año dos mil quince.¬SE RESUELVE: 1. DECLARAR FRUSTRADA la presenta audiencia por inconcurrencia justificada de la defensa publica del imputado Benito Curaseo Huillea así como no teniéndose un valido em-plazamiento en su domicilio real 2. NOTIFICAR al acusado Benito Churrasco Huillea en su domi-cilio real ubicado en la Comunidad de Quillhuay del distrito de Coya sin perjuicio de realizara la notificación vía edictos3. REPROGRAMAR la presente audiencia para el día TRECE DE JULIO DEL AÑO 2015 A HORAS ONCE DEI, DIA a verificarse en esta misma sala de audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Calca.2. Quedando notificados en este acto las; partes procesales asistentes a esta audiencia y se dispone la notificación a la defensa del imputado. H.S(18, 19, 22. JUNIO)

EDICTO PENALAnte el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención, que despacha el Señor Juez Carlos Reinaldo Huañac Contreras, bajo la actuación del especialista Judicial Abogado Eric Alexan-der Nuñez Villa, en el proceso en el Proceso N° 258-2013-12-1010-JR-PE-O1, en los seguidos contra JUAN CARLOS ALCCA URQUISZO; ROSSEL QUISPE GUTIÉRREZ y JULIO QUISPE GUTlÉRREZ, por la presunta comisión del dento N”258¬2013-12-1010-JR-PE-01, seguidos contra JUAN CARLOS ALCCA URQUISZO; ROSSEL QUISPE GUTlÉRREZ y JULIO QUISPE GUTIÉ-RREZ, por la presunta comisión del delito CONTRABANDO. previsto en el Artículo 1° y 2 literal de la Ley N° 28008, en agravio del Estado Peruano. representado por la Procuraduría DE LA SUPER-INTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN - SUNAT; se ha dispuesto efectué la presente publicación NOTIFICANDO CON LA RESOLUCION N° 10, de fecha once de junio del año dos mil quince; a la persona de JUAN CARLOS ALCCA URQUISZO; ROSSEL QUISPE GUTIÉRREZ y JUUO QUISPE GUTlÉRREZ, cuyo tenor es el siguiente:RESOLUCIÓN N° 10.Quillabamba, once de junio del año dos mil quince. PARTE EXPOSITIVA:PARTE CONSIDERATlVA: Se deja registro en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe:SE RESUELVE:PRIMERO.- DECLARAR POR NO INSTALADA VALlDAMENTE AUDIENCIA PÚBLICA DE CONSTITUCIÓN EN ACTOR CIVIL, señalada para el día once de junio del año dos mil quince, a horas cuatro de la tarde. par no haberse recadado los Edictos Judiciales Diario Oficial El Peruano y el Diario Judicial del Cusco. en consecuencia DECLARAR FRUSTRADA la presente audien-cia.--------------------------------------------------¬SEGUNDO: SEÑALAR NUEVA FECHA Y HORA PARA AUDIENCIA PÚBLICA DE CONSTITU-CIÓN EN ACTOR CML, para el día VEINTE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL QUINCE, a horas

DIEZ DE LA MAÑANA. se dispone la notificación de los sujetos procesales en sus domicilios real y procesal señalado en autos.-------¬TERCERO.- Dispone la notificación de los Imputados JUAN CARLOS ALCCA URQUISZO; ROS-SEL QUISPE GUTlÉRREZ y JULIO QUISPE GUTlÉRREZ, mediante EDICTOS JUDICIALES tanto en el Diario Oficial El Peruano y el Diario Judicial del Cusco. a fin de que se publique con el extracto del acta de Audiencia Frustrada; requiérase al especialista de causa Abogado Erlc Alexan-der Nuñez Villa, a fin de que recabe los edictos tanto en el Diario Oficial El Peruano v el Diario Judi-cial del Cusco respecto a la Resolución N° 10, donde se notifica nueva fecha, día y hora para Au-diencia Pública de Constitución en Actor Civil. bajo apercibimiento expreso de ponerse en conoci-miento del Órgano de Control Interno. HÁGASE SABER.----------------¬(18, 19, 22. JUNIO)

JUZGADO MIxTO y UNIPERSONAL DE EChARATEEDICTO VIOLENCIA FAMILIAR (Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate),Familia Tutelar N° 25-2015, El Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate NOTIFICA al demandado y /0 agraviado JORGE ENClSO RODRIGUEZ, con el extracto de la resolución N° 05 de fecha 08/06/2015: SE DISPONE: Declarar REBELDE a los demandados JORGE ENCISO RODRIGUEZ, CAROL DOLERI PAJA HUAMAN y FELlCIA LÓPEZ MARIÑOS; en consecuencia, fíjese fecha y hora para la AUDIENCIA UNICA A VERIFICARSE EL DÍA DIECISEIS DE JULIO DEL DOS MIL QUINCE A HORAS OCHO DE LA MAÑANA, con citación de las partes procesales y el Señor Fiscal Provincial de la Fiscalía Mixta de Echarate, bajo apercibimiento de llevarse a cabo la audiencia con la parte que concurra o en su defecto darse por concluido el proceso en caso de inconcurrencia de ambas partes, conforme a lo dispuesto por el artículo 2030 del Código Procesal Civil, modificado por la Ley Nro.-29057, disponiendo la notificación por edicto judicial y radiodifusión a en correspon-da.- Hágase Saber. Firma Juez Pedro Vargas Livón, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Rocío Callaymara Ayquipa. 3vz(18, 19, 22. JUNIO)

JUZGADO MIxTO y UNIPERSONAL DE EChARATEEDICTO VIOLENCIA FAMILIAR (Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate)Familia Tutelar N° 19-2015, El Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate NOTIFICA al demandado y /0 agraviado JORGE ENCISO RODRIGUEZ, con el extracto de la resolución N° 05 de fecha 08/06/2015: SE DISPONE: Declarar REBELDE a los demandados JORGE ENCISO RODRIGUEZ, CAROL DOLERI PAJA HUAMAN y FELlCIA LÓPEZ MARIÑOS; en consecuencia, fíjese fecha y hora para la AUDIENCIA UNICA A VERIFICARSE EL DÍA DIECISEIS DE JULIO DEL DOS MIL QUINCE A HORAS OCHO DE LA MAÑANA, con citación de las partes procesales y el Señor Fiscal Provincial de la Fiscalía Mixta de Echarate, bajo apercibimiento de llevarse a cabo la audiencia con la parte que concurra o en su defecto darse por concluido el proceso en caso de inconcurrencia de ambas partes, conforme a lo dispuesto por el artículo 2030 del Código Procesal Civil, modificado por la Ley Nro.-29057, disponiendo la notificación por edicto judicial y radiodifusión a quien corres-ponda.- Hágase Saber. Firma Juez Pedro Vargas Livón, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Rocío Callaymara Ayquipa. 3vz(18, 19, 22. JUNIO)

EDICTO PENALAnte el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención, que despacha el Señor Juez Cortos Reinaldo Huañac Contreras, bajo la actuación del especialista Judicial Abogado Eric Alexan-der Nuñez Villa, en el proceso en el proceso N° OO113-2014-89-1010-JR-PE-01, en los seguidos contra JUVENAL QUISPE PEREZ. por la presunta comisión del delito CONTRA EL PATRIMONIO, en su modalidad de ESTAFA, sub tipo ESTAFA AGRAVADA, tipificado en los articulos 196° y 197 - A inciso 3° del Código Penal; y, por la presunta comisión de delitos COMETIDOS POR PARTICU-LARES, sub tipo OSTENTACIÓN DE TÍTULOS Y HONORES QUE NO EJERCE, previsto y san-cionado por el artículo 362° del mismo cuerpo de normas, en agravio de BONIFACIA HUILLCA CHOQUEHUANCA. VIRGINIA CLEMENTE MESCCO. JAVIER AVENDAÑO MONGE. GUIDO ROLANDO VALLE SUMALAVE. SERAPIO COLQUEHUANCA HANCCO. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ECHARATE y EL COLEGIO DE INGENIEROS DEL PERÚ - CUSCO; se ha dis-puesto efectué la presente publicación CON LA RESOLUCIÓN N° 02. de fecha doce de junio del año dos mil quince; a los sujetos procesales JUVENAL QUISPE PEREZ BONIFACIA HUILLCA CHOQUEHUANCA. VIRGINIA CLEMENTE MESCCO. JAVIER AVENDAÑO MONGE. GUIDO ROLANDO VALLE SUMA LAVE. SERAPIO COLQUEHUANCA HANCCO. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ECHARATI y EL COLEGIO DE INGENIEROS DEL PERÚ - CUSCO, cuyo tenor es el siguiente:RESOLUCION N° 02.Quillabamba. Doce de junio del año dos mil quince. VISTOS y OIDOS: Se deja registro en audio.PARTE CONSIDERATlVA: Se deja registro en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe:SE RESUELVE:PRIMERO.- DECLARAR POR NO INSTALADA VÁLIDAMENTE LA AUDIENCIA DE CONSTITU-CIÓN EN ACTOR CIVIL, señalada para el día doce de junio del año dos mil quince. a horas tres y treinta de la tarde, por defectos en la notificación del imputado JUVENAL QUISPE PÉREZ. y su abogado defensor CARLOS PIMENTEL FIGUEROA. Asimismo los agraviados BONIFACIA HUILLCA CHOQUEHUANCA; VIRGINIA CLEMENTE MESCCO; JAVIER AVENDAÑO MONGE; GUIDO ROLANDO VALLE SUMA LAVE; SERAPIO COLQUEHUANCA HANCCO; COLEGIO DE INGENIEROS DEL PERÚ - CUSCO. Consiguientemente FRUSTRADA la presente Audien-cia.----------¬SEGUNDO.- SEÑALAR NUEVA FECHA Y HORA PARA LA AUDIENCIA PÚBLICA DE CONSTI-TUCIÓN EN ACTOR CIVIL el día VEINTE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL QUINCE a horas DOCE DEL MEDIODÍA, se dispone la notificación de los sujetos procesales en sus domicilio real y procesal señalado en autos, sin perjuicio de ello notifíquese al imputado 1)- JUVENAL QUISPE PÉREZ. Av. Johan Bis SIN°, Distrito de Echarati. Provincia de la Convención, sin perjuicio de ello notifiques en su domicilio procesal en Av. Francisco Zubiaga a través de abogado defensor Carlos Pimentel Figueroa; (precisa que el imputado ha sido excarcelado del Establecimiento Penitenciario; 2)-BONIFACIA HUILLCA CHOQUEHUANCA. Jr. Espinar N° 119-A, Distrito de Santa Ana. Provin-

La República 9Jueves, 18 de junio de 2015 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

cia de la Convención, a través de su Abogado Dr. Wilden Puma Mansilla; 3)- VIRGINIA CLEMEN-TE MESCCO. Jr. Santa N° 182, Distrito de Santa Ana, Provincia de la Convención, telefono97 477 4641; 4)-JA VIER A VENDAÑO MONGE, Jr. Machupicchu N° 150, Distrito de Santa Ana, Provincia de la Convención; 5)- GUIDO ROLANDO VALLE SUMALA VE, Av. Bolognesi N° Y -11. Alameda casa de color amarillo tercer piso, Distrito de Santa Ana.Provincia de la Convención, sin perjuicio de ello notifiquese en su domicilio procesal en Jr. Espinar N° 17. a través de su abogado percy Villa nueva Valle; 6)- SERAPIO COLQUEHUANCA HANCCO, poblado de Kiteni SIN° 984259324; 7)- COLEGIO DE INGENIEROS DEL PERÚ - CUSCO. Urba-nización Larapa N° A-l-, Distrito de San Jerónimo, ciudad y departamento de Cusco, teléfono N° 084273642. --------------------------------¬TERCERO.- Dispone la notificación mediante edictos a los de los sujetos procesales JUVENAL QUISPE PÉREZ; BONIFACIA HUILLCA CHOQUEHUANCA; VIRGINIA CLEMENTE MESCCO; JAVIER A VENDAÑO MONGE; GUIDO ROLANDO VALLE SUMALAVE; SERAPIO COLQUE-HUANCA HANCCO; MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ECHARATE y EL COLEGIO DE INGENIE-ROS DEL PERÚ – CUSCO, mediante EDICTOS JUDICIALES tanto en el Diario Oficial El Peruano y el Diario Judicial del Cusco, a fin de que se publique con el extracto del acta de Audiencia Frustra-da; requiérase al especialista de causa Abogada Jennifer Ayala Tupayachi, a fin de que recabe los edictos respecto a la Resolución N° 06. Donde se notifica nueva fecha. día y hora para Audiencia Pública de Constitución En Actor Civil, bajo apercibimiento de remitirse copias al Órgano de Control Intemo de la Corte Superior de Justicia Cusco, subsistiendo los apercibimientos decretados en autos. HÁGASE SABER.¬(18, 19, 22. JUNIO)

JUZGADO UNIPERSONAL, COLEGIADO y LIqUIDADO!” DE CALCAEDICTO PENALLa señora Juez del Juzgado Penal Unipersonal de Calca, Dra. Inés Rojas Contreras, en el Inciden-te Penal N° 00146-2013-28-1 005-JR-PE-01, seguido en contra de Hilario Bohorquez Condori por el delito Contra la Libertad, en la modalidad de Violación de la Libertad Sexual, en agravio de la persona de iniciales S.R.V.P., bajo la actuación de la Especialista Judicial Yesika Medrano Ochoa, ha resuelto comunicar al imputado con el extracto del Auto de Citación de Juicio Ooral de fecha 12 de Junio del presente año.AUTO DE CITACIÓN A JUICIO ORALResolución Nro. 01Calca, 12 de Junio del 2015AUTOS Y VISTO en la fecha el presente proceso con el oficio remitido por el Juzgado de Investi-gación Preparatoria de Calca, y CONSIDERANDO:Primero: La señora Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de Calca, ha cumplido con lo dispuesto en los artículos 351°, 352° Y 353° del Código Procesal Penal, esto es, ha efectuado el Control de la Acusación en la audiencia preliminar emitiendo el auto de Enjuiciamiento respectivo.Segundo: De conformidad con lo establecido por el articulo 355°.1 del Código Procesal Penal, corresponde verificar la etapa de Juzgamiento debiendo citarse a las partes procesales a la audien-cia pública de instalación de juicio oral correspondiente.Tercero: Respecto de la programación de la audiencia, téngase en cuenta que no es posible cum-plir estrictamente con los plazos que prevé la norma procesal, habiendo tomado en cuenta la agenda de los señores jueces que integran el colegiado y el domicilio real del imputado. Por estos fundamentos SE RESUELVE:1. CITAR A JUICIO en el proceso que se sigue contra HILARIO BOHORQUEZ CONDORI, identi-ficado con documento de identidad N° 24484799, nacido en fecha 14 de Enero del año 1968, ACUSADO por la Segunda Fiscalia Provincial Penal de Calca como presunto AUTOR del delito CONTRA LA LIBERTAD en la modalidad de VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL, sub tipo VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL DE MENOR DE EDAD seguido contra el presunto autor, ilícito penal que está tipificado por el segundo párrafo del articulo 170° inciso 2 del Código Penal; todo en agravio de la menor de iniciales S.R.V.P2. SEÑALAR como fecha para la audiencia pública de Juicio Oral el día IUEVES DIECISÉIS DE JULlO DEL AÑO DOS MIL QUINCE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (hora exacta) en la Sala de Audiencias del Juzgado Colegiado de Calca, ubicado en la Av. Vilcanota N° 689 de la provincia de Calca.3. EMPLÁCESE a las siguientes personas para que concurran obligatoriamente al Juicio oral, considerando los domicilios fijados en el auto de Enjuiciamiento y escrito de acusación.Juzgado Unipersonal, Colegiado y Liquidador de Calca“Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación”3.1 Al acusado HllARIO BOHORQUEZ CONDORI, en su domicilio real ubicado en el Centro Po-blado de Amparaes s/n del distrito de Lares y/o en su domicilio procesal ubicado en la calle Jose Gálvez N° 702 de la provincia de Calca (Abg. Alberto Quispe Quispe) Al imputado bajo expreso apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ en caso de inconcurrencia, ya su abogado defensor, bajo apercibimiento de ser excluido de la defensa y requerir al coordinador del Ministerio de Justicia para que designe abogado defensor de oficio en su reemplazo.3.2 A la Fiscal Dra. ISOLINA LETONA GARCIA Fiscal Provincial de la Segunda Fiscalia Provincial Penal de Calca, con domicilio procesal en la Calle Tupac Amaru N° 121 - Calca, bajo apercibimien-to de ser excluido del juicio en caso de inconcurrencia a dos sesiones consecutivas o a tres sesiones no consecutivas y se requerirá al Fiscal Superior en grado para que designe a su reemplazo.3.3 A la parte agraviada persona de Iniciales S.R.V.P en su domicilio real ubicado en el Centro Po-blado de Amparaes s/n del distrito de Lares, provincia de Calca y/o en su domicilio procesal ubica-do en CEM Calca ubicado en la Av. La Paz s/n Coliseo Cerrado. (Abg. Rosa Pizarro Quispe)4.- TÓMESE: en cuenta que se han admitido como medios de prueba para actuarse en juicio oral, los que se detallan en el auto de enjuiciamiento (folios 121) del Cuaderno de Control de Acusación, así como los que se admitan en audiencia de conformidad con lo dispuesto por el artículo 373° del Código Procesal Penal.5.- TÓMESE en cuenta que el imputado a la fecha se encuentra con MANDATO DE PRISIÓN PREVENTIVA, sin que sea habido con los respectivos oficios de captura, por lo que por celeridad procesal NOTIFÍQUESE mediante edictos de ley a fin de no vulnerar su derecho de defensa.6.- FÓRMESE el EXPEDIENTE JUDICIAL de la presente causa al amparo de lo establecido en los artículo 136° y 137° del Código Procesal Penal y de los artículos 4, 5, 6, 7 Y 8 del Reglamento del

Expediente Judicial aprobado mediante Resolución Administrativa número 096-2006-CE-PJ de fecha 28 de junio del 2006, emitido por el Consejo Ejecutivo del Poder judicial, autorizándose para dicho fin que los documentos admitidos como prueba documental sean desglosados de la carpeta fiscal para ser anexados al Expediente.7.- PÓNGASE a disposición de los sujetos procesales el EXPEDIENTE JUDICIAL en la Oficina de la Especialista de Causa por el plazo de CINCO DÍAS a efecto de su revisión, eventual solicitud de copias simples o certificadas y/o para instar la incorporación de alguna pieza o la exclusión de al-guna que no corresponde incorporar contempladas en el artículo 136° del Código Procesal Penal.8.- PRECÍSESE que el desarrollo íntegro de la audiencia del juicio oral será grabado en audio y que las resoluciones emitidas se entenderán notificadas a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido en aplicación a lo dispuesto en el artículo 16 incisos 1 y 2 del Reglamento de Notificaciones, Cita Comunicaciones del Código Procesal Penal, aproba-do por Resolución Administrativa 2006-CE-P.(18, 19, 22. JUNIO)

EDICTO PENALAnte el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención., que despacha el Señor Juez Cortos Reinaldo Huañac Contreras, bajo la actuación del especialista Judicial Abogada TUPAYACHI AYALA JENNIFER.,en el proceso en el proceso N° OOO1-2012-94-101O-JR-PE-O1, seguido contra NORMA ACUÑA IBARRA. HELAR TORRES PALOMINO, por la comisión del delito CONTRA LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, en su modalidad de delito CONTRA LA FUNCIÓN JURIS-DICCIONAL. Sub- tipo OMISIÓN DE DENUNCIA. en agravio del ESTADO PERUANO, represen-tado por el Procurador Publico del Ministerio Público: se ha dispuesto efectué la presente publicación NOTIFICANDO CON LA RESOLUCION N° 13, de fecha seis de mayo del año dos mil quince: a la persona de HELAR TORRES PALOMINO Y NORMA ACUÑA IBARRA. Cuyo tenor es el siguiente:RESOLUCION N° 13:Quillabamba, seis de mayo del año dos mil quince_ AUTOS y VISTOS: Se deja registro en audio.PARTE CONSIDERATlVA: Se deja registro en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe:SE RESUELVE: Se transcribe:PRIMERO.- DECLARAR POR NO INSTALADA VALlDAMENTE AUDIENCIA PÚBLICA DE CON-TROL DE ACUSACION, señalada para el dio siete de mayo del año dos mil quince, a horas ocho de la mañana, por inconcurrencia del IMPUTADO HELAR TORRES PALOMINO, la NORMA ACUÑA IBARRA, Y su ABOGADODEFENSOR, en consecuencia DECLARAR FRUSTRADA, la presente audiencia n n¬SEGUNDO: SEÑALAR FECHA, DIA Y HORA PARA AUDIENCIA PÚBLICA DE CONTROL DE ACUSACION, el día UNO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE.- La horas ONCE DE LA MA-ÑANA, se dispone la notificación a los sujetos procesales en sus domicilios señalados en autosCUARTO.- Se dispone la notificación de los imputados NORMA ACUÑA IBARRA, HELAR TORRES PALOMINO, mediante EDICTOS JUDICIALES tanto en el Diario Oficial El Peruano y el Diario Ju-dicial del Cusco, a fin deque se publique con el extracto del acta de Audiencia Frustrada; requerir al especialista de causa Abogada JENNIFER TUPAYACHI AYALA, a fin de que recabe los edictos respecto a la Resolución N° 13, donde se notifica nueva fecha, día y hora para audiencia pública de constitución en actor civil. HAGASESA BE R.(18, 19, 22. JUNIO)

JUZGADO UNIPERSONAL COLEGIADO y LIqUIDADOR DE CALCAEDICTO PENALLa señora juez del juzgado Penal Unipersonal de Calca, Dra. Inés Rojas Contreras, en el Incidente Penal N° 00113-2012-71-1 005-JR-PE-O1, seguido en contra de Juvenal Cusi Escobedo y otros por el delito Contra la Administración Pública, en la modalidad de Delitos Cometidos por Funciona-rios Públicos, sub tipo COLUSIÓN DESLEAL y NEGOCIACIÓN INCOMPATIBLE EN EL CARGO en agravio del Estado, bajo la actuación de la Especialista Judicial Yesika Medrano Ochoa, ha re-suelto comunicar a los acusados con el extracto del Acta de Audiencia de fecha 01 de Junio del presente año.ACTA DE AUDIENCIA DE IUICIO ORALRESOLUCIÓN N° 03Calca, 01 de Junio del 2015VISTOS Y OÍDOS: CONSIDERANDO: Queda grabado en el registro de audio.DECISIÓN: Por estos fundamentos, la Jueza del Juzgado Unipersonal de Calca, RESUELVE:1. DECLARAR FRUSTRADA la instalación de la presente audiencia de juicio oral.2. SE DISPONE notificar mediante edictos al Señor Erwin Garda Vara y Raimundo Estrada Almiron, quienes a la fecha no se han hecho presente a ninguna de las audiencias de instalación de juicio oral.3. SE NOMBRA COMO ABOGADO DEFENSOR a la defensora Publica de la ciudad de Calca Doctora Magaly Osario Quispe a fin de que asuma la defensa técnica de Erwin Garcia Vara, Rai-mundo Estrada Almiron y William Loayza Peña.4. SE DISPONE que los señores Genaro Mamani Quispe y Juvenal Cusi Escobedo, tengan a bien mediante un escrito designar a su abogado defensor y señalar su domicilio procesal en el termino de veinticuatro horas, bajo apercibimiento de nombrárseles un abogado defensor de oficio.5. REPROGRAMAR la presente audiencia para el día LUNES SEIS DE JULIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE A HORAS DOS DE LA TARDE, quedando en este acto validamente notificado todos los presentes en esta audiencia, se deja vigente los apercibimiento dispuestos en el auto de citación a juicio vale decir al representante del Ministerio Publico, abogados de los acusados, testigos, peritos y a los propios acusados. H.S.(18, 19, 22. JUNIO)

NOTIFICACION VIA EDICTOA LA PERSONA DE WILBER QUISPE ARAOZ

Ante el Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco, que despacha la Jueza Dra.

La República10 Jueves, 18 de junio de 2015SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

Agripina Usca Caviedes, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado D. Flor de Liz Flor de Liz Florez Cuno, se viene tramitando el Proceso Penal signado Nro. 01541¬2013-68-1001-’R-PE-05, seguido contra Wilber Quispe Araoz, la presunta comisión del Delito Contra La Familia, en la mo-dalidad de Omisión a la Asistencia Familiar, sub tipo Incumplimiento de la Obligación Alimentaría, en agravio de las menores de iniciales KSQC y MQC, representado por su progenitora Catalina Ccama Chara, donde mediante la resolución N° 02,se ha dispuesto la notificación vía edicto al sentenciado Wilber Quispe Araoz con el tenor Acta de audiencia de fecha uno de abril del año dos mil quince .¬

CON EL ACTA DE REGISTRO DE AUDIENCIA DE REVOCA TORIA DE SUSPENSIÓN DE LA PENA1. INTRODUCCIÓNEn la ciudad Cusco, siendo las ocho horas del día uno de abril del dos mil quince, en la Novena Sala de Audiencias del Módulo Penal, se realiza la audiencia Publica de Revocatoria de Suspensión de Pena en el Expediente N° 01541-2013-68-1001-,R-PE-05, contra el sentenciado WILBER QUIS-PE ARAO, por el Delito contra la Familia en su modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, sub-tipo Incumplimiento de Obligación Alimentaría, previsto y sancionado en el artículo 149, primer párrafo del Código Penal, en agravio de MENORES DE INICIALES KSQC y MQC REPRESEN-TADOS POR SU PROGENITORA CATALINA CCAMA CHARA ; audiencia que es dirigida por el señor Magistrado ,ose Ángel Medina Leiva, Juez del Quinto Juzgado de Investigación Preparato-ria de Cusco, audiencia que será grabada en el sistema de audio. (Art. 361.2 CPP y Art. 26 REGA).11. ACREDITACIÓN 1.FISCAL: OSE ALFREDO ESPINOZA ESPINO, Fiscal Adjunta Provincial de la Tercera Fiscalía Penal Corporativa de Cusco, domicilio en la Av. Pedro Vilca Apaza 313-318- Cusco, celular 9847426582. ABOGADA DEL ACTOR CIVIL: Marleni Rosario de Torre Najar, DefensorPúblico 3038, domicilio en el Av. Micaela Bastidas 657-D.3. DEFENSA DEL SENTENCIADO: Defensor Publico DANIEL HUAMANTICAAUCACUSI con CAC 2284, con domicilio procesal en la Av. MicaelaBastidas N° 657-D.III. DEBATEDEL PEDIDO DE REVOCA TORIA DE LA PENA JUEZ: Cede el uso de la palabra a la represen-tante del ministerio público.Fiscal: Procede a oral izar el requerimiento de revocatoria de la pena, conforme se registra en audio.ABOGADA DEL ACTOR CIVIL: Se registra en audio.,DEFENSA DEL SENTENCIADO: No se encuentra de acuerdo con lo solicitado por el represen-tante del Ministerio Público, solicitando se declare infundado en requerimiento de la fiscalía, con-forme se registra en audio.Replica y Duplica que se registra en audio.JUEZ: Procede a emitir la resolución correspondiente.IV. RESOLUCIÓN:RESOLUCIÓN N°. 02Cusco, uno de abrilDel año dos mil quince.¬PARTE EXPOSITIV A y CONSIDERA TIV A: Conforme queda en el registro de audio.PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe.SE RESUELVE:1. DECLARAR INFUNDADO por ahora el requerimiento de revocatoria de la ejecución de la pena, solicitada por el Representante del Ministerio Publico, contra del sentenciado Wilber Quispe Araoz.2. PRORROGUESE el periodo de suspensión de la pena por DOS meses al inicialmente impues-to al sentenciado Wilber Quispe Araoz, pena que vencerá el 04 de agosto del 2015.3. Sin perjuicio requiérase al sentenciado Wilber Quispe Araoz, a fin de que cumpla con pagar el total de los alimentos devengados y la reparación civil en el plazo de 45 días calendario y compa-rezca al juzgado cada 30 días para cumplir su registro correspondiente, bajo expreso apercibimien-to de REVOCARSELE la pena suspendida por efectiva, para cuyo efecto notifíquesele al senten-ciado en forma valida, tanto en el domicilio procesal y real que se tiene en autos.4. Estando a lo solicitado sin perjuicio se dispone que se notifique víaEDICTOS con arreglo a Ley.NOTIFICACIÓNFISCALÍA: se reserva el derecho de impugnar. ABOGADA DEL ACTOR CIVIL: Conforme.DEFENSA DEL AGRAVIADO: Conforme. DEFENSA DEL SENTENCIADO: Conforme.IV. CONCLUSIÓNSiendo las cinco de la tarde con cinco minutos, se da por terminada la presente audiencia y por cerrada la grabación del audio, procediendo a firmarla la señora Juez y el especialista de audio encargado de la redacción del acta conforme lo dispone el artículo 1210 del Código Procesal Penal.¬(18, 19, 22. JUNIO)

EDICTO JUDICIALSEÑOR: JAVIER FLORES CHALLCO.En el 2do Juzgado Mixto de Wanchaq-Cusco. Exp. Nro. 00404-2015-0-1 001-JM-FT -02, seguido por el representante del Ministerio Público, sobre Violencia Familiar, contra Javier Flores Challco, en agravio de leda María Torre Alarcón, se ha dispuesto notificación por edictos el extracto de la resolución Nro. 01 del 21-04-15: “...Admitir a trámite la demanda impuesta por EL REPRESEN-TANTE DEL MINISTERIO PÚBLICO, sobre CESE DE ACTOS DE VIOLENCIA FAMILIAR: MALTRATO PSICOLÓGICO, se disponga el tratamiento psicológico de las partes y se fije la suma S/.5OO.OO nuevos soles por concepto de reparación del daño ocasionado, contra JAVIER FLO-RES CHALLCO, en agravio de IEDA MARIA TORRE ALARCON, en la VÍA DEL PROCESO ÚNICO, córrase traslado a la parte demandada por el término de CINCO DÍAS a fin de que absuel-va dicho traslado, bajo apercibimiento de seguírsele el proceso en su rebeldía A LOS MEDIOS PROBATORIOS.- Téngase por ofrecidos los medios probatorios que se adjuntan AL OTROSI.- Estando a lo regulado por el artículo 11 del D.S. Nro. 002-98¬ JUS Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Protección Frente a la Violencia Familiar, este Juzgado confirma las medi-

das de protección dispuestas por el Fiscal Provincial Civil y Familia, a favor de la agraviada...”. H.S.- Firma y sello de la señora Juez Erika Nuñez Orihuela- Ante mí: Evangelina Conza Choque.- Secretaria Judicial.- Lo que se publica para los fines consiguientes.- Wanchaq, 12 de junio del 2015.¬(18, 19, 22. JUNIO)

EDICTO PENALExpediente: 1621-2013-38-1001-JR-PE-01PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCOSecretario: Zenaida Gonzáles Yucra.

Se cita y emplaza a GUISELDA CHOQUE CASTILLA; para que se ponga a derecho el día VEIN-TISEIS DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE a las OCHO horas (hora exacta) en la DECIMA SALA de audiencias ubicado en el tercer nivel del Palacio de Justicia del Cusco, y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito Contra el Patrimonio, en la modalidad de Hurto, sub tipo Hurto Agravado en agravio de Jesús Huillca Huanaco.Cusco, 16 de Junio de 2015.(18, 19, 22. JUNIO)

NOTIFICACION SOBRE ABANDONO DE MENORSE NOTIFICA: A los padres o responsables de la menor: MERIKA GUTIERREZ QUISPE (15 años de edad) con Proceso Nro. 1297-2013-0. Para que comparezcan ante el Tercer Juzgado de Fami-lia de la ciudad del Cusco, a fin de rendir su declaración respecto al abandono moral y material de su menor hija, de lo contrario se Declarará el Estado de Abandono Moral y Material con fines de Adopción.Cusco, 15 de julio del 2013. Secretaria: Joselin Pezo Huallpa. Juez: Edwin Romel Béjar Rojas.(18, 19, 22. JUNIO)

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIALExp. 01326-2014-13-1 001-IR-PE-01. SEÑOR: ADOLFO CUEVA CASTRO,Ante el Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Cusco, que despacha la señora Juez Dra. Rina Lucia Cabana Heredia, bajo la actuación del Especialista de Causa Severino Huamán Huamant-tica, se CITA y EMPLAZA Al acusado ADOLFO CUEVA CASTRO a efecto de que se ponga a de-recho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el Expediente N° 01326-2014-13-1 001-JR-PE-01, seguido por la presunta de la comisión del delito de Conducción de Vehículo Moto-rizado es estado de ebriedad en agravio de la Sociedad, en la audiencia de Juicio a realizarse el día 30-SET-2015, a Hs. 09.00 en la Sala 5 sito en el 3er. nivel del Palacio de Justicia de Cusco.--------¬(18, 19, 22. JUNIO)

EDICTO JUDICIALEn el Exp. Tutelar No. 2013-091, ante el Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate, Despachado por el Sr. Juez Dr. Pedro Vargas, bajo la actuación del Secretario Judicial Francisco Puma Molina, se ha dispuesto notificar al demandado JAVIER DARWIN CAZAS PRUDENCIA, y agraviada RUTH MERY REGAÑO QUISPE, sobre VIOLENCIA FAMILIAR, ha efectos de que concurran a la AU-DIENCIA UNICA a verificarse en el local del Juzgado el día 17 de julio del 2015, a horas doce de la mañana” bajo apercibimiento de declararse concluido el proceso. Firma Sr. Juez P. Vargas.- Se-cretario F. Puma. LO QUE NOTIFICO A UD., PARA SU CONOCIMIENTO Y FINES DE LEY.(18, 19, 22. JUNIO)

EDICTO JUDICIALEdicto Familia Tutelar: El Sr. Juez del Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate, de la Provincia de La Convención, bajo la actuación del Secretario Judicial Francisco Puma Molina, HACE SABER que, en el Expediente No.00053-2013-0-1010-JM-FT-01, se ha dispuesto notificar al demandado VICTORIANO ESCALANTE QUISPE, y a la agraviada FLORA DIAA PACHECO, sobre VIOLEN-CIA FAMILIAR, con el extracto de la RESOLUCION No. 05, de fecha 04-06-2015, que RESUELVE.- 1.- Declarar CONCLUIDO EL PROCESO SIN DECLARACION SOBRE EL FONDO, por inconcu-rrencia de las partes procesales a la audiencia señalada. En consecuencia se dispone el archiva-miento definitivo del proceso, una vez consentida lo ejecutoriada. S.- Firma Sr. Juez Dr. P. Vargas.- F Puma. . LO QUE NOTIFICO A UD., para su conocimiento y fines de ley.(18, 19, 22. JUNIO)

EDICTO JUDICIALEdicto Familia Tutelar: El Sr. Juez del Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate, de la Provincia de La Convención, bajo la actuación del Secretario Judicial Francisco Puma Molina, HACE SABER que, en el Expediente No.00114-2013-0-1010-JM-FT-01, se ha dispuesto notificar al demandado OCTAVIO LOAYZA MARTINEZ, y a la agraviada GRISELDA QUISPE PEREZ, con el extracto de la RESOLUCION No. 05, de fecha 04-06-2015.IRRESUELVE: DE OFICIO.- 1.- Declarar CON-CLUIDO EL PROCESO SIN DECLARACION DE FONDO, por inconcurrencia a la audiencia se-ñalada, en tal virtud archívese el forma definitiva el proceso, una vez que quede consentida lo ejecutoriada H. S.- Firma Sr. Juez Dr.. P. Vargas.- F. PumaSecretario. LO QUE NOTIFICO A UD., para su conocimiento y fines de ley.(18, 19, 22. JUNIO)

EDICTO PENAL.EXPEDIENTE PENAL N° 0855-2006-0-1001-JR-PE-02.SALA PENAL LlQUIDADORA TRANSITORIA DEL CUSCO.SECRETARIO: Yohanna Gallegos Paucar.Se cita, y emplaza al acusado ANGEL ABILES CÁCERES, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el proceso que se le sigue por el delito de viola-ción sexual en agravio de las menores de iniciales Ch.G.H. y Ch.G.V. (18, 19, 22. JUNIO)

La República 11Jueves, 18 de junio de 2015 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

INICIO TERMINO

1 01242-2015-0- 08:00 08:59 UNICA REPOSICION MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JERONIMO

NINAPUMA LIMA LIDIA PATRICIA 1º SALA RODOLFO COLQUE

ROJAS

2 00202-2015-0- 09:00 10:30 UNICA REPOSICION MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIAN

NAVARRO LUQUILLAS FRANCISCO 1º SALA RODOLFO COLQUE

ROJAS

3 02813-2014-0- 10:31 12:00 JUZGAMIENTOINDEMNIZACION POR

DESPIDO ARBITRARIO Y OTROS

COMERCIALIZADORA SUR VISION MAINICTA TINTAYA PABLO 1º SALA RODOLFO COLQUE

ROJAS

4 01203-2015-0- 12:30 13:00 CONCILIACION PAGO DE REMUNERACIONES MUNICIPALDIAD PROVINCIAL DE CUSCO HUAMAN QUISPE TOMAS 1º SALA RODOLFO COLQUE

ROJAS

INICIO TERMINO

1 00805-2015-0- 08:00 08:29 CONCILIACION REPOSICION MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO MARCA ANCHAYA WILBERT 1º SALA RODOLFO COLQUE

ROJAS

2 00659-2015-0- 08:30 08:59 CONCILIACIONPAGO DE BENEFICIOS

SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO ALFARO VALENCIA GLISERIO 1º SALA RODOLFO COLQUE

ROJAS

3 03722-2014-0- 09:00 09:30 CONCILIACIONPAGO DE BENEFICIOS

SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS

SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACION PARA LA

INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION SENCICO

OFICINA ZONAL CUSCO

JARA ORE MIGUEL ALEJANDRO 1º SALA RODOLFO COLQUE

ROJAS

4 00287-2015-0- 10:00 11:30 UNICA REPOSICION MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO PEÑA QUISPE ERIKA 1º SALA RODOLFO COLQUE

ROJAS

5 01192-2015-0- 11:31 13:00 UNICA REPOSICION MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO

ANTO CALLAÑAUPA CESAR ELIAS 1º SALA RODOLFO COLQUE

ROJAS

INICIO TERMINO

1 00387-2015-0- 08:00 09:30 UNICA REPOSICION MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO SONCO JARA JUDITH 1º SALA RODOLFO COLQUE

ROJAS

2 00253-2015-0- 09:31 10:00 CONCILIACION DERECHOS LABORALES GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO TORRES RIOS EDWIN 1º SALA RODOLFO COLQUE ROJAS

3 00064-2015-0- 10:01 12:00 UNICA REPOSICION MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO CHINO TUTACANO JUSTINA 1º SALA RODOLFO COLQUE

ROJAS

4 01219-2015-0- 12:01 12:29 CONCILIACION DERECHOS LABORALES EMPRESA DE GENERACION ELECTRICA MACHUPICCHU

OLMOS HUALLPA DANY ESTANISLAO 1º SALA RODOLFO COLQUE

ROJAS

5 00748-2015-0- 12:30 13:00 CONCILIACION DERECHOS LABORALES

COMITE DE SERVICIOS INTEGRADOS TURISTICOS CULTURALES DEL CUSCO

COSITUC

SINDICATO DE TRABAJADORES DEL

COMITE DE SERVICIOS INTEGRADOS TURISTICOS CULTURALES DEL CUSCO

SITRACO

1º SALA RODOLFO COLQUE ROJAS

INICIO TERMINO

1 00862-2015-0- 08:00 08:29 CONCILIACION DERECHOS LABORALES PROCURADOR PUBLICO DEL MINISTERIO DE CULTURA CARRION LUNA MILAGROS 1º SALA RODOLFO COLQUE

ROJAS

2 03392-2014-0- 08:30 09:00 CONCILIACION PAGO DE REMUNERACIONES MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO PARI GUTIERREZ SANTOS 1º SALA RODOLFO COLQUE

ROJAS

3 00123-2015-0- 09:01 09:31 CONCILIACION DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO

ZARATE RIVAS MARIO CESAR 1º SALA RODOLFO COLQUE

ROJAS

4 00015-2015-0- 10:00 11:30 JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALESCORPORACION PERUANA DE AEROPUERTOS Y AVIACION

CMERCIAL CORPAC SA

BERRERAS CHUQUIHUAYTA ABEL 1º SALA RODOLFO COLQUE

ROJAS

5 00570-2015-0- 11:31 12:00 CONCILIACIONINDEMNIZACION POR

DESPIDO ARBITRARIO Y OTROS

DIRECCION EJECUTIVA DEL PROGRAMA DE DESARROLLO

PRODUCTIVO AGRARIO RURAL FLOREZ VALENZA KLEVER 1º SALA RODOLFO COLQUE

ROJAS

6 00934-2015-0- 12:01 12:31 CONCILIACION DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIAN

HANCCO SANTAMARIA EULALIA 1º SALA RODOLFO COLQUE

ROJAS

7 02160-2014-0- 14:30 16:00 JUZGAMIENTO DESNATURALIZACIÓN DE CONTRATO

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

DE LA TORRE SPRY DAVID ALFREDO WOODROW 1º SALA RODOLFO COLQUE

ROJAS

INICIO TERMINO

1 00217-2015-0- 08:00 09:30 UNICA REPOSICION MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO CCASA QUISPE MILAGROS 1º SALA RODOLFO COLQUE

ROJAS

2 00681-2015-0- 09:31 10:00 UNICA REPOSICION MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE WANCHAQ

JUSTO CONDORI ALEJO WALDO 1º SALA RODOLFO COLQUE

ROJAS

3 00966-2015-0- 10:01 11:30 UNICA REPOSICION MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO

VARGAS CABRERA BANESA MERCEDES 1º SALA RODOLFO COLQUE

ROJAS

4 00227-2015-0- 11:31 11:59 CONCILIACION DERECHOS LABORALES GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO UNUYSONCCO MARTINEZ CARMELO 1º SALA RODOLFO COLQUE

ROJAS

5 00138-2015-0- 12:00 13:00 JUZGAMIENTOINDEMNIZACION POR

DESPIDO ARBITRARIO Y OTROS

HOCAR SRL REPRESENTADO POR ALFONSO HANCCO CARPIO CUSI QUISPE JULY 1º SALA RODOLFO COLQUE

ROJAS

6 03589-2014-0- 14:00 15:00 JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO CARPIO DURAND JORGE LUIS 1º SALA RODOLFO COLQUE

ROJAS

INICIO TERMINO

1 00598-2015-0- 08:00 08:29 CONCILIACIONPAGO DE BENEFICIOS

SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS

COMPAÑIA DE SEGURIDAD PROSEGUR SA RIVERA HERRERA NIQUE 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

2 00580-2015-0- 08:30 08:59 CONCILIACION REPOSICION MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JERONIMO

CHOQUEMAQUI PACCO IRENE 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

3 00276-2015-0- 09:00 10:00 UNICA REPOSICION MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIAN PILLCO MUÑOZ ZAYDA 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

4 00299-2015-0- 11:00 12:00 UNICA REPOSICION MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE WANCHAQ

LECHUGA GRANDA JOSE LUIS 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

5 00965-2014-0- 12:01 12:31 JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO MAMANI QUISPE MERIDA 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

INICIO TERMINO

1 00576-2015-0- 08:00 08:31 CONCILIACION DERECHOS LABORALES COMPAÑIA MINERA ANTAPACCAY SA

AGUIRRE VALDIVIA CARMEN TEREZA 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

2 00514-2015-0- 08:32 08:59 CONCILIACIONPAGO DE BENEFICIOS

SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS

CONSETTUR MACHUPICCHU SAC ALVAREZ DUEÑAS JOSE LUIS 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

3 00302-2015-0- 09:00 10:30 UNICA REPOSICION GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO SAENZ ZAMALLOA DONATO 2º SALA CARLOS ENRIQUECERVANTES LUQUE

MAGISTRADO

MAGISTRADO

RELACION DE AUDIENCIAS DIA 15 DE JUNIO DEL 2015

N° N° DE EXPEDIENTEHORA

AUDIENCIA MATERIA DEMANDADO DEMANDANTE LUGAR

MAGISTRADO

RELACION DE AUDIENCIAS DIA 16 DE JUNIO DEL 2015

N° N° DE EXPEDIENTEHORA

AUDIENCIA MATERIA DEMANDADO DEMANDANTE LUGAR

MAGISTRADO

RELACION DE AUDIENCIAS DIA 17 DE JUNIO DEL 2015

N° N° DE EXPEDIENTEHORA

AUDIENCIA MATERIA DEMANDADO DEMANDANTE LUGAR

MAGISTRADO

RELACION DE AUDIENCIAS DIA 18 DE JUNIO DEL 2015

N° N° DE EXPEDIENTEHORA

AUDIENCIA MATERIA DEMANDADO DEMANDANTE LUGAR

LUGAR

RELACION DE AUDIENCIAS DIA 19 DE JUNIO DEL 2015

N° N° DE EXPEDIENTEHORA

AUDIENCIA MATERIA DEMANDADO DEMANDANTE LUGAR

LUGAR

SEGUNDA SALA DE AUDIENCIAS RELACION DE AUDIENCIAS DIA 15 DE JUNIO DEL 2015

N° N° DE EXPEDIENTEHORA

AUDIENCIA MATERIA DEMANDADO DEMANDANTE MAGISTRADO

RELACION DE AUDIENCIAS DIA 16 DE JUNIO DEL 2015

N° N° DE EXPEDIENTEHORA

AUDIENCIA MATERIA DEMANDADO MAGISTRADODEMANDANTE

RELACIÓN DE AUDIENCIAS DEL 15 AL 19 DE JUNIO DEL 2015LOCAL : URBANIZACION LA FLORIDA C-14 PASAJE KANTUS

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCONUEVA LEY PROCESAL DE TRABAJO

PRIMERA SALA DE AUDIENCIAS

La República12 Jueves, 18 de junio de 2015SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

4 03662-2014-0- 10:31 10:59 CONCILIACIONPAGO DE BENEFICIOS

SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS

CONSETTUR MACHUPICCHU SAC MEJIA CHAMPI MIGUEL ANGEL 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

5 02679-2014-0- 11:00 13:00 JUZGAMIENTOPAGO DE BENEFICIOS

SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS

TELEFONICA DEL PERU SOCIEDAD ANONIMA ABIERTA

RAMOS CARDENAS ARMINDA OLGA 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

6 03286-2013-0- 15:00 15:30AUDIENCIA

COMPLEMENTARIA

ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

VELASQUEZ CCOLQUE CIRILO 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

7 01818-2013-0- 15:31 16:01AUDIENCIA

COMPLEMENTARIA

DESNATURALIZACIÓN DE CONTRATO

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO LIMACHI HUAYHUA JUANA 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

8 02510-2013-0- 16:02 16:32AUDIENCIA

COMPLEMENTARIA

DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO

MAMANI CRUZ MIGUEL ANGEL 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

INICIO TERMINO

1 00065-2015-0- 08:00 08:29 CONCILIACION NULIDAD DE DESPIDOSEGURIO SOCIAL DE SALUD ESSALUD RED ASISTENCIAL

CUSCO

ESPEJO ROJAS EDWIN RAUL 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

2 00642-2015-0- 08:30 09:00 CONCILIACION DESNATURALIZACIÓN DE CONTRATO

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO ARAUJO LIZARRAGA RUBEN 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

3 03013-2014-0- 11:00 12:00 JUZGAMIENTO DESNATURALIZACIÓN DE CONTRATO

MUNICIPALIDAD PROV DEL CUSCO

PALOMINO HUALLPA MATILDE 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

4 01762-2014-0- 12:01 13:00 JUZGAMIENTO DESNATURALIZACIÓN DE CONTRATO

SERVICIO NACIONAL DE ADIESTRAMIENTO TECNICO INDUSTRIAL SENATI CUSCO

GUTIERREZ FIGUEROA SAUL 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

5 03354-2014-0- 15:00 16:30 JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES UNIVERSIDAD ANDINA DEL CUSCO

HUANCA ARTEAGA CLAUDIA ELVIRA 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

INICIO TERMINO

1 00155-2015-0- 08:00 08:29 CONCILIACION DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO

PAUCCAR CONDORI MANFRED ALAIN 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

2 00135-2015-0- 08:30 08:59 CONCILIACIONCESE DE ACTOS DE

HOSTILIDAD DEL EMPLEADOR

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO

HUAYTAN CCOLQUE JUSTINIANO 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

3 03068-2014-0- 09:00 10:00 JUZGAMIENTO DESNATURALIZACIÓN DE CONTRATO

DIRECCION DESCONCENTADA DE CULTURA DEL CUSCO

URIBE BARRIOS VICTOR GERARDO 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

4 03034-2014-0- 11:00 12:00 JUZGAMIENTOINDEMNIZACION POR

DESPIDO ARBITRARIO Y OTROS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO MEDINA TTITO WALTER 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

5 01764-2014-0- 12:01 13:01 JUZGAMIENTO DESNATURALIZACIÓN DE CONTRATO

SERVICIO NACIONAL DE ADIESTRAMIENTO TECNICO INDUSTRIAL SENATI CUSCO

CONCHA PINTO JULIO 2º SALA CARLOS ENRIQUECERVANTES LUQUE

6 01592-2014-0- 15:00 16:00 JUZGAMIENTO

PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O

INDEMNIZACION U OTROS BENEFICIOS ECONOMICOS

SAN AGUSTIN FOOD SAC MESCCO PUMA CELEDONIO 2º SALA CARLOS ENRIQUECERVANTES LUQUE

7 00679-2013-0- 16:01 16:31AUDIENCIA

COMPLEMENTARIA

OBLIGACIONES DE DAR HASTA 50 URP

EMPRESA TURISMO MENDIVIL SRL

DIANDERAS DE ESCOBEDO SILVIA 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

INICIO TERMINO

1 00646-2015-0- 08:00 08:31 CONCILIACION DESNATURALIZACIÓN DE CONTRATO GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO VILLAVICENCIO CUSIQUISPE

RAMIRO 2º SALA CARLOS ENRIQUECERVANTES LUQUE

2 00678-2015-0- 08:32 08:59 CONCILIACION DESNATURALIZACIÓN DE CONTRATO

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO CHUIMA CCAHUANA LUCIA 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

3 00361-2015-0- 09:00 10:00 UNICA REPOSICIONCONSORICO DE EMPRESA DE TRANSPORTES TURISTICOS

MACHUPICCHU TELLO VARGAS JAQUELINE 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

4 00454-2015-0- 11:00 12:30 UNICA REPOSICIONCONSORCIO DE TRANSPORTE

TURISTICO MACHUPICCHU SAC CONSETUR MACHUPICCHU SAC

YABAR CAVERO GIULIANA ROCIO 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

5 02408-2014-0- 14:00 15:30 JUZGAMIENTOPAGO DE BENEFICIOS

SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS

ARREDONDO LLOCLLA JOHAN OMAR

CASTILLO QUISPE MARIANO CONCEPCION 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

6 01512-2013-0- 16:00 17:00 UNICA REPOSICION MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO POBLETE SALCEDO KILMER 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

INICIO TERMINO

1 00424-2015-0- 09:00 10:59 UNICA OBLIGACIONES DE DAR HASTA 50 URP

EMPRESA DE TRANSPORTES TURISMO CAMPANA E HIJOS

EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

FIGUEROA CHACON ANGELICA 3º SALA NAYDA CASTILLO

CRUZ

2 01029-2015-0- 11:00 12:59 UNICAPAGO DE BENEFICIOS

SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS

EMPRESA ALMA DISTRIBUCIONES EIRL LUZA MEZA MATIAS SAUL 3º SALA NAYDA CASTILLO

CRUZ

INICIO TERMINO

1 00365-2015-0- 10:00 11:59 UNICA OBLIGACIONES DE DAR HASTA 50 URP FLOREZ MENDIZABAL MIRIAM ESCUDERO MACHICADO

LUIS ANGEL 3º SALA RAUL CALLO DELGADO

INICIO TERMINO

1 00573-2015-0- 10:00 11:59 UNICA OBLIGACIONES DE DAR HASTA 50 URP

VILLASANTE PONCE MARIO ARTURO

EMPRESA DE GENERACION ELECTRICA SAN GABAN SA 3º SALA RAUL CALLO

DELGADO

INICIO TERMINO

1 00858-2013-0- 10:00 11:59AUDIENCIA

COMPLEMENTARIA

PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O

INDEMNIZACION U OTROS TAYPIKALA HOTEL CUSCO EIRL GONZALES CARRILLO

MARIELA SHIRLEY 3º SALA NAYDA CASTILLO CRUZ

LUGAR

LUGAR

RELACION DE AUDIENCIAS DIA 17 DE JUNIO DEL 2015

N° N° DE EXPEDIENTEHORA

AUDIENCIA MATERIA DEMANDADO

N° DE EXPEDIENTEHORA

AUDIENCIA MATERIA DEMANDADO

AUDIENCIA MATERIA DEMANDADO DEMANDANTE

MAGISTRADO

DEMANDANTE

LUGAR

MAGISTRADO

RELACION DE AUDIENCIAS DIA 18 DE JUNIO DEL 2015

MAGISTRADO

TERCERA SALA DE AUDIENCIAS

MAGISTRADO

RELACION DE AUDIENCIAS DIA 19 DE JUNIO DEL 2015

N° N° DE EXPEDIENTEHORA

DEMANDANTE

MAGISTRADO

RELACION DE AUDIENCIAS DIA 15 DE JUNIO DEL 2015

N° N° DE EXPEDIENTEHORA

AUDIENCIA MATERIA DEMANDADO DEMANDANTE LUGAR

MAGISTRADO

RELACION DE AUDIENCIAS DIA 18 DE JUNIO DEL 2015

N° N° DE EXPEDIENTEHORA

AUDIENCIA

MATERIA DEMANDADO DEMANDANTE LUGAR

MATERIA DEMANDADO DEMANDANTE LUGAR

RELACION DE AUDIENCIAS DIA 19 DE JUNIO DEL 2015

MAGISTRADO

RELACION DE AUDIENCIAS DIA 17 DE JUNIO DEL 2015

MATERIA DEMANDADO DEMANDANTE LUGAR

N° N° DE EXPEDIENTEHORA

AUDIENCIA

N° N° DE EXPEDIENTEHORA

AUDIENCIA

La República 13Jueves, 18 de junio de 2015 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

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La República14 Jueves, 18 de junio de 2015SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

SALA CIVILPROCESOS PARA VISTAS DE CAUSAS, INFORMES ORALES Y AUDIENCIAS

DEL 15 al 19 de JUNIO de 2015

HORA DEMANDADO MATERIA RES. PROCEDEN. COLEGIADO1 08:00 2293-­‐2014 JUVENAL  HERRERA  HERRERA JUEZ  DE  FAMILIA  DE  LA  CONVENCIONAMPARO A 5JCC QUISPE-­‐DELGADO-­‐HOLGADO2 08:20 1671-­‐2014 JULIAN  QUISPE  ANCHAYA GUILLERMO  CUSI  UNTAMA   AMPARO A 5JCC QUISPE-­‐FERNANDEZ-­‐DELGADO3 08:30 506-­‐2014 MARIO  HUAMAN  ESCOBEDO MINISTERIO  PUBLICO CAMBIO  DE  NOMBRE S 1JMx-­‐Wanchaq QUISPE-­‐FERNANDEZ-­‐DELGADO4 08:40 451-­‐2009 JESSICA  FLOREZ  ARENAS   FELIZ  ENRIQUE  ROSADO  BARRIENTOS  Y  OTRODIVISION  Y  PARTICION  DE  BNES S 1JMx-­‐Wanchaq QUISPE-­‐FERNANDEZ-­‐DELGADO5 08:50 360-­‐2014 AQUA  QOSQO  SAC INDECOPI  Y  OTRO CONTENCIOSO  ADMINISTRATIVO SyA 1JMx-­‐Wanchaq QUISPE-­‐FERNANDEZ-­‐DELGADO6 09:00 1593-­‐2013 ELMER  ARENAS  VARGAS MILAGROS  PILAR  VALDIVIA  PACHECODIVORCIO  POR  CAUSAL S 2JFC QUISPE-­‐FERNANDEZ-­‐DELGADO7 09:10 408-­‐2012 JUAN  G.  TINCUSI  CACHI SANTUSA  MURGA  HUMALLA DIVORCIO  POR  CAUSAL S 3JFC QUISPE-­‐FERNANDEZ-­‐DELGADO8 09:20 2992-­‐2009 ADOLFO  VILCA  ZEVALLOS LUIS  VILCA  ZEVALLOS  Y  OTRO DECLARACION  DE  HEREDEREOS S 3JCC QUISPE-­‐FERNANDEZ-­‐DELGADO9 09:30 2764-­‐2013 RUBEN  ARAUJO  LIZARRAGA MUNICIPALIDAD  DEL  CUSCO AMPARO A 1JCC QUISPE-­‐FERNANDEZ-­‐DELGADO

10 09:40 562-­‐2010 ROSMERY  HUALLPA  TINAJERO EMP.  DE  TRANSPORTES  SERVICIO  RAPIDO  SALABORAL S 2JTC QUISPE-­‐FERNANDEZ-­‐DELGADO11 09:50 613-­‐2010 SAUL  CARPIO  HUACARPUMA COSITUC PAGO  DE  BENEFICIOS  SOCIALES A 1JTC QUISPE-­‐FERNANDEZ-­‐DELGADO12 10:00 115-­‐2015 RAFAEL  ALVAREZ  BACA MARIA  HUAMAN  RAMOS VIOLENCIA  FAMILIAR A 2JFC QUISPE-­‐FERNANDEZ-­‐DELGADO

HORA DEMANDANTE DEMANDADO MATERIA RES. PROCEDEN. COLEGIADO1 08:00 666-­‐2014-­‐83 LUZ  DEL  SUR  SAA DREM-­‐CUSCO  Y  OTRO ABUSO  DE  DERECHO A 1JMx-­‐Wanchaq QUISPE-­‐FERNANDEZ-­‐HOLGADO2 08:40 139-­‐2010-­‐12 GRUPO  DE  AGRICULTORES  SIN  TIERRAS  QQUEHUEPAYWALTER  F.  CCACIA  SOLANO NULIDAD  DE  ASCIENTO  REGISTRAL A JMx-­‐Santiago QUISPE-­‐FERNANDEZ-­‐DELGADO3 08:50 1615-­‐1998 MARIA  CARMELA  VENERO  HUARCAYA ARISTIDES  VENERO  CALDERON NULIDAD  DE  ACTO  JURIDICO A 4JCC QUISPE-­‐FERNANDEZ-­‐DELGADO4 09:00 1818-­‐2013 REBECA  CLEMENTE  DE  MAROCHO PEDRO  PASCUAL  CLEMENTE  PALMA RESOLUCION  DE  CONTRA S 1JCC QUISPE-­‐FERNANDEZ-­‐DELGADO5 09:10 819-­‐2012 EFRAIN  H.  MANYA  HUAYPAMAYTA   JORGE  A.  HUAYPAMAYTA  ANDIA DESALOJO S 2JCC QUISPE-­‐FERNANDEZ-­‐DELGADO6 09:20 1649-­‐2014 LEOPOLDO  PACHAVILCA  HUAHUAMAMANI CAMBIO  DE    NOMBRE S 3JCC QUISPE-­‐FERNANDEZ-­‐DELGADO7 09:30 1135-­‐2014 MINISTERIO  PUBLICO JAIME  MANSILLA  OBLITAS VIOLENCIA  FAMILIAR S 2JFC QUISPE-­‐FERNANDEZ-­‐DELGADO8 09:40 60-­‐2014 MINISTERIO  PUBLICO CHISTHIAN  HEINER  DELGADO  RENDONVIOLENCIA  FAMILIAR S 2JMx-­‐Wanchaq QUISPE-­‐FERNANDEZ-­‐DELGADO9 09:50 944-­‐2014 MINISTERIO  PUBLICO MIGUEL  ANGEL  FIGUEROA  RODRIGUEZVIOLENCIA  FAMILIAR S 2JFC QUISPE-­‐FERNANDEZ-­‐DELGADO

HORA DEMANDANTE DEMANDADO MATERIA RES. PROCEDEN. COLEGIADO1 08:20 38-­‐2015 EDGAR  CABRERA  VARGAS MUNICIPALIDAD  DE  CHALLABAMBA AMPARO A JPL.Paucart QUISPE-­‐FERNANDEZ-­‐DELGADO2 08:30 281-­‐2011 WILLIAN  S.  SARMIENTO  HERRERA BANCO  CONTINENTAL  Y  OTRO NULIDAD  DE  ACTO  JURIDICO S 3JCC QUISPE-­‐FERNANDEZ-­‐DELGADO3 08:40 2747-­‐2013 NEDYDA  A.  GUZMAN  PALMA EFRAIN  W.  GUZMAN  PALMA PETICION  Y/O  EXCLUSION  DE  H S 4JCC QUISPE-­‐FERNANDEZ-­‐DELGADO4 08:50 415-­‐2010 YEMIRA  URQUIZO  VILLENA ESSALUD INDEMNIZACION S 1JMx-­‐Wanchaq QUISPE-­‐FERNANDEZ-­‐DELGADO6 09:10 874-­‐2013 MARIBEL  C.  FLORES  MARTINEZ LIZBETH    J.AYQUIPA    OLAZABAL    YOTRONULIDAD  DE  COSA  JUZGADA  FRAUDULENTES 2JMx-­‐Wanchac QUISPE-­‐FERNANDEZ-­‐DELGADO7 09:20 1676-­‐2012 EDDY  ALBERTO  VARGAS  HURTADO FANY  ROSA  VELIZ  LOAYZA DIVORCIO  POR  CAUSAL S 2JFC QUISPE-­‐FERNANDEZ-­‐DELGADO8 09:30 111-­‐2015 ISABEL  QUISPE  CHULLO MUNICIPALIDAD  PROVINCIAL  DEL  CUSCOAMPARO A 1JCC QUISPE-­‐FERNANDEZ-­‐DELGADO9 09:40 2081-­‐2014 SELMIRA  SIERRA  VALDEYGLESIAS GOBIERNO  REGIONAL  CUSCO AMPARO A 4JCC QUISPE-­‐FERNANDEZ-­‐DELGADO

HORA DEMANDANTE DEMANDADO MATERIA RES. PROCEDEN. COLEGIADO1 08:00 1750-­‐2011 VICTOR  ALBERTO  SAMANIEGO  CONDORILUISA  MOREANO  HERENCIA DIVORCIO  POR  CAUSAL S 2JMx-­‐Wanchaq QUISPE-­‐DELGADO-­‐HOLGADO2 08:30 1502-­‐2014 MINISTERIO  PUBLICO MARIO  MENDOZA  CHACON VIOLENCIA  FAMILIAR S 1JFC FERNANDEZ-­‐DELGADO-­‐HOLGADO3 08:40 583-­‐2005 LUIS  AMILCAR  DEL  CASTILLO  LOAYZA ELENA  AYALA  DE  MONTESINOS  Y  OTROSN.C.J.F S 1JCC QUISPE-­‐FERNANDEZ-­‐DELGADO4 08:50 2327-­‐2014 REYNA  FLORES  FLORES JUEZ  DEL  SEGUNDO  JUZGADO  CIVIL-­‐CUSCOAMPARO A 4JCC QUISPE-­‐FERNANDEZ-­‐DELGADO5 09:00 1043-­‐2011 AQUILINO  MENDOZA  LOVON GRACIELA  CCORIHUAMAN    QUISPE PETICION  Y/O  EXCLUSION  DE  H S 1JCC QUISPE-­‐FERNANDEZ-­‐DELGADO6 09:10 736-­‐2014 LUZ  MARGOT  TINTAYA  ARENAS MINISTERIO  PUBLICO CAMBIO  DE  NOMBRE S 1JMx-­‐Wanchaq QUISPE-­‐FERNANDEZ-­‐DELGADO7 09:20 008-­‐2015 JULIO  J.  AUCCAISE  GONZA JESUS  E.  AUCCAISE  CCAHUA  Y  OTRO INTERDICTO  DE  RECOBRAR S JMx-­‐Anta QUISPE-­‐FERNANDEZ-­‐DELGADO8 09:30 464-­‐2014 GM  INVERSIONES  SCRL INDECI CONTENCIOSO  ADMINISTRATIVO A 2JMx-­‐Wanchaq QUISPE-­‐FERNANDEZ-­‐DELGADO9 09:40 663-­‐2014 TELEVISION  POR  CABLE  VALENCIA  EIRLINDECOPI CONTENCIOSO  ADMINISTRATIVO A 2JMx-­‐Wanchaq QUISPE-­‐FERNANDEZ-­‐DELGADO

10 09:50 2186-­‐2014 MARUJA  MASIAS  QUISPE ESSALUD-­‐CUSCO CONTENCIOSO  ADMINISTRATIVO A Jz.Contencioso QUISPE-­‐FERNANDEZ-­‐DELGADO11 10:00 0010-­‐2015 FLORENCIO  BOLIVAR  DIAZ Q.V.F.  JULIA  MORA  RIVAS TITULO  SUPLETORIO A JMx-­‐Calca QUISPE-­‐FERNANDEZ-­‐DELGADO12 10:10 671-­‐2010 CLUB  SOCIAL  DEPORTIVO JOSE  FELIX  HEREDIA  ZEA NULIDAD  DE  ESCRIT.  PUBLICA S 3JCC QUISPE-­‐FERNANDEZ-­‐DELGADO

HORA DEMANDANTE DEMANDADO MATERIA RES. PROCEDEN. COLEGIADO1 08:30 1967-­‐2013 JULIANA  ESPERILLA  CHOQQUE CRISTIAN    A.  CURILLO  ESPERILLA  Y  OTRORECONOCIMIENTO  DE  UNION  HECHOS© 1JFC QUISPE-­‐FERNANDEZ-­‐DELGADO2 08:40 439-­‐2013 SANTOS  A.  MONTES  YCHU VILMA  HUACHO  ASORSA DIVORCIO  POR  CAUSAL S© 1JFC QUISPE-­‐FERNANDEZ-­‐DELGADO3 08:50 613-­‐2013 MARIA  PATRICIA  ROZAS  FLORES PATRICIA  EZQUERRA  ROZAS INTERDICCION S© 1JMx-­‐Wanchaq QUISPE-­‐FERNANDEZ-­‐DELGADO

CARLOS  QUISPE  ALVAREZ JENRRY  ENCISO  LOVATONPRESIDENTE SECRETARIO

MARTES 16 DE JUNIO DE 2015

MIERCOLES 17 DE JUNIO DE 2015

JUEVES 18 DE JUNIO DE 2015

VIERNES 19 DE JUNIO DE 2015

LUNES 15 DE JUNIO DE 2015

La República 15Jueves, 18 de junio de 2015 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO

SALA MIXTA PENAL LIQUIDADORA Y SALA PENAL DE APELACIONES DE SICUANI - CANCHIS.

TABLA SEMANAL DE VISTA DE CAUSAS Y AUDIENCIAS

HORA EXPEDIENTEEXPEDIENTEEXPEDIENTEEXPEDIENTE MATERIA IMPUTADO DEMANDADO

DELITO PRETENCIÓN

AGRAVIADO DEMANDANTE

ACTO PROCESAL REO JUEZ DIRECTOR

L U N E S 15 D E J U N I O D E 2 0 1 5

TABLA DE AUDIENCIAS DE PROCESOS CON EL N.C.P.P. 09:00 128-2015-82-P

Penal

Samuel Pari Soto

Hurto Simple

Ludemi Condori Hanco

Apelación de Auto

Libre

Dra. Meza Monge

M A R T E S 16 D E J U N I O D E 2 0 1 5

TABLA DE AUDIENCIAS DE PROCESOS CON EL N.C.P.P. 09:00 10:00 11:00 12:00 12:30

69-2015-PE 45-2015-52-PE 20-2015-56-PE 71-2011-99-PE 52-2014-PE

Penal Penal Penal Penal Penal

Cirilo Calderon Pezo y otros Andres Cauto Cumpa Paulino Cruz Merma Manuel Zvietcovich Alvarez Antonio Huaman Arias

Desalojo Peculado Violación Sexual Abandono de Cargo Difamación

Santiago Salaya Colque Municip Prov de Espinar Menor de Iniciales A.Q.R.M. Municip Distr de Pitumarca Eusebio Villena Castro

Apelación de Auto Apeación de Auto Lectura Sentencia Lectura Sentencia Lectura Sentencia

Libre Libre Cárcel Libre Libre

Meza- Alvarez-Trelles Dr. Trelles Sulla Dra Alvarez Mendoza Dr. Trelles Sulla Dra Alvarez Mendoza

M I E R C O L E S 17 D E J U N I O D E 2 0 1 5

TABLA DE AUDIENCIAS DE VISTA DE CAUSAS 09:00 09:05 09:10 09:15 09:20 09:25 09:30 09:35 09:40 09:45 09:50

3-2015-LA 177-2015-LA 226-2014-LA 245-2014-LA 156-2013-LA 62-2014-LA 12-2015-LA 252-2013-LA 252-2014-LA 336-2012-LA 226-2013-LA

Laboral Laboral Laboral Laboral Laboral Laboral Laboral Laboral Laboral Laboral Laboral

UGEL Espinar UGEL Canchis UGEL Canchis UGEL Canchis UGEL Canchis UGEL Canchis UGEL Canas UGEL Canchis UGEL Canchis UGEL Canchis UGEL Canchis

Contencioso Administr Contencioso Administr Contencioso Administr Contencioso Administr Contencioso Administr Contencioso Administr Contencioso Administr Contencioso Administr Contencioso Administr Contencioso Administr Contencioso Administr

Ernesto Cjuno Choquepuma Angela Beltran Medina Obdulia Mendoza Velarde Calixto Bustamante Aragon Guillermo Ccacya Holguino Jose Maria Florez Vera Giuliana Luque Rosado Prudencia Hinojosa Cruz Macaria Vilca Quiñonez Obdulia Mendoza Velarde Guillermo Quispe Gamarra

Vista de la Causa Vista de la Causa Vista de la Causa Vista de la Causa Vista de la Causa Vista de la Causa Vista de la Causa Vista de la Causa Vista de la Causa Vista de la Causa Vista de la Causa

Meza- Alvarez-Trelles Meza- Alvarez-Trelles Meza- Alvarez-Trelles Meza- Alvarez-Trelles Meza- Alvarez-Trelles Meza- Alvarez-Trelles Meza- Alvarez-Trelles Meza- Alvarez-Trelles Meza- Alvarez-Trelles Meza- Alvarez-Trelles Meza- Alvarez-Trelles

TABLA DE AUDIENCIAS DE PROCESOS EN LIQUIDACIÓN 10:00 11:00

74-2008-PE 2551-2008-PE

Penal Penal

Fredy Condori Espinoza Celso Nazario Rodríguez Suca

Violación Sexual y otro Violación Sexual

Genara Paucar Tinta Menor de Clave I-DOS

Continuación Continuación

Cárcel Cárcel

Dr. Trelles Sulla Dr. Trelles Sulla

J U E V E S 18 D E J U N I O D E 2 0 1 5

TABLA DE AUDIENCIAS DE PROCESOS EN LIQUIDACIÓN 09:30 4883-2008-P Penal Hilario Chancoaña Cabrera Violación Sexual Menor de Iniciales V.B.A. Apertura Cárcel Meza- Alvarez-Trelles

TABLA DE AUDIENCIAS DE PROCESOS CON EL N.C.P.P. 10:00 11:00

62-2014-96-PE 276-2013-10-P

Penal Penal

Ulianov Benites Vargas Rogel Eudes Ccoa Condori

Omisión Asist Familiar Violación Sexual

Ursula Medrano Calderon Menor de Iniciales F.H.A.

Aud de Apelación Aud de Apelación

Libre Libre

Dra. Meza Monge Dr. Trelles Sulla

Jueces Superiores: Dres. Dina Meza Monge, Liberata Sonia Alvarez Mendoza y Efraín Trelles Sulla.

Fiscal Superior: Dr. Efraín Quesada Velez. DINA MEZA MONGE RAUL GUTIERREZ OCHOA PRESIDENTA DE SALA SECRETARIO DE SALA

La República16 Jueves, 18 de junio de 2015SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

INICIO TERMINO

1 08:00 08:59 01885-2013-93 AUDIENCIAUrsurpación

AgravadaMASIAS VELARDE

PAULINACARRASCO ACHULLI

EDITH10MA SALA DE

AUDIENCIAS PENAL IGNACIO ORTEGA MATEO

2 09:00 09:59 00812-2012-59 AUDIENCIA DE JUICIO ORAL

Daño agravadoBERDEJO

GUADALUPE MARLENI

QUISPESUCSO LUZA JULIO

10MA SALA DE AUDIENCIAS PENAL IGNACIO ORTEGA MATEO

3 10:00 11:00 01409-2013-91 AUDIENCIA DE JUICIO ORAL

UsurpaciónBALBOA CCASANI

WALTERMOSCOSO GUILLEN

DORA10MA SALA DE

AUDIENCIAS PENAL IGNACIO ORTEGA MATEO

4 11:01 11:30 01556-2013-74 AUDIENCIA DE JUICIO ORAL

Lesiones culposas SERRANO GUERRA ZENON

MAGALI YEPEZ YABAR JOEL IVAN PALOMINO AROTAIPE Y EL MENOR

DE INICIALES JEGP REPRESENTADO POR

JOEL IV

10MA SALA DE AUDIENCIAS PENAL IGNACIO ORTEGA MATEO

5 12:01 12:59 01035-2013-85 AUDIENCIA DE JUICIO ORAL

Conducción en estado de ebriedad o

drogadicción.

HERRERA GARCIA JORGE HERNAN

EL ESTADO REPRESENTADO POR LA

PROCURADURIA PUBLICA

ESPECIALIZADA EN ASUNTOS DE LA

POLICIA NACIONAL D

10MA SALA DE AUDIENCIAS PENAL IGNACIO ORTEGA MATEO

6 13:45 13:59 01942-2014-34 AUDIENCIAOmisión de

asistencia familiarBARRA CASTILLO

JHONATHAN DANIEL

MENOR DE INICIALES DRBC REPRESENTADO POR SU PROGENITORA

JENNY DAMARIX CANCAPA CALLAPIÑA

10MA SALA DE AUDIENCIAS PENAL IGNACIO ORTEGA MATEO

7 14:00 14:59 01778-2012-29 AUDIENCIA DE JUICIO ORAL

Falsificación de documentos.

CURO FERNANDEZ BEATRIZ

AGUILAR MESICANO ISABEL

10MA SALA DE AUDIENCIAS PENAL IGNACIO ORTEGA MATEO

8 15:00 15:59 01934-2012-68 AUDIENCIA DE JUICIO ORAL

Estafa genéricaCALDERON

PACOHUANCA JOSE ROSENDO

DUEÑAS PEREA WILBERT HENRY

10MA SALA DE AUDIENCIAS PENAL IGNACIO ORTEGA MATEO

AGRAVIADO LUGARHORA

N° DE EXPEDIENTE AUDIENCIA DELITO MAGISTRADO

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CUSCOPODER JUDICIAL

NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENALRELACIÓN DE AUDIENCIAS 18 DEJUNIO DEL 2015

IMPUTADO

La República 17Jueves, 18 de junio de 2015 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

9 08:00 09:00 01107-2014-92 AUDIENCIA DE JUICIO ORAL

Ursurpación Agravada

GONZALES QUISPE ELISEO

HUALLPA HUAMAN CRISOLOGO

1RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL EDWIN DEL POZO CONDORI

10 09:01 10:00 00239-2013-11 AUDIENCIA DE JUICIO ORAL

Violación de la libertad sexual

(Tipo base).

TUNQUI HANCO HAROLD JHONATAN

PERSONA DE INICIALES PFHL

1RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL EDWIN DEL POZO CONDORI

11 10:01 11:00 00542-2013-7- AUDIENCIA DE JUICIO ORAL

Actos contra el pudor en menores (edad víctima: 7-

10 años).

SOLOAGA CISNEROS SAMUEL

MENOR DE INICALESSMS

REPRESENTADO POR SU PROGENITORA NIEVES

ALAVARADO HERMOZA

1RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL EDWIN DEL POZO CONDORI

12 11:01 13:00 00305-2012-45 AUDIENCIA DE JUICIO ORAL

Ursurpación Agravada

HUAMANTICA VICTORIO VICENTE

FREDI

VICTORIO LENES MARIZELA

1RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL EDWIN DEL POZO CONDORI

13 14:00 15:00 00456-2013-11 AUDIENCIA DE JUICIO ORAL

Estafa genérica HOLGADO BALTA CAROLINA KARLA

PARISACA MAMANI LEVI ENMANUEL

1RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL EDWIN DEL POZO CONDORI

14 15:01 16:00 00251-2011-81 AUDIENCIA DE JUICIO ORAL

Receptacion Aduanera

ORTIZ ALARCON MANUEL CLAUDIO

ESTADO PERUNAO REPRESENTADO POR

EL PROCURADOR PUBLICO A CARGO DE

LOS ASUNTOS JUIDICLAES DEL

MINISTRI

1RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL EDWIN DEL POZO CONDORI

15 16:01 17:30 01343-2013-89 AUDIENCIA DE JUICIO ORAL

Defraudaciones, fraude

procesal,abusode firma en blanco.

GAVANCHO TERRAZAS EDELMIRA

MAMANI CUTIRE GLADYS LUCIA

1RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL EDWIN DEL POZO CONDORI

16 08:30 09:00 00138-2011-0- LECTURA DE SENTENCIA

Apropiación ilícita. BACA CCOSO MIGUEL

COMITE PROVINCIAL DE DEFENSA CIVIL DE

ANTA

1RA SALA PENAL DE APELACIONES

LUIS ALFONSO SARMIENTO NUÑEZ, YURY JHON PEREIRA ALAGON,

FANNY MARIA ANDRADE GALLEGOS

La República18 Jueves, 18 de junio de 2015SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

17 09:01 10:00 01565-2013-22 APELACION DE SENTENCIAS

Defraudaciones, fraude

procesal,abusode firma en blanco.

AGUERO LEGUIA VDA DE

MONTALVO MAXIMILIANA

MONTALVO HERMOZA IVAN

1RA SALA PENAL DE APELACIONES

LUIS ALFONSO SARMIENTO NUÑEZ, YURY JHON PEREIRA ALAGON,

FANNY MARIA ANDRADE GALLEGOS

18 10:01 10:29 02839-2014-87 APELACION DE AUTOS

Hurto agravado. HURTADO APAZA LIVIA SONIA

KUKOROWSKA KUKOROWSKA DARIA

MARIA

1RA SALA PENAL DE APELACIONES

LUIS ALFONSO SARMIENTO NUÑEZ, YURY JHON PEREIRA ALAGON,

FANNY MARIA ANDRADE GALLEGOS

19 14:30 15:00 00260-2011-0- LECTURA DE SENTENCIA

Atentado contra monumentos

arqueológicos.

ALOSILLA SALAZAR CESAR

EL ESTADO REPRESENTADO POR LA PROCURADURIA

PUBLICA DE LA CONTRALORIA

GENERAL DE LA REPUBLIA

1RA SALA PENAL DE APELACIONES

LUIS ALFONSO SARMIENTO NUÑEZ, YURY JHON PEREIRA ALAGON,

FANNY MARIA ANDRADE GALLEGOS

20 08:00 08:29 01288-2014-11 AUD. CONTROL DE LA ACUSACION

Robo Agravado CACERES RIOS MARIO

CCORAHUA SULLA JHON HENRY

2DA SALA DE AUDIENCIAS PENAL GILBERT ARIAS PAULLO

21 08:30 10:00 00065-2015-0- AUD. CONTROL DE LA ACUSACION

Lesiones leves por Violencia Familiar

OSORIO SOSA ANNY VALENTINA

SINCHE LIZARASO EDSON EDER

2DA SALA DE AUDIENCIAS PENAL GILBERT ARIAS PAULLO

22 10:01 11:00 00673-2015-0- AUD. CONTROL DE LA ACUSACION

Omisión de asistencia familiar

CUEVA CABALLERO LAZARO

MENOR DE INICIALES AICM Y JFCM

REPRESENTADO POR SU PROGENITORA GLORIA MIRANDA

CHIPA

2DA SALA DE AUDIENCIAS PENAL GILBERT ARIAS PAULLO

23 11:01 12:00 01018-2015-0- AUD. CONTROL DE LA ACUSACION

Conducción en estado de ebriedad o

drogadicción.

HUALLPA HUAMPOTUPA

WILBERTLA SOCIEDAD 2DA SALA DE

AUDIENCIAS PENAL GILBERT ARIAS PAULLO

24 14:30 14:59 00136-2015-1-RESOLVER PEDIDO DE CONSTITUCION

EN ACTOR CIVILUsurpación

ASTETE VERA MERCEDES FELICITAS

BLANCO VDA DE CONTO AMANDA

2DA SALA DE AUDIENCIAS PENAL GILBERT ARIAS PAULLO

La República 19Jueves, 18 de junio de 2015 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

25 15:00 16:30 00097-2015-1- TERMINACION ANTICIPADA

Hurto agravado.MORMONTOY

AYTE ZOILA GABRIELA

AMARU HUALLPA EZEQUIEL

2DA SALA DE AUDIENCIAS PENAL GILBERT ARIAS PAULLO

26 08:45 08:59 00967-2015-0- AUDIENCIA Habeas Corpus Habeas Corpus Habeas Corpus 2DA SALA PENAL DE APELACIONES

URIEL BALLADARES APARICIO, MIRIMA HELLY PINARES SILVA,

ELCIRA FARFAN QUISPE

27 09:00 09:30 00215-2013-46 AUDIENCIAHomicidio

culposoACOSTA MENDOZA

BELIZARIO

QEVF JOSE MANUEL QUISPE CACERES Y

ANA CHARA PAUCAR

2DA SALA PENAL DE APELACIONES

URIEL BALLADARES APARICIO, MIRIMA HELLY PINARES SILVA,

ELCIRA FARFAN QUISPE

28 09:31 10:00 00535-2015-54 AUDIENCIA Robo Agravado ACCOSTUPA PUMA EDWIN

ROQUE GUTIERREZ ROLID ELVIS

2DA SALA PENAL DE APELACIONES

URIEL BALLADARES APARICIO, MIRIMA HELLY PINARES SILVA,

ELCIRA FARFAN QUISPE

29 10:01 10:30 00162-2015-89 AUDIENCIA

Violencia contra la autoridad para

impedir el ejercicio de sus

funciones.

HUARHUA ORE WILLIAM ROMAN

EL ESTADO PERUANO REPRESENTADO POR

EL PROCURADOR PUBLICO DEL

MINISTERIO DEL INTERIOR

2DA SALA PENAL DE APELACIONES

URIEL BALLADARES APARICIO, MIRIMA HELLY PINARES SILVA,

ELCIRA FARFAN QUISPE

30 08:00 08:29 01292-2013-69 AUDIENCIA Colusión ACUÑA VARGAS ALBERTO

GONIERNO REGIONAL DEL

CUSCO REPRESENTADO POR

PROCURADOR PUBLICO

ANTICORRUPCION DESCENTRALIZADA

DE CU

3RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL LUZ MARINA MERMA DELGADO

31 08:30 10:00 01440-2014-90 AUDIENCIAAtentado contra

monumentos arqueológicos.

ROMERO PALOMINO HENRY

EL ESTADO RPTDO POR EL

PROCURADOR PUBLICO DEL

MINISTERIO DE CULTURA

3RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL LUZ MARINA MERMA DELGADO

32 10:01 11:30 00952-2015-93 TERMINACION ANTICIPADA

Hurto Agravado ANCHARI CHOQUE PERCY

SANDOVAL HUAMAN DANIEL

3RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL LUZ MARINA MERMA DELGADO

La República20 Jueves, 18 de junio de 2015SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

33 14:30 16:00 00531-2015-55 TERMINACION ANTICIPADA

Cohecho activo genèrico.

GUIA ALAGON YSMAEL

EL ESTADO REPRESENTADO POR

EL PROCURADOR ANTICORRUPCION DE

CUSCO

3RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL LUZ MARINA MERMA DELGADO

34 16:01 16:31 01146-2012-83 AUD. CONTROL DE LA ACUSACION

Falsificación de documentos.

CHAMILLA CONDORI

YONATHAN

ARANIBAR LOCUMBER WILBERT

3RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL LUZ MARINA MERMA DELGADO

35 14:30 15:30 01916-2012-64 AUDIENCIA DE JUICIO ORAL

Violación a persona en estado de inconsciencia o en imposibilidad

de resistir.

MAYHUA HUAMAN PEDRO NAHUEL

MAYOR DE EDAD DE INCIALES ISQA

4TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

MIGUEL ANGEL CASTELO ANDIA, MARINA INES SUPANTA CONDOR,

HECTOR CESAR MUÑOZ BLAS

36 07:45 07:59 01315-2012-55 AUDIENCIA Hurto agravado. AGUILAR LARICO HUGO WHETO

CHINO VALCARCEL LUZ MARINA

5TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL RINA LUCIA CABANA HEREDIA

37 08:00 08:30 00141-2013-37 AUDIENCIA DE JUICIO ORAL

Conducción en estado de ebriedad o

drogadicción.

DIAZ VARGAS JAIMEN JAVIER

LA SOCIEDAD REPRESENTADA POR

EL DR HUGO PAULINO

SOTOMAYOR ORIHUELA

5TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL RINA LUCIA CABANA HEREDIA

38 08:31 08:59 01920-2013-99 AUDIENCIA DE JUICIO ORAL

Usurpación CHURA CALISAYA ROSA

RIVAS CONDORI UBALDO

5TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL RINA LUCIA CABANA HEREDIA

39 09:01 10:00 00630-2012-80 AUDIENCIA DE JUICIO ORAL

Falsa declaración en proceso

administrativo.

GUARDAPUCLLA MASIAS BRAMER

ORGANISMO SUPERVISOR DE

CONTRATACIONES DEL ESTADO

5TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL RINA LUCIA CABANA HEREDIA

40 11:00 12:00 01084-2011-65 AUDIENCIA DE JUICIO ORAL

Apropiación ilícita. BOLUARTE MEDINA VICTOR GERMAN

CERECEDA VERGARA HERACLIO JOSE

5TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL RINA LUCIA CABANA HEREDIA

La República 21Jueves, 18 de junio de 2015 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

41 12:01 13:00 01723-2012-20 AUDIENCIA DE JUICIO ORAL

Atentado contra monumentos

arqueológicos.

FERNANDEZ GARCIA JOSE

TEODORO

EL ESTADO REPRESENTADO POR

EL MINISTERIO DE CULTURA

5TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL RINA LUCIA CABANA HEREDIA

42 13:45 13:49 01492-2012-71 AUDIENCIAOmisión de

asistencia familiarRODRIGUEZ

FLOREZ FERDINAN

MENOR DE INCIALES PDRY REPRESENTADO

POR SU PROGENITORA SONIA

YUCA HUAMAN

5TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL RINA LUCIA CABANA HEREDIA

43 14:00 15:00 00262-2011-74 AUDIENCIA DE JUICIO ORAL

Conducción en estado de ebriedad o

drogadicción.

HERRERA CCOLQUE JUVENAL

EL ESTADO PROCURADOR

PUBLICO ESPECIALIZADO EN

ASUNTOS JUDICIALES DEL MINISTERIO DEL

INTERIOR RELATIV

5TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL RINA LUCIA CABANA HEREDIA

44 15:01 16:00 00543-2014-0- AUDIENCIA DE JUICIO ORAL

Difamacion CUEVAS CENTENO HENRY

SUYO CUARESMA ALBERTO

5TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL RINA LUCIA CABANA HEREDIA

45 16:01 17:00 00928-2012-10 AUDIENCIA DE JUICIO ORAL

Coacción BLANCO NUÑEZ GUILLERMINA

BLANCO VDA DE CONTO AMANDA

5TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL RINA LUCIA CABANA HEREDIA

46 08:30 10:00 02395-2014-45 AUD. CONTROL DE LA ACUSACION

Apropiación ilícita. CASTILLO GARCIA JHERSON JOSEPH

DOMINIONPERU SOLUCIONES Y SEVICIOS SAC

REPRESENTADO POR SU GERENTE

GENERAL

6TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL AQUILES QUINTANILLA BERRIOS

47 10:01 11:00 00903-2015-0- AUD. CONTROL DE LA ACUSACION

Conducción en estado de ebriedad o

drogadicción.

PICHANTA QUISPE ZENON LA SOCIEDAD 6TA SALA DE

AUDIENCIAS PENAL AQUILES QUINTANILLA BERRIOS

48 11:01 12:30 02332-2014-45 AUD. CONTROL DE LA ACUSACION

Ursurpación Agravada

CALLUCO CAMPANA

ALEJANDRO

PUMACAHUA FUERTE JORGE

6TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL AQUILES QUINTANILLA BERRIOS

La República22 Jueves, 18 de junio de 2015SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

49 12:31 13:00 01829-2013-52 REVOCATORIA DE PENA

Omisión de asistencia familiar

PALOMINO BUSTAMANTE

ROBERTO CARLOS

MENOR DE INICIALES AGPO

REPRESENTADO POR SU PROGENITORA

ZOILA VANESSA OJEDA OLIVERA

6TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL AQUILES QUINTANILLA BERRIOS

50 14:30 16:00 00179-2014-56 AUDIENCIAReceptacion

AduaneraTTITO HUAMAN

JEANETTE EL ESTADO 6TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL AQUILES QUINTANILLA BERRIOS

51 16:01 16:31 00523-2015-0- AUD. CONTROL DE LA ACUSACION

Omisión de asistencia familiar

GAMARRA SINCHE JULIO

PERSONA DE INICIALES GAQS

6TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL AQUILES QUINTANILLA BERRIOS

52 09:00 10:00 00954-2015-10 AUDIENCIA Hurto AgravadoHUAMANI

GUTIERREZ RAUL ARMANDO

MENDOZA CALSIN EDY LEANDRO

7MA SALA DE AUDIENCIAS PENAL REYNALDO OCHOA MUÑOZ

53 10:01 12:00 01634-2011-68 AUD. CONTROL DE LA ACUSACION

Peculado doloso CUBA CANAL MARCO ANTONIO

ESTADO DIRECCION REGIONAL AGRARIA

CUSCO REPRESENTADO POR LA PROCURADURIA

PUBLICA ANTICORRUPCION

DEL

7MA SALA DE AUDIENCIAS PENAL REYNALDO OCHOA MUÑOZ

54 12:01 13:00 00482-2015-0- AUD. CONTROL DE LA ACUSACION

Omisión de asistencia familiar

MALPARTIDA QUISPE ARTURO

MENOR DE INICIALES ASMO

REPRESENTADA POR SU PROGENITORA

RUTH IVETT ORCCOHUARANCCA

RODRIGUEZ

7MA SALA DE AUDIENCIAS PENAL REYNALDO OCHOA MUÑOZ

55 14:30 15:30 01048-2015-0- AUD. CONTROL DE LA ACUSACION

Omisión de asistencia familiar

ALMANZA CASTAÑEDA

ANGEL ROBERTO

PERSONA DE INICIALES MJAP

7MA SALA DE AUDIENCIAS PENAL REYNALDO OCHOA MUÑOZ

56 08:00 08:59 02643-2014-0- AUD. CONTROL DE LA ACUSACION

Lesiones culposasCORRIDO

YARIHUAMAN RANDY

MENOR DE INICIALES TQG REPRESENTADO

POR SU PROGENITORA SONIA

QUISPE HUALLPA

8VA SALA DE AUDIENCIAS PENAL JOSE ANGEL MEDINA LEIVA

La República 23Jueves, 18 de junio de 2015 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

57 09:00 10:00 02812-2014-78 AUDIENCIAFalsificación de

documentos.CORDERO

ARELLANO EDVER

EL ESTADO REPRESENTADO POR

EL PROCURADOR PUBLICO DEL PODER

JUDICIAL

8VA SALA DE AUDIENCIAS PENAL JOSE ANGEL MEDINA LEIVA

58 10:01 11:30 01031-2014-5- AUD. CONTROL DE LA ACUSACION

Lesiones graves MAYTA MANUELO DANIEL

PUMALLOCLLA FLORES ANTONIO

ISAIAS

8VA SALA DE AUDIENCIAS PENAL JOSE ANGEL MEDINA LEIVA

59 11:31 13:00 00080-2014-39CONTINUACION DE

AUDIENCIA PRELIMINAR

Violación a persona en estado de inconsciencia o en imposibilidad

de resistir.

HUAMAN QUISPE JORGE

PERSONA DE INICIALES

GLACCACHO

8VA SALA DE AUDIENCIAS PENAL JOSE ANGEL MEDINA LEIVA

60 14:00 14:29 01229-2015-27 AUDIENCIA Control de Plazos DAZA VELASQUE FORTUNATO

SEGUNDO DESPACHO DE INVESTIGACION DE LA 3RA FPPC DE

CUSCO

8VA SALA DE AUDIENCIAS PENAL JOSE ANGEL MEDINA LEIVA

61 14:30 16:30 01041-2011-68 AUD. CONTROL DE LA ACUSACION

Estafa genérica ARIAS OBLITAS DANNY YAMIL

UNIVERSIDAD ANDINA DEL CUSCO

8VA SALA DE AUDIENCIAS PENAL JOSE ANGEL MEDINA LEIVA

62 10:01 11:29 01686-2014-23 AUD. CONTROL DE LA ACUSACION

Atentado contra monumentos

arqueológicos.

SUNI LABRA SIMONA

EL ESTADO REPRESENTADO POR

LA DIRECCION DESCONCENTRADA

DE CULTURA DE CUSCO

9NA SALA DE AUDIENCIAS PENAL ANIBAL ABEL PAREDES MATHEUS

63 11:30 13:00 02123-2014-4- AUD. CONTROL DE LA ACUSACION

DañosZVIETCOVITH

AGUIRRE GUILLERMO

MORANTE HUACO MARIBEL

9NA SALA DE AUDIENCIAS PENAL ANIBAL ABEL PAREDES MATHEUS

64 14:30 15:30 02178-2014-45 AUDIENCIA Lesiones gravesCORRALES PERALTA

BENEDICTO

MENOR DE INICIALES RAFN REPRESENTADO

POR SU PROGENITORA MARISON NINA

HUAMAN

9NA SALA DE AUDIENCIAS PENAL ANIBAL ABEL PAREDES MATHEUS

La República24 Jueves, 18 de junio de 2015SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

65 15:31 16:30 01714-2014-35 AUD. CONTROL DE LA ACUSACION

Falsificación de documentos.

SALAZAR VASQUEZ JAVIER

QUIÑONEZ OVIEDO JULIO

9NA SALA DE AUDIENCIAS PENAL ANIBAL ABEL PAREDES MATHEUS

66 08:30 10:00 00096-2014-62 AUDIENCIA DE JUICIO ORAL

Robo AgravadoBELTRAN

BARRIALES ANIBAL FELIX

OJEDA MONTESINOS LIDIA

QUENCCORO - 1° SALA DE AUDIENCIAS

MIGUEL ANGEL CASTELO ANDIA, MARINA INES SUPANTA CONDOR,

HECTOR CESAR MUÑOZ BLAS

67 10:01 11:30 01632-2013-23 AUDIENCIA DE JUICIO ORAL

Robo. CHILLIHUANI PILLCO FREDY

VIANA MATIAS GRAZIELLE ARADELICE

QUENCCORO - 1° SALA DE AUDIENCIAS

MIGUEL ANGEL CASTELO ANDIA, MARINA INES SUPANTA CONDOR,

HECTOR CESAR MUÑOZ BLAS

68 11:31 12:00 01596-2014-13 AUDIENCIA DE JUICIO ORAL

Formas agravadas del delito de violencia y

resistencia a la autoridad

CASTRO CUBA GUTIERREZ

MARTIN ABRIL

PROGENITOR DE LA MENOR KMGA JAMES

H GUERRA CARO

QUENCCORO - 1° SALA DE AUDIENCIAS

MIGUEL ANGEL CASTELO ANDIA, MARINA INES SUPANTA CONDOR,

HECTOR CESAR MUÑOZ BLAS

69 12:01 13:00 00747-2014-23 AUDIENCIA DE JUICIO ORAL

FeminicidioHUAÑAHUI

SILLOCA PABLO CESAR

RODRIGUEZ RAMOS MARIA ANGELA

QUENCCORO - 1° SALA DE AUDIENCIAS

MIGUEL ANGEL CASTELO ANDIA, MARINA INES SUPANTA CONDOR,

HECTOR CESAR MUÑOZ BLAS

70 17:31 18:30 00094-2014-39 AUDIENCIA DE JUICIO ORAL

Cohecho pasivo propio

CARBAJAL PALMA EDWAR

EL ESTADO PERUANO REPRESENTADO POR LA PROCURADURIA

PUBLICA ANTICORRUPCION

DEL CUSCO

QUENCCORO - 2° SALA DE AUDIENCIAS RINA LUCIA CABANA HEREDIA

71 08:30 08:59 02425-2014-71 TERMINACION ANTICIPADA

Hurto agravado. QUISPE HUAMAN SATURNINO

ALVAREZ HUANCA ALEXANDER

QUENCCORO - 3° SALA DE AUDIENCIAS ANIBAL ABEL PAREDES MATHEUS

72 09:00 09:30 00215-2013-46 AUDIENCIAHomicidio

culposoACOSTA MENDOZA

BELIZARIO

QEVF JOSE MANUEL QUISPE CACERES Y

ANA CHARA PAUCAR

QUENCCORO - 3° SALA DE AUDIENCIAS

URIEL BALLADARES APARICIO, MIRIMA HELLY PINARES SILVA,

ELCIRA FARFAN QUISPE

La República 25Jueves, 18 de junio de 2015 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

73 09:00 10:30 01038-2014-47 AUD. CONTROL DE LA ACUSACION

Depredación de bosques

legalmente protegidos.

BARRA BUSTINZA ERMILIA EL ESTADO SALA JIPT MEDIO

AMBIENTE EDSON ORMACHEA ACURIO

74 10:31 11:30 01112-2015-40 AUD. CONTROL DE LA ACUSACION

Contaminación del medio ambiente.

CCORIMANYA ROCCA NARCISO

EL ESTADO REPRESENTADO POR LA PROCURADURIA

PUBLICA ESPECIALIZADA EN

DELITOS AMBIENTALES

SALA JIPT MEDIO AMBIENTE EDSON ORMACHEA ACURIO

75 11:31 13:00 01040-2014-23 AUD. CONTROL DE LA ACUSACION

Depredación de bosques

legalmente protegidos.

JIANG WOHUA

EL ESTADO REPRESENTADO POR EL MINISTERIO DEL

AMBIENTE EXP ORIGEN 17 2012

SALA JIPT MEDIO AMBIENTE EDSON ORMACHEA ACURIO

76 14:00 15:00 00649-2014-62 AUDIENCIAActos

preparatorios de minería ilegal

ATAUSUPA HUALLPA

FLORENCIO

HUILLCA USCA SHERLY

SALA JIPT MEDIO AMBIENTE EDSON ORMACHEA ACURIO

77 15:01 16:30 00765-2014-15 AUD. CONTROL DE LA ACUSACION

Depredación de bosques

legalmente protegidos.

AVENDAÑO PUMALIQIE

NESTOREL ESTADO SALA JIPT MEDIO

AMBIENTE EDSON ORMACHEA ACURIO

La República26 Jueves, 18 de junio de 2015SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

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$

1

SALA PENAL DE APELACIONES TRANSITORIA - SEDE CENTRA EXPEDIENTE : 00859-2015-0-1001-JR-PE-01 ESPECIALISTA : AMERICO JORDAN CHILLITUPA BENEFICIARIO : HUACAC HUAÑEC, ANGEL DEMANDADO : TACO HUANCO, GERARDO ARROYO MORALES, GERARDO QUISPE VIUDA DE PAUCAR, MARGARITA NAULA CHUCAHUA, MARCO ANTONIO NAULA CHOQUECCAHUA, MARIA NAULA VARGAS HUAMAN, PRIMITIVO RIOS VIUDA DE MEDINA, TOMASA DEMANDANTE : HUACAC HUAÑEC, ANGEL Resolución Nro.10 Cusco, dieciséis de junio del año dos mil quince. DADO CUENTA EN LA FECHA; Habiéndose producido discordia respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 06, del 07 de mayo del 2015 (folio 112 y siguientes) materia de grado, debido a que la señora Juez Superior Rocío Soledad Cáceres Pérez emite voto para que se confirme la apelada; los señores Jueces Superiores en mayoría Andrés Quinte Villegas y Mario Hugo Silva Astete, emiten voto en discordia para que se revoque y reformándola se declare fundada la demanda de Habeas Corpus; Que el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece “En las Salas de la Corte Suprema, cuatro votos conforme hacen resolución. En las Cortes Superiores tres votos conformes hacen resolución, tratándose de las que ponen fin a la instancia, y de los demás casos bastan dos votos conformes (…)”, por lo que en aplicación de lo previsto por el articulo 147 del cuerpo normativo antes citado que dice “Si resulta discordia, se publica y notifica el punto que la motiva, bajo sanción de nulidad. en la misma resolución se llama al vocal dirimente expedito y se señala dia y hora para la vista de la causa por él” EN SU VIRTUD DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la señora Juez Superior integrante de la Primera Sala Penal de Apelaciones de Cusco, Fanny María Andrade Gallegos Silva, señalando como fecha para vista de la causa el día EL DIA VIERNES DIECINUEVE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE A HORAS OCHO Y QUINCE DE LA MAÑANA (HORA EXACTA 08:15), debiendo las partes informar oralmente, solicitar el uso de la palabra con dicho fin. DISPUSIERON que la Secretaria de esta Superior Sala Penal de Apelaciones Transitoria cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 147 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. QUINTE VILLEGAS SILVA ASTETE CACERES PEREZ Especialista de Sala Abog. Américo Jordán Chillitupa Expediente : 00859-2015-0-1001. Imputados : Margarita Quispe Viuda de Paucar y otros Agraviado : Ángel Huacac Huañec. Materia : Habeas Corpus. Ponente : Silva Astete

VOTO EN DISCORDIA

VISTOS: La sentencia de fojas 112 por el que el señor Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco, resuelve declarar improcedente el proceso de habeas corpus interpuesto por Ángel Huacac Huañec contra Margarita Quispe Viuda de Paucar y otros, la Sala Penal de Apelaciones Transitoria y Liquidadora en adición de sus funciones de la Corte Superior de Justicia del Cusco pronuncia la siguiente sentencia ANTECEDENTES.

Con fecha 16 de abril de 2015, don Ángel Huacac Huañec interpone demanda de hábeas corpus contra Margarita Quispe Viuda de Paucar y otros, por vulneración de su derecho a la libertad de tránsito, solicitando se disponga el retiro de las rejas metálicas y demolición del muro de concreto, muro y reja metálica colocadas en la vía pública, específicamente en: El lote N° 6 de la Manzana “A” y el Lote “7” de la Manzana “B” de la APV Mateo Gonzáles, y el muro levantado de material concreto por los demandados entre el lote “8” de la Manzana “A” y el lote “9” de la Manzana “B”, colocadas tanto al ingreso de la calle Lima, como al concluir la misma calle (calle ciega).

El recurrente señala que es propietario del inmueble signado con el numero 436, que tiene acceso tanto por la Avenida Antonio Lorena, como por la Calle Lima S/N, de la jurisdicción del distrito Santiago, provincia y departamento de Cusco. Que los primeros meses del año dos mil trece ha proyectado levantar una edificación, con frontis hacia la Calle Lima, para cuyo fin realizo los trámites correspondientes ante la Municipalidad de Santiago, obteniendo la licencia de obra nueva. Que los demandados sin motivo alguno y solo cuando se enteraron que iba a levantar su construcción, empezaron a incomodarse al extremo de obligarle a no transitar por la calle Lima, y que al no poder impedir su derecho al libre transito, en el mes de julio del año 2013

La República 27Jueves, 18 de junio de 2015 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

!"#"$%&'"#$(&$)*&#"+,-'&.$/0"'.,1-0,"$en adición Sala Penal Liquidadora

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2

aproximadamente, con la finalidad de violar su derecho al libre tránsito levantan al término de la calle Lima, un muro de material concreto, y a la entrada de la referida calle colocan una reja metálica con seguro de ingreso (chapa), cuya llave de ingreso solo tienen los vecinos demandados, y que el recurrente no tiene llave alguna. Es así que al haberse vulnerado uno de sus derechos fundamentales ha recurrido a la Municipalidad Distrital de Santiago solicitando el retiro de la reja y la demolición de los muros de material de concreto, generándose el expediente Administrativo N° 013959, y que luego de las inspecciones técnicas efectuadas en la Calle Lima, y la verificación de la documentación correspondiente con la finalidad de determinar, si es vía pública o privada, se emite la resolución Gerencial de fecha 29 de septiembre cuyo artículo segundo dispone el retiro de la reja metálica y demolición del muro de construcción dentro de los 15 días de notificados los demandados, resolución que según refiere tiene la condición de cosa juzgada.

Asimismo, presenta en calidad de medio probatorio el Acta de Constatación Policial efectuada en el lugar de los hechos

(fojas 18 y 19), de donde se advierte que, efectivamente en la Calle Lima, existe una reja metálica de color Blanco, así como un muro de concreto armado, que obstaculiza la salida a dicha vía, en razón de que existe una puerta de reja metálica de su inmueble que daba acceso a la mencionada calle, la que fue colocada por el deponente en el mes de diciembre del año 2013.

Los emplazados al contestar la demanda solicitan, sea declarada improcedente, manifestando que no es cierta la afirmación del demandante, en cuanto a que tenía acceso al pasaje Lima, y que esta vía habría sido cerrada para impedir su acceso. En razón, de que dicho callejón pertenece a la Asociación Pro Vivienda Mateo Gonzáles, es decir que dicho pasaje es privado y de uso común para los integrantes de la asociación en mención, igualmente refieren que dicho pasaje no es producto de una habilitación Urbana, y que el demandante nunca tuvo acceso hacia este pasaje privado, además que el mismo, tiene salida propia hacia la Av. Antonio Lorena N° 436 del distrito de Santiago, por consiguiente no se ha vulnerado el derecho de libertad de transito del demandante, por cuanto no se ha acreditado su derecho de salida hacia el citado callejón.

A fojas 82 obra el Acta de la diligencia de verificación y constatación realizada en fecha 07 de mayo de 2015, en la que señala: i) Se observa al ingreso del pasaje Lima, una reja metálica de 7m de largo aproximadamente con una altura de 3 metros, enrejado de color blanco ii) ingresando a la referida calle, se observa que es una calle ciega iii) que en la parte final se observa que existe una construcción de material noble, de aproximadamente 6 m de altura (muro) iv) En la parte posterior del muro se observa una construcción de material noble de tres pisos, con una puerta metálica levadiza que tiene una puerta pequeña de aproximadamente 3 m de altura, por 1.20 de largo, así mismo la puerta principal levadiza tiene una altura de 2.20m y 2.20 m de largo de color azul. Haciendo constar además por el juez que, las únicas personas que tiene llaves de las rejas son los vecinos que habitan en la calle Lima (los demandados) y que el muro levantado por los demandados es de reciente data.

El Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco, con fecha 07 de mayo del 2015, declaró improcedente la

demanda de Hábeas Corpus Restringido. La decisión del juzgado se fundamentó básicamente en lo siguiente: Que al haberse efectuado la constatación respectiva en el inmueble ubicado en la Avenida Antonio Lorena N° 436, de propiedad del demandante, se ha verificado objetivamente, que a dicho inmueble se tiene acceso directo por esta avenida principal, contando con una puerta amplia de dos hojas y que en el frontis se ha instalado doce medidores de luz, cinco medidores de agua y un intercomunicador, y que ingresando por esta puerta se tiene acceso a todo este inmueble sin restricción alguna, y constituidos por este lado hasta el limite que colinda con el muro de cemento inspeccionado por la calle Lima. Observándose pegado a dicho muro una puerta levadiza de color azul de data muy reciente, y que según versión del demandante también tiene derecho a acceder a la calle Lima por esta puerta, que se halla prácticamente en el sótano del inmueble N° 436 de la Avenida Antonio Lorena. De modo tal, no se ha podido precisar que el demandado en algún momento, haya tenido acceso por este sector a la calle Lima, sino más bien que habría efectuado la construcción hacia ese sector conforme se indica en la demanda de autos, en el año 2013, asimismo, se tiene que en ese sector no se ha efectuado instalación alguna de medidores de luz y/o agua.

FUNDAMENTOS. 1. El objeto de la demanda es que se disponga retiro de las rejas metálicas y demolición del muro de concreto, muro y reja metálica

colocadas en la vía pública, específicamente en: El lote N° 6 de la Manzana “A” y el Lote “7” de la Manzana “B” de la APV Mateo Gonzáles, y el muro levantado de material concreto por los demandados entre el lote “8” de la Manzana “A” y el lote “9” de la Manzana “B”, colocadas tanto al ingreso de la calle Lima, como al concluir la misma calle ( calle ciega).

2. La Constitución Política, establece expresamente en su artículo 200, inciso 1, que el hábeas corpus procede ante el hecho u

omisión, por parte de cualquier autoridad, funcionario o persona, que vulnera o amenaza la libertad individual o los derechos constitucionales conexos. A su vez, el artículo 2° del Código Procesal Constitucional establece que los procesos constitucionales de hábeas corpus (...) “proceden cuando se amenace o viole los derechos constitucionales por acción u omisión de actos de cumplimiento obligatorio, por parte de cualquier autoridad, funcionario o persona”.

3. Conforme a lo señalado en el primer fundamento, sólo constituye materia del presente recurso, el extremo por el que se declaró

improcedente la demanda; es decir, este Colegiado sólo emitirá pronunciamiento respecto al retiro de las rejas metálicas y demolición del muro de concreto, muro y reja metálica colocadas en la vía pública, específicamente en: El lote N° 6 de la Manzana “A” y el Lote “7” de la Manzana “B” de la APV Mateo Gonzáles, y el muro levantado de material concreto por los demandados entre el lote “8” de la Manzana “A” y el lote “9” de la Manzana “B”, colocadas tanto al ingreso de la calle Lima, como al concluir la misma calle (calle ciega).

4. La Constitución Política del Perú establece en su artículo 2º, inciso 11 (también el artículo 25º, inciso 6 del Código Procesal

Constitucional) reconoce el derecho de todas las personas “(...) a transitar por el territorio nacional y a salir de él y entrar en él,

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salvo limitaciones por razones de sanidad o por mandato judicial o por aplicación de la ley de extranjería”. Esta disposición constitucional procura reconocer que todo nacional o extranjero con residencia establecida puede circular libremente o sin restricciones por el ámbito de nuestro territorio patrio, habida cuenta de que, en tanto sujetos con capacidad de autodeterminación, tiene la libre opción de disponer cómo o por dónde desplazarse, sea que dicho desplazamiento suponga facultad de ingreso hacia el territorio del Estado, circulación o tránsito dentro del mismo, o sea que suponga simplemente salida o egreso del país.

5. El Tribunal Constitucional ha señalado respecto al derecho a la libertad de tránsito que “La facultad de libre tránsito comporta el

ejercicio del atributo de ius movendi et ambulandi. Es decir, supone la posibilidad de desplazarse auto determinativamente en función a las propias necesidades y aspiraciones personales, a lo largo y ancho del territorio, así como a ingresar o salir de él, cuando así se desee” (Expediente N.º 2876-2005-PHC/TC). Asimismo, ha señalado que el derecho al libre tránsito es un elemento conformante de la libertad y una condición indispensable para el libre desarrollo de la persona; y que esta facultad de desplazamiento se manifiesta a través del uso de las vías de naturaleza pública o de las vías privadas de uso público, derecho que puede ser ejercido de modo individual y de manera física o a través de la utilización de herramientas tales como vehículos motorizados, locomotores, etc. Sin embargo, como todo derecho fundamental, la libertad de tránsito no es un derecho absoluto, ya que puede ser limitado, pero por razones o motivos justificables, más no de manera arbitraria.

6. Asimismo, ha señalado que “vía de tránsito público” la constituye todo aquel espacio que desde el Estado haya sido

estructurado como referente para el libre desplazamiento de personas; por lo que, en principio, no existe restricción o limitación a la locomoción de los individuos; por consiguiente, en el caso de autos, obra a fojas 14 la Resolución Gerencial de Infraestructura N° 005-2014, mediante el cuál la Municipalidad Distrital de Santiago - Cusco, determino que la Calle Lima está destinada a aportes, por lo que ordenó la demolición de la estructura de concreto levantada y el retiro de la reja correspondiente, que vienen interrumpiendo el libre transito de la población.

7. En los precedentes vinculantes establecidos en las sentencias recaídas en los expedientes N.º 349-2004-AA/TC (caso María

Elena Cotrina Aguilar) y N.º 3482-2005-PHC/TC (caso Luis Augusto Brain Delgado y otros) el Tribunal Constitucional señaló que siendo las vías de tránsito público libres en su alcance y utilidad, pueden, sin embargo, y en determinadas circunstancias, ser objeto de regulaciones y aun de restricciones. Cuando estas provienen directamente del Estado, se considera que la restricción es legítima pues la limitación impuesta la estaría ejerciendo por el poder que como Estado goza; es decir, el ius imperium, con el objetivo de obtener o lograr un bien mayor para el resto de la comunidad que va ser beneficiada con esta limitación. En el caso que la limitación o perturbación de la libertad de tránsito provenga de particulares, es necesario que los particulares cuenten con una autorización por parte de la autoridad competente.

8. Que en el caso de autos, a juicio de este Tribunal, al haberse cerrado en forma arbitraria y unilateral el Pasaje Lima, cuya

naturaleza pública está reconocida de manera expresa por la Municipalidad de Santiago, se ha restringido el paso peatonal no sólo del beneficiario, sino de la población en general, tal como lo señala la comuna Distrital en la Resolución Gerencial de Infraestructura 005-2014-GI-MDS. En efecto, las instrumentales que obran en el expediente acreditan que la Municipalidad de Santiago ordenó la demolición de la estructura de concreto levantada y el retiro de la reja correspondiente, porque dicha zona está destinada a aportes. Agrega la resolución municipal referida que toda obra requiere de licencia de construcción expedido por la Municipalidad. Y si bien es cierto que dicha decisión, habría sido impugnada por los demandados, sin embargo, las resultas de tal procedimiento administrativo no pueden determinar, en el caso concreto, el sentido de la resolución del proceso de habeas corpus, que protege la libertad en general, en este caso la libertad de tránsito. En el expediente está suficientemente demostrado que los demandados levantaron un muro de concreto y colocaron unas rejas metálicas luego que el beneficiario, habría comenzado a levantar su construcción en la parte posterior de su vivienda colindante con la calle Lima. En esta línea de principio, en el presente caso, no está en discusión si el favorecido tenía o no acceso a la calle Lima, sino el hecho de que la calle Lima es una arteria de naturaleza pública, que al haber sido cerrada de forma intempestiva y arbitraria, viene afectando la libre circulación de la población, incluido el del beneficiario, máxime cuando éste tiene colindante su vivienda. .

9. Por consiguiente, si bien es válida la instalación de rejas en la vía pública -que podrían restringir el derecho a la libertad de

tránsito-, con el objeto de garantizar la seguridad ciudadana, tal como manifiesta la A- Quo, dicha medida aparte de ser razonable y proporcional, debe contar con el permiso de la autoridad correspondiente, situación que no sucede en el caso de autos. Por ello, y teniendo presente además que los procesos constitucionales de la libertad (entre los que se encuentra el hábeas corpus) tienen por finalidad proteger los derechos constitucionales reponiendo las cosas al estado anterior a la violación o amenaza de violación de un derecho constitucional, es procedente ordenar el retiro de las rejas metálicas y demolición del muro de concreto, muro y reja metálica colocadas en la vía pública, específicamente en: El lote N° 6 de la Manzana “A” y el Lote “7” de la Manzana “B” de la APV Mateo Gonzáles, y el muro levantado de material concreto por los demandados entre el lote “8” de la Manzana “A” y el lote “9” de la Manzana “B”, colocadas tanto al ingreso de la calle Lima, como al concluir la misma calle (calle ciega).

Por estos fundamentos, MI VOTO es por que se RESUELVA:

1. REVOCAR el auto contenido en la Resolución N° 06 de fecha siete de mayo del año 2015, por el que el Juez del Segundo

Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco, resuelve declarar improcedente el proceso de habeas corpus interpuesto por Ángel Huacac Huañec contra Margarita Quispe Viuda de Paucar y otros; y REFORMÁNDOLA, declararon FUNDADA la demanda de habeas corpus, solicitado por el recurrente Ángel Huacac Huañec, porque se ha acreditado la vulneración del derecho a la libertad de tránsito.

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2. ORDENARON que los emplazados o quien represente a los vecinos de la APV Mateo Gonzáles, del distrito de Santiago -

Cusco, procedan al retiro de las rejas metálicas y demolición del muro de concreto, colocadas en la vía pública, específicamente en: El lote N° 6 de la Manzana “A” y el Lote “7” de la Manzana “B” de la APV Mateo Gonzáles, y el muro levantado de material concreto por los demandados entre el lote “8” de la Manzana “A” y el lote “9” de la Manzana “B”, colocadas tanto al ingreso de la calle Lima, como al concluir la misma calle ( calle ciega). T.R. y H.S. SS.

QUINTE VILLEGAS SILVA ASTETE (Adhesión al voto en discordia)

MHS/jcp. Especialista de Sala: Abog. Américo Jordán Chillitupa

VOTO PONENCIA

Expediente : 00859-2015-0-1001-JR-PE-02. Materia : Habeas Corpus Beneficiario : Huacac Huañec, Angel Demandados : Arroyo Morales, Gerardo y otros Demandante : Huacac Huañec, Angel Procede : Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria. Ponente : Cáceres Pérez

Cusco, 01 de junio de 2015. VISTOS: El presente proceso constitucional ante la Sala Penal de Apelaciones Transitoria en adición Sala Penal Liquidadora de Cusco, integrada por los magistrados Andrés Quinte Villegas, Mario Hugo Silva Astete y Rocío Soledad Cáceres Pérez, (ponente); en la fecha se emite la presente resolución por unanimidad.

ANTECEDENTES: PRIMERO: De autos se tiene que Ángel Huacac Huañec, interpone demanda de habeas corpus (folio 01), contra Margarita Quispe Vda. de Paucar, Gerardo Taco Huanco; Abel Arroyo Morales, Tomasa Ríos Vda. de Medina, Primitivo Vargas Huaman y Marco Antonio Naula Chucahua, alegando la vulneración de su derecho a la libertad de tránsito, pues afirma que es propietario del inmueble signado con el número 436 que tiene acceso tanto por la avenida Antonio Lorena como por la Calle Lima de la jurisdicción del distrito de Santiago, y que en los primeros meses del año 2013, ha proyectado construir una edificación con frontis hacia la calle Lima, para cuyo efecto, obtuvo Licencia de Construcción expedida por la Municipalidad de Santiago, sin embargo, los demandados sin motivo alguno empezaron a incomodarse con el demandante al extremo de pretender obligarle a no transitar por la Calle Lima, llegando a levantar al termino de la referida Calle un muro de concreto y en la entrada de la misma instalaron una reja metálica con seguro de ingreso(chapa), cuya llave sólo le es entregado a los vecinos demandados, más no, al suscrito. Siendo el objeto de la demanda el retiro inmediato de las rejas metálicas y la demolición del muro de concreto edificado por los demandantes. SEGUNDO: DE LA RESOLUCIÓN MATERIA DE APELACIÓN Y LOS RECURSOS INTERPUESTOS: Es materia de apelación la sentencia contenida en la resolución N° 06, de fecha 7 de mayo de 2015 (folio 112-119), que declara improcedente la demanda de habeas corpus restringido formulado pro Ángel Huacac Huañec, con lo demás que contiene; contra dicha sentencia el demandante ha interpuesto recurso de apelación, solicitando su revocatoria y alternativamente su nulidad; sus fundamentos son los siguientes: 2.1. Que la apelada no se encuentra debidamente motivada. 2.2. Que el fundamento II del numeral II.5 y II.6, no corresponde a la verdad, pues desde el momento que la libertad de tránsito no

sólo protege el transito por una determinada calle, avenida u otro de uso público, sino que cautela la libertad absoluta de transito de toda la población, ningún ciudadano puede restringir un derecho fundamental, mucho menos sin autorización alguna.

2.3. El a-quo afirma que por la existencia de un proceso administrativo no se debe proteger los derechos fundamentales de urgencia, situación que no es legal, ni constitucional, desde el momento en que la libertad de tránsito no reconoce restricción alguna.

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2.4. A-quo ha dejado dar mérito probatorio a los medios de prueba adjuntados al escrito de demanda, consistente en la resolución de la Gerencia Municipal, mediante el cual se resuelve que la Calle Lima, es de uso público y no privado, tampoco toma en cuenta la resolución emitida por los funcionarios de Registros Públicos del Cusco, resolución que igualmente acredita que la Calle Lima es de uso Público.

FUNDAMENTOS DE LA SALA: PRIMERO: A decir del Tribunal Constitucional el derecho a la libertad de tránsito comporta el ejercicio del atributo de ius movendi et ambulandi. Es decir, supone la posibilidad de desplazarse autodeterminativamente en función a las propias necesidades y aspiraciones personales, a lo largo y ancho del territorio, así como a ingresar o salir de él, cuando así se desee” (Expediente N.º 2876-2005-PHC/TC). Asimismo, ha señalado que el derecho al libre tránsito es un elemento conformante de la libertad y una condición indispensable para el libre desarrollo de la persona; y que esta facultad de desplazamiento se manifiesta a través del uso de las vías de naturaleza pública o de las vías privadas de uso público, derecho que puede ser ejercido de modo individual y de manera física o a través de la utilización de herramientas tales como vehículos motorizados, locomotores, etc. Sin embargo, como todo derecho fundamental, la libertad de tránsito no es un derecho absoluto, ya que puede ser limitado1. SEGUNDO: Los derechos fundamentales reconocidos literalmente en un texto fundamental para ser concretizados requieren del establecimiento de mecanismos procesales, así, para el caso del derecho a la libertad de tránsito, derecho conformarte de la libertad personal, se tiene el proceso de habeas corpus previsto en el numeral 1 del artículo 200 de la Constitución Política del Perú, que establece que la acción de hábeas corpus, procede ante el hecho u omisión, por parte de cualquier autoridad, funcionario o persona, que vulnera o amenaza la libertad individual o los derechos constitucionales conexos; por su parte el numeral 6 del artículo 25 del Código Procesal Constitucional, prevé que el habeas corpus procede para tutelar el derecho de los nacionales o de los extranjeros residentes a ingresar, transitar o salir del territorio nacional, salvo mandato judicial o aplicación de la Ley de Extranjería o de Sanidad TERCERO: De conformidad al artículo 1 del Código Procesal Constitucional, en general los procesos constitucionales de la libertad, y en especial el proceso de hábeas corpus, tienen por finalidad proteger los derechos constitucionales, restableciendo las cosas al estado anterior a la violación o amenaza de violación de un derecho constitucional, en tal sentido, es de advertir que la fundabilidad del hábeas corpus está supeditada a la real existencia de una afectación o de una amenaza de afectación de la libertad personal o de otro derecho conexo a éste. CUARTO: Bajo ese contexto, corresponde determinar si en efecto el derecho alegado por el demandante(libertad de tránsito) se ha visto vulnerado con el accionar de los demandados, estos es, la instalación de rejas metálicas al inicio de la calle Lima y la construcción del muro de concreto al final de ésta. QUINTO: Sobre esta controversia la parte demandante refiere que dicha calle sería de uso público, por su lado, los demandados afirman que es un pasaje privado para el uso común de los integrantes de la APV. Mateo Gonzáles, al respecto se tiene lo siguiente:

5.1. De la Autorización N° 043-77-VC-7430(folio 20), así como del plano adjunto se aprecia que el predio matriz ubicado entre las calles Coquimbo, Calle Inca y Calle santísimo de 2699.5 m2, fue sub dividido en 17 lotes, distribuidos en dos manzanas A y B, que pertenecen a la Asociación Provivienda Mateo González y con la finalidad de dar acceso a la vía pública a los titulares del los lotes 6, 7, 8 de la manzana A, así como a los titulares de los lotes 7, 8 y 9 de la manzana B, se previó un pasaje denominado Calle Lima, que se encuentra ubicado entre la manzana A y la Manzana B, advirtiéndose de dicho plano que este pasaje es parte del terreno matriz antes referido, lo que nos hace colegir que la referida área (Calle Lima) corresponde a la Asociación Provivienda Mateo González y no es una vía pública como afirma la parte demandante.

5.2. El inmueble del demandante conforme a la partida registral de fojas 30 se encuentra ubicado en la avenida Antonio

Lorena del Distrito de Santiago, y ubicándonos en el plano de fojas 20, así como observando las fotografías adjuntas se aprecia que el referido inmueble se halla al final de la Calle Lima, a modo de cierre de vía convirtiéndola en una calle ciega.

5.3. Revisadas las colindancias del inmueble del demandante( folio 30) se tiene que por el frente colinda con la Avenida

Antonio Lorena, entrando por el lado derecho con el lote N° 6 y entrando por el lado izquierdo con el lote numero 4 y

1 EXP. N.° 00784-2012-PHC/TC. Fund. 4

La República 31Jueves, 18 de junio de 2015 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

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por el fondo, con la Propiedad de Oscar Gonzáles; es de advertir que este último lindero es el que da al pasaje en controversia (a modo de cierre de la Calle Lima), coligiéndose de ello, que por este sector la vivienda del demandante colinda con una propiedad privada, que a decir de los demandados lleva nombre de su Asociación, y no, con una vía pública.

SEXTO: Estando a lo expuesto podemos colegir que el demandante no ha acreditado de manera fehaciente que la Calle Lima, constituya una vía pública, y si bien esgrime que la Resolución de la Gerencia Municipal N°005-2014-GI-MDS/2014, emitida por la Municipalidad Distrital de Santiago se señala que es de uso público y no privado, es de resaltar que el contenido y lo resuelto en dicho acto administrativo, aún no ha adquirido la calidad de “cosa decidida”, pues a fojas 62 se tiene la resolución de fecha 27 de febrero de 2015 que suspende el procedimiento coactivo iniciado hasta la resultas del recurso de apelación formulada contra la Resolución de la Gerencia Municipal N°005-2014-GI-MDS/2014, por lo que el contenido de dicha resolución carece de firmeza para desvirtuar la condición de bien privado de la calle materia de discusión. Asimismo, tampoco se ha acreditado en autos que siendo dicha vía de carácter privado, le asista al demandante un derecho de servidumbre que le permita tener acceso a su inmueble por dicha Calle. SÉTIMO: Ahora, si bien a criterio del Tribunal Constitucional es factible el ejercicio de la libertad de tránsito en vías privadas de uso público, como por ejemplo centros comerciales, centros de diversión, terminales terrestres privados y otros, sin embargo en el casode autos, el demandante no ha acreditado que el pasaje en cuestión sea de uso público, además observando las fotografías que obran en autos es posible advertir a simple vista que el espacio en conflicto no podría estar destinado al uso público, pues como ha se señalado antes es una calle ciega que resulta siendo útil únicamente a los demandados -ya que es la única ruta que les da acceso a la vía pública- y no para una colectividad indeterminada de personas, lo que excluye a juicio de este Colegiado el carácter de uso público que pueda atribuírsele a dicho pasaje. SÉTIMO: De las fotografías que obran a fojas 101 y 102 que datan del año 1994 y 2012, respectivamente, se advierte que la construcción antigua del demandante no tenía ninguna puerta de acceso por la calle Lima, contrariamente, fue edificada a espaldas de esta Calle, lo que evidencia que el actor al construir su nueva edificación de tres pisos, pretendía unilateralmente aperturarse una vía de acceso en desmedro de los intereses de los demandados, pues debe tenerse presente que la libertad de tránsito no es un derecho absoluto, sino, su ejercicio está sujeto al respeto del derecho a la propiedad de terceros, por lo que la demanda instada debe ser desestimada. OCTAVO: De otro lado, es de resaltar que la finalidad de los procesos constitucionales es proteger los derechos fundamentales, restableciendo las cosas al estado anterior a la violación o amenaza de violación de un derecho constitucional, en el presente caso de acuerdo a lo expuesto en considerando anterior, antes de la ocurrencia de los supuestos actos lesivos (instalación de rejas metálicas y construcción de muro de concreto), el demandante no hacía uso de dicha vía, por lo que no es factible afirmar que se le haya vulnerado su libertad de tránsito, consecuentemente, tampoco resulta factible reponer la cosas a un estado anterior, pues en ningún momento se lesionó derecho alguno. NOVENO: Finalmente el apelante refiere que la resolución apelada no estaría debidamente motivada, sobre el particular es de puntualizar que examinada la apelada se aprecia que ésta se encuentra suficientemente motivada conforme al mandato constitucional previsto en el numeral 5 del articulo 139 del Constitución Política del Estado, pues, el Juez del proceso da cuenta explícitamente de las razones que sustentan su decisión, por lo que corresponde desestimar este argumento impugnatorio. DECISIÓN: Por estas consideraciones, los integrantes de la Sala Penal de Apelaciones Transitoria de Cusco RESUELVEN: CONFIRMAR la sentencia contenida en la resolución N° 06, de fecha 7 de mayo de 2015 (folio 112-119), que declara improcedente la demanda de habeas corpus restringido formulado por Ángel Huacac Huañec, con lo demás que contiene. Y Los devolvieron. H.S. y T.R. S.S.(Adhesión al voto en discordia) (Voto en discordia) QUINTE VILLEGAS SILVA ASTETE CÁCERES PÉREZ Especialista de Sala: Abog. Américo Jordán Chillitupa

La República32 Jueves, 18 de junio de 2015SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

P JD P

ODER UDICIALEL ERÚCORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO

UDICIALUDICIALUDICIALUDICIAL

n el marco de las Fiestas Jubilares del

ECusco, el abogado Virlan Camargo Ochoa, Secretario General del Sindicato

de Trabajadores del Poder Judicial (SITRAPOJ - Cusco), en el afán de rendir Homenaje al Cusco Inmortal y coadyuvar en el desarrolló de las capacidades del personal que labora en este Distrito Judicial, organizó el “Ciclo de Confe-rencias en Temas de Derecho Civil”, realizado ayer miércoles 17 de junio en el Auditorio del Palacio de Justicia.Este importante evento académico inicio con la distinguida ponencia del Dr. Yuri Jhon Pereira Alagón, Juez Superior Titular de la Corte Supe-rior de Justicia del Cusco, quien en forma didác-tica expuso el tema “Barreras de Acceso a la Justicia en el Código Civil”, de igual forma el Dr. Luis Manuel Castillo Luna, Juez Titular del Tercer Juzgado de Trabajo de Actividad Pública y Previsional de Cusco, tuvo a su cargo una destacada exposición sobre “Los Remedios en el Derecho Civil”.Al finalizar el evento el Secretario General del SITRAPOJ – Cusco, agradeció y felicitó a los connotados juristas por tan acertada disertación.

TE INFORMA

CON ÉXITO SE REALIZÓ CICLO DE CONFERENCIAS

SOBRE TEMAS DE DERECHO CIVIL

Con ocasión de las Fiestas Jubilares del Cusco

Destacados magistrados fueron los expositores

Dr. Yuri Jhon Pereira Alagón, Juez Superior Titular de la Corte Superior de Justicia del Cusco

Dr.Luis Manuel Castillo Luna, Juez del Tercer Juzgado de

Trabajo de Actividad Pública y Previsional de Cusco

Numerable público que se dio cita al evento “Ciclo de Conferencias

en Temas de Derecho Civil”

La República 33Jueves, 18 de junio de 2015 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

Se pone en conocimiento de los señores abo-gados, defensores públicos, litigantes y público en general, que la SALA MIXTA, PENAL LIQUI-DADORA Y DE APELACIONES DE CANCHIS - S1CUANI, de conformidad a lo dispuesto por el Decreto Ley N° 25476 y de acuerdo al Calenda-rio Trimestral de Audiencias Públicas Extraor-dinarias, contenida en la Resolución Adminis-trativa N° 075-2015-P-CSJCU-PJ, DISPUSIERON PROGRAMAR la AUDIENCIA EXTRAORDINARIA DEL AÑO 2015 correspondiente al SEGUNDO TRIMESTRE, para el día VEINTICINCO DE JUNIO del presente Año Judicial a horas ONCE DE LA MAÑANA; la misma que se verificará en la Sala de Audiencias de esta Superior Sala, con

la concurrencia obligatoria de los Secretarios de los Juzgados Penales Liquidadores de las Provincias de Canchis, Canas, Espinar y Chum-bivilcas, para dar cuenta de la razón de causas a su cargo, conforme a la Resolución Adminis-trativa N° 008-2011-SP-CS-PJ.

Sicuani, 8 de junio de 2015.

LIBERATA SONIA ÁLVAREZ MENDOZAPRESIDENTA (e)

SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE CANCHISCORTE SUPERIROR DE JUSTICIA DEL CUSCO

PODER JUDICIAL

AUDIENCIA EXTRAORDINARIASEGUNDO TRIMESTRE DEL AÑO JUDICIAL 2015.

Sicuani, 8 de junio de 2015

De conformidad a lo dispuesto por el artículo 2 delDecreto Ley 25476, y de acuerdo al Calendario Trimestral de Audiencias Públicas Extraordinarias, contenida en la Resolu-ción Administrativa N° 075-2015-P-CSJCU-PJ, DISPUSIERON:

1) PROGRAMAR la fecha de AUDIENCIA EXTRAORDINARIA DEL AÑO 2015 correspondiente al SEGUNDO TRIMESTRE, para el día VEINTICINCO DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE a ho-ras ONCE DE LA MAÑANA, acto que tendrán lugar en la Sala de Audiencias N° 1 de ésta sede judicial, con la concurrencia obligatoria del Representante del Ministerio Público adscrito a ésta Superior Sala, de la Defensoría Pública, del Representan-te del Colegio de abogados de esta Provincia, del Director del Establecimiento Penitenciario San Judas Tadeo de Sicuani, del Jefe de la Policía Judicial.2) Los Secretarios Judiciales de los Juzgados penales de com-petencia de esta Sala Superior, deben cumplir lo dispuesto por la Resolución Administrativa N° 008-2011-SP-CS-PJ; así como deberán REMITIR LAS RAZONES DE CAUSAS, DE TODOS LOS PROCESOS QUE TRAMITEN EN SECRETARIA DE COMPETENCIA DE ESTA SUPERIOR SALA;3) El Director del Establecimiento Penitenciario San Judas Ta-deo de Sicuani, deberá remitir la relación de procesados cuyas causas correspondan a ésta Sala Superior, en el día y bajo res-ponsabilidad.4) NOTIFÍQUESE a todos los convocados para que intervengan

en la Audiencia programada.5) PUBLÍQUESE avisos en el Diario Judicial del Cusco, por tres veces consecutivas.6) COMUNÍQUESE vía fax en el día a los señores Jueces en lo Penal de competencia de ésta Sala, para que remitan las res-pectivas razones de causa, de procesos con reos libres y reos en cárcel, especificando la fecha de>inicio y fin de la investigación, las diligencias actuadas y las pendientes, en el caso de reos en cárcel el tiempo de su de-tención, en el caso de procesos reservados, deberán precisar la fecha de emisión de los oficios de captura.7) DISPONGASE que el Director del Establecimiento Penal remita la RELACION DE DETENIDOS de procesos que son de conocimiento de ésta Superior Sala, con dicho fin, presente el Secretario de Sala las RAZONES DE CAUSAS, respecto a los ex-pedientes con REOS EN CARCEL y REOS LIBRES. Se afectúe las notificaciones correspondientes, con la anticipación necesaria y bajo responsabilidad. Hagase Saber.-

S.S.ALVAREZ MENDOZATRELLES SULLACÁCERES CÁCERES

RAÚL GUTIERREZ OCHOASECRETARIO DE SALA

SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE CANCHISCORTE SUPERIOR DE JU8STICIA DE CUSCO

PODER JUDICIAL

AUDIENCIA PÚBLICA EXTRAORDINARIA CORRESPONDIENTE SEGUNDO TRIMESTRE DEL AÑO

JUDICIAL 2015

RESOLUCION N° 02

La República34 Jueves, 18 de junio de 2015SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

La República 35Jueves, 18 de junio de 2015 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

La República36 Jueves, 18 de junio de 2015SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

La República 37Jueves, 18 de junio de 2015 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

Nº Hora Exp. Apelación Demandante Demandado Materia Proc. Colegiado1 08:00 1478-2014 Sentencia López Quispe Melquiades UGEL Cusco Contencioso Adm. 2-J-T-T-C Ladrón De Guevara-Bustamante-Holgado

2 08:05 2401-2013 Sentencia Accostupa Llamacponcca Flavio Municipalidad de Cusco Contencioso Adm. 3-J-T-C Bustamante-Holgado Paredes

3 08:10 333-2014 Sentencia Choque Choquenaira Lucila UGEL Quispicanchi Contencioso Adm. 3-J-T-C Ladrón De Guevara-Bustamante-Holgado

4 08:15 177-2014 Sentencia Huayroccacya Kana Maximiliana UGEL Paucartambo Contencioso Adm. 3-J-T-C Ladrón De Guevara-Bustamante-Holgado

5 08:20 1303-2014 Sentencia Pimentel Alvarez Maria Antonieta C. DREC Contencioso Adm. 2-J-T-T-C Ladrón De Guevara-Bustamante-Holgado

6 08:25 19-2014 Sentencia Aparicio Estrada Justo P. DREC Contencioso Adm. 3-J-T-C Ladrón De Guevara-Bustamante-Holgado

7 08:30 3257-2013 Sentencia Esquivel Tupayachi Oscar G. DREC Contencioso Adm. 3-J-T-C Ladrón De Guevara-Bustamante-Holgado

8 09:00 858-2014 Sentencia Kida Delgado Elisa AGRORURAL Laboral Privado 1-J-T-C Ladrón De Guevara-Bustamante-Holgado

9 10:00 3342-2012 Sentencia Siclla Tomaylla Carlos SUNAT Laboral Privado 1-J-T-C Ladrón De Guevara-Bustamante-Holgado

10 11:00 2939-2013 Sentencia Núñez Soto Jesus Nimer Corte Superior de Justicia de Cusco Laboral Privado 1-J-T-C Bustamante-Holgado-Paredes

11 11:45 83-2015 Sentencia Mendoza Pfuyo Lourdes T. Municipalidad de Cusco Laboral Privado 1-J-T-T-C Ladrón De Guevara-Bustamante-Holgado

Nº Hora Exp. Apelación Demandante Demandado Materia Proc. Colegiado1 08:00 1674-2014 Sentencia Milon de Sánchez Maria E. DREC Contencioso Adm. 2-J-T-T-C Ladrón De Guevara-Bustamante-Holgado

2 08:05 3644-2013 Sentencia Segundo Valencia Cipriano DREC Contencioso Adm. 2-J-E-T-C Ladrón De Guevara-Bustamante-Holgado

3 08:10 711-2013 Sentencia Villafuerte Peña María DREC Contencioso Adm. 3-J-T-C Ladrón De Guevara-Bustamante-Holgado

4 08:15 1862-2014 Sentencia Vilca Bravo Heradia Ubaldina DREC Contencioso Adm. 2-J-T-T-C Ladrón De Guevara-Bustamante-Holgado

5 08:20 414-2014 Sentencia Roca de Olazabal Mercedes DREC Contencioso Adm. 3-J-T-C Ladrón De Guevara-Bustamante-Holgado

6 08:25 33-2014 Sentencia Salinas Estrada Luz Ofelia DREC Contencioso Adm. 3-J-T-C Ladrón De Guevara-Bustamante-Holgado

7 08:30 1895-2014 Sentencia Aroni Huayapa Lourdes UGEL Cusco Contencioso Adm. 2-J-T-T-C Ladrón De Guevara-Bustamante-Holgado

8 08:35 335-2014 Sentencia Corahua Salcedo Mario Rubén UGEL Espinar Contencioso Adm. 3-J-T-C Ladrón De Guevara-Bustamante-Holgado

9 08:40 1555-2014 Sentencia Cusi Usandivares Feliciano DREC Contencioso Adm. 2-J-T-T-C Ladrón De Guevara-Bustamante-Holgado

10 09:00 1637-2014 Sentencia Alvarez Gonzales Virginia CORPAC S.A. Laboral Privado 1-J-T Ladrón De Guevara-Bustamante-Holgado

11 10:00 1321-2011 Sentencia Zaamata Mondaca Palmero PERU RAIL S.A. Laboral Privado 1-J-T Ladrón De Guevara-Bustamante-Holgado

12 11:00 2307-2013 Sentencia Arredondo Castillo Miguel UNSAAC Laboral Privado 1-J-C-C Ladrón De Guevara-Bustamante-Holgado

13 11:45 2170-2014 Sentencia Huamán Ortiz Nancy Municipalidad de Cusco Laboral Privado 1-J-T-C Ladrón De Guevara-Bustamante-Holgado

Nº Hora Exp. Apelación Demandante Demandado Materia Proc. Colegiado1 08:00 24-2015 Sentencia Luna Soto Cristobal DREC Contencioso Adm. J-M-C Ladrón De Guevara-Bustamante-Holgado

2 08:05 775-2014 Sentencia Choque Jurado Delia DREC Contencioso Adm. 3-J-T-C Ladrón De Guevara-Bustamante-Holgado

3 08:10 28-2015 Sentencia Olivera de Calderón Nelid Licel DREC Contencioso Adm. J-M-Calca Ladrón De Guevara-Bustamante-Holgado

4 08:15 541-2013 Sentencia Año Villegas Irma UGEL La Convención Contencioso Adm. 2-J-T-C Ladrón De Guevara-Bustamante-Holgado

5 08:20 3351-2013 Sentencia Arenas Farfán Walter UGEL Chumbivilcas Contencioso Adm. 3-J-T-C Ladrón De Guevara-Bustamante-Holgado

6 08:25 379-2014 Sentencia Martínez Corrales Eliana DREC Contencioso Adm. 3-J-T-C Ladrón De Guevara-Bustamante-Holgado

7 09:00 1730-2013 Sentencia Bellota Huillca Felipe Raices Perú-Servicios Turisticos Laboral Privado 1-J-T Ladrón De Guevara-Bustamante-Holgado

8 10:00 2097-2013 Sentencia SEDACUSCO S.A Chamorro Valenzuela Julia Laboral Privado 1-J-T-T Bustamante-Holgado-Paredes

9 11:00 2755-2013 Sentencia Quintanilla Gonzáles Marite Corte Superior de Justicia de Cusco Laboral Privado 1-J-T-C Bustamante-Holgado-Paredes

10 11:45 1783-2014 Sentencia Pillco Huarhua Estela EMUFEC S.A. Laboral Privado 1-J-T-T-C Ladrón De Guevara-Bustamante-Holgado

Nº Hora Exp. Apelación Demandante Demandado Materia Proc. Colegiado1 08:00 369-2014 Sentencia Artiaga Vda de Tinajeros Susana DREC Contencioso Adm. 2-J-E-T-C Ladrón De Guevara-Bustamante-Holgado

2 08:05 3686-2013 Sentencia Tello Quispe Jorge DREC Contencioso Adm. 2-J-E-T-C Ladrón De Guevara-Bustamante-Holgado

3 08:10 1437-2014 Sentencia Monzón Aslla Estebán DREC Contencioso Adm. 2-J-T-T-C Ladrón De Guevara-Bustamante-Holgado

4 08:15 153-2013 Sentencia Rodríguez Limache Jakeline Municipalidad de San Sebastian Contencioso Adm. 3-J-T-C Ladrón De Guevara-Bustamante-Holgado

5 08:20 2216-2013 Sentencia Agramonte Llana Yony Ruth DREC Contencioso Adm. 2-J-E-T-C Ladrón De Guevara-Bustamante-Holgado

6 08:25 1669-2010 Sentencia Zarate Medina Claudio Augusto DREC Contencioso Adm. 2-J-T-C Ladrón De Guevara-Bustamante-Holgado

7 09:00 1894-2014 Sentencia Ortiz Polanco Paulina Hogar de Menores Brigida Arrambide Laboral Privado 1-J-T-C Ladrón De Guevara-Bustamante-Holgado

8 10:00 2780-2014 Sentencia Velarde Huamán Belén Municipalidad de Cusco Laboral Privado 1-J-T-C Ladrón De Guevara-Bustamante-Holgado

9 11:00 2747-2013 Sentencia Carayhua Mendoza Hercilio Municipalidad de Cusco Laboral Privado J-T-TC Ladrón De Guevara-Bustamante-Holgado

10 11:45 3383-2013 Sentencia Uscamayta Ortiz Justina Municipalidad de Cusco Laboral Privado 1-J-T-C Bustamante-Holgado-Paredes

Nº Hora Exp. Apelación Demandante Demandado Materia Proc. Colegiado1 08:30 244-2012 Sentencia Wilfredo Ccanchi Ccana Dirección de Cultura Cusco Laboral Privado 1-J-T-C Dirimencia: Ladrón De Guevara

2 09:30 261-2014 Sentencia Meza Núñez Paulina IMA Laboral Privado 1-J-T-C Dirimencia: Ladron de Guevara

3 10:30 115-2014 Sentencia Aviles Sequeiros Rolando E. Municipalidad de Anta Laboral Privado 1-J-T-C Dirimencia: Ladron de Guevara

Cusco, 15 de Junio de 2015

VICTOR LADRON DE GUEVARA DE LA CRUZ MARIA DEL ROSARIO DONGO CALLO PRESIDENTE SECRETARIA

Jueves, 18 de junio de 2015

Viernes, 19 de junio de 2015

Miercoles, 17 de junio de 2015

Martes, 16 de junio de 2015

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO

PRIMERA SALA LABORAL

TABLA DE VISTA DE CAUSAS Y AUDIENCIAS (lunes 15, a viernes 19 de junio de 2015)

Lunes, 15 de junio de 2015

La República38 Jueves, 18 de junio de 2015SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

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La República 39Jueves, 18 de junio de 2015 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

La República40 Jueves, 18 de junio de 2015SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura 

ODECMA Cusco  

COMUNICADO N° 004  A todas las personas preinscritas en el:  

CURSO INTENSIVO DE QUECHUA1 

Inicio de Clases – sábado 04 de julio2  

Horario:     Mañana  09:00 – 12:00 a.m. Tarde   03:00 – 05:00 p.m. 

Lugar:    Centro Tinku Calle Nueva Baja 560 (frente al Rotary Club) 

Coordinación: Sra. Karina Escobar Teléfonos:   249737 ‐ 984713082  ÚLTIMAS INSCRIPCIONES HASTA MEDIA HORA ANTES DEL INICIO DE CLASES 

  

Cusco, 16 de junio de 2015.   

Dra. Dafné Dana Barra Pineda Jefa de la ODECMA Cusco 

1 Se enseñará preferentemente Quechua Jurídico. 2 La reprogramación de la fecha de inicio, se debe al feriado del día lunes 29 de junio.