sufragio universal
TRANSCRIPT
![Page 1: Sufragio Universal](https://reader031.vdocuments.co/reader031/viewer/2022013115/557201e14979599169a28738/html5/thumbnails/1.jpg)
SUFRAGIO UNIVERSAL
El sufragio universal, como medio de elección de los gobernantes, esta hoy admitido en
todas las democracias liberales del mundo, e incluso es utilizado, aunque un poco
deformado, en sistemas autocráticos.
En palabras de Lucas Verdú, mediante el sufragio os ciudadanos ejercen el derecho
reconocido en las normas constitucionales y ordinarias, y con arreglo a las mismas, a
participar en la fijación de la orientación política nacional, eligiendo a los candidatos para
puestos parlamentarios y otros cargos públicos. En términos generales, el sufragio
universal consiste en la posibilidad que tiene todo ciudadano, por el solo hecho de serlo, a
participar con su voto en las elecciones.
![Page 2: Sufragio Universal](https://reader031.vdocuments.co/reader031/viewer/2022013115/557201e14979599169a28738/html5/thumbnails/2.jpg)
Teniendo en cuenta la anterior definición, se distinguen cinco clases de elecciones por
sufragio universal:
a. Elecciones de cuerpo colegiado: con este se busca integrar o renovar, total o
parcialmente el Congreso o Parlamento y demás cuerpos colegiados. Estas
elecciones son las más frecuentes de una democracia liberal.
b. Elecciones presidenciales: se realizan en los países con sistema de gobierno
presidencial, para elegir al jefe de estado, quien además es el jefe de gobierno. Estas
son las que generan mas interés en la opinión publica y entorno a las cuales mayor
actividad despliegan los partidos políticos, dada la importancia que se le da al
presidente.
c. Elecciones para proveer otros cargos unipersonales: entre estas están las elecciones
para alcaldes y gobernadores o mandatarios seccionales, estas son más
características de los estados federales.
![Page 3: Sufragio Universal](https://reader031.vdocuments.co/reader031/viewer/2022013115/557201e14979599169a28738/html5/thumbnails/3.jpg)
d. Elecciones referendarias o plebiscitarias: son formas de practicar la democracia semi-
directa establecida en varios países.
e. Elecciones de iniciativa popular: son aquellas en las que el pueblo se pronuncia sobre
temas o cuestiones propuestos por el mismo, y que constituyen la aplicación de la
democracia directa.
El sufragio universal, supone la participación de todos los ciudadanos en igualdad de
condiciones, sin distinción de raza, condición social, ni credos. Fue proclamado por
primera vez n la constitución de Francia de 1793, aunque no se llevo a la práctica. En
Colombia fue consagrado por primera vez en la constitución de 1853 aunque no se
practicó. Luego lo consagraron las demás constituciones, pero bajo la forma de sufragio
restringido; pero en 1936 se suprimieron las restricciones d estirpe económica e
intelectual.
![Page 4: Sufragio Universal](https://reader031.vdocuments.co/reader031/viewer/2022013115/557201e14979599169a28738/html5/thumbnails/4.jpg)
Formas de sufragio restringido
Las más conocidas son el sufragio censitario y el sufragio capacitario. El primero es el
sufragio restringido por razones de fortuna, consiste en no dar el derecho al voto sino a las
personas que paguen cierta cifra de contribución directa llamada “censo electoral”; es el
sufragio de los contribuyentes. Pero hay otra forma de este tipo de sufragio que es cuando
solo se le otorga el voto a quienes sean dueños de propiedad inmobiliaria. Los defensores
de esta clase de sufragio alegan que es justo, ya que solo quienes cargan con el peso
económico de las decisiones gubernamentales, pueden sufragar.
El sufragio capacitario o voto calificado consiste en reservar el derecho al voto a los
ciudadanos que tengan cierto grado de instrucción, básicamente a quienes sepan leer y
escribir. Este sistema se ha adoptado en varios países subdesarrollados en épocas
contemporáneas. En Colombia existió hasta 1936 un sistema mixto, ya que la constitución
de 1886 establecía que todos los ciudadanos podían elegir a sus respectivos concejales y
diputados a las asambleas locales, pero los representantes a la cámara solo podían votar
![Page 5: Sufragio Universal](https://reader031.vdocuments.co/reader031/viewer/2022013115/557201e14979599169a28738/html5/thumbnails/5.jpg)
las personas que supieran leer y escribir o tuvieran una renta anual de quinientos pesos o
propiedad inmueble de mil quinientos pesos.
Limitaciones al sufragio universal
Jurídicamente el sufragio universal es aquel en el cual no existe ninguna restricción por
causa de fortuna o de discapacidad intelectual, pero ello no significa que todas las
personas gocen de derecho al voto.
a. Limitaciones por sexo: hasta hace poco tiempo el derecho al voto estaba circunscrito
únicamente a los varones. El motivo por el cual se realizaba esto era porque la mujer
se le daba la función de esencial de atender a las actividades familiares y domésticas,
reservándole al hombre la participación en la vida pública.
![Page 6: Sufragio Universal](https://reader031.vdocuments.co/reader031/viewer/2022013115/557201e14979599169a28738/html5/thumbnails/6.jpg)
b. Limitaciones por edad: es apenas lógico que los menores de edad no tengan derecho
al voto, por lo que este se reserva a los adultos, en las que se presume que hay
mayor experiencia y capacidad de juicio para una elección.
c. Limitaciones por indignidad: también es apenas lógico que se luyan del derecho al
voto, las personas que hayan sido condenadas por los tribunales, por haber cometido
delitos comunes, norma que existe en todas las constituciones del mundo.
d. Limitaciones por profesión: en muchos países del mundo se prohíbe el voto a los
militares, en Colombia por ejemplo este principio esta consagrado en el art. 219 de la
Constitución Política. La razón de esta limitación es por la presión que pueden ejercer
los altos mando a sus subalternos para una elección, y por otro lado la intervención en
política de instituciones armadas. Otro caso de este tipo de limitación ocurre en
México, en el cual se le prohíbe el voto a los sacerdotes.
e. Limitaciones por nacionalidad: como es de esperarse, los derechos políticos están
reservados a los nacionales de un Estado, por consiguiente los extranjeros no tienen
![Page 7: Sufragio Universal](https://reader031.vdocuments.co/reader031/viewer/2022013115/557201e14979599169a28738/html5/thumbnails/7.jpg)
derecho al voto, salvo excepciones, donde se les permite votar en elecciones de
carácter local o comunal, si se demuestra la residencia en dicha localidad.
f. Otras limitaciones: además de las anteriores, en muchos estados se excluye del
derecho al sufragio a los dementes incapacitados civilmente, los vagos, interdictos,
maleantes reconocidos, mendigos, entre otras calidades de personas.