sufragio universal

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SUFRAGIO UNIVERSAL El sufragio universal, como medio de elección de los gobernantes, esta hoy admitido en todas las democracias liberales del mundo, e incluso es utilizado, aunque un poco deformado, en sistemas autocráticos. En palabras de Lucas Verdú, mediante el sufragio os ciudadanos ejercen el derecho reconocido en las normas constitucionales y ordinarias, y con arreglo a las mismas, a participar en la fijación de la orientación política nacional, eligiendo a los candidatos para puestos parlamentarios y otros cargos públicos. En términos

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Page 1: Sufragio Universal

SUFRAGIO UNIVERSAL

El sufragio universal, como medio de elección de los gobernantes, esta hoy admitido en

todas las democracias liberales del mundo, e incluso es utilizado, aunque un poco

deformado, en sistemas autocráticos.

En palabras de Lucas Verdú, mediante el sufragio os ciudadanos ejercen el derecho

reconocido en las normas constitucionales y ordinarias, y con arreglo a las mismas, a

participar en la fijación de la orientación política nacional, eligiendo a los candidatos para

puestos parlamentarios y otros cargos públicos. En términos generales, el sufragio

universal consiste en la posibilidad que tiene todo ciudadano, por el solo hecho de serlo, a

participar con su voto en las elecciones.

Page 2: Sufragio Universal

Teniendo en cuenta la anterior definición, se distinguen cinco clases de elecciones por

sufragio universal:

a. Elecciones de cuerpo colegiado: con este se busca integrar o renovar, total o

parcialmente el Congreso o Parlamento y demás cuerpos colegiados. Estas

elecciones son las más frecuentes de una democracia liberal.

b. Elecciones presidenciales: se realizan en los países con sistema de gobierno

presidencial, para elegir al jefe de estado, quien además es el jefe de gobierno. Estas

son las que generan mas interés en la opinión publica y entorno a las cuales mayor

actividad despliegan los partidos políticos, dada la importancia que se le da al

presidente.

c. Elecciones para proveer otros cargos unipersonales: entre estas están las elecciones

para alcaldes y gobernadores o mandatarios seccionales, estas son más

características de los estados federales.

Page 3: Sufragio Universal

d. Elecciones referendarias o plebiscitarias: son formas de practicar la democracia semi-

directa establecida en varios países.

e. Elecciones de iniciativa popular: son aquellas en las que el pueblo se pronuncia sobre

temas o cuestiones propuestos por el mismo, y que constituyen la aplicación de la

democracia directa.

El sufragio universal, supone la participación de todos los ciudadanos en igualdad de

condiciones, sin distinción de raza, condición social, ni credos. Fue proclamado por

primera vez n la constitución de Francia de 1793, aunque no se llevo a la práctica. En

Colombia fue consagrado por primera vez en la constitución de 1853 aunque no se

practicó. Luego lo consagraron las demás constituciones, pero bajo la forma de sufragio

restringido; pero en 1936 se suprimieron las restricciones d estirpe económica e

intelectual.

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Formas de sufragio restringido

Las más conocidas son el sufragio censitario y el sufragio capacitario. El primero es el

sufragio restringido por razones de fortuna, consiste en no dar el derecho al voto sino a las

personas que paguen cierta cifra de contribución directa llamada “censo electoral”; es el

sufragio de los contribuyentes. Pero hay otra forma de este tipo de sufragio que es cuando

solo se le otorga el voto a quienes sean dueños de propiedad inmobiliaria. Los defensores

de esta clase de sufragio alegan que es justo, ya que solo quienes cargan con el peso

económico de las decisiones gubernamentales, pueden sufragar.

El sufragio capacitario o voto calificado consiste en reservar el derecho al voto a los

ciudadanos que tengan cierto grado de instrucción, básicamente a quienes sepan leer y

escribir. Este sistema se ha adoptado en varios países subdesarrollados en épocas

contemporáneas. En Colombia existió hasta 1936 un sistema mixto, ya que la constitución

de 1886 establecía que todos los ciudadanos podían elegir a sus respectivos concejales y

diputados a las asambleas locales, pero los representantes a la cámara solo podían votar

Page 5: Sufragio Universal

las personas que supieran leer y escribir o tuvieran una renta anual de quinientos pesos o

propiedad inmueble de mil quinientos pesos.

Limitaciones al sufragio universal

Jurídicamente el sufragio universal es aquel en el cual no existe ninguna restricción por

causa de fortuna o de discapacidad intelectual, pero ello no significa que todas las

personas gocen de derecho al voto.

a. Limitaciones por sexo: hasta hace poco tiempo el derecho al voto estaba circunscrito

únicamente a los varones. El motivo por el cual se realizaba esto era porque la mujer

se le daba la función de esencial de atender a las actividades familiares y domésticas,

reservándole al hombre la participación en la vida pública.

Page 6: Sufragio Universal

b. Limitaciones por edad: es apenas lógico que los menores de edad no tengan derecho

al voto, por lo que este se reserva a los adultos, en las que se presume que hay

mayor experiencia y capacidad de juicio para una elección.

c. Limitaciones por indignidad: también es apenas lógico que se luyan del derecho al

voto, las personas que hayan sido condenadas por los tribunales, por haber cometido

delitos comunes, norma que existe en todas las constituciones del mundo.

d. Limitaciones por profesión: en muchos países del mundo se prohíbe el voto a los

militares, en Colombia por ejemplo este principio esta consagrado en el art. 219 de la

Constitución Política. La razón de esta limitación es por la presión que pueden ejercer

los altos mando a sus subalternos para una elección, y por otro lado la intervención en

política de instituciones armadas. Otro caso de este tipo de limitación ocurre en

México, en el cual se le prohíbe el voto a los sacerdotes.

e. Limitaciones por nacionalidad: como es de esperarse, los derechos políticos están

reservados a los nacionales de un Estado, por consiguiente los extranjeros no tienen

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derecho al voto, salvo excepciones, donde se les permite votar en elecciones de

carácter local o comunal, si se demuestra la residencia en dicha localidad.

f. Otras limitaciones: además de las anteriores, en muchos estados se excluye del

derecho al sufragio a los dementes incapacitados civilmente, los vagos, interdictos,

maleantes reconocidos, mendigos, entre otras calidades de personas.