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1 T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Penal SENTENCIA Sentencia Nº: 508 /2015 Fecha Sentencia: 27/07/2015 Ponente Excmo. Sr. D.: Juan Saavedra Ruiz Segunda Sentencia RECURSO CASACION (P) :10062/2014 P Fallo/Acuerdo: Sentencia Estimatoria Parcial Señalamiento: 16/07/2014 Procedencia: Audiencia Provincial de Málaga, Sección Primera. Secretaría de Sala: Ilmo. Sr. D. Juan Antonio Rico Fernández Escrito por: ICR Voto Particular

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Caso Malaya

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T R I B U N A L S U P R E M O1
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Penal
Segunda Sentencia
Fallo/Acuerdo: Sentencia Estimatoria Parcial
Secretaría de Sala: Ilmo. Sr. D. Juan Antonio Rico Fernández
Escrito por: ICR
Vista: 16/07/2014
Secretaría de Sala: Ilmo. Sr. D. Juan Antonio Rico Fernández
TRIBUNAL SUPREMO
D. Alberto Jorge Barreiro
En nombre del Rey
La Sala Segunda de lo Penal, del Tribunal Supremo, constituída por
los Excmos. Sres. mencionados al margen, en el ejercicio de la potestad
jurisdiccional que la Constitución y el pueblo español le otorgan, ha dictado la
siguiente
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a veintisiete de Julio de dos mil quince.
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En los recursos de casación por quebrantamiento de forma,
infracción de ley y de precepto constitucional, que ante Nos pende,
interpuestos por el MINISTERIO FISCAL, ABOGADO DEL ESTADO,
JUNTA DE ANDALUCÍA, PEDRO ROMÁN ZURDO representado por la
Procuradora Doña Rosa Martínez Virgili, GIOVANNI PIERO MONTALDO
representado por el Procurador Don Evencio Conde de Gregorio, BELÉN
CARMONA DE LEÓN representada por la Procuradora Doña Milagros
Duret Arguello, ISABEL GARCÍA MARCOS representada por la
Procuradora Doña Laura Lozano Montalvo, FRANCISCO SORIANO
ZURITA representado por el Procurador Don Antonio Rafael Rodríguez
Muñoz, MANUEL SÁNCHEZ ZUBIZARRETA representado por el
Procurador Don Antonio Rafael Rodríguez Muñoz, JOSÉ MARÍA
GONZÁLEZ DE CALDAS MÉNDEZ representado por la Procuradora Doña
Margarita López Jiménez, MASSIMO FILIPPA representado por el
Procurador Don Miguel Ángel Montero Reiter, RAFAEL GÓMEZ
SÁNCHEZ representado por la Procuradora Doña Lourdes Fernández-
Luna Tamayo, JOAQUÍN MARTÍNEZ VILANOVA MARTÍNEZ
representado por la Procuradora Doña Carmen Ortiz Cornago, PEDRO
PEÑA BARRAGÁN representado por la Procuradora Doña Gracia López
Fernández, MARÍA JOSÉ LANZAT POZO representada por la
Procuradora Doña Rosa Vidal Gil, MONTSERRAT CORULLA CASTRO
representada por el Procurador Don Manuel Sánchez-Puelles y González-
Carvajal, RAFAEL DEL POZO IZQUIERDO representado por el
Procurador Don Felipe de Juanas Blanco, JOSÉ ÁVILA ROJAS
representado por el Procurador Don Daniel Bufalá Balmaseda, JUAN
ANTONIO ROCA NICOLÁS representado por la Procuradora Doña Irene
Molinero Romero, LEOPOLDO BARRANTES CONDE representado por la
Procuradora Doña Susana Gómez Castaño, MIGUEL LÓPEZ BENJUMEA
representado por la Procuradora Doña Pilar Rico Cadenas, SABINO
FALCONIERI representado por la Procuradora Doña Pilar Rico Cadenas,
FRANCISCO GARCÍA LEBRÓN representado por la Procuradora Doña
María Lydia Leiva Cavero, JENARO BRIALES NAVARRETE representado
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por la Procuradora Doña María Lydia Leiva Cavero, JESÚS RUIZ
CASADO representado por la Procuradora Doña María Lydia Leiva
Cavero, CARLOS SÁNCHEZ HERNÁNDEZ representado por la
Procuradora Doña Carmen Otero García, JUAN GERMAN HOFFMANN
DEPKEN representado por el Procurador Don Roberto Sastre Moyano,
PEDRO FRANCISCO PÉREZ SALGADO representado por el Procurador
Don Roberto Sastre Moyano, HEREDEROS DE FRANCISCO RAMÍREZ
OLIVERA representados por la Procuradora Doña Susana Gómez
Castaño, ENRIQUE VENTERO TERLEIRA representado por la
Procuradora Doña Macarena Rodríguez Ruiz, ANTONIO JIMENO
JIMÉNEZ representado por el Procurador Don Agustín Sanz Arroyo,
RAFAEL GONZÁLEZ CARRASCO representado por la Procuradora Doña
Rosa Martínez Serrano, ÓSCAR ALBERTO BENAVENTE PÉREZ
representado por la Procuradora Doña Esther Gómez de Enterría Bazán,
PEDRO TOMÁS REÑONES CREGO representado por la Procuradora
Doña Irene Molinero Romero, MARÍA SOLEDAD YAGÜE REYES
representada por la Procuradora Doña Irene Molinero Romero, ANDRÉS
LIÉTOR MARTÍNEZ representado por la Procuradora Doña Irene Molinero
Romero, MARÍA LUISA ALCALÁ DUARTE representada por la
Procuradora Doña Nuria Munar Serrano, VICENTE MANCILES HIGUERO
representado por la Procuradora Doña Araceli Morales Merino, MARÍA
DEL CARMEN REVILLA FERNÁNDEZ representada por la Procuradora
Doña Irene Molnero Romero, SALVADOR GARDOQUI ARIAS
representado por la Procuradora Doña Esther Ana Gómez de Enterría
Bazán, ALBERTO HÉCTOR PEDRONZO MOREIRO representado por el
Procurador Don Roberto Granizo Palomeque, RAFAEL CALLEJA
VILLACAMPA representado por la Procuradora Doña Esther Gómez de
Enterría Bazán, ARAGONESAS DE FINANZAS JACETANAS S.L.
representada por el Procurador Don Roberto Granizo Palomeque,
BRAMEN CAPITAL S.L. representada por el Procurador Don Roberto
Granizo Palomeque, LÁMPARAS OWAL S.A. representada por el
Procurador Don Roberto Granizo Palomeque, JACALO INMOBILIARIA
SLU representada por el Procurador Don Roberto Granizo Palomeque,
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Palomeque, SOGAJOTO SLU representada por el Procurador Don
Roberto Granizo Palomeque, AIFOS ARQUITECTURA y PROMOCIONES
INMOBILIARIAS S.A. representada por la Procuradora Doña María Lydia
Leiva Cavero, JOSÉ ANTONIO JAÉN POLONIO representado por la
Procuradora Doña Susana Gómez Castaño, ÓSCAR JIMÉNEZ GARCÍA
representado por la Procuradora Doña Esther Gómez de Enterría Bazán y
FLORENCIO SAN AGAPITO RAMOS representado por el Procurador Don
Agustín Sanz Arroyo; contra sentencia dictada por la Audiencia Provincial
de Málaga, Sección Primera, de fecha 04/10/2013, seguida por los delitos
de prevaricación, malversación de caudales públicos, apropiación indebida,
fraude, cohecho, blanqueo de capitales, tráfico de influencias, contra la
hacienda pública, falsedad documental, alteración del precio en concursos
y subastas públicas, contra la administración de justicia, tenencia ilícita de
armas y revelación de secretos; los Excmos. Sres. componentes de la Sala
Segunda del Tribunal Supremo que al margen se expresan se han
constituido para la Vista bajo la Presidencia y Ponencia del primero de los
indicados; siendo parte recurrida AYUNTAMIENTO DE MARBELLA,
representado por el Procurador Don Antonio Ortega Fuentes, FIDEL SAN
ROMÁN MORÁN, representado por el Procurador Don Francisco García
Crespo, JULIÁN FELIPE MUÑOZ PALOMO, representado por la
Procuradora Doña Aranzazu Fernández Pérez, JOSÉ LUIS FERNÁNDEZ
GARROSA, representado por el Procurador Don Manuel Monfort Edo y
EMILIO JORRÍN GESTAL, representado por la Procuradora Doña
Almudena Delgado Gordo.
I. ANTECEDENTES
PRIMERO.- El Juzgado de Instrucción nº 5 de los de Marbella,
instruyó sumario nº 7/2007 contra Juan Antonio Roca Nicolás y otros, por
delitos de prevaricación, malversación de caudales públicos, apropiación
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contra la hacienda pública, falsedad documental, alteración del precio en
concursos y subastas públicas, contra la administración de justicia,
tenencia ilícita de armas y revelación de secretos y, una vez concluso, lo
remitió a la Audiencia Provincial de Málaga, Sección Primera, que con
fecha 4 de octubre de 2013, dictó sentencia que contiene los siguientes
Hechos Probados:
1 Histórico
El partido político Grupo Independiente Liberal, conocido con las siglas G.I.L. y liderado por el fallecido Sr. Jesús Gil y Gil entró a gobernar el municipio de Marbella en el año 1991 con una amplia mayoría absoluta.
El citado Grupo Político tenía un interés especial en la aprobación de un nuevo Plan General del Ordenación Urbana que denominaremos del año 98, frente al vigente en aquella época que era del año 1986.
2 Pleno Nocturno
El día 6 de Agosto de 1998 el Alcalde de Marbella Sr. Jesús Gil convocó un Pleno extraordinario a las 00,05 horas del día 7 de Agosto para acordar la aprobación definitiva de la revisión del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Marbella, que había sido rechazado por la Comisión de Urbanismo de Málaga el día 20 de julio por no reunir las condiciones legales.
La convocatoria del Pleno coincidía con la finalización del plazo de seis meses de que disponía la Junta de Andalucía para decidir y pronunciarse sobre la aprobación definitiva del PGOU de Marbella, interesando el Sr. Gil del Consistorio la aprobación del Plan por silencio administrativo.
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Dicho Pleno fue posteriormente anulado por Resolución de la Sala de la Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, confirmada por el Tribunal Supremo.
3 Elecciones de 2003
En las elecciones celebradas el día 25 de Mayo de 2003, el GIL revalidó la mayoría absoluta en el Ayuntamiento de Marbella. Tras las elecciones fue elegido Alcalde el también procesado Sr. Julián Felipe Muñoz Palomo, que había encabezado la lista de esta formación política.
Mediante Decreto de 17 de junio de 2003 del Alcalde – Presidente Sr Muñoz Palomo, se constituyó la Comisión de Gobierno, que quedó integrada por los siguientes miembros de la Corporación:
Presidente,
Y como vocales:
- Sra. Alcalá Duarte, 7º Teniente de Alcalde, y
- Sr. Garcia Muñoz, 8º Teniente de Alcalde.
Por dicho Decreto el nuevo Alcalde, Sr. Muñoz Palomo, estableció las Delegaciones de Competencias de carácter general a favor de los miembros de la Comisión de Gobierno en las diversas Áreas de Actuación. Sin embargo no fueron delegadas en la Comisión las competencias en materia de urbanismo.
4 Moción De Censura
División en el G.I.L.
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De la amplia prueba testifical practicada en las actuaciones hemos de concluir que una de las principales causas que motivaron la Moción de Censura presentada el día 1 de Agosto de 2003 y aprobada el día 13 de ese mes contra el Alcalde Sr. Julián Muñoz, fue las disensiones insalvables existentes dentro del citado Partido Político y la guerra abierta y declarada entre el Sr. Jesús Gil inhabilitado desde el día 28 de Abril de 2002 por Sentencia firme del Tribunal Supremo de fecha 5-4-2002, pese a lo cual seguía siendo el Presidente del Partido, y el nuevo Alcalde Sr. Julián Muñoz.
Las disensiones inicialmente políticas dentro del mismo partido, llega un momento en que transcienden dicha actividad y entran de lleno en el ámbito personal.
En el ámbito político el distanciamiento, la escisión entre los miembros se fue haciendo patente, hasta el punto de que:
- El Sr. Muñoz trató de fundar o fundó un nuevo partido político para presentarse ya por separado, liderando a aquellos miembros del Gil que le fueran afectos.
- Tras comprobar que presentándose por separado perderían ambos muchas posibilidades de gobernar, optan por aceptar, una lista conjunta de consenso, y pese a muchas dificultades, finalmente pactan que la encabezará Julián Muñoz y se integraría a continuación por un miembro del Sr. Gil y otro del Sr. Muñoz sucesivamente. Uno de cada facción hasta completarla.
- Lo que ocurre es que al salir elegido Julián Muñoz con mayoría absoluta, parece postergar a algunos de los concejales de la lista puestos por el Sr. Gil y la escisión resulta inevitable, pues dará lugar a la moción de censura.
Así resulta de los siguientes testimonios:
El Sr. Roca reconoce esas disputas dentro del partido en su declaración en el plenario (sesión 23-11-11) y dice que: “Desde que inhabilitaron a Jesús Gil y asume la Alcaldía Julián Muñoz existen distanciamientos entre estos, pero Jesús Gil quiere seguir siendo Alcalde y el otro Teniente de Alcalde, pero Julián le dice que el Alcalde es él y se provoca un enfrentamiento entre ellos.
Este enfrentamiento lleva a que se produzca dos escisiones los “pro Jesús” y los “pro Julián”. Julián se reunía con los suyos y postergaba a los otros, y pensaban ir a las elecciones por separado. Gil por un lado y Julián por otro. Y en el último momento de presentación de candidaturas, se llega a un acuerdo en ir juntos e ir poniendo uno a uno de cada lista en la lista que se confecciona, aunque iban juntos. Pero cuando Julián obtiene la mayoría las cosas se enquistan aún más y defenestran a los que procedían
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de la lista del Gil. La moción de censura se fragua en las diferencias internas que existen en el partido.
A finales de 2003 cuando llevaban cuatro meses, se empezaron a producir fricciones entre los grupos y es cuando Jesús Gil le pide a él que intervenga”.
La Sra. Yagüe en su declaración en el plenario (sesión 22-2-12) reconoce igualmente las disensiones al manifestar que: “Desde las elecciones hasta la Moción de censura hay una ruptura en el grupo político ya que en los preparativos para las elecciones había un problema entre Julián y Jesús Gil, y se fue a las elecciones en la misma candidatura, pero al pasar las elecciones empezaron los problemas más fuertes y Jesús Gil le dijo que iba a hacer una moción de censura. Unos se quedaron con Gil y otros con Muñoz”.
El Sr. Reñones en el plenario (sesión 12-3-12) reconoce igualmente el distanciamiento entre ambas facciones y dice que era una división absoluta que ya venía dada, el distanciamiento entre Julián y Jesús Gil era evidente.
El Sr. González Carrasco en el Plenario (Sesión 27-3-12) manifiesta:
“ La razón que motiva la moción de censura, dice que se entera ese mismo día, y lo que va viendo a lo largo de estos años, coincide con las percepciones de algunos de sus compañeros y lo que ve fue un enfrentamiento del Sr. Gil y el alcalde electo, y en ese año en el 2002- 2003, cuando se van acercando las elecciones da la impresión de que Julián Muñoz quería volar solo y a Jesús Gil no le sentó muy bien.
Ese volar solo de Muñoz Palomo si implicaba un cambio en la forma de llevar la materia urbanística en Marbella, dice que no recuerda de estos temas pero no lo pone en duda, pudo ser esa la parte principal pero puede ser por otras razones, ya hubo roces para las elecciones y cree que aquello fue forzado.
La razón de la moción de censura la desconoce.
Llegó a conocer que Julián Muñoz despidió a Roca porque el mismo día del pleno el día 31 le llamaron por teléfono para ir al Ayuntamiento y cree que allí escuchó que iban a despedir al Sr. Roca.
No recordaba que en ese pleno el Sr. Muñoz Palomo iba a nombrar un nuevo equipo redactor del plan, pero lo ha visto aquí. Que Julián Muñoz hizo dos comentarios durante el pleno, le dijo que bien va el pleno hoy, refiriéndose a los concejales de la oposición, pero ya estaba todo fraguado pero él estaba ajeno.
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Ha sido compañero de Julián Muñoz”.
En el ámbito personal, las relaciones del Sr. Muñoz se deterioraron en muy poco tiempo tanto con los miembros partidarios de Jesús Gil como con este último.
Con los concejales partidarios de Gil porque, en términos empleados por los afectos, alguno de ellos fue defenestrado y sustituido por un familiar del Alcalde y otros porque sencillamente se vieron postergados o relegados en sus puestos, o en su funciones.
Con el Sr. Gil porque éste seguía siendo el Presidente del Partido y no se resignaba a perder el mando que evidentemente correspondía ahora al nuevo alcalde.
Así se desprende de las declaraciones de los coprocesados, como la Sra. Revilla o el propio Sr. Muñoz.
- La Sra. Revilla en el escrito intervenido en su domicilio había consignado lo siguiente:
“Desde el mes de Abril de 2002 en el que Jesús Gil fue inhabilitado y ocupó el cargo Julián Muñoz, la brecha que había en las dos facciones era insuperable.
Julián Muñoz era un tipo despótico que dio un trato mezquino y miserable a los Gilistas.
Todos los que después fueron al Club Financiero habíamos sentido el desprecio y las zancadillas de Muñoz.
Jesús Gil le dijo que Julián y Del Nido eran unos saqueadores que sólo se ocupaban de su gente. Le oyó incluso hablar por teléfono con Carlos Fernández diciendo: “Carlos este tío está loco, con el pajarito Del Nido y la Pantoja, hay que quitarlo de ahí, después hablaremos tú y yo, pero ahora hay que quitarlo de ahí”.
El Sr. Muñoz en el plenario (sesión 21-3-12) reconoce asimismo estas disensiones políticas y personales:
“Cuando manifestó que mientras formó parte del ayuntamiento Roca era el que dirigía el ayuntamiento, y viene a decir que se revela y quiso echar al Sr. Roca, dice en la corporación del 95-96-97-98, dice que Gil ha sido el mejor alcalde que han tenido en esa ciudad, su problema empezó con el Sr. Gil cuando le hacen alcalde, por inhabilitación de él, aunque a él seguían llamándolo alcalde y jefe.
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Los problemas empiezan con Gil cuando este le llamaba todos los días, y él estaba cansado y no atendía las llamadas, porque él era el alcalde, Gil era el presidente del partido.
Cuando llega el tema de las listas, cuando la enemistad ya es manifiesta hace su partido entendiendo que no le va a poner en el partido, hace las listas con su gente y a través del Sr. del Nido este le dice que si van juntos ganan y si van separados el ayuntamiento va a ser un guirigai.
Él llega con la lista y Gil le dice esta es su lista y que de toda su gente solo lo quiere a él.
Pero él le dice que esta era su lista y solo quitó a dos, entonces Gil le dijo que si no le interesaba que ya está y se fue.
Se vuelven a reunir los dos solos, y lleva exactamente la misma lista pero ahí Jesús más condescendiente y sensato en cuanto a esto, deciden ir juntos y hacen las listas.
No se ponen de acuerdo en confeccionar los puestos de las listas, y se va.
Se vuelven a reunir otra vez y llegan al acuerdo de que él va de cabeza de lista y uno de él y otro de Gil, y así se hizo la lista.
Jesús tenía antes de las elecciones la intención de que él no fuera el Alcalde.
Desde el año 2002-2003 cuando él era el Alcalde, Gil le llamaba todos los días y llegó un momento que ya no se ponía al teléfono y cree que se cabreó.
El Sr. Gil pone la moción porque deja de obedecerle ciegamente, pero éste no era ya Alcalde para tener que pedirle autorización para negociar con la Junta de Andalucía.
La moción se produce al poco tiempo de estar él en la Alcaldía, pues el enfrentamiento con Gil era público y notorio.
El Sr. Gil se quería cargar al Sr. Muñoz como fuera, que había Concejales, y aquí se ha dicho, que iban a verlo todos los días a Gil, siendo él el Alcalde. Gil puso mil excusas.
No siendo ya nada (lo cuenta como anécdota) reciba a las 3 de la mañana una llamada del Gil, y le dice exactamente: Jesús como se te ocurre llamarme? Y le contesta creo que hemos hecho el gilipollas poniendo la moción.
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B) Iniciativa de la Moción de Censura.
De la testifical practicada se desprende que la iniciativa, la idea original de la Moción, que se fue fraguando durante largo tiempo, partió del Sr. Gil, quien enfrentado ya abiertamente con el Sr. Muñoz, decidió desbancarlo, al tener conocimiento de que este último pudiera estar configurando un nuevo partido político para presentarse sólo a las elecciones.
Jesús Gil contacta con Carlos Fernández para tratar hacer frente a la nueva y futura opción política.
Así la Sra. Revilla en su escrito reseña que:
“Existía el rumor de que Julián Muñoz con José Maria del Nido y el Sr. Cerón (puesto por Julián) podían estar preparando una moción de censura con la gente del partido socialista. Fue el propio Jesús Gil el que ante este rumor y que la situación era insostenible, la llamó a ella por teléfono y le propuso la moción de censura.”
“La palabra moción de censura no se nombró hasta el 31 de julio, después del pleno, en el que ya nos encontramos todos los que formaron la moción en su despacho. Rafael González, no estaba de acuerdo, le parecía una traición y se fue, dijo que con la rubia y el Carlitos jamás. Revilla pidió que no se hiciera moción, sino cambio de alcalde, pero no éramos suficientes.” (Escrito).
Por su parte el Sr. Roca en el plenario (sesión 23-11-11) reconoce que tras las fricciones fue “Jesús Gil quien le pide a él que intervenga” y aunque él no participó ni gestionó la moción, si reconoce que entró en la Notaría por orden de Gil.
La Sra. Yagüe en el plenario es más explícita (sesión 22-02-12) y reconoce que la idea de la Moción parte de Jesús Gil que había sido inhabilitado pero seguía siendo el Jefe del Partido.
La intención es que el Sr. Gil le propone a ella y a otros grupos políticos articular la…