solicitud_elcedpuede_1

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    A LA COMISIN ELECTORAL DEL COMIT DE ESTUDIANTES DE DERECHO (CED) DE LA PONTIFICIA

    UNIVERSIDAD CATLICA MADRE Y MAESTRA, RECINTO SANTO TOMS DE AQUINO (PUCMM-RSTA).

    Atencin: Sr. Ernesto Guzmn Alberto, Coordinador General.

    Asunto: Solicitud entrega de Constituciones de la Repblica Dominicana.

    Estimados Colegas:

    En cumplimiento con las disposiciones del Reglamento Electoral 2010, as como de las diferentes

    resoluciones emitidas por la Comisin Electoral que reglamentan las elecciones del Comit de

    Estudiantes de Derecho de la PUCMM-RSTA del ao dos mil diez (2010), EL CED PUEDE tiene a bien

    exponerles lo siguiente:

    EL CED PUEDE, en el entendido de que recientemente fue promulgada una nueva Constitucin de la

    Repblica Dominicana, hizo gestiones para obtener dicho texto constitucional para de una forma u otra

    poder colocar en manos de los estudiantes el mismo.

    En principio se pens en los estudiantes de la Matrcula 2009, pues los mismos estn en proceso de

    introducirse a las primeras asignaturas de la carrera de Derecho que imparte la Universidad, siendo una

    de estas la de DERECHO CONSTITUCIONAL I y II, las cuales son impartidas en el tercer y cuarto

    cuatrimestre. Sin embargo, por el carcter del texto constitucional decidimos no limitarnos a las

    Matrculas 2009, sino distribuirlas a todos los estudiantes que conforman la comunidad jurdica de la

    Pontificia Universidad Catlica Madre y Maestra, Recinto Santo Toms de Aquino.

    Nuestro deseo se vio concretizado al obtener ms de 100 constituciones de parte de la Cmara de

    Diputados de la Repblica Dominicana, previa solicitud debidamente recibida por la Oficina de Acceso a

    la Informacin Pblica de la Cmara de Diputados de la Repblica Dominicana en fecha ocho (08) del

    mes de junio del ao dos mil diez (2010).

    Entendemos que la distribucin de nuestra Constitucin Dominicana, de ninguna forma contrara los

    preceptos que rigen el proceso anteriormente mencionado, especficamente el apartado No.5 de la

    Seccin Prohibiciones contenida en la Segunda Resolucin de fecha veintiocho (28) del mes de mayo del

    ao dos mil diez emitida por la Comisin Electoral.

    El texto antes mencionado estipula que: Conforme el artculo 13 del Reglamento Electoral, queda

    prohibido a las planchas la aceptacin de fuentes externas de financiamiento y colaboracin; El Art.13

    del Reglamento Electoral al cual hace referencia la clusula antes mencionada, establece: De

    conformidad con los lineamientos y normas en los que se cimienta la Pontificia Universidad Catlica

    Madre y Maestra (PUCMM) queda prohibido que las planchas estudiantiles reciban apoyo de fuentes

    partidarias o instituciones que no estn fundamentadas en principios coherentes.

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    De la combinacin de los artculos citados podemos establecer que en la presente campaa se prohbe

    todo tipo de financiamiento o apoyo de FUENTES PARTIDARIAS o INSTITUCIONES QUE NO ESTN

    FUNDAMENTADAS EN PRINCIPIOS COHERENTES.

    Debemos establecer que la Cmara de Diputados de la Repblica Dominicana forma parte del PODER

    LEGISLATIVO, el cual es uno de los tres poderes del Estado que consagra la Constitucin de la RepblicaDominicana, por lo cual dicho rgano es una institucin pblica que tiene la importante tarea de ser el

    representante del pueblo dominicano por lo que de ninguna manera puede considerarse este como una

    institucin partidaria. As mismo al ser parte la Cmara de Diputados del Poder Legislativo, consagrado

    por la Carta Magna de la Repblica Dominicana y por ser el rgano encargado de legislar para la nacin

    dominicana, constituye una institucin apegada a los principios coherentes que rigen la nacin

    dominicana.

    De igual forma debemos proceder a establecer que las Constituciones recibidas fueron DONADAS,

    previa solicitud ya mencionada, por lo que tampoco podemos considerar estas como fuentes de

    financiamiento por parte de un tercero.

    Acudimos a esta Comisin Electoral, an cuando en observacin de las diferentes disposiciones que

    rigen este proceso electoral podemos confirmar que la entrega de Constituciones no contrara ninguna

    de dichos preceptos, ya que EL CED PUEDE est comprometido con la transparencia, armona y

    fraternidad del presente proceso electoral, por lo que estamos procediendo a solicitar lo siguiente:

    NICO: QUE NOS SEA AUTORIZADO LA DISTRIBUCIN DE MS DE 100

    CONSTITUCIONES DE LA REPBLICA DOMINICANA A LOS ESTUDIANTES DE

    DERECHO DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATLICA MADRE Y MAESTRA,RECINTO SANTO TOMS DE AQUINO, A LOS FINES DE QUE LOS MISMOS

    PUEDAN CONOCER EL TEXTO CONSTITUCIONAL QUE RIGE NUESTRO

    ORDENAMIENTO JURDICO.

    Permaneciendo a su entera disposicin, se despide,

    Jos Horacio Rodrguez Grulln Jorge Miguel Mateo Reyes

    Anexo:

    Original fotosttica de la solicitud dirigida a la Cmara de Diputados de la Repblica Dominicana,

    debidamente recibida por dicha institucin en fecha ocho (08) de junio del ao dos mil diez (2010).

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