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SNTE SECCIÓN 37 MANUAL DE CARRERA MAGISTERIAL 2009.

SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN SECCIÓN 37 BAJA

CALIFORNIA

COLEGIADO DE DESARROLLO Y SUPERACIÓN PROFESIONAL

CARRERA MAGISTERIAL

“MANUAL DE CARRERA MAGISTERIAL 2009”

EDUCACIÓN INICIALEDUCACIÓN PREESCOLAR

EDUCACIÓN PRIMARIAEDUCACIÓN ESPECIAL

EDUCACIÓN FÍSICAEDUCACIÓN SECUNDARIA

Mexicali, B.C. a Noviembre 2009. Página 2

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SNTE SECCIÓN 37 MANUAL DE CARRERA MAGISTERIAL 2009.

TELESECUNDARIAS

BAJA CALIFORNIA A NOVIEMBRE DEL 2009.

ÍNDICEColegiado de Desarrollo y Superación Profesional……………………………………………………… 4

¿En qué consiste Carrera Magisterial?........................................................................... 4

¿Cuáles son los objetivos?.............................................................................................. 4

¿Cuáles son las instancias responsables del programa?................................................ 4

¿Cuáles son las vertientes?............................................................................................. 5

¿Cuáles son los niveles de Carrera Magisterial?............................................................ 5

¿Quiénes pueden participar?.......................................................................................... 5

¿Quiénes no pueden participar?..................................................................................... 5

¿Qué requisitos debo cumplir para participar en el programa?................................... 6

¿En qué tiempo y dónde debo inscribirme?................................................................. 6

¿Qué documentos deben conformar mi expediente?.................................................. 6

¿Cuáles son los factores que se evalúan?...................................................................... 7

Mexicali, B.C. a Noviembre 2009. Página 3

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SNTE SECCIÓN 37 MANUAL DE CARRERA MAGISTERIAL 2009.

¿En el factor antigüedad, qué puntuación se me otorga por cada año de servicio… 7

En la evaluación del Grado Académico ¿Cuál es la puntuación que obtengo por el nivel de estudios?...................................................................................................... 7

¿Cómo obtengo el puntaje en Preparación Profesional?............................................ 7

¿Qué datos debo corroborar en la forma CIPE? (Constancia de Inscripción al Proceso de Evaluación)………………………………………………..……………. 7

Si encuentro algún dato incorrecto en la forma CIPE, ¿Qué debo hacer?............... 8

¿Cuáles son las opciones ofertadas para evaluar el factor cursos?............................ 8

¿Dónde y cuándo me puedo inscribir a los cursos?................................................... 8

¿Qué se evalúa en el factor Desempeño Profesional?............................................... 8

Si no estoy de acuerdo con mi evaluación ¿Qué debo hacer?.................................. 9

¿Cómo obtengo el puntaje de Aprovechamiento Escolar?....................................... 9

Para el Caso de Primeras Vertientes:

En caso de las Segundas Vertientes:

Para el caso de las Terceras Vertientes:

En caso de presentarse algún error en alguno de los aspectos evaluados: ¿Cómo puedo solucionarlo?............................................................................................................. 11

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SNTE SECCIÓN 37 MANUAL DE CARRERA MAGISTERIAL 2009.

¿Cuándo se conserva Carrera Magisterial?.............................................................. 12

¿En qué casos se pierde Carrera Magisterial?.......................................................... 13

¿En qué consiste el puntaje adicional al factor Aprovechamiento Escolar?.......... 13

¿Cuántos puntos adicionales puedo obtener?.......................................................... 13

Por concursos

Por atender alumnos con necesidades educativas especiales

Por apoyar alumnos y alumnas con capacidades y aptitudes sobresalientes

Precisiones a los Lineamientos Generales de Carrera Magisterial a partir de la 8à etapa……………………………………………………………………………….. 14

Precisiones generales para todas las vertientes y todos los niveles educativos……. 14

¿Qué es la dictaminación?......................................................................................... 17

ANEXOS…………………………………………………………………………..

COLEGIADO DE DESARROLLO Y SUPERACIÓN PROFESIONAL.

El Colegiado de Desarrollo y Superación Profesional está integrado por seis Secretarías:

Carrera Magisterial Carrera Administrativa Asuntos Profesionales Escalafón Promociones

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SNTE SECCIÓN 37 MANUAL DE CARRERA MAGISTERIAL 2009.

Formación, Actualización y Superación Profesional

El Colegiado de Desarrollo y Superación Profesional tiene como fin primordial mantener las oportunidades de promoción vertical y horizontal, desarrollo profesional, certificación, estímulos y recompensas para el personal administrativo y de apoyo y asistencia a la educación, Formación Continua y la atención en lo que se refiere a los asuntos Profesionales que pudieran requerir los trabajadores docentes y de apoyo y de asistencia a la educación.

Tomando en consideración la cita publicada en el ANMEB “La educación es el medio fundamental para conservar, transmitir y transformar la cultura y la vida de los individuos”, una aspiración de las sociedades es aumentar la calidad de la formación de los miembros que la integran, en la actualidad esto se ha convertido en una necesidad imperiosa; por eso una de las estrategias centrales para elevar esa calidad educativa, es revalorando la función social del magisterio, asumiendo que el maestro es el protagonista de la transformación educativa en nuestro país.

El primero Congreso Nacional extraordinario del SNTE en Tepic, Nayarit; se plantea la necesidad de contar con un sistema de estímulos para los profesores de educación básica. Este objetivo encuentra su materialización en el Programa Nacional de Carrera Magisterial.

La Secretaría General de la Sección 37 del SNTE, a través del Colegiado de Desarrollo y Superación Profesional, elabora este manual que contiene algunas de las preguntas sobre el programa que más frecuentemente hacen los docentes de Educación Básica del Estado de Baja California con el propósito de buscar una participación más efectiva de los docentes en el programa para que se incremente el número de participantes y facilitar el acceso a niveles más altos a los que ya se encuentran participando.

¿EN QUÉ CONSISTE CARRERA MAGISTERIAL?

Es un sistema de promoción horizontal en el que los docentes participan en forma voluntaria e individual.

¿CUÁLES SON LOS OBJETIVOS?

Contribuir a elevar la calidad de la educación, reconociendo y estimulando la labor de los docentes.

Reforzar el interés por la actualización y superación permanentes de los docentes. Mejorar las condiciones de vida laborales y sociales de los docentes de Educación

Básica.

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SNTE SECCIÓN 37 MANUAL DE CARRERA MAGISTERIAL 2009.

¿CUÁLES SON LAS INSTANCIAS RESPONSABLES DEL PROGRAMA?

La Comisión Nacional SEP-SNTE es el máximo órgano de gobierno y el único facultado para emitir normas, lineamientos, disposiciones y acuerdos.

La Comisión Paritaria Estatal es la responsable en las Entidades de respetar, difundir y hacer cumplir los lineamientos, disposiciones y acuerdos emitidos por la Comisión Nacional y es la responsable de realizar la Dictaminación con apego a la normatividad.

El Órgano de Evaluación es un organismo autónomo encargado de:

Operar difundir el Programa en los Centros de Trabajo; proporcionar información a los docentes que desean participar para incorporarse o promoverse.

Revisar y validar la documentación correspondiente en la inscripción o reinscripción (individual y voluntaria de los participantes) en los factores de antigüedad (como docente) y Grado Académico; (Los docentes que no cubran el grado académico requerido para 1ª. Vertiente podrán participar en el programa siempre y cuando cuenten con 15 años de servicio como docente y los últimos 10 en el mismo nivel o modalidad educativa, cumplidos al 1º de Septiembre del ciclo escolar en el que deseen participar).

Llevar a cabo la evaluación de Desempeño Profesional en sus tres momentos y los puntajes asignados serán definitivos de no existir inconformidad por parte del docente evaluado, (en caso de que el profesor no esté de acuerdo con sus puntajes, solamente ante el Órgano de Evaluación podrá inconformarse y se valorará nuevamente la inconformidad expuesta).

NOTA: El trabajo que realice el Órgano de evaluación es fundamental para el buen desarrollo del Programa, por ser quien valida la participación del docente cuando éste ha cumplido con todos los requisitos establecidos en los Lineamientos Generales.

¿CUÁLES SON LAS VERTIENTES?

1ª Vertiente: Docentes frente a grupo.

2ª Vertiente: Personal directivo y de supervisión

(La categoría debe corresponder a la función que se desempeña así como su grado académico).

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SNTE SECCIÓN 37 MANUAL DE CARRERA MAGISTERIAL 2009.

3ª Vertiente: Personal docente que realiza actividades Técnico-pedagógicas:

En asesorías: realizando actividades de organización, interpretación, dosificación e integración de planes y programas de estudio y orientando sobre las características del enfoque pedagógico.

En elaboración de materiales: Produciendo materiales didácticos y diseñando estrategias para el fortalecimiento de los contenidos básicos.

En proyectos educativos: Personal adscrito a programas educativos institucionales de la SEP nacionales, estatales o locales (autorizados por el Programa de Carrera Magisterial).

NOTA: No están incluidos en tercera vertiente los docentes que realizan funciones administrativas, secretariales, de enlace, relacionadas con el programa o fuera de los servicios educativos; que se desempeñan en puestos de confianza o centros de estudios superiores y lo que tienen categorías no incluidas en el catálogo de Carrera Magisterial.

¿CUÁLES SON LOS NIVELES DE CARRERA MAGISTERIAL?

Son 5 niveles de estímulos (A, B, C, D y E) los cuales son consecutivos y seriales y sólo se puede acceder al nivel inmediato superior por periodo de promoción, para lo cual, se deberán cubrir los años de permanencia efectiva en el nivel en que estén ubicados. (Anexo 6 LGCM).

¿QUIÉNES NO PUEDEN PARTICIPAR?

Aun teniendo una categoría registrada en el catálogo no podrán participar los docentes:

Con acuerdo presidencial 754 ó 529. Con cambio de actividad dictaminada por el ISSSTE ó ISSSTECALI

(En ambos casos el docente seguirá percibiendo el estímulo económico ya obtenido y sólo podrá participar si realiza funciones de 3ª vertiente).

Que tengan Beca Comisión. Con ausencias injustificadas por 15 días hábiles o más. Con licencia sin goce de sueldo por 15 días o más.

En estos 3 casos el ciclo no se acreditará como permanencia.

Nota: Los docentes con licencias médicas o licencias con goce de sueldo por quince días hábiles o más, podrán evaluarse asumiendo que su ausencia podría afectar sus puntajes de la evaluación global, además se les acreditará como permanencia en el ciclo en cuestión.

Existen incidencias que anulan la participación dentro del programa:

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SNTE SECCIÓN 37 MANUAL DE CARRERA MAGISTERIAL 2009.

Falsificación de documentos Robo o destrucción de los instrumentos de evaluación Acciones que interfieran u obstaculicen el desarrollo de los diversos procesos Jubilación Renuncia Baja definitiva

Nota: El docente que incurra en alguno de estos casos, no podrán recuperar el nivel de Carrera.

¿QUÉ REQUISITOS DEBO CUMPLIR PARA PARTICIPAR EN EL PROGRAMA?

Tener clave en código 10 ó 95 de las categorías establecidas en el catálogo aprobado para el Programa de Carrera Magisterial. (Anexo 1 LGCM).

Laborar en un Centro de Trabajo acorde al nivel modalidad y clave. Desempeñar las funciones propias de alguna de las vertientes. Cubrir el grado académico mínimo para el nivel educativo en que se labora, (Anexo 3

LGCM). Tener la antigüedad mínima requerida como docente, (Anexo 2 LGCM). (Años de

servicio cumplidos al 1º de Septiembre de cada ciclo escolar). Llenar la cédula de inscripción o reinscripción y entregar los documentos

requeridos.

¿EN QUÉ TIEMPO Y DÓNDE DEBO INSCRIBIRME?

Ya sea para inscripción - o reinscripción en su caso – en cada inicio de etapa a partir de la publicación de la Convocatoria (en los principales diarios de circulación estatal y en la página Web del SNTE) en su Centro de Trabajo ante el Presidente del Órgano Escolar de Evaluación, quien deberá regresar al docente acuse de recibo, firmado y sellado por la Coordinación Estatal de Carrera Magisterial.

¿QUÉ DOCUMENTOS DEBEN CONFORMAR MI EXPEDIENTE?

Copia del Formato Único de Personal de la o las claves Copia del o los comprobantes del grado académico Constancia de servicio que indique:

1. Antigüedad en el servicio docente2. Lugar de adscripción (Clave y nombre del Centro de Trabajo)3. Funciones que realiza el docente (grado o asignatura)4. Si hubo o no incidencias en el servicio (inasistencias por más de 15 días sin

justificación aunque no sean continuas, permisos sin goce de sueldo,

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SNTE SECCIÓN 37 MANUAL DE CARRERA MAGISTERIAL 2009.

comisiones y licencias beca-comisión. Se deberán mencionar en dicho oficio)

5. Clave Presupuestal6. Registro Federal de Contribuyentes7. Ciclo Escolar

Copia de la (s) Cédula (s) de Inscripción o de Reinscripción Copia del documento que acredita la inscripción del docente a la evaluación del

Factor Preparación Profesional (Forma CIPE) Cédula de evaluación del Desempeño Profesional Copia de acreditación de cursos Nacionales y Estatales Copia del documento de la Comisión Oficial (en su caso) Si obtuvo nivel A de carrera por Esquema de Educación básica presentar Formato

Único de Personal o talones de cheque con pago de Esquema Su ingresó al nivel BC por titulación de UPN presentar el documento que lo

acredite, con fecha límite del 31 de Agosto de 1997

Participantes de Segunda vertiente presentar además:

Dictamen (es) escalafonario (s) de las promociones verticales Formato (s) de renuncia a la clave (s) de antecedente y la de promoción vertical en

código 10 ó 95

Los participantes de Tercera vertiente presentar además:

Oficios de transferencia Oficial Constancia que describa de forma pormenorizada las funciones desempeñadas en

cada ciclo escolar, firmada por el interesado y por la autoridad inmediata superior y con el visto bueno del titular del área educativa correspondiente

En caso de subdirectores de Educación Primaria presentar resolutivo emitido por la CEME.

¿CUÁLES SON LOS FACTORES QUE SE EVALÚAN?

Se consideran 6 factores para cada vertiente y a cada uno le corresponde un puntaje específico.

PUNTUACIÓN DE LOS FACTORES

FACTORES

Docentes frente a Grupo

Funciones directivas o de Supervisión

Actividades técnico pedagógicas

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1ª. vertiente2ª. vertiente

3ª. vertiente

Antigüedad 10 10 10Grado Académico 15 15 15Preparación Profesional 28 28 28Curso de Superación y 17 17 17Desempeño Profesional 10 10 10Aprovechamiento escolar

20 -- --

Desempeño escolar -- 20 --Apoyo educativo -- -- 20

T o t a l 100 100 100

¿EN EL FACTOR ANTIGÜEDAD, QUÉ PUNTUACIÓN SE ME OTORGA POR CADA AÑO DE SERVICIO?

2 Puntos al cumplir 2 años de servicio y a partir del tercero se suman .33 puntos por cada año laborado, hasta completar 10 puntos al cumplir 27 años o más (Anexo 8 LGCM).

La antigüedad se refiere a los años cumplidos al inicio de cada Etapa, desempeñados en la función docente.

EN LA EVALUACIÓN DEL GRADO ACADÉMICO ¿CUÁL ES LA PUNTUACIÓN QUE OBTENGO POR EL NIVEL DE ESTUDIOS?

Por estudios de: Normal Básico 8 puntos

Licenciatura 9 puntos

Maestría 12 puntos

Doctorado 15 puntos

NOTA: Revisar su puntaje de acuerdo al grado académico (Anexo 9 LGCM).

¿CÓMO OBTENGO EL PUNTAJE EN PREPARACIÓN PROFESIONAL?

Mediante un examen que evalúa los conocimientos que requiere el docente para desempeñar su función. A l momento de presentarlo se requiere llevar la forma CIPE y una identificación Oficial.

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¿QUÉ DATOS DEBO CORROBORAR EN LA FORMA CIPE?(Constancia de inscripción al proceso de Evaluación)

Nombre, Nivel o Modalidad, R.F.C., Clave y Nombre del Centro de Trabajo, Centro de aplicación, Vertiente, Turno, Antigüedad, Grado académico, Tipo de Evaluación, Clave Única de Carrera Magisterial, Clave y Nombre de la Actividad de Carrera Magisterial, Folio (corresponde al mismo número de Cédula de Inscripción), fecha y hora de aplicación.

¿SI ENCUENTRO ALGÚN DATO INCORRECTO EN LA FORMA CIPE, QUÉ DEBO HACER?

Acudir a la Coordinación Estatal o a la Subcoordinación Regional correspondiente, con la original y una copia para que en ella registren los datos a corregir y le sea firmada de recibida.(Esta es un requisito indispensable para aclaraciones posteriores)

¿CUÁLES SON LAS OPCIONES OFERTADAS PARA EVALUAR EL FACTOR CURSOS?

Cursos Nacionales, con un valor hasta por 12 puntos Cursos Estatales, con un valor de hasta 5 puntos

*Al acreditarse cualquiera de los dos cursos, se cubre este factor.

¿DÓNDE Y CUÁNDO ME PUEDO INSCRIBIR A LOS CURSOS?

En la Instancia Estatal de Formación Continua más cercana (antes PRONAP).

Para cursos Nacionales a la publicación de la convocatoria, entre los meses de mayo y junio de cada ciclo escolar.

Para los cursos Estatales a la publicación de la convocatoria.

NOTA: Verificar que el o los cursos en los que se inscriban sean dirigidos al nivel, modalidad y vertiente en la que participan.

¿QUÉ SE EVALÚA EN EL FACTOR DESEMPEÑO PROFESIONAL?

Acciones cotidianas que realizan los docentes en el desempeño de sus funciones, las cuales son evaluadas con un instructivo específico. (Anexo A).

PROCEDIMIENTO

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El OE recibirá un instrumento de evaluación por cada participante, que será utilizado para los tres momentos. El maltrato del Instrumento de Evaluación puede ocasionar su invalidación.

Al inicio del ciclo escolar, el Órgano de Evaluación se reunirá para analizar los materiales y planear las sesiones posteriores. Podrá proponer hasta cinco indicadores, los cuales deberán ser registrados por el presidente en el instrumento.

El presidente distribuirá entre los participantes las Normas y Procedimiento y una copia del instrumento de Evaluación con los indicadores propuestos, si los hubo, para su análisis y posterior auto evaluación. (Anexo A).

PRIMER MOMENTO

Se realizará la evaluación de los indicadores del 1 al 3, referentes al primer aspecto de la siguiente manera:

Cada participante efectuará su auto evaluación y podrá exponer ante el OE las actividades realizadas o bien presentará los testimonios de éstas.

La autoevaluación podrá ser considerada como referente en la deliberación durante todo el proceso. El OE evaluará por consenso a cada participante, acordando la calificación mediante un debate, posteriormente el Presidente la asentará y guardará la documentación para la evaluación del segundo momento. El docente evaluado no podrá estar presente.

SEGUNDO MOMENTO

Se evaluarán los indicadores 4 al 15 y los propuestos por el OE de la siguiente manera: El participante realizará su auto evaluación.

EL OE evaluará por consenso, aunque ésta no será considerada para la calificación final, su principal función radica en servir de referente, tanto para el docente en su autoevaluación, como para el Órgano de Evaluación para reorientar aquellos aspectos de su desempeño que requieren de atención.

TERCER MOMENTO

Se efectuará la evaluación de los indicadores 4 al 15 y los propuestos por el OE de la siguiente manera:

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SNTE SECCIÓN 37 MANUAL DE CARRERA MAGISTERIAL 2009.

El participante realizará su auto evaluación la cual podrá ser considerada como referente por el OE. El OE evaluará por consenso para obtener una calificación la cual será asentada por el presidente, quién calculará la calificación final del docente. Éste no podrá estar presente.

Calculada las calificaciones finales de todos los participantes, se les comunicarán los resultados a cada uno de los interesados.

El presidente asentará el puntaje del tercer momento, sumando los puntajes del primer y tercer momentos, de los 15 indicadores como de los propuestos (si los hubo), multiplicará el resultado por 2 y los dividirá entre el número total de indicadores:

Fórmula: Suma de puntajes X 2 = Calificación Final

Nº total de indicadores

Ejemplo:

El OE propuso 3 indicadores distintos a los 15 contenidos en el instrumento. Los puntajes otorgados sumaron, 11 en el primer momento y 53 en el tercero.

Se consideraron 3 puntajes en el primer momento y 15 en el tercero (12 en el instrumento + 3 propuestos). La calificación final sería: 64 x 2 = 128 = 7.11

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SI NO ESTOY DE ACUERDO CON MI EVALUACIÓN ¿QUÉ DEBO HACER?

Únicamente ante el órgano de evaluación el docente deberá plantear su inconformidad, presentando en ese momento los documentos y testimonios reunidos a lo largo del ciclo escolar.

El OE determinará si reconsidera el puntaje y su fallo tendrá carácter de inapelable y definitivo. Durante la deliberación el docente no podrá estar presente.

El presidente registrará la calificación final en la cédula de evaluación y la firmarán, tanto él, como el representante sindical y el docente evaluado al momento de recibirla.

El presidente entregará una copia de la misma al docente y anexará otra copia a su expediente.

NOTA: Si un docente cambia de actividad y/o centro de trabajo entre el inicio del ciclo escolar y el 31 de Diciembre, para que se le considere la evaluación del factor de desempeño profesional en su nuevo centro, deberá, además de cumplir con todos los

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SNTE SECCIÓN 37 MANUAL DE CARRERA MAGISTERIAL 2009.

requisitos normativos, realizar las actividades referente al primer momento, mismas que le serán evaluadas en la próxima reunión mensual del Órgano de Evaluación.

¿CÓMO OBTENGO EL PUNTAJE DE APROVECHAMIENTO ESCOLAR?

PARA EL CASO DE PRIMERAS VERTIENTES:

Por medio de la evaluación del aprendizaje de los alumnos (esto en el caso de educación primaria, de tercero a sexto grados y en secundaria en las asignaturas académicas) tiene un valor de hasta 20 puntos.

Los docentes de los niveles y modalidades para quienes no sean establecidos los procedimientos de evaluación correspondientes de aprovechamientos escolar, se determina que se le pondere el puntaje de ese factor con base en los resultados obtenidos en el factor preparación profesional por medio de la siguiente fórmula:

RPFP x PMAE / PMPP = Puntaje

(Resultado del factor preparación profesional multiplicado por el máximo puntaje de aprovechamiento escolar (20), divido entre el máximo puntaje de preparación profesional (28).

EN CASO DE LAS SEGUNDAS VERTIENTES:

Se evalúa Desempeño Escolar, acciones que inciden en el aprovechamiento de los alumnos y en la preparación profesional de los docentes.

Tiene un valor de hasta 20 puntos.

Cuenta con dos subfactores:

Subfactor Aprovechamiento Escolar: promedio del puntaje obtenido por el personal a su cargo en este factor.

Subfactor Desarrollo del Personal: promedio del puntaje obtenido en el Factor Preparación Profesional por el personal a cargo.

Criterios para la integración de calificaciones

Subfactor Desarrollo del Personal

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SNTE SECCIÓN 37 MANUAL DE CARRERA MAGISTERIAL 2009.

El resultado para cada categoría de la línea escalafonaria se integrará con el (los) promedio (s) de calificaciones que hayan obtenido los docentes o directos bajo su responsabilidad, según el caso, convertidos al puntaje del subfactor, al cual le corresponde un máximo de 10 puntos y se calculará mediante la siguiente fórmula:

PSDP = 10* P/28, donde:

PSDP es el Puntaje del Subfactor Desarrollo del Personal

10 Corresponde al Puntaje Máximo del Subfactor Desarrollo del Personal

P Es el promedio de los puntajes obtenidos por los docentes de una escuela en Preparación Profesional

28 corresponde al Puntaje Máximo del Factor Preparación Profesional

Ejemplo: Sea el promedio de los puntajes obtenidos por los docentes de una escuela igual a 12, entonces el puntaje del Director de esa escuela será:

PSDP = 10*12/28

PSDP = 4.28

Subfactor Aprovechamiento Escolar

El resultado para cada categoría de la línea escalafonaria se integrará con el (los) promedio (s) de calificaciones que hayan obtenido los alumnos de los docentes o directivos bajo su responsabilidad, según el caso, convertidos al puntaje del subfactor, al cual le corresponde un máximo de 10 puntos y se calculará por medio de la siguiente fórmula:

PSAE = 10* P / 20, donde:

PSAE es el Puntaje del Subfactor Aprovechamiento Escolar

10 corresponde al Puntaje Máximo del Subfactor Aprovechamiento Escolar

P es el promedio de los puntajes obtenidos por los docentes de una escuela en Aprovechamiento Escolar

20 corresponde al Puntaje Máximo del Factor Aprovechamiento Escolar

Ejemplo: Sea el promedio de los puntajes obtenidos por los docentes de una escuela igual a 12, entonces el puntaje del Director de esa escuela será:

PSAE = 10* 12/20

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SNTE SECCIÓN 37 MANUAL DE CARRERA MAGISTERIAL 2009.

PSAE = 6

El personal directivo o de supervisión, cuyos docentes y directivos a su cargo no participaron en la etapa de evaluación correspondiente, los puntajes de cada uno de los subfactores se determinarán en forma proporcional de acuerdo con el resultado del factor preparación profesional obtenido por el propio directivo o de supervisión por medio de las siguientes fórmulas:

Subfactor Desarrollo del Personal:

PSAE = PFP x PMSAE

PMPFP

El puntaje del Subfactor aprovechamiento escolar es igual al puntaje del factor preparación profesional obtenido por el director o supervisor, multiplicado por el puntaje máximo del subfactor aprovechamiento escolar (10), dividido entre el puntaje máximo de preparación profesional (28).

Subfactor Desarrollo del Personal:

El puntaje del Subfactor Desarrollo del personal es igual al puntaje del factor preparación profesional obtenido por el director o supervisor, multiplicado por el puntaje máximo del subfactor aprovechamiento escolar (10), dividido entre el puntaje máximo de preparación profesional (28).

PSDP = PFP x PMSAE

PMPFP

Nota: El puntaje total del factor Desempeño Escolar es la suma de los resultados de los dos subfactores.

PARA EL CASO DE LAS TERCERAS VERTIENTES:

Se evalúa apoyo educativo acciones de investigación, actualización y elaboración de materiales que contribuyen al mejoramiento del proceso enseñanza – aprendizaje. Tiene un valor de hasta 20 puntos.

Considera una de las siguientes opciones:

Innovación Educativa: Estudios e investigaciones para hacer propuestas que permitan resolver rezagos, elaborar estrategias pedagógicas.

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SNTE SECCIÓN 37 MANUAL DE CARRERA MAGISTERIAL 2009.

Cursos Estatales: Participación en el diseño, elaboración e impartición de cursos autorizados.

Todo lo anterior le garantiza al participante obtener una Evaluación Global la cual le permitirá participar para incorporarse o promocionarse en el programa. A la falta de evaluación de uno de los 6 factores se anula la posibilidad de obtener Evaluación Global, en ese ciclo escolar.

En caso de presentarse algún error en alguno de los aspectos evaluados, ¿CÓMO PUEDO SOLUCIONARLO?

En la Coordinación Estatal solicitando un Formato de Corrección de Puntajes. Documentación requerida para cada uno de los factores:

Grado Académico:

Documentación comprobatoria del grado de estudio en cuestión. Original y Copia de la Constancia de la autoridad correspondiente del nivel,

aclarando el tiempo desempeñado en la actividad (15 / 10 sólo para primera vertiente).

Antigüedad:

Formato Único de Personal de la o las claves en Código 10 ó 95. Original y Copia de la Constancia de Recursos Humanos aclarando la plaza o las

plazas, la antigüedad en ellas y el motivo de la plaza.

Cursos Estatales y Nacionales.

Original y Copia de la Constancia de la autoridad correspondiente donde indique el curso realizado y el puntaje obtenido, (En caso de doble plaza el trámite debe realizarse por cada una de las plazas cuidando el folio correspondiente).

Desempeño Profesional.

Original y Copia de Cédula de Evaluación del Desempeño Profesional.

Apoyo Educativo

Original y Copia de la Cédula de evaluación y la documentación comprobatoria.

Puntaje Adicional al Aprovechamiento Escolar

Original y Copia de la Cédula de Evaluación y la documentación comprobatoria.

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SNTE SECCIÓN 37 MANUAL DE CARRERA MAGISTERIAL 2009.

Nota: En éstos dos últimos casos la corrección se realiza en la Coordinación Nacional de Carrera Magisterial.

Preparación Profesional

Copia del Acta de aplicación (CIPE)

Aprovechamiento Escolar

Copia del Acta de aplicación.

Nota: En todos los casos presentar copia de la Constancia de Evaluación (Boleta).

¿CUÁNDO SE CONSERVA CARRERA MAGISTERIAL?

El nivel de Carrera se conserva cuando el docente cambia de función, categoría, nivel o modalidad dentro del subsistema de Educación Básica, revisado y autorizado por Carrera Magisterial.

Los docentes podrán trasladar el nivel de carrera magisterial obtenida a su nueva categoría en los siguientes movimientos:

VERTIENTE DE ORIGEN

VERTIENTE DE TRANSFERENCIA

Primera PrimeraPrimera Tercera

Segunda A Primera

Segunda TerceraTercera PrimeraTercera Tercera

Siempre y cuando ostenten alguna de las categorías incluidas en el catálogo, acreditar el grado académico para el nivel – modalidad al que van, cumplir con el mínimo de horas requeridas en caso de trasladarse a nombramiento por hora/semana/mes, los movimientos se apegarán a las reglas del escalafón vertical así como a las líneas escalafonarias establecidas.

Nota: No procederán los cambios de nivel – modalidad educativa que al mismo tiempo impliquen cambios de vertiente como siguen:

Primera a segunda, segunda a segunda y tercera a segunda.

¿EN QUÉ CASOS SE PIERDE CARRERA MAGISTERIAL?

Mexicali, B.C. a Noviembre 2009. Página 19

SNTE SECCIÓN 37 MANUAL DE CARRERA MAGISTERIAL 2009.

Al tener un cambio de Estado no avalado por la Comisión Nacional Mixta de Cambios interestatales.

Al permutar con un docente que no se encuentre en el mismo nivel de Carrera, de acuerdo con lo establecido en la Convocatoria para permutas emitida por Comisión Nacional de Cambios Interestatales.

Al pasar a ocupar una categoría que no esté considerada en el Catálogo autorizado para el Programa.

Por una renuncia voluntaria.

¿EN QUÉ CONSISTE EL PUNTAJE ADICIONAL AL FACTOR APROVECHAMIENTO ESCOLAR?

Dentro del factor Aprovechamiento Escolar (Exclusivamente para Primera Vertiente), se otorga un puntaje adicional a los docentes que obtengan logros con alumnos que por sus características demanden mayor atención, pero sin desatender las actividades que tienen frente al resto de su grupo.

Este puntaje es sumado al de Aprovechamiento Escolar y no deberá rebasar el 20% asignado al Factor.

Se asignará a profesores:

Cuyos alumnos participen en concursos irracionales, regionales (interestatales) y estatales.

Que integren alumnos con necesidades educativas especiales, a la escuela regular. Que apoyen a alumnos con capacidades y aptitudes sobresalientes.

¿CUÁNTOS PUNTOS ADICIONALES PUEDO OBTENER?

1. POR CONCURSOS:A. En Concursos Nacionales se asignarán 4 puntos al docente que su alumno o

grupo según sea el caso, haya obtenido el primer lugar, 3 puntos al segundo lugar y 2 al del tercer lugar.

B. En Concursos Regionales (interestatales), se asignarán 3 puntos al docente que su alumno o grupo, según sea el caso, haya obtenido el primer lugar, 2 al del segundo lugar y 1 al del tercer lugar.

C. En Concursos Estatales se asignarán 2 puntos al docente que su alumno o grupo, según sea el caso, haya obtenido el primer lugar, 1 al del segundo lugar y 1 al del tercer lugar.

Únicamente serán válidos concursos académicos o relacionados con las actividades del desarrollo (Expresión y Apreciación Artística, Educación Física y Educación

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Tecnológica), que hayan sido previamente autorizados por la Secretaría de Educación Pública o su equivalente en las Entidades Federativas.

En caso de que el mismo alumno o grupo de un docente, participe en concursos Nacionales, Regionales (Interestatales) o Estatales y obtenga varios de los logros estipulados, los puntos no serán acumulables y el profesor podrá optar por el de mayor puntaje.

2. POR ATENDER ALUMNOS CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES.

Registrando a los niños con necesidades educativas avalados por educación especial ante la Coordinación de Carrera Magisterial, los docentes que integren alumnos con discapacidad y necesidades educativas especiales, podrán obtener 4, 3 y 2 puntos, cubriendo los requisitos marcados en el Anexo B

3. POR APOYAR A ALUMNOS Y ALUMNAS CON CAPACIDADES Y APTITUDES SOBRESALIENTES.

Registrando a los niños con capacidades y aptitudes sobresalientes avalados por educación especial ante la Coordinación de Carrera Magisterial, los docentes que brinden apoyo para estimular el desarrollo y aprendizaje de los alumnos podrán obtener 4, 3 y 2 puntos, cubriendo los requisitos marcados en el Anexo B.

PRECISIONES A LOS LINEAMIENTOS GENERALES DE CARRERA MAGISTERIAL A PARTIR DE LA 8 ETAPA.

Se define con precisión la estructura, atribuciones y responsabilidades de cada una de las instancias encargadas del Programa.

Se prevé la posibilidad de participación de los docentes adscritos a Proyectos y Programas Educativos con funciones de tipo técnico pedagógico.

El personal con categoría directiva de supervisión que se encuentre frente a grupo podrá incorporarse o promoverse en la 1ª vertiente siempre y cuando cuente con el documento de comisión oficial y se inscriba en la función.

El personal docente frente a grupo que se encuentra en funciones directivas o de supervisión, podrá incorporarse o promoverse en la 2ª vertiente siempre y cuando cuente con el documento de comisión oficial y se inscriba en la función respectiva.

Los docentes que dentro de la primera vertiente no cubran el grado académico requerido, podrán participar en el programa siempre y cuando cuenten con 15 años de servicio docente y los últimos 10 en el mismo nivel o modalidad

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educativa, cumplidos al 1º de Septiembre del ciclo escolar en que deseen participar.

Se reestructura el sistema de Evaluación elevando a rango de Factor el indicador Aprovechamiento Escolar; en 2ª Vertiente se incluye el Factor Desempeño Escolar y para 3ª Vertiente Apoyo Educativo.

Disminuye el puntaje en el Desempeño Profesional y aumenta para los Cursos Estatales.

Se podrá conservar la permanencia (no los puntajes) acululada en las siguientes situaciones:

Cuando el directivo obtiene un ascenso escalafonario al interior de la 2ª Vertiente.

En el momento en que el docente tiene un cambio o movimiento en la misma Vertiente.

En aquellos casos en que los profesores de la 3ª Vertiente retoman a la 1ª o 2ª.

En los casos de docentes de 1ª comisionados oficialmente en la 2ª Vertiente y que regresan a la 1ª.

PRECISIONES GENERALES PARA TODAS LAS VERTIENTES Y TODOS LOS NIVELES EDUCATIVOS.

Para docentes con doble plaza.

Los docentes que participen con doble plaza deberán requisitar cédula de inscripción por cada una.

En casos de doble plaza no es factible intercambiar niveles de carrera. Si ambas plazas corresponden al mismo tipo de examen, sólo presentarán

una evaluación en el factor preparación profesional y el resultado se aplicará en las dos. En caso contrario, tendrá que evaluarse en cada una de ellas, de acuerdo a la actividad será el tipo de examen. En el caso del factor desempeño profesional se evaluarán en ambas plazas, cada una con su instrumento.

Podrán incorporar y/o promover ambas plazas siempre y cuando requisiten cédulas de inscripción por cada una y cubran los requisitos por separado.

Profesores con una plaza de Director y otra de docente que realicen funciones de inspección o supervisión pueden participar ambas requisitando 2 cédulas de inscripción respetando compatibilidad horaria y evaluándose en las dos plazas con la función desempeñada.

Si un docente participa con doble plaza, en ambas se le asignará el puntaje que corresponda a la mayor de antigüedad.

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En caso de movimientos escalafonarios en docentes con doble plaza, será asignado el nivel que ostente en la clave de antecedente a la plaza concursante.

Los Docentes que ostentan doble plaza no pueden participar se están cumpliendo doble función Directiva, aun y cuando tengan una clave directiva y una clave de docente comisionada a funciones directivas.

Grado Académico.

En el caso de grado académico, el grado mínimo necesario para participación debe cubrirse según el nivel o modalidad en que participa (Anexo 3 LGCM).

El grado académico para puntaje, es el grado máximo que se ostenta independientemente de la correspondencia con su nivel modalidad.

Los docentes que no cubran el grado académico requerido para el nivel-modalidad pero cumplan con estudios de licenciatura, maestría o doctorado, cubierto el requisito para participar, se les debe considerar el puntaje de grado académico máximo que ostenta independientemente de la correspondencia a nivel modalidad en que laboran.

Los docentes que se incorporaron vía Esquema de Educación Básica y que no cubrían el grado académico mínimo necesario, se encuentran en 1ª vertiente pueden sustituirlo por el 15/10, para efectos de promoción se les reconocerá la permanencia si han desempeñado la misma función y no han incurrido en alguna incidencia que la anule, los puntajes de primera a séptima etapa no se tomarán en cuenta y si ya cambiaron a segunda o tercera vertiente no podrán participar ni incorporar ni promover (15/10 sólo en primera vertiente) y no se les reconocerá ni puntaje ni permanencia, si no logran esto, conservarán el nivel de carrera pero no podrán seguir participando.

Los estudios realizados fuera del Sistema Educativo Nacional podrán adquirir validez oficial mediante su revalidación siempre y cuando sean equiparables con estudios realizados dentro del sistema nacional de acuerdo con el artículo 61 de la Ley General de Educación, por lo que los estudios de maestría y doctorado realizados en el extranjero deberán apegarse al numeral 6.2.2.7. de los Lineamientos Generales de Carrera Magisterial.

Antigüedad.

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La antigüedad, como requisito para participar, se refiere al tiempo mínimo necesario en el servicio como docente, así como en función del grado académico al inicio del ciclo escolar. (Anexo 2LGCM).

El puntaje de factor antigüedad se otorga con base en los años en servicio docente al final del ciclo.

Apoyo Educativo.

En el factor apoyo educativo (innovación educativa) los docentes no podrán presentar más de dos tipos diferentes de productos y la suma del máximo asignado a ambos no rebasará el puntaje otorgado al factor (hasta 20 puntos).

Aprovechamiento Escolar.

El puntaje adicional repercutirá en el personal directivo sólo mediante el factor desempeño escolar, pero no se otorgará directamente a los directores.

El puntaje adicional, en la opción de necesidades educativas especiales, deberá cubrir sólo a los docentes que atendieron alumnos con discapacidad aunada a necesidades educativas especiales.

El puntaje adicional, en la opción concursos, únicamente serán válidos los concursos que se encuentran vinculados con los grados, asignaturas académicas y artísticas o actividades del desarrollo establecidas en los planes y programas de la Secretaría de Educación Pública.

A los docentes con alumnos que ganaron el concurso de la olimpiada del conocimiento se les otorgarán 4 puntos por tratarse de un concurso nacional.

El puntaje adicional se anexa al factor Aprovechamientos Escolar y sólo se otorgará a docentes frente a grupo y éste no deberá rebasar los 20 puntos que corresponden a dicho factor.

Desempeño Escolar.

Los directivos o supervisores con personal a su cargo que no participaron en la etapa de evaluación los puntajes de cada uno de los subfactores se les determinará en forma proporcional de acuerdo a los resultados del factor preparación profesional obtenido por ellos.

Si participan más de dos directivos en un mismo centro de trabajo sólo se otorgará el puntaje al que se encuentra desempeñando la función.

Cursos Nacionales o Estatales.

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Referente a la asignación de puntaje en cursos nacionales o estatales ofertados por la Instancia Estatal de Formación Continua (antes ProNap), deberán tomar al que les corresponda por nivel educativo y función en que se desempeñan. Si por alguna razón pudo tomar sólo uno de los dos cursos, el factor de cursos nacionales y/o estatales estará acreditado.

Cambios:

Docentes de primaria o preescolar con nivel BC que cambien a secundarias, se les ubicará en nivel B.

Sólo es posible transferir a nivel de carrera obtenido cuando se traslade a una plaza que no la haya concursado antes porque no es susceptible de participación.

Los cambios de nivel-modalidad o subsistema se definen como movimiento de alta y baja simultánea.

Docentes que realicen cambios de nivel de centro de trabajo, de vertiente entre el inicio del ciclo escolar y el mes de diciembre, podrán realizar su evaluación en la nueva actividad e iniciarán o continuarán permanencia.

Docentes con permuta autorizada por la Comisión Nacional Mixta de cambios interestatales, que en noviembre solicitan participar en ese ciclo, se les deberá proporcionar cédula de inscripción, siempre y cuando presenten comprobante de cédula de inscripción o reinscripción de la entidad de origen así como conservarán el nivel de carrera obtenido en el estado de donde proviene.

Los docentes con movimiento de un estado a otro autorizado por la Comisión Nacional Mixta de Cambios Interestatales, conservan el nivel de carrera y la permanencia, no así los puntajes por calificarlos bajo la norma de que los 28 puntos son otorgados al docente que obtiene el mayor número de aciertos en la entidad.

Cambios de la 3ª a 1ª o 2ª vertiente conservarán permanencia, para efectos de promoción necesitarán evaluarse en su nueva vertiente.

Si acumuló permanencia en 1ª vertiente hasta la sexta etapa hubo cambio a 3ª vertiente y posteriormente se reintegra a la 1ª vertiente, en la 8ª etapa es factible su promoción si obtiene el puntaje global en la 1ª vertiente necesario para la etapa, recuperando puntaje no utilizados para promoción en esa vertiente.

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Para cumplir con uno de los objetivos fundamentales del programa referente al arraigo del docente en su función, los cambios de nivel-modalidad educativa sólo se autorizarán por una ocasión a cada participante.

La permanencia en cambios al interior de las vertientes se sujetará a lo establecido en los numerales 8.5.1. y 8.5.2. de los lineamientos Generales de Carrera Magisterial pero si implica también cambio de vertiente iniciará la permanencia en su nuevo nivel-modalidad.

Docentes que no pueden participar:

La participación de los docentes que ostenten claves o puestos no considerados en los lineamientos no podrán participar en el programa y es obligación del Órgano de evaluación no permitirle la inscripción al mismo.

Los docentes que realizan actividades técnico-pedagógicas fuera de los niveles y modalidades de educación básica no pueden participar en el programa Coordinación de Educación a Distancia.

El personal adscrito a la coordinación de educación a distancia que depende de la Dirección de Educación Media Superior y Superior no pueden participar en el programa por encontrarse fuera de educación básica.

El personal adscrito al Consejo Estatal Técnico de la Educación, Jefes de Departamento, Subjefes, Coordinadores Estatales del Programa de Carrera Magisterial, Subcoordinadores regionales y personal adscrito al programa, Comisionados Sindicales Nacionales, Seccionales, Miembros de la Comisión Mixta de escalafón, Coordinación de Educación a Distancia, Supervisoras de escuelas Comerciales y Técnicas particulares no pueden participar dentro del programa por no cumplir con actividades propias de las vertientes marcadas en los Lineamientos Generales de Carrera Magisterial.

No pueden participar para buscar incorporación o promoción los docentes que fungen como inspectores o supervisores de escuelas particulares.

Otras precisiones:

Para ser sujeto a incorporarse o promoverse, el docente deber estar inscrito mínimamente en la atapa donde es sujeto para promoción o incorporación. De no ser así no procede aunque obtenga puntaje (que no debe tener pues no se le puede evaluar si no se inscribió).

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Para efector de promoción el docente podrá realizar evaluaciones globales que decida siempre que corresponda a la misma actividad, aunque sólo conservará el puntaje más alto pero es indispensable que requisite cédula de reinscripción en la etapa que desee promoverse aunque ese ciclo escolar no es obligatorio evaluarse.

Es obligatorio que se acredite puntaje en los 6 factores para que se considere la evaluación global (incorporación o promoción). No se aplicará en el caso de que la evaluación de alguno de los factores no se lleve a cabo por razones no imputables a los participantes.

Para participar por el Reconocimiento Nacional “IGNACIO MANUEL ALTAMIRANO” para docentes que se desempeñan en la primera vertiente, pueden ser acreedores siempre y cuando continúen en la misma función.

Las comunidades de zona de bajo desarrollo son autorizadas por la Comisión Nacional SEP-SNTE de acuerdo a un catálogo proporcionado por el INEGI.

En los casos en que los docentes se encuentran involucrados por un proceso jurídico la comisión paritaria deberá dejar pendiente la dictaminación del docente hasta que se emita la resolución del caso.

Serán sancionados los docentes que interfieran u obstaculicen el desarrollo de los diversos procesos de evaluación del programa, ejemplo: si el presidente del órgano de evaluación no quiere firmar cédulas, el no entregar en tiempo y forma documentación de los docentes a su cargo, el calificar de una manera y entregar otra calificación ante la Coordinación Estatal, retener documentos oficiales como cuadernillos de evaluación del factor preparación profesional, no verificar la documentación requerida por la inscripción y participación de los docentes, etc., no podrán ser incorporados, promovidos, ni acumularán permanencia en esa etapa.

En los ascensos escalafonarios de profesores con categoría de director o supervisor o jefe de sector conservarán el nivel de carrera magisterial y su permanencia, pero no los puntajes.

La comisión Nacional SEP-SNTE determinó que el puntaje mínimo para incorporación en cualquier nivel-modalidad y vertiente será de 70 puntos en la etapa, para así cumplir con uno de los objetivos del Programa que es reconocer a los maestros que alcancen los mejores puntajes globales.

Existen movimientos administrativos que significan una renuncia voluntaria de la categoría, sin embargo, no se pierde el nivel de carrera ya que se dan en un movimiento baja y alta simultánea o cancelación-creación.

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Para lograr el nivel A de Carrera (incorporación) sólo se tomará en cuenta el puntaje en la etapa de participación. De no ser así, ese puntaje no se considerará para etapas posteriores, tendrá que buscar puntaje nuevamente.

¿QUÉ ES LA DICTAMINACIÓN?

Es el proceso mediante el cual las Comisiones Paritarias determinan, con base en los resultados de la Evaluación Global y en la normatividad vigente, determinan qué docentes deben ser incorporados o promovidos en el programa. Las Comisiones Paritarias aplicarán en la Dictaminación de cada etapa el presupuesto autorizado por el Estado.

Las Comisiones Paritarias deberán prever los recursos necesarios para cubrir las inconformidades que se presenten.

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