sistema de registro básico de residentes para residentes extranjeros

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http://www.soumu.go.jp/main_sosiki/ jichi_gyousei/c-gyousei/zairyu/espanol/ index.html http://www.colombia.emb-japan.go.jp/ESP/ index.htm Sistema de Registro Básico de Residentes para residentes extranjeros El Sistema de Registro Básico de Residentes también aplicará a los residentes extranjeros. El número de extranjeros que entra/reside en Japón aumenta año tras año, siendo esta una de las razones por las cualse hizo cada vez más necesario crear un sistema base para que las municipalidades ofrezcan a los residentes extranjeros servicios administrativos básicos al igual que a los japoneses. Con este fin, además de aplicar la Ley de Registro Básico de Residentes por igual tanto a los residentes extranjeros como a los japoneses, buscando una mayor conveniencia para los residentes extranjeros y racionalizar la administración de las municipalidades se estableció durante la 171 asamblea de la Dieta la “Ley de Enmienda Parcial de la Ley de Registro Básico de Residentes”, la cual fue promulgada el 15 de julio de 2009 y entró en vigor el 9 de julio de 2012. Con la entrada en vigor de esta Ley ya se elaboró el certificado de residencia también a los residentes extranjeros, y desde el 8 de julio de 2013 están en operación la Sistema de Red de Registro Básico de Residentes y la Tarjeta de Registro Básico de Residentes. Debe prestarse atención al hecho de que el Sistema de Registro Básico de Residentes requiere que ahora también los residentes extranjeros notifiquen a la municipalidad de su salida cuando se muden, y sobre su entrada a la municipalidad a la cual se mudan. También en caso de mudanza al extranjero se requiere que notifique a la municipalidad su salida. Para más detalles vea aquí . Personas a las que aplica el Sistema de Registro Básico de Residentes

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registro de extranjeros en japon

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http://www.soumu.go.jp/main_sosiki/jichi_gyousei/c-gyousei/zairyu/espanol/index.html

http://www.colombia.emb-japan.go.jp/ESP/index.htm

Sistema de Registro Bsico de Residentes para residentes extranjeros

El Sistema de Registro Bsico de Residentes tambin aplicar a los residentes extranjeros.

El nmero de extranjeros que entra/reside en Japn aumenta ao tras ao, siendo esta una de las razones por las cualse hizo cada vez ms necesario crear un sistema base para que las municipalidades ofrezcan a los residentes extranjeros servicios administrativos bsicos al igual que a los japoneses.

Con este fin, adems de aplicar la Ley de Registro Bsico de Residentes por igual tanto a los residentes extranjeros como a los japoneses, buscando una mayor conveniencia para los residentes extranjeros y racionalizar la administracin de las municipalidades se estableci durante la 171 asamblea de la Dieta la Ley de Enmienda Parcial de la Ley de Registro Bsico de Residentes, la cual fue promulgada el 15 de julio de 2009 y entr en vigor el 9 de julio de 2012.

Con la entrada en vigor de esta Ley ya se elabor el certificado de residencia tambin a los residentes extranjeros, y desde el 8 de julio de 2013 estn en operacin la Sistema de Red de Registro Bsico de Residentes y la Tarjeta de Registro Bsico de Residentes.

Debe prestarse atencin al hecho de que el Sistema de Registro Bsico de Residentes requiere que ahora tambin los residentes extranjeros notifiquen a la municipalidad de su salida cuando se muden, y sobre su entrada a la municipalidad a la cual se mudan. Tambin en caso de mudanza al extranjero se requiere que notifique a la municipalidad su salida.

Para ms detalles vea aqu.

Personas a las que aplica el Sistema de Registro Bsico de Residentes

El sistema aplica bsicamente a extranjeros que residan legalmente por ms de tres meses y tengan direccin en Japn, exceptuando a las personas en estancia corta con fines tursticos y otros,y se clasifican en los siguientes cuatro grupos.

(1) Residentes de plazo mediano o largo (que se les haya expedido la Tarjeta de Residencia).

Todos aquellos extranjeros que residan en Japn con estado de residencia, excepto aquellos con perodo de estancia de tres meses o menos, y extranjeros con estado de residencia para estancia corta, diplomacia, oficial, etc.

En base a lo establecido en la Ley de Control de Inmigracin enmendada se les expide la tarjeta de residencia al momento de dar el permiso de residencia, de entrada al pas, etc.

(2) Residentes permanentes especiales (que se les haya expedido el certificado de residente permanente especial)

Residente permanente especial como lo define la Ley de Medidas Especiales de Inmigracin

En base a lo establecido por la Ley de Medidas Especiales de Inmigracin enmendada se le expide el certificado de residente permanente especial.

(3) Refugiados temporales autorizados o residentes provisionales autorizados.

Extranjeros en barcos u otros que cumplan con requisitos tales como ser refugiados, etc., y hayan recibido permiso de desembarque para proteccin temporal de acuerdo con lo establecido en la Ley de Control de Inmigracin (extranjeros con permiso para proteccin temporal), y extranjeros residentes ilegales con permiso de estancia temporal en Japn que hayan solicitado su reconocimiento como refugiados y cumplido con los requisitos establecidos (extranjeros con permiso de estancia temporal).Al otorgar estos permisos se entrega el documento correspondiente al permiso para proteccin temporal o al permiso de estancia temporal correspondiente.

(4) Residente transitorio debido a un nacimiento o a la prdida de su nacionalidad

Personas que residan en Japn como extranjeros por nacimiento o por haber perdido la nacionalidad japonesa.

De acuerdo con lo establecido en la Ley de Control de Inmigracin, pueden permanecer sin estado de residencia en Japn por un perodo de hasta 60 das a partir de la fecha de nacimiento o de prdida de la nacionalidad japonesa.

Conveniencia para los residentes extranjeros

Antes de introducir las enmiendas a la Ley se aplicaban dos sistemas diferentes a las familias formadas por miembros de nacionalidades diferentes (familias de extranjeros y japoneses), la Ley de Registro Bsico de Residentes y la Ley de Registro de Extranjera; ahora las enmiendas permiten precisar la estructura de las familias y hacen posible emitir copias del certificado de residencia, etc. en donde aparecen los datos de todos los miembros de la familia.

El Registro Bsico de Residentes es la base de la documentacin de los residentes, y ahora es posible con la notificacin de entradaen caso de mudanza, etc. unificar las notificaciones de los diferentes servicios pblicos, tales como el seguro nacional de salud, etc., simplificando as los diferentes trmites.

Con el intercambio de informaciones entre el Ministro de Justicia y los alcaldes de los municipios se reduce la carga de notificaciones de los residentes extranjeros al Ministerio de Justicia (Oficina Regional de Inmigracin) y a las municipalidades.

Reduccin de la carga de notificaciones y aseguramiento de la precisin de los registros

De acuerdo con la antigua Ley de Registro de Extranjera era necesario notificar al alcalde de su municipalidad no slo los cambios de direccin, sino tambin cambios realizados fuera de la municipalidad, tales como cambio de nombre, de estado de residencia, de perodo de estancia, etc.; los trmites para cambio de estado de residencia, renovacin del perodo de estancia, etc. deben hacerse en la Oficina Regional de Inmigracin y, despus de recibir el permiso por parte del Ministro de Justicia, hacer la solicitud tambin al alcalde de la municipalidad en donde se resida.

Por otro lado, despus de la entrada en vigor de la Ley de Registro Bsico de Residentes enmendada, cuando los residentes extranjeros realizan trmites de cambio de nombre, de estado de residencia, de perodo de estancia, etc. en una Oficina Regional de Inmigracin u otro en base a la Ley de Control de Inmigracin, puesto que es necesario introducir dichos cambios tambin a los datos registrados en el certificado de residencia, el Ministro de Justicia comunica sobre dichos cambios al alcalde de la municipalidad en donde se encuentra ubicada la direccin del residente extranjero en cuestin, y en base a dicho comunicado se modifican los datos que aparecen en el certificado de residencia. Con esto se logra reducir la carga de notificaciones de los residentes extranjeros y asegurar la precisin de los registros, en comparacin con el sistema anterior.

Adems, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Inmigracin enmendada y otras, los extranjeros tienen que informar al Ministro de Justicia a travs del alcalde de su municipalidad sobre su lugar de residencia; sin embargo, si realizan los trmites de salida, cambio de domicilio, etc., estos se considera como la ejecucin de la notificacin. Luego de esto la municipalidad confirma los datos del lugar de residencia presentados al hacer los trmites de salida, cambio de domicilio, etc. y hace el comunicado al Ministro de Justicia.

Centro de llamadas del Ministerio de Asuntos Internos y Comunicaciones (ventanilla de consultas por telfono en varios idiomas)

Ofrece informaciones relacionadas con el Sistema de Registro Bsico de Residentes para residentes extranjeros.

1) Nmeros de telfono

0570-066-630 (Central) 03-6301-1337 (llamadas desde telfonos IP y PHS)

2) Horario de recepcin de llamadas

8:30 a 17:30

3) Perodo del servicio

Desde el 1 de abril de 2015 hasta el 31 de marzo de 2016(con excepcin de sbados y domingos,feriados y desde el 29 de noviembre (diciembre)hasta el 3 de enero

4) Idiomas

Seis idiomas: japons, ingls, chino, coreano, espaol y portugus

Enlaces relacionados

Sobre los trmites relacionados con la entrada y estancia de extranjerosSitio web de la Oficina de Inmigracin