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Cra. 49 Nº 129 Sur 84 Caldas Antioquia/ Tel. 378 85 00/Fax 338 80 81. www.caldasantioquia.gov.co/ Código Postal 055440 F-CC-44 Versión: 1 SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG-SST). 1. INTRODUCCION La Administración Municipal de Caldas, consciente de sus responsabilidades con el Sistema General de Riesgos Laborales (SGRL), sobre las condiciones de trabajo y salud de los trabajadores, contratistas y practicantes, como motor del crecimiento económico y social, implementara su Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), con la finalidad de controlar los riesgos que puedan alterar la salud de sus trabajadores y practicantes, en el proceso productivo. Este sistema consiste en la planeación, administración, ejecución, evaluación y retroalimentación de las actividades de medicina preventiva y del trabajo, higiene y seguridad industrial, tendientes a preservar, mantener y mejorar la salud individual y colectiva de los trabajadores, contratistas y practicantes, en sus ocupaciones, las cuales deben ser desarrolladas en sus sitios de trabajo en forma integral e interdisciplinaria; contribuyendo asi al control total de pérdidas no solamente en la salud del trabajador sino sobre el medio ambiente y los activos de la empresa. El documento que se presenta a continuación refleja el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) para la Administración Municipal del Municipio de Caldas, basado en las características específicas de su proceso y su actividad económica, su implementación requiere del compromiso y colaboración de la Administración Municipal y de todos sus trabajadores, contratistas y practicantes, para poder llevar a cabo las actividades definidas. 2. JUSTIFICACIÓN La Seguridad y Salud en el Trabajo actualmente representa una de las herramientas de gestión más importantes para mejorarla calidad de vida laboral en las empresas y con ella su competitividad. Esto es posible siempre y cuando la empresa promueva y estimule en todo momento la creación de una cultura en Seguridad y Salud en el Trabajo que debe estar sincronizada con los planes de calidad, mejoramiento de los procesos y puestos de trabajo, productividad, desarrollo del talento humano y la reducción de los costos operacionales.

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Versión: 1

SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG-SST).

1. INTRODUCCION

La Administración Municipal de Caldas, consciente de sus responsabilidades con el Sistema

General de Riesgos Laborales (SGRL), sobre las condiciones de trabajo y salud de los

trabajadores, contratistas y practicantes, como motor del crecimiento económico y social,

implementara su Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), con la

finalidad de controlar los riesgos que puedan alterar la salud de sus trabajadores y

practicantes, en el proceso productivo.

Este sistema consiste en la planeación, administración, ejecución, evaluación y

retroalimentación de las actividades de medicina preventiva y del trabajo, higiene y seguridad

industrial, tendientes a preservar, mantener y mejorar la salud individual y colectiva de los

trabajadores, contratistas y practicantes, en sus ocupaciones, las cuales deben ser

desarrolladas en sus sitios de trabajo en forma integral e interdisciplinaria; contribuyendo asi

al control total de pérdidas no solamente en la salud del trabajador sino sobre el medio

ambiente y los activos de la empresa.

El documento que se presenta a continuación refleja el Sistema de Gestión de Seguridad y

Salud en el Trabajo (SG-SST) para la Administración Municipal del Municipio de Caldas,

basado en las características específicas de su proceso y su actividad económica, su

implementación requiere del compromiso y colaboración de la Administración Municipal y de

todos sus trabajadores, contratistas y practicantes, para poder llevar a cabo las actividades

definidas.

2. JUSTIFICACIÓN

La Seguridad y Salud en el Trabajo actualmente representa una de las herramientas de gestión más importantes para mejorarla calidad de vida laboral en las empresas y con ella su competitividad. Esto es posible siempre y cuando la empresa promueva y estimule en todo momento la creación de una cultura en Seguridad y Salud en el Trabajo que debe estar sincronizada con los planes de calidad, mejoramiento de los procesos y puestos de trabajo, productividad, desarrollo del talento humano y la reducción de los costos operacionales.

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Es por ello que el MUNICIPIO DE CALDAS, tiene entre sus propósitos desarrollar el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), con el fin de mejorar la calidad de vida laboral, lograr una reducción de los costos generados por los accidentes y las enfermedades laborales, permitiendo así tener un ambiente seguro, lo que disminuye a su vez las pérdidas materiales y económicas, incrementando además su productividad.

La administración Municipal de Caldas destinara los recursos necesarios para desarrollar, evaluar y controlar las actividades que este sistema genere y de esta forma mantener el bienestar de la legislación laboral y del Sistema General de Riesgos Laborales vigentes.

3. MARCO NORMATIVO Y CONCEPTUAL

3.1. MARCO NORMATIVO

1979: Ley 9 es el Código Sanitario Nacional. 1979: Resolución 2400 Estatuto de la Seguridad industrial 1979: Resolución 2413 SST en el sector de la construcción. 1984: Decreto 614, Plan Nacional de SST 1986: Resolución 2013 Comité Paritario de SST 1989: Resolución 1016, reglamenta los programas de SST en las empresas. 1990: Resolución 1792, valores límites contra ruido 1992: Resolución 1075, Prevención del fármaco dependencia, alcoholismo y

tabaquismo en el trabajo. 1993: Ley 100 de 1993 Reglamenta el SG-SST 1994: Decreto Ley 1295 Reglamenta al Sistema General de Riesgos Laborales 1994: Decreto 1772 Reglamenta la afiliación y cotización al Sistema de Riesgos

Laborales 1996: Decreto 1530 afiliación empresas, accidente de trabajo con muerte, empresas

temporales. 1997: Ley 361, integración laboral de personas discapacitadas 1999: Decreto 917 Manual único de calificación invalidez 2002: Decreto 1607 modifica la tabla de clasificación de actividades económicas para

el SGRP. 2002: Ley 776 modifica el decreto 1295 de 1994 en el tema de prestaciones

económicas y de prescripción de derechos. 2003: ley 797 reforma el sistema general de pensiones. 2003: Ley 860 de 2003 Reforma requisitos obtención de la pensión por Invalidez de

origen común 2003: Ley 828, control a la evasión del sistema de seguridad Social

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2003: Decreto 2090 define las actividades de alto riesgo y modifica su régimen de pensiones

2003: Decreto 2800 reglamenta la afiliación de los independientes al Sistema de Riesgos Laborales

2004 Decisión 584 instrumento andino de seguridad y salud en el trabajo de la comunidad andina de naciones.

2004 Circular Unificada del Ministerio de Protección Social, Instrucciones al empleador y a las Administradoras de Riesgos Laborales.

2005: Decreto 3615 afiliación colectiva de independientes modificado por el decreto 2313 de 2006

2005: Resolución 1570, sistema de información único para registro de ATEP en las empresas, ARL, EPS, y juntas.

2005: Resolución 0156, Se adoptan los formatos de informe de Accidente de Trabajo y Enfermedad Laboral.

2006: Ley 1010 definición, constitución y sanciones Acoso Laboral 2006: Resolución 627 Norma Nacional de emisión de ruido y ruido ambiental 2007: Resolución 1401, procedimientos legales para investigación y reporte de los

accidentes de trabajo 2007: Resolución 2346, Practica de evaluaciones medicas e Historia Clínica

Ocupacional. 2007: Resolución 1855, Sistema de garantía de la calidad en el SGRP. Estándares

mínimos. 2007: Resolución 2844, Guías de Atención Integral en SST 2007: Resolución 2646, programa empresarial riesgo psicosocial. 2008: Resolución 1013 Guías de Atención Integral en SST. 2009: Circular 070 de 2009 trabajo en alturas 2012: Resolución 1409 Reglamento Técnico para protección contra caídas en Trabajo

en alturas 2009: Resolución 736 Complementa la anterior resolución sobre la certificación de

competencia para trabajo en alturas – SENA 2009: Resolución 1486 Lineamientos técnicos certificación trabajo en alturas 2009: Resolución 1918, practica de las evaluaciones médicas ocupacionales y la

guarda, archivo y custodia de las mismas 2009: Resolución 736 Modifica Certificación competencias para trabajo en Alturas

aplaza su implementación a Julio de 2010. 2009: Decreto 2566 Adopta tabla Enfermedades Ocupacionales 2009: Circular 070 Procedimiento e instrucciones trabajo en altura 2012: Artículo 142 Decreto Ley 019 Trámite calificación origen y PCL 2012: Ley 1562 Reglamenta definición ATEL y otros del SGRL 2013: Resolución 1441 de MSPS – Habilitación 2013: Resolución 2087 afiliación independientes 2013: Resolución 2415 afiliaciones ante ARL reglamenta parcialmente la Ley 1562 de

2012, resoluciones 1747 de 2008, 2377 de 2008, 990 y 2249 de 2009, 1004 de 2010, 445 y 476 de 2011 y 3214 de 2012.

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2013: Resolución 378 medidas para garantizar la seguridad en el transporte público terrestre

2013: Resolución 1903 modifica el numeral 5° del articulo 10 y el parágrafo 4° del artículo 11 de la resolución 1409 de 2012 y se dictan otras disposiciones

2013: Decreto 723 Reglamenta afiliación al SGRL del Trabajador Independiente 2013: Decreto 1352 Reglamenta proceso de calificación del origen y PCL – Juntas de

Calificación 2014: Resolución 1565 Plan estratégico de seguridad Vial para empresa con un

número de vehículos directos o contratados superior a 10 diez. 2014: Decreto 1443 SG-SST 2015: Decreto 1072 de 2015 Unifica normas del Trabajo y del SGRL 2017: Resolución No. 1111 de 27 de marzo de 2017 Por la cual se definen los

Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo para Empleadores y Contratantes.

1. DESARROLLO DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

La FORMULACIÓN del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el trabajo SG-SST estará a cargo del asesor en riesgos laborales y la IMPLEMENTACIÓN estará a cargo de la persona que se asignará por parte de la empresa para apoyar tal función, la ORIENTACIÓN contará con la asesoría de la ARL y con los recursos propios que la Administración Municipal defina. 1.1 POLÍTICA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO El MUNICIPIO DE CALDAS busca ser la administración Municipal, más competitiva en el sector de actividades ejecutivas de la administración pública por lo cual estamos comprometidos en propiciar el mejoramiento de las condiciones de trabajo, la salud y seguridad de todos los niveles de nuestra organización, los trabajadores, contratistas y partes interesadas, mediante el desarrollo del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo. Este sistema esta orientado al desarrollo de un proceso lógico y por etapas, basado en la mejora continua, que incluye la política, la planificación, la organización, la aplicación, la evaluación, la auditoria y las acciones de mejora con objetivo de anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos que se puedan afectar la Seguridad y Salud en el Trabajo en toda nuestra cadena de valor. El MUNICIPIO DE CALDAS, asume la responsabilidad de proteger la Salud y Seguridad de todos los trabajadores independientemente de su vinculación laboral en

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los diferentes ambientes de trabajo, por tanto, mantiene las condiciones seguras y saludables en los lugares de trabajo. El responsable asignado por la empresa para liderar el desarrollo del Sistema de Seguridad y salud en el Trabajo, cuenta con el apoyo de la alta dirección, el COPASST y trabajadores en general, mediante el compromiso de los mismos con las actividades de Seguridad y Salud en el Trabajo. Hay un firme compromiso para cumplir con la legislación colombiana en Seguridad y Salud en el Trabajo establecida por el Ministerio de la Protección Social (actual Ministerio de Trabajo) y de otra índole que haya suscrito el Municipio de Caldas. Para el cumplimiento de esta política y el logro de los objetivos propuestos de la alta dirección, permanentemente orientaran sus esfuerzos y destinara los recursos físicos, económicos y talento humano requeridos para la oportuna identificación, valoración e intervención de los peligros que puedan generar accidentes de trabajo, enfermedades laborales y emergencias, así como los que se requieren para el desarrollo efectivo de actividades y programas que contribuyan a fortalecer la eficacia de los trabajadores, la competitividad y buena imagen organizacional. ANEXO POLÍTICAS SST FIRMADAS POR EL REPRESENTANTE LEGAL.

Los parámetros generales para cumplir el anterior propósito son:

Cumplir con las normas legales vigentes en Colombia en cuanto a Seguridad y Salud en el Trabajo aplicables a la labor desarrollad.

Todos los trabajadores, contratistas y practicantes, son responsables por su Seguridad y la Salud del personal a su cargo.

Protección y mantenimiento del bienestar, tanto físico como mental de todos los trabajadores, contratistas y practicantes, disminuyendo la generación de accidentes de trabajo y los riesgos en su origen.

Es responsabilidad de todos los niveles del MUNICIPIO DE CALDAS proveer un ambiente sano y seguro de trabajo, por medio de equipos, procedimientos y programas adecuados.

CONFORMACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ PARITARIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Es un organismo de promoción y vigilancia de las normas y reglamentos de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa.

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La ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE CALDAS cuenta con un Comité Paritario de Seguridad y salud en el Trabajo (COPASST), garantizando el cumplimiento de lo definido por la resolución 2013 de 1986. ANEXO CONFORMACIÓN.

CONFORMACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA LABORAL:

Es un organismo que funciona como una medida preventiva de acoso laboral que contribuye

a proteger a los trabajadores, contratistas y practicantes, contra los riesgos psicosociales que

afectan la salud en los lugares de trabajo.

Este comité está conformado en el Administración Municipal del Municipio de Caldas tal

como se describe en el Anexo 3: Conformación Comité de Convivencia Laboral,

garantizando cumplimiento de lo definido en las Resoluciones 652 y 1356 de 2012.

RESPONSABILIDADES EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO RESPONSABILIDADES DEL EMPLEADOR El empleador está obligado a la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores, contratistas y practicantes, acorde con lo establecido en la normatividad vigente. Dentro del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST en la empresa, el empleador tendrá entre otras, las siguientes obligaciones:

1) Definir, firmar y divulgar la política de Seguridad y Salud en el Trabajo, a través de documento escrito, el empleador debe suscribir la política de seguridad y salud en el trabajo de la' empresa, la cual deberá proporcionar un marco de referencia para establecer y revisar los objetivos de seguridad y salud en el trabajo;

2) Asignación y Comunicación de Responsabilidades: Debe asignar, documentar y comunicar las responsabilidades específicas en Seguridad y Salud en el Trabajo SST a todos los niveles de la administración, incluida la alta dirección

3) Pagar la totalidad de las cotizaciones de los trabajadores, contratistas y practicantes, a su servicio a la Administradora de Riesgos Laborales (A.R.L.).

4) Procurar el cuidado integral de la salud de los trabajadores, contratistas y practicantes, y de los ambientes de trabajo.

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5) Programar, ejecutar y controlar el cumplimiento del sistema de gestión en seguridad y salud en el trabajo de la empresa y procurar su financiación.

6) Facilitar la capacitación de los trabajadores, contratistas y practicantes, en materia de SST.

7) Notificar a la ARL: los accidentes y las enfermedades laborales. 8) Planear, organizar, dirigir, desarrollar y aplicar el Sistema de Gestión de la Seguridad y

Salud en el Trabajo SG-SST, y como mínimo una (1) vez al año, realizar su evaluación

ANEXO FIRMADO POR EL ALCALDE. RESPONSABILIDADES DE LOS TRABAJADORES, CONTRATISTAS Y PRACTICANTES El papel fundamental de los supervisores es clave en la gestión de la seguridad y la salud porque pueden fomentar y asegurar que los procedimientos que establece la empresa y que aplique el trabajador, sean los óptimos para las condiciones trabajo y competencias de los trabajadores, contratistas y practicantes, además de intervenir y participar en el diseño de una política que sea aplicable y practica para el contexto donde desarrolla la empresa.

1) Procurar el cuidado integral de su salud 2) Observar las normas y reglamentos de SST de la empresa 3) Conservar en orden y aseo los lugares de trabajo, lugares comunes, las herramientas y

los equipos 4) Usar en forma oportuna y adecuada los dispositivos de prevención de riesgos y los

elementos de protección personal. 5) Seguir procedimientos seguros para su protección, la de sus compañeros y la de la

empresa en general. 6) Informar toda condición peligrosa o prácticas inseguras y hacer su notificación a la

Administración Municipal para prevenir o controlar los factores riesgo. 7) Tomar parte activa del comité, comisiones y programas de inspección que se asignen. 8) Participar en las actividades de capacitación en seguridad y salud en el trabajo definido

en el plan de capacitación del SG-SST; y 9) Participar y contribuir al cumplimiento de los objetivos del Sistema de Gestión de la

Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST. ALCALDE

Liderar la implementación del SG-SST Apoyar el desarrollo y permanencia del SG-SST, mediante la apropiación de recursos

de las diferentes fuentes de financiación. SECRETARIOS DE DESPACHO

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Afiliar al Sistema General de Riesgos Laborales (SGRL) a la totalidad de trabajadores,

contratistas y practicantes a su servicio.

Pagar a la Administradora de Riesgos Laborales (ARL) la cotización en riesgos

laborales de todos sus trabajadores, de los contratistas que laboren en ambientes

Riesgo IV y V y de los practicantes cuando el contrato docente-asistencial así lo

contemple.

Cotizar oportunamente ante la ARL el valor correspondiente al seguro de riesgos

laborales, con el objeto de amparar las contingencias de accidente de trabajo y de

enfermedad laboral

Procurar el cuidado integral de la salud de los trabajadores, contratistas y

practicantes, y de los ambientes de trabajo.

Destinación de recursos financieros y técnicos para el funcionamiento del sistema de

gestión en seguridad y salud en el trabajo.

Cumplimiento de los requisitos normativos.

Plan anual de trabajo en seguridad y salud en el trabajo.

Definir y firmar la política de seguridad y salud en el trabajo.

Garantizar la disponibilidad de personal competente para liderar y controlar el

desarrollo del Sistema de Gestión en seguridad y salud en el trabajo.

Asignar y comunicar responsabilidades a los trabajadores, contratistas y practicantes,

en seguridad y salud en el trabajo dentro del marco de sus funciones.

Garantizar capacitación en Seguridad y Salud en el Trabajo al talento humano de la

administración, facilitando a los trabajadores, contratistas y practicantes, los espacios y

tiempos necesarios para la asistencia oportuna, así como programas educativos para la

promoción, prevención y control de accidentes de trabajo y enfermedades laborales.

Garantizar la consulta y participación de los trabajadores, contratistas y practicantes,

en la identificación de los peligros y control de los riesgos, así como la participación

en los comités de Seguridad y Salud en el trabajo y de convivencia laboral.

Notificar a la entidad administradora a la que se encuentre afiliado, los accidentes de

trabajo y las enfermedades laborales.

Estudiar las recomendaciones emanadas del COPASST y determinar la adopción de

las medidas correctivas y/o preventivas más convenientes e informarle las decisiones

tomadas al respecto.

Informar a la ARL a la que se encuentre afiliado, las novedades laborales de sus

trabajadores, contratistas y practicantes,

Evaluar por lo menos una vez al año la gestión en seguridad y salud en el trabajo.

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COORDINADOR DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Elaborar, Programar, ejecutar y controlar el cumplimiento del Sistema de Gestión en

Seguridad y Salud en el Trabajo de la administración y procurar su financiación.

Asumir la dirección del programa formulando los objetivos, procedimientos

administrativos, y participando en la solución de problemas en materia de Seguridad y

Salud Laboral.

Definir lineamientos para asegurar la comprensión y el cumplimiento de las políticas en

Seguridad y Salud en el Trabajo, en todas las áreas de la administración.

Coordinar las necesidades de capacitación en materia de prevención según los riesgos

prioritarios y los niveles de la administración.

Garantizar el cumplimiento de la normativa en materia de Seguridad y Salud en el

Trabajo, definiendo los programas, procedimientos y/o normas correspondientes en

las actividades desarrolladas.

Establecer sistemas de medición y evaluación para verificar el cumplimiento de las

actividades de prevención del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo y

gestionar las acciones correctivas y preventivas a los hallazgos generados de las

evaluaciones.

Mantener informada a la Administración Municipal (Alcalde y Secretarios de Despacho)

sobre las actividades y situaciones relacionadas con Seguridad y Salud Laboral.

Definir y pasar a Administración Municipal para aprobación, el cronograma de

actividades y el presupuesto en materia de Seguridad y Salud Laboral.

COMITÉ PARITARIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Reunirse como mínimo con una frecuencia mensual para estudiar las actividades,

acciones relacionadas con la Seguridad y Salud en el trabajo y definir medidas

correctivas o preventivas según se requiera.

Analizar las causas de accidentes y enfermedades.

Acoger las sugerencias que presenten los trabajadores, contratistas y practicantes, en

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materia de seguridad y salud en el trabajo.

Coordinar entre la administración y los trabajadores, contratistas y practicantes, las

actividades relacionadas con Seguridad y Salud en el Trabajo.

Proponer a la administración, las actividades relacionadas con la salud y la seguridad

de los trabajadores, contratistas y practicantes,

COMITÉ DE CONVIVENCIA LABORAL

Reunirse como mínimo con una frecuencia trimestral para gestionar las actividades

relacionadas con acoso laboral.

Recibir y dar trámite a las quejas presentadas en las que se describan situaciones que

puedan constituir acoso laboral, así como las pruebas que las soportan.

Examinar de manera confidencial los casos específicos o puntuales en los que se

formule queja o reclamo, que pudieran tipificar conductas o circunstancias de acoso

laboral, al interior de la entidad.

Escuchar a las partes involucradas de manera individual sobre los hechos que dieron

lugar a la queja.

Adelantar reuniones con el fin de crear un espacio de diálogo entre las partes

involucradas, promoviendo compromisos mutuos para llegar a una solución efectiva

de las controversias.

Formular planes de mejora y hacer seguimiento a los compromisos.

Elaborar informes trimestrales sobre la gestión del Comité que incluya estadísticas de

las quejas, seguimiento de los casos y recomendaciones.

Presentar a la alta dirección de la entidad las recomendaciones para el desarrollo

efectivo de las medidas preventivas y correctivas del acoso laboral.

JORNADA DE SALUD OCUPACIONAL Actividad que se realiza anualmente en donde se promueve la importancia del cuidado de la salud y la responsabilidad de promover hábitos de estilo de vida saludable, acciones en pro de la prevención de enfermedades, buscar el respeto consigo mismo, con los demás y con el medio ambiente; a través de las actividades programadas se hace promoción de la salud y

se busca lograr una mejor calidad de vida, una estrategia de integración y de acercamiento tanto a funcionarios como contratistas, en actividades como:

TAMIZAJE NUTRICIONAL/ANÁLISIS CAPILAR/CUIDADO DE LA PIEL

PREVENCIÓN DEL RIESGO OSTEOMUSCULAR (SILLA MASAJEADORA) MASAJE EN CAMILLA

ESCÁNER BIOCUANTICO

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SALUD VISUAL REVISIÓN ODONTOLÓGICA TAMIZAJE NUTRICIONAL/ANÁLISIS CAPILAR/CUIDADO DE LA PIEL PREVENCIÓN DEL RIESGO OSTEOMUSCULAR TOMA DE PRESIÓN ARTERIAL ACTIVIDAD GASTRONÓMICA

El SG-SST, se caracteriza por su adaptabilidad al tamaño y características de la empresa, para centrarse en la identificación y control de los peligros y riesgos asociados con su actividad.

El esquema del sistema de gestión se describe en las siguientes etapas: • Política • Organización • Planificación • Aplicación • Evaluación • Auditoría • Mejoramiento

1. OBJETIVOS

1.2 Objetivo General

Implementar un sistema de gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo basados en la legislación vigente de Colombia, que sirva como marco referencial en la prevención de lesiones y enfermedades causadas por las condiciones de trabajo, los riesgos de salud y seguridad inherentes a nuestra actividad económica, y de la protección como la promoción de la salud de los trabajadores de EL MUNICIPIO DE CALDAS, Así mismo mejorar las condiciones y el medio ambiente de trabajo, la salud en el trabajo, a través de la promoción y el mantenimiento del bienestar físico, mental y social de los trabajadores.

1.2 Objetivos Específicos

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Realizar el diagnostico de las condiciones de trabajo, para identificar los

peligros, evaluar y valorar los riesgos y determinar los controles adecuados

para evitar accidentes laborales y enfermedades laborales.

Dar cumplimiento a la legislación y normatividad en materia de Seguridad y

Salud en el Trabajo, como requisito para el buen funcionamiento de toda la

empresa.

Diseñar e implementar procedimientos, planes, programas y documentos necesarios para controlar los peligros, identificar y cumplir los requisitos legales aplicables y demás requisitos del Decreto 1072 y otros que la organización suscriba.

3. ALCANCE El presente documento del sistema de gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo es aplicable a todos los empleados y contratistas del MUNICIPIO DE CALDAS; a través de la promoción y prevención de actividades descritas en los subprogramas de Higiene Industrial, Biomecánico, Psicosocial, Seguridad Industrial y Medicina Preventiva del trabajo, los cuales se derivan de la identificación y valoración de riesgos ocupacionales y sus actividades tienen la finalidad de prevenir la ocurrencia de accidentes de trabajo y enfermedades laborales.

1. ESQUEMA SG-SST

SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

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PROGRAMA DE PAUSAS ACTIVAS:

Una de las alternativas utilizadas para reducir el ausentismo laboral por factores como estrés, dolencias físicas, desordenes emocionales y en general riesgos laborales asociados a la actividad diaria, son los ejercicios realizados en las pausas activas; Las alternativas para mejorar o modificar las situaciones que se presentan en las diferentes funciones que desempeñan los colaboradores son motivo de múltiples estudios, situaciones y momentos que son vivenciados en las oficinas de las empresas de servicios públicos, son apenas una muestra de la importancia de este factor para mejorar la calidad de vida y por ende el rendimiento laboral. Las pausas activas son momentos cortos al inicio de cada jornada laboral o en el intermedio de la jornada, en ellos se realizan diversos ejercicios enfocados especialmente en relajar aquellas partes del cuerpo en las cuales se concentran mayor tensión por las actividades diarias, el plan de ejercicios cuenta con una parte inicial de calentamiento, la parte central y la parte final de estiramiento. PROGRAMA DE ORDEN Y ASEO Cuando hablamos de Orden y Aseo, hacemos referencia a las condiciones de organización y limpieza adecuada de un lugar ya sea en el hogar, sitio de trabajo o ambientes abiertos.

Política

Auditoria

Mejoramiento

Organización

Planificación

Aplicación

Verificación

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Generalmente en toda organización las actividades que tienen que ver con el orden y el aseo son delegadas exclusivamente al personal del área de aseo, descargando en ellos la responsabilidad de mantener las instalaciones en perfecto estado. Se dice que se manejan estándares adecuados de orden y limpieza cuando:

Permanentemente elimina lo innecesario y se clasifica lo útil. (implementación de las 5 S)

Se adecuan espacios en la oficina de almacén y bienes para almacenar materiales y poderlos localizar fácilmente.

Se cuenta con sitios para hacer una correcta disposición de residuos.

Se controla oportunamente escapes, derrames y goteras. (mantenimiento de la estructura)

Se hace seguimiento a las condiciones de Orden y Aseo a partir de una lista de chequeo.

Con el fin de establecer campañas para el reciclaje, reutilización y reducción en papelería.

Los beneficios que traen el orden y la limpieza son:

Se disminuyen los riesgos de accidentalidad.

Se logra el mayor provecho del espacio.

Se hace buen uso de los recursos disponibles.

Se genera confianza en los clientes, proveedores y visitantes.

Se aumenta el rendimiento en el trabajo puesto que se reduce el tiempo invertido en la búsqueda de objetos.

Se mantienen inventarios en el mínimo necesario.

Se estimulan comportamientos seguros de trabajo.

Se genera un ambiente de trabajo agradable.

PROGRAMA DE PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN ALCOHOLISMO, DROGADICCIÓN Y TABAQUISMO

1. OBJETIVO

Generar una cultura preventiva ante el consumo de sustancias psicoactivas (alcohol, drogas y tabaquismo), a través del desarrollo de actividades, capacitaciones orientadas a la promoción de estilos de vida y trabajo saludables en la ALCALDÍA DE CALDAS.

1.1. Objetivos específicos

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Sensibilizar e informar a los trabajadores sobre los efectos y consecuencias del consumo de sustancias psicoactivas.

Identificar y modificar aquellos factores ambientales de nuestro entorno laboral que puedan incidir en el consumo de drogas y alcohol.

Promover estilos de vida saludable y desarrollar actividades lúdicas orientadas a la prevención del consumo de sustancias psicoactivas.

2. ALCANCE El Programa va dirigido a su totalidad para todos los trabajadores y contratistas de LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL DE CALDAS.

PROGRAMA DE CAPACITACIÓN Y ENTRENAMIENTO

1. OBJETIVO

Facilitar mediante el otorgamiento de información al trabajador que ingresa a laborar en EL MUNICIPIO DE CALDAS, cuáles son los factores de riesgo a los que estará expuesto en su lugar de trabajo, al promover una cultura de autocuidado, seguridad e higiene laboral, Capacitando al trabajador entrante sobre cómo prevenir la ocurrencia de accidentes de trabajo, incidentes de trabajo y enfermedad laboral, al mismo tiempo se le Informa al trabajador acerca de las actividades contempladas en los subprogramas de medicina preventiva y del trabajo e higiene y seguridad industrial, encaminadas a promover su salud física, mental y social.

2. ALCANCE

El presente programa aplica para todos los cargos de EL MUNICIPIO DE CALDAS, Que labora e interviene directa e indirectamente con la operación y el SG-SST.

CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES BRIGADA DE EMERGENCIAS

En cumplimiento a los establecido en la Ley 9 de 1979, artículo 114, todo lugar de trabajo deberá disponerse de personal adiestrado con métodos, equipos y materiales adecuados y suficientes para la prevención y extinción de incendios, y de igual manera en el artículo 127, exige que en todo lugar de trabajo tenga facilidades y los recursos necesarios para la prestación de los primeros auxilios a los trabajadores y atención inmediata ante una emergencia.

Con el fin de tener a el equipo de trabajo BRIGADA DE EMERGENCIAS se creó un cronograma de capacitación en temas sobre emergencias, primeros auxilios y evacuación, con el fin de promover un cambio de actitud orientado a crear una cultura preventiva,

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fundamentada en la necesidad de controlar y manejar en forma organizada las condiciones laborales causantes de desastres, con el fin de disminuir la siniestralidad y proteger la salud de los trabajadores y los bienes materiales de la ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL DE CALDAS. SENSIBILIZACIÓN Los temas a desarrollar dentro de la sensibilización en emergencias, tanto para eventos de mayor o menor magnitud, se encuentran relacionados con los conceptos básicos en emergencias y el marco normativo definido en el plan de emergencias de la empresa. VULNERABILIDAD Entendiéndose como aquella condición intrínseca de una entidad para ser afectada por el

desarrollo de un evento de riesgo y su disposición para ser dañada en mayor o menor grado,

para su análisis es necesario la realización de un estudio de vulnerabilidad, mediante el cual

se determine el nivel de exposición y predisposición de pérdida de elementos ante unas

determinadas amenazas, el cual debe estar definido en el plan de emergencias de la

empresa.

PROGRAMAS DE VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICAS Son un conjunto de actividades que permiten reunir la información necesaria e indispensable para conocer el comportamiento de los riesgos laborales y comunes, que afectan la población trabajadora con el fin de intervenir esos riesgos a través de la prevención y control. Con esta información se puede:

Conocer la distribución de la enfermedad Calcular la incidencia de morbilidad para implementar medidas de prevención y control Planear acciones para combatir eventos futuros Adoptar medidas para combatir los mismos Evaluar acciones preventivas y de control Investigar el origen y desarrollar capacitación y medidas para mejorar las condiciones Aumento de la productividad Disminución del ausentismo por enfermedades laborales y accidentes de trabajo Optimización de recursos y procesos Bienestar de la población trabajadora Diagnostico precoz de las enfermedades más comunes y presentes en su lugar de

trabajo.

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PROGRAMA DE INSPECCIONES

1. OBJETIVO

Identificar de manera proactiva las condiciones inseguras en las actividades rutinarias realizadas por el recurso humano de EL MUNICIPIO DE CALDAS, con el fin de corregirlas, controlarlas y minimizar la probabilidad de ocurrencia de lesiones, daños, interrupciones de trabajo y así evitar las afectaciones al medio ambiente laboral que puedan generar accidentes o incidentes de trabajo.

2. ALCANCE

Este programa cubre inspecciones de todas las áreas y procesos críticos de EL MUNICIPIO DE CALDAS, y aplica para la ejecución de actividades como:

Inspecciones generales Inspecciones de orden y aseo Inspecciones de seguridad y salud en el trabajo Inspecciones a las instalaciones como: infraestructura física, tecnológica y de muebles

y enceres Inspecciones de herramientas y equipos.

Recursos

A continuación, se relacionan los recursos con los cuales se cuenta en el Administración Municipal del Municipio de Caldas, para garantizar el cabal cumplimiento de las actividades de Seguridad y Salud en el Trabajo. Humanos: Hace referencia a las personas disponibles, en este caso al personal que apoyara con sus actividades al cumplimiento de funciones específicas relativas a la Seguridad y Salud en el Trabajo:

Coordinador Seguridad y Salud en el Trabajo: Recurso contratado cuya única función

es la de desarrollar e implementar el sistema de gestión en Seguridad y Salud en el

trabajo.

Técnico en SST: Recurso propio que tendrá dentro de sus funciones apoyar al sistema

de gestión en Seguridad y Salud en el trabajo, capacitándolo para dicha función.

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Brigadas de Emergencia: Recurso propio, que será capacitado para atención en

atención básica a emergencias.

Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo y Comité de Convivencia laboral:

Recurso propio conformado por representantes de los trabajadores y del empleador,

capacitados para cumplir las funciones correspondientes a dichos comité.

Administradora de Riesgos Laborales ARL: la ARL a la que se encuentre afiliado el

personal y que colaborará con las capacitaciones básicas de Seguridad y Salud

Laboral, así como con la formulación de programas y procedimientos requeridos por

la labor.

Físicos: Hace referencia a las instalaciones, herramientas y equipos que se tienen disponibles y que contribuyen al eficaz desarrollo de las actividades de Seguridad y Salud en el Trabajo. Actualmente se deben realizar ajustes y adquirir los implementos necesarios para su funcionamiento como lo son camillas de traslados, recargue y adquisición de más extintores ABC y solkaflam, así como ajustes para señalización. Financieros: Es el presupuesto disponible para el desarrollo de las actividades de Seguridad y Salud en el Trabajo, el cual es definido por la Administración Municipal y deberá ser tenido en cuenta según las necesidades de la administración para el correcto funcionamiento del sistema. SUBPROGRAMAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

MEDICINA PREVENTIVA Y DEL TRABAJO

Se definen las actividades que desarrollara el Administración Municipal del Municipio de

Caldas para la promoción, prevención y control de la salud de sus trabajadores, contratistas

y practicantes, protegiéndolos de los factores de riesgos ocupacionales y procurando evitar

el deterioro de su estado físico y mental. Tiene como actividades principales:

EXÁMENES MÉDICOS OCUPACIONALES

Tienen como objetivo determinar las condiciones físicas y psicológicas de los aspirantes y/o trabajadores, contratistas y practicantes, para desempeñar un cargo, ya que permiten identificar los controles o restricciones que se deben tener en cuenta con cada uno de los individuos al desarrollar las actividades propias del cargo. También constituyen un instrumento importante en la elaboración de los diagnósticos de las condiciones de salud de

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la población trabajadora, con el fin de diseñar programas de prevención de enfermedades en pro de la mejora de la calidad de vida del grupo. Exámenes de ingreso, periódicos y de retiro (Resolución 2346 de 2007). FOMENTO INTEGRAL DE LA SALUD

En la Administración Municipal del Municipio de Caldas, es necesaria la promoción de la salud del personal, por lo cual se desarrollarán actividades de capacitación y sensibilización para contribuir al bienestar físico y mental de todo su personal, incluyendo pausas activas, manejo de tabaquismo, alcoholismo, promoción del deporte, entre otras. HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL

Identifica los factores y condiciones de riesgo que generan los accidentes de trabajo y enfermedades laborales en las actividades desarrolladas por la Administración Municipal del Municipio de Caldas; estableciendo las causas potenciales y reales que los generan, formulando medidas de control y permitiendo el seguimiento de las mismas, para prevenir la ocurrencia o recurrencia por estas causas. Tiene como actividades principales: IDENTIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE RIESGOS OCUPACIONALES

La identificación y evaluación integral de los factores de riesgo o condiciones de trabajo se realizará a través de la Matriz de Peligros de la empresa en la que se contemplan los riesgos y controles a tener en cuenta dentro del sistema de gestión SST. INSPECCIONES DE SEGURIDAD.

Las inspecciones de Seguridad Industrial se desarrollarán teniendo en cuenta formato de inspección de seguridad para mantener evaluación y control de los riesgos en las distintas áreas de la empresa a cargo de quien cumpla las funciones de apoyo en el SG-SST. PROGRAMA DE ORDEN Y ASEO

Las actividades de orden y aseo se desarrollarán de acuerdo a la metodología 5s con la cual se busca:

Una excelente presentación de las áreas.

El compromiso de los trabajadores, contratistas y practicantes, en el cumplimiento de

las normas básicas de seguridad, orden y limpieza.

Acciones específicas en el control de los factores de seguridad, orden y limpieza.

SEÑALIZACIÓN Y DEMARCACIÓN DE ÁREAS

Se realizará señalización y demarcación de áreas en la cual es necesario tener en cuenta áreas de la administración, vías de circulación, salidas de emergencia, alarmas, ubicación de extintores, ubicación de camilla y botiquín, entre otros. Con esta señalización se buscará

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apoyar los programas de promoción, normalización y capacitación en prevención de riesgos definidos por la administración. GESTIÓN ACCIDENTES / INCIDENTES DE TRABAJO

Se registran casos de accidentes de trabajo e investigación de los mismos en colaboración del COPASST y a cargo de quien cumpla las funciones de actividades del SG-SST. ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL

En la Administración Municipal del Municipio de Caldas el compromiso de adquirir los elementos de protección personal es prioritario y para ello es necesario, la destinación de recursos orientados a proteger individualmente de la materialización del riesgo. Ausentismo laboral: La empresa llevará un registro de las incapacidades por accidente de trabajo, enfermedades comunes, maternidad y enfermedades laborales. INCIDENTES Índice de frecuencia por incidentes de trabajo. ACCIDENTES DE TRABAJO Índice de frecuencia por accidente de trabajo (I.F.A.T) Índice de frecuencia con incapacidad. Proporción de AT con incapacidad Índice de severidad por accidente de trabajo (I.S.A.T) Índice de lesiones incapacitantes de accidentes de trabajo. Proporción de letalidad de AT Proporción de ausentismo por AT ENFERMEDAD LABORAL Proporción de prevalencia general por enfermedad Laboral Proporción de prevalencia específica de enfermedad Laboral. Proporción de incidencia general de EP. Proporción de incidencia específica de EP Proporción de ausentismo por EP.

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ENFERMEDAD COMÚN Proporción de ausentismo por enfermedad común Proporción de prevalencia por enfermedad común. ACCIDENTE COMÚN Proporción de ausentismo por Accidente común Proporción de prevalencia por Accidente común Hallazgos de Morbilidad sentida Los hallazgos de Morbilidad sentida se identificaron a través de encuestas, cuestionarios, autorreportes realizadas a los trabajadores, contratistas y practicantes. Programa (DME). En estos reportes se identificó la presencia de síntomas, molestias, percepciones generales, que aporta para definir los lineamientos de atención en promoción y prevención para contribuir con el bienestar de los trabajadores, contratistas y practicantes. Los hallazgos de morbilidad sentida en la empresa se muestran en la tabla siguiente: Hallazgos de Morbilidad Los hallazgos de Morbilidad de la población se identificaron a través de las evaluaciones médicas ocupacionales realizadas a los trabajadores, contratistas y practicantes. En estos exámenes se identificó la presencia de posibles patologías laborales, que para este caso sería originada en la historia laboral del trabajador, también las enfermedades de origen común a las que el programa dará los lineamientos de atención en promoción y prevención para contribuir con el bienestar de los trabajadores, contratistas y practicantes. El programa busca la realización de las evaluaciones médicas a todos los trabajadores, contratistas y practicantes, mediante valoración por la empresa asesora para el desarrollo del SG-SST. Se sugiere tener en cuenta a los trabajadores, contratistas y practicantes, en misión. Presencia de Enfermedad en los trabajadores, contratistas y practicantes,

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Plan de análisis y priorización Del análisis de los hallazgos se determinan las necesidades para ser abordadas en el plan de intervenciones del Sistema de Gestión en SST Remitir y hacer seguimiento a las personas con Enfermedad Común a su EPS con la asistencia periódica a consulta médica y la toma de laboratorios correspondientes. Determinar el origen de enfermedades laborales para hacer intervención en el trabajador y en el puesto de trabajo. Asistir a las actividades programadas por el Sistema de Gestión en SST cuando sea citado por este. Estar en continua comunicación con la dirección del Sistema de Gestión en SST, con el fin de informar los hallazgos y necesidades de los trabajadores, contratistas y practicantes, de la entidad para que con ello sean programadas las actividades adecuadas.

DOCUMENTACIÓN

El empleador debe mantener disponibles y debidamente actualizados entre otros, los siguientes documentos en relación con el SG-SST:

La política y los objetivos de la empresa en materia de SST

Las principales funciones y responsabilidades asignadas para el cumplimiento de la política de SST

La identificación de peligros y evaluación de riesgos

El Sistema de SST de la empresa

Los procedimientos e instructivos internos de SST

Los soportes de la elección y conformación del COPASST y las actas de sus reuniones, así como la delegación del Vigía de SST y los soportes de sus actuaciones.

Las investigaciones de los incidentes y accidentes de trabajo y enfermedades laborales de acuerdo con las disposiciones legales vigentes

La identificación de las amenazas prioritarias y los planes de prevención, preparación y respuesta ante emergencias.

Los resultados de las mediciones ambientales.

Los programas de vigilancia epidemiológica a la salud de los trabajadores, contratistas y practicantes,

La documentación relacionada con el SG-SST, debe estar redactada de manera tal, que sea clara y entendible por las personas que tienen que aplicarla. Igualmente, debe ser revisada regularmente, actualizarse cuando sea necesario, difundirse y ponerse a disposición de todos los trabajadores, contratistas y practicantes, en los

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apartes que les compete.

CONSERVACIÓN DE LOS DOCUMENTOS (Numeral 2.2.4.6.13 Decreto 1072 de 2015) El empleador debe conservar los registros y documentos que soportan el SG-SST, de manera controlada, garantizando que sean legibles, fácilmente identificables y accesibles, protegidos contra daño, deterioro o pérdida. La conservación puede hacerse de forma electrónica. Los siguientes documentos y registros, deben ser conservados por un período mínimo de 20 años, contados a partir del momento en que cese la relación laboral del trabajador con la empresa:

Historia clínica ocupacional, incluidas la evaluación médica pre ocupacional o de pre ingreso, las periódicas, las pos ocupacionales o de egreso, pos incapacidades y otras que la empresa requiera según sus actividades.

Los resultados de exámenes paraclínicos y pruebas funcionales, tales como las pruebas de monitoreo biológico, audiometrías, espirometrías, radiografías de tórax y en general, las que se realicen con el objeto de monitorear los efectos hacia la salud de la exposición a peligros y riesgos en SST;

Resultados de mediciones y monitoreo a los ambientes ocupacionales, como resultado de los programas de vigilancia y control de los peligros y riesgos en SST

Registros de las actividades de capacitación, formación y entrenamiento en SST

Registro del suministro de elementos de protección personal

La identificación anual de peligros y evaluación y valoración de los riesgos.

El informe de las condiciones de salud, junto con el perfil sociodemográfico de la

población trabajadora y según los lineamientos de los programas de vigilancia

epidemiológica en concordancia con los riesgos existentes en la administración.

Los procedimientos e instructivos internos de SST.

Registro de entrega de los protocolos de seguridad, de las fichas técnicas cuando

aplique y demás instructivos internos de SST.

Los reportes y las investigaciones de los incidentes, accidentes de trabajo y

enfermedades laborales de acuerdo con la normatividad vigente.

La identificación de las amenazas junto con la evaluación de la vulnerabilidad y sus

correspondientes planes de prevención, preparación y respuesta ante emergencias.

En el caso de contarse con servicios de médico especialista en medicina laboral o del

trabajo, según lo establecido en la normatividad vigente, se deberá tener

documentado lo anterior y los resultados individuales de los monitoreos biológico.;

Formatos de registros de las inspecciones a las instalaciones, maquinas o equipos

ejecutadas.

La matriz legal actualizada que contemple las normas del Sistema General de Riegos

Laborales que le aplican a la empresa.

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Evidencias de las gestiones adelantadas para el control de los riesgos prioritarios.

Los documentos pueden existir en papel, disco magnético, óptico o electrónico, fotografía, o

una combinación de éstos y en custodia del responsable del desarrollo del SG-SST.

La documentaci6n relacionada con el SG-SST, debe estar redactada de manera tal que sea

clara y entendible por las personas que tienen que aplicarla o consultarla. Igualmente, debe

ser revisada y actualizada cuando sea necesario difundirse y ponerse a disposición de todos

los trabajadores, contratistas y practicantes, en los apartes que les compete.

El trabajador tiene derecho a consultar los registros relativos a su salud solicitándolo al

médico responsable en la empresa, si lo tuviese, o a la institución prestadora de servicios de

seguridad y salud en el trabajo que los efectuó. En todo caso, se debe garantizar la

confidencialidad de los documentos, acorde con la normatividad legal vigente.

La administración estableció y mantiene el Manual del SG-SST (este documento) que

describe:

El SG-SST de la administración y sus elementos constitutivos.

La forma como los diferentes elementos del SG-SST interactúan entre sí.

La relación entre los diferentes elementos y sus procedimientos o instructivos.

La administración debe establecer un procedimiento para identificar y controlar todos los

documentos y datos críticos para la operación del SG-SST, al igual que el rendimiento de sus

actividades en SST. Los documentos y registros críticos incluyen aquellos exigidos por la

legislación colombiana.

ANEXO PLAN DE TRABAJO DEL MUNICIPIO DE CALDAS 2019.

FIRMADO EN ORIGINAL Daniela Ruiz Ospina Secretaria de Despacho Secretaría de Servicios Administrativos PROYECTO BRYAN SANCHEZ PÉREZ TECNÓLOGO SST CAMBAS Y ASOCIADOS S.A.S. 22/01/2019.