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Sindicato Nacional de Trabajadores de la Elaboración, Reparto y DistríbiK Productos Comerciales en General, Similares y Conexos de la República Mettlc&na REGISTRO No. 4794 AFILIADO A LA FEDERACIÓN NACIONAL DE SINDICATOS PROGRESISTAS MJOSE Ma. MORELOS Y PAVÓN" HENRI DUNANT#334 PTE. COL. 15 DE MAYO C.P. 64410 TELEFONOS: 8125-09-01 MONTERREY, N.L Veracruz, Veracruz, a 02 de Febrero de 2016 C. PRESIDENTE DE LA H. JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE EN EL ESTADO DE VERACRUZ. PRESENTE. 185 TRABAJADORES Quienes suscriben el presente, por una parte el LIC. JOSÉ JESÚS SÁNCHEZ CORDOVA en su carácter de representante legal de la Empresa CADENA COMERCIAL OXXO S.A. DE C.V. y por otra parte el SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA ELABORACIÓN, REPARTO Y DISTRIBUCIÓN DE PRODUCTOS COMERCIALES EN GENERAL, SIMILARES Y CONEXOS DE LA REPÚBLICA MEXICANA representado por el LIC. JUAN LUIS ZAPICO BORREGO en su calidad de Secretario General con el debido respeto comparecemos y exponemos: Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 386, 390, 391 y demás relativos de la Ley Federal del Trabajo, por medio del presente escrito nos permitimos adjuntar para su depósito formal, la siguiente documentación: I.- PRIMER CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO, de fecha 02 de Febrero de 2016 celebrado entre el SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE ] ELABORACIÓN, REPARTO Y DISTRIBUCIÓN DE PRODUCTOS COMERCIALEí EN GENERAL, SIMILARES Y CONEXOS DE LA REPÚBLICA MEXICANA co domicilio social con domicilio social en Av. Oriente 6 N2 129 altos, Col. Centro, Drizaba, Ver. C. P 94300 y la empresa CADENA COMERCIAL OXXO S.A. DE C.V. la cual tiene com actividad principal la distribución de productos comerciales en las tiendas denominas Oxxo e el Estado de Veracruz. con domicilio en:'Avenida Santa Fe, #877 (ochocientos setenta y siete^ Deífíno Victoria, Veracruz. ;&obre carretera federal Xalapa Veracruz, de Veracruz, Veracruz así como el centro de trabajo ubicado encalle Manuel de Jesús Clouthier (sin número) Lot uno, de la Manzana uno, del Centro Comercial denominado "LA PLAC1TA'". en la colonia 1 Loma en el municipio de Veracruz, Veracruz. II.- TABULADOR DE PUESTOS Y SALARIOS, que forma parte integrante del Contrato Colectivo de Trabajo Vigente. ADHERIDO A LA CONFEDERACIÓN DE AGRUPACIONES SIND1C 'POR LA UNION Y JUSTICIA SOCIAL DE LOS TRABAJADORES \

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Sindicato Nacional de Trabajadores de la Elaboración, Reparto y DistríbiKProductos Comerciales en General, Similares y Conexos de la República Mettlc&na

REGISTRO No. 4794

AFILIADO A LA FEDERACIÓN NACIONAL DE SINDICATOS PROGRESISTASMJOSE Ma. MORELOS Y PAVÓN"

HENRI DUNANT#334 PTE.COL. 15 DE MAYO C.P. 64410

TELEFONOS: 8125-09-01MONTERREY, N.L

Veracruz, Veracruz, a 02 de Febrero de 2016

C. PRESIDENTE DE LA H. JUNTA LOCALDE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE EN ELESTADO DE VERACRUZ.PRESENTE.

185 TRABAJADORES

Quienes suscriben el presente, por una parte el LIC. JOSÉ JESÚS SÁNCHEZ CORDOVA en su carácterde representante legal de la Empresa CADENA COMERCIAL OXXO S.A. DE C.V. y por otra parte elSINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA ELABORACIÓN, REPARTO Y DISTRIBUCIÓN DEPRODUCTOS COMERCIALES EN GENERAL, SIMILARES Y CONEXOS DE LA REPÚBLICA MEXICANArepresentado por el LIC. JUAN LUIS ZAPICO BORREGO en su calidad de Secretario General con eldebido respeto comparecemos y exponemos:

Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 386, 390, 391 y demás relativos de la LeyFederal del Trabajo, por medio del presente escrito nos permitimos adjuntar para su depósito formal,la siguiente documentación:

I.- PRIMER CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO, de fecha 02 de Febrero de 2016celebrado entre el SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE ]ELABORACIÓN, REPARTO Y DISTRIBUCIÓN DE PRODUCTOS COMERCIALEíEN GENERAL, SIMILARES Y CONEXOS DE LA REPÚBLICA MEXICANA codomicilio social con domicilio social en Av. Oriente 6 N2 129 altos, Col. Centro, Drizaba, Ver. C. P94300 y la empresa CADENA COMERCIAL OXXO S.A. DE C.V. la cual tiene comactividad principal la distribución de productos comerciales en las tiendas denominas Oxxo eel Estado de Veracruz. con domicilio en:'Avenida Santa Fe, #877 (ochocientos setenta y siete^Deífíno Victoria, Veracruz. ;&obre carretera federal Xalapa — Veracruz, de Veracruz, Veracruzasí como el centro de trabajo ubicado encalle Manuel de Jesús Clouthier (sin número) Lotuno, de la Manzana uno, del Centro Comercial denominado "LA PLAC1TA'". en la colonia 1Loma en el municipio de Veracruz, Veracruz.

II.- TABULADOR DE PUESTOS Y SALARIOS, que forma parte integrante del ContratoColectivo de Trabajo Vigente.

ADHERIDO A LA CONFEDERACIÓN DE AGRUPACIONES SIND1C

'POR LA UNION Y JUSTICIA SOCIAL DE LOS TRABAJADORES

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Sindicato Nacional do Trabajadores do la Elaboración, Reparto y DistribuciónProductos Comerciales en General, Similares y Conexos de la República Me

REGISTRO No. 4794

AFILtADO A LA FEDERACIÓN NACIONAL DE SINDICATOS PROGRESISTAS-JOSÉ Ma. MORELOS Y PAVÓN*

HENRI DUNANT # 334 PTE.COL. 15 DE MAYO C.P. 64410

Por lo anteriormente expuesto, atentamente solicitamos:

TELEFONOS: 8125-09-01MONTERREY, N.L.

PRIMERO.- Se tenga por depositado el presente escrito, debiendo formar parte del mismocontrato colectivo de trabajo, para que surta los efectos legales correspondientes.

SEGUNDO.- Se me otorgue copias, para cada una de las partes con el sello de recibido poresta H. autoridad del Trabajo con las anotaciones correspondientes y en su oportunidad elacuerdo legal; así mismo pido la devolución de los documentos públicos notarialescertificados, previo el cotejo con sus copias simples por ser de utilidad a nuestros intereses.

TERCERO.-Tener por autorizados a los LIC. ENRIQUE GUERRERO SALINAS, EMILIODANIEL FLORES REYES Y MIGUEL ÁNGEL VARGAS ZAMORA indistintamente, paraque gestionen lo conducente, se les entregue el documento debidamente acordado, consulten elexpediente así como para oír y recibir todo tipo de notificaciones aun las de carácter personal;señalando domicilio para tal efecto el ubicado en Av. Oriente 6 N5 129 altos. Col. Centro, Drizaba,Ver. C. P. 94300

PROTESTAMOS LO NECESARIO

[PRESALie. José Jesús/Sánchez Córdova

TOTELie. Juan Luis

TNDÍCATOapico Borrego

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En Veracruz, Veracruz al día 02 de Febrero de 2016, los que suscriben el presente documento asaber por una parte et Lie. JOSÉ JESÚS SÁNCHEZ CÓRDOVA, en su calidad de RepresentanteLegal de la Empresa CADENA COMERCIAL OXXO, S.A. DE C.V., y por la otra parte el SINDICATONACIONAL DE TRABAJADORES DE LA ELABORACIÓN, REPARTO Y DISTRIBUCIÓN DEPRODUCTOS COMERCIALES EN GENERAL, SIMILARES Y CONEXOS DE LA REPÚBLICAMEXICANA, afiliado a la CONFEDERACIÓN DE AGRUPACIONES SINDICALES MEXICANAS(CONASIM), el sindicato representado por ei C. JUAN LUIS ZAPICO BORREGO, en su carácter deSecretario General y la confederación por los LIC. ENRIQUE GUERRERO SALINAS, EMILIO DANIELFLORES REYES Y MIGUEL ÁNGEL VARGAS ZAMORA, en su carácter de Asesoría Sindical,manifiestan que celebran el presente CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO de acuerdo a loestablecido en la Ley Federal del Trabajo y el cual sujetan a las siguientes declaraciones y cláusulas:

DECLARACIONES

L- El Lie. JOSÉ JESÜS SÁNCHEZ CÓRDOVA, manifiesta que celebra el presente Contrato Colectivode Trabajo en su calidad de Representante Legal de la empresa CADENA COMERCIAL OXXO, S.A.DE C.V. personalidad que acreditó en los términos del instrumento notarial numero 26,026 (veintiséismil veintiséis) de fecha 20 de febrero de 2013, pasando ante la fe del Notario Público número 139(ciento treinta y nueve), ante el Lie. JOSÉ MAURICIO DEL VALLE DE LA GARZA con ejercicio en elmunicipio de San Nicolás de los Garza, Nuevo León.

II.- Por su parte el representante del SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LAELABORACIÓN, REPARTO Y DISTRIBUCIÓN DE PRODUCTOS COMERCIALES EN GENERAL,SIMILARES Y CONEXOS DE LA REPÚBLICA MEXICANA, declara que su organización fueregistrada el día 4 de octubre de 1978, bajo el Núm. 4794, ante la Secretaría de Trabajo y PrevisiónSocial y que en los términos de los estatutos sindicales, cuentan con las facultades jurídicasnecesarias para suscribir este contrato, según se acredita con la toma de nota de fecha 04 de julio de2010, en la que aparece que fue electo para desempeñar el cargo que se señala y manifiesta quetiene afiliados a todos los trabajadores de planta y temporales que prestan sus servicios en laempresa CADENA COMERCIAL OXXO, S. A. DE C.V.

III.- Para los efectos legales del artículo 391 de la ley federal del trabajo, expresan las partes que la empresaCADENA COMERCIAL OXXO, S. A. DE C.V., tiene su domicilio en Avenida Santa Fe, #877(ochocientos setenta y siete), Delfíno Victoria, Veracruz. Sobre carretera federal Xalapa -Veracruz, de Veracruz, Veracruz, así como el centro de trabajo ubicado en Calle Manuel deJesús Clouthier, Lote uno, de la Manzana uno, del Centro Comercial denominado "LAPLACITA", en la colonia la Loma en el municipio de Veracruz, Veracruz.

Por su parte el SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA ELABORACIÓN, REPARTO YDISTRIBUCIÓN DE PRODUCTOS COMERCIALES EN GENERAL, SIMILARES Y CONEXOS DE LAREPÚBLICA MEXICANA tiene su domicilio en Henri Dunant No. 334 Re., Col. 15 de Mayo enMonterrey NL, C.P. 64410

IV.- Ambas partes se reconocen su personalidad y están de acuerdo en que el presente contratocolectivo de trabajo regiré y se aplicará en la empresa CADENA COMERCIAL OXXO, S A. DE C.V.

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CLAUSULAS

CAPITULO IDEFINICIONES Y BASES GENERALES

1.- Por razones de brevedad y para la debida interpretación de éste contrato, se usarán en su texto lassiguientes definiciones:

Empresa:

Sindicato:

Comité Ejecutivo yDelegados Sindicales:

Ley:

Contrato:

Reglamento Interior de Trabajo:

Trabajadores:

Trabajadores Temporales:

Antigüedad:

Tabulador

Oxxo Cadena Comercial Oxxo, S.A., de C.V.

Sindicato Nacional de Trabajadores de laElaboración, Reparto y Distribución de ProductosComerciales en General, Similares y Conexos de laRepública Mexicana.

Los dirigentes sindicales que representan alsindicato ante la empresa y autoridades quecorresponda.

Ley federal del trabajo.

Conjunto de cláusulas pactadas de este documentoy los convenios especiales posteriores que seadjuntarán a éste y que regirán las relaciones entreempresa y sindicato.

El conjunto de reglas obligatorias para lostrabajadores, empleados y patrones en eldesempeño de las labores o trabajos a desarrollaren la empresa.

Las personas a que se refiere el articulo 8 de la leyfederal del trabajo, que prestan sus servicios en lasdependencias de la empresa al amparo delpresente contrato colectivo de trabajo.

Los que se definen en e! capitulo XH del presentecontrato.

La que corresponda a los trabajadores desde lafecha de su ingreso o reingreso al servicio de laempresa.

La relación de puestos y salarios que se anexa aeste contrato.

2.- El presente contrato colectivo de trabajo es normativo y de ejecución y tiene por objeto establecerlas condiciones conforme a las cuales deben desempeñarse los servicios de los trabajadores en laempresa.

3.- La duración de este contrato es por tiempo indefinido y no podrá adicionarse, reformarse oterminarse, si no es por voluntad de las partes y por las causas indicadas en la ley.

4.- Este contrato regirá y se aplicará a todos los trabajos que actualmente tiene la empresa tales comocarga y descarga de los productos que maneje, uisiribuuiún ut; ios rnibinub, y niéaníuuieis uc

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5.- La empresa reconoce al sindicato como la agrupación mayoritaria de sus trabajadores y por tavirtud como el representante único con derecho a la contratación colectiva de trabajo relativo a lasactividades de la empresa.

6.- La empresa se obliga a que cuando rente, comisione, venda, concesione, traspase o cualquier otramodalidad, seguirá ocupando los mismos trabajadores que han venido prestando sus servicios en laempresa y además seguirá vigente el presente contrato colectivo de trabajo. Lo anterior es deconformidad con fo dispuesto en el artículo 41 de la ley.

7.- No quedarán incluidas en las prescripciones de éste contrato los siguientes puestos: Gerente,Contador, Jefe de Personal, Jefe de Ventas, Jefe Administrativo, Jefe de Departamento, Supervisores,y «n nenpral animllaR rwarRnnas nufl tenoan a su rarnrt lahnr*»s rte riírprríAn fwaralÍ7ar.«Hn in^norriAn

administración y vigilancia, cuando tengan carácter general o las que se realicen como trabajospersonales del patrón dentro de la empresa y todos aquellos que no estén especificados en elíabulador anexo al presente contrato.

3.- Si el trabajador llega a ocupar uno de los puestos indicados en ta cláusula anterior, dejará depertenecer a! sindicato. IU-L.

* -,9.- La empresa esta facultada a encomendar a contratistas establecidos y ocupar el personal y equipoque necesite para ta ejecución de trabajos que no sean a los que ordinariamente se dedica, talescomo instalación de nuevos departamentos o a la ampliación de estos, construcción de edificios,instalaciones de maquinaría, aparatos eléctricos, reparación y mantenimiento de vehículos y cualquierotro trabajo que no sea actividad fundamental de ta empresa, sin que este personal deba ingresar alsindicato, por consiguiente estas labores no se regirán por el presente contr&iu.

CAPITULO HADMISIÓN Y SEPARACIÓN PE LOS TRABAJADORES

10.- El sindicato se obliga a proporcionar a la empresa por lo menos tres candidatos idóneos, paracubrir las vacantes temporales o definitivas o puestos nuevos sindica I izados, debiendo satisfacerdicha obligación dentro de 24 horas Dará traba i adores temporales v dentro de 48 horas caratrabajadores de planta o permanentes, los plazos anteriormente mencionados empezarán a contardesde el momento en que la empresa haga la solicitud correspondiente al sindicato, queda entendidoque de no proporcionar el sindicato dentro de los plazos mencionados los trabajadores que necesite laempresa, ésta queda en libertad para contratarlos directamente, en la inteligencia de que estepersonal deberá ingresar a! sindicato inmediatamente después de haber firmado contrato con laempresa; de no cumplir con este requisito, no podrá seguir laborando en la empresa.

11.- Los trabajadores que ingresen en la empresa, deberán llenar los siguientes requisitos deadmisión:

a) Tener más de 18 años de edad.

b) Llenar ta forma de solicitud de empleo utilizada por la empresa, proporcionando datosverídicos en todas sus partes.

c) Haber cursado por lo menos la enseñanza secundaria, acreditándola con el certificadocorrespondiente.

d) Haber pasado satisfactoriamente los exámenes médicos de admisión que determine laempresa.

e) Acreditar buenos antecedentes de trabajo y personales,

f) Cualquier otro requisito que la Empresa establezca en su proceso de reclutamiento,

12.- Si el trabajador engañase a la empresa con recomendaciones y certificados falsos en los que sele atribuyen al trabajador capacidad, aptitudes y facultades de las cuales carezca, es causa derescisión del contrato individual de trabajo, sin responsabilidad para la empresa, notificándolo deinmediato al sindicato para que envíe otro candidato que cumpla con los requisitos establecidos, esta

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causa de rescisión dejará de tener efecto después de 30 días de prestar sus servicios et trabajadorEl patrón podrá cambiar a los trabajadores en labores varías dentro de la empresa, en forma témporao transitoria, sin detrimento de su salario. Para hacer cualquier cambio de carácter permanente, epatrón se obliga a dar aviso al trabajador y al sindicato.

CAPITULO raCALIDAD E INTENSIDAD DEL TRABAJO

13.- El trabajo prestado a la empresa deberá ser desempeñado por los trabajadores con la eficienciacuidado y esmero requeridos en orden de lograr la mayor calidad y productividad posible, cumpliendoademás con lo estipulado en el reglamento interior de trabajo.

14.- Los trabajadores se obligan a observar la más estricta disciplina dentro y fuera de ia empresa, y aproporcionar a los jefes las explicaciones, informes y demás datos que le sean solicitados respecto a

que utssen (pendil.

15.- Los trabajadores se obligan a evitar desperdicios del producto, a asear y conservar en buenestado las unidades móviles, los instrumentos y equipos de trabajo y de seguridad que les seanorooorcionados oara el desempeño de sus labores, v no serán responsables oor el deterioro aue

uotj iiuiinai uc ius mioniua.

16.- Los trabajadores deberán informar a su jefe inmediato sobre las deficiencias que se observen enel equipo y calidad del producto o en el mantenimiento y servicios generales.

17.- La empresa se obliga a girar instrucciones a su personal de confianza para que los trabajadoressean tratados con la cortesía y corrección debida y estos a su vez quedan obligados a dar igual tratoal personal de confianza y a sus comparteros.

18.- Los trabajadores están obligados a guardar fielmente los secretos técnicos de la empresa, lospactos y convenios celebrados entre esta y su clientela, las formas y sistemas de servicios, y engeneral, todo aquello que haya quedado a su conocimiento y cuya divulgación pueda directa oindirectamente ocasionar algún perjuicio a la empresa.

19.- La empresa siempre que lo estime pertinente o las necesidades de ia misma lo ameriten, podrácambiar de puesto, temporal o definitivamente al personal a su servicio quedando obligados a daroportunamente aviso al sindicato. Queda entendido que dichos cambios no serán en perjuicio de losingresos del trabajador.

CAPITULO IVJORNADAS DE TRABAJO

20.- Empresa y sindicato convienen en que la realización de las labores, materia de este contrato,horarios en que deba presentarse el personal para la iniciación de las mismas, así como el tiempo aque tienen derecho los trabajadores para descansar o tomar sus alimentos, quedarán sujetos a lasjomadas de trabajo y demás condiciones establecidas en la ley federal del trabajo y el reglamentointerior de trabajo, en la inteligencia de que la empresa podrá variarlos conforme a sus necesidades,dando aviso oportuno con 24 horas de anticipación al trabajador.

CAPITULO VSALARIOS E INCENTIVOS

21.- Empresa y sindicato convienen en que los salarios que devenguen los trabajadores a su servicioserán los que aparecen en el tabulador de salarios que se anexa a este contrato como parteintegrante del mismo.

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22.- Cuando el trabajador labore en día domingo, percibirá una prima adicional del 25%(VEINTICINCO POR CIENTO) calculado sobre el salario diario tabulado, de conformidad con la leyfederal del trabajo vigente.

23.- Empresa y sindicato convienen en entregar la última semana de cada mes una cantidad de$300.00 (trescientos pesos 00/100 M/N) en vales de despensa a todos los trabajadores a su servicio.

24.- Empresa y sindicato convienen en pagar a todos los trabajadores a su servicio un incentivo de$100.00 (cien pesos M/N) por puntualidad y asistencia perfecta por semana, entendiéndose que dichacantidad no es parte de su salario diario tabulado.

25.- Empresa y sindicato convienen en pagar a todos los trabajadores a su servicio un bono deasistencia oerfecta el cual será de dos días mensuales teniendo como limite seis dias de formatrimestral, y deberá pagarse de manera trimestral en los meses de enero, abril, julio y octubre. Dichobono se perderá si al menos tuviese una falta injustificada en el trimestre, entendiéndose que no esparte de su salario diario tabulado.

26.- El pago de los salarios será el día de la semana que disponga el reglamento interior de trabajo.Si el día de pago coincide con el día de descanso semanal, se pagará el día hábil inmediato anterior.Si la coincidencia es con un dfa de descanso obligatorio se procederá de la misma form» 4

I/

27.- La empresa conviene en entregar a los trabajadores antes del día 20 de diciembre de cada andpor concepto de agüinado, el importe correspondiente a 20 días de salario tabulado. Lo anterior de*acuerdo a lo establecido en el artículo 87 de la Ley.

28.- Empresa y Sindicato convienen en constituir un Fondo Especial de Ahorro que reunirá losrequisitos legales correspondientes, especialmente los que se mencionan en la Ley del Impuestosobre la Renta y Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta y que regirá sobre las siguientesbases.

1.- La Empresa deducirá a todos los trabajadores miembros del sindicato el 4.0 % de su salarioordinario tabulado, de igual manera, la empresa aportara una cantidad igual al monto del descuento yambas aportaciones se destinarán a formar el Fondo de Ahorro del Trabajador, el cual se le entregarael primero de julio de cada año.2. Solamente en fecha primero de julio se entregarán estos valores.3.- El trabajador podrá disponer solamente de un préstamo sobre su cuenta individual, en los términosdel Reglamento que norma el funcionamiento del presente Fondo de Ahorro.4.- Las partes acuerdan que la administración de esta prestación (Fondo de Ahorro), quedará a cargodeS.C.Y.F. A.C.5.- Si el Trabajador da por terminado su relación laboral con la Empresa, antes del 30 de junio, se leentregará la cantidad ahorrada al momento en que se le otorguen sus partes proporcionales a las quetuviese derecho.

29.- Empresa y sindicato convienen en que lo relativo a la participación de las utilidades de la empresase cumpla en los términos de la ley y de acuerdo con el dictamen formulado por la Comisión Nacionalpara la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de la Empresa.

CAPITULO VIDESCANSOS Y VACACIONES

30.- De acuerdo con lo que establece la ley, por cada seis días de trabajo los trabajadores disfrutaránde un día de descanso con pago de salario tabulado.

31.- La empresa podrá cambiar los días de descanso establecidos, siempre y cuando lo comunique alos interesados con 24 horas de anticipación a la fecha en que deba efectuarse el cambio.

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32.- Cuando por necesidades de la empresa un trabajador preste sus servicios el día de descansosemanal, percibirá salario doble además del salario sencillo a que tiene derecho por concepto deséptimo día o la parte proporcional que le corresponda a los días trabajados.

33.- Serán días de descanso obligatorios con goce de salario para los trabajadores los siguientes:

> El 1°. de Enero.> El Primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero.> El Tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo.> El 1° de Mayo> El 16 de Septiembre> El Tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre.> El 1°. de Diciembre de cada 6 años, cuando corresponda a la transmisión

del Poder Ejecutivo Federal.> 25 de diciembre.> El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de

elecciones ordinarias, para efectuar la jomada electoral.

Además de lo que establece el articulo 74 en su fracción IX.

34.- Empresa y sindicato convienen en que cuando haya necesidad de trabajar en los díasmencionados en la cláusula anterior los trabajadores percibirán salario doble, además del salariosencillo a que tienen derecho.

35.- Los trabajadores disfrutarán de vacaciones anuales de acuerdo a su antigüedad en la empresacomo sigue:

AÑOS DE SERVICIO

1234

5 a 910a1415a1920 a 2425 a 29

DÍAS DE VACACIONES

6810121416182022

36.- Empresa y sindicato convienen en que las vacaciones se disfrutarán por los trabajadores deconformidad con el calendario que formule la empresa, según las necesidades del trabajo.

37.- En cada período de vacaciones los trabajadores recibirán el 50% [CINCUENTA POR CIENTO) deprima vacacional cuyo cálculo será hecho sobre el importe correspondiente al salario diario tabuladode los días a disfrutar. Lo anterior en cumplimiento al artículo 80 de la Ley

38.- Los años de servicio se computarán tomando como base la fecha de ingreso de los trabajadores,las vacaciones se considerarán tomando solamente los días hábiles y serán pagadas a lostrabajadores el día anterior a la iniciación de las mismas. En caso de que uno o varios días dedescanso obligatorio queden comprendidos en un período de vacaciones, estas se disfrutarán sobredías laborables únicamente.

CAPITULO VIIDE LA CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO PE LOS TRABAJADORES

39.- Empresa y sindicato convienen en que la capacitación y adiestramiento deberán tener por objeto:

a) Actualizar y perfeccionar los conocimientos y habilidades de los trabajadores, así comoproporcionar información sobre la ampliación de nuevas técnicas.

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b) Prevenir riesgos de trabajo.

c) Incrementar la productividad

d) Mejorar las aptitudes del trabajador.

Por b tanto la empresa capacitará a sus trabajadores, conforme a lo dispuesto por la ley para losanteriores fines.

40.- Empresa y sindicato convienen en que la capacitación y adiestramiento se proporcionará a lostrabajadores, dentro de las instalaciones de la empresa, salvo que se acuerde por las partes algunaotra modalidad.

41.- Los trabajadores a quienes se imparte ta capacitación y adiestramiento están obligados a:

a) Asistir puntualmente a los cursos, sesiones de grupo y demás actividades que formen partede la capacitación y adiestramiento.

b) Atender las indicaciones de las personas que impartan la capacitación y adiestramiento ycumplir tos programas respectivos.

c) Presentar los exámenes de evaluación, reconocimiento y aptitudes que sean requeridos.

CAPITULO vraASCENSOS Y VACANTES

42.- Cuando un trabajador aspire a ocupar una vacante que la empresa requiera cubrir o un puesto denueva creación que tenga asignado un salario superior al que percibe, deberá acreditar haber sidoaprobado en el curso de capacitación correspondiente.

43.- Para que un trabajador pueda ser promovido a un puesto de mayor salario, deberá tener losconocimientos y habilidades necesarias para desempeñar el puesto eficientemente, lo cual secomprobará mediante un examen teórico práctico efectuado por la empresa y mediante un periodo de30 días a prueba. Si durante este periodo de tiempo demuestra satisfactoriamente su capacidad, alierminar éste recibirá el salario correspondiente a la categoría del puesto que pretenda ocupar, encaso contrario volverá a su categoría anterior.

44.- Cuando el requisito de aptitud a que se refiere el capitulo Vil sea cumplido satisfactoriamente, lapreferencia para ocupar la categoría vacante o puesto de nueva creación se otorgará de acuerdo asiguiente orden:

a) A los trabajadores que ocupen la categoría inmediata inferior del puesto que se trate, deacuerdo con su antigüedad en el mismo.

b) A los que tengan más antigüedad en la empresa.

45.- Las vacantes temporales serán cubiertas por el trabajador que ocupe el puesto inmediato inferiordonde ocurra la vacante, siempre que demuestre la capacidad necesaria.

CAPITULO IXPERMISOS Y FALTAS

46.- Los trabajadores tienen derecho a solicitar permisos para faltar al servicio de acuerdo con la leycuando existe una causa debidamente justificada. A efecto hará su solicitud cuando menos 48 horaanticipadamente ante el representante de la empresa

47.- El trabajador tiene derecho a ausentarse cinco días laborales con goce de sueldo por nacimientode sus hijos y de igual manera en el caso de adopción de un infante.

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48.- Siempre que las necesidades de) servicio lo permitan y previa solicitud por escrito, la empresaconcederá permiso con goce de salario a los trabajadores designados por el sindicato paradesempeñar alguna comisión del mismo.

CAPITULO XSEGURO SOCIAL Y SERVICIOS MÉDICOS

49.- La empresa se obliga a cumplir con las disposiciones establecidas en la Ley del Seguro Social, encuyo instituto deberá inscribir a todos los trabajadores que presten sus servicios por lo que en materiade riesgos profesionales y no profesionales en los términos de su articulo 60, la empresa quedarárelevada del cumplimiento de las obligaciones que sobre este particular establece la ley federal deltrabajo. Las cuotas correspondientes se cubrirán por la empresa y los trabajadores conforme a la Leydel Seguro Social.

50.- Empresa y sindicato están conformes en que los servicios médicos, quirúrgicos, farmacéuticos yde maternidad así como las demás prestaciones a que se refiere la Ley del Seguro Social, seránproporcionadas a los trabajadores y a sus beneficiarios a través del propio Instituto Mexicano delSeguro Social.

51.- Cuando el trabajador obtenga incapacidad médica del Instituto Mexicano del Seguro Social, porenfermedad no profesional, este tiene la obligación de hacer llegar inmediatamente al patrón laconstancia correspondiente, expedida por dicho Instituto.

CAPITULO XIPREVENCIÓN PE ACCIDENTES E HIGIENE INDUSTRIAL

52.- Con el fin de reducir a su mínimo los riesgos de trabajo, la empresa se obliga a proporcionar a supersonal y éste a usarlo, el equipo de seguridad que sea necesario y a adoptar tas medidas queacuerden las Comisiones Mixtas Permanentes de Seguridad e Higiene en funciones, de conformidadcon las Leyes respectivas.

53.- La Empresa está de acuerdo en proporcionar uniformes de buena calidad a sus trabajadores deplanta.

54.- La seguridad e higiene industrial es responsabilidad de todos los trabajadores, por lo tanto, lasdisposiciones legales y las medidas puestas en práctica por la empresa tendientes a proteger la saludde los trabajadores y evitar la realización de riesgos de trabajo son estrictamente obligatorias.

55.- La empresa conservará en buen estado de higiene los baños, servicios sanitarios, lavabos ybebederos que usen los trabajadores, ordenando que sean aseados con la debida frecuencia; por suparte los trabajadores están obligados a conservar en las mejores condiciones de higiene estasinstalaciones.

56.- En lo relativo a higiene industrial las partes convienen en sujetarse a lo prescrito por elReglamento de Higiene de Trabajo, Reglamento de Medidas Preventivas de Accidentes de Trabajo, alas disposiciones de las autoridades sanitarias y a las demás medidas de higiene que sean acordadaspor la Comisión Mixta de Segundad e Higiene.

57.- Para los accidentes de trabajo en que solo se requiera de los primeros auxilios, asi como decuraciones en !as que no sea indispensable la intervención médica, se tendrá bien dotado un botiquín.

CAPITULO xnTRABAJADORES TEMPORALES

Y

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58.- La empresa de acuerdo con el sindicato podrá contratar a los trabajadores temporales quenecesite para desempeñar servicios de esta índole, en la inteligencia de que la ocupación de estepersonal no implica la creación de plantas permanentes y en consecuencia, las personas que llegasena ser contratadas conforme a este artículo son temporales y por lo tanto, al verificarse su separaciónde la empresa, no tendrán derecho a indemnización alguna. Los trabajadores a que se refiere estecapitulo gozarán de todos los derechos que les concede la ley y los que se deriven de este contrato.

CAPITULO xraCOMISIONES MIXTAS

59.- Con fundamento en lo establecido por la fracción IX del artículo 391 de la ley, empresa y sindicatoconvienen en integrar dentro de un término no mayor de 120 días las comisiones que la ley establecey que se regirán bajo las siguientes bases:

I. COMISIÓN MIXTA DE SEGURIDAD E HIGIENE. Que estará integrada por igual número derepresentantes de la empresa y de los trabajadores y cuyo objeto será investigar las causasde accidentes y enfermedades, proponer medidas para evitarlos y vigilar que se cumplan;esta comisión se regirá en términos del Reglamento de Seguridad e Higiene en el Trabajo dela Dirección General del Trabajo y Previsión Social.

II. COMISIÓN MIXTA PARA EL REPARTO DE UTILIDADES. Que estará integrada por igual /número de representantes de la empresa y de los trabajadores, la que formulará el proyecto/que determine la participación de cada trabajador, y lo fijará en un lugar visible del centro de ilabores, comprometiéndose la empresa a poner a disposición de esta comisión, los \s necesarios para el buen funcionamiento de la misma. Esta comisión se regirá

en términos de lo dispuesto por los artículos del 117 al 131 de la ley.

III. COMISIÓN MIXTA PARA FORMULAR EL REGLAMENTO INTERIOR DE TRABAJO. Laque estará integrada por igual número de representantes de la empresa y de lostrabajadores los que establecerán el conjunto de disposiciones obligatorias para ambaspartes en el desarrollo de sus labores y deberán cumplir los requisitos establecidos en losartículos del 422 al 425 de la ley, y será esta misma comisión la que intervenga paraelaborar el cuadro general de antigüedades de los trabajadores sindical izados.

IV. COMISIÓN MIXTA DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO. Integrada por igual númerode representantes de la empresa y de los trabajadores, la que vigilará la instrumentación yoperación del sistema y los procedimientos que se implanten para mejorar la capacitación yadiestramiento de los trabajadores y seguirá las medidas tendientes a perfeccionarlos; estacomisión procederá a formular los planes y programas respectivos, con fundamento en loestablecido por el capítulo III bis del titulo IV, artículos 132 fracción XV del 153-A al 153-X y391 fracciones Vil, VIII y IX de la ley.

CAPITULO XIVCONVENIO DE PRODUCTIVIDAD Y CALIDAD

60.- Empresa y sindicato con el fin de dar cabal cumplimiento al acuerdo No. 15 del PECE, así comoAMEPAC, manifiestan su compromiso de formar una Comisión Mixta de Productividad y Calidad a finde que la misma se encargue de darle seguimiento at programa que para el efecto y de acuerdo a lasnecesidades del Patrón se elabore.

El programa deberá contener las normas, métodos de evaluación y criterios de medición de laproductividad, la eficiencia y calidad del trabajo, así como la de fijar sus objetivos y metas, einstrumentar el otorgamiento de incentivos que estimulen y promuevan el esfuerzo personal,departamental o general que convengan las partes y que permitan a los trabajadores elevar susremuneraciones y al patrón le permitan una mayor integración en la economía nacional einternacional. Ambas partes establecen el siguiente compromiso básico para alcanzar dichosobjetivos:

¡

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I.- La empresa se compromete a:

a) Escuchar la opinión del sindicato.

b) Informar al sindicato de los cambios organizacionales y tecnológicos.

c) Garantizar tos aspectos materiales y laborales que den lugar al incremento continuo de laproductividad y calidad.

d) Crear un sistema de capacitación que permita la actualización y desarrollo profesional de lostrabajadores, de acuerdo con los objetivos de calidad y productividad.

e) Actualizar la calidad y el diserto del equipo de seguridad.

Elevar la calidad de las relaciones humanas de los mandos medios.f)

g) Favorecer la transición del supervisor autoritario a un supervisor que facilite y coordine mejorel trabajo.

II.- Por su parte el sindicato se compromete a:

a) Promover la difusión de una nueva cultura laboral (de calidad y productividad} entre susagremiados.

b) Impulsar métodos que ayuden al abatimiento del ausentismo y la impuntualidad.

c) Suscitar un sistema de mejor aprovechamiento de las materias primas y los elementos delproceso productivo.

d) Iniciar entre sus agremiados, un programa para la mejor utilización del equipo, maquinaría yherramientas.

e) Efectuar campañas entre los trabajadores con el objeto de que garanticen el uso apropiadodel equipo de seguridad.

f) Promover campañas de motivación al trabajador que favorezcan el cumplimiento de losprogramas de trabajo acordados entre el patrón y el sindicato.

CAPITULO XVGENERALIDADES

61.- Las partes convienen en que todos los asuntos relacionados con la aplicación e interpretación delas diversas cláusulas de este contrato y su tabulador de salarios, así como el reglamento interior detrabajo, los tratará el comité ejecutivo nacional del sindicato y/o delegados sindicales de sección con etpatrón, por conducto de su gerente o en su nombre a quien éste designe.

En la misma forma se tratará cualquier conflicto que surja, ya sea de carácter individual o colectivo.Todos se tratarán en pláticas de conciliación, levantando las actas que se estimen pertinentes y quefirmarán ambas partes,

62.- La Empresa se obliga a descontar de los salarios de los trabajadores a su servicio, siempre queestos sean miembros del sindicato, las cuotas ordinarias y extraordinarias que la organización sindicalcontratante comunique por escrito, debiendo entregar el monto total de dichos descuentos, previaexhibición del recibo correspondiente a la persona que el sindicato designe para tal efecto, dentro delos siguientes cinco días hábiles al descuento de las mismas.

TRANSITORIOS

PRIMERO. El presente Contrato Colectivo de Trabajo, entrará en vigor a partir del día 02° de Febrerode 2016, independientemente de la fecha de su depós¡td~aTite~1ss~Aut6ndades del Trabajo.

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SEGUNDO. Ambas partes manifiestan que la revisión del contenido del presente Contrato Colectivode Trabajo y la revisión de salarios en efectivo por cuota diaria se hará de acuerdo a lo estipulado enla Ley, en sus Artículos 399 y 399 Bis, entendiéndose con esto que et día 02 De Febrero del 2017 serevisará el Contrato Colectivo de Trabajo en lo que corresponde a su fabulador de Salarios y el día02°. De Febrero del 2018 se revisará el clausulado y fabulador de Salarios.

TERCERO. Las partes contratantes convienen en que para los efectos del Artículo 390 de la LeyFederal del Trabajo, cualquiera de ellas queda facultada para hacer el depósito ante la Autoridad delTrabajo que corresponda.

Veracruz, Veracruz, a 02 de Febrero de 2016

Por la EmpresaPor el Sindicato

choz CórdovaRepresentante Le

JuaHLuSecretario

> i _pico Borregonerat Nacional

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TABULADOR DE PUESTOS Y SALARIOS CELEBRADO ENTRE LA EMPRESA CADENACOMERCIAL OXXO, SA DE C.V., Y EL SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DELA ELABORACIÓN, REPARTO Y DISTRIBUCIÓN DE PRODUCTOS COMERCIALES ENGENERAL, SIMILARES Y CONEXOS DE LA REPÚBLICA MEXICANA AFILIADO A LACONFEDERACIÓN DE AGRUPACIONES SINDICALES MEXICANAS (CONASIM)

PuestoAYUDANTE ALMACÉN

AYUDANTE CARGA

SURTIDOR

ALIMENTADORMONTACARGUISTA

DESPACHADOR

RECIBIDORRECIBIDOR DEVOLUCIONESRECIBIDOR DEVOLUCIONES

PT

VERIFICADORINSPECTOR CALIDAD

INSPECTOR CALIDAD EINOCUIDAD

SALARIO DIARIOIngreso

$143.51$154.97

$171.00

$171.00

$204.19$245.67$245.67

$245.67

$245.67

$245.67$245.67

$245.67

3 meses$151.06

$163.13

$180.00

$180.00$214.94

Estos salarios son por cuota diaria y no incluyen lo correspondiente al 7°. Día En vigor a partir del dfa02 de Febrero de 2016.

Veracruz, Veracruz, a 02 de Febrero de 2016.

Por la EmpresaPor el Sindicato

Lie. José jesús Sánchez CórdovaRepresentante Legal

orregoSecretario "G&neral Nacional

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STPSPw • ' **• v '**« / GOBIERNO

DEL ESTADOSECRETARIA DE TRABAJO, MraW DE VERACFtl

PREVISIÓN SOCIAL Y PRODUaiVIDAD ».-•-<«— -^DEL ESTADO DE VERACRUZ

EXP. N° CCI-32/2016CADENA COMERCIAL OXXO, S.A. DEC.V.

YSINDICATO NACIONALTRABAJADORES DE LAELABORACIÓN, RERPARTO VDISTRIBUCIÓN DE PRODUCTpSCOMERCIALES EN GENERASIMILARES Y CONEXOS DEREPÚBLICA MEXICANA.

XALAPA-ENRÍQUEZ, VERACRUZ, A VEINTICUATRO DE JUNIO DE DOS MDIECISEIS.

Por recibido el CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO sus anexos, celebrado entre

empresa: CADENA COMERCIAL OXXO, S.A. DE C.V., representada por el LIC. JOSÉ JESL

SÁNCHEZ CORDOVA en su carácter de Apoderado Legal, personalidad que acredita con

Escritura Publica 26,026, pasado ante la fe del Notario Número 139 de San Nicolás de los gar^a

Nuevo León; y el SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA ELABORACIO

RERPARTO Y DISTRIBUCIÓN DE PRODUCTOS COMERCIALES EN GENERAL, SIMILARES

CONEXOS DE LA REPÚBLICA MEXICANA representado por JUAN LUIS ZAPICO BORREdy

en su carácter de Secretario General, conforme la Toma de Nota certificada de trece de julio efe

dos mil diez, documentación original que se ordena devolver previa copia cotejada quede éfi

autos, personalidad que se les reconoce de conformidad con lo dispuesto por los artículos 692

693 de la Ley Federal del Trabajo, contrato que aplica en los domicilios sitos en:

1. AV. SANTA FE # 877, DELFINO VICTORIA, SOBRE CRRT. FEDERAL XALAP^V-VERACRUZ, VERARUZ, VER.

2. MANUEL DE JESÚS CLOUTIER S/N LOTE 1 MANZANA 1 DEL CENTRO COMERCIADENOMINADO "LA PLACITA", COL. LA LOMA, VERACRUZ, VER.Consecuentemente y con fundamento en lo establecido en los artículos 386, 390, 391

616 fracción V de la Ley Laboral, se decreta el DEPÓSITO del presente Contrato Colectivo

Trabajo, presentado en dos de marzo de dos mil dieciséis a las diez horas con cincuenta y cinc:

minutos, según sello de Oficialía de Partes de este Tribunal, SURTE SUS EFECTOS A PART

DEL DOS DE FEBRERO DE DOS MIL DIECISEIS de conformidad con la cláusula prime

transitoria del contrato, se registra con número CCI-32/2016 para los efectos legales

correspondientes.

La patronal deberá fijar visiblemente y difundir en los lugares donde se presta el trabajo,

texto íntegro del Contrato Colectivo, lo anterior en términos de ¡o dispuesto por los numerales 1

fracción XVIII y 397 de la Norma Laboral que nos rige.

Guárdese en archivo de trámites.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. ASÍ LO PROVEYÓ Y FIRWICONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DEL ESTADO, PRESIDIDO POR E^LICyOONAT>ÍAN C^RT^SVARGAS, DANDO FE EL SECRETARIO GENERAL DESALAS REBOLLEDO_EN UNIÓN DEL ENCARe7(D^DAja£&A4*TA£^COLECTIVO Y REGLAMENTOS INTERIORE^ DE TRABAJO LlC\ARTj?RO ALTAMIRAN¡pMUÑOZ. DOY FE