simulación financiera

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Page 1: Simulación Financiera

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL “SIMÓN RODRÍGUEZ” NÚCLEO CARICUAO CURSO: FINANZAS E IMPUESTOS

Facilitadora: Oneida Marcano

JUEGO DE ROLES: MANEJANDO NUESTRO SUELDO

La situación de partida es el reparto de los alumnos y alumnas en cuatro grupos diferentes, según

cuatro niveles de ingresos distintos.

Cada grupo supone una unidad familiar compuesta por dos progenitores (ambos trabajan y son

menores de treinta años) y dos hijos/as en edad escolar. Los cuatro niveles económicos de ingresos

son:

Familia Ingresos Mensuales

1 Bs 7.950,00

2 Bs 10.970,00

3 Bs 12.990,00

4 Bs 18.550,00

Cada uno de los grupos ha de realizar los cálculos necesarios en base a los ingresos con lo que

cuenta y teniendo en cuenta los siguientes conceptos:

Grupo Familiar

Conceptos

Familia

Nº 1

Familia

Nº 2

Familia

Nº 3

Familia

Nº 4

Gastos domésticos (Alimentos,

Luz, TV cable, Teléf. internet,

Condominio)

Bs 2.500,00 Bs 3.500,00 Bs. 4.600,00 Bs 4.350,00

Hipoteca /alquiler Bs 1.437,00 Bs 1.875,00 Bs 2.350,00 Bs 3.500,00

Vehículo/gasolina Bs 1.400,00 Bs 2.000,00 Bs 2.550,00 Bs 4.500,00

Colegio, material escolar,

actividades extraescolares,

Bs.1.000,00 Bs 1.400,00 Bs 1.500,00 Bs 2.000,00

Gastos diversos (ropa, calzado,

ocio,..)

Bs 1.000,00 Bs 1.800,00 Bs 2.500,00 Bs 3.250,00

Ahorro

Todos aquellos que cada grupo

considere oportunos

Page 2: Simulación Financiera

Se podrán establecer las medidas necesarias para superar ciertas necesidades, siempre que sean

justificadas.

El periodo de duración de la actividad será de un año fiscal Una vez realizada la tarea, cada grupo

realizará un informe y lo presentará a los demás, con el fin de realizar un análisis comparativo para

poder establecer las principales diferentes entre casos y situaciones

Page 3: Simulación Financiera

RESPUESTAS

PROBLEMAS SOBRE FINANZAS E IMPUESTOS

Distribución de los Ingresos y Gastos

Familia Nº 1

Concepto + ‐

Ingreso de sus Trabajos 95.400,00

Hipoteca/alquiles vivienda 30.000,00

Gastos domésticos 17.244,00

Vehículo/ Gasolina 16.800,00

Colegio/material escolar 12.000,00

Gastos diversos 12.000,00

Resto gastos 0,00

SENIAT 0,00

Subtotal 95.400,00 88.044,00

Ahorros 0,00 7.356,00

Total 95.400,00 95.400,00

Cálculos de ISLR

Ingresos Brutos 95.400,00

Menos Costos 0,00

Renta Bruta 95.400,00

Menos:

Deducciones 0,00

Enriquecimiento Neto 95.400,00

Desgravámenes

Único (774 UT) 69.660,00

Enriquecimiento Grabable 25.740,00

Tarifa Nº 1 (6%)

Cálculo del Impuesto 1.544,00

Sustraendo 0,00

(Impuesto-Sustraendo) 1.544,00

Rebajas

Residente (10 UT) 900,00

Cónyuge (10 UT) 900,00

Hijo (10 UT) 900,00

Hijo (10 UT) 900,00

Total Rebajas 3.600,00

Impuesto a Pagar -2.055,60

Impuesto a Pagar 0,00

Page 4: Simulación Financiera

Familia Nº 2

Concepto + ‐

Ingreso de sus Trabajos 131.640,00

Hipoteca/alquiles vivienda 42.000,00

Gastos domésticos 22.500,00

Vehículo/ Gasolina 24.000,00

Colegio/material escolar 16.800,00

Gastos diversos 21.600,00

Resto gastos 0,00

SENIAT 118,80

Subtotal 131.640,00 127.018,80

Ahorros 0,00 4.621,20

Total 131.640,00 131.640,00

Cálculos de ISLR

Ingresos Brutos 131.640,00

Menos Costos 0,00

Renta Bruta 131.640,00

Menos:

Deducciones 0,00

Enriquecimiento Neto 131.640,00

Desgravámenes

Único (774 UT) 69.660,00

Enriquecimiento Grabable 61.980,00

Tarifa Nº 1 (6%)

Cálculo del Impuesto 3.718,80

Sustraendo 0,00

(Impuesto-Sustraendo) 3.718,80

Rebajas

Residente (10 UT) 900,00

Cónyuge (10 UT) 900,00

Hijo (10 UT) 900,00

Hijo (10 UT) 900,00

Total Rebajas 3.600,00

Impuesto a Pagar 118,80

Page 5: Simulación Financiera

Familia Nº 3

Concepto + ‐

Ingreso de sus Trabajos 155.880,00

Hipoteca/alquiles vivienda 55.200,00

Gastos domésticos 28.200,00

Vehículo/ Gasolina 30.600,00

Colegio/material escolar 18.000,00

Gastos diversos 30.000,00

Resto gastos 0,00

SENIAT 1.573,20

Subtotal 155.880,00 163.573,20

Ahorros (Deficit) 7.693,20 0,00

Total 163.573,20 163.573,20

Cálculos de ISLR

Ingresos Brutos 155.880,00

Menos Costos 0,00

Renta Bruta 155.880,00

Menos:

Deducciones 0,00

Enriquecimiento Neto 155.880,00

Desgravámenes

Único (774 UT) 69.660,00

Enriquecimiento Grabable 86.220,00

Tarifa Nº 1 (6%)

Cálculo del Impuesto 5.173,20

Sustraendo 0,00

(Impuesto-Sustraendo) 5.173,20

Rebajas

Residente (10 UT) 900,00

Cónyuge (10 UT) 900,00

Hijo (10 UT) 900,00

Hijo (10 UT) 900,00

Total Rebajas 3.600,00

Impuesto a Pagar 1.573,20

Page 6: Simulación Financiera

Familia Nº 4

Concepto + ‐

Ingreso de sus Trabajos 222.600,00

Hipoteca/alquiles vivienda 52.200,00

Gastos domésticos 42.000,00

Vehículo/ Gasolina 54.000,00

Colegio/material escolar 24.000,00

Gastos diversos 39.000,00

Resto gastos 0,00

SENIAT 8.002,80

Subtotal 222.600,00 219.202,80

Ahorros 0,00 3.397,20

Total 222.600,00 222.600,00

Cálculos de ISLR

Ingresos Brutos 222.600,00

Menos Costos 0,00

Renta Bruta 222.600,00

Menos:

Deducciones 0,00

Enriquecimiento Neto 222.600,00

Desgravámenes

Único (774 UT) 69.660,00

Enriquecimiento Grabable 152.940,00

Tarifa Nº 1 (12%)

Cálculo del Impuesto 18.352,80

Sustraendo 6.750,00

(Impuesto-Sustraendo) 11.602,80

Rebajas

Residente (10 UT) 900,00

Cónyuge (10 UT) 900,00

Hijo (10 UT) 900,00

Hijo (10 UT) 900,00

Total Rebajas 3.600,00

Impuesto a Pagar 8.002,80

Page 7: Simulación Financiera

1.Calcula el enriquecimiento Neto y ¿cómo deben declarar estas Personas sus enriquecimientos

generados en el año fiscal 2012? ¿Cómo les conviene declarar sus ingresos, conjunta o

separadamente?

Familia Nº 1:

-Enriquecimiento Neto: 95.400,00

-Cómo deben declarar: Las personas naturales en el país deben declarar su enriquecimiento

global neto anual superior a 1.000 Unidades Tributarias, o ingresos brutos Mayores a 1.500

Unidades Tributarias

-Como les conviene declarar: Separadamente.

Familia Nº 2:

-Enriquecimiento Neto: 131.640,00

-Cómo deben declarar: Las personas naturales en el país deben declarar su enriquecimiento

global neto anual superior a 1.000 Unidades Tributarias, o ingresos brutos Mayores a 1.500

Unidades Tributarias

-Como les conviene declarar: Separadamente.

Familia Nº 3:

-Enriquecimiento Neto: 155.880,00

-Cómo deben declarar: Las personas naturales en el país deben declarar su enriquecimiento

global neto anual superior a 1.000 Unidades Tributarias, o ingresos brutos Mayores a 1.500

Unidades Tributarias

-Como les conviene declarar: Separadamente.

Familia Nº 4:

-Enriquecimiento Neto: 222.600,00

-Cómo deben declarar: Las personas naturales en el país deben declarar su enriquecimiento

global neto anual superior a 1.000 Unidades Tributarias, o ingresos brutos Mayores a 1.500

Unidades Tributarias

-Como les conviene declarar: Separadamente.

2.La familia Nº 1 planea sus vacaciones a Higuerote, Estado Miranda por 7 días que le costaría

cinco mil cien bolívares (Bs 5.100,00). ¿Cómo quedaría su situación financiera? ¿Estaría en superávit?

¿Qué tendrían que hacer para ir de vacaciones?

Su situación financiera quedara en buenas condiciones, porque aun con ese gasto estarían en

Superávit. Solo se le recomienda tener los gastos más bajos para que tengan más disponibilidad.

3.La familia Nº 2 cree que es un buen momento para ir ahorrando algo de dinero para su

jubilación. Quiere empezar por meter un mil bolívares (Bs 1.000,00) al mes para una póliza de seguro

total. ¿Crees que puede hacerlo y es buena idea? ¿Qué tendrían que hacer para lograrlo?

Bueno teniendo un superávit de 4.621,20 y proyectar una gasto de seguro de 12.000,00 bolívares

solo debe empezar por bajar los gastos diversos para lograr la meta que será tener un seguro privado.

Page 8: Simulación Financiera

4.La Familia Nº 3 quieren plantearse tener otro hijo para el año que viene. La gente les ha dicho

que eso supone unos cuarenta y dos mil bolívares (Bs 42.000,00) el primer año. ¿Deben cambiar algo

su presupuesto para el año que viene?

Si deben cambiar mucho en su presupuesto ya que tienen muy elevados los egresos de la familia.

Deben empezar a ver cuáles son realmente los gastos necesarios ya que se encuentran en déficit

y plantearse un hijo en esas condiciones no es recomendable porque pasaran mucho trabajo.

5. La Familia Nº 4 quiere montar un pequeño negocio de franelas y pantalones, pero requieren un

capital de ciento cincuenta mil bolívares para el inicio del mismo. ¿Qué tendría que hacer para lograrlo?

A pesar que no está mal financieramente ya que en el ejercicio fiscal que declaran tienen un

superávit de 3.397,20, tienen que ahorrar mucho más para lograr la meta de su negocio, pueden

pedir un crédito al banco y como es para un negocio pues el mismo debe dar una ganancia con la

que podrían ir cancelando dicho crédito.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL “SIMÓN RODRÍGUEZ” NÚCLEO CARICUAO CURSO: FINANZAS E IMPUESTOS

Facilitadora: Oneida Marcano

I.S.L.R. PARA PERSONAS NATURALES EN VENEZUELA

TODO LO QUE DEBES SABER

1-¿Quiénes son objeto (contribuyentes) del Impuesto Sobre La Renta?

Los enriquecimientos anuales, netos y disponibles, obtenidos en dinero o en especie para los tipos

de contribuyentes que se detallan a continuación:

a) Personas naturales residentes. Rentas de cualquier origen, fuera que la causa o la fuente, esta

situada dentro del país.

b) Personas naturales no residentes. Rentas cuya fuente o la causa este dentro del país.

Para determinar la residencia de un contribuyente, El Código Orgánico Tributario, en su artículo

30, establece lo siguiente: Las personas naturales que hayan permanecido en el país por un período

continuo o discontinuo, de más de ciento ochenta y tres (183) días en un año calendario o en el año

inmediatamente anterior al del ejercicio al cual corresponda determinar el tributo.

2-¿Cómo deben declarar las Personas Naturales sus enriquecimientos?

DETERMINACION DE LOS ENRIQUECIMIENTOS GRAVABLES

CONCEPTO

ART.

PERSONA

NATURAL

INGRESO

SUELDO

PERSONA

NATURAL

ACTIV. IND

COMERCIAL

PERSONA

NATURAL

DISTINTO

ACTIV. IND

COMERCIAL

SOCIEDADES

DE

PERSONAS

Page 9: Simulación Financiera

INGRESOS BRUTOS

MENOS COSTOS

RENTA BRUTA

MENOS

DEDUCCIONES

ENRIQUIC. NETO

DESGRAVAMENES (2)

Único (774 UT)

ENRIQUEC.GRAVABLE

Tarifa Nº 1

Calculo de Impuesto

Sustraendo

REBAJAS

Residente (10 UT)

IMPUESTO A PAGAR

16

21

27

59-60

50

62

XXXXX

---------

XXXXX

---------

XXXXX

XXXXX

XXXXX

%

XXXXX

XXXXX

XXXXX

XXXXX

XXXXX

XXXXX

XXXXX

XXXXX

XXXXX

XXXXX

XXXXX

XXXXX

XXXXX

XXXXX

(1) XXXXX

XXXXX

XXXXX

XXXXX

XXXXX

XXXXX

XXXXX

XXXXX

XXXXX

XXXXX

XXXXX

El beneficio es

declarado en

cabeza de

socios

COMO DECLARAR

Pago cero a

través portal,

forma dpn 25

si pago mayor

a cero a través

bancos

receptores

pago cero a

través portal,

forma dpn 25

si pago mayor

a cero a

través bancos

receptores

pago cero a

través portal,

forma dpn 25

si pago

mayor a cero

a través

bancos

receptores

declaración a

través del portal

(1) EN CASO DE VENTA DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES

(2) UNICAMENTE PERSONAS NATURALES RESIDENTES

Las sociedades de personas presentan declaración de Impuesto Sobre La Renta, (forma dpj26)

pero no tributan impuesto sino que distribuyen los enriquecimientos en cabeza de los socios (Art. 10 de

la Ley).

3- ¿A partir de qué ingreso estoy obligado a presentar mi declaración de rentas?

Debe haber obtenido rentas netas superiores a 1.000 unidades tributarias (Bs. 90.000.00), o

ingresos brutos superiores a 1.500 unidades tributarias (Bs.135.000.00), para estar obligado a presentar

declaración de ISLR. Las personas que se dediquen exclusivamente a actividades agrícolas, pecuarias,

pesqueras y piscícolas a nivel primario, deben haber obtenido enriquecimientos brutos superiores a

2.625 unidades tributarias (Bs. 236.250.00). (Fundamento Legal Art. 79 LISLR)

4- ¿Sobre qué tarifa debo calcular mi impuesto y como determino el monto a pagar?

La tarifa 1 es la aplicable para la determinación del impuesto que deben cancelar las personas

naturales, de acuerdo a la siguiente clasificación:

Page 10: Simulación Financiera

TARIFA 1 U.T Calculada al valor de Bs 90 publicado en Gaceta Oficial número 39.127 del 26-02-

2009, vigente para las declaraciones del ISLR concluidos el 31-12-2012

TARIFA NUMERO 1

TABLA PARA PERSONAS NATURALES RESIDENTES

DESDE HASTA % SUSTRAENDO

0,00 90.000,00 6 0,00

90.001,00 135.000,00 9 2.700,00

135.001,00 180.000,00 12 6.750,00

180001,00 225.000,00 16 13.950,00

225.001,00 270.000,00 20 22.950,00

270.001,00 360.000,00 24 33.750,00

360.001,00 540.000,00 29 51.750,00

540.001,00 34 78.750,00

Una vez tengamos claramente identificado nuestro ingreso, bien sea sueldo bajo relación de

dependencia o bien sea un beneficio de acuerdo a una actividad comercial especifica (véase cuadro

punto 1), debemos aplicar a este enriquecimiento los correspondientes desgravámenes de ley,

posteriormente podremos compensar las perdidas de explotación de años anteriores a que se refiere el

articulo 55 de la ley. Veamos un ejemplo práctico:

Ingreso anual Bs 107.430.00, le aplicamos el 12% de acuerdo a la tabla, de ese calculo nos queda

la cifra de Bs 12.891,60, de allí restamos el sustraendo de Bs 6.750.00, el monto por pagar es de Bs

6.141,60.

5- ¿Qué desgravámenes se les aplican a las personas naturales?

Existen 2 tipos de desgravámenes, el desgravamen único, de 774 UT (Bs 69.660.00) al valor de la

unidad tributaria de Bs F 90.00. El otro tipo de desgravamen aplicable, es el desgravamen con

comprobantes, a saber:

Ilimitados

1-Institutos docentes del país (Descendientes hasta 25 años de edad).

2-Primas de HCM.

3-Servicios Médicos y Odontológicos

(Todos estos gastos deben haberse realizado dentro del país)

Limitados

1-Intereses de préstamos para la compra de vivienda principal U.T. 1.000,00 (Bs 90.000.00) y

para el alquiler de esta, hasta 800 U.T. (Bs 72.000.00).

Ahora bien, debemos tener mucho cuidado con la opción a elegir a la hora de preparar nuestra

declaración del ISLR, en este caso recomendamos aplicar el desgravamen único, ya que de tomar la

opción del desgravamen con comprobantes, debemos anexar a la declaración de rentas las facturas

legales que soporten dichos desembolsos y que los mismos hayan sido debidamente cancelados en el

periodo impositivo que se esta declarando, en la actualidad el Seniatesta fiscalizando a grandes

Page 11: Simulación Financiera

contribuyentes que han aplicado este tipo de desgravamen y se les esta solicitando todas las facturas

que soporten lo incluido en su declaración de rentas, así mismo las multas y sanciones al no consignar

los soportes son bien severas.

6-¿Cuántas rebajas se les aplican a las personas naturales?

Sobre el tema de las rebajas el legislador establece lo siguiente:

Artículo 62. Las personas naturales residentes en el país, gozarán de una rebaja de impuesto de

diez (10) unidades tributarias (U.T.) anuales. Además, si tales contribuyentes tienen personas a su

cargo, gozarán de las rebajas de impuesto siguientes:

1. Diez (10) unidades tributarias por el cónyuge no separado de bienes.

2. Diez (10) unidades tributarias por cada ascendiente o descendiente directo residente en el país.

No darán ocasión a esta rebaja los descendientes mayores de edad a menos que estén incapacitados

para el trabajo, o estén estudiando y sean menores de veinticinco (25) años.

Parágrafo Primero: La rebaja concedida en el numeral 1) de este artículo no procederá cuando los

cónyuges declaren por separado. En este caso, sólo uno de ellos podrá solicitar rebaja de impuesto por

concepto de cargas de familia.

Parágrafo Segundo: Cuando varios contribuyentes concurran al sostenimiento de algunas de las

personas a que se contrae el numeral 2) de este artículo, las rebajas de impuesto se dividirán entre

ellos.

Si para este periodo fiscal tiene previsto declarar a través del portal electrónico del Seniat, ocurre

lo siguiente, las rebajas permisibles aplicables serán las que nosotros agregamos a nuestro perfil al

momento que nos registramos en dicho portal, para ellos debimos consignar los documentos que

probaran tal filiación, por lo que manualmente no se podrán agregar o modificar estas cargas.

Si presentamos nuestra declaración con el formulario DPN-R 25, en los bancos autorizados, de

acuerdo a lo previsto http://tubalance.over-blog.com/article-ntribuyentes-43212351.html podremos incluir

en la declaración manual las cargas no afiliadas al portal, pero podremos ser objeto de una revisión, vale

recordar que todos los empleados públicos estarán obligados a declarar en el portal del Seniat.

7- ¿En cuántas porciones puedo pagar mi declaración?

De acuerdo a la Resolución numero 904, G O. Numero 37.409 del 21-3-02

En los casos de declaración definitiva de las personas naturales, en impuesto derivado de la

declaración de rentas podrá ser pagado hasta en tres (3) porciones de iguales montos, si se opta por

una (1) sola porción, el pago se realizara conjuntamente con la presentación de la declaración definitiva.

Si se opta por dos (2) porciones, la segunda se presentara veinte (20) días continuos después del

vencimiento del plazo para la presentación de rentas respectivas. Y si se opta por tres (3) porciones, la

tercera se presentara cuarenta (40) días continuos después del vencimiento del plazo para la

presentación de la misma.

8- Descarga en formato de Excel el formulario DPN-R 25 y calcula fácilmente tu impuesto a pagar.

Page 12: Simulación Financiera

En esta práctica hoja de excel que simula exactamente el formulario DPN-R 25, podrán incluir su

salario, o monto de actividad comercial, podrá incluir las cargas familiares e incluso al final, en el recibo

de pago, podrá colocar el número de porciones con las que va a cancelar su declaración del ISLR.

El precio de la Unidad Tributaria en Venezuela quedó establecido en 90 bolívares para el año

fiscal 2012. Este aumento entró en vigencia con la publicación de la Providencia Nº SNAT/2012/0005

en la Gaceta Oficial N° 39.866 (17/02/2012). El aumento del precio de la Unidad Tributaria UT en

Venezuela por lo general se realiza al principio de cada año, entre los meses de enero y febrero con

base a la tasa de inflación acumulada del año anterior.

La Comisión de Finanzas de la Asamblea Nacional aprobó el ajuste de un 18% en el valor de la

Unidad Tributaria (UT) para el año 2012, que pasa de 76 a 90 bolívares, de acuerdo al informe del

Servicio Integrado de Administración Tributaria (Seniat).

9- ¿Cuánto vale la Unidad Tributaria (UT) en Venezuela?

Con el valor de la Unidad Tributaria UT de Bs. 90 en 2012 se deben calcular los nuevos topes

para el cálculo de Cesta Ticket o bono de alimentación, exoneraciones al Impuesto al Valor Agregado

(IVA), montos de las multas, sanciones, sucesiones, donaciones, registro de dominios, timbres fiscales,

registros, notarías, tribunales y otros entes públicos que implementen la unidad tributaria para su calculo.

El nuevo valor de la Unidad Tributaria, deberá emplearse para la declaración y pago del Impuesto

Sobre la Renta (ISLR) que se realizará en el año 2013, no para la declaración del ISLR del año 2011,

que se debe utilizar el valor de la Unidad Tributaria del año 2011 de 76 bolívares.

El aumento no incide en los topes de ingresos de la Ley de Vivienda, debido a que se miden por

una escala de salarios.

http://www.seniat.gob.ve/portal/page/portal/MANEJADOR_CONTENIDO_SENIAT/03TRIBUTOS/3.7PRE

GUNTAS_FRECUENTES/PFTI_01_ISLR.pdf

Nota:

Investigar aquellos términos que no conozcan y anexar a la solución del problema.

Page 13: Simulación Financiera

http://www.vtv.gob.ve/articulos/2013/02/07/en-vigencia-unidad-tributaria-en-107-bolivares-9145.html

Publicada en Gaceta Oficial Nº 40.106

En vigencia Unidad Tributaria en 107 bolívares

La providencia administrativa establece que los tributos que se liquiden por períodos anuales

tomarán en cuenta la UT vigente, durante al menos 183 días continuos del período respectivo. En la

Gaceta Oficial Nº 40.106, del miércoles 6 de febrero y que circula el jueves 07 de febrero, fue publicado

el ajuste de la Unidad Tributaria (UT) en 107 bolívares para 2013.

La providencia administrativa establece que los tributos que se liquiden por períodos anuales

tomarán en cuenta la UT vigente, durante 183 días continuos del período respectivo. En el caso de los

tributos que no sean anuales, la UT aplicable será la que esté vigente para el inicio de dicho período.

La Comisión de Finanzas y Desarrollo Económico de la Asamblea Nacional (AN) aprobó el ajuste

del valor de la Unidad Tributaria en 107 bolívares. El coordinador de la Subcomisión de Finanzas

Públicas del Parlamento venezolano, Ramón Lobo, explicó que la Unidad Tributaria pasa de 90 a 107

bolívares, es decir, un ajuste de 19% con respecto a 2012. Todos los años el Servicio Nacional

Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) envía a la Comisión de Finanzas de la AN un

informe en el que propone el monto del ajuste a la Unidad Tributaria, de conformidad con lo previsto en

el Código Orgánico Tributario, para su respectiva evaluación por parte de los parlamentarios.

La Unidad Tributaria es una medida que permite equiparar, de acuerdo con la evolución

inflacionaria del país, las bases para el cálculo de los montos de imposiciones, exenciones, sanciones y

tasas que se aplican en distintos organismos y servicios públicos.

También sirve para el cálculo del monto que mensualmente reciben los trabajadores producto de la

aplicación de la Ley de Alimentación y que tradicionalmente es pagado en tiques de alimentación.

Para la declaración y pago del Impuesto Sobre la Renta (ISLR) correspondiente a 2012 se

mantiene como medida de cálculo el valor de la Unidad Tributaria de 90 bolívares.

Page 14: Simulación Financiera

Tarifas para el pago del Impuesto Sobre La Renta:

De acuerdo con lo establecido en el artículo 50 de la ley de impuesto sobre la renta, el

enriquecimiento neto global anual obtenido por los contribuyentes personas naturales se gravará con

base en la siguiente tarifa expresada en Unidades Tributarias, ajustada al valor de Bs. 107,00.

TARIFA NUMERO 1

TABLA PARA PERSONAS NATURALES RESIDENTES

DESDE HASTA % SUSTRAENDO

0,00 107.000,00 6 0,00

107.001,00 160.500,00 9 3.210,00

160.501,00 214.000,00 12 8.025,00

214.001,00 267.500,00 16 16.585,00

267.501,00 321.000,00 20 27.285,00

321.001,00 428.000,00 24 40.125,00

428.001,00 642.000,00 29 61.525,00

642.001,00 34 93.625,00

Año 2012

A los fines de la elaboración de la Declaración del Impuesto Sobre La Renta, para determinar el

valor de la Unidad Tributaria, se utilizará el criterio establecido en el parágrafo tercero del artículo tres (3)

del Código Orgánico Tributario.

1. Personas Naturales

A. Contribuyentes obligados a declarar

Se incrementa el tope mínimo para declarar, que antes era de Bs. 76.000,00 y ahora pasa a ser de

Bs 90.000,00 para quienes perciban ingresos netos (sueldos); para los que obtengan ingresos brutos,

(honorarios, arrendamientos y otros ingresos que admiten costos y deducciones) se incrementó a Bs.

135.000,00 y para quienes se dediquen exclusivamente a realizar actividades agropecuarias y piscícolas

a nivel primario están obligados a declarar cuando obtengan ingresos brutos superiores a 2.625 UT, es

decir, a Bs.236.250, 00.

B. La Tarifa N° 1 queda representada en Bolívares de la siguiente manera Por la fracción que

exceda de UT en Bs. Alícuota % Sustraendo en UT Sustraendo en Bs.

TARIFA NUMERO 1

TABLA PARA PERSONAS NATURALES RESIDENTES

DESDE HASTA % SUSTRAENDO

0,00 90.000,00 6 0,00

90.001,00 135.000,00 9 2.700,00

135.001,00 180.000,00 12 6.750,00

180.001,00 225.000,00 16 13.950,00

225.001,00 270.000,00 20 22.950,00

270.001,00 360.000,00 24 33.750,00

360.001,00 540.000,00 29 51.750,00

540.001,00 34 78.750,00

Page 15: Simulación Financiera

C. Desgravámenes

El desgravamen único optativo (774 UT) establecido en la Ley para aquellos que decidan acogerse

a éste, quedó fijado en Bs. 69.660,00.

D. Rebajas

Las rebajas de impuestos quedaron modificadas como se indican a continuación (10 UT c/u):

Rebaja por persona natural Bs. 900,00

Rebaja por cónyuge Bs. 900,00

Rebaja por cada ascendiente y descendiente directos Bs. 900,00

E. Venta de Inmuebles

Se exceptúan de la obligación de pagar el 0,5% de anticipo de Impuesto Sobre la Renta, a las

enajenaciones de inmuebles cuyo precio de venta sea inferior a Bs. 270.000,00. (3.000 UT)

F. Retenciones de ISLR Varias (distintas a sueldos y salarios)

El monto a deducir es Bs. 75,00 y Bs. 225,00 cuando el porcentaje de retención sea del 1% y del

3%, respectivamente, con lo cual el mínimo sujeto a retención quedó fijado en Bs. 7.500,01.