simplificación administrativa
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México, D. F. a 17 de Enero de 2014
At´n:
Dip. Genaro Cervantes Vega
Presidente de la comisión de vivienda
Secretario de la Comisión de desarrollo metropolitano
Plaza de la Constitución # 7. Oficina 302
Colonia Centro Histórico
Delegación Cuauhtémoc C.P. 6000
Asunto: Algo que no puede llamarse “Simplif icación
administrativa”. Es necesario saber por qué tendrían que
funcionar así las instancias oficiales como la PROSOC.
Antecedentes:
Después de librar diferencias entre los habitantes de la Unidad Habitacional Rabaul 600,
se acordó llevar a cabo una asamblea para que se constituyera la Administración
General, y así, poder tomar determinaciones que nos exigen esta conformación. Esta
labor, no es sencilla, se inicia con un trabajo de convencimiento para que se logre la
asistencia de la mayoría de los habitantes, aunque no siempre se logra.
Se lanza una convocatoria con el tiempo suficiente para que todos los habitantes tengan
el tiempo de leer, y sepan, de que se trata. Sólo se requiere nombrar al Administrador
General y al Comité de vigilancia. Para fines de Diciembre, que era la fecha original de
esta convocatoria, ya no se pudo contar con el apoyo de la Procuraduría Social, ya que
los días eran complicados para ellos, así que la asamblea convocada para el 12 de
diciembre se pospuso para el 9 de Enero de 2014.
El 9 de enero de 2014, asistieron a la Asamblea convocada, solo 24 de los 158
propietarios, lo que representa un 15.19% de quienes debíamos participar. Se llenó el
libro de actas de acuerdo a lo que decía la convocatoria publicada, registrando cada
evento en él, así como los acuerdos logrados.
Trabajo efectuado:
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El viernes 10 me presenté en las oficinas de la PROSOC muy temprano, como tengo
costumbre, y a pesar de que el horario de trabajo inicia a las nueve de la mañana, eran
las 9:30 y solo había dos personas en el sexto piso del inmueble, a donde me indicaron
en la planta baja que debía pasar. Me atendió una de las dos personas presentes y me
informó que ahí no se podía hacer lo que yo quería, pero que si esperaba unos minutos,
un licenciado me atendería. De forma muy displicente me dijo que posiblemente no había
llegado, porque pudo haber tenido un problema de tráfico.
Al poco rato se presento el Lic. Iván Mayoral Bautista, al que le increpé primero, la razón
por la cual no podía realizar yo el trámite en esa oficina central, ya que, a mí, me
quedaba más cerca esta oficina de Vallarta, que tener que trasladarme hasta “La Joyita”
en la Gustavo A. Madero. Como respuesta me dijo, que se había descentralizado el
servicio por órdenes del Procurador, y el trámite, lo tenía que realizar en “La Joyita”, pero
que ellos estaban para dar otro tipo de apoyo en torno a lo que aqueja a los habitantes
de unidades habitacionales, así que aproveché para preguntar que se podía hacer con el
problema de los trailers que además de afectarnos directamente a nosotros, ya es de
afectación nacional. Le expliqué qué se había hecho durante 14 años y cuántas oficinas
de Gobierno nos habían negado una respuesta convincente, a lo que me respondió que
podía asesorarme de qué hacer y tomó nota. Al final sólo hice dos preguntas:
¿A qué hora está abierta la oficina de “La Joyita”? Y ¿qué era lo que tenía que llevar?
A lo primero me respondió que, a las 10 de la mañana ya estaban para atender, y a lo
segundo, me indicó que tenía que llevar una copia de mi IFE y de un comprobante de
domicilio, y por supuesto, el libro de actas que previamente había ojeado.
La Joyita.
El lunes 13 a las 10 de la mañana me presenté a la oficina de “La Joyita”, llené el libro de
registro y pasados diez minutos, fui atendido por uno de los empleados de esta oficina.
Primero me dio un formato para llenar y empezó a enlistar lo que debía presentar para
poder llevar a cabo el trámite, que por supuesto, requería mucho más de lo que me había
sentenciado el Lic. Mayoral. Como yo sólo llevaba copia de mi IFE y una copia del
comprobante del agua a nombre de mi esposa, lo primero que me dijo es que el
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comprobante de domicilio tenía que ser a mi nombre, para lo cual le presenté una copia
del recibo telefónico y me dijo que esa no era válida, así que empezó la rebatinga entre
lo que me pedía y yo me negaba a sujetarme a sus condicionamientos.
• Para que el comprobante de domicilio a nombre de mi esposa fuera válido, tenía
que presentar una copia de mi acta de matrimonio con ella, o una copia del acta
notarial que especifica mi copropiedad.
• Los comprobantes de pago, que resultan válidos para ciertos trámites de crédito,
no lo son para estos funcionarios que exigen que sea solo el recibo de predio o
agua o una copia del acta notarial en donde se especifique la copropiedad.
Lo que solicita el formato F-ORG-11, y que yo NO sabía que era necesario presentar, es:
1. Original de la Convocatoria y acuse de los vecinos convocados
2. Copia del acta donde consta el nombramiento y copia del registro asentado en el
libro de actas
3. Copia de identificación vigente
4. Dos fotografías tamaño infantil
5. Documento que acredita mi calidad de condómino
6. Comprobante de domicilio
7. Copia de registro de administrador convocante
8. Carta poder y copia de identificación en caso de que alguno de los participantes
asista a la Asamblea en representación del propietario.
En todo esto que se requiere en el formato por llenar, no existe definición de que el
comprobante de domicilio tenga que ser sólo lo que me indicaba el personaje que me
atendió. Además de que no es claro a que se refiere el punto 5.
Ya molesto por la “Simplificación Administrativa”, le pedí hablar con su jefe o con alguien
que pidiera responder puntualmente a las dudas que planteaba, así que, me dijo que
hiciera una cita con Cintia para que me recibiera su jefe. Me paré de la mesa y esperé a
ser atendido por alguien más, por supuesto mi inconformidad había causado molestia
entre el personal que nos rodeaba, ya que era manifiesta mi inconformidad y para mí, era
manifiesta la poca capacidad de respuesta que obtenía.
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En un par de minutos salió el Lic. Fausto Carbajal López para atender mi reclamo.
Primero le expresé lo relatado en mi visita a las oficinas de la PROSOC en la calle de
Vallarta y lo que me había informado el Lic. Mayoral, le pedí que se comunicara con él
para comprobar lo que le decía, y el Lic. Carbajal me respondió que no tenía teléfono en
su oficina, aunque después, al final de la conversación me dio un teléfono para
comunicarme con él. Después de negar que conocía o sabía del Lic. Mayoral, trató de
convencerme de seguir los trámites necesarios ya que la ley así lo exigía.
Me indicó que las fotografías eran necesarias, ya que otorgan una credencial en
audiencia pública y ellos conservaban una con la segunda foto. Reiteró que como
comprobante de domicilio fiscal sólo era valido el conjunto de documentos mencionados.
Que presentará la copia de la convocatoria que debía haberme entregado la PROSOC y
sobre la cual se haría la asamblea, y continuó con sus amabilidades diciendo que él llega
a trabajar a esa oficina a las 7 de la mañana y que generalmente no atiende reclamos
como el que protagonizábamos ya que tenía muchos papeles que firmar.
Le respondí que yo no era culpable de que la falta de comunicación entre sus oficinas
centrales y ellos, además, de que era necesario verificar su portal de Internet para que
vieran lo difícil que resultaba consultar alguna inquietud como la que teníamos ahora
enfrente. Realmente su portal es publicitario y se dedica a informar de logros más que de
cubrir necesidades, era cierto que facilitaban reglamento, pero tan confusos que es
necesario un abogado para entender lo que quieren decir. Que si no teníamos la
convocatoria de aprobada por la PROSOC ¿teníamos que repetir la asamblea? A lo que
me respondió que sí. Le argumenté que el personal de la PROSOC no pudo asistir en las
fechas iniciales de diciembre porque las fechas les resultaban complicadas y después
venían las vacaciones, así que, ¿si le parecía conveniente volver a convocar a una
nueva asamblea, sabiendo lo difícil que resulta llevar a cabo esto? Y él insistió en que así
debía ser, pero que pasara con Cintia para que ella pudiera despejar mis inquietudes. Tal
vez ya estaba cansado de mi negativa a aceptar lo que me estaban solicitando. Así que
pase con Cintia (supongo que también es licenciada) y hubo que repetir todo.
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El resultado fue aún peor a los dos anteriores, primero me dijo que el libro de actas no
era válido. Le mostré que fue sellado por la PROSOC en el 2005, y le pidió a su
ayudante que verificara en la computadora, a lo que respondió, que no estaba registrado.
Como hice mutis a la observación, el ayudante buscó por el nombre del condominio y
encontró que efectivamente estaba registrado, y después fue un poco más amable al
decir quien lo había registrado y estaba reconocida como “Administradora Certificada”
por ellos. Pero pareció hablar al aire, ya que Cintia me dijo que era necesario que
presentara una copia de la escritura constitutiva del condominio y una copia del IFE de
cada uno de los propietarios, así como, una copia de su predial o recibo del agua, y estos
documentos no estaban a su nombre, tenía que ser una copia de la escritura que le da
posesión o del contrato de compraventa. Azorado por lo que decía, le pregunté qué si
tenía idea de lo que me estaba diciendo. Y al decirme que sí, le respondí que debían
pensar un poco. Le di las gracias y me retiré de sus oficinas.
Dudas:
Todas. Si la administración de esta unidad, fue reconocida en 2005, fue porque se
presentó una acta constitutiva, y, si la administradora que cumplió esta labor durante un
año fue CERTIFICADA por la PROSOC. ¿Por qué ahora intentan que se tenga que
cumplir toda una tramitología a partir de un kilo de papel, en lugar de verificar la razón
por la cual su “Administradora Certificada” no cumplió en tiempo y forma con su
obligación de convocar a una nueva asamblea?
Existe una gran duda respecto a los fondos que se han otorgado para mejoras de la
Unidad a través de la PROSOC, en los tres últimos años, donde uno de los requisitos
importantes era la existencia de una Administración General en la Unidad. ¿Se reconoce
o no se reconoce?
¿Qué sucede con el desfalco o falta de información de su “Administradora Certificada?
Y definitivamente, no entiendo la necesidad de un otorgamiento de credenciales en una
ceremonia pública. Me da idea que a lo mejor les hacen falta fotos para su portal de
Internet.
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¿Cuál Simplif icación administrativa?
Atentamente
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¿Cuál Simplif icación administrativa?
Atentamente