silvia correa ley de comercio electronico

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UNIVERSIDAD REGIONAL AUTONOMA DE LAS ANDES “UNIANDES” Facultad de Jurisprudencia TEMA: “LEY DE COMERCIO ELECTRONICO, FIRMAS ELECTRONICAS Y MENSAJES DE DATOS” TUTOR: ING. JOHN TOASA MATERIA: DERECHO INFORMATICO ESTUDIANTE: SILVIA CORREA NIVEL : CUARTO SEMIPRESENCIAL

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UNIVERSIDAD REGIONAL AUTONOMA DE LAS ANDES “UNIANDES”

Facultad de Jurisprudencia

TEMA:

“LEY DE COMERCIO ELECTRONICO, FIRMAS ELECTRONICAS Y

MENSAJES DE DATOS”

TUTOR: ING. JOHN TOASA

MATERIA: DERECHO INFORMATICO

ESTUDIANTE: SILVIA CORREA

NIVEL : CUARTO SEMIPRESENCIAL

Es indispensable que el Estado Ecuatoriano cuente conherramientas jurídicas que le permitan el uso de los servicioselectrónicos, incluido el comercio electrónico y acceder conmayor facilidad a la cada vez más compleja red de los negociosinternacionales.

Es importante destacar que el uso de sistemas de informacióny de redes electrónicas, incluida la Internet ha adquiridoimportancia para el desarrollo del comercio y la producción,permitiendo la realización y concreción de múltiples negociosde trascendental importancia, tanto para el sector públicocomo para el sector privado.

Mensajes de datos

Firma Electrónica

Servicios de certificación

Contratación Electrónica y telemática.

LEY COMERIO EXTERIOR

LOS MENSAJES DE DATOS

RECONOCIMIENTO JURÍDICO DE LOS MENSAJES:

Los mensajes de datos tendrán, igual valor jurídico que los documentos escritos.

Todo mensaje de datos estará obediente a las leyes y reglamentos y acuerdos internacionales

En todos estos mensajes de datos hay confidencialidad y reserva.

INFORMACIÓN ESCRITA

Cuando la ley lo requiera u obligue, siempre que la información que este contenga sea accesible

para su futura consulta. Toda información que contenga esta ley, podrá ser conservada mediante

el archivo del mensaje de datos.

PROTECCIÓN DE DATOS

Para la utilización de la base de datos se requiere la autorización directa del titular.

El uso de datos personales responderá a los derechos de privacidad estipulados en la

constitución.

Son datos en forma electrónica consignados en un mensaje de datos lógicamente

asociados al mismo y que pueden ser utilizados para identificar al titular de la firma en

relación con el mensaje de datos aprueba y reconoce la información contenida en el

mensaje de datos. La firma electrónica tendrá la misma validez y se le reconocerán los

mismos efectos jurídicos.

LAS FIRMAS ELECTRONICAS