sesión ordinaria nº 23 - soria.es · en la sala de juntas de la casa consistorial los doce...
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Excmo. Ayuntamiento de Soria
MAAG/mrm
Sesión ordinaria nº 23
En la Sala de Juntas de la Casa Consistorial Los Doce Linajes, siendo las diez horas del día nueve de junio de dos mil diecisiete, se
reúne la Junta de Gobierno Local para celebrar sesión, en primera convocatoria, con la asistencia inicial de los siguientes miembros:
ASISTENTES:
Primer Tte. Alcalde:__________ D. Luis A. Rey de las Heras. Concejal:__________________ D. Fco. Javier Muñoz Expósito.
Concejala: _________________ Dª. Ana Alegre Martínez. Concejal: __________________ D. Ángel Hernández Martínez.
Concejala: _________________ Dª. Teresa Valdenebro Mateo. Concejala: _________________ Dª. Lourdes Andrés Corredor.
Interventora Accidental: ______Dª Belén Gallardo Sáenz. Secretario General: ________ D. Mariano A. Aranda Gracia.
Excusan su asistencia D. Carlos Martínez Mínguez y Dª Marta Cáceres Piñuel.
1.- APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN DEL DÍA 2 DE
JUNIO DE 2017.
Se da cuenta del Borrador del Acta de la sesión de 2 de junio de
2017. Al no formularse observaciones por parte de los presentes, el
Acta es aprobada por unanimidad.
2.- DISPOSICIONES Y COMUNICADOS:
2.1.-Se da cuenta del Auto nº 42 /17 de fecha diecinueve de mayo
de dos mil diecisiete, del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº
1 de Soria, dictado en el Procedimiento Abreviado 37/2017,
interpuesto por …, cuya parte dispositiva es la siguiente:
“Declarar terminado el presente procedimiento por
reconocimiento total en vía administrativa de las pretensiones de la
parte recurrente.
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Se imponen las costas a la Administración demanda.”
La Junta de Gobierno Local queda enterada, y propone a la
Alcaldía la interposición de recurso de reposición designando como
Letrado en defensa de los intereses municipales a D. José Luis López
Navarro.
2.2.- Se da cuenta del Decreto del Juzgado de lo Contencioso
Administrativo nº 1 de Soria, de fecha treinta y uno de mayo de dos
mil diecisiete, dictado en el procedimiento abreviado nº 80/2017, por
el que se acuerda admitir a trámite el recurso contencioso-
administrativo interpuesto por la representación procesal de…, contra
la denegación por el Excmo. Ayuntamiento de Soria, por silencio
administrativo del Recurso de reposición interpuesto contra las
liquidaciones del impuesto sobre el incremento del valor de los
terrenos de naturaleza urbana números 91 y 92, ambas del ejercicio
2017.
El Juzgado acuerda admitir la demanda interpuesta y dar
traslado al Ayuntamiento del escrito de demanda y documentos
presentados por la parte recurrente, para que conteste en el plazo de
veinte días requiriéndole para la remisión del expediente
administrativo.
La Junta de Gobierno Local propone a la Alcaldía la remisión del
expediente, el emplazamiento a los interesados, la personación en el recurso, y la contestación de la demanda en el plazo indicado,
designando como Letrado en defensa de los intereses municipales a D. José Luis López Navarro.
2.3.-Se da cuenta de la Declaración Responsable para ejecución de
las obras relacionadas a continuación:
INTERESADO SITUACIÓN OBRA OBRAS A REALIZAR
DOS DE MAYO, 61 Y 63 CERRAMIENTO DEFINITIVO DE PARCELA CON MURETE DE HORMIGÓN ARMADO Y CERRAMIENTO DE VERJA METÁLICA.
CDAD. PROP. VENERABLE CARABANTES, 12
VENERABLE CARABANTES, 12
PINTURA DE PORTAL Y ESCALERAS.
PASEO DE LA FLORIDA, 18-ESC. IZ 3º D
ARREGLO DE COCINA Y BAÑOS. REFORMA DE VIVIENDA.
MEDIOS Y SOPORTES PUBLICITARIOS, SLU
POLÍGONO 23. PARCELA 60021 SENDA MUERTA DE SORIA
INSTALACIONES VALLA PUBLICITARIA.
PASCUAL BORQUE CONSTRUCCIÓN, SL CORTES DE SORIA, 8-4º B SUSTITUCIÓN DE ALICATADO EN COCINA Y CARPINTERÍA EXTERIOR.
CDAD. PROP. PASEO LA FLORIDA, 3 PASEO DE LA FLORIDA, 3 PINTAR PATIOS INTERIORES. La utilización de medios auxiliares será objeto de solicitud de licencia.
SAN AGUSTÍN, 18. BAR RIO
REFORMA DE LA INSTALACIÓN DE FONTANERÍA Y CALEFACCIÓN.
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3.-APROBACIÓN DE PROYECTO BÁSICO Y DE EJECUCIÓN CONCESIÓN DE LICENCIA DE OBRAS Y AUTORIZACIÓN DEL
INICIO DE LAS MISMAS PARA LA CONSOLIDACIÓN Y
REFUERZO DE FORJADO EN EDIFICIO DE VIVIENDAS SITO EN LA C/ FUERTEVENTURA, Nº 2 Y 4 DE SORIA.
Visto el proyecto básico y de ejecución para la consolidación y
refuerzo de forjado en edificio de viviendas sito en C/ Fuerteventura, nº 2 y 4 de Soria promovido por D. Eduardo Ransanz Las Heras, en
representación de la C.P. de C/ Fuerteventura, nº 2 y 4 y suscrito por el técnico D. Ignacio S. Cabrerizo Martínez de Baroja.
El expediente ha sido informado favorablemente por los
Servicios Técnicos Municipales, así como por la Técnico de Administración General en fecha 7 de junio del actual.
La Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad
con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde
en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:
Aprobar el proyecto básico y de ejecución, conceder la licencia de obras para la consolidación y refuerzo de forjado en edificio de
viviendas sito en C/ Fuerteventura, nº 2 y 4 de Soria promovido por D. Eduardo Ransanz Las Heras, en representación de la C.P. de C/
Fuerteventura, nº 2 y 4 y suscrito por el técnico D. Ignacio S. Cabrerizo Martínez de Baroja y autorizar el inicio de las mismas
debiendo cumplir con las siguientes prescripciones además de las especificadas en los informes emitidos al efecto:
Deberá depositarse una fianza de gestión de residuos por
importe de 357,50 €. Antes del inicio de las obras se aportará Dirección Facultativa
a nivel de Aparejador o Arquitecto Técnico.
La utilización de medios auxiliares será objeto de licencia independiente.
De conformidad con lo establecido en el art. 300 del RUCyL, deberá instalarse y mantenerse durante el tiempo que duren
las obras, un cartel informativo conforme a las siguientes reglas:
En el cartel informativo debe indicarse el objeto, número y fecha de la licencia, así como la
identidad del titular de la licencia, proyectista, del constructor y de los directores de obra y de
ejecución. Es responsabilidad del promotor que la información sea veraz y esté actualizada.
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El cartel informativo debe ubicarse en el acceso a
las obras, en lugar visible desde la vía pública, y sin riesgo para la seguridad vial o para tercero
Los plazos para la ejecución de las obras contempladas en proyecto contados desde la notificación del otorgamiento de licencia
serán:
Plazo de inicio: seis meses. Plazo de finalización: tres años
Plazo de interrupción máxima: doce meses.
Todo ello sin perjuicio de la concesión de las prórrogas que sean solicitadas de conformidad con lo previsto en el art. 303 del
Reglamento de Urbanismo de Castilla y León (Decreto 22/04 de 29 de enero).
4.-APROBACIÓN DE PROYECTO DE EJECUCIÓN Y
AUTORIZACIÓN DEL INICIO DE LAS OBRAS PARA LA REFORMA
Y REHABILITACIÓN DE EDIFICIO PARA 12 VIVIENDAS, 1 OFICINA, 3 LOCALES Y 10 TRASTEROS (CADA UNO DE LOS
CUALES ESTARÁ ASOCIADO A UNA VIVIENDA CONCRETA) EN LA C/ AGUIRRE, Nº 2 DE SORIA PROMOVIDO POR
VICTORIANO MARTÍNEZ E HIJOS, S.L., Y SUSCRITO POR EL TÉCNICO D. IGNACIO CABRERIZO DE MARCO.
Visto el proyecto de ejecución para la reforma y rehabilitación
de edificio para 12 viviendas, 1 oficina, 3 locales y 10 trasteros (cada uno de los cuales estará asociado a una vivienda concreta) en C/
Aguirre, nº 2 de Soria promovido por Victoriano Martínez e Hijos, S.L y suscrito por el técnico D. Ignacio Cabrerizo de Marco.
El expediente ha sido informado favorablemente por los
Servicios Técnicos Municipales, así como por la Técnico de
Administración General en fecha 7 de junio del actual.
La Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde
en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:
Aprobar el proyecto de ejecución para la reforma y rehabilitación de edificio para 12 viviendas, 1 oficina, 3 locales y 10
trasteros (cada uno de los cuales estará asociado a una vivienda concreta) en C/ Aguirre, nº 2 de Soria promovido por Victoriano
Martínez e Hijos, S.L y suscrito por el técnico D. Ignacio Cabrerizo de Marco y autorizar el inicio de las obras debiendo cumplir con las
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siguientes prescripciones además de las especificadas en los informes
emitidos al efecto:
Deberá depositarse una fianza de gestión de residuos por
importe de 10.683,36 €. Se deberá realizar durante la ejecución:
Ocupación de vía pública. Solicitar en Documento independiente. Fijar dimensiones y fianza para la
correcta reposición de pavimento por deterioro, en su caso. Valorar por Aparejador/Arquitecto
Técnico de obras. Tendederos. Incorporar a viviendas 3 de plantas
2ª y 3ª De conformidad con lo establecido en el art. 300 del RUCyL,
deberá instalarse y mantenerse durante el tiempo que duren las obras, un cartel informativo conforme a las siguientes
reglas: En el cartel informativo debe indicarse el objeto,
número y fecha de la licencia, así como la
identidad del titular de la licencia, proyectista, del constructor y de los directores de obra y de
ejecución. Es responsabilidad del promotor que la información sea veraz y esté actualizada.
El cartel informativo debe ubicarse en el acceso a las obras, en lugar visible desde la vía pública, y
sin riesgo para la seguridad vial o para tercero
5.-APROBACIÓN DE PROYECTO DE EJECUCIÓN, CONCESIÓN DE LICENCIA DE OBRAS Y AUTORIZACIÓN DEL INICIO DE LAS
MISMAS PARA LA INSTALACIÓN DE ASCENSOR EN EDIFICIO SITO EN LA C/ SANTO ÁNGEL DE LA GUARDA, Nº 23 DE SORIA.
Visto el proyecto de ejecución para la instalación de ascensor
en edificio sito en C/ Santo Ángel de la Guarda, nº 23 de Soria promovido por … y suscrito por los técnicos D. Miguel de Lózar de la
Viña y D. Alfonso Sánchez de Toca Redondo.
El expediente ha sido informado favorablemente por los
Servicios Técnicos Municipales en fecha 6 de junio, así como por la Técnico de Administración General en fecha 7 de junio del actual.
La Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad
con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:
Aprobar el proyecto de ejecución, conceder la licencia de obras
para la instalación de ascensor en edificio sito en C/ Santo Ángel de la
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Guarda, nº 23 de Soria promovido por … y suscrito por los técnicos D.
Miguel de Lózar de la Viña y D. Alfonso Sánchez de Toca Redondo y autorizar el inicio de las mismas debiendo cumplir con las siguientes
prescripciones además de las especificadas en los informes emitidos
al efecto:
De conformidad con lo establecido en el art. 300 del RUCyL, deberá instalarse y mantenerse durante el tiempo que duren
las obras, un cartel informativo conforme a las siguientes reglas:
En el cartel informativo debe indicarse el objeto, número y fecha de la licencia, así como la
identidad del titular de la licencia, proyectista, del constructor y de los directores de obra y de
ejecución. Es responsabilidad del promotor que la información sea veraz y esté actualizada.
El cartel informativo debe ubicarse en el acceso a las obras, en lugar visible desde la vía pública, y
sin riesgo para la seguridad vial o para tercero
Los plazos para la ejecución de las obras contempladas en
proyecto contados desde la notificación del otorgamiento de licencia serán:
Plazo de inicio: seis meses.
Plazo de finalización: tres años Plazo de interrupción máxima: doce meses.
Todo ello sin perjuicio de la concesión de las prórrogas que
sean solicitadas de conformidad con lo previsto en el art. 303 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León (Decreto 22/04 de 29 de
enero).
6.-APROBACIÓN DE LA MODIFICACIÓN DEL CONVENIO DE
COLABORACIÓN ENTRE LA ASOCIACIÓN DE AMIGOS DE LA
SACA Y EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SORIA.
Vista y estudiada la modificación del Convenio de Colaboración
formalizado entre la Asociación de “Amigos de la Saca” y el Excmo.
Ayuntamiento de Soria, que modifica el protocolo de colaboración y
anexo suscritos en los años 2002 y 2005 respectivamente; visto así
mismo el dictamen favorable emitido por la Comisión Informativa
Permanente de Participación y Desarrollo Ciudadano de fecha 2 de
junio del actual, la Junta de Gobierno Local, órgano competente de
conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo.
Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad,
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acuerda:Prestar su conformidad a la referida modificación, habilitando
a la Alcaldía para su firma, cuyo contenido es el siguiente:
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA ASOCIACIÓN “AMIGOS DE LA SACA” Y EL
EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SORIA
Por una parte la Ilmo. Sr. D Carlos Martínez Mínguez, Alcalde Presidente del
Excmo. Ayuntamiento de Soria,
Por otra parte D. Raúl González Hernández, con D.N.I 72.881.871- T,
Presidente de la Asociación “Amigos de La Saca” con CIF Nº.- G- 42168161, y
domicilio en C/ Montes Claros nº 3 - 2º A.
A C U E R D A N
1.- La Asociación “Amigos de La Saca” es una Asociación sin ánimo de lucro, que
pretende aglutinar a los diferentes colectivos (caballistas, personas a pie, etc.) que
participan en los festejos tradicionales de las Fiestas de San Juan, con el fin de
organizar y desarrollar los citados festejos procurando darles el máximo esplendor
y fomentar la participación y responsabilidad ciudadana a los denominados “usos y
costumbres” de nuestras fiestas; por ello, la Asociación “Amigos de La Saca” ofrece
al Excmo. Ayuntamiento de Soria toda su colaboración para poder conseguir los
fines expuestos, así como para cualquier otra actividad relacionada con el mundo
del toro o del caballo.
2.- La Asociación se compromete a asistir y colaborar en el desarrollo de los
festejos taurinos tradicionales y populares de las Fiestas de San Juan de la Ciudad
de Soria, así como a aportar suficiente ganado de manseo para la realización de los
festejos antes citados conforme a lo dispuesto en el Decreto 14/1999 de la
Consejería de Presidencia de la Junta de Castilla y León.
3.- La Asociación “Amigos de La Saca” se compromete a organizar y desarrollar el
“encierro” matinal del día del “Lavalenguas”, teniendo el ganado de manseo
dispuesto para cualquier requerimiento de los mismos por parte del Excmo.
Ayuntamiento de Soria durante todo el día.
Asimismo, los miembros de la Asociación colaborarán en el “apartado”,
faenado de los novillos, dejándolos en el corral más idóneo para su “suelta” por la
tarde.
4.- La Asociación “Amigos de La Saca” se compromete a organizar y desarrollar el
“encierro” matinal del día de “La Compra”, teniendo el ganado de manseo dispuesto
para cualquier requerimiento de los mismos por parte del Excmo. Ayuntamiento de
Soria durante todo el día.
Asimismo, los miembros de la Asociación colaborarán en el “apartado”,
faenado de los novillos, dejándolos en el corral más idóneo para su “suelta” por la
tarde.
5.- La Asociación “Amigos de La Saca” se obliga a encerrar los novillos en los
corrales de la Cañada Honda del Monte de Valonsadero el día “Miércoles el Pregón”
para posibilitar su suelta el “Jueves La Saca”.
6.- La Asociación “Amigos de La Saca” se compromete a colaborar con el Excmo.
Ayuntamiento de Soria en la organización y desarrollo del festejo tradicional de “La
Saca” tanto con personal “a pie” como con caballistas.
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7.- La Asociación se compromete a recoger el ganado bravo y de manseo que se
utilizan en los festejos de “La Saca”, “Lavalenguas” y “La Compra”, en caso de que
se “escapen”, de acuerdo a las indicaciones de la Comisión de Participación
Ciudadana con el apoyo y colaboración de los medios humanos y materiales que
determine el propio Ayuntamiento de Soria, sobre todo en temas de seguridad.
8.- La Asociación “Amigos de La Saca” se ofrece al Ayuntamiento de Soria para que
puede designar de entre sus socios y a propuesta de la Junta Directiva de la
Asociación, las diferentes personas que desempeñen los cargos exigidos en el
Decreto 14/1999 de la Consejería de Presidencia de la Junta de Castilla y León
(Director de Campo, Mayoral………etc.) y lo dispuesto por el Excmo. Ayuntamiento
de Soria.
9.- La Asociación “Amigos de La Saca” realizará todas sus actividades con respeto a
los festejos tradicionales de San Juan de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto
14/1999 de la Consejería de Presidencia de la Junta de Castilla y León, que regule
los festejos taurinos y la Ordenanza Municipal del Excmo. Ayuntamiento de Soria.
10.- El Excmo. Ayuntamiento de Soria cederá el uso del terreno y el
aprovechamiento de los pastos como hábitat del ganado manso compuesto por un
número máximo de treinta bovinos y cinco equinos, así como las instalaciones,
infraestructuras y equipamiento existentes en los terrenos que se definirán, para
facilitar la práctica ganadera. La referencia SIGPAC de las parcelas objeto de cesión
son las siguientes:
42-900-0-0-1-20001-1
42-900-0-0-1-20001-4 (parcial)
42-900-0-0-1-20001-14 (parcial)
42-900-0-0-1-20001-23
42-900-0-0-1-20001-32
42-900-0-0-1-20001-35
Asimismo, una vez finalizado el plazo de adjudicación de pastos de las
parcelas Nº.- 2, del Polígono Nº.- 28 (Recintos: 1-3 y 29), y las del Polígono Nº.-
1, parcelas Nº.- 30001 (Recintos 1 – 2 y 9), Nº.- 50001 (Recinto 1) y Nº.- 70001
(Recinto 1), serán integradas en la cesión anterior citada, así como se permitirá el
paso en las zonas recreativas que marca el camino habitual de los festejos y
actividades que se puedan programar.
El citado ganado podrá ser cedido a la Asociación por cualquier ganadero
particular perteneciente a la citada entidad, debiendo comunicar, con la debida
antelación y en todo caso, anualmente, antes de que el ganado sea introducido en
el monte, al Excmo. Ayuntamiento de Soria y al Servicio Territorial de Agricultura y
Ganadería y Servicio Territorial de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León la
siguiente información: el propietario de las reses y la identificación de las mismas.
Igualmente, cualquier sustitución de alguna res, deberá ser autorizada por el Exmo.
Ayuntamiento de Soria y comunicada a ambos Servicios Territoriales de la Junta de
Castilla y León.
No se podrá introducir el ganado en la superficie afectada sin contar con la
autorización previa del Servicio Territorial de Medio Ambiente, quien podrá
modificar el periodo de estancia o reducir la carga máxima de ganado si se
observaran daños importantes en el terreno, en el pastizal o en otras formaciones
vegetales.
El referido ganadero quedará autorizado para el uso y aprovechamiento de
los terrenos anteriormente definidos.
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11.- El Excmo. Ayuntamiento de Soria se compromete a mantener las instalaciones
anteriormente citadas en perfecto estado en medidas de seguridad (vallado, muros,
alambradas…….) e higiene.
12.- La Asociación “Amigos de la Saca” adquiere los siguientes compromisos:
- Mantenimiento y manutención del ganado descrito anteriormente.
- Control sanitario del ganado según normativa de la Junta de Castilla y
León, con cargo a su Tesorería.
- Desparasitación y posibles enfermedades.
- Control y vigilancia diaria durante todo el año.
- Mantenimiento del estado de Cañada Honda y aledaños para una
perfecta habitabilidad del ganado.
- Mantenimiento de las traseras de la Casa del Guarda, incluida la zona del
picadero para la habitabilidad del ganado.
- Proponer al Excmo. Ayuntamiento cuantas ideas surjan para una posible
mejora en la celebración de los festejos.
- Realizar los vallados provisionales necesarios para el mejor desarrollo del
festejo de “La Saca”.
- La Asociación “Amigos de La Saca” suscribirá una póliza aseguradora de
responsabilidad civil y de daños a terceros; independientemente de los
contratados por el Excmo. Ayuntamiento de Soria para las Fiestas de San
Juan
13.- La Asociación “Amigos de La Saca” pondrá a disposición del Excmo.
Ayuntamiento de Soria el ganado manso para cualquier evento que se puede
organizar con motivos de los festejos sanjuaneros o/ en cualquier otra fecha.
14.- La Asociación “Amigos de La Saca”, previa inscripción en el Registro Municipal
de Asociaciones; podrá acogerse a las líneas de subvención de los distintos
departamentos del Excmo. Ayuntamiento de Soria.
15.- El Excmo. Ayuntamiento de Soria estudiará y valorará todas aquellas
propuestas que pueda presentar la Asociación “Amigos de La Saca”, tanto para
temas relacionados con los festejos tradicionales de la Ciudad de Soria, así como
cualquier otra actividad que pudieran fomentar, organizar o instar.
16.- El presente protocolo tendrá una duración de un año, prorrogable anualmente,
si no se denuncia por ninguna de las partes con anterioridad al 31 de diciembre de
cada año.
17.- El Excmo. Ayuntamiento de Soria concederá una ayuda económica anual de
3.000 €, en contraprestación a los referidos compromisos adquiridos por la
“Asociación Amigos de la Saca”.
18.- Este expediente, dado que se trata de un Monte de Utilidad Pública, queda
sujeto a la autorización de uso especial que debe conceder el Servicio Territorial de
Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, de acuerdo a lo establecido en los
artº 61 a 69 de la Ley 3/2009, de Montes de Castilla y León..
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7.-CONCESIÓN DE AYUDA ECONÓMICA A LAS PEÑAS SANJUANERAS PARA LAS FIESTAS DE SAN JUAN 2017.
Visto el dictamen favorable emitido por la Comisión
Informativa Permanente de Participación y Desarrollo Ciudadano de fecha 2 de junio del actual, la Junta de Gobierno Local, órgano
competente de conformidad con la delegación de atribuciones
efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda: la concesión de las ayudas
económicas que a continuación se relacionan, a las Peñas Sanjuaneras para las Fiesta de San Juan 2017:
ASOCIACIÓN CULTURAL PEÑA “EL BULLICIO” ................................ 3.200 €
ASOCIACIÓN CULTURAL PEÑA “POCA PENA” .................................. 3.200 €
ASOCIACIÓN CULTURAL PEÑA “EL CUADRO” .................................. 3.200 €
ASOCIACIÓN CULTURAL PEÑA “DESBARAJUSTE” .......................... 3.200 €
ASOCIACIÓN CULTURAL PEÑA “ILUSIÓN” ...................................... 3.200 €
ASOCIACIÓN CULTURAL PEÑA “ LOS QUE FALTABAN”..…………………….. 3.200 €
8.-APROBACIÓN DE CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA EL
CAMPEONATO DE ESPAÑA PROFESIONALES, ELITE Y SUB23.
Visto el Convenio de Colaboración a suscribir con la Real
Federación Española de Ciclismo para la celebración del Campeonato
de España de Profesionales, Elite y Sub23, la Junta de Gobierno
Local, órgano competente de conformidad con la delegación de
atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio
de dos mil quince, por unanimidad, acuerda: Prestar su conformidad
al mismo, habilitando a la Alcaldía para su firma, cuyo contenido es el
siguiente:
Convenio de Colaboración Campeonato de España Profesionales, Elite y Sub23
En la ciudad de Soria, a ____ de _______________ 2017
REUNIDOS De una parte, Don José Luis López Cerrón, mayor de edad, con domicilio a los efectos en Ferraz 16, 5ª Madrid, provisto de D.N.I. número 12230816Z. Interviene en nombre y representación de la Real Federación Española de Ciclismo domiciliada en la C/ Ferraz, 16 - 5º de Madrid y con CIF número Q2878012J, en calidad de Presidente de la misma, cargo que asegura vigente.
En adelante, RFEC.
De otra parte, Don Luis Alfonso Rey De Las Heras, mayor de edad. Interviene en nombre y representación de Excma. Diputación Provincial de Soria, domiciliada en C/Caballeros, 16 de Soria y con CIF P4200000J, en calidad de Presidente, cargo que asegura vigente.
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En adelante, la Diputación. De otra parte, Don Carlos Martínez Mínguez, mayor de edad. Interviene en nombre y representación de Excmo. Ayuntamiento de Soria, domiciliado en la Plaza Mayor, 9 de Soria y con CIF, en calidad de P427700D, cargo que asegura vigente. En adelante, el Ayuntamiento.
Las partes se reconocen mutua y recíprocamente capacidad y legitimación suficientes para suscribir este convenio de colaboración (en adelante “el convenio”), asegurando cada parte que los poderes con que respectivamente actúan no han sido revocados ni limitados, y que son bastantes para obligar a sus representados en este acto, y en su virtud
EXPONEN
I.- Que la Real Federación Española de Ciclismo es la titular y propietaria exclusiva, conforme a lo establecido en sus Estatutos por aplicación de la Ley 10/1990, de 15 de octubre y normas que la desarrollan, de los CAMPEONATOS DE ESPAÑA CICLISMO EN CARRETERA DE PROFESIONALES, ELITES Y SUB 23. II. Que el Ayuntamiento y la Diputación desean colaborar en la realización de los fines de la
RFEC, mediante la participación en la organización del Campeonato de España citado de acuerdo con el siguiente convenio de colaboración. III. Que las partes convienen otorgar el presente CONVENIO DE COLABORACIÓN
EMPRESARIAL EN ACTIVIDADES DE INTERÉS GENERAL, de los previstos en el artículo 25 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo, de acuerdo con las siguientes:
ESTIPULACIONES
PRIMERA: Objeto del convenio. Por medio del presente convenio, la Diputación Provincial de Soria y el Ayuntamiento de
Soria colaborarán en la organización de las actividades, eventos y actos conmemorativos que se organizan con motivo del CAMPEONATO DE ESPAÑA CICLISMO EN CARRETERA DE PROFESIONALES, ELITES Y SUB 23 a celebrar del 22 al 25 de junio 2017, a desarrollar en Soria capital y provincia, con el alcance y condiciones establecidos en el presente documento. A fin de alcanzar dicho objeto, el Ayuntamiento y la Diputación asumen el compromiso de
efectuar las aportaciones (económicas/ en especie/logísticas) que se indican en el presente documento, y en el Anexo I que se adjunta como parte inseparable del mismo.
Por su parte, la RFEC se compromete a difundir la participación del Ayuntamiento y la Diputación en sus actividades en los términos que quedan indicados en el presente convenio.
SEGUNDA: Naturaleza.
Ambas partes declaran que el presente convenio de colaboración empresarial en actividades de interés general tiene la naturaleza de los previstos en el artículo 25 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal en las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo, y que en ningún caso debe considerarse que persigue los fines de los contratos de patrocinio publicitario recogidos en el artículo 24 de la Ley 34/1988, de 11 de
noviembre, General de Publicidad. A todos los efectos, la difusión de la participación de la Diputación y el Ayuntamiento en la actividad de la RFEC no constituirá una prestación de servicios
TERCERA: Aportaciones.
El Ayuntamiento y la Diputación, con las finalidades expresadas en las cláusulas anteriores y manteniéndose las condiciones bajo las que suscribe el presente convenio, aportarán la
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infraestructura y servicios establecidos en el Anexo I que se adjunta al presente convenio,
necesarios para la organización del evento deportivo, siendo de cuenta de la RFEC el resto de prestaciones necesarias para dicha organización. CUARTA: Difusión de la colaboración. En tanto dure el presente convenio de colaboración, la difusión de la participación del Ayuntamiento y la Diputación en las actividades del Campeonato que desarrolle la RFEC se
llevará a cabo de las siguientes maneras:
La RFEC se compromete a difundir la participación y colaboración del Ayuntamiento y la Diputación mediante la inserción del logo del Ayuntamiento y la Diputación en cuantos rótulos, impresos, catálogos, sellos, propaganda y en cualquier otra información que se publique o edite en relación con la actividad.
La RFEC se compromete a que sea mencionada la colaboración del Ayuntamiento y la Diputación en todos los actos de difusión referidos a la actividad. El Ayuntamiento y la Diputación podrán hacer pública su participación en las actividades de la RFEC, bajo la denominación de CAMPEONATOS DE ESPAÑA CICLISMO EN CARRETERA DE PROFESIONALES, ELITES Y SUB 23.
La RFEC deberá aportar al Ayuntamiento y la Diputación en cualquier momento información referente al desarrollo de las actuaciones llevadas a cabo con las aportaciones del Ayuntamiento y la Diputación.
En todo caso, la difusión de la participación del Ayuntamiento y la Diputación en las actividades de la RFEC durante el Campeonato se limitará al uso de sus logotipos o signos
distintivos, quedando expresamente excluida de este convenio la publicidad, o la difusión de cualquier producto o servicio que pueda prestar el Ayuntamiento y la Diputación.
QUINTA: Propiedad intelectual. Las cláusulas del presente convenio no suponen en ningún caso la cesión o transmisión de
cualesquiera derechos de propiedad intelectual o industrial titularidad del Ayuntamiento y la Diputación o de la RFEC. El uso no autorizado, o para un fin distinto al pactado en el presente convenio por parte de la RFEC o del Ayuntamiento y la Diputación de cualquier signo distintivo protegido por los derechos de propiedad intelectual o industrial o intelectual de la RFEC o del Ayuntamiento y la Diputación, facultará a cualquiera de ellos para instar la resolución del presente convenio,
en cuyo caso, la entidad incumplidora se compromete a restituir a la otra parte del convenio el importe de las aportaciones realizadas, sin perjuicio de la correspondiente indemnización de daños y perjuicios a que hubiere lugar.
SEXTA: Resolución. En el supuesto de que el objeto del convenio no pudiese llevarse a cabo por incumplimiento
de los compromisos de la RFEC o de las personas o entidades que ésta hubiere designado para la realización de las actividades, el Ayuntamiento y la Diputación quedarán relevados del compromiso de abonar cualquier cantidad a partir del momento de dicho incumplimiento, si es el caso, quedando obligada la RFEC, conforme a lo dispuesto en el artículo 647 del Código Civil, a restituir al Ayuntamiento y la Diputación las cantidades percibidas, incrementadas en el interés legal del dinero.
Si la imposibilidad de cumplir el objeto del convenio se debiese a cualquier otra causa ajena a la voluntad de la RFEC, se aplicará idéntica previsión en lo referido a las cantidades pendientes de abono, si bien, por lo que se refiere a las ya percibidas, no deberán ser restituidas.
SÉPTIMA. Tributos.
En la ejecución del contenido del presente convenio, cada parte soportará los tributos que se
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puedan devengar y sean de su cargo según la Ley.
OCTAVA. Jurisdicción y competencia. Las partes, con renuncia expresa al fuero que pudiera corresponderles, se someten a los juzgados y tribunales de Madrid para la resolución de cualesquiera divergencias que pudieran surgir con motivo de la interpretación o ejecución del presente convenio.
Y en prueba de conformidad con lo que antecede, las partes firman por triplicado ejemplar en lugar y fecha arriba indicados.
ANEXO I POR PARTE DE LA RFEC
La Real Federación Española de Ciclismo facilitará los siguientes servicios, incluido costes y
responsabilidades:
- Elementos de señalización de salida y llegada, es especial vallas altas y bajas, podio,
control de firmas, reloj de meta, pancartas y bandeloras, señalización de carrera y rampa de salida para las contrarrelojes, así como el personal necesario para la gestión de este trabajo (incluyendo transporte, alojamiento y manutención), y los vehículos necesarios para el correcto desarrollo.
- Control de carrera: Diseño, organización y gestión de los comisarios para todas las pruebas y categorías, incluidas tasas, gastos de alojamiento y manutención, así como los permisos necesarios para la celebración de los campeonatos.
- Locución y Megafonía para todas las pruebas. - Vehículos en carrera y servicios médicos en carrera, ambulancias y UVI móvil, coches,
motos, conductores…, para el correcto desarrollo de los campeonatos. - Medallas y Maillots: La RFEC proporcionará los maillots para los campeones y las medallas
de oro, plata y bronce a los tres primeros clasificados.
- Gabinete de Prensa y PR: Servicios de comunicación y fotógrafo oficial durante los días los campeonatos. Asimismo, y de cara a la promoción de los Campeonatos, la RFEC editará el Cartel y el Libro de Ruta oficial con la información más relevante.
- Gestión de Resultados: La RFEC proporcionará los servicios de foto-finish, informática para las inscripciones y resultados, distribución de acreditaciones, distribución de resultados y
comunicados. - Radio Vuelta: Personal especializado, receptores y emisores para el funcionamiento de
radio vuelta en todas las pruebas. - Acreditaciones, dorsales y placas: La RFEC confeccionará las acreditaciones personales y
distintivos de vehículos, así como dorsales, placas de bicicletas… - Señalización de carrera e informativa y marcaje: La RFEC elaborará la señalización
referida a carrera y a elementos auxiliares.
- Personal administrativo para el mantenimiento de la Oficina Permanente. - Viajes, estancia y alojamiento del personal RFEC. - Seguros: Pólizas de seguros de responsabilidad civil y accidentes en la carrera, en su
preparación, montaje, disputa y desmontaje, sin que las mencionadas pólizas puedan ser objeto de contraprestación publicitaria.
- Resumen Televisivo de las pruebas.
- Elaboración de una memoria justificativa y de Impacto Económico del Campeonato.
POR PARTE DEL AYUNTAMIENTO
- Realizar la aportación económica a la RFEC de 50.000 € que deberá de realizar el siguiente nº de cuenta 0075 0349 43 0606 159596
- 30% al 12 de Junio de 2017 - Resto del pago una vez aprobada la memoria justificativa y de Impacto Económico del Campeonato y tras la presentación de la siguiente documentación.
Justificación de la ayuda. Será necesaria la presentación de la siguiente documentación
para la correcta justificación del Convenio, a más tardar el 30 de octubre de 2017:
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- Dossier informativo de la actividad de promoción deportiva realizada, con el impacto
económico del campeonato - Justificación económica de los gastos realizados: facturas o copias de las mismas
debidamente compulsadas que alcancen la cuantía de la ayuda otorgada, acompañadas del pertinente justificante o comprobante bancario acreditativo del pago de las mismas.
- Certificado del Secretario (o representante legal de la Entidad beneficiaria), en el que haga constar que se ha realizado en su totalidad la actividad subvencionada, habiendo
sido destinada la subvención recibida a los fines para los que fue concedida y expresando que el importe de la misma no supera el coste realmente soportado por la Entidad, considerando otras subvenciones que pudieran habérsele concedido con la misma finalidad.
- Certificados de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y al frente de la Seguridad Social.
- Balance final de ingresos y gastos derivados de la actividad, con indicación
pormenorizada de cada uno de los conceptos incluidos en dicho balance, con especial atención a los ingresos obtenidos por las distintas ayudas públicas, así como los gastos derivados de la organización íntegra de la actividad.
A estos efectos, serán subvencionables en el presente convenio, los gastos derivados
de la actividad objeto de subvención desde el 1 de enero de 2017 hasta la fecha de
justificación del convenio.
- Zona de salida y meta: Se requieren las tomas de electricidad necesarias para alimentar todos los elementos allí ubicados, como camión podio, torre de cronometraje, megafonía… Se compromete a despejar de vehículos los espacios requeridos por la Organización para la
instalación de todas las infraestructuras necesarias, desde las 08,00 horas del día de la prueba, la línea de Meta, deberá estar cerrada al tráfico para el montaje de todas las
infraestructuras necesarias, la Policía Local facilitará los efectivos necesarios para la protección y vigilancia de dichos trabajos. También se dispondrá de un servicio de voluntariado en los puntos conflictivos y en la zona de salida y meta, y que podrá ser garantizado por los clubes locales o por otro tipo de
personal.
- Control antidopaje: El Ayuntamiento en el que se celebren competiciones pondrá a disposición de la AEPSAD, Agencia Antidopaje Española, que tiene la competencia en materia de realización de los controles del campeonato, una sala y el material necesario para la realización de los mismos.
- Oficina permanente: Se deberá poner a disposición de la organización un local idóneo para acoger los servicios que se exponen a continuación y a la que sólo tendrá acceso las personas relacionadas con el campeonato. La oficina se habilitará preferiblemente en la
localidad que acoja la prueba reina, desde donde se centralizarán los servicios de acreditaciones, inscripciones, control de licencias y gestión de clasificaciones, así como zona delimitada para comisarios y control de pagos. Dicha oficina estará en servicio la víspera del
campeonato y dos horas después de terminar cada prueba o hasta que el jurado técnico haya terminado su trabajo y entregado las calificaciones. Además, se dispondrá de un salón de actos o sala de reuniones, con capacidad para 50 personas para la celebración de reuniones de directores, entre otros. También, una zona para la prensa próxima a la línea de llegada con una sala y capacidad para 30 personas.
- Entrega de premios: el Ayuntamiento y la Diputación aportará el servicio necesario para el
protocolo de entrega de premios y 10 ramos de flores para los vencedores de cada una de las categorías disputadas en los campeonatos.
Libro de Ruta: el Ayuntamiento y la Diputación suministrará a la RFEC saluda de los
máximos responsables institucionales (Presidente Comunidad Autónoma, Alcalde de la localidad, etc., así como información turística de la localidad y de la Comunidad Autónoma para la promoción de la misma en el Libro de Ruta que se entregará a los ciclistas y que se publicará en Internet).
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POR PARTE DE LA DIPUTACIÓN
- Realizar la aportación económica a la RFEC de 30.000 € que deberá de realizar el siguiente nº de cuenta 0075 0349 43 0606 159596
- 30% al 12 de Junio de 2017 - Resto del pago 30 días después del campeonato y tras la presentación de la siguiente documentación:
Justificación de la ayuda. Será necesaria la presentación de la siguiente documentación
para la correcta justificación del Convenio, a más tardar el 30 de octubre de 2017:
- Dossier informativo de la actividad de promoción deportiva realizada, con el impacto económico del campeonato
- Justificación económica de los gastos realizados: facturas o copias de las mismas debidamente compulsadas que alcancen la cuantía de la ayuda otorgada,
acompañadas del pertinente justificante o comprobante bancario acreditativo del pago de las mismas.
- Certificado del Secretario (o representante legal de la Entidad beneficiaria), en el que haga constar que se ha realizado en su totalidad la actividad subvencionada, habiendo sido destinada la subvención recibida a los fines para los que fue concedida y expresando que el importe de la misma no supera el coste realmente soportado por la
Entidad, considerando otras subvenciones que pudieran habérsele concedido con la misma finalidad.
- Certificados de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y al frente de la Seguridad Social.
- Balance final de ingresos y gastos derivados de la actividad, con indicación pormenorizada de cada uno de los conceptos incluidos en dicho balance, con especial atención a los ingresos obtenidos por las distintas ayudas públicas, así como los
gastos derivados de la organización íntegra de la actividad.
A estos efectos, serán subvencionables en el presente convenio, los gastos derivados
de la actividad objeto de subvención desde el 1 de enero de 2017 hasta la fecha de
justificación del convenio.
- Zona de salida y meta: Se requieren las tomas de electricidad necesarias para alimentar todos los elementos allí ubicados, como camión podio, torre de cronometraje, megafonía… Se compromete a despejar de vehículos los espacios requeridos por la Organización para la instalación de todas las infraestructuras necesarias, desde las 08,00 horas del día de la prueba, la línea de Meta, deberá estar cerrada al tráfico para el montaje de todas las infraestructuras necesarias, la Policía Local facilitará los efectivos necesarios para la
protección y vigilancia de dichos trabajos.
También se dispondrá de un servicio de voluntariado en los puntos conflictivos y en la zona de salida y meta, y que podrá ser garantizado por los clubes locales o por otro tipo de personal.
- Control antidopaje: El Ayuntamiento en el que se celebren competiciones pondrá a
disposición de la AEPSAD, Agencia Antidopaje Española, que tiene la competencia en materia de realización de los controles del campeonato, una sala y el material necesario para la realización de los mismos.
- Oficina permanente: Se deberá poner a disposición de la organización un local idóneo para acoger los servicios que se exponen a continuación y a la que sólo tendrá acceso las
personas relacionadas con el campeonato. La oficina se habilitará preferiblemente en la localidad que acoja la prueba reina, desde donde se centralizarán los servicios de acreditaciones, inscripciones, control de licencias y gestión de clasificaciones, así como zona
delimitada para comisarios y control de pagos. Dicha oficina estará en servicio la víspera del campeonato y dos horas después de terminar cada prueba o hasta que el jurado técnico haya terminado su trabajo y entregado las calificaciones. Además se dispondrá de un salón
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de actos o sala de reuniones, con capacidad para 50 personas para la celebración de
reuniones de directores, entre otros. También, una zona para la prensa próxima a la línea de llegada con una sala y capacidad para 30 personas.
- Entrega de premios: el Ayuntamiento y la Diputación aportará el servicio necesario para el protocolo de entrega de premios y 10 ramos de flores para los vencedores de cada una de las categorías disputadas en los campeonatos.
Libro de Ruta: el Ayuntamiento y la Diputación suministrará a la RFEC saluda de los máximos responsables institucionales (Presidente Comunidad Autónoma, Alcalde de la
localidad, etc., así como información turística de la localidad y de la Comunidad Autónoma para la promoción de la misma en el Libro de Ruta que se entregará a los ciclistas y que se publicará en Internet).
9.-ADJUDICACIÓN DE CONTRATO DEL SERVICIO DE
MANTENIMIENTO, DINAMIZACIÓN Y GESTIÓN DEL ESPACIO
JOVEN LA CLAVE, DE LA CONCEJALIA DE JUVENTUD DEL
EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SORIA.
Visto el expediente de referencia, visto así mismo el dictamen
emitido por la Mesa de Contratación de fecha 7 de junio del actual y
de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo
3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, la Junta de
Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación
de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de
julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:
PRIMERO.- Excluir la plica presentada por D. Ignacio Benito Ciria, en representación de la empresa SISTEMAS DE PREVENCIÓN
DUERO, S.L. (SEPRIL), porque su propuesta no se ajusta al Pliego de prescripciones técnicas en cuanto al personal que va a ejecutar el
contrato y el currículum del mismo que debía presentarse.
SEGUNDO.- Adjudicar el contrato de prestación del servicio de
mantenimiento, dinamización y gestión del Espacio Joven “La Clave”,
a favor de la empresa NOVIEMBRE III JOVEN, S.L., representada por
D. Roberto Jiménez Sánchez, en el precio de 101.120,00€/año más
IVA, por ser el licitador que ha realizado la oferta más ventajosa.
TERCERO.- Citar al adjudicatario para la firma del contrato en
documento administrativo en la Sección de Contratación de este
Ayuntamiento dentro del plazo de quince días hábiles a contar desde
la recepción del presente acuerdo.
CUARTO.- Que por parte de esta Alcaldía se proceda a la firma
del contrato administrativo.
10.-ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DEL SUMINISTRO DE
ENERGÍA ELÉCTRICA PARA EL AYUNTAMIENTO DE SORIA.
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Visto el expediente de referencia, así como el dictamen emitido
por la Mesa de Contratación de fecha 7 de junio del actual, y de
conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 3/2011,
de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la
Ley de Contratos del Sector Público, la Junta de Gobierno Local,
órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones
efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil
quince, por unanimidad, acuerda:
PRIMERO.- Adjudicar el contrato de suministro de energía
eléctrica para el Ayuntamiento de Soria, a favor de la empresa IBERDROLA CLIENTES, S.A.U., representada por D. José Esteban
Plaza, en el siguiente precio:
P1 P2 P3
3,0 A 11,1219 8,7755 5,8661
2,1DHA 15,9468 ----------------- 7,3001
2,1A 15,0114 ----------------- -----------------
2,0DHA 14,6377 ----------------- 6,1337
2,0A 12,1054 ----------------- -----------------
Dando traslado a los licitadores de la siguiente puntuación
obtenida:
1º.- IBERDROLA CLIENTES…………… 99,78 PUNTOS.
2º.- A-DOS ENERGIA………………………… 98,74 PUNTOS.
3º.- ALDRO ENERGIA………………………… 98,35 PUNTOS.
4º.- NEXUS ENERGIA………………………… 97,57 PUNTOS.
5º.- GAS NATURAL SERVICIOS…… 97,37 PUNTOS.
6º.- WATIUM……………………………………… 96,73 PUNTOS.
7º.- AURA ENERGIA…………………………… 95,85 PUNTOS.
8º.- ENDESA ENERGIA……………………… 91,39 PUNTOS.
SEGUNDO.- Citar al adjudicatario para la firma del contrato en
documento administrativo en la Sección de Contratación de este
Ayuntamiento dentro del plazo de quince días hábiles a contar desde
la recepción del presente acuerdo.
TERCERO.- Que por parte de esta Alcaldía se proceda a la
firma del contrato administrativo.
11.-ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE ORQUESTAS Y
DISCOTECAS MÓVILES A CELEBRAR EN LAS FERIAS Y FIESTAS
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DE LA CIUDAD DE SORIA Y SUS BARRIOS DURANTE EL AÑO
2017.
Visto el expediente de referencia, visto así mismo el dictamen
emitido por la Mesa de Contratación de fecha 7 de junio del actual y
de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo
3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, la Junta de
Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación
de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de
julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:
PRIMERO.- Adjudicar el contrato de verbenas a celebrar en las
Ferias y Fiestas de la Ciudad de Soria y sus Barrios durante el año
2017, a favor de D. Julián García Molinero (nombre comercial
ANIMATIK PRODUCCIONES Y ESPECTÁCULOS), en el precio de
31.999,00 euros IVA incluido, por ser el licitador que ha realizado la
oferta más ventajosa, dando traslado a los licitadores de la siguiente
puntuación obtenida:
nº 1: ANIMATIK PRODUCCIONES Y ESPECTÁCULOS, con una
puntuación total de 72,75 puntos. nº 2: ESPECTACULOS LA RIBERA, con una puntuación total de
60,90 puntos.
SEGUNDO.- Citar al adjudicatario para la firma del contrato en
documento administrativo en la Sección de Contratación de este
Ayuntamiento dentro del plazo de los diez días hábiles a contar desde
la recepción del presente acuerdo.
TERCERO.- Que por parte de esta Alcaldía se proceda a la
firma del contrato administrativo.
12.-APROBACIÓN DE PROYECTO DE EJECUCIÓN Y
AUTORIZACIÓN DEL INICIO DE LAS OBRAS PARA TIENDA DE
BRICOLAJE EN C/ A C/V C/ D, PARCELA 9 DEL POLÍGONO
INDUSTRIAL “LAS CASAS” DE ESTA CIUDAD.
Visto el proyecto de ejecución para tienda de bricolaje en C/ A
c/v C/ D, parcela 9 del Polígono Industrial “Las Casas” de esta ciudad,
según proyecto promovido por Euro Activ Promociones Integrales de
Proyecto Comerciales, S.L y suscrito por el técnico D. Luis Biarge
Ruiz.
El expediente ha sido informado favorablemente por los Servicios Técnicos Municipales, así como por la Técnico de
Administración General en fecha 8 de junio del actual.
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La Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde
en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:
Aprobar el proyecto de ejecución para la construcción de
edificación destinada a tienda de bricolaje a ubicar en C/ A c/v C/ D,
parcela 9 del Polígono Industrial “Las Casas” de esta ciudad según
proyecto promovido por Euro Activ Promociones Integrales de
Proyecto Comerciales, S.L y suscrito por el técnico D. Luis Biarge Ruiz
y autorizar el inicio de las obras debiendo cumplir con las siguientes
prescripciones, además de las indicadas en los informes emitidos al
respecto:
Deberá depositarse una fianza de gestión de residuos,
además de la indicada con la aprobación del proyecto básico, por importe de 13.257,73 €.
Con carácter previo al inicio de la actividad deberá comunicar su puesta en marcha en el Ayuntamiento de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 del Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención
Ambiental de Castilla y León, sin perjuicio de las competencias de otros organismos en la materia
De conformidad con lo establecido en el art. 300 del RUCyL, deberá instalarse y mantenerse durante el tiempo que duren
las obras, un cartel informativo conforme a las siguientes reglas:
En el cartel informativo debe indicarse el objeto, número y fecha de la licencia, así como la
identidad del titular de la licencia, proyectista, del constructor y de los directores de obra y de
ejecución. Es responsabilidad del promotor que la información sea veraz y esté actualizada.
El cartel informativo debe ubicarse en el acceso a las obras, en lugar visible desde la vía pública, y
sin riesgo para la seguridad vial o para tercero.
FUERA DEL ORDEN DÍA
Discutidos los asuntos incluidos en el Orden del Día, la Junta de
Gobierno Local previa declaración de urgencia, en base a la perentoriedad de los plazos y necesidades técnico-administrativas
concurrentes; de conformidad con lo dispuesto en el Art. 83 del
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Reglamento de Organización, Funciona-miento y Régimen Jurídico de
las Entidades Locales y aprobada con el quórum previsto en el Art. 47.3, de la Ley 7/1.985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local; delibera sobre los asuntos que se indicarán y adopta
los siguientes acuerdos:
1.- APROBACIÓN DE LOS SERVICIOS EXTRAORDINARIOS EN
FIESTAS DE SAN JUAN PARA LOS AÑOS 2017 Y 2018.
Visto el acuerdo firmado por los sindicatos SPPME, CCOO. Y CSIF y de conformidad con el dictamen favorable emitido por la
Comisión Municipal Informativa de Organización y Modernización
Administrativa de fecha 8 de junio del actual, la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de
atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:
Aprobar el acuerdo de servicios extraordinarios en Fiestas de
San Juan para los años 2017 y 2018 en los términos siguientes:
PRIMERO.- Los trabajos extraordinarios absolutamente necesarios e imprescindibles para la organización y el perfecto
desarrollo de las Fiestas de San Juan, serán abonados al personal interviniente por el Excmo. Ayuntamiento de Soria.
SEGUNDO.- El personal municipal que presta sus servicios en
el Almacén Municipal, Bomberos (excepto aquellos a quienes por su
turno de trabajo les corresponda prestar servicio), Parques y Jardines y otros servicios que puedan verse afectados (con excepción de la
Policía Local), percibirán por los trabajos realizados los días del “Catapán”, “Desencajonamiento”, “Lavalenguas”, “La Compra”,
“Miércoles El Pregón” (fuera de la jornada ordinaria de trabajo), “Jueves La Saca”, “Viernes de Toros”, “Sábado Agés”, “Domingo de
Calderas” y “Lunes de Bailas”, las siguientes gratificaciones:
- Año 2.017: 36 € por cada hora de servicios prestados. - Año 2.018: 38 € por cada hora de servicios prestados.
Estas cantidades no se incrementarán con la subida de la Ley
de Presupuestos Generales del Estado, a no ser que dichos incrementos sean superiores a lo anteriormente pactado.
TERCERO.- Los trabajos, que serán los que habitualmente vienen requiriendo la organización de los festejos, serán certificados
por el correspondiente Jefe de Servicio y conformados con el Concejal Delegado de cada área.
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CUARTO.- La distribución de los servicios y tareas entre el
personal afectado se realizará de forma no discriminatoria y con una adecuada rotación, a cuyos efectos el personal que desee prestar
servicio con carácter voluntario los citados días, deberá apuntarse en
la lista que al efecto se creará antes del 15 de abril elaborándose los correspondientes cuadrantes que reflejen los servicios para todos los
festejos de San Juan. Dicho cuadrante estará elaborado antes del 20 de mayo, para que se tenga conocimiento por parte del personal.
En la Policía Local corresponderá a la Jefatura del Cuerpo la distribución del personal.
QUINTO.- Respecto a los funcionarios de la Policía Local, tales
trabajos extraordinarios serán retribuidos de la siguiente forma:
5.1) El personal a quien corresponda prestar servicio, dentro de su turno ordinario, cualquiera de los días
citados en el apartado segundo anterior, percibirá una gratificación de 110,- € por cada día de trabajo, además
de la cantidad por trabajo en festivos establecida en el
Capítulo V.5.3 del vigente Acuerdo sobre condiciones de trabajo y retribuciones del personal funcionario, que le
pudiera corresponder, no percibiendo cantidad alguna con motivo de posibles prolongaciones de jornada.
5.2) Los funcionarios de la Policía Local que, de
conformidad con los vigentes cuadrantes de trabajo, se encuentren libres de servicio y se incorporen al mismo,
percibirán las cantidades que se indican a continuación por festejo completo
“Catapán” (turno de tarde y noche): 177,- €
“Desencajonamiento” (turnos de mañana, tarde y noche): 177,- €
“Lavalenguas” (turnos de mañana, tarde y noche
del sábado al domingo): 177,- € “La Compra” (turnos de mañana, tarde y noche
del sábado al domingo): 177,- €. “Miércoles el Pregón” (turno de tarde): 177,- €.
“Miércoles el Pregón” (turno de noche del miércoles al jueves): 243,- €.
“Jueves la Saca” (turnos de mañana, tarde y noche del jueves al viernes): 243,- €; si hay
prolongación de jornada superior a 4 horas: 375 €.
“Viernes de Toros” (turnos de mañana, tarde y noche del viernes al sábado): 243,- €; si hay
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prolongación de jornada superior a 4 horas: 375
€. “Sábado Agés” (turnos de mañana y tarde):177,-€
“Sábado Agés” (turno de noche del sábado al
domingo): 243,- €. “Domingo de Calderas” (turnos de mañana, tarde
y noche del domingo al lunes): 177,- €. “Lunes de Bailas” (turno de mañana): 177,- €.
“Lunes de Bailas” (turno de tarde y turno de noche del lunes al martes): 243,- €.
Estas cantidades se incrementarán cada año
conforme a la Ley de Presupuesto Generales del Estado.
5.3) Aquellos funcionarios de la Policía Local que, por su
cuadrante de trabajo, les corresponda prestar servicio en la semana de Fiestas, podrán realizar servicio, con
carácter voluntario, cualquiera de los restantes días de
Fiestas, percibiendo como contraprestación las cantidades que se indican en el apartado 5.2) anterior.
5.4) Los funcionarios de la Policía Local que deseen
prestar servicio con carácter voluntario los citados días, deberán comunicarlo a Jefatura antes del día 15 de Abril
de cada año, elaborándose a fecha 20 de Mayo los correspondientes cuadrantes que reflejen los servicios
para las Fiestas de San Juan.
5.5) El funcionario de la Policía Local que ejerza funciones de Delegado Gubernativo, en los términos establecidos en
el Reglamento de Espectáculos Taurinos Tradicionales, percibirá una compensación económica de 150 €.
5.6) Los Agentes con destino en segunda actividad, podrán realizar servicio de manera voluntaria en San
Juan, con los siguientes condicionantes:
- Por parte de la Jefatura de Policía, se elaborará un catálogo de puestos susceptibles de ser ocupados por
personal de segunda actividad. - Los Agentes en Segunda Actividad que se presenten
voluntarios a trabajar en Fiestas, prestarán servicio de manera preferente en los puestos del catálogo
mencionado. - El resto de puestos sólo podrán ser prestados por
personal que no están en Segunda actividad. En caso
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de haber puestos vacantes podrán ser ocupados por el
personal de Segunda Actividad, siempre mediando informe de la Jefatura.
SEXTO.- La posible dispensa del servicio con motivo de las Fiestas de San Juan, excluirá a un funcionario del Registro General el
“Viernes de Toros” y el “Lunes de Bailas” y a un Ordenanza, en horario de 9’00 a 14’00 horas, que se retribuirán con arreglo a la
gratificación establecida en el apartado segundo del presente acuerdo.
SEPTIMO.- Excepto en el supuesto previsto en el apartado
5.1) de este acuerdo, la percepción de las gratificaciones por prestación de servicios extraordinarios citadas, no podrá
compatibilizarse con ningún otro tipo de beneficio de los establecidos en los vigentes Acuerdo y Convenio Colectivo del personal al servicio
del Excmo. Ayuntamiento de Soria, tales como percepción, acumulación o compensación de horas, festivos, etc.
OCTAVO.- El presente acuerdo tendrá vigencia durante las Fiestas de San Juan de al menos los años 2.017 y 2.018,
prorrogándose para años sucesivos, si no media denuncia expresa por cualquiera de las partes, con anterioridad al 1º de Febrero del
correspondiente año; en el supuesto de prórroga, las cantidades indicadas en el presente acuerdo se incrementarán en el porcentaje
que para cada año señale la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
A las diez horas y treinta y cinco minutos finaliza la sesión, doy
fe, el Secretario General.
Vº Bº EL ALCALDE ACCIDENTAL,
Fdo. Luis A. Rey de las Heras.