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1 SESIÓN ORDINARIA DEL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE VALVERDE DE 3 DE MARZO DE 2.009 . SR. ALCALDE-PRESIDENTE D. Agustín Padrón Benítez SRES. CONCEJALES Dª. Francisca Casañas Castañeda D. Juan Manuel García Casañas Dª. Manuela Padrón Hernández Dª. Pilar Mora González Dª. Ana Isabel Brito Brito D. Ramiro R. Sánchez Rodríguez D. Anatael Barrera Brito D. Inocencio Hernández González Dª Mª Dolores Padrón Zamora. SR. SECRETARIO D. Juan Pablo Martín González En Valverde, Isla del Hierro, provincia de Santa Cruz de Tenerife, siendo las diecinueve y treinta horas del día tres de marzo de dos mil nueve, se reúne en el Salón de Actos de la Casa Consistorial, el Pleno de este Ayuntamiento al objeto de celebrar sesión Ordinaria, con la asistencia de los señores Concejales que al margen se expresan, no asiste el concejal D. Marcelo Padrón Morales, quien excusa su asistencia y bajo la Presidencia del Sr. Alcalde- Presidente, D. Agustín Padrón Benítez, y actuando como Secretario el de esta Corporación Don Juan Pablo Martín González El Sr. Presidente declaró abierto el acto, estando constituido el Pleno por asistir un tercio del número legal de sus miembros, pasándose a continuación a dar comienzo con arreglo al Orden del Día. Por parte del Sr. Hernández González, plantea una cuestión de orden manifestando que, al mismo tiempo, que reconoce la predisposición del Alcalde en la realización de los Plenos, procurando la disponibilidad de los miembros para estar presentes, debe insistir en que los Plenos Ordinarios se celebren en su periodicidad y fechas prefijadas, pues desde octubre no se celebra Pleno con este carácter. El Sr. Alcalde expresa que esta de acuerdo y lo tendrá en cuenta. A/ PARTE PLENARIA RESOLUTIVA 1.- APROBACIÓN SI PROCEDE DEL ACTA DE LAS SESION ANTERIOR Por unanimidad se aprueba el Acta de la Sesión Extraordinaria de 23 de diciembre de 2.008. 2.- REGLAMENTO DEL MERCADILLO MUNICIPAL DE VALVERDE. Dada lectura por el Sr. Secretario del Dictámen emitido al respecto por la Comisión Informativa de Urbanismo, Obras y Servicios Varios, en sesión de 25 de febrero de 2.009, en el que se expresa: Dada lectura de la Propuesta de la Alcaldía de 10-02-2.009, en el que se expresa: “Resultando que el Pleno Municipal en sesión de 30 de octubre de 2.008, aprobó:

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    SESIÓN ORDINARIA DEL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE VALVERDE DE 3 DE MARZO DE 2.009. SR. ALCALDE-PRESIDENTE D. Agustín Padrón Benítez SRES. CONCEJALES Dª. Francisca Casañas Castañeda D. Juan Manuel García Casañas Dª. Manuela Padrón Hernández Dª. Pilar Mora González Dª. Ana Isabel Brito Brito D. Ramiro R. Sánchez Rodríguez D. Anatael Barrera Brito D. Inocencio Hernández González Dª Mª Dolores Padrón Zamora. SR. SECRETARIO D. Juan Pablo Martín González

    En Valverde, Isla del Hierro, provincia de Santa Cruz de Tenerife, siendo las diecinueve y treinta horas del día tres de marzo de dos mil nueve, se reúne en el Salón de Actos de la Casa Consistorial, el Pleno de este Ayuntamiento al objeto de celebrar sesión Ordinaria, con la asistencia de los señores Concejales que al margen se expresan, no asiste el concejal D. Marcelo Padrón Morales, quien excusa su asistencia y bajo la Presidencia del Sr. Alcalde-Presidente, D. Agustín Padrón Benítez, y actuando como Secretario el de esta Corporación Don Juan Pablo Martín González

    El Sr. Presidente declaró abierto el acto, estando constituido el Pleno por asistir un tercio del número legal de sus miembros, pasándose a continuación a dar comienzo con arreglo al Orden del Día.

    Por parte del Sr. Hernández González, plantea una cuestión de orden manifestando que, al mismo

    tiempo, que reconoce la predisposición del Alcalde en la realización de los Plenos, procurando la disponibilidad de los miembros para estar presentes, debe insistir en que los Plenos Ordinarios se celebren en su periodicidad y fechas prefijadas, pues desde octubre no se celebra Pleno con este carácter.

    El Sr. Alcalde expresa que esta de acuerdo y lo tendrá en cuenta.

    A/ PARTE PLENARIA RESOLUTIVA

    1.- APROBACIÓN SI PROCEDE DEL ACTA DE LAS SESION ANTERIOR

    Por unanimidad se aprueba el Acta de la Sesión Extraordinaria de 23 de diciembre de 2.008.

    2.- REGLAMENTO DEL MERCADILLO MUNICIPAL DE VALVERDE.

    Dada lectura por el Sr. Secretario del Dictámen emitido al respecto por la Comisión Informativa de Urbanismo, Obras y Servicios Varios, en sesión de 25 de febrero de 2.009, en el que se expresa:

    “Dada lectura de la Propuesta de la Alcaldía de 10-02-2.009, en el que se expresa:

    “Resultando que el Pleno Municipal en sesión de 30 de octubre de 2.008, aprobó:

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    “1º.- Que por parte de este M.I. Ayuntamiento en el ejercicio de la potestad reglamentaria que le atribuye el art. 4.1.a de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, se regule la ubicación, finalidad, funcionamiento y otras normas para el Mercadillo Municipal de Valverde para ayudar a solucionar los graves problemas de comercialización que actualmente padecen los agricultores, ganaderos y artesanos, dando oportunidad a estos para que puedan vender sus productos directamente a los consumidores”.

    Visto el Texto del Reglamento Municipal del Mercadillo de Valverde, redactado en virtud de la Providencia de la

    Alcaldía, de fecha 6 de febrero de 2.009, obrante en el expediente. Visto el informe preceptivo emitido al respecto por el Secretario-Interventor de la Corporación, de fecha, 9 de

    febrero de 2.009. En consecuencia, esta Alcaldía, previo Dictamen de la Comisión de Régimen Interior, Personal y Hacienda,

    eleva al Pleno de la Corporación las siguientes

    PROPUESTAS DE ACUERDO

    PRIMERO: Aprobar con carácter provisional el Reglamento del Mercadillo de Valverde, cuyo texto que acompaña a la presente como Anexo.

    SEGUNDO: Exponer al público, conforme al artº. 17 del R.D.L. 2/2.004 por el que se aprueba el Texto

    Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, durante el plazo de 30 días, para que dentro de este plazo los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Se publique anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de Edictos de la Casa Consistorial.

    TERCERO: En el supuesto de que no se presenten reclamaciones, se entenderá aprobado definitivamente el

    presente acuerdo y ordenación que será ejecutivo sin más trámite, una vez se haya publicado íntegramente el acuerdo y texto del Reglamento.

    Tras deliberación, esta Comisión, por unanimidad propone al Pleno su aprobación”.

    Tras deliberación, este Pleno acuerda por unanimidad, ratificarse en el Dictamen de la Comisión.

    ANEXO

    REGLAMENTO DEL MERCADILLO MUNICIPAL DE VALVERDE

    CAPITULO I.- PRESCRIPCIONES GENERALES: Artículo 1. De la ubicación y Finalidad del Mercadillo. La ubicación del Mercadillo de Valverde se establece en el espacio aledaño al recinto ferial de San

    Isidro en la zona de Santiago, en las instalaciones y superficie habilitada para este objeto. La finalidad de este Mercadillo será, fundamentalmente, la de ayudar a solucionar los graves

    problemas de comercialización que actualmente padecen los agricultores, ganaderos y artesanos, dando oportunidad a éstos para que puedan vender sus productos directamente a los consumidores.

    Artículo 2.- De las personas que pueden concurrir al mercadillo. 1º.- Al Mercadillo podrán concurrir como vendedores, solamente agricultores, ganaderos y

    artesanos, y organizaciones de éstos existentes en la Isla de El Hierro y legalmente constituidos; así como representantes legales de todos ello, debidamente autorizados.

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    2º.- Los agricultores, ganaderos y artesanos a los que se refiere el apartado 1º. de este artículo podrán pertenecer a cualquier municipio de la Isla de El Hierro, estableciéndose, no obstante, un orden preferencial conforme a las siguientes cuotas de participación:

    a) El 75% del total de los puestos corresponderá a agricultores, ganaderos y artesanos del Municipio de Valverde.

    b) El otro 25% corresponderá a agricultores, ganaderos y artesanos de los restantes municipios de

    la Isla de El Hierro.

    3º. Los porcentajes anteriormente definidos podrán ser objeto de modificación por la Junta de Gobierno Local.

    Artículo 3.- De los productos objeto de comercialización. Se podrán vender todos los productos agrícolas, ganaderos o artesanales que cumplan las

    condiciones legales establecidas o que puedan establecerse en las leyes vigentes, que hayan sido producidos en la Isla de El Hierro por los agricultores, ganaderos o artesanos vendedores o sus representantes legales debidamente autorizados y organizaciones de aquellos grupos, cooperativas, etc.

    Artículo 4.- De los días y horarios de apertura. Serán días de venta los sábados, en horario de 8 de la mañana a 2 de la tarde. Por la Alcaldía se podrá ampliar y/o modificar el calendario de los días de Marcadillo en forma

    motivada y siendo anunciado mediante publicación de Bandos con una antelación de una semana. Artículo 5.- De los puestos y lugares en el Mercadillo.

    1.- La adjudicación de los puestos del Mercadillo se efectuará, semestralmente, por la Junta de

    Gobierno Local, en atención al orden de presentación de solicitudes por puestos de venta y repartidas entre los distintos productos y actividades y según el orden de preferencia indicado en el artº. 2.2º. de este Reglamento.

    La no asistencia al puesto en su día conllevará la perdida del derecho al puesto, ocupándolo el

    siguiente en la Lista de Reserva que se constituirá con todos los solicitantes. 2.- La adjudicación de los espacios o lugares de venta, debidamente señalizados y con una

    separación de aproximadamente 1 metro, se adjudicarán, asimismo, por la Junta de Gobierno Local, previa distribución racional de los espacios en función de los distintos productos y actividades. La adjudicación se efectuará en atención al orden de presentación de solicitudes y según la preferencia indicada en el artº. 2.2º. de este Reglamento.

    La no asistencia a lugar por el adjudicatario en la hora de inicio, habilita a ser reemplazado por el

    siguiente en la lista de Reserva o, provisionalmente, para ese día por quien se halle en el lugar y lo interesara.

    3.- Los puestos se adjudicaran de forma provisional, y éstos no podrán ser cedidos a otros

    personas, aunque se tratase de familiares. Debiendo estar al frente el titular del mismo o miembro de la unidad familiar que dependa económicamente de esta actividad económica.

    4.- Las solicitudes que excedan del número de puestos o espacios a adjudicar constituirán una

    Lista de Reserva o Espacios que tendrán preferencia ante cualquier vacante o suspensión que se produzca.

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    CAPITULO II.- NORMAS DE FUNCIONAMIENTO Artículo 6.- De los precios de los productos.

    Todos los productos de venta en el Mercadillo Municipal, tienen que estar marcados de una forma clara y legible con su precio de venta al público bien por kilo o por piezas, según la naturaleza del producto.

    Artículo 7.- De la prohibición de tocar los productos.

    En todos los puestos y lugares que se estime necesario, con el fin de que sean visibles al público en general, se expondrán carteles que digan: “Se prohíbe terminantemente tocar los productos”.

    Artículo 8.- De la entrada de mercancías.

    La entrada de mercancías y su ulterior colocación en los puestos de venta deberá efectuarse al

    menos una media hora antes de la apertura del Mercadillo al público. Artículo 9.- De la información de los precios. Cada vendedor ha de tener marcado o etiquetado el precio de cada artículo o producto y visible a

    los compradores o mediante la colocación de lista de precios por producto. Artículo 10.- De los productos cedidos. 1.- De las aportaciones que semanalmente haga cada vendedor al Mercadillo, un máximo del 20%

    podrá corresponder a productos cedidos, siempre que éstos no estén representados por productos propios o su presencia no cubra la demanda habitual de los mismos.

    2.- El porcentaje anteriormente definido podrá ser reducido mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local.

    CAPITULO III.- OBLIGACIONES DE LOS VENDEDORES.

    Artículo 11.- Del carnet de manipulador de alimentos. Los vendedores deberán estar provistos de carnet oficial de manipulador de alimentos y renovarlo

    con la periodicidad que exija la autoridad sanitaria, así como someterse a las inspecciones que en ese sentido se les gire por los facultativos afectos al servicio.

    Artículo 12.- De la exposición y conservación de los productos. 1.- Los vendedores deberán tener a la vista del público todos los artículos que expendan, quedando rigurosamente prohibido apartar, guardar, seleccionar u ocultar total o parcialmente los mismos. 2.- Los vendedores serán obligados a conservar los puestos y artículos que en los mismos expendan, en las mejores condiciones y con las máximas garantías de higiene y conservación, así como a contar con el oportuno registro sanitario, en aquellos productos en los que este registro sea exigido por la Legislación vigente. 3.- Todos los artículos se expondrán debidamente ordenados y los que así lo requiera, en recipientes que reúnan las necesarias condiciones de presentación. 4.- Las mercancías no podrán estar en contacto con el suelo o sobre sacos o sustancias permeables.

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    Artículo 13.- De la indumentaria, aseo y conducta del vendedor. 1.- Todos los vendedores deberán vestir de forma inexcusable, durante toda la jornada con

    prendas en las debidas condiciones de aseo y uso. 2.- Los vendedores estarán siempre pulcramente presentables y deberán extremar la máxima

    corrección tanto en su trato con el público como con los propios vendedores y con los funcionarios. 3.- Se prohíbe fumar a los vendedores durante el desempeño de sus funciones en el puesto

    adjudicado.

    Artículo 14.- De la documentación exigida 1.- Los adjudicatarios de puestos deberán tener siempre a disposición del Encargado Municipal responsable y de la Policía Local, justificante de haber satisfecho los derechos y demás obligaciones pecuniarias que les afecten, así como documentación correspondiente a su situación (carnet de manipuladores de alimento, documento de su representado, en su caso y carnet expedido por la Administración). 2.- La falta de presentación de tales documentos cuando ésta sea exigida, constituirá motivo suficiente para el inmediato cese de las operaciones en el puesto de que se trate. Artículo 15.- De la limpieza y aseo de los puestos. Los vendedores están obligados a cuidar de que sus respectivos puestos estén limpios, libres de residuo y en perfectas condiciones de higiene. Asimismo, una vez finalizada la jornada, el puesto debe quedar en las mismas condiciones.

    Artículo 16.- De las tasas.

    Para la fijación de las tasas habrá que estar a lo dispuesto en las correspondientes ordenanzas que establecerá las tasas para la adjudicación de puestos y cuyo objeto será el mantenimiento de las instalaciones. Artículo 17.- De las prohibiciones. Se prohíbe: 1.- El ejercicio de vendedor a toda persona que padezca enfermedad infectocontagiosa, descamo exudativo o que produzca un gran deterioro en la imagen física del vendedor. A estos efectos, los vendedores, vendrán obligados a presentar en la Administración, cuantas veces le sea exigido, el oportuno certificado médico expedido por facultativos. 2.- Efectuar toda clase de obras e instalaciones en los puestos que ocupen. 3.- Usar instrumentos de pesar o medir que no estén adaptados al sistema métrico decimal o a los modelos autorizados por los Organismos Oficiales competentes. 4.- La colocación y depósito de géneros fuera de las delimitaciones de los locales que de alguna manera puedan obstaculizar el libre tránsito del público. 5.- Vocear la naturaleza y precio de las mercancías y llamar la atención de los compradores. 6.- La tenencia de materiales inflamables o combustibles en los espacios asignados o puestos.

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    7.- El uso en el interior del Mercadillo de elementos de transporte que puedan ocasionar daños al pavimento e instalaciones. 8.- No podrán permanecer por fuera de los locales y puestos que ocupen interfiriendo el normal tráfico del público.

    CAPITULO IV.- DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS COMPRADORES. Artículo 18.- Del derecho de los compradores. 1.- Todo comprador puede denunciar ante el Ayuntamiento cuantas anomalías haya podido

    observar en la prestación del Servicio. 2.- El comprador estará en todo momento amparado por lo preceptuado en la Ley 26/1984, de 19

    de julio, General para la Defensa de Consumidores y Usuarios. 3.- Los compradores tendrán derecho a ser tratados con respeto y deferencia por los vendedores y

    personal adscrito al servicio de Mercadillo.

    Artículo 19.- De las obligaciones de los compradores.

    1.- Los compradores no podrán arrojar al suelo ninguna clase de desperdicios, envoltorios, residuos, etc., los cuales deberán ser vertidos en los recipientes o papeleras que a tal fin se encuentren colocados en los distintos lugares del Mercadillo. 2.- Como medida de higiene no se permitirá a los compradores tocar o manosear las mercancías. 3.- No se permitirá la aglomeración de público en los pasillos del Mercadillo, como tampoco la formación de tertulias o grupos que puedan impedir o dificultar de modo grave la normal circulación de los compradores. 4.- Los compradores deberán tratar con respeto y deferencia a los vendedores y al personal adscrito al servicio de Mercadillo.

    CAPITULO V.- DE LAS FALTAS Y SUS SANCIONES.

    Artículo 20.- De la clasificación de las faltas. Las faltas de clasifican en leves, graves y muy graves. Artículo 21.- De las faltas leves. Se estimarán faltas leves: a) Negativa a la venta de artículos expuestos al público, así como apartar, reservar y ocultar los mismos. b) La venta de artículos que no estén debidamente envueltos o que su envoltorio sea inadecuado. c) Falta de aseo, higiene y limpieza en vendedores, puestos y utillaje. d) Colocación y depósito de géneros o envases fuera de las delimitaciones del puesto.

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    e) Vocear la naturaleza y precio de las mercancías y llamar la atención de los compradores. f) Estacionamiento de los vendedores fuera del puesto interfiriendo el normal tránsito del público. g) Cuando el vendedor tenga más de un puesto y no los atienda debidamente. h) Tener mercancías en contacto con el suelo o sobre sustancias permeables. i) Arrojar las basuras al suelo o depositar los desperdicios en otros sitios que no sean los destinados a tal efecto o hacerlo sin el envase apropiado. j) La no-observación de modo reiterando de las buenas costumbres y normas de convivencia. K) Falta reiterada de datos en la documentación a entregar a los responsables del Mercadillo. Artículo 22.- De las faltas graves. Se estimarán faltas graves. a) Reiteración de cualquier falta leve en el transcurso de un semestre. b) Falta de báscula o mantenerla fuera de la vista del público. c) Desnivel en la báscula o falta de contraste en los instrumentos de pesar o medir. d) Fraude en el peso de la mercancía por inclusión del peso en la envoltura o cualquier otro procedimiento. e) Precios distintos de los autorizados, conforme a la relación que existiera en el correspondiente tablón. f) Vender productos en mal estado, caducados o sin contar con el correspondiente registro sanitario cuando éste sea preceptivo. g) Vender productos que no se correspondan con la calidad anunciada. h) La desobediencia de instrucciones y mandatos emanados por los Responsables Municipales o Policía Municipal. i) Altercados o alteraciones del orden público que produzcan escándalo. j) Causar dolosa o negligentemente daños al edificio, puestos e instalaciones. k) No estar en posesión del carnet de manipulador de alimentos, cuando la actividad que desarrolla lo requiera. l) Intentar hacer obsequios o dádivas a cualquier clase, así como algún tipo de invitaciones al personal adscrito al Mercadillo. m) No avisar con la debida anticipación de la no-asistencia al mercadillo en caso de poder hacerlo.

    n) La tenencia de materiales inflamables o combustibles en los puestos. o) Efectuar obras o instalaciones en los puestos.

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    p) Impago de las tasas o exacciones que contemplen las Ordenanzas Fiscales correspondientes y sanciones impuestas. Artículo 23.- De las faltas muy graves. a) La reiteración de faltas graves de cualquier naturaleza, siempre que se cometiesen dentro del año natural.

    b) Los atentados, agresiones y resistencia contra la Autoridad Municipal. Artículo 24.- De la responsabilidad Los titulares de los puestos serán siempre responsables de las infracciones que cometan sus representantes o encargados. CAPITULO VI.- SANCIONES Artículo 25.- De las sanciones. Las sanciones que el Ayuntamiento pueda imponer a los responsables de las faltas cometidas en los artículos precedentes son las siguientes: a) Apercibimiento. b) Decomiso de los artículos o útiles de la infracción.

    c) Suspensión temporal de la adjudicación del puesto durante una semana. d) Suspensión temporal de la adjudicación del puesto durante 4 semanas consecutivas. e) Suspensión definitiva de la adjudicación del puesto. Artículo 26.- De imposición de sanciones. 1.- Las sanciones previstas en los apartados a) y c) del artículo anterior serán aplicables a las faltas leves, y podrá imponerlas el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Valverde. 2.- Las sanciones previstas en los apartados b) y d) del artículo anterior serán aplicables a las faltas graves, y podrá imponerlas el Alcalde-Presidente del ayuntamiento de Valverde. 3.- Las sanciones previstas en los apartados d) y e) del artículo anterior serán aplicables a las faltas muy graves, y podrá imponerlas el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Valverde. Artículo 27.- De la necesidad de expediente. La imposición de sanciones por faltas leves se acordará, sin la necesidad de expediente, cuando de la denuncia o antecedentes apareciere probada la infracción, siempre que de lo actuado previamente, se dé audiencia al presunto infractor.

    En los demás supuestos, la imposición de sanciones requerirá la previa instrucción de expediente, que será tramitado con las garantías que señala la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora.

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    Artículo 28.- De las sanciones impuestas por autoridades municipales Las infracciones que deban ser sancionadas por autoridades distintas de la municipal, serán sometidas al conocimiento de aquéllas, a los efectos que procedan.

    3.- APOYO ESTRATEGIA DE DESARROLLO RURAL DE LA ISLA DEL HIERRO.

    Dada lectura por el Sr. Secretario del Dictámen emitido al respecto por la Comisión Informativa de

    Urbanismo, Obras y Servicios Varios, en sesión de 25 de febrero de 2.009, en el que se expresa: “Dada cuenta de la comunicación proviniente de D. Cayo Francisco Armas Benítez, como Presidente de GDR

    OCCIDENTAL, en la que solicita de este Ayuntamiento:

    “Apoyo en la Estrategia de Desarrollo Rural de la Isla de El Hierro que GDR-OCCIDENTAL presentará a la Convocatoria para la selección de las zonas de actuación, de los programas comarcales de desarrollo rural y de los grupos de acción local responsables de la gestión de las ayudas del eje 5 (Leader) del Programa de Desarrollo Rural de Canarias, PDR 2007-2013.

    Para ello tendrán que:

    -Tomar acuerdo por parte de la institución para formar parte como socio del Grupo de Desarrollo rural Occidental, GDR-OCCIDENTAL.

    -Designar al representante del M.I. Ayuntamiento de Valverde en el Grupo de Desarrollo Rural Occidental,

    GDR-OCCIDENTAL”.

    Vistos los Estatutos de la Asociación aprobados el 10 de octubre de 2.008, siendo sus fines: “Los fines de la Asociación están encaminados a ejercer de centro de representación y convergencia de todos

    los agentes particulares y entidades interesados en el desarrollo integrado de la Comunidad Autónoma de Canarias y en particular de la Isla de El Hierro”.

    Atendido la dispuesto en la Orden de 31 de julio de 2.008 por la que se convoca concurso para la selección de las zonas de actuación, de los programas comarcales de desarrollo rural y de los grupos de acción local responsables de la gestión de las ayudas del eje 5 (Lader) del programa de Desarrollo rural de Canarias, PDR 2007-2013.

    Tras deliberación, esta Comisión, por unanimidad eleva al Pleno el siguiente dictamen:

    PRIMERO: Aprobar la adhesión e integración de este Ayuntamiento en la Asociación Grupo de Desarrollo Rural

    Occidental “GDR-OCCIDENTAL”, como miembro de pleno derecho, en atención al beneficio que significara para nuestra comunidad vecinal y los intereses municipales.

    SEGUNDO: Facultar a la Alcaldía para la ejecución y gestión de este acuerdo y las funciones previstas en los

    Estatutos de la Asociación”. Abierto el turno de intervenciones, pide la palabra el Sr. Hernández González, del Grupo Municipal

    Socialista, manifestando, en síntesis, que no entiende se deba desvestir a un santo para vestir a otro, es decir, el cambio de la Asociación ASHERO a esta mueva que se propone; que si la Asociación ya estaba no comprende la razón de crear otra; salvo la causa de que tengan dificultades en justificar los fondos europeos. Crear otra Asociación es crear más burocracia para hacer lo mismo. Por ello su Grupo esta en contra de crear otra Asociación con la misma finalidad

    Interviene, seguidamente, el Sr. Alcalde expresando que es positiva su creación, pues tiene los

    mismos objetivos. Esta Asociación lo que hace es adaptarse a la normativa actual, la existencia de otra Asociación, permite gestionar más solicitudes y más proyectos con arreglo a los Estatutos de cada Asociación.

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    Tras deliberación, este Pleno acuerda por ocho votos a favor (PP, AHÍ-CC) y dos en contra (PSOE) ratificarse en el Dictamen de la Comisión.

    4.- MOCION DEL PSOE SOBRE LEY DE MEDIDAS URGENTES EN MATERIA DE ORDENACION. TERRITORIAL PAR LA DINAMIZACIÓN SECTORIAL Y LA ORDENACIÓN DEL TURISMO.

    Dada lectura por el Sr. Secretario del Dictámen emitido al respecto por la Comisión Informativa de

    Urbanismo, Obras y Servicios Varios, en sesión de 25 de febrero de 2.009, en el que se expresa: “Dada lectura de la Moción (R.E. nº. 4563, de fecha 19 de diciembre de 2.008), formulada por los Concejales

    del Grupo Municipal Socialista, en la que se expresa:

    “Canarias cuenta con un sistema legal sobre la ordenación del territorio, recursos naturales y medioambientales

    que se ha ido formando desde los albores en la Autonomía para dar respuesta a problemas y expectativas específicas de

    nuestro Archipiélago.

    En el centro de nuestra legislación territorial y medioambiental ha estado situado el objetivo de preservar el

    suelo rústico. Limitado, presionado por los intereses urbanísticos, rebosante de biodiversidad, el suelo rústico es un

    recurso fundamental en cualquier estrategia de futuro. Y preservar sus valores paisajísticos y naturales, un ingrediente

    esencial para mantener el atractivo y la competitividad de Canarias como destino turístico.

    El crecimiento excesivo de la oferta turística, impulsado por el peso del sector inmobiliario y de la construcción

    en nuestra economía, ha tenido consecuencias no deseables sobre la capacidad de carga de algunas islas, ha

    presionado intensamente sobre las infraestructuras y servicios públicos y ha supuesto la ocupación de suelos en zonas

    de nuestra franja litoral que debieron ser preservados de los usos edificatorios.

    Por eso, en el marco de respondiera a los objetivos del un modelo económico y territorial que desarrollo

    sostenible, se aprobaron las normas sobre la limitación del crecimiento de la oferta turística, las normas sobre la

    moratoria.

    Moratoria no es crecimiento cero de nueva oferta turística. Ni consiste en levantar un cercado proteccionista en

    beneficio de los hoteles, apartamentos, empresas de restauración o de ocio ya instalados y de sus dueños.

    Moratoria es crecimiento limitado, con garantías de gran calidad, según las previsiones del planeamiento y con

    reglas iguales para todos los operadores económicos. Moratoria es, asimismo, dar prioridad a la rehabilitación de zonas

    turísticas deterioradas o que no respondan a las exigencias actuales del mercado turístico.

    AUTONOMIA DE LAS ISLAS

    Al tiempo que se ha ido elaborando nuestro sistema legal en esta materia, se iban distribuyendo las

    responsabilidades públicas entre las Administraciones canarias, a partir de nuestras tradiciones y de los principios

    contemplados en la Constitución y en el Estatuto de Autonomía. Este reparto de poder expresa equilibrios delicados,

    propios de una realidad, Canarias, que aspira a cohesionarse como unidad política; pero que es un archipiélago y está

    formado por islas. Islas que disfrutan de autonomía y que tienen sus órganos de gobierno: los cabildos insulares.

  • 11

    A los cabildos les corresponde el papel principal en la definición del modelo adecuado para cada isla. Su

    herramienta fundamental es la elaboración y la aplicación del Plan Insular de Ordenación, de ordenación del territorio y

    de los recursos naturales, al que deben subordinarse los demás Planes Territoriales, tanto Especiales como Parciales,

    cuya función es desarrollar el Plan Insular y precisar su modelo de ordenación.

    Los Planes Territoriales Especiales de Ordenación del Turismo también deben integrarse en el modelo definido

    por el Plan Insular de Ordenación y ser coherentes con el mismo. Hay que abandonar la pretensión, introducida por la

    Ley de Directrices, de ordenar el territorio a partir de la ordenación turística de cada isla.

    Recuperar el Plan Insular de Ordenación como instrumento de gobierno en manos del cabildo y expresión de la

    autonomía que cada Isla tiene reconocida, es la mejor medida para mejorar y simplificar nuestro sistema territorial. Es

    decir, exactamente lo contrario de lo que persigue el Proyecto de Ley presentado por el Gobierno.

    AUTONOMIA MUNICIPAL

    El Proyecto de Ley arrincona a los ayuntamientos canarios y pretende concentrar en manos del Gobierno de

    Canarias gran parte de las funciones de ordenación del suelo de cada municipio que legalmente corresponden a los

    ayuntamientos.

    El Gobierno quiere hacerse con la capacidad de autorizar, a través de un documento abreviado de

    planeamiento, importantes actuaciones de rehabilitación de las instalaciones e infraestructuras turísticas, e incluso la

    remodelación urbana de zonas turísticas, no previstas o prohibidas por el planeamiento municipal.

    Quiere reservarse igualmente, para decidirlo discrecionalmente, el derecho a decidir los aspectos

    fundamentales de la ordenación de un municipio, es decir la estructura de su planeamiento, así como ordenar

    pormenorizadamente determinados ámbitos del suelo municipal, se supone que en áreas turísticas porque son las más

    importantes económica y políticamente.

    Los ayuntamientos disponen, y está reconocido legalmente, dos mecanismos de gobierno de los usos del suelo:

    la elaboración del planeamiento municipal (el Plan General de Ordenación y de sus planes de desarrollo) y el control de

    su cumplimiento, por medio de la Licencia de edificación y de las demás licencias que permiten verificar que las

    construcciones y usos del suelo se ajustan a lo dispuesto en el planeamiento.

    El Gobierno aspira a suplantar a los ayuntamientos en la ordenación y a devaluar la importancia de la Licencia

    de edificación. Sería un ataque a la autonomía municipal y privaría a los ayuntamientos de su papel de gobierno local, en

    aspectos que son esenciales para la vida y la actividad de los ciudadanos. Todo el poder para el Gobierno parece ser la

    consigna de los redactores del proyecto de Ley.

    SUELO RÚSTICO

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    Las dificultades que presenta actualmente la gestión del suelo rústico y del suelo industrial, o la regularización

    de las instalaciones ganaderas, no pueden resolverse fracturando el sistema de planeamiento territorial y urbanístico, ni

    concentrando el poder en manos del gobierno. Las fórmulas son otras y pasan porque sean los cabildos los que

    aprueben los Proyectos de Actuación Territorial para ordenar excepcionalmente determinadas actividades o usos

    industriales, turísticos, energéticos o la implantación de ciertos equipamientos en suelo rústico, todo de acuerdo con el

    Plan Insular de Ordenación. Y porque sean los Ayuntamientos los que tramiten y aprueben, de acuerdo con el Plan

    general de Ordenación, con informe positivo del cabildo, las calificaciones territoriales. Éstas permiten completarla

    ordenación de actuaciones propias del suelo rústico y que, actualmente, dificultan infinitamente las actividades en el

    medio rural.

    La regularización de las explotaciones ganaderas, que es un asunto prioritario, debe ser objeto de una

    propuesta específica e inmediata; pero no debe servir de coarta aun Proyecto de Ley que contiene tantas medidas

    rechazables y formuladas al margen de todo consenso político, institucional y social.

    Todo ese sistema legal, construido en medio de amplios consensos, debe ser mejorado. Pero para

    perfeccionar un sistema es necesario situarse y respetar los principios y objetivos fundamentales en que se asienta.

    El Gobierno de Canarias ha presentado un Proyecto de Ley que pretende tramitar en el Parlamento por el

    procedimiento de urgencia, que rompe con ejes principales en nuestra legislación territorial y medioambiental: autoriza

    actividades de transformación y uso del suelo, especialmente del suelo rústico, al margen o en contra del sistema en

    planeamiento; autoriza más consumo de nuestras reservas de suelo, en lugar de mejorar la gestión de suelo ya calificado

    para usos industriales; recorta competencias de ordenación del territorio insular o de planeamiento municipal que

    corresponden a cabildos y ayuntamientos. Y, en fin, deroga la moratoria turística utilizando para ello diversos

    mecanismos.

    El Proyecto de Ley ni da de soluciones urgentes, ya que efectúa hasta 17 remisiones al desarrollo

    reglamentario, ni refuerza la seguridad jurídica sino, por el contrario, amplía el campo para la discrecionalidad en el

    gobierno del territorio y de los recursos naturales. Y, en fin, debilita la autonomía de las entidades locales canarias,

    cabildos y ayuntamientos, utilizando para ello todos los pretextos posibles: actuaciones estratégicas, incumplimientos de

    las obligaciones de adaptar el planeamiento insular o municipal a la Ley de Directrices o al Texto refundido de la ley de

    Ordenación del Territorio y de los Espacios Naturales, mejora de la competitividad turística, rehabilitación o sustitución de

    la planta alojativa y de su entorno... Todo le sirve de excusa al Gobierno para acaparar las decisiones sobre el territorio y

    marginar a las entidades locales canarias.

    En virtud de lo expuesto, el Grupo Socialista del Ilustre Ayuntamiento de Valverde, propone al Pleno de la

    Corporación la adopción del siguiente ACUERDO:

    Instar el Gobierno de Canarias la retirada del Proyecto de Ley de Medidas Urgentes en materia de ordenación

    territorial para la dinamización sectorial y la ordenación del turismo, por contener medidas gravemente lesivas contra la

    autonomía de las entidades locales canarias y contra las funciones de sus órganos de gobierno: los cabildos insulares y

    los ayuntamientos, alterando principios y fines esenciales del sistema legal del Archipiélago en materia de ordenación del

    territorio, urbanística y de los recursos naturales”.

  • 13

    Por la Alcaldía se expresa que la actual legislación urbanística canaria ofrece una gran dificultad en la tramitación del planeamiento general y que el espíritu de la Ley es agilizar trámites y simplificar la gestión administrativa, por lo que el Equipo de Gobierno se posiciona favorablemente a favor del reseñado Proyecto de Ley.

    Tras deliberación, esta Comisión por cinco votos a favor (PP y CC-AHÍ) y uno en contra (PSOE), emite Dictamen proponiendo al Pleno la desestimación de la expresa Moción”.

    Abierto el turno de intervenciones, pide, en primer lugar, la palabra, la Concejal Sra. Padrón Zamora,

    por el Grupo Municipal Socialista, expresando, entre otras manifestaciones, que el Proyecto de Ley lo que pretende es suplantar competencias a los Ayuntamientos en materia de ordenación urbanística y le extraña el voto negativo en la Comisión a la Moción, siendo lo que procede es retirar el Proyecto de Ley; que su Grupo respeta tal posición, pero considera que el espíritu del proyecto de ley no es, precisamente, agilizar los trámites de gestión del planeamiento, como se ha manifestado.

    Interviene, seguidamente, el Sr. Alcalde, manifestando que este Ayuntamiento de Valverde ha

    sufrido la problemática de la aprobación de los Planeamientos, poniendo como ejemplo los años dedicados a tramitar el Plan de Las Playecillas y los siete años para sacar adelante el Planeamiento del Sector ITER y que el Proyecto de Ley tal y como esta planteado dice que va a quitar trámites. Que es un proyecto de Ley y caben enmiendas. Retirarlo es seguir como estamos. Que dicho Proyecto a través de los Parlamentarios pueden enmendarlo y resolver los problemas urbanísticos de los Municipios, intentando aquellas modificaciones para que salga una Ley acorde a las necesidades de los Ayuntamientos. Que no se debe retirar el Proyecto de Ley sino intentar introducir las modificaciones necesarias a través de nuestros Parlamentarios.

    Concluida la deliberación, el Pleno acuerda por mayoría de ocho votos a favor (PP, AHÍ-CC) y dos

    abstenciones (PSOE) ratificarse en el Dictamen de la Comisión.

    5.- APROBACION PROVISIONAL DE LA REVISION PARCIAL PGO EN LAS PLAYECILLAS.

    Dada lectura por el Sr. Secretario del Dictámen emitido al respecto por la Comisión Informativa de Urbanismo, Obras y Servicios Varios, en sesión de 25 de febrero de 2.009, en el que se expresa:

    “Dada cuenta del expediente instruido para la Revisión Parcial del Plan General de Ordenación Urbana en Las

    Playecillas, cuya aprobación inicial tuvo lugar por acuerdo del Pleno de 30 de abril de 2.007, junto con el informe de Sostenibilidad Ambiental.

    Resultando que fueron sometidos, ambos documentos, Revisión Parcial del PGO e informe de Sostenibilidad

    Ambiental, a información pública durante 45 días hábiles, mediante anuncios que fueron publicados en el B.O. de la Provincia nº. 89, de 13 de junio de 2.007, y en el diario provincial “El Día”, de fecha 28 de mayo de 2.007, habiéndose formulado un total de 13 alegaciones, las cuales han sido objeto de información por parte del Arquitecto redactor (Documento nº. 4), siendo dictaminadas favorablemente 8 de ellas, y 5 negativamente (en razón de que solicitaban extensiones del asentamiento rural hacía el exterior no edificado).

    Resultando que dicho Documento fue sometido al procedimiento de Cooperación Interadministrativa con el

    siguiente resultado: “a) Consultado el Cabildo Insular de El Hierro, (registro de salida nº 2185, de fecha 21-05-2007) por el plazo de cuarenta y cinco días, del cual se ha recibido copia del certificado emitido respecto al acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno de dicha Entidad, recibido el día 27 de agosto de 2007, con registro de entrada nº 3301. b) Consultada la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial, (r.s. nº 2217, de 21-05-2007) por el plazo de cuarenta y cinco días, habiéndose recibido informe de la Dirección General de Urbanismo, con registro de entrada nº 3772, el día 5 de octubre de 2007. c) Consultada la Dirección General de Costas, (r.s. nº 4029, de 2-10-2007) por el plazo de dos meses, y recibido informe el día 16 de noviembre de 2007, con registro de entrada nº 4237.

  • 14

    d) Consultado el Cabildo Insular de El Hierro – Servicio de Carreteras – (r.s. nº 4030, de 2-10-2007) por el plazo de dos meses, del cual se ha recibido copia del certificado emitido sobre acuerdo del Consejo de Gobierno, recibido el día 6 de noviembre de 2007, con registro de entrada nº 4102. f) Consultada la Consejería de Turismo, (r.s. nº 4031, de 2-10-2007) por el plazo de cuarenta y cinco días, cuyo informe fue recibido en este Ayuntamiento con registro de entrada nº 4309, el día 23 de noviembre de 2007. g) Consultado el Consejo Insular de Aguas, (r.s. nº 4032, de 2-10-2007) por el plazo de de cuarenta y cinco días, cuyo informe fue recibido el día 19 de noviembre de 2007, con registro de entrada nº 4251”. Resultando que el documento 5, reseñado, da respuesta a los informes recibidos en el procedimiento de

    consulta, así como en la Comisión de Seguimiento. Visto el Documento 5 de la Revisión Parcial del PGO: Apto para la Aprobación Provisional, y hallándolo

    conforme. Considerando que la Revisión Parcial se formula para adaptar la ordenación de este ámbito al PIO de El Hierro

    y a las leyes 6/2002 y 19/2003. El expediente es conveniente y oportuno, por tratarse de un área que el PIO define como de atención prioritaria (norma PIO 1.2.6.1.V) y por los problemas de gestión que se derivan de la existencia de un núcleo de población carente de ordenación urbanística adecuada.

    Visto el informe del Técnico Municipal de fecha 4-XII-2.008. Examinado el preceptivo informe del Secretario de la Corporación de fecha 2-2-2.009. Considerando que al procedimiento de aprobación de la Revisión Parcial del Plan General de Ordenación, será

    de aplicación los artículos 54, 55, 56, 57, 78 y siguientes y concordantes del Decreto 55/2006, de 9 de mayo. Siendo competente el Ayuntamiento para la aprobación inicial y provisional, corresponde la aprobación definitiva –artículo 79.b) del Decreto y artículo 32.3 b) del Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo- a la Comisión de Ordenación del Territorio y medio Ambiente de Canarias, previo informe del Cabildo Insular.

    Considerando que la aprobación inicial de los instrumentos de ordenación produce la suspensión automática de

    las licencias desde la publicación del acuerdo en el Boletín Oficial por un plazo máximo de dos años, en todas aquellas áreas cuyas nuevas determinaciones supongan alteración del régimen vigente, en aplicación de los artículos 27 y 37 del Decreto 55/2006, de 9 de mayo, así como los artº. 39 y 78.6 del Decreto 35/1.995. Pudiéndose únicamente tramitar y otorgar licencia a aquellos proyectos ajustados al régimen vigente en el momento de la solicitud, siempre que no haya sido alterado, o siendo alterado resulte más restrictivo que el que pretende aprobarse.

    Considerando que de conformidad con lo expuesto y a tenor del contenido del expediente procede concluir que

    la Revisión Parcial del Plan General de Ordenación de Valverde en Las Playecillas cumple con el artículo 46 del Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias y con el artículo 27 del Decreto 55/2006, de 9 de mayo. Y en cuanto a los requisitos de carácter documental el citado instrumento urbanístico cumple y contiene los documentos previstos en el artículo 37, desarrollados en los artículos 38 a 42 inclusive del Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento, aplicable por remisión de la Disposición Transitoria Séptima del Decreto 55/2006, de 9 de mayo, así como los arts. 10 y11 del Decreto 35/1.995.

    Atendido que por Resolución del Viceconsejero de Ordenación Territorial nº. 195, de 20-6-2008 se aprobó la

    ampliación por dos años el plazo máximo de tramitación de esta Revisión del PGO en Las Playecillas En consecuencia, esta Comisión, por unanimidad, eleva al Pleno el siguiente Dictámen: PRIMERO: Aprobar provisionalmente la Revisión Parcial del Plan General de Ordenación de Valverde, en Las

    Playecillas, conforme al “Documento 5: Documento apto par la Aprobación Provisional”, redactado por el Arquitecto D. Fernando Puelles López, en febrero de 2.008, el cual contiene estos apartados:

    a) Memoria Informativa (Página 1 a 40) b) Memoria Explicativa (Página 42 a 55)

  • 15

    c) Normativa urbanística (3 Páginas) d) Programa de Actuaciones (1 Página) e) Informe de Sostenibilidad Ambiental (7 Páginas) f) Propuesta de Memoria Ambiental (4 Páginas) g) Plan, en un número de 18. SEGUNDO: Ratificar las propuestas del Arquitecto Redactor contenidas en el documento nº. 4 relativas al

    trámite de Cooperación y Participación, tras la aprobación inicial, notificándose a los afectados para su conocimiento y efectos.

    TERCERO: Remitir ambos documentos a la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de

    Canarias, para su aprobación definitiva, previo informe del Cabildo Insular del Hierro. El expediente completo se remitirá por triplicado ejemplar, debidamente ordenado, foliado e indexado,

    acompañado de los correspondientes documentos técnicos diligenciados”. Tras deliberación, este Pleno acuerda por unanimidad, ratificarse en el Dictamen de la Comisión.

    6.- PROPUESTA SOBRE RETRIBUCIONES FUNCIONARIOS INTERINOS.

    Dada lectura por el Sr. Secretario del Dictamen emitido al respecto por la Comisión Informativa de

    Régimen Interior, Personal, Economía y Hacienda-Especial de Cuentas, en sesión de 25 de febrero de 2.009, en el que se expresa:

    “Dada cuenta de la Propuesta formulada por la Técnico de Personal, de fecha 23-2-2.009, entre, cuyos

    extremos se indica:

    “Con ocasión de la aprobación del Presupuesto Municipal para 2.009, el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 23 de diciembre de 2.008, aprobó como anexo al mismo la “Tabla de Retribuciones del Personal Funcionario Interino”. La misma se aprobó como tabla genérica, sin tener en cuenta los puestos concretos que los referidos funcionarios interinos fueran a ocupar.

    Habida cuenta que desde principio de año se han realizado diversos nombramientos de funcionarios interinos y

    que en este momento se puede hacer una valoración y ponderación del contenido de los puestos a desempeñar por este personal. De dicha valoración se ha comprobado que determinados puestos cubiertos por Auxiliares Interinos conllevan circunstancias de dedicación, dificultad técnica, responsabilidad y complejidad de las tareas encomendadas similares a las de algunos puestos cubiertos por funcionarios de carrera, de la Escala de Administración General, Subescala Auxiliar y Subescala Administrativa.

    De la valoración realizada de los puestos cubiertos por funcionarios interinos de la Escala de la Administración

    General, Subescala Auxiliar se propone la modificación del Complemento específico que figura en las tablas aprobadas por el Pleno, respecto a esta subescala y la subescala administrativa, aplicando a las mismas el Complemento Específico que figura en la RPT y la Plantilla incorporada a los Presupuestos para 2.009, para los funcionarios de carrera, de esas subescalas.

    …..

    TABLA NUEVA

    RETRIBUCIONES BASICAS RETRIBUCIONES COMPLEMENTARIAS

    GRUPO

    NIVEL (1)

    SUELDO

    PAGA EXTRA

    COMP.D (Paga Extra)

    COMPLE. DESTINO

    COMPLE ESPECIFICO (2)

    RESIDEN- CIA

    TOTAL

    RETRIBUC

    S. SOCIAL

    TOTAL

    A1

    22

    13.893,84

    2.315,64

    1.070,12

    6.420,72

    12.220,00

    6.672,88

    42.593,20

    12.352,02

    54.945,22

    A2

    18

    11.791,68

    1.965,28

    828,62

    4.971,72

    10.078,26

    4.804,44

    34.440,00

    9.987,60

    44.427,60

    C1

    17

    8.790,12

    1.465,02

    781,48

    4.688,85

    6.643,47

    3.874,20

    23.348,08

    7.471,39

    30.819,46

  • 16

    C2

    16

    7.187,40

    1.197,90

    734,44

    4.406,76

    6.643,47

    2.848,98

    23.018,95

    7.366,06

    30.385,01

    E

    10

    6.561,74

    1.093,62

    451,66

    2.709,96

    2.357,71

    2.466,96

    15.641,65

    4.536,07

    20.177,72

    TABLA ANTERIOR

    RETRIBUCIONES BASICAS RETRIBUCIONES

    COMPLEMENTARIAS

    GRUPO

    NIVEL (1)

    SUELDO

    PAGA EXTRA

    COMP.D (Paga Extra)

    COMPLE. DESTINO

    COMPLE ESPECIFICO (2)

    RESIDEN- CIA

    TOTAL

    RETRIBUC

    S. SOCIAL

    TOTAL

    A1

    20

    13.893,84

    2.315,64

    922,90

    5.537,40

    13.250,57

    6.672,88

    42.593,20

    12.352,02

    54.945,22

    A2

    16

    11.791,68

    1.965,28

    734,44

    4.406,76

    10.737,52

    4.804,44

    34.440,00

    9.987,60

    44.427,60

    B

    11

    10.233,72

    1.705,62

    498,73

    2.992,43

    7.733,29

    4.339,32

    27.503,01

    7.975,87

    35.478,88

    C1

    11

    8.790,12

    1.465,02

    498,74

    2.992,44

    5.429,48

    3.874,20

    23.050,00

    6.684,50

    29.734,50

    C2

    9

    7.187,40

    1.197,90

    428,09

    2.368,60

    4.499,07

    2.848,98

    18.730,00

    5.431,70

    24.101,70

    E

    7

    6.561,74

    1.093,62

    380,92

    2.285,54

    2.852,87

    2.466,96

    15.641,65

    4.536,07

    20.177,72

    CRITERIOS

    1.- Los niveles establecidos se han aproximado a los que figuran en la plantilla para funcionarios de carrera.

    2.- La cantidad correspondiente al complemento específico tiene carácter de máximo. En atención a que dicho complemento está destinado a retribuir las condiciones particulares de algunos puestos

    de trabajo en atención a su especial dificultad técnica, dedicación, incompatibilidad, responsabilidad, peligrosidad o penosidad ( a 4 R.D. 861/1986, de 25 de abril), se establecen las siguientes escalas, que integrarán el complemento específico una vez valorado el puesto de trabajo concreto al que se vaya a aplicar:

    - Especial dificultad técnica: 30% - Dedicación………………..: 30% - Incompatibilidad………….: 10% - Responsabilidad…………: 25% - Peligrosidad, penosidad…: 5%

    Si el puesto de trabajo reúne todas las condiciones, se retribuye en su totalidad, según tabla, por el contrario si se excluye alguna/s, la cantidad que figura en la tabla se minorará en los porcentajes indicados.

    Se reitera que estas tablas son genéricas, no obstante para elaborar esta propuesta de modificación se ha

    tenido en cuenta determinados puestos de trabajo cubiertos por personal funcionario interino tales como Auxiliar del Programa Temporal “Adaptación a Novedades legislativas (Ley 30/2007, de 30 de octubre de contratos del Sector Público, Auxilio Administrativo” y Auxiliar del Programa Temporal “Apoyo a la Oficina Técnica”, por concurrir en estos puestos circunstancias similares a otros puestos desempeñados por funcionarios de carrera, por el contrario, esta valoración no implica que para futuros nombramientos se haga la misma asimilación, debiéndose aplicar la cuantía correspondiente del complemento específico en función de las circunstancias que concurran en el concreto puesto de trabajo a cubrir.

    Se propone, además, que la aprobación de la modificación de las tablas tenga efectos retroactivos a 1-1-09,

    habida cuenta que los nombramientos de los funcionarios interinos a los que les afecta la aplicación de estas tablas se realizaron con fecha 1-1-09”.

    Tras su estudio, esta Comisión eleva al Pleno Dictamen proponiendo la aprobación de la Propuesta antes

    expresada”.

  • 17

    Tras deliberación, este Pleno acuerda por unanimidad, ratificarse en el Dictamen de la Comisión.

    7.- INFORME DE LA AUDIENCIA DE CUENTAS DE CANARIAS DE FISCALIZACIÓN DE LOS PATRIMONIOS PUBLICOS MUNICIPALES E INSULARES DEL SUELO EJERCICIO 2003-2004.

    Dada lectura por el Sr. Secretario del Dictamen emitido al respecto por la Comisión Informativa de

    Régimen Interior, Personal, Economía y Hacienda-Especial de Cuentas, en sesión de 25 de febrero de 2.009, en el que se expresa:

    “Dada cuenta del Informe de Fiscalización de los Patrimonios Públicos Municipales e Insulares del Suelo,

    ejercicio 2.003-2.004, que fue aprobado por el Pleno de la Audiencia de Cuentas de Canarias en sesión celebrada el 30 de octubre de 2.008.

    Tras su examen y estudio, esta Comisión eleva al Pleno el siguiente Dictamen: PRIMERO: Tomar conocimiento y razón del “Informe de Fiscalización de los Patrimonios Públicos Municipales e

    Insulares del Suelo, ejercicios 2.003-2.004”, emitido por la Audiencia de Cuentas de Canarias y que fue aprobado en sesión de 30 de octubre de 2.008, a los efectos prevenidos en el artº. 19 de la Ley 4/1989.

    SEGUNDO: Remitir Certificación del acuerdo del Pleno Municipal a la Audiencia de Cuentas de Canarias, a los

    efectos consiguientes”. Tras deliberación, este Pleno acuerda por unanimidad, ratificarse en el Dictamen de la Comisión.

    8.- EXPEDIENTE Nº. 1 DE MODIFICACION DE CREDITOS DE COMPETENCIA DEL PLENO.

    Dada lectura por el Sr. Secretario del Dictamen emitido al respecto por la Comisión Informativa de

    Régimen Interior, Personal, Economía y Hacienda-Especial de Cuentas, en sesión de 25 de febrero de 2.009, en el que se expresa:

    “Dada lectura de la Propuesta de la Alcaldía de 20-02-2.009, en el que se expresa:

    “Examinado con todo detenimiento el expediente tramitado para modificar créditos dentro del vigente

    Presupuesto por un importe de un millón doscientos cuarenta y ocho mil novecientos cunarte y un Euros con quince céntimos (1.248.941,15 €), en virtud de la Providencia de esta Alcaldía, de fecha 20 de febrero de 2009.

    Enterado de los informes emitidos al respecto por el Secretario-Interventor de la Corporación, uno de fecha 20-02-2009 correspondiente a la Modificación de Créditos y otro, de fecha 23-02-2009 correspondiente al reconocimiento de obligaciones y de créditos.

    Considerando que los gastos propuestos son necesarios y urgentes, no pudiendo ser aplazados hasta el

    próximo ejercicio, sin quebranto para los intereses de la Corporación, y que la tramitación del expediente está ajustada a los preceptos legales vigentes.

    En consecuencia, esta Alcaldía, eleva al Pleno las siguientes propuestas de acuerdo:

    PRIMERA: Aprobar inicialmente el expediente nº 1 de Modificación de Créditos del Presupuesto, de competencia del Pleno, de este ejercicio de 2.009, y cuyo importe se financia con cargo al Remanente Líquido de Tesorería para Gastos Generales de la Liquidación del ejercicio anterior, por importe de 1.248.941,15 €, y todo ello con arreglo al siguiente resumen:

    CONCESIÓN DE CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS

    PARTIDA DENOMINACION IMPORTE

    121.227.08 Barnizado y Pintura Casa Consistorial 14.000,00

  • 18

    121.227.08 Reconocimiento de Créditos:Honorarios Fernando Bruno Dirección obra Casa Consistorial de 2008 6.442,04

    321.227.06 Reconocimiento de Créditos: Honorarios José Bastarrica Redacción Proyecto Ampliación Escuela Infantil de 2007 42.040,81

    431.227.07 Reconocimiento de Créditos: Redacción y Dirección obra V.P.N.S.2007

    12.442,88

    432.601.00 Urbanización en Guarazoca 150.000,00

    443.227.06 Reconocimiento de Créditos: Dirección obra “Servicios Funerarios en Isora”

    4.441,50

    443.227.07 Reconocimiento de Créditos:Dirección obra “Cementerio Valverde” 5.758,32

    443.228.08 Reconocimiento de Créditos Dirección obra “Servicios Funerarios San Andrés” 5.147,95

    443.622.01 Reconocimiento de Créditos:Edificio Servicios Funerarios Isora 18.755,42

    443.622.02 Reconocimiento de Créditos:Edificio Servicios Funerarios San Andrés 135.681,75

    451.489.04 Reconocimiento de Créditos: Subv.Agrupación Taros Viaje a Tenerife 2006 1.702,30

    452.227.06 Reconocimiento de Créditos:Dirección obra “Campo Fútbol San Andrés” 2.009,23

    452.489.01 Reconocimiento de Créditos: Subv. Club Taekwondo “Gimnasio Abreu”gastos actividades 2008

    1.200,00

    452.489.02 Reconocimiento de Créditos:Subv. Club Triatlón gastos y actividades 2008 2.000,00

    452.489.03 Reconocimiento de Créditos: Subv. Piloto Rallie Manuel García González actividades 2008 1.100,00

    452.489.04 Reconocimiento de Créditos: Subv. Piloto Rallie Emerito José Padrón Armas actividades 2008 700,00

    452.489.05 Reconocimiento de Créditos: Subv. Federación Insular Lucha Canaria actividades 2008 1.000,00

    452.489.06 Reconocimiento de Créditos: Subv. Club de Fútbol Barrio actividades 2008 3.500,00

    452.489.07 Reconocimiento de Créditos: Subv. Club de Badminon OHADA actividades 2008 1.000,00

    452.489.08 Reconocimiento de Créditos: Subv.Club Fútbol Moneiba Gastos y actividades 2008

    6.000,00

    452.489.09 Reconocimiento de Créditos: Asoc. Nisdafe Gastos y actividades 2008 300,00

    511.227.07 Reconocimiento de Créditos:Dirección Obra C/Las Delicias y C/La Carrera 3.102,72

    511.227.08 Reconocimiento de Créditos:Dirección obra “Calles y Pistas en Valverde” 4.053,66

    511.601.00 Aparcamientos en Asabanos 50.000,00

    511.601.01 Reconocimiento de Créditos:Pavimentación C/Las Delicias y C/La Carrera

    40.153,89

    511.601.02 Reconocimiento de Créditos:Pavimentación Calles y Pistas en Valverde 71.408,68

    511.601.03 Ensanche Camino parte Baja Guarazoca 50.000,00

    TOTAL 633.941,15

    SUPLEMENTOS DE CRÉDITO

  • 19

    PARTIDA DENOMINACION IMPORTE

    451.131.01 Retrib.P.L.T.:Animación Socio Cultural 11.000,00

    451.160.02 Cuotas INSS: Animación Socio Cultural 4.000,00

    451.226.09 Fiestas Bajada 2009 600.000,00

    TOTAL 615.000,00

    TOTAL MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS 1.248.941,15 Euros

    SEGUNDA: Exponer al público durante el plazo de quince días hábiles a fin de que pueda ser examinado y formularse reclamaciones y sugerencias por los interesados legítimos. En caso de no formularse reclamación o alegación alguna, la presente aprobación se entenderá elevada a definitiva, sin necesidad de nuevo acuerdo corporativo. Habrá nuevamente de publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia, resumido a nivel de Capítulos y remitirse copias a la Delegación de Hacienda y al órgano competente de la Comunidad Autónoma de Canarias”.

    Tras deliberación, esta Comisión, por unanimidad propone al Pleno su aprobación” . En este punto, por parte del Sr. Hernández González, del Grupo Municipal Socialista se manifiesta,

    entre otras cuestiones, que le llama la atención sobre la suplementación de créditos para la contratación de un Animador Socio-Cultural, preguntando como se ha efectuado el sistema de contratación; que observa la suplementación de 600.000€, para la Bajada, lo cual viene a dar la razón a lo expresado, al respecto con ocasión de la aprobación del Presupuesto de 2.009.

    Por el Sr. Alcalde se indica que la contratación de personal se efectuó en base a criterios de

    adaptación al perfil del puesto de trabajo, siendo los trámites los normales a este fin. Y la Partida se suplementa por ser insuficiente y necesarios mas puestos con motivo de la Bajada.

    Tras deliberación, este Pleno acuerda por unanimidad, ratificarse en el Dictamen de la Comisión.

    9.- RECONOCIMIENTO DE CREDITOS Y OBLIGACIONES DE EJERCICIOS ANTERIORES.

    Dada lectura por el Sr. Secretario del Dictamen emitido al respecto por la Comisión Informativa de Régimen Interior, Personal, Economía y Hacienda-Especial de Cuentas, en sesión de 25 de febrero de 2.009, en el que se expresa:

    “Dada lectura de la Propuesta de la Alcaldía de 24-02-2.009, en el que se expresa:

    “Dada cuenta que por diversos servicios municipales se han hecho entrega de diversas facturas de gastos de

    ejercicios anteriores que se adeudan a diversos profesionales, procediendo su reconocimiento por el Pleno, así como la concesión de subvenciones pendientes, todo ello de conformidad con la Memoria de la Alcaldía de fecha 24-02-2009, con arreglo a este resumen:

    1) Honorarios Redacción Proyecto de ejecución de reforma y ampliación de Centro de Educación Infantil, por

    importe de 42.040,81 €, de fecha 13-04-2007.

    2) Honorarios Dirección de obra de Proyecto Edificio de Oficinas Municipales (Usos Múltiples) 1-Fase Valverde, por importe de 6.442,04 €, de fecha 02-04-2008. .

    3) Subvención al Club de Fútbol Moneiba, para atender a los gastos del ejercicio de 2008, por importe de 6.000,00 €.

    4) Subvención a la Asociación Deportiva Nisdafe, para atender gastos del ejercicio de 2.008, por importe de 300,00 €.

  • 20

    5) Subvención al Club de Taekwondo Gimnasio Abreu, para atender gastos del ejercicio de 2.008, por importe de 1.200,00 €.

    6) Subvención al Piloto de Rallie Manuel García González, para atender gastos del ejercicio de 2.008, por importe de 1.100,00 €.

    7) Subvención al Piloto de Rallie Emérito José Padrón Armas, para atender gastos del ejercicio de 2.008, por importe de 700,00 €.

    8) Subvención a la Federación Insular de Lucha Canaria, para atender gastos del ejercicio de 2.008, por importe de

    1.000,00 €. 9) Subvención al Club de Fútbol Barrio, para atender gastos del ejercicio de 2.008, por importe de 3.500,00 €. 10) Subvención al Club de Badminton OHADA, para atender gastos del ejercicio de 2.008, por importe de 1.000,00

    €. 11) Subvención al Club de Triatlón Tripotencia, para atender gastos del ejercicio de 2.008, por importe de 2.000,00

    €. 12) Subvención Agrupación Taros, para sufragar los gastos de un viaje a Tenerife, por importe de 1.702,30 €

    Enterado del informe de fiscalización con reparos emitido al respecto por el Secretario-Interventor de fecha 23-

    02-2009. Considerando que los servicios facturados han sido prestados y recibidos, procediendo su reconocimiento y

    abono a los interesados. Considerando que tales servicios y subvenciones han sido incluidas en el Expediente nº 1 de Modificación de

    Créditos de Competencia del Pleno. Considerando que el reconocimiento de créditos de ejercicios pasados corresponde al Pleno del Ayuntamiento,

    a tenor del art. 60.2 del R.D. 500/90.

    En consecuencia, esta Alcaldía-Presidencia, eleva al Pleno la siguiente:

    PROPUESTA DE ACUERDO PRIMERO: Aprobar el reconocimiento extrajudicial de las obligaciones derivadas de las facturas de servicios

    que se especifican, de ejercicios anteriores, y cuyas prestaciones han sido realizadas al Ayuntamiento, así como el otorgamiento de subvenciones a Colectivos y Deportistas Individuales, para actividades correspondientes a tales ejercicios que se reconocen con cargo a este ejercicio:

    1/ Honorarios Redacción Proyecto de ejecución de reforma y ampliación de Centro de Educación Infantil

    Factura y Fecha Acreedor CIF Importe Partida de Gastos 024/13-04-2007 Estudio Bastarrica y Asociados,S.L. B38414819 42.040,81 321.227.06 TOTAL

    42.040,81

    2/ Honorarios Dirección de obra de Proyecto Edificio de Oficinas Municipales (Usos Múltiples) 1-Fase Valverde

    Factura y Fecha Acreedor CIF Importe Partida de Gastos 02/02-04-2008 Fernando Bruno Castañeda 43612542B 6.442,04 121.227.08 TOTAL 6.442,04 3/ Subvención al Club de Fútbol Moneiba para atender a los gastos del ejercicio de 2008

  • 21

    Se aprueba la concesión de una subvención específica al Club de Fútbol Moneiba, con C.I.F G-38470852, por importe de 6.000,00 euros, para financiar el coste de las actividades de la temporada de 23-09-2007 al 22-06-2008, con cargo a la Partida 452.489.08, del expediente nº 1 de Modificación de Créditos del Presupuesto de 2009, disponiendo el gasto, reconocimiento de obligación y cuya ordenación del pago se efectuará por la Alcaldía, previa la justificación de los gastos por importe igual o superior a la subvención que se otorga, en los términos exigidos en las Bases de Ejecución del Presupuesto y condicionado a la aprobación definitiva del reseñado expediente de Modificación de Créditos.

    4/ Subvención a la Asociación Deportiva Nisdafe para atender a los gastos del ejercicio de 2008

    Se aprueba la concesión de una subvención específica a la Asociación Deportiva Nisdafe, con C.I.F G-

    38942355, por importe de 300,00 euros, para financiar el coste de las actividades de la temporada 2008, con cargo a la Partida 452.489.09, del expediente nº 1 de Modificación de Créditos del Presupuesto de 2009, disponiendo el gasto, reconocimiento de obligación y cuya ordenación del pago se efectuará por la Alcaldía, previa la justificación de los gastos por importe igual o superior a la subvención que se otorga, en los términos exigidos en las Bases de Ejecución del Presupuesto y condicionado a la aprobación definitiva del reseñado expediente de Modificación de Créditos.

    5/ Subvención al Club Deportivo Taekwondo Gimnasio Abreu para atender a los gastos del ejercicio de 2008

    Se aprueba la concesión de una subvención específica al Club de Taekwondo Gimnasio Abreu, con C.I.F G-

    38435756, por importe de 1.200,00 euros, para financiar el coste de las actividades durante 2008, con cargo a la Partida 452.489.01, del expediente nº 1 de Modificación de Créditos del Presupuesto de 2009, disponiendo el gasto, reconocimiento de obligación y cuya ordenación del pago se efectuará por la Alcaldía, previa la justificación de los gastos por importe igual o superior a la subvención que se otorga, en los términos exigidos en las Bases de Ejecución del Presupuesto y condicionado a la aprobación definitiva del reseñado expediente de Modificación de Créditos.

    6/ Subvención al Piloto de Rallie D. Manuel García González para atender gastos del ejercicio de 2.008 Se aprueba la concesión de una subvención específica al Piloto de Rallie D. Manuel García González, con N.I.F

    78397966-M, por importe de 1.100,00 euros, para financiar el coste de las actividades durante 2008, con cargo a la Partida 452.489.03, del expediente nº 1 de Modificación de Créditos del Presupuesto de 2009, disponiendo el gasto, reconocimiento de obligación y cuya ordenación del pago se efectuará por la Alcaldía, previa la justificación de los gastos por importe igual o superior a la subvención que se otorga, en los términos exigidos en las Bases de Ejecución del Presupuesto y condicionado a la aprobación definitiva del reseñado expediente de Modificación de Créditos.

    7/ Subvención al Piloto de Rallie D. Emérito José Padrón Armas para atender a gastos del ejercicio de 2008

    Se aprueba la concesión de una subvención específica al Piloto de Rallie D. Emérito José Padrón Armas, con

    N.I.F 43829028-I, por importe de 700,00 euros, para financiar el coste de las actividades durante 2008, con cargo a la Partida 452.489.04, del expediente nº 1 de Modificación de Créditos del Presupuesto de 2009, disponiendo el gasto, reconocimiento de obligación y cuya ordenación del pago se efectuará por la Alcaldía, previa la justificación de los gastos por importe igual o superior a la subvención que se otorga, en los términos exigidos en las Bases de Ejecución del Presupuesto y condicionado a la aprobación definitiva del reseñado expediente de Modificación de Créditos.

    8/ Subvención a la Federación Insular de Lucha Canaria para atender a gastos del ejercicio de 2008

    Se aprueba la concesión de una subvención específica a la Federación Insular de Lucha Canaria, con C.I.F Q-

    8855006-F, por importe de 1.000,00 euros, para financiar el coste de las actividades durante 2008, con cargo a la Partida 452.489.05, del expediente nº 1 de Modificación de Créditos del Presupuesto de 2009, disponiendo el gasto, reconocimiento de obligación y cuya ordenación del pago se efectuará por la Alcaldía, previa la justificación de los gastos por importe igual o superior a la subvención que se otorga, en los términos exigidos en las Bases de Ejecución del Presupuesto y condicionado a la aprobación definitiva del reseñado expediente de Modificación de Créditos.

    9/ Subvención al Club de Fútbol Barrio para atender a gastos del ejercicio de 2008

    Se aprueba la concesión de una subvención específica al Club de Fútbol Deportivo Barrio, con C.I.F G-

    38317244, por importe de 3.500,00 euros, para financiar el coste de las actividades durante 2008, con cargo a la Partida 452.489.06, del expediente nº 1 de Modificación de Créditos del Presupuesto de 2009, disponiendo el gasto, reconocimiento de obligación y cuya ordenación del pago se efectuará por la Alcaldía, previa la justificación de los gastos por importe igual o superior a la subvención que se otorga, en los términos exigidos en las Bases de Ejecución del Presupuesto y condicionado a la aprobación definitiva del reseñado expediente de Modificación de Créditos.

  • 22

    10/ Subvención al Club de Badminton OHADA para atender a gastos del ejercicio de 2008

    Se aprueba la concesión de una subvención específica al Club de Badminton OHADA, con C.I.F G-38453924, por importe de 1.000,00 euros, para financiar el coste de las actividades durante 2008, con cargo a la Partida 452.489.07, del expediente nº 1 de Modificación de Créditos del Presupuesto de 2009, disponiendo el gasto, reconocimiento de obligación y cuya ordenación del pago se efectuará por la Alcaldía, previa la justificación de los gastos por importe igual o superior a la subvención que se otorga, en los términos exigidos en las Bases de Ejecución del Presupuesto y condicionado a la aprobación definitiva del reseñado expediente de Modificación de Créditos.

    11/ Subvención al Club de Triatlón Tripotencia para atender a gastos del ejercicio de 2008

    Se aprueba la concesión de una subvención específica al Club de Triatlón Tripotencia, con C.I.F G-38963294,

    por importe de 2.000,00 euros, para financiar el coste de las actividades con motivo de la realización de una prueba del Campeonato de Canarias de Triatlón 2008, el 6 de Septiembre en el Puerto de la Estaca, según solicitud del Secretario del Club D. Eugenio Chinea Padrón, con N.I.F. 43818374-A, con cargo a la Partida 452.489.02, del expediente nº 1 de Modificación de Créditos del Presupuesto de 2009, disponiendo el gasto, reconocimiento de obligación y cuya ordenación del pago se efectuará por la Alcaldía, previa la justificación de los gastos por importe igual o superior a la subvención que se otorga, en los términos exigidos en las Bases de Ejecución del Presupuesto y condicionado a la aprobación definitiva del reseñado expediente de Modificación de Créditos.

    12/ Subvención a la Agrupación Taros para sufragar gastos de un viaje a Tenerife año 2006

    Se aprueba la concesión de una subvención específica a la Agrupación Taros, con C.I.F G-38451548, por

    importe de 1.072,30 euros, para financiar el coste de la realización de un viaje cultural a Tenerife el 15 de septiembre de 2006, con cargo a la Partida 451.489.04, del expediente nº 1 de Modificación de Créditos del Presupuesto de 2009, disponiendo el gasto, reconocimiento de obligación y cuya ordenación del pago se efectuará por la Alcaldía, previa la justificación de los gastos por importe igual o superior a la subvención que se otorga, en los términos exigidos en las Bases de Ejecución del Presupuesto y condicionado a la aprobación definitiva del reseñado expediente de Modificación de Créditos.

    SEGUNDO: Las subvenciones que se conceden y reconocen requieren para la ordenación del pago por la

    Alcaldía la debida justificación en los términos exigidos en las Bases de Ejecución del Presupuesto y Ley General de Subvenciones quedando facultado el Alcalde para la aprobación de las cuentas justificativas, el reconocimiento definitivo de la obligación y posterior pago.

    TERCERO: Ordenar el pago a los adjudicatarios expresados. En todo caso, este expediente de reconocimiento

    de créditos y obligaciones queda condicionado a la aprobación definitiva del Expediente de Modificación de Créditos que lo financia”.

    Tras deliberación, esta Comisión eleva Dictamen al Pleno, proponiendo su aprobación”. Tras deliberación, este Pleno acuerda por unanimidad, ratificarse en el Dictamen de la Comisión.

    10. MOCION DEL PSOE PROPONIENDO PREMIO CANARIAS CULTURA POPULAR 2.009, A FAVOR DE JOSE ANTONIO RAMOS.

    Dada lectura por el Sr. Secretario del Dictamen emitido al respecto por la Comisión Informativa de Régimen Interior, Personal, Economía y Hacienda-Especial de Cuentas, en sesión de 25 de febrero de 2.009, en el que se expresa:

    “Dada lectura de la Moción (R.E. nº. 41, de fecha 7 de enero de 2.009), formulada por los Concejales del Grupo Municipal Socialista, en la que se expresa:

    “José Antonio Ramos, fue un artista canario que ha introducido el timple en un espectro acústico completamente

    inédito. Sus incursiones en multitud de géneros (jazz, flamenco, celta, sinfónico, etc) han causado la admiración de todos aquellos que han escuchado su trabajo y sus novedosas propuestas.

    La consecución del Premio Nacional de Música Fol. Para jóvenes Intérpretes en el año 1989 en Santiago de

    Compostela fue el detonante de su carrera profesional, que comienza con la creación del grupo Trío Timple.

  • 23

    José Antonio cuenta con siete trabajos discográficos publicados e innumerables colaboraciones, tanto en

    discos (que superan los cuarenta) como en actuaciones en directo. Son de destacar las que llevaron junto a Carlos Núñez, Kepa Junquera, Pedro Guerra, Rosana, Orquesta Filarmónica de Gran Canaria, Mestisay, Los Sabandeños, The Chieftains, Bela Fleco & Flectones, Javier Krahe, Taburiente, Polo Orti, Andreas Prittwitz y Alejandro Sanz.

    José Antonio Ramos también produjo musicalmente, participando con temas propios en el libro-disco de

    cuentos de Pilar Ramos “El secreto de las cartas de piedra y otros cuentos desde Artenara” en 2007. En el año 2008 grabo el disco “Very Jar”, en el que hemos tenido la oportunidad de escuchar los sonidos del

    timple mas tradicional y acústico y también, por primera vez en la historia de la música, los sonidos mas experimentales del timple Midi timple sintetizados, creado a iniciativa del propio José Antonio Ramos.

    A lo largo de años como profesional, José Antonio ramos ha combinado su labor artística de conciertos y

    grabaciones con su labor como docente. Hay que destacar los innumerables cursos, conferencias y seminarios impartidos por muchos municipios de Canarias, así como en diversas instituciones como el Conservatoria Superior de Música de Canarias.

    El 4 de junio de 2008, a punto de hacer público su ultimo trabajo, “Very Jar”, presentado el 18 de junio de este

    año, marchó a su concierto mas Universal, dejándonos como legado su memoria musical. El 24 de junio de 2008 José Antonio Ramos fue nombrado Hijo Predilecto de la Ciudad de Las Palmas de

    Gran Canaria a titulo póstumo. El 13 de octubre recibió el premio de la cultura del Periódico Canarias7. José Antonio Ramos murió de forma inesperada, cuando solo contaba con 38 años de edad. Nos deja una

    aportación extraordinaria al acervo musical de canarias, lo que le hace merecedor del reconocimiento publico por parte de todos los canarios. Es una ocasión irrepetible para proponer su candidatura al Premio Canarias de Cultura popular 2009, a titulo póstumo.

    Por todo lo expuesto, Rogamos a Vd. sea elevado el Pleno para su debate y acuerdo la siguiente moción en base a la siguiente

    PROPUESTA: 1º. Que por parte de este M.I. Ayuntamiento se acuerde proponer a Don José Antonio Ramos como candidato

    al Premio Canarias de Cultura Popular 2009, a titulo póstumo”. Tras deliberación, esta Comisión eleva Dictamen al Pleno, proponiendo su aprobación”.

    Tras deliberación, este Pleno acuerda por unanimidad, ratificarse en el Dictamen de la Comisión.

    11.- MOCION DEL PSOE SOBRE COLOCACION DE BUSTO Y DENOMINACION DE CALLE A FAVOR DE D. JOSE FRANCISCO CABRERA.

    Dada lectura por el Sr. Secretario del Dictamen emitido al respecto por la Comisión Informativa de Régimen Interior, Personal, Economía y Hacienda-Especial de Cuentas, en sesión de 25 de febrero de 2.009, en el que se expresa:

    “Dada lectura de la Moción (R.E. nº. 4616, de fecha 29 de diciembre de 2.009), formulada por los Concejales

    del Grupo Municipal Socialista, en la que se expresa:

    “La Isla de El Hierro ha visto nacer varios personajes notables del mundo del deporte, personas que se dedicaron su vida a una de las ramas más nobles de nuestra cultura.

    El Presidente del Tenerife Marichal de Voleibol Femenino, José Francisco “Quico” Cabrera, nacido en nuestro

    municipio, falleció a los 57 años.

  • 24

    Quico Cabrera, quien recientemente fue distinguido como hijo predilecto de la isla por el Cabildo de Tenerife, ya que nació en El Hierro, fue uno de los grandes impulsores y miembro fundador del equipo más laureado de Canarias, equipo que sumó para el voleibol español la primera copa de Europa de clubes en 2004 y al cual llegó a avalar con su propio patrimonio. Desempeño diferentes cargos directivos en la Federación Española de Voleibol, entre ellos el de Vicepresidente y formó parte de los consejos de administración del Club Deportivo Tenerife de Fútbol, en la etapa de Víctor Pérez de Ascanio, así como del Tenerife Baloncesto.

    Quico Cabrera, emigrante retornado de Venezuela, donde se desplazó con su familia con apenas cuatro años

    se inició como deportista en las filas del Tío Pino, equipo de un popular barrio de Santa Cruz, pasó por las filas de la OJE, La Universidad de La Laguna y el Cisneros en su etapa de jugador.

    En 1981 fundó junto a Luís Beltri y Lolo Cabrera el Club Voleibol Tenerife, un club que ha llevado a sus

    vitrinas nueve copas de la Reina y otros tanto de Liga, pero sin duda, el momento cumbre de la entidad y de la vida profesional de Cabrera fue la victoria cosechada en la final de la Liga Europea de campeones contra el Perugia.

    A titulo individual, destacan en sus palmares: - La medalla de Oro del Gobierno de Canarias en 2002. - El Amables de Turismo y convivencia Ciudadana en 1999. - El Premio Nacional de Voleibol a la mejor entidad deportiva y al mejor dirigente. - Medalla de Oro Antena 3 Televisión. -Finalista del premio Mujer y Deporte del Comité.

    Este grupo político considera que el Municipio que lo vio nacer le debe un reconocimiento público, dados sus

    indiscutibles logros y el empeño sincero que caracterizo su carrera, por todo aquello que aporto al mundo del deporte canario siendo sin duda alguna un ilustre embajador de esta nuestra isla por toda la península y casi una veintena de países europeos.

    Por todo lo expuesto, Rogamos a Vd., sea elevado al Pleno para su debate y acuerdo la siguiente Moción en base a la

    PROPUESTA. 1º. Que por parte de este Mª. Ayuntamiento se acuerde colocar un busto de la figura de Don José Francisco

    Cabrera en su pueblo natal, Isora, así como se le ponga el nombre de una de sus calles por su labor deportiva durante tantos años y por haber llevado el nombre de esta Isla por todo el mundo”.

    Por la Alcaldía se expresa que el Equipo de Gobierno esta de acuerdo con dicha iniciativa, con la salvedad, al igual que en otro acuerdo anterior sobre el Luchador “Barbuzano", se plasme su ejecución consultando la opinión de los representante de las Asociaciones vecinales de Isora.

    Tras deliberación, esta Comisión, por unanimidad, eleva al Pleno el siguiente Dictamen:

    “Aprobar la Moción expresada y con arreglo al método indicado por la Alcaldía”. Tras deliberación, este Pleno acuerda por unanimidad, ratificarse en el Dictamen de la Comisión.

    12.- MOCION DEL PSOE SOBRE AYUDAS A DOMICILIO.

    Dada lectura por el Sr. Secretario del Dictámen emitido al respecto por la Comisión Informativa de Servicios Asistenciales, Juventud, Cultura y Deportes, en sesión de 25 de febrero de 2.009, en el que se expresa:

    “Dada lectura de la Moción (R.E. nº. 669, de fecha 20 de febrero de 2.009), formulada por los Concejales del

    Grupo Municipal Socialista, en la que se expresa:

  • 25

    “La erradicación de la pobreza extrema y del hambre, la reducción de la mortalidad infantil, el fomento de la igualdad y de la n-discriminación a todo nivel y de una educación universal son algunos de los objetivos de la Declaración del Milenio adoptada por la ONU.

    Constituyen objetivos nobles, no sólo nuestra ciudadanía sino como Administración Pública. Son además,

    objetivos inspirados también por nuestra Constitución, que recoge en su Preámbulo, como objetivo de todos los españoles y españolas, la eficaz cooperación entre todos los pueblos de la Tierra, y el establecimiento de relaciones pacíficas entre ellos.

    La política de cooperación al desarrollo se ha convertido en una política primordial, de Estado, que debe

    implicar no sólo al Gobierno de España y a la Administración Central, sino al conjunto de las Administraciones Públicas, de los agentes sociales y de la sociedad civil. No debe entenderse sólo como una mera provisión de recursos y bienes a quienes carecen de ellos, sino como un objetivo más amplio en la línea del desarrollo de la dignidad humana, con la ampliación de derechos, oportunidades vitales, sociales y laborales y desaparición de discriminaciones, con respeto a la sostenibilidad del Planeta.

    Consideramos que nuestra ciudadanía es cómplice con la política de cooperación al desarrollo y que nuestro

    municipio debe contribuir a la misma, no sólo desde las políticas públicas de este Ayuntamiento, sino desde la implicación de todo nuestro tejido social y económico, con América Latina, el Mediterráneo y el África Subsahariana como principales ámbitos de cooperación.

    El Plan Director de la Cooperación Española 2009-2012 recogió el compromiso de duplicar la Ayuda Oficial al

    Desarrollo, con el horizonte del 0,7 por ciento de la Renta Nacional Bruta en un futuro próximo y con el compromiso de todas las Administraciones Públicas.

    Por tanto, nuestro Ayuntamiento, en el marco de la lealtad institucional de la cooperación entre

    Administraciones y de la corresponsabilidad, debe implicarse en la lucha por la consecución de los objetivos de la Declaración del Milenio y, en el mismo sentido, en el incremento de la Ayuda al Desarrollo hasta el 0,7% de los Presupuestos de la Entidad Local en el menor plazo posible.

    Por todo ello, el Grupo Socialista presente para su aprobación por el Pleno del Ayuntamiento, en virtud del

    artº. 97/3 del Reglamento Orgánico del Pleno la siguiente

    MOCION

    Por la que se establecen los siguientes acuerdos: 1.- Instar a la Junta de Gobierno Local a elevar al Pleno de este Ayuntamiento una propuesta de Plan

    Municipal de Ayuda al Desarrollo que incluirá políticas y programas de concienciación de nuestra ciudadanía sobre la cooperación exterior, con la implicación del tejido social, económico y empresarial de nuestro municipio, además de las medidas necesarias para destinar parte del presupuesto municipal a proyectos de cooperación, en el objetivo de que todas las Administraciones Públicas de nuestro país destinen el 0,7% de su presupuesto a programas de Ayudas al Desarrollo.

    2.- El Plan Municipal recogerá tanto el compromiso de destinar a la cobertura de los servicios básicos

    (educación y salud) una porción directa de la cuantía total, como un compromiso con proyectos destinados a los Países Menos Adelantados, siguiendo las directrices marcadas por el Plan Director de Cooperación Española 2009-2012.

    3.- Instar al consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma a que tome las medidas sociales y financieras

    necesarias para que nuestra Comunidad Autónoma se implique paulatinamente en lograr que el 0,7% de su Presupuesto se destine a proyectos de Cooperación.

    Tras deliberación, esta Comisión eleva Dictamen al Pleno, proponiendo su aprobación”. Tras deliberación, este Pleno acuerda por unanimidad, ratificarse en el Dictamen de la Comisión.

    13.- MOCION DEL PSOE SOBRE RESOLUCION DE PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS.

  • 26

    Dada lectura por el Sr. Secretario del Dictámen emitido al respecto por la Comisión Informativa de Servicios Asistenciales, Juventud, Cultura y Deportes, en sesión de 25 de febrero de 2.009, en el que se expresa:

    “Dada lectura de la Moción (R.E. nº. 539, de fecha 12 de febrero de 2.009), formulada por los Concejales

    del Grupo Municipal Socialista, en la que se expresa:

    “Antecedentes: Las pensiones no contributivas en sus modalidades de invalidez y jubilación son tramitadas en el

    Ayuntamiento pero resueltas por el Gobierno de Canarias a través de la Consejería de Bienestar Social. El último año se han dado retrasos en las resoluciones de estas pensiones que afectan a vecinos y vecinas de nuestro municipio y además son nuestros técnicos municipales quienes tienen que estar explicando que sucede cuando la competencia para resolver la situación es de otra entidad.

    Debido a que las pensiones no contributivas afectan a personas cuyos ingresos son casi inexistentes, en

    muchas ocasiones tenemos que recurrir a las ayudas de emergencia social para poder paliar situaciones a las que no tendríamos que llegar si el Gobierno de Canarias resolviera de inmediato esta situación.

    Acuerdos: Por todo ello el PSC-PSOE en el Ayuntamiento de Valverde propone la siguiente moción para que sea

    elevada a la consideración del pleno: Que el Ayuntamiento de Valverde inste al Gobierno de Canarias a que resuelva de inmediato los retrasos

    existentes en las resoluciones de las pensiones no contributivas y resuelva todas las solicitudes pendientes independientemente de que modernice el sistema”.

    Tras deliberación, esta Comisión eleva Dictamen al Pleno, proponiendo su aprobación” Abierto el turno de intervenciones, pide la palabra la Concejal Sra. Brito Brito del Grupo de

    AHÍ-CC, expresando en nombre del Equipo de Gobierno que no esta de acuerdo con la Moción porque las Pensiones no Contributivas en este Ayuntamiento han sido resueltas todas, no habiendo ninguna pendiente, por lo que cambia el sentido del voto.

    Por parte de la Concejal Sra. Padrón Zamora, del Grupo Municipal Socialista, se expresa que

    le parece curioso, que este sea el único Municipio en que se de esa circunstancia, lo cual alegra a su Grupo.