servicios de salud desinaloa - saludsinaloa.gob.mx

12
//n. SERVICIOS DE SALUD DESINALOA SERVICIOS DE SALUD DE SINALOA DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA SUBDIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES DIRECºCIÓN JURÍDICA Y ºDE NORMATMDAD Contrato número: SSS/042/2020 Monto total: $1 '844,355.00 (un millón ochocientos cuarenta y cuatro mil trescientos cincuenta y cinco pesos 00/100 M.N.), LV.A. incluido. Vigencia: Del 29 de marzo de 2020 al 17 de abril de 2020. Objeto: Adquisición de materiales, accesorios y suministros médicos para los Servicios de Salud de Sinaloa. CONTRATO DE ADQUISICIÓN DE MEDICINAS Y PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS MÉDICOS PARA LOS SERVICIOS DE SALUD DE SINALOA, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LOS SERVICIOS DE SALUD DE SINALOA, REPRESENTADOS EN ESTE ACTO POR EL DR. EFRÉN ENCINAS TORRES, EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE SINALOA, ASISTIDO EN CALIDAD DE TESTIGOS POR LOS e.e. L.C.P. KARLA GAMEZ GUTIÉRREZ, DIRECTORA ADMINISTRATIVA DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE SINALOA Y EL DR. PRISCILIANO LEÓN BUENO, SUBDIRECTOR DE ABASTO Y EQUIPAMIENTO, EN SUPLENCIA POR AUSENCIA DEL DIRECTOR DE ATENCIÓN MÉDICA DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE SINALOA, QUE EN LO SUBSECUENTE SE DENOMINARÁ "LOS SERVICIOS DE SALUD", Y POR OTRA PARTE DISTRIBUIDORA Y COORDINADORA COMERCIAL, S.A. DE C.V., REPRESENTADA POR EL C. JOSÉ JESÚS FIGUEROA FÉLIX, AL QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARA "EL PROVEEDOR", AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES: DECLARACIONES 1.- De "Los Servicios de Salud": 1.1. Que los Servicios de Salud de Sinaloa, es un organismo público descentralizado de la Administraci ón Pública Estatal, creado por Decreto del Ejecutivo del Estado, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa" número 128, de fecha 23 de octubre de 1996, con personalidad jurídica y patrimonio propios, sectorizado a la Secretaría de Salud del Estado de Sinaloa, que tiene por objeto prestar servicios de salud a la población abierta en el Estado, en cumplimiento a lo dispuesto por las leyes general y estatal de salud, y por el acuerdo de coordinación firmado entre los poderes ejecutivos federal y estatal. 1.2. Que el Director General de los Servicios de Salud, el Dr. Efrén Encinas Torres, facultado para suscribir el presente instrumento jurídico, de conformidad con lo dispuesto por lo ,__ . , artículos 9 y 10 del Decreto que crea los Servicios de Salud de Sinaloa, publicado en el Periódico e/ Oficial "el Estado de Sinaloa", número 128, de fecha 23 de octubre de 1996; y los artículos 14 y 16 - Fracciones XV, XVII y XX del Reglamento Interior de los Servicios de Salud de Sinaloa, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa" No. 048, de fecha 22 de Abril de 2015; así como el nombramiento expedido a su favor el día 10 de julio de 2018, por el Lic. Quirino Ordaz Coppel, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sinaloa. 1.3. Que la Directora Administrativa de los Servicios de Salud de Sinaloa, la L.C.P. Karla Gámez Gutiérrez, está facultada para suscribir el presente instrumento jurídico, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 18 fracción 1 y 41, fracciones 1, VI , IX y XVIII, y demás relativo del reglamento interior de los Servicios de Salud de Sinaloa, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa", No. 048 de fecha 22 de abril de 2015 y el nombramiento expedido a su favor, por conducto del Dr. Efrén Encinas Torres, con fecha 16 de febrero de 2020. f- Contrato número SSS/04212020 de adquisición de materiales, accesorios y suministros médicos para los Servicios de Salud de Sinaloa, celebrado entre los Servicios de Salud de Sinaloa y Distribuidora y Coordinadora Comercial, SA de C.V. 1 "-

Upload: others

Post on 11-Dec-2021

3 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

//n. ~

SERVICIOS DE SALUD DESINALOA

SERVICIOS DE SALUD DE SINALOA DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA

SUBDIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES DIRECºCIÓN JURÍDICA Y ºDE NORMATMDAD

Contrato número:

SSS/042/2020

Monto total: $1 '844,355.00 (un millón ochocientos cuarenta y cuatro mil trescientos cincuenta y cinco pesos 00/100 M.N.), LV.A. incluido. Vigencia: Del 29 de marzo de 2020 al 17 de abril de 2020. Objeto: Adquisición de materiales, accesorios y suministros médicos para los Servicios de Salud de Sinaloa.

CONTRATO DE ADQUISICIÓN DE MEDICINAS Y PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS MÉDICOS PARA LOS SERVICIOS DE SALUD DE SINALOA, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LOS SERVICIOS DE SALUD DE SINALOA, REPRESENTADOS EN ESTE ACTO POR EL DR. EFRÉN ENCINAS TORRES, EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE SINALOA, ASISTIDO EN CALIDAD DE TESTIGOS POR LOS e.e. L.C.P. KARLA GAMEZ GUTIÉRREZ, DIRECTORA ADMINISTRATIVA DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE SINALOA Y EL DR. PRISCILIANO LEÓN BUENO, SUBDIRECTOR DE ABASTO Y EQUIPAMIENTO, EN SUPLENCIA POR AUSENCIA DEL DIRECTOR DE ATENCIÓN MÉDICA DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE SINALOA, QUE EN LO SUBSECUENTE SE DENOMINARÁ "LOS SERVICIOS DE SALUD", Y POR OTRA PARTE DISTRIBUIDORA Y COORDINADORA COMERCIAL, S.A. DE C.V., REPRESENTADA POR EL C. JOSÉ JESÚS FIGUEROA FÉLIX, AL QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARA "EL PROVEEDOR", AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:

DECLARACIONES

1.- De "Los Servicios de Salud":

1.1. Que los Servicios de Salud de Sinaloa, es un organismo público descentralizado de la Administración Pública Estatal, creado por Decreto del Ejecutivo del Estado, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa" número 128, de fecha 23 de octubre de 1996, con personalidad jurídica y patrimonio propios, sectorizado a la Secretaría de Salud del Estado de Sinaloa, que tiene por objeto prestar servicios de salud a la población abierta en el Estado, en cumplimiento a lo dispuesto por las leyes general y estatal de salud, y por el acuerdo de coordinación firmado entre los poderes ejecutivos federal y estatal.

1.2. Que el Director General de los Servicios de Salud, el Dr. Efrén Encinas Torres, esta~:::."?'~~ facultado para suscribir el presente instrumento jurídico, de conformidad con lo dispuesto por lo ,__ . , ~) artículos 9 y 10 del Decreto que crea los Servicios de Salud de Sinaloa, publicado en el Periódico ~-?101 e/ Oficial "el Estado de Sinaloa", número 128, de fecha 23 de octubre de 1996; y los artículos 14 y 16 -Fracciones XV, XVII y XX del Reglamento Interior de los Servicios de Salud de Sinaloa, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa" No. 048, de fecha 22 de Abril de 2015; así como el nombramiento expedido a su favor el día 10 de julio de 2018, por el Lic. Quirino Ordaz Coppel, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sinaloa.

1.3. Que la Directora Administrativa de los Servicios de Salud de Sinaloa, la L.C.P. Karla Gámez Gutiérrez, está facultada para suscribir el presente instrumento jurídico, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 18 fracción 1 y 41, fracciones 1, VI, IX y XVIII, y demás relativo del reglamento interior de los Servicios de Salud de Sinaloa, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa", No. 048 de fecha 22 de abril de 2015 y el nombramiento expedido a su favor, por conducto del Dr. Efrén Encinas Torres, con fecha 16 de febrero de 2020.

f-Contrato número SSS/04212020 de adquisición de materiales, accesorios y suministros médicos para los Servicios de Salud de Sinaloa, celebrado entre los Servicios de Salud de Sinaloa y Distribuidora y Coordinadora Comercial, SA de C.V.

1

"-

¿}_ SERVICIOS DE SALUD

DESINALOA

SERVICIOS DE SALUD DE SINALOA DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA

SUBDIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN JURiDICA Y DE NORMATIVIDAD

Contrato número:

SSS/042/2020

1.4. Que el Dr. Prisciliano León Bueno, Subdirector de Abasto y Equipamiento, en suplencia por ausencia del Director de Atención Médica de los Servicios de Salud de Sinaloa, está facultado para asistir al Director General y suscribir el presente instrumento jurídico, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 18 fracción I, 51 fracciones 1 y XVIII, 66, 67 y demás relativos del Reglamento Interior de los Servicios de Salud de Sinaloa, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa", número 048, de fecha 22 de abril de 2015.

1.5. Que se sometió a consideración del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de los Servicios de Salud de Sinaloa en su Segunda Reunión Extraordinaria de fecha 18 de marzo de 2020, la necesidad de la adquisición de materiales, accesorios y suministros médicos para los Servicios de Salud de Sinaloa.

1.6. En atención a lo anterior, con fundamento en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 1 fracción IV, 2, 3 fracción 1, 22, 25, 26 fracción 111, 40 y 41 fracción 11 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se emitió la excepción a la licitación pública para la contratación vía adjudicación directa, en tal orden y mediante ese procedimiento con fundamento en los Artículos 45 de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Publico, se tiene a bien formalizar el presente contrato.

1.7. Para cubrir las erogaciones que se deriven del presente instrumento jurídico cuenta con recursos disponibles suficientes no comprometidos, cuya suficiencia presupuestaria se encuentra confirmada mediante memorándum número SSS/SF/00124/2020, de fecha 17 de marzo de 2020, emitido por la Subdirección de Recursos Financieros de los Servicios de Salud de Sinaloa.

1.8. Que tiene su domicilio legal en calle Cerro Montebello, número 150 Oriente, del Fraccionamiento Montebello, en Culiacán, Sinaloa, C.P. 80227.

11. De" El Proveedor'':

11.1 Que es una empresa legalmente constituida conforme las Leyes Mexicanas, de acuerdo a lo que se desprende de la escritura número 19,557 (diecinueve mil quinientos cincuenta y siete), volumen LXVI, de fecha 14 de abril de 2011 , pasada ante la fe del Lic. Lamberto Alfonso Borboa Valenzuela, Notario Público número 79, con ejercicio y residencia en Culiacán, Sinaloa, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de Culiacán, Sinaloa, bajo el folio mercantil electrónico número 80628*1, de fecha 16 de mayo de 2011, por lo tanto tiene capacidad jurídica para contratar y obligarse, en los términos del presente contrato según lo acredita con el acta constitutiva anteriormente descrita.

11.2 Que cuenta con la clave de R.F.C. DCC1104141P6, otorgada por el Servicio de Administración Tributaria, dependiente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

11.3 Que su representante legal, el C. José Jesús Figueroa Félix, acredita la personalidad con la que comparece, de acuerdo con lo que se deprende de la escritura pública descrita en la declaración 11.1 . Manifestando, bajo protesta de decir verdad, que a la fecha no le han sido modificadas ni revocadas, sus facultades, en forma alguna, por lo que posee plena capacidad jurídica para contratar y obligarse a nombre de su representado.

~ Contrato número SSS/04212020 de adquisición de materiales, accesorios y suministros médicos para los Servicios de Salud de Sinaloa,

~.

celebrado entre los Servicios de Salud de Sinaloa y Distribuidora y Coordinadora Comercial , S.A. de C.V. ,N / 2 D1 "'

SERVICIOS DE SALUD DE SINALOA

SERVICIOS DE SALUD DE SINALOA DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA

SUBDIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN JURÍDICA Y DE NORMATIVIDAD

Contrato número:

SSS/042/2020

11.4 Que su representada no se encuentra en ninguno de los supuestos previstos por los artículos 50 y 60 antepenúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

11.5 Que su representada se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales de conformidad con lo establecido en el artículo 32-D del Código Fiscal Federal, tal como lo acredita con la constancia expedida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

11.6 Que para los fines y efectos legales del presente contrato señala como domicilio legal el ubicado en Calle Paseo de los Geranios número 3682, entre Calles Claveles y Bugambilias, Colonia Los Girasoles, Culiacán, Sinaloa, C.P. 80180.

Expuesto lo anterior, las partes sujetan su compromiso a la forma y términos que se estipulan en las siguientes:

CLÁUSULAS

PRIMERA.- Objeto El presente contrato tiene por objeto la adquisición de materiales, accesorios y suministros médicos para los Servicios de Salud de Sinaloa, que se señalan en el Anexo 1 del presente contrato, el cual firmado por "Las Partes" es parte integrante del presente instrumento jurídico, de acuerdo a la calidad, descripción y cantidad que le fueran adjudicados al "El Proveedor" conforme a la cotización presentada a los "LOS SERVICIOS DE SALUD".

Medicinas y productos farmacéuticos, y materiales, accesorios y suministros médicos que "El Proveedor" deberá entregar dentro de la vigencia del presente contrato, en el departamento de Centro Logístico de "LOS SERVICIOS DE SALUD", ubicado en el domicilio calle Jesús Kúmate Rodríguez, número 7171, Ejido predio Barrancos, Culiacán, Sinaloa, ante la presencia de dos funcionarios públicos, que corresponde a un representante de las Áreas requirentes (departamento de Farmacia) y un representante del departamento del Centro Logístico, derivado de la entrega de los insumos contratados a entera satisfacción de "LOS SERVICIOS DE SALUD" se emitirá una

nota remisión. ~:\:.'~ <<?·,,,..- / -~ o

SEGUNDA.- Monto y Forma de Pago 'c.~ < El importe del presente contrato es por el monto total de $1'844,355.00 (un millón ochocientos ''P1

cuarenta y cuatro mil trescientos cincuenta y cinco pesos 00/100 M.N.), l.V.A. incluído, el cual se encuentra desglosado dentro del Anexo l.

Dicha suma será pagadera en una sola exhibición, para lo cual "El Proveedor" deberá presentar en la Dirección Administrativa de los Servicios de Salud de Sinaloa la factura que deberá ser acompañada por el soporte documental y reunir los requisitos fiscales conforme la normatividad aplicable, además la cual deberá estar debidamente validada y aprobada por la Dirección de Atención Médica.

El pago de las facturas se realizará en mensualidad vencida, dentro de los veinte dfas naturales siguientes, contados a partir de la presentación de la factura en la Dirección Administrativa de los Servicios de Salud de Sinaloa, siempre y cuando se reúnan los requisitos establecidos en el párrafo

a~oc }

Contrato número SSS/042/2020 de adquisición de materiales, accesorios y suministros médicos para los Servicios de Salud de Sinaloa, ¿ oelobrado """' I~ Se""'"" de SalOO de Si"'loa y o;'1ribuid~ y Coonli"''°"' Come.a>. SA do C.V. c.f' j__

Z}_ SERVICIOS DE SALUD

DESINALOA

SERVICIOS DE SALUD DE SINALOA DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA

SUBDIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN JURÍDICA Y DE NORMATMDAD

TERCERA.· Del precio firme

Contrato número:

SSS/042/2020

El precio pactado permanecerá firme, sin escalaciones durante la vigencia del presente contrato, posteriormente podrá modificarse en caso de prórroga en estricto apego a las políticas económicas dictadas por el Gobierno Estatal o la propia Dirección Administrativa de "Los Servicios de Salud", a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, tomando como base los índices de precios al consumidor.

Dichas modificaciones podrán hacerse, previo acuerdo de "Las Partes" dentro del presupuesto aprobado y disponible, mediando escrito entre ellas, que deberá ser remitido con una anticipación de 15 días, en donde se requiera de dicha modificación, mismas que no deberán ser mayores al 20% de los originalmente contratados, para validez de las mismas deberán ser formalizadas por escrito.

CUARTA.- Garantías "El Proveedor" se obliga a entregar a "Los Servicios de Salud" las garantías que se enumeran a continuación: A) garantía de los bienes.- "El Proveedor'' deberá presentar junto con los bienes, escrito preferentemente en papel membretado, firmado por su apoderado legal, por el que se garantice que el período de caducidad de los bienes, no podrá ser menor a 09 (nueve) meses, contados a partir de la fecha de entrega de estos.

B) garantía de cumplimiento del contrato.- "El Proveedor" se obliga a entregar a más tardar dentro de los 10 (diez) días naturales posteriores a la firma de este instrumento jurídico, en términos del artículo 48 de la "Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público", una garantía de cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del presente contrato, mediante fianza expedida por compañía autorizada en los términos de la ley de instituciones de seguros y de fianzas a favor de Los Servicios de Salud de Sinaloa, por un monto equivalente al 10% (diez por ciento) sobre el importe máximo que se indica en el presente instrumento jurídico, en moneda nacional y sin considerar el impuesto al valor agregado.

Dicha póliza de garantía de cumplimiento del contrato se liberará de forma inmediata a "El Proveedor" una vez que "Los Servicios de Salud " le otorgue autorización por escrito, para que éste pueda solicitar a la afianzadora correspondiente la cancelación de la fianza, autorización que se entregará a "El Proveedor" siempre que demuestre haber cumplido con la totalidad de las obligaciones adquiridas por virtud del presente contrato.

QUINTA.- Rescisión administrativa del contrato "Los Servicios de Salud" podrá rescindir administrativamente y sin necesidad de resolución judicial previa el presente contrato en cualquier momento cuando "El proveedor" actualice alguno de los supuestos que de manera enunciativa más no limitativa enseguida se señalan:

1. Cuando incurra en falta de veracidad total o parcial respecto a la información proporcionada para la celebración de este contrato.

2. Cuando se incumpla, total o parcialmente, con cualesquiera de las obligaciones establecidas en este instrumento jurídico.

Contrato número SSS/042/2020 de adquisición de materiales, accesorios y suministros médicos para los Servicios de Salud de Sinaloa, celebrado entre los Servicios de Salud de Sinaloa y Distribuidora y Coordinadora Comercial, S.A. de C.V.

4 ?'

..- O\ ,... "/' <: ~~

~! ,¿_o/

l l

Q_ SERVICIOS DE SALUD

OESINALOA

SERVICIOS DE SALUD DE SINALOA DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA

SUBDIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN JURiDICA Y DE NORMATIVIDAD

Contrato número:

SSS/042/2020

3. Cuando se compruebe que "El Proveedor" haya entregado bienes con descripciones y características distintas a las pactadas en este contrato o cuando no los entregue conforme a las normas y/o calidad solicitadas por "Los Servicios de Salud".

4. En caso de que "El proveedor" no reponga los bienes que le hayan sido devueltos para canje, por problemas de calidad, defectos o vicios ocultos, de acuerdo a lo estipulado en el presente contrato.

5. Cuando se transmitan total o parcialmente, bajo cualquier título y a favor de cualquier otra persona física o moral, los derechos y obligaciones derivados del presente instrumento jurídico.

6. Si la autoridad competente declara el concurso mercantil o cualquier situación análoga o equivalente que afecte el patrimonio de "El Proveedor".

7. Cuando los bienes entregados tengan algún vicio oculto. 8. Cuando de manera reiterativa y constante, "El Proveedor" sea sancionado por parte de

"Los Servicios de Salud" con penalizaciones y/o deducciones sobre el mismo concepto de los bienes que entrega.

9. Por ubicarse en los límites de incumplimientos previstos en la cláusula de penas convencionales del presente instrumento.

1 O. Cuando se incumplan o contravengan las disposiciones de la "Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público", su reglamento y los demás lineamientos que rigen en la materia.

11. En caso de que durante la vigencia del contrato la renovación del registro sanitario no resulte favorable por la autoridad sanitaria o, bien, se reciba comunicado por parte de la comisión federal para la protección contra riesgos sanitarios (COFEPRIS) en el sentido de que "El proveedor" ha sido sancionado o se le ha revocado el registro sanitario correspondiente.

12. Incurra en alguna irregularidad en la que dañe el patrimonio personal o la imagen de "Los Servicios de Salud", sin perjuicio de las investigaciones que se practiquen y los resultados procedentes;

13. No haya manifestado con veracidad la información contenida en la documentación

14. En el supuesto de que la comisión federal de competencia económica, de acuerdo a sus :::,,."<~ ó requerida; ,~

facultades, notifique a "Los Servicios de Salud" la sanción impuesta a "El proveedor" con c.~•··~/ zJ motivo de la colusión de precios en que hubiese incurrido durante el procedimiento ~101 8'­licitatorio, en contravención a lo dispuesto en los artículos 9 de la ley federal de competencia económica y 34 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

SEXTA.· Del Procedimiento de Rescisión Para cada uno de los supuestos a que se refiere la cláusula anterior "Los Servicios de Salud", procederá a notificar por escrito a "El Proveedor" a través de su representante legal, en cumplimiento del presente contrato, señalándose la cláusula infringida y concediéndole un plazo prudente de no mayor a 05 días hábiles para que se conteste por escrito lo que a su derecho convenga, debiendo "El Proveedor" anexar a este las pruebas con las que fundamente la razón de su dicho.

Transcurrido el plazo anterior "Los Servicios de Salud" contará con un plazo de 15 días procederá a dictar la resolución administrativa de rescisión, la cual una vez notificada a "El Proveedor" producirá los efectos legales que correspondan.

Contrato número SSS/042/2020 de adquisición de materiales, accesorios y suministros médicos para los Servicios de Salud de Sinaloa, celebrado entre los Servicios de Salud de Sinaloa y Distribuidora y Coordinadora Comercial, S.A. de C.V.

5

Gt 1

L l

SERVICIOS DE SALUD DE SINALOA

SERVICIOS DE SALUD DE SINALOA DIRECCION ADMINISTRATIVA

SUBDIRECCION DE RECURSOS MATERIALES DIRECCION JURÍDICA Y DE NORMATIVIDAD

SÉPTIMA.· Pena convencional

Contrato número:

SSS/042/2020

Para el caso de que "El Proveedor" incurra en el incumplimiento de los compromisos establecidos en este contrato, se establecen en forma convencional una pena correspondiente al 0.5% del importe antes de l.V.A, diario sobre el concepto no entregado que por daños y perjuicios "Los Servicios de Salud" pudieran sufrir a la no entrega en tiempo y forma de la fuente.

En caso de incumplimiento "El Proveedor" estará obligado a emitir una nota de crédito por los importes correspondientes a los días de atraso en la entrega, en caso de que no se entregara, "Los Servicios de Salud" no estará obligado a realizar el pago de las facturas que emita "El Proveedor" y además no generarán gastos financieros por los días de atraso en los pagos.

Así mismo "El Proveedor'' autoriza que la notificación de la aplicación de la pena convencional se realice mediante el correo electrónico vtas [email protected], surtiendo efectos como si se efectuara de manera personal.

OCTAVA.· De las normas y licencias Los bienes deberán ser nuevos, cumplir con las normas oficiales mexicanas y con las normas mexicanas, normas internacionales o bien, deberán cumplir con las características y especificaciones requeridas en el presente contrato.

NOVENA.· Vicios ocultos "Los Servicios de Salud" podrá solicitar a "El Proveedor" el canje de los bienes que presenten defectos o vicios ocultos, para lo cual notificará a "El proveedor" por escrito o por correo electrónico a las personas y/o direcciones que quedaron registradas como contactos oficiales señalados por "El Proveedor''.

"El Proveedor" se obliga a canjear a "Los Servicios de Salud" en un plazo que no excederá de 20 (veinte) días hábiles, contados a partir de la notificación, por otros bienes que no presenten los defectos o vicios ocultos identificados. En caso de incumplimiento se aplicará la sanción

~DA~

'-.:..\ ~8 ,. -

01'9!

correspondiente. tf, DÉCIMA.· Administrador del contrato · "LAS PARTES" acuerdan que para los fines y cumplimiento de obligaciones y derechos que se generan del presente contrato el Funcionario Público que ostente el cargo de Director de Atención ¡f Médica de los Servicios de Salud de Sinaloa, será quien administre el contrato, a efectos de que r

constate la prestación de los servicios requeridos y/o contratados, los cuales deberán corresponder · a las características solicitadas.

DÉCIMA PRIMERA-Terminación Anticipada De conformidad con lo establecido en el artículos 55 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, y Servicios del Sector Público, "Los Servicios de Salud" podrá dar por terminado anticipadamente el presente contrato sin responsabilidad para éste y sin necesidad de que medie Contrato número SSS/04212020 de adquisición de materiales, accesorios y suministros médicos para los Servicios de Salud de Sinaloa, celebrado entre los Servicios de Salud de Sinaloa y Distribuidora y Coordinadora Comercial, S.A. de C.V.

6

I

l l

Q_ SERVIClOS DE SALUD

DESINALOA

SERVICIOS DE SALUD DE SINALOA DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA

SUBDIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN JUR(DICA Y DE NORMATIVIDAD

Contrato número:

SSS/042/2020

resolución judicial alguna, cuando concurran razones de interés general o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los bienes objeto del presente contrato, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas se ocasionaría algún daño o perjuicio a "Los Servicios de Salud" o se determine la nulidad de los actos que dieron origen al presente instrumento jurídico, con motivo de la resolución de una inconformidad o intervención de oficio emitida por el Órgano Interno de Control y Evaluación de "Los Servicios de Salud" o de la Secretaría de Transparencia y Rendición de Cuentas del Gobierno del Estado de Sinaloa.

"Los Servicios de Salud" darán por terminado este contrato si "El Proveedor" incumple y no subsana el incumplimiento de sus obligaciones en virtud de este contrato, dentro de los 05 días siguientes a la recepción de la comunicación donde se le notifica del incumplimiento, o dentro de otro plazo mayor que "Los Servicios de Salud" pudieran haber aceptado posteriormente por escrito.

Si llegara el momento de estar en el supuesto anteriormente señalado, y en ese incumplimiento se causaran daños o perjuicios graves a "Los Servicios de Salud", este último procederá a comunicarlo a las autoridades correspondientes para efecto de la sanción e inhabilitación temporal que proceda en términos de las disposiciones legales aplicables en la materia para participar en procedimientos de próximas licitaciones o contrataciones.

DÉCIMA SEGUNDA.- Prohibición de cesión de derechos y obligaciones. Los derechos y obligaciones que se deriven del presente contrato no podrán cederse en forma total o parcial a favor de cualquier otra persona física o moral, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con el consentimiento expreso y por escrito de "Los Servicios de Salud".

DÉCIMA TERCERA.- Responsabilidad "El Proveedor'' asume la responsabilidad por las violaciones que se causen en materia de patentes, en caso de que la prestación del servicio objeto del presente convenio utilice equipo maquinaria y tecnologías cuyas patentes no sean de su propiedad de las cuales no tenga derecho de uso.

DÉCIMA CUARTA.· Contribuciones Los impuestos y derechos que procedan con motivo de los bienes objeto del presente contrato, serán pagados por "El Proveedor" conforme a la legislación aplicable en la materia. En caso de bienes de importación, los trámites y pago de impuestos y derechos correspondientes se~án a cargo de "El Proveedor''.

"El Proveedor", en su caso, cumplirá con la inscripción de sus trabajadores en el régimen obligatorio del seguro social, así como con el pago de las cuotas obrero-patronales a que haya lugar.

DÉCIMA QUINTA.· Vigencia del Contrato "El Proveedor'' se obliga a dar cumplimiento al objeto del presente contrato, a partir del día 29 de marzo de 2020 al 17 de abril de 2020, fecha en la que se habrá de cumplir con las obligaciones pactadas entre las partes.

Contrato número SSS/042/2020 de adquisición de materiales, accesorios y suministros médicos para los Servicios de Salud de Sinaloa, celebrado entre los Servicios de Salud de Sinaloa y Distribuidora y Coordinadora Comercial, S.A. de C.V.

7

ctf

~04~,, 11"'~ o • z

~~º Dlv

Jz J._,

Q_ SERVIC10S DE SALUD

OE SINALOA

SERVICIOS DE SALUD DE SINALOA DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA

SUBDIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN JUR(DICA Y DE NORMATIVIDAD

DÉCIMA SEXTA.- Responsabilidad Civil

Contrato número:

SSS/042/2020

"El Proveedor'' asume de manera expresa toda la responsabilidad civil que le fuera legalmente imputable cuando por su culpa o negligencia, o la de sus empleados, en la ejecución de este contrato se causen daños a los bienes e imagen de "Los Servicios de Salud". En este caso "El Proveedor" se obliga a restituir a "Los Servicios de Salud" la cantidad o cantidades que se llegaren a erogar por concepto de indemnización, reparación de daños u otros.

DÉCIMA SÉPTIMA.- Responsabilidad Laboral Las partes convienen en que "Los Servicios de Salud" no adquiere ninguna obligación de carácter laboral con "El proveedor", ni para con sus trabajadores, estudiantes, pasantes y profesionales, por lo que no se le podrá considerar como patrón ni aun sustituto, en particular, el personal se entenderá relacionado exclusivamente con la o las personas que lo emplearon o asignaron y, por ende, cada una de ellas asumirá su responsabilidad por dicho concepto.

Igualmente, y para este efecto y cualquiera no previsto, las partes se eximen expresamente de cualquier responsabilidad civil, penal, de seguridad social o de otra especie que en su caso, pudiera llegar a generarse.

DÉCIMA OCTAVA.- Modificaciones Con fundamento en los artículos 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 91 de su reglamento, dentro de su presupuesto aprobado y disponible y sobre la base de razones fundadas y explícitas, "Los Servicios de Salud" podrá acordar un incremento de hasta un veinte por ciento sobre los servicios originalmente contratados, respetando los precios pactados y la fecha de entrega originalmente estipulada, a menos que el área contratante considere necesario ampliar la vigencia del contrato; dichas modificaciones podrán hacerse en cualquier tiempo, siempre y cuando éstas se realicen antes de que concluya la vigencia del contrato y se _ cuente con la anuencia de "EL ARRENDADOR". Para tal efecto "EL ARRENDADOR" se obliga a ~-r' , e,.. entregar, en su caso, la modificación de la garantía, en ténninos del artículo 103 fracción 11 del ~ ~ :, ~ Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. ~, 1c.

0

Prórrogas.- Asimismo, se podrán acordar prórrogas al plazo de entrega originalmente pactado por caso fortuito, fuerza mayor o por causas atribuibles a "Los Servicios de Salud", todo lo cual deberá estar debidamente acreditado en el expediente de contratación respectivo. "EL ARRENDADOR" puede solicitar la modificación del plazo originalmente pactado cuando se actualicen y se acrediten los supuestos de caso fortuito o de fuerza mayor.

Cualquier modificación al presente contrato, deberá fonnalizarse mediante convenio y por escrito, mismo que será suscrito por los servidores públicos que lo hayan hecho en el contrato, quienes los sustituyan o estén facultados para ello.

DÉCIMA NOVENA.- Cláusula de confidencialidad "El proveedor" acepta no divulgar por tiempo indefinido y mucho menos durante la vigencia del presente convenio, por medio de publicaciones, conferencias, infonnes o cualquier otra fonna los datos y los resultados obtenidos por los trabajos objeto del presente convenio, y sobre todo sin la

Contrato número SSS/042/2020 de adquisición de materiales, accesorios y suministros médicos para los Servicios de Salud de Sinaloa, celebrado entre los Servicios de Salud de Sinaloa y Distribuidora y Coordinadora Comercial, S.A. de C.V.

8

~ l-

J.__

~ SERVICIOS DE SALUD

DESINALOA

SERVICIOS DE SALUD DE SINALOA DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA

SUBDIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN JURfDICA Y DE NORMATIVIDAD

Contrato número:

SSS/04212020

autorización expresa de "Los Servicios de Salud", en virtud de que dichos datos o resultados son propiedad de este último.

VIGÉSIMA.- Jurisdicción. "Los Servicios de Salud" y "El proveedor" convienen en someterse para todo lo no previsto en este contrato a las disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y en su defecto, supletoriamente alas relativas del código civil para el estado de Sinaloa y del código de procedimientos civiles para el estado de Sinaloa, así como a la jurisdicción y competencia de los tribunales administrativos locales, de la ciudad de Culiacán Rosales, Sinaloa renunciando expresamente al fuero que pudiera corresponderles en razón de su domicilio actual o futuro.

VIGÉSIMA PRIMERA.- Ausencia de vicios en el consentimiento "Las Partes" expresamente manifiestan su conformidad que en la celebración del presente contrato no existe error, dolo, mala fe o vicios del consentimiento que pudiera afectarlo de nulidad.

Leído que fue el presente contrato y enteradas las partes de su contenido alcance y fuerza legal, lo firman por triplicado en la ciudad de Culiacán Rosales, Sinaloa, el día 27 de marzo de 2020.

DR.EFR DIRECTOR GE .... ~'"""'"""~

s

TESTIGOS:

LC.P. ~ ~~·GUTIÉRREZ DIRECTORA ADMINISTRATIVA DE LOS

SERVICIOS DE SALUD DE SINALOA

DR. 'PRISCILl~OLEJ)N BUENO SUBDIRECTOR DE ABASJO Y EQUIPAMINETO

EN SUPLENCIA PQR AUSENCIA DEL DIRECTOR DE ATENCIÓN MÉDICA DE LOS

SERVICIOS DE SALUD DE SINALOA

C. JOSÉ Jefú~FIGUEROA FÉLIX REPRESENTANTE LEGAL DE

DISTRIBUIDORA Y COORDINADORA COMERCIAL, S.A. DE C.V.

Contrato número SSS/042/2020 de adquisición de materiales, accesorios y suministros médicos para los Servicios de Salud de Slnaloa, celebrado entre los Servicios de Salud de Sinaloa y Distribuidora y Coordinadora Comercial, S.A. de C.V.

9

/.,¡:~"-· ~

~¡;:;. - ·\'"?

'11 <:

&10_ ¿o

SSMOOS DESAWD DE SAWD

DIRECClON ADMINISTRATIVA

DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES {;! DISJRIBUIDORA Y COORDINADORA COMERCAl. 5.A. DE C. V.

CIAVE DESCRIPCION PRESENTACIÓN CANTIDAD MARCA

060.066.0039 ANTISEPTICOS Y GERMICIDAS ALCOHOL DESNATURAUZADO. ENVASE CON 11.. 200 AG

ANTISEPTICOS Y GERMICIDAS IODOPOVIDONA, ESPUMA. CADA 060.066.0658 100 ML CONTIENEN: IDDOPOVIDONA 8 G. EQUIVALENTE A 0.8 G ENVASE CON 35 L so JAlOMA

DE YODO.

CONECTOR ESTERll DESECl1All!E DE AUTO·SEUADO, LONG 23.9

25401.0195 MM PARA PERFUSION DE MEDICAMENTOS, TOMA DE MUESTRA

PIEZA 700 BRAUN E INYECOON DE FLUIDOS, CON CONEXOON LUER-LOCK Y OTRA DE RESORTE ANTICONTAMINACION

TUBOS ENDOTRAQUEALES, SIN GLOBO. DE CtDRURO DE 060.166.0228 POUVINILO TRANSPARENTE, GRADUADOS, CON MARCA PIEZA 500 ULTRATEC

RADIOPACA ESTffilLES Y DESECHABLES. CALIBRE: 12 FR.

TUBOS ENDOTRAQUEALES, SIN GLOBO. DE ELASTÓMERO DE 060.1685340 SIUCÓN TRANSPARENTE, GRADUADOS, CON MARCA PIEZA 500 RESPIFIX

RADIOPACA, ESTÉRILES Y DESECHABLES. CALIBRE: 14 FR

060.066.0039 ANTISEPTICOS Y GERMICIDAS Alcohol Desnaturalizado. LITRO 720 AG

060.166.1960 ASPIRADOR DE CAROIOTOMIA PEDIATRICO PIEZA 20 SORING

25401.0129 Bolsa autolnflable para reanimación neonatal PIEZA 80 SONOMEOICS

25401.0159 BOLSA DESECHABLE lOOOCC (PARA SISTEMA DE SUCOON) PIEZA 200 SEMIS

BOLSAS Par.1 urocuJtivo (nir5o). Estéril, de pl~stk:o grado ~leo,

060.12S.0228 forma re<tangular, con capacidad de SO mi y esa la de 10, 20, 30

PIEZA 3000 ULTRA TEC v 50 mi, con orificio redondo de 30 mm, área adhesiva. De 45 x 60 mm. Pieza.

060.167.3924 CANULA AIORTICA 22FR PIEZA 1 MEDTRONIC

060.166.1747 CANULA ANGULADA 20FR PIEZA 1 MEDTRONIC

060.166.1754 CANULA ANGULADA 22FR PIEZA 1 MEDTRONIC

060.167.5986 CANULA AORTICA lOFR PIEZA u MEDTRONIC

060.167.3874 CANULA AORTICA 12 FR PIEZA 4 MEOTRONIC

060.167.3908 CANULA AORTICA 18FR PIEZA 3 MEDTRONIC

060.167.3916 CAN U LA AORTICA 20FR PIEZA 2 MEOTRONIC

060.166.1069 CANULA AORTICA 8 FR PIEZA 7 MEDTRONIC

060.166.1721 CANULA VENOSA ANGULADO 16FR PIEZA 2 MEDTRONIC

060.167.3767 CANULA VENOSA RECTA 20FR PIEZA 9 MEDTRONIC

060.167 .3924 CANULA VENOSA RECTA 22FR PIEZA 7 MEDTRONIC

060.167.3783 CANULA VENOSA RECTA 24FR PIEZA 5 MEDTRONIC

060.167.3791 CANULA VENOSA RECTA 26FR PIEZA s MEDTRONIC

CANULAS Para cardioplejía Anterógrada, Con linea De 25401.0839 Ventilacion, calibre 9 Fr, Longitud 14 Cm. Pieza. (25401.0839] PIEZA s MEOTRONIC

060.166.1713 CANULAS Para Drenar Venas Cavas. Angulada. calibre: 14 Fr. H42 PIEZA

PIEZA s MEDTRONIC

060.167.5588 CANULAS Para Drenar Venas cavas. Recta. calibre: 14 Fr . H42 PIEZA

PIEZA s MEDTRONIC

060.167.3742 CANULAS Para Drenar Venas cavas. Recta. Calibre: 16 Fr. H42 PIEZA

PIEZA 5 MEDTRONIC

060.167.3759 CANULAS Para Drenar Venas Cavas. Recta. calibre: 18 Fr . H42 PIEZA

PIEZA 10 MEOTRONIC

060.167.3825 CANULAS Para Drenar Venas cavas. Recta. calibre: 32 Fr . H42 PIEZA

PIEZA s MEOTRONIC

25401.0788 ELECTRODO MARCAPASO PEO. EPICARDIO PIEZA 10 MEOTRONIC

25401.0UO ELECTRODO PEDIATRICOH42 PIEZA ENVASE CON SO

80 AMBIOERM PIEZAS

25401.0616 FILTRO ARTERIAL LACTANTE PIEZA 10 MEDTRONIC

25401.0673 GUANTE OE NITRILO PARA EXAMEN. AQL 1.5. AMBIDIESTRO. NO ESTERlt.. EXTRA CHICO

taja con 100 piezas s AMBIDERM

25401,0641 HEMOCONCENTRADOR LACTANTE PIEZA 5 MAQUET

25401.0688 HEMOCONCENTRADOR PEOIATRICO PIEZA 3 MEDTRONIC

25401.0538 HOJA PARA BISTURÍ De aa!ro inoxidable. Empaque individua!. ENVASE CON 100

5 DL Estériles v desechables. Pieza #22 PIEZAS

25401.ono LLAVE DE 3 VIAS SIN EXTENCION PIEZA 1500 UlTRATEC

25401.0690 OXIGENAOOR R15(30) PIEZA 2 MEOTRONIC

25401.0603 OXIGENAOOR R15(40) PIEZA 2 MEDTRONIC

Oxygenador Oe Membrana Con Reservorio En Un ClrOJfo De

25401.0604 Perfusion Extr3corporeo Para Remover Dioxido De Carbono En La PIEZA 15 MEDTRONIC Sangre Durante Procedimiento De Bypass cardiopulmona(

25401.0691 PARCHE DE PERICARDIO BOVINO PARA USO QUIRURGICO 9 X 8. ESTERIL l25 l PARCHE DE

PIEZA 10 GOROTEX

PRE O O PRECIO TOTAL

>OUM"AD•n UUn"AD•n

$ 34.29 $ 26.61 $ S,322.00

$ 192.86 $ 92.90 $ 4,64S.00

$ 54.29 $ 54.29 $ 38,003.00

$ 18.2D $ 6.09 $ 3,04S.00

$ 18.20 $ 18.20 $ 9,100.00

$ 34.29 $ 26.61 s 19,159.20

$ 2,285.71 $ 2,285.71 $ 4S,714.20

$ 357.14 $ 357.14 $ 28,571.20

$ 7S.71 $ 7S.71 $ 15,142.DO

$ 2.86 $ 1.78 $ S,340.00

$ 1,499.43 $ 1,499.43 $ 1,499.43

$ 1,499.43 $ 1,499.43 $ 1,499.43

$ l,4S9.63 $ 1,459.63 $ 1,4S9.63

$ 2,44154 $ 2,441.54 $ 26,856.94

$ 2,44154 $ 2,441.54 $ 9,766.16

$ 1,499.43 $ 1,499.43 $ 4,498.29

$ 1,499.43 $ 1,499.43 $ 2,998.86

$ 2,44154 $ 2,441.54 $ 17,090.78

$ 1,459.63 $ 1,459.63 $ 2,919.26

$ l,4S9.63 $ 1,459.63 $ 13,136.67

$ 1,499.43 $ 1,499.43 $ 10,496.01

$ 1.459.43 $ 1.459.43 $ 7,297.15

$ 1.459.43 s l,459.43 s 7,297.15

$ 2,28S.71 $ 2,285.71 $ 11,428.SS

$ 1,459.63 $ 1.459.63 $ 7,298.15 1

$ 1,459.63 $ 1,459.63 $ 7,298.lS

$ 1,459.63 $ 1,459.63 s 7,298.15

$ 1,459.63 $ l ,4S9.63 $ 14,S96.30

$ 1,459.63 $ 1,459.63 $ 7,298.15 l

$ 973.07 $ 973.UT $ 9,730.70

$ 125.00 $ 125.00 $ 10,000.00

$ 3,649.03 $ 3,649.03 $ 36,490.30

$ 142.86 $ 142.86 $ 714.30

s 12,142.86 S U,142.86 $ 60,714.30

$ 12,142.86 $ 12,142.86 $ 36,428.58

$ 192.00 $ 192.00 $ 960.00

$ 1051 $ 10.51 $ 15,765.00

$ 21,42857 $ 21,42857 $ 42,857.14

$ 21,42B.S7 $ 21,42857 $ 42,857.14

$ 14,593.16 $ 14,593.16 $ 218,897.40

$ 21.428.57 s 21,428.57 $ 214,285.70

l,

25401.1006 PARCHE DE PERICARDIO BOVINO PARA USO QUIRURGICO DE 4 X PIEZA 10 4 CM ESTERIL H42 PIEZA

GOROTEX $ 21,428.57 $ 21,428.57 $ 214,285.70

25401.0782 PARCHE PERICARDIO BOVINO SXS PIEZA 8 GOROTEX $ 21,428.27 $ 21,428.27 $ 171,426.16

25401.0758 PLACA ELECTROCAUTERIO ADULTO PIEZA so OBS s 53.57 s 53.57 $ 2,678.50

25401.0240 SISTEMA PARA AOMINISTRACION DE PRESION POSrnYA POR VIA NASAi. ESTERIL Y 06ECHALBE NO. 1 (CPAP NASAL) H42 PIE2A

PIEZA 40 SONOMEOICS s 299.00 s 299.00 $ U.950.00

25401.0241 SISTEMA PARA ADMINISTRAOON DE PRESION POSITIVA POR VIA NASAL. ESTERIL Y DESECHAl.BE NO. 4 (CPAP NASAL)

PIEZA 60 SONOMEOICS $ 299.00 s 299.00 $ 17,940.00

2S40L058S sistema para tratamiento gelatizante envase con 40grs PIE2A 250 SONOMEOICS s 38.57 $ 38.57 $ 9,642.SO

S1STEMAS.Slstema para administración de presión positiva continua por vía nasal. Contiene:· Una ~nula nasal.· Dos codos

060.820.0355 para conexión. · Un puerto para monitorización.· Dos tubos de

PIE2A 60 SONOMEDICS $ 299.00 $ 278.74 $ 16,724.40 flujo suave de 180 cm de longitud. - Una línea para monitorización de la presión. • Un gorro. • Una cinta de velero. Estéril y desechable. Tamai\o: Neonatal. [060.820.0366} PIEZA

SISTEMAS.Sistema para administración de presión posittva continua por vía nasal. Contiene:· una clnula nasal. - Dos codos

060.820.0374 para a>nexión. - Un puerto para monitoriudón. - Dos tubos de

PIE2A 60 SONOMEDICS $ 299.00 $ 289.99 $ 17,399.40 flujo suave de 180 cm de longitud. - Uno línea para monítoriuáón de la presión. • Un gorro. • Una cinta de velao. Estérif v desech•ble. T¡m<1llo; No. 2.

SISTEMAS.Sistema para admintstraclón de presión positiva continua por via nasal. Contiene: - Una cánula nasal. - Dos codos

060.820.0382 para conexión. - Un puerto para monttorización. - Dos tubos de

PIE2A 60 SONOMEDICS s 299.00 s 299.00 $ 17,940.00 flujo suave de 180 cm de longitud. - Una linea para monitorización de la presión. - Un gorro. - Una cinta de velero. Estéril y desechoble. l amai\o: No. 3.

SISTEMAS.Sistema Pora Administración oe Presión Positjy¡¡ Continua Por Vía Nasal. Contiene: - Una C1inula Nasal. - Dos

060.820.0390 Codos Para Conexión. - Un Puerto Para Monitorización. - Dos

PIEZA 40 SONOMEOICS s 414.29 $ 414.29 $ 16,S7L60 Tubos De Flujo Suave De 180 Cm oe lDngitud. - Una Unea Para Monitorización De Lil Presión. - Un Gorro. - Unit Cinta De Velero. Estéril Y Desechable. Tamano: Adulto. H42 PIEZA

25401.0293 SONDA K-31 PIEZA PIEZA 2000 ULTRA TEC $ 3.00 $ 3.00 $ 6,000.00

25401.0145 SONDA LEVIN, GASTROINTESTINAi. 10 Fr PIEZA 60 ULTRATEC $ 7.14 $ 7.14 $ 428.40

SONDAS Para alimentación. De plástico transparente, estéril y 060.167.8089 desechable con un orificio en el extremo proximal y otro en Jos PIEZA 3000 ULTRA TEC s 3.07 s 1.79 s S,370.00

primeros 2 cm. Tamafto: Infantil Lon&itud:38.S cm talibre: 8 Fr.

2S40L0635 TUBO REACTIVO PARA ACT EMOCRON PIE2A 100 MEOTRONIC $ 140.69 $ 140.69 $ 14,069.00

TUBOS ENOOTRAQUEALES, SIN GLOBO. DE ClORURO DE

060.166.0236 POUVINILO TRANSPARENTE, GRADUADOS, CON MARCA

PIEZA 10 ULTRATEC $ 18.20 $ 6.48 $ 64.80 RAOIOPACA. ESTERILES Y 06ECHA~LES. DIAMETRO INTERNO; CALIBRE; 3.5 MM 14 FR. TUBOS ENDOTRAQUEALES, SIN GLOBO. DE CLORURO DE

060.166.0244 POUVINILO TRANSPARENTE, GRADUADOS, CON MARCA

PIEZA 10 ULTRA TEC $ 18.20 $ 8.73 $ 87.30 RADIOPACA, ESTERILES Y DESECHABLES. DIAMETRO INTERNO: CAUBRE: 4.0 MM 16 FR. ~ TUBOS ENDOTRAQUEALES, SIN GLOBO. DE CLORURO DE

060.166.0251 POUVINILO TRANSPARENTE, GRADUADOS, CON MARCA

PIEZA 10 ULTRATEC $ 18.20 $ 8.69 $ 86.90 RADIOPACA, ESTERILES Y DESECHABLES. DIAMETRO INTERNO; CALIBRE: 4.5 MM 18 FR.

rusos Endotraque•les. De plástia> srado médico, a>n marca radiopaca, estériles, desechables, a>n globo de alto volumen y

060.168.1356 baja presión, induye una válvula, un conector y una escala en

PIE2A 40 RESPIFIX $ 26.60 s 18.28 $ 731.20 mm para determinar Ja profundidad de la cofocación del tubo.

~ Con orificio. Tipo: Murphy. Empaque individual. Diámetro Interno: 5.0 mm Calibre: 20 Fr.

rusos Endotraqueales. De plástico grado médico, con morca radiopaca, estériles, desechables, con globo de alto volumen y

060.168.2446 baja presión, incluye una válvula, un conector y una escala en

PIEZA 20 RESPIFIX $ 26.61J $ 17.25 s 34S.OO mm para determinar la profundidad de f¡ calocodón del tubo. Con orificio. Tipo: Murphy. Emp¡que individual. Diámetro intemo: 6.0 mm calibre; 24 Fr.

TUBOS Endotraqueales. De plástioo srado médioo, a>n marca radlopaca, estériles_, desechables_, con globo de alto volumen y

06(1.168.2495 ~ja presión, induya una dlvula, un o::anKtcr y un:11 e$Cllla en

PIEZA 10 RESPIFIX $ 26.60 $ 17.25 $ 172.50 mm para determinar la profundidad de la colocación det tubo. Con orificio. Tipo: Murphy. Empaque lnáividual. Diámetro interno; 6.S mm Calibre: 26 Fr.

l

060.168.2214

060.953.2858

060.953.0555

25401.0640

25401.0792

25401.0719

TUBOS Endotraqueales. De Plástico Grado Médico, Con Marca Radiopaca, Estériles, Desechables, Con Globo De Alto Volumen Y Baja Presión, Incluye Una Válvula, Un Conector Y Una Escala En Mm Para Determinar la Profundidad De la Colocación Del Tubo. Con Orificio. Tipo: Murphy. Empaque Individual. Diámetro Interno: 5.5 Mm calibre: 22 F

VENDAS Sástlcas de lejldo plano; de algodón con fibras

sintéticas. 1.ongltud:S M Ancho: S an.

VENDAS Enyesadas, de gasa de algodón, recubiertas de una capa uniforme de yeso grado médico. Longitud: 2. 75 M Ancho: 10 cm.

VENT. DE CAVIDADES IZAQUIERDA 13FR.

VENTILADOR CAVIDADES IZQUIERDO 16FR

VENTILADOR CAVIDADES IZQUIERDO 20FR

/~ ;:; " L.C.P. ~ GÁMeZ~UTIÉRREZ

DIRECTORA ADMINISTRATIVA DE LOS

SERVICIOS DE SALUD DE SINALOA

EN SUPL.ENCIAJ'ÓR AUSENCIA DEL

DIRECTOR DE ~l'ÉNCIÓN MÉDICA DE LOS /

SERVIC\OS DE SALUD DE SINALOA

PIEZA 20

ENVASE CON U 60

PIEZAS

ENVASE CON 12 40

PIEZAS

PIEZA 18

PIEZA 7

PIEZA 2

RESPIFIX $

PROTEC $

PROTEC $

MEDTRONIC $ MEDTRONIC $

MEDTRONIC s

26.60 s 17.25 $ 345.00

33.57 s 33.57 s 2,014.20

157.43 s 87.74 $ 3,509.60

1,273.84 $ 1,273.84 $ 22,929.12

1,273.84 s 1,273.84 s 8,916.88

1,273.84 $ 1,273.84 $ 2,547.68

SUB-TOTAL $ 1,589,961.21

IVA $ 254,393.79

TOTAL $ 1,844,355.00

POR"ELPROVEEDOR"

DISRISUI~ Y COORDINADORA

COMERCIAL, S.A. DE C.V.

4