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Año 31 Nº 124 Cuarto trimestre 2011 S EGURIDAD Filtros protectores para soplete autógeno l Estado muscular y capacidad de reacción l Bacterias resistentes a antibióticos en medios acuáticos l La acción preventiva en las Administraciones Públicas y Medio Ambiente S EGURIDAD y Medio Ambiente Año 31 124 Cuarto trimestre 2011

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Año 31 Nº 124 Cuarto trimestre 2011SEGURIDAD

Filtros protectores para soplete autógenol Estado muscular y capacidad de reacción l Bacterias resistentes a antibióticos en

medios acuáticos l La acción preventiva en las Administraciones Públicas

y Medio Ambiente

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3Nº 124 Cuarto trimestre 2011 SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE

Del 28 de noviembre al 9 de diciembre de

2011 se ha celebrado la decimoséptima con-

ferencia de las partes (COP17) de la Con-

vención de Naciones Unidas para el Cam-

bio Climático, en la ciudad de Durban (Su-

dáfrica).

Cada vez que finaliza una de las cumbres

sobre cambio climático queda una sensación

en la opinión pública. De la decepción en Co-

penhague a la esperanza en Cancún, y en es-

te caso, la incertidumbre en Durban.

Las negociaciones han sido duras y, de he-

cho, la cumbre finalizó con día y medio de

retraso sobre la fecha prevista, dado que no

se había alcanzado ningún acuerdo. Kioto

se prorrogó prácticamente en solitario por

la UE con la adhesión de algunos países,

mientras que Canadá ha abandonado el pro-

tocolo.

Finalmente se alcanzó un acuerdo para ini-

ciar un proceso de desarrollo de un proto-

colo, u otro instrumento acordado con fuer-

za legal bajo la Convención, aplicable a to-

das las partes, y que entre en vigor a partir de

2020. Ese acuerdo deberá estar listo en 2015.

El proceso queda abierto a discusión en el

seno de las Naciones Unidas hasta la próxi-

ma conferencia, que tendrá lugar en Doha

(Catar) del 26 de noviembre al 7 de diciem-

bre de 2012.

Dentro de las actividades de FUNDACIÓN

MAPFRE destinadas a mejorar la salud, re-

duciendo la contaminación ambiental y las

emisiones de gases de efecto invernadero,

hemos abordado en el último trimestre di-

versos eventos relacionados con el ahorro

energético y la movilidad sostenible.

En primer lugar, FUNDACIÓN MAPFRE ha

acogido las III Jornadas sobre Ciudad, Ener-

gías Renovables y Eficiencia Energética. Es-

tas jornadas tienen como principal objetivo

crear un foro de conocimiento, reflexión y

generación de propuestas y su posterior di-

fusión, para analizar oportunidades para la

generación de empleo y desarrollo dentro

del marco de las energías renovables y efi-

ciencia energética en las ciudades.

Otro de los eventos organizados por nues-

tra Fundación en este trimestre ha sido el Fo-

ro sobre el Vehículo Eléctrico e Industria Aso-

ciada, en el que se ha constatado la realidad

del coche eléctrico como un medio de trans-

porte cada vez más próximo a su uso gene-

ralizado.

El vehículo eléctrico es una oportunidad

energética pues se mejorará la eficiencia glo-

bal del sistema, disminuyendo a la vez nues-

tra dependencia energética del exterior; per-

mite reducir las emisiones de gases conta-

minantes y de ruido, y supone una oportunidad

tecnológica, al desarrollarse la industria au-

xiliar del automóvil, nuevos servicios y el im-

pulso a las redes eléctricas inteligentes. u

SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTERevista de FUNDACIÓN MAPFRE

Antigua revista MAPFRE SEGURIDAD

Dirección, redacción, publicidad y edición:

FUNDACIÓN MAPFRE

Instituto de Prevención, Salud y

Medio Ambiente

Paseo de Recoletos, 23.

28004 Madrid

Tel.: 915 812 025. Fax: 915 816 070

e-mail: [email protected]

www.seguridadymedioambiente.com

Director:

Antonio Guzmán Córdoba

Coordinador:

Óscar Picazo Ruiz

Consejo de Redacción:

José Manuel Álvarez Zárate

Fernando Camarero Rodríguez,

Luz García Cajete,

Eduardo García Mozos,

Ignacio Juárez Pérez,

Julián Labrador San Romualdo,

Roberto López Ruiz,

Paz Llopis Mingo,

Raquel Manjón Cembellín,

Yolanda Mingueza Sebastián,

Marisol Revilla Guzmán,

Juan Satrústegui Marcos,

Pedro Soria García-Ramos

Diseño y realización:

Consultores de Comunicación

y Marketing del Siglo XXI S.L. COMARK XXI

[email protected]

Imprime:

C.G.A.

Fotomecánica:

Lumimar

Publicación Trimestral: 4 números al año

Depósito legal: TO-0163-2008

ISSN: 1888-5438

Año 31 Nº 124 Cuarto trimestre 2011SEGURIDAD

Filtros protectores para soplete autógenol Estado muscular y capacidad de reacción l Bacterias resistentes a antibióticos en

medios acuáticos l La acción preventiva en las Administraciones Públicas

y Medio Ambiente

FUNDACIÓN MAPFRE no se hace responsable del

contenido de ningún artículo, y el hecho de que patrocine

su difusión no implica conformidad con los trabajos

expuestos en estas páginas. Está autorizada la

reproducción de artículos y noticias, previa notificación a

FUNDACIÓN MAPFRE y citando su procedencia.

COP17: Cumbre del cambio climático en Durban

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Editorial

Mesa presidencial y delegados en una de las sesio-nes de la COP17 celebrada en Durban (Sudáfrica).

FEDERACIÓN INTERNACIONAL DE LA PRENSA PERIODICA

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SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE Nº 124 Cuarto trimestre 20114

SUM

AR

IO SEGURIDADy Medio Ambiente

HIGIENE INDUSTRIAL

EEssttaaddoo mmuussccuullaarr yyccaappaacciiddaadd ddee rreeaacccciióónn24SISTEMA MOTOR. Análisis que investiga

cuál es la influencia del estado

muscular del individuo en la

respuesta motora rápida a una

solicitación externa.

FFiillttrrooss pprrootteeccttoorreess ppaarraassoopplleettee aauuttóóggeennoo10VISIBILIDAD Y PROTECCIÓN. Trabajo que

propone un nuevo modelo de filtro

protector para realizar trabajos de

soldadura oxiacetilénica que garantiza

la fotoseguridad retiniana y la

visibilidad del campo de trabajo.

ENTREVISTA

VViittoorriiaa--GGaasstteeiizz,, CCaappiittaall VVeerrddeeEEuurrooppeeaa ppaarraa 22001122 6CIUDAD SOSTENIBLE. Javier Maroto, alcalde

de Vitoria-Gasteiz, describe en esta

entrevista el camino que ha seguido la

capital vasca para obtener el premio

«European Green Capital 2012» y los

retos futuros que tiene ante sí.

Latin

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ERGONOMÍA

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5Nº 124 Cuarto trimestre 2011 SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE

64 INSTITUTO DE PREVENCIÓN, SALUD Y MEDIO

AMBIENTE

Concesión de las ayudas a la investigación de laconvocatoria 2011.

XI edición del Encuentro Euroamericano «Riesgoy Trabajo».

FUNDACIÓN MAPFRE concede becas deformación a 50 profesionales iberoamericanos

en España.

VI Semana de Prevención deIncendios.

Foro sobre el VehículoEléctrico e Industria Asociada.

FUNDACIÓN MAPFRE, en elVIII Encuentro Iberoamericanode Medio Ambiente (EIMA8).

Guía «Conoce y valora el cambio climático».

Fallo de los premios anuales2011 de FUNDACIÓN MAPFRE.

Foro Mundial 21 sobre agua,energía y desarrollo sostenibleen Lisboa.

NOTICIAS

NORMATIVA

74 BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO. Selección delegislación publicada sobre seguridad laboral y medioambiente en España.

75 DIARIO OFICIAL DE LA COMUNIDAD. La normativasobre seguridad y medio ambiente en la ComunidadEuropea.

76 NORMAS EA, UNE, CEI EDITADAS. Normativa desectores profesionales.

78 CALENDARIO DE CONGRESOS Y SIMPOSIOS.

AGENDA

NORMATIVA Y LEGISLACIÓN

BBaacctteerriiaass rreessiisstteenntteess 32MEDIO AMBIENTE. Proyecto de

investigación sobre la fortaleza de las

bacterias resistentes a los antibióticos

en aguas residuales.

LLaa aacccciióónn pprreevveennttiivvaa eenn llaassAAddmmiinniissttrraacciioonneess PPúúbblliiccaass44

NORMATIVA. Informe sobre

la tutela jurídica de la

normativa preventiva

en materia de

seguridad y salud de

los empleados del

Estado.

MEDIO AMBIENTE

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SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE Nº 124 Cuarto trimestre 20116

Entrevista

Javier Maroto, alcalde de Vi-toria-Gasteiz, nos ha conce-dido una entrevista en vís-peras de la celebración, en2012, del título concedido aesta ciudad como CapitalVerde Europea. Es el brochede oro de un proceso solida-rio en el que han interveni-do, entre otros, los movi-mientos asociativos de laciudad, los grupos ecologis-tas y una clase política api-ñada en torno a un objetivo:avanzar hacia un sistemaurbano cada vez más soste-nible para hacer realidad la«ciudad verde del futuro».Vitoria-Gasteiz está en víasde conseguirlo.

Javier Maroto, alcalde de Vitoria-Gasteiz, «Green Capital» para 2012

«El impacto económico para

como Capital Verde Europea va a ser importantísimo»

VITORIA-GASTEIZ

Paseo de la Senda, un ejemplo de la coexistencia pacífica entre viandantes y ciclistas.

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Vitoria-Gasteiz es la Capital Verde Eu-

ropea para 2012. ¿Cuáles son los ejes

básicos de las iniciativas a adoptar en

el marco de esa celebración?

—En Vitoria-Gasteiz afrontamos nues-

tro reinado verde como una oportuni-

dad única e histórica, para potenciar y

desarrollar el futuro de nuestra ciudad.

Bajo esta premisa, estamos trabajando

sobre un ambicioso programa basado

en 20 actuaciones concretas para 2012

y en 10 grandes planes estratégicos que

permitirán a Vitoria-Gasteiz seguir sien-

do puntera en medio ambiente duran-

te la próxima década.

Este completo programa como Euro-

pean Green Capital 2012 va a atraer la

organización de eventos a la ciudad, va

a fomentar la actividad comercial y hos-

telera y va a conseguir que miles de tu-

ristas de todo el mundo nos visiten y nos

conozcan. Y lo más importante: va a ge-

nerar empleo. Tenemos ante nosotros

una gran oportunidad para la creación

de puestos de trabajo.

¿En qué medida esas iniciativas serán

aprovechadas y redundarán en crite-

rios de sostenibilidad medioambiental

más allá del año 2012?

—La consecución de este galardón no

ha de suponer para Vitoria-Gasteiz el fi-

nal de un proceso. Precisamente, los 10

planes estratégicos están pensados pa-

ra más allá de 2012. Este decálogo de ac-

tuaciones va a permitir avanzar hacia un

sistema urbano más sostenible y hacer

realidad la ciudad verde del futuro.

Estos 10 planes están centrados en: pro-

tección y restauración de los recursos

naturales; prevención de inundaciones;

un nuevo anillo verde interior; movili-

dad y espacio público; mejora de la ges-

tión de residuos; reducción de la conta-

minación urbana; lucha contra el cam-

bio climático; mejora del ciclo del agua;

fomento de la cultura de la sostenibili-

dad en la sociedad y en la empresa, y re-

habilitación urbana.

Queremos convertir nuestra apuesta por

el VERDE, con mayúsculas, en la princi-

pal ventaja competitiva y el principal di-

ferencial de la ciudad. Una apuesta co-

mún de la ciudad y sus ciudadanos.

En su opinión, de entre las razones es-

grimidas por el jurado para la designa-

ción de Vitoria-Gasteiz como Capital

Verde Europea, ¿cuál es la más relevante,

la que más define a la ciudad como mo-

delo medioambiental a seguir?

—Primero, debemos recordar que con-

seguimos este premio gracias al trabajo

del equipo técnico del Ayuntamiento de

Vitoria-Gasteiz, que nos posicionó para

llegar hasta lo que hoy somos. También

7Nº 124 Cuarto trimestre 2011 SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE

«Va a atraer laorganización de eventos ala ciudad, a fomentar la

actividad comercial y hostelera y a conseguir

que miles de turistas de todo el mundo

nos visiten»

Page 7: SEGURIDAD · 2012-01-10 · Verde Europea. Es el broche de oro de un proceso solida-rio en el que han interveni-do, entre otros, los movi-mientos asociativos de la ciudad, los grupos

ferencia a otras urbes ya que la inmen-

sa mayoría de los municipios se ven re-

flejados en ciudades como la nuestra.

Tal vez lo más destacable en Vitoria-

Gasteiz sea el compromiso de la ciuda-

danía en materias como movilidad, con-

sumo de agua o reciclaje. ¿Cómo se lo-

gra ese compromiso, cómo se afianza

como seña de identidad social?

—No hemos llegado hasta aquí por ca-

sualidad. El premio European Green Ca-

pital 2012 es el resultado de más de 30

años de compromiso sostenible en nues-

tra ciudad. Se ha conseguido gracias a

las políticas medioambientales aplica-

das en estos años y gracias al compro-

miso de una ciudadanía que, con sus

buenas prácticas en materia de recicla-

je, movilidad o consumo de agua, se ha

convertido en ejemplo para Europa.

En Vitoria-Gasteiz lo verde es nuestra

marca de ciudad.

Está demostrado que las políticas me-

dioambientales son rentables, pero ha-

bría que cuantificar esa rentabilidad.

lo hemos logrado gracias al movimien-

to asociativo y vecinal de la ciudad, a los

grupos ecologistas, a los grupos políti-

cos de la actual Corporación Municipal,

así como de las anteriores, gracias a la

colaboración institucional y gracias a to-

dos y cada uno de los ciudadanos de Vi-

toria-Gasteiz. Es un premio de todos y

que, por tanto, se diseña para todos.

En Vitoria-Gasteiz la sensibilidad y el res-

peto hacia el medio ambiente ha sido

siempre una seña de identidad. En nues-

tra ciudad destaca el anillo verde, de más

de 640 hectáreas de superficie y que pre-

vé abarcar hasta 960, un Plan de Movi-

lidad Sostenible de éxito, una nueva red

de autobuses, tranvía, más de 100 kiló-

metros de carriles bici, una extensa red

de parques y paseos urbanos, una ges-

tión sostenible del agua y hábitos y po-

líticas de reciclaje muy instaurados, en-

tre otros muchos aspectos.

¿Qué distingue a Vitoria-Gasteiz de Es-

tocolmo y Hamburgo, ciudades que la

precedieron como capitales verdes eu-

ropeas, en el marco de la sostenibili-

dad?

—Estocolmo y Hamburgo son ciudades

grandes y muy conocidas. Vitoria-Gas-

teiz no tiene el nombre que tienen ellas,

pero por una razón de dimensión, bási-

camente. Sin embargo, y a pesar de ello,

hemos ganado este premio. El 80% de

los europeos vive en ciudades del tama-

ño de Vitoria-Gasteiz, de ahí que nues-

tro modelo sea exportable a otras ciu-

dades. Nuestra experiencia servirá de re-

¿Podría decir en qué medida han sido

y son rentables para Vitoria-Gasteiz?

—Debo decir que la mayor rentabilidad

a la que podíamos aspirar es haber sido

elegidos European Green Capital 2012.

El trabajo de todos estos años ha tenido

su fruto y ahora debemos seguir traba-

jando y disfrutar, con orgullo, de este

premio. Ser Green Capital 2012 es una

gran oportunidad de Vitoria-Gasteiz pa-

ra el futuro. Tenemos un gran reto por

delante.

En el marco temporal de la celebración

como Capital Verde, ¿se va a gastar más

o se va a invertir mejor?

—Con el título de European Green Ca-

pital 2012 vamos a poner a nuestra ciu-

dad en el mapa. Y el impacto económi-

co que este título nos va a reportar es im-

SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE Nº 124 Cuarto trimestre 20118

Entrevista

«El decálogo deactuaciones para 2012 va a permitir avanzar

hacia un sistema urbanomás sostenible y hacer

realidad la ciudad verdedel futuro»

«En Vitoria-Gasteiz lasensibilidad y el respeto

hacia el medio ambiente ha sido siempre

una seña de identidad»

Vitoria desde el Humedal de Salburua, zona de cultivo recuperada como entorno de valor ecológico.

Page 8: SEGURIDAD · 2012-01-10 · Verde Europea. Es el broche de oro de un proceso solida-rio en el que han interveni-do, entre otros, los movi-mientos asociativos de la ciudad, los grupos

portantísimo. Con el programa green que

hemos preparado vamos a conseguir

atraer la organización de eventos a Vi-

toria-Gasteiz, a fomentar la actividad co-

mercial y hostelera y a conseguir que mi-

les de turistas de todo el mundo visiten

y conozcan nuestra ciudad. Según nues-

tras previsiones, terminaremos el año

2011 con un incremento de turistas de

entre al 7 y el 8%. Sólo durante el Con-

greso Nacional de Medio Ambiente (CO-

NAMA), celebrado en nuestra ciudad a

finales de noviembre, y con el que más

de 700 congresistas nos visitaron, Vito-

ria-Gasteiz alcanzó una ocupación ho-

telera del cien por cien.

El próximo 2012 la ciudad se va a llenar

de eventos y actos durante todo el año,

entre los que están previstos el Foro Ci-

vitas; el acto de elección de la próxima

European Green Capital 2014; el Con-

greso Internacional Ciudad Starlight; se-

manas temáticas de energía, movilidad

y prevención de residuos; encuentros

empresariales; la reunión de Fedenatur;

la IV Conferencia Española de Pasive-

hauss; el Congreso de Transporte Urba-

no o el Encuentro de Parques Tecnoló-

gicos de España, entre muchos otros.

El año green va a ser una oportunidad y

un reto para la ciudad.

El hecho de que Vitoria-Gasteiz sea una

ciudad relativamente pequeña y bien

dotada por la naturaleza, ¿desmerece

algo el éxito de su política?

—Al contrario. Pero la realidad es que la

historia de Vitoria-Gasteiz ha estado li-

gada, desde siempre, a lo verde. La capi-

tal alavesa ha estado, tradicionalmente,

contenida en su expansión gracias a una

planificación urbana realizada casi siem-

pre con mesura, en la que lo verde siem-

pre ha tenido un gran protagonismo. La

extensa red de parques y paseos urbanos

existente otorga a Vitoria-Gasteiz el hon-

roso reconocimiento de ser una de las

ciudades europeas con mayor superficie

de espacios verdes por habitante. La sen-

sibilidad y el respeto hacia el medio am-

biente ha sido una seña de identidad de

Vitoria-Gasteiz desde hace ya décadas.

¿En qué punto se encuentra el anun-

ciado objetivo de reducir las emisiones

de gases de efecto invernadero?

—El cambio climático es uno de los ma-

yores desafíos del siglo XXI. Queremos

conseguir, en el año 2020, reducir las

emisiones de gases precursores del efec-

to invernadero (GEI) y mitigar los efec-

tos del cambio climático mediante ac-

ciones de eficiencia y producción ener-

gética. Los objetivos a alcanzar son: reducir

las emisiones de C02 en 2020 en al me-

nos un 20% respecto a las emisiones del

municipio en 2006 y reducir las emisio-

nes de C02 en 2020 de los equipamien-

tos y servicios municipales en al menos

un 30% sobre las emisiones en 2006. u

9Nº 124 Cuarto trimestre 2011 SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE

El premio Capital Verde Europea fue

concebido por la Comisión Europea

como un galardón para promover y reco-

nocer los esfuerzos de las ciudades que

mejor se ocupan del medio ambiente y del

entorno vital de sus habitantes. La ciudad

que cada año ostenta la capitalidad ejerce

de modelo de actuación verde y comparte

sus prácticas con otras ciudades.

La idea se concebió en Tallin (Estonia),

donde 15 urbes europeas y la Asociación

Estonia de Ciudades firmaron un memo-

rando conjunto proponiendo la creación

del premio. En la actualidad, más de 40

grandes ciudades europeas, incluyendo

21 capitales, apoyan la iniciativa. El pre-

mio está abierto, además de a los 27 paí-

ses miembros de la Unión Europea, a los

países candidatos oficiales (Turquía, Mon-

tenegro, Macedonia, Croacia e Islandia),

así como a los países del Espacio Econó-

mico Europeo (Islandia, Noruega y Liech-

tenstein).

El premio, instaurado en 2010, es conce-

dido a una ciudad que:

z Tenga un recorrido consistente de con-

secución de estándares medioambien-

tales reconocidos.

z Esté comprometida con objetivos ambi-

ciosos para mejoras adicionales medio-

ambientales y el desarrollo sostenible.

z Pueda actuar como un modelo para ins-

pirar a otras ciudades y promover las me-

jores prácticas en otros municipios.

Las ciudades premiadas en los años 2010

y 2011 fueron Estocolmo y Hamburgo,

respectivamente. En 2013, y tras la capi-

talidad de Vitoria-Gasteiz, la ciudad fran-

cesa de Nantes ostentará el premio.

El premio Capital Verde Europea

«El 80% de los europeosvive en ciudades

del tamaño de Vitoria-Gasteiz, de ahí quenuestro modelo seaexportable a otras

ciudades»

Page 9: SEGURIDAD · 2012-01-10 · Verde Europea. Es el broche de oro de un proceso solida-rio en el que han interveni-do, entre otros, los movi-mientos asociativos de la ciudad, los grupos

SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE Nº 124 Cuarto trimestre 201110

Higiene industrial

SOPLETE AUTÓGENO

Protección de riesgos laboralesde trabajadores que utilizan

En el mundo laboral existen profesiones de especial riesgoen las que se realizan procesos de soldadura, que pueden de-teriorar la retina. Los gremios más afectados son los trabaja-dores de empresas automovilísticas, siderometalúrgicas, ins-taladores de aire acondicionado y calefacción. Aunque la nor-mativa vigente obliga a la empresa a proporcionar a susempleados los elementos protectores frente a la radiaciónnociva emitida por el soplete, no los suelen utilizar debido alexcesivo oscurecimiento de las lentes, ya que la falta de vi-sión origina accidentes laborales por quemaduras o errores.Por ello, prefieren soldar sin protección, lo que les hace pro-pensos a sufrir graves daños retinianos irreversibles, inclusoescotomas absolutos de importancia relevante.

Este trabajo propone nuevos filtros protectores que permi-tan, a la vez, la fotoprotección retiniana y la visibilidad delcampo de trabajo. Para ello se ha analizado el espectro deemisión del soplete y se han diseñado los filtros necesariospara absorber las bandas nocivas emitidas por éste, dandolugar a un prototipo. Posteriormente se han evaluado variosaspectos de la percepción visual con la interposición del nue-vo filtro propuesto por la Universidad Complutense de Ma-drid (UCM) y de otro filtro convencional para soldadura. Losresultados obtenidos muestran que el filtro UCM es una len-te de protección óptima para realizar trabajos de soldaduraoxiacetilénica, siendo propuesto como filtro de referencia alos organismos competentes para su homologación.

Por CRISTINA BONNIN-ARIAS, EVA CHAMORRO-GUTIÉRREZ, GUILLERMO RAMÍREZ-MERCADO, LUIS-LUCIO

LOBATO-RINCÓN, JUAN JOSÉ NAVARRO VALS Y CELIA SÁNCHEZ-RAMOS.

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Para una mejor comprensión de

este trabajo es preciso recordar

algunos conceptos relaciona-

dos con la luz y otras radiaciones. Se de-

nomina espectro electromagnético a la

distribución energética del conjunto de

las ondas que se extienden desde la ra-

diación de menor longitud de onda, co-

mo los rayos gamma y los rayos X, pa-

sando por la luz ultravioleta, la luz visi-

ble y los rayos infrarrojos, hasta las on-

das electromagnéticas de mayor longi-

tud de onda, como son las ondas de radio.

Concretamente, se denomina luz visi-

ble a la región del espectro electromag-

nético que el ojo humano es capaz de

percibir y que corresponde a un rango

de longitudes de onda que va desde

380nm (longitud de onda corta) a 780nm

(longitud de onda larga). Cercano al ex-

tremo de 380 nm se encuentran las ra-

diaciones ultravioleta y próximos a los

780nm están las radiaciones infrarrojas

(figura 1).

11Nº 124 Cuarto trimestre 2011 SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE

Page 11: SEGURIDAD · 2012-01-10 · Verde Europea. Es el broche de oro de un proceso solida-rio en el que han interveni-do, entre otros, los movi-mientos asociativos de la ciudad, los grupos

lanosomas del epitelio pigmentario, que

genera ondas de choque. Éstas causan

un daño irreparable a los fotorrecepto-

res y al epitelio pigmentario, denomi-

nado daño fotomecánico.

El efecto nocivo en el tejido puede re-

sultar de unas fuerzas mecánicas com-

presoras o tensoras, que conducen a la

formación de burbujas que son letales

tanto para el epitelio pigmentario como

para otras células. El efecto es causado

por altas irradiaciones (en el rango me-

La energía electromagnética de una

onda con determinada longitud de on-

da λ (en el vacío) tiene una frecuencia

asociada y una energía de fotón. Por lo

tanto, las ondas electromagnéticas de

alta frecuencia tienen una longitud de

onda corta y mucha energía, mientras

que las ondas de baja frecuencia tienen

longitudes de onda larga y poca energía

(figuras 2 y 3).

Ya en 1966 Noell demostró que la luz

ultravioleta y azul (longitudes de onda

corta del espectro visible) afectan nega-

tivamente a los ojos (retina) debido a

que, como se explicó en el párrafo ante-

rior, estas radiaciones poseen mayor

energía que las de mayor longitud de on-

da. Así, clásicamente se han diferencia-

do tres tipos de lesiones producidas por

la luz: las fotomecánicas (efectos de cho-

que de las ondas luminosas), las foto-

térmicas (calor local producido por las

ondas) y las fotoquímicas (cambios en

las macromoléculas). Actualmente se

conocen con bastante precisión los cam-

bios en la retina inducidos por la luz

(Wenzel, 2005; Wu, 2006). Por tanto, de

todo lo anterior se deduce que la luz, si

bien es necesaria para la visión, puede

dañar partes del sistema visual al ser ab-

sorbida por sus tejidos. La porción de

energía absorbida en cualquier tejido

depende de la transparencia de éste pa-

ra radiación incidente y es un factor im-

portante a la hora de determinar el tipo

de efectos fotobiológicos que produce.

La acción mecánica subyace básicamente

del impacto rápido de energía en los me-

gawatios/cm2) y cortos periodos de ex-

posición (en el rango nanosegundos a

picosegundos) durante los cuales la ener-

gía es absorbida tan rápidamente por los

gránulos de melanina en el epitelio pig-

mentario que la dispersión de calor no

puede tener lugar.

Por otro lado, conviene definir el da-

ño fototérmico. Un quantum de ener-

gía radiante (un fotón) puede ser ab-

sorbido por una molécula solo si la ener-

gía del fotón equipara a la diferencia de

energía entre el nivel de energía normal

de una molécula y el máximo nivel de

energía permitido. Los estados rota-

cionales y vibracionales de los quan-

tum de las moléculas predominan so-

bre los estados de excitación por las lon-

gitudes de onda más largas en el espectro

«visible» y en el infrarrojo cercano (700-

1400nm). La vibración de energía ga-

nada por la molécula es rápidamente

SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE Nº 124 Cuarto trimestre 201112

Higiene industrial

Figura 1. Esquema de las radiaciones electromagnéticas, diferenciando en los distintos

tipos de espectros según la longitud de onda.

Mayor Longitud de onda

Menor energía

Menor Longitud de onda

Mayor energía

Longitud de onda

Amplitud

Figura 2. Esquema que diferencia gráficamente radiaciones con longitudes de onda

larga y corta, respectivamente.

10-5

INFRARROJO VISIBLE ULTRAVIOLETA

0,5X10-5 10-8

Figura 3. Diagrama de longitudes de onda de tres tipos de radiaciones.

Page 12: SEGURIDAD · 2012-01-10 · Verde Europea. Es el broche de oro de un proceso solida-rio en el que han interveni-do, entre otros, los movi-mientos asociativos de la ciudad, los grupos

disipada mediante colisiones con otras

moléculas, aumentando de forma mo-

mentánea el nivel local de la misma

energía cinética, un proceso que es vis-

to como un aumento de la temperatu-

ra. Las lesiones térmicas no son produ-

cidas por el incremento de energía ci-

nética hasta que la irradiancia de la

radiación es suficientemente alta como

para aumentar la temperatura en, al

menos, 10ºC por encima del nivel am-

biental de la retina. Consecuentemen-

te, la reacción térmica depende de los

umbrales de irradiancia. El daño tér-

mico es mucho mayor en el centro de

la lesión, donde el aumento de la tem-

peratura es mucho más elevado.

Por último, es importante reseñar que

el riesgo del daño fotoquímico, como

una forma diferente de interacción en-

tre la energía radiante y las moléculas

biológicas, tiene lugar cuando la radia-

ción incidente tiene una longitud de on-

da en la porción de alta energía del es-

pectro «visible»: daño fotoquímico. Un

electrón en estado excitado puede vol-

ver al estado inhibido disipando la ener-

gía extra, rompiendo una unión en otra

molécula mediante un intercambio di-

recto de electrones o un intercambio

directo de hidrógeno, produciendo es-

pecies reactivas de oxígeno. El proceso

también puede ocasionar otros radica-

les libres, importantes en la producción

de tejido dañado (Margrain et al., 2004).

Ningún daño agudo tiene lugar por de-

bajo de un cierto umbral de nivel de irra-

diancia.

Por otro lado, y ya adentrándonos en

el tema específico de este artículo, pa-

saremos a hablar de «la soldadura». La

American Welding Society (AWS) defi-

ne la soldadura como una coalescencia

localizada de metales (o termoplásticos),

producida mediante el calentamiento

de los mismos a las temperaturas de sol-

dadura requeridas, con o sin aplicación

de presión, o mediante la aplicación de

únicamente presión y con o sin el uso de

material de aportación. En lenguaje me-

nos técnico, una soldadura se produce

cuando las piezas separadas de metal

que se van a unir se combinan y forman

una sola pieza al ser calentadas a una

temperatura lo suficientemente alta co-

mo para causar la fusión (Jeffus, 2009).

Se pueden distinguir dos tipos básicos

de soldadura, la heterogénea y la ho-

mogénea, según sea el metal de aporta-

ción distinto o igual a los que se preten-

de unir; siguiendo el criterio del tipo de

energía aportado para la unión, se dife-

rencian los soldeos por calor, por pre-

sión o por la conjunción de ambos, pa-

ra lo cual se utilizan distintos dispositi-

vos de soldadura. Este trabajo se centra

específicamente en el soplete oxiaceti-

lénico para soldadura a gas. (figura 4)

La soldadura a gas genera calor cuan-

do arde una mezcla de oxígeno con un

determinado gas, frecuentemente ace-

tileno (C2H2), en la boquilla de la tobe-

ra de un mechero de soldar. El calor apor-

tado en este tipo de soldadura se debe a

la reacción de combustión, que resulta

ser fuertemente exotérmica, pues se al-

canzan temperaturas del orden de los

3500º C. (Molera Solá, 1992). Por otro la-

do, existen otros tipos de dispositivos de

soldadura, como el de arco eléctrico o el

de arco de plasma; este último genera

una gama de alta temperatura de 10.000

a 30.000º C. Esta emisión de energía pue-

de resultar más dañina para el cuerpo

humano y causar más complicaciones

oculares que las técnicas convenciona-

les de soldadura por arco eléctrico (Choi

et al., 2006) (figuras 5a y 5b).

Filtros protectores para sopletes

13Nº 124 Cuarto trimestre 2011 SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE

Procesos de Soldadura

Heterogénea

SoldaduraBlanda

SoldaduraFuerte

Homogénea

Por fusiónPor presión Por presión y fusión

En frío Soplete Aluminotérmica

ResistenciaArco eléctricoEn caliente

SopleteAluminotérmica

Figura 4. Esquema de clasificación de los diferentes tipos de soldadura.

según el instituto nacional de estadística, en el año 2004 trabajaban en españa 1.200.000

personas en los sectores más expuestos a lossopletes de soldadura

Page 13: SEGURIDAD · 2012-01-10 · Verde Europea. Es el broche de oro de un proceso solida-rio en el que han interveni-do, entre otros, los movi-mientos asociativos de la ciudad, los grupos

gitudes de onda corta del espectro visi-

ble e infrarrojas) que, por la energía que

transmiten, pueden producir daños ocu-

lares (Choi et al., 2006). Las radiaciones

ultravioleta B (UVB) y ultravioleta C (UVC)

pueden producir fotoqueratitis y foto-

conjuntivitis, que se caracterizan por un

dolor intenso, lagrimeo, sensación de

arena en los ojos, fotofobia, etc. Estos

efectos son agudos pero reversibles. La

luz o radiación visible puede producir

lesiones térmicas y/o fotoquímicas en

la retina, con pérdida de visión total o

parcial (efectos agudos que pueden ser

irreversibles). La exposición repetida a

radiaciones infrarrojas (IR) puede pro-

ducir cataratas de origen térmico, por

las altas temperaturas (efectos crónicos

e irreversibles). El número de personas

expuestas, durante muchas horas al día,

Ahora bien, teniendo en cuenta lo des-

crito en los párrafos anteriores y dentro

del marco de los riesgos laborales, de-

bemos destacar que existen profesiones,

como los soldadores, que se encuentran

especialmente expuestas a sufrir daños

fototóxicos por la coincidencia de fac-

tores fototérmicos, fotomecánicos y fo-

toquímicos. En general, las personas ex-

puestas a la fototoxicidad de la luz de-

sarrollarán una incapacidad laboral, en

un 90% absoluta, con el grave perjuicio

que este hecho conlleva para su perso-

na y para el resto de la sociedad. En con-

creto, este tipo de patologías son irre-

versibles, siendo las más frecuentes el

desprendimiento de retina, los agujeros

maculares y la fotofobia.

Esto ocurre porque la llama de alta

temperatura que se irradia durante la

soldadura emite una amplia serie de on-

das electromagnéticas (ultravioleta, lon-

a la luz dañina emitida por los sopletes

de soldadura es muy elevado, ya que en-

tre las profesiones más afectadas sobre-

salen, precisamente por el tiempo de ex-

posición, los obreros de la construc-

ción y de las empresas siderometalúrgicas,

así como los instaladores de aire acon-

dicionado y calefacción. Según el Insti-

tuto Nacional de Estadística (INE), el nú-

mero de personas que trabajaba en es-

te sector en España en el año 2004 era de

1.200.000 (MCA-UGT).

La normativa vigente obliga a la em-

presa a proporcionar los elementos pro-

tectores frente a la radiación violeta-

azul para el trabajo con sopletes. Si bien

las gafas y las pantallas de protección

se encuentran a disposición de los tra-

bajadores, en su mayoría no son utili-

zadas. El motivo principal de su falta de

uso es el excesivo grado de oscureci-

miento de las lentes que incorporan los

filtros protectores convencionales, los

cuales absorben no solo las bandas no-

civas, sino también el 99% de todo el es-

pectro visible. Es importante destacar

este hecho porque ayuda a entender las

manifestaciones de los trabajadores que

se quejan de que con las gafas protec-

toras convencionales su visión es casi

SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE Nº 124 Cuarto trimestre 201114

Higiene industrial

Figura 5a. Llama de luz emitida por un soplete. Puede apreciarse el color azul de la llama, lo que

indica la emisión de grandes proporciones de longitudes de onda corta (muy energéticas y

dañinas para el tejido).

Figura 6. Diferencia de imagen al observar la escena con el filtro para soldadores propuesto en este

trabajo (imagen izquierda) y con el filtro para soldadores tradicional (imagen derecha).

Figura 5b. Trabajador metalúrgico realizando

soldadura.

Page 14: SEGURIDAD · 2012-01-10 · Verde Europea. Es el broche de oro de un proceso solida-rio en el que han interveni-do, entre otros, los movi-mientos asociativos de la ciudad, los grupos

nula, lo cual aumenta exponencialmente

el riesgo de quemaduras (Kim, 2007).

(figura 6). En la gráfica correspondien-

te se observan las curvas de absorción

de dos filtros de soldadura convencio-

nales, de los cuales el de menor absor-

bancia transmite el 1% del espectro vi-

sible (figura 7).

Por tanto, en este trabajo se planteó

como objetivo diseñar un nuevo filtro

para soldadores que proporcione el mis-

mo nivel de protección que un filtro con-

vencional para soldadores pero que per-

mita, a su vez, una buena percepción vi-

sual del área de trabajo.

MATERIAL Y MÉTODO

Para este trabajo se evaluó a 36 perso-

nas de ambos sexos, 22 hombres y 14 mu-

jeres, en edad laboral. La media de edad

de la muestra fue de 44±14 años. Las me-

didas de absorbancia se realizaron con

dos espectrómetros distintos: el Spectra-

pro-750 (SOPRA), para medir el espectro

de emisión de la llama del soplete oxia-

cetilénico, y el Humphey Lens Analyzer

350 (Zeiss Humphrey Systems), para la

caracterización de los filtros. Además se

utilizaron distintos tipos de filtros ópti-

cos: en primer lugar, para el diseño del

nuevo filtro protector UCM, se usaron fil-

tros de absorbancia selectiva para longi-

tudes de onda comprendidas entre 380 y

500nm con el fin de determinar la absor-

bancia requerida por el nuevo dispositi-

vo protector frente a la emisión del soplete

oxiacetilénico. Posteriormente, para la va-

loración de los diferentes aspectos de la

función visual, se usaron el filtro de nue-

vo diseño y un filtro protector conven-

cional, homologado, que se encuentra a

disposición de los soldadores. (figura 8)

Se consideró conveniente evaluar la

agudeza visual, la sensibilidad al con-

traste, la discriminación del color y la es-

tereoagudeza. Para la valoración de es-

tos aspectos de la función visual se utili-

zaron tests habitualmente empleados

para realizar estas evaluaciones según

las indicaciones del fabricante y en vi-

sión próxima y en condiciones de ilumi-

nación fotópica. Concretamente, para

valorar la agudeza visual se empleó el test

Traditional Runge Pocket Near Vision

Card (Precision Vision, USA) (figura 9);

para evaluar la sensibilidad al contraste

se utilizó el test VCTS (Vistech Consul-

Filtros protectores para sopletes

15Nº 124 Cuarto trimestre 2011 SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE

100

90

80

60

50

40

30

30

20

10

0 100 350 400 450 500 550 600 650 700

Tra

ns

mit

an

cia

(%

)

Longitud de onda (nm)

Figura 7. Curvas de absorción de filtros convencionales para soldadura. Se exponen en este gráfico

el de mayor absorbancia (línea roja) y el de menor absorbancia (línea negra).

100

90

80

60

50

40

30

30

20

10

0 100 350 400 450 500 550 600 650 700

Tra

ns

mit

an

cia

(%

)

Longitud de onda (nm)

Filtro propuesto UCM

Filtro Convencional

Figura 8. Curvas de absorción espectral de los filtros utilizados en el trabajo. Línea negra: filtro

convencional. Línea verde: filtro propuesto UCM.

Figura 9. Test de agudeza visual próxima.

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Plus 5.0 Professional Edition para reali-

zar una estadística comparativa desti-

nada a evaluar los efectos de los filtros

interpuestos en las diferentes medidas

de función visual. Todas las compara-

ciones fueron realizadas asumiendo un

error de alfa de 0.05.

tans, INC, 1988, Stereo Optical Company)

(figura 10); la discriminación del color

fue evaluada mediante el test Farnsworth-

Munsell D-28 HUE (figura 11), y, final-

mente, para valorar la estereoagudeza se

utilizó el test de Titmus (figura12).

Todas las valoraciones fueron realiza-

das de forma binocular. Los sujetos fue-

ron examinados en las condiciones ha-

bituales de trabajo, es decir, con la gra-

duación óptica que utilizaran para realizar

trabajos en visión próxima, con inde-

pendencia de que dicha graduación fue-

ra o no la óptima. Cada uno de los pará-

metros de función visual se evaluó bajo

tres condiciones: 1) sin la interposición

de filtros de protección, 2) con la inter-

posición de un filtro protector conven-

cional para soldadores, y 3) con la inter-

posición del filtro de protección pro-

puesto por la Universidad Complutense

de Madrid (UCM). El orden de las prue-

bas y la interposición o no de los filtros

se realizó de forma aleatoria.

Se utilizó el programa Statgraphics

RESULTADOS

Medidas del espectro deemisión de soplete, sin y coninterposición de filtro X-450

Realizadas las medidas del soplete

oxiacetilénico, se exponen a continua-

ción 3 registros de la emisión de dicho

soplete, en el rango de longitudes de

onda de 380nm a 750nm. Como puede

observarse en la figura 13a, la emisión

del soplete es relativamente estable aun-

que existen diferencias entre las tres

curvas presentadas (figura13a).

En la gráfica 13b puede observarse el

espectro de emisión de la llama oxiace-

tilénica, sin interposición de filtro (línea

roja), y la emisión del mismo soplete, pe-

ro con la interposición del filtro X-450

(línea verde). En la medida realizada con

filtro X-450 se puede observar que, para

las longitudes de onda corta compren-

didas entre 400 y 450 nm, se obtiene trans-

mitancia 0 (en unidades relativas), pero

permite el paso de las demás longitudes

de onda (del espectro visible), por lo que

posibilita la visión del campo de traba-

jo (figura 13b).

SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE Nº 124 Cuarto trimestre 201116

Higiene industrial

Figura 10. Test VCTS, para sensibilidad al

contraste de cerca.

Figura 11. Test Farnsworth-Munsell D-28,

para evaluar la percepción del color.

Figura 12. Test de Titmus

1500

1000

500

0 400 450 500 550 600 650 700 750

U.R

.

Longitud de onda (nm)

Soplete 1

Soplete 2

Soplete 4

Figura 13a. Curvas de emisión del soplete oxiacetilénico en el rango de longitudes de onda de

380nm a 750nm, sin filtros, medido tres veces (después de apagarlo y volver a encenderlo).

Page 16: SEGURIDAD · 2012-01-10 · Verde Europea. Es el broche de oro de un proceso solida-rio en el que han interveni-do, entre otros, los movi-mientos asociativos de la ciudad, los grupos

Resultados descriptivos ycomparativos de la agudezavisual

Tras interponer los diferentes filtros

de protección, observamos que el filtro

propuesto UCM no inducía cambios sig-

nificativos en los valores de agudeza vi-

sual próxima (tabla 1 y figura 14). Sin em-

bargo, con el filtro protector convencio-

nal sí se observó una importante

disminución en los valores de agudeza

visual próxima (tabla 2 y figura 14).

Resultados descriptivos ycomparativos de laestereoagudeza

No se observaron diferencias estadísti-

camente significativas en los valores de

estereopsis tras interponer el filtro pro-

puesto UCM al comparar con los valores

obtenidos de estereoagudeza sin filtro. Sin

embargo, al comparar la capacidad de per-

cibir la profundidad sin filtro y con el fil-

tro convencional, los resultados mostra-

ron baja capacidad de discriminación de

profundidad, con diferencias estadística-

mente significativas (tabla 3 y figura 15).

Resultados descriptivos ycomparativos de ladiscriminación del color

Para la determinación de este aspecto

de la función visual se ha utilizado el nú-

mero de errores de orden en la disposi-

Filtros protectores para sopletes

17Nº 124 Cuarto trimestre 2011 SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE

700

600

500

400

300

200

100

0 400 450 500 550 600 650 700 750

U.R

.

Longitud de onda (nm)

Emisión soplete

Soplete + 6 fi ltros

Figura 13b. Curvas de emisión del soplete autógeno (línea roja) y del mismo soplete oxiacetilénico pero

con la interposición del filtro óptico de absorción de longitudes de onda fototóxicas (línea verde). Para

esta gráfica comparativa se ha utilizado el registro denominado «soplete 2», de la figura 14 a.

1,4

1,2

1,0

0,8

0,6

0,4

0,2

0,0Ag

ud

ez

a v

isu

al

(es

ca

la d

ec

ima

l)

*

SF UCM Convencional

Figura 14. Valores de agudeza visual próxima

con/sin la interposición de filtros

protectores para soldadura: Sin filtro (SF) vs

Filtro convencional vs filtro propuesto UCM,

en escala decimal.

1000

800

600

400

200

0Dis

pa

rid

ad

bin

oc

ula

r (

se

g d

e a

rco

)

*

SF UCM Convencional

Figura 15. Valores de estereoagudeza sin

filtro (SF), con filtro UCM y con filtro

convencional. Los valores obtenidos con el

filtro UCM son muy similares a los

obtenidos sin interposición de filtro. En

cambio, con el filtro convencional aumenta

la disparidad binocular lo que se traduce en

una disminución de la estereoagudeza.

AV Sin filtro Filtro UCM Diferencias p-valor

Escala decimal 0,88 ± 0,35 0,82 ± 0,34 0,06 ± 0,13 0,999

Tabla 1. Valores de agudeza visual próxima, con/sin la interposición del filtro protector propuesto

UCM, expresada en escala decimal.

AV Sin filtro Filtro Diferencias p-valorconvencional

Escala decimal 0,88 ± 0,35 0,37 ± 0,22 0,5 ± 0,3 0,000

Tabla 2. Valores de agudeza visual próxima con/sin la interposición del filtro protector convencional,

expresada en escala decimal.

el daño retiniano porexposición a la

radiación emitida porun soplete de soldadura

es, a la vez, agudo ycrónico, ya que la

exposición a «luz intensade forma aguda» se

realiza a lo largo detoda la vida laboral del

trabajador

Page 17: SEGURIDAD · 2012-01-10 · Verde Europea. Es el broche de oro de un proceso solida-rio en el que han interveni-do, entre otros, los movi-mientos asociativos de la ciudad, los grupos

nificativas. Para una mejor visualización

de los resultados se han transformado

los datos en porcentaje de errores, que

se expresa en la figura 16 y en la tabla 5.

Como se puede comprobar en la co-

lumna relativa a las diferencias, el por-

centaje de errores con la interposición del

filtro tradicional es muy elevado, en tor-

no al 43%. Sin embargo, con el filtro pro-

puesto UCM, la pérdida de discrimina-

ción del color es solo del 5%. Una de las

características a reseñar en este aparta-

do es la necesidad de una explicación ex-

haustiva de la metodología para la reali-

zación correcta de la prueba. Se quiere

aclarar que siempre se realizó en primer

lugar la valoración sin filtro, como fase de

aprendizaje; en cambio, las dos pruebas

posteriores con la interposición del filtro

fueron realizadas en orden aleatorio.

Resultados descriptivos ycomparativos de lasensibilidad al contraste

Tras interponer el filtro propuesto

UCM se observó una diminución esta-

ción del test FM. Como puede compro-

barse en la tabla 4, la interposición de los

dos filtros reduce la discriminación del

color. Al compararse estos valores con

los obtenidos en la valoración sin filtro

las diferencias son estadísticamente sig-

dísticamente significativa de los valores

de sensibilidad al contraste en visión

próxima para las frecuencias espaciales

6cpg y 18cpg. Por otro lado, al interpo-

ner el filtro protector convencional, se

observó una mayor pérdida de los valo-

res de sensibilidad al contraste en visión

próxima para todas las frecuencias es-

paciales. Las diferencias entre el filtro

UCM y el filtro convencional fueron sig-

SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE Nº 124 Cuarto trimestre 201118

Higiene industrial

Nº Errores Sin filtro Filtro Diferencias p-valor

Filtro UCM 5 ± 4 6 ± 4 1 ± 3 0,006 *

Filtro Convencional 5 ± 4 17 ± 3 12 ± 5 0 *

Tabla 4. Número de errores obtenidos con el test Farnsworth-Munsell, con/sin la interposición de

filtros protectores para soldadura: filtro convencional vs filtro propuesto UCM.

Sin filtro Filtro Diferencias p-valor(“ de arco) (“ de arco) (“ de arco)

Filtro UCM 97 ± 95 89 ± 78 8,5 ± 40 0.999

Filtro Convencional 97 ± 95 279 ± 531 -184 ± 470 0.000

Tabla 3. Valores de disparidad binocular con/sin la interposición de filtros protectores para

soldadura: filtro convencional vs filtro propuesto UCM.

% Errores Sin filtro Filtro Diferencias

Filtro UCM 18 24 5

Filtro Convencional 18 61 43

Tabla 5. Porcentaje de errores obtenidos con el test Farnsworth-Munsell, con/sin la interposición de

filtros protectores para soldadura: filtro convencional vs filtro propuesto UCM.

80

60

40

20

0

Vis

ión

de

l co

lor (

% f

all

os

)

*

*

SF UCM Convencional

Figura 16. Porcentaje de fallos en el test de

visión de color con/sin la interposición de

filtros protectores para soldadura: sin filtro

(SF) vs filtro convencional vs filtro

propuesto UCM.

Page 18: SEGURIDAD · 2012-01-10 · Verde Europea. Es el broche de oro de un proceso solida-rio en el que han interveni-do, entre otros, los movi-mientos asociativos de la ciudad, los grupos

nificativas para las frecuencias espa-

ciales (tabla 6).

Al comparar los valores obtenidos por

el filtro UCM y el filtro protector con-

vencional se observan diferencias signi-

ficativas en todas las frecuencias espa-

ciales. Los valores del filtro UCM son sen-

siblemente más próximos a los obtenidos

sin filtro que los obtenidos con el filtro

convencional (figura 17).

DISCUSIÓN

El daño fotoquímico retinal fue des-

cubierto en 1965 por Noell, quien evi-

denció accidentalmente que las retinas

de las ratas albinas podían ser dañadas,

de forma irreversible, mediante exposi-

ciones de varias horas o días a luz am-

biental, dentro del rango de intensidad

de la luz natural. Este mismo daño tam-

bién se produce en ratas pigmentadas

cuando las pupilas son dilatadas. Otros

trabajos, como el de Wu et al., de 2006,

demuestran que el daño fotoquímico re-

tiniano ocurre con diferentes tipos de

morfología en diferentes animales.

Con el fin de analizar los efectos foto-

tóxicos de la luz en la retina se han uti-

lizado a menudo animales a los que se

expone a luz intensa de forma aguda.

Estos estudios han documentado que la

luz es capaz, en determinadas circuns-

tancias, de producir la muerte de los fo-

torreceptores y de las células del epite-

lio pigmentario por apoptosis y por un

mecanismo en el que está implicada la

rodopsina (Reme et al., 2005; Wenze et

al., 2005). Por otro lado, la exposición a

luz permanente (Noell et al., 1966; Law-

Filtros protectores para sopletes

19Nº 124 Cuarto trimestre 2011 SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE

Frecuencia p-valor p-valor p-valorespacial Sin filtro vs filtro Sin filtro vs filtro Filtro UCM vs filtro

UCM convencional convencional

1,5cpg 0,999 0,000 * 0,000 *

3cpg 0,417 0,000 * 0,000 *

6cpg 0,028 * 0,000 * 0,000 *

12cpg 0,316 0,000 * 0,000 *

18cpg 0,022 * 0,000 * 0,000 *

Tabla 6. Significancia estadística de la comparativa de los valores de sensibilidad al contraste en

visión próxima con/sin la interposición del filtro protector propuesto UCM y convencional.

100,00

10,00

1,00

0,10 1.5 3 6 12 18

Se

ns

ibil

ida

d a

l co

ntr

as

te

Frecuencia espacial (ciclos/grado)

Sin fi ltro

Filtro UCM

Filtro Convencional

Figura 17. Valores de sensibilidad al contraste en visión próxima con/sin la interposición de filtros

protectores para soldadura: sin filtro vs filtro convencional vs filtro propuesto UCM. *Significancia

p<0,05 entre los valores de SC sin filtro vs filtro analizado.

Page 19: SEGURIDAD · 2012-01-10 · Verde Europea. Es el broche de oro de un proceso solida-rio en el que han interveni-do, entre otros, los movi-mientos asociativos de la ciudad, los grupos

forma aguda causa un daño térmico,

mientras que la exposición a luz no tan

intensa pero de forma crónica produce

daño fotoquímico (Margrain et al., 2004).

El daño retiniano por exposición a la ra-

diación emitida por un soplete de sol-

dadura es, a la vez, agudo y crónico, ya

que la exposición a «luz intensa de for-

ma aguda» se realiza a lo largo de toda

la vida laboral del trabajador. Por este

motivo, se ha iniciado esta discusión con

la exposición de los trabajos más rele-

vantes en el estudio de los procesos neu-

rodegenerativos producidos por la luz.

En la segunda parte de esta discusión se

comentan algunas características del da-

ño retiniano por la radiación emitida por

los dispositivos para soldar.

Así pues, las primeras referencias re-

lativas a la lesión retiniana inducida por

soldadura figuran en trabajos realizados

por Terrien en 1902 (Choi et al., 2006).

En la bibliografía encontrada se expre-

sa que «(...) todos los procesos de solda-

dura implican los riesgos potenciales

que puede conducir a diversos daños y

patologías oculares» (Arend, 1996; Ten-

kate et al., 1997; Okuno, 2001; Kim et al.,

2007; Peng et al., 2007; Okuno, 2010). Se

ha indicado que el 38,3% de los acci-

dentes laborales en la construcción co-

rresponden a soldadura, demolición con

martillos y pulverizaciones (Woo, 2006).

El elevado porcentaje de soldadores afec-

tados se debe a que esta actividad cau-

sa daños y quemaduras en la piel y a que

los humos producidos al soldar causan

el deterioro de la función pulmonar, co-

mo, por ejemplo, disnea, rinitis, asma,

neumonía, cáncer de los pulmones, en-

tre otros (Meo et al., 2003). Pero los da-

ños producidos por la soldadura inclu-

will, 1973; Tso, 1973; Tso y Woodford,

1983; Dureau et al., 1999) produce un

adelgazamiento de la capa nuclear ex-

terna, indicativo de la disminución de

los receptores. El mecanismo exacto por

el que se producen estos cambios no se

conoce, aunque es probable que la le-

sión inicial se localice en los segmentos

externos de los fotorreceptores (Orga-

nisciak et al., 1994).

En resumen, según la revisión biblio-

gráfica de Wu, los factores que refuer-

zan la susceptibilidad del daño por luz

identificados hasta ahora en estudios

animales son: la longitud de onda (Grimm

et al., 2000 ); la intensidad de luz y dura-

ción de la exposición (O’Steen et al., 1979);

los efectos acumulativos de la luz (No-

ell, 1966; Organisciak et al., 2010); el rit-

mo circadiano (Duncan, 2002; Organis-

ciak et al., 2010); el estado adaptativo:

(Noell et al.,1966); la edad (O’Steen et al.,

1982) y la genética (Noell et al., 1971).

Respecto al análisis de las longitudes

de onda que producen el mayor nivel de

daño retiniano, se han realizado diver-

sos estudios. Noell et al., en 1966, de-

mostraron que el tejido retiniano se de-

terioraba cuando era expuesto a longi-

tudes de onda corta. Otros trabajos como

el de Okuno et al., en 2002, repiten este

mismo planteamiento y concluyen que

el sol, la soldadura por arco, el corte por

plasma y las lámparas de descarga pre-

sentan radiancias efectivas muy altas,

con tiempos de exposición permisibles

de solo 0,6 a 40 s, lo que sugiere que la

visualización de estas fuentes de luz es

muy peligrosa para la retina.

Se debe reseñar, para la mejor com-

prensión de esta discusión, que se con-

sidera que la exposición a luz intensa de

yen, además, irritaciones oculares, fo-

toqueratitis, cataratas, pterigion, entre

otros (Okuno et al., 2001; Meo et al., 2003).

Por este motivo es importante conocer

el nivel de radiación emitida por los dis-

positivos de soldadura para evaluar los

riesgos potenciales y tomar medidas de

protección en contra de ella (Okuno et

al., 2001). Además, los soldadores de-

ben ser instruidos acerca de la posibili-

dad de sufrir daños en el segmento an-

terior y posterior y de la necesidad de

usar gafas de protección adecuadas pa-

ra evitar estos daños (Arend et al., 1996).

Numerosos estudios coinciden en la

necesidad de utilizar las gafas o panta-

SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE Nº 124 Cuarto trimestre 201120

Higiene industrial

el estudio propone un filtro que protege altrabajador de las radiaciones nocivas pero que deja

pasar las longitudes de onda menos energéticaspara permitir la visión del campo de trabajo

Page 20: SEGURIDAD · 2012-01-10 · Verde Europea. Es el broche de oro de un proceso solida-rio en el que han interveni-do, entre otros, los movi-mientos asociativos de la ciudad, los grupos

llas protectoras para el proceso de sol-

dadura, puesto que los altos niveles de

radiación UV provocan grandes com-

plicaciones oculares (Arend, 1996; Ten-

kate et al., 1997; Okuno, 2001; Kim et al.,

2007; Peng et al., 2007; Okuno, 2010). Pa-

ra ello los sistemas protectores deben

proveer al trabajador de la protección

suficiente para realizar su trabajo diario

sin superar la máxima exposición ad-

misible (MPE). Para corroborar que los

equipos de protección ocular cumplían

con este requisito, Tenkate, en 1997, mi-

dió, con una película de polímero foto-

sensible, los niveles de exposición a la

radiación ultravioleta de un grupo de

soldadores. El polímero se adjuntó a la

superficie interna de la pantalla de pro-

tección ocular y reveló que la exposición

media estimada ocular (en el interior del

casco) fue de entre cuatro y cinco veces

la MPE. Estos resultados sugerían que

era necesaria una protección ocular adi-

cional para complementar los cascos

convencionales de soldadura.

En concordancia con el trabajo de Ten-

kate, se publicaron estudios donde se re-

portaron casos de daños retinianos en

soldadores que utilizaban correctamente

sus gafas de protección. El examen pos-

terior de los filtros protectores reveló que

solo absorbían las longitudes de onda

inferiores a 380 nm, y solo podrían ofre-

cer protección contra fotoqueratitis.

(Arend et al., 1996; Choi et al., 2006). Es-

to demuestra la necesidad de un estu-

dio pormenorizado de los requerimien-

tos del sistema de protección según el

tipo de radiación emitida.

Con posterioridad a estos trabajos,

Maier et al., en 2005, y Peng et al., en

2007, analizaron diferentes filtros de

protección y demostraron que éstos pro-

tegen a los trabajadores de la exposi-

ción de las radiaciones nocivas emiti-

das por los dispositivos para soldadu-

ra. Más aún, al finalizar el trabajo, Maier

concluye que la maculopatía de solda-

dura parece ser más bien una conse-

cuencia de la negligencia frente a las

normas de seguridad. En el presente tra-

bajo se ha medido la absorbancia de di-

versos equipos de protección ocular pa-

ra soldadores y, en concordancia con

los trabajos de Maier y Peng, se ha en-

contrado que la transmitancia del UV

es nula. Pero, después del análisis de los

resultados obtenidos en la valoración

de la percepción visual, se puede com-

probar que el hecho de que los trabaja-

dores no utilicen sus equipos de pro-

tección no debería ser considerado co-

mo «negligencia», sino como mecanismo

de autodefensa para evitar quemadu-

ras en las manos y brazos, ya que nues-

tros resultados indican que, con los sis-

temas de protección convencionales, la

agudeza visual disminuye hasta el 58%

respecto a la no utilización de filtros.

Teniendo en cuenta que el soplete emi-

te llamas a más 3500º C, la exigencia de

una visión óptima del campo de traba-

jo es indispensable para evitar quema-

duras en las manos y errores en las sol-

daduras que se están realizando.

Otro trabajo destacado, presentado por

Chou et al. en 1996, expone los resulta-

dos de un estudio realizado en una plan-

ta de ensamblaje de vehículos donde se

presenta como uno de los principales

Filtros protectores para sopletes

21Nº 124 Cuarto trimestre 2011 SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE

Page 21: SEGURIDAD · 2012-01-10 · Verde Europea. Es el broche de oro de un proceso solida-rio en el que han interveni-do, entre otros, los movi-mientos asociativos de la ciudad, los grupos

disminuye significativamente cuando se

interpone el filtro propuesto por la UCM,

pero sí cuando se utiliza el filtro con-

vencional, produciéndose pérdidas muy

importantes. Respecto a la percepción

del color, ambos filtros producen, de for-

ma estadísticamente significativa, una

disminución en la capacidad de discri-

minación, siendo más acentuada para

el filtro convencional (43%) que para el

filtro propuesto (5%).

CONCLUSIONES

z El soplete oxiacetilénico presenta una

emisión dos veces superior para las

longitudes de onda corta que para las

demás longitudes de onda. El filtro X-

450 es suficiente para absorber las lon-

gitudes de onda corta emitidas por el

soplete, llegando a transmitancia 0 en

el rango de 400-450 nm. Esto permite

diseñar un filtro óptico protector de

absorbancia selectiva que elimina al

máximo las longitudes de onda corta

y solo atenúa, en un porcentaje míni-

mo, el resto de las bandas del espec-

tro visible.

z Para favorecer la utilización de los equi-

pos de protección para soldadura se

requiere de un elemento protector que

no disminuya la agudeza visual de los

trabajadores. El filtro UCM mantiene

sin cambios estos valores, mientras

que el filtro convencional disminuye

en más de la mitad la capacidad de re-

solución de los trabajadores.

z Para evitar accidentes laborales por

quemaduras en la piel, producidos por

una pobre percepción del entorno, se

riesgos del trabajo con soldaduras, ade-

más de las radiaciones emitidas por el

soplete, los desprendimientos de partí-

culas de metal fundido que son despe-

didos en todas direcciones. Este hecho

obliga al trabajador a protegerse de los

residuos metálicos mediante la pantalla

protectora, que, como es obvio, también

incorpora el filtro ocular. Pero frecuen-

temente los soldadores deben trabajar

en sitios oscuros y en espacios peque-

ños, lo cual reduce su percepción visual;

en tales situaciones, algunos soldadores

se quitan las gafas protectoras para rea-

lizar su trabajo (Kim et al., 2007). En con-

cordancia con los resultados de Kim, el

presente estudio demuestra que los ele-

mentos protectores convencionales que

actualmente se encuentran a disposición

de los trabajadores disminuyen consi-

derablemente la percepción visual.

Para evitar la falta de visión sin nece-

sidad de retirar la pantalla protectora, en

este trabajo se propuso un filtro óptico

de banda selectiva que absorbe solo las

longitudes de onda corta en una alta pro-

porción y que es atenuador para el resto

de las longitudes de onda del espectro vi-

sible; al tiempo, los elementos protecto-

res bloquean la radiación UV. Finalmente,

se propone un filtro que protege al tra-

bajador de las radiaciones nocivas pero

que permite el paso de las longitudes de

onda menos energéticas para propiciar

la visión del campo de trabajo.

Así pues, en este estudio se han valo-

rado distintos aspectos de la percepción

visual y se ha observado que tanto la agu-

deza visual como la sensibilidad al con-

traste se ven apenas afectadas al inter-

poner el filtro propuesto UCM, mientras

que con el filtro convencional las pérdi-

das son elevadas. La estereoagudeza no

sugiere el uso del filtro para soldadu-

ra propuesto por la UCM, ya que per-

mite una mejor percepción del con-

traste en comparación con el filtro con-

vencional.

z Para realizar trabajos con mayor exac-

titud y precisión en profundidad y re-

lieve se sugiere el uso del filtro óptico

propuesto por la UCM, dado que no

afecta a la percepción de profundidad,

mientras que el filtro convencional dis-

minuye la estereoagudeza de forma

significativa.

z La interposición de ambos filtros pro-

tectores produce una disminución

en la capacidad de discriminación

del color, siendo más acentuada pa-

ra el filtro convencional que para el

filtro propuesto. No obstante, para

los trabajos de soldadura, la discri-

minación del color no es un pará-

metro especialmente relevante en

comparación con otros aspectos de

la función visual, por lo que no se con-

sidera este factor como determinan-

te en la comparación entre ambos fil-

tros protectores.

z Los distintos aspectos de la percep-

ción visual se ven drásticamente dis-

minuidos cuando se utiliza el filtro

protector convencional evaluado. Por

el contrario, la interposición del nue-

vo filtro protector propuesto por la

Universidad Complutense de Madrid

mantiene estables o disminuye leve-

mente las capacidades perceptivas

evaluadas, resultando ser un sistema

protector óptimo para trabajos de sol-

dadura, por lo que ha sido propues-

to como filtro de referencia a los or-

ganismos competentes para su ho-

mologación. u

SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE Nº 124 Cuarto trimestre 201122

Higiene industrial

el presente estudio demuestra que los elementosprotectores convencionales que actualmente se

encuentran a disposición de los trabajadoresdisminuyen considerablemente la percepción visual

AGRADECIMIENTOSEsta investigación ha sido financiada por FUNDA-CIÓN MAPFRE (Ayudas a la investigación 2010).

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Filtros protectores para sopletes

23Nº 124 Cuarto trimestre 2011 SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE

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tes laborales. En el caso de la fatiga físi-

ca, la prevención de dichos estados de

fatiga es primordial, a los efectos de re-

gular la cantidad de actividad a realizar

en un trabajo, así como la adecuación

de pausas de reposo oportunas. [5-7] La

fatiga, al igual que otros factores, inter-

fiere la ejecución de la actividad.

Con dichas premisas, consideramos

de interés el comprobar tres fenómenos:

z En situaciones críticas, cuando se ne-

cesita una reacción rápida, saber si

hay diferencias en la respuesta moto-

ra entre músculos descansados y aque-

llos sometidos a una contracción man-

tenida previa.

z Saber si es relevante el nivel de fatiga

previa.

z Saber si la historia de contracción mus-

cular influye en la ejecución de un pro-

grama motor.

Para responder a estas preguntas he-

mos examinado si los cambios en el pa-

En ciertas ocupaciones, tales co-

mo trabajar en cintas transpor-

tadoras, cadenas de montaje o

empaquetado, la exactitud en el gesto es

un componente básico de la tarea. Son

trabajos que requieren la ejecución de

actividades físicas de baja intensidad pe-

ro repetidas en el tiempo. Está consta-

tado por diferentes investigaciones que

estos trabajos, si se realizan en condi-

ciones de fatiga, pueden provocar dolor,

sobrecarga o daño muscular. [1-4]

Los requerimientos de una tarea se

comprenden mejor si se tiene una ma-

yor comprensión de cómo la ejecutamos

y de cómo nuestro sistema perceptivo

colabora en el reconocimiento de cam-

bios en las condiciones de ejecución –fa-

tiga, atención, discriminación– para así

adaptar el patrón automatizado a las

nuevas condiciones. La fatiga o las alte-

raciones atencionales pueden por tan-

to conllevar fallos en la tarea y acciden-

trón motor inducidos por fatiga previa

tienen algún efecto en los componentes

neurales o musculares en el patrón de

respuesta balística en una condición de

tiempo de reacción.

MÉTODOS

Sujetos y ámbito de estudioDieciséis sujetos (9 mujeres y 7 hom-

bres, de edades entre 27 y 52 años) to-

maron parte en el estudio. Todos eran

diestros, con visión normal o corregida.

DispositivoLos sujetos se encontraban de pie de-

lante de una pantalla de ordenador con

los brazos colgando cerca del cuerpo. Se

registraron señales electromiográficas

(EMG) en el brazo derecho mediante

electrodos de superficie colocados so-

bre deltoides anterior (DA) y sobre trí-

SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE Nº 124 Cuarto trimestre 201124

Ergonomía

ESTADO MUSCULAR

Estudio sobre las respuestas del sistema motor del individuo

La presente investigación pretende comprobar la influenciadel estado muscular en la respuesta motora rápida a una soli-citación externa. Se sabe que la velocidad de ejecución de unmovimiento balístico que incluye desplazamiento articular va-ría de acuerdo con el estado basal muscular. En este estudiorazonamos que los tiempos motor y premotor pueden estarinfluenciados por el hecho de que el músculo haya estado an-tes en posición de reposo o manteniendo una contracción queorigine fatiga.

en la capacidad de reacción

Influencia del

Por J.M. CASTELLOTE. Doctor en Medicina y Cirugía.

Investigador titular, Instituto de Salud Carlos III,

Madrid. MEL VAN DEN BERG. Ph.D. en Medicina.

Investigadora contratada, Instituto de Salud Carlos

III, Madrid. J. VALLS-SOLE. Doctor en Medicina y

Cirugía. Consultor senior del Hospital Clínic,

Barcelona.

Page 24: SEGURIDAD · 2012-01-10 · Verde Europea. Es el broche de oro de un proceso solida-rio en el que han interveni-do, entre otros, los movi-mientos asociativos de la ciudad, los grupos

25Nº 124 Cuarto trimestre 2011 SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE

Page 25: SEGURIDAD · 2012-01-10 · Verde Europea. Es el broche de oro de un proceso solida-rio en el que han interveni-do, entre otros, los movi-mientos asociativos de la ciudad, los grupos

tras la contracción de 30 segundos has-

ta un intervalo de cinco minutos.

Antes del comienzo del estudio, los su-

jetos practicaron un número suficiente

de intentos, sin fatiga previa, con retro-

alimentación de los registros de EMG. Pa-

ra la situación experimental, los sujetos

practicaron el gesto de apoyarse contra

la pared, sin empujarla para evitar fatiga

innecesaria. El registro de datos comen-

zó cuando los sujetos se sintieron cómo-

dos con el procedimiento en cada con-

dición. Se registraron 8-10 EC antes de

comenzar los ensayos experimentales.

Veinte minutos tras finalizar cada bloque

de ensayos LD o CD se registraron 8-10

ensayos finales (EF) idénticos al control.

Registro y análisis de datosPara cada ensayo registramos las se-

ñales generadas por la SI, la actividad

EMG y el movimiento. Los datos se reco-

ceps braquial (TB). Se colocó un acele-

rómetro en el epicóndilo humeral para

registrar movimientos del brazo y calcu-

lar variables cinemáticas.

ProcedimientoCada sujeto se estudió en una sesión.

Se hicieron dos bloques de cada sujeto,

de acuerdo con el tipo de contracción

que hubiera que realizar tras ensayos

control (EC), bien de larga duración (LD)

o de corta duración (CD). El orden de

pruebas fue aleatorio entre sujetos. El

tiempo entre pruebas fue superior a 30

minutos. El experimento comenzó ins-

truyendo a los sujetos sobre las condi-

ciones de los ensayos. En los EC, los su-

jetos fueron instados a realizar un movi-

miento de abducción hasta la horizontal,

como respuesta rápida tras la presenta-

ción de una señal imperativa (SI) en la

pantalla del ordenador. Los ensayos fue-

ron hechos siguiendo paradigmas de

tiempos de reacción (TR) sencillos. [8-9]

La señal imperativa se generó por el ex-

perimentador mediante una señal en el

teclado, sin aviso previo.

En cada bloque y tras los EC, los suje-

tos se colocaron de pie junto a una pa-

red para realizar una contracción máxi-

ma contra ella con la muñeca derecha

mediante un movimiento de abducción

con el brazo, bien durante 30 segundos

(LD) como fatiga prolongada o durante

10 segundos (CD) como contracción bre-

ve, mientras se mantenían en la misma

posición. Fueron instruidos para reali-

zar una contracción máxima. Al termi-

nar la contracción, los sujetos debieron

colocarse frente a la pantalla para reali-

zar los ensayos de TR. Estos se realiza-

ron a intervalos de tiempo específicos

gieron en un ordenador personal a una

frecuencia de 2.000 Hz para posterior

análisis con software específico. Para re-

gistrar la actividad de fondo de EMG, se

midió la amplitud promedio de la señal

rectificada de EMG, tanto de DA como

de TB, y se midieron durante los 200 ms.

que precedían a la presentación de la SI.

Para todas las condiciones en las se-

ñales registradas tras las SI, medimos las

siguientes variables:

z Comienzo de DA, como latencia de la

actividad EMG en DA. En aquellos en-

sayos en que los músculos podían estar

activos durante la SI, se consideró co-

mo el momento en que la actividad EMG

rectificada cambiaba más de 10µV/ms

en un lapso de 500 ms tras la SI.

z Comienzo de TB, como la latencia de

la actividad EMG en el TB. Los crite-

rios de medición fueron como para el

DA ya descrito.

z Comienzo de movimiento (CM). Se

mide desde la SI como el momento en

que hay un cambio en la señal acele-

rométrica.

z Retraso electromecánico (REM). Co-

mo la diferencia entre DA y CM.

SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE Nº 124 Cuarto trimestre 201126

Ergonomía

el estudio evalúa si los cambios en el patrón motorinducidos por fatiga previa afectan a los componentes

neurales o musculares en el patrón de respuestabalística en una condición de tiempo de reacción

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Aspectos éticosEl estudio ha seguido los requisitos éti-

cos de la Declaración de Helsinki. Los

sujetos fueron informados del estudio y

dieron su consentimiento para partici-

par en el mismo.

Análisis estadísticoSe utilizaron procedimientos paramé-

tricos. La comparación entre tareas y se-

ries se realizó mediante análisis de va-

rianza de medidas repetidas, realizan-

do análisis post-hoc cuando se hallaron

diferencias. Las correlaciones entre ta-

reas se calcularon mediante correlación

de Pearson. La significancia estadística

se estableció para p<0.05.

RESULTADOS

Todos los sujetos realizaron las prue-

bas adecuadamente. Hay que mencio-

nar que la duración de cada estudio ha

sido prolongada al requerir, además de

la instrumentación del sujeto, enseñar-

le a ejecutar todas las partes de la tarea

y valorar la recuperación tras el esfuer-

zo. Pese a ello el estudio ha permitido

evaluar la respuesta por contracción

mantenida breve y por contracción man-

tenida prolongada (fatiga).

Las respuestas de deltoides anterior y

de tríceps braquial como tiempos de re-

acción se observan en las figuras 1 y 2 res-

pectivamente. En ellas se comprueba que

existe una reducción de tiempos de re-

acción en ambos músculos para las dos

intervenciones realizadas. Asimismo, se

comprueba cómo se recuperan los tiem-

pos de reacción y revierten a valores si-

milares a los valores control sobre el mi-

nuto cinco. De la misma forma, se obser-

va que hay mayor afectación cuando la

contracción previa era prolongada. A

efectos comparativos, de este análisis

descriptivo de datos, así como de la sub-

siguiente inferencia estadística, se com-

prueba la mayor afectación de deltoides

anterior respecto a tríceps, presentando

menores tiempos de respuesta, siendo

más evidente tras contracción manteni-

da (p<0.05). Los resultados también mues-

tran la mayor prolongación en la dura-

ción de la afectación de deltoides ante-

rior respecto a tríceps en ese menor tiempo

de respuesta tras contracción manteni-

da (figuras 1 y 2), (p<0.05). Las curvas en

las figuras 1 y 2 exponen una similitud en

la respuesta entre las condiciones de post-

contracción sencilla y de fatiga (figuras

1 y 2), (p>0.05).

El análisis de datos relativos a movi-

miento ha permitido comprobar que la

situación muscular previa también ha

afectado al mismo. En la figura 3 se ob-

Estado muscular y capacidad de reacción

27Nº 124 Cuarto trimestre 2011 SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE

110

100

90

80

70

60

500 50 100 150 200 250 300 350

TRÍCEPS

Fatiga

Post-concentración

Intervalo de tiempo después de la concentración máxima (ms).

Figura 2. Tiempo de reacción promedio de todos los sujetos para tríceps braquial (en ms) desde 30

segundos hasta 300 segundos tras la contracción. Normalización respecto a su control y leyenda

similar a la figura 1.

110

100

90

80

70

60

500 50 100 150 200 250 300 350

DELTOIDES ANTERIOR

Fatiga

Post-concentración

Intervalo de tiempo después de la concentración máxima (ms).

Figura 1. Tiempo de reacción promedio de todos los sujetos para deltoides anterior (en ms) desde

30 segundos hasta 300 segundos tras la contracción. El tiempo de reacción está expresado

normalizado tomando como 100% el promedio de valores control. Triángulos rojos: condición de

fatiga; rectángulos azules: condición de post-contracción moderada.

Page 27: SEGURIDAD · 2012-01-10 · Verde Europea. Es el broche de oro de un proceso solida-rio en el que han interveni-do, entre otros, los movi-mientos asociativos de la ciudad, los grupos

miento en la tarea mandada, se ha va-

lorado la correlación de sus tiempos de

respuesta. Si bien en la situación con-

trol la correlación es alta (R2= 0.8), tan-

to en los casos de fatiga como de breve

post-contracción se ha visto una me-

nor correlación (R2=0.4 y 0.5 respecti-

vamente). La correlación entre deltoi-

des y el subsiguiente movimiento ha si-

do alta en todas las condiciones (R2

entre 0.8-0.9).

serva la afectación del movimiento, que

se ha comprobado es también significa-

tiva (p<0.05) en paralelo a la afectación

de deltoides anterior.

Dentro del movimiento, se ha compro-

bado el valor del retraso electromecáni-

co, que ha resultado no modificarse por

el estado muscular previo (figura 4), care-

ciendo de significancia estadística (p>0.05).

Al participar deltoides anterior y trí-

ceps en una misma cadena de movi-

DISCUSIÓN

El presente estudio ha permitido ver

la transición de respuestas musculares

en dos umbrales progresivos de activi-

dad muscular previa. Durante el primer

minuto no se han observado diferencias

en tiempo premotor, tiempo motor o re-

traso electromecánico, pero ha habido

un acortamiento evidente de tiempo pre-

motor y tiempo motor sin cambios en el

retraso electromecánico entre los 90 y

150 ms en los ensayos respecto a las prue-

SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE Nº 124 Cuarto trimestre 201128

Ergonomía

0 50 100 150 200 250 300 350

Intervalo de tiempo después de la concentración máxima (ms).

130

120

110

100

90

80

70

60

RETRASO ELECTROMECÁNICO

Fatiga

Post-concentración

Figura 4. Duración del retraso electromecánico promedio de todos los sujetos (en ms) desde 30

segundos hasta 300 segundos tras la contracción. Normalización respecto a su control y leyenda

similar a la figura 1.

110

100

90

80

70

60

500 50 100 150 200 250 300 350

COMIENZO DEL MOVIMIENTO

Intervalo de tiempo después de la concentración máxima (ms).

Fatiga

Post-concentración

Figura 3. Tiempo de movimiento promedio de todos los sujetos (en ms) desde 30 segundos hasta 300

segundos tras la contracción. Normalización respecto a su control y leyenda similar a la figura 1.

Page 28: SEGURIDAD · 2012-01-10 · Verde Europea. Es el broche de oro de un proceso solida-rio en el que han interveni-do, entre otros, los movi-mientos asociativos de la ciudad, los grupos

bas control. Las diferencias dejaron de

ser significativas a los 300 segundos.

La influencia del estado muscular so-

bre los tiempos de reacción ya ha sido es-

tudiada bajo diferentes modelos, con re-

sultados variables. Algunos estudios se

han centrado en el tiempo premotor [10-

12], otros han descrito la ausencia de cam-

bios [13-15], mientras que un tercer gru-

po ha encontrado reducciones en dichos

tiempos [16-20]. Las diferencias pueden

haber sido debidas a los diferentes pro-

tocolos utilizados. Aquellos que han ob-

servado reducciones en los tiempos pre-

motores también han observado respues-

tas diferentes en el retraso electromecá-

nico. Yeung et al. [20] han mostrado un

retraso del mismo y lo consideran una

compensación para mantener el fin de la

tarea. Li et al. [19] usaron imaginería men-

tal para condicionar la respuesta. Caste-

llote et al. [17] emplearon un modelo en

el que el músculo se hallaba ya en activi-

dad isométrica o en oscilaciones rápidas.

Etnyre y Kinugasa [18] usaron también

un modelo de contracción isométrica pre-

via pero de muy breve duración. En to-

dos estos estudios las respuestas han si-

do medidas justo tras el acondiciona-

miento, mientras que en nuestro estudio

hemos ampliado los tiempos de medi-

ción hasta que han vuelto a situaciones

basales a los cinco minutos. Este fenóme-

no, consecuencia de la actividad previa,

no ha tenido una relación directa con el

nivel de la misma, lo que hace pensar que

no es tanto el estado basal de partida, si-

no más bien la condición y estado tonal

muscular los que influyen en la respues-

ta. Efectos similares se han observado tras

estímulos vibratorios, lo que permite con-

siderar que sea un estado funcional afe-

rente mediado por la médula espinal el

que condicione la respuesta cortical, vo-

luntaria, de acción motora. El fenómeno

se ha observado tanto en musculatura

proximal como medial de la extremidad,

aunque los efectos son más evidentes en

aquella postural (deltoides anterior). Los

fenómenos encontrados en movimiento

han ido en paralelo, haciendo pensar que

son secundarios al efecto premotor, ha-

bida cuenta de que no ha habido cam-

bios en el retraso electromecánico con-

siderado en su conjunto.

Por todo ello, consideramos de interés

aplicado el prestar atención a las activi-

dades de las personas que realizan traba-

jos de esfuerzo extenuante, que adoptan

posturas incómodas, o realizan movi-

mientos de forma rápida usando los mis-

mos músculos por periodos prolongados

de tiempo, ya que una falta en la preci-

sión posterior puede originar resultados

Estado muscular y capacidad de reacción

29Nº 124 Cuarto trimestre 2011 SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE

el estudio ha permitido evaluar la respuesta porcontracción mantenida breve y por contracción

mantenida prolongada (fatiga)

Page 29: SEGURIDAD · 2012-01-10 · Verde Europea. Es el broche de oro de un proceso solida-rio en el que han interveni-do, entre otros, los movi-mientos asociativos de la ciudad, los grupos

atención, requiriendo cierta consciencia

de la acción, consciencia que puede ser

externamente modificada [23] por parte

del sujeto; también se requiere una ca-

pacidad de reacción visual ante requeri-

mientos externos [24], capacidad que pue-

de estar limitada en condiciones de fati-

ga muscular. Ejemplos extremos se

fatales en la ocupación o puede ser cau-

sa de enfermedades ocupacionales. [21,22]

Ciertas tareas en cintas transportadoras,

tales como el portar productos de la cin-

ta a cajas, limpieza de fruta, empaqueta-

do o procesado de comida, no solo re-

quieren movimientos precisos y rápidos,

sino también una interiorización de la ac-

ción a ejecutar, ya que la misma ha de re-

alizarse con precisión en las coordena-

das espacio-tiempo, requiere capturar y

soltar objetos delicados y en ocasiones

además necesita una decisión mental so-

bre la tarea (como en el caso de seleccio-

nar fruta). El hecho de que los gestos se-

an repetidos ya reduce el estado óptimo

basal muscular ante un evento como una

respuesta requerida rápida. Un gesto si-

gue a otro, y aunque el trabajo sea ruti-

nario, existe poco tiempo para perder la

observan en la operación de máquinas y

conducción de vehículos. [25]

Por todo ello, estos resultados sugieren

que el sistema motor del sujeto modula

las respuestas rápidas ulteriores. El suje-

to no debe alcanzar en su ocupación es-

tados de fatiga elevados, ya que debe es-

tar preparado para responder a cualquier

alteración interna o externa, de tal forma

que pueda estar atento y anticipar ade-

cuadamente un cambio en las condicio-

nes o en la respuesta [17], tanto en térmi-

nos de precisión como de rapidez. En las

situaciones de riesgo, una equivocación

no solo puede originar un accidente, sino

que puede tener consecuencias legales. u

SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE Nº 124 Cuarto trimestre 201130

Ergonomía

PARA SABER MÁS

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debe prestarse atencióna las actividades de

personas con trabajosextenuantes, ya que una

falta en la precisiónposterior puede

originar resultadosfatales en la ocupacióno causar enfermedades

ocupacionales

Estado muscular y capacidad de reacción

AGRADECIMIENTOSEsta investigación ha sido financiada por FUNDA-CIÓN MAPFRE (Ayudas a la investigación 2010).

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SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE Nº 124 Cuarto trimestre 201132

Medio ambiente

BACTERIAS

Estudio sobre su fortaleza en aguas residuales

resistentes a antibióticos

Por ELOY BÉCARES MANTECÓN, JAVIER MARTÍN VILLACORTA, MARÍA HIJOSA VALSERO, RICARDO

SIDRACH-CARDONA MARTÍNEZ. Área de Ecología, Facultad de CC Biológicas y Ambientales,

Universidad de León, 24071 León.

El incremento de la resistencia bacteriana a los antibióticos provocanumerosos problemas sanitarios, aumentando las tasas de

morbilidad y mortalidad de la población. Los mecanismos parareducir este aumento de resistencias implican tanto el uso racionalde los antibióticos como la eliminación de las bacterias resistentes,

que se excretan a través de las aguas residuales. Los objetivos de esteproyecto son: 1- Caracterizar la abundancia de bacterias fecalesresistentes a antibióticos en medios acuáticos que reciben aguasresiduales de una industria productora de antibióticos y de unadepuradora de aguas residuales. 2- Estudiar la capacidad de las

depuradoras de aguas residuales para eliminar o potenciar laresistencia a antibióticos. 3- Estudiar las tasas de variación de la

resistencia a antibióticos a lo largo del río. El estudio demuestra quelos vertidos de las depuradoras de aguas residuales tienen un efectosignificativo sobre el aumento de bacterias resistentes. Los vertidos

de las plantas de tratamiento de aguas residuales presentanmayores porcentajes de bacterias resistentes a antibióticos que las

aguas de entrada. En este estudio no se hallaron diferenciassignificativas en el incremento de resistencias cuando se comparan

sistemas convencionales (fangos activados) con sistemas de bajocoste (humedales construidos). Las diferencias en el diseño de loshumedales tampoco supusieron una diferencia significativa en la

variación de bacterias resistentes presentes en sus efluentes.

en medios acuáticos

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33Nº 124 Cuarto trimestre 2011 SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE

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cuente incremento de bacterias resis-

tentes conllevan un aumento en la ex-

creción al medio ambiente, tanto de bac-

terias resistentes como de antibióticos,

a través fundamentalmente de las aguas

residuales. La emisión de bacterias al

medio acuático favorece también el in-

tercambio genético con poblaciones pre-

viamente no resistentes, lo que aumen-

ta la dispersión de esta capacidad resis-

tente en las bacterias del medio ambiente

(Davison 1999).

Supervivencia de lasbacterias resistentes aantibióticos en mediosacuáticos

La bacterias resistentes llegan a los rí-

os a través de las aguas residuales. Uno

de los aspectos de interés es conocer la

capacidad de estas bacterias para so-

brevivir en condiciones naturales así co-

mo para intercambiar material genéti-

co en dichos ambientes. Aunque la mor-

talidad natural de las bacterias patógenas

o sus indicadores es muy elevada en los

medios extraenterales, su gran abun-

dancia (valores de 105-1010 UFC/ml en

aguas residuales) (McFeters et al., 1990)

y las condiciones ambientales (turbidez,

temperatura, etc.) pueden mantener via-

bles a estas poblaciones durante mucho

tiempo (Davies-Colley et al., 1999).

En el presente trabajo se pretende es-

tudiar la viabilidad de estas bacterias re-

sistentes a antibióticos a lo largo de un

río que recibe dos vertidos de diferente

naturaleza. Por un lado, el vertido de las

aguas residuales domésticas ya tratadas,

y por otro, el vertido de las aguas resi-

duales de una industria productora de

INTRODUCCIÓN

La resistencia aantibióticos comoestrategia adaptativa delas bacterias

La resistencia a antibióticos es uno de

los aspectos de creciente interés en la sa-

nidad humana. El rápido y constatado

aumento de infecciones causadas por

bacterias patógenas resistentes a anti-

bióticos está produciendo una «carrera

de armamento», evolutivamente ha-

blando (Van Valen 1973), en la que el de-

sarrollo de nuevas armas por el hombre

(antibióticos) se encuentra por detrás de

la capacidad de los microorganismos pa-

ra evitar su efecto (aumento de resis-

tencias).

La causa de la resistencia a antibióti-

cos es natural, es decir, las propias bac-

terias han desarrollado mecanismos pa-

ra inactivar las sustancias antibióticas

producidas como elemento de defensa

o estrategia competitiva con otros mi-

croorganismos (Martínez, 2009). Pero

esta resistencia, o estrategia adaptativa

de las bacterias, está potenciada por la

actividad humana con el uso de anti-

bióticos para el tratamiento de enfer-

medades humanas y animales. En este

caso, el mecanismo selectivo impuesto

por el hombre al aumentar la probabili-

dad de contacto de los antibióticos con

las bacterias ha provocado una rápida

selección de las poblaciones bacteria-

nas, favoreciendo aquellas resistentes

(Alonso et al., 2001). Aunque la resis-

tencia a antibióticos puede aparecer en

ausencia de antibiótico por mutación

genética (Henriques et al., 2006), ha si-

do el uso excesivo de antibióticos lo que

ha provocado un incremento alarman-

te de resistencias que incluso ha llevado

a adoptar medidas legales restringien-

do su libre adquisición (Kümmerer, 2004).

Este uso de antibióticos y el conse-

penicilinas y cefalosporinas. El objetivo

será conocer las tasas a las que los prin-

cipales grupos de bacterias fecales (co-

liformes totales, E. coli, enterobacterias

y clostridios sulfito reductores) desapa-

recen con la distancia, y comparar si es-

ta tasa de desaparición es paralela a la

tasa de desaparición de la resistencia a

antibióticos en las bacterias supervi-

vientes. A través de pruebas cruzadas

con diferentes antibióticos se estudiará

además la variación en la multirresis-

tencia, una prueba de la existencia de in-

tercambio genético dentro de las mis-

mas poblaciones de bacterias fecales del

río, tanto las suspendidas en el agua co-

mo las retenidas en los sedimentos. Los

estudios de resistencias irán acompa-

ñados del análisis químico de los anti-

bióticos potencialmente presentes, tan-

to en las aguas residuales brutas como

en el río.

Eliminación de bacteriasresistentes a antibióticos.Papel de las depuradorasde aguas residuales

Uno de los métodos para destruir bac-

terias patógenas, o sus grupos indicado-

res, de las aguas residuales es su trata-

miento en plantas depuradoras. Las de-

puradoras presentan condiciones hostiles

para la supervivencia de dichas bacterias

debido a su temperatura ambiente, las

condiciones físico-químicas de los reac-

tores y la gran abundancia de depreda-

dores (organismos bacterívoros y virus).

En general, las depuradoras reducen en

1-3 logaritmos la abundancia de bacte-

rias del agua de entrada (Hirata et al.,

2003). Sin embargo, esta reducción en la

SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE Nº 124 Cuarto trimestre 201134

Medio ambiente

EL ESTUDIO COMPARA LOS DISEÑOS MÁS UTILIZADOS DEHUMEDALES CONSTRUIDOS PARA ESTUDIAR SI ALGUNO DE

ELLOS PUEDE AFECTAR A LA ELIMINACIÓN DE ANTIBIÓTICOS

Page 33: SEGURIDAD · 2012-01-10 · Verde Europea. Es el broche de oro de un proceso solida-rio en el que han interveni-do, entre otros, los movi-mientos asociativos de la ciudad, los grupos

abundancia de bacterias no va acompa-

ñada de una reducción de bacterias re-

sistentes, sino al contrario. Las depura-

doras convencionales de tratamiento de

aguas residuales (fangos activados) tien-

den a aumentar el porcentaje de bacte-

rias resistentes en su efluente como con-

secuencia de la gran abundancia de bac-

terias en el reactor biológico y del tiempo

de contacto entre ellas, lo que incrementa

las tasas de intercambio genético (con-

jugación, transformación y transduc-

ción), y por tanto, el porcentaje de bac-

terias resistentes a antibióticos (Da Cos-

ta et al., 2006).

Debido a su excesivo coste, los siste-

mas de fangos activados son sustituidos

en zonas rurales por sistemas de bajo

coste como filtros percoladores o siste-

mas extensivos, como lagunajes o hu-

medales construidos.

Otro de los objetivos del estudio es

comparar los sistemas convencionales

de fangos activados con sistemas de ba-

jo coste como los humedales construi-

dos. Ambos sistemas se diferencian en

los tiempos de retención celular, densi-

dad de bacterias dentro de los reactores

y exposición a condiciones ambientales

(Ferrer et al., 2007).

En este estudio se pretende estudiar si

los sistemas «naturales» de tratamiento

de aguas residuales tienen la misma ca-

pacidad de incrementar las tasas de re-

sistencia que los sistemas convenciona-

les, y cuál es el papel de los diferentes

elementos de diseño (tipo de planta uti-

lizada, flujo hidráulico empleado) sobre

dicho aspecto. Está demostrado que los

sistemas naturales son más eficaces que

los convencionales en la eliminación de

bacterias indicadoras de contaminación

fecal y patógenas (García y Bécares, 1997),

pero no existen evidencias que cuanti-

fiquen la capacidad para intercambiar

genes resistentes a antibióticos dentro

de dichos procesos.

Por otro lado, aunque la capacidad de

los procesos convencionales para la eli-

minación de compuestos farmacéuticos

como los antibióticos es ya bastante co-

nocida (ej., Hijosa-Valsero et al., en pren-

sa), las evidencias sobre el papel de los

sistemas de bajo coste para eliminar an-

tibióticos son aún inéditas.

MATERIAL Y MÉTODOS

Toma de muestras deagua y sedimentos del ríoBernesga

La zona de estudio estuvo situada al

sur de la ciudad de León, en las inme-

diaciones del río Bernesga, zona en la

que se encuentra la Estación Depura-

dora de Aguas Residuales (EDAR) de Le-

ón y su alfoz, y el vertido de una indus-

tria productora de antibióticos (AB) de-

dicada a la elaboración de cefalosporinas

y penicilinas, que en la actualidad tam-

bién cuenta con su propia estación de-

puradora de aguas residuales.

Bacterias resistentes a antibióticos

35Nº 124 Cuarto trimestre 2011 SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE

Figura 1. Distribución de los puntos de muestreo en el río (distancias acumuladas en metros).

Page 34: SEGURIDAD · 2012-01-10 · Verde Europea. Es el broche de oro de un proceso solida-rio en el que han interveni-do, entre otros, los movi-mientos asociativos de la ciudad, los grupos

conseguir una muestra integrada, tanto

de agua como de sedimento.

Las medidas de temperatura, pH, oxí-

geno disuelto, potencial redox y con-

ductividad se realizaron in situ median-

te el empleo de sondas de electrodos

(WTW, Weilheim, Alemania).

Muestreo de las variablesmicrobiológicas

Tanto las muestras de agua como las

de sedimentos fueron procesadas en el

mismo día que fueron tomadas para su

análisis microbiológico. Se analizaron in-

dicadores fecales, esto es, E. coli, colifor-

mes totales (CT), Enterococcus y clostri-

dios sulfitoreductores. Los medios de cul-

tivo utilizados fueron: Chomocult coliform

agar (Merck 1.10426.0500) para E. coli y

CT, un medio cromogénico selectivo que

discrimina en la misma placa esos dos

grupos según el color de la colonia; para

Enterococcus se usó agar SB (Membrane-

filter enterococcus selective agar acc. to

Slanetz and Barley, Merck 1.05262.0500),

y para clostridios, sulfitoreductores agar

SPS (Agar selectivo para perfringens se-

gún ANGELOTTI, Merck 1.10235.0500).

En el río se fijó un punto de muestreo

antes y después de cada vertido (AB y

EDAR) (fig. 1), y dos puntos aguas abajo

del último vertido, a diferente distancia,

en los que se tomaron muestras tanto de

agua como de sedimento, y en los que

se midieron los diferentes parámetros

físico-químicos. También se tomaron

muestras y se hicieron mediciones de los

dos vertidos.

Las muestras de agua y sedimentos se

tomaron los días 24, 30 y 31 de agosto de

2010 (n=3), entre las 9.00 y las 13.00 ho-

ras. No se registraron lluvias durante la

campaña de toma de muestras ni du-

rante las dos semanas anteriores. Las lo-

calidades de muestreo se señalan en la

figura 1. En las localidades Río 1 (punto

1), Río 2 (punto 2), Río 3 (punto 3), Río 4

(punto 4), Río 5 (punto 5) y Río 6 (punto

6) se recogieron muestras a lo largo de

un transecto que cruzaba el río de orilla

a orilla. En el caso de las muestras de

agua, se cogían 1.000 ml en cada punto

del transecto. En el caso de las muestras

de sedimento, se utilizó un cilindro de

metacrilato de 9 cm de diámetro y 50 cm

de longitud para extraer el material. Des-

pués, todas las muestras correspondientes

a la misma localidad se mezclaban para

Análisis de la resistencia aantibióticos

El estudio de la resistencia a antibió-

ticos se llevó a cabo mediante dos mé-

todos diferentes: dilución en placa y di-

fusión en agar.

Dilución en placa

Mediante este método se analizaron

las resistencias de cada grupo bacteria-

no (excepto clostridios) a dos antibióti-

cos, amoxicilina (A) y cefalexina (C). El

número de colonias que crecen en las

placas con antibiótico se comparan con

las placas control de medio sin antibió-

tico con el fin de conocer el porcentaje

de bacterias resistentes. En el caso de los

humedales construidos solo se probó la

resistencia a amoxicilina, pero se apli-

caron dos concentraciones diferentes al

medio, 5 y 50 µg/ml (CT y E. coli) o 1 y 10

µg/ml (Enterococcus).

Difusión en agar (antibiograma)

Los discos antibióticos utilizados fue-

ron: dos β-lactamidos (penicilina, 10U

y ampicilina, 10µg), dos tetraciclinas (do-

xiciclina, 30µg y tetraciclina, 30µg), dos

macrólidos (eritromicina, 15µg y azitro-

SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE Nº 124 Cuarto trimestre 201136

Medio ambiente

Figura 3. Esquema de los tanques experimentales simulando diferentes diseños de humedales

construidos.

Figura 2. Toma de muestras. Core de

sedimento.

Page 35: SEGURIDAD · 2012-01-10 · Verde Europea. Es el broche de oro de un proceso solida-rio en el que han interveni-do, entre otros, los movi-mientos asociativos de la ciudad, los grupos

micina, 15µg) y un aminoglucosido (strep-

tomicina, 10µg), (BBL Sensi-Disc Anti-

microbial Susceptibility Test Discs, BD).

Las colonias que mostraban un com-

portamiento «resistente» o «intermedio»

fueron clasificadas como resistentes; de

otro modo, como «sensibles» (Constan-

zo, 2005).

Eliminación de bacteriasen sistemas naturales detratamiento (humedalesconstruidos)

Además de los muestreos realizados a

lo largo del río, se tomaron muestras de

la planta depuradora de macrófitos acuá-

ticos (humedales construidos) situada

en las instalaciones de la EDAR de León

y consistente en 8 tanques de 1 m2 cada

uno con diferente tipo de planta y dise-

ño (figuras 3 y 4). Cada tanque simula un

sistema y condición diferente de dise-

ño, tal como se indica a continuación:

z H1 y H5: cultivos hidropónicos de es-

padaña (Typha angustifolia) y carrizo

(Phragmites australis), respectiva-

mente.

z H2: Sistema de lámina de agua libre

con flujo superficial (FWS) plantado

con espadaña.

z H3: Sistema de lámina de agua libre

con flujo subsuperficial (FWSSF) plan-

tado con espadaña.

z H4: Sistema de lámina de agua libre

con flujo superficial, sin plantar (con-

trol del H3).

z H6: Sistema de flujo subsuperficial

(SSF) plantado con carrizo y con triple

carga que el resto de sistemas.

z H7: Sistema de flujo subsuperficial

(SSF) plantado con carrizo.

z H8: Sistema de flujo subsuperficial sin

plantar (control del H7).

El objetivo del estudio es comparar los

diseños más utilizados de humedales

construidos con el fin de estudiar si al-

guno de ellos puede afectar a la elimi-

nación de antibióticos, o a la generación

de bacterias resistentes a antibióticos, y

comparar ambos aspectos con un siste-

ma convencional de tratamiento como

el de los fangos activados.

RESULTADOS

Variables convencionalesde calidad de las aguas

Los valores de DQO, DBO5, SST y SSV

medidos en las muestras acuosas se in-

dican en la figura 5. Los valores de estos

parámetros son constantes y similares

en todas las localidades, con la excepción

del vertido Antibióticos. Este vertido se

caracteriza por presentar valores relati-

vamente altos de DQO, SST y SSV (regu-

lados por la Resolución de 20 de abril de

2009 de Castilla y León). A pesar de ello,

la descarga de estas aguas residuales no

hizo incrementar de manera notable las

concentraciones de DQO, SST y SSV en

el río (punto 2, figura 5). Esto se debe, en

gran medida, al efecto de dilución que se

produce, dado que el caudal del río en el

punto 1 (1,24-1,79 m3 s-1) es muy supe-

rior al caudal del vertido Antibióticos (0,09

m3 s-1). Por otra parte, el vertido de la

EDAR de León es un vertido con una car-

ga muy baja de DQO, DBO5 y sólidos en

suspensión, ya que se trata del agua de

salida de una EDAR que debe cumplir los

requisitos de la Directiva 91/271/CE; y

por ello, a pesar de su gran caudal (1,24

m3 s-1), no afecta de forma excesiva al cau-

ce del río, al menos en lo concerniente a

estos contaminantes (es decir, no se ob-

serva un gran aumento en las concen-

traciones del punto 4 con respecto al pun-

to 3; véase la figura 5).

Comunidades bacterianasdel río y resistencia aantibióticos

Caracterización de la comunidad

bacteriana

Tras la realización de los conteos de

bacterias en las placas sin antibiótico

(controles), se puede observar cómo tan-

to la depuradora de antibióticos como

Bacterias resistentes a antibióticos

37Nº 124 Cuarto trimestre 2011 SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE

Figura 4. Vista del sistema experimental de humedales construidos en verano.

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tos 2 y 3: 1,8 m3 seg-1. Puntos 4 y 5: 3 m3

seg-1). De esta forma, se puede observar

cómo el número de bacterias que pasan

por cada punto del río es mayor a partir

de los vertidos en casi 3 logaritmos de

media (figura 7).

En el caso de los sedimentos también

se observa un incremento sustancial en

el número total de bacterias existentes

de todos los grupos según se avanza a lo

la EDAR de León aportan bacterias al

medio receptor, siendo la cantidad de

bacterias de todos los grupos mucho ma-

yor (de dos a tres logaritmos de diferen-

cia) a partir del vertido de la EDAR (pun-

tos Río 4, Río 5 y Río 6) (figura 6).

Estas diferencias se ven más claramente

si la abundancia de bacterias se expresa

en relación con el caudal del río y los ver-

tidos (cargas de bacterias). Los caudales

se midieron en el punto 1 (1,2 m3 seg-1) y

en el punto 6 (3 m3 seg-1), los vertidos de

AB y la EDAR son conocidos (0,09 y 1,2

m3 seg-1 respectivamente), y el resto de

puntos del rio puede ser calculado (pun-

largo del río y se van incorporando los

vertidos (figura 8).

z Estudio de resistencias por dilución en

placa

Las muestras de agua recogidas du-

rante el periodo de muestreo presentan

un patrón de resistencia a los antibióti-

cos dispar. En el caso de la cefalexina, el

grupo bacteriano que presenta mayor

SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE Nº 124 Cuarto trimestre 201138

Medio ambiente

Figura 5. Concentraciones medias de los parámetros convencionales de calidad de las aguas (DQO, DBO5, SST y SSV) en el río Bernesga. Las barras de

error indican el intervalo de confianza del 95%.

TANTO LA DEPURADORA DE ANTIBIÓTICOS COMO LA EDARDE LEÓN APORTAN BACTERIAS AL MEDIO RECEPTOR,

SIENDO MUCHO MAYOR A PARTIR DEL VERTIDO DE eSTA

Figura 7. Carga bacteriana (UFCs/día) en cada

punto de muestreo.

Figura 6. Log 10 de las Unidades Formadoras de Colonias

por mililitro en cada punto de muestreo del río.

Figura 8. Log 10 de las Unidades Formadoras

de Colonias por mililitro en cada punto de

muestreo de los sedimentos.

Page 37: SEGURIDAD · 2012-01-10 · Verde Europea. Es el broche de oro de un proceso solida-rio en el que han interveni-do, entre otros, los movi-mientos asociativos de la ciudad, los grupos

porcentaje de resistencia es el de los co-

liformes totales, alcanzando en deter-

minadas muestras valores de hasta el

100% después del vertido de antibióti-

cos, aunque estos porcentajes van dis-

minuyendo a lo largo del río (figura 9),

al contrario de lo que pasaba con el nú-

mero total de bacterias. En el caso de la

amoxicilina, tanto los coliformes totales

como E. coli muestran porcentajes de

resistencia bastante elevados, decayen-

do también según se avanza en el curso

del río. No se encontraron Enterococcus

resistentes salvo en el vertido de la EDAR

(figura 10).

En el caso de los sedimentos los pa-

trones son similares a los del agua: pa-

ra cefalexina, las mayores resistencias

se producen tras el vertido de antibióti-

cos, disminuyendo a lo largo del curso

del río, y el grupo bacteriano que mayor

porcentaje de resistencias presenta es

el de coliformes totales (figura 11), mien-

tras que para la amoxicilina, tanto coli-

formes totales como E. coli presentan

elevada resistencia, disminuyendo en

general a lo largo del curso del río. Tam-

poco se encontraron Enterococcus re-

sistentes a amoxicilina en los sedimen-

tos (figura 12).

z Estudio de resistencias múltiples me-

diante antibiogramas

De los 14 puntos de muestreo realiza-

dos entre el río, los sedimentos y los ver-

tidos, un total de 289 colonias de E. coli

fueron aisladas y se analizaron sus pa-

trones de resistencia a antibióticos. La

tabla 1 muestra los patrones de resis-

tencia obtenidos para las muestras de

agua del río, así como de los vertidos de

antibióticos y de la EDAR de León. En la

tabla 2 se muestran los resultados de los

sedimentos. Se puede observar cómo

tanto la eritromicina como la penicilina

tienen tasas de resistencia del 100% en

todos los puntos, mientras que en el ca-

so de la azitromicina el porcentaje de

bacterias resistentes no supera el 35%

en ningún punto. También se puede

apreciar cómo el porcentaje de resis-

tentes disminuye justo después del ver-

tido de antibióticos (punto Río 2), para

luego aumentar y mantenerse a lo largo

del río. En el caso de los sedimentos las

resistencias se mantienen bastante si-

milares a lo largo del río.

z Patrones de multirresistencia

En la figura 13 se puede ver la distri-

bución de estos porcentajes en los pun-

tos del río y de los vertidos. Se observa

que en todos los puntos el 100% de las

bacterias son resistentes a 2 o más anti-

bióticos, mientras que más del 80% pre-

sentan resistencia a 3 o más antibióti-

cos. También se puede apreciar cómo a

partir del punto 3 disminuye drástica-

mente el porcentaje de resistentes a 3

antibióticos, dejando paso a multirre-

sistentes con más de 4 resistencias.

En la figura 14 se reflejan los mismos

datos para el caso de los sedimentos,

siendo el patrón similar: en el punto 2

prevalecen en este caso los multirresis-

tentes con 4 resistencias, para luego des-

cender su número, aumentando el de

resistentes a 5 o más antibióticos.

Bacterias resistentes a antibióticos

39Nº 124 Cuarto trimestre 2011 SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE

Figura 9. Porcentajes de resistencia a cefalexina

en las muestras de agua del río.

Figura 10. Porcentajes de resistencia a

amoxicilina en las muestras de agua del río.

Figura 11. Porcentajes de resistencia a

cefalexina en las muestras de sedimento

del río.

Figura 12. Porcentajes de resistencia a

amoxicilina en las muestras de sedimento

del río.

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del número total de bacterias, todos los

humedales, así como la EDAR, presen-

tan diferencias estadísticamente signifi-

cativas (Kruskal-Wallis, p<0,001) respecto

del influente (Infl.) para todos los grupos

bacterianos. Asimismo, los humedales

3, 4, 7 y 8 eliminan significativamente

mejor (Kruskal-Wallis, p<0,05) que la

EDAR todos los grupos bacterianos, sien-

do el H7 la configuración que mejor ren-

dimiento de eliminación presenta.

Análisis de las resistencias a

antibióticos en los humedales

construidos

Al realizar los análisis de resistencias de

los efluentes de los humedales se com-

prueba que no presentan tasas de resis-

tencia significativamente diferentes (Krus-

kal-Wallis, p>0,05) del efluente de la EDAR

ni del influente. Los coliformes totales (fi-

gura 16) presentan tasas de resistencia

muy altas, con valores medios en torno

Estos datos hacen pensar que las re-

sistencias cruzadas están ampliamente

desarrolladas en el ecosistema, puesto

que todas las colonias aisladas fueron

resistentes al menos a 2 antibióticos, y

muchas de ellas a más de 3 y más de 4,

encontrándose también un número sig-

nificativo de colonias resistentes a todos

los antibióticos probados.

Eliminación de bacteriasresistentes a antibióticosen humedales construidos

Caracterización de la comunidad

bacteriana

En los efluentes de los humedales cons-

truidos se puede observar la dominan-

cia de los CT como principal grupo bac-

teriano, seguido de E. coli, siendo los En-

terococcus el grupo menos abundante

(figura 15). En cuanto a la eliminación

al 100%, y en algunos casos (H7) incluso

se observan mayores crecimientos en la

placa con antibiótico que en la control.

También se advierte cómo un aumento

en la concentración de antibiótico se tra-

duce en un menor porcentaje de resis-

tentes. En el caso de E. coli (figura 17) se

observan patrones similares entre los di-

ferentes sistemas, pero con tasas de re-

sistencia algo menores, alrededor del 50%.

En general, también se observa una dis-

minución del porcentaje de resistencias

con el aumento de la concentración de

antibiótico, pero menor que en el caso de

los CT. En los Enterococcus (figura 18) se

puede apreciar una sensibilidad mucho

mayor al antibiótico, siendo los porcen-

tajes máximos menores del 10%.

Aunque la mortalidad de las bacterias

patógenas o sus indicadores es muy ele-

vada en medios extraenterales, su gran

abundancia (McFeters et al., 1990) y de-

terminadas condiciones ambientales pue-

SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE Nº 124 Cuarto trimestre 201140

Medio ambiente

Colonias de E. coli resistentes en cada punto de muestreo (%)Antibiótico Concentración Río 1 AB Río 2 Río 3 EDAR Río 4 Río 5 Río 6

(μg) (n=20) (n=5) (n=6) (n=19) (n=22) (n=29) (n=29) (n=29)

Ampicilina 10 75,0 40,0 83,3 94,7 81,8 82,8 75,9 65,5

Doxiciclina 30 25,0 20,0 0,0 52,6 61,9 58,6 69,0 55,2

Tetraciclina 30 35,0 20,0 16,7 63,2 59,1 75,9 58,6 65,5

Streptomicina 10 40,0 100,0 0,0 63,2 52,4 65,5 55,2 34,5

Eritromicina 15 100,0 100,0 100,0 100,0 100,0 100,0 100,0 100,0

Azitromicina 15 11,8 0,0 16,7 31,6 9,1 17,2 17,2 20,7

Penicilina 10 (U) 100,0 100,0 100,0 100,0 100,0 100,0 100,0 100,0

Tabla 1. Patrones de resistencia de las colonias aisladas de E. coli en el río y los vertidos.

Colonias de E. coli resistentes en cada punto de muestreo (%)Antibiótico Concentración Sedimentos 1 Sedimentos 2 Sedimentos 3 Sedimentos 4 Sedimentos 5 Sedimentos 6

(μg) (n=25) (n=7) (n=15) (n=27) (n=27) (n=29)

Ampicilina 10 100,0 100,0 100,0 81,5 44,4 82,8

Doxiciclina 30 80,0 100,0 46,7 66,7 55,6 55,2

Tetraciclina 30 92,0 57,1 66,7 70,4 51,9 48,3

Streptomicina 10 40,0 28,6 46,7 51,9 40,7 34,5

Eritromicina 15 96,0 85,7 100,0 100,0 100,0 100,0

Azitromicina 15 16,0 0,0 7,1 33,3 14,8 3,4

Penicilina 10 (U) 100,0 100,0 100,0 100,0 100,0 100,0

Tabla 2. Patrones de resistencia de las colonias aisladas de E. coli en los sedimentos.

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den mantenerlas viables durante mucho

tiempo (Davies-Colley et al., 1999). Este

hecho es especialmente relevante en los

sedimentos, que actúan como reservorio

de bacterias (Fernandes y Watanabe, 2008;

Alm et al., 2003; Howel et al., 1995) debi-

do a la disponibilidad de nutrientes (Da-

vies et al., 1995), a la protección adicio-

nal que éstos proporcionan frente a la luz

(Davies-Colley et al., 1999) y a la depre-

dación de los protozoos (Davies y Bavor,

2000). Diversos autores han encontrado

una elevada correlación entre la densi-

dad bacteriana en los sedimentos y el agua

de diferentes medios (playas y orillas de

agua dulce) (Fernandes y Watanabe, 2008;

Alm et al., 2003; Junco et al., 2005), lo que

indica la existencia de un flujo continuo

de microorganismos entre los dos me-

dios, y por tanto, de su material genético

(incluyendo los genes de resistencia). To-

dos estos factores pueden estar influyendo

en el hecho de la elevada resistencia en

los sedimentos de los puntos 2 y 3, que

van disminuyendo a lo largo del río.

En general, las depuradoras reducen

entre 1 y 3 logaritmos la abundancia de

bacterias del agua de entrada (Hirata et

al., 2003; Reinthaler et al., 2003). Sin em-

bargo, esta reducción no tiene por qué ir

acompañada de una reducción en el nú-

mero de bacterias resistentes, sino al con-

Bacterias resistentes a antibióticos

41Nº 124 Cuarto trimestre 2011 SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE

Figura 13. Distribución de los porcentajes de multirresistencia de los puntos muestreados en el río

(izquierda) y de los vertidos (derecha).

Figura 14. Distribución de los porcentajes de

multirresistencia de los puntos muestreados en el

sedimento.

Figura 16. Porcentajes de coliformes totales

resistentes a amoxicilina en los efluentes de los

humedales construidos (H#), el efluente de la

EDAR (EDAR) y el influente de ambos (Infl.).

Figura 15. Log 10 de las Unidades Formadoras

de Colonias por mililitro en los efluentes de los

humedales construidos (H#), el efluente de la

EDAR (EDAR) y el influente de ambos (Infl.).

Figura 17. Porcentajes de E. coli resistentes a

amoxicilina en los efluentes de los humedales

construidos (H#), el efluente de la EDAR (EDAR)

y el influente de ambos (Infl.).

Figura 18. Porcentajes de Enterococcus

resistentes a amoxicilina en los efluentes de los

humedales construidos (H#), el efluente de la

EDAR (EDAR) y el influente de ambos (Infl.).

Page 40: SEGURIDAD · 2012-01-10 · Verde Europea. Es el broche de oro de un proceso solida-rio en el que han interveni-do, entre otros, los movi-mientos asociativos de la ciudad, los grupos

gramas, encontramos rangos de entre el

3 y el 66% de E. coli resistentes a ampi-

cilina, el 100% de resistentes a eritromi-

cina, entre el 15 y el 33% de resistentes

a tetraciclina, el 30% resistente a strep-

tomicina y el 70% resistente a penicili-

na (Reinthaler et al., 2003; Lefkowitz y

Durán, 2009; Costanzo et al., 2005; Ca-

rrol et al., 2005; Schwartz et al., 2003), to-

dos ellos valores comparables con los

obtenidos en el presente trabajo.

La multirresistencia es otra caracte-

ristica comúnmente estudiada. Chelosi

et al. (2003) encontraron que más del

56% de las Gram negativas de sedimen-

tos marinos cultivadas tenían resisten-

cia a 5 o más antibíoticos. Lefkowitz y

Durán (2009) midieron la multirresi-

sencia de E. coli en plantas de tratamiento

de aguas residuales, obteniendo valores

en el efluente de un 60% de multirresis-

tentes a 2 o más antibioticos, y un 25%

a 4 o más. Otros autores también lo han

estudiado (Tendencia y de la Peña, 2001;

Pillai et al., 1997; Lin y Biyela, 2005; To-

roglu, 2005; Chapin et al., 2005), y los da-

tos obtenidos en este estudio se en-

cuentran en los mismos rangos.

CONCLUSIONES

El estudio demuestra que los dos ver-

tidos estudiados, el de la industria pro-

ductora de antibióticos y el de la EDAR

de León, contribuyen tanto al incremento

de la contaminación bacteriana del río

como al aumento en el porcentaje de

bacterias resistentes a antibióticos en di-

cho río. Dichos vertidos también incre-

mentan el porcentaje de bacterias resis-

tentes simultáneamente a varios anti-

bióticos (multirresistencia), aunque se

trario, y por tanto aumentando el por-

centaje de bacterias resistentes (Da Cos-

ta et al., 2006). Las bacterias cuantificadas

en este estudio son indicadores fecales, y

por tanto, de fácil detección en efluentes

de depuradoras de aguas residuales ur-

banas, donde la contaminación es mayo-

ritariamente fecal; no así en las aguas re-

siduales industriales, como es el caso del

vertido de antibióticos, por lo que, aun-

que en este efluente no se detecte un nú-

mero demasiado elevado de indicadores

fecales, es posible que se estén aportan-

do genes de resistencia al medio a través

de otro tipo de bacterias no detectadas, o

incluso no cultivables (Roszak, 1987; Ash,

2002). En el caso de los humedales cons-

truidos (sistemas naturales), está demos-

trado que son más eficaces en la elimina-

ción de bacterias indicadoras de conta-

minación fecal que los convencionales

(García y Bécares, 1997), como también

se ha demostrado en este estudio.

Los porcentajes de resistencia obteni-

dos en este estudio corresponden a los

rangos de resistencia hallados por otros

autores. Así, los Enterococcus han pre-

sentado resistencias muy bajas (del 0%

en la mayoría de los casos) a amoxicili-

na, coincidiendo con Fernandes y Wa-

tanabe (2008). Las resistencias de E. co-

li y los CT a este mismo antibiótico tam-

bién son comparables a las encontradas

por otros autores (Carrol et al., 2005; Fars

et al., 2005; Lefkowitz y Durán, 2009),

aunque en el caso de los CT son un po-

co más altos los datos obtenidos en es-

te estudio (cerca de un 20%). En el caso

de los efluentes de los humedales cons-

truidos, las resistencias de los CT obte-

nidas son más altas de lo observado por

otros autores. Si comparamos los resul-

tados obtenidos a partir de los antibio-

observa que en el río ya existe un im-

portante porcentaje de dichas bacterias

multirresistentes antes del impacto de

dichos vertidos.

En cuanto a la comparación de siste-

mas convencionales (EDAR de León) y

sistemas extensivos (humedales cons-

truidos), se comprueba que los últimos

son mas eficaces en la eliminación de

bacterias fecales. Aunque no se obser-

van diferencias estadísticas entre dichos

sistemas en cuanto a la producción de

bacterias resistentes a antibióticos, que-

da claro que una mayor eliminación de

bacterias por los sistemas extensivos su-

pone una menor carga de bacterias re-

sistentes al medio ambiente.

La comparación entre los diferentes

diseños de humedales indica diferencias

entre dichos diseños tanto en la elimi-

nación de bacterias como en la produc-

ción de bacterias resistentes. Aunque las

diferencias no son estadísticamente sig-

nificativas entre muchos de ellos, pare-

ce existir un mayor incremento de bac-

terias resistentes en los sistemas de flu-

jo subsuperficial convencional, en

comparación con los de flujo superficial

o los sistemas hidropónicos.

Queda evidente por tanto que las bac-

terias resistentes a antibióticos están pre-

sentes en los ríos incluso en ausencia de

vertidos próximos, pero su abundancia

incrementa drásticamente por el efecto

de dichos vertidos. Por otra parte se evi-

dencia que los humedales construidos

son mejores que los fangos activados

tanto en la eliminación de bacterias co-

mo en la carga de bacterias resistentes

al medio ambiente. u

SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE Nº 124 Cuarto trimestre 201142

Medio ambiente

AGRADECIMIENTOSA FUNDACIÓN MAPFRE, que subvencionó el pre-sente estudio. A Roberto Romero, de la Universi-dad de Almería, por su colaboración en el análisisquímico de los antibióticos. El Ministerio de Cien-cia e Innovación subvencionó la construcción delas plantas piloto de humedales (proyectosCTM2005-06457-C05-03 y CTM2008-06676-C05-03TECNO).

EN LOS EFLUENTES DE LOS HUMEDALES CONSTRUIDOSDOMINAN LOS COLIFORMES TOTALES COMO PRINCIPAL

GRUPO BACTERIANO, SEGUIDOS DE E.COLI Y ENTEROCOCCUS

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Bacterias resistentes a antibióticos

43Nº 124 Cuarto trimestre 2011 SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE

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SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE Nº 124 Cuarto trimestre 201144

Normativa

LA ACCIÓN PREVENTIVA

La tutela jurídica de la seguridad y salud de los empleados del Estado

en las Administraciones Públicas

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LA DETERMINACIÓN DE LA NORMATIVAAPLICABLE ALEMPLEADO PÚBLICO ENMATERIA PREVENTIVA

La entrada en vigor del Estatuto Bási-

co del Empleado Público (EBEP) supu-

so una importante novedad normativa,

como se advierte ya al utilizarse la ex-

presión de «empleado público» en la rú-

brica que titula la propia ley, porque no

va dirigido solo a los funcionarios pú-

blicos, sino también a aquellos que de-

sarrollan su prestación de trabajo para

las Administraciones Públicas con suje-

ción a un contrato laboral. De ahí que,

en principio, a la hora de determinar las

normas preventivas aplicables al em-

pleado público se plantee la cuestión re-

lativa a la posible existencia de dos nor-

mativas distintas para cada uno de los

dos grandes tipos de empleado público.

En materia de seguridad y salud labo-

ral, el EBEP contiene dos referencias diri-

gidas tanto al personal funcionario como

al personal laboral, dado que los artícu-

los en los que se insertan utilizan la gené-

rica expresión de «empleado público». La

primera, en el artículo 14 del EBEP, dedi-

cado a los derechos individuales, en su

apartado l) prevé que los empleados pú-

blicos tienen derecho a «recibir protec-

ción eficaz en materia de seguridad y sa-

lud en el trabajo». La segunda, en el artí-

culo 54 del EBEP, dedicado a los principios

de conducta del empleado público, en su

apartado 9º establece que éstos «obser-

varán las normas de seguridad y salud».

Se trata, por tanto, de dos referencias ge-

néricas pero significativas, no tanto por

su novedad respecto a la normativa pre-

existente al EBEP, sino por la intención de

dispensar la misma tutela en materia de

prevención de riesgos laborales al perso-

nal funcionario y al personal laboral. In-

tencionalidad que se deduce de ambos

preceptos al formularse, tanto el derecho

individual como el principio al que han

de ajustar su actuación los trabajadores

públicos, con la expresión omnicom-

prensiva de «empleado público».

En el EBEP encontramos dos referen-

cias más en materia preventiva, pero di-

rigidas únicamente a los funcionarios

públicos, y concretamente a su esfera co-

lectiva. Por un lado, el artículo 37.1.j) del

EBEP señala que serán objeto de nego-

ciación, en su ámbito respectivo y en re-

lación con las competencias de cada Ad-

ministración Pública y con el alcance que

legalmente proceda en cada caso, entre

45Nº 124 Cuarto trimestre 2011 SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE

Por JUAN GIL PLANA. Doctor en Derecho. Profesor asociado Derecho del Trabajo y Seguridad Social U.C.M.

Las Administraciones Públicas constituyen el instrumento a través del cual sesirven con objetividad los intereses generales y se prestan los servicios públicos.Para llevar a cabo esta labor, se nutren de empleados que han de desarrollar suprestación laboral en condiciones que respeten la normativa sobre seguridad ysalud laboral, lo que convierte a las Administraciones Públicas, en cuantoempleadores, en sujetos obligados en materia preventiva. Este estudio se dedica aexponer las particularidades más significativas de la acción preventiva en el ámbitode las Administraciones Públicas.

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el artículo 19 del Estatuto de los Traba-

jadores (en adelante ET) ya contenía si-

milares referencias en materia preven-

tiva. Por lo tanto, puede concluirse que

la aprobación del EBEP no introduce no-

vedades respecto a la normativa laboral

precedente.

Empleados públicos incluidosen la LPRL

Dejando al margen las anteriores pre-

visiones legales, la norma de cabecera

en materia de seguridad y salud laboral

es la Ley 31/1995, de 8 de noviembre,

de Prevención de Riesgos Laborales (en

adelante LPRL). En esta norma, al abor-

otras materias, las que se establezcan en

la normativa de prevención de riesgos la-

borales; es decir, se posibilita la nego-

ciación colectiva sobre la seguridad y sa-

lud en el trabajo siempre y cuando exis-

ta habilitación legal previa. Por otro lado,

el artículo 40.1.e) del EBEP prevé que las

Juntas de Personal y los Delegados de

Personal tendrán, entre otras funciones,

la vigilancia del cumplimiento de la nor-

mativa vigente en materia de prevención

de riesgos laborales y ejercer, en su caso,

las acciones legales oportunas ante los

organismos competentes.

Si nos fijamos en el régimen jurídico

al que se sujeta el personal laboral de las

Administraciones Públicas, y en con-

creto en la legislación laboral aplicable,

dar la concreción de su radio de acción

subjetivo, se establece que tanto la LPRL

como sus normas de desarrollo serán

de aplicación tanto en el ámbito de las

relaciones laborales reguladas en el ET,

como en el de las relaciones de carác-

ter administrativo o estatutario del per-

sonal al servicio de las Administracio-

nes Públicas, con las peculiaridades que,

en este caso, se contemplen en el EBEP

o en sus normas de desarrollo (art. 3.1

LPRL).

A efectos aclaratorios, se señala que

cuando en el EBEP se haga referencia a

trabajadores y empresarios, se entende-

rán también comprendidos en dichos tér-

minos, respectivamente, al personal con

relación de carácter administrativo o es-

SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE Nº 124 Cuarto trimestre 201146

Normativa

Latin

stoc

k

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tatutario y a la Administración Pública

para la que presta servicios, respecto a los

preceptos de la LPRL que gozan del ca-

rácter de básico, siendo aplicable el res-

to de preceptos en defecto de normativa

específica dictada por las Administracio-

nes Públicas [art. 3.1 y DA 3ª.2.a) y c) LPRL].

No obstante, junto a la genérica inclusión

de los empleados públicos en el ámbito

de aplicación subjetiva de la LPRL, en és-

ta se efectúan una serie de matizaciones

que, salvo la referencia al personal do-

méstico (al que no se aplica la LPRL en

virtud de lo dispuesto en su artículo 3.4),

afectan a colectivos que trabajan en el

sector público.

En primer lugar, en los centros y esta-

blecimientos militares se aplicará lo pre-

visto en la LPRL junto a las singularida-

des que se recojan en la normativa espe-

cífica (art. 3.3 LPRL). Tratándose del

personal laboral, estatutario y de los fun-

cionarios civiles al servicio de estableci-

mientos dependientes de la Administra-

ción Militar, por mandato de la DA 9ª de

la LPRL, el desarrollo normativo especí-

fico se circunscribe a la «adaptación» de

las normas relativas a los derechos y obli-

gaciones preventivas así como las referi-

das a la consulta y participación de los

trabajadores en la prevención de riesgos

laborales a las exigencias de la defensa

nacional, a las peculiaridades orgánicas

y al régimen vigente de representación

del personal en los establecimientos mi-

litares, incluidas las escuelas militares [tal

y como dispone la STS de 27 de julio de

2005 (RJ 8344)]; adaptación que actual-

mente se encuentra recogida en el Real

Decreto 1932/1998, de 11 de septiembre.

En relación al personal militar, de acuer-

do con lo previsto en la DA 9ª bis LPRL, la

regulación de los derechos y deberes pre-

ventivos, la consulta y participación de

los trabajadores y el régimen de respon-

sabilidades y sanciones se «aplicará» de

conformidad con la normativa militar;

aplicación singularizada de dichos as-

pectos que se contiene en el RD 1755/2007,

de 28 de diciembre.

En segundo lugar, para quienes pres-

tan su servicios para los establecimien-

tos penitenciarios se contempla la «adap-

tación» de la LPRL a las actividades cuyas

características justifiquen una regulación

especial, con remisión a la Ley 7/1990, de

19 de julio, sobre negociación colectiva y

participación en la determinación de las

condiciones de trabajo de los empleados

públicos (art. 3.3 LPRL); remisión que, ac-

tualmente, habrá de entenderse referida

a la negociación colectiva prevista en los

artículos 33 a 38 del EBEP. Por lo tanto,

se aplicará la LPRL salvo a las actividades

singulares que demanden una regulación

particularizada. Actualmente, como ad-

vierte la doctrina, la seguridad y salud la-

boral no han sido objeto de una especial

y significativa atención en la negociación

colectiva desarrollada en este concreto

ámbito funcional. 1

En tercer lugar, la LPRL no será de apli-

cación a aquellas actividades cuyas par-

ticularidades lo impidan en el ámbito de

una serie de funciones públicas, a saber:

a) policía, seguridad y resguardo adua-

nero, b) servicios operativos de protec-

ción civil y peritaje forense en los casos

de grave riesgo, catástrofe y calamidad

pública, y c) Fuerzas Armadas y activi-

dades militares de la Guardia Civil. Sin

perjuicio de lo anterior, la LPRL se con-

vierte en norma de referencia para re-

gular la seguridad y salud de estos co-

lectivos al configurarla como fuente ins-

piradora de la normativa que proceda a

regular la prevención de los trabajado-

res en estas actividades (art. 3.2 LPRL).

Las medidas singulares adoptadas pa-

ra la Policía Nacional vienen recogidas

en el RD 2/2006, de 16 de enero, y en re-

lación a la Guardia Civil vienen previs-

tas en el RD 179/2005, de 18 de febrero;

se trata, por tanto, de medidas singula-

res promulgadas en el ámbito de la Ad-

ministración General del Estado (AGE).

La interpretación comunitariade la exclusión prevista en laLPRL

No obstante la regulación estatal an-

teriormente mencionada, la exclusión

en materia de seguridad y salud laboral

para determinadas actividades prevista

en el artículo 3.2 LPRL adquiere especial

relevancia en la tutela preventiva de los

empleados públicos, dado que estas ac-

tividades son prestadas por personas al

servicio de las Administraciones Públi-

cas. Se plantean varias dudas. La pri-

mera, si la trasposición de la normativa

comunitaria es correcta en este aspec-

to, dado que el artículo 2 de la Directiva

89/391/CEE señala que dicha norma co-

munitaria se aplicará a todos los secto-

res de actividades, públicas o privadas

(actividades industriales, agrícolas, co-

merciales, administrativas, de servicios,

educativas, culturales, de ocio, etc.), no

siendo de aplicación cuando se opongan

a ello de manera concluyente las parti-

cularidades inherentes a determinadas

actividades específicas de la función pú-

blica, por ejemplo, en las Fuerzas Arma-

das o la policía, o a determinadas activi-

dades específicas en los servicios de pro-

tección civil; sin perjuicio de que se tutele,

la seguridad y la salud de los trabajado-

res queden aseguradas en la medida de

lo posible, habida cuenta los objetivos de

La acción preventiva en las Administraciones Públicas

47Nº 124 Cuarto trimestre 2011 SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE

(1) En el ámbito estatal, el IV Convenio Colectivo delpersonal laboral de la Secretaria General de

Asuntos Penitenciarios dedica cinco artículos a laprevención de riesgos laborales en los que seestablecen una serie de consideraciones muy

genéricas que nada aportan respecto de laregulación contenida en la LPRL, entre otras: a) se

recogen una serie de derechos del trabajador –a laprotección eficaz de su integridad física y a unaadecuada política de Seguridad e Higiene en el

Trabajo, a la participación en la política preventiva yen el control de las medidas preventivas

adoptadas–, así como el deber de observar y poneren práctica las medidas de prevención de riesgos

que se adopten legal y reglamentariamente (art. 81.1); b) se establecen las Unidades de Seguridad y

Salud Laboral (art. 82); c) se contemplan supuestosde cambio de puestos de trabajo por accidente,

enfermedad u otras circunstancias que disminuyanla capacidad laboral de los trabajadores (art. 83).

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nitario para determinar el ámbito de apli-

cación de la Directiva 89/391/CEE no es-

tá basado en la pertenencia de los traba-

jadores a los distintos sectores de activi-

dades considerados globalmente, como

las Fuerzas Armadas, la policía y el servi-

cio de protección civil, sino exclusiva-

mente en la naturaleza específica de cier-

tos cometidos especiales desempeñados

por los trabajadores dentro de dichos sec-

tores, que justifica una excepción a las

normas dictadas por la citada directiva,

en razón de la absoluta necesidad de ga-

rantizar una protección eficaz de la co-

lectividad. Consecuentemente, se apli-

cará la Directiva 89/391/CEE a los colec-

tivos que desarrollen esas y otras actividades,

dado que dichos cometidos se realizan en

condiciones habituales, conforme a la mi-

sión encomendada al servicio de que se

trata, y ello aun cuando las intervencio-

nes derivadas de dichas actividades sean,

por su propia naturaleza, imprevisibles y

puedan exponer a los trabajadores que

las realicen a algunos riesgos para su se-

guridad y/o su salud; de suerte que la ex-

cepción prevista en el artículo 2.2 de la di-

rectiva únicamente puede aplicarse en el

supuesto de acontecimientos excepcio-

nales en los cuales el correcto desarrollo

de las medidas destinadas a garantizar la

protección de la población en situacio-

nes de grave riesgo colectivo exige que el

personal que tenga que hacer frente a un

suceso de este tipo conceda una priori-

dad absoluta a la finalidad perseguida por

tales medidas con el fin de que ésta pue-

da alcanzarse [ver auto de 14 de julio de

2005, Personalrat der Feuerwehr Ham-

burg, asunto C-52/04 (TJCE 2005/249)].

En tercer lugar, respecto a los aconte-

la presente directiva. La segunda duda

que se suscita se circunscribe a determi-

nar si el alcance de la exclusión legal se

refiere a los colectivos de trabajadores

que desarrollan esas actividades o solo

al desarrollo de esas actividades consi-

deradas en sí mismas, quedando los su-

jetos que las desarrollan sujetos a la LPRL

en el resto de actividades que prestan.

Estos interrogantes han sido resueltos

por la jurisprudencia comunitaria, en-

tre otros pronunciamientos, en la STJ-

CE de 12 de enero de 2006, Comisión de

las Comunidades Europeas contra Es-

paña, asunto C-132/04 (TJCE 2006/12),

dictada, precisamente, respecto a la ex-

clusión anteriormente referenciada de

la LPRL. En esta resolución se procede a

enjuiciar el ajuste de la normativa espa-

ñola a la Directiva 89/391/CEE, utili-

zando la doctrina comunitaria ya con-

solidada en resoluciones precedentes.

En primer lugar, partiendo tanto del

objeto de la Directiva 89/391/CEE, con-

sistente en promover la mejora de la se-

guridad y la salud de los trabajadores en

el trabajo, como del tenor literal de su ar-

tículo 2.1, del que se deduce que el ám-

bito de aplicación de esta directiva debe

entenderse de manera amplia, se consi-

dera que las excepciones al ámbito de

aplicación de la norma comunitaria, pre-

vistas en el artículo 2.2, párrafo primero,

deben interpretarse restrictivamente [ver

SSTJCE de 3 de octubre de 2000, Simap,

C-303/98 (TJCE 2000/234); 5 de octubre

de 2004, Pfeiffer y otros, asuntos acu-

mulados C-397/01 a C-403/01 (TJCE

2004/272)]. En consecuencia, esta ex-

cepción al ámbito de aplicación de la Di-

rectiva 89/391, definido de manera am-

plia, debe recibir una interpretación que

limite su alcance a lo que resulte estric-

tamente necesario para salvaguardar los

intereses que según dicha directiva pue-

den proteger los Estados miembros.

En segundo lugar, se recuerda que el

criterio utilizado por el legislador comu-

cimientos excepcionales que requieran

la adopción de medidas indispensables

para la protección de la vida, de la salud

así como de la seguridad colectiva, y cu-

yo correcto cumplimiento se vería com-

prometido si debieran observarse todas

las normas contenidas en la Directiva

89/391/CEE, la necesidad de no poner en

peligro las imperiosas exigencias de pre-

servación de la seguridad y de la integri-

dad de la colectividad, habida cuenta de

las características que revisten algunas

actividades específicas, debe prevalecer

transitoriamente sobre el objetivo de la

citada directiva, que es garantizar la se-

guridad y la salud de los trabajadores. Sin

embargo, en una situación excepcional

de esta índole, la excepción comunitaria

no exime a las autoridades competentes

de velar por que la seguridad y la salud

de los trabajadores queden aseguradas

«en la medida de lo posible».

A tenor de estos razonamientos, el Tri-

bunal de la Unión Europea concluye que

la normativa española no ha traspuesto

correctamente la normativa comunita-

ria y, en consecuencia, la exclusión for-

mulada en la LPRL debe entenderse en el

sentido de no referirse a los colectivos que

desarrollan dichas actividades, sino al de-

sarrollo de las actividades en sí de las mis-

mas. Respecto de estas actividades, debe

asegurarse la tutela preventiva con el al-

cance compatible con la situación que

ponen en marcha dichas actividades, ce-

diendo la tutela preventiva ante el inte-

rés de la salvaguarda de la colectividad.

Se ha de indicar que el Tribunal de la

Unión Europea, al hilo de una cuestión

de la ordenación del tiempo de trabajo,

concretamente en el auto del TJCE de 14

SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE Nº 124 Cuarto trimestre 201148

Normativa

La entrada en vigor del EBEP supuso una novedadnormativa porque no va dirigido solo a los

funcionarios públicos, sino también a aquellosque trabajen para las administraciones públicAs

con sujeción a un contrato laboral

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de julio de 2005, Personalrat der Feuer-

wehr Hamburg, asunto C-52/04 (TJCE

2005/249), ha establecido que las activi-

dades ejercidas por las fuerzas de inter-

vención de un servicio público de bom-

beros se encuentran incluidas en el ám-

bito de protección de la norma comunitaria,

y, en consecuencia, debe entenderse in-

cluida en el ámbito de aplicación de la

LPRL. También al hilo de una cuestión

relativa al tiempo de trabajo, la STJCE de

3 de octubre de 2000, Simap, asunto C-

303/98 (TJCE 2000/234), y el auto de 3 de

julio de 2001, Sergas, asunto C-241/99 (TJ-

CE 2001/219), han señalado que el per-

sonal médico y enfermero que presta sus

servicios en los equipos de atención pri-

maria están comprendidos en el campo

de actuación de la directiva marco, y, en

consecuencia, no resultan comprendi-

dos en ninguno de los supuestos de ex-

clusión previstos en dicha norma. Por el

contrario, en la STJCE de 5 de octubre de

2004, Pfeiffer y otros, asuntos acumula-

dos C-397/01 a C-403/01 (TJCE 2004/272),

se ha concluido que la actividad de soco-

rrista acompañante de una ambulancia

o de un vehículo sanitario de emergen-

cias, en un servicio de socorro a heridos

o enfermos organizado por una asocia-

ción como la Cruz Roja alemana, no pue-

de estar comprendida en la exclusión

mencionada en el apartado anterior

Otros colectivos nomencionados expresamenteen la LPRL

Existen una serie de colectivos de em-

pleados públicos que no son aludidos de

forma singular y expresa en la LPRL, y

respecto de los cuales la aplicación de la

normativa preventiva puede suscitar pro-

blemática.

La primera duda se suscita respecto del

personal integrado en la Administración

de Justicia, y se debe a su no integración

dentro de la Administración Pública al

amparo de lo previsto en el artículo 117

CE. Con independencia de su integración

o no dentro del sector público, el silen-

cio guardado por la LPRL respecto a es-

te colectivo debe interpretarse en senti-

do de aplicabilidad de esta norma si te-

nemos en cuenta que la jurisprudencia

comunitaria ha interpretado muy res-

trictivamente las exclusiones a la aplica-

ción de la LPRL, al limitarlas no a colec-

tivos determinados sino a determinadas

actividades, e incluso ha sostenido que

en el desarrollo de las mismas se deberá

tutelar la seguridad y salud laboral hasta

donde la confrontación con el interés co-

lectivo permita, de suerte que solo cede-

rá la normativa preventiva cuando ésta

sea incompatible con la salvaguarda de

ese interés. En línea con la aplicabilidad

de la normativa preventiva a este colec-

tivo, el Dictamen 6/2001, de 5 de diciembre,

de la Dirección del Servicio Jurídico del

Estado, concluye que no puede enten-

La acción preventiva en las Administraciones Públicas

49Nº 124 Cuarto trimestre 2011 SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE

Page 48: SEGURIDAD · 2012-01-10 · Verde Europea. Es el broche de oro de un proceso solida-rio en el que han interveni-do, entre otros, los movi-mientos asociativos de la ciudad, los grupos

institución al que esté adscrito el inves-

tigador [art. 4.1.B) RDPI].

La aplicación de la LPRL y su norma-

tiva de desarrollo no plantean problema

alguno respecto del personal investiga-

dor en situación de contrato en tanto en

cuanto se le reconoce el disfrute de los

derechos de carácter laboral, así como

los relativos a los de seguridad social que

se deriven del contrato que formalice

(art. 5.3 RDPI), entre los que se encuen-

tra el derecho a la seguridad y salud la-

boral.

Más problemática y difícil se presen-

ta la aplicación de la normativa preven-

tiva al personal investigador en situa-

ción de beca, respecto del que no se efec-

túa un reconocimiento similar al personal

investigador contratado. Por lo tanto, la

conclusión inicial sería la exclusión de

este colectivo. Sin embargo, al configu-

rarse los deberes que ha de observar cual-

quier personal investigador, se estable-

ce que deberán atenerse al régimen in-

terno o de funcionamiento del organismo

o institución en el que desarrolle sus ac-

tividades, y como novedad frente a la an-

terior regulación, se hace referencia ex-

presa a que deberán atenerse especial-

mente en lo relativo a las condiciones de

trabajo y las normas de prevención de

riesgos laborales [art. 6.d) RDPI], resul-

tando, por tanto, obligados a observar la

LPRL y demás normativa preventiva, lo

que, en mi opinión, supone la inclusión

del personal investigador en situación

de becario, dado que no es concebible

obligar a este colectivo a sujetarse a las

normas preventivas si no se parte de una

previa, aunque tácita, asunción de la apli-

cabilidad de dicha normativa a dicho co-

lectivo.

El personal que desarrolla acciones de

voluntariado a través de organizaciones

públicas, cuyo régimen jurídico viene

establecido en la Ley 6/1996, de 15 de

enero, del Voluntariado, es el tercer co-

lectivo respecto del que la aplicación de

derse excluido del ámbito de aplicación

de la LPRL al personal integrado en la Ad-

ministración de Justicia, dado que no hay

una referencia expresa a la exclusión de

la actividad de este colectivo, debiendo

considerarse, por tanto, que la expresión

«Administraciones Públicas» utilizada

por la LPRL no responde a su acepción

jurídica prevista en la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de

las Administraciones Públicas y del Pro-

cedimiento Administrativo Común, sino

que obedece a una concepción amplia

asimilable a la de empresario público que

tenga a su cargo personal vinculado por

un contrato de trabajo y/o personal vin-

culado en virtud de relación administra-

tiva o estatutaria.

La segunda duda se suscita con el per-

sonal investigador en formación –los de-

nominados becarios de investigación–

cuando desarrollan su investigación den-

tro de las Administraciones Públicas,

siendo uno de los supuestos más signi-

ficativos los becarios de investigación en

universidades públicas.

El régimen jurídico del personal in-

vestigador en formación viene estable-

cido en el Real Decreto 63/2006, de 27

de enero, que tiene por objeto estable-

cer el régimen jurídico general del per-

sonal investigador en formación y su re-

lación con las entidades públicas y pri-

vadas a las que estén adscritos (art. 1

RDPI). 2

Dentro del personal investigador se

distinguen dos situaciones jurídicas en

las que éste se puede encontrar, a saber:

la situación de beca, que se extiende a los

dos primeros años desde la concesión de

la ayuda [art. 4.1.a) RDPI], y la situación

de contrato, que, una vez superado el pe-

riodo de beca y obtenido el Diploma de

Estudios Avanzados o documento ad-

ministrativo que lo sustituya, compren-

derá, como máximo, los dos años si-

guientes, en la que se formalizará un con-

trato laboral con el organismo, centro o

la legislación preventiva se presenta pro-

blemática. En principio, este colectivo

no estaría incluido en la aplicación de la

normativa de seguridad y salud laboral

al definirse al voluntario como aquél que

desarrolla su acción de forma altruista y

solidaria sin recibir contraprestación

económica, sin perjuicio del derecho al

reembolso de los gastos que el desem-

peño de la actividad voluntaria ocasio-

ne [art. 3.1.a) y c) LV]. Por lo tanto, al ca-

recer de las notas de laboralidad queda-

rían excluidos de la tutela preventiva.

No obstante, esta inicial conclusión

se ve distorsionada al enumerarse los

derechos del voluntario y establecerse

que éste tiene derecho a realizar su ac-

tividad en las debidas condiciones de

seguridad e higiene en función de la na-

turaleza y características de aquélla [art.

6.g) LV], al tiempo que se establece que

la organización para la que desarrollan

la acción de voluntariado debe garanti-

zarles la realización de sus actividades

en las debidas condiciones de seguridad

e higiene en función de la naturaleza y

características de aquéllas [art. 8.2.f) LV],

lo que debe conducirnos a concluir que

este colectivo, como mínimo, se bene-

ficiará de la acción preventiva que lleve

a cabo la organización pública respec-

to a sus trabajadores. Al respecto se ha

indicado que como quiera que «es in-

dudable que este derecho de los volun-

tarios se constituye a imagen y seme-

janza de lo establecido en la normativa

laboral […], los voluntarios pueden exi-

gir de las organizaciones para las que

prestan sus servicios que pongan en mar-

cha planes de prevención de riesgos en

SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE Nº 124 Cuarto trimestre 201150

Normativa

(2) Ver, entre otros, Cristóbal Roncero, R.: «Elpersonal investigador en formación: un contrato

común con peculiaridades», Revista MinisterioTrabajo e Inmigración, nº 83, 2009, págs. 323-352,

Aguilera Izquierdo, R.: «El régimen jurídico delpersonal docente e investigador contratado por las

Universidades Públicas de Madrid», Revista EspañolaDerecho del Trabajo, 2003, nº 118, pág. 563-581.

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los lugares de desarrollo de la prestación

en condiciones ciertamente parecidas

a las previstas por la Ley 31/1995; pues-

to que en ambos casos el bien jurídico

protegido es el mismo: la persona que

realiza una actividad para un tercero (de-

biendo asumir el tercero la obligación

de proteger la integridad física de quien

trabaja para él). En su caso, las respon-

sabilidades que se derivaran del in-

cumplimiento de las obligaciones de res-

peto de la normativa relativa a seguri-

dad e higiene en el trabajo tendrían, para

las organizaciones infractoras, natura-

leza penal (art. 316 y 147 del CP) y civil

(1.101 del CC)».3

LOS SERVICIOS DEPREVENCIÓN

Régimen jurídico

El capítulo IV de la LPRL se dedica a la

regulación de los servicios de preven-

ción encargados del cumplimiento del

deber preventivo que pesa sobre el em-

pleador, y, en consecuencia, sobre la Ad-

ministración Pública en su condición de

empleador laboral y funcionarial. Su de-

sarrollo reglamentario se encuentra en

el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero,

por el que se aprueba el Reglamento de

Servicios de Prevención de Riesgos La-

borales (en adelante RSP).

En la configuración del servicio de pre-

vención se contemplan hasta cuatro po-

sibles modalidades a las que puede acu-

dir la empresa: la asunción personal por

el empleador de la acción preventiva; la

designación de uno o varios trabajado-

res; la constitución de un servicio de pre-

vención propio o la concertación de un

servicio de prevención con una entidad

especializada y ajena a la propia organi-

zación empresarial (art. 30 LPRL y art.

10 RSP).

De estas modalidades de organización

preventiva, la asunción personal por par-

te del empleador se sujeta a un requisi-

to previo consistente en que la empresa

no cuente con más de diez trabajadores

y aquél desarrolle de forma habitual su

actividad en el centro de trabajo, teniendo

la capacidad en materia preventiva en

función de los riesgos existentes en la

empresa (art. 30.5 LPRL), de suerte que

esta modalidad de organización del ser-

vicio de prevención se prevé para en-

tornos laborales muy reducidos desde

La acción preventiva en las Administraciones Públicas

51Nº 124 Cuarto trimestre 2011 SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE

(3) De Nieves Nieto, N.: «Voluntariado y empleo enel tercer sector», Revista Ministerio Trabajo yAsuntos Sociales, nº 33, 2001, págs. 294-295.C

orre

os y

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fos

Page 50: SEGURIDAD · 2012-01-10 · Verde Europea. Es el broche de oro de un proceso solida-rio en el que han interveni-do, entre otros, los movi-mientos asociativos de la ciudad, los grupos

mula de garantizar el cumplimiento del

deber preventivo no se dará en ninguna

Administración Pública.

La elección del servicio de prevención

por parte del empresario no se deja a su

total discrecionalidad, dado que los su-

puestos en que se puede utilizar cada

uno de ellos giran en torno a los supuestos

en los que se ha de constituir un servi-

cio de prevención propio, supuestos cu-

ya verificación obliga de forma ineludi-

ble a constituir dicha modalidad de ser-

vicio de prevención. En efecto, el artículo

14 del RSP establece tres supuestos en

los que no se puede constituir un servi-

el punto de vista del volumen de traba-

jadores y se sujeta a una presencia efec-

tiva del empleador en el lugar de traba-

jo así como una formación suficiente en

materia preventiva.

En el ámbito de las Administraciones

Públicas, esta modalidad del servicio de

prevención no se podrá constatar ni en

la Administración General del Estado, ni

en las comunidades autónomas, ni en la

mayoría de las entidades locales. Es más,

como quiera que en las entidades loca-

les con un número de trabajadores no

superior a diez, donde sería posible la

adopción de este tipo de servicio pre-

ventivo, dado que quien ejerce la posi-

ción del empleador es, al fin y a la pos-

tre, un cargo político electo, en muchos

supuestos no remunerado, que no está

habitualmente en la entidad local ni cuen-

ta con la formación especializada re-

querida, puede aventurarse que esta fór-

cio de prevención que no sea uno pro-

pio dentro de la organización de la em-

presa, a saber:

a) que se trate de empresas que cuenten

con más de 500 trabajadores,

b) que, tratándose de empresas de entre

250 y 500 trabajadores, desarrollen tra-

bajos con exposición a radiaciones io-

nizantes en zonas controladas, o tra-

bajos con exposición a agentes tóxi-

cos y muy tóxicos, y en particular a

agentes cancerígenos, mutagénicos o

tóxicos para la reproducción, de pri-

mera y segunda categoría, según el

Real Decreto 363/1995 y el Real De-

SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE Nº 124 Cuarto trimestre 201152

Normativa

el tribunal de la unión europea estableció que lasactividades de las fuerzas de intervención de un

servicio público o de bomberos están incluidas enel ámbito de protección de la norma comunitaria,

y por tanto, en el ámbito de la LPRL

Page 51: SEGURIDAD · 2012-01-10 · Verde Europea. Es el broche de oro de un proceso solida-rio en el que han interveni-do, entre otros, los movi-mientos asociativos de la ciudad, los grupos

creto 1078/1993, o actividades en que

intervienen productos químicos de al-

to riesgo y son objeto de la aplicación

del Real Decreto 886/1988, o trabajos

con exposición a agentes biológicos

de los grupos 3 y 4, según la Directiva

90/679/CEE, o actividades de fabrica-

ción, manipulación y utilización de

explosivos, incluidos los artículos pi-

rotécnicos y otros objetos o instru-

mentos que contengan explosivos,

c) que, tratándose de empresas no in-

cluidas en los apartados anteriores,

así lo decida la autoridad laboral, pre-

vio informe de la Inspección de Tra-

bajo y Seguridad Social y, en su caso,

de los órganos técnicos en materia

preventiva de las comunidades autó-

nomas, en función de la peligrosidad

de la actividad desarrollada o de la fre-

cuencia o gravedad de la siniestrali-

dad en la empresa, salvo que se opte

por el concierto con una entidad es-

pecializada ajena.

Sobre los parámetros de constitución

del servicio de prevención propio, la de-

signación de uno o varios trabajadores

emerge como una figura residual ope-

rativa cuando no se dan los supuestos

de constitución obligatoria del servicio

de prevención propio o no se haya cons-

tituido un servicio de prevención aje-

no (art. 12 RSP). Mientras que esta úl-

tima modalidad se podrá adoptar cuan-

do la designación de uno o varios

trabajadores sea insuficiente para la re-

alización de la actividad de prevención

y no concurran las circunstancias que

determinan la obligación de constituir

un servicio de prevención propio, o

cuando lo decida la autoridad laboral,

previo informe de la Inspección de Tra-

bajo, cuando no se haya optado por la

constitución de un servicio de preven-

ción propio o cuando se haya produci-

do una asunción parcial de la actividad

preventiva por parte del empresario (art.

16.1 RSP).

La particularidad de lasAdministraciones Públicas enrelación a la elección delservicio de prevención

La cuestión controvertida que se sus-

cita es si las Administraciones Públicas

quedan sujetas a la configuración y re-

gulación de los servicios de prevención

expuesta y si, por ejemplo, una Admi-

nistración Pública que supere los 500

trabajadores viene obligada a constituir

un servicio de prevención propio, no pu-

diendo recurrir a la concertación con en-

tidad especializada. En principio, pare-

ce claro que la respuesta ha de ser afir-

mativa. Sin embargo, la cuestión deja de

estar clara cuando se contemplan otras

dos previsiones contenidas en el RSP.

En primer lugar, los artículos 11, 14 y

16.1 del RSP carecen de carácter básico

respecto al personal civil con relación de

carácter administrativo o estatutario al

servicio de las Administraciones Públi-

cas, tal y como expone el apartado 2.a)

de disposición adicional primera del RSP.

Y en segundo lugar, la aplicación de la

regulación sobre las posibles modalida-

des de servicio de prevención que se pue-

den adoptar queda sujeta a la inexisten-

cia de normativa específica sobre la ma-

teria en el ámbito de las Administraciones

Públicas, tal y como señala la DA 4ª del

RSP, al prever que «en el ámbito de las Ad-

ministraciones Públicas, la organización

de los recursos necesarios para el desa-

rrollo de las actividades preventivas y la

definición de las funciones y niveles de

cualificación del personal que las lleve a

cabo se realizará en los términos que se

regulen en la normativa específica que al

efecto se dicte, de conformidad con lo dis-

puesto en el artículo 31, apartado 1, en la

disposición adicional tercera de la Ley de

Prevención de Riesgos Laborales, y en la

disposición adicional primera de este Re-

glamento, previa consulta con las organi-

zaciones sindicales más representativas,

en los términos señalados en la Ley 7/1990,

de 19 de julio, sobre negociación colecti-

va y participación en la determinación de

las condiciones de trabajo de los emplea-

dos públicos [actualmente el EBEP]», con-

cluyendo que solo «en defecto de la cita-

da normativa específica, resultará de apli-

cación lo dispuesto» en el RSP.

Si tenemos en cuenta el art. 31.1 de la

LPRL y las disposiciones adicionales 1ª y

4ª del RSP, debe concluirse que las Ad-

ministraciones Públicas pueden dictar

normativas específicas para regular, en-

tre otras materias, la organización de los

recursos necesarios para el desarrollo de

las actividades preventivas, pudiendo por

tanto elaborar y publicar un reglamento,

si se trata de la AGE, un decreto, si se tra-

ta de una comunidad autónoma, o un de-

creto de alcaldía o resolución de la Dipu-

tación, si se trata de una entidad local, so-

bre la configuración de su servicio de

prevención, que permita determinar la

modalidad preventiva que mejor se ajus-

te a sus características. Por lo tanto, la obli-

gatoriedad para adoptar un servicio de

prevención propio, o lo que es lo mismo,

la aplicación de lo dispuesto en el art. 14

del RSP, será exigible siempre que no exis-

ta un acuerdo dictado por el órgano com-

petente que regule la organización de los

recursos necesarios para el desarrollo de

las actividades preventivas de la forma

que mejor se adapte a las necesidades de

esta Administración Pública.

Esta conclusión viene acogida en el

criterio interpretativo administrativo

seguido por la Inspección de Trabajo,

que se encuentra contenido en la res-

puesta de fecha 20 de marzo de 2009 de

la Dirección General de Trabajo del Mi-

nisterio de Trabajo e Inmigración a una

consulta sobre reconocimientos médi-

cos a los policías locales, en la que se

señala que tanto la LPRL como el RSP

otorgan un tratamiento específico en

determinadas cuestiones respecto del

personal civil con relación de carácter

La acción preventiva en las Administraciones Públicas

53Nº 124 Cuarto trimestre 2011 SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE

Page 52: SEGURIDAD · 2012-01-10 · Verde Europea. Es el broche de oro de un proceso solida-rio en el que han interveni-do, entre otros, los movi-mientos asociativos de la ciudad, los grupos

publicado ni había entrado en vigor, en

el que se solicitaba que se declarase la

obligación de la Junta de Castilla y León

de constituir un servicio de prevención

propio y suficiente.

Este conflicto colectivo fue resuelto

por la sentencia del Tribunal Superior

de Justicia de Castilla y León, fechada en

Valladolid el 19 de junio de 2000 (AS

2000/2945), en atención a los siguientes

razonamientos.

En primer lugar, si bien «en el art. 30

de la Ley de Prevención de Riesgos La-

borales, de 8 de noviembre de 1995 (Ley

31/1995), al referirse a la protección y

prevención de riesgos profesionales, se

establece que el empresario designará

uno o varios trabajadores para ocupar-

se de dicha actividad y constituirá un

servicio de prevención o concertará di-

cho servicio con una entidad especiali-

zada ajena a la empresa, es decir, se da

opción a optar por un servicio propio o

un servicio de prevención ajeno», no es

menos cierto «que el art. 14 del RD 39/1997,

de 17 de enero, por el que se aprueba el

Reglamento de los servicios de preven-

ción, establece que habrá de constituir-

se un servicio de prevención propio cuan-

do se trate de empresas que cuenten con

más de 500 trabajadores o de empresas

que teniendo entre 250 y 500 desarro-

llen algunas de las actividades incluidas

en el anexo 1, que se caracterizan todas

ellas por ser peligrosas, penosas o insa-

lubres», de suerte que, a tenor de la lite-

ralidad de este último precepto, «pare-

cería que la Junta de Castilla y León ven-

dría obligada a constituir un servicio de

prevención con medios propios».

Sin embargo, y en segundo lugar, par-

administrativo al servicio de las Admi-

nistraciones Públicas. Entre las cues-

tiones que se consideran incluidas es-

taría «la organización de los recursos

necesarios para el desarrollo de las ac-

tividades preventivas y el funciona-

miento de los mismos». Aun cuando es-

te criterio administrativo se refiere a los

funcionarios públicos, no existe argu-

mento obstativo alguno para su exten-

sión al personal laboral de las Admi-

nistraciones Públicas, dadas las previ-

siones normativas en las que se

fundamenta, ya que éstas no hacen re-

ferencia a los funcionarios públicos si-

no a las Administraciones Públicas, re-

ferencia que engloba a todo su perso-

nal con independencia del vínculo

jurídico.

Y ésta parece ser la solución dada por

nuestra más alta instancia jurisdiccio-

nal, el Tribunal Supremo, respecto a unos

hechos que se exponen a continuación.

En el año 2000, la Junta de Castilla y Le-

ón, así como su Gerencia de Servicios

Sociales, siendo notorio que tenían ca-

da uno de estos entes administrativos

más de 500 trabajadores, no tenían cons-

tituido ni servicio de prevención propio

ni ajeno, lo que es puesto en evidencia

por la representación de los trabajado-

res en la Comisión Paritaria del primer

Convenio Colectivo para el Personal La-

boral de la Administración General de la

Comunidad de Castilla y León. Ante di-

cha reclamación sindical, el presidente

de la Comisión responde que en esos

momentos se estaba trabajando en la

elaboración de un decreto sobre la cre-

ación de los servicios de prevención, del

cual se daría conocimiento a la repre-

sentación social a través del Comité In-

tercentros.

Ante esta situación se plantea un con-

flicto colectivo por la representación de

los trabajadores, cuando el decreto de

organización de los servicios preventi-

vos se había elaborado pero no se había

tiendo de la muy cuestionable aplicabi-

lidad a la Junta de Castilla y León del Re-

al Decreto 1488/1998, actualmente de-

rogado y sustituido por el Real Decreto

67/2010, considera que «el art. 6 del RD

1488/1998 […] da opción a que se cons-

tituya un servicio de prevención propio

o se recurra a un servicio de prevención

ajeno, aunque se matiza también que

puedan ser compartidos los cometidos

por los servicios propios o ajenos», con-

cluye que «si como hemos dicho la Jun-

ta de Castilla y León no ha constituido

todavía los servicios de prevención pa-

ra sus trabajadores (obviamente esta Sa-

la no puede pronunciarse sobre el co-

lectivo de funcionarios), la demanda de

conflicto colectivo ha de ser estimada,

pero no en los términos en que se plan-

tea, es decir, que la Junta de Castilla y Le-

ón haya de constituir un servicio de pre-

vención propio, sino también que pue-

de hacerlo a través de servicios ajenos,

pues si no fuera así, es decir, si se la obli-

gara a constituir un servicio propio co-

mo se pretende, estaríamos limitando

las facultades organizativas que como

tal empresa le corresponden y que ade-

más cuenta con el apoyo legal a que an-

tes se hacía referencia; en esta línea se

dirige el decreto en ciernes de la Junta

de Castilla y León que va a regular la pre-

vención de riesgos laborales de la Ad-

ministración de la Comunidad de Cas-

tilla y León, y que obviamente afectará

al personal funcionarial y al laboral de

la misma».

Como quiera que la demanda de con-

flicto colectivo solicitaba que se declara-

se la obligación de la Junta de Castilla y

León de constituir un servicio de pre-

SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE Nº 124 Cuarto trimestre 201154

Normativa

la confluencia de empleados públicos y empleadosprivados en un mismo centro de trabajo plantea

una serie de interrogantes a la hora de desplegarla tutela de seguridad y salud

de los empleados públicos

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vención propio y la sentencia declara que

la Administración autonómica tiene obli-

gación de constituir un servicio preven-

tivo propio o concertarlo con una enti-

dad especialidad, se produce una dis-

cordancia entre lo solicitado y lo

sentenciado. Esto llevó a la representa-

ción de los trabajadores a plantear recurso

de casación ante el Tribunal Supremo,

que fue resuelto por la sentencia de 24 de

abril de 2001 (RJ 2001/5119), declarando

que la Administración autonómica tiene

la obligación de crear un servicio de pre-

vención propio y suficiente, no admi-

tiendo la posibilidad alternativa de acu-

dir a un servicio de prevención ajeno.

No obstante, el contenido declarativo

del fallo dispositivo de esta sentencia del

Tribunal Supremo, que parece contra-

rio a la afirmada posibilidad de las Ad-

ministraciones Públicas de libre deter-

minación de la organización del servi-

cio preventivo sostenida en este estudio,

no puede extrapolarse a cualquier otro

supuesto de forma automática si tene-

mos en cuenta los argumentos utiliza-

dos en la sentencia.

De un lado, acierta la sentencia del Tri-

bunal Supremo al criticar y desautorizar

la aplicación no razonada a las Admi-

nistraciones autonómicas del RD

1488/1998 que lleva a cabo la adapta-

ción de la normativa preventiva a la Ad-

ministración General del Estado, dado

que dicha aplicabilidad «no puede man-

tenerse a la vista de los artículos 1 y 2 del

citado Real Decreto, que fijan tanto el

objeto como el ámbito de aplicación del

mismo, ya que determina como único

objeto del Decreto adaptar a la Admi-

nistración General del Estado la Ley

31/1995 y el Reglamento 39/1997, silen-

ciando por completo a las comunidades

autónomas, exclusión que se confirma

en el artículo 2, que determina el ámbi-

to de aplicación en cuatro apartados que

comprenden a: la Administración Ge-

neral del Estado y organismos públicos

vinculados o dependientes de ella; cen-

tros y establecimientos militares; esta-

blecimientos penitenciarios, policía, se-

guridad y resguardo aduanero o servi-

cios operativos de protección civil y

peritaje forense. Es pues claro que el re-

curso acierta cuando denuncia infrac-

ción por aplicación indebida de la cita-

da norma legal».

De otro lado, revelándose como un ra-

zonamiento crucial para la cuestión con-

trovertida, partiendo del artículo 31.1 y

de la Ley DA 3ª de la LPRL, así como de

las D.A. 1ª y 4ª del RSP, concluye el Tri-

bunal Supremo que «es claro que las Ad-

ministraciones Publicas pueden dictar

normativas específicas para regular en-

tre otras materias la organización de los

recursos necesarios para el desarrollo de

las actividades preventivas», normativa

específica que, por ejemplo, para la Ad-

ministración General del Estado se con-

creta en el Real Decreto 67/2010, pero

que no existe respecto de la Administra-

ción autonómica ante la que se dirige el

conflicto colectivo, lo que explica el fallo

de la sentencia del Tribunal Supremo,

como expresamente se reconoce al afir-

mar que «esta falta de regulación espe-

cífica parece provisional ya que la pro-

pia sentencia recoge en el apartado sex-

to de hechos probados que hay constancia

La acción preventiva en las Administraciones Públicas

55Nº 124 Cuarto trimestre 2011 SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE

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Page 54: SEGURIDAD · 2012-01-10 · Verde Europea. Es el broche de oro de un proceso solida-rio en el que han interveni-do, entre otros, los movi-mientos asociativos de la ciudad, los grupos

pasado como solución a las exigencias

del mercado y de la crisis económica, el

origen de la concesión administrativa tie-

ne su origen en el siglo XIX, dominado

por la ideología liberal, y responde a la

necesidad de acometer las demandas del

desarrollo técnico sin abandonar los pos-

tulado de un Estado, y por ende, de una

Administración no intervencionista; bus-

cando en los sujetos privados los recur-

sos financieros que los avances técnicos,

como el ferrocarril, demandaban para su

implementación. El distinto punto de

partida no nos impide afirmar que, en la

actualidad, la apariencia externa, la foto

superficial, en los supuestos de descen-

tralización productiva en el ámbito pri-

vado y en las concesiones administrati-

vas, nos expone imágenes muy pareci-

das: un centro de imputación jurídica

(empresario privado o Administración

Pública) traslada el desarrollo de una par-

te de su actividad, sea inherente o no, a

otro centro de imputación jurídica (nor-

malmente otro empresario privado, aun-

que no es descartable que se traslade ha-

cia otra Administración Pública).

La gestión indirecta de servicios pú-

blicos, como fenómeno de descentrali-

zación propio y particular de las Admi-

nistraciones Públicas, puede generar la

confluencia de empleados públicos y em-

pleados privados en un mismo centro de

trabajo, o la confluencia de empleados

privados en centros de trabajo públicos

o la confluencia de empleados públicos

en centros de trabajo privados o, inclu-

so, puede dar lugar a que se gestione un

servicio público en centros privados cons-

truidos sobre terrenos de titularidad pú-

blica. Estas posibles interacciones qué

duda cabe que plantean una serie de in-

terrogantes a la hora de desplegar la tu-

tela de la seguridad y salud de los em-

pleados públicos, así como a la hora de

cumplir la obligación preventiva que pe-

sa sobre la Administración Pública en su

condición de empleador.

de que se ha elaborado un decreto sobre

la materia que no ha sido todavía publi-

cado; por ello, cuando esta normativa es-

pecífica sea promulgada a ella, habría

quizá que atenerse en lo que es objeto

del presente litigio, pero en tanto llegue

hay que aplicar lo dispuesto en el Regla-

mento 39/1997 como expresamente or-

dena el párrafo segundo de la disposi-

ción adicional cuarta del mismo, que dis-

pone: «en defecto de la citada normativa

específica, resultará de aplicación lo dis-

puesto en este Reglamento». Y como pre-

misa de su fallo dispositivo, afirma que

«en consecuencia de todo lo razonado

precedentemente y aunque tenga una

validez provisoria, la aplicación del Re-

glamento conduce a la estimación del re-

curso, pues conforme al mismo artículo

14, la Junta de Castilla y León ha de cons-

tituir un servicio de prevención de ries-

gos profesionales propio».

LA COORDINACIÓN DEACTIVIDADES EN LASADMINISTRACIONESPÚBLICAS

Una de las tendencias que ha marca-

do y marca las relaciones laborales es la

dirigida a externalizar determinadas ac-

tividades del ciclo productivo, sean in-

herentes o no a la actividad principal de

la empresa. El fenómeno de la descen-

tralización productiva, aunque pudiera

parecer lo contrario, no es exclusivo de

la actividad productiva privada, no se

verifica únicamente en el ámbito de las

relaciones laborales privadas, sino que

también se constata en el ámbito de las

Administraciones Públicas, donde se re-

curre a la gestión indirecta de ciertos ser-

vicios públicos por medio de diferentes

técnicas, siendo la más significativa la

concesión administrativa.

Si la descentralización productiva apa-

rece en la década de los setenta del siglo

Distintas normas comunitarias e in-

ternacionales, que debían trasponerse

a nuestro derecho interno, han sido las

directas inspiradoras del art. 24 de la

LPRL que establece obligaciones gené-

ricas de coordinación y que ha sido de-

sarrollado mediante el RD 171/2004, de

30 de enero.

Supuestos de concurrencia

El art. 24 de la LPRL y el RD 171/2004

distinguen tres supuestos de concurrencia

de actividades empresariales, exigiendo

diferentes obligaciones de coordinación

en cada uno de ellos. En todo caso, di-

chas obligaciones son acumulativas, es

SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE Nº 124 Cuarto trimestre 201156

Normativa

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decir, no se excluyen, sino que se su-

perponen de manera gradual.

a) Concurrencia de trabajadores de

varias empresas en un mismo centro

de trabajo

El primer supuesto de concurrencia

empresarial contemplado en el art. 24

de la LPRL es la coincidencia física de

trabajadores de varias empresas en un

mismo centro de trabajo. Según dicho

artículo, «cuando en un mismo centro

de trabajo desarrollen actividades tra-

bajadores de dos o más empresas, éstas

deberán cooperar en la aplicación de la

normativa sobre prevención de riesgos

laborales. A tal fin establecerán los me-

dios de coordinación que sean necesa-

rios en cuanto a la protección y preven-

ción de riesgos laborales y la informa-

ción sobre los mismos a sus respectivos

trabajadores en los términos previstos

en el apartado 1 del artículo 18 de esta

Ley. En este caso, resulta indiferente la

relación o vínculo jurídico que une a las

empresas, y cada una de ellas se en-

cuentra «en la misma posición respec-

to de las demás». La obligación nace, por

tanto, del hecho de compartir el mismo

centro o el mismo espacio de trabajo. Si

existía alguna duda sobre esta afirma-

ción, el art. 4.1 del RD 171/2004 ha ve-

nido a zanjarla definitivamente al se-

ñalar que «el deber de cooperación se-

rá de aplicación a todas las empresas y

trabajadores autónomos concurrentes

en el centro de trabajo, existan o no re-

laciones jurídicas entre ellos».

En relación con el deber de informa-

ción, conviene señalar, en primer lugar,

que, tras la entrada en vigor del RD

171/2004, este deber no se traduce ex-

clusivamente en una obligación de las

empresas hacia sus trabajadores – como

prevé el art. 24.1 de la LPRL–, sino tam-

bién de éstas entre sí. En efecto, el deber

de cooperación exige, según dispone el

art. 4.2 del RD 171/2004, la información

recíproca entre las empresas concurrentes

«sobre los riesgos específicos de las acti-

vidades que desarrollen en el centro de

trabajo que puedan afectar a los traba-

jadores de las otras empresas concu-

rrentes en el centro, en particular sobre

aquellos que puedan verse agravados o

modificados por circunstancias deriva-

das de la concurrencia de actividades».

La información abarcará también a los

accidentes de trabajo que hayan tenido

lugar como consecuencia de los riesgos

de las actividades concurrentes. El em-

presario, cuyo trabajador o trabajado-

res han sufrido el accidente, deberá in-

formar a los demás empresarios pre-

sentes en el centro de trabajo.

b) Concurrencia de trabajadores

de varias empresas en un centro de

trabajo del que un empresario es

titular

Respecto del empresario titular del

centro de trabajo, el art. 24.2 de la LPRL

establece la obligación de adoptar «las

medidas necesarias para que aquellos

otros empresarios que desarrollen acti-

vidades en su centro de trabajo reciban

la información y las instrucciones ade-

cuadas en relación con los riesgos exis-

tentes en el centro de trabajo y con las

medidas de protección y prevención co-

rrespondientes, así como sobre las me-

didas de emergencia a aplicar, para su

traslado a sus respectivos trabajadores».

De nuevo aquí es indiferente la relación

La acción preventiva en las Administraciones Públicas

57Nº 124 Cuarto trimestre 2011 SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE

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al resto de los empresarios. El em-

presario titular conoce, por tanto, los

riesgos propios de su centro de tra-

bajo y además los riesgos específicos

de las actividades desarrolladas en di-

cho centro. Con estos datos podrá re-

alizar la evaluación de los riesgos del

centro de trabajo, que pueden haberse

incrementado como consecuencia de

las actividades realizadas en él por

distintas empresas, y poner en mar-

cha las medidas correspondientes, in-

cluyendo las de emergencia. Realiza-

da la evaluación correspondiente, fa-

cilitará las oportunas instrucciones a

los empresarios concurrentes con el

fin de prevenir los riesgos existentes

en el centro de trabajo.

c) Concurrencia de trabajadores de

varias empresas en un centro de

trabajo cuando existe un empresario

principal

El tercer supuesto de concurrencia re-

gulado en el art. 24.3 de la LPRL hace re-

ferencia a la existencia de relaciones de

subcontratación entre las empresas con-

currentes. Según dicho precepto, «las em-

presas que contraten o subcontraten con

otras la realización de obras o servicios

correspondientes a la propia actividad de

aquéllas y que se desarrollen en sus pro-

pios centros de trabajo deberán vigilar el

cumplimiento por dichos contratistas y

subcontratistas de la normativa de pre-

vención de riesgos laborales». Los debe-

res de seguridad de la empresa que con-

trata o subcontrata en relación con los

trabajadores de las empresas contratis-

tas o subcontratistas aparecen así espe-

cialmente reforzados para otorgar una

o vínculo jurídico que une a las empre-

sas, aunque, a diferencia del supuesto

anterior, en este caso una de ellas ocu-

pa una posición preeminente al ser ti-

tular del centro de trabajo.

Son dos las medidas específicas que de-

be adoptar el empresario titular del cen-

tro de trabajo cuyos trabajadores desa-

rrollen actividades en él; cuando no ten-

ga trabajadores en el centro, únicamente

tendrá que cumplir la primera de las dos

medidas señaladas a continuación rela-

tivas al deber de información, a saber:

n Deberá informar a los otros empre-

sarios concurrentes «sobre los ries-

gos propios del centro de trabajo que

puedan afectar a las actividades por

ellos desarrolladas, las medidas refe-

ridas a la prevención de tales riesgos

y las medidas de emergencia que se

deben aplicar» (art. 7.1 RD 171/2004).

La información se refiere a los ries-

gos propios del centro de trabajo de

la empresa titular y no a los riesgos

específicos o derivados de la activi-

dad concreta desarrollada por cada

una de las empresas concurrentes. Y

lo mismo sucede en relación con las

medidas sobre las que debe informar,

que serán las adoptadas por el em-

presario titular en relación con sus

instalaciones, maquinaria, etc.

n Deberá dar instrucciones a los em-

presarios concurrentes para la pre-

vención de los riesgos existentes en el

centro de trabajo y sobre las medidas

que deben aplicarse cuando se pro-

duzca una situación de emergencia

(art. 8.1 RD 171/2004). El empresario

titular del centro de trabajo, con tra-

bajadores que desarrollan activida-

des en él, recibirá, al mismo tiempo

que facilitará a los demás, informa-

ción sobre los riesgos específicos de

las actividades que cada empresa de-

sarrolla en su centro de trabajo. Una

vez recibida esta información es cuan-

do dará las instrucciones pertinentes

protección a la seguridad y salud de los

trabajadores afectados.

Las obligaciones que corresponden al

empresario principal se intensifican cuan-

do realiza una contrata correspondiente

a su propia actividad. En estos casos, el

empresario principal, además de cumplir

con su deber de cooperación con las em-

presas concurrentes en el mismo centro

y con su obligación de información e ins-

trucción en el supuesto de que sea tam-

bién titular del centro de trabajo, debe vi-

gilar el cumplimiento de la normativa en

materia de prevención de riesgos labora-

les por los contratistas o subcontratistas.

El RD 171/2004, en su art. 10, ha trata-

do de precisar el alcance de dicho deber

de vigilancia. En este sentido, parece de-

jar claro que el deber de vigilancia con-

siste en comprobar que las empresas con-

tratistas y subcontratistas cumplen con

sus obligaciones en la prevención de ries-

gos laborales, y no en vigilar específica-

mente a los trabajadores de dichas em-

presas. Por otro lado, también matiza el

alcance objetivo del deber de vigilancia

al señalar las materias sobre las que ex-

presamente el empresario principal de-

berá exigir a los contratistas y subcon-

tratistas su cumplimiento. Así, el em-

presario principal, antes del inicio de la

actividad en su centro de trabajo, exigi-

rá a las empresas contratistas y subcon-

tratistas que «le acrediten por escrito que

han realizado, para las obras y servicios

contratados, la evaluación de riesgos y la

planificación de su actividad preventi-

va». Asimismo, exigirá a dichas empre-

sas que «le acrediten por escrito que han

cumplido sus obligaciones en materia de

información y formación respecto de los

SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE Nº 124 Cuarto trimestre 201158

Normativa

una sentencia del tribunal supremo obligó a la junta de castilla y león a crear un servicio

de prevención propio y suficiente, no admitiendola posibilidad de acudir a un servicio de

prevención ajeno

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trabajadores que vayan a prestar sus ser-

vicios en el centro de trabajo». No se tra-

ta, por tanto, de velar por el cumplimiento

de toda la normativa en prevención de

riesgos laborales, sino exclusivamente

de las obligaciones relativas a la evalua-

ción de riesgos y planificación de la ac-

tividad preventiva e información y for-

mación de los trabajadores.

La problemática aplicación de la normativa preventivacoordinadora en laAdministración Pública

La aplicación de la normativa preven-

tiva en materia de coordinación de acti-

vidades a las Administraciones Públicas

cuando éstas deciden prestar los servicios

públicos mediante gestión indirecta no

supone en la mayoría de los casos ningún

problema. Piénsese en la contrata de la

limpieza de los edificios municipales, don-

de es claro que la confluencia de emple-

ados públicos y de trabajadores de la em-

presa de limpieza contratista obliga a la

Administración Pública a observar las obli-

gaciones preventivas en materia de co-

ordinación en su calidad de empresario

principal y titular del centro trabajo, así

como empresario que tiene trabajadores

en un centro de trabajo donde confluyen

trabajadores de otras empresas.

No obstante, se puede dar un supues-

to en el que la Administración Pública,

sin poner empleados públicos en la ges-

tión indirecta de un servicio, se limite a

ceder el terreno donde éste se va a desa-

rrollar, sin aportar ni siquiera una edifi-

cación. Por ejemplo, un Ayuntamiento

que cede unos terrenos para la gestión

indirecta del servicio público de perrera

municipal. ¿Cabe aplicar en este tipo de

supuestos la normativa preventiva en

materia de interacción empresarial?

La respuesta no es sencilla si nos ate-

nemos a la literalidad de las normas. El

art. 24 de la LPRL, así como su norma de

desarrollo, el RD 171/2004, se refieren a

la coordinación de actividades empresa-

riales, y en este supuesto no se verifican

dos actividades diferenciadas sino una

sola, el servicio público gestionado indi-

rectamente, por lo que no serían de apli-

cación las obligaciones, lo que conduci-

ría a concluir que no sería de aplicación

la referida normativa. Sin embargo, la

concreta regulación de la coordinación

preventiva va más allá de la concurren-

cia de actividades. Así, tanto el artículo

24.2 de la LPRL como los artículos 6 a 8

del RD 171/2004 establecen una serie de

obligaciones hacia el empresario titular,

que, aunque definido como quien tiene

la capacidad de puesta a disposición y de

gestión de centro, en el caso de las Ad-

ministraciones Públicas no debe olvidarse

que la titularidad del servicio público la

mantiene la Administración siempre y en

todo caso, lo que permitiría una respuesta

afirmativa al interrogante planteado.

Existe un pronunciamiento judicial que

aborda esta problemática respecto de un

trabajador, con categoría profesional de

oficial 1ª, contratado por una empresa pri-

vada, que sufre un accidente de trabajo

reparando el tejado de la entrada princi-

pal de un cementerio municipal, repara-

ción contratada por un Ayuntamiento con

la empresa del trabajador y en la que no

se había instalado apuntalamiento algu-

no, no habiendo recibido tampoco cur-

sos de formación. A consecuencia del ac-

cidente laboral, el trabajador, declarado

en situación de incapacidad permanen-

te total, plantea una reclamación judicial

indemnizatoria contra su empresa y con-

tra al Ayuntamiento, que es estimada par-

cialmente al condenar a la empresa pero

absolver a la entidad local.

Frente a la solución dada en instancia,

el trabajador acude en suplicación soli-

citando, entre otros motivos, que se con-

dene también al Ayuntamiento por in-

fracción de lo previsto en el artículo 24

de la LPRL en materia de coordinación

preventiva; desestimándose tal preten-

sión en la STSJ Extremadura de 2 de di-

ciembre de 2004 (AS 2004/3170), argu-

mentándose que los apartados 1º y 2º

del artículo 24 de la LPRL parten de la

La acción preventiva en las Administraciones Públicas

59Nº 124 Cuarto trimestre 2011 SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE

Page 58: SEGURIDAD · 2012-01-10 · Verde Europea. Es el broche de oro de un proceso solida-rio en el que han interveni-do, entre otros, los movi-mientos asociativos de la ciudad, los grupos

de la empresa o empresas que tienen tra-

bajadores en el mismo».

También se descarta la aplicabilidad de

las obligaciones como empresario prin-

cipal previstas en el art. 24.3 de la LPRL,

en la medida en que si bien dicho apar-

tado «impone a las empresas que con-

traten o subcontraten con otras la reali-

zación de obras o servicios correspon-

dientes a la propia actividad de aquéllas

y que se desarrolle en sus propios centros

de trabajo el deber de vigilar el cumpli-

miento por los contratistas y subcontra-

tistas de la normativa de prevención de

riesgos laborales», la propia configura-

ción de esta obligación preventiva «de-

muestra que para que operen los núme-

ros anteriores se exige, además, que la

empresa principal también desarrolle ac-

tividad en el centro […], pero tampoco

en virtud de ello puede extenderse la res-

ponsabilidad al Ayuntamiento deman-

dado, puesto que la juzgadora de instan-

cia entendió que la obra que se desarro-

llaba en el centro de trabajo donde se

produjo el accidente no correspondía a

premisa «de que en un mismo centro de

trabajo desarrollen actividades trabaja-

dores de dos o más empresas para, en

tal caso, imponerles la obligación de co-

operar en la aplicación de la normativa

sobre prevención de riesgos laborales, y

esa situación no se daba en el centro de

trabajo donde se produjo el accidente

de que tratamos, pues como tal no pue-

de considerarse el cementerio munici-

pal donde se realizaba la obra, sino so-

lo donde radicaba la obra misma, es de-

cir, el tejado de la puerta principal, que

es lo que la empresa demandada estaba

reparando, y en tal centro de trabajo no

consta que desarrollasen actividades más

que trabajadores de dicha empresa, la

de construcción, pues en la reparación

no participaban, o al menos no aparece

tal cosa en el relato fáctico de la senten-

cia recurrida, trabajadores del Ayunta-

miento también demandado. No se da,

pues, la situación necesaria para la apli-

cación de los dos primeros números del

artículo 24 de la Ley 31/1995, que parte

de que en un mismo centro de trabajo

presten servicios trabajadores de dos o

más empresas, no bastando con que el

lugar donde está establecido pertenez-

ca a empresa distinta de la que ejecuta

una obra o servicio. Así se deduce no so-

lo del mismo precepto, sino también del

Real Decreto 171/2004, de 30 de enero,

dictado en su desarrollo, que se basa en

que todas las empresas a que se refieren

desarrollen actividades en un mismo

centro, lo cual determina riesgos no so-

lo para los trabajadores de cada una de

ellas, sino también para las demás que

concurren en el mismo centro, por lo

que se impone la coordinación entre to-

das a fin de prevenir y, en la medida de

lo posible, evitar tales riesgos, y eso no

sucede si la empresa titular del lugar don-

de se asienta el centro no realiza activi-

dad alguna ni, por tanto, provoca riesgo

para sus trabajadores, pues ninguno tra-

baja en el centro de trabajo, ni para los

la propia actividad de la corporación mu-

nicipal». Y ahonda esta tercera posibili-

dad al afirmar que es cierto que la juris-

prudencia ha establecido que «es, por tan-

to, el hecho de la producción del accidente

dentro de la esfera de la responsabilidad

del empresario principal en materia de

seguridad e higiene lo que determina en

caso de incumplimiento la extensión a

aquél de la responsabilidad en la repara-

ción del daño causado, pues no se trata

de un mecanismo de ampliación de la ga-

rantía en función de la contrata, sino de

una responsabilidad que deriva de la obli-

gación de seguridad del empresario pa-

ra todos los que prestan servicios en un

conjunto productivo que se encuentra

bajo su control», pero tampoco aparecen,

a juicio del órgano de suplicación, «en el

relato fáctico de la sentencia recurrida, ni

el recurrente formula alegación ni razo-

namiento alguno en tal sentido, datos que

determinen que fuera el Ayuntamiento

quien controlara la realización de la obra»,

o, como precisando más, nos dice tam-

bién el Alto Tribunal en sentencia de 16

SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE Nº 124 Cuarto trimestre 201160

Normativa

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de diciembre de 1997 (RJ 1997/9320), que

el trabajo se desarrollase en el centro de

trabajo de la empresa principal con sus

instrumentos de producción y bajo su

control, caso en que sería «perfectamen-

te posible que una actuación negligente

o incorrecta del empresario principal cau-

se daños o perjuicios al empleado de la

contrata, e, incluso, que esa actuación sea

la causa determinante del accidente la-

boral sufrido por éste y por ello en estos

casos el empresario principal puede ser

empresario infractor», añadiendo que

«aunque esta conclusión se establece en

un caso claro de contrata para una obra

o servicio correspondiente a la propia ac-

tividad, lo decisivo no es tanto esta cali-

ficación como el que el accidente se ha-

ya producido por una infracción impu-

table a la empresa principal y dentro de

su esfera de responsabilidad», lo cual, se

insiste, «no aparece aquí ni el recurrente

nos razona que suceda en este caso».

En definitiva, en la escasa doctrina ju-

dicial existente se concluye que la apli-

cación de los supuestos contemplados

en los apartados 1º y 2º de la LPRL, así

como en los artículos 4 a 9 del RD 171/2004,

está supeditada a la concurrencia de tra-

bajadores de la Administración Pública

con trabajadores de otras Administra-

ciones o empresas privadas. Mientras

que la operatividad del apartado 3º del

artículo 24 de la LPRL y el artículo 10 del

RD 171/2004 está condicionada no tan-

to a la existencia de concurrencia de tra-

bajadores, sino a que la Administración

ejerza un verdadero, real y efectivo con-

trol en el desarrollo de la prestación del

servicio público o de la actividad cuan-

do ésta no constituya en sí misma con-

siderada un servicio público.

LA PARTICULARIDAD EN EL ÁMBITOSANCIONADORPREVENTIVO DE LASADMINISTRACIONESPÚBLICAS

Una última cuestión debe ser objeto

de exposición, aun cuando no se trata

de un asunto que suscite dudas inter-

pretativas, lo cual no exime de los dis-

tintos pareceres críticos que se obser-

van en la doctrina científica sobre la par-

ticular configuración de las medidas que

se pueden adoptar ante la infracción por

parte de la Administración Pública de

la medida preventiva.

A diferencia de lo que acontece ante

la infracción de la normativa de seguri-

dad y salud laboral por parte de un em-

pleador privado, sujeto al régimen de

sanciones previsto en el Real Decreto

Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por

el que se aprueba el Texto Refundido de

la Ley de Infracciones y Sanciones del

Orden Social (LISOS), el artículo 45 de

la LPRL dispone que en el ámbito de las

relaciones del personal civil al servicio

de las Administraciones Públicas, las in-

fracciones serán objeto de responsabi-

lidades a través de la imposición, por re-

solución de la autoridad competente,

de la realización de las medidas correc-

toras de los correspondientes incum-

plimientos.

Por lo tanto, para las Administracio-

nes Públicas no se contempla la impo-

sición de sanciones económicas, sino

la aplicación de medidas correctoras.

Esta solución debe ser objeto de crítica

dado que la imposición de sanciones

pecuniarias se erige en un mecanismo

mucho más efectivo que la adopción de

medidas correctoras, de suerte que la

reparación de las infracciones a la nor-

mativa preventiva por parte de las Ad-

ministraciones Públicas mediante la téc-

nica de la corrección y no la de la san-

ción pecuniaria puede suponer una

quiebra en la tutela preventiva de los

empleados públicos, dado que las Ad-

ministraciones, ante la ausencia de san-

ciones, pueden considerar la posibili-

dad de contravenir la citada normativa

frente a los costes que supone su cum-

plimiento voluntario, e incluso, la adop-

ción de las medidas correctoras.

La adopción de las medidas correcto-

ras se establecerá con sujeción confor-

me al procedimiento que al efecto se es-

tablezca, que para la Administración Ge-

neral del Estado se encuentra previsto

en el Real Decreto 707/2002, de 19 de

julio. No obstante, el artículo 45 de la

LPRL establece que, en el ámbito de la

Administración General del Estado, ese

procedimiento deberá ajustarse a las si-

guientes pautas:

a) El procedimiento se iniciará por el ór-

gano competente de la Inspección de

Trabajo y Seguridad Social por orden

superior, bien por propia iniciativa o

a petición de los representantes del

personal.

b) Tras su actuación, la Inspección efec-

tuará un requerimiento sobre las me-

didas a adoptar y el plazo de ejecu-

ción de las mismas, del que se dará

traslado a la unidad administrativa

inspeccionada a efectos de formular

alegaciones.

c) En caso de discrepancia entre los mi-

nistros competentes como conse-

cuencia de la aplicación de este pro-

cedimiento, se elevarán las actua-

ciones al Consejo de Ministros para

su decisión final.

Aunque el Real Decreto 707/2002 con-

templa el procedimiento administrati-

vo para la imposición de medidas co-

La acción preventiva en las Administraciones Públicas

61Nº 124 Cuarto trimestre 2011 SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE

para las administraciones públicas no secontempla la imposición de sanciones económicas,

sino la aplicación de medidas correctoras,solución que debe ser objeto de crítica

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La acción preventiva en las Administraciones Públicas

blica, con independencia de si el em-

pleado público afectado es un funcio-

nario o un trabajador laboral.

Ahora bien, del mecanismo de impo-

sición de medidas correctoras se exclu-

yen una serie de colectivos o de materias.

En primer lugar, a las entidades pú-

blicas empresariales no les será de apli-

cación el presente reglamento, que-

dando, en consecuencia, excluidas de

este procedimiento y sometidas al régi-

men ordinario derivado de la plena apli-

cación de la LISOS (art. 2.2 RD 707/2002).

En segundo lugar, se excluye a los cen-

tros y establecimientos militares y las

actividades a que se refiere el artículo

3.2 de la LPRL, quedando sujetos a lo

previsto en su normativa específica (art.

2.3 RD 707/2002).

En tercer lugar, no se aplicará a las

cuestiones de prevención de riesgos la-

borales que se susciten respecto del per-

sonal de los contratistas, subcontratis-

tas de obras o servicios o concesiona-

rios de cualquier índole que realicen su

actividad en instalaciones de la AGE o

de sus organismos autónomos, respec-

to de los cuales se aplicará siempre el

rrectoras ante la infracción de la nor-

mativa preventiva por la Administración

General del Estado, se establece su apli-

cación respecto al personal civil al ser-

vicio de las restantes Administraciones

Públicas únicamente en defecto de nor-

mativa propia, de suerte que las com-

petencias asignadas a los delegados del

Gobierno, a los subsecretarios de los de-

partamentos ministeriales y al Consejo

de Ministros corresponderán, en todo

caso, a los respectivos órganos de go-

bierno de cada Administración Pública

(D.A.2ª RD 707/2002). Por lo tanto, se

establece una aplicación subsidiaria de

este Real Decreto para el resto de las Ad-

ministraciones Públicas.

Al utilizarse en el artículo 45 de la LPRL

la expresión «personal al servicio de las

Administraciones Públicas» al delimitar

el ámbito subjetivo de la imposición de

medidas correctoras, surge la duda de si

solo va dirigida a la infracción de la nor-

mativa preventiva que afecte a los em-

pleados públicos sujetos a una relación

funcionarial o estatutario o también se

extiende a la afectación de los emplea-

dos públicos sujetos a una relación la-

boral, respecto de los cuales, en princi-

pio, la comisión de una infracción pre-

ventiva acarrearía una sanción pecuniaria.

Esta duda ha sido despejada expresa

y directamente para la Administración

General del Estado, y subsidiariamente

para el resto de Administraciones Pú-

blicas, por el Real Decreto 707/2002, al

delimitar su ámbito de aplicación y se-

ñalar que dicha norma reglamentaria

afectará «a todo el personal empleado

en los distintos centros, dependencias

o lugares de trabajo de los mismos, con

independencia de que la relación que

se mantenga sea de naturaleza laboral,

estatutaria o funcionarial». En conse-

cuencia, la imposición de medidas co-

rrectoras será la solución prevista ante

la infracción de la normativa preventi-

va cometida por una Administración Pú-

procedimiento ordinario. No obstante

lo anterior, si de las actuaciones ins-

pectoras realizadas o de la información

previamente recabada se infiere que, de

alguna forma, puede resultar afectado

el órgano administrativo correspon-

diente, como titular de las instalaciones

o en virtud de las responsabilidades de

coordinación a que hace referencia el

artículo 24 de la LPRL, se le pondrá en

su conocimiento, tan pronto como sea

posible, a los efectos que procedan (art.

2.4 RD 707/2002).

En cuarto lugar, no será de aplicación

a los órganos de la AGE cuando actúen

en la condición de promotor de obras de

construcción, conforme al Real Decreto

1627/1997, de 24 de octubre, por el que

se establecen disposiciones mínimas de

seguridad y salud en las obras de cons-

trucción, que se regirán por sus normas

específicas (art. 2.5 RD 707/2002). u

SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE Nº 124 Cuarto trimestre 201162

Normativa

AGRADECIMIENTOSEste trabajo ha sido financiado gracias a una ayu-da a la investigación concedida por FUNDACIÓNMAPFRE. Mi agradecimiento también se extiendea Pilar Manzano Bayán.

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C U R S O S · I N F O R M A C I Ó N · C O N V O C AT O R I A S · S E M I N A R I O S · J O R N A D A S ·NN

OOTTII

CCIIAA

SS

SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE Nº 124 Cuarto trimestre 201164

FUNDACIÓN MAPFRE ha fallado

la convocatoria 2011 de ayudas a

la investigación, becas Ignacio Her-

nando de Larramendi, Primitivo de

Vega y becas de formación en el ex-

tranjero para profesionales, con un

importe global superior a un millón

de euros. Este año se han concedido

un total de 75 becas. En las áreas de

Prevención y Medio Ambiente, y tras

analizar las 482 solicitudes presenta-

das, se ha resuelto la concesión de 20

ayudas a la investigación. En el caso

de las becas Ignacio Hernando de La-

rramendi, se han resuelto cuatro be-

cas, de 51 solicitudes provenientes de

Iberoamérica y Portugal. El comité de

valoración ha tenido en cuenta el cu-

rrículum investigador de los solici-

tantes, la innovación y originalidad de

la propuesta, la calidad y rigor cientí-

fico-técnico de los proyectos y su de-

sarrollo e impacto social. Con estas

ayudas, FUNDACIÓN MAPFRE con-

tribuye a la consecución de sus prin-

cipales objetivos: garantizar la calidad

de vida de las personas, perfeccionar

la formación y la investigación cientí-

fica en todo lo relacionado con la pre-

vención de accidentes humanos y ma-

teriales y la conservación del medio

ambiente. Se detallan a continuación

los proyectos a los que se han conce-

dido las ayudas.

Ayudas a la investigación

Prevención: 10

n Aguilar Camacho, Sylvia Elena

Prevención de riesgos laborales por

medio de las compras públicas en

Centroamérica.

Fundación Centro de Gestión Tec-

nológica e Informática Industrial

(CEGESTI). Costa Rica.

n Asensio Martínez, Ángela Cristina

Desarrollo de una metodología pa-

ra la evaluación de riesgos psicoso-

ciales y diseño para su validación.

Zaragoza.

n Bernaldo de Quirós Aragón, Mó-

nica

Análisis psicosocial de las agresiones

a los profesionales de los servicios de

urgencia y emergencia del SUMMA

112 de la Comunidad de Madrid.

Facultad Psicología. Universidad

Complutense de Madrid.

n Cantizano González, Alexis

Estudio y evaluación de la eficiencia

de las protecciones contra incendios

en construcciones tipo atrio.

Instituto de Investigación Tecnoló-

gica. Universidad Pontificia de Co-

millas de Madrid.

n Chamorro Gutiérrez, Eva

Riesgos personales producidos por

LEDs utilizados en dispositivos de

uso cotidiano.

Factoría I+D. Madrid.

n Garrido Manrique, Jesús

La prevención de los riesgos natura-

les a través del ordenamiento jurí-

dico y la ordenación territorial.

ETS Ingenieros de Caminos, Cana-

les y Puertos. Universidad de Gra-

nada.

n Laffón Lage, Blanca

Riesgo asociado a la exposición a na-

nopartículas de óxidos metálicos:

efectos celulares y moleculares en cé-

lulas neuronales.

Unidad de Toxicología. Universidad

de A Coruña.

n Sánchez Reche, Ana María

Evaluación de la seguridad y accesi-

bilidad en los parques infantiles –

SAFEPLAY.

Centro Tecnológico del Juguete (AJU).

Alicante.

n Vidueira Penín, José Miguel

Protección contra incendios en plan-

tas eólicas y aerogeneradores.

CEPREVEN. Madrid.

Concesión de las ayudas a la investigación de laconvocatoria 2011 Se han recibido más de mil solicitudes en el conjunto de las convocatorias

Las becas perfeccionan la

formación y la investigación

en prevención de accidentes

y la conservación del medio

ambiente

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· C U R S O S · I N F O R M A C I Ó N · C O N V O C AT O R I A S · S E M I N A R I O S · J O R N A D A S

65Nº 124 Cuarto trimestre 2011 SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE

n Vilaplana Fernández, Joan Manuel

Exposición y vulnerabilidad a los

desprendimientos de roca en Mont-

serrat.

Departamento de Geodinámica y Geo-

física. Universidad de Barcelona.

Medio ambiente: 10

n Abascal Santillana, Ana Julia

Desarrollo de una metodología para

la predicción a medio-largo plazo de

derrames de hidrocarburos y su apli-

cación en la lucha contra la conta-

minación marina.

Instituto de Hidráulica Ambiental de

Cantabria. Universidad de Santan-

der.

n Bedoya Frutos, César

Evaluación del cumplimiento de las

exigencias básicas de ahorro de ener-

gía en viviendas: contribución solar

mínima de agua caliente sanitaria.

Escuela Técnica Superior de Arqui-

tectura. Universidad Politécnica de

Madrid.

n Delgadillo Méndez, Diana Alexan-

dra

Percepción territorial de las comuni-

dades locales del Cañón del Chica-

mocha. Implementación de progra-

mas de educación ambiental para la

conservación de los bosques secos.

Fundación Conserva. Bogotá (Co-

lombia).

n González Díez, Isabel

Diseño de prototipos de materiales

biosintéticos para su uso como mate-

riales de construcción.

Facultad de Química. Universidad de

Sevilla.

n Iglesias Martín, Irene

Los centros de recuperación de fauna

silvestre como centinelas de la con-

servación mediante la aplicación de

la epidemiología espacial.

Centro de Investigación en Sanidad

Animal (CISA). Instituto Nacional de

Investigación Agraria (INIA). Madrid.

n Irusta Mata, Rubén

Evaluación ecotoxicológica de pro-

ductos farmacéuticos y de higiene per-

sonal (PPCP´s) como medida para la

prevención de la contaminación en

ambientes acuáticos.

Departamento de Ingeniería Quími-

ca y Tecnología del Medio. Universi-

dad de Valladolid.

n Olivares Marín, Mara

Fabricación y caracterización de elec-

trodos altamente eficaces para su em-

pleo en la descontaminación de aguas

y la obtención de H2.

Facultad de Ciencias. Universidad de

Extremadura. Badajoz.

n Puig Ventosa, Ignasi

Minería urbana: extracción de recur-

sos de vertederos.

Fundación ENT. Barcelona.

n Valle Pérez, Carlos

¡Cuidado con tus aletas!

Instituto de Ecología Litoral. Uni-

versidad de Alicante.

n Vidal Sáez, Gladys

Control de la contaminación de aguas

servidas en áreas rurales de alta sensi-

bilidad sísmica a través de humedales

construidos. Incidencia en la elimina-

ción del potencial biológico evaluado

como disrupción endocrina (CON2ASER).

Centro de Ciencias Ambientales. Uni-

versidad de Concepción (Chile).

Becas Ignacio Hernando deLarramendi

Prevención: 2

n Gelvan de Veinsten, Silvia

Prevención del burnout de docentes

de nivel medio.

Asociación de Institutos de Enseñanza

Privada de la Provincia de Buenos Ai-

res (Argentina).

n Ramos Bonilla, Juan Pablo

Exposición personal a asbestos en ta-

lleres de frenos para vehículos de flo-

ta pesada en la ciudad de Bogotá.

Departamento de Ingeniería Civil y

Ambiental. Universidad de los An-

des. Bogotá (Colombia).

Medio ambiente: 2

n Lanfranconi, Mariana Patricia

Respuesta diferencial del fitoplanc-

ton marino frente a la contaminación

por hidrocarburos.

Facultad de Ciencias Naturales. Uni-

versidad Nacional de Patagonia. Chu-

but (Argentina).

n Cruz Bello, Gustavo Manuel

Análisis multitemporal de la degra-

dación ambiental de la cuenca del río

Necaxa. Puebla (México).

Departamento de Hidrobiología. Uni-

versidad Metropolitana. Iztalapa (Mé-

xico).

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C U R S O S · I N F O R M A C I Ó N · C O N V O C AT O R I A S · S E M I N A R I O S · J O R N A D A S ·

SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE Nº 124 Cuarto trimestre 201166

NNOO

TTIICC

IIAASS

Los pasados 18, 19 y 20 de

octubre se ha celebrado

el undécimo Encuentro Eu-

roamericano «Riesgo y Tra-

bajo», organizado por FUN-

DACIÓN MAPFRE y la Uni-

versidad de Salamanca en

colaboración con el Institu-

to Nacional de Seguridad e

Higiene en el Trabajo y la

Junta de Castilla y León.

En esta edición se ha tra-

tado, entre otros temas, los

derechos fundamentales en

prevención de riesgos labo-

rales, la Estrategia españo-

la de Seguridad y Salud en

el Trabajo 2007-2012, la in-

novación y nuevas tecnolo-

gías aplicadas a la preven-

ción, el análisis de la nor-

mativa y su aplicación, ca-

sos de éxito en empresas y

la formación de los técnicos.

También se han contrasta-

do las distintas experiencias

a nivel regional e interna-

cional tanto en Europa co-

mo en América. Como no-

vedad, se ha contado con

dos mesas sobre el futuro

del técnico de prevención y

las nuevas fronteras de la se-

guridad y la salud laboral.

Las principales conclu-

siones del Encuentro han si-

do las siguientes:

n Respecto a la Estrategia

española de Seguridad y

Salud 2007-2012, se des-

taca, tanto en el diagnós-

tico de la situación como

en la elaboración y la eje-

cución del plan, el im-

portante nivel de diálogo

y consenso alcanzado, lo

que es considerado como

un factor favorable.

n Sobre «Política e iniciati-

vas de las comunidades

autónomas», se incide en

la necesidad de una ma-

yor coordinación y armo-

nización, sobre todo en la

interpretación y aplica-

ción de las normas, por

las distintas autonomías

españolas.

n En la mesa de debate «Más

allá de la prevención», re-

conociendo las dificulta-

des para implantar el es-

quema previsto en la nor-

mativa en la pequeña y

mediana empresa, se ha-

ce referencia a la necesi-

dad de superar el mero

cumplimiento de la nor-

mativa de prevención de

riesgos laborales. Se cree

conveniente aprovechar

sinergias que pudieran dar-

se en relación a otros as-

pectos, como la seguridad

vial o la seguridad en el ho-

gar. Se hace referencia a la

escasa utilidad práctica del

mero cumplimiento for-

mal y documental de las

obligaciones establecidas

y a la prevención como ins-

trumento de aportar valor

añadido a la empresa.

n En el panel «Innovación

y nuevas tecnologías apli-

cadas a la prevención» se

presentaron varios pro-

yectos, como FaSyS (Fá-

brica Absolutamente Se-

gura y Saludable), el pro-

yecto europeo de EPI’s

Inteligentes o los progra-

mas de investigación abor-

dados dentro de la plata-

forma PESI (Plataforma

Española de Seguridad In-

dustrial). Este tipo de pro-

yectos que cuenta con co-

laboración institucional

entre diferentes países

puede ser promocionado

por empresas que quie-

ren lanzar sus productos

o por grandes usuarios.

n La Organización Iberoa-

mericana de la Seguridad

Social (OISS) presentó la

Estrategia de Prevención

en Europa y América 2010-

2013, que constituye el pri-

mer intento de marcar una

línea común de preven-

ción de los países de Ibe-

roamérica que se ha pre-

tendido fuese adaptada a

la realidad y consensua-

da por Gobiernos, em-

presarios y sindicatos.

XI edición del Encuentro Euroamericano «Riesgo y Trabajo» El cambio de actitudes en prevención, tema clave de la reunión

Un tema recurrente

durante el encuentro

ha sido el papel clave

de la gestión del

cambio de

comportamientos

en seguridad

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67Nº 124 Cuarto trimestre 2011 SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE

· C U R S O S · I N F O R M A C I Ó N · C O N V O C AT O R I A S · S E M I N A R I O S · J O R N A D A S

n Dentro de las estrategias

de prevención de EE UU

se ha descrito la acción de

la OSHA, que en 2011 ha

cumplido 40 años de vi-

da. A lo largo de esta tra-

yectoria se ha reducido la

siniestralidad en un 65%.

Su labor de inspección in-

cluye la visita a los pues-

tos de trabajo, toma de

muestras y entrevistas a

los trabajadores. Desta-

can los acuerdos con los

consulados de países ibe-

roamericanos para esta-

blecer programas de pre-

vención con trabajadores

inmigrantes.

n Sobre la Estrategia Euro-

pea, que contenía ocho

objetivos principales, en-

tre ellos la reducción del

25% de los accidentes de

trabajo, se indica que aun

es pronto para hacer una

valoración definitiva. En

el balance de 2010, en tér-

minos generales han exis-

tido avances, pero se ne-

cesitan esfuerzos para

consolidarlos. En estos

momentos se está ha-

blando de la Estrategia

2013-2020, aunque aún

no es posible concretar

las líneas esenciales de su

contenido.

n Dentro del panel «Nor-

mativa: análisis de su apli-

cación», y en relación con

el estado actual en pre-

vención técnica, se aludió

a la dualidad entre la in-

tegración como objetivo

de la Directiva Marco y la

externalización efectiva

derivada de la Ley de Pre-

vención de Riesgos Labo-

rales y las normas que la

desarrollan. Sobre los ser-

vicios de prevención aje-

nos, se menciona la con-

creción de funciones «cua-

si inspectoras» y la especial

incidencia en personal y

medios de la nueva nor-

mativa. Respecto a la ac-

tividad sanitaria de los ser-

vicios de prevención, se

ha hecho referencia a una

cierta devaluación de la

vigilancia de la salud. Asi-

mismo, se planteó la in-

fradeclaración de las en-

fermedades profesiona-

les, aspecto que recargaría

los costos de la sanidad en

las autonomías.

n En la presentación del pro-

yecto EUSAFE, dirigido a

la homologación de la for-

mación en prevención de

riesgos laborales en Euro-

pa, se indica la necesidad

de un esquema común de

cualificación a nivel euro-

peo que permita el reco-

nocimiento y movilidad

de los profesionales y un

marco equivalente de ca-

pacitación técnica. Se re-

conoce la importancia de

la adhesión al proyecto,

dado que en un futuro po-

dría surgir una directiva

europea en este sentido y

los planes de estudio uni-

versitarios se encuentran

en proceso de definición.

n Sobre la formación de ni-

vel técnico en España se

desarrolló un amplio de-

bate, planteándose, entre

otros, los siguientes as-

pectos: esta formación de-

be regularse y evitar la con-

fusión, estableciendo un

régimen transitorio para

los técnicos de prevención

acreditados actualmente;

se apunta la necesidad de

integrar la prevención en

el resto de las carreras uni-

versitarias y en la forma-

ción general; y se observa

una cierta preocupación

ante la posibilidad de que

se busquen subterfugios

que permitan reducir las

exigencias y garantías.

n Los casos de éxito plan-

teados han incidido en la

necesidad e importancia

del cambio de actitudes

en prevención, frente a los

aspectos técnicos que ya

se conocen o gestionan de

forma más eficaz.

Las conclusiones comple-

tas, así como las presenta-

ciones del congreso, están

disponibles para descarga en

la página web de FUNDA-

CIÓN MAPFRE (www.fun-

dacionmapfre.com/preven-

cion).

Imagen de la mesa presidencial durante la inauguración del XI Encuentro Iberoamericano.

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C U R S O S · I N F O R M A C I Ó N · C O N V O C AT O R I A S · S E M I N A R I O S · J O R N A D A S ·NN

OOTTII

CCIIAA

SS

SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE Nº 124 Cuarto trimestre 201168

El pasado 10 de octubre

se inició el programa

2011 de becas de formación

especializada en las áreas

de Prevención, Salud, Me-

dio Ambiente y Seguros, con

la recepción de los 60 beca-

dos en esta edición, cuya es-

tancia de un mes en Espa-

ña finalizó el pasado 11 de

noviembre.

Estas ayudas tienen como

objetivo principal contri-

buir a la formación y espe-

cialización de los profesio-

nales que trabajan en segu-

ridad y salud ocupacional,

prevención de incendios y

medio ambiente. También

pretenden potenciar el in-

tercambio tecnológico en-

tre las entidades españolas

y extranjeras a las que per-

tenecen los becarios.

Los programas de espe-

cialización técnica se con-

vocaron por primera vez en

el año 1985. Desde enton-

ces, y gracias a esta iniciati-

va, han disfrutado las mis-

mas cerca de 1.000 especia-

listas en prevención de

accidentes, incendios y me-

dio ambiente, así como más

de 400 profesionales sanita-

rios vinculados con la trau-

matología, la cirugía orto-

pédica, la valoración del da-

ño corporal, cerebral y

medular, y la gestión sanita-

ria, entre otras materias.

Como en anteriores edi-

ciones hemos contado con

la inestimable colaboración

de empresas e instituciones

que han acogido a los beca-

rios, entre las que se en-

cuentran el Instituto Nacio-

nal de Seguridad e Higiene

en el Trabajo, Acciona,John

Deere, FCC, Escuela Nacio-

nal de Protección Civil, AE-

NOR, ENRESA, ITSEMAP,

Comunidad Autónoma de

Madrid y la Sociedad de Pre-

vención de FREMAP.

El acto de entrega de las

becas fue presidido por Fi-

lomeno Mira Candel, Vice-

presidente primero de FUN-

DACIÓN MAPFRE, quien es-

tuvo acompañado por Luis

Jiménez, Director del Ob-

servatorio de la Sostenibili-

dad en España; Susana Ve-

lázquez, Consejera Técnica

de Dirección de Coopera-

ción Sectorial y Multilateral

de AECID; Carlos Álvarez,

Presidente del Instituto de

Prevención, Salud y Medio

Ambiente de FUNDACIÓN

MAPFRE, y Antonio Guzmán,

Director General del mismo.

También se inauguró el

XXIII curso superior de Di-

rección y Gestión de la Se-

guridad Integral, celebrado

por primera vez en 1988 y

por el que han pasado has-

ta el momento cerca de 500

alumnos.

FUNDACIÓN MAPFRE concede becas de formación enEspaña a 60 profesionales iberoamericanos El importe total de las ayudas concedidas en todos los ámbitos de actuación supera los 240.000 euros

Foto de grupo de los becarios de la convocatoria 2010 reunidos en la sede de FUNDACIÓN MAPFREen Madrid.

Mesa presidencial en el acto de entrega de las becas de forma-ción especializada 2011.

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69Nº 124 Cuarto trimestre 2011 SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE

· C U R S O S · I N F O R M A C I Ó N · C O N V O C AT O R I A S · S E M I N A R I O S · J O R N A D A S

El Instituto de Prevención,

Salud y Medio Ambiente

de FUNDACIÓN MAPFRE or-

ganiza desde el año 2006 la Se-

mana de Prevención de In-

cendios, en colaboración con

la Asociación Profesional de

Técnicos de Bomberos (APTB).

Esta actividad cuenta con la

inestimable participación de

los Servicios de Extinción y Pre-

vención de Incendios de las dis-

tintas ciudades visitadas, así

como de sus Ayuntamientos y

Diputaciones.

Su objetivo es dar a conocer

a la población los conceptos

básicos de prevención sobre

incendios que les permitan re-

conocer los riesgos que pue-

den presentarse en sus hoga-

res, en sus centros de trabajo

y en su entorno, transmitien-

do pautas de actuación para

intentar evitarlos y disminuir,

en su caso, sus consecuencias.

En esta ocasión se ha presta-

do una especial atención a la

prevención de incendios en lu-

gares públicos.

Más de 50.000 escolares han

disfrutado de las distintas ac-

tividades celebradas, princi-

palmente las demostraciones

y charlas impartidas por los

Servicios de Extinción y Pre-

vención de Incendios de las di-

ferentes localidades. Entre otras,

han destacado las jornadas téc-

nicas para profesionales, los

simulacros de evacuación de

centros educativos, las sesio-

nes informativas sobre pre-

vención de incendios o las jor-

nadas de puertas abiertas a par-

ques de bomberos.

La edición 2011 se inició en

Águilas (Murcia) el pasado mes

de octubre y ha finalizado el 2

de diciembre en la localidad de

Castro Urdiales (Cantabria). La

campaña ha visitado además

las localidades de Getxo (Biz-

kaia), A Coruña, Motril (Grana-

da), Cabanillas (Guadalajara),

Gijón/Xixón (Asturias), Alcor-

cón (Madrid), Fuenlabrada (Ma-

drid), Móstoles (Madrid), Cór-

doba, Vitoria-Gasteiz, Alican-

te, Cáceres, Linares (Jaén), Bajo

Cinca (Huesca) y La Palma.

Este año se ha editado un nue-

vo folleto divulgativo y un pós-

ter con una serie de consejos

sobre la prevención de incen-

dios en lugares de pública con-

currencia que se suman a los

elaborados en las ediciones an-

teriores. Desde una dirección

web (www.semanadelapre-

vencion.com) se puede des-

cargar el material educativo de

la campaña y acceder a la in-

formación completa de las ac-

tividades.

También se encuentra dispo-

nible en la web el estudio Vícti-

mas de incendio en España 2010,

que recoge un importante es-

fuerzo realizado en colabora-

ción con los servicios de bom-

beros y otros organismos a ni-

vel nacional, con el objeto de

conocer datos fiables sobre el

número de víctimas por incen-

dio en España. Tanto los resul-

tados de este estudio como las

actividades desarrolladas en la

Semana de la Prevención han

contado con una amplia difu-

sión en los medios.

VI Semana de Prevención de Incendios La edición 2011 ha visitado 17 localidades en España

Más de 50.000escolares han

participado ensimulacros de

evacuación de colegioso visitado parques de

bomberos

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SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE Nº 124 Cuarto trimestre 201170

El pasado 14 de noviembre se ce-

lebró en Madrid el Foro sobre el

Vehículo Eléctrico e Industria Asocia-

da, organizado por la Fundación de la

Energía de la Comunidad de Madrid

(FENERCOM), FUNDACIÓN MAPFRE,

el Instituto para la Diversificación y

Ahorro de Energía (IDEA). El objetivo

de dicha jornada fue el análisis de las

tendencias de futuro, así como las opor-

tunidades y las barreras tecnológicas

y económicas que ofrece este nuevo

modelo de movilidad.

La jornada fue inaugurada por el

Consejero de Economía y Hacienda

de la Comunidad de Madrid, Percival

Manglano, el Director General del IDAE,

Alfonso Beltrán García-Echániz, y el

Presidente del Instituto de Prevención,

Salud y Medio Ambiente de FUNDA-

CIÓN MAPFRE, Carlos Álvarez.

La sesión plenaria corrió a cargo An-

drés Monzón de Cáceres, Catedrático

de la ETSI de Caminos de Madrid y Di-

rector de TRANSyT-Centro de Investi-

gación del Transporte de UPM, que tra-

tó sobre la movilidad en las ciudades.

Dentro del programa se celebraron

tres mesas de debate, centradas en el

presente y el futuro del vehículo eléc-

trico, las infraestructuras eléctricas y

servicios precisos para el funciona-

miento de estos vehículos, y la indus-

tria asociada al sector. Esta última me-

sa estuvo moderada por Antonio Guz-

mán, Director General del Instituto de

Prevención, Salud y Medio Ambiente

de FUNDACIÓN MAPFRE.

La clausura contó con la interven-

ción del Presidente de la Asociación

de Fabricantes de Material Eléctrico

(AFME), Carlos Esteban, y el Director

General de Industria, Energía y Minas

de la Comunidad de Madrid, Carlos

López.

A este encuentro asistieron más de

250 profesionales, constatandose que

el coche eléctrico es una realidad que

cada vez se encuentra más cerca de su

implantación.

Foro sobre el Vehículo Eléctrico e Industria AsociadaEl coche eléctrico, más cerca

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71Nº 124 Cuarto trimestre 2011 SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE

· C U R S O S · I N F O R M A C I Ó N · C O N V O C AT O R I A S · S E M I N A R I O S · J O R N A D A S

El Instituto de Prevención,

Salud y Medio Ambiente

de FUNDACIÓN MAPFRE ha

colaborado con la Fundación

CONAMA en la organización

del octavo Encuentro Iberoa-

mericano de Medio Ambien-

te (EIMA 8), celebrado el pa-

sado mes de octubre en São

Paulo (Brasil).

El foro tuvo como objetivos

consolidar un espacio de diá-

logo permanente sobre desa-

rrollo sostenible en América

Latina, proponer temas y ob-

jetivos que sirvan de base pa-

ra definir responsabilidades y,

también, identificar las herra-

mientas necesarias para su con-

secución.

El programa ha integrado los

temas a tratar en la Cumbre de

la Tierra de Río +20. El encuentro

se prolongó durante cuatro dí-

as, dedicando cada jornada a

un tema concreto: economía

verde, energía, agua y ciuda-

des. Esta última fue liderada

por FUNDACIÓN MAPFRE en

el foro «Planeando ciudades

sostenibles».

Entre los países invitados al

EIMA8 figuraron Argentina,

Bolivia, Chile, Colombia, Cos-

ta Rica, Guatemala, México, El

Salvador, Ecuador, Honduras,

Perú, Panamá, Paraguay, Uru-

guay y Venezuela.

Sesión plenaria del octavo Encuentro Iberoamericano de Medio Ambien-te (EIMA8).

El tratamiendo del cambio climático

dentro de la educación ambiental es

relativamente reciente y es una de las áre-

as más activas en la actualidad, dentro de

este campo.

FUNDACIÓN MAPFRE ha editado la guía

«Conoce y valora el cambio climático: pro-

puestas para trabajar en grupo». La publi-

cación está dirigida principalmente a es-

tudiantes de educación secundaria, si bien

puede ser de utilidad para otros colectivos

con inquietudes acerca de esta cuestión.

Sus objetivos son servir como material en

la elaboración de programas educativos y

de sensibilización y comunicación y pro-

mover la participación del público en la

elaboración de respuestas.

En la elaboración de los contenidos han

participado el Centro Nacional de Educa-

ción Ambiental (CENEAM), Colectivo de

Educación Ambiental S.L. (CEAM), Ecolo-

gía y Desarrollo (ECODES), Ecologistas en

Acción, Universidad Autónoma de Madrid,

WWF-España, Xarxa de Consum Solidari

(XCS) bajo la coordinación del grupo de in-

vestigación en Pedagogía Social y Educa-

ción Ambiental de la Universidade de San-

tiago dirigido por el profesor Pablo Meira.

Este grupo ha sido asimismo el autor de los

dos sondeos sobre percepción del cambio

climático en la sociedad española que se

han llevado a cabo recientemente con el

patrocinio de FUNDACIÓN MAPFRE.

La guía fue presentada el pasado mes

de octubre por Alicia Montalvo, Directo-

ra General de la Oficina Española de Cam-

bio Climático, y Antonio Guzmán, Direc-

tor General del Instituto de Prevención,

Salud y Medio Ambiente de FUNDACIÓN

MAPFRE.

Los materiales de la guía están disponi-

bles para su descarga en la página web

www.fundacionmapfre.com/prevencion.

Conoce y valora el cambio climático Guía dirigida a estudiantes de secundaria u otros colectivos, con propuestas para trabajar en grupo

Alicia Montalvo, Directora General de la OficinaEspañola de Cambio Climático, y Antonio Guz-mán, Directror General del Instituto, junto a algu-nos de los autores de la guía.

FUNDACIÓN MAPFRE, en el VIII Encuentro Iberoamericano de Medio Ambiente (EIMA8) Asistieron más de 500 representantes de empresas, administraciones públicas y entidades de la sociedad civil

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SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE Nº 124 Cuarto trimestre 201172

FUNDACIÓN MAPFRE

concedió el pasado 22 de

diciembre sus cuatro pre-

mios anuales 2011, que se

enmarcan en áreas de inte-

rés general para la sociedad

en las que trabaja la institu-

ción: A Toda una Vida Pro-

fesional, Desarrollo de la Trau-

matología Aplicada, Mejor

Actuación Medioambiental

y Superando Barreras.

La dotación global de los

cuatro premios, que se en-

tregarán durante el mes de

abril en un acto institucio-

nal, asciende a 120.000 eu-

ros. Los premiados en la con-

vocatoria 2011 son:

n Premio «A Toda una Vida

Profesional», en reconoci-

miento social a una perso-

na mayor de 70 años por una

fecunda vida profesional vin-

culada al mundo de la salud,

se acuerda conceder al Doc-

tor José María Segovia de

Arana, de nacionalidad es-

pañola, por su reconocida

trayectoria en el mundo de

la gestión, la formación mé-

dica y la investigación, lo que

ha contribuido a la moder-

nización y consolidación del

actual modelo de la sanidad

pública española.

Han sido muchas las actua-

ciones de las que ha sido par-

ticipe, entre las que desta-

can las siguientes: crear la

estructura hospitalaria en la

Clínica Puerta de Hierro de

Madrid (España) que fundó

en 1964 y de la que fue Di-

rector hasta 1992; introdu-

cir en los hospitales de Es-

paña la inmunología como

disciplina clínica y de in-

vestigación; colaborar en la

constitución de la Facultad

de Medicina de la Universi-

dad Autónoma de Madrid,

donde fue Decano; impul-

sar y establecer el sistema

M.I.R. (Médico Interno y Re-

sidente) para la formación

de los médicos españoles.

Además, participó en la cons-

titución del Fondo de In-

vestigaciones Sanitarias de

la Seguridad Social (FIS), una

de las fuentes de financia-

ción más importantes para

la investigación de la bio-

medicina española.

Es miembro de la Real Aca-

demia de Medicina de Es-

paña y de la Sociedad Espa-

ñola de Medicina Interna,

de la de Gastroenterología y

de Alergia.

El Doctor Segovia posee la

Encomienda con placa de la

Orden de Alfonso X el Sabio,

la Gran Cruz de la Orden Ci-

vil de Sanidad, la Encomienda

de la Orden de Isabel la Ca-

tólica y el Premio Nacional

Rey Jaime I a la Medicina.

n Premio «Desarrollo de la

Traumatología» destinado

al mejor trabajo relaciona-

do con la investigación tras-

lacional o clínica en cirugía

ortopédica y traumatología,

se concede al proyecto «Va-

loración de la posición del

cotilo en la pelvis median-

te sistema navegado. Estu-

dio anatómico», llevado a

cabo por Jaime Baselga Gar-

cía-Escudero.

Se trata de un estudio ex-

perimental y técnico, bien

planteado e innovador, con

proyección internacional,

realizado en colaboración

con una empresa alemana

de prestigio. Colocar una

prótesis de rodilla o de ca-

dera en la posición exacta

no es sencillo pues inter-

vienen muchas variables,

como son la posición del pa-

ciente en la mesa de opera-

ciones, la posición del pro-

pio cirujano, la inclinación

inicial para efectuar los cor-

tes, sin olvidar que al intro-

ducir y colocar los compo-

nentes de la prótesis se ha-

ce con variaciones de unos

casos a otros.

Desde hace años se efec-

túan algunas intervenciones

con un navegador, lo que

significa informatizar las imá-

genes del paciente (radio-

grafía y sobre todo el TAC)

de forma previa a la inter-

vención, y en función de esos

datos diseñar cuál sería la

posición ideal de la prótesis.

Una vez establecida, se pro-

cede a la cirugía marcando

unos puntos que servirán de

coordenadas, a partir de las

cuales se realizan los cortes

con instrumentales ade-

cuados que señalan en cada

momento la posición en la

que se encuentran.

El Doctor Jaime Baselga, en

el Hospital Ruber Interna-

cional, ha realizado nume-

rosos trabajos para determi-

nar la mayor exactitud y efec-

tividad y, con ello, mejorar

un sistema de navegación pa-

ra el implante de prótesis de

cadera y, también, de rodilla,

adquiriendo un reconoci-

miento como cirujano de ar-

troplastias articulares.

n Premio a la «Mejor Ac-

tuación Medioambiental»,

en reconocimiento a una ins-

Fallo de los premios anuales 2011 de FUNDACIÓN MAPFRE La Alianza Trinacional para la Conservación del Golfo de Honduras (TRIGOH), galardonada con la MejorActuación Medioambiental

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73Nº 124 Cuarto trimestre 2011 SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE

· C U R S O S · I N F O R M A C I Ó N · C O N V O C AT O R I A S · S E M I N A R I O S · J O R N A D A S

Foro Mundial 21 sobre agua, energía y desarrollo sostenible Lisboa acoge la décima edición del evento

La Sociedad de Geografía

de Lisboa acogió los pasa-

dos 24 y 25 de octubre la déci-

ma edición del Foro Mundial

21 sobre agua, energía y desa-

rrollo sostenible.

El objetivo principal de este

foro es reunir a instituciones,

empresas, medios, universi-

dad y sociedad civil en un es-

fuerzo conjunto para crear un

plan de acción para la sosteni-

bilidad, principalmente me-

diante la gestión responsable

del agua y la energía. En pala-

bras de Amalio de Marichalar,

Presidente del Foro Soria 21, el

evento persigue «generar las

mejores ideas y propuestas con-

cretas en temas tan trascen-

dentes como el agua, la ener-

gía y cómo se combinan ideas

innovadoras con un plan de

acción efectivo que se presen-

tará a la Cumbre de Río+ 20».

En su declaración final, el Fo-

ro Mundial Lisboa 21 destacó

la necesidad de un cambio de

paradigma, ya que el modelo

actual de desarrollo está ago-

tado y no es sostenible. Tam-

bién reconoce que es necesa-

rio un liderazgo claro que en la

actualidad está ausente, a ni-

vel mundial, regional y local.

Se propone crear organismos

independientes para supervi-

sar los recursos naturales en el

ámbito de las Naciones Uni-

das, como una Agencia para el

Agua o un Centro de Desarro-

llo Sostenible, con la posibili-

dad de que se implanten en la

península Ibérica al no existir

ninguna agencia de la ONU en

España y en Portugal.

Además, se reclama con «ur-

gencia» un cambio del para-

digma ambiental del mundo y

se aboga por el intercambio de

información «fidedigna y de li-

bre acceso» sobre el agua, la

energía y el desarrollo sosteni-

ble, así como el impulso de un

debate para encontrar posibles

soluciones a la crisis actual.

También se aconsejó cumplir

las metas futuras estipuladas

internacionalmente para los

principales indicadores de de-

sarrollo sostenible ya que, se-

gún los expertos, los objetivos

definidos para 2015 «están le-

jos de ser conseguidos».

Se reconoce que el desarro-

llo y la innovación tecnológica

son la garantía para buscar me-

jores formas de transformar la

energía.

Por último, se insistió en la

importancia de los medios de

comunicación en relación al

agua para promover una in-

formación «clara y neutra», ade-

más de resaltar su papel para

concienciar a la sociedad. Tam-

bién se apuesta por incorpo-

rar la Carta de la Tierra como

«documento para la educación

en un desarrollo sostenible».

titución que haya llevado a ca-

bo un proyecto o acción que

contribuya al desarrollo sos-

tenible de la sociedad, se ha

acordado conceder dicho pre-

mio a «Alianza Trinacional pa-

ra la Conservación del Golfo

de Honduras» (TRIGOH), aso-

ciación privada no lucrativa,

dedicada a la conservación de

la diversidad biológica y al me-

joramiento de la calidad de vi-

da de las comunidades loca-

les, a través de la protección y

el uso sostenible de los recur-

sos marino-costeros del golfo

de Honduras.

Los ecosistemas naturales

del golfo contribuyen, en su es-

tado actual de conservación, a

la economía regional y nacio-

nal de los tres países que lo con-

forman y, sobre todo, al soste-

nimiento de la economía fa-

miliar de decenas de miles de

habitantes de la región. A tra-

vés de su labor, la Alianza tra-

baja para garantizar la soste-

nibilidad social, económica y

ambiental de la pesca, el tu-

rismo y el desarrollo costero y

portuario de la zona del golfo.

n Premio «Superando Barre-

ras», destinado a premiar a la

persona o institución que más

haya contribuido a la supera-

ción de barreras para la inte-

gración de las personas con

discapacidad, se concede a la

Federación Española de Sor-

doceguera (FESOCE), de Bar-

celona, institución que fue cre-

ada en el año 2009 por la falta

de representación de las per-

sonas con sordoceguera y sus

familiares. El objetivo que per-

sigus esta institución es con-

seguir la mejora de la calidad

de vida de las personas con sor-

doceguera, así como de sus fa-

miliares y cuidadores.

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INFORMACIÓN

GENERAL

SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE Nº 123 Tercer trimestre 201174

NORMATIVA Y LEGISLACIÓN1

Referencia de legislación publicada - (BOE)

RESOLUCIÓN de 1 de septiembre

de 2011, de la Secretaría General

de Universidades, por la que se

publica el Acuerdo del Consejo de

Ministros de 22 de julio de 2011,

por el que se establece el carác-

ter oficial de determinados títu-

los de Máster y su inscripción en

el Registro de Universidades, Cen-

tros y Títulos.

(B.O.E. Nº 225 de 19.09.2011)

REAL DECRETO 1237/2011, de 8

de septiembre, por el que se es-

tablece la aplicación de exencio-

nes por razones de defensa, en

materia de registro, evaluación,

autorización y restricción de sus-

tancias y mezclas químicas, de

acuerdo con lo establecido en el

Reglamento (CE) n.º 1907/2006

del Parlamento Europeo y del

Consejo, de 18 de diciembre de

2006, y en materia de clasifica-

ción, etiquetado y envasado de

sustancias y mezclas, de acuer-

do con el Reglamento (CE) n.°

1272/2008 del Parlamento Euro-

peo y del Consejo, de 16 de di-

ciembre de 2008.

(B.O.E. Nº 234 de 28.09.2011)

RESOLUCIÓN de 1 de septiembre

de 2011, de la Universidad San Jor-

ge, por la que se publica el plan

de estudios del Máster en Pre-

vención de Riesgos Laborales.

(B.O.E. Nº 235 de 29.09.2011)

RESOLUCIÓN de 20 de septiem-

bre de 2011, de la Universidad de

las Illes Balears, por la que se pu-

blica el plan de estudios de Más-

comercializar y utilizar productos

fitosanitarios, a fin de incluir las

sustancias activas fosfuro de cinc,

fenbuconazol, quinmerac, pirida-

ben, metosulam, triflumurón, y se

modifica la inclusión de la sus-

tancia activa pirimifos-metil res-

pecto a la restricción de uso.

(B.O.E. Nº 258 de 26.10.2011)

ORDEN PRE/2872/2011, de 25 de

octubre, por la que se modifica el

Anexo I del Real Decreto 2163/1994,

de 4 de noviembre, por el que se

implanta el sistema armonizado

comunitario de autorización para

comercializar y utilizar productos

fitosanitarios, a fin de incluir las

sustancias activas 6-benciladeni-

na, miclobutanil, cicloxidim, hi-

mexazol, dodina, tau-fluvalinato,

fenoxicarb, cletodim, bupirimato

y dietofencarb.

(B.O.E. Nº 258 de 26.10.2011)

RESOLUCIÓN de 20 de julio de

2011, de la Universidad de Sevi-

lla, por la que se publica el plan

de estudios de Máster en Seguri-

dad Integral en la Industria y Pre-

vención de Riesgos Laborales.

(B.O.E. Nº 259 de 27.10.2011)

RESOLUCIÓN de 25 de octubre de

2011, de la Universidad de Mur-

cia, por la que se publica el plan

de estudios de Máster en Preven-

ción de Riesgos Laborales.

(B.O.E. Nº 269 de 08.11.2011)

REAL DECRETO 1622/2011, de 14

de noviembre, por el que se mo-

difica el Reglamento sobre cola-

ter en Salud Laboral (Prevención

de Riesgos Laborales).

(B.O.E. Nº 238 de 03.10.2011)

LEY 33/2011, de 4 de octubre, Ge-

neral de Salud Pública.

(B.O.E. Nº 240 de 05.10.2011)

RESOLUCIÓN de 1 de septiembre

de 2011, de la Universidad de Cór-

doba, por la que se publica el plan

de estudios de Máster en Preven-

ción de Riesgos Laborales.

(B.O.E. Nº 242 de 07.10.2011)

ORDEN ITC/2699/2011, de 4 de oc-

tubre, por la que se modifica la

instrucción técnica complemen-

taria 02.1.02 «Formación preven-

tiva para el desempeño del pues-

to de trabajo», del Reglamento Ge-

neral de Normas Básicas de

Seguridad Minera, aprobada por

la Orden ITC/1316/2008, de 7 de

mayo

(B.O.E. Nº 245 de 11.10.2011)

ORDEN ARM/2834/2011, de 18 de

octubre, por la que se modifica la

Orden del Ministerio de Agricul-

tura, Pesca y Alimentación de 4 de

agosto de 1993, por la que se es-

tablecen los requisitos para las

solicitudes de autorizaciones de

productos fitosanitarios.

(B.O.E. Nº 254 de 21.10.2011)

ORDEN PRE/2871/2011, de 25 de

octubre, por la que se modifica el

Anexo I del Real Decreto 2163/1994,

de 4 de noviembre, por el que se

implanta el sistema armonizado

comunitario de autorización para

Del 1 de septiembre al 30 de noviembre de 2011

boración de las mutuas de acci-

dentes de trabajo y enfermedades

profesionales de la Seguridad So-

cial, aprobado por el Real Decre-

to 1993/1995, de 7 de diciembre.

(B.O.E. Nº 277 de 17.11.2011)

REAL DECRETO 1630/2011, de 14

de noviembre, por el que se regu-

la la prestación de servicios sani-

tarios y de recuperación por las

mutuas de accidentes de trabajo

y enfermedades profesionales de

la Seguridad Social. 18321

(B.O.E. Nº 281 de 22.11.2011)

ORDEN PRE/3271/2011, de 25 de

noviembre, por la que se incluyen

las sustancias activas bifentrina,

acetato de (Z,E)-tetradeca-9,12-

dienilo, fenoxicarb y ácido nona-

noico en el anexo I del Real De-

creto 1054/2002, de 11 de octubre,

por el que se regula el proceso de

evaluación para el registro, auto-

rización y comercialización de bio-

cidas y por la que se incluye la sus-

tancia activa acetato de (Z,E)-te-

tradeca-9,12-dienilo en el anexo

IA del citado Real Decreto.

(B.O.E. Nº 288 de 30.11.2011)

Regulación de laprestación de servicios

sanitarios y derecuperación por las

mutuas de accidentes detrabajo y enfermedades

profesionales de laSeguridad Social

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75Nº 123 Tercer trimestre 2011 SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE

DIRECTIVA 2011/75/UE DE LA CO-

MISIÓN de 2 de septiembre de 2011

por la que se modifica la Directi-

va 96/98/CE del Consejo sobre

equipos marinos.

(D.O.C.E. Nº L 239/1 de 15.09.2011)

DIRECTIVA 2011/79/UE DE LA CO-

MISIÓN de 20 de septiembre de

2011 por la que se modifica la Di-

rectiva 98/8/CE del Parlamento

Europeo y del Consejo de forma

que incluya el fipronil como sus-

tancia activa en su anexo I.

(D.O.C.E. Nº L 243/10 de 21.09.2011)

DIRECTIVA 2011/80/UE DE LA CO-

MISIÓN de 20 de septiembre de

2011 por la que se modifica la Di-

rectiva 98/8/CE del Parlamento

Europeo y del Consejo de forma

que incluya la lambda-cihalotri-

na como sustancia activa en su

anexo I.

(D.O.C.E. Nº L 243/13 de 21.09.2011)

DIRECTIVA 2011/81/UE DE LA CO-

MISIÓN de 20 de septiembre de

2011 por la que se modifica la Di-

rectiva 98/8/CE del Parlamento

Europeo y del Consejo de forma

que incluya la deltametrina como

sustancia activa en su anexo I.

(D.O.C.E. Nº L 243/16 de 21.09.2011)

DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 18

de agosto de 2011 por la que se

modifica la Decisión 2007/589/CE

en relación con la inclusión de di-

rectrices para el seguimiento y la

notificación de las emisiones de

gases de efecto invernadero de-

rivadas de nuevas actividades y

gases.

(D.O.C.E. Nº L 244/1 de 21.09.2011)

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE)

Nº 942/2011 DE LA COMISIÓN de

22 de septiembre de 2011 por el

que se establece la no aprobación

de la sustancia activa flufenoxu-

rón, de conformidad con el Re-

glamento (CE) nº 1107/2009 del

Parlamento Europeo y del Conse-

jo, relativo a la comercialización

de productos fitosanitarios, y se

modifica la Decisión 2008/934/CE

de la Comisión.

(D.O.C.E. Nº L 246/13 de 23.09.2011)

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE)

Nº 943/2011 DE LA COMISIÓN de

22 de septiembre de 2011 por el

que se establece la no aprobación

de la sustancia activa propargita,

de conformidad con el Reglamento

(CE) nº 1107/2009 del Parlamen-

to Europeo y del Consejo, relativo

a la comercialización de produc-

tos fitosanitarios, y se modifica la

Decisión 2008/934/CE.

(D.O.C.E. Nº L 246/16 de 23.09.2011)

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE)

Nº 974/2011 DE LA COMISIÓN de

29 de eptiembre de 2011 por el que

se aprueba la sustancia activa acri-

natrina con arreglo al Reglamen-

to (CE) nº 1107/2009 del Parlamento

Europeo y del Consejo, relativo a

la comercialización de productos

fitosanitarios, y se modifican el ane-

xo del Reglamento de Ejecución

(UE) nº 540/2011 de la Comisión y

la Decisión 2008/934/CE de la Co-

misión.

(D.O.C.E. Nº L 255/1 de 01.10.2011)

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE)

Nº 993/2011 DE LA COMISIÓN de

6 de octubre de 2011 por el que se

Diario Oficial de la Comunidad - (DOCE)Del 1 de septiembre al 30 de noviembre de 2011

Decisión de la Comisión Europea en relación con lainclusión de directrices para el seguimiento y lanotificación de las emisiones de gases de efecto

invernadero derivadas de nuevas actividades y gases

aprueba la sustancia activa 8-hi-

droxiquinoleína, de conformidad

con el Reglamento (CE) nº

1107/2009 del Parlamento Euro-

peo y del Consejo, relativo a la co-

mercialización de productos fito-

sanitarios, y se modifica el anexo

del Reglamento de Ejecución (UE)

nº 540/2011.

(D.O.C.E. Nº L 263/1 de 07.10.2011)

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA

COMISIÓN de 11 de octubre de

2011 por la que se permite a los

Estados miembros ampliar las au-

torizaciones provisionales conce-

didas a las nuevas sustancias ac-

tivas benalaxilo-M, gamma-ciha-

lotrina y valifenalato.

(D.O.C.E. Nº L 267/19 de 12.10.2011)

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN(UE)

Nº 1022/2011 DE LA COMISIÓN de

14 de octubre de 2011 relativo a la

no renovación de la aprobación de

la sustancia activa ciclanilida con

arreglo a lo dispuesto en el Re-

glamento (CE) nº 1107/2009 del

Parlamento Europeo y del Conse-

jo, relativo a la comercialización

de productos fitosanitarios, y por

el que se modifica el Reglamento

de Ejecución (UE) nº 540/2011 de

la Comisión.

(D.O.C.E. Nº L 270/20 de 15.10.2011)

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN

(UE) Nº 1045/2011 DE LA COMI-

SIÓN de 19 de octubre de 2011 por

el que se establece la no aproba-

ción de la sustancia activa asu-

lam, de conformidad con el Re-

glamento (CE) nº 1107/2009 del

Parlamento Europeo y del Con-

sejo, relativo a la comercializa-

ción de productos fitosanitarios,

y se modifica la Decisión 2008/

934/CE de la Comisión.

(D.O.C.E. Nº L 275/23 de 20.10.2011)

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN(UE)

Nº 1078/2011 DE LA COMISIÓN de

25 de octubre de 2011 por el que

se establece la no aprobación de

la sustancia activa propanilo, de

conformidad con el Reglamento

(CE) nº 1107/2009 del Parlamen-

to Europeo y del Consejo, relativo

a la comercialización de produc-

tos fitosanitarios.

(D.O.C.E. Nº L 279/1 de 26.10.2011)

POSICIÓN (UE) Nº 11/2011 DEL

CONSEJO EN PRIMERA LECTU-

RA con vistas a la adopción de un

Reglamento del Parlamento Eu-

ropeo y del Consejo relativo a la

comercialización y el uso de los

biocidas.

(D.O.C.E. Nº C 320 E/1 de

01.11.2011)

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN

(UE) Nº 1127/2011 DE LA COMI-

SIÓN de 7 de noviembre de 2011

relativo a la no aprobación de la

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INFORMACIÓN

GENERAL

SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE Nº 123 Tercer trimestre 201176

SEGURIDAD

l UNE-EN 61243-3:2011. Traba-

jos en tensión. Detectores de

tensión. Parte 3: Tipo bipolar

para baja tensión.

l UNE-EN 62271-206:2011. Apa-

ramenta de alta tensión. Parte

206: Sistemas indicadores de

presencia de tensión para ten-

siones asignadas superiores a

1 kV y hasta 52 kV inclusive.

l prEN 14564:2011. Tanks for

transport of dangerous goods

- Terminology.

l prEN ISO 13856-1:2011. Safety

of machinery - Pressure-sen-

sitive protective devices - Part

1: General principles for design

and testing of pressure-sensi-

tive mats and pressure-sensi-

tive floors (ISO/DIS 13856-1:2011.

l ISO 16602 DAM 1:2011. Protec-

tive clothing for protection against

chemicals - Classification, la-

belling and performance re-

quirements; Amendment.

l ISO/DIS 20471:2011. High-visi-

bility warning clothing for pro-

fessional use - Test methods

and requirement.

HIGIENE INDUSTRIAL

l UNE-EN 62479:2011. Evalua-

ción de la conformidad de los

equipos eléctricos y electróni-

cos de baja potencia con las res-

tricciones básicas relativa a la

exposición humana a los cam-

pos electromagnéticos (10 MHz

- 300 GHz).

l ISO/DIS 1999:2011. Acoustics -

Estimation of noise-induced he-

aring loss.

l ISO 16900-4:2011. Respiratory

protective devices - Methods of

test and test equipment - Part

4: Determination of gas filter

capacity and migration, de-

sorption and carbon monoxide

dynamic testing.

l ISO/TS 16976-3:2011. Respira-

tory protective devices - Human

factors - Part 3: Physiological

responses and limitations of

oxygen and limitations of car-

bon dioxide in the breathing en-

vironment.

l ISO/FDIS 17874-3:2011. Re-

mote handling devices for ra-

dioactive materials - Part 3:

Electrical master-slave mani-

pulator.

ERGONOMÍA

l ISO 16121-2:2011. Road vehi-

cles - Ergonomic requirements

for the driver's workplace in li-

ne-service buses - Part 2: Visi-

bility.

l ISO 16121-3:2011. Road vehi-

cles - Ergonomic requirements

for the driver's workplace in li-

ne-service buses - Part 3: In-

formation devices and control.

l ISO 16121-4:2011. Road vehi-

cles - Ergonomic requirements

for the driver's workplace in li-

ne-service buses - Part 4: Ca-

bin environment.

l ISO 26800:2011. Ergonomics -

General approach, principles

and concept.

MEDIO AMBIENTE

l UNE-EN ISO 5667-13:2011. Ca-

lidad del agua. Muestreo. Par-

te 13: Guía para el muestreo de

lodos (ISO 5667-13:2011).

l UNE-EN ISO 5667-23:2011. Ca-

lidad del agua. Muestreo. Par-

te 23: Guía para el muestreo pa-

sivo en aguas superficiales (ISO

5667-23:2011).

l UNE-EN ISO 14006:2011. Sis-

temas de gestión ambiental.

Directrices para la incorpora-

ción del ecodiseño (ISO 14006:

2011).

l UNE-EN ISO 25139:2011. Emi-

siones de fuentes estacionarias.

Método manual para la deter-

minación de la concentración

de metano por cromatografía

de gases (ISO 25139:2011).

l UNE-ISO 50001:2011. Sistemas

de gestión de la energía. Re-

quisitos con orientación para

su uso.

l UNE 77413:2011. Ecotoxicolo-

gía. Propiedades físico-quími-

cas. Caracterización de sus-

tancias químicas a partir de la

determinación de su presión

de vapor.

INCENDIOS

l UNE-EN 54-1:2011. Sistemas

de detección y alarma de in-

cendios. Parte 1: Introducción.

lUNE-EN 54-23:2011. Sistemas

de detección y alarma de in-

cendios. Parte 23 : Dispositivos

de alarma de incendios. Dispo-

sitivos de alarma visual (VAD).

l UNE-EN 1147:2011. Escalas

portátiles para uso en el servi-

cio contra incendios.

l UNE-EN ISO 1182:2011. Ensa-

yos de reacción al fuego de pro-

ductos. Ensayo de no combus-

tibilidad (ISO 1182:2010).

l UNE-EN ISO 1716:2011. Ensa-

yos de reacción al fuego de pro-

ductos. Determinación del ca-

lor bruto de combustión (valor

calorífico) (ISO 1716:2010).

l UNE-EN 1846-1:2011. Vehícu-

los contra incendios y de servi-

cios auxiliares. Parte 1: No-

menclatura y designación.

Normas EA, UNE, CEI editadasDel 1 de septiembre al 30 de octubre de 2011 Con la colaboración de

sustancia activa ácido 2-naftilo-

xiacético, de conformidad con el

Reglamento (CE) nº 1107/2009

del Parlamento Europeo y del

Consejo, relativo a la comercia-

lización de productos fitosanita-

rios en el mercado.

(D.O.C.E. Nº L 289/26 de 08.11.2011)

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE)

Nº 1134/2011 DE LA COMISIÓN de

9 de noviembre de 2011 relativo a

la no renovación de la aprobación

de la sustancia activa cinidón-eti-

lo con arreglo a lo dispuesto en el

Reglamento (CE) nº 1107/2009 del

Parlamento Europeo y del Conse-

jo, relativo a la comercialización

de productos fitosanitarios, y por

el que se modifica el Reglamento

de Ejecución (UE) nº 540/2011.

(D.O.C.E. Nº L 292/1 de 10.11.2011)

RECOMENDACIÓN DE LA COMI-

SIÓN de 8 de septiembre de 2011

relativa al apoyo de un servicio

eCall a escala de la UE en las re-

des de comunicación electrónica

para la transmisión de llamadas

de urgencia desde un vehículo, ba-

sado en el número 112

(«llamada eCall»).

(D.O.C.E. Nº L 303/46 de 22.11.2011)

UNE-ISO 50001:2011sobre sistemas de

gestión de la energíay requisitos con

orientación para su uso

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INFORMACIÓN

GENERAL

SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE Nº 124 Cuarto trimestre 201178

AGENDA2CONGRESO/SIMPOSIO FECHAS LUGAR INFORMACIÓN

Prevención de riesgos profesionales y medio ambiente

Del 31 de enero al 2de febrero de 2012

Del 9 al 10 defebrero de 2012

Del 6 al 7 de marzode 2012

Del 28 de febrero al2 de marzo de 2012

Del 14 al 16 demarzo de 2012

Del 18 al 23 demarzo de 2012

Del 28 al 30 demarzo de 2012

Del 17 al 18 de abrilde 2012

Del 25 al 27 de abrilde 2012

Del 16 al 18 de mayode 2012

Del 23 al 25 de mayode 2012

Del 26 al 28 de juniode 2012

Del 26 al 27 de enerode 2012

Del 1 al 3 de febrerode 2012

Del 2 al 5 de febrerode 2012

Del 14 al 16 defebrero de 2012

Del 21 al 25 defebrero de 2012

Del 28 de febrero al3 de marzo de 2012

Del 29 de febrero al2 de marzo de 2012

Del 29 de febrero al2 de marzo de 2012

Del 29 de febrero al2 de marzo de 2012

Del 6 al 9 de marzode 2012

Del 18 al 20 de abrilde 2012

Burdeos (Francia)

Guimarães(Portugal)

Manchester (Reino Unido)

Madrid (España)

Nueva York(Estados Unidos)

Cancún (México)

Las Vegas(Estados Unidos)

Ourense (España)

Bilbao (España)

Granada (España)

Bilbao (España)

Helsinki(Finlandia)

Miami (Estados Unidos)

Las Vegas(Estados Unidos)

Verona (Italia)

Gante (Bélgica)

Berlín (Alemania)

Bucarest(Rumanía)

Tokio (Japón)

Valencia (España)

Valencia(España)

Zaragoza (España)

Jaén (España)

http://www.preventica.com/

web: www.sposho.pt/sho2012

http://www.ioshconference.co.uk

web: www.sicur.ifema.es

web: www.istss.se

http://www.icohcongress2012cancun.org

web: www.iscwest.com

web: www.expourense.org

web: www.seslapbilbao2012.es

http://www.ugr.es/~safetygranada2012/safetygranada2012/Inicio.html

web: www.orpconference.org

http://www.euroshnet-conference.eu

web: www.miagreen.com

http://www.solarpowergenerationusa.com/

web: www.bioenergyweb.it

web: www.ifest.be

web: www.solarenergy-berlin.de/

web: www.romenvirotec.ro

http://www.fcexpo.jp/en/

web: www.egetica-expoenergetica.com

web: www.novabuild.es/

http://www.feriazaragoza.es/smagua_IN.aspx

web: www.bioptima.es

Seguridad

Preventica Bordeaux 2012

SHO2012. International Symposium onOccupational Safety and Hygiene

IOSH 2012

SICUR 2012

5th International Symposium on TunnelSafety and Security ISTSS 2012

30º Congreso Internacional sobre SaludOcupacional

ISC West 2012: Feria Internacional deSeguridad

PREVISEL 2012: Salón de la Prevencióny la Seguridad Laboral

XIX Congreso Seslap. El Futuro de laMedicina del Trabajo y de la SaludLaboral en juego

Safetygranada 2012

ORP 2012

4ª Conferencia EUROSHNET sobreSeguridad de los Productos

Medio Ambiente

MiaGreen 2012: Convención Verde delas Américas

Solar Power Generation 2012

BIOENERGY EXPO 2012

IFEST 2012 Gante Salón EnergíaSostenible

Solar Energy 2012

Romanvirotec 2012

FC Expo 2012 Tokyo: Feria Internacionalde Hidrógeno y Célula de Combustible2012

Egetica-Expoenergetica 2012: Feria delas Energías

Novabuild 2012: Feria deEcoconstrucción, Rehabilitación yUrbanismo Sostenible

SMAGUA 2012: Feria Internacional delAgua y Medio Ambiente

Feria Bióptima Jaén 2012: ForoBiomasa y Servicios Energéticos