sedesol manual ciudadano

Upload: vic

Post on 16-Oct-2015

38 views

Category:

Documents


1 download

TRANSCRIPT

  • 5/26/2018 Sedesol Manual Ciudadano

    1/276

    Manual Ciudadano 2010

    Sedesol a los ojos de todos

  • 5/26/2018 Sedesol Manual Ciudadano

    2/276

  • 5/26/2018 Sedesol Manual Ciudadano

    3/276

    Manual Ciudadano 2010

    Sedesol a los ojos de todos

  • 5/26/2018 Sedesol Manual Ciudadano

    4/276

    Heriberto Flix GuerraSecretario de Desarrollo Social

    Luis Meja Guzmn

    Subsecretario de Desarrollo Social y Humano

    Sara Topelson de GrinbergSubsecretaria de Desarrollo Urbano y Ordenacin del Territorio

    Gustavo Adolfo Merino JurezSubsecretario de Prospectiva, Planeacin y Evaluacin

    Germn de la Garza EstradaOficial Mayor

    Miguel Novoa Gmez

    Abogado General y Comisionado para la Transparencia

    Unidad de Comunicacin Social

    2010

    Manual Ciudadano 2010: Sedesol a los ojos de todos

    Secretara de Desarrollo SocialPaseo de la Reforma 116,Col. Jurez, Del. Cuauhtmoc,CP 06600, Mxico, DF

    Impreso en Mxico / Printed in Mexico

    Se autoriza la reproduccin del material contenido en esta obra citando la fuente.

    Este programa es pblico, ajeno a cualquier partido poltico.Queda prohibido el uso para f ines distintos al desarrollo social.

  • 5/26/2018 Sedesol Manual Ciudadano

    5/276

    ndice

    Presentacin

    Presidencia de la Repblica 6

    Secretara de Desarrollo Social 7

    Qu es la Sedesol? 9

    La participacin ciudadana

    IFE 10

    Propaganda gubernamental

    IFE 17

    Ley Federal de Transparencia y Acceso

    a la Informacin Pblica Gubernamental

    IFAI 21

    Los delitos electorales

    FEPADE 31

    Contralora Social y atencin ciudadana en los programas socialesSFP 35

    Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas

    por Organizaciones de la Sociedad Civil 43

    Ley General de Desarrollo Social 46

    Programas y acciones de la Secretara de Desarrollo Social 48

  • 5/26/2018 Sedesol Manual Ciudadano

    6/276

    CAPACIDADES

    Programa de Desarrollo Humano Oportunidades 50

    Programa de Apoyo Alimentario 69

    Programa de Abasto Social de Leche a cargo de Liconsa 78

    Programa de Abasto Rural a cargo de Diconsa, S.A. de C.V. 86

    PATRIMONIO

    Programa de Ahorro y Subsidio para la Vivienda Tu Casa 95

    Programa Vivienda Rural 107

    Regularizacin de la Tenencia de la Tierra 116

    DESARROLLO TERRITORIAL

    Programa Hbitat 122

    Programa de Rescate de Espacios Pblicos 134

    Programa de Apoyo a los Avecindados en Condiciones de PobrezaPatrimonial para Regularizar Asentamientos Humanos Irregulares 144

    Programa para el Desarrollo de Zonas Prioritarias 151

  • 5/26/2018 Sedesol Manual Ciudadano

    7/276

    INCLUSIN Y PROTECCIN SOCIAL

    Programa de Atencin a Jornaleros Agrcolas 159

    Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres en las EntidadesFederativas, para Implementar y Ejecutar Programas de Prevencin

    de la Violencia contra las Mujeres (PAIMEF) 169

    Programa de Coinversin Social 177

    Instituto Nacionald de las Personas Adultas Mayores (Inapam) 189

    Programa 70 y ms 203

    GENERACIN DE OPORTUNIDADES DE INGRESO

    Programa de Opciones Productivas 212

    Programa de Empleo Temporal 228

    Fondo Nacional para el Fomento de las Artesanas 236

    Programa 3x1 para Migrantes 246

    Programa de Estancias Infantiles para Apoyar a Madres Trabajadoras 253

    Directorio 269

  • 5/26/2018 Sedesol Manual Ciudadano

    8/276

    6 Sedesol a los ojos de todos

    Presentacin

    Desde el arranque de esta administracin asumimos el reto de actuar con la ms absoluta

    nitidez en la gestin de las polticas y los recursos pblicos. Tenemos un compromiso irrenun-

    ciable con la transparencia y la rendicin de cuentas.

    Hemos cumplido puntualmente esa responsabilidad al sujetar el quehacer gubernamental al

    escrutinio del Congreso de la Unin y de la sociedad en su conjunto. Hoy, existe una estrecha

    fiscalizacin sobre el desempeo de cada una de las dependencias y programas del Ejecutivo

    Federal.

    Este Manual Ciudadano 2010: Sedesol a los ojos de todoscontiene una gua detallada de la

    operacin de los programas a cargo de la Secretara de Desarrollo Social (Sedesol) y de sus

    organismos sectorizados, y constituye una prueba de nuestra determinacin de seguir avan-

    zando con la ms amplia participacin social.

    En democracia, la transparencia y la rendicin de cuentas son la tica de la funcin pbli-

    ca. Todos tenemos la responsabilidad de cuidar y sacar el mximo provecho de los recursosdestinados a mejorar la calidad de vida de las familias que ms lo necesitan en el pas. Slo

    as lograremos resultados ms efectivos en el combate a la pobreza y la desigualdad, y nos

    pondremos en la ruta correcta para hacer de Mxico una nacin donde todos podamos VivirMejor.

    Felipe Caldern HinojosaPresidente de los Estados Unidos Mexicanos

  • 5/26/2018 Sedesol Manual Ciudadano

    9/276

    Manual Ciudadano 20107

    En el marco de la Estrategia Vivir Mejor, la Secretara de Desarrollo Social (Sedesol) tienecomo principal compromiso el fortalecimiento del tejido social a travs de acciones que pro-

    muevan el mejoramiento integral de las condiciones de vida de los mexicanos que ms lo

    necesitan.

    En este contexto, la transparencia en la operacin de los programas y la difusin de las tareas

    que realiza la Secretara son prioritarias para el adecuado cumplimiento de las metas y objeti-

    vos en materia de desarrollo social y humano.

    As, el Manual Ciudadano 2010: Sedesol a los ojos de todosconstituye el instrumento nece-

    sario para que ms mexicanos conozcan los programas sociales, los hagan suyos, y participen

    de forma corresponsable en las polticas pblicas con objeto de ampliar sus oportunidades de

    superacin personal y comunitaria.

    Este Manual Ciudadanoes una herramienta que garantiza los principios de legalidad y trans-

    parencia en el diseo, implementacin y supervisin de la poltica social del Gobierno Federal,con el fin ltimo de mejorar las condiciones de vida y hacer de Mxico un pas ms justo, ms

    equitativo y ms democrtico.

    Heriberto Flix GuerraSecretario de Desarrollo Social

  • 5/26/2018 Sedesol Manual Ciudadano

    10/276

    8 Sedesol a los ojos de todos

  • 5/26/2018 Sedesol Manual Ciudadano

    11/276

    Manual Ciudadano 20109

    Qu es la Sedesol?

    La Secretara de Desarrollo Social (Sedesol) es la dependencia encargada de formular y coordinar

    la poltica social del Gobierno Federal. Los objetivos centrales de su quehacer estn definidos en

    la Estrategia Vivir Mejor, instrumento rector de la poltica social del presidente Felipe Caldern.

    Vivir Mejorse inserta en el marco normativo que regula la poltica social y orienta las polticaspblicas hacia la consecucin de tres objetivos fundamentales: continuar desarrollando las capa-

    cidades de los mexicanos en materia de salud, educacin y alimentacin; brindar una Red de Pro-

    teccin Social a los sectores ms vulnerables de la poblacin; y fortalecer la coordinacin entre la

    poltica social y la poltica econmica con objeto de brindar a todos y cada uno de los mexicanos

    una fuente sustentable de ingresos.

    La poltica social plasmada en la Estrategia Vivir Mejorse propone abonar a la construc-cin del pas al que aspiramos para el 2030: un Mxico con igualdad de oportunidades para

    todos, donde cada mexicano pueda ejercer plenamente sus derechos sociales y la margina-

    cin se haya erradicado; un pas con mayor equidad entre sus regiones, donde la poblacin

    reciba educacin de calidad que facilite su insercin al mercado de trabajo; con cobertura

    universal de los servicios de salud y niveles de mortalidad materna e infantil equiparables a los

    pases ms desarrollados; y con mayor igualdad entre hombres y mujeres.Vivir Mejores ms que un conjunto de acciones y polticas pblicas. Vivir Mejorresu-

    me la legtima aspiracin de todos los mexicanos sociedad civil, gobierno, partidos polticos,

    legisladores, jueces, trabajadores, empresarios, campesinos, maestros, jefes y jefas de familia

    y jvenes de avanzar hacia la construccin de un pas ms justo e incluyente. Generar las

    condiciones para que esto suceda es el compromiso y la tarea de la Sedesol.

  • 5/26/2018 Sedesol Manual Ciudadano

    12/276

    10 Sedesol a los ojos de todos

    La participacin ciudadanaInstituto Federal Electoral (IFE)

    La mayora de los mexicanos creemos que la democracia es preferible a otros tipos de gobier-

    no. Sin embargo, esto no quiere decir que estemos satisfechos con la forma en que funcionan

    nuestras instituciones democrticas: queremos que disminuya la pobreza, la corrupcin y la

    inseguridad; queremos que aumenten las oportunidades de empleo y que mejore la calidad

    de los servicios pblicos. En suma, queremos gobiernos ms responsables y eficientes. Para

    lograr esto son indispensables el inters y la participacin de los ciudadanos en la vida poltica.

    Paradjicamente, muchos mexicanos que se quejan del funcionamiento de las instituciones

    democrticas rechazan participar en los asuntos pblicos, con lo cual se hace ms difcil me-

    jorar la calidad de nuestra democracia.

    La participacin poltica parte de acciones muy sencillas que requieren del esfuerzo de los

    ciudadanos, pero que son alcanzables; pequeas seales con las cuales podemos comunicar

    que pertenecemos a una comunidad y que nos interesamos por la creacin, el mantenimien-

    to o la transformacin de las reglas que nos permiten convivir y elegir gobiernos. Es posible

    comenzar por realizar acciones como discutir con otros sobre soluciones a los problemas p-

    blicos que nos afectan directamente, escribir cartas a los peridicos, estar presentes en las

    reuniones vecinales, acudir a votar en las elecciones y tantos otros esfuerzos limitados que notienen que interrumpir nuestra labor diaria.1

    DEMOCRACIA

    Aunque son diversas las interpretaciones y definiciones de la democracia, la mayora incluye

    las dimensiones que se muestran en lo que puede llamarse la pirmide democrtica.2

    1Salvador Giner y Victoria Camps, Manual de Civismo, Barcelona, Ariel, 1998, y Jorge Domnguez, Coloquio para la presen-tacin de la Encuesta Nacional de Cultura Poltica y Prcticas Ciudadanas, 2001.

    2David Beetham, (ed.), Defining and Measuring Democracy, Londres, Sage, 1994, pg. 20-30.

    Sociedad

    democrtica

    Elecciones

    libres

    Derechos

    civiles

    y polticos

    Transparencia

    Y rendicin de

    cuentas del gobierno

    PIRMIDE DEMOCRTICA

  • 5/26/2018 Sedesol Manual Ciudadano

    13/276

    Manual Ciudadano 201011

    Estas cuatro dimensiones de la democracia se pueden resumir as:

    1. Elecciones libres e imparciales. Las elecciones permiten la participacin de todos losciudadanos en el ejercicio del poder pblico. Es decir que quienes toman las decisiones

    poltico-administrativas gubernamentales son elegidos en elecciones frecuentes conduci-

    das en forma imparcial y equitativa.

    2. Transparencia y rendicin de cuentas. El gobierno debe explicar y justificar sus acciones

    ante los ciudadanos y ante los otros poderes del Estado.

    3. Derechos civiles y polticos. Los ciudadanos tienen derecho a (y deben poder en la prc-

    tica) expresarse libremente sobre asuntos polticos y organizarse para defender sus intere-

    ses sin riesgo de ser castigados; votar y ser votados; ser juzgados en un proceso legal, entre

    otras garantas bsicas.

    4. Sociedad democrtica. Se refiere a la fortaleza de la sociedad civil (organizaciones ciudada-nas autnomas que representan los intereses de los ciudadanos que las integran); el inters,

    informacin y participacin de la ciudadana en los asuntos pblicos; los valores, prcticas y

    actitudes de la poblacin respecto a la democracia (cultura poltica democrtica).

    La participacin ciudadana se lleva a cabo en las cuatro dimensiones de la democracia, ya

    que todas son igualmente importantes e interdependientes. Hecha esta aclaracin, vamos a

    profundizar un poco en el primer punto: las elecciones democrticas.

    LAS ELECCIONES DEMOCRTICAS

    Al acudir a las urnas, el ciudadano ejerce el poder de elegir a sus gobernantes y de cambiarlos

    si es que no est satisfecho con su desempeo. Esto es importante porque de su eleccin

    depende el rumbo que tomar el pas y las acciones concretas que se llevarn a cabo en su

    comunidad, las cuales influyen en la calidad de vida de las comunidades, las familias y los

    individuos.

    Las elecciones democrticas permiten a una comunidad dirimir la lucha por el poder y

    decidir entre diferentes opciones de gobierno de manera pacfica, mediante un procedimiento

    abierto, incluyente y equitativo. Abierto, porque los contendientes deben dar a conocer suspropuestas y estn sujetos al escrutinio de la opinin pblica; incluyente, porque permite que

    participen todos los ciudadanos, los cuales deben tener garantizada su libertad de eleccin; y

    equitativo, porque se deben conducir de manera imparcial, sin que las autoridades favorezcan

    a un grupo en particular y porque la distribucin de recursos entre los contendientes debe

    permitir una competencia efectiva.

    Las elecciones democrticas tambin constituyen una fuente de legitimacin de las au-

    toridades pblicas, y por otra parte, al llevarse a cabo de forma peridica, crean incentivos

    para que las autoridades ejerzan el poder con responsabilidad y tomen en cuenta la opinin

    y demandas de sus electores. De no responder tales demandas, el electorado puede retirarlessu apoyo.

  • 5/26/2018 Sedesol Manual Ciudadano

    14/276

    12 Sedesol a los ojos de todos

    El voto es un derecho poltico fundamental en una democracia; si no es condicin sufi-

    ciente, s es necesaria para que un rgimen pueda llamarse democrtico. Al ser el voto instru-

    mento que permite el ejercicio de la soberana mediante la renovacin y legitimacin de lasautoridades polticas, tambin brinda a los ciudadanos la oportunidad de llamar la atencin

    sobre sus necesidades e intereses generales, as como para demandar que las autoridades

    polticas lleven a cabo acciones que las satisfagan.3

    Votar es decidir qu personas tomarn las decisiones fundamentales que nos afectan

    como individuos y como comunidad, tal es el caso de:

    Las obras y proyectos del gobierno.

    Los servicios pblicos como agua, drenaje, vas de comunicacin, etc.

    Las polticas sociales como salud, empleo, educacin, seguridad pblica, vivienda, etc.

    El fomento a las actividades econmicas: al campo, la agricultura, los servicios, la industria, etc.

    Lo que se va a hacer con el dinero que aportamos al Estado por medio de los impuestos

    que pagamos.

    Las leyes que regulan la convivencia social.

    El ejercicio del voto permite al ciudadano:

    Ejercer su derecho y su libertad para decidir.

    Ejercer su poder para influir en las decisiones del gobierno a travs de sus representantes,

    por ejemplo, en cmo se gastar el dinero que aporta al Estado por medio de los impuestosque paga.

    Ayudar a fortalecer un rgimen democrtico que respete la libertad y tome en cuenta los

    intereses de todos y todas.

    Contribuir en el mantenimiento de la convivencia pacfica en nuestro pas.

    Elegir a los representantes con las propuestas que ms convienen al ciudadano mismo, a

    su familia y a su comunidad.

    Exigir cuentas a los gobernantes.

    Adems, por medio del voto, el ciudadano puede castigar o premiar a las autoridades ya los partidos polticos, de acuerdo con su desempeo en el poder. De esta manera, quienes

    ocupan un cargo pblico se deben preocupar por desempearse con responsabilidad y eficien-

    cia, actuando en bien de la ciudadana.

    As, en el largo plazo, la democracia puede contribuir a resolver algunos problemas relacio-

    nados con la calidad de vida de la mayora de la poblacin, siempre y cuando los ciudadanos

    ejerzan este derecho conscientes de su utilidad como:

    3De acuerdo con Amartya Sen, los gobernantes tienen incentivos para escuchar lo que quieren los individuos si tienen quehacer frente a sus crticas y buscar su apoyo en las elecciones. ( Desarrollo y libertad, Mxico, Planeta, 1999, pg. 190-91).

  • 5/26/2018 Sedesol Manual Ciudadano

    15/276

    Manual Ciudadano 201013

    Medio para canalizar demandas ciudadanas hacia las instituciones estatales.

    Medio de control de los gobernados sobre los gobernantes.

    Instrumento para la rendicin de cuentas de los gobiernos.

    Sin embargo, para que el ejercicio del derecho a votar cumpla con las funciones arriba

    descritas, es necesario que se lleve a cabo de manera libre, razonada y responsable. Lo ante-

    rior significa que este ejercicio satisfaga una serie de requisitos derivados de los principios del

    derecho electoral democrtico y del ejercicio de la razn pblica.

    De acuerdo con los principios del derecho electoral, el voto debe ser:

    Universal . Todo ciudadano tiene el derecho de elegir y de ser elegido, independientemen-

    te de sexo, raza, lengua, ingresos o propiedad, profesin, clase social, educacin, religin,

    capacidad impositiva o conviccin poltica.

    Libre . El acto de la emisin del voto debe ser ejercido sin coercin y sin presin ilcita.

    Secreto . El carcter secreto del voto garantiza la libre expresin de la voluntad del elector

    e impide que ste sea presionado para asignar su voto.

    Directo, personal e intransferible . Cada ciudadano, con su credencial de elector, vota por

    s mismo y sin intermediarios en la casilla asignada. En el caso de las personas discapaci-

    tadas o invidentes se hacen excepciones, ya que pueden ir acompaadas por una persona

    de su confianza para que marque la boleta donde ellas les indiquen.

    EL VOTO Y EL EJERCICIO DE LA RAZN PBLICA

    Un voto razonado y responsable es aquel que resulta del ejercicio de la razn pblica, es decir,

    un voto que el ciudadano decide libremente con base en una discusin informada y tolerante

    de los problemas colectivos y con plena conciencia de la forma en que el ejercicio de este

    derecho influye en la toma de decisiones polticas.

    Emitir un voto razonado y responsable comprende cuando menos cuatro pasos:

    1. Informarse. El primer paso para emitir un voto razonado consiste en informarse sobre laspropuestas de los partidos polticos y sus candidatos. Esta informacin se puede obtener

    a travs de diversas fuentes, como medios de comunicacin (radio, televisin, internet,

    prensa), acudiendo directamente a las oficinas de los partidos polticos, asistiendo a even-

    tos pblicos, intercambiando opiniones con otras personas, etc.

    2. Analizar. Revisar las propuestas de los partidos y candidatos para saber si atienden de

    manera efectiva los problemas de nuestro inters y coinciden con nuestra propia ideologa,

    intereses y necesidades, tanto individuales como para el bienestar de nuestra comunidad.

    Tambin es muy importante intercambiar y discutir nuestras ideas con otros miembros de

    la comunidad de manera respetuosa, racional y tolerante. Una vez hecho esto es posiblecomparar entre las distintas propuestas.

  • 5/26/2018 Sedesol Manual Ciudadano

    16/276

    14 Sedesol a los ojos de todos

    3. Decidir. Una vez que se han analizado y discutido las propuestas, se est en posibilidades

    de tomar una decisin razonada.

    4. Votar. Finalmente, es momento de acudir a la casilla el da de la eleccin, marcar la boletaen el recuadro de la opcin elegida y depositarla en la urna, acto que se da como resultado

    de un proceso informado, razonado y responsable.

    Es muy importante tener presente que nuestra responsabilidad como ciudadanos no ter-

    mina con el acto de votar. Para que efectivamente se cumplan las promesas de campaa y

    nuestras demandas sean tomadas en cuenta, es necesario vigilar y pedir cuentas a las auto-

    ridades que fueron electas, as como participar de diversas formas para exigir que los gober-

    nantes cumplan con sus obligaciones y realicen las acciones necesarias para satisfacer las

    demandas de la ciudadana.

    EL ABSTENCIONISMO

    El trmino abstencionismo se utiliza esencialmente para definir la falta de participacin en el

    acto de votar, y se mide como el porcentaje de quienes, teniendo todo derecho, no van a las

    urnas.4

    El abstencionismo representa un serio problema para la democracia cuando este fenme-

    no se hace sistemtico y la poblacin que no ejerce su derecho a votar alcanza altos porcenta-

    jes. En esta situacin podemos identificar diversas consecuencias que afectan negativamente

    el funcionamiento de la democracia, entre las cuales estn:

    Si el voto es un instrumento fundamental para que los ciudadanos ejerzan la soberana,cuando es alta la proporcin de ciudadanos que dejan de ejercer este derecho se debilita el

    principio democrtico de soberana popular.

    En las democracias modernas la legitimidad de las autoridades polticas depende en gran

    parte de la participacin de los ciudadanos en los procesos electorales, pues sta influye

    en la representatividad de las autoridades y, por lo tanto, en el apoyo que la ciudadana

    brinda a los gobiernos. El abstencionismo, entonces, socava la legitimidad del rgimen

    democrtico.Si el voto es un instrumento de control de los ciudadanos sobre los gobernantes, el absten-

    cionismo implica que para una parte de la poblacin esta capacidad de control disminuye

    o no existe.

    Si el voto es un canal para que los ciudadanos hagan llegar demandas a las autoridades

    del Estado, el abstencionismo obstaculiza la articulacin de intereses de una parte de la

    ciudadana y reduce su capacidad de influir en la toma de decisiones colectivas, lo cual, en

    el mediano plazo, puede afectar de manera indirecta la gobernabilidad del pas, pues un

    alto ndice de abstencionismo podra reflejarse en la reduccin del apoyo y la cooperacin

    de los ciudadanos en las polticas pblicas y acciones de gobierno.

    4Gianfranco Pasquino, Abstencionismo, en Diccionario de Poltica, Siglo XXI, 1998, pg. 8-10.

  • 5/26/2018 Sedesol Manual Ciudadano

    17/276

    Manual Ciudadano 201015

    LA PROMOCIN DEL VOTO

    Por ley, la promocin de la participacin ciudadana para el ejercicio del derecho al sufragiocorresponde al Instituto Federal Electoral (IFE), a los partidos polticos y a sus candidatos.

    Otras organizaciones sociales tambin pueden realizar campaas de promocin del voto suje-

    tndose a las reglas emitidas por el IFE para tal propsito.

    De acuerdo con el Reglamento del Instituto Federal Electoral para la Promocin del Voto

    por parte de Organizaciones Ciudadanas, se entiende por promocin del voto todo acto, escri-

    to, publicacin, grabacin, proyeccin o expresin realizado por personas fsicas o morales, con

    el nico propsito de invitar y promocionar la participacin ciudadana para el ejercicio del dere-

    cho al sufragio, as como la difusin de la educacin cvica y la cultura poltica democrtica.

    Las organizaciones ciudadanas deben fomentar la participacin electoral de manera im-

    parcial; al mismo tiempo, deben dotar al ciudadano de la informacin necesaria para tomar

    una decisin informada y razonada. Esta es una tarea muy importante, pero a la vez muy de-

    licada, pues debe respetar el principio de equidad entre los actores contendientes. De acuerdo

    con el Reglamento, las organizaciones ciudadanas habrn de evitar influir en las preferencias

    electorales de los ciudadanos, ya sea a favor o en contra de aspirantes, precandidatos, candi-

    datos, partidos polticos, propuestas o plataformas electorales.

    REFLEXIN FINAL: CONFIANZA SOCIAL Y PARTICIPACIN

    La mayora de los inhibidores de la participacin ciudadana estn relacionados, de una manerao de otra, con la desconfianza social. Mientras mayor sea la desconfianza, menor ser la dis-

    posicin de los ciudadanos a la participacin.

    Diversos factores intervienen para que los ciudadanos confen en las instituciones de-

    mocrticas o dejen de hacerlo. En general, podemos afirmar que la carencia o debilidad de

    instituciones lleva a la incertidumbre y con ella a la desconfianza al momento de participar

    en el espacio de lo pblico. En sentido inverso, el cumplimiento de la ley y la consolidacin

    institucional de un Estado que sea capaz de ofertar acciones y polticas eficaces y duraderas

    en el tiempo otorgan certidumbre y, por consiguiente, confianza en la democracia.

    El Estado puede desplegar polticas especficas para detonar la participacin y el ejerciciopleno de los derechos democrticos. Entre las acciones del Estado que generan confianza y

    fomentan la participacin del ciudadano, destacan las que buscan vincularlo a los procesos

    de consulta, elaboracin, concertacin y evaluacin tanto de las leyes como de las polticas

    pblicas. De ah la importancia de las polticas dirigidas a fortalecer la transparencia de las

    instituciones pblicas y a ejercer la contralora social.

    Queda decir que todo aquel mecanismo institucional y pblico que detone la deliberacin

    pblica, la organizacin social y el apego a la legalidad fortalecer la acumulacin de una

    cultura democrtica que se traduzca en el ejercicio cotidiano de los derechos ciudadanos,

    participacin sin la cual cualquier democracia ser incompleta.

  • 5/26/2018 Sedesol Manual Ciudadano

    18/276

    16 Sedesol a los ojos de todos

    Por eso, si nos parecen insuficientes los resultados polticos, econmicos y sociales que

    hasta ahora han generado nuestras instituciones democrticas, lo peor que podemos hacer

    es dejar de interesarnos en la poltica, pues el nico camino para mejorar la calidad de nuestrademocracia es el de la participacin ciudadana en los asuntos pblicos.

  • 5/26/2018 Sedesol Manual Ciudadano

    19/276

    Manual Ciudadano 201017

    Propaganda gubernamentalInstituto Federal Electoral (IFE)

    En trminos genricos, la propaganda gubernamental es la que realiza cualquier institucin,

    organismo o poder pblico con el empleo de recursos pblicos. Y no existe diferencia alguna

    de la propaganda institucional.

    Considerando las malas prcticas de algunos servidores pblicos, que empleaban la pro-

    paganda y los recursos pblicos para promocionar su imagen para despus contender por

    algn cargo de eleccin popular; desde el ao 2008 la Constitucin federal establece algunos

    requisitos mnimos que debe cumplir la propaganda gubernamental:

    1. Exige que tenga carcter institucional y fines informativos, educativos o de orientacin

    social.

    2. Tambin establece una prohibicin: que en ningn caso esta propaganda incluya nombres,imgenes, voces o smbolos que impliquen promocin personalizada de cualquier servidor

    pblico.

    En el proyecto de decreto por el que se reform la Constitucin se lee:

    El tercer objetivo que se persigue con la reforma constitucional propuesta es de im-

    portancia destacada: impedir que actores ajenos al proceso electoral incidan en las

    campaas electorales y sus resultados a travs de los medios de comunicacin; as

    como elevar a rango de norma constitucional las regulaciones a que debe sujetarse

    la propaganda gubernamental, de todo tipo, tanto durante las campaas electorales

    como en periodos no electorales.

    Quienes suscribimos la presente iniciativa nos hemos comprometido a disear y poner

    en prctica un nuevo modelo de comunicacin entre sociedad y partidos, que atienda

    las dos caras del problema: en una est el derecho privado, en la otra el inters pblico.

    En Mxico es urgente armonizar, con un nuevo esquema, las relaciones entre poltica

    y medios de comunicacin; para lograrlo, es necesario que los poderes pblicos, en

    todos los rdenes, observen en todo tiempo una conducta de imparcialidad respecto a

    la competencia electoral.

    Esto qued plasmado en el artculo 134 constitucional, pues en esta disposicin es donde

    se establecen las bases y principios generales que se deben observar para el adecuado ejerciciode los recursos econmicos del pas.

  • 5/26/2018 Sedesol Manual Ciudadano

    20/276

    18 Sedesol a los ojos de todos

    Un aspecto importante es que las normas constitucionales mencionadas tienen validez

    material diversa, esto es, rigen en distintas materias, como la electoral, administrativa o penal,

    en rdenes igualmente distintos como el federal o el estatal, entre otras; por ende, la aplica-cin de dichos mandatos constitucionales corresponde a las autoridades federales, estatales

    o del Distrito Federal.

    En otras palabras, el artculo 134 de la ley suprema no establece una competencia exclusi-

    va a favor de una sola autoridad u rgano federal o local para su aplicacin, ni tiene incidencia

    exclusiva en una sola materia, como podra ser la electoral. As, en trminos muy amplios, la

    competencia del Instituto Federal Electoral (IFE) para conocer de infracciones a estas normas

    se encuentra circunscrita a la celebracin de un proceso electoral federal.

    Por otro lado, el artculo 41 constitucional, que regula la competencia del IFE, establece

    una restriccin ms a la propaganda gubernamental, pues se prohbe que sta se difunda en

    radio y televisin durante el tiempo que comprendan las campaas electorales federales y

    locales y hasta la conclusin de la jornada comicial.

    Las nicas excepciones a lo anterior sern las campaas de informacin de las autoridades

    electorales, las relativas a servicios educativos y de salud, o las necesarias para la proteccin

    civil en casos de emergencia.

    En este caso, las violaciones a esta disposicin s son de la competencia exclusiva del IFE,

    pues as lo ordena explcitamente la Constitucin.

    Disposiciones constitucionales aplicables a la propaganda gubernamental:

    Prrafo octavo del artculo 134

    constitucional

    Segundo prrafo del apartado C de la

    base III, del artculo 41 constitucional

    La propaganda, bajo cualquier modalidad

    de comunicacin social, que difundan

    como tales, los poderes pblicos, los rga-

    nos autnomos, las dependencias y entida-

    des de la administracin pblica y cualquierotro ente de los tres rdenes de gobierno,

    deber tener carcter institucional y fines

    informativos, educativos o de orientacin

    social. En ningn caso esta propaganda

    incluir nombres, imgenes, voces o sm-

    bolos que impliquen promocin personali-

    zada de cualquier servidor pblico.

    Durante el tiempo que comprendan las

    campaas electorales federales y locales y

    hasta la conclusin de la respectiva jornada

    comicial, deber suspenderse la difusin en

    los medios de comunicacin social de todapropaganda gubernamental, tanto de los

    poderes federales y estatales, como de los

    municipios, rganos de gobierno del Dis-

    trito Federal, sus delegaciones y cualquier

    otro ente pblico. Las nicas excepciones

    a lo anterior sern las campaas de infor-

    macin de las autoridades electorales, las

    relativas a servicios educativos y de salud,

    o las necesarias para la proteccin civil encasos de emergencia.

  • 5/26/2018 Sedesol Manual Ciudadano

    21/276

    Manual Ciudadano 201019

    IMPARCIALIDAD Y EQUIDAD EN LA CONTIENDA ELECTORAL

    Los servidores pblicos de la Federacin, los estados y los municipios, as como del DistritoFederal y sus delegaciones, tienen en todo tiempo la obligacin de aplicar con imparcialidad los

    recursos pblicos que estn bajo su responsabilidad, sin influir en la equidad de la competencia

    entre los partidos polticos. As lo establece el prrafo sptimo del artculo 134 constitucional.

    En el mismo sentido, la Constitucin prohbe la personalizacin de la propaganda guber-

    namental o su vinculacin con el partido poltico en el poder. Lo mismo es aplicable para los

    programas sociales.

    Por ello, las conductas que deben evitar los servidores pblicos de todas las dependencias

    pblicas son todas aqullas que pudieran actualizar cualquiera de los supuestos mencionados.

    Al adicionar el artculo constitucional 134, el legislador constituyente pretendi, entre

    otras cuestiones, establecer como norma de rango constitucional la imparcialidad de todos los

    servidores pblicos respecto de la competencia entre los partidos polticos y en las campaas

    electorales. Dicho de otra manera: la no injerencia de los servidores pblicos en el desarrollo

    de las contiendas electorales.

    Con esta reforma se busc que los servidores pblicos se abstengan de utilizar la pro-

    paganda institucional y los programas sociales como medio para promocionar la persona e

    imagen de cualquier servidor pblico y para lograr una posicin de ventaja indebida en la

    competencia electoral.

    El valor jurdico que se tutela en la norma constitucional es el relativo a la administracin

    con eficiencia, eficacia y honradez de los recursos pblicos. Con motivo de la adicin de lostres prrafos ltimos, en esta disposicin constitucional (artculo 134) se incorporan en la

    tutela dos bienes jurdicos o valores esenciales de los sistemas democrticos: la imparcialidad

    y la equidad en los procesos electorales.

    Las infracciones especficas (son slo enunciativas, lo que significa que no son las nicas)

    previstas en el Cdigo Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe, artculo

    347) que pueden cometer los servidores pblicos son:

    La utilizacin de programas sociales y de sus recursos, del mbito federal, estatal, munici-

    pal o del Distrito Federal, con la finalidad de inducir o coaccionar a los ciudadanos a votara favor o en contra de cualquier partido poltico o candidato.

    El incumplimiento del principio de imparcialidad establecido por el artculo 134 de la Cons-

    titucin, cuando tal conducta afecte la equidad de la competencia entre los partidos polti-

    cos, entre los aspirantes, precandidatos o candidatos durante los procesos electorales.

    Durante los procesos electorales, la difusin de propaganda, en cualquier medio de comu-

    nicacin social, que contravenga lo dispuesto por el sptimo prrafo del artculo 134 de

    la Constitucin.

    La difusin, por cualquier medio, de propaganda gubernamental dentro del periodo que

    comprende desde el inicio de las campaas electorales hasta el da de la jornada electoralinclusive, con excepcin de la informacin relativa a servicios educativos y de salud, o la

    necesaria para la proteccin civil en casos de emergencia.

  • 5/26/2018 Sedesol Manual Ciudadano

    22/276

    20 Sedesol a los ojos de todos

    Cabe destacar que lo que prohben las normas constitucionales no es la ejecucin de los

    programas sociales durante el desarrollo de los procesos electorales, sino la utilizacin de s-

    tos o de su propaganda con fines distintos al desarrollo social.Las normas son muy claras, prohben la utilizacin de los programas sociales, sus recursos

    y su propaganda para incidir en las preferencias electorales de los ciudadanos y los resultados

    de los comicios. Se trata de proteger los recursos econmicos y evitar su utilizacin para fines

    personales o poltico-electorales, es decir, para evitar su desvo o mala utilizacin.

    La reforma constitucional y legal de los aos 2007-2008 incorpor como sujetos de res-

    ponsabilidad electoral directa a todos los servidores pblicos del pas, con especial nfasis en

    aquellos que, por las funciones que tienen a su cargo, manejan recursos pblicos y/o pueden

    incidir con su conducta en el desarrollo de los procesos electorales.

    CAMPAAS ELECTORALES EN RADIO Y TELEVISIN

    El IFE es quien se encarga de administrar los tiempos en radio y televisin en las campaas

    electorales federal y locales. Con la reforma constitucional del ao 2007, se estableci en el

    artculo 41 que los partidos polticos nacionales tienen derecho al uso de manera permanente

    de los medios de comunicacin social (radio y televisin).

    Tambin se determin que el IFE es la mxima autoridad en la administracin de los tiem-

    pos que corresponden al Estado en radio y televisin, destinados a los fines y al ejercicio del de-

    recho de los partidos polticos nacionales, tal como lo prev el artculo 41 de la Constitucin.

    La regulacin de la disposicin constitucional sealada se recoge en el Cofipe, principal-mente en el ttulo tercero Del acceso a la radio y televisin, el financiamiento y otras prerro-

    gativas de los partidos polticos, ya que en l se establece, entre otros aspectos, que el Insti-

    tuto establecer las pautas para la asignacin de los mensajes y programas que las autoridades

    y los partidos polticos tengan derecho a difundir, tanto durante los periodos que comprendan

    los procesos electorales como fuera de ellos.

    El sello distintivo del nuevo modelo es que es la nica va para difundir mensajes elec-

    torales en radio y TV a travs de los tiempos oficiales del Estado, administrados por el IFE,

    conforme a criterios claramente establecidos en la Constitucin y la ley. Por lo tanto, queda

    prohibido contratar o adquirir publicidad en los medios electrnicos. As, todo promocionalque los partidos polticos y candidatos deseen transmitir debe ser entregado al IFE.

    Con ello, se elimina el gasto en publicidad electoral en radio y televisin, se abaratan

    significativamente las campaas electorales y se permite a partidos polticos y autoridades

    electorales difundir sus mensajes a la ciudadana, conforme a criterios ciertos y equitativos.

    Para ejecutar el mandato que se le atribuy en la Constitucin y la ley como administrador

    nico de los tiempos del Estado en materia electoral, el IFE despleg el Sistema Integral para

    la Administracin de los Tiempos del Estado (SIATE).

    El SIATE es una herramienta que le permite al IFE cumplir con sus obligaciones en radio y

    televisin, que abarcan desde la generacin de pautas de transmisin para los concesionariosy permisionarios hasta la verificacin de su cumplimiento y la aplicacin de sanciones por

    violaciones, tanto en los procesos electorales federales como en los locales y fuera de ellos.

  • 5/26/2018 Sedesol Manual Ciudadano

    23/276

    Manual Ciudadano 201021

    Ley Federal de Transparencia y Acceso

    a la Informacin Pblica GubernamentalInstituto Federal de Acceso a la Informacin Pblica (IFAI)

    INTRODUCCIN

    Mxico cuenta con la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Informacin Pblica Guber-

    namental (LFTAIPG), que es una poderosa herramienta para que todos los particulares sin

    importar su edad, sexo, religin, etc., puedan acceder a informacin que est en poder de una

    dependencia o entidad del Gobierno Federal.

    La LFTAIPG establece que toda la informacin que posean las dependencias de la Admi-

    nistracin Pblica Federal (APF), los Poderes de la Unin y cualquier otra entidad federal es

    pblica, excepto aqulla que clasifiquen como reservada o confidencial:

    La informacin reservadaes aqulla que compromete la seguridad nacional, interfiere enlas negociaciones o relaciones internacionales, daa la estabilidad financiera del pas, pone

    en riesgo la vida de cualquier persona y causa perjuicio a las actividades de verificacin del

    cumplimiento de las leyes mientras no haya una resolucin definitiva, entre otras.

    La informacin confidencialse refiere a los datos personales de cualquier individuo y es la

    relativa a su domicilio, telfono, expediente mdico, origen tnico o racial, caractersticasfsicas, morales o emocionales y toda aqulla que afecte su intimidad.

    UNIDADES DE ENLACE

    La LFTAIPG, en su artculo 28, establece que cada sujeto obligado debe tener una unidad

    administrativa denominada Unidad de Enlace.

    La Unidad de Enlace es la oficina interna con la que cuentan las dependencias y entida-

    des para recibir, tramitar y dar respuesta a las solicitudes de acceso a la informacin. Dichas

    oficinas auxilian a los usuarios en la elaboracin de solicitudes y los orientan respecto a cualinstancia dirigirse para obtener la informacin que requieren.

    Los particulares deben presentar sus solicitudes en las Unidades de Enlace de las depen-

    dencias que poseen la informacin que les interesa conocer. De tal modo que las entidades

    que tienen la informacin son las responsables de dar respuesta.

    Se pueden encontrar los datos de las Unidades de Enlace de las entidades en las siguientes

    direcciones electrnicas:

    a) De la APF en http://www.ifai.org.mx/Gobierno/#unidadesEnlace

    b) De los Otros Sujetos Obligados (OSOS)1en http://www.ifai.org.mx/Osos/directorio

    1Los OSOS estn conformados por el Poder Judicial, el Poder Legislativo, los organismos constitucionalmente autnomos ocon autonoma legal y los tribunales administrativos.

  • 5/26/2018 Sedesol Manual Ciudadano

    24/276

    22 Sedesol a los ojos de todos

    SOLICITUD DE INFORMACIN

    Una solicitud de acceso a la informacin es la presentacin ante las Unidades de Enlace deun requerimiento de documentos que generen, obtengan, adquieran, transformen o conser-

    ven las dependencias y entidades de la APF y de los Otros Sujetos Obligados por la Ley. Las

    solicitudes pueden hacerse para obtener informacin pblica o para acceder o corregir datos

    personales.

    La informacin pblica solicitada puede ser sobre cualquier actividad que lleven a cabo las

    dependencias y entidades (minutas de reuniones, resultados de los proyectos y programas,

    entre otros) o sobre el desempeo de sus funcionarios pblicos (gastos que realizan, versin

    pblica de sus agendas laborales o de su currculo, etctera). Cualquier persona puede solicitar

    informacin pblica sin dar ninguna explicacin del por qu la requiere.

    La informacin de datos personales se refiere a la que identifica a un individuo y que tiene

    relacin con su vida familiar, su patrimonio, sus opiniones polticas, sus creencias religiosas,

    entre otras. Cualquier particular o su representante pueden presentar una solicitud sin justifi-

    car la razn por la cual quieren acceder o corregir sus datos. Sin embargo, en el momento de

    la entrega de la informacin es necesario que se identifiquen.

    TIEM PO DE RESPUESTA A LAS SOLICITUDES

    La respuesta a la solicitud de informacin pblica deber ser notificada al particular en el

    menor tiempo posible, que no podr ser mayor a 20 das hbiles contados a partir de su pre-sentacin.

    Si la informacin solicitada tiene algn costo por su reproduccin, la Unidad de Enlace

    correspondiente deber comunicarle al solicitante la cantidad a pagar y, en su caso, el costo

    por el envo.

    Excepcionalmente, el plazo se podr ampliar por un nico periodo de otros 20 das hbiles,

    siempre y cuando la Unidad de Enlace explique al solicitante las razones.

    En el caso de las solicitudes de datos personales, las dependencias deben responder en un

    plazo mximo de 10 das hbiles.

    Asimismo, en las solicitudes de correccin de datos personales, deben hacerlo a ms tardaren 30 das hbiles. En los ltimos dos casos, los plazos no son prorrogables.

    FORMAS PARA SOLICITAR INFORMACIN

    A LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA APF

    Cualquier persona puede presentar una solicitud de informacin a travs de dos opciones:

    I. Internet, a travs del Sistema INFOMEX Gobierno Federal.

    II. Por escrito y puede ser de dos maneras:a) Formato impreso de la pgina internet del IFAI.

    b) Escrito en formato libre.

  • 5/26/2018 Sedesol Manual Ciudadano

    25/276

    Manual Ciudadano 201023

    A continuacin se explica cada una de las opciones:

    I.

    Pasos para elaborar una solicitud de informacin a travs de internet mediante elSistema INFOMEX Gobierno Federal.

    1. Entrar a la pgina http://www.infomex.org.mx

    2. Dar clic en Regstrate aqu.

    3. Llenar los espacios en blanco y oprimir Continuar.

    En esta seccin se deber crear una clave de usuario y contrasea de 6 caracteres

    como mnimo (letras o nmeros), y se deber conservar para dar segumiento a la

    solicitud.

    4. Llenar los datos estadsticos y dar clic en el botn Registrar.

    5. Elegir el tipo de solicitud (informacin pblica, acceso a datos personales o correc-cin de datos personales); describir la documentacin que se requiere y, en su caso,

    otorgar otros datos para facilitar su localizacin (si lo desea, puede adjuntar un ar-

    chivo en formato Word, Zip o PDF) y seleccionar el nombre de la dependencia que

    cuenta con la informacin. Dar clic en Ir al paso 2.

    6. Seleccionar la modalidad en que desea recibir la informacin y oprimir el botn Ir al

    Paso 3.

    7. Verificar sus datos y/o corregirlos, en su caso, y dar un clic en Ir al Paso 4.

    8. Llenar los espacios en blanco para fines estadsticos (opcional) y oprimir el botn

    Enviar.9. Dar un clic sobre el logotipo deAdobe Acrobat Readerpara generar su acuse de recibo.

    10. Imprimir su acuse de recibo, dando clic en el cono de la impresora y conservarlo.

    Cabe sealar que el Sistema INFOMEX Gobierno Federal es utilizado por las dependencias

    y entidades de la APF para dar respuesta a las solicitudes.

    II. Pasos para elaborar una solicitud de informacin por escrito.

    Existen dos opciones:

    a) Mediante el formato de la pgina internet del IFAI.

    Los pasos son:

    1. Ingresar a la pgina internet del IFAI http://www.ifai.org.mx

    2. Elegir en la seccin Entrate!, el tipo de solicitud que se desea presentar.3. En la respuesta a la pregunta De qu manera puedo elaborar una solicitud...? Dar

    clic en la palabra formatopara descargarlo (se debe tener instalada la versin msreciente deAdobe Acrobat).

  • 5/26/2018 Sedesol Manual Ciudadano

    26/276

    24 Sedesol a los ojos de todos

    4. Dar clic en el icono de la impresora ubicado en la parte superior y esperar a que se im-

    prima el formato.

    5. Llenar el formato a mano con letra legible o a mquina. No olvidar especificar la moda-lidad en la que requiere se le entregue la informacin.

    b) Por escrito libre.

    En caso de que el solicitante decida no utilizar el formato de la pgina internet, puede hacer

    su requerimiento por escrito libre. Debe incluir los siguientes datos:

    Nombre completo o el del representante legal, as como domicilio y, opcionalmente, co-

    rreo electrnico en el cual desea recibir notificaciones.

    Descripcin clara y precisa de los documentos que se solicitan.

    Cualquier otro dato que ayude a localizar la informacin.

    DIAGRAMA DE OPERACIN | SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIN PBLICA

    SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIN

    Solicitud de acceso a la informacin: es la presentacin ante las Unidades deEnlace de un requerimiento de informacin pblica que se encuentre endocumentos que generen, obtengan, adquieran, transformen o conserven las

    dependencias y entidades de la APF, y los otros sujetos obligados por la Ley. Lassolicitudes pueden hacerse para acceder a informacin pblica o para acceder o

    corregir datos personales de un particular. La informacin pblica solicitada puede ser sobre cualquier actividad que lleven a

    cabo las dependencias y entidades o sobre el desempeo de sus funcionarios

    pblicos. La informacin de datos personales se refiere a la que identifica a un individuo y

    que tiene relacin con su vida familiar, su patrimonio, sus opiniones polticas, etc. El particular no deber dar ninguna explicacin del por qu requiere determinada

    informacin. Slo debe identificarse en el caso de solicitudes de datos personales.

    MANERAS EN QUE SE PUEDE PRESENTAR

    UNA SOLICITUD DE INFORMACIN

    I. Sistema INFOMEX Gobierno Federal.II. Por escrito y puede ser de 2 maneras:

    a) Formato impreso de la pgina internet del I FAI.b) Escrito en formato libre.

    Si se elige hacerlo de forma escrita hay que llevar la solicitud ala Unidad de Enlace correspondiente o enviarla por correo

    certificado o mensajera.

    RESTRICCIONES EN EL ACCESO A LA INFORMACIN

    Toda la informacin de las entidades y dependencias de la APF es pblica, excepto

    aquella que se clasifica como reservada o confidencial.

    Informacin reservada, aquella que comprometa la seguridad nacional, merma laconduccin de las negociaciones o relaciones internacionales. Que pueda daar laestabilidad financiera del pas y poner en riesgo la vida de cualquier persona. Que

    pueda causar perjuicio a las actividades de verificacin del cumplimiento de lasleyes mientras las resoluciones no causen estado, entre otros.

    Informacin confidencial es la que se refiere a los datos personales de cualquierindividuo, domicilio, telfono, expediente mdico, caractersticas fsicas, etc. Slo

    los titulares pueden tener acceso a sus datos personales.

    TIEMPO DE RESOLUCIN DE SOLICITUDES

    La respuesta se notificar al particular en el menor tiempo

    posible, que no podr ser mayor de 20 das hbiles contados apartir de la presentacin de la misma. En caso de que lainformacin tenga costos por su reproduccin, la Unidad de

    Enlace deber comunicarle la cantidad a pagar y, en su caso, elcosto del envo.

    Excepcionalmente el plazo se podr ampliar por un nico

    periodo de otros 20 das hbiles, siempre y cuando la Unidadde Enlace explique las razones al solicitante.

    En el caso de las solicitudes de acceso a datos personales, las

    dependencias tienen un plazo mximo de 10 das hbiles pararesponder. Para solicitudes de correccin de datos personales,deben hacerlo a ms tardar en 30 das hbiles. En ambos

    casos no existe la posibilidad de prrroga al plazo.

    INSTANCIAS COMPETENTES PARA DAR ACCESO A LA I NFORMACIN

    Cualquier entidad federal a la que se le solicite informacin. Si una persona realiza una solicitud al IFAI, ste slo estar obligado a responder

    siempre y cuando sea sobre informacin del propio Instituto y no de otras

    dependencias o entidades.

  • 5/26/2018 Sedesol Manual Ciudadano

    27/276

    Manual Ciudadano 201025

    Si se elige elaborar la solicitud de manera escrita, hay que hacerla llegar a la Unidad de

    Enlace correspondiente, por lo que es necesario tomar alguno de los dos caminos siguientes:

    a) Enviar la solicitud por correo certificado o mensajera. Es importante quedarse con un

    comprobante que acredite el da en el que envi su solicitud de informacin.

    b) Presentar personalmente la solicitud de informacin.

    Para conocer el domicilio de las Unidades de Enlace, el particular tambin puede llamar al

    nmero gratuito 01 800 TELIFAI (01 800 835 4324)

    I. SISTEMA INFOMEX GOBIERNO

    FEDERAL

    1. Entrar a la pgina internethttp://www.infomex.org.mx

    2. Dar clic en Regstrate aqu. 3. Llenar los espacios en blanco y oprimir

    Continuar. En esta seccin se deber

    elegir una clave de usuario y contraseade 6 caracteres como mnimo (letras o

    nmeros) y se deber conservar para darseguimiento a la solicitud.

    4. Llenar los datos estadsticos y dar clic enel botn Registrar.

    5. Elegir el tipo de solicitud (informacinpblica, acceso a datos personales ocorreccin de datos personales); describir

    la documentacin que se requiere y, en sucaso, otorgar otros datos para facilitar su

    localizacin (si lo desea, puede adjuntarun archivo en formato Word, Zip o PDF)y seleccionar el nombre de la dependencia

    que cuenta con la informacin. Dar clic enIr al paso 2.

    6. Seleccionar la modalidad en que desearecibir la informacin y oprimir el botn

    Ir al Paso 3.7. Verificar sus datos y/o corregirlos, en su

    caso, y dar un clic en Ir al Paso 4.

    8. Llenar los espacios en blanco para finesestadsticos (opcional) y oprimir el botn

    enviar.9. Dar clic sobre el logotipo deAdobe

    Acrobat Reader para generar su acuse derecibo.

    10. Imprimir su acuse de recibo, dar clic en elcono de la impresora y conservarlo.

    II.A FORMATO DE LA PGINA INTERNET

    DEL IFAI

    Los pasos que se deben seguir son lossiguientes:

    1. Ingresar a la pgina i nternet del IFAIhttp://www.ifai.org.mx

    2. Elegir en la seccin Entrate!, el tipo desolicitud que se desea presentar.

    3. En la respuesta a la pregunta De qumanera puedo elaborar una solicitud? Dar

    clic en la palabra formato y descargarlo(se debe tener instalada la versin msreciente de Adobe Acrobat).

    4. Dar un clic en la imagen de la impresoraubicado en la parte superior y esperar a que

    se imprima el formato.5. Llenarlo a mano con letra legible o a

    mquina. No olvidar especificar lamodalidad en la que requiere se le entreguela informacin.

    6. Entregar la solicitud en la Unidad de Enlacede la dependencia o entidad

    correspondiente. En su defecto, enviarla porcorreo certificado o mensajera.

    II.B ESCRITO EN FORMATO LIBRE

    PRESENTADO ANTE LAS UNIDADES

    DE ENLACE DE LA APF

    Incluir los siguientes datos:

    1. Nombre completo o el de su representantelegal, as como el domicilio y/o correo

    electrnico a travs del cual se desea recibirnotificaciones.

    2. La descripcin clara y precisa de losdocumentos que se solicitan.

    3. Cualquier otro dato que ayude a localizar lainformacin.

    4. Entregar la solicitud en la Unidad de Enlacede la dependencia o entidadcorrespondiente. En su defecto, enviarla por

    correo certificado o mensajera.

  • 5/26/2018 Sedesol Manual Ciudadano

    28/276

    26 Sedesol a los ojos de todos

    COMPETENCIA DEL IFAI

    El Instituto Federal de Acceso a la Informacin Pblica (IFAI) se cre para garantizar que lasentidades de la APF cumplan con la LFTAIPG. Entre sus principales funciones se encuentran:

    Garantizar el derecho de las personas a obtener la informacin pblica que les interesa

    conocer.

    Garantizar el derecho a conocer y modificar datos personales.

    Orientar a los particulares sobre la manera de hacer solicitudes y presentar inconformida-

    des ante una negativa de acceso a la informacin.

    El Instituto no es el Gran Archivo de la Nacin por lo que no concentra informacin de

    las dependencias y entidades ni tiene la facultad de solicitarla a peticin de los particulares. Son

    stos quienes deben pedir los documentos que les interesan a las instancias que los poseen.

    En caso de que las entidades de la APF nieguen informacin a un particular o se la propor-

    cionen incompleta, el IFAI podr intervenir si se presenta un recurso de revisin. El Instituto

    tambin podr intervenir va Positiva Ficta, cuando en una solicitud de informacin pblica,

    transcurran ms de 20 das hbiles sin que el particular reciba respuesta.

    Cabe sealar que el IFAI no es autoridad frente a los OSOS porque, al ser autnomos,

    tienen sus propias instancias para dar acceso a la informacin y para resolver en caso de que

    el solicitante no est de acuerdo con la respuesta otorgada.

    RECURSO DE REVISIN

    Es un trmite mediante el cual las personas pueden inconformarse cuando no estn de acuer-

    do con la respuesta a una solicitud de informacin que les otorga una institucin del Gobierno

    Federal.

    Es el instrumento con el que cuentan las personas para reclamar si se les neg el acceso

    a determinada informacin, si se les notific la inexistencia de los documentos requeridos o

    si consideran que la informacin que se les proporcion est incompleta o no corresponde a

    la solicitud que formularon. El recurso de revisin se puede presentar por cualquier tipo desolicitud, ya sea de informacin pblica, datos personales o modificacin de los mismos.

    Al recibir una notificacin negativa, el solicitante tiene 15 das hbiles para presentar su

    recurso de revisin.

    INSTANCIA QUE RESUELVE SOBRE LOS RECURSOS DE REVISIN

    Como se mencion anteriormente, el IFAI es el encargado de resolver sobre los recursos de

    revisin presentados en contra de las respuestas otorgadas por una dependencia o entidad de

    la APF.

  • 5/26/2018 Sedesol Manual Ciudadano

    29/276

    Manual Ciudadano 201027

    MANERA EN QUE PUEDE PRESENTARSE UN RECURSO DE REVISIN

    Hay dos opciones para presentar un recurso de revisin:

    I. Por internet, a travs del Sistema INFOMEX Gobierno Federal.

    II. Por escrito. Puede ser de dos maneras:

    a) Formato de la pgina internet del IFAI.

    b) Escrito en formato libre.

    A continuacin, se explica cada una de las opciones.

    I. Sistema INFOMEX Gobierno Federal.

    Los pasos que se deben seguir son los siguientes:

    1. Ingresar a INFOMEX Gobierno Federal desde el sitio del IFAI o directamente en http://

    www.infomex.org.mx/gobiernofederal

    2. Capturar su nombre de usuario y su contrasea.

    3. Seleccionar la opcin Solicitudes de informacin que pueden convertirse en recurso de

    revisin, en el men que aparece en el lado izquierdo de la pantalla. Puede elegir alguno

    de los filtros que se muestran en la pantalla (por ejemplo, folio de la solicitud) o de lo

    contrario, omitirlos y oprimir el botn Buscar.4. Elegir la solicitud que pretende recurrir y dar clic en Enviar.

    5. Llenar los espacios en blanco, explicando claramente el acto que se recurre (la inconfor-midad por la respuesta) y los puntos petitorios. Oprimir el botn Continuar.

    6. Verificar que los datos que aparecen sean correctos; de lo contrario, haga las modificacio-

    nes correspondientes y oprima Enviar.

    7. Generar su acuse de recibo.

    8. Dar clic en el cono de la impresora. Esperar a que se imprima su acuse y conservarlo.

    II. Por escrito a travs de dos maneras:

    a) Formato de la pgina internet del IFAI.

    Los pasos que se deben seguir son los siguientes:

    1. Ingresar a la pgina internet del IFAI http://www.ifai.org.mx

    2. Dar clic en el botn Ms de la seccin Entrate!.

    3. En el apartado Recursos de revisin dar clic en el botn Recurso de revisin.

    4. En la respuesta a la pregunta De qu manera puedo presentar un recurso de revisin?dar clic en el vnculo IFAI-00-004 Recurso de Revisin para descargar el formato.

    5. Dar un clic en la imagen de la impresora.

  • 5/26/2018 Sedesol Manual Ciudadano

    30/276

    28 Sedesol a los ojos de todos

    6. Llenar el formato a mano con letra legible o a mquina.

    7. Llevar personalmente el escrito al IFAI o a la Unidad de Enlace de la dependencia o enti-

    dad correspondiente. En su defecto, puede enviarlo por correo certificado o mensajera. Esmuy importante que conserve su acuse de recibo.

    El solicitante no debe olvidar anexar copia de la respuesta que recibi, en la cual se le da la

    informacin incompleta, poco clara o se le niega.

    Cabe sealar que admitido el recurso, se otorga un plazo de siete das hbiles para que

    ambas partes (el solicitante y la dependencia o entidad) aporten mayores elementos para

    defender su dicho.

    b) Escrito libre.

    El escrito debe contener lo siguiente:

    Nombre completo de la persona que presenta el recurso de revisin o el de su represen-

    tante legal.

    Domicilio o correo electrnico a travs del cual desea recibir notificaciones.

    La dependencia o entidad ante la cual se present la solicitud de informacin.

    Copia de la solicitud de informacin y, en caso de tenerlo, el nmero de folio asignado a

    sta, as como la fecha en la cual recibi la contestacin por parte de la dependencia.

    Describir las razones por las cuales no est de acuerdo con la respuesta.

    En la presentacin del recurso se debe:

    Anexar copia de la respuesta en la que se neg la informacin o se le dio incompleta.

    Anexar todos los elementos que se consideren importantes para consideracin del IFAI.

    Llevar el escrito personalmente al IFAI o a la Unidad de Enlace de la dependencia o entidad

    correspondiente. En su defecto, enviarlo por correo certificado o mensajera conservando

    el acuse de recibo

    TIEM POS QUE EL IFAI TIENE PARA EM ITIR

    UNA RESOLUCIN AL RECURSO DE REVISIN

    El IFAI tiene 50 das hbiles para emitir una resolucin en la que determine, de manera de-

    finitiva para la dependencia, si debe entregarse o no la informacin. En casos excepcionales

    puede pedir, por una vez, 30 das hbiles adicionales para integrar el expediente y 20 das

    hbiles ms para resolver en definitiva.

  • 5/26/2018 Sedesol Manual Ciudadano

    31/276

    Manual Ciudadano 201029

    Si el recurrente no qued satisfecho con la resolucin del IFAI, puede:

    Dirigir su inconformidad al Poder Judicial de la Federacin.

    Esperar a que transcurra un ao y presentar ante el propio IFAI un recurso de reconsideracin.

    GUAS DEL IFAI PARA ELABORAR SOLICITUDES DE INFORMACIN,

    RECURSOS DE REVISIN Y CONFIRMACIN DE POSITIVA FICTA

    Si el particular requiere de mayores informes puede acceder, a travs de internet, a las guas

    que ha elaborado el IFAI para llevar a cabo los distintos procedimientos. Para ello, debe seguir

    los siguientes pasos:

    1. Ingresar a la pgina internet del IFAI http://www.ifai.org.mx

    2. En la seccin Entrate!, dar clic en el botn Ms y escoger la opcin deseada:

    a) Solicitudes de informacin, hay dos opciones: Solicitud de acceso a informacin pbli-

    ca y Solicitud de acceso o correccin a datos personales.

    b) Recurso de revisin.

    c) Solicitud para verificar la falta de respuesta.

    En todos los casos se especifican los pasos para proceder a travs de internet y por escrito.

    DUDAS Y ACLARACIONES

    Para cualquier duda o aclaracin, puede acudir al Centro de Atencin a la Sociedad del IFAI, ubi-

    cado en Av. Mxico 151, Col. Del Carmen Coyoacn, Del. Coyoacn, CP 04100, Mxico, DF.

    Para asesorar a los particulares, el IFAI tambin cuenta con:

    Nmero gratuito: 01 800 835 4324 (01 800 TELIFAI)

    Correo electrnico: [email protected]

    Telfono: 50 04 24 00, ext. 2595 y 2596

  • 5/26/2018 Sedesol Manual Ciudadano

    32/276

    30 Sedesol a los ojos de todos

    DIAGRAMA DE OPERACIN | RECURSO DE REVISIN

    MANERAS EN QUE PUEDE PRESENTARSE UN RECURSO DE REVISIN

    I. Sistema INFOMEX Gobierno Federal.

    II. Por escrito. Puede ser de 2 maneras:

    a) Formato de la pgina internet del IFAI.

    b) Escrito en formato libre.

    I. SISTEMA INFOMEX GOBIERNO FEDERAL

    1. Ingresar a INFOMEX Gobierno Federal desde el sitio del IFAI o directamente

    en http://www.infomex.org.mx

    2. Capturar su nombre de usuario y su contrasea.

    3. Seleccionar la opcin Solicitudes de informacin que pueden convertirse en

    recurso de revisin, en el men que aparece en el lado izquierdo de la pantalla.

    Puede elegir alguno de los filtros que se muestran en la pantalla (por ejemplo,folio de la solicitud) o de lo contrario, omitirlos y oprimir el botn Buscar.

    4. Elegir la solicitud que pretende recurrir y dar clic en Enviar.

    5. Llenar los espacios en blanco, explicando claramente el acto que se recurre

    (la inconformidad por la respuesta) y los puntos petitorios. Oprimir el botn

    Continuar.

    6. Verificar que los datos que aparecen sean correctos; de lo contrario, haga las

    correcciones correspond ientes y oprima Enviar.

    7. Generar su acuse de recibo.

    8. Dar clic en el icono de la impresora. Esperar a que se imprima su acuse y

    conservarlo.

    II.A FORMATO DE LA PGINA INTERNET DEL IFAI

    1. Ingresar a la pgina internet del IFAI http://www.ifai.org.mx

    2. Dar clic en el botn ms de la seccin Entrate!.3. En el apartado Recursos de revisin dar clic en el botn Recurso de

    revisin.

    4. En la respuesta a la pregunta De qu manera puedo presentar un recurso

    de revisin? dar clic en el vnculo IFAI-00-004 Recurso de Revisin para

    descargar el formato.

    5. Dar un clic en la imagen de la impresora.

    6. Llenar el formato a mano con letra legible o a mquina.

    7. Llevar personalmente el escrito al IFAI o a la Unidad de Enlace de la

    dependencia o entidad correspondiente. En su defecto, puede enviarlo por

    correo certificado o mensajera. Es muy importante que conserve su acuse

    de recibo.

    II.B ESCRITO EN FORMATO LIBRE

    El escrito debe contener los siguientes datos:

    1. Nombre completo de la persona que presenta el Recurso de Revisin o el de

    su representante legal.

    2. Domicilio y/o correo electrnico a travs del cual se desea recibir

    notificaciones.

    3. La dependencia o entidad ante la cual se present la solicitud.

    4. Copia de la solicitud de informacin y, en caso de tenerlo, el nmero de

    folio asignado a sta.

    5. Describir las razones por las cuales no est de acuerdo con la respuesta, as

    como la fecha en la cual recibi la contestacin por parte de la dependencia.

    6. Anexar copia de la respuesta en la que se neg la informacin o se le dio

    incompleta.

    7. Anexar todos los elementos que se consideren importantes para el IFAI.

    8. Llevar el escrito personalmente al IFAI o a la Unidad de Enlace de la

    dependencia o entidad correspondiente. En su defecto, enviarlo por correo

    certificado o mensajera, sin olvidar conservar el acuse de recibo.

    RECURSO DE REVISIN

    Es el instrumento con el que cuentan las personas

    para reclamar si se les neg el acceso a determinada

    informacin, si se les notific la inexistencia de los

    documentos requeridos o si consideraron que la

    informacin que se les proporcion es incompleta o no

    corresponde a la solicitud que formularon. Tambin se

    puede presentar un recurso de revisin en materia de

    datos personales si se niega el acceso a los mismos, se

    entregan en formato incomprensible, se niega la

    posibilidad de modificarlos o no se recibe una

    respuesta.

    INSTANCIA QUE DA RESOLUCIN

    A LOS RECURSOS DE REVISIN

    El IFAI es el encargado de resolver sobre los recursos

    de revisin cuando stos son presentados por la

    inconformidad respecto a una respuesta otorgada por

    una dependencia o entidad de la APF.

    TIEMPO QUE EL IFAI TIENEPARA EMITIR UNA RESOLUCIN

    El IFAI tiene 50 das hbiles para emitir una

    resolucin. Habr excepciones hasta de 30 das

    hbiles adicionales para integrar el expediente

    y 20 das hbiles ms para resolver en definitiva

    un proyecto de resolucin.

    En los casos de notificaciones sobre el recurso de

    revisin, stas slo se podrn realizar a travs del

    medio que los particulares eligieron al presentarlo

    ante el IFAI (personalmente o a travs de un

    representante en el domicilio del Instituto, por correo

    certificado, mensajera o por correo electrnico).

    Una vez admitido el recurso, se otorga un plazo de7 das para que ambas partes (el solicitante y la

    dependencia) aporten mayores elementos para

    defender su dicho.

  • 5/26/2018 Sedesol Manual Ciudadano

    33/276

    Manual Ciudadano 201031

    Los delitos electoralesProcuradura General de la Repblica (PGR)

    Fiscala Especializada para la Atencin de Delitos Electorales (FEPADE)

    La Fiscala Especializada para la Atencin de Delitos Electorales (FEPADE) es un rgano es-

    pecializado de la Procuradura General de la Repblica (PGR) encargado principalmente de

    investigar y perseguir todos los hechos que sean delitos electorales federales y, adicionalmente,

    realiza todas las acciones necesarias que ayuden a prevenir que stos se cometan. Su origen

    se remonta a 1994, cuando el Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE) acord y

    promovi ante el presidente de la Repblica la creacin de una fiscala especializada en materia

    de delitos electorales, lo que sucedi mediante decreto presidencial el 19 de julio de ese ao.

    La FEPADE goza de plena autonoma tcnica, es decir, est facultada para integrar y re-

    solver averiguaciones previas en materia penal electoral federal e intervenir en los procesos

    legales de su competencia, con entera independencia de las unidades centrales de la PGR, lo

    que significa que las actuaciones de la Fiscala no estn sujetas a aprobacin, revisin o co-

    rreccin de ninguna instancia jurdica de la PGR. Adems, su carcter de rgano especializado

    le otorga la caracterstica de permanente, lo que le permite acumular experiencia y dedicarse

    exclusivamente a procurar justicia penal electoral y prevenir los delitos electorales.

    DELITOS ELECTORALES FEDERALES

    Los delitos electorales pueden entenderse como aquellas acciones u omisiones que atentan

    contra la eficacia del sufragio con base en los principios constitucionales de ste (universal,

    libre, secreto, personal, intransferible y directo) y la adecuada funcin electoral (la organiza-

    cin de las elecciones y la equidad de la contienda). Estas conductas delictivas estn previstas

    en el Ttulo Vigsimo Cuarto de los artculos 401 al 413 del Cdigo Penal Federal (CPF).

    Estos delitos pueden ser cometidos por cualquier persona: funcionarios electorales o partidis-

    tas, candidatos u organizadores de actos de campaa, ministros de culto religioso y servidores

    pblicos. Entre las conductas delictivas se encuentran:

    Votar a sabiendas de que no se cumplen los requisitos de ley.

    Votar ms de una vez en la misma eleccin.

    Hacer proselitismo o presionar objetivamente a los electores en las casillas o en el lugar

    donde se encuentren formados para que voten por un determinado candidato o partido

    poltico el da de la jornada electoral.

    Obstaculizar el desarrollo normal de las votaciones su escrutinio y cmputo, as como el

    traslado y entrega de los paquetes y documentacin electoral.

    Solicitar votos por paga, ddiva, promesa de dinero u otra recompensa durante las campa-as electorales o la jornada electoral.

    Violar de cualquier manera el derecho de los ciudadanos para votar en secreto.

  • 5/26/2018 Sedesol Manual Ciudadano

    34/276

    32 Sedesol a los ojos de todos

    Votar o pretender votar con una credencial ajena.

    Introducir o sustraer de las urnas ilcitamente una o ms boletas electorales.

    Apoderarse, destruir o alterar boletas u otros documentos o materiales electorales.

    Impedir la instalacin de casillas electorales.

    Llevar a cabo el da de la jornada electoral el transporte de votantes, coartando o preten-

    diendo coartar su libertad para la emisin del voto.

    Obtener o solicitar declaracin firmada del elector acerca de su intencin o sentido de su voto.

    Recoger en cualquier tiempo credenciales para votar de los ciudadanos.

    Que un ministro de culto religioso en el desarrollo de actos pblicos propios de su ministe-

    rio, induzca el voto a favor de un candidato o partido poltico o a no votar.

    Que los miembros de casillas electorales u otros funcionarios electorales no cumplan con

    sus obligaciones, alteren los resultados o indiquen a los electores por quin votar.

    Que un servidor pblico condicione el cumplimiento de programas sociales a los ciudada-

    nos para que voten por un partido poltico o candidato determinado.

    Que un servidor pblico obligue a sus subordinados a emitir sus votos a favor de un can-

    didato o partido poltico.

    Que un servidor pblico condicione un servicio pblico o la realizacin de obras pblicas a

    la emisin del sufragio a favor de determinado candidato o partido.

    Que un servidor pblico disponga de bienes, fondos o servicios para apoyar a algn can-

    didato o partido poltico.

    Alterar o participar por cualquier medio en la alteracin del Registro Federal de Electores,

    de los listados nominales o en la expedicin ilcita de credenciales para votar (se presenta alproporcionar informacin o documentacin falsa para obtener la credencial para votar).

    SANCIONES

    De acuerdo con el CPF, las sanciones y penas para quienes incurren en delitos electorales

    federales son las siguientes:

    Con prisin de seis meses a tres aos y con 10 a 100 das de multa, para los delitos come-

    tidos por cualquier persona (Art. 403).Hasta con 500 das de multa, para los delitos cometidos por ministros de cultos religiosos

    (Art. 404).

    Con prisin de dos a seis aos y con 50 a 200 das multa, para los delitos cometidos por

    los funcionarios electorales (Art. 405).

    Con prisin de uno a seis aos y con 100 a 200 das de multa, para los delitos cometidos

    por funcionarios partidistas o candidatos (Art. 406).

    Con prisin de uno a nueve aos y con 200 a 400 das de multa, para los delitos cometi-

    dos por los servidores pblicos (Art. 407).

    Por la comisin de cualquiera de los delitos electorales se podr imponer, adems de la

    pena sealada, la inhabilitacin de uno a cinco aos y, en su caso, la destitucin del cargo.

  • 5/26/2018 Sedesol Manual Ciudadano

    35/276

    Manual Ciudadano 201033

    Asimismo, el artculo 412 seala que se impondr prisin de dos hasta nueve aos al funcio-

    nario partidista o al organizador de actos de campaa que, a sabiendas, aproveche ilcitamente

    fondos, bienes o servicios en los trminos de la fraccin III del artculo 407 del CPF. Cabe sea-lar que en la comisin de este delito no se otorgar el beneficio de la libertad provisional.

    ANTE QUIN DENUNCIAR UN DELITO ELECTORAL?

    En el Distrito Federal, las denuncias de delitos electorales federales se pueden presentar en las

    instalaciones de la FEPADE, ubicadas en Boulevard Adolfo Lpez Mateos 2836, Col. Tizapn

    San ngel, Del. lvaro Obregn, CP 01090, Mxico, DF. Tambin se puede denunciar ante

    la Procuradura General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF) o en cualquier agencia del

    Ministerio Pblico de la Federacin o del fuero comn en el resto del pas.

    La FEPADE cuenta permanentemente con agentes del Ministerio Pblico de la Federacin

    para recibir, de manera personal, denuncias que puedan constituir delitos electorales federales;

    adems, proporciona apoyo y orientacin legal en materia penal electoral.

    De igual forma, la FEPADE ha puesto a disposicin de la sociedad el servicio denominado

    Sistema de Predenuncias de Delitos Electorales Federales (PREDEF), el cual recibe prede-

    nuncias va electrnica en la direccin www.pgr.gob.mx/fepade/predef

    Asimismo, la FEPADE cuenta con un servicio de atencin telefnica gratuito, FEPADETEL,

    que brinda orientacin a la ciudadana de forma directa, especializada y personalizada sobre

    delitos electorales. Este servicio funciona las 24 horas, los 365 das del ao en el 01 800 833

    7233 para el interior de la Repblica, y en el 53 46 31 03 para el DF y rea metropolitana.Tambin se instrumentaron programas de atencin electrnica a la ciudadana como el

    FEPADENET mediante el correo electrnico [email protected]; en este servicio se brin-

    da orientacin e informacin en materia penal electoral, en un plazo mximo de 24 horas

    posteriores a la recepcin de las solicitudes, y sirve para notificar o avisar sobre la posible

    comisin de un delito electoral o cualquier accin que corrompa las disposiciones legales en

    materia penal electoral.

    Por su parte, el servicio Fiscal en Lnea ofrece a la ciudadana un canal directo de comu-

    nicacin con la titular de la FEPADE, con el compromiso de que cualquier duda, comentario,

    consulta o sugerencia planteada desde este canal tendr respuesta oportuna y directa de lafiscal mediante el correo [email protected]

    Cabe sealar que cualquier persona que tenga conocimiento de la comisin de un delito

    electoral federal debe denunciarlo de inmediato ante la autoridad competente, sobre todo

    en los casos en los que exista flagrancia, es decir, cuando el indiciado sea detenido en el mo-

    mento en que se est cometiendo un delito o inmediatamente despus de haberlo cometido,

    con el fin de ponerlo sin demora a disposicin del agente del Ministerio Pblico ms cercano.

    Los delitos electorales se persiguen de oficio, por lo cual basta con la denuncia para que el

    Ministerio Pblico inicie la investigacin y resuelva si ejercita o no la accin penal en contra

    del probable responsable.En caso de presentar una denuncia por la comisin de un delito electoral federal en algu-

    na entidad federativa, sta deber hacerse en la delegacin o subdelegacin de la PGR ms

  • 5/26/2018 Sedesol Manual Ciudadano

    36/276

    34 Sedesol a los ojos de todos

    cercana a su domicilio. En caso de que no la hubiere, se podr presentar ante la procuradura

    de justicia del estado que corresponda o bien, ante la agencia del Ministerio Pblico del fuero

    comn ms cercana al domicilio del denunciante.

    DOCUMENTOS Y PRUEBAS PARA LA DENUNCIA

    La denuncia se podr complementar con fotografas, videos o cualquier otro medio de prueba

    (testigos, comunicaciones privadas entre particulares, grabaciones o videofilmaciones, archivos

    digitales), as como con todo aquello que se ofrezca como tal, siempre que pueda ser conducen-

    te y no vaya contra el derecho, a juicio del juez o tribunal, esto con la finalidad de que ayude al

    agente del Ministerio Pblico de la Federacin a integrar la averiguacin previa correspondiente.

    El denunciante tambin podr proporcionar nombres y, si es posible, domicilios, as como cual-

    quier otro dato que sirva para identificar los hechos y al o los presuntos responsables.

    OTRO TIPO DE DELITOS

    Aunque la FEPADE se especializa en delitos electorales federales, puede recibir denuncias por

    otros delitos del fuero federal o del fuero comn. Una vez determinada la naturaleza jurdica

    de los hechos, el asunto se turnar de inmediato al rea correspondiente de la PGR, a las pro-

    curaduras generales de justicia de las entidades federativas o ante la agencia del Ministerio

    Pblico correspondiente.

    BLINDAJE ELECTORAL

    Entre las acciones preventivas de la FEPADE se encuentran las relativas al blindaje electo-

    ral con la intencin de coadyuvar a la transparencia, legalidad y legitimidad de los procesos

    electorales. Por blindaje electoral se entiende todas aquellas acciones y estrategias imple-

    mentadas por los gobiernos para evitar tanto el uso indebido de recursos pblicos como el

    condicionamiento de programas sociales y asistenciales con fines electorales.

    Con el blindaje electoral se busca que los servidores pblicos no hagan uso indebido de sus

    cargos, funciones, tiempo y recursos pblicos financieros, materiales y humanos para benefi-ciar o perjudicar a candidatos o partidos polticos.

    La FEPADE ha realizado una serie de actividades relacionadas con el blindaje electoral,

    entre las que destacan:

    Asesoras para diseos de blindaje electoral en distintas reas de gobierno.

    Capacitacin, no slo a servidores pblicos federales, estatales y municipales, sino a gru-

    pos sociales considerados vulnerables.

    Desarrollo de programas de trabajo con otros rganos de gobierno.

    Firma de convenios y acuerdos con gobiernos estatales y del Distrito Federal.Puesta en operacin de la pgina internet www.blindajeelectoral.gob.mx, en colaboracin

    con otras dependencias.

  • 5/26/2018 Sedesol Manual Ciudadano

    37/276

    Manual Ciudadano 201035

    Contralora Social y atencin ciudadana

    en los programas socialesSecretara de la Funcin Pblica (SFP)

    La Contralora Social es un mecanismo de participacin ciudadana para la rendicin de cuen-

    tas, con base en el acceso a la informacin, necesaria como alternativa de empoderamiento

    de los beneficiarios e imprescindible para la construccin de una ciudadana activa y vigilante

    del adecuado uso de los recursos pblicos. Con el propsito de asegurar la incorporacin de

    la Contralora Social, la Ley General de Desarrollo Social establece la obligatoriedad de imple-

    mentarla en la operacin de los programas de desarrollo social.

    El presente documento tiene el propsito de contribuir a la instrumentacin de mecanis-

    mos que eleven el impacto de la vigilancia ciudadana mediante la activacin y sustentacin

    de procesos que incidan en la mejora de la gestin pblica, como el monitoreo ciudadano per-

    manente al uso de los programas federales, la investigacin y solucin de irregularidades, au-

    ditoras para identificar deficiencias en la aplicacin de recursos federales destinados a obras

    y servicios; correccin de procedimientos administrativos y sancin a servidores pblicos que

    incurran en responsabilidades administrativas o en conductas ilcitas.

    FUNDAMENTO DE LA CONTRALORA SOCIAL

    De acuerdo con la Ley General de Desarrollo Social, la Contralora Social se define como: el

    mecanismo de los beneficiarios, de manera organizada, para verificar el cumplimiento de las

    metas y la correcta aplicacin de los recursos pblicos asignados a los programas de desarrollo

    social.

    La Contralora Social realizada por los beneficiarios de los programas de gobierno es fun-

    damental para identificar y resolver los problemas que obstaculizan el cumplimiento de los

    objetivos que el programa pretende alcanzar.

    En este sentido, la respuesta adecuada de las instituciones permite que los beneficiarios

    y ciudadanos confirmen que su participacin y sus observaciones se atienden y se ven refle-jadas en la gestin gubernamental y en el desempeo de los servidores pblicos, de tal forma

    que la corresponsabilidad gobierno-sociedad fortalezca el beneficio comn.

    INFORMACIN PARA LA VIGILANCIA SOCIAL

    De las mltiples estrategias con que cuenta la Secretara de la Funcin Pblica (SFP) para

    promover la participacin social, la transparencia, el combate a la corrupcin, la rendicin de

    cuentas y la confianza en la Administracin Pblica Federal (APF), destaca la Contralora

    Social porque permite a los ciudadanos involucrarse y colaborar con el gobierno.Para lograr que los beneficiarios participen en la vigilancia de los programas federales es

    fundamental que tengan a su disposicin toda la informacin acerca de la utilizacin de los

  • 5/26/2018 Sedesol Manual Ciudadano

    38/276

    36 Sedesol a los ojos de todos

    recursos pblicos en dichos programas, como los beneficios y obligaciones del programa, pa-

    drones de beneficiarios, expedientes tcnicos, calendario de ejecucin, etc.

    En el mbito del sector pblico, la transparencia se constituye en una cualidad indispensa-ble de los gobiernos, en los que el primer paso es la apertura de la informacin acerca de sus

    operaciones, gestiones, recursos y dems acciones que realizan.

    As, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Informacin Pblica Gubernamental

    (LFTAIPG) garantiza la transparencia de la gestin pblica para que la actividad gubernamen-

    tal se encuentre sometida al escrutinio ciudadano.

    Cul es el objetivo de la Ley?

    Del artculo 4:

    I. Proveer lo necesario para que toda persona pueda tener acceso a la informacin.

    II. Transparentar la gestin pblica mediante la difusin de la informacin.

    III. Garantizar la proteccin de los datos personales en posesin de los sujetos obligados.

    IV. Favorecer la rendicin de cuentas a los ciudadanos, de manera que se pueda valorar

    el desempao.

    V. Mejorar la organizacin, clasificacin y manejo de los documentos.

    VI. Contribuir a la democratizacin de la sociedad mexicana y a la plena vigencia del

    Estado de derecho.

    LA CONTRALORA SOCIAL EN LA LEY GENERALDE DESARROLLO SOCIAL Y SU REGLAMENTO

    Para fortalecer la Contralora Social podemos mencionar que a la LFTAIPG se suma otro orde-

    namiento jurdico de gran trascendencia: la Ley General de Desarrollo Social y el Reglamento

    respectivo.

    Dos de los principios establecidos en la Ley General de Desarrollo Social son: la parti-cipacin social entendida como el derecho de las personas y organizaciones a intervenir e

    integrarse, individual o colectivamente en la formulacin, ejecucin y evaluacin de las polti-

    cas, programas y acciones del desarrollo social; y la transparencia en tanto se refrenda que la

    informacin relativa al desarrollo social es pblica y que las autoridades del pas garantizarn

    que la informacin gubernamental sea objetiva, oportuna, sistemtica y veraz.

    Con mayor precisin, el Reglamento de la Ley General de Desarrollo Social norma lo co-

    rrespondiente a la Contralora Social en los siguientes trminos:

  • 5/26/2018 Sedesol Manual Ciudadano

    39/276

    Manual Ciudadano 201037

    Reglamento de la Ley General de Desarrollo Social

    CAPTULO XDe la Contralora Social

    Artculo 67.- El Gobierno Federal impulsar la creacin de contraloras sociales por parte

    de los beneficiarios, con el fin de verificar la adecuada ejecucin de los programas de de-

    sarrollo social, la correcta aplicacin de los recursos pblicos asignados a los mismos y el

    cumplimiento de las metas.

    Las dependencias y entidades de la Administracin Pblica Federal, as como los que

    reciban, gestionen o utilicen total o parcialmente recursos pblicos federales, observarn

    los lineamientos que al efecto emita la Secretara de la Funcin Pblica, de conformidad

    con la competencia que le confiere la Ley Orgnica de la Administracin Pblica Federal,

    los Convenios de Coordinacin y dems disposiciones aplicables.

    Artculo 68.- Las reglas de operacin de los programas de desarrollo social debern pre-

    ver mecanismos de contralora social y los requisitos para su conformacin, para asegurar

    que los beneficiarios hagan uso de esta prctica de transparencia y rendicin de cuentas.

    Para tales efectos, el Gobierno Federal difundir sus esquemas de contralora social y

    proporcionar a los beneficiarios la asesora y colaboracin necesarias para su integracin

    y funcionamiento.

    ESTRATEGIA DE LA CONTRALORA SOCIAL

    Dando cumplimiento a lo establecido en el Reglamento de la Ley General de Desarrollo Social,

    el 11 de abril de 2008, se public en el Diario Oficial de la Federacinel Acuerdo por el que

    se establecen los Lineamientos para la promocin y operacin de la Contralora Social en los

    programas federales de desarrollo social, que establecen las bases mediante las cuales se pro-

    mueve y opera la Contralora Social, y son de observancia obligatoria para las dependencias y

    entidades de la Administracin Pblica Federal que tienen a su cargo programas de desarrollosocial. A continuacin se expone la estrategia de Contralora Social.

    OBJETIVO GENERAL

    Fortalecer las acciones de Contralora Social en los programas de la Sedesol, que permitan a

    los beneficiarios y al ciudadano en general llevar a cabo en forma organizada, a travs de co-

    mits, las actividades de control y vigilancia en la ejecucin de obras y servicios, estableciendo

    con precisin las responsabilidades y actividades que debern realizar y con ello, contribuir a

    que la operacin de los programas se realice en forma transparente y eficiente, para asegurarla correcta aplicacin de los recursos del programa.

  • 5/26/2018 Sedesol Manual Ciudadano

    40/276

    38 Sedesol a los ojos de todos

    OBJETIVOS ESPECFICOS

    Vincular la operacin en los tres mbitos de gobierno, a travs de la coordinacin con los

    servidores pblicos de la Sedesol, para favorecer la participacin social corresponsable.

    Fortalecer las acciones de los beneficiarios integrando comits de Contralora Social y

    capacitarlos para que sus