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Avd. Arcentales, 28 28022 MADRID 91 588 80 05 Departamento de Servicios Sociales [email protected] Expediente número: 300/2016/01573 JMD: DISTRITO DE SAN BLAS-CANILLEJAS Servicio Promotor: DEPARTAMENTO DE SERVICIOS SOCIALES Objeto: CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA EJECUCIÓN DE PROGRAMA DE PROMOCION COMUNITARIA EN BARRIOS DEL DISTRITO DE SAN BLAS-CANILLEJAS. Fecha: 03/10/2016 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS 1 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS 1.- OBJETO DEL CONTRATO El presente contrato tiene por objeto desarrollar una intervención socio comunitaria y dinamizadora que favorezca la creación y mejora de espacios para la convivencia e integración social, promover la participación ciudadana, el ocio saludable así como un óptimo uso y mantenimiento de los espacios públicos comunes. Sus objetivos específicos son los siguientes: Sensibilización y mediación en el ámbito social, entendiendo ésta como un proceso de aprendizaje de herramientas y habilidades para la prevención, identificación y resolución de conflictos y las relaciones vecinales en general. Contribuir al establecimiento de relaciones de convivencia óptimas y adecuadas entre la población en general en el marco territorial, residencial y vecinal del distrito de San Blas-Canillejas. Potenciar la participación de todos los vecinos y vecinas, en las actividades y acontecimientos públicos del barrio, en asociaciones de vecinales, entidades sociales y locales. Apoyar al tejido social que opera o/y está situado en el Distrito. Facilitar la integración plena y real de la población, así como fortalecer la cohesión social desde un plano de igualdad de oportunidades. Sensibilizar y dinamizar a los vecinos y vecinas sobre el uso adecuado de los parques y espacios públicos para garantizar la buena convivencia social. Mediar en la resolución de conflictos vecinales o entre particulares. Intervenir en la resolución de conflictos que surjan en los parques, espacios y equipamientos públicos objeto del contrato. Firmado por: JOSE IGNACIO SANTAS GARCIA Cargo: JEFE DEPARTAMENTO SERVICIOS SOCIALES Fecha: 01-12-2016 12:31:20 Página: 1 de 21 Código de verificación : PYe2fb5d243cb37f Para la verificación del siguiente código podrá conectarse a la siguiente dirección http://www- 2.munimadrid.es/VerificacionCove/CotejoCOVE.jsp?codigoVerificacion=PYe2fb5d243cb37f

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℡ 91 588 80 05 Departamento de Servicios Sociales [email protected]

Expediente número: 300/2016/01573

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Servicio Promotor: DEPARTAMENTO DE SERVICIOS SOCIALES

Objeto: CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA EJECUCIÓN DE PROGRAMA DE PROMOCION COMUNITARIA EN BARRIOS DEL DISTRITO DE SAN BLAS-CANILLEJAS.

Fecha: 03/10/2016 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS

1.- OBJETO DEL CONTRATO

El presente contrato tiene por objeto desarrollar una intervención socio comunitaria y dinamizadora que favorezca la creación y mejora de espacios para la convivencia e integración social, promover la participación ciudadana, el ocio saludable así como un óptimo uso y mantenimiento de los espacios públicos comunes.

Sus objetivos específicos son los siguientes:

• Sensibilización y mediación en el ámbito social, entendiendo ésta como un proceso

de aprendizaje de herramientas y habilidades para la prevención, identificación y

resolución de conflictos y las relaciones vecinales en general.

• Contribuir al establecimiento de relaciones de convivencia óptimas y adecuadas

entre la población en general en el marco territorial, residencial y vecinal del distrito

de San Blas-Canillejas.

• Potenciar la participación de todos los vecinos y vecinas, en las actividades y

acontecimientos públicos del barrio, en asociaciones de vecinales, entidades sociales

y locales.

• Apoyar al tejido social que opera o/y está situado en el Distrito.

• Facilitar la integración plena y real de la población, así como fortalecer la cohesión

social desde un plano de igualdad de oportunidades.

• Sensibilizar y dinamizar a los vecinos y vecinas sobre el uso adecuado de los

parques y espacios públicos para garantizar la buena convivencia social.

• Mediar en la resolución de conflictos vecinales o entre particulares.

• Intervenir en la resolución de conflictos que surjan en los parques, espacios y

equipamientos públicos objeto del contrato.

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Servicio Promotor: DEPARTAMENTO DE SERVICIOS SOCIALES

Objeto: CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA EJECUCIÓN DE PROGRAMA DE PROMOCION COMUNITARIA EN BARRIOS DEL DISTRITO DE SAN BLAS-CANILLEJAS.

Fecha: 03/10/2016 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS

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2.- EJECUCIÓN

El lugar de ejecución de las actuaciones que son objeto del presente contrato es el

Distrito San Blas-Canillejas a excepción del Barrio de Canillejas, dado que existe un programa

específico en convenio a través del Área de Equidad, Derechos Sociales y Empleo denominado

“Proyecto de convivencia intercultural en parques, canchas deportivas y otros espacios” que

opera actualmente en este barrio. Esta excepcionalidad se mantendrá mientras dicho convenio

continúe en vigor.

Preferentemente se actuará sobre los barrios de Arcos, Amposta, Simancas y Hellín. El

Departamento de Servicios Sociales podrá exigir actuaciones en otros barrios del distrito

(descartando Canillejas) en caso de necesidad siempre dentro de lo establecido en el contrato.

En todo caso, el Departamento de Servicios Sociales coordinará ambas actuaciones,

dado que se realizan dentro del marco distrital.

Se actuará en los espacios públicos abiertos, plazas y parques, así como en instalaciones

municipales del distrito. La empresa adjudicataria dispondrá de un espacio en el lugar que

designe el Dpto de Servicios Sociales.

La duración del contrato será desde el 1 de enero hasta el 30 de noviembre de 2017.

Prórroga: Si procede. El contrato podrá prorrogarse por un plazo igual al del contrato

original.

3.- METODOLOGÍA Y ACCIONES CONTEMPLADAS

Los objetivos operativos son los siguientes:

1. Realizar un análisis participativo del tejido asociativo y vecinal del Distrito.

2. Realizar un análisis continuo de la convivencia social del Distrito.

3. Realizar un diseño de intervención socio-comunitaria de cada barrio que compone el

Distrito, de manera complementaria con el desarrollado por el Proyecto de

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Fecha: 03/10/2016 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS

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convivencia intercultural en parques canchas deportivas y otros espacios en

convenio con el Área de Equidad, Derechos Sociales y Empleo, si lo hubiere.

4. Dar respuesta mediante la mediación comunitaria y socioeducativa a las necesidades

y conflictos identificados en el análisis previo que impidan una convivencia positiva

en los territorios.

5. Fomentar la participación de grupos de vecinos y vecinas en todas las fases del

proceso de intervención comunitaria.

La entidad adjudicataria deberá desarrollar un completo programa de actividades sociales,

lúdico-culturales, deportivas, así como talleres y actividades que fomenten la integración y la

igualdad de oportunidades entre toda la población. Se elaborará, además, un plan trimestral de

trabajo, de acuerdo a las directrices marcadas por el Departamento de Servicios Sociales y el

Pliego de Prescripciones Técnicas.

Todas y cada una de ellas estarán temporalizadas y encaminadas a apoyar la convivencia y

fomentar la participación, la integración social y promoción comunitaria.

Las actividades tendrán en cuenta las necesidades grupales e individuales de la población

participante, las características específicas del colectivo de atención y las carencias o

necesidades sentidas por esos colectivos.

Las sesiones, número de horas y tipo de actividades podrán variar según las demandas y

necesidades que se detecten siempre en coordinación con los servicios municipales del Distrito.

Para ello, se deberá partir inicialmente de la realización de un análisis de necesidades del

contexto social en el que se producirá la intervención, y que dará lugar a la elaboración de un

Plan de intervención de carácter anual consensuado entre el Departamento de Servicios

Sociales y el equipo técnico adjudicatario. Tanto el análisis como el plan de intervención se

presentarán en un plazo máximo de 2 meses desde el inicio de la ejecución e incluirá los

objetivos y las condiciones exigidas en el pliego y tendrá en cuenta tanto las necesidades

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valoradas por los técnicos municipales como las demandas planteadas por los vecinos, vecinas

y entidades sociales.

Realizarán entre otras, las siguientes actividades:

• Sesiones informativas, conjuntamente con ciudadanos/as y entidades sociales

representativas, sobre las problemáticas detectadas en los distintos espacios: venta

ambulante, suciedad, conflictos por la utilización de las instalaciones deportivas, etc.

• Información y orientación sobre la normativa vigente en uso y mantenimiento de los

espacios públicos y sobre las normas de convivencia en los espacios vecinales y

públicos.

• Colaborar con otros profesionales municipales en el ámbito de las actividades de

prevención e intervención social comunitaria.

• Sesiones informativas/formativas dirigidas al conjunto de la comunidad vecinal,

información de recursos y de temas de interés vecinal, etc.

• Acciones de Educación de calle: actividades de captación, orientación e intervención

socioeducativa en medio abierto con jóvenes y adultos.

• Intervención y apoyo en todos aquellos aspectos que mejoren las condiciones y

calidad de vida de los vecinos.

• Visitas periódicas a los espacios públicos, principalmente en fines de semana,

identificando líderes de los grupos; permitiendo un análisis continúo de las

dinámicas de uso del espacio y referenciando la figura del educador como agente de

resolución de los conflictos que surjan por el uso del espacio. Coordinación con otros

agentes sociales de referencia en el espacio: policía municipal, agentes

medioambientales, etc.

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Fecha: 03/10/2016 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS

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• Desarrollo de actividades físicas y deportivas en espacios para tal uso con

menores/jóvenes/adultos de la zona para potenciar el conocimiento y

aprovechamiento del espacio público y los recursos del distrito.

• Coordinación con entidades y recursos sociales para dar respuesta a las necesidades

detectadas en la población que frecuenta los espacios abiertos.

• Diseño y desarrollo de actividades en que se generen dinámicas de participación y

convivencia.

• Mediación ante conflictos vecinales o entre particulares que sean detectados por el

propio proyecto o por técnicos/as municipales desde una óptica imparcial con

posibilidad de asesoría jurídica complementaria a dichos procesos de mediación.

• Realización de dos jornadas distritales en las cuales se expondrá el diagnóstico

participado del Distrito y se realizará una puesta en común / visibilización así como

otra donde se expondrá un plan comunitario consensuado resultado de la ejecución

del presente contrato.

• Asesoramiento a las entidades sociales y vecinales relacionadas con las carencias

que sean detectadas en el proceso de análisis.

• Apoyo jurídico y organización de sesiones formativas para asociaciones y entidades

sobre relaciones entre entidades ciudadanas y administración, jurídica, económica y

participativa.

Además, se deberá tener en cuenta lo siguiente:

• Los objetivos a desarrollar, y la metodología concreta para su consecución se

definirán por el adjudicatario en un proyecto de trabajo detallado para cada una de

las actuaciones a realizar, ajustándose a las directrices definidas en el presente

pliego de prescripciones técnicas.

• Será siempre de cuenta del adjudicatario la disposición de los medios técnicos,

materiales y humanos necesarios para la correcta ejecución del contrato.

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• Cualquier actividad de carácter administrativo que pudiera surgir durante la puesta

en funcionamiento, la ejecución y el desarrollo de las intervenciones y actividades

programadas serán responsabilidad del adjudicatario.

• Se procederá por parte de la entidad adjudicataria, con el consentimiento del

responsable del contrato por parte del Departamento de Servicios Sociales, a

distribuir las intervenciones o actividades previstas en los diferentes barrios de la

forma que se estime pertinente en función de la demanda que, en muchas

ocasiones, podrá variar dependiendo de las tendencias de ubicación residencial o

concentraciones sociales de la población así como por otros motivos coyunturales.

• Las actuaciones realizadas en un área territorial concreta deberán ser comunicadas,

tanto al Departamento de Servicios Sociales como al trabajador/a social

correspondiente a la zona. Se ofrecerán actuaciones concretas de tipo comunitario

y/o grupal en las que podrá participar este/a profesional previa autorización por

parte del Departamento.

• Se realizarán las intervenciones de carácter institucional o comunitario que se

consideren necesarios para conseguir los objetivos de intervención en medio abierto.

En cualquier caso, estos contactos con entidades ajenas a los Servicios Sociales

municipales deberán ser informados de forma previa y contar con el visto bueno de

los responsables de los Servicios Sociales.

• En todas las actividades e intervenciones previstas a nivel grupal o comunitario se

deberá realizar un breve planteamiento técnico donde se deberá recoger, entre

otros aspectos, la valoración de la situación, objetivos que se pretenden conseguir,

plazos estimados, actividades previstas para conseguirlos, medios utilizados y

evaluación sobre el grado de consecución de los mismos.

• Por lo que hace referencia a las relaciones comunitarias, será preciso trabajar la

convivencia vecinal y la relación con el entorno de la población diana, favoreciendo

su integración a través de diversos servicios municipales y extramunicipales

existentes, asociaciones, grupos deportivos etc. En este sentido se mantendrán

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reuniones periódicas con las Mesas y los espacios comunitarios distritales con la

colaboración del Departamento de Servicios Sociales del Distrito.

• Todas las actuaciones deben fomentar el trabajo grupal y la convivencia e

integración comunitaria, con objeto de establecer relaciones sanas entre iguales. En

esta misma línea, en todas las programaciones y desarrollo de las actividades se

dará una especial importancia a la interacción positiva e integradora entre población

autóctona y población provenientes de otros países.

• La población con la que trabajará el equipo de profesionales será captada por los

propios técnicos en medio abierto en las zonas del distrito donde de manera habitual

interacciona la población destinataria.

• La entidad adjudicataria se encargará de desarrollar la difusión de las actuaciones

para informar, asesorar y dar acceso en igualdad de oportunidades a la población

destinataria, así para poder llegar al máximo de colectivos sociales y lograr el

máximo de participación e implicación vecinal.

• Toda la publicidad que la entidad adjudicataria pudiera realizar, en cualquiera de los

soportes posibles, hará constar que la titularidad del proyecto corresponde a la

Junta Municipal de San Blas-Canillejas –Departamento de Servicios Sociales-y que

está gestionado por la entidad en cuestión. En cualquier caso, antes de proceder a

su difusión, deberá contar con la aprobación de los responsables del Departamento.

• En cuanto a las actividades que precisen publicidad, se realizarán con el fin de dar

difusión del evento a las asociaciones y vecinos/as del distrito, sin incidencia en

medios de comunicación, bajo la supervisión de la Dirección General de Medios de

Comunicación., de acuerdo con lo dispuesto en el apartado tercero del decreto de 26

de marzo de 2012 de la Delegada de Gobierno de Hacienda y Administración Pública

“no se encuentra comprendido en el objeto de los servicios de creación publicitaria,

el diseño y la edición de folletos, dípticos, trípticos, carteles. Boletines, revistas, cuya

finalidad sea la divulgación, sin incidencia en medios de comunicación, de las

actividades municipales, sin perjuicio de las competencias delegadas por la Alcaldesa

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en el Vicealcalde, relativas a la supervisión de las campañas informativas y de

publicidad, para conseguir unidad de imagen corporativa”

4.- RECURSOS HUMANOS, MATERIALES, Y REALIZACIÓN DE JORNADAS

4.1.- RECURSOS HUMANOS:

Para la ejecución de las actuaciones señaladas, la entidad contará con

• 1 profesional a jornada completa, que deberá estar en posesión de alguna de las

siguientes titulaciones universitarias: diplomatura o grado en Educación Social o

Trabajo Social y tener experiencia en proyectos comunitarios, para quien la empresa

garantizará que el salario y complementos correspondientes a estos/as

trabajadores/as, como mínimo el equivalente al de Grupo 1 del Convenio Colectivo

Estatal de Acción e Intervención Social 2015-2017. Realizará, además de las propias

del objeto del contrato, las tareas de coordinación del mismo y la comunicación con

el/la técnico/a municipal que se designe. La empresa contratista deberá designar

una persona sustituta del coordinador/a para los supuestos de ausencia.

• 3 profesionales a media jornada que deberán estar en posesión de alguna de las

siguientes titulaciones: Técnico en Integración Social o Técnico en Animación Socio-

cultural y tener experiencia en proyectos comunitarios, para quienes la empresa

garantizará que el salario y el complemento de proyecto correspondiente a estos/as

trabajadores/as, como mínimo el equivalente al de Grupo 2 del Convenio Colectivo

Estatal de Acción e Intervención Social 2015-2017.

• Además, se dispondrá de 36 h mensuales de dedicación en un/a profesional

responsable de proporcionar asistencia jurídica para las tareas de apoyo a la

mediación vecinal y entre particulares, así, como para ofrecer el asesoramiento

jurídico a las asociaciones y colectivos del Distrito, debiendo efectuarse en el horario

que más convenga al objetivo de la intervención.

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Objeto: CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA EJECUCIÓN DE PROGRAMA DE PROMOCION COMUNITARIA EN BARRIOS DEL DISTRITO DE SAN BLAS-CANILLEJAS.

Fecha: 03/10/2016 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS

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Una vez formalizado el contrato y antes del inicio de la actividad, la empresa deberá

identificar a los/las profesionales que ejercerán las actuaciones señaladas debiendo aportar los

títulos acreditativos de su formación.

Las actuaciones comprendidas en el contrato se podrán prestar de lunes a domingo y en

horario de mañana o tarde, según las necesidades del mismo y lo que más convenga al

objetivo de la intervención. Preferentemente las actividades comunitarias se desarrollarán entre

las 16:30 y las 21:30 de la tarde, y las actuaciones de coordinación preferentemente en horario

de mañana. El coordinador/a, al tener jornada completa, realizará las acciones y coordinaciones

en horario de mañana que fuesen necesarias.

Una particularidad derivada de las vacaciones escolares y de la conflictividad existente en el

Centro Deportivo San Blas, exige que durante el periodo de vacaciones escolares, la labor de

mediación en espacios públicos se centre de manera especial en dicha instalación, siendo

necesaria la presencia de un profesional en horario de 13:30 a 21:00 h de lunes a domingo en

la misma, realizando las labores descritas en el punto 1 como objeto del presente contrato.

El horario de prestación de los/las profesionales podrá ser alterado, de conformidad con el

responsable del contrato del Ayuntamiento de Madrid, con la finalidad de mejorar su desarrollo

y siempre atendiendo a la demanda, sin que ello suponga modificación contractual, siempre y

cuando el número total de horas a trabajar establecidas permanezca inalterado. El transporte

de los/las profesionales correrá a cargo de la empresa adjudicataria.

El personal señalado dependerá exclusivamente del adjudicatario, quien tendrá todos los

derechos y deberes inherentes a la calidad de empleador del mismo, siendo el Ayuntamiento de

Madrid ajeno a dichas relaciones laborales.

No existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del

contrato y el Ayuntamiento de Madrid, por cuanto aquél queda expresamente sometido al

poder direccional y de organización de la adjudicataria en todo ámbito y orden legal

establecido, siendo por tanto, ésta la única responsable y obliga al cumplimiento de cuantas

disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación ,

Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributaria, por cuanto dicho personal en

ningún caso tendrá vinculación jurídico-laboral con el Ayuntamiento de Madrid, y ello con

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independencia de las facultades de Control e Inspección que legal y/o contractualmente

correspondan al mismo.

La empresa adjudicataria nombrará un representante y un suplente que serán los que

mantengan contacto con los responsables municipales a fin de establecer una correcta

coordinación.

Es de obligado cumplimiento que los servicios objeto del presente contrato, se

desarrollen respetando las normas sociolaborales vigentes en España y en la Unión Europea. El

salario de los profesionales que atiendan la prestación del servicio objeto del contrato será

como mínimo el establecido en el Grupo profesional correspondiente del Convenio Colectivo

Estatal de Acción e Intervención Social 2015-2017 con entrada en vigor el día 3 de julio de

2015.

La intervención será fundamentalmente en medio abierto (espacios abiertos, calles,

plazas, etc.) y en equipamientos municipales.

Las reuniones de coordinación y seguimiento del proyecto se llevarán a cabo en los

Centros de Servicios Sociales del Distrito u otros equipamientos que designe el Departamento

de Servicios Sociales. Se desarrollará una reunión inicial con todo el equipo de profesionales del

Centro de Servicios Sociales y otro personal municipal, para la presentación del proyecto y su

puesta en marcha.

4.2.- MATERIALES:

Para la realización de las actividades grupales la empresa adjudicataria aportará, para el

desarrollo de las sesiones, como mínimo un ordenador portátil, equipo reproductor de sonido y

cañón de proyección para presentaciones.

Se dotará a cada profesional que desarrolle el proyecto, de un teléfono móvil con

conexión a internet, con los servicios necesarios para disponer de las aplicaciones que permitan

el contacto con las personas participantes y técnicos/as municipales.

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Para la realización del contrato, la empresa pondrá a disposición de los profesionales al

menos 2 ordenadores portátiles con conexión a internet.

Este personal irá debidamente identificado en todas las actuaciones con una tarjeta o

similar que esté a la vista de los vecinos y vecinas. Deberá ser proporcionada por la empresa

con las condiciones descritas en el texto descriptivo de la publicidad (punto 3).

La empresa adjudicataria dotará a cada profesional con una cuenta de correo electrónico

corporativa a través de la cual se producirán las comunicaciones pertinentes relacionadas con

el presente contrato. Tanto la cuenta de correo electrónico como el teléfono móvil podrán ser

usados por los/las técnicos/as municipales como forma de contacto con los/las profesionales de

la empresa.

Para el desarrollo de las distintas sesiones, talleres y actividades a desarrollar por el

Programa de Promoción comunitaria, la empresa adjudicataria facilitará los materiales

necesarios.

4.3.- REALIZACIÓN DE JORNADAS:

Se desarrollarán dos jornadas relativas al objeto del contrato en las que se contará con

un/a ponente de reconocido prestigio en materia de trabajo comunitario, material necesario

para la organización del evento; transporte de material; impresión de carteles (A5) y dípticos,

técnico de sonido, montaje, material de oficina o fungible que se precise tales como carpetas,

folios y bolígrafos, En él se servirá un desayuno básico para los/las asistentes. El lugar de

realización de la jornada será proporcionado por la Junta de Distrito.

Se incluyen en este concepto los gastos correspondientes a los equipos informáticos,

proyectores, etc que sean necesarios, corriendo por tanto a cargo de la entidad adjudicataria.

4.4.-RECURSOS ECONÓMICOS:

El importe se refleja en el siguiente cuadro:

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PRESUPUESTO IMPORTE € IVA 10%

IMPORTE

TOTAL

(IVA

INCLUIDO)

PARTIDA

PRESUPUESTARIA DENOMINACIÓN

2016 78.499,28 7.849,93 86.349,21 231.06/227.99 Att e Inc Social y

Att a la Emergencia

El presente contrato es financiado con cargo al presupuesto procedente del Fondo de

Reequilibrio Territorial, dado que el lugar de ejecución de las actuaciones que son objeto del

presente contrato serán de manera preferente los barrios de Arcos, Amposta, Simancas y Hellín,

aunque podría solicitarse intervención en los barrios de Rosas y Rejas en caso de detectarse conflicto o

problemática social comunitaria que estuviera dentro de lo que se exige en este proyecto.

5.- ÓRGANO CONTRATANTE:

El órgano competente para contratar es la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de

conformidad con lo establecido en el Art. 17.1 e) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de

Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid. Si bien, en virtud del Acuerdo de ese órgano de

29 de octubre de 2015, esta competencia recae en la actualidad en la Concejala del Distrito de

San Blas-Canillejas, sin perjuicio, de posteriores delegaciones o avocaciones que pudieran

realizarse.

El mencionado órgano tiene facultad para adjudicar el correspondiente contrato

administrativo y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas

que ofrezca su ejecución, modificarlo y acordar su resolución con sujeción a la normativa

aplicable. Los acuerdos que a este respecto dicte serán ejecutivos sin perjuicio del derecho del

contratista a su impugnación ante la Jurisdicción competente.

La prestación de este servicio no puede ser realizada directamente por el Distrito de San

Blas-Canillejas, al carecer de medios personales y materiales, por lo que se hace precisa su

contratación.

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Fecha: 03/10/2016 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS

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6.- PLAZO DE GARANTÍA:

Debido a las características de este contrato, no requiere plazo de garantía. En el

momento de dar la conformidad del mismo se determina su correcta ejecución, quedando en

ese momento extinguida la responsabilidad del contratista.

7.- PÓLIZA DE SEGUROS:

Procede: SÍ. Las entidades adjudicatarias deberán presentar copia de la póliza de

responsabilidad civil que cubra los riesgos que pudieran producirse en la ejecución del contrato,

con una cobertura de 150.000 euros.

Se admitirán pólizas con franquicia hasta un límite de 300 euros. En el supuesto de las

indemnizaciones que se deriven de los daños que se ocasionen como consecuencia de la

ejecución del contrato, y cuyo importe esté por debajo de la cuantía de la franquicia, el

adjudicatario deberá responder directamente de las mismas en los términos previstos en la Ley

de contratos del Sector Público.

8.- IMPORTE DEL CONTRATO.

Importe del contrato en €:

CONCEPTO CUANTÍA

Personal 73.819,28

Materiales 2.340,00

Jornadas 2.340,00

Base imponible 78.499,28

IVA 10% 7.849,93

Total, con IVA 86.349,21

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9.- SEGUIMIENTO

La entidad adjudicataria deberá presentar informes trimestrales del desarrollo y gestión

de las actuaciones comprendidas en el presente contrato, así como una memoria anual que

recoja el número de personas participantes, disgregado por género, así como las entrevistas

realizadas, sesiones grupales, talleres y actividades realizadas.

También deberá presentar el plan de trabajo trimestral, tal y como se recoge

anteriormente.

Todos los materiales y documentación necesarios para la ejecución del contrato, deberán

hacer un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o

estereotipos sexistas y fomentar con valores de igualdad la presencia equilibrada, la diversidad

y la corresponsabilidad.

10.- PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS

Para la valoración de los proyectos presentados para la licitación, éstos deberán cumplir las

siguientes condiciones:

• Su formato se ajustará a los siguientes apartados:

1. Datos de la entidad

2. Datos sociodemográficos y servicios disponibles en el distrito relacionados con el

objeto del contrato.

3. Técnicas y metodología

4. Organización y estructura de las actividades y talleres

5. Calidad Social del Proyecto

6. Seguimiento y evaluación

7. Anexos

• No ocupará más de 100 hojas en total (incluida portada y contraportada) como máximo,

(50 si es a doble cara), en letra no inferior a 10 puntos, indexado, paginado y ordenado

conforme a los ítems descritos anteriormente. También se aportará en formato PDF.

Únicamente se valorará lo contenido en ese número de páginas.

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• El proyecto técnico será presentado en formato papel y digital, no pudiendo ser

diferente la información facilitada en uno u otro medio. En caso de detectarse

diferencias u omisión de uno de los dos soportes, el proyecto será excluido de su

valoración. El formato digital estará en soporte cd, DVD o memoria extraíble que

formará parte del expediente y posteriormente archivado con el mismo.

11.- CLAUSULAS SOCIALES

La empresa adjudicataria se compromete a cumplir las siguientes especificaciones:

1.- Los servicios objeto del contrato deben haber sido producidos o desarrollados

respetando las normas sociolaborales vigentes en España y en la Unión Europea o de la

Organización Internacional del Trabajo.

2.- Se tendrán en cuenta la Convención de Naciones Unidas sobre los derechos de las

personas con diversidad funcional, así como los criterios de accesibilidad universal y de

diseño universal o diseño para todas las personas, tal y como son definidos estos

términos en el TRLGDPD.

3.- Tanto en la elaboración del proyecto, como en su ejecución, se evitará el uso del

lenguaje e imágenes sexistas. Del mismo modo, dado que el programa presupuestario

al que se imputa este contrato tiene previsto indicadores de género, se deberá elaborar

un informa sobre impacto de género como condición especial de ejecución.

4.- En toda la documentación, publicidad, imagen o materiales que deban aportar los

licitadores o que sean necesarios para la ejecución del contrato, deberá hacerse un uso

no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o

estereotipos sexistas, y fomentar con valores de igualdad la presencia equilibrada, la

diversidad y la corresponsabilidad.

5.- La empresa adjudicataria deberá adscribir a la ejecución del contrato el número de

equipos informáticos descritos anteriormente con la tecnología adecuada para que sean

usables por cualquier persona, con independencia de sus circunstancias personales.

6.- La empresa adjudicataria tiene la obligación de adoptar las medidas de seguridad y

salud en el trabajo que sean obligatorias para prevenir de manera rigurosa los riesgos

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que pueden afectar a la vida, integridad y salud de las personas trabajadoras.

Asimismo, deberá acreditar el cumplimiento de las obligaciones siguientes:

- La evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva correspondiente a la

actividad contratada.

- La formación e información en materia preventiva a las personas adscritas a la

ejecución del contrato. La empresa adjudicataria deberá acreditar el cumplimiento de

estos extremos mediante la documentación que corresponda en cada caso, dado que la

actuación a realizar en materia de prevención de riesgos laborales dependerá de la

naturaleza de la prestación constitutiva del objeto del contrato.

7.- La empresa adjudicataria deberá acreditar mediante declaración responsable la

afiliación y el alta en la Seguridad Social de las personas trabajadoras destinadas a la

ejecución del contrato. Esta obligación se extenderá a todo el personal subcontratado

por la empresa adjudicataria. Para ello, y con carácter previo a la adjudicación, será

necesaria la presentación de una declaración responsable en la que se señale que las

personas trabajadoras destinadas a la ejecución del contrato se encuentran afiliadas y

dadas de alta en la Seguridad Social.

8.- Para garantizar el control del cumplimiento de las cláusulas sociales, se remitirán

informes mensuales y se establecerán reuniones mensuales con la empresa

adjudicataria con el jefe de departamento durante la ejecución del presente contrato.

9.- Con carácter previo a la finalización del contrato, la empresa adjudicataria deberá

presentar un informe relativo al cumplimiento de las obligaciones sociales.

Es condición especial de ejecución que la entidad licitadora que se comprometa a

emplear para la ejecución del contrato, en los supuestos de nuevas contrataciones, bajas y

sustituciones, un porcentaje superior al 5% de personas desempleadas inscritas en las oficinas

de empleo, priorizando en su contratación los pertenecientes a colectivos desfavorecidos, con

dificultades de acceso al mundo laboral o con riesgo de exclusión social.

El cumplimiento de por la empresa adjudicataria de esta condición especial de ejecución

se acreditará mediante la presentación de los correspondientes contratos de trabajo, así como

la documentación que acredite la pertenencia los colectivos anteriormente mencionados

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Servicio Promotor: DEPARTAMENTO DE SERVICIOS SOCIALES

Objeto: CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA EJECUCIÓN DE PROGRAMA DE PROMOCION COMUNITARIA EN BARRIOS DEL DISTRITO DE SAN BLAS-CANILLEJAS.

Fecha: 03/10/2016 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS

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expedida por los Servicios sociales competentes. Esta certificación será adjuntada en el

momento en el que se produzcan las situaciones previstas en esta cláusula.

12.- PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES:

La empresa adjudicataria y el personal a su servicio en la prestación del contrato, tal y

como se define en la letra g) del artículo 3 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de

Protección de Datos de Carácter Personal, están obligados en su calidad de encargados de

tratamiento de datos personales por cuenta del (Órgano de contratación) al cumplimiento de lo

dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter

Personal, el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento

de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de

Carácter Personal, así como de las disposiciones que en materia de protección de datos se

encuentren en vigor a la adjudicación del contrato o que puedan estarlo durante su vigencia.

La empresa adjudicataria se obliga especialmente a lo siguiente:

• 1º) Deberá guardar la debida confidencialidad y secreto sobre los hechos,

informaciones, conocimientos, documentos y otros elementos a los que tenga acceso

con motivo de la prestación del servicio (art. 10 LOPD), sin que pueda conservar

copia o utilizarlos para cualquier finalidad distinta a las expresamente recogidas en el

presente pliego, incurriendo en caso contrario en las responsabilidades previstas en

la legislación vigente (art. 12.4 LOPD). Igualmente, deberá informar a sus

empleados de que sólo pueden tratar la información del Ayuntamiento para cumplir

los servicios objeto de este pliego y también de la obligación de no hacer públicos,

ceder o enajenar cuantos datos conozcan (artículo 9 LOPD). Esta obligación

subsistirá aún después de la finalización del contrato.

• 2º) Asimismo, deberá incluir una cláusula de confidencialidad y secreto en los

términos descritos (art. 10 LOPD) en los contratos laborales que suscriban los

trabajadores destinados a la prestación del servicio objeto del presente pliego. La

empresa adjudicataria, al igual que su personal, se someterán a los documentos de

seguridad vigentes en el Ayuntamiento de Madrid para cada uno de los ficheros a los

que tengan acceso, e igualmente a las especificaciones e instrucciones de los

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℡ 91 588 80 05 Departamento de Servicios Sociales [email protected]

Expediente número: 300/2016/01573

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Fecha: 03/10/2016 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS

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responsables de seguridad en materia de protección de datos de cada una de las

dependencias municipales afectadas.

• 3º) Dicho compromiso afecta tanto a la empresa adjudicataria como a los

participantes y colaboradores en el proyecto y se entiende circunscrito tanto al

ámbito interno de la empresa como al ámbito externo de la misma. El Ayuntamiento

de Madrid se reserva el derecho al ejercicio de las acciones legales oportunas en

caso de que bajo su criterio se produzca un incumplimiento de dicho compromiso.

• 4º) Únicamente tratará los datos personales a los que tenga acceso para la

prestación del contrato conforme al contenido de este pliego de prescripciones

técnicas y a las instrucciones que el Órgano de contratación le pueda especificar en

concreto y que se incluirían como una Adenda al presente contrato. No aplicará o

utilizará los datos personales indicados con fin distinto al previsto en el contrato, ni

los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas salvo autorización

expresa por parte del responsable del fichero en los términos previstos en el artículo

21 del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de

Protección de Datos de Carácter Personal.

• 5º) A cumplir todas y cada una de las medidas de seguridad (nivel básico, medio o

alto) que sean de aplicación en función de la tipología de datos que se utilicen y

traten para la prestación del servicio objeto del presente contrato y que vienen

previstas en el Título VIII del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999,

de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. A este respecto no

se registrarán datos de carácter personal en ficheros que no reúnan las condiciones

determinadas en el referido Titulo VIII respecto a su integridad y seguridad y a las

de los Centros de tratamiento, locales, equipos, sistemas y programas. (Artículo 9.2.

LOPD).

Durante la realización de los servicios que se presten como consecuencia del

cumplimiento del presente contrato, el adjudicatario y su personal se someterán al

estricto cumplimiento de los documentos de seguridad vigentes para los ficheros de

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Fecha: 03/10/2016 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS

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datos de carácter personal a los que tengan acceso, así como a las instrucciones de

los responsables de seguridad de las dependencias municipales en las que

desarrollen su trabajo.

El acceso a las bases de datos del Ayuntamiento de Madrid necesarias para la

prestación del servicio se autorizará al adjudicatario para el exclusivo fin de la

realización de las tareas objeto de este contrato, quedando prohibido para el

adjudicatario y para el personal encargado de su realización su reproducción por

cualquier medio y la cesión total o parcial a cualquier persona física o jurídica. Lo

anterior se extiende asimismo al producto de dichas tareas.

El adjudicatario se compromete a formar e informar a su personal en las obligaciones

que de tales normas dimanan, para lo cual programará las acciones formativas

necesarias.

El personal prestador del servicio objeto del contrato tendrá acceso autorizado

únicamente a aquellos datos y recursos que precisen para el desarrollo de sus

funciones.

• 6º) Los diseños, desarrollos o mantenimientos de software deberán, con carácter

general, observar los estándares que se deriven de la normativa de seguridad de la

información y de protección de datos, y en concreto lo relativo a la identificación y

autenticación de usuarios, estableciendo un mecanismo que permita la identificación

de forma inequívoca y personalizada de todo aquel usuario que intente acceder al

sistema de información y la verificación de que está autorizado, limitando la

posibilidad de intentar reiteradamente el acceso no autorizado al sistema de

información.

• 7º) El Ayuntamiento de Madrid se reserva el derecho de efectuar en cualquier

momento los controles y auditorias que estime oportunos para comprobar el correcto

cumplimiento por parte del adjudicatario de sus obligaciones, el cual está obligado a

facilitarle cuantos datos o documentos le requiera para ello.

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• 8º) Todos los datos personales que se traten o elaboren por la empresa adjudicataria

como consecuencia de la prestación del contrato, así como los soportes del tipo que

sean en los que se contengan son propiedad del Ayuntamiento de Madrid.

• 9º) Una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal

deberán ser destruidos o devueltos al Ayuntamiento de Madrid conforme a las

instrucciones que haya dado, al igual que cualquier soporte o documento que

contenga algún dato de carácter personal objeto del tratamiento.

• 10º) De conformidad con lo que establece el artículo 12.4 de la Ley Orgánica

15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el

incumplimiento por parte del adjudicatario de las estipulaciones del presente

contrato lo convierten en responsable del tratamiento respondiendo directamente de

las infracciones en que hubiera incurrido, así como del pago del importe íntegro de

cualquier sanción que, en materia de protección de datos de carácter personal,

pudiera ser impuesta al Ayuntamiento de Madrid, así como de la totalidad de los

gastos, daños y perjuicios que sufra el Ayuntamiento de Madrid como consecuencia

de dicho incumplimiento (art. 12.4 LOPD).

• 11º) Aportará una memoria descriptiva de las medidas que adoptará para garantizar

la seguridad e integridad de los datos manejados y de la documentación facilitada.

Dicha memoria deberá contener el nivel de seguridad que permite alcanzar así como

información sobre la posibilidad de definir distintos perfiles de acceso, existencia de

un mecanismo de identificación y autenticación y, en su caso, descripción de la

gestión de contraseñas. También y cuando proceda, el tratamiento que se aplicará a

los soportes y documentos, el procedimiento de gestión de copias de respaldo y el

contenido del registro de accesos.

Asimismo, el adjudicatario deberá informar al organismo contratante antes de

transcurridos siete días de la fecha de comunicación de la adjudicación, la persona

Firmado por: JOSE IGNACIO SANTAS GARCIACargo: JEFE DEPARTAMENTO SERVICIOS SOCIALESFecha: 01-12-2016 12:31:20

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Avd. Arcentales, 28 28022 MADRID

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Expediente número: 300/2016/01573

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Fecha: 03/10/2016 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS

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que será directamente responsable de la puesta en práctica y de la inspección de

dichas medidas de seguridad, adjuntando su perfil profesional.

• 12º) En la medida que el adjudicatario aporta equipos informáticos para la

prestación del servicio objeto del contrato, una vez finalizadas las tareas, el

adjudicatario previamente a retirar los equipos informáticos, deberá borrar toda la

información utilizada o que se derive de la ejecución del contrato, mediante el

procedimiento técnico adecuado, o proceder a su entrega al responsable del fichero.

La destrucción de la documentación de apoyo, si no se considerara indispensable por

el Ayuntamiento habiéndolo comunicado por escrito, se efectuará mediante máquina

destructora de papel o cualquier otro medio que garantice la ilegibilidad,

efectuándose esta operación en el lugar donde se realicen los trabajos. Igualmente,

deberá adoptar las medidas necesarias para impedir la recuperación posterior de

información almacenada en soportes que vayan a ser desechados o reutilizados.

El Distrito se reserva el derecho a formular cuantas objeciones fundamentadas

estime conveniente modificando las orientaciones según las conveniencias del

servicio, debiendo someterse el adjudicatario a las directrices e instrucciones que le

sean formuladas por el funcionario responsable, con objeto de tener la máxima

eficacia y coordinación

Firmado electrónicamente por: JOSE IGNACIO SANTAS GARCIA

Cargo: JEFE DEPARTAMENTO SERVICIOS SOCIALES

Fecha: 01-12-2016 12:30:47

Firmado por: JOSE IGNACIO SANTAS GARCIACargo: JEFE DEPARTAMENTO SERVICIOS SOCIALESFecha: 01-12-2016 12:31:20

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