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Sección de Servicios Sociales y Culturales Negociado de Juventud Ayuntamiento de Castellón de la Plana PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE REGULA LA CONTRATACIÓN, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, DEL SERVICIO DE DISEÑO Y GESTIÓN DEL PROYECTO DE OCIO ALTERNATIVO PARA JÓVENES DE LA CIUDAD DE CASTELLÓN DE LA PLANA. (EXPTE. 15/2013) 1ª.- OBJETO DEL CONTRATO. Constituye el objeto del presente pliego regular la contratación de la prestación del servicio de diseño y gestión del proyecto de Ocio Alternativo para jóvenes de la ciudad de Castellón de la Plana, cuya finalidad es proporcionar a los jóvenes ofertas de ocio y tiempo libre saludable durante los fines de semana, todo ello de conformidad con las condiciones señaladas en el presente pliego y en el de cláusulas administrativas particulares que regulan la presente licitación. Para la realización del citado servicio se desarrollarán las siguientes actividades: - Diseño y ejecución del proyecto de Ocio Alternativo: se desarrollarán actividades, con carácter gratuito, dirigidas a la educación en valores y prevención de drogodependencias, talleres, espectáculos, charlas, animaciones, juegos competitivos, práctica y competición deportiva... - Control del proyecto de Ocio Alternativo: se realizará un control de las actividades programadas y de los objetivos conseguidos, y se establecerá la forma de coordinación con el personal técnico del Negociado de Juventud responsable del programa. - Promoción publicitaria: elaboración de un díptico, o soporte similar, guía de la actividad, diseños publicitarios, impresión y soportes publicitarios, así como su distribución. Asimismo, es objeto de esta contratación crear un espacio abierto de convivencia entre la gente joven de nuestra ciudad, potenciando actividades y talleres dirigidos a la participación activa de todas las personas asistentes en actividades lúdicas, educativas, socioculturales y deportivas que fomenten: el uso responsable del ocio y tiempo libre, la educación en valores, la igualdad entre hombres y mujeres, la cultura, la implicación de colectivos y la creación de empleo para personas con dificultades de acceso al mercado laboral. A estos efectos, se han incorporado a esta contratación criterios de adjudicación de carácter social. 2ª.- CODIFICACIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO. 2.1- La codificación del objeto del contrato que corresponde a la nomenclatura del Vocabulario Común de los contratos públicos según el Reglamento (CE) num. 213/2008 de la Comisión de 28 de noviembre de 2007 por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo es la siguiente: 92300000-4 (Servicios de entretenimiento). 2.2.- El Código de Clasificación Nacional de Productos por Actividades que, conforme al Reglamento 451/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de abril de 2008, por el que se establece una nueva clasificación estadística de productos por actividades (CPA) y se deroga “Proyecto Ocio alternativo para jóvenes” Página 1 de 38

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Sección de Servicios Sociales y CulturalesNegociado de Juventud

Ayuntamiento de Castellón de la Plana

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE REGU LA LACONTRATACIÓN, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, DEL SERVICIO DE D ISEÑO YGESTIÓN DEL PROYECTO DE OCIO ALTERNATIVO PARA JÓVENES DE LA C IUDAD DECASTELLÓN DE LA PLANA.

(EXPTE. 15/2013)

1ª.- OBJETO DEL CONTRATO.Constituye el objeto del presente pliego regular la contratación de la prestación del

servicio de diseño y gestión del proyecto de Ocio Alternativo para jóvenes de la ciudad deCastellón de la Plana, cuya finalidad es proporcionar a los jóvenes ofertas de ocio y tiempo libresaludable durante los fines de semana, todo ello de conformidad con las condiciones señaladasen el presente pliego y en el de cláusulas administrativas particulares que regulan la presentelicitación.

Para la realización del citado servicio se desarrollarán las siguientes actividades:

- Diseño y ejecución del proyecto de Ocio Alternativo: se desarrollarán actividades, concarácter gratuito, dirigidas a la educación en valores y prevención de drogodependencias,talleres, espectáculos, charlas, animaciones, juegos competitivos, práctica y competicióndeportiva...

- Control del proyecto de Ocio Alternativo: se realizará un control de las actividadesprogramadas y de los objetivos conseguidos, y se establecerá la forma de coordinación con elpersonal técnico del Negociado de Juventud responsable del programa.

- Promoción publicitaria: elaboración de un díptico, o soporte similar, guía de la actividad,diseños publicitarios, impresión y soportes publicitarios, así como su distribución.

Asimismo, es objeto de esta contratación crear un espacio abierto de convivencia entre lagente joven de nuestra ciudad, potenciando actividades y talleres dirigidos a la participaciónactiva de todas las personas asistentes en actividades lúdicas, educativas, socioculturales ydeportivas que fomenten: el uso responsable del ocio y tiempo libre, la educación en valores, laigualdad entre hombres y mujeres, la cultura, la implicación de colectivos y la creación deempleo para personas con dificultades de acceso al mercado laboral. A estos efectos, se hanincorporado a esta contratación criterios de adjudicación de carácter social.

2ª.- CODIFICACIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO.

2.1- La codificación del objeto del contrato que corresponde a la nomenclatura delVocabulario Común de los contratos públicos según el Reglamento (CE) num. 213/2008 de laComisión de 28 de noviembre de 2007 por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 2195/2002del Parlamento Europeo y del Consejo es la siguiente: 92300000-4 (Servicios deentretenimiento).

2.2.- El Código de Clasificación Nacional de Productos por Actividades que, conforme alReglamento 451/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de abril de 2008, por el quese establece una nueva clasificación estadística de productos por actividades (CPA) y se deroga

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el Reglamento (CEE) núm.3696/93 del Consejo, corresponde a la presente contratación es el93.29.29 (servicio de entretenimiento n.c.o.p.).

3ª.- NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER MEDIA NTE EL CONTRATO YLOS FACTORES DE TODO ORDEN A TENER EN CUENTA.

Las necesidades administrativas a satisfacer con esta contratación son las siguientes:

- Ofrecer alternativas de ocio y tiempo libre para la gente joven de la ciudad, ofreciendouna ocupación constructiva del tiempo, a través de actividades lúdicas, educativas,socioculturales y deportivas, siempre evitando el uso de alcohol, tabaco y otras substanciasadictivas.

- Educar en valores y fomentar la sociabilidad, la convivencia, la integración, laparticipación y la igualdad entre hombres y mujeres.

- Favorecer en las personas usuarias el desarrollo de capacidades personales, sociales yhábitos de vida saludables.

- Favorecer el acceso y la participación de todas las personas jóvenes, compensandodesigualdades sociales y personales.

- Ocupar de una forma divertida, educativa y sana los fines de semana de la poblaciónjuvenil de la ciudad.

- Establecer como punto referente de encuentro juvenil los locales y horarios en que selleven a cabo las actividades.

- Promover la participación de asociaciones juveniles y otros colectivos, apoyando lasiniciativas que surjan de los mismos.

- Favorecer la participación de las diferentes entidades del sector terciario de la ciudad enla realización de actividades, mediante contratos y convenios con el sector privado para eldesarrollo del proyecto.

4ª.- RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO.

El presente contrato se califica como contrato administrativo de servicios de conformidadcon el artículo 10 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que seaprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP),incluido en la categoría 26 del Anexo II de dicha ley (servicios de esparcimiento, culturales ydeportivos). Al tratarse de un contrato administrativo, en lo no previsto en el presente pliego decláusulas administrativas particulares regirá en esta contratación en cuanto a su preparación,adjudicación, efectos y extinción lo dispuesto en el TRLCSP, por el Real Decreto 817/2009, de 8de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007 (en adelante Real Decreto817/2009) y, en cuanto no se encuentre derogado por ésta, por el Reglamento General de la Leyde Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 deoctubre; por la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; por elReal Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido delas disposiciones legales vigentes en materia de régimen local en la parte que se mantienevigente y, en su defecto, por las normas del Derecho Privado.

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No eximirá al contratista la obligación del cumplimiento del contrato por desconocimientode éste en cualquiera de sus términos, de los documentos anexos que forman parte del mismo,o de las instrucciones, pliegos o normas de toda índole que puedan ser de aplicación enejecución de lo pactado.

En cuanto a las posibles responsabilidades penales se estará a lo dispuesto en el artículo262 del Código Penal que tipifica el delito de alteración de precios en las subastas y concursospúblicos.

5ª.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN.

El órgano de contratación competente para la aprobación del expediente y para laadjudicación del presente contrato es la Junta de Gobierno Local de conformidad con el punto 3de la Disposición Adicional Segunda del TRLCSP, con sede en la Plaza Mayor, s/n, 12001 y conla dirección electrónica www.castello.es. En cuanto a la formulación del acto de requerimientoprevisto en el artículo 151.2 del TRLCSP, es competencia de la Concejala Delegada deJuventud, en virtud del punto 7) del apartado Noveno del acuerdo de la Junta de Gobierno Local,de fecha 15 de junio de 2011.

Actuará como responsable del contrato la Coordinadora de Juventud, a la que lecorresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instruccionesnecesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada, deconformidad con lo previsto en el artículo 52 del TRLCSP.

En el caso de que haya sido objeto de puntuación para la adjudicación del contrato loscriterios sociales, de conformidad a los dispuesto en la Instrucción para la inclusión de criteriossociales en la contratación pública del Ayuntamiento de Castellón, aprobada por la Junta deGobierno Local, en fecha 18 de mayo de 2012, a la responsable del contrato le corresponderáasimismo, verificar, durante la ejecución del contrato, que se han realizado las contrataciones yse han mantenido en el plazo contractual, y, en caso de no cumplirse, proponer las penalidadesque corresponda exigir por incumplimiento contractual, o en su caso, la resolución contractual,según lo establecido en la cláusula 36ª del pliego.

6ª.- PERFIL DE CONTRATANTE.

El acceso público al perfil de contratante propio del órgano de contratación puederealizarse a través de la página web de este Ayuntamiento en la siguiente dirección electrónica:www.castello.es.

7ª.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN FORMULADO POR EL ÓRGANO DECONTRATACIÓN.

7.1.- El valor estimado del contrato asciende a 167.330,58 euros, a la baja, IVA excluido,correspondiente al periodo comprendido entre el 1 de febrero de 2014 y el 15 de junio de 2016,ambos inclusive.

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7.2.- El presupuesto máximo del contrato asciende a 111.553,72 euros, a la baja, IVAexcluido, correspondiente al periodo comprendido entre el 1 de febrero de 2014 y el 15 de juniode 2015, ambos inclusive. El importe del IVA (21 %) asciende a 23.426,28 euros.

La determinación del precio del contrato se ha realizado en base al informe de laCoordinadora de Juventud, de fecha 23 abril de 2013.

7.3.- El presupuesto base de licitación anual, asciende al importe de 55.776,86 euros, a labaja, IVA excluido, más 11.713,14 euros, en concepto de IVA (21%).

7.4.- En el precio de la oferta se entenderán incluidos los gastos de los talleres yactividades, personal, publicidad, gestión de la empresa, seguros y otros gastos vinculados conel objeto del presente servicio.

8ª.- CRÉDITO PRESUPUESTARIO O EL PROGRAMA O RÚBRICA CONTABL E CONCARGO AL QUE SE ABONARÁ EL PRECIO.

8.1.- Para la financiación de este contrato, cuyo presupuesto asciende a 134.980 euros,IVA incluido, dado que su contabilidad presupuestaria afecta a dos ejercicios presupuestarios, elgasto se distribuirá según el siguiente desglose:

• Presupuesto Municipal 2014. Periodo comprendido entre el 1 de febrero y el 15 dejunio de 2014, ambos inclusive: 67.490 euros, IVA incluido.

• Presupuesto Municipal 2015. Periodo comprendido entre 1 de febrero y el 15 de juniode 2015, ambos inclusive: 67.490 euros, IVA incluido.

En fecha 10 de mayo de 2013, se ha emitido informe por parte del Director del “Área deGestión Económica” en el que se indica que para el tipo de gasto que se pretende efectuarexiste normalmente crédito adecuado y suficiente en el Presupuesto del Ayuntamiento deCastellón, con cargo a la aplicación presupuestaria 5.33700.2279917, por lo que deberá serincluido por la unidad gestora en su previsión de gastos en orden a la confección del Proyectode Presupuesto del año 2014.

Así pues, para la financiación del presente contrato el órgano de contratación asumirá elcompromiso de consignar en los Presupuestos Municipales de 2014 y 2015 las cantidadescorrespondientes al gasto total que se deriva del presente servicio, quedando la adjudicación delmismo sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente parafinanciar las obligaciones económicas derivadas del mismo con cargo a los PresupuestosMunicipales de 2014 y 2015, de conformidad con el artículo 110.2 del TRLCSP.

8.2.- Las cantidades indicadas en el punto 1 de esta cláusula son a la baja, por lo queprocederá realizar el correspondiente reajuste en el caso de que se realice una baja en lasofertas contratadas.

8.3.- En caso de prórroga de la duración del contrato se tendrá en cuenta la debidaconsignación de crédito por el importe correspondiente.

9ª.- LUGAR Y DURACIÓN DEL CONTRATO.

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9.1.- La actividad se desarrollará en el Casal Jove del Grao de Castellón (Avda. delPuerto s/n. 12100 Grao de Castellón), en los diferentes locales e instalaciones municipales(instalaciones deportivas, centros culturales, educativos...), así como en cualquier instalación decarácter privado, adecuada para la realización de las diferentes actividades programadas.

9.2.- La vigencia del contrato comenzará tras su formalización en documentoadministrativo, finalizando el 15 de junio de 2015.

9.3.- La ejecución material del proyecto se realizará durante el periodo comprendidoentre el 1 de febrero y el 31 de mayo, ambos inclusive, de 2014 y 2015. En el caso de que, porcircunstancias meteorológicas, alguna actividad que estuviera previsto realizar al aire libre nohubiera podido realizarse, se llevará a cabo dentro de la primera quincena del mes de junio de laanualidad correspondiente.

9.4.- La duración del contrato podrá prorrogarse por periodo de un año, por mutuoacuerdo de las partes, con una antelación mínima de 3 meses al término del correspondienteperiodo de vigencia, y previo informe favorable de la Intervención General Municipal (artículo23.2 en relación con 303 del TRLCSP). En el supuesto de que se lleve a cabo la citada prórrogadel contrato la vigencia del mismo finalizará el 15 de junio de 2016.

10ª.- TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE A EFECTOS DE LA ADJUDICACI ÓN DELCONTRATO.

El expediente se tramitará de forma ordinaria, de conformidad con lo dispuesto en elartículo 109 del TRLCSP.

11ª.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.

La adjudicación del presente contrato se llevará a cabo por procedimiento abierto conarreglo a lo dispuesto en el artículo 157 del TRLCSP y conforme a los criterios de valoración deofertas fijados en la cláusula 12ª del presente pliego, de conformidad con lo establecido en elartículo 150 del TRLCSP.

12ª.- CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS.

12.1.- A los efectos del artículo 67.2 del RGLCAP y conforme a lo previsto en el artículo150 del TRLCSP para la valoración de la proposición presentada y la determinación de si laoferta se ajusta a los siguientes criterios con arreglo a la siguiente ponderación (de 0 a 100puntos ):

I/ Criterios no cuantificables automáticamente. Se puntuarán de 0 a 50 atendiendo a lamayor idoneidad del plan de gestión y desarrollo propuesto del servicio (parte 1ª). Para ladistribución de los puntos en este apartado, se procederá a analizar los siguientes aspectos:

A) Propuesta de gestión. Se puntuará de 0 a 25 puntos y se valorará:

• La adecuación de la programación y la gestión del proyecto propuestas, teniendo encuenta a la hora de la valoración la variedad de actividades, su idoneidad y calidad, lainvolucración del tejido social, cultural y deportivo de la ciudad. Se puntuará de 0 a 10 puntos.

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• Gestión interna de la empresa para elaborar y poner en marcha la programación(gestión con otras entidades públicas y privadas para llevar a cabo el programa). Se puntuará de0 a 5 puntos.

• Se valorará el número, ubicación e idoneidad de las instalaciones en las que se vana realizar las actividades. Se puntuará de 0 a 5 puntos.

• Forma de gestión para con las personas usuarias. Se tendrá en cuenta la forma deinscripción o participación de la gente joven así como la forma de realizar el seguimiento encuanto a participación y calidad en las actividades y del proyecto en general. Se puntuará de 0 a5 puntos.

B) Publicidad. En este punto se valorará el diseño, y la idoneidad de la imagen creativadel programa. Se puntuará de 0 a 10.

C) Medios personales de los que dispone la mercantil licitadora destinados a realizartareas de control y seguimiento del servicio y personal que va a hacerse cargo directamente delas actividades y atención a los/las usuarios/as (personal de apoyo y coordinación), indicando lostrabajos a desempeñar por cada uno de ellos. Se acreditará la formación del personal de apoyoy coordinación que se tenga previsto contratar para llevar a cabo este proyecto, así como lasfunciones concretas asignadas a cada miembro del equipo. En este apartado también sevalorará la cantidad y la formación de aquellas personas que trabajen para el proyecto a travésde las entidades privadas involucradas en el mismo. Se puntuará de 0 a 10.

D) Control del proyecto. En este apartado se valorará la forma en que la empresa estarápendiente de la consecución de los objetivos que se pretenden alcanzar con la puesta enmarcha de este programa, forma de recogida de información y valoración del trabajo realizado, yel modo de seguimiento y evaluación conjunta de la actividad con el personal técnico delAyuntamiento. Se puntuará de 0 a 5 puntos.

II/ Criterios cuantificables de forma automática: Se puntuará de 0 a 50 atendiendo a lossiguientes criterios:

A) Menor precio de prestación del servicio. Se puntuará de 0 a 30. Se calcularámediante la siguiente fórmula:

Px = 30 X (Oferta 1 / Oferta x)

Siendo:

Px: Puntuación total de este criterio.

Oferta 1: Valor de la oferta más baja (IVA excluido).

Oferta x: Valor de la oferta en estudio (IVA excluido).

B) Plan de gestión y desarrollo propuesto del servicio (parte 2ª) .

B.1.) Mejoras sobre los pliegos propuestas por los licitadores/as. Se puntuarán de 0 a 10puntos . Con la finalidad de permitir una cobertura más amplia de los objetivos del servicio sevalorarán como mejoras las siguientes:

B.1.1.- Ofrecimiento de mayor número de jornadas de actividades respecto al mínimoestablecido en el pliego de prescripciones técnicas que regula esta contratación. Se puntuará de

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0 a 5 puntos de los cuales 3 puntos se asignarán a razón de 0,5 punto por cada día deprogramación con duración mayor de 4 horas que se oferte.

Los 2 puntos restantes se valorarán en función del coste económico de las mejorasofertadas por todos los licitadores

La puntuación correspondiente al coste económico se obtendrá en función del valoreconómico del global de la programación ofrecida por el licitador, IVA excluido, medianteaplicación de la siguiente fórmula.

Px = 2X (Oferta x / Oferta 1)

Siendo:

Px: Puntuación total de la mejora en este criterio.

Oferta x: Valor de la mejora en estudio.

Oferta 1: Valor de la mejora más alta.

En el supuesto de que exista un solo licitador se otorgarán 2 puntos por el costeeconómico de la programación ofertada como mejoras.

B.1.2.- Campaña publicitaria. Se puntuará de 0 a 5, de los cuales 3 puntos se asignaránatendiendo al siguiente baremo:

1.- Cartelería:

- De 301 a 500 carteles: 0,5 puntos

- De 501 carteles en adelante: 1 punto

2.- Dípticos o soportes similares:

- De 3.001 a 4.000 folletos: 0,5 puntos

- De 4.001 folletos en adelante: 1 punto

3.- Nuevas tecnologías: Página WEB, correo electrónico, redes sociales: 1 puntos. Seotorgará un punto por ofertar un medio de más sobre el mínimo exigido, hasta un máximo de 3.

Los 2 puntos restantes se valorarán en función del coste económico de las mejorasofertadas por todos los licitadores

La puntuación correspondiente al coste económico se obtendrá en función del valoreconómico del global de las mejoras sobre publicidad ofrecidas por el licitador, IVA excluido,mediante aplicación de la siguiente fórmula.

Px = 2X (Oferta x / Oferta 1)

Siendo:

Px: Puntuación total de la mejora en este criterio.

Oferta x: Valor de la mejora en estudio.

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Oferta 1: Valor de la mejora más alta.

En el supuesto de que exista un solo licitador se otorgarán 2 puntos por el costeeconómico de la publicidad ofertada como mejoras.

Las mejoras propuestas se expresarán con toda claridad y detalle, de forma que noofrezcan ninguna duda sobre su contenido técnico y su valor económico, así como respecto a sitienen carácter acumulativo o alternativo entre sí y con respecto a las determinaciones delproyecto. No puntuarán aquellas mejoras sin su correspondiente valoración económica, noobstante, dicha valoración económica deberá ser conformada por la Coordinadora de Juventud,en el momento de la valoración de ofertas. Dichas mejoras deberán ser aceptadas por elAyuntamiento y se realizarán de acuerdo a las condiciones ofertadas y siguiendo lasindicaciones del responsable del contrato.

Todas las cantidades propuestas por los licitadores respecto al coste de las mejoraspropuestas se expresarán en euros y se considerarán con IVA incluido y cualquier otro impuestoque pudiera corresponder incluido, sin perjuicio de que deban expresar de forma separada y conclaridad la cantidad que corresponde a impuestos y el concepto de éstos.

La valoración de las mejoras propuestas por los licitadores, deberá verificarse por laCoordinadora de Juventud.

Si alguna de dichas mejoras aceptadas por el Ayuntamiento no llegara a ejecutarse porcircunstancias sobrevenidas, el importe económico de la misma se imputará a otras mejoras arealizar en el contrato a juicio de la responsable del contrato.

El coste de las mejoras no se incluirá en el presupuesto ofertado y no podrá repercutirsecomo concepto independiente en la oferta presentada dado que las mejoras se ofrecen concarácter gratuito y sin coste para el Ayuntamiento.

C.- Criterios sociales : Se puntuará hasta 10 puntos

C.1.- Contratación por un periodo no inferior a cuatro meses de un mayor número depersonas en tareas de apoyo y/o coordinación, con dificultades de acceso al mercado laboral deconformidad con lo indicado en la cláusula 2.6 del pliego de prescripciones técnicas. Sepuntuará de 0 a 5 puntos . El porcentaje ofertado deberá superar el mínimo obligatorio indicadoen la citada cláusula del pliego de prescripciones técnicas particulares (10%). Se otorgará lapuntuación de conformidad con la siguiente fórmula:

P = NPD/ NMPD x 5

Resultado: P (Puntuación obtenida por el licitador/a)= NPD (Número de personas condificultades de acceso al mercado laboral que se compromete a contratar el licitador/a) / NMPD(Número de personas con dificultades de acceso al mercado laboral contenido en la mejor ofertade los licitadores/as) X 5.

En el supuesto de que exista un solo licitador se otorgarán 5 puntos por ofertar unporcentaje superior al mínimo obligatorio.

C.2.- Igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres: Contratación de una mujerpara el ejercicio de las tareas de coordinación general del servicio. Se puntuará con 5 puntos , y

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se otorgarán por contratar a una mujer para ejercer las funciones de coordinadora general delprograma.

12.2.- En caso de igualdad entre dos o más licitadores, desde el punto de vista de loscriterios objetivos que sirven de base para la adjudicación, será preferida la proposiciónpresentada por aquella empresa que en el momento de acreditar la solvencia técnica, tenga ensu plantilla un número de trabajadores minusválidos no inferior al 2 por 100 de la misma.

12.3.- El Ayuntamiento podrá solicitar al licitador documentación y aclaraciones a supropuesta, las cuales se refieren exclusivamente a aspectos de detalle, sin que puedan suponeruna modificación de la documentación que presente el licitador en su plica una vez abierta.

13ª.- DOCUMENTACIÓN CON CARÁCTER CONTRACTUAL.

En caso de discordancia entre lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas yeste pliego de cláusulas administrativas particulares, prevalecerá este último. La ofertaeconómica presentada por la empresa adjudicataria de este contrato tendrá también caráctercontractual.

14ª.- DERECHOS Y OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DE LAS PARTES DELCONTRATO.

14.1.- Derechos y Obligaciones del adjudicatario:

- Derechos:

I/ Percibir la contraprestación económica por la prestación del servicio que se indica en elpresente pliego y en el acuerdo de adjudicación del contrato.

II/ Recabar de esta Corporación Municipal la colaboración necesaria para la prestacióndel servicio.

- Obligaciones:

1.- Prestar el servicio, en el tiempo y forma establecidos, bajo su exclusivaresponsabilidad, así como al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, deseguridad social, de seguridad e higiene en el trabajo y cualesquiera otras de generalobservancia.

Será asimismo el único responsable de la seguridad de personas y bienes y, enconsecuencia, de los daños, bienes patrimoniales o personales, que se puedan causar aterceros o a los propios trabajadores/as, durante la ejecución del contrato. Deberá adoptarcuantas precauciones sean necesarias para evitar desgracias y perjuicios, siendo responsablede todos los daños y perjuicios que ocasione al Ayuntamiento, usuarios/as o terceros elfuncionamiento normal o anormal del servicio, salvo los que sean consecuencia directa einmediata de una orden de esta Corporación Municipal, que puedan originarse durante elservicio.

2.- Presentar la facturación correspondiente de conformidad con lo dispuesto en lacláusula 33ª del presente pliego.

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3.- Disponer en todo momento de los medios humanos que el contratista, en su día,hubiera ofertado en la proposición que haya servido de base para la adjudicación que, seentenderán como mínimos, estando por tanto obligado a disponer de una organizaciónadecuada para atender cualquier petición.

4.- Condición especial de ejecución: Reservar el 10% de los puestos de trabajo depersonal de apoyo y/o coordinación general necesario para la ejecución del contrato, durante unperiodo mínimo de cuatro meses por anualidad, a personas con dificultades de acceso almercado laboral que reúnan alguno de los siguientes requisitos: jóvenes desempleadosmenores de 30 años, personas desempleadas que tengan, como mínimo, una discapacidad del33% o parados mayores de 45 años. Asimismo, deberá cumplir los compromisos asumidos, quehayan sido valorados como criterios de adjudicación de carácter social.

A estos efectos deberá presentar con anterioridad a la formalización del contrato, en elRegistro General de este Ayuntamiento o en las Juntas de Distrito, dirigido al Negociado deJuventud, salvo que se hubieran aportado en cualquier otro momento anterior, la siguientedocumentación:

a/ Respecto del personal de apoyo y/o de coordinación general que sean jóvenesdesempleados menores de 30 años y a los que sean parados mayores de 45 años:

- fotocopia del contrato.

- fotocopia del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Número de Identificaciónde Extranjero;

- fotocopia compulsada de la tarjeta de demanda de empleo (DARDE).

b/ Respecto del personal de apoyo o de coordinación general que sean desempleados yque tengan, como mínimo, una discapacidad del 33%, además de aportarse copia de sucontrato, se deberá presentar la siguiente documentación:

- fotocopia del contrato.

- fotocopia del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Número de Identificaciónde Extranjero;

- fotocopia compulsada de la tarjeta de demanda de empleo (DARDE);

- fotocopia compulsada del certificado de discapacidad de un porcentaje como mínimo deun 33% expedido por la Conselleria de Bienestar Social.

c/ En el supuesto que se hubiera comprometido a contratar a una mujer para ejercer lastareas de coordinación general del servicio:

- fotocopia del contrato.

- fotocopia del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Número de Identificaciónde Extranjero.

En todo caso, en la totalidad de contratos de personal deberá especificarse el puesto detrabajo para el que se efectúa la contratación y, concretamente, en el puesto de trabajo decoordinador/a general se deberá especificar expresamente en el texto del contrato que sucontratación es en calidad de coordinador/a o, en todo caso, hacer referencia expresa a quedesempeña tareas de coordinación del servicio.

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Por otro lado, en los casos en que durante la ejecución del contrato se produzca bajasy/o sustituciones de personal indicado en el presente apartado, a fin de dar cumplimiento a loscriterios de adjudicación tenidos en cuenta, se deberán suplir con personas que reúnan losmismos requisitos.

Corresponderá a la Coordinadora de Juventud verificar antes del inicio de la ejecución delservicio, si el contratista ha cumplido o no con la condición esencial de ejecución y, además, enel supuesto que se hubiera ofertado, con los criterios sociales.

5.- Asumir todos los gastos de material derivados de la organización de aquellasactividades que se ejecuten.

6.- Conservar y mantener en perfecto estado de funcionamiento y mantenimiento lasinstalaciones municipales en las que se vaya a ejecutar el proyecto, reponiendo en su caso losdesperfectos ocasionados en la ejecución del contrato.

Asimismo, asumirá de su cuenta y cargo la limpieza diaria de los recintos municipalesque se utilicen.

Cuando se desarrolle el servicio en plazas u otros lugares públicos el adjudicatariodeberá asumir la limpieza de los mismos.

Si el/la adjudicatario/a no cumple con la obligación de dejar dicho lugar en las mismascondiciones en las que lo recibió, correrán a su cargo los gastos de limpieza del mismo.

7.- Facilitar, a requerimiento del responsable del contrato, cuanta información odocumentos le sean requeridos a efectos de controles estadísticos, o conocimiento del serviciorealizado.

8.- El contratista deberá ajustarse a las condiciones y sugerencias establecidas por partedel técnico municipal encargado de la coordinación de la actividad, al objeto de enriquecer ymejorar el contenido del proyecto. En caso de que los acuerdos que dicte esta CorporaciónMunicipal respecto al desarrollo del servicio carezcan de trascendencia económica, el contratistano tendrá derecho a indemnización por razón de los mismos.

9.- Canalizar a través de la Unidad de Reclamaciones y Sugerencias, dependiente de laComisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones del Ayuntamiento de Castellón, las quejasy/o sugerencias relativas a la prestación del servicio, ya sea por la prestación del servicioinsuficiente, su anormal funcionamiento como por posibles daños que pudieran producirse comoconsecuencia del mismo.

10.- Obtener y proveerse de las correspondientes licencias de tipo gubernativo,administrativo o fiscal, que sean necesarias para la ejecución de este proyecto.

11.- Realizar una campaña publicitaria, teniendo como base el lema y logotipoidentificativos de la misma, apareciendo de forma destacada este Ayuntamiento de Castellón dela Plana como organizador de la actividad.

Todos los soportes publicitarios deberán incluir el escudo y la marca del Ayuntamientovigente en el momento de realizar el servicio.

12.- Ejecutar y desarrollar el proyecto, así como la campaña publicitaria, de formabilingüe en castellano y en valenciano.

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13.- Es obligación del adjudicatario tratar con confidencialidad toda la información quecon motivo del desarrollo del trabajo llegue a su conocimiento, no pudiendo utilizarla para sí niproporcionar a terceros datos así como información relacionada directa o indirectamente con elobjeto del contrato, ni publicar total o parcialmente el contenido del mismo, respondiendo, en sucaso, de los daños y perjuicios que se deriven del incumplimiento de esta obligación. Conindependencia de la información que obtenga la adjudicataria, el Ayuntamiento facilitará aquellaque estime precisa, de la que disponga o a la que tenga acceso, necesaria para la mejorrealización de los servicios.

14.- Asumir la responsabilidad de los daños (materiales y personales) y perjuicios quepudieran ocasionarse con motivo de la presente contratación, considerándose incluidos en elconcepto de terceros el Ayuntamiento de Castellón de la Plana y los destinatarios/beneficiariosdel servicio que, de igual forma, también tendrán la consideración de asegurados adicionales.

A tal fin, el adjudicatario estará obligado a formalizar y mantener en vigor durante toda laduración del contrato la siguiente póliza de seguro:

- Seguro de responsabilidad civil para cubrir las reclamaciones de terceros derivadasde la ejecución de las obligaciones que se deriven de este contrato por daños materiales opersonales y sus consecuencias, incluyendo como mínimo las siguientes garantías y/ocoberturas (así como límites):

• Responsabilidad civil general.

• Responsabilidad civil patronal.

• Defensa y fianzas.

La suma asegurada para todas las coberturas será de 600.000,00 euros por siniestro yaño, con un sublimite por victima de 100.000,00 euros exclusivamente para la Cobertura deResponsabilidad Civil patronal.

En caso de siniestro, cualquier diferencia que surja en el pago de las indemnizaciones,ya sea por aplicación de franquicias, u otro tipo de descubierto, en los seguros contratados,deberán ser soportados por el adjudicatario del presente contrato.

Asimismo, el adjudicatario se obliga a reparar los daños y responder por aquellos riesgosque no queden garantizados en las pólizas de seguro descritas en cualquiera de las cláusulasanteriores, a fin de llevar a buen término la ejecución del presente contrato, conforme lasobligaciones y responsabilidades asumidas en dicho contrato.

El cumplimiento de lo indicado en los párrafos anteriores, no eximirá al adjudicatario desus responsabilidades frente al Ayuntamiento de Castellón de la Plana, de acuerdo con lasdemás cláusulas del contrato.

Esta Corporación tendrá la condición de asegurado por las posibles responsabilidadesciviles directas, subsidiaria o mancomunada que en su caso le pudiera corresponder con motivode la ejecución del contrato.

Un ejemplar de estas pólizas deberá entregarlo en el en el Negociado de Juventud, en elplazo de 10 días hábiles a aquél en que reciba el requerimiento de presentación de ladocumentación previa a la adjudicación del contrato, por parte del órgano de contratación. Serárequisito imprescindible para cualquier modificación o rescisión de las pólizas de seguroseñaladas, la previa comunicación al Ayuntamiento.

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15.- Presentar un Plan de Prevención de Riesgos Laborales (que incluya la evaluación deriesgos de sus trabajadores afectados por el contrato), así como la coordinación en su ejecucióncon el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de esta Corporación Municipal.

Se deberá presentar dicho plan en el Registro General del Ayuntamiento o en alguna desus Juntas de Distrito, dirigido al departamento de Prevención de Riesgos Laborales, dentro delos 10 días siguientes a la formalización del contrato.

16.- Designar a una persona de la empresa como responsable ante esta CorporaciónMunicipal de la ejecución del servicio.

17.- Presentar con carácter mensual una memoria detallada de las actividades realizadashasta el momento que incluya: personas participantes, edad de los y las asistentes, estadísticas,valoración de cada actividad realizada, incidencias… .

Dicha memoria se deberá presentar al responsable del contrato, en una reunión decoordinación conjunta en la que se analizarán los resultados obtenidos, y se reconducirá elprograma y sus actividades si se considera necesario.

18.- Al finalizar cada periodo de ejecución del servicio, antes del 31 de julio de cada año,se presentará una memoria global, resumen de todas las actividades desarrolladas y evaluaciónde las mismas, que deberá ir acompañada de material fotográfico y audiovisual que muestre laparticipación de los y las jóvenes en las diferentes actividades.

14.2.- Derechos y Obligaciones del Ayuntamiento:

- Derechos:

I/ Ostenta las facultades de inspección y control necesarias para asegurar que laprestación del servicio se realiza de conformidad con lo dispuesto en el presente pliego y en elde prescripciones técnicas.

II/ Interpretar y modificar el contrato en los supuestos y por el procedimiento y con elalcance legalmente establecido.

III/ Supervisar y aprobar, concretamente por la Concejala Delegada de Juventud, eldiseño de cada medio en el que se concrete la campaña publicitaria.

- Obligaciones:

1.- Abonar la contraprestación económica por la prestación del servicio que se indica enel presente pliego y en el acuerdo de adjudicación del contrato.

2.- Otorgar al adjudicatario la colaboración necesaria para la prestación del servicio.

3.- Facilitar a través de la Agencia de Desarrollo Local de este Ayuntamiento, cuando lodemande el contratista, la colaboración necesaria para la selección de personas con dificultadesde acceso al mercado laboral.

15ª.- CONTRATISTA. CAPACIDAD.

Los licitadores deberán acreditar su personalidad jurídica y capacidad de obrar. Cuandofuera persona jurídica deberá justificar que el objeto social de la entidad está relacionado con laactividad a contratar. La acreditación se realizará mediante la presentación de los estatutos

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sociales inscritos en el Registro Mercantil o en aquel otro registro oficial que corresponda enfunción del tipo de entidad social.

Los/as empresarios/as deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial oprofesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación queconstituya el objeto del contrato.

16ª.- CONTRATISTA. PROHIBICIÓN DE CONTRATAR.

Los licitadores no deberán estar incursos en ninguna de las causas de prohibición decontratar establecidas en el artículo 60 del TRLCSP en la fecha de conclusión del plazo depresentación de proposiciones cuando se aplique el procedimiento abierto. Tampoco deberánestar incursos en tal situación cuando se proceda a la adjudicación del contrato.

Para acreditar tal circunstancia deberán aportar la correspondiente declaraciónresponsable en la que el empresario/a, su representante o apoderado, en su caso, dejeconstancia de tal requisito.

17ª.- CONTRATISTA. SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA .

Deberá acreditarse mediante informe de institución financiera en el que se haga constarexpresamente que el licitador tiene solvencia económica suficiente para hacer frente a lasobligaciones derivadas de la presente contratación. Dicho informe deberá ajustarse al modeloque, como Anexo I , se acompaña al presente pliego.

De conformidad con el art. 75.2 TRLCSP el licitador podrá acreditar su solvenciaeconómica y financiera por medio de cualquier otro documento que considere apropiado.

18ª.- CONTRATISTA. SOLVENCIA TÉCNICA Y PROFESIONAL.

Deberá presentar los siguientes documentos para acreditar dicha solvencia:

- Relación firmada de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tresaños que incluya importe, fechas y beneficiarios públicos o privados de los mismos. Si se tratade servicios con destino a organismos públicos, se probarán los mismos mediante loscertificados expedidos o visados por la autoridad competente u otra documentación que seaacreditativa de haber realizado los servicios relacionados (copias de los contratos, deljustificante de cobro del servicio, traslados de acuerdos de adjudicación ...). En el supuesto deque los servicios señalados se hayan prestado para el Ayuntamiento de Castellón de la Plana,no será necesaria la presentación de la documentación anterior, debiendo, en todo caso, hacerindicación del nombre del servicio, importe, fecha y número de expediente.

- Titulaciones académicas y profesionales del empresario/a y del personal directivo de laempresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato. En este punto sedeberá hacer especial mención a la persona designada como Coordinador/a General,acreditando documentalmente su formación y experiencia mínima de un año relacionada con lacoordinación de actividades culturales y/o juveniles (se deberá aportar currículum acompañadode las fotocopias de la documentación acreditativa de los títulos, cursos y trabajos

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desempeñados, sin perjuicio de que la Mesa de contratación pueda requerir a los licitadores laaportación de los originales a los efectos de acreditar la autenticidad de la documentaciónentregada).

19ª.- PROPOSICIONES.

Las proposiciones deberán presentarse en alguno de los lugares detallados en lacláusula 23ª en horario de 9’00 a 13’00 horas, de lunes a viernes; si el último día depresentación fuere sábado, domingo o inhábil a efectos administrativos, el plazo se prorrogaráhasta el siguiente día hábil que no sea sábado. Las proposiciones que puedan presentarsetranscurridas las 13’00 horas del último día del plazo serán inadmitidas. Esta hora máxima depresentación es también de aplicación al caso en que se presenten plicas por correo, debiendoacreditarse documentalmente al igual que los restantes requisitos reglamentarios de estamodalidad de presentación.

En casos justificados, se podrá suspender la licitación o ampliar el plazo de presentaciónde proposiciones, mediante anuncio publicado en los mismos medios que lo haya sido lalicitación.

20ª.- MODO DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES.

Las ofertas se presentarán únicamente por escrito ya que no se admite la presentaciónde plicas ni la comunicación de la presentación de las plicas por correo electrónico, al amparodel artículo 80.4 del RGLCAP.

Los registros municipales señalados en esta cláusula anotarán los datos del licitador y lahora exacta en que se reciben los sobres. Diariamente se enviarán las plicas recibidas alNegociado de Juventud, acompañadas de un escrito en el que conste una relación firmada y unlistado completo de las presentadas en todos los distritos.

El Negociado de Juventud comunicará a todos los registros municipales autorizados pararecibir las plicas el plazo de presentación de proposiciones, junto con la advertencia de laspeculiaridades de la recepción que establece el pliego, especialmente la anotación de la hora depresentación.

21ª.- DOCUMENTOS A PRESENTAR POR LOS LICITADORES, A SÍ COMO LA FORMAY CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES.

Los licitadores presentarán su oferta mediante la entrega de tres sobres cerrados, encuyo exterior deberá figurar el título del contrato al que se licita y el número de referencia delexpediente de contratación (15/2013). En el interior de cada sobre se hará constar en hojaindependiente su contenido, enunciado numéricamente.

SOBRE A: “DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA PARA TOMAR PARTE EN LACONTRATACIÓN, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, DEL SERVICIO DE D ISEÑO YGESTIÓN DEL PROYECTO DE OCIO ALTERNATIVO PARA JÓVENES DE LA C IUDAD DECASTELLÓN DE LA PLANA PRESENTADA POR ...”

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Dicho sobre incluirá copia de los siguientes documentos, que deberán numerarse por elsiguiente orden:

1º.- Acreditación de la personalidad jurídica y capacidad de obrar del licitador:

a) Empresas españolas cuyo titular sea una persona física : Únicamente DocumentoNacional de Identidad del titular .

b) Empresas españolas cuyo titular sea una persona jurídica : Escritura deconstitución de la Sociedad , en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil yadaptada a la vigente legislación societaria, o Estatutos o acto fundacional de la Asociación,Cooperativa, Fundación o persona jurídica de que se trate, en los que consten las normas porlas que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público quecorresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.

c) Empresas no españolas de Estados miembros de la Uni ón Europea :

Tendrán capacidad para contratar con el sector público, en todo caso, las empresas noespañolas de estados miembros de la Unión Europea, que, con arreglo a la legislación delEstado en que están establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de quese trate. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresasexija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poderprestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito.

La capacidad de obrar se acreditará por su inscripción en el registro procedente deacuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación deuna declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamentede acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.

Además, en ambos casos declaración firmada de sometimiento expreso a la jurisdicciónde los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden para las incidencias que de formadirecta o indirecta pudieran surgir del contrato, con renuncia al fuero jurisdiccional extranjero dellicitante.

d) Empresas extranjeras de Estados que no sean miembro s de la Unión Europea :

Las personas físicas o jurídicas de estados no pertenecientes a la Unión Europeadeberán justificar mediante informe de la respectiva misión diplomática permanente española,que se acompañará a la documentación que se presente, que el estado de procedencia de laempresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratacióncon la Administración.

Deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la misión diplomáticapermanente de España en el estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbitoterritorial radique el domicilio de la empresa.

En todo caso, declaración firmada de sometimiento expreso a la jurisdicción de losJuzgados y Tribunales Españolas de cualquier orden para las incidencias que de forma directa oindirecta pudieran surgir del contrato, con renuncia al fuero jurisdiccional extranjero del licitante.

e) En los casos de Uniones de Empresarios, cada uno de ellos deberá acreditar supersonalidad y capacidad con arreglo a las anteriores normas, además presentarán undocumento firmado por los representantes legales de cada uno en que figure los nombres ycircunstancias de los que la constituyan, la participación de cada uno, el compromiso de

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constituirse formalmente en unión de empresarios en caso de resultar adjudicatarios delcontrato, y la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderesbastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del contratohasta la extinción del mismo.

2º.- Acreditación de la personalidad y representación de quien f irme ladocumentación en nombre de la empresa:

Mediante el Documento Nacional de Identidad (o equivalente si es persona extranjera)del representante y poder bastanteado por el Asesor Jurídico de la Corporación Municipal. Elpoder deberá estar inscrito en el Registro Público correspondiente, en caso de que la normativaaplicable así lo exija. El licitador deberá presentar en la Asesoría Jurídica toda la documentaciónnecesaria para realizar el bastanteo con una antelación al menos de 48 horas a la de lafinalización del plazo de presentación de proposiciones (primera planta del Edificio Noble delAyuntamiento, de lunes a viernes, de 7:45 a 15:15 horas). La obtención de este documentoestará sujeto a lo dispuesto en la Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por los documentosque expida la Administración Municipal a instancia de parte, publicada en el Boletín de laProvincia, número 20, de fecha 14 de febrero de 2013.

3º.- Solvencia económica y financiera : Deberá acreditarse mediante la presentación dela documentación indicada en la cláusula 17ª de este pliego.

4º.- Solvencia técnica y profesional : Deberá acreditarse mediante la presentación de ladocumentación indicada en la cláusula 18ª de este pliego.

5º.- A los efectos previstos en la cláusula 12.2ª del presente pliego, el licitador que, en elmomento de acreditar su solvencia técnica, tenga en su plantilla un número de trabajadores conuna minusvalía no inferior al 2%, deberá acreditar tal extremo aportando un certificado de laempresa en que conste tanto el número global de trabajadores de plantilla como el númeroparticular de trabajadores con discapacidad de la misma (así como el porcentaje querepresentan respecto al total de la plantilla) y el número de trabajadores fijos con discapacidad(así como el porcentaje que representan respecto al total de la plantilla).

6º.- Declaración responsable del licitador, siguiendo el modelo contenido en el Anexo IIde este pliego, debidamente firmada de no hallarse incurso en ninguna de las prohibiciones paracontratar contenidas en el artículo 60 del TRLCSP, así como de hallarse al corriente delcumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado, con el Ayuntamiento de Castellón dela Plana y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes y, en su caso,autorización suscrita por el licitador o representante del mismo, según modelo que figura comoAnexo III al presente pliego, para que el Ayuntamiento pueda solicitar de oficio estos datos a laAgencia Estatal de la Administración Tributaria y a la Seguridad Social.

7º.- Declaración del/de la representante de la mercantil licitadora en la que se indique elporcentaje de mujeres y hombres que constituyen la plantilla de la empresa, así como lasmedidas de conciliación que, en su caso, ofrece la misma.

Dicha declaración deberá ajustarse al modelo que como Anexo IV se acompaña alpresente pliego.

8º.- El compromiso formal de aportar póliza de responsabilidad civ il , en lascondiciones recogidas en la cláusula 14ª.1.14 del presente pliego.

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9º.- Compromiso formal de aportar un Plan de Prevención de Riesgo s Laborales , enlas condiciones recogidas en la cláusula 14ª.1.15 de este pliego.

10º.- Compromiso formal de mantener los medios humanos y material es adscritos ala realización de las prestaciones objeto del contrato durante todo el tiempo que dure éste y enel caso de necesitar sustituirlo, mantener el mismo número y categoría.

11º.- Escrito firmado por el licitador indicando número de fax al objeto de que puedancomunicársele, en su caso, los defectos u omisiones subsanables en la documentaciónpresentada de conformidad con lo dispuesto en la cláusula 26ª del presente pliego.

Observaciones respecto a la presentación de documen tación administrativa :

a) Además del bastanteo de poderes, que es obligatorio para todas las empresas, con lamisma antelación mínima de cuarenta y ocho horas a la finalización del plazo de presentaciónde proposiciones, podrán, si así lo desean, solicitar de la dependencia encargada de latramitación del expediente, un informe sobre la suficiencia de la restante documentaciónadministrativa correspondiente al sobre uno. Este informe, al igual que el bastanteo de poderes,se realizará sin perjuicio de las competencias de la Mesa de Contratación para calificar lacapacidad y solvencia de las empresas que concurran a la licitación. Quienes lo obtengandeberán incluirlo en el sobre además de la documentación a que se refiera. En consecuencia yen el supuesto de hacer uso de esta posibilidad, los licitadores deberán incluir en el sobre uno,además de la documentación administrativa exigida por el pliego y el bastanteo de poderes, elinforme sobre la suficiencia de la documentación presentada.

b) En el supuesto de que las empresas ya hayan presentado al Ayuntamiento algunadocumentación administrativa de la que debe incluirse en el sobre uno, o la presenten en otralicitación que se tramite simultáneamente, los licitadores podrán sustituir su nueva presentaciónal Ayuntamiento por la remisión expresa al expediente municipal en que se halle, identificándolodebidamente. Para hacer uso de esta posibilidad, deberá obrar en el expediente de referenciacopia de la documentación de que se trate. La remisión al expediente deberá acompañarse deun justificante de la dependencia en que obre y una fotocopia del documento en cuestión (salvoque se encuentre en el sobre uno de una licitación que se tramite simultáneamente, en cuyocaso será suficiente la remisión expresa y la fotocopia del documento original).

El licitador propuesto como adjudicatario, deberá presentar, en su caso, con carácterprevio a la adjudicación del contrato, en el Negociado de Juventud, original o copia autenticadapor Notario de la documentación aportada en este sobre.

SOBRE B: “DOCUMENTACIÓN TÉCNICA PARA LA VALORACIÓN DE LOSCRITERIOS NO CUANTIFICABLES AUTOMÁTICAMENTE PARA TOMAR PA RTE EN LACONTRATACIÓN, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, DEL SERVICIO DE D ISEÑO YGESTIÓN DEL PROYECTO DE OCIO ALTERNATIVO PARA JÓVENES DE LA C IUDAD DECASTELLÓN DE LA PLANA PRESENTADA POR ...”

Este sobre incluirá el proyecto de gestión y desarrollo del servicio (parte 1), firmado yfechada, en la que se detallen los siguientes aspectos:

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a/ Diseño y ejecución del proyecto . En este punto se especificarán los siguientespuntos del programa:

- Desarrollo completo de la programación propuesta para el primer periodo de cuatromeses del programa, especificando de cada actividad: nombre, objetivos, público objetivo,fechas, horarios y lugar de realización de las actividades.

- Gestión interna de la empresa para elaborar y poner en marcha la programación(gestión con otras entidades públicas y privadas para llevar a cabo el programa).

- Número, idoneidad, y diversificación de la ubicación de las actividades por diferentesdistritos de la ciudad.

- Gestión para con las personas usuarias (formas de inscripción y/o participación,seguimiento y control de participación...).

b/ Publicidad : Se deberá presentar la imagen creativa del programa.

c/ Descripción de las funciones a asignar a los diferentes Medios personales aadscribir a la ejecución del proyecto, control y seguimiento del servicio, tal y como quedadescrito en la clausula 2.6 del pliego de prescripciones técnicas que regula esta contratación.

d/ Control del proyecto: Seguimiento y evaluación conjunta con el personal técnico delAyuntamiento.

SOBRE C: “DOCUMENTACIÓN TÉCNICA PARA LA VALORACIÓN DE LOSCRITERIOS CUANTIFICABLES DE FORMA AUTOMÁTICA PARA TOMAR PA RTE EN LACONTRATACIÓN, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, DEL SERVICIO DE D ISEÑO YGESTIÓN DEL PROYECTO DE OCIO ALTERNATIVO PARA JÓVENES DE LA C IUDAD DECASTELLÓN DE LA PLANA PRESENTADA POR ...”

Dicho sobre incluirá:

1º) Proposición económica , con arreglo al siguiente modelo:

D./ Dña. _______________________________, mayor de edad, vecino/a de _________,con domicilio en _________________________, provisto de N.I.F. nº ______________, ennombre propio (o en representación de _____________________, con domicilio social en_________________________________, C.I.F. ___________), en plena posesión de sucapacidad jurídica y de obrar, enterado del pliego de cláusulas administrativas particulares y delpliego de prescripciones técnicas, que regulan la CONTRATACIÓN, POR PROCEDIMIENTOABIERTO, DEL SERVICIO DE DISEÑO Y GESTIÓN DEL PROYECTO DE OCIOALTERNATIVO PARA JÓVENES DE LA CIUDAD DE CASTELLÓN DE LA PLANA, secompromete a realizar dicho servicio según lo indicado en el proyecto de gestión y desarrollo delservicio y las mejoras propuestas que se acompañan, por el precio por anual de ……………..euros (en letra y en número), IVA excluido, más ………………. euros (en letra y en número), enconcepto de IVA, todo ello con sujeción estricta al pliego de cláusulas administrativasparticulares y el de prescripciones técnicas que regulan dicha contratación.

(Firma del licitador, fecha y lugar).

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(No se admitirá ninguna proposición económica que no se ajuste al presente modelo).

2º) Proyecto de gestión y desarrollo del servicio (parte 2) propuesto, debidamentefechado y firmado por el licitador, que deberá contener, redactado de forma clara y con elsuficiente grado de detalle, lo siguientes:

1./ Mejoras propuestas: Memoria detallada de las mejoras que en su caso se deseenproponer. Dichas mejoras versarán únicamente sobre los siguientes aspectos:

b.1.- Aumento del número de jornadas de actividades previstas en la cláusula 2.4 delpliego de prescripciones técnicas;

b.2.- Aumento de los medios utilizados para la difusión de la campaña publicitariaprevista en la cláusula 2.5 respectivamente del pliego de prescripciones técnicas.

El coste de las mejoras ofertadas se entenderá incluido en el presupuesto ofertado, sinque pueda repercutirse como concepto independiente en ninguna de las partidas del estudio decostes presentado.

(Las mejoras propuestas se expresarán con toda claridad y detalle, de forma que noofrezcan ninguna duda sobre su contenido técnico y su valor económico, así como respecto a sitienen carácter acumulativo o alternativo entre sí y con respecto a las determinaciones delproyecto. En cualquier caso, las mejoras tendrán siempre carácter opcional para elAyuntamiento, que únicamente valorará a efectos de adjudicación del contrato aquellas queacepte, y con arreglo a la ventaja económica que reporten. La valoración de las mejoras deberáser conformada por técnicos municipales.

Todas las cantidades propuestas por los licitadores respecto al coste de las mejoraspropuestas se expresarán en euros y se considerarán con IVA incluido y cualquier otro impuestoque pudiera corresponder incluido, sin perjuicio de que deban expresar de forma separada y conclaridad la cantidad que corresponde a impuestos y el concepto de éstos).

2./ Criterios sociales: Especificación, en su caso, de los criterios sociales que se vayana cumplir:

2.1/ Declaración de compromiso suscrita por el licitador de reservar un porcentaje de lospuestos de trabajo de personal de apoyo y/o coordinación general necesario para la ejecucióndel contrato por un periodo igual o superior a cuatro meses por anualidad, para ser ocupadospor personas con dificultades de acceso al mercado laboral que reúnan alguno de los siguientesrequisitos: jóvenes desempleados menores de 30 años, personas desempleadas que tengan,como mínimo, una discapacidad del 33% o parados mayores de 45 años. La presentedeclaración deberá ajustarse al modelo que se incluye como Anexo V, al presente pliego (indicarel porcentaje de conformidad con lo establecido en la ponderación de este criterio, según cláusula12ª de este pliego)

2.2./ Compromiso de contratación de una mujer en el ejercicio de las tareas deCoordinación General del servicio.

22ª.- PLAZO DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES.

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El plazo de presentación de proposiciones será de 30 días naturales, a contar a partir deldía siguiente al de la publicación del anuncio de este contrato en el Boletín Oficial de laProvincia, conforme a lo establecido en el artículo 159.2 del TRLCSP.

La presentación de la proposición presume la aceptación incondicional por el licitador dela totalidad del contenido del presente pliego y del pliego de prescripciones técnicas, sinsalvedad alguna.

23ª.- LUGAR DE RECEPCIÓN DE PROPOSICIONES.

Las proposiciones se presentarán en alguno de los lugares siguientes:

a) Registro General del Ayuntamiento de Castellón de la Plana, sito en las CasasConsistoriales, Plaza Mayor, núm. 1 de esta Ciudad.

b) Registros de las Juntas de Distrito del Ayuntamiento de Castellón de la Plana, situadosen los siguientes lugares: Distrito Norte, Plaza Primer Molí s/n; Distrito Sur, C/ Ricardo Cataláesquina con Joaquín Márquez; Distrito Este, Avenida Hermanos Bou núm. 27; Distrito Oeste,Plaza España, num. 1; Distrito Centro, Plaza Mayor núm. 1; Distrito Marítimo, Paseo Buenavistanúm. 28.

Las plicas se presentarán únicamente en alguno de los lugares indicados, sin que seaválida la presentación en otros registros o dependencias de este Ayuntamiento, o de otrasAdministraciones Públicas. Tampoco podrá presentarse por correo, salvo que se reciba la plicaen alguno de los lugares indicados antes de que finalice el plazo de presentación, o bien secumplan los requisitos establecidos en el artículo 80.4 del RGLCAP y regirá en todo caso, comohora límite de entrega en las oficinas de correos, las 13 horas del último día del plazo, lo quedeberá acreditarse documentalmente. En caso de presentación de proposiciones por correo, elinteresado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición del envíoen la oficina de correos y anunciar al órgano de contratación el mismo día en que se presentemediante fax, al número 964260991, la remisión de la proposición. Sin la concurrencia de ambosrequisitos no será admitida la proposición en el caso en que se recibiera con posterioridad a lafecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio. Transcurridos, no obstante, 10días siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitidaen ningún caso.

24ª.- MESA DE CONTRATACIÓN.

La Mesa de contratación que asistirá al órgano de contratación para la adjudicación deeste contrato será la constituida con carácter permanente mediante acuerdo de la Junta deGobierno Local de fecha 15 de junio de 2011. Actuará como Secretaria de la Mesa la Jefa deSección de Servicios Sociales y Culturales o, en su defecto, la Jefa del Negociado de Juventud.

25ª.- FECHAS DE EXAMEN DE LA DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE L OSREQUISITOS DE CAPACIDAD Y SOLVENCIA DE LOS LICITADO RES.

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Ayuntamiento de Castellón de la Plana

SOBRE A:

Los sobres presentados por los licitadores los abrirá la Mesa de contratación, en acto nopúblico, el primer martes hábil siguiente al día en que termine el plazo de presentación deproposiciones, a partir de las 10’00 horas. En caso de no celebrarse el día expresado, seindicará en el perfil del contratante la fecha y lugar en que la misma se llevará a cabo. La Mesaprocederá a la apertura del sobre con la documentación administrativa, que calificará,declarando la admisión, inadmisión o necesidad de subsanación de los defectos u omisionesque considere subsanables, en cuyo caso lo comunicará mediante fax o correo electrónico alos/las interesados/as y lo hará público a través del Tablón de Edictos del Ayuntamiento,concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles contados a partir de la fecha de lapublicación del anuncio en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento, para que los licitadorescorrijan o subsanen las deficiencias, mediante escrito que dirigirán a la propia Mesa decontratación.

SOBRE B:

La Mesa volverá a reunirse en acto público el siguiente martes hábil, a partir de las 10’00horas. Se notificará a todos los interesados, a través de fax o correo electrónico, la fecha y lugaren que la misma se llevará a cabo. La Mesa, en primer lugar, procederá a resolver sobre lassubsanaciones efectuadas en caso de que las hubiere y la admisión o no de los licitadoresafectados por ellas, y llevará a cabo la apertura del sobre B, que contiene la documentacióntécnica para la valoración de los criterios no cuantificables automáticamente presentados por loslicitadores admitidos, la cual será entregada a la Coordinadora de Juventud para su valoración,dejando constancia documental de todo lo actuado.

La Coordinadora de Juventud podrá solicitar al licitador documentación y aclaraciones asu propuesta, las cuales se refieren exclusivamente a aspectos de detalle, sin que puedansuponer una modificación de la documentación que presente el licitador en su plica una vezabierta.

SOBRE C:

Recibido dicho informe técnico, se notificará a todos los interesados, a través de fax ocorreo electrónico, la fecha y lugar en que se llevará a cabo la apertura del Sobre C quecontiene la oferta económica y la documentación relativa a los criterios de valoración de formaautomática. Constituida la Mesa de contratación en la fecha señalada, e iniciado el acto público,el Presidente dará cuenta del resultado de la evaluación relativa a las proposiciones contenidasen el sobre B, invitando a los asistentes a que formulen las observaciones que estimenoportunas, que serán reflejadas en el acta. A continuación, la Secretaria de la Mesa procederá ala apertura de los Sobres C de los licitadores admitidos que contiene la documentación relativa alos criterios cuantificables automáticamente, que será remitido asimismo al técnico encargadode su valoración.

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La Coordinadora de Juventud podrá solicitar al licitador documentación y aclaraciones asu propuesta, las cuales se refieren exclusivamente a aspectos de detalle, sin que puedansuponer una modificación de la documentación que presente el licitador en su plica una vezabierta.

Una vez elaborado el informe técnico que contendrá la valoración de las proposiciones encuanto a los criterios cuantificables de forma automática, se constituirá nuevamente la Mesa decontratación en sesión pública, el siguiente martes hábil a partir de las 10’00 horas, previanotificación a los interesados/as de la fecha y lugar en que se celebrará la reunión. Iniciado elacto, el Presidente dará cuenta del resultado de la evaluación relativa a las proposicionescontenidas en el sobre C, en el que se incluirá en todo caso la ponderación conjunta de loscriterios indicados en la cláusula 13ª del presente pliego, así como de una relación de loslicitadores por orden decreciente de puntuación total obtenida. Asimismo, se invitará a losasistentes a que formulen las observaciones que estimen oportunas, que serán reflejadas en elacta. A la vista del informe formulado por el técnico correspondiente, la Mesa elevará al órganode contratación la propuesta de admisión o inadmisión del licitador o rechazo de la ofertapresentada o de requerimiento de la aportación de la documentación indicada en la cláusula 30ªdel presente pliego, que no crea derecho alguno mientras el órgano de contratación no dicte laresolución de adjudicación del contrato.

El/la Secretario/a extenderá acta de las reuniones que celebre la Mesa, que deberácontener la relación completa de los documentos que presenten los licitadores.

26ª.- VARIANTES.

No se admitirá la presentación de variantes por parte de los licitadores.

27ª.- RENUNCIA O DESISTIMIENTO.

Corresponde al órgano de contratación por razones de interés público debidamentejustificadas renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación provisional. También podrádesistir de la adjudicación antes de la adjudicación provisional cuando se aprecie una infracciónno subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras delprocedimiento de adjudicación.

28ª.- CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS, ADJUDICACIÓN DEL CONTR ATO YNOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN.

De conformidad con el art. 151 del TRLCSP el órgano de contratación clasificará, pororden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradasdesproporcionadas o anormales conforme a lo señalado en el artículo 152 del TRLCSP. Pararealizar dicha clasificación, atenderá a los criterios de adjudicación señalados en el presentepliego pudiendo solicitar para ello cuantos informes técnicos estime pertinentes.

El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la ofertaeconómicamente más ventajosa para que, dentro del plazo de 10 días hábiles, a contar desde el

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siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, que podrá remitirse mediante fax,presente la documentación que se relaciona en la cláusula siguiente.

De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, seentenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la mismadocumentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.

El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los 5 días hábilessiguientes a la recepción de la documentación.

No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición quesea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el presente pliego.

La adjudicación se notificará a los candidatos o licitadores, que podrá realizarse mediantefax, y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante.

29ª.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR EL LICITADOR QUE HAYAPRESENTADO LA OFERTA MÁS VENTAJOSA.

La documentación a presentar por el licitador, que haya presentado la ofertaeconómicamente más ventajosa, en el plazo máximo de 10 días hábiles a aquél en que reciba elrequerimiento por parte del órgano de contratación, es la que sigue:

● Originales o copias autenticadas notarialmente de la documentación presentada en elsobre A, salvo que ya se hubiera aportado con anterioridad.

● Documento justificativo de la constitución de la garantía definitiva por alguno de losmedios establecidos en la cláusula 34ª.2 del presente pliego.

● Para acreditar estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributariascon el Estado, con el Ayuntamiento de Castellón de la Plana y con la Seguridad Socialimpuestas por las disposiciones vigente, tendrá que presentar los siguientes certificados:

- Certificación expedida por la Agencia Estatal de Administr ación Tributaria ,acreditativa de las circunstancias previstas en el artículo 13 del RGLCAP.

- Certificación expedida por la Seguridad Social , acreditativa de las circunstanciasprevistas en el artículo 14 del RGLCAP indicado.

(La acreditación de estar al corriente del cumplimiento con las obligaciones tributariascon el Estado (Agencia Estatal de Administración Tributaria) y con la Seguridad Socialpodrá ser realizada de oficio por el Ayuntamiento de Castellón de la Plana cuando ellicitador le hubiera autorizado mediante la presentación dentro del sobre A del modelode Anexo III) .

- Certificado de Alta , y el último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas sise refiere al ejercicio corriente o el último recibo de dicho impuesto, en la cuotanacional, provincial o municipal completado con una declaración responsable deno haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto . Si se tiene lacondición de exento conforme al artículo 82 LRHL se acreditará esta circunstanciapor mera comunicación, si se trata de personas físicas , y, si se trata de personas

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jurídicas , aportando, bien el modelo 200 del Impuesto de Sociedades del últimoejercicio presentado en la Delegación del Ministerio de Economía y Haciendacorrespondiente o bien acompañando comunicación de la cifra de negocios reguladaen la Orden HAC/85/2003, de 23 de enero, del Ministerio de Economía y Hacienda(B.O.E. núm. 24 de 28-01-2003).

- La acreditación de no tener deudas de naturaleza tributaria con el Ayuntamiento deCastellón de la Plana en período ejecutivo, salvo que estén garantizadas, se realizaráde oficio por el propio Ayuntamiento de Castellón, que comprobará mediante losdatos obrantes en su propia Tesorería el cumplimiento de esta obligación.

No obstante, cuando el posible adjudicatario no esté obligado a presentar lasdeclaraciones o documentos a que se refieren los artículos 13 y 14 del RGLCAP, se acreditaráesta circunstancia mediante declaración responsable.

Las certificaciones señaladas se expedirán a los efectos de contratar con lasAdministraciones Públicas y podrán ser positivas o negativas, conforme a lo establecido en elartículo 15.2.a) y b) del RGLCAP. La certificación se expedirá a los efectos exclusivos que en lamisma se haga constar y tendrá validez durante el plazo de seis meses contados desde la fechade su expedición.

● Póliza del seguro exigido en la cláusula 14ª.1.13. del presente pliego.

30ª.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.

Será preceptiva la formalización escrita del contrato, pero la falta de este requisito noafectará a la validez de la obligación.

La formalización del contrato se efectuará en documento administrativo, no más tarde delos 15 días hábiles siguientes a aquél que reciban la notificación de la adjudicación loslicitadores en la forma prevista en el artículo 156.3 del TRLCSP, constituyendo dicho documentotítulo suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante, el contratista podrásolicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientesgastos.

Al documento de formalización se unirá, formando parte del contrato, la oferta deladjudicatario y un ejemplar del pliego de cláusulas administrativas particulares y del deprescripciones técnicas que rigen esta contratación.

La formalización del contrato se publicará en el perfil de contratante del órgano decontratación.

31ª.- REVISIÓN DE PRECIOS. FÓRMULA O ÍNDICE OFICIAL APLICAB LE A LAREVISIÓN DE PRECIOS.

De conformidad con los artículos 89, 90 y 91 del TRLCSP, cuando el contrato se hayaejecutado, al menos, en el 20 por ciento de su importe y haya transcurrido el primer año desdesu formalización, el contratista podrá solicitar la revisión de precios del contrato estableciéndosecomo índice de referencia el 85 por ciento de la variación experimentada por el Índice General

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de Precios al Consumo, que fije el Instituto Nacional de Estadística, tomando como fecha dereferencia la de adjudicación del contrato, siempre que la misma se produzca en el plazo de tresmeses desde la finalización del plazo de presentación de ofertas, o respecto a la fecha en quefinalice dicho plazo de tres meses si la adjudicación se produce con posterioridad.

32ª.- RÉGIMEN DE PAGOS DEL PRECIO.

32.1.- El pago del precio se efectuará al contratista por mensualidades naturalesvencidas.

A tal efecto, durante el mes siguiente a la prestación del servicio deberá el contratistaexpedir y presentar una factura por los servicios efectivamente realizados, a la que se adjuntaráuna memoria mensual indicativa de las actuaciones efectivamente realizadas.

Además, si el contratista hubiera ofertado mejoras en su proposición, junto con ladocumentación anterior, se deberá remitir informe de la persona designada como Coordinadorade Juventud en el que indique si el contratista ha cumplido o no con aquéllas.

32.2.- La factura a presentar por el adjudicatario/a deberá ajustarse a lo dispuesto en elartículo 6 del Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba elReglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación sin que en ningún caso sepueda rebasar el precio de adjudicación del contrato. La citada factura irá dirigida al Negociadode Juventud y será presentada en el Registro de Entrada de este Ayuntamiento.

Presentada la factura mensual en el correspondiente Registro administrativo, se iniciaráel proceso de aprobación de la misma para su pago en los plazos legalmente establecidos(Disposición transitoria Sexta del TRLCSP), siendo necesaria la conformidad de la Coordinadorade Juventud de este Ayuntamiento y la de la Sra. Concejala Delegada de Juventud, paraconsiderar la deuda exigible. Asimismo, deberá ser fiscalizada por la Intervención Municipal,previamente a la aprobación del pago de la misma por parte del órgano municipal competente.

A los efectos de lo dispuesto en el apartado 2 de la Disposición adicional trigésimotercera añadida al TRLCSP por el Real Decreto-ley, 4/2013, de 22 de febrero, en las facturasque emita el contratista deberá constar la identificación del órgano administrativo concompetencias en materia de contabilidad pública, siendo éste el Director del Área de GestiónEconómica, así como la identificación del órgano de contratación, que es la Junta de GobiernoLocal y la del destinatario de las mismas que es el Negociado de Juventud.

Para determinar el vencimiento del derecho al cobro de la cantidad liquidada se estará alo dispuesto en el apartado 4 del art. 216 del TRLCSP, modificado por el citado texto legal.

32.3.- En cualquier momento, la Intervención Municipal podrá recabar cuantosantecedentes considere necesarios, efectuar el examen y comprobación de los libros, cuentas ydocumentos que considere precisos, verificar arqueos y recuentos y solicitar de quiencorresponda, cuando del acto o documento o expediente que deba ser intervenido lo requiera,los informes técnicos y asesoramientos que estimen necesarios.

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33ª.- GARANTÍAS PROVISIONALES Y DEFINITIVAS.

33.1. – Garantía Provisional :

Para tomar parte en la presente licitación no se exige garantía provisional, deconformidad con lo dispuesto en el artículo 103 del TRLCSP.

33.2. – Garantía Definitiva :

El licitador que hubiera presentado la oferta económicamente más ventajosa, en el plazode 10 días hábiles contados desde el siguiente al de la recepción del requerimiento efectuado enlos términos de la cláusula 29ª de este pliego, deberá constituir una garantía definitiva,equivalente al 5% del presupuesto de adjudicación del contrato, (IVA excluido).

De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, seentenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en este caso a recabar la mismadocumentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.

La citada garantía podrá constituirse en cualquiera de las formas previstas en el artículo84 de la LCSP, y en los artículos 55, 56, 57 y 58 del RGLCAP. No se admitirá la constitución degarantías por medios electrónicos ni se admite la posibilidad de acreditar la constitución degarantía definitiva mediante la retención del precio.

Caso de que la garantía se instrumente mediante aval o seguro de caución, en eldocumento deberá constar la intervención de notario/a identificando las firmas de las personasque lo suscriben y su facultad para obligar a la entidad emisora en los términos descritos en elaval o seguro de caución. Dicho documento deberá contener en su texto una descripcióndetallada de las obligaciones por las que responde y tendrá que cumplir todos los requisitosexigidos por este pliego y por el TRLCSP.

33.3.- Reajuste de la garantía definitiva :

Cuando, como consecuencia de una modificación del contrato, experimente una variaciónen el precio, se reajustará la garantía para que guarde la debida proporción con el preciomodificado, en el plazo de 15 días naturales contados desde la fecha en que se notifique alempresario/a el acuerdo de adjudicación.

33.4.- Devolución de garantía definitiva :

El plazo de garantía será de dos meses a partir de la terminación de la ejecución delcontrato.

Producido el vencimiento del plazo de garantía definitiva, cumplido satisfactoriamente elcontrato y aprobada la liquidación del mismo, si no resultaren responsabilidades se procederá ala devolución de la garantía o la cancelación del aval o seguro de caución. El acuerdo dedevolución de dicha garantía deberá adoptarse y notificarse al adjudicatario en el plazo de dosmeses desde la finalización del plazo de la garantía definitiva (art. 102.1 y 2 del TRLCSP).

33.5.- Preferencia en la ejecución de la garantía :

Este Ayuntamiento tendrá preferencia sobre cualquier otro acreedor para hacer efectivala garantía, con independencia de la naturaleza del mismo y el título del que derive su crédito.

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Cuando la garantía no sea bastante para cubrir las responsabilidades a las que estáafecta, la Administración procederá al cobro de la diferencia mediante el procedimientoadministrativo de apremio, con arreglo a lo establecido en las normas de recaudación.

33.6.- Incautación de la garantía :

En el supuesto de que procediera la imposición de las penalidades a que hace referenciala cláusula 36ª de este pliego, previo acuerdo del órgano de contratación, éstas podrán hacerseefectivas bien mediante la deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial,deban abonarse al contratista o bien con la incautación de la garantía constituida.

34ª.- CAUSAS ESPECIALES DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.

34.1.- En cuanto a la resolución del contrato resulta de aplicación lo dispuesto en losartículos 223 y 308 del TRLCSP y producirán los efectos indicados en los artículos 225 y 309 delcitado texto legal.

34.2.- El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las condiciones delcontrato dará derecho al Ayuntamiento a exigir su cumplimiento o a resolver éste. Cuando elcontrato se resuelva por incumplimiento culpable del contratista, le será incautada la garantía ydeberá, además, indemnizar a esta Corporación Municipal los daños y perjuicios ocasionados enlo que excede del importe de la garantía incautada.

35ª.- PENALIDADES.

35.1.- A efectos contractuales se considerará falta sancionable toda acción u omisión deladjudicatario que suponga incumplimiento del clausurado del presente pliego, quedandofacultado el Ayuntamiento para la exigencia al adjudicatario de la responsabilidad quecorresponda, de conformidad con la naturaleza y calificación de la infracción.

35.2.- Las infracciones quedan clasificadas en muy graves, graves y leves.

Se considerarán faltas muy graves :

a) No dar comienzo a la prestación del servicio en el plazo establecido en la cláusula 9ªdel presente pliego, salvo causa de fuerza mayor.

b) La cesión total o parcial del contrato, sin autorización previa del Ayuntamiento.

c) La reiteración o reincidencia de dos incumplimientos de carácter grave reiterados o tresalternativos en un periodo de dos meses.

d) La suspensión o interrupción de los servicios, salvo causa de fuerza mayor apreciadapor el Ayuntamiento.

e) La resistencia o negativa al ejercicio de la función fiscalizadora y controladoramunicipal de los servicios objeto de la contrata.

f) El fraude en la forma de presentación del servicio, no utilizando los medios adecuados,elementos materiales y humanos ofertados, así como la utilización de personal distinto alpropuesto en su oferta.

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g) Negativa a realizar tareas contractualmente previstas por dos o más veces.

Se considerarán faltas graves :

a) Retraso en la prestación del servicio.

b) El incumplimiento de deberes sociales y laborales del contratista respecto del personalcontratado y afecto al servicio. En especial, el incumplimiento de la legislación laboral, de laSeguridad Social, Seguridad e Higiene en el Trabajo, y Prevención de Riesgos Laborales.

c) Incumplimiento de dos veces al mes de advertencias formuladas por el responsable delcontrato por escrito sobre deficiencias del servicio objeto del contrato, aunque no hubiere dadolugar a la instrucción de expediente sancionador.

d) Incumplimiento de las órdenes municipales sobre modificaciones o mejoras del servicioque no impliquen mayor gasto para el contratista.

e) Comportamiento incorrecto del personal del servicio con terceros o con personal deeste Ayuntamiento.

f) Reincidencia en dos incumplimientos de carácter leve consecutivos o tres alternativosen un periodo de dos meses.

g) Negativa a ejecutar tareas contractualmente previstas por una vez.

h) Incumplimiento de la realización de las mejoras valoradas para la adjudicación delcontrato

i) Todas aquellas acciones u omisiones que implicando incumplimiento de lasobligaciones específicas establecidas en el contrato y los pliegos de condiciones, ocomprometidas por el contratista en su oferta, no merezcan la calificación de muy graves y porimplicar una incidencia relevante en la normal prestación del servicio o haberse producido dañosa terceros no deban ser consideradas como leves.

Se considerarán faltas leves todos aquellos incumplimientos que no hayan sidoexpresamente calificados como graves o muy graves en el presente pliego y que de algún modosupongan un detrimento en la ejecución del contrato y no sean causa de resolución del contrato.

35.3.- Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, incurra en alguna de lafaltas indicadas en el punto anterior, el órgano de contratación, previa audiencia del contratista ya propuesta del responsable del contrato, podrá imponerle penalidades diarias, con arreglo a lodispuesto en el artículo 212 del TRLCSP, en la proporción siguiente: 0,20 por cada 1.000 eurosdel precio del contrato, en el supuesto de faltas muy graves; 0,15 por cada 1.000 euros delprecio del contrato, en el supuesto de faltas graves; y 0,10 por cada 1.000 euros del precio delcontrato, en el supuesto de faltas leves.

La imposición de penalidades no eximirá al adjudicatario de la obligación de cumplir elcontrato, pudiendo ser requerido para el cumplimiento de la obligación objeto del mismo asícomo la adopción de las medidas cautelares dirigidas a asegurar el cumplimiento del contrato entodos sus términos. Asimismo, no exluye la indemnización a que pueda tener derecho elAyuntamiento por los daños y perjuicios ocasionados por el retraso imputable al contratista.

La constitución en mora del contratista no requerirá intimación previa por parte delAyuntamiento y por tanto para la resolución del contrato ni para la aplicación de las penalidades,por incumplimiento de sus obligaciones.

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35.4.- Dado que la obligación de reservar el 10 % de los puestos de trabajo necesariospara la ejecución del contrato para ser ocupado por personas con dificultades de acceso alempleo, así como los criterios de adjudicación de carácter social se consideran obligacionescontractuales de carácter esencial, en caso de incumplimiento de las mismas, el órgano decontratación podrá optar por resolver el contrato por incumplimiento culpable según el articulo223.f del TRLCSP y declaración de la prohibición de contratar durante el plazo máximo de unaño en cualquier procedimiento público en licitación con el Ayuntamiento de Castellón de laPlana y/o sus organismos autónomos, conforme al articulo 60.2 e) y 61 del TRLCSP, o continuarla ejecución del contrato, con la imposición de una penalidad a estimar por el órgano decontratación en función de su gravedad y consecuencias, entre el 3% y el 10% del presupuestodel contrato, conforme al articulo 212.1 del TRLCSP.

36ª.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 219 del TRLCSP, el contrato solo podráser modificado por razones de interés público en los casos y en la forma prevista en los artículos107 y 108 del TRLCSP y de conformidad con el procedimiento regulado en el artículo 211 delcitado texto legal.

Las modificaciones acordadas por el órgano de contratación serán obligatorias para loscontratistas, y deberán formalizarse conforme a lo dispuesto en el artículo 156 del TRLCSP.

37ª.- RECEPCIÓN DEL CONTRATO.

El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado latotalidad de la prestación, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de laAdministración. A tal efecto, en el plazo del mes siguiente a la finalización de la vigencia delpresente contrato, por parte de la Coordinadora Juventud se emitirá informe relativo a laconformidad o no respecto a la realización del objeto del contrato. En el supuesto que elcontratista hubiera ofertado mejoras y criterios sociales en su proposición y éstas hubieran sidoaceptadas por el Ayuntamiento, la Coordinadora de Juventud deberá indicar en dicho informe,además, que el contratista ha cumplido con aquéllas.

38ª.- SUBCONTRATACIÓN Y CESIÓN.

38.1.- Para la celebración de los subcontratos que pueda realizar el contratista conterceros estará sometido al cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 227 y 228 del TRLCSP,sin que en ningún caso pueda el contratista subcontratar con personas inhabilitadas paracontratar, de acuerdo con el ordenamiento jurídico o comprendidas en alguno de los supuestosdel artículo 60 de dicho texto legal. En todo caso, la empresa adjudicataria podrá subcontratar laejecución de prestaciones parciales que no podrán exceder del 60 por ciento del importe deadjudicación.

38.2.- Dadas las características y objeto del contrato, se prohíbe la cesión del presentecontrato.

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39ª.- INFORMACIÓN CONFIDENCIAL FACILITADA AL CONTRA TISTA.

39.1.- Sin perjuicio de las disposiciones del TRLCSP relativas a la publicidad de laadjudicación y a la información que debe darse a los candidatos y a los licitadores, el órgano decontratación no podrá divulgar la información facilitada por los empresarios que éstos hayandesignado como confidencial; este carácter afecta, en particular, a los secretos técnicos ocomerciales y a los aspectos confidenciales de las ofertas.

El contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la quetenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referidocarácter en los pliegos o en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada comotal. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esainformación.

39.2.- La empresa adjudicataria queda obligada al cumplimiento de lo dispuesto en la LeyOrgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter personal y en el RealDecreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo dela Ley Orgánica 15/1999, así como en la restante normativa vigente en relación con laprotección de datos de carácter personal.

En cumplimiento del artículo 12 de mencionada Ley, que regula el tratamiento de datospersonales por cuenta de terceros, la empresa adjudicataria se compromete al cumplimiento delas estipulaciones siguientes sobre seguridad:

A tratar los datos de carácter personal con la máxima cautela con el fin de garantizarsu confidencialidad e integridad, adoptando las medidas técnicas y organizativasnecesarias en lo que respecta a la custodia, almacenamiento y conservación con el fin deevitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.

La empresa adjudicataria únicamente tratará los datos personales incluidos en elfichero de datos de carácter personal conforme a las instrucciones del responsable delfichero; no aplicará o utilizará dichos datos con finalidades distintas a las que figuren enel presente contrato, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación a otraspersonas, siendo responsables únicos de los ilícitos administrativos y/o penales en quepudieran incurrir con ocasión del conocimiento y gestión de tales datos.

Se deberá mantener en todo momento la privacidad de toda información contenida entodas las bases de datos a las que el adjudicatario tenga acceso durante la ejecución delpresente contrato, garantizando en todo momento la confidencialidad de la información.

No podrá transferir, duplicar o reproducir, todo o parte, de la información contenida enel/los fichero/s o datos objeto de este contrato o aquellos datos a los que tenga accesocon motivo de la ejecución del presente contrato, a excepción de los casos en que existaprevia autorización escrita del Ayuntamiento.

Se deberá cumplir estrictamente la normativa legal y reglamentaria en vigor sobreutilización de técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas y sobre protección dedatos. El licitador deberá comprometerse a la adaptación de los sistemas a las nuevasnormas al respecto que puedan entrar en vigor en periodo de vigencia del contrato.

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En el caso de que el contratista destine los datos a otra finalidad, los comunique o losutilice incumpliendo las estipulaciones del contrato, será considerado tambiénresponsable del fichero, respondiendo a las infracciones en que hubiera incurridopersonalmente.

Una vez cumplida la prestación contractual, las copias de los datos de carácterpersonal que obren en poder de la empresa prestadora del servicio serán devueltas alresponsable del fichero, al igual que cualquier soporte o documento en que conste algúndato de carácter personal.

Todas estas obligaciones subsistirán aún con posterioridad a la finalización de laprestación del presente contrato.

Así mismo el adjudicatario deberá informar al Ayuntamiento de la necesidad decualquier ALTA, BAJA o MODIFICACIÓN en los ficheros de titularidad municipal que contengandatos de carácter personal a fin de proceder a su correcta regulación e inscripción ante laAgencia Española de Protección de Datos.

40ª.- GASTOS DE PUBLICIDAD.

El adjudicatario vendrá obligado a abonar los gastos derivados de la publicación delcontrato en los boletines o diarios oficiales en que se publique, cuyo importe máximo total seráde 600 euros.

El importe exacto a que ascienden dichos gastos se comunicará al adjudicatario en elacuerdo de adjudicación definitiva para que proceda a su abono en el Área de GestiónEconómica en el plazo de 30 días naturales desde la formalización del contrato.

En el caso de que el contratista no proceda al abono de los anuncios de licitación endicho plazo su importe se descontará del pago de la primera factura al contratista.

41ª.- PRERROGATIVAS.

El órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar este contrato, resolver lasdudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlos por razones de interés público, acordar suresolución y determinar los efectos de ésta, todo ello dentro de los límites y con sujeción a losrequisitos y efectos señalados en la TRLCSP.

42ª.- JURISDICCIÓN.

El presente contrato es de naturaleza administrativa, de conformidad con el artículo 19 dela TRLCSP, lo que determina que todas las cuestiones litigiosas que surjan entre las partes,serán competentes los del orden jurisdiccional contencioso-administrativo que tenganjurisdicción sobre la ciudad de Castellón de la Plana.

Ambas partes se someten a efectos de este contrato, a los tribunales con jurisdicción enesta Ciudad, con expresa renuncia a cualquier otro fuero.

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43ª.- OTRAS CUESTIONES.

Los pliegos de condiciones podrán examinarse en el Negociado de Juventud del Excmo.Ayuntamiento de Castellón de la Plana, ubicado en la calle Gaibiel, nº 4 , de esta ciudad, hastael momento en que finalice el plazo de presentación de proposiciones, en horario de 9 a 13horas, de lunes a viernes.

Los pliegos podrán consultarse en el perfil de contratante de la página web delAyuntamiento: www.castello.es y podrán solicitarse por correo electrónico en las direcciones:[email protected] o [email protected] o por fax: 964260991, remitiendo su correoelectrónico.

Cualquier información complementaria relativa a los mismos se obtendrá en dichoNegociado (teléfono 964 229551).

Castellon de la Plana, 17 de julio de 2013

La Jefa del Negociado de Juventud,

Margarita Sánchez Pérez La Jefa de Sección deServicios Sociales y Culturales,

Elena Martí Segarra

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ANEXO I

La entidad ________________________________________________ (razón social dela entidad financiera) con C.I.F. _____________________ domiciliada en__________________________________________________ y en su nombre__________________________________________________ (nombre y apellidos de losapoderados) con poderes suficientes para obligarse en este acto

INFORMAN

Que ______________________________________________ (nombre y apellidos de lapersona física o denominación social de la persona jurídica) con N.I.F. o C.I.F._____________________ domiciliada en _________________________________ de_________________________ es cliente de esta entidad financiera.

Que según los antecedentes obrantes en esta entidad, el mencionado licitador tienesuficiente solvencia económica y financiera para contratar con el Ayuntamiento de Castellón dela Plana, mediante procedimiento abierto, el servicio de diseño y gestión del proyecto de OcioAlternativo para jóvenes de la ciudad de Castellón de la Plana, con un presupuesto máximo de134.980 euros euros, IVA incluido.

Y para que así conste y surta los efectos oportunos ante donde sea procedente, expidola presente en _____________________, a ____ de _____________de _______

(firma y sello de la entidad financiera)

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ANEXO II

- MODELO LICITADOR PERSONA FÍSICA:

D./Dª. ________________________________________, mayor de edad, con domicilioen ________________________________________, con N.I.F. núm. _______________,declara que no se encuentra incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar, conformea lo dispuesto en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, porel que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

Asimismo, declara que se halla al corriente en el cumplimiento de las obligacionestributarias con el Estado, con el Ayuntamiento de Castellón de la Plana y con la SeguridadSocial impuestas por las disposiciones vigentes.

_________________________, ______ de __________________ de _______

Fdo.: ________________________

- MODELO LICITADOR PERSONA JURÍDICA:

D./Dª. ________________________________________, mayor de edad, con domicilioen ________________________________________, con N.I.F. núm. _______________, ensu condición de _________________ de la mercantil _____________________, con C.I.F.núm. _______________, declara que la mercantil a la que representa no se encuentraincursa en ninguna de las prohibiciones de contratar, conforme a lo dispuesto en el artículo60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el textorefundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

Asimismo, declara que la indicada mercantil se halla al corriente en el cumplimiento delas obligaciones tributarias con el Estado, con el Ayuntamiento de Castellón de la Plana ycon la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.

_________________________, ______ de __________________ de _______

Fdo.: ________________________

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ANEXO III

AUTORIZACIÓN DEL LICITADOR PARA QUE EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DECASTELLÓN PUEDA RECABAR DATOS A LA AGENCIA TRIBUTARIA Y A LA S EGURIDADSOCIAL DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGA CIONES PARACONTRATAR CON EL AYUNTAMIENTO.

D. ……………………….. con N.I.F. en nombre propio o en representación de……………… , C.I.F. autoriza al Excmo. Ayuntamiento de Castellón a solicitar de laAgencia Estatal de la Administración Tributaria y de la Tesorería General de la Seguridad Social,los datos relativos al cumplimiento de sus obligaciones con ambos organismos, para comprobarel cumplimiento de los requisitos establecidos para contratar con este Ayuntamiento el serviciode diseño y ejecución de la campaña de Ocio Alternativo para jóvenes de la ciudad de Castellónde la Plana.

La presente autorización se otorga exclusivamente a los efectos de la adjudicacióndefinitiva del contrato del servicio de diseño y ejecución de la campaña de Ocio Alternativo parajóvenes de la ciudad de Castellón de la Plana y su promoción publicitaria y en aplicación de lodispuesto en el artículo 95.1 K) de la Ley 58/2003, General Tributaria que permite, previaautorización del interesado, la cesión de los datos tributarios que precisen las AdministracionesPúblicas para el desarrollo de sus funciones, así como lo previsto en el artículo 14.2.b del RealDecreto 209/2003, sobre la obtención de datos de la Tesorería General de la Seguridad Social.

La presente autorización comporta el conocimiento y aceptación de las condiciones querigen la cesión de datos conforme a las previsiones de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 dediciembre de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Reglamento de Medidas deSeguridad de Ficheros Automatizados que contengan datos de Carácter Personal, aprobado porel real decreto 944/1999, de 11 de junio.

Fecha y firma del licitador o de su representante y sello de la empresa.

Fdo: nombre, D.N.I. y título de representación

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ANEXO IV

D./Dª. ______________________________, mayor de edad, con domicilio en____________________________, con N.I.F. núm. ____________, en su condición de_________________ de la mercantil ____________________, con C.I.F. núm. ____________,declara que la plantilla de la mercantil a la que representa está constituida por ______ personas,de las cuales ______ son mujeres y ______ son hombres.

Asimismo declara que la indicada mercantil ofrece las siguientes medidas deconciliación:

_________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

____________________, ____ de _____________ de ________

Fdo.: __________________________

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ANEXO V

DECLARACIÓN DE COMPROMISO CON LOS CRITERIOS Y LAS C ONDICIONESESPECIALES DE EJECUCIÓN DE CARÁCTER SOCIAL

Don/Doña …................................., con DNI …..................., actuando como …...........(administradora/or, gerencia, representante legal) de la empresa................................... y conpoder bastante para obligarse en este acto, declara y manifiesta bajo su responsabilidad:

Que conociendo, de conformidad y aceptando en su integridad los contenidosestablecidos en el “pliego de cláusulas administrativas particulares que han de regir lacontratación del servicio de diseño y gestión del proyecto de Ocio Alternativo para jóvenes de laciudad de Castellón de la Plana”, y respecto a la condición especial de ejecución del contrato decarácter social establecida en el citado pliego así como, en su caso, respecto a los criterios deadjudicación de carácter social la empresa se compromete a reservar un X % (concretarporcentaje de personas en tareas de apoyo o coordinación) de los puestos de trabajo de tareasde apoyo y/o coordinación necesarios para la ejecución del contrato, para ser ocupados porpersonas con dificultades de acceso al empleo (jóvenes desempleados menores de 30 años,personas desempleadas que tengan, como mínimo, una discapacidad del 33% y paradosmayores de 45 años) y/o contratar a una mujer como Coordinadora General del servicio.

Y prueba de conformidad y compromiso, se firma la presente, en …..................., a …. de…..

Firma y sello de la empresa.

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