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SERVICIOS DE SALUD DE LAS FUERZAS ARMADAS Y POLICIA NACIONAL

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Salud

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SISTEMA DE SALUD

SERVICIOS DE SALUD DE LAS FUERZAS ARMADAS Y POLICIA NACIONAL

ORGANIZACIN GENERAL DEL SECTOR SALUDSECTOR PUBLICOSECTOR PRIVADO

Lasfuerzas armadas de la Repblica del Perestn compuestas por elEjrcito del Per, laMarina de Guerra del Pery la Fuerza Area del Per

SANIDAD DE LAS F.F.A.A.

La Direccin Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas tiene como Misin dar apoyo a las mismas protegiendo o recuperando la salud de sus integrantes, servicio que se har extensivo a los familiares de estos.

Mantener el mximo de potencial humano de las Fuerzas Armadas en buenas condiciones de salud a travs de medidas preventivas, tratamientos mdicos, quirrgicos, dentales, de hospitalizacin y recuperacin apropiados.

SANIDAD DE LAS F.F.A.A: FuncionesMantener el mximo de potencial humano de las Fuerzas Armadas en buenas condiciones de salud a travs de medidas preventivas, tratamientos mdicos, quirrgicos, dentales, de hospitalizacin y recuperacin apropiados.

Proponer la poltica y determinar las normas y procedimientos de empleo de los recursos sanitarios de las Fuerzas Armadas, para tiempo de paz y de guerra, as como aplicar lo dispuesto al respecto por el mando superior.

Proporcionar atencin ambulatoria y hospitalaria en niveles de prevencin primario, por especialidades y especializada.

Desarrollar acciones de enseanza e investigacin que impulsen la eficiencia institucional e individual de los Servicios Sanitarios de las Fuerzas Armadas.

Mantener la especificidad e integracin del Servicio de Sanidad de las Fuerzas Armadas en el Sistema Sanitario Nacional.

Funciones

Asegurar una seleccin sicofsica apropiada del personal Militar, as como efectuar los reconocimientos mdicos peridicos.

Formular y ejecutar los planes de reclutamiento, movilizacin e instruccin del Personal Sanitario, en apoyo a las operaciones.

Obtener, almacenar, conservar y abastecer de equipos, medicamentos y medios sanitarios necesarios para las Fuerzas Armadas, de acuerdo a las necesidades y niveles establecidos para el cumplimiento de las Misiones asignadas.-

Constituir una reserva de apoyo sanitario para hacer frente a situaciones de desastre o emergencias nacionales.

FONDO DE SALUD PARA EL PERSONAL MILITAR DE LAS FUERZAS ARMADAS

Es necesario garantizar la atencin integral del Personal Militar as como la de sus familiares dependientes con la creacin del FOSPEMFA que cubra los riesgos de enfermedad, invalidez, accidentes y otras situaciones de salud factibles de ser amparadasCada Instituto de las FFAA la administracin del Fondo de Salud ser brindada a la prestacin mdico asistencial y a la mejora de la infraestructura y equipamiento hospitalario.

FOSPEMFACREADA para financiar la atencin integral del Personal Militar de las FFAA en situacin de Actividad, Disponibilidad y Retiro, as como la de sus familiares dependientes.

El FOSPEMFA recibir el aporte del Estado equivalente al 6% del total de las remuneraciones mensuales del Personal Militar del Ejercito, Marina de Guerra y Fuerza Area en Situacin de Actividad, Disponibilidad y Retiro tomando como referencia el ingreso mnimo mensual hasta un tope de diez veces el mismo; otros aportes que reciba y por las utilidades que obtenga de sus colocaciones y otras operaciones financieras.

El FOSPEMFA, ser administrado por cada uno de los Institutos en la parte que le corresponde.Los recursos econmicos financieros del FOSPEMFA son independientes de los recursos presupuestales anuales que para el rubro de salud consideran los II de las FFAA.El Fondo de Salud que administra cada Instituto constituye una de las fuentes de financiamiento para la atencin integral de la salud de su Personal Militar en Situacin de Actividad, Disponibilidad o Retiro con derecho, as como la de sus familiares dependientes.

RECURSOSA. El aporte del Estado establecido en el Artculo 2 del D.S. N 245-89/EF, por el Personal de sus correspondientes II : (6%)Otros aportes o donaciones que reciba.Las utilidades que se obtengan de sus colocaciones y otras operaciones financieras.Los recursos del Fondo de Salud que administra cada Instituto sern empleados exclusivamente en la atencin integral de la salud de los beneficiarios.

BENEFICIARIOSOficiales y Personal Auxiliar o Subalterno en Situacin de Actividad, Disponibilidad con remuneracin o Retiro con goce de pensin renovable. No incluye al Personal Militar que se encuentra en la Situacin de Disponibilidad o Retiro por medida disciplinaria.

Familiares dependientes del Personal Militar , inscritos en el Registro de Familia de cada Instituto.

TENIENDO EN CUENTALa atencin se realizar en los Centros de Salud del respectivo Instituto, donde no existan stos o no cuenten con el especialista correspondiente, la atencin podr realizarse, previo Convenio en otro Instituto de las Fuerzas Armadas o en otros Centros Mdicos.Los servicios y prestaciones estarn limitados a los que puedan ser proporcionados en el pas.El tipo y cobertura de los mismos, se determinar en base a las posibilidades de los recursos disponibles y a los estudios econmico financieros que para el efecto debe formular cada Instituto.Las Inspectoras Generales de cada Instituto sern los organismos de fiscalizacin de cada Junta de Administracin del Fondo de Salud.

Estructura de los sistemas de Aseguramiento en Salud

IAFAS: Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud. Captacion y gestion de fondos para el aseguramiento de salud.IPRESS: Instituciones Prestadores de Servicios de Salud.

LeyLey 29487 01 enero 2010LEY QUE OTORGA PRESTACIONES DE SALUD GRATUITAS AL PERSONAL CON DISCAPACIDAD DE LAS FUERZAS ARMADAS Y SUS FAMILIARES DIRECTOS. a) El cnyuge o conviviente.b) Los hijos menores de edad o con discapacidad mayores de edad.c) Los padres; solo en el caso de no tener familiares.

SANIDAD - MisionLa Direccin de Salud PNP tiene como MISIN promover estilos de vida saludable, disminuir los riesgos inherentes al trabajo policial, brindar atencin recuperativa altamente especializada con recursos humanos calificados y comprometidos con tecnologa moderna y especializada, que garanticen servicios de salud integrales con calidad, equidad y calidez que satisfagan las necesidades y requerimientos del polica y su familia con proyeccin a la comunidad . Vision: La Direccin de Salud de la Polica Nacional del Per tiene como VISIN primordial constituirse en el ao 2007 en la Institucin lder de atencin integral de salud, con autonoma administrativa y financiera, basada en una gestin estratgica y participativa, en un marco de valores ticos; respetando la vida, dignidad y derechos de la persona, contribuyendo de esta manera al desarrollo de la Nacin.

FuncionesDirigir y conducir la organizacin, fomentando un liderazgo participativo y trabajo en equipo.Normar y definir las polticas de salud policial, en concordancia con la Poltica Institucional y el Sistema Nacional de Salud.Planificar las acciones de salud y de gestin, en funcin a las necesidades y requerimientos de la poblacin policial, que permita el cumplimiento de los objetivos y metas institucionales.Gestionar el potencial humano, los recursos logsticos, econmicos y financieros.Proponer a la Direccin General PNP convenios nacionales e internacionales,Supervisin, monitoreo, evaluacin y auditora de las actividades de salud y administrativas en el mbito nacional, sobre la base de indicadores y estndares de calidad. orientados al desarrollo organizacional.Implementar un Sistema de Informacin Gerencial oportuno y confiable que permita una toma de decisiones efectiva en todos los niveles de la organizacin.Promover y desarrollar la descentralizacin de los servicios de salud policial, sobre la base de un Sistema de Redes en el mbito nacional.

FuncionesEjecutar acciones de promocin, prevencin, recuperacin y rehabilitacin de la salud del personal policial y familiares con derecho, ofreciendo una atencin integral con calidad y calidez.Coordinar con los diferentes organismos policiales e instituciones de salud tanto nacionales como internacionales las acciones de salud integral de la poblacin afectada en situaciones de desastre, emergencia y violencia.

Desarrollar un programa de atencin a las personas con discapacidad, en concordancia a las polticas de salud nacional.

Promover un sistema de investigacin en salud que permita el desarrollo institucional.

Desarrollar y fortalecer el Sistema de Vigilancia Epidemiolgica activa en el mbito nacional orientado a adoptar medidas preventivas, promocionales, y recuperativas.

Promover y desarrollar proyectos de desarrollo y de inversin que nos permitan el crecimiento institucional y la generacin de recursos

FONDO DE SALUD PARA LA POLICIA NACIONAL (FOSPOLI)

El Fondo de Salud para el personal de la polica Nacional (FOSPOLI), creado mediante Decreto Supremo N 015-B-87-IN y modificado por los decretos Supremos NS 001-91-IN, 014-2004-IN y 009-2008-IN, tiene por finalidad el financiamiento de la atencin de salud al personal de la Polica Nacional del Per y a sus familiares con derecho.

La provisin de servicios se da en dos niveles: la prestacin de los servicios propiamente dicho, a travs de la Direccin de Sanidad es la dependencia de mayor nivel jerrquico y autoridad de la sanidad policial; y el financiamiento de los servicios de salud del personal de la Polica Nacional del Per y sus familiares con derecho, que se da a travs para el personal de la Polica Nacional del Per (FOSPOLI).

BENEFICIARIOSLos efectivos de la institucin, pero adems a los familiares con derecho, incluyndose bajo este rubro al cnyuge o conviviente y a los hijos.En el ao 2008 se incluyo a padres de los efectivos.Esta situacin, ha ocasionado un desbalance en las finanzas del Fondo, al punto que a la fecha el Fondo afronta una crisis

FuncionesAdquisicin oportuna y complementaria a la DIRSAL PNP, de bienes y servicios relacionados a la atencin integral de la salud del personal de la Polica Nacional del Per en situacin de actividad, disponibilidad y retiro; as como, para los familiares con derecho.Adquisicin, construccin y mantenimiento preventivo y posterior de bienes inmuebles e instalaciones de salud fijas y mviles, que sean necesarios para el desarrollo de los servicios de salud que brinda la DIRSAL PNP.Adquisicin y mantenimiento del soporte informtico necesario para la automatizacin de los procesos administrativos del FOSPOLI y de la DIRSAL PNP.Contratacin con terceros, pblicos o privados, conforme a la normativa de la materia, de servicios asistenciales especializados, complementarios y otros.

Funciones Contratacin de tratamientos mdicos especializados en el pas y en el extranjero, previamente aprobados por la Junta Mdica que corresponda para la emisin del formato nico de prestaciones.Contratacin de servicios de auditora y consultora en asuntos administrativos, informticos, de gestin y en general en cualquier materia que permita el mejoramiento contino para una atencin oportuna y de calidad.Controlar la distribucin y utilizacin adecuada de los bienes muebles e inmuebles, medicamentos, insumos y servicios adquiridos por el FOSPOLI.Facilitar los medios necesarios para las evacuaciones mdicas de pacientes hacia las instalaciones de tratamiento mdico para soluciones definitivas.Suscribir convenios con entidades pblicas y privadas que permitan optimizar la adquisicin, contratacin de servicios y atencin de salud, conforme a la normativa de la materia.

BENEFICIARIOS DEL FOSPOLIBeneficiario titularEl Personal PNP en situacin de actividad, disponibilidad o retiro con goce de pensin.Los Cadetes de la Escuela de Oficiales PNPAlumnos de las Escuelas Tcnico Superiores PNP.Beneficiario familiar1. El o la cnyuge, excepto si percibe prestaciones de salud estatal o paraestatal.2. Los hijos menores de dieciocho (18) aos.3. Los hijos mayores de dieciocho (18) y menores de veintiocho (28) aos, siempre que sean solteros, sin hijos, dependientes del titular y que sigan en forma ininterrumpida estudios de nivel bsico, tcnico superior o universitario con matricula mnima semestral.4. Hijos con discapacidad fsica o mental

Requisitos El titular o familiar debe presentar su Documento Nacional de Identidad (DNI) acompaado del Carnet de Identidad Personal (CIP) o familiar (CIF) vigente y su tarjeta de prestacin de salud (TPS); la presentacin de dicho documento es indispensable para la atencin en las unidades asistenciales de la DIRSAL PNP a nivel Nacional.

IMPORTANTEEl FOSPOLI slo reconocer los gastos efectuados por atencin mdica y procedimientos afines prescritos por el personal autorizado de la DIRSAL PNP que no puedan ser atendidos por las unidades asistenciales de la misma, a excepcin de aqullos originados por casos de emergencia atendidos en otros establecimientos de salud; para lo cual el beneficiario, familiar u otra persona, deber comunicar dicha atencin dentro de las cuarenta y ocho (48) horas al Servicio de Emergencia del Hospital Nacional PNP para el caso de Lima y en el caso de provincias al establecimiento de salud PNP ms cercano, para su verificacin y traslado posterior una vez estabilizada la situacin de salud.

Analisis En 1935 se cre el Ministerio de Salud Pblica, Trabajo y Previsin Social, desde entonces este organismo ha sufrido transformaciones hasta llegar al actual Ministerio de Salud (MINSA), el cual convive con dos grandes subsistemas: el pblico y el privado; y dentro de ellas con otros subsistemas: i) Un subsistema a cargo del MINSA y los Gobiernos Regionales; ii) Un subsistema a cargo de EsSALUD; iii) Un subsistema de a cargo de la Sanidad de las Fuerzas Armadas y las Fuerzas Policiales; y iii) Un subsistema privado con presencia de actores con y sin fines de lucro. Este escenario ha dado lugar a un Sistema de Salud Segmentado y Fragmentado; es segmentado por la existencia de distintas modalidades de financiamiento, afiliacin y provisin de servicios de salud y es fragmentado por existir una dbil articulacin entre los niveles de atencin y por la presencia de agentes de salud que operan en forma desintegrada dentro de las redes sanitarias (OPS 2007:318-648).En el Per, la Seguridad Social de Salud se inici como Seguro Social Obrero (1936) y Seguro Social del Empleado (1948), luego durante el gobierno militar estos seguros fueron fusionados (1973) para luego constituir el IPSS (1987) y posteriormente el Seguro Social de Salud-EsSALUD (1999). En 1997 el mercado de la Seguridad Social de Salud fue abierto al sector privado al permitirse el ingreso de las Entidades Prestadoras de Salud-EPS. Debe sealarse que el subsistema de salud de las Fuerzas Armadas y Policiales se consolid con la creacin del Fondo de Salud para el Personal de la Polica Nacional-FOSPOLI (1987) y el Fondo de Salud del Personal Militar de las Fuerzas Armadas-FOSPEMFA (1989), todos ellos cofinanciados por el Estado.

En el Per contemporneo siempre ha existido la vocacin de discriminar a los ciudadanos por su condicin social, cultural, laboral y econmica, echando por tierra cualquier intento por crear un Sistema Nacional nico de Salud, un modelo al cual el Estado peruano ha renunciado de forma explcita en la Constitucin Poltica de 1993 y en el consenso del Acuerdo Nacional del 2002, este ltimo pacto suscribe la Poltica 13, Acceso Universal a los Servicios de Salud y a la Seguridad Social, la cual seala que el Estado Promover el acceso universal a la seguridad social y fortalecer un fondo de salud para atender a la poblacin que no es asistida por los sistemas de seguridad social existentes.

En el Per, la salud individual es financiada principalmente por los seguros de salud pblicos y privados, si bien existe un piso mnimo de proteccin, existen grandes variaciones en sus coberturas, dependiendo del tipo de pago o el tipo de subsidio. La salud individual tambin es financiada por los hogares a travs del pago de bolsillo con o sin tarifas subsidiadas por el Estado. Estas condiciones del financiamiento de la salud individual vienen generando inequidad financiera, inequidad en la distribucin de los recursos e inequidad en el acceso a los servicios de salud.

En el Per, los seguros de salud pblicos y privados son administrados por diferentes agentes: Seguro Integral de Salud (SIS), Seguro Social de Salud (EsSALUD), Entidades Prestadoras de Salud (EPS), Fondo de Salud de las Fuerzas Armadas (FOSPEFAM), Fondo de Salud de las Fuerzas Policiales (FOSPOLI)y los Seguros Privados de Salud. Sin embargo, no todos los fondos se comportan como fondos de riesgos, solamente EsSALUD, las EPS y los Seguros Privados de Salud cumplen con esta caractersticas, los dems fondos dependen de las transferencias del tesoro pblico, sin autonoma para gestionar sus fondos y condicionados por la disponibilidad de recursos pblicos. En el ao 2009, se aprob la Ley N29344, Ley de Aseguramiento Universal en Salud (AUS), con el claro propsito de expandir los seguros de salud a toda la poblacin a travs de tres regmenes: seguridad social (EsSALUD), seguros subsidiados (SIS) y seguros de salud privados.

En el Per, la poblacin sin seguro de salud es del 34% (ENAHO, 2011). Dicha poblacin agrupa a los trabajadores del sector informal, los auto-empleados y los desempleados; incluyendo sus familias y dependientes; personas que de acuerdo a su capacidad de pago, recurren a la automedicacin, la medicina tradicional o el pago de bolsillo en farmacias y/o servicios de salud. Los seguros subsidiados del Estado tienen un lmite de expansin, pues estn focalizados a la poblacin pobre y vulnerable, ms que ocurrir con aquellos que sin ser pobres viven con ingresos irregulares, en la informalidad y el autoempleo. Sobre este punto el Estado no tiene una posicin clara sobre estos ciudadanos, habindose limitado a lanzar tmidamente propuestas de seguros semi subsidiados que no han logrado masificarse para resolver este problema. Un estudio encontr que algunos sectores de esta poblacin estaran dispuestos a pagar una prima de seguro de salud que flucte entre 29 y 32 soles mensuales por afiliado (Seinfeld, 2007:66-67).Queda claro que una cotizacin tan baja nunca ser atractiva para ningn seguro privado de salud, a menos que el Estado decida participar en su financiamiento.