proyecto de ley ffaa 2014

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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Introducción. Los primeros ejércitos que sustentaron la defensa de esta bendita tierra se remontan a mucho antes dela firma del acta de la independencia y posterior a la misma, por tanto debemos habar –solo para dar como ejemplo- de Julián Apaza, Bartolina Sisa, Pablo Zárate Willka, Juan Maraza, (cacique de los canichana), Eustaquio Moto Méndez, los esposos Padilla, Esteban Arce entre muchos, donde hombres y mujeres nacidos de las entrañas mismas del pueblo, conformaron los primeros ejércitos aguerridos de estas tierras, se debe entender a los indígenas, esclavos, mestizos y criollos que ofrendaron sus vidas por la libertad entre muchos. Para posteriormente al conformarse un nuevo ejército dentro la República heredando lamentablemente un sistema colonial y la doctrinay costumbres de aquellos ejércitos de la corona española, acompañada de todas las pleitesías, símbolo de la monarquía europea, para posteriormente pasar a la doctrina Alemana y de esta a la doctrina norteamericana, todas estas totalmente ajenas a nuestra realidad donde se muestra unas Fuerzas Armadas elitistas, clasistas y serviles a intereses extranjeros, que mucho daño causaron a nuestro país, por tanto esa mentalidad es imperativocambiarla. Por tanto, es de imperiosa necesidad adecuar a lasFuerzas Armadas del Estado Plurinacional de Bolivia a la nueva estructura jurídica del Estado, de acuerdo a las nuevas necesidades y políticas de Estado. Es menester e imperativo incluir en el nuevo texto legal, las disposiciones legislativas correspondientes a la profesión militar de los hombres y mujeres, considerando en el mismo orden de ideas que el “ser militar”, traspasa con creces las fronteras del oficio propiamente dicho, convirtiéndose sin duda alguna en una forma de vida distinta, con exigencias marcadas en cuanto a múltiples esfuerzos y sacrificios, incluso de la propia vida, si fuere el caso. En función a estas premisas se deben adecuarlas normativas legales de la Ley Orgánica de las

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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Introducción.

Los primeros ejércitos que sustentaron la defensa de esta bendita tierra se remontan a mucho antes dela firma del acta de la independencia y posterior a la misma, por tanto debemos habar –solo para dar como ejemplo- de Julián Apaza, Bartolina Sisa, Pablo Zárate Willka, Juan Maraza, (cacique de los canichana), Eustaquio Moto Méndez, los esposos Padilla, Esteban Arce entre muchos, donde hombres y mujeres nacidos de las entrañas mismas del pueblo, conformaron los primeros ejércitos aguerridos de estas tierras, se debe entender a los indígenas, esclavos, mestizos y criollos que ofrendaron sus vidas por la libertad entre muchos. Para posteriormente al conformarse un nuevo ejército dentro la República heredando lamentablemente un sistema colonial y la doctrinay costumbres de aquellos ejércitos de la corona española, acompañada de todas las pleitesías, símbolo de la monarquía europea, para posteriormente pasar a la doctrina Alemana y de esta a la doctrina norteamericana, todas estas totalmente ajenas a nuestra realidad donde se muestra unas Fuerzas Armadas elitistas, clasistas y serviles a intereses extranjeros, que mucho daño causaron a nuestro país, por tanto esa mentalidad es imperativocambiarla.

Por tanto, es de imperiosa necesidad adecuar a lasFuerzas Armadas del Estado Plurinacional de Bolivia a la nueva estructura jurídica del Estado, de acuerdo a las nuevas necesidades y políticas de Estado. Es menester e imperativo incluir en el nuevo texto legal, las disposiciones legislativas correspondientes a la profesión militar de los hombres y mujeres, considerando en el mismo orden de ideas que el “ser militar”, traspasa con creces las fronteras del oficio propiamente dicho, convirtiéndose sin duda alguna en una forma de vida distinta, con exigencias marcadas en cuanto a múltiples esfuerzos y sacrificios, incluso de la propia vida, si fuere el caso. En función a estas premisas se deben adecuarlas normativas legales de la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas No. 1405 “Comandantes de la Independencia” y todos sus reglamentos.

Las Fuerzas Armadas del Estado plurinacional deben mostrar al pueblo mismo, a nuestra cultura, a nuestra identidad, a los ideales de nuestros ancestros que lucharon por la libertad, porque las Fuerzas Armadas es parte del pueblo, las Fuerzas Armadas es el pueblo mismo en armas, para defender esta patria, las Fuerzas Armadas deben ser Sociales yde integración con una complementariedad con las diferentes nacionalidades yno de represión, construyendo una patria unida, libre y soberana.

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El actual proceso de cambio que vive Bolivia se caracteriza por la refundación, plasmada en la Constitución Política del Estado Plurinacional que apertura la participación en las decisiones políticas a los sectores históricamente excluidos y marginados por el poder colonial y republicano que impuso un tipo de sociedad sustentada en jerarquías y privilegios.

La descolonización por mandato constitucional, tiene la finalidad de desmontar las estructuras normativas e institucionales y desestructurar sistemas que lamentablemente aún se encuentran vigentes de opresión, dominación. En ese entendido el proceso de descolonización que se encara en el país, requiere incidir en la eliminación de prácticas racistas y/o discriminatorias en todos los ámbitos de las Fuerzas Armadas a fin de que esta institución no sea ajena a los cambios que se encara en el país, por considerarse esta un pilar fundamental en la construcción del nuevo Estado, sin privilegios ni sometimiento a otros sectores.

Fundamentos de hecho.

Por la necesidad institucional que es la solución a la problemática que aqueja al interior de la Institución, son propuestas con un contenido de la teoría a la práctica, que la justicia social debe darse, porque las justificaciones son de diferentes ámbitos como las que siguen: ideológica, política, revolucionaria, moral, tecnológica, científica e Industrial, mejorando y modernizando las Fuerzas Armadas del Nuevo Estado Plurinacional de Bolivia.

La defensa de la soberanía está sustentada en una larga tradición diplomática de defensa a la autodeterminación de los pueblos y la no intervención. El Estado Boliviano no advierte riesgos a su soberanía como resultado de amenazas externas de tipo tradicional.

La soberanía nacional se sustenta en la fortaleza de los esfuerzos para el desarrollo nacional y en la vigencia de la democracia. No obstante hay riesgos y amenazas en los que se manifiestan factores internos combinados con otros de índole externa que derivan de actividades tales como el tráfico ilícito de drogas, la delincuencia organizada, el terrorismo ajeno y el deterioro ambiental. En consecuencia, la política de defensa debe hacerse más versátil y dinámica con la participación activa de todas las instituciones gubernamentales.

En ese sentido las Fuerzas Armadas, tienen que modernizarse en todos los aspectos y la modernización tiene que empezar por sus recursos humanos, explotando sus capacidades dando oportunidad a desenvolverse pero también a ser reconocidos, motivados y promovidos.

Para que tengamos unas Fuerzas Armadas Integradoras, la sociedad articulada con las Fuerzas Armadas mediante la Guardia del Estado plurinacional, compartiendo ideales de progreso y prosperidad.

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Para que los miembros de las Fuerzas Armadas sean un referente en la sociedad.

Fundamento de Derecho:

Declaración Universal de los Derechos Humanos, Decreto Supremo Nro. 29851,(ratificación de los convenios internacionales de los derechos humanos), donde menciona los compromisos internacionales adoptados y ratificados por el Estado Boliviano y “Plan Nacional de Acción de Derechos Humanos, Bolivia Digna Para Vivir Bien” 2009-2013,Decreto Supremo Nº 29894, la Nueva Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia, en su primera parte capítulo II Art. 8 menciona “El Estado se sustenta en los valores de unidad, igualdad, inclusión, dignidad, libertad, solidaridad, reciprocidad, respeto, complementariedad, armonía, transparencia, equilibrio, equidad social y de género en la participación, bienestar común, responsabilidad, justicia social, y distribución y redistribución de los productos y bienes sociales para vivir bien.

Constitución Política del Estado; Articulo 9, Artículo 13, Artículo 14, Artículo 15, Artículo 17, Artículo 21, Artículo 22, Artículo 23, Artículo 46, Artículo 48, Artículo 49, Artículo 50, Artículo 54, Artículo 62, Artículo 78, Artículo 81, Artículo 82,Artículo 83, Artículo 92, Artículo 100, Artículo 105, Artículo 106, Artículo 111, Artículo 135, Artículo 179, y Artículo 182.

La Ley n° 045, Ley contra el Racismo y toda forma de Discriminación. En Artículo 1 (I), Artículo 2 (b), Artículo 3 (c), Artículo 5 (a,c,d), Artículo 6 (I,II, c), Artículo 9, Artículo 10, Artículo 11 (a,c), Artículo 13 (IV), Articulo 23.Artículo 26 (3).

La Reglamentación de la Ley 045 Ley Contra el Racismo y toda forma de Discriminación (Art.11).

Ley 070

Artículo 3. (Bases de la educación). La educación se sustenta en la sociedad, a través de la participación plena de las bolivianas y los bolivianos en el Sistema Educativo Plurinacional, respetando sus diversas expresiones sociales y culturales, en sus diferentes formas de organización. La educación se fundamenta en las siguientes bases:

1. Es descolonizadora, liberadora, revolucionaria, anti-imperialista, despatriarcalizadora y transformadora de las estructuras económicas y sociales; orientada a la reafirmación cultural de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, las comunidades interculturales y afro bolivianas en la construcción del Estado Plurinacional y el Vivir Bien.

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3. Es universal, porque atiende a todas y todos los habitantes del Estado Plurinacional, así como a las bolivianas y los bolivianos que viven en el exterior, se desarrolla a lo largo de toda la vida, sin limitación ni condicionamiento alguno, de acuerdo a los subsistemas, modalidades y programas del Sistema Educativo Plurinacional.

7. Es inclusiva, asumiendo la diversidad de los grupos poblacionales y personas que habitan el país, ofrece una educación oportuna y pertinente a las necesidades, expectativas e intereses de todas y todos los habitantes del Estado Plurinacional, con igualdad de oportunidades y equiparación de condiciones, sin discriminación alguna según el Artículo 14 de la Constitución Política del Estado.

12. Es promotora de la convivencia pacífica, contribuye a erradicar toda forma de violencia en el ámbito educativo, para el desarrollo de una sociedad sustentada en la cultura de paz, el buen trato y el respeto a los derechos humanos individuales y colectivos de las personas y de los pueblos.

Artículo 43. (Estructura Institucional de la Formación Superior Técnica y Tecnológica). La Estructura Institucional de la Formación Superior Técnica y Tecnológica está constituida por:

II. Escuelas Superiores Tecnológicas, son instituciones educativas, de carácter fiscal, que desarrollan programas complementarios de formación especializada a nivel licenciatura para profesionales del nivel técnico superior, para el desarrollo de la investigación aplicada, la ciencia y la tecnología en áreas prioritarias para el desarrollo del Estado Plurinacional. Serán creadas por Decreto Supremo, considerando capacidad y experiencia institucional, infraestructura y equipamiento, sostenibilidad económica y técnica, y cobertura establecidas en reglamentación específica.

Artículo 62. (Universidad Militar).

II. Son objetivos de la Universidad Militar:

a) Impartir formación militar con visión integral e histórica de Patria, eliminando toda forma de discriminación en la admisión y en los procesos formativos.

b) Formar profesionales en distintos campos de las ciencias militares, con excelencia académica, comprometidos con la defensa, seguridad

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para el desarrollo del Estado y la democracia; integrando sus actividades morales, cívicas, patrióticas, científicas y de entrenamiento militar.

II.- TEXTO CONTENIDO DEL PROYECTO.La presente propuesta que está enmarcada y justificada por las leyes y la CPE, muestra las necesidades Institucionales en estos subtítulos:

Guardia del Estado Plurinacional de Bolivia.La defensa y seguridad no solo concierne a las FFAA, sino también al pueblo, a las demás de todos niveles autonómicos del estado instituciones del estado, a las gobernaciones, municipios, distritos, barrios, etc.Por lo tanto la integración de las Fuerzas Armadas con su pueblo a la cual se debe, debe ser fortificada, de acuerdo a la estrategia planteada de esta propuesta de la Guardia del Estado Plurinacional de Bolivia, con el pueblo instruido en la defensa de esta patria que son las relaciones de la defensa con la sociedad.

Para organizarnos como pueblo en la defensa y poder sentir el uniforme patriótico, vestirnos de un solo color como bolivianas y bolivianos, llegar a la unidad, en toda esta diversidad así como el color que nos identifica y la bandera representativa de nuestra patria. Para luchar contra la delincuencia, seguridad ciudadana, control social de las comunidades, distritos, etc. También motivar a la juventud a que se identifique con la patria, proyectando una guardia estudiantil, que apoye en las comunidades y otros espacios.

La educación.La educación militar está orientada a profundizar y acelerar la conformación del Nuevo Pensamiento Militar Patriótico, la nueva estrategia militar nacional, para fortalecer y actualizar los planes de defensa del País, la defensa integral, el orden interno, la participación activa en el desarrollo nacional, el desarrollo endógeno y la corresponsabilidad en cuanto a la Seguridad de la Nación se refiere, todo ello alineado con los elementos de la ética, la democracia participativa, la cultura, la solidaridad, la igualdad, la libertad y el cooperativismo para la formación de un individuo íntegro, acorde con lo establecido en el Sistema Educativo Nacional. Todo ello se logrará mediante el conjunto de actividades de formación, capacitación, adiestramiento, actualización, perfeccionamiento, difusión e información, sustentado en los preceptos de la nueva doctrina militar.

El objetivo de la nueva educación militar será un programa de apoyo a enseñanza e investigación científica y tecnológica en defensa nacional (Pro-Defensa). Que buscara promover la implantación de redes de

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cooperación académica en el país en el área de defensa nacional; la formación de recursos humanos en nivel pos-graduación; la promoción de intercambio de conocimientos en la comunidad, estimular asociaciones entre las instituciones de enseñanza superior, centros de estudios estratégicos y instituciones militares de enseñanza e investigación, promover el diálogo entre los expertos, civiles y militares, acerca de temas relativos a defensa nacional, con la participación de universidades de convenio, estatales y otros.

Dirección Gral. de Educación.(Comando en Jefe de las FFAA).Por las necesidades de la institución, se obliga al personal castrense a que en ciertos grados su nivel de competencias sea de acuerdo a las nuevas exigencias tecnológicas y de modernización de sus recursos humanos, (niveles post grado, doctorado y maestrías).Por lo tanto esta dirección regirá y normara la actualización a niveles que se considera, de todos los miembros de las Fuerzas Armadas.

Servicio militarEl servicio militar obligatorio es presentado como una “escuela para educar a los ciudadanos con un alto espíritu cívicopatriótico”. Donde serán inculcados valores culturales, patrióticos y su educación será de un nivel medio con un oficio para seguir y tener la oportunidad de ingresar a las FFAA, con un contrato de prueba, dando la oportunidad de acuerdo a las vacancias a conformar las filas militares, como Tropa Profesional.

Base industrial de defensaEsta propuesta trata sobre la “transformación de la defensa”, brindando una idea de los planes para la estructuración y maduración de una “base industrial de defensa”, las estimaciones de personal, los programas y proyectos de investigación y tecnología, y la necesidad de que las fuerzas armadas actúen como un instrumento al servicio del desarrollo científico económico del país.

De las especialidadestécnicas

Trata de las especialidades que son y fueron requeridas en las FFAA, pero en esta ley se les da el reconocimiento a ese trabajo silencioso pero valorable de los sargentos y sub oficiales, dando oportunidad a la aspiración, de poder llegar al grado final de la carrera militar, que es una política acertada de motivación de recursos humanos por que el desarrollo personal es un derecho constitucional.

Categoría MilitarSe elimina la categoría Suboficiales y Sargentos, porque no condice con nuestra realidad e identidad histórica, no está enmarcada en la

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Constitución Política del Estado, se aplica la Ley 045, se enmarca de acuerdo con los DDHH. Porque no se puede restringir en sus capacidades, a bolivianas y bolivianos por sus situaciones, condiciones sociales o económicas, desfavorables para el ingreso de hombres y mujeres en los institutos militares de oficiales.

Inclusión, Participación, Equidad e Igualdad de Oportunidades

Bajo estos principios y valores enmarcados en la Constitución Política del Estado, se adecua la nueva estructura de las FFAA, bajo estos principios y valores se diseña las oportunidades, y las igualdades de la población militar, parte de la sociedad del Nuevo Estado Plurinacional.

Tropa Profesional.Se crea esta nueva formación de militares, de escasos recursos que no tengan oportunidades de poder ingresar a institución militar, pero si tengan el corazón patriótico, para completar espacios de servicios técnico profesionales en la institución, soldados con una formación básica, que hayan sido destacados, premiando al desempeño en el servicio prestado a la Patria, que podrán aspirar a ser Oficiales Militares.

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ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

LEY Nº ….

LEY DE … DE ….. DE 2014

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO

PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por, cuanto la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado

la siguiente Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL

D E C R E T A:

LEY DE REFORMA A LA LEY ORGÁNICA DE LAS FUERZAS ARMADAS

DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Artículo 1.- (OBJETO) La presente Ley tiene por objeto descolonizar

ymodificar la Ley Nº 1405 Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas de la

Nación de 30 de diciembre de 1992.

I. Se incorpora la sociedad civil a las Fuerzas Armadas del Estado

Plurinacional de Bolivia a través de la Guardia del Estado

Plurinacional de Bolivia.

Page 9: Proyecto de ley ffaa 2014

II. Se eliminan las categorías de Suboficiales y Sargentos y su

correspondiente ascenso a la categoría de Oficiales Técnicos,

haciendo de estos un solo estamento dentro de esta instituciónsin

discriminación ni restricción alguna y será aplicable en igualdad de

oportunidades a los miembros de la institución. Conforme al

reglamento.

Artículo 2. (Modificación al Artículo 1 de la Ley 1405 Ley

Orgánica de las Fuerzas Armadas). Se incluyen en el artículo 1 de la

Ley 1405 Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas, los incisos g), h), i),j)

quedando redactado de la siguiente forma:

ARTICULO 1º.- LAS FUERZAS ARMADAS DE LA NACIÓN, son la Institución

Armada Fundamental y permanente del Estado Boliviano, y sustentan

como principios doctrinarios.

a) Preservar el Mandato Constitucional, la paz y la Unidad Nacional y

la estabilidad de las instituciones democráticas del Estado.

b) Ser integrador de la nacionalidad, fiel expresión de civismo, el

honor y la grandeza de la Patria, de sus tradiciones y de sus

glorias.

c) Ser exponentes del heroísmo, valor, poder y pujanza del pueblo

boliviano; simbolizan la historia de la Independencia y el

fortalecimiento de la República; siendo por ello depositarias de su

libertad, progreso e integridad territorial y espiritual.

d) Constituir el baluarte de la Seguridad Nacional y de la Defensa

soberana de la Patria, contribuyen al bienestar general del pueblo

boliviano, son el sostén de la vigencia de la Constitución Política

del Estado, de la democracia y de los derechos y garantías

ciudadanas.

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e) Ser el factor indispensable para el logro de los Objetivos

Nacionales, el desarrollo integral del país y la indeclinable decisión

de reivindicación marítima.

f) Sustentarse en la cohesión de sus estructuras, su misión y

organización vertical, basadas en principios fundamentales de

disciplina, jerarquía, orden y respeto a la Constitución Política del

Estado, a sus leyes y reglamentos.

g) La interculturalidad, basada en la interacción entre las culturas,

que se constituyen en instrumento para la cohesión y

convivenciaarmónica y equilibrada entre todos los pueblos y

naciones para la construcción de relaciones de igualdad y equidad

de manera respetuosa dentro las fuerzas armadas.

h) La descolonización, desmontando las estructuras de desigualdad,

sistemas de dominación, jerarquías sociales y de clase, que

inducen al sometimiento, que son manifestadas en actitudes y

prejuicios de superioridad, reproductoras del racismo,

discriminación y explotación de bolivianos a bolivianos, para una

convivencia armónica, incluyente, intracultural e intercultural en

igualdad de condiciones con plena justicia social.

i) La igualdad, con el reconocimiento pleno del derecho de acceder

en las mismas condiciones de igualdad de oportunidades, de todos

sus miembros a la educación, salud, capacitación y formación

progresiva.

j) La seguridad del personal de las Fuerzas Armadas del estado

Plurinacional de Bolivia, se encuentra por encima de cualquier otro

bien material de la institución.

Artículo 3. (Modificación al Artículo 17 de la Ley 1405 Ley

Orgánica de las Fuerzas Armadas). Se modifica el artículo 17 de la

Page 11: Proyecto de ley ffaa 2014

Ley 1405 Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas, quedando redactado de

la siguiente forma:

ARTÍCULO 17.-

Las Fuerzas Armadas están conformadas por la Fuerza Permanente y la

Reserva.

a) LA FUERZA PERMANENTE. Está integrada por los efectivos del

Ejército, la Fuerza Aérea y la Fuerza Naval, organizadas en

Grandes y Pequeñas Unidades, Institutos y Reparticiones Militares.

b) LA RESERVA. Está integrada por:

1. Oficiales Generales y Almirantes, Oficiales Superiores, Oficiales

Subalternos, Tropa Profesional del Servicio Pasivo.

2. Reservistas de las diferentes categorías clasificadas.

3. Reservistas del Servicio Auxiliar Femenino.

4. Guardias del Estado Plurinacional de las diferentes fuerzas.

5. Personal Civil Egresado de los Institutos Militares.

6. Personal de la Policía Nacional del Servicio Activo y Pasivo.

Artículo 4. (Modificación al Capítulo X, del título II de la Ley 1405

Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas). Se modifica elCapítulo X, del

título de la Ley 1405 Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas, quedando

redactado de la siguiente forma:

CAPITULO X

DE LAS FUERZAS Y LA GUARDIA NACIONAL DEL ESTADO

PLURINACIONAL DE BOLIVIA

ARTÍCULO 56.-

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I. El Ejército, la Fuerza Aérea y la Fuerza Naval dependen del

Comando en Jefe de las Fuerzas Armadas de la Nación. Como

organismos de Ejecución:

a) Preparan y desarrollan las operaciones de guerra Terrestre,

Aérea y Naval, en forma independiente, conjunta y combinada.

b) Garantizan la Seguridad y Defensa Nacional, y participan

activamente en el desarrollo del país.

II. Se crea la Guardia del Estado Plurinacional de Bolivia, que estará

conformada por las ciudadanas y ciudadanos bolivianos

voluntarios.

Las Fuerzas Armadas, por intermedio de sus tres fuerzas estarán a

cargo de la formación técnico militar de la Guardia del Estado

Plurinacional de Bolivia.

Para ser miembro de la Guardia del Estado Plurinacional de Bolivia,

no existe límite de edad, pudiendo tener acceso todos los

bolivianos y bolivianas, conforme a reglamento.

III. Entre las funciones principales de la Guardia del Estado

Plurinacional de Bolivia, como reserva militar son:

a) Colaborar con los Servicios de Protección Civil en los casos de

grave riesgo, catástrofe,desastres naturales y calamidad

pública.

b) Velar por el mantenimiento, seguridad y la protección del

medio ambiente y la madre tierra.

c) Cooperar con la seguridad ciudadana.

d) Formar y difundir el pensamiento patriótico en las diferentes

unidades educativas del país.

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e) Preparar y organizar al pueblo para la defensa integral con el

propósito de coadyuvar a la Independencia, soberanía e

integridad del espacio geográfico del Estado Plurinacional de

Bolivia.

Artículo 5. (Modificación al Artículo 97 de la Ley 1405 Ley

Orgánica de las Fuerzas Armadas). Se modifica el artículo 97 de la

Ley 1405 Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas, quedando redactado de

la siguiente forma:

Artículo 97. ESCALAFÓN DEL PERSONAL.-

Consiste en el registro clasificado y ordenado de todos los miembros de

las Fuerzas Armadas. Su organización es responsabilidad de cada Fuerza

y comprende:

a) ESCALAFÓN DE ARMAS. Se incorporará a este escalafón al personal

egresado de los Institutos Militares de formación Profesional.

b) ESCALAFÓN DE TROPA PROFESIONAL. Para ser incorporado a este

Escalafón son requisitos:

1. Ser boliviano o boliviana de origen.

2. Para varones, estar constituido dentro el Servicio Militar

Obligatorio.

3. Para mujeres contar con la libreta de servicio militar, premilitar o

estar en la Guardia del Estado Plurinacional de Bolivia.

4. Haber aprobado los exámenes de competencia.

5. No encontrarse procesado ni haber recibido sanción judicial, no

haber cometido delitos ni faltas graves que atenten contra las

Fuerzas Armadas.

6. No haber sido dado de baja anteriormente de las Fuerzas

Armadas por malos antecedentes, faltas graves o delitos sujetos

a sanción judicial.

Page 14: Proyecto de ley ffaa 2014

Artículo 6. (Modificación al Artículo 101 de la Ley 1405 Ley

Orgánica de las Fuerzas Armadas). Se modifica el artículo 101 de la

Ley 1405 Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas, quedando redactado de

la siguiente forma:

ARTÍCULO 101.

El grado es la denominación que se asigna a cada uno de los miembros

de las Fuerzas Armadas en sus diferentes niveles jerárquicos y se

clasifican en oficiales y oficiales técnicos conforme al reglamento:

a) CATEGORÍA DE OFICIALES

EJÉRCITO FUERZA AÉREA ARMADA BOLIVIANA

OFICIALES

GENERALES

ALMIRANTES

Gral. Ejto.

Gral. Div.

Gral. Brig.

Gral. Fza. Ae.

Gral. Div. Ae.

Gral. Brig. Ae.

Almte.

V.Almte.

C.Almte.

OFICIALES

SUPERIORES

Cnl.

Tcnl.

My.

Cnl.

Tcnl.

My.

Cap. Nav.

Cap. Frag.

Cap. Corb.

OFICIALES

SUBALTERNOS

Cap.

Tte.

Sbtte.

Cap.

Tte.

Sbtte.

Tte. Naval.

Tte. Fragata

Alferez

b) CATEGORIA TROPA PROFESIONAL

EJERCITO FUERZA AEREA ARMADA

Page 15: Proyecto de ley ffaa 2014

BOLIVIANA

SUPERVISORES

Supv. 1ro.

Supv. 2do.

Supv. Incl.

Supv. 1ro.

Supv. 2do.

Supv. Incl.

Supv. 1ro.

Supv. 2do.

Supv. Incl.

MAESTRES

Mtre. 1ro.

Mtre. 2do.

Mtre. Incl.

Mtre. 1ro.

Mtre. 2do.

Mtre. Incl.

Mtre. 1ro.

Mtre. 2do.

Mtre. Incl.

ESPECIALISTAS

Esp. 1ro.

Esp. 2do.

Esp. Incl.

Esp. 1ro.

Esp. 2do.

Esp. Incl.

Esp. 1ro.

Esp. 2do.

Esp. Incl.

Los miembros de la tropa profesional podrán acceder al grado de

oficiales previo exámenes de evaluación y competencia, según las

necesidades de la Institución, conforme al reglamento.

Artículo 7. (Modificación al Artículo 106 de la Ley 1405 Ley

Orgánica de las Fuerzas Armadas). Se modifica el artículo 106 de la

Ley 1405 Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas, quedando redactado de

la siguiente forma:

ARTÍCULO 106.

Los Institutos Militares de las Fuerzas Armadas de la Nación, otorgarán

Diplomas Académicos a nivel licenciatura en sus diferentes

especialidades a hombres y mujeres, equivalentes a los que otorga la

Universidades Bolivianas dentro los conceptos señalados por la

Constitución Política del Estado y las leyes pertinentes.

Los títulos en provisión nacional serán extendidos por el Estado de

acuerdo a lo señalado por la Constitución Política del Estado.

Artículo 8. (Modificación al Artículo 113 de la Ley 1405 Ley

Orgánica de las Fuerzas Armadas). Se modifica el artículo 113 de la

Page 16: Proyecto de ley ffaa 2014

Ley 1405 Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas, quedando redactado de

la siguiente forma:

ARTÍCULO 113.-

Los derechos que adquiere el personal militar como consecuencia del cumplimiento de sus obligaciones son:

a. Personales:

1. Recibir un trato digno, en igualdad de condiciones sin ningún tipo de discriminación, racismo y formas conexas de intolerancia.

2. A no ser utilizados en tareas y servicios personales de los superiores jerárquicos.

3. A no ser sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos, degradantes, maltratos psicológico.

4. A no recibir ningún tipo de acoso sexual, laboral y económico.

5. Libre acceso a los lugares y ambientes destinados al personal de la institución.

b. Profesionales:

1. Ascensos sin restricción alguna, según sus capacidades

2. Destinos conforme al plan de carreras

3. Seguridad industrial

4. Calificación de Servicios

5. Títulos y Diplomas sin ningún tipo de restricción

6. Condecoraciones, Premios y Distinciones

c. Económicos:

1. Haberes

2. Bonos

3. Viáticos

4. Dotaciones

5. Repatriación por fallecimiento

6. Gastos de instalación establecidos por Ley para el personal militar con destino y cargo en el Servicio Exterior.

7. Otros derechos económicos de acuerdo a Reglamento

d. Sociales

1. Vacaciones

Page 17: Proyecto de ley ffaa 2014

2. Licencia

3. Prestaciones otorgadas por el Seguro Social Militar

Artículo 9. (Modificación al Capítulo III del título IV de la Ley

1405 Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas). Se modifica el

Capítulo III, del título IV de la Ley 1405 Ley Orgánica de las Fuerzas

Armadas, quedando redactado de la siguiente forma:

CAPITULO III

DE LOS DERECHOS DE LOS CADETES, SOLDADOSY MARINEROS

ARTÍCULO 116.-

Los Cadetes, Soldados y Marineros, tienen derecho a:

a) Recibir un trato digno, en igualdad de condiciones sin ningún tipo

de discriminación, racismo y formas conexas de intolerancia.

b) A no ser utilizados en tareas y servicios personales de los

superiores jerárquicos.

c) A no ser sometido a torturas ni a penas o tratos crueles,

inhumanos o degradantes.

d) A recibir atención médica oportuna sin discriminación alguna.

e) A una alimentación adecuada.

f) A recibir socorro mensual.

g) A recibir dotación de prendas y equipo militar de acuerdo a los

cuadros de organización.

Artículo 10. (Modificación al Artículo 117 de la Ley 1405 Ley

Orgánica de las Fuerzas Armadas). Se modifica el artículo 117 de la

Ley 1405 Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas, quedando redactado de

la siguiente forma:

ARTÍCULO 117.-

Page 18: Proyecto de ley ffaa 2014

Los herederos forzosos:

a) De los Cadetes fallecidos en actos del Servicio, percibirán una sola

vez, la indemnización equivalente a dos (2) años del haber del

grado de subteniente que serán incluido al Presupuesto de

Defensa Nacional.

b) De los Soldados o Marineros fallecidos en actos del servicio,

tendrán derecho a una indemnización equivalente a dos (2) años

del haber del primer grado de la tropa profesional, que será

incluido al presupuesto de Defensa Nacional.

Artículo 11. (Modificación al Artículo 118 de la Ley 1405 Ley

Orgánica de las Fuerzas Armadas). Se modifica el artículo 118 de la

Ley 1405 Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas, quedando redactado de

la siguiente forma:

ARTÍCULO 118.-

1. A los Cadetes que se invaliden en actos del Servicio de acuerdo a

regulaciones de la Ley de Seguridad Social Militar, se les otorgará

grado militar, con cargo al Presupuesto de la Fuerza respectiva y

percibirán el haber del grado de Subteniente o Alférez.

2. A los Soldados o Marineros que se invaliden en actos del Servicio

de acuerdo a regulaciones de la Ley de Seguridad Social Militar, se

les otorgará grado militar, con cargo al Presupuesto de la Fuerza

respectiva y percibirán el haber del primer grado de la categoría

Tropa Profesional.

Artículo 11. (Modificación al Artículo 120 de la Ley 1405 Ley

Orgánica de las Fuerzas Armadas). Se modifica el artículo 119 de la

Ley 1405 Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas, quedando redactado de

la siguiente forma:

ARTÍCULO 120°.-

Page 19: Proyecto de ley ffaa 2014

Los miembros de las Fuerzas. Armadas en Servicio Activo y Situación de

Disponibilidad se sujetarán a las siguientes disposiciones:

a) Prohibición para publicar, dictar conferencias o emitir opiniones

orales o escritas, sobre temas que comprometan secretos

militares y a la seguridad nacional afecten la moral o la disciplina.

b) Prohibición de formar parte de logias.

c) Acatar y cumplir las órdenes Superiores, siempre y cuando estas

no contravengan las leyes vigentes ni la Constitución Política del

Estado.

d) Solicitar autorización del Comando en Jefe para toda publicación

oral o escrita, sea firmada o con seudónimo, sobre temas

inherentes a las Fuerzas Armadas; a excepción de denuncias sobre

ilícitos cometidos por sus miembros.

e) Solicitar autorización del Ministerio de Defensa para viajar al

exterior, por el conducto regular establecido. En caso de

incumplimiento a los incisos precedentes se atendrán a lo

determinado en el artículo 89° de la presente Ley.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

Primera.-

El personal civil que en la actualidad presta sus servicios en las Fuerzas

Armadas conforme a reglamentación, serán incorporados al escalafón

correspondiente.

Segunda.-

Los institutos de formación militar de suboficiales y sargentos deberán

uniformar sus planes de estudio a 4 años de formación en el plazo de

sesenta (60) días calendario a partir de la publicación de la presente ley.

Tercera.-

Page 20: Proyecto de ley ffaa 2014

Se fija como un periodo máximo de 5 años para la etapa de transición.

DISPOSICIÓN ABROGATORIA

Única.-

Quedan abrogadas todas las normas contrarias a la presente Ley

DISPOSICIONES FINALES

Primera.-

El poder ejecutivo, en un plazo no mayor a los 180 días, conjuntamente

los sectores involucrados elaborará la reglamentación respectiva para

compatibilizar los años de servicio antigüedad y grado militar de

Suboficiales y Sargentos desde la promulgación de la presente Ley para

su ascenso al grado correspondiente de Oficiales Técnicos.

Segunda.-

Los Sargentos y Suboficiales de las Fuerzas Armadas nombrarán por

cada promoción de fuerza a un representante y de estos representantes

se conformará un equipo multidisciplinario que participara en la

reglamentación del periodo de transición.

Tercera.-

Los actuales miembros del escalafón de Armas cumplirán las funciones

que les son inherentes a su especialidad y desempeñarán sus

actividades en el área de su competencia, de acuerdo a un plan de

carreras elaborado por su fuerza.