salarios a extranjeros

19
PAGO DE SALARIOS A EXTRANJEROS Ley del Impuesto sobre la Renta y Tratados Internacionales

Upload: drredmx

Post on 30-Jul-2015

45 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Salarios a Extranjeros

PAGO DE SALARIOS A EXTRANJEROS

Ley del Impuesto sobre la Renta y Tratados Internacionales

Page 2: Salarios a Extranjeros

Antecedentes- En términos de la Ley General de Población nadie puede dar

ocupación a extranjeros que no comprueben su legal estancia en el país:

a) FM3 permiso por un año y es prorrogable hasta 4 veces, para no inmigrantes

b) FM2 permiso hasta por 5 años, para inmigrantes con calidad de cargo de confianza, inversionista, profesional, científico o técnico.

Page 3: Salarios a Extranjeros

Conceptos

LFT: Salario es la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo

LISR: Salarios y en general los señalados en el artículo 110 de esta ley, salvo las remuneraciones a miembros de consejos directivos, de vigilancia, consultivos o de cualquier otra índole, así como los honorarios a administradoras, comisarios y gerentes generales.

Comentarios OCDE: El término salarios, sueldos y otras remuneraciones similares “incluyen prestaciones en especies recibidas en relación con un empleo”

Page 4: Salarios a Extranjeros

Ley del Impuesto sobre la Renta

Se presentan tres situaciones:

1) Extranjeros residentes en Territorio Nacional que obtengan ingresos por salarios en México obligados al pago de impuesto (Titulo IV Capitulo I)

2) Residentes en el extranjero que obtienen ingresos por salarios de fuente de riqueza ubicada en Territorio Nacional (Titulo V)

3) Residentes en el extranjero que obtienen ingresos por salarios de fuente de riqueza ubicada en Territorio Nacional con los que México haya celebrado Tratado Internacional

Page 5: Salarios a Extranjeros

Elementos de la obligación tributaria

Sujeto: Persona física RESIDENTE en el extranjero que obtenga ingresos de FUENTE DE RIQUEZA ubicada en territorio nacional.

Objeto: Ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado

Base: Ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado que sean atribuibles a la actividad desarrollada en Territorio Nacional por el residente en el extranjero, incluso los del Art. 109 LISR. (Art. 250 RISR)

Tasa:

Artículo 180 LISR

Ingreso obtenido (año de calendario)

Tasa

$125,900 Exento$125,900 - $1,000,000 15%

> $1,000,000 30%

Page 6: Salarios a Extranjeros

Ejemplifiquemos lo anterior…

Concepto Ing. Francés Arq. Español Lic. Canadiense

Salario 100,000 200,000 1,010,000 Exención (Frac. I) 125,900 125,900 125,900 ISR (Frac. II) Exento 74,100 874,100 Tasa 15% 15%ISR 11,115 131,115 Ingreso (Frac. III) 10,000 Tasa 30%

3,000 Total ISR Exento 11,115 134,115

La compañía XXXX contrata los servicios personales subordinados durante el ejercicio fiscal 2010 de tres extranjeros:

Page 7: Salarios a Extranjeros

Elementos a considerar:

1. Lugar (país) donde se presta físicamente el servicio (fuente de riqueza)

2. Quien otorgará el pago respectivo

3. Periodo de tiempo en el cual el trabajador desarrollará la prestación de servicio

4. Quien es el beneficiario de los servicios

5. Existe un Tratado entre México y el país de que es residente el trabajador

Page 8: Salarios a Extranjeros

1.- Lugar (país) donde se presta físicamente el servicio (fuente de riqueza)

Se considera que la “fuente de riqueza” se encuentra en territorio nacional cuando el servicio se presta en el país.

Art. 179 y 180 LISR

En México el concepto de Fuente de Riqueza no se encuentra definido por las disposiciones fiscales, pero diversas tesis lo contemplan.

IMPUESTO SOBRE LA RENTA. EMPRESAS EXTRANJERAS ESTABLECIDAS FUERA DEL PAÍS SON CAUSANTES POR LOS INGRESOS OBTENIDOS DE FUENTE DE RIQUEZA SITUADAS EN EL TERRITORIO NACIONAL. Visible en el Semanario Judicial de la Federación, Séptima Época, Segunda

Sala, Tesis Aislada pag. 143

Page 9: Salarios a Extranjeros

2.- Quien otorgará el pago respectivo

Art. 180 y 181 LISR

a) PF o PM residente en el país

b) Residente en el extranjero con EP con el que se "relacione el servicio"

PF o PM residente en el extranjero:

a) Sin EP en el país o,

b) Con EP en el país y que el servicio "no este relacionado" con dicho establecimiento

PF o PM residente en el extranjero:

a) Sin EP en el país o,

b) Con EP en el país y que el servicio "no este relacionado" con dicho establecimiento

El propio contribuyente será el obligado a efectuar el pago del impuesto, dentro de los 15 días siguientes a la obtención del ingreso (por los ingresos que perciba cuando sea estancia en el país sea igual o superior a 183 días naturales, consecutivos o no, en un periodo de 12 meses.

Deberá efectuar la retención y enterarla mediante declaración que presentará a más tardar el día 17 del mes de calendario inmediato posterior al que corresponda la retención.

El prestador del servicio personal subordinado no estará obligado al pago del impuesto correspondiente, siempre que su estancia en territorio nacional sea menor a 183 días naturales, consecutivos o no, en un periodo de 12 meses

Quién paga Quién entera el impuesto

ReglaGeneral

Excepción

ReglaParticular

Page 10: Salarios a Extranjeros

2.- Quien otorgará el pago respectivo

Art. 249 RISR

1.-La PF o PM residente en el extranjero que le realiza el pago por la prestación de sus servicios personales subordinados, realice el pago mediante retención y entero.El retenedor deberá solicitar inscripción en el RFC vía escrito libre.

2.- La persona residente en México en cuyas instalaciones se prestó el servicio personal subordinado.

3.- Mediante entero que realice el representante en el país del residente en el extranjero y asuma la responsabilidad solidaria.

Cuando el propio contribuyente sea el obligado a enterar el impuesto, pobra optar por:

Page 11: Salarios a Extranjeros

Artículo 15 OCDE

Los sueldos y salarios y otras remuneraciones similares obtenidos por un residente de un estado contratante, sólo podrán gravar en ese estado.

Regla General Se grava en el Estado donde realmente fue prestado el empleo.

Otras consideraciones:

Las remuneraciones realizadas a bordo de un buque o aeronave explotados en tráfico internacional, o de una embarcación destinada a la navegación interior, pueden someterse a imposición en Estado Contratante en el que este situada la “sede de dirección efectiva” de la empresa.

Page 12: Salarios a Extranjeros

Artículo 15 OCDE

Para efectos de los “Tratados” no se pagará el ISR mexicano cuando se den los siguiente supuestos:

a) El Trabajador permanezca en el país menos de 183 días en un periodo de 12 meses consecutivos o en un ejercicio fiscal. (Aplica para casi todos los países, excepto Italia ahí aplican 120 días).

b) Las remuneraciones se paguen por o en nombre de una persona residente del mismo país del trabajador.

c) Las remuneraciones sean atribuibles a un establecimiento permanente o base fija que tenga el empleador en otro país.

Page 13: Salarios a Extranjeros

3.- Periodo de tiempo en el cual el trabajador desarrollará la prestación de servicio

Para el cálculo de los 183 días se considerará:

1. Día de llegada,2. Día de partida,3. Demás días del año incluyendo sábados, domingos, días de descanso

obligatorio, días festivos, vacaciones e interrupciones laborales de corta duración tales como huelgas y permisos por enfermedades,

4. Presencia en el país parte de un día

No se considerará:1. Días que no se tenga presencia física en el país ya sea por viajes de

trabajo, vacaciones, o por cualquier otra causa.

Lo establecido en este articulo de acuerdo con los comentarios de la OCDE aplican para los tratados celebrados por México

Art. 251 RISR

Page 14: Salarios a Extranjeros

Jubilaciones, pensiones u otras formas de retiro

Legislación interna (Art. 182 LISR)

Jubilaciones 1.- Residentes en el paísPensionesHaberes de retiro Fuente de riqueza 2.- EP en el paísPensiones vitalicias México

Subcuenta del seguro retiro3.- Cuando las aportaciones deriven de un servicio personal subordinado que haya sido prestado en el país

Subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez

Aplican las mismas reglas art. 180 LISR

Ingresos por: Pagos realizados por:

Modelo de la OCDE (Art. 18)

Establece que las pensiones y demás remuneraciones similares

pagadas a un residente de México por un empleo anterior sólo

pueden someterse a imposición en México.

Page 15: Salarios a Extranjeros

Caso práctico “A”

Supuesto 1

Una persona residente en Bolivia es enviada a México a prestar un servicio personal subordinado a una sucursal de una empresa Boliviana que se dedica a la comercialización de productos alimenticios.

Los salarios van a ser pagados por la empresa residente en Bolivia y la estancia del residente en el extranjero será de 80 días, comprendidos del 1° de enero al 21 de Marzo, los salarios ascenderán a $560,000 BOB.

Análisis:

1.- Con Bolivia no se tiene celebrado Tratado, por lo tanto se aplicarán las disposiciones del Titulo V LISR.

2.- Conforme a lo comentado del artículo 181 LISR a pesar de que su estancia en el país es menor a 183 días, no está exento debido a que el pago lo realiza un residente en el extranjero con establecimiento permanente en el país y el servicio esta relacionado con dicho establecimiento, por lo tanto se aprovecha en el país.

Page 16: Salarios a Extranjeros

Desarrollo

Ingresos BOB en moneda Nacional MX

Concepto Enero Febrero Marzo TotalIngresos 200,000 200,000 160,000 560,000 Equivalencia BOB dólar (1) 0.14328 0.15728 0.16529Ingreso en dólar 28,656 31,456 26,446 86,558 Tipo de cambio (1) 12.1214 12.1235 12.0172Ingresos en moneda nacional 347,351 381,357 317,812 1,046,519

(1) Datos Estimados

Determinación de la retención

Concepto Enero Febrero Marzo

Ingresos en moneda nacional 347,351 728,708 1,046,519 Importe exento 125,900 125,900 125,900 Excedente gravado 221,451 602,808 874,100 Tasa 15% 15% 15% 15%Impuesto 33,218 90,421 131,115 Pago efectuado con anterioridad - 33,218 90,421 Retención tasa 15% 33,218 57,204 40,694

Excedente gravado - - 46,519 Tasa 30% - - 30%

- - 13,956

Total de ISR retenido 33,218 57,204 54,650

Conclusiones:1.- El prestador del servicio deberá enterar $145,071 por los ingresos obtenido en el país.

2.- Quién realiza el pago es un residente en el extranjero con EP en el país, esta obligado a retener el mencionado importe que se enterará a mas tardar el día 17 del mes de calendario inmediato posterior.

Page 17: Salarios a Extranjeros

Caso práctico “B”

Planteamiento:

1.- Un residente en Brasil fue contratado por una empresa residente en México para prestar servicios en el país por un periodo de 80 días (15 Marzo – 02 Junio),y pagará por la contraprestación $135,000 real. ¿Cuánto se le debe retener de ISR ?

Análisis:

1.- Existe tratado entre México y Brasil2.- La erogación es realizada por una empresa residente en México3.- Prestación de servicios por un periodo menor a 183 días

Conclusión:

Al haber tratado con Brasil, se aplica lo dispuesto en el artículo 15 y no hay retención en México debido a que su estancia del residente en Brasil es inferior a los 183 días para quedar eximido de imposición fiscal.

Page 18: Salarios a Extranjeros

Caso práctico “B”

Conclusión:

El artículo 15 del Tratado celebrado entre México y Brasil establece 3 supuestos que deben ser cumplidos para no estar sujeto a imposición en el país donde se presta el servicio personal dependiente:

a)El Trabajador permanezca en el país menos de 183 días en un periodo de 12 meses consecutivos o en un ejercicio fiscal. (Aplica para casi todos los países, excepto Italia ahí aplican 120 días).

b) Las remuneraciones se paguen por o en nombre de una persona residente del mismo país del trabajador.

c) Las remuneraciones sean atribuibles a un establecimiento permanente o base fija que tenga el empleador en otro país

En nuestro caso, solo se cumple la condición “a”, por lo que se debe pagar el impuesto correspondiente, como a continuación se indica:

Page 19: Salarios a Extranjeros

Caso práctico “B”Ingresos Real en moneda Nacional MX

Concepto Marzo Abril Mayo Junio TotalIngresos 20,000 40,000 25,000 50,000 135,000 Equivalencia real vs dólar (1) 0.626 0.626 0.626 0.626Ingreso en dólar 12,520 25,040 15,650 31,300 Tipo de cambio (1) 12.0172 12.5678 12.6785 12.0045Ingresos en moneda nacional 150,455 314,698 198,419 375,741 1,039,312

Determinación de la retención

Concepto Marzo Abril Mayo Junio

Ingresos en moneda nacional 150,455 465,153 663,572 1,039,312 Importe exento 125,900 125,900 125,900 125,900 Excedente gravado 24,555 339,253 537,672 874,100 Tasa 15% 15% 15% 15% 15%Impuesto 3,683 50,888 80,651 131,115 Pago efectuado con anterioridad - 3,683 50,888 80,651 Retención tasa 15% 3,683 47,205 29,763 50,464

Excedente gravado - - - 39,312 Tasa 30% - - - 30%

- - - 11,794

Total de ISR retenido 3,683 47,205 29,763 62,258

Total 142,909