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ro E u UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA RECTORÍA GENERAL Acuerdo REVOE Número 093/2013 Acuerdo que otorga el refrendo del Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios que expide la Universidad de Guadalajara a favor de Lamar Mexicana, A.C., por el período comprendido del ciclo escolar 2013-13 al ciclo escolar 2016-A para impartir el plan de estudios de Abogado en el plantel educativo ubicado en la calle José Guadalupe Zuno número 1964 en el municipio de Guadalajara, Jalisco. El maestro ltzcóatl Tonatiuh Bravo Padilla, Rector General y el maestro José Alfredo Peña Ramos, Secretario General de la Universidad de Guadalajara, con fundamento en los artículos 32 y 42 fracción 1 de la Ley Orgánica, 2 y 6 fracción III, 26 y 28 del Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios, ambos de esta Casa de Estudios, en atención al siguiente RESULTANDO 1. Que el 22 de octubre de 2012, la Coordinación de Estudios Incorporados (CEI) de la Universidad de Guadalajara, emitió el comunicado por el que informa el inicio del proceso para el refrendo del Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios. 2. Que con fecha 22 de octubre de 2012, la CEI, giró el oficio número CEI/URT/10/2012/2409 a la institución Lamar Mexicana, A.C., solicitando el cumplimiento de los requisitos necesarios para el refrendo del Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios. 3. Que el 23 de enero de 2013, la institución Lamar Mexicana, A.C., solicitó el refrendo del Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios, para impartir el plan de estudios de Abogado a partir del ciclo escolar 2013-13 al ciclo escolar 2016-A en el plantel educativo ubicado en la calle José Guadalupe Zuno número 1964 en el municipio de Guadalajara, Jalisco. Av. Juárez No. 976 Piso 11. Edificio (lela Rectoría General, Colonia Centro, código postal 44100. Guadalajara, Jalisco. México. Teléfono 1521 (33) 31341678 www.udg.mx 1

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UNIVERSIDAD DE GUADALAJARARECTORÍA GENERAL

Acuerdo REVOE Número 093/2013

Acuerdo que otorga el refrendo del Reconocimiento de Validez Oficial de Estudiosque expide la Universidad de Guadalajara a favor de Lamar Mexicana, A.C., por elperíodo comprendido del ciclo escolar 2013-13 al ciclo escolar 2016-A para impartirel plan de estudios de Abogado en el plantel educativo ubicado en la calle JoséGuadalupe Zuno número 1964 en el municipio de Guadalajara, Jalisco.

El maestro ltzcóatl Tonatiuh Bravo Padilla, Rector General y el maestro José AlfredoPeña Ramos, Secretario General de la Universidad de Guadalajara, confundamento en los artículos 32 y 42 fracción 1 de la Ley Orgánica, 2 y 6 fracción III,26 y 28 del Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios, ambosde esta Casa de Estudios, en atención al siguiente

RESULTANDO

1.Que el 22 de octubre de 2012, la Coordinación de Estudios Incorporados (CEI) dela Universidad de Guadalajara, emitió el comunicado por el que informa el iniciodel proceso para el refrendo del Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios.

2. Que con fecha 22 de octubre de 2012, la CEI, giró el oficio númeroCEI/URT/10/2012/2409 a la institución Lamar Mexicana, A.C., solicitando elcumplimiento de los requisitos necesarios para el refrendo del Reconocimiento deValidez Oficial de Estudios.

3. Que el 23 de enero de 2013, la institución Lamar Mexicana, A.C., solicitó elrefrendo del Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios, para impartir el plande estudios de Abogado a partir del ciclo escolar 2013-13 al ciclo escolar 2016-A enel plantel educativo ubicado en la calle José Guadalupe Zuno número 1964 en elmunicipio de Guadalajara, Jalisco.

Av. Juárez No. 976 Piso 11. Edificio (lela Rectoría General, Colonia Centro, código postal 44100.Guadalajara, Jalisco. México. Teléfono 1521 (33) 31341678

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UNIVERSIDAD DE GUADALAJARARECTORÍA GENERAL

4. Que la Coordinación de Estudios Incorporados revisó y verificó la solicitud asícomo los documentos presentados por la institución Lamar Mexicana, A.C.,corroborando la debida integración del expediente, para su posterior remisión altitular del Centro Universitario correspondiente.

5. Que el Consejo del Centro Universitario de Ciencias Sociales y Humanidades ensu sesión celebrada el 22 de marzo de 2013 aprobó dicha solicitud medianteDictamen CRETG/021/2013 de fecha 28 de febrero de 2013.

En atención a estos antecedentes, y:

CONSIDERANDO

1. Que la Universidad de Guadalajara es un organismo público descentralizado delGobierno del Estado de Jalisco con autonomía, personalidad jurídica y patrimoniopropio cuyo fin es impartir educación media superior y superior, así comocoadyuvar al desarrollo de la cultura en la entidad, según lo dispuesto por elartículo 1 1 de su Ley Orgánica.

II. Que entre las atribuciones de la Universidad de Guadalajara, en la fracción IXdel artículo 6 0 de su Ley Orgánica, se establece la facultad de otorgar y retirar elreconocimiento de validez oficial de estudios de nivel medio superior y superior aplanteles particulares y por cooperación que se incorporen a la Universidad deGuadalajara.

III. Que el H. Consejo General Universitario con fundamento en la fracción XIartículo 31 de la Ley Orgánica de la Universidad de Guadalajara, aprobó en susesión del 28 de octubre de 2000 el Reglamento de Reconocimiento de ValidezOficial de Estudios de la Universidad de Guadalajara, el cual fue publicado en laGaceta Universitaria No. 183 de fecha 13 de noviembre de 2000.

IV. Que el Rector General es el representante legal de la Universidad deGuadalajara de conformidad con el artículo 32 de la Ley Orgánica de esta Casade Estudios y le corresponde emitir el Acuerdo de Reconocimiento de ValidezOficial de Estudios, previo dictamen aprobado por el Consejo Universitariorespectivo, con fundamento en los artículos 2, 6 fracción III, 26 y 28 del Reglamentode Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios.

Av. Juárez No. 976 Piso II. Edificio de la Rectoría General. Colonia Centro, código postal 44100.Guadalajara, Jalisco. México. Teléfono [521 (33) 31341678

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UNIVERSIDAD DE GUADALAJARARECTORÍA GENERAL

V. Que el Consejo del Centro Universitario de Ciencias Sociales y Humanidades,con fundamento en el artículo 52 fracción V de la Ley Orgánica y 9 fracción 1 delReglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios, ambos de laUniversidad de Guadalajara, le corresponde dictaminar las solicitudes deReconocimiento de Validez Oficial de Estudios.

Con base en los antecedentes vertidos y las consideraciones expuestas, el suscritotiene a bien emitir los siguientes:

RESOLUTIVOS

Primero. Se autoriza a la institución Lamar Mexicana, A.C., para ofrecer servicioseducativos bajo la denominación comercial Centro Universitario GuadalajaraLamar para impartir el plan de estudios de Abogado en el plantel educativoubicado en la callE José Guadalupe Zuno número 1964 en el municipio deGuadalajara, Jalisco.

Dicho Plan fue aprobado por el H. Consejo General Universitario y registrado en laDirección General de Profesiones según Acuerdo de Enmienda de fecha 12 demarzo de 1997. Así mismo, se deben aplicar las modificaciones que aprueba en sumomento el H. Consejo General Universitario.

Segundo. Esta autorización estará vigente durante el período comprendido delciclo escolar 2013-13 al ciclo escolar 2016-A quedando sujeta a las condiciones queel Consejo del Centro Universitario de Ciencias Sociales y Humanidades determinóen su Dictamen CRETG/021/2013 de fecha 28 de febrero de 2013, aprobado en susesión del 22 de marzo de 2013, así como, a las demás disposiciones establecidasen la normatividad universitaria. El dictamen en comento se anexa al presenteAcuerdo.

Tercero. La institución denominada Lamar Mexicana, A.C., se compromete acontar con instalaciones, equipamiento adecuado y suficiente para atender a losalumnos que recibe. De no tener la capacidad para atender a los alumnosinscritos, deberán reducir la inscripción de alumnos de primer ingreso, de acuerdoa lo proyectado cuando se les otorgó el REVOE. Esto de acuerdo a los artículos 13fracción VI, 17 fracción XI, 60 fracción VI y 61 del Reglamento de Reconocimientode Validez Oficial de Estudios.

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UNIVERSIDAD DE GUADALAJARARECTO RÍA GENERAL

Cuarto. En el caso de que la institución Lamar Mexicana, A.C., no cumpla con elpago semestral por concepto de REVOE en el tiempo señalado en la orden depago que emite la Universidad, deberá cubrir los intereses moratorios de acuerdo alo establecido en el artículo 1976 del Código Civil de Estado de Jalisco, los cualesserán calculados por la Dirección de Finanzas de la Universidad de Guadalajara.De registrarse un atraso en un pago semestral por un lapso que exceda dos ciclosescolares, se iniciará el procedimiento de revocación del reconocimiento, a travésde la Comisión de Revalidación de Estudios, Títulos y Grados del Consejo delCentro Universitario de Ciencias Sociales y Humanidades. De acuerdo a loseñalado en los artículos 60, fracciones XVII, XVIII, 79 fracción III y 88 delReglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios.

Quinto. Si la institución educativa Lamar Mexicana, A.C., llegara a realizar cambiode domicilio o abrir un plantel adicional sin recibir una autorización previa porparte de la Universidad de Guadalajara, será acreedor a una multa equivalente a5,000 veces el salario mínimo general diario vigente en la zona metropolitana deGuadalajara. Con base en los artículos 13 último párrafo; 78, fracciones 1 y VI; 79,fracción II, y 91 del citado reglamento.

Sexto. La institución Lamar Mexicana, A.C., deberá presentar un Plan de Trabajo enel que se señalen las mejoras proyectadas durante los próximos tres años, conbase en los resultados de la evaluación de desempeño y de los requerimientosmínimos en infraestructura y equipamiento. En ese plan se deberán establecermetas calendarizadas y verificables para los siguientes tres años, de conformidad alo establecido por las fracciones III y Xl del artículo 60 del Reglamento deReconocimiento de Validez Oficial de Estudios.

Séptimo. Tomando en consideración que la mayoría de los programasacadémicos de la Universidad de Guadalajara se encuentran evaluados yacreditados por organismos externos, y a efecto de estar en concordancia con locontemplado por el artículo 3, así como las fracciones III y V del artículo 60, ambosdel Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios, la instituciónLamar Mexicana, A.C., se compromete a someterse a la evaluación externa por losorganismos correspondientes del programa educativo autorizado en el presenteAcuerdo.

Octavo. En caso de que la institución denominada Lamar Mexicana, A.C., decidarenunciar al REVOE, deberá notificarlo con seis meses de anticipación.

Av. Juárez No. 976 Piso II. Edificio de la Rectoría General. Colonia Centro, código postal 44100.Guadalajara, Jalisco, México. Teléfono [521 (33) 31341678

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1111UNIVERSIDAD DE GUADALAJARARECTORÍA GENERAL

En los casos de renuncio, revocación, o negación del refrendo del REVOE, lainstitución denominada Lamar Mexicana, A.C., deberá entregar la documentaciónde todos los alumnos que haya tenido durante el período de vigencia delReconocimiento de Validez Oficial de Estudios, en los siguientes dos meses a lafecha en que se dé cualquiera de los supuestos señalados. Lo anterior, a efecto dedar cumplimiento a lo contemplado por los artículos 59 y 93 del citado reglamento.

Noveno. La institución Lamar Mexicana, A.C., queda sujeta a las disposiciones queestablezca la normatividad universitaria, así como al cumplimiento de lasrecomendaciones que emita la Coordinación de Estudios Incorporados de laUniversidad de Guadalajara y la Unidad de Enseñanza Incorporada del CentroUniversitario de Ciencias Sociales y Humanidades encargadas de la supervisión,seguimiento y evaluación de las instituciones que cuenten con Reconocimiento deValidez Oficial de Estudios.

Décimo. Túrnese a la Coordinación de Estudios Incorporados para que notifique elpresente Acuerdo al solicitante y se publique la información conducente en LaGaceta de la Universidad de Guadalajara, con fundamento en los artículos 12fracción IX y 26 del Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios.

Undécimo. El presente Acuerdo se emite en tres originales.

Atentamente"Piensa y Trabaja"

Guadalajara, Jalisco, 02 de julio de 2013

óatl Tonafiuh Bravo PadillaRector General

Mtro. José ASecretario G

Av. Juárez No. 976 Piso II. Edificio de la Rectoría General. Colonia Centro, código postal 44100.Guadalajara. Jalisco. México. Teléfono [52] (33) 31341678

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Fe de Erratas Numero 05108 al dictamen CRETG/02112013 (Reconocimiento'e Validez Oficial

\2 de Estudios)

Los suscritos miembros de la Comisión Permanente de Revalidación de Estudios, Títulos yGrados, Dr. Héctor Raúl Solís Gadea, Dr. Jaime Preciado Coronado, Mtra. Cándida ElizabethVivero Marín, Mtra. Leticia Brambila López, Dr. Julio Noé Aguilar Betancourt Dr. Héctor RaúlSolís Gadea con fundamento en los artículos 50 fracciones 1 y II y 11° fracción II, del EstatutoOrgánico del Centro Universitario de Ciencias Sociales y Humanidades, tengo a bien someter aa consideración del Pleno de este Consejo de Centro, la presente propuesta de fe de erratas,obre la base de la siguiente:

JUSTIFICACIONQue la Comisión Permanente de Revalidación de Estudios Títulos y Grados del Consejo delCentro Universitario de Ciencias Sociales y Humanidades aprobó el dictamen númeroC.RETG/021I2013, en el que se autoriza el RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ OFICIAL DEEST4DIOS para impartir la CARRERA DE ABOGADO del Nivel Superior a la institucióneducativa LAMAR MEXICANA, A.C., en la sesión ordinaria de Consejo de Centro celebradael 28 de Febrero de 2013.

Que la Coordinación de Estudios Incorporados de la Universidad de Guadalajara, informó pormedio del oficio CEI/URT/1462/2013 de fecha 24 de Junio de 2013, que se detectó una

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nconsistencia en el dictamen CRETGIO2I/2013, en la denominación de Programa educativoebiendo ser Plan de Estudios, todos de la Institución Educativa.

RESOLUTIVOS

PRIMERO. Con fundamento en el articulo 2°, párrafo primero del Reglamento deReconocimiento de Validez Oficial de Estudios de la Universidad de Guadalajara, para losefectos de ese Reglamento se entiende por:

Acuerdo de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios.- La autorización que, previodictamen del Consejo Universitario respectivo, expida el Rector General para que un particularpueda impartir un plan de estudios específico en un plantel educativo determinado

SEGUNDO. Con fundamento en el articulo 11 fracción 1, del Estatuto Orgánico del CentroUniversitario de Ciencias Sociales y Humanidades, se tiene a bien poner a su consideración lasiguiente:

FE DE ERRATAS

DICE: Se dictamina como programa Educativo de Abogado, todas las veces que semenciona en el dictamen.DEBE DECIR: Se dictamina como Plan de Estudios de la Carrera de Abogado, todas lasveces que se menciona en el dictamen.

TERCERO. La presente Fe de Erratas modifica el dictamen número CRETGIO2II20I3aprobado por el H. Consejo del Centro Universitario de Ciencias Sociales y Humanidades, ensesión ordinaria celebrada el 28 de Febrero de 2013 y se integra al mismo.

CUARTO. Notifíquese la presente a la Comisión Permanente de Revalidación de Estudios,Títulos y Grados de este Honorable Consejo, a la Jefatura de Enseñanza Incorporada delCentro Universitario de Ciencias Sociales y Humanidades y a la Coordinación de EstudiosIncorporados de la Universidad de Guadalajara.

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Ate n t a me n t e"Piensa y Trabaja"

Za popan, Jalisco, 2 de julio de 2013.Comisión Permanente de Revalidación de Estu3dios Títulos y Grados

r. Héctor Raúl Solí GadeaPresidente

(JTMtra. María Guadalupe Moreno González

Secretaria de Actas y Acuerdos

Consejero Direc ivo

Mtra. Letieta ra i a Lópezrnir 4rnirr Drrrfri

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C idee Jiménez VitalConsejera Alumna Propietaria

Mtr Cándida EliØ1eth Viv ro MarínCo sejera Acadéfriic ropie aria

Dr. Julio No' ar BetancourtConsejerq

***La presente hoja de firmas pertenece a la Fe de Erratas Numero 05108 de la ComisiónPermanente de Revalidación de Estudios, Títulos y Grados del Centro Universitario de CienciasSociales y Humanidades, de fecha 28 de Febrero de 2013, y es la última hoja de dicha Fe deErratas.

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H. CONSEJO DEL CENTRO UNIVERSITARIODE CIENCIAS SOCIALES Y HUMANIDADESPRESENTE.

DICTAMEN CREvi

A esta Comisión Permanente de Revalidación de Estudios, Títulos y Grados de este órganocolegiado, le fue turnada por conducto del Rector del Centro Universitario de CienciasSociales y Humanidades, Mtro. Pablo Arredondo Ramírez, la solicitud del plantel educativo ¡ çcon nombre legal "LAMAR MEXICANA A.C." con la pretensión de refrendar, por parte de laUniversidad de Guadalajara, el RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ OFICIAL DE ESTUDIOS paraimpartir el programa educativo de Abogado, del nivel superior en la modalidadescolarizada, de conformidad con los siguientes:

ANTECEDENTES

1. "LAMAR MEXICANA A.C." mediante dictamen núm. CRETG/181/2010, aprobado por elConsejo del Centro Universitario de Ciencias Sociales y Humanidades en sesión de fecha 29de junio de 2010, se le otorgó el refrendo de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudiospor parte de la Universidad de Guadalajara, para impartir el plan de estudios de Abogadoen la modalidad escolarizada por 3 años, del ciclo escolar 2010 "B" al 2013 'A'; habiendoconcluido la vigencia del Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios antes citado, seprocede a considerar el otorgamiento de un nuevo refrendo.

2. Con fecha 22 de Octubre de 2012, la Coordinación de Estudios Incorporados de laAdministración General de la Universidad de Guadalajara, publicó el ComunicadoNo.014/2012, dirigido a todos los Representantes legales de las Instituciones particulares ypor cooperación, que desearan refrendar el Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios(REVOE) por parte de la Universidad de Guadalajara, para impartir estudios del nivel mediosuperior y superior en el Estado de Jalisco, en la modalidad escolarizada, por tres años apartir del ciclo escolar 2013 "B" y hasta el 2016 "A".

3. El Lic. Ricardo Ramírez Angulo, acreditó ante la Coordinación de Estudios Incorporadosde la Universidad de Guadalajara, ser el Representante Legal de "LAMAR MEXICANA A.C."y presentó la solicitud para refrendar el Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios porparte de la Universidad de Guadalajara, para impartir el Programa Educativo de Abogadoque ofrece el Centro Universitçio de Ciencias Sociales y Humanidades, así como los diversosdocumentos que acreditap's requisitos señalados mediante comunicado referido en elnumeral 2 del presente cta men, mismos que fueron debidamente firmados por el

/ representante legal, baprotesfa de decir verdad, de conformidad con lo establecido en

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\VL's'_-._—.NTRO UNIVERSITARIO DE CIENCIAS SOCIALES Y

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los artículos 14 y 17 fracciones 1 y III del Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficialde Estudios de la Universidad de Guadalajara.

4. A través del oficio CEI/URT/01/201 3/01 40, de fecha 23 de enero de 2013, dirigido al Mtro.Pablo Arredondo Ramírez, Presidente de la Comisión de Revalidación de Estudios, Títulos yGrados del Centro Universitario de Ciencias Sociales y Humanidades, la Coordinación deEstudios Incorporados de la Universidad de Guadalajara, en apego a lo dispuesto en elartículo 12 fracciones II, IV y VII, del Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial deEstudios de la Universidad de Guadalajara, verificó que el expediente remitido por elrepresentante legal de 'LAMAR MEXICANA A.C." y enviado a este Centro Universitario, seencuentra debidamente integrado, cumpliendo los requisitos solicitados en el comunicadoNo.01 4/2012, así como los artículos 13, 17, y 60 fracción XXI, del Reglamento en mención,con la documentación que a continuación se señala:

1

Escrito signado por el representante legal, fechado el 30 de noviembre de 2012 ante la Coordinación de Estudios Incorporados, presenta la solicitud para refrendar elReconocimiento de Validez Oficial de Estudios para impartir el Programa Educativode Abogado, que ofrece el Centro Universitario de Ciencias Sociales y Humanidadesde la Universidad de Guadalajara, para los turnos matutino, vespertino y nocturno,dando cumplimiento a lo establecido en los artículos 15 y 16 del Reglamento deReconocimiento de Validez Oficial de Estudios.

Formato de pago expedidas por la Dirección de Finanzas de la Universidad deGuadalajara, con número de referencia 90000007998 y sello de depósito fechado el13 de diciembre de 2012, en la institución bancaria Banco Nacional de México SA.,mediante el cual "LAMAR MEXICANA A.C." comprueba haber cubierto la cu a poconcepto del trámite para el refrendo de Reconocimiento de Validez O cial dEstudios del nivel superior y uso del nombre, escudo, lema y logotipd\ de 1 4, /1Universidad de Guadalajara acorde a los artículos 5, 13 fracción Vill,17 fraccióhlXj.88, del Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios.

Copia simple del Contrato de Arrendamiento vencido, del inmueble, ubicado en elnúmero 1964 de la calle José Guadalupe Zuno, colonia Americana, en la ciudad deGuadalajara, Jalisco, en la que se ofertan los servicios educativos, objeto de supresente solicitud y carta compromiso firmada por el Representante legal en dondese compromete a renovar di* contrato de arrendamiento con lo que "LAMARMEXICANA A.C." incump los artículos 13 fracción VI y 17 fracción IV, delReglamento de Reconocjffiienfo de Validez Oficial de Estudios.

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1

d) Copias heliográficas de los planos arquitectónicos de las instalaciones d pla . teeducativo de "LAMAR MEXICANA A.C." en los cuales se señala el uso a lós que \,destinará cada espacio del inmueble en comento, como lo marca el a ículo Vfracción V, del Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios.

e) Copia simple de la cédula de refrendo de la Licencio Municipal No.-1 37644 expedidapor la Dirección de Padrón y licencias del Ayuntamiento de Guadalajara, así comooficio de fecha 07 de enero del presente año, mediante el cual solicita "LAMARMEXICANA A.C." al Director General del H. Consejo del Cuerpo de Bomberos yProtección Civil de Guadalajara, una supervisión de seguridad de las instalacionesdel plantel educativo. Por lo que atendiendo el artículo 17 fracción VI, delReglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios, es improcedente la

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por la autoridad correspondiente y del peritaje oficial que garantice que el inmuebleofrece la seguridad necesaria.

xf) Inventario del mobiliario y equipo, que incluye una relación del material escolar

existente, así como el acervo bibliográfico, material electrónico, equipo de cómputoy una descripción detallada de las instalaciones del plantel de "LAMAR MEXICANAA.C." dando cumplimiento con lo establecido en el artículo 17 fracción VIII, delReglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios.

g) Carta compromiso de fecha 30 de noviembre de 2012, en donde "LAMARMEXICANA A.C." hace mención que elaborará un plan de mejora a partir de losresultados de la evaluación emitida por parte del Comité Técnico de EstudiosIncorporados y mejorará los requerimientos mínimos de infraestructura yequipamiento; anexando ficha personal del representante legal, director y secretariodel plantel educativo en mención, esto dando cumplimiento con el artículo 60fracción V, del Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios.

h) Copias simples de los formatos de pagos semestrales, expedidas por la Dirección deFinanzas de la Universidad de Guadalajara, de los ingresos recaudados porconcepto de colegiatura de los ciclos escolares 200 "B" al 2012 "A", faltando porexhibir el pago semestral correspondiente a los ciclos escolares 2012 "B" y 2013 "A",de conformidad con los artículos 17 fracciones XIV y XIX, así como los artículos 60fracciones VII y XVIII y 88 del Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial deEstudios de la Universidad de Guadalajara.

4

htante legal de "LAMAR MEXICANA A.C." en el cual realizanplir con los términos del presente dictamen, para que le searefrendo de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios del

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i) Escrito por el r€declaratoria deposible obten er

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Programa Educativo de Abogado, así como el cumplimiento de las disioncontenidas en el Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial dedemás normas aplicables de la Universidad de Guadalajara; de conformidad a loseñalado oor el artículo 17 fracción XV, del realamento antes citado.

LiP1

En virtud de los antecedentes expuestos y a efecto de dar cabal cumplimiento a lanormativa universitaria, esta Comisión Permanente de Revalidación de Estudios, Títulos yGrados del Consejo del Centro Universitario de Ciencias Sociales y Humanidades de laUniversidad de Guadalajara, y

CONSIDERANDO

1. Que uno de los fines de la Universidad de Guadalajara es formar y actualizar a lostécnicos, bachilleres, técnicos profesionales, profesionistas, graduados y demás recursoshumanos que requiere el desarrollo socioeconómico del Estado de Jalisco, como loestablece el artículo 5 fracción 1, de su Ley Orgánica;

II. De ahí que la normatividad universitaria faculte a nuestra máxima Casa de Estudios paraotorgar o retirar, en su caso, el reconocimiento de validez oficial a los estudios del nivelsuperior y medio superior realizados en planteles particulares y por cooperación que seincorporen a la Universidad, en cumplimiento con lo dispuesto por el artículo 60. fracción IX,de su Ley Orgánica; \

III. Que la Universidad de Guadalajara, de acuerdo al artículo 22 de su Ley Orgánica,adopta el modelo de red para organizar sus actividades académicas y administrativas, conel objeto de lograr una distribución racional y equilibrada de la matrícula y de los servicioseducativos del Estado de Jalisco, a fin de contribuir a la previsión y satisfacción de losrequerimientos educativos, culturales, científicos y profesionales de la sociedad;

IV.Que el Consejo del Centro Universitario es el principal órgano de gobierno del CentroUniversitario de Ciencias Sociales y Humanidades de conformidad con lo establecido en elartículo 51, de la Ley Orgánica;

Y. Que de conformidad con los artículos 52, fracción V, de la Ley Orgánica y 9°. Fracción 1,del Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios, el Consejo del CentroUniversitario de Ciencias Sociales y Humanidades, y previa atención a las normasestablecidas por el H. Consejp General Universitario; es competente para dictaminar sobrelas solicitudes relativas a/a incorporación de estudios que correspondan al CentroUniversitario.

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--'-TPfl 'ERSITARIO DE CIENCIAS SOCIALES Y HUMANIDADES

VI. Que corresponde a la Comisión Permanente de Revalidación de Estudios Títulos yGrados del Consejo del Centro Universitario de Ciencias Sociales y Humanidades dictaminarsobre el reconocimiento de validez oficial de estudios a la Universidad de Guadalajara delos estudios impartidos por instituciones educativas en las carreras, posgrados y demásprogramas académicos que están bajo el ámbito de competencia del Centro, tal como lodisponen los artículos 10 fracción II, del Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficialde Estudios y 11 fracción III, del Estatuto Orgánico.

Por lo anterior expuesto, y con fundamento en los artículos 5 0, 60 , Fracción IX, 7, 22, 51, 52,fracción V de la Ley Orgánica de la Universidad de Guadalajara; Artículos 87, fracción II,103 fracción V, 118 fracción III, 129 fracción V, del estatuto General de la Universidad deGuadalajara, Artículos del 1°. Al 6 0 , Fracciones de la III a la VIl, 80 fracción 1, 9° fracción 1, 100fracción II, 11 al 21, 25, 26, 60, 88 del Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial deEstudios de la Universidad de Guadalajara, así como los demás artículos y normasaplicables establecidos en la Universidad de Guadalajara, esta Comisión Permanente deRevalidación de Estudios, Títulos y Grados, ha encontrado los elementos suficientes quemotivan y justifican los siguientes:

RESOLUTIVOS Y\

PRIMERO. Se otorga el refrendo de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios (REVOE) afavor del plantel educativo con nombre legal "LAMAR MEXICANA A.C." para impartir elPrograma Educativo de Abogado, que ofrece el Centro Universitario de Ciencias Sociales yHumanidades n rrtrfir ci ririr, r'ririr ')fll 'h,,'fri ¿i ,-r-iIr,-'l,-iri,- c,-t-It-ir 'D(1 1, 'A"

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SEGUNDO. Los servicios educativos de Abogado que ofrezca "LAMAR MEXICAN . ." simpartirán únicamente en el plantel de la finca marcada con el número 1964, Ide la ObillJosé Guadalupe Zuno, en la ciudad de Guadalajara, Jalisco, en los turnos, matuin,Ø,vespertino y nocturno.

TERCERO. Si "LAMAR MEXICANA A.C." llegará a realizar un cambio de domicilio sin recibir/una autorización previa por parte de la Universidad de Guadalajara, será acreedor a unçimulta equivalente a 320 veces el salario mínimo general diario vigente en la zonametropolitana de Guadalajara. Con base en los artículos 13 último párrafo, 78, fracción VI,79, fracción II y 91 del Reglamento de Validez Oficial de Estudios de la Universidad deGuadalajara

CUARTO. En el caso de que "LAMAR MEXICANA A.C." no cubra el pago semestral porconcepto del Reconoc,jtS-iiento de Validez Oficial de Estudios en tiempo señalado en laorden de pago quemite la Universidad de Guadalajara, deberá cubrir los interesesmoratorios de acueydo a lo establecido en el artículo 1976 del Código Civil del Estado de

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TPfl N!VERSITARIO DE CIENCIAS SOCIALES Y HUMANIDADES

Jalisco, los cuales serán calculados por la Dirección de finanzas de la UniersidGuadalajara.De registrarse un atraso en un pago semestral por un lapso que exceda de do ciescolares, se iniciara el procedimiento de revocación del reconocimiento, a través de estaComisión de Revalidación de Estudios, Títulos y Grados. De acuerdo con lo señalado en losartículos 60, fracciones XVII, XVIII, articulo 79, fracción III y articulo 88, del reglamento deREVOE.

QUINTO. El Plante educativo de "LAMAR MEXICANA A.C." queda sujeto a cumplir con losiguiente:

a) Presentar al termino del ciclo escolar 2013 'B", ante la Universidad de Guadalajara elcontrato vigente de arrendamiento mediante el cual se acredite que "LAMARMEXICANA A.C." cuenta con la legítima ocupación del inmueble, referido en elantecedente número 4 inciso c).

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b) Presentar al termino del ciclo escolar 2013 "B", ante la Universidad de Guadalajara,visto bueno, de operación expedido por la autoridad correspondiente quegarantice que el inmueble de "LAMAR MEXICANA A.C." ofrece la seguridadnecesaria; para solventar el punto 4 inciso e) de los antecedentes del presentedictamen.

c) Presentar ante la Universidad de Guadalajara la elaboración, desarrollo e \

implementación de un plan de mejora institucional y académica, conforme a losresultados de la evaluación del desempeño y de los requerimientos mínimos eninfraestructura y equipamiento, del programa educativo de Abogado para elrefrendo del 2013 B" -2016 "A" para solventarlo señalado en el numeral 4 inciso g)de los antecedentes de este dictamen.

d) "LAMAR MEXICANA A.C." deberá garantizar una adecuada atención al alumnado ypromover la calidad académica del proceso enseñanza - aprendizaje, y admitirácada ciclo escolar el número de alumnos acorde a la capacidad de suinfraestructura, así como al personal docente y administrativo con que cuente parasu atención, sin dementar el desarrollo óptimo de las asignaturas de los ciclosposteriores, ni de los demás planes de estudio que imparto en el mismo plantel.

e) "LAMAR MEXICANA A.C." al obtener el refrendo de Reconocimiento de ValidezOficial de Estudios cun)plirá cabalmente con los resolutivos de este dictamen asícomo el cumplimie^ de las disposiciones, contenidas en el reglamento deReconocimiento d,V'Validez Oficial de Estudios y demás normas aplicables de laUniversidad de cidalajara.

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De no cumplir con alguno de los puntos de este resolutivo, se iniciara un proceso derevocación del Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios.

SEXTO. El plantel educativo "LAMAR MEXICANA A.C." en el supuesto de que renuncie alReconocimiento de Validez Oficial de Estudios, deberá notificarlo con seis meses deanticipación; en este caso y cuando le sea revocado o negado el refrendo del mismo,deberá entregar la documentación de todos los alumnos que haya tenido durante elperiodo de vigencia del reconocimiento, en los siguientes dos meses a la fecha en quconcluya la vigencia del Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios.

SEPTIMO.- Habiendo sido aprobado el presente dictamen por el H. Consejo del CentroUniversitario de Ciencias Sociales y Humanidades, facúltese al Rector del mismo, para quecon las atribuciones que le confiere el artículo 54 fracción III, de la Ley Orgánica, presenteeste dictamen al C. Rector General, para que expida el acuerdo que establecen losartículos 2° y 26 del Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios de laUniversidad de Guadalajara y a su vez ordene su publicación en la Gaceta Universitaria, afin de que "LAMAR MEXICANA A.C." realice actividades educativas conforme a lo

utorizado en este dictamen.

Ate1mente

GuadalajComisión Permanen

y Trabaja"• Jaksc4., 28 e Febrero- de 2013.e Re lidaci n de Estudios, Títulos y Grados.

Mtro Pablo Arreondo RamírezPRESIDENTE

Dr. Joía Nava PreciadoSECRETARIO

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Mfra.Letr*mbLópez Dr. ncourf

uNrV'ERs D.LD DL GUIADALAJARACENTRO UNIVERSITARIO DE CIENCIAS SOCIALES Y HUMANIDADES

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Dr. Jaime eZ*C ronado Mfra. Cándida Elizabeth Vivero Marín

Aidee Jiménez Vital

***La presente hoja de firmas pertenece al dictamen CRETG/021/13 de la ComisiónPermanente de Revalidación de Estudios, Títulos y Grados del Centro Universitario deCiencias Sociales y Humanidades, de fecha 28 de febrero de 2013, y es la última de dichodictamen.

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