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1 ÓRGANOS LEGISLATIVOS EN EL TERRITORIO DEL ANTIGUO ESTADO DE MÉXICO DE MEDIADOS DEL SIGLO XIX (Adenda de la Crónica Legislativa 1835-1862) Jorge Reyes Pastrana Segundo Libro de la Crónica Legislativa Mexiquense (Última revisión: 19/03/2020)

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ÓRGANOS LEGISLATIVOS EN EL

TERRITORIO DEL ANTIGUO

ESTADO DE MÉXICO DE

MEDIADOS DEL SIGLO XIX

(Adenda de la Crónica Legislativa 1835-1862)

Jorge Reyes Pastrana

Segundo Libro de la Crónica Legislativa Mexiquense

(Última revisión: 19/03/2020)

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Órganos Legislativos en el Territorio del Antiguo Estado de México de Mediados del

Siglo XIX (Adenda de la Crónica Legislativa 1835-1862)

Segundo Libro de la Crónica Legislativa Mexiquense

Jorge Reyes Pastrana

Edición electrónica, 2017

Toluca de Lerdo, Estado de México, Estados Unidos Mexicanos

© Secretaría de Asuntos Parlamentarios del Poder Legislativo del Estado de México

Mariano Riva Palacio 100, Colonia Centro, C.P. 50000, Toluca de Lerdo, México

© Jorge Reyes Pastrana

CRÉDITOS

Dip. Cruz Juvenal Roa Sánchez

Presidente de la Junta de Coordinación Política de la LIX Legislatura

Mtro. Javier Domínguez Morales

Secretario de Asuntos Parlamentarios

Lic. Jorge Reyes Pastrana

Cronista Legislativo

Pr. Ángel Chopín Cortés

Corrección de Estilo

C. Guillermina Burgos García

Apoyo Secretarial

Se autoriza la reproducción total o parcial de esta obra, siempre y cuando no se omitan

los créditos correspondientes a su autoría y edición

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Contenido

Presentación 4

I. Órganos Legislativos Departamentales (1835-1846) 5

1. Junta Departamental de México (1835-1837) 5

2. Junta Departamental de México (1837-1840) 8

3. Junta Departamental de México (1841-1843) 16

4. Asamblea Departamental de México (1843-1846) 20

II. Congresos de la Segunda República Federal (1846-1853) 29

1. Génesis de la Legislatura Extraordinaria (1846) 29

2. Legislatura Extraordinaria (1846-1849) 33

3. I Congreso Constitucional (1849-1851) 56

4. II Congreso Constitucional (1851-1853) 76

5. III Congreso Constitucional (1853) 93

III. Congresos de la Tercera República Federal (1853-1862) 94

1. Génesis del Régimen Constitucional de 1857 (1853-1857) 94

2. Congreso Constituyente de 1857 103

3. Primera Suspensión del Orden Constitucional (1857-1861) 107

4. Legislatura Constituyente (1861-1862) 113

5. Segunda Suspensión del Orden Constitucional (1862) 123

6. I Legislatura Constitucional (1862) 124

Índice Cronológico 127

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Presentación

“Órganos Legislativos en el Territorio del Antiguo Estado de México de Mediados del Siglo

XIX (Adenda de la Crónica Legislativa 1835-1862) Segundo Libro de la Crónica

Legislativa Mexiquense” es el segundo volumen de libro del mismo nombre, el cual tiene

por objeto presentar en forma abreviada, en cuadros sinópticos, la información derivada

del referido libro, para que el lector pueda comprender lo que fue el Poder Legislativo

Local durante sus primeros años de vida, sin dejar de señalar otros aspectos que

favorecieron su gestación y desarrollo como institución representante del pueblo

mexiquense.

En el caso de que desee ampliar su conocimiento sobre un asunto que le interese deberá

consultar la obra madre en el periodo del tiempo indicado, porque en ella encontrará los

extractos y las referencias bibliográficas de cada asunto tratado, ya que el objetivo por el

que se constituyó esta obra fue el de facilitar la realización de investigaciones temáticas a

partir de las fuentes documentales detectadas, así como la de ampliar el conocimiento del

Poder Legislativo a partir de su propio devenir histórico y del que marcó el entorno en el

que se desenvolvió.

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I. Órganos Legislativos Departamentales (1835-1846)1

1. Junta Departamental de México (1835-1837)

La Junta Departamental de México (1835-1837) se integró con cinco vocales

No. Sinopsis de la Crónica Legislativa Fuentes consultadas2

1 El 5 de octubre de 1835 el Congreso nombró a los cinco vocales de la Junta Departamental de México, presidida por el Vocal Luis Madrid (Archivo Histórico).

Decreto del 30 de noviembre de 1835.

2 El 23 de octubre de 1835 bajo la Presidencia de Miguel Barragán y la Gubernatura en el Departamento de México de Valentín Canalizo se expidieron las Bases para la Nueva Constitución, en donde se estableció que para el gobierno de los departamentos habrá gobernadores y juntas departamentales, las cuales serán el Consejo del Gobierno y estarán encargadas de promover cuanto conduzca al bien y prosperidad de los departamentos y tendrán facultades económico-municipales, electorales y legislativas (Secretaría de Gobernación).

Bases del 23 de octubre de 1835.

3 El 27 de octubre de 1835 el Congreso General ordenó al Supremo Gobierno mandar publicar las Bases Constitucionales (Archivo Histórico).

Decreto del 27 de octubre de 1835.

4 El 15 de diciembre de 1835 el Congreso General promulgó la Primera Ley Constitucional que se refería a las garantías individuales y a la Administración de Justicia (Torre Villar de la: 207).

Ley del 15 de diciembre de 1835.

5 El 15 de diciembre de 1835 el Supremo Gobierno dio a conocer el modo de administrar las rentas y de invertir sus productos en los departamentos (Dublan III: 111).

Circular del 15 de diciembre de 1835.

6 El 23 de diciembre de 1835 la Secretaría de Hacienda emitió el orden que debían guardar los departamentos en cuanto a pagos por cuenta del Erario Nacional (Dublan III: 114).

Circular del 23 de diciembre de 1835.

7 El 9 de enero de 1836 el Congreso General determinó que el Gobierno solo podría disponer la mitad de las rentas de los departamentos (Archivo Histórico).

Decreto del 9 de enero de 1836.

8 El 18 de febrero de 1836 el Congreso General determinó que las escusas o renuncias de los individuos de las juntas departamentales serían admitidas por los gobernadores cuando existieran causas justas a juicio de los mismos (Archivo Histórico).

Decreto del 18 de febrero de 1836.

9 El 27 de febrero de 1836 el Congreso General designó a José Justo Corro como Presidente Interino de la República (Archivo Histórico).

Decreto del 27 de febrero de 1836.

1 Se incluyen disposiciones relevantes aprobadas por el Supremo Gobierno y el Ejecutivo del Estado. 2 Son citas abreviadas. Los datos completos se pueden consultar en el texto, en la fecha indicada.

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10 El 21 de abril de 1836 el Supremo Gobierno determinó que los gobernadores continuaran haciendo los honores que disfrutaban en el sistema federal (Dublan II: 149).

Circular del 21 de abril de 1836.

11 El 29 de abril de 1836 el Supremo Gobierno dispuso como debían disponerse los recursos recaudados en las cajas de los departamentos (Dublan III: 157).

Circular del 29 de abril de 1836.

12 El 6 de julio de 1836 el Presidente de la República nombró a Luis Gonzaga Vieyra como Gobernador del Departamento de México (Archivo Histórico).

Circular del 6 de julio de 1836.

13 El 19 de diciembre de 1836 Luis Madrid en su calidad de Presidente de la Junta del Departamento y Encargado del Gobierno publicó la convocatoria para las elecciones de las juntas departamentales (Archivo Histórico).

Publicó el 19 de diciembre de 1836 el decreto del 30 de noviembre.

14 El 30 de diciembre de 1836 el Congreso General constituyó el Departamento de México con los territorios que conformaban: el Estado de México, el Distrito Federal y el Territorio de Tlaxcala, estableciéndose su Capital en la Ciudad de México (Archivo Histórico).

Decreto del 30 de diciembre de 1836.

15 El 30 de diciembre de 1836 el Congreso General expidió las seis leyes faltantes que completaron las llamadas Siete Leyes Constitucionales, las cuales se referían a: la organización de los Supremos Poderes Conservador, Legislativo, Ejecutivo y Judicial, así como a los departamentos y pueblos y a las variaciones de las Leyes Constitucionales (Secretaría de Gobernación).

Decreto del 30 de diciembre de 1836.

16 El 30 de diciembre de 1836 el Congreso General determinó que cada Departamento tendría una Junta Departamental integrada por siete individuos nombrados por los electores que nombraran a los diputados para el Congreso General, que éstas se renovarían cada cuatro años y que tendrían como atribuciones las de: examinar las cuentas sobre la recaudación e inversión de los recursos públicos y las de iniciar leyes relativas a impuestos, educación pública, industria, comercio, administración municipal y variaciones constitucionales.

Sexta Ley Constitucional del 30 de diciembre de 1836. Artículos 9, 10, 11 y 14.

17 El 30 de diciembre de 1836 el Congreso General determinó que cada Departamento se dividiera en distritos gobernados por prefectos, en partidos gobernados por subprefectos y en ayuntamientos y jueces de paz.

Sexta Ley Constitucional del 30 de diciembre de 1836. Artículos 16, 19, 22 y 27.

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18 El 20 de febrero de 1837 el Supremo Gobierno ordenó el traslado del Gobernador y de la Junta Departamental a la Ciudad de México (Dublan III: 295).

Providencia del 20 de febrero de 1837.

19 El 20 de marzo de 1837 el Supremo Gobierno expidió el Reglamento Provisional para el Gobierno Interior de los Departamentos, en el cual se indicó que el gobierno de los departamentos estaría a cargo de los gobernadores, juntas departamentales, prefectos, subprefectos, ayuntamientos, alcaldes y jueces de paz y que el Gobernador sería nombrado por el Presidente de la República, a propuesta en terna de la Junta Departamental (Dublan III: 323).

Reglamento Provisional para el Gobierno Interior de los Departamentos del 20 de marzo de 1837.

20 El 4 de abril de 1837 el Congreso General expidió la convocatoria para la renovación de los ayuntamientos (Archivo Histórico).

Decreto del 4 de abril de 1837.

21 El 18 de abril de 1837 Luis Gonzaga Vieyra en su carácter de Gobernador del Departamento de México publicó el decreto por el que Anastasio Bustamante fue designado Presidente de la República (Archivo Histórico).

El 18 de abril de 1837 publicó el decreto del 17 de abril.

22 La Junta Departamental de México (1835-1837) que operó en las ciudades de Toluca y México del 5 de octubre de 1835 al 17 de julio de 1837 se integró por cinco vocales nombrados por el Congreso. No expidió decretos.

Colección de Decretos.

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2. Junta Departamental de México (1837-1840)

La Junta Departamental de México (1837-1840) se integró con siete vocales

No. Sinopsis de la Crónica Legislativa Fuentes consultadas3

1 El 18 de julio de 1837 la Junta Departamental expidió su primera disposición en la Ciudad de México, la cual fue suscrita por los vocales: Luis Gonzaga Vieyra y José Ignacio González.

Decreto 1 del 18 de julio de 1837.

2 El 18 de julio de 1837 la Junta Departamental instruyó al Ayuntamiento de la Ciudad de México a integrar presupuestos trimestrales de sus gastos (Colección de Decretos II: 390).

Decreto 1 del 18 de julio de 1837.

3 El 4 de octubre de 1837 la Junta Departamental solicitó al Supremo Gobierno suficientes recursos económicos para su mejor operación (Biblioteca José María Luis Mora).

Manifiesto del 4 de octubre de 1837.

4 El 18 de octubre de 1837 el Supremo Gobierno nombró como Gobernador del Departamento de México al Vocal Luis Gonzaga Vieyra (Archivo Histórico).

Circular del 18 de octubre de 1837.

5 El 16 de noviembre de 1837 la Junta Departamental estableció procedimientos para suprimir municipalidades (Colección de Decretos II: 392).

Decreto 2 del 16 de noviembre de 1837.

6 En noviembre de 1837 la Junta Departamental presentó al Congreso General una iniciativa para el pronto castigo de los asesinos y ladrones (Biblioteca José María Luis Mora).

Iniciativa de noviembre de 1837.

7 El 5 de diciembre de 1837 la Junta Departamental restableció la contribución directa para el sostenimiento de las escuelas de primeras letras y fijó las reglas para su organización (Colección de Decretos II: 393).

Decreto 3 del 5 de diciembre de 1837.

8 El 23 de diciembre de 1837 la Junta Departamental dividió el Departamento de México en los distritos: del Centro o de México, de Acapulco, Chilapa, Cuautitlán, Cuernavaca, Mextitlán, Tasco, Tlaxcala, Toluca, Tula, Tulancingo, Temascaltepec y Texcoco (Colección de Decretos II: 396).

Decreto 4 del 23 de diciembre de 1837.

9 El 30 de diciembre de 1837 el Supremo Gobierno encomendó provisionalmente el Gobierno del Departamento de México al Vocal Agustín Vicente de Eguía (Archivo Histórico).

Bando del 30 de diciembre de 1837.

10 El 4 de enero de 1838 acudieron a las sesiones de la Junta Departamental los vocales: Miguel González Calderón, Manuel Ruiz de Tejada, Miguel Garibay y José María Valiente.

Acta del 4 de enero de 1838.

3 Son citas abreviadas. Los datos completos se pueden consultar en el texto, en la fecha indicada.

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11 El 4 de enero de 1838 la Junta Departamental acordó hacer una iniciativa al Congreso, para facultar a las juntas departamentales para que aplicaran multas a los individuos de su seno que no concurrieran a sus sesiones.

Acta del 4 de enero de 1838.

12 El 28 de febrero de 1838 se dio a conocer el Tratado de Paz y Amistad con España, que puso fin a la guerra entre ambas naciones (Archivo Histórico).

Tratado del 28 de febrero de 1838.

13 El 1 de marzo de 1838 Luis Gonzaga Vieyra reasumió la Gubernatura del Departamento de México (Archivo Histórico).

Circular del 1 de marzo de 1838.

14 El 1 de marzo de 1838 se incorporó a las sesiones de la Junta Departamental el Vocal Agustín Vicente de Eguía.

Acta del 1 de marzo de 1838.

15 El 13 de marzo de 1838 la Junta Departamental acordó establecer un peaje en un Camino de la Prefectura de Texcoco.

Acta del 13 de marzo de 1838.

16 El 22 de marzo de 1838 la Junta Departamental precisó el nombre de los pueblos que debían conformar los partidos de Ixmiquilpan y Tenancingo (Colección de Decretos II: 397).

Decreto 5 del 22 de marzo de 1838.

17 El 22 de marzo de 1838 se incorporó a las sesiones de la Junta Departamental el Vocal Ignacio González Pliego.

Acta del 22 de marzo de 1838.

18 El 30 de marzo de 1838 la Junta Departamental propuso a Juan José Flores Alatorre como individuo para cubrir una vacante en el Poder Conservador.

Acta del 30 de marzo de 1838.

19 El 7 de abril de 1838 la Junta Departamental expidió el Reglamento de los Cuerpos de Policía Municipal de Vigilantes Nocturnos y Diurnos (Dublan III: 470).

Reglamento del 7 de abril de 1838.

20 El 9 de abril de 1838 la Junta Departamental acordó prevenir a los prefectos para que pidieran informes sobre los establecimientos de educación y beneficencia.

Acta del 9 de abril de 1838.

21 El 16 de abril de 1838 inició la primera guerra contra los franceses.

Wikipedia, 2011.

22 El 19 de abril de 1838 la Junta Departamental solicitó al Supremo Gobierno que dispusiera de las fuerzas armadas para hacer frente a la guerra con los franceses.

Acta del 19 de abril de 1838.

23 El 23 de abril de 1838 la Junta Departamental le concedió a su Vocal José María Valiente una licencia por dos meses y medio para separarse de su cargo.

Acta del 23 de abril de 1838.

24 El 30 de abril de 1838 la Junta Departamental acordó dirigir una alocución a los habitantes del Departamento con motivo de la invasión de Francia.

Acta del 30 de abril de 1838.

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25 El 10 de mayo de 1838 la Junta Departamental acordó solicitarle al Gobierno informes para facilitar el examen de las cuentas municipales.

Acta del 10 de mayo de 1838.

26 El 14 de mayo de 1838 la Junta Departamental excitó a su Vocal Ignacio González Pliego para que asistiera a las sesiones de la Junta.

Acta del 14 de mayo de 1838.

27 El 21 de mayo de 1838 la Junta Departamental acordó excitar a la Facultad Médica para que dé un método curativo de las diversas enfermedades.

Acta del 21 de mayo de 1838.

28 El 31 de mayo de 1838 la Junta Departamental tomó conocimiento que el Supremo Gobierno había designado como Gobernador del Departamento al Vocal Agustín Vicente de Eguía.

Acta del 31 de mayo de 1838.

29 El 30 de junio de 1838 el Congreso General dividió el territorio de la República en 24 departamentos, entre los cuales estaba el Departamento de México (Archivo Histórico).

Decreto del 30 de junio de 1838.

30 El 3 de julio de 1838 se incorporó a las sesiones de la Junta Departamental el Vocal Agustín Vicente de Eguía, por lo que Luis Gonzaga Vieyra volvió a asumir la Gubernatura del Departamento.

Acta del 3 de julio de 1838.

31 El 5 de julio de 1838 la Junta Departamental acordó que el Banco de Amortización del cobre recibiera la renta del tabaco.

Acta del 5 de julio de 1838.

32 El 12 de julio de 1838 el Vocal José María Valiente se incorporó a las sesiones de la Junta Departamental.

Acta del 12 de julio de 1838.

33 El 20 de agosto de 1838 la Junta Departamental le concedió al Vocal José María Valiente una licencia por un mes para no asistir a sus sesiones.

Acta del 20 de agosto de 1838.

34 El 12 de septiembre de 1838 la Junta Departamental designó los lugares en donde debían de establecerse jueces de paz de primera instancia (Colección de Decretos II: 398).

Decreto 6 del 12 de septiembre de 1838.

35 El 17 de septiembre de 1838 la Junta Departamental designó al Señor Alva para llenar la vacante de Ministro Fiscal en la Suprema Corte de Justicia.

Acta del 17 de septiembre de 1838.

36 El 17 de septiembre de 1838 la Junta Departamental nombró a los doce individuos que debían presidir la Junta Calificadora que debía recabar la contribución de cuatro millones de pesos.

Acta del 17 de septiembre de 1838.

37 El 20 de septiembre de 1838 la Junta Departamental nombró a los veinte individuos que debían formar la Junta que debía recabar la contribución a los establecimientos industriales.

Acta del 20 de septiembre de 1838.

38 El 1 de octubre de 1838 el Vocal José María Valiente se integró a las sesiones de la Junta Departamental.

Acta del 1 de octubre de 1838.

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39 El 1 de octubre de 1838 la Junta Departamental nombró a Juan José Flores Alatorre individuo propietario y a tres suplentes para el Poder Conservador.

Acta del 1 de octubre de 1838.

40 El 24 de octubre de 1838 el Congreso General facultó a los gobernadores de los departamentos y a las juntas departamentales para proveer recursos a las poblaciones que fueran atacadas por epidemias (Archivo Histórico).

Decreto del 24 de octubre de 1838.

41 El 15 de enero de 1839 la Junta Departamental al aprobar las bases de organización de la Sociedad Promovedora de la Defensa Nacional, determinó que sus sesiones fueran presididas por una autoridad en un paraje público.

Acta del 15 de enero de 1839.

42 El 18 de enero de 1839 la Junta Departamental determinó que el Supremo Gobierno debía autorizar las reuniones de la Sociedad Promovedora de la Defensa Nacional.

Acta del 18 de enero de 1839.

43 El 22 de enero de 1839 la Junta Departamental aprobó la lista de los eclesiásticos que debían de cubrir las vacantes existentes en los curatos.

Acta del 22 de enero de 1839.

44 El 28 de enero de 1839 la Junta Departamental nombró a los individuos que debían cubrir los juzgados de letras del Departamento.

Acta del 28 de enero de 1839.

45 El 18 de marzo de 1839 Antonio López de Santa Anna asumió la Presidencia de la República.

Secretaría de la Presidencia, 1976.

46 El 29 de abril de 1839 la Junta Departamental eligió a cuatro letrados que se harían cargo del Juzgado de Huichapan.

Acta del 29 de abril de 1839.

47 El 14 de mayo de 1839 la Junta Departamental acordó hacer una iniciativa a la Cámara de Diputados, para que se prohibiera la introducción de mantas extranjeras.

Acta del 14 de mayo de 1839.

48 El 14 de mayo de 1839 la Junta Departamental acordó abrir un camino de peaje de Chalco a Morelos.

Acta del 14 de mayo de 1839.

49 El 3 de junio de 1839 la Junta Departamental eligió a los letrados que debían proponerse como jueces de circuito a la Suprema Corte de Justicia.

Acta del 3 de junio de 1839.

50 El 10 de julio de 1839 Nicolás Bravo se hizo cargo de la Presidencia de la República.

Secretaría de la Presidencia, 1976.

51 El 19 de julio de 1839 Anastasio Bustamante reasumió la Presidencia de la República.

Secretaría de la Presidencia, 1976.

52 El 12 de agosto de 1839 la Junta Departamental eligió a los cuatro letrados que se harían cargo del Juzgado de Teloloapan.

Acta del 12 de agosto de 1839.

53 El 26 de agosto de 1839 la Junta Departamental acordó hacer una iniciativa a la Cámara de Diputados, para que no se permitiera la extracción de oro y plata en pasta.

Acta del 26 de agosto de 1839.

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54 El 1 de octubre de 1839 la Junta Departamental manifestó al Congreso General los inconvenientes que obstaban a la imposición de las contribuciones de dos y tres al millar sobre las fincas rústicas y urbanas y derechos de patente y capitación (Biblioteca José María Luis Mora).

Exposición del 1 de octubre de 1839.

55 El 17 de octubre de 1839 la Junta Departamental aprobó el Primer Capítulo del Reglamento de Policía del Departamento de México (Biblioteca José María Luis Mora).

Reglamento del 17 de octubre de 1839.

56 El 15 de noviembre de 1839 la Junta Departamental acordó elevar al Congreso una manifestación de la Junta Directiva de la Sociedad establecida en la Ciudad de México para el fomento de la industria.

Acta del 15 de noviembre de 1839.

57 El 3 de febrero de 1840 Miguel González Calderón en su calidad de Encargado del Gobierno del Departamento publicó el decreto presidencial, por el que se ordenaba establecer en las cárceles departamentos necesarios para incomunicados, detenidos y sentenciados (Archivo Histórico).

Publicó el 3 de febrero de 1840 el decreto del 27 de enero.

58 El 21 de marzo de 1840 el Gobernador Luis Gonzaga Vieyra al reasumir sus funciones, publicó el decreto presidencial que fijó la planta de empleados de la Secretaría de la Junta Departamental de México (Archivo Histórico).

Publicó el 21 de marzo de 1840 el decreto del 16 de marzo.

59 El 24 de marzo de 1840 la Junta Departamental acordó que el Gobernador se sirviera llamar al Suplente del Vocal José María Valiente.

Acta del 24 de marzo de 1840.

60 El 26 de marzo de 1840 la Junta Departamental aprobó el Reglamento Interior de la Junta Departamental de México.

Acta del 26 de marzo de 1840.

61 El 27 de marzo de 1840 la Junta Departamental nombró a Miguel Cervantes como Senador.

Acta del 27 de marzo de 1840.

62 El 31 de marzo de 1840 la Junta Departamental aprobó el Reglamento Interior de la Secretaría de la Junta Departamental de México.

Acta del 31 de marzo de 1840.

63 El 30 de abril de 1840 la Junta Departamental autorizó a todo mexicano para hacer a su costa excavaciones en los parajes públicos y de uso común, en busca de documentos de la antigüedad (Archivo Histórico).

Decreto del 30 de abril de 1840.

64 El 2 de mayo de 1840 la Junta Departamental expidió los capítulos primero, segundo y tercero de las Ordenanzas Municipales del Departamento de México, en los que se establecieron las facultades de los ayuntamientos, las materias y el modo de llevar a cabo las sesiones ordinarias y extraordinarias de los ayuntamientos y el modo de organizar e integrar las comisiones de los ayuntamientos (Colección de Decretos II: 400).

Decreto 7 del 2 de mayo de 1840.

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65 El 13 de mayo de 1840 la Junta Departamental estableció la Facultad Médica del Departamento de México (Colección de Decretos II: 418).

Decreto 10 del 13 de mayo de 1840.

66 El 30 de mayo de 1840 la Junta Departamental al expidió el Cuarto Capítulo de las Ordenanzas Municipales del Departamento de México, en el que se determinó que cada Ayuntamiento debía establecer su Reglamento y contar dentro de su estructura con una Secretaría, una Tesorería y una Contaduría (Colección de Decretos II: 408).

Decreto 8 del 30 de mayo de 1840.

67 El 1 de junio de 1840 la Junta Departamental expidió las Ordenanzas de Escuelas de Primeras Letras del Departamento de México (Colección de Decretos II: 413).

Decreto 9 del 1 de junio de 1840.

68 El 1 de julio de 1840 acudió a la Junta Departamental Demetrio Barquera a rendir su protesta de ley como Ministro del Tribunal Superior de Justicia del Departamento.

Acta del 1 de julio de 1840.

69 El 4 de julio de 1840 la Junta Departamental reformó el artículo 22 de las Ordenanzas Municipales del Estado de México referentes a la organización de las escuelas de primeras letras, para disponer que las juntas municipales de instrucción se integren por dos curas donde hubiere más de uno y cuatro vecinos de los más honrados y cristianos, padres de familia que elija el Ayuntamiento y demás de la comisión (Colección de Decretos II: 421).

Decreto 11 del 4 de julio de 1840.

70 El 14 de agosto de 1840 la Junta Departamental designó a José María Guerra Manzanares como Fiscal de la Procuraduría Marcial.

Acta del 14 de agosto de 1840.

71 El 15 de agosto de 1840 la Junta Departamental efectuó la votación de individuos para renovar la tercera parte de senadores.

Acta del 15 de agosto de 1840.

72 El 1 de octubre de 1840 la Junta Departamental eligió a José Justo Corro como individuo propietario del Supremo Poder Conservador.

Acta del 1 de octubre de 1840.

73 El 13 de octubre de 1840 la Junta Departamental recibió las actas y expedientes relativos a las elecciones de diputados al Congreso General e individuos de la Junta Departamental.

Acta del 13 de octubre de 1840.

74 El 7 de noviembre de 1840 la Junta Departamental eligió a Francisco Tagoaga como Senador.

Acta del 7 de noviembre de 1840.

75 El 14 de noviembre de 1840 la Junta Departamental aprobó una iniciativa al Congreso General, para que se le otorgara un distintivo de honor al Presidente de la República, Anastasio Bustamante.

Acta del 14 de noviembre de 1840.

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76 El 25 de noviembre de 1840 la Junta Departamental expidió el Quinto Capítulo de las Ordenanzas Municipales del Departamento de México, en donde se estableció el número de alcaldes, regidores y síndicos que debían tener cada Ayuntamiento y el modo de elegir y tomar protesta a los miembros de los ayuntamientos (Colección de Decretos II: 413).

Decreto 12 del 25 de noviembre de 1840.

77 El 17 de diciembre de 1840 la Junta Departamental expidió el Capítulo Sexto de las Ordenanzas Municipales del Departamento de México, en donde se estableció el modo de organizar al cuerpo de celadores de policía (Colección de Decretos II: 427).

Decreto 13 del 17 de diciembre de 1840.

78 El 17 de diciembre de 1840 la Junta Departamental expidió el Capítulo Octavo de las Ordenanzas Municipales del Departamento de México, en donde se reglamentó el funcionamiento de los mercados (Colección de Decretos II: 450).

Decreto 14 del 17 de diciembre de 1840.

79 El 19 de diciembre de 1840 la Junta Departamental expidió la Ordenanza de Obras del Departamento de México (Colección de Decretos II: 432).

Decreto 16 del 19 de diciembre de 1840.

80 El 21 de diciembre de 1840 la Junta Departamental expidió el Capítulo Décimo Cuarto de las Ordenanzas Municipales del Departamento de México en donde reglamentó lo referente a la supervisión de los prefectos y subprefectos a los ayuntamientos (Colección de Decretos II: 474).

Decreto 22 del 21 de diciembre de 1840.

81 El 23 de diciembre de 1840 la Junta Departamental expidió el Reglamento de Estudios Médicos del Departamento de México, de Exámenes y del Consejo de Salubridad del Departamento de México (Colección de Decretos II: 434).

Decreto 17 del 23 de diciembre de 1840.

82 El 28 de diciembre de 1840 la Junta Departamental expidió el Capítulo Séptimo de las Ordenanzas Municipales del Departamento de México, en donde se reglamentó el desempeño de la Policía de Seguridad de la Ciudad de México (Colección de Decretos II: 430).

Decreto 15 del 28 de diciembre de 1840.

83 El 28 de diciembre de 1840 la Junta Departamental expidió el Capítulo Noveno de las Ordenanzas Municipales del Departamento de México, en donde se reglamentó la inspección de la policía en los coches de alquiler que servían dentro de México y en los pueblos de su entorno (Colección de Decretos II: 456).

Decreto 18 del 28 de diciembre de 1840.

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84 El 28 de diciembre de 1840 la Junta Departamental expidió los capítulos décimo, décimo primero y décimo segundo de las Ordenanzas Municipales del Departamento de México, en donde se reglamentó lo referente a las diversiones públicas, al funcionamiento de la Comisión de Hacienda y al modo de otorgar las jubilaciones a los servidores públicos (Colección de Decretos II: 459).

Decreto 20 del 28 de diciembre de 1840.

85 El 29 de diciembre de 1840 la Junta Departamental reglamentó el otorgamiento de becas a niños pobres (Colección de Decretos II: 457).

Decreto 19 del 29 de diciembre de 1840.

86 El 29 de diciembre de 1840 la Junta Departamental expidió el Capítulo Décimo Tercero de las Ordenanzas Municipales del Departamento de México, en donde reglamentó lo referente al ramo de la salud pública (Colección de Decretos II: 464).

Decreto 21 del 29 de diciembre de 1840.

87 La Junta Departamental (1837-1840) que operó del 18 de julio de 1837 al 29 de diciembre de 1840 se integró con siete vocales nombrados por electores secundarios. Expidió 22 decretos entre el 18 de julio de 1837 y el 21 de diciembre de 1840.

Colección de Decretos.

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3. Junta Departamental de México (1841-1843)

La Junta Departamental de México (1841-1843) se integró con siete vocales

No Sinopsis de la Crónica Legislativa Fuentes consultadas4

1 El 19 de agosto de 1841 la Junta Departamental reglamentó el modo de proveer información al Gobernador y a los prefectos cuando los ayuntamientos se reunieran en sesión secreta (Colección de Decretos II: 477).

Decreto 23 del 19 de agosto de 1841.

2 El 18 de septiembre de 1841 Anastasio Bustamante solicitó al Congreso de la Unión una licencia para separarse temporalmente del cargo de Presidente de la República para enfrentar una sublevación (Dublan IV: 32).

Decreto del 18 de septiembre de 1841.

3 El 22 de septiembre de 1841 se hizo cargo de la Presidencia de la República Francisco Javier Echeverría (Secretaría de la Presidencia: 191).

Secretaría de la Presidencia, 1976.

4 El 22 de septiembre de 1841 Francisco Ortiz de Zárate en su carácter de Gobernador Interino del Departamento, publicó el Bando que contenía disposiciones sobre los cuerpos de vigilancia de la Ciudad de México (Archivo Histórico).

Bando del Gobernador del 22 de septiembre de 1841.

5 El 28 de septiembre de 1841 el Supremo Gobierno expidió las Bases para el Gobierno Provisional de la República (Secretaría de Gobernación).

Bases del 28 de septiembre de 1841.

6 El 1 de octubre de 1841 con la asistencia del Gobernador Provisional del Departamento se suscribió en la Ciudad de México un Acta Patriótica.

Acta del 1 de octubre de 1841.

7 El 10 de octubre de 1841 Luis Gonzaga Vieyra en su carácter de Gobernador del Departamento publicó el decreto, por el que asumió la Presidencia de la República Antonio López de Santa Anna (Archivo Histórico).

Publicó el 10 de octubre de 1841 el decreto del 9 de octubre.

8 El 10 de octubre de 1841 Nicolás Bravo y Juan Álvarez proclamaron la erección del Departamento de Acapulco con territorios de los departamentos de: México (prefecturas de Acapulco, Chilapa y Taxco), Puebla y Michoacán (Historia General del Estado de México 4: 94).

Manifiesto del 10 de octubre de 1841.

9 El 18 de octubre de 1841 el Supremo Gobierno dispuso la forma de designar a los jueces de primera instancia en los departamentos, en especial el que atendería los negocios del Ramo de Hacienda (Archivo Histórico).

Decreto del 18 de octubre de 1841.

10 El 3 de enero de 1842 la Junta Departamental efectuó una sesión con los vocales: Manuel Carpio, Ángel González Echeverría, José María Andrade y Pastor, Vicente García y Joaquín Villa.

Acta del 3 de enero de 1842.

4 Son citas abreviadas. Los datos completos se pueden consultar en el texto, en la fecha indicada.

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11 El 10 de enero de 1842 se incorporó a las sesiones de la Junta Departamental el Vocal Rafael Pérez.

Acta del 10 de enero de 1842.

12 El 12 de enero de 1842 el Supremo Gobierno le cambió el nombre al Establecimiento de Ciencias Médicas por el de Escuela de Medicina de México (Biblioteca José María Luis Mora).

Reglamento del 12 de enero de 1842.

13 El 14 de marzo de 1842 la Junta Departamental reglamentó la actuación de los juzgados de paz en donde no hubiera ayuntamientos (Colección de Decretos II: 483).

Decreto 27 del 14 de marzo de 1842.

14 El 31 de marzo de 1842 la Junta Departamental al expedir las normas para la ordeña de vacas, pidió noticias a las parroquias y conventos sobre el número de muertos (Colección de Decretos II: 478).

Decreto 24 del 31 de marzo de 1842.

15 El 12 de abril de 1842 la Junta Departamental reglamentó el registro de los comerciantes ante la Secretaría de la Junta de Fomento (Colección de Decretos II: 478).

Decreto 25 del 12 de abril de 1842.

16 El 12 de abril de 1842 la Junta Departamental nombró a los individuos que debían integrar la Junta Revisora de las Contribuciones.

Acta del 12 de abril de 1842.

17 El 18 de abril de 1842 la Junta Departamental nombró a doce individuos que debían formar la Junta Revisora de las Contribuciones sobre las Profesiones o Ejercicios Lucrativos.

Acta del 18 de abril de 1842.

18 El 3 de mayo de 1842 la Junta Departamental tomó conocimiento de una exposición de los empleados de su Secretaría, en donde manifestaban que llevaban siete meses sin recibir sus sueldos.

Acta del 3 de mayo de 1842.

19 El 31 de mayo de 1842 acudió a la Junta Departamental Teodoro Orihuela a rendir su protesta de ley como Vocal.

Acta del 31 de mayo de 1842.

20 El 27 de junio de 1842 la Junta Departamental le concedió al Vocal Joaquín Villa una licencia por dos meses para separarse de su cargo.

Acta del 27 de junio de 1842.

21 El 27 de junio de 1842 la Junta Departamental inició el análisis del proyecto de Reglamento de la Policía del Departamento de México.

Acta del 27 de junio de 1842.

22 El 26 de julio de 1842 la Junta Departamental instruyó el establecimiento de escuelas para niños y niñas en los conventos.

Acta del 26 de julio de 1842.

23 El 28 de julio de 1842 la Junta Departamental estableció peajes en caminos y puentes de Cuautitlán y Tepotzotlán (Colección de Decretos II: 479).

Decreto 26 del 28 de julio de 1842.

24 El 26 de octubre de 1842 asumió la Presidencia de la República Nicolás Bravo (Cámara de Diputados I: 228).

Discurso del 26 de octubre de 1842.

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18

25 El 7 de diciembre de 1842 el Presidente de la República expidió la convocatoria para celebrar elecciones municipales en los departamentos (Dublan IV: 351).

Decreto del 7 de diciembre de 1842.

26 El 10 de diciembre de 1842 el Supremo Gobierno autorizó a los gobernadores a suspender a los jueces de primera instancia, con la opinión de las juntas departamentales (Archivo Histórico).

Decreto del 10 de diciembre de 1842.

27 El 19 de diciembre de 1842 el Presidente de la República al reconocer que varios departamentos habían desconocido al Congreso Constituyente, dispuso el nombramiento de una Junta de Notables para constituir a la Nación (Dublan IV: 352).

Decreto del 19 de diciembre de 1842.

28 El 23 de diciembre de 1842 el Presidente de la República designó a los integrantes de la Junta Nacional Legislativa y fijó sus bases de organización (Dublan IV: 355).

Decreto del 23 de diciembre de 1842.

29 El 13 de enero de 1843 el Presidente de la República dispuso que las juntas departamentales que hayan cumplido con las prevenciones de los decretos de 19 y 23 de diciembre, continuaran funcionando hasta que se dé la nueva organización a la República (Dublan IV: 359).

Decreto del 13 de enero de 1843.

30 El 28 de febrero de 1843 el Presidente de la República estableció las bases para el funcionamiento de los tribunales superiores de los departamentos (Dublan IV: 382).

Decreto del 28 de febrero de 1843.

31 El 2 de marzo de 1843 el Presidente de la República nombró como magistrados del Tribunal Superior del Departamento de México a: José María Zamorano, Luis Iturbe, Mariano Sáenz Varela, José Mariano Esquivel y Mariano Buenanbad y como fiscales del mismo a Francisco de Borja Olmedo y Manuel Arrieta (Dublan IV: 391).

Decreto del 2 de marzo de 1843.

32 El 5 de marzo de 1843 asumió la Presidencia de la República Antonio López de Santa Anna (Secretaría de la Presidencia: 207).

Secretaría de la Presidencia, 1876.

33 El 10 de marzo de 1843 Valentín Canalizo al asumir la Gubernatura del Departamento expidió el decreto presidencial, que facultaba al Gobernador y al Prefecto del Centro a presidir los espectáculos públicos (Archivo Histórico).

Publicó el 10 de marzo de 1843 el decreto del 7 de marzo.

34 El 18 de marzo de 1843 el Supremo Gobierno formalizó la guerra con los departamentos separatistas de Texas y Yucatán (Dublan IV: 406).

Decreto del 18 de marzo de 1843.

35 El 6 de abril de 1843 el Supremo Gobierno autorizó la construcción de un camino de peaje de Chalco a Ciudad Morelos (Cuautla) (Dublan IV: 410).

Decreto del 6 de abril de 1843.

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19

36 El 20 de abril de 1843 el Supremo Gobierno decretó un préstamo forzoso a los departamentos para cubrir la deuda con los Estados Unidos (Dublan IV: 412).

Decreto del 20 de abril de 1843.

37 El 29 de mayo de 1843 el Supremo Gobierno estableció las bases para la objeción de los artículos que la Junta Nacional Legislativa le sometiera a su aprobación (Dublan IV: 427).

Decreto del 29 de mayo de 1843.

38 El 12 de julio de 1843 la Junta Legislativa de México expidió las Bases de la Organización Política de la República Mexicana, en donde se determinó que cada Departamento tendría una Asamblea compuesta por un número de vocales que no pasase de once ni bajase de siete, la cual debía formar anualmente la estadística y los presupuestos de gastos del Departamento, expedir arbitrios municipales y fomentar la instrucción pública. Se determinó que el Gobernador sea Presidente nato de la Asamblea Departamental con voto en ella, y el de calidad en caso de empate, no siendo la votación en ejercicio del Poder Electoral (Secretaría de Gobernación).

Bases del 12 de julio de 1843.

39 El 22 de agosto de 1843 la Junta Departamental determinó que la Asamblea Departamental de México se integrara con once vocales (Colección de Decretos II: 485).

Decreto 28 del 22 de agosto de 1843.

40 El 2 de octubre de 1843 el Gobernador Valentín Canalizo fue designado Presidente de la República (Archivo Histórico).

Comunicado del 2 de octubre de 1843.

41 El 2 de octubre de 1843 Ignacio Inclán asumió en forma Interina la Gubernatura del Departamento de México (Archivo Histórico).

Comunicado del 2 de octubre de 1843.

42 El 30 de diciembre de 1843 la Junta Departamental expidió el Presupuesto de Gastos para el Año de 1844 del Departamento de México, en donde se determinó que cada uno de los vocales de la Asamblea Departamental debía percibir dos mil 500 pesos anuales (Colección de Decretos II: 486).

Decreto 29 del 30 de diciembre de 1843.

43 La Junta Departamental (1842-1843) que operó del 1 de enero de 1841 al 30 de diciembre de 1843 se integró con siete vocales nombrados por electores secundarios. Expidió siete decretos entre el 19 de agosto de 1841 y el 30 de diciembre de 1843.

Colección de Decretos.

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4. Asamblea Departamental de México (1844-1846)

La Asamblea Departamental de México (1844-1846) se integró con once vocales

No. Sinopsis de la Crónica Legislativa Fuentes consultadas5

1 El 1 de enero de 1844 la Asamblea Departamental se instaló con los vocales: Mucio Barquera, Braulio Sagaceta, Luis Gonzaga Chavarri, José Trinidad Montaño, José María Franco y Joaquín Noriega, quienes rindieron su protesta de ley.

Acta del 1 de enero de 1844.

2 El 2 de enero de 1844 la Asamblea Departamental aprobó el Reglamento Interior de la Asamblea Departamental de México.

Acta del 2 de enero de 1844.

3 El 2 de enero de 1844 Antonio López de Santa Anna fue designado Presidente de la República (Archivo Histórico).

Decreto del 2 de enero de 1844.

4 El 4 de enero de 1844 rindió su protesta de ley José María López como Vocal de la Asamblea Departamental.

Acta del 4 de enero de 1844.

5 El 4 de enero de 1844 la Asamblea Departamental nombró a los integrantes de sus comisiones de dictamen para los ramos de: Hacienda; Ayuntamientos; Puntos Constitucionales; Caminos; Estadística; Educación Pública; Hospitales, Cárceles y Policía; Gobierno; Industria, Agricultura, Comercio y Justicia de Ornato, y Justicia.

Acta del 4 de enero de 1844.

6 El 19 de enero de 1844 Manuel Gorozpe rindió su protesta de ley como Vocal de la Asamblea Departamental.

Acta del 19 de enero de 1844.

7 El 27 de enero de 1844 Valentín Canalizo fue designado Presidente Interino de la República (Dublan IV: 450).

Decreto del 27 de enero de 1844.

8 El 3 de febrero de 1844 la Cámara de Senadores convocó a elecciones para integrar las juntas departamentales (Archivo Histórico).

Decreto del 3 de febrero de 1844.

9 El 6 de febrero de 1844 la Asamblea Departamental propuso al Supremo Gobierno una lista de cinco personas para que nombrara Gobernador.

Acta del 6 de febrero de 1844.

10 El 13 de febrero de 1844 el Gobernador Ignacio Inclán compendió las disposiciones relacionadas con la Policía de la Ciudad de México (Archivo Histórico).

Bando del Gobernador del 13 de febrero de 1844.

11 El 12 de marzo de 1844 acudieron a la Asamblea Departamental José Antonio Sastre y Andrés Pizarro a rendir su protesta de ley como vocales.

Acta del 12 de marzo de 1844.

12 El 21 de marzo de 1844 la Asamblea Departamental aprobó el nombramiento de los doce individuos que debían revisar las profesiones y ejercicios lucrativos de la Ciudad de México.

Acta del 21 de marzo de 1844.

5 Son citas abreviadas. Los datos completos se pueden consultar en el texto, en la fecha indicada.

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13 El 1 de abril de 1844 la Asamblea Departamental hizo la elección para cubrir las vacantes que existían en el Senado.

Acta del 1 de abril de 1844.

14 El 2 de abril de 1844 acudió a la Asamblea Departamental el Vocal José Ramón Pérez Palacios a rendir su protesta de ley.

Acta del 2 de abril de 1844.

15 El 9 de abril de 1844 el acudió a la Asamblea Departamental el Vocal Manuel Rincón a rendir su protesta de ley.

Acta del 9 de abril de 1844.

16 El 9 de mayo de 1844 el Presidente de la República nombró a Manuel Rincón como Gobernador Constitucional del Departamento de México (Archivo Histórico).

Nombramiento del 9 de mayo de 1844.

17 El 19 de mayo de 1844 la Asamblea Departamental reglamentó el modo de sustituir a los magistrados del Tribunal de Justicia (Colección de Decretos II: 490).

Decreto 1 del 19 de mayo de 1844.

18 El 20 de mayo de 1844 la Asamblea Departamental facultó al Gobierno para establecer un peaje en el Camino de México a Tlalpan (Colección de Decretos II: 491).

Decreto 2 del 20 de mayo de 1844.

19 El 17 de junio de 1844 la Asamblea Departamental reglamentó el modo de cubrir las bajas en el Ejército (Colección de Decretos II: 491).

Decreto 3 del 17 de junio de 1844.

20 El 2 de julio de 1844 la Asamblea Departamental determinó que en el ramo de empedrados de la Ciudad de México estaría a cargo de un ingeniero civil (Colección de Decretos II: 500).

Decreto 4 del 2 de julio de 1844.

21 El 4 de julio de 1844 Antonio López de Santa Anna reasumió la Presidencia de la República (Secretaría de la Presidencia: 233).

Secretaría de la Presidencia, 1876.

22 El 23 de julio de 1844 la Asamblea Departamental acordó llamar al Vocal Suplente de Manuel Rincón.

Acta del 23 de julio de 1844.

23 El 24 de julio de 1844 la Asamblea Departamental reglamentó el cobro del impuesto de capitación que había sido transferido a los departamentos (Colección de Decretos II: 501).

Decreto 5 del 24 de julio de 1844.

24 El 5 de agosto de 1844 la Asamblea Departamental exceptuó del alistamiento al Ejército a las personas que elaboraban pólvora (Colección de Decretos II: 505).

Decreto 6 del 5 de agosto de 1844.

25 El 12 de agosto de 1844 la Asamblea Departamental dispuso que ingresaran a la Tesorería Particular del Departamento los productos de capitación, el impuesto de nueve reales al barril de aguardiente de caña, los productos del peaje de los caminos y el importe de las multas que impusieran las autoridades (Colección de Decretos II: 506).

Decreto 7 del 12 de agosto de 1844.

26 El 28 de agosto de 1844 la Asamblea Departamental estableció un impuesto al pulque que se introdujera a la Ciudad de México (Colección de Decretos II: 506).

Decreto 8 del 28 de agosto de 1844.

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27 El 2 de septiembre de 1844 la Asamblea Departamental estableció un impuesto a las harinas que se consumieran en el Departamento (Colección de Decretos II: 507).

Decreto 9 del 2 de septiembre de 1844.

28 El 2 de septiembre de 1844 la Asamblea Departamental fijó las fianzas que debían pagar los prefectos y recaudadores del impuesto de capitación (Colección de Decretos II: 508).

Decreto 10 del 2 de septiembre de 1844.

29 El 7 de septiembre de 1844 José Joaquín de Herrera asumió la Presidencia de la República.

Wikipedia.

30 El 11 de septiembre de 1844 la Asamblea Departamental estableció el impuesto que debían pagar el cacao y el vino en la Ciudad de México (Colección de Decretos II: 508).

Decreto 11 del 11 de septiembre de 1844.

31 El 14 de septiembre de 1844 la Asamblea Departamental expidió el Reglamento para la Exacción del Impuesto de Capitación (Colección de Decretos II: 509).

Decreto 12 del 14 de septiembre de 1844.

32 El 21 de septiembre de 1844 Valentín Canalizo asumió la Presidencia de la República (Archivo Histórico).

Decreto del 7 de septiembre de 1844.

33 El 1 de octubre de 1844 la Asamblea Departamental reformó el Presupuesto de Gastos para el Año de 1844 del Departamento de México, para crear siete plazas en el Superior Tribunal de Justicia (Colección de Decretos II: 511).

Decreto 13 del 1 de octubre de 1844.

34 El 3 de octubre de 1844 la Asamblea Departamental suprimió las plazas de escribanos de los juzgados de letras foráneos (Colección de Decretos II: 511).

Decreto 14 del 3 de octubre de 1844.

35 El 10 de octubre de 1844 la Asamblea Departamental estableció el impuesto que debía de pagar el ganado y el algodón que se introdujeran a la Ciudad de México (Colección de Decretos II: (Colección de Decretos II: 512).

Decreto 15 del 10 de octubre de 1844.

36 El 11 de octubre de 1844 la Asamblea Departamental redujo el arbitrio que debía cubrir la harina (Colección de Decretos II: 513).

Decreto 16 del 11 de octubre de 1844.

37 El 21 de octubre de 1844 la Asamblea Departamental fijó el impuesto que debían pagar los efectos extranjeros en la Ciudad de México (Colección de Decretos II: 513).

Decreto 17 del 21 de octubre de 1844.

38 El 29 de octubre de 1844 la Asamblea Departamental facultó al Gobierno para gratificar a los empleados de la Aduana de México (Colección de Decretos II: 514).

Decreto 18 del 29 de octubre de 1844.

39 El 29 de noviembre de 1844 la Asamblea Departamental incrementó los arbitrios que debían pagar los frutos, géneros y efectos de procedencia extranjera (Colección de Decretos II: 515).

Decreto 19 del 29 de noviembre de 1844

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40 El 29 de noviembre de 1844 Nicolás Condelle en su carácter de Gobernador Interino del Departamento de México publicó el decreto presidencial, por el que se suspendieron las sesiones del Congreso General (Archivo Histórico).

Decreto del 29 de noviembre de 1844.

41 El 2 de diciembre de 1844 la Asamblea Departamental suspendió sus sesiones ante una alteración al orden constitucional (Colección de Decretos II: 515).

Decreto 20 del 2 de diciembre de 1844.

42 El 6 de diciembre de 1844 Manuel Rincón reasumió sus funciones de Gobernador del Departamento (Archivo Histórico).

Manifiesto del 6 de diciembre de 1844.

43 El 7 de diciembre de 1844 José Joaquín de Herrera fue nombrado Presidente de la República (Archivo Histórico).

Decreto del 7 de diciembre de 1844.

44 El 11 de diciembre de 1844 la Asamblea Departamental autorizó al Gobernador para organizar la fuerza militar denominada: Voluntarios Defensores de las Leyes (Colección de Decretos II: 515).

Decreto 21 del 11 de diciembre de 1844.

45 El 16 de diciembre de 1844 la Asamblea Departamental instruyó al Gobierno para que obligara a los servidores públicos a tomar las armas (Colección de Decretos II: 516).

Decreto 22 del 16 de diciembre de 1844.

46 El 20 de diciembre de 1844 el Gobernador del Departamento, Manuel Rincón, acudió a la Asamblea Departamental a explicar las medidas que había dictado para evitar la carencia de productos básicos.

Acta del 20 de diciembre de 1844.

47 El 26 de diciembre de 1844 el Presidente de la República declaró en estado de sitio la Ciudad de México (Biblioteca José María Luis Mora).

Decreto del 26 de diciembre de 1844.

48 El 21 de enero de 1845 la Asamblea Departamental al dejar sin efecto el impuesto de capitación, estableció el arbitrio de dos granos por arroba de pulque fino (Colección de Decretos II: 517).

Decreto 23 del 21 de enero de 1845.

49 El 28 de enero de 1845 la Asamblea Departamental reglamentó el funcionamiento de los tribunales para juzgar a los vagos (Colección de Decretos II: 518).

Decreto 24 del 28 de enero de 1845.

50 El 17 de febrero de 1845 la Asamblea Departamental determinó que el Secretario del Ayuntamiento o el del Juzgado de Paz lo será del Tribunal (Colección de Decretos II: 518).

Decreto 25 del 17 de febrero de 1845.

51 El 20 de febrero de 1845 la Asamblea Departamental dispuso que el Tesorero recibiera de las aduanas foráneas las cantidades que resultaran a favor de la Caja Departamental (Colección de Decretos II: 523).

Decreto 26 del 20 de febrero de 1845.

52 El 1 de abril de 1845 la Asamblea Departamental estableció un peaje en el Camino de México a Tlalpan (Colección de Decretos II: 524).

Decreto 27 del 1 de abril de 1845.

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53 El 28 de abril de 1845 la Asamblea Departamental al reglamentar los lugares donde deben establecerse municipalidades determinó que los vecinos que quisieran constituir nuevos ayuntamientos debían de hacer su petición a la Asamblea por conducto del Gobierno (Colección de Decretos II: 525).

Decreto 28 del 28 de abril de 1845.

54 El 20 de mayo de 1845 la Asamblea Departamental estableció un peaje en el Camino a Texcoco (Colección de Decretos II: 532).

Decreto 29 del 20 de mayo de 1845.

55 El 20 de mayo de 1845 la Asamblea Departamental ordenó la matriculación anual de los comerciantes ante la Junta Mercantil de Fomento (Archivo Histórico).

Comunicado del 20 de mayo de 1845.

56 El 4 de junio de 1845 el Congreso General convocó a la población a la defensa de la independencia nacional, amenazada por la usurpación del territorio de Texas (Archivo Histórico)

Decreto del 4 de junio de 1845.

57 El 7 de junio de 1845 la Asamblea Departamental al establecer la planta de la Tesorería y de la Contaduría, determinó que su reglamentación estaría a su cargo, que el Tesorero sería nombrado por el Gobernador a propuesta de la Asamblea y que el Contador sería nombrado por la Asamblea (Colección de Decretos II: 535).

Decreto 30 del 7 de junio de 1845.

58 El 16 de junio de 1845 la Asamblea Departamental reguló la práctica de las averiguaciones previas en los juzgados de vagos (Colección de Decretos II: 537).

Decreto 31 del 16 de junio de 1845.

59 El 26 de junio de 1845 la Asamblea Departamental reglamentó la Fuerza de Policía de la Ciudad de México (Colección de Decretos II: 537).

Decreto 32 del 26 de junio de 1845.

60 El 26 de junio de 1845 la Asamblea Departamental se pronunció en contra de la guerra propiciada por el Departamento de Texas (Archivo Histórico).

Proclama del 26 de junio de 1845.

61 El 29 de julio de 1845 la Asamblea Departamental reglamentó el funcionamiento de la Milicia de Defensores de las Leyes (Colección de Decretos II: 440).

Decreto 33 del 29 de julio de 1845.

62 El 6 de agosto de 1845 el Congreso General asignó a los departamentos las contribuciones directas, incluyendo la de capitación (Biblioteca José María Luis Mora).

Decreto del 6 de agosto de 1845.

63 El 14 de agosto de 1845 la Asamblea Departamental expidió el Reglamento para el Cobro de las Contribuciones Directas (Colección de Decretos II: 545).

Decreto 34 del 14 de agosto de 1845.

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64 El 18 de agosto de 1845 la Asamblea Departamental al establecer la Administración Principal de Rentas, determinó que su Jefe fuera nombrado por el Gobierno de acuerdo con la Asamblea (Colección de Decretos II: 547).

Decreto 35 del 18 de agosto de 1845.

65 El 28 de agosto de 1845 Mucio Barquera en su calidad de Gobernador del Departamento publicó el decreto 35 de la Asamblea Departamental, poco tiempo después de haber dejado su cargo de Vocal de la Asamblea Departamental (Colección de Decretos II: 547).

Decreto 35 del 18 de agosto de 1845.

66 El 10 de septiembre de 1845 la Asamblea Departamental expidió el Reglamento de la Milicia de Defensores del Departamento de México (Colección de Decretos II: 548).

Decreto 36 del 10 de septiembre de 1845.

67 El 10 de septiembre de 1845 la Asamblea Departamental acordó que el Gobierno efectuara el nombramiento provisional de los jefes y subalternos de la Contaduría (Colección de Decretos II: 553).

Decreto 37 del 10 de septiembre de 1845.

68 El 14 de septiembre de 1845 José Joaquín de Herrera rindió su protesta de ley como Presidente Constitucional de la República Dublan V: 35).

Decreto del 14 de septiembre de 1845.

69 El 17 de septiembre de 1845 la Asamblea Departamental expidió el Reglamento de Pulquerías del Departamento de México (Colección de Decretos II: 554).

Decreto 38 del 17 de septiembre de 1845.

70 El 25 de septiembre de 1845 el Congreso General aprobó el decreto que constituyó a la Cámara de Senadores con 66 integrantes (Archivo Histórico).

Decreto del 25 de septiembre de 1845.

71 El 7 de octubre de 1845 la Asamblea Departamental expidió las Ordenanzas Municipales del Departamento de México (Colección de Decretos II: 557).

Decreto 39 del 7 de octubre de 1845.

72 El 7 de octubre de 1845 la Asamblea Departamental expidió el Reglamento para la Elección de Ayuntamientos del Departamento de México (Colección de Decretos II: 582).

Decreto 40 del 7 de octubre de 1845.

73 El 7 de octubre de 1845 la Asamblea Departamental convocó a elecciones para renovar a los ayuntamientos (Archivo Histórico).

Convocatoria del 7 de octubre de 1845.

74 El 17 de octubre de 1845 la Asamblea Departamental constituyó el establecimiento de jueces conciliadores en los lugares donde existieran ayuntamientos o alcaldes (Colección de Decretos II: 595).

Decreto 41 del 17 de octubre de 1845.

75 El 24 de octubre de 1845 la Asamblea Departamental acordó que no se efectuaran elecciones en los ayuntamientos hasta que se publicara el decreto que habría de arreglarlas (Colección de Decretos II: 597).

Decreto 42 del 24 de octubre de 1845.

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76 El 9 de diciembre de 1845 la Asamblea Departamental dispuso la forma de elegir a los integrantes del Ayuntamiento de México (Colección de Decretos II: 597).

Decreto 43 del 9 de diciembre de 1845.

77 El 16 de diciembre de 1845 la Asamblea Departamental facultó al Gobierno para que fijara los términos en que debían celebrarse las elecciones de ayuntamientos, alcaldes y conciliadores (Colección de Decretos II: 600).

Decreto 44 del 16 de diciembre de 1845.

78 El 20 de diciembre de 1845 la Asamblea Departamental se pronunció en contra del Plan de San Luis que encabezaba Mariano Paredes (Colección de Decretos II: 601).

Decreto 45 del 20 de diciembre de 1845.

79 El 29 de diciembre de 1845 la Asamblea Departamental determinó que continuaran vigentes para el siguiente año los padrones y las calificaciones que hicieron las juntas calificadoras y revisoras para la exacción de las contribuciones directas para el cobro de los impuestos (Colección de Decretos II: 602).

Decreto 46 del 29 de diciembre de 1845.

80 El 29 de diciembre de 1845 la Asamblea Departamental expidió el Presupuesto General de Gastos del Departamento de México para el Año de 1846, en donde se determinó que la Secretaría de la Asamblea Departamental se integraba con: el Oficial Mayor, el Oficial Primero, el Oficial Segundo con funciones de Archivero, el Escribiente, el segundo, tercero y cuarto Escribiente, el Portero y el Mozo (Colección de Decretos II: 603).

Decreto 47 del 29 de diciembre de 1845.

81 El 4 de enero de 1846 asumió la Presidencia de la República Mariano Paredes (Secretaría de la Presidencia: 261).

Secretaría de la Presidencia, 1976.

82 El 26 de enero de 1846 la Asamblea Departamental reglamentó el funcionamiento de la Oficina denominada Administración Principal de Rentas Departamentales (Colección de Decretos II: 607).

Decreto 48 del 26 de enero de 1846.

83 El 26 de enero de 1846 la Asamblea Departamental determinó que entre tanto se expide un reglamento de policía relacionado con el sistema de contribuciones directas se omita en la Ciudad de México el empadronamiento anual de establecimientos industriales, giros mercantiles, objetos de lujo y personas que tienen alguna profesión o ejercicio lucrativo (Colección de Decretos II: 612).

Decreto 49 del 26 de enero de 1846.

84 El 26 de enero de 1846 el Presidente de la República expidió las Bases Generales para convocar a un nuevo Congreso Constituyente (Archivo Histórico).

Decreto del 26 de enero de 1846.

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85 El 10 de febrero de 1846 la Asamblea Departamental efectuó una fe de erratas al decreto número 48, por el que reglamentó el funcionamiento de la Oficina denominada Administración Principal de Rentas Departamentales (Colección de Decretos II: 612).

Decreto 50 del 10 de febrero de 1846.

86 El 3 de marzo de 1846 la Asamblea Departamental determinó quienes serían los jueces y asesores de los tribunales de vagos (Colección de Decretos II: 613).

Decreto 51 del 3 de marzo de 1846.

87 El 3 de marzo de 1846 el Presidente de la República determinó que el Gobierno nombrara a los gobernadores de los departamentos sin sujetarse a las propuestas de las asambleas (Biblioteca José María Luis Mora).

Decreto del 3 de marzo de 1846.

88 El 13 de marzo de 1846 la Asamblea Departamental estableció un Departamento en el Hospicio de Pobres para la atención de vagos inutilizados para el trabajo (Colección de Decretos II: 615).

Decreto 52 del 13 de marzo de 1846.

89 El 2 de abril de 1846 Nicolás Bravo en su carácter de Gobernador del Departamento publicó los decretos presidenciales, tendientes a reorganizar el Ejército (Archivo Histórico).

Publicó el 2 de abril de 1846 los decretos del 30 de marzo.

90 El 18 de abril de 1846 Luis Gonzaga Chavarri en su carácter de Gobernador del Departamento publicó un decreto presidencial, que preveía el castigo a los editores sediciosos (Archivo Histórico).

Publicó el 19 de abril de 1846 el decreto del 18 de abril.

91 El 26 de abril de 1846 la Asamblea Departamental autorizó al Gobernador para arreglar el contingente de sangre y a las autoridades respectivas para determinar lo referente a los acusados de vagancia (Colección de Decretos II: 615).

Decreto 53 del 26 de abril de 1846.

92 El 14 de mayo de 1846 la Asamblea Departamental restableció el peaje en el Camino de México a Tlalpan (Colección de Decretos II: 616).

Decreto 54 del 14 de mayo de 1846.

93 El 4 de junio de 1846 la Asamblea Departamental aprobó el gasto hecho en la fuerza de policía por orden del Supremo Gobierno (Colección de Decretos II: 617).

Decreto 55 del 4 de junio de 1846.

94 El 12 de junio de 1846 Mariano Paredes rindió su protesta como Presidente Interino de la República (Archivo Histórico).

Decreto del 12 de junio de 1846.

95 El 10 de julio de 1846 el Congreso Nacional le otorgó facultades extraordinarias al Presidente de la República para la defensa de la Nación (Archivo Histórico).

Decreto del 10 de julio de 1846.

96 El 10 de julio de 1846 el Congreso Nacional estableció un fondo para el pago de la deuda (Archivo Histórico).

Decreto del 10 de julio de 1846.

97 El 20 de julio de 1846 asumió la Presidencia de la República Nicolás Bravo (Archivo Histórico).

Decreto del 20 de julio de 1846.

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98 El 4 de agosto de 1846 Mariano Salas y Valentín Gómez Farías iniciaron la reinstalación del sistema federal al suscribir el Plan de la Ciudadela (Secretaría de Gobernación).

Plan de la Ciudadela del 4 de agosto de 1846.

99 El 4 de agosto de 1846 el Prefecto de Toluca y los habitantes de dicha Municipalidad se unieron al Plan de la Ciudadela (Archivo Histórico).

Acta del 4 de agosto de 1846.

100 El 5 de agosto de 1846 Mariano Salas asumió la Presidencia de la República, con base en lo dispuesto en el Plan de la Ciudadela (Secretaría de la Presidencia: 268).

Secretaría de la Presidencia, 1976.

101 El 13 de agosto de 1846 el Supremo Gobierno instruyó a los gobernadores de los departamentos para que instrumentaran una policía rural (Biblioteca José María Luis Mora).

Circular del 13 de agosto de 1846.

102 El 22 de agosto de 1846 el Presidente de la República ordenó el cese de las asambleas departamentales y restituyó a los estados (Archivo Histórico).

Decreto del 22 de agosto de 1846.

103 La Asamblea Departamental (1844-1846) que operó del 1 de enero de 1844 al 22 de agosto de 1846 se integró con once vocales nombrados por electores secundarios. Expidió 55 decretos entre el 17 de mayo de 1844 y el 4 de junio de 1846.

Colección de Decretos.

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II. Congresos de la Segunda República Federal (1846-1853)6

1. Génesis de la Legislatura Extraordinaria (1846)

No. Sinopsis de la Crónica Legislativa Fuentes consultadas7

1 El 25 de agosto de 1846 el Supremo Gobierno emitió la convocatoria para la elección de diputados al Congreso General y a las legislaturas de los estados ((Dublan V: 156).

Decreto del 25 de agosto de 1846.

2 El 26 de agosto de 1846 José Gómez de la Cortina en su carácter de Gobernador Interino del Estado expidió las prevenciones tendientes a formar la Fuerza de la Policía Rural (Archivo Histórico).

Bando del Gobernador del 26 de agosto de 1846.

3 El 28 de agosto de 1846 el Gobierno Federal le asignó al Estado de México ocho mil 400 hombres para combatir a las fuerzas armadas de los Estados Unidos (El Porvenir: 24/08/1846).

Circular del 28 de agosto de 1846.

4 El 29 de agosto de 1846 Francisco Modesto de Olaguíbel al asumir la Gubernatura de la Entidad declaró vigentes la Constitución del Estado y su Ley Orgánica y que los diputados que se nombraren para componer el Congreso se instalarían y funcionarían conforme a los reglamentos del antiguo Congreso (Colección de Decretos III: 3).

Decreto 1 del Gobernador del 29 de agosto de 1846.

5 El 31 de agosto de 1846 el Gobierno Federal acordó separar de sus destinos a los empleados y militares que se rehusaran a defender a la Patria (El Porvenir: 24/10/1846).

Decreto del 31 de agosto de 1846.

6 El 11 de septiembre de 1846 el Gobernador emitió la convocatoria para la elección de 21 diputados propietarios y siete suplentes al Congreso, tomando en cuenta que los territorios del Distrito Federal y de Tlaxcala se habían segregado del Estado y que se había restituido la Ciudad de Toluca como la Capital del Estado (Colección de Decretos III: 4).

Decreto 2 del Gobernador del 11 de septiembre de 1846.

7 El 13 de septiembre de 1846 en Toluca, el Gobernador determinó que por tres días consecutivos se celebrarán misas de rogación para implorar auxilios de la Divina Providencia para que se digne dar acierto al Gobierno y a los pueblos luz para elegir representantes dignos de desempeñar su alta misión (Colección de Decretos III: 6).

Decreto 3 del Gobernador del 13 de septiembre de 1846.

8 El 19 de septiembre de 1846 el Gobernador dispuso que entre los empleados que podría remover a su arbitrio estaban los de rentas, a quienes les dejaba su derecho a salvo para que pudieran reclamar su remoción ante la Legislatura (Colección de Decretos III: 7).

Decreto 4 del Gobernador del 19 de septiembre de 1846.

6 Se incluyen disposiciones relevantes aprobadas por el Supremo Gobierno y el Ejecutivo del Estado. 7 Son citas abreviadas. Los datos completos se pueden consultar en el texto, en la fecha indicada.

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9 El 19 de septiembre de 1846 el Gobernador estableció un resguardo militar provisional en la Garita de la Ciudad de Toluca (Colección de Decretos III: 7).

Decreto 5 del Gobernador del 19 de septiembre de 1846.

10 El 19 de septiembre de 1846 el Gobernador acordó que podía separarse de la Capital del Estado los días que fueran necesarios y que se encargaría únicamente del Gobierno en cualquier caso de impedimento el Presidente del Supremo Tribunal de Justicia (Colección de Decretos III: 8).

Decreto 6 del Gobernador del 19 de septiembre de 1846.

11 El 19 de septiembre de 1846 el Gobernador dispuso que los jueces superiores e interiores de los tribunales del Estado continuaran fundando sus sentencias hasta nueva disposición de la Legislatura (Colección de Decretos III: 9).

Decreto 7 del Gobernador del 19 de septiembre de 1846.

12 El 21 de septiembre de 1846 el Gobernador dispuso que se levantara la Guardia Republicana Rural del Estado Libre y Soberano de México (Colección de Decretos III: 9).

Decreto 8 del Gobernador del 21 de septiembre de 1846.

13 El 1 de octubre de 1846 el Gobernador restableció los tribunales de minería (Colección de Decretos III: 11).

Decreto 9 del Gobernador del 1 de octubre de 1846.

14 El 2 de octubre de 1846 el Gobierno Federal dispuso que los propietarios de fincas urbanas cedieran por una sola vez el importe de un mes de arrendamiento (Archivo Histórico).

Decreto del 2 de octubre de 1846.

15 El 2 de octubre de 1846 el Gobernador expidió el Reglamento para el Cobro del Impuesto de un mes de arrendamiento a los propietarios de las fincas (Archivo Histórico).

Reglamento del Gobernador del 2 de octubre de 1846.

16 El 3 de octubre de 1846 el Gobernador puso en observancia la Ley Constitucional del 2 de junio de 1831 que arregló los tribunales superiores de justicia con sus consiguientes reglamentos (Colección de Decretos III: 12).

Decreto 10 del Gobernador del 3 de octubre de 1846.

17 El 3 de octubre de 1846 el Gobernador estableció el protocolo que debía seguirse cuando asistiera a eventos públicos (Colección de Decretos III: 19).

Decreto 11 del Gobernador del 3 de octubre de 1846.

18 El 4 de octubre de 1846 el Gobernador concedió indulto de sus penas a los presos de baja peligrosidad (Colección de Decretos III: 19).

Decreto 12 del Gobernador del 4 de octubre de 1846.

19 El 23 de octubre de 1846 el Presidente de la República determinó que los estados tenían la libertad necesaria para arreglar la educación pública (Archivo Histórico).

Decreto del 23 de octubre de 1846.

20 El 24 de octubre de 1846 el Gobierno del Estado editó el primer número del Periódico Oficial “El Porvenir” (El Porvenir: 24/10/1846).

El Porvenir del 24 de octubre de 1846.

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21 El 26 de octubre de 1846 el Gobernador pidió a los habitantes del Estado que participaran en las próximas elecciones (Archivo Histórico).

Proclama del Gobernador del 26 de octubre de 1846.

22 El 30 de octubre de 1846 el Gobernador expidió el Reglamento para el Establecimiento y Funcionamiento de los Cuerpos Municipales del Estado de México (Colección de Decretos III: 21).

Decreto 13 del Gobernador del 30 de octubre de 1846.

23 El 31 de octubre de 1846 el Gobernador estableció la fecha en que debía realizarse la Primera Junta Preparatoria de la Legislatura (Colección de Decretos III: 31).

Decreto 14 del Gobernador del 31 de octubre de 1846.

24 El 2 de noviembre de 1846 el Gobernador reglamentó la forma de presidir las juntas preparatorias del Congreso y los asuntos a tratar en sus sesiones extraordinarias (Colección de Decretos III: 32).

Decreto 15 del Gobernador del 2 de noviembre de 1846.

25 El 2 de noviembre de 1846 el Gobernador autorizó la edición de uno o más periódicos oficiales (Colección de Decretos III: 33).

Decreto 16 del Gobernador del 2 de noviembre de 1846.

26 El 3 de noviembre de 1846 el Gobernador dispuso que en la Entidad se guardara el decreto del 20 de marzo de 1828, en el que el Congreso del Estado dispuso que los párrocos instruyeran a sus fieles en la práctica de las virtudes y el combate a los vicios (Colección de Decretos III: 34).

Decreto 17 del Gobernador del 3 de noviembre de 1846.

27 El 3 de noviembre de 1846 el Gobernador alentó el establecimiento de talleres de pólvora, fusiles, cañones y fornituras (Colección de Decretos III: 35).

Decreto 18 del Gobernador del 3 de noviembre de 1846.

28 El 3 de noviembre de 1846 el Gobernador derogó el decreto número 4 que expidió el 19 de septiembre, por el que determinó que entre los empleados que podría remover a su arbitrio estaban los de rentas (Colección de Decretos III: 36).

Decreto 19 del Gobernador del 3 de noviembre de 1846.

29 El 3 de noviembre de 1846 el Gobernador ordenó el establecimiento de un presidio en la Capital (Colección de Decretos III: 36).

Decreto 20 del Gobernador del 3 de noviembre de 1846.

30 El 3 de noviembre de 1846 el Gobernador restableció el Hospital de San Juan de Dios como Hospital Hospicio del Estado de México (Colección de Decretos III: 37).

Decreto 21 del Gobernador del 3 de noviembre de 1846.

31 El 3 de noviembre de 1846 el Gobernador declaró la subsistencia de los tribunales mercantiles de Toluca y Acapulco (Colección de Decretos III: 38).

Decreto 22 del Gobernador del 3 de noviembre de 1846.

32 El 3 de noviembre de 1846 el Gobernador dispuso que los jueces letrados del Partido de Toluca, conocerán indistintamente tanto de lo civil como de lo criminal, hasta que disponga otra cosa la Legislatura (Colección de Decretos III: 38).

Decreto 23 del Gobernador del 3 de noviembre de 1846.

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32

33 El 3 de noviembre de 1846 el Gobernador dispuso que los cerdos que se introdujeran al Estado pagaran un impuesto (Colección de Decretos III: 39).

Decreto 24 del Gobernador del 3 de noviembre de 1846.

34 El 3 de noviembre de 1846 el Gobernador expidió el Reglamento Orgánico de las Oficinas Generales de Hacienda del Estado de México, el cual contemplaba una Junta de Hacienda en la que participaría un representante de la Legislatura (Colección de Decretos III: 39).

Decreto 25 del Gobernador del 3 de noviembre de 1846.

35 El 3 de noviembre de 1846 el Gobernador declaró válidas las elecciones para diputados al Congreso del Estado (Colección de Decretos III: 51).

Decreto 26 del Gobernador del 3 de noviembre de 1846.

36 El 5 de noviembre de 1846 el Gobernador expidió el Reglamento para las Visitas de los Juzgados de Primera Instancia (Colección de Decretos III: 51).

Decreto 27 del Gobernador del 5 de noviembre de 1846.

37 El 7 de noviembre de 1846 el Gobernador expidió el Reglamento del Instituto Literario (Colección de Decretos III: 55).

Decreto 28 del Gobernador del 7 de noviembre de 1846.

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2. Legislatura Extraordinaria (1846-1849)

La Legislatura Extraordinaria (1846-1849) se integró con 21 diputados

No. Sinopsis de la Crónica Legislativa Fuentes consultadas8

1 El 4 de noviembre de 1846 se efectuó en el edificio del Palacio de Justicia de la Ciudad de Toluca la Primera Reunión Preparatoria de la Legislatura Extraordinaria con la asistencia de los diputados: Mariano Arizcorreta, Isidoro Olvera, José María Verdiguel, José Rafael González Rendón, Joaquín Jiménez, Simón Guzmán, José María Romero Díaz y Domingo María Pérez y Fernández.

Acta del 4 de noviembre de 1846.

2 El 7 de noviembre de 1846 se incorporaron a las sesiones de la Junta de la Legislatura los diputados: Diego Álvarez y Teodoro Riveroll.

Acta del 7 de noviembre de 1846.

3 El 7 de noviembre de 1846 se incorporaron a las sesiones de la Junta de la Legislatura los diputados suplentes: José María Romero Díaz y Manuel Torres Cataño.

Acta del 7 de noviembre de 1846.

4 El 8 de noviembre de 1846 la Legislatura reunida en Junta integró la Mesa Directiva de su Primer Periodo Extraordinario de Sesiones, presidida por el Diputado Mariano Arizcorreta. Nombró como Vicepresidente al Diputado José Rafael González Rendón, como secretarios propietarios a los diputados: Domingo María Pérez y Fernández y Joaquín Jiménez y como secretarios suplentes a los diputados: Simón Guzmán y Teodoro Riveroll.

Acta del 8 de noviembre de 1846.

5 El 8 de noviembre de 1846 el Presidente de la Legislatura, Diputado Mariano Arizcorreta, efectuó la declaratoria de instalación de la Legislatura Extraordinaria.

Acta del 8 de noviembre de 1846.

6 El 10 de noviembre de 1846 se incorporaron a la Legislatura los diputados: José María Villar y Bocanegra, Eulogio Barrera, Eulalio María Ortega y José María Legorreta.

Acta del 10 de noviembre de 1846.

7 El 10 de noviembre de 1846 el Gobernador Francisco Modesto de Olaguíbel al acudir a la Legislatura a la apertura de su Primer Periodo Extraordinario de Sesiones pronunció un discurso, al igual que el Presidente de la Legislatura, Diputado Mariano Arizcorreta.

Acta del 10 de noviembre de 1846.

8 El 11 de noviembre de 1846 la Legislatura declaró Gobernador Interino del Estado a Mariano Villela (Colección de Decretos III: 61).

Decreto 1 del 11 de noviembre de 1846.

8 Son citas abreviadas. Los datos completos se pueden consultar en el texto, en la fecha indicada.

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9 El 11 de noviembre de 1846 la Legislatura integró las comisiones de: Puntos Constitucionales; Justicia, Negocios Eclesiásticos y Legislación; Gobernación; Hacienda; Instrucción Pública; Comercio, Agricultura, Minería e Industria; Milicia; Policía y Peticiones; Corrección de Estilo, y Poderes y Análisis.

Acta del 11 de noviembre de 1846.

10 El 13 de noviembre de 1846 la Legislatura nombró a Francisco Modesto de Olaguíbel como Gobernador Constitucional y a Diego José Pérez y Fernández como Teniente Gobernador (Colección de Decretos III: 62).

Decreto 2 del 13 de noviembre de 1846.

11 El 14 de noviembre de 1846 acudió a la Legislatura a incorporarse a sus sesiones el Diputado Antonio Escudero.

Acta del 14 de noviembre de 1846.

12 El 16 de noviembre de 1846 la Legislatura nombró a los diputados integrantes de las comisiones de Código Municipal y Segunda de Hacienda.

Acta del 16 de noviembre de 1846.

13 El 16 de noviembre de 1846 la Legislatura nombró como los integrantes de la Sesión de Gran Jurado a los diputados: Teodoro Riveroll, Isidoro Olvera, José Mará Villar y Bocanegra, Antonio Escudero, José María Romero Díaz y Joaquín Jiménez.

Acta del 16 de noviembre de 1846.

14 El 21 de noviembre de 1846 acudió a la Legislatura a rendir su protesta de ley el Diputado José María Madariaga.

Acta del 21 de noviembre de 1846.

15 El 22 de noviembre de 1846 acudieron a la Legislatura a rendir su protesta de ley el Gobernador Francisco Modesto de Olaguíbel y el Teniente Gobernador Diego José Pérez y Fernández. El acto fue atestiguado por el Vicepresidente de la Legislatura, Diputado José Rafael González Rendón.

Acta del 22 de noviembre de 1846.

16 El 26 de noviembre de 1846 la Legislatura instruyó al Ejecutivo del Estado para que armara seis mil hombres de infantería y cuatro mil de caballería (Colección de Decretos III: 62).

Decreto 3 del 26 de noviembre de 1846.

17 El 26 de noviembre de 1846 se incorporó a las sesiones de la Legislatura el Diputado Ignacio Gutiérrez a rendir su protesta de ley.

Acta del 26 de noviembre de 1846.

18 El 1 de diciembre de 1846 acudió a la Legislatura el Diputado Manuel María Gorozpe a rendir su protesta de ley.

Acta del 1 de diciembre de 1846.

19 El 2 de diciembre de 1846 se incorporó a las sesiones de la Legislatura el Diputado Tomás Ramón del Moral a rendir su protesta de ley.

Acta del 2 de diciembre de 1846.

20 El 3 de diciembre de 1846 la Legislatura declaró al Estado de México como parte integrante de la Federación Mexicana (Colección de Decretos III: 63).

Decreto 4 del 3 de diciembre de 1846.

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21 El 3 de diciembre de 1846 se incorporó a las sesiones de la Legislatura el Diputado Manuel Guerra Ganancia a rendir su protesta de ley.

Acta del 3 de diciembre de 1846.

22 El 5 de diciembre de 1846 la Legislatura derogó el decreto del Gobierno Provisional, por el que se establecía que los curas párrocos debían predicar los domingos y días festivos (Colección de Decretos III: 63).

Decreto 5 del 5 de diciembre de 1846.

23 El 9 de diciembre de 1846 la Legislatura reinició el otorgamiento de pensiones, al otorgarle a Pedro Alva una pensión mensual por quince pesos (Colección de Decretos III: 64).

Decreto 6 del 9 de diciembre de 1846.

24 El 9 de diciembre de 1846 la Legislatura derogó el decreto por el que se declaraba que el Gobierno podía remover a los empleados de rentas (Colección de Decretos III: 64).

Decreto 7 del 9 de diciembre de 1846.

25 El 10 de diciembre de 1846 la Legislatura nombró como Presidente de su Mesa Directiva al Diputado Manuel María Gorozpe y como Vicepresidente al Diputado José María Romero Díaz.

Acta del 10 de diciembre de 1846.

26 El 19 de diciembre de 1846 la Legislatura determinó que los secretarios de despacho tendrían el tratamiento de señoría (Colección de Decretos III: 65).

Decreto 8 del 19 de diciembre de 1846.

27 El 23 de diciembre de 1846 Antonio López de Santa Anna fue designado Presidente de la República (Dublan V: 258).

Decreto del 23 de diciembre de 1846.

28 El 24 de diciembre de 1846 asumió la Presidencia de la República Valentín Gómez Farías (Dublan V: 258).

Decreto del 23 de diciembre de 1846.

29 El 29 de diciembre de 1846 la Legislatura dispuso que una junta administrara el Hospital Hospicio del Estado (Colección de Decretos III: 65).

Decreto 9 del 29 de diciembre de 1846.

30 El 29 de diciembre de 1846 la Legislatura dispuso que no se renovaran los tribunales de minería (Colección de Decretos III: 65).

Decreto 10 del 29 de diciembre de 1846.

31 El 29 de diciembre de 1846 la Legislatura dirigió una iniciativa al Congreso de la Unión, en la que establecía el periodo que debían durar en su cargo el Presidente y Vicepresidente interinamente electos.

Acta del 29 de diciembre de 1846.

32 El 7 de enero de 1847 la Legislatura reorganizó las disposiciones aplicables a los ayuntamientos (Colección de Decretos III: 66).

Decreto 11 del 7 de enero de 1847.

33 El 8 de enero de 1847 la Legislatura revocó el decreto expedido por el Gobernador, por el que se estableció un impuesto por concepto de la introducción de cerdos al Estado (Colección de Decretos III: 67).

Decreto 12 del 8 de enero de 1847.

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34 El 11 de enero de 1847 la Legislatura nombró como Presidente de su Mesa Directiva al Diputado Antonio Escudero y como Vicepresidente al Diputado Isidoro Olvera.

Acta del 11 de enero de 1847.

35 El 15 de enero de 1847 la Legislatura fijó el canon que debían pagar los vecinos de San Gabriel por las tierras comunes y regulares (Colección de Decretos III: 77).

Decreto 13 del 15 de enero de 1847.

36 El 16 de enero de 1847 la Legislatura ratificó un decreto expedido por el Gobernador, por el que concedía indulto de sus penas a los reos que estuvieran procesados (Colección de Decretos III: 77).

Decreto 14 del 16 de enero de 1847.

37 El 18 de enero de 1847 la Legislatura ratificó un decreto del Gobierno Provisional, por el que concedía premios a algunos individuos mientras durara la guerra contra los Estados Unidos (Colección de Decretos III: 78).

Decreto 15 del 18 de enero de 1847.

38 El 18 de enero de 1847 la Legislatura por primera vez en su historia incluyó en sus actas la hora de inicio y de clausura de sus sesiones.

Acta del 18 de enero de 1847.

39 El 23 de enero de 1847 la Legislatura fijó en tres mil pesos las dietas anuales de los diputados (Colección de Decretos III: 78).

Decreto 16 del 23 de enero de 1847.

40 El 23 de enero de 1847 la Legislatura dispuso que los jueces fundaran sus sentencias (Colección de Decretos III: 79).

Decreto 18 del 23 de enero de 1847.

41 El 25 de enero de 1847 la Legislatura restableció a los ministros ejecutores de los juzgados de primera instancia (Colección de Decretos III: 79).

Decreto 17 del 25 de enero de 1847.

42 El 25 de enero de 1847 la Legislatura declaró válidas las elecciones efectuadas el día 2 de noviembre para diputados al Congreso del Estado (Colección de Decretos III: 80).

Decreto 19 del 25 de enero de 1847.

43 El 26 de enero de 1847 la Legislatura determinó que formaran la Hacienda: las alcabalas, las contribuciones directas, los arbitrios y los rezagos (Colección de Decretos III: 80).

Decreto 20 del 26 de enero de 1847.

44 El 27 de enero de 1847 la Legislatura autorizó al Ejecutivo del Estado para que pudiera extraer toda clase de armas de munición, de poder de quienes las tuvieran (Colección de Decretos III: 81).

Decreto 21 del 27 de enero de 1847.

45 El 29 de enero de 1847 la Legislatura dispuso que el Periódico Oficial “El Porvenir” dependiera de la Legislatura (Colección de Decretos III: 81).

Decreto 22 del 29 de enero de 1847.

46 El 3 de febrero de 1847 el Congreso General facultó al Gobierno de la República para que pudiera disponer de la Guardia Nacional de los estados, Distrito y territorios de la Federación (Archivo Histórico).

Decreto del 3 de febrero de 1847.

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47 El 4 de febrero de 1847 la Legislatura le concedió al Pueblo de Tenango del Valle el título de Villa (Colección de Decretos III: 82).

Decreto 23 del 4 de febrero de 1847.

48 El 6 de febrero de 1847 la Legislatura le concedió a la Ciudad de Texcoco una feria anual (Colección de Decretos III: 83).

Decreto 24 del 6 de febrero de 1847.

49 El 8 de febrero de 1847 la Legislatura autorizó al Ejecutivo del Estado para que contratara un préstamo con hipoteca de las rentas y determinó reducir el tres por ciento de los sueldos de los servidores públicos e incrementar los derechos por el aguardiente de caña, el azúcar, el pulque y las maderas trasladadas por agua (Colección de Decretos III: 83).

Decreto 25 del 8 de febrero de 1847.

50 El 10 de febrero de 1847 la Legislatura determinó que el Pueblo de Topilejo se agregara a la Municipalidad de Tlalpan (Colección de Decretos III: 85).

Decreto 26 del 10 de febrero de 1847.

51 El 10 de febrero de 1847 la Legislatura nombró como Presidente de su Mesa Directiva al Diputado José María Romero Díaz y como Vicepresidente al Diputado Eulogio Barrera.

Acta del 10 de febrero de 1847.

52 El 12 de febrero de 1847 la Legislatura aprobó la minuta del decreto por la que pretendía reorganizar la Milicia de Seguridad Pública. No se publicó

Decreto 28 del 12 de febrero de 1847.

53 El 12 de febrero de 1847 la Legislatura integró la Diputación Permanente de su Primer Receso Extraordinario, presidida por el Diputado José Rafael González Rendón. Nombró como vocales a los diputados: Mariano Arizcorreta, Isidoro Olvera, Manuel Guerra Ganancia y José María Romero Díaz y como Suplente al Diputado Joaquín Jiménez.

Acta del 12 de febrero de 1847.

54 El 12 de febrero de 1847 la Legislatura efectuó la elección de los dos diputados que debían de ocupar la Comisión del Periódico Oficial y al Director y Repartidor de dicho Periódico.

Acta del 12 de febrero de 1847.

55 El 13 de febrero de 1847 la Legislatura determinó que su Periodo Extraordinario de Sesiones Extraordinarias se cerrara el día 15 de febrero (Colección de Decretos III: 86).

Decreto 27 del 13 de febrero de 1847.

56 El 15 de febrero de 1847 el Gobernador Francisco Modesto de Olaguíbel al acudir a la clausura del Primer Periodo Extraordinario de Sesiones de la Legislatura pronunció un discurso, al igual que el Presidente de la Legislatura, Diputado José María Romero.

Acta del 15 de febrero de 1847.

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57 El 1 de marzo de 1847 la Legislatura reunida en Junta integró la Mesa Directiva de su Primer Periodo Ordinario de Sesiones, presidida por el Diputado José María Villar. Nombró como Vicepresidente al Diputado José María Romero Díaz, como secretarios propietarios a los diputados: Mariano Arizcorreta y Eulogio Barrera y como secretarios suplentes a los diputados: José María Legorreta e Ignacio Gutiérrez.

Acta del 1 de marzo de 1847.

58 El 2 de marzo de 1847 el Gobernador Francisco Modesto de Olaguíbel al acudir a la apertura del Primer Periodo Ordinario de Sesiones de la Legislatura pronunció un discurso, al igual que el Presidente de la Legislatura, Diputado José María del Villar Bocanegra.

Acta del 2 de marzo de 1847.

59 El 9 de marzo de 1847 el Teniente Gobernador José Pérez y Fernández asumió la Titularidad del Poder Ejecutivo, en virtud de que la Legislatura le otorgó una licencia al Gobernador para ir al Distrito Federal (Archivo Histórico).

Proposición del 9 de marzo de 1847.

60 El 12 de marzo de 1847 la Legislatura nombró como individuos que debían integrar el Tribunal Supremo de Justicia a: Juan Álvarez, Alejandro Román, Lorenzo Calderón, Felipe Montaño, José Guadalupe Rubio, Francisco Barona, Lauro Cárdenas, Joaquín Martínez de Castro, Eligio García, Teodoro del Pazo, Gabino González, Nicolás Fernández, José Agreda, Luis González y Vicente Sánchez Barquera.

Acta del 12 de marzo de 1847.

61 El 13 de marzo de 1847 acudió a la Legislatura el Secretario de Gobierno a leer la Memoria de su ramo.

Acta del 13 de marzo de 1847.

62 El 15 de marzo de 1847 la Legislatura legitimó para los efectos civiles a Ana María Josefa Arizcorreta (Colección de Decretos III: 86).

Decreto 29 del 15 de marzo de 1847.

63 El 16 de marzo de 1847 la Legislatura erigió la Municipalidad de San Antonio la Isla (Colección de Decretos III: 86).

Decreto 30 del 16 de marzo de 1847.

64 El 17 de marzo de 1847 la Legislatura no autorizó un préstamo que le solicitaba el Gobierno de Veracruz al Gobierno del Estado de México (Colección de Decretos III: 87).

Decreto 31 del 17 de marzo de 1847.

65 El 18 de marzo de 1847 la Legislatura al declarar subversivo un Plan, ofreció el territorio del Estado como asilo a los Poderes de la Unión (Colección de Decretos III: 87).

Decreto 32 del 18 de marzo de 1847.

66 El 21 de marzo de 1847 asumió la Presidencia de la República Antonio López de Santa Anna (Secretaría de la Presidencia:279).

Acuerdo del 21 de marzo de 1847.

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67 El 23 de marzo de 1847 se incorporó a las sesiones de la Legislatura el Diputado Rafael María Martínez a rendir su protesta de ley.

Acta del 23 de marzo de 1847.

68 El 24 de marzo de 1847 la Legislatura nombró una comisión especial para que felicitara al Presidente de la República, Antonio López de Santa Anna, por el triunfo que había obtenido su comando en La Angostura.

Acta del 24 de marzo de 1847.

69 El 26 de marzo de 1847 la Legislatura erigió la Municipalidad de Almoloya del Río (Colección de Decretos III: 89).

Decreto 34 del 26 de marzo de 1847.

70 El 26 de marzo de 1847 la Legislatura al disponer que el Estado se adhiriera a la coalición promovida por el Estado de Jalisco nombró dos diputados comisionados (Colección de Decretos III: 89).

Decreto 35 del 26 de marzo de 1847.

71 El 28 de marzo de 1847 la Legislatura estableció el monto de la pensión de Montepío que correspondía a María Dolores Eriseo y María de la Asunción Carrasco (Colección de Decretos III: 89).

Decreto 33 del 28 de marzo de 1847.

72 El 29 de marzo de 1847 se reincorporó Francisco Modesto de Olaguíbel a la Gubernatura.

Acta del 29 de marzo de 1847.

73 El 29 de marzo de 1847 la Legislatura erigió la Municipalidad de Jojutla (Colección de Decretos III: 90).

Decreto 36 del 29 de marzo de 1847.

74 El 29 de marzo de 1847 la Legislatura determinó el modo de elegir a los comisionados diputados a la Coalición y la forma de cubrir sus dietas (Colección de Decretos III: 87).

Decreto 37 del 29 de marzo de 1847.

75 El 1 de abril de 1847 el Congreso General nombró a Pedro María Anaya como Presidente de la República (Archivo Histórico).

Decreto del 1 de abril de 1847.

76 El 3 de abril de 1847 la Legislatura nombró como Presidente de su Mesa Directiva al Diputado Tomás Ramón Moral y como Vicepresidente al Diputado Rafael María Martínez.

Acta del 3 de abril de 1847.

77 El 4 de abril de 1847 la Legislatura le concedió a la Ciudad de Tlalpan una feria anual (Colección de Decretos III: 91).

Decreto 38 del 4 de abril de 1847.

78 El 7 de abril de 1847 la Legislatura erigió la Municipalidad de San Pedro Actopan (Colección de Decretos III: 91).

Decreto 39 del 7 de abril de 1847.

79 El 7 de abril de 1847 la Legislatura incorporó el Pueblo de San Francisco Tepexoxuca a la Municipalidad de Tenango del Valle (Colección de Decretos III: 91).

Decreto 40 del 7 de abril de 1847.

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80 El 8 de abril de 1847 la Legislatura facultó a los ayuntamientos de: Chilpancingo, Tixtla, Zumpango y Apango, para que impusieran a los fabricantes de mezcal la contribución de un real por cada barril (Colección de Decretos III: 92).

Decreto 41 del 8 de abril de 1847.

81 El 8 de abril de 1847 la Legislatura nombró como representantes de la coalición promovida por el Estado de Jalisco a los diputados: Antonio Escudero y Domingo María Pérez y Fernández.

Acta del 8 de abril de 1847.

82 El 10 de abril de 1847 la Legislatura autorizó la integración de una comisión especial de su seno, encargada de reformar el Reglamento Interior del Congreso del Estado.

Acta del 10 de abril de 1847.

83 El 13 de abril de 1847 la Legislatura autorizó al Ejecutivo del Estado para imponer multas sobre el incumplimiento a sus órdenes y decretos (Colección de Decretos III: 92).

Decreto 42 del 13 de abril de 1847.

84 El 14 de abril de 1847 la Legislatura aprobó la minuta del decreto por la que concedía amnistía a quienes hubieran secundado una rebelión. No se publicó

Decreto 43 del 14 de abril de 1847.

85 El 14 de abril de 1847 la Legislatura acordó que el Diputado Eulogio Barrera sustituyera al Diputado Domingo María Pérez y Fernández, en la coalición de estados promovida por el de Jalisco.

Acta del 14 de abril de 1847.

86 El 17 de abril de 1847 la Legislatura integró una comisión especial de guerra por tres diputados.

Acta del 17 de abril de 1847.

87 El 21 de abril de 1847 la Legislatura incrementó los derechos de alcabala y demás contribuciones (Colección de Decretos III: 92).

Decreto 44 del 21 de abril de 1847.

88 El 21 de abril de 1847 se reincorporó a las sesiones de la Legislatura el Diputado Manuel Torres Cataño.

Acta del 21 de abril de 1847.

89 El 22 de abril de 1847 la Legislatura autorizó al Ejecutivo del Estado para que estableciera al menos cinco maestranzas (Colección de Decretos III: 93).

Decreto 45 del 22 de abril de 1847.

90 El 22 de abril de 1847 la Legislatura facultó al Ejecutivo del Estado para poner sobre las armas todas las fuerzas para hacer frente a la guerra contra los Estados Unidos (Colección de Decretos III: 93).

Decreto 46 del 22 de abril de 1847.

91 El 22 de abril de 1847 la Legislatura autorizó al Ejecutivo del Estado para obtener un préstamo forzoso sobre las fortunas más considerables y prominentes (Colección de Decretos III: 95).

Decreto 47 del 22 de abril de 1847.

92 El 22 de abril de 1847 la Legislatura facultó al Ejecutivo del Estado para que fijara el monto a cobrarse a los exentos de la Guardia Nacional (Colección de Decretos III: 98).

Decreto 48 del 22 de abril de 1847.

93 El 22 de abril de 1847 la Legislatura dispuso que el Pueblo de Alfajayuca siguiera unido al Partido de Ixmiquilpan (Colección de Decretos III: 97).

Decreto 50 del 22 de abril de 1847.

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94 El 22 de abril de 1847 la Legislatura nombró una comisión especial de su seno, para dirigir un manifiesto al pueblo del Estado, con motivo de la guerra contra los Estados Unidos.

Acta del 22 de abril de 1847.

95 El 23 de abril de 1847 la Legislatura autorizó al Ayuntamiento de Ixmiquilpan para que impusiera una contribución por cada cuartillo de sembradora de riego entero y por el medio riego (Colección de Decretos III: 97).

Decreto 49 del 23 de abril de 1847.

96 El 23 de abril de 1847 la Legislatura declaró vigente el cobro de la contribución directa para invertir sus productos en el arreglo y mejora de las escuelas (Colección de Decretos III: 98).

Decreto 51 del 23 de abril de 1847.

97 El 24 de abril de 1847 la Legislatura concedió amnistía a todos los habitantes del Estado por delitos políticos (Colección de Decretos III: 98).

Decreto 52 del 24 de abril de 1847.

98 El 24 de abril de 1847 la Legislatura tomó conocimiento de la proclama que dirigió a los pueblos del Estado con motivo de la guerra contra los Estados Unidos.

Acta del 24 de abril de 1847.

99 El 26 de abril de 1847 la Legislatura le concedió al Pueblo de Actopan el título de Villa (Colección de Decretos III: 99).

Decreto 53 del 26 de abril de 1847.

100 El 26 de abril de 1847 la Legislatura aprobó la sustitución de miembros en sus comisiones, para ocupar las vacantes dejadas por los diputados.

Acta del 26 de abril de 1847.

101 El 27 de abril de 1847 la Legislatura separó la Municipalidad de Joquicingo del Partido de Tenancingo para agregarla al Partido de Tenango (Colección de Decretos III: 99).

Decreto 54 del 27 de abril de 1847.

102 El 30 de abril de 1847 la Legislatura autorizó al Ejecutivo del Estado para que le pasara al hospital hospicio de San Juan de Dios hasta 200 pesos mensuales, mientras durara la guerra exterior (Colección de Decretos III:100).

Decreto 55 del 30 de abril de 1847.

103 El 4 de mayo de 1847 la Legislatura nombró como Presidente de su Mesa Directiva al Diputado Isidoro Olvera y como Vicepresidente al Diputado Tomás Ramón del Moral.

Actas del 3 y 4 de mayo de 1847.

104 El 6 de mayo de 1847 la Legislatura autorizó al Ayuntamiento de Toluca para que impusiera una contribución a efectos y giros de primera necesidad (Colección de Decretos III:100).

Decreto 56 del 6 de mayo de 1847.

105 El 7 de mayo de 1847 la Legislatura autorizó al Ejecutivo del Estado para que contratara la compostura del camino entre Toluca y Morelia (Colección de Decretos III:101).

Decreto 57 del 7 de mayo de 1847.

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106 El 10 de mayo de 1847 la Legislatura dispuso abrir el registro de voluntarios de la Guardia Nacional para enfrentar la guerra contra los Estados Unidos y para que quienes participaran como voluntarios obtuvieran la adjudicación de terrenos baldíos (Colección de Decretos III:102).

Decreto 58 del 10 de mayo de 1847.

107 El 15 de mayo de 1847 acudió a la Legislatura el Diputado Suplente Alejandro Villaseñor a rendir su protesta de ley.

Acta del 15 de mayo de 1847.

108 El 15 de mayo de 1847 la Legislatura postuló a Ángel Arias al cargo de Presidente de la República.

Acta del 15 de mayo de 1847.

109 El 18 de mayo de 1847 el Congreso General dispuso la erección del Estado de Guerrero con los distritos de: Acapulco, Chilapa y Tasco del Estado de México, el Distrito de Tlapa del Estado de Puebla y la Municipalidad de Coyuca del Estado de Michoacán (Secretaría de Gobernación).

Acta Constitutiva y de Reformas de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos del 18 de mayo de 1847.

110 El 20 de mayo de 1847 asumió la Presidencia de la República Antonio López de Santa Anna (Secretaría de la Presidencia: 282).

Secretaría de la Presidencia, 1976.

111 El 20 de mayo de 1847 el Congreso General expidió la Ley de Solemnidades para Jurar la Constitución (Dublan V: 279).

Ley del 20 de mayo de 1847.

112 El 29 de mayo de 1847 la Legislatura expidió el Presupuesto del Estado de México para el Año Económico del 2 de junio de 1847 al 2 de junio de 1848, en el cual se mantuvieron las percepciones anuales de los diputados en $3,000.00 (Colección de Decretos III:103).

Decreto 59 del 29 de mayo de 1847.

113 El 29 de mayo de 1847 la Legislatura integró la Diputación Permanente de su Primer Receso, presidida por el Diputado Mariano Arizcorreta. Nombró como Secretario al Diputado José María Romero Díaz, como miembros a los diputados: Ignacio Gutiérrez, Eulalio María Ortega y José María Verdiguel y como Suplente al Diputado José María Villar y Bocanegra.

Acta del 29 de mayo de 1847.

114 El 31 de mayo de 1847 la Legislatura determinó que se levantaran en el Estado secciones ligeras de voluntarios de la Guardia Nacional (Colección de Decretos III:109).

Decreto 60 del 31 de mayo de 1847.

115 El 1 de junio de 1847 la Legislatura declaró válidos los cursos impartidos por: Reinaldo González y José Ignacio Vera (Colección de Decretos III:113).

Decreto 62 del 1 de junio de 1847.

116 El 2 de junio de 1847 la Legislatura liberó de la pena de comiso a los efectos de lícito comercio que transitaren por el Estado sin los requisitos legales (Colección de Decretos III:112).

Decreto 61 del 2 de junio de 1847.

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117 El 2 de junio de 1847 la Legislatura autorizó a la Diputación Permanente para variar la Residencia de los Supremos Poderes del Estado (Colección de Decretos III:113).

Decreto 63 del 2 de junio de 1847.

118 El 2 de junio de 1847 el Gobernador Francisco Modesto de Olaguíbel al acudir a la clausura del Primer Periodo Ordinario de Sesiones de la Legislatura pronunció un discurso, al igual que el Presidente de la Legislatura, Diputado Isidoro Olvera.

Acta del 2 de junio de 1847.

119 El 17 de junio de 1847 el Presidente de la República impuso una contribución por un millón de pesos a todos los habitantes del país (Archivo Histórico).

Decreto del 17 de junio de 1847.

120 El 30 de junio de 1847 el Gobernador distribuyó entre los distritos la contribución de guerra que le fue impuesta al Estado por el Gobierno Federal (Archivo Histórico).

Reglamento del Ejecutivo del 30 de junio de 1847.

121 El 5 de julio de 1847 el Teniente Gobernador Diego José Pérez y Fernández en el ejercicio del Poder Ejecutivo, emitió un exhorto a los habitantes del Estado para que empuñaran las armas en defensa de la Nación (Archivo Histórico).

Manifiesto del Ejecutivo del 5 de julio de 1847.

122 El 15 de agosto de 1847 la Legislatura reunida en Junta integró la Mesa Directiva de su Segundo Periodo Ordinario de Sesiones, presidida por el Diputado Joaquín Jiménez. Nombró como secretarios propietarios a los diputados: Antonio Escudero y Manuel Guerra.

Decreto 65 del 18 de septiembre de 1847.

123 El 15 de agosto de 1847 el Gobernador Francisco Modesto de Olaguíbel al acudir a la Legislatura a la apertura de su Segundo Periodo Ordinario de Sesiones pronunció un discurso, al igual que el Presidente de la Legislatura, Diputado Joaquín Jiménez. El Gobernador se reincorporó a su cargo (El Porvenir: 17/08/1847).

Discurso del 15 de agosto de 1847.

124 El 23 de agosto de 1847 la Legislatura dirigió una carta al Presidente de la República, en donde manifestaba su rechazo a la cesión de parte del territorio nacional a los Estados Unidos (Archivo Histórico).

Carta del 23 de agosto de 1847.

125 El 13 de septiembre de 1847 el Teniente Gobernador Diego José Pérez y Fernández se hizo cargo del Poder Ejecutivo (Archivo Histórico).

Manifiesto del Gobernador del 13 de septiembre de 1847.

126 El 16 de septiembre de 1847 la Legislatura al concederle facultades extraordinarias al Gobierno con excepción del Ramo de Justicia, dispuso la formación de una Junta Legislativa compuesta de tres diputados (Colección de Decretos III:113).

Decreto 64 del 16 de septiembre de 1847.

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127 El 16 de septiembre de 1847 asumieron la Presidencia de la República: Manuel de la Peña y Peña, José Joaquín de Herrera y José Lino Alcorta (Secretaría de la Presidencia: 284).

Secretaría de la Presidencia, 1976.

128 El 18 de septiembre de 1847 la Legislatura declaró Ciudadano del Estado a Francisco Garay (Colección de Decretos III:115).

Decreto 65 del 18 de septiembre de 1847.

129 El 19 de septiembre de 1847 la Legislatura autorizó el traslado de los Supremos Poderes del Estado a Sultepec para hacer frente a la Guerra (Colección de Decretos III:115).

Decreto 66 del 19 de septiembre de 1847.

130 No se publicó Decreto 67.

131 El 27 de septiembre de 1847 se hizo cargo de la Presidencia de la República Manuel de la Peña y Peña (Secretaría de la Presidencia: 287).

Secretaría de la Presidencia, 1976.

132 El 1 de octubre de 1847 la Legislatura ordenó que se imprimieran los decretos y órdenes expedidos por los congresos del Estado y la Asamblea Departamental (Colección de Decretos III:116).

Decreto 68 del 1 de octubre de 1847.

133 El 10 de octubre de 1847 el Gobernado editó el primer número del Periódico Oficial del Poder Ejecutivo intitulado “Papel Oficial” (Papel Oficial del Poder Ejecutivo, 10/10/1847).

Papel Oficial del 10 de octubre de 1847.

134 El 16 de octubre de 1847 la Legislatura al extinguir las alcabalas determinó que debían cubrirse derechos por elaboración de aguardiente y azúcar y a los establecimientos industriales, talleres, giros mercantiles y demás negociaciones. Ordenó castigar a los servidores públicos que cometieran fraude (Colección de Decretos III:117).

Decreto 69 del 16 de octubre de 1847.

135 El 16 de octubre de 1847 la Legislatura integró la Diputación Permanente de su Primer Receso, presidida por el Diputado Joaquín Jiménez. Nombró como Secretario al Diputado José María Verdiguel y Fernández, como miembros a los diputados: Antonio Escudero, José María Romero Díaz y Manuel Torres Cataño y como Suplente al Diputado Isidoro Olvera.

Decreto 8 de la Diputación Permanente del 7 de febrero de 1848.

136 El 16 de octubre de 1847 la Legislatura nombró a los tres diputados integrantes de la Junta Legislativa.

Decreto 64 del 16 de septiembre de 1847.

137 El 16 de octubre de 1847 el Gobernador Francisco Modesto de Olaguíbel al acudir a la Legislatura a la clausura de su Segundo Periodo Ordinario de Sesiones de la Legislatura pronunció un discurso. El Gobernador se reincorporó a su cargo (Papel Oficial del Poder Ejecutivo, 17/10/1847).

Discurso del 16 de octubre de 1847.

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138 El 19 de octubre de 1847 el Gobernador promulgó el decreto de la Junta Legislativa, por la que le concedió una pensión a Bernardina Chousal (Colección de Decretos III: 226).

Decreto 2 de la Junta Legislativa del 19 de octubre de 1847.

139 El 14 de noviembre de 1847 Pedro María Anaya asumió la Presidencia de la República (Cámara de Diputados I: 311).

Secretaría de la Presidencia, 1976.

140 El 20 de noviembre de 1847 el Gobernador promulgó el decreto de la Junta Legislativa, por el que encomendó al Presidente del Tribunal Superior de Justicia la formación de los proyectos del Código Penal y del Código de Procedimientos (Colección de Decretos III: 225).

Decreto 1 de la Junta Legislativa del 20 de noviembre de 1847.

141 El 23 de noviembre de 1847 el Gobernador reglamentó el decreto número 69 del 16 de octubre de 1847, para facilitar el cobro de las alcabalas (Colección de Decretos III: 228).

Decreto del Ejecutivo del 23 de noviembre de 1847.

142 El 7 de diciembre de 1847 el Gobernador promulgó el decreto de la Junta Legislativa, por el que dispuso la creación de una Casa de Moneda (Colección de Decretos III: 226).

Decreto 3 de la Junta Legislativa del 7 de diciembre de 1847.

143 El 7 de diciembre de 1847 el Gobernador promulgó el decreto de la Junta Legislativa, por el que ordenó el establecimiento de ensayes de plata en: Toluca, Taxco, Sultepec, Pachuca y Zimapán (Colección de Decretos III: 226).

Decreto 4 de la Junta Legislativa del 7 de diciembre de 1847.

144 El 9 de diciembre de 1847 el Gobernador promulgó el decreto de la Junta Legislativa, por el que aprobó las instrucciones dadas por la Legislatura de Guanajuato a los comisionados por este Estado (Colección de Decretos III: 229).

Decreto 5 de la Junta Legislativa del 9 de diciembre de 1847.

145 El 11 de diciembre de 1847 el Gobernador promulgó el decreto de la Junta Legislativa, por el que ordenó que las suscripciones al Periódico El Porvenir y la reimpresión de los decretos las realizaran los recaudadores de los distritos y sus subalternos (Colección de Decretos III: 231).

Decreto 6 de la Junta Legislativa del 11 de diciembre de 1847.

146 El 22 de diciembre de 1847 el Gobernador promulgó el decreto de la Junta Legislativa, por el que ordenó reproducir la protesta del Congreso contra los tratados de paz que se celebraran con los Estados Unidos (Colección de Decretos III: 232).

Decreto 7 de la Junta Legislativa del 22 de diciembre de 1847.

147 El 18 de enero de 1848 el Congreso General designó a Manuel de la Peña y Peña como Presidente Provisional de la República (Secretaría de la Presidencia: 295).

Secretaría de la Presidencia, 1976.

148 El 2 de febrero de 1848 el Gobierno Federal firmó el Tratado de Guadalupe Hidalgo que puso fin a la guerra contra los Estados Unidos ((Torre Villar de la: 229).

Tratado del 2 de febrero de 1848.

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149 El 7 de febrero de 1848 al instalarse los Supremos Poderes en Metepec, la Junta Legislativa nombró como Gobernador Provisional a Manuel Gracida (Colección de Decretos III: 232).

Decreto 8 de la Diputación Permanente del 7 de febrero de 1848.

150 El 11 de febrero de 1848 el Gobernador en Metepec promulgó el decreto de la Junta Legislativa, por el que aceptó la renuncia de Francisco Modesto de Olaguíbel como Gobernador Constitucional (Colección de Decretos III: 233).

Decreto 9 de la Junta Legislativa del 11 de febrero de 1848.

151 El 22 de febrero de 1848 el Gobernador en Metepec promulgó el decreto de la Junta Legislativa, por el que ordenó cesar los montepíos de empleados (Colección de Decretos III: 234).

Decreto 10 de la Junta Legislativa del 22 de febrero de 1848.

152 El 22 de febrero de 1848 el Gobernador en Metepec promulgó el decreto de la Junta Legislativa, por el que revocó el decreto que había establecido la traslación de los Supremos Poderes del Estado a Sultepec (Colección de Decretos III: 234).

Decreto 11 de la Junta Legislativa del 22 de febrero de 1848.

153 El 23 de febrero de 1848 el Gobernador en Metepec promulgó el decreto de la Junta Legislativa, por el que expidió las Bases Generales de las Oficinas Superiores de Hacienda, en las que dispuso que la dirección de las rentas las ejerciera el Gobierno en lo resolutivo, que la de distribución de las rentas la Tesorería y que la contabilidad de las rentas la Contaduría (Colección de Decretos III: 235).

Decreto 12 de la Junta Legislativa del 23 de febrero de 1848.

154 El 25 de febrero de 1848 el Gobernador en Metepec promulgó el decreto de la Junta Legislativa, por el que derogó el decreto por el que se facultaba a los ayuntamientos para designar a los que debían entrar al servicio de las armas (Colección de Decretos III: 244).

Decreto 13 de la Junta Legislativa del 25 de febrero de 1848.

155 El 28 de abril de 1848 el Gobernador en Metepec promulgó el decreto de la Junta Legislativa, por el que habilitó a Javier Aguilar y Bustamante para ejercer la Abogacía en los tribunales del Estado (Colección de Decretos III: 244).

Decreto 14 de la Junta Legislativa del 28 de abril de 1848.

156 El 28 de abril de 1848 la Legislatura reunida en Junta en Metepec, integró la Mesa Directiva de su Tercer Periodo Ordinario de Sesiones, presidida por el Diputado Antonio Escudero. Nombró como secretarios propietarios a los diputados: José María Romero Díaz y Eulogio Barrera y como Secretario Suplente al Diputado Isidoro Olvera.

Decreto 70 del 28 de abril de 1848 y decreto 71 del 26 de mayo de 1848.

157 El 28 de abril de 1848 la Legislatura en Metepec nombró a Mariano Arizcorreta como Gobernador Constitucional y a José Bernardino Alcalde como Teniente Gobernador (Colección de Decretos III: 165).

Decreto 70 del 28 de abril de 1848.

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158 El 26 de mayo de 1848 la Legislatura en Metepec convocó a su renovación total al disponer la elección de 22 diputados propietarios y cuatro suplentes (Colección de Decretos III: 165).

Decreto 71 del 26 de mayo de 1848.

159 El 26 de mayo de 1848 fungía como Presidente de la Mesa Directiva de la Legislatura el Diputado Joaquín Jiménez.

Decreto 71 del 26 de mayo de 1848.

160 El 31 de mayo de 1848 la Legislatura reglamentó la función de la seguridad pública en las poblaciones (Colección de Decretos III: 172).

Decreto 73 del 31 de mayo de 1848.

161 El 31 de mayo de 1848 la Legislatura estableció premios a los recaudadores de impuestos (Colección de Decretos III: 177).

Decreto 74 del 31 de mayo de 1848.

162 El 1 de junio de 1848 la Legislatura jubiló a Juan Armada (Colección de Decretos III: 178).

Decreto 75 del 1 de junio de 1848.

163 El 2 de junio de 1848 la Legislatura expidió el Presupuesto del Estado de México para el Año Económico del 2 de junio de 1848 al 2 de junio de 1849, en el cual se mantuvieron las percepciones de los diputados en $3,000.00 y se dispuso que la Tesorería remitiera mensualmente al Congreso o a la Diputación Permanente sus estados financieros (Colección de Decretos III: 166).

Decreto 72 del 2 de junio de 1848.

164 El 2 de junio de 1848 la Legislatura facultó al Ejecutivo del Estado para que designara las dotaciones a los ensayadores (Colección de Decretos III: 178).

Decreto 76 del 2 de junio de 1848.

165 El 2 de junio de 1848 la Legislatura clausuró su Tercer Periodo Ordinario de Sesiones, bajo la Presidencia del Diputado Joaquín Jiménez.

Decreto 76 del 2 de junio de 1848.

166 El 2 de junio de 1848 asumió la Presidencia de la República José Joaquín de Herrera (Archivo Histórico).

Comunicado del 4 de junio de 1848.

167 El 10 de junio de 1848 el Gobernador reglamentó el decreto número 73 del 31 de mayo de 1848, para que los ciudadanos contribuyeran a preservar la seguridad pública en las poblaciones (Colección de Decretos III: 172).

Reglamento del Ejecutivo del 10 de junio de 1848.

168 El 23 de junio de 1848 el Gobernador mandó reproducir y difundir mediante un bando los artículos constitucionales y la Ley de Elecciones (Colección de Decretos III: Archivo Histórico).

Bando del Ejecutivo del 23 de junio de 1848.

169 El 11 de agosto de 1848 se incorporó a las sesiones de la Legislatura reunida en Junta el Diputado Felipe Sánchez Solís.

Acta del 11 de agosto de 1848.

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170 El 11 de agosto de 1848 la Legislatura reunida en Junta integró la Mesa Directiva de su Cuarto Periodo Ordinario de Sesiones, presidida por el Diputado Eulogio Barrera. Nombró como Vicepresidente al Diputado Felipe Sánchez Solís, como secretarios propietarios a los diputados: José María Villar y Bocanegra y Simón Guzmán y como secretarios suplentes a los diputados: Manuel Torres Cataño y Joaquín Jiménez.

Acta del 11 de agosto de 1848.

171 El 15 de agosto de 1848 el Gobernador Mariano Arizcorreta al acudir a la Legislatura a la apertura de su Cuarto Periodo Ordinario de Sesiones pronunció un discurso, al igual que el Presidente de la Legislatura, Diputado Eulogio Barrera.

Acta del 15 de agosto de 1848.

172 El 16 de agosto de 1848 la Legislatura aprobó la sustitución de individuos en sus comisiones.

Acta del 16 de agosto de 1848.

173 El 18 de agosto de 1848 la Legislatura nombró a los integrantes de la Comisión Especial de Revisión del Código.

Acta del 18 de agosto de 1848.

174 El 18 de agosto de 1848 acudió a la Legislatura el Diputado Juan de Dios Lozano a rendir su protesta de ley.

Acta del 18 de agosto de 1848.

175 El 21 de agosto de 1848 la Legislatura admitió la renuncia de Román Gamboa al empleo de Fiscal Segundo Interino del Tribunal Superior de Justicia.

Acta del 21 de agosto de 1848.

176 El 22 de agosto de 1848 la Legislatura tomó conocimiento de la renovación de integrantes de sus comisiones.

Acta del 22 de agosto de 1848.

177 El 25 de agosto de 1848 la Legislatura nombró a Antonio Mesías como Fiscal Segundo Interino del Tribunal Superior de Justicia.

Acta del 25 de agosto de 1848.

178 El 30 de agosto de 1848 la Legislatura erigió la Municipalidad de Molango (Colección de Decretos III: 178).

Decreto 77 del 30 de agosto de 1848.

179 El 30 de agosto de 1848 la Legislatura dispuso que la Tesorería emitiera bonos y certificados para pagar la deuda del Estado (Colección de Decretos III: 178).

Decreto 78 del 30 de agosto de 1848.

180 El 2 de septiembre de 1848 la Legislatura remitió una iniciativa de ley al Congreso de la Unión, para que el Ejército de Tierra se compusiera de nacionales (El Porvenir: 5/09/1848)

Iniciativa del 2 de septiembre de 1848.

181 El 6 de septiembre de 1848 la Legislatura designó como integrantes de la Sección de Gran Jurado a los diputados: Eulogio Barrera, Antonio Escudero, Ignacio Gutiérrez, Felipe Sánchez Solís, Juan de Dios Lozano y Simón Guzmán.

Acta del 6 de septiembre de 1848.

182 El 7 de septiembre de 1848 la Legislatura prohibió a los alcaldes y auxiliares autorizar escrituras y certificados sobre contratos de cualquier materia (Colección de Decretos III: 178).

Decreto 79 del 7 de septiembre de 1848.

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183 El 7 de septiembre de 1848 la Legislatura erigió la Municipalidad de Mexquititlán (Colección de Decretos III: 178).

Decreto 80 del 7 de septiembre de 1848.

184 El 7 de septiembre de 1848 la Legislatura acordó que al Magistrado Mariano Villela se le pagaran sus sueldos pendientes para que se dedicara a la conclusión del Proyecto de Código en lo Criminal (Colección de Decretos III: 181).

Decreto 81 del 7 de septiembre de 1848.

185 El 7 de septiembre de 1848 acudió a la Legislatura el Secretario de Hacienda para tratar lo referente a las observaciones hechas a la Ley de Bonos.

Acta del 7 de septiembre de 1848.

186 El 12 de septiembre de 1848 la Legislatura autorizó al Ejecutivo del Estado para gastar hasta dos mil pesos en la traslación de los archivos a Toluca (Colección de Decretos III: 181).

Decreto 82 del 12 de septiembre de 1848.

187 El 15 de septiembre de 1848 la Legislatura nombró como Presidente de su Mesa Directiva al Diputado Teodoro Riveroll y como vicepresidentes a los diputados: Juan de Dios Lozano e Ignacio Gutiérrez.

Acta del 15 de septiembre de 1848.

188 El 25 de septiembre de 1848 la Legislatura aprobó el pago de los sueldos a los visitadores de las administraciones de los distritos y sus escribientes (Colección de Decretos III: 181).

Decreto 83 del 25 de septiembre de 1848.

189 El 26 de septiembre de 1848 la Legislatura dispuso que los ayuntamientos que fueren omisos en la recaudación de la contribución directa fuesen responsables de todo lo que dejare de recaudarse (Colección de Decretos III: 181).

Decreto 85 del 26 de septiembre de 1848.

190 El 26 de septiembre de 1848 la Legislatura dispuso que el Distrito de Huejutla continuase dividido en los partidos de: Mextitlán, Huejutla, Yahualica y Zacualtipán (Colección de Decretos III: 186).

Decreto 86 del 26 de septiembre de 1848.

191 El 28 de septiembre de 1848 la Legislatura cesó los tribunales mercantiles y de minería y dispuso la elección de diputaciones territoriales (Colección de Decretos III: 181).

Decreto 84 del 28 de septiembre de 1848.

192 El 29 de septiembre de 1848 la Legislatura le concedió la pensión de Montepío a María de la Luz Peña Roja (Colección de Decretos III: 186).

Decreto 87 del 29 de septiembre de 1848.

193 El 30 de septiembre de 1848 la Legislatura estableció la plaza de Director de Caminos del Estado (Colección de Decretos III: 187).

Decreto 89 del 30 de septiembre de 1848.

194 El 1 de octubre de 1848 la Legislatura nombró a José Bernardino Alcalde como Teniente Gobernador para el cuatrienio que iniciaría el 12 de marzo de 1849 (Colección de Decretos III: 187).

Decreto 88 del 1 de octubre de 1848.

195 El 6 de octubre de 1848 la Legislatura aprobó la minuta del decreto que pretendía regular el derecho de petición de los ciudadanos. No se publicó

Decreto 90 del 6 de octubre de 1848.

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196 El 6 de octubre de 1848 la Legislatura nombró a Donaciano Mendoza como Fiscal Sustituto del Tribunal Superior de Justicia.

Acta del 6 de octubre de 1848.

197 El 9 de octubre de 1848 la Legislatura le concedió una pensión a Bernardina Chousal (Colección de Decretos III: 187).

Decreto 91 del 9 de octubre de 1848.

198 El 9 de octubre de 1848 la Legislatura separó el Pueblo de San Salvador Cuatenca de la Municipalidad de San Pedro Actopan para agregarlo a la Municipalidad de Xochimilco (Colección de Decretos III: 188).

Decreto 93 del 9 de octubre de 1848.

199 El 10 de octubre de 1848 la Legislatura declaró válidas las elecciones para diputados de la próxima Legislatura.

Acta del 10 de octubre de 1848.

200 El 11 de octubre de 1848 la Legislatura erigió la Municipalidad de Tlalnepantla Cuautenca (Colección de Decretos III: 187).

Decreto 92 del 11 de octubre de 1848.

201 El 11 de octubre de 1848 la Legislatura dispuso que en todas las escuelas primarias se enseñara la Constitución Federal, la Particular y el Catecismo Político y se premiara a los alumnos más destacados en estas materias (Colección de Decretos III: 188).

Decreto 94 del 11 de octubre de 1848.

202 El 12 de octubre de 1848 la Legislatura le concedió licencia al Ayuntamiento de Tlayacapa para vender las casas viejas llamadas Reales (Colección de Decretos III: 189).

Decreto 95 del 12 de octubre de 1848.

203 El 12 de octubre de 1848 la Legislatura integró la Diputación Permanente de su Cuarto Receso, presidida por el Diputado José María Romero Díaz. Nombró como miembros a los diputados: Isidoro Olvera, Antonio Escudero, José María Legorreta y Eulogio Barrera y como Suplente al Diputado Juan de Dios Lozano.

Acta del 12 de octubre de 1848.

204 El 12 de octubre de 1848 acudió a la Legislatura el Secretario de Hacienda, a manifestar que el Puerto de Tampico había sido invadido por los Estados Unidos.

Acta del 12 de octubre de 1848.

205 El 13 de octubre de 1848 la Legislatura no aprobó la renuncia que había hecho a su cargo el Gobernador Mariano Arizcorreta.

Acta del 13 de octubre de 1848.

206 El 14 de octubre de 1848 la Legislatura le concedió al Pueblo de Huascazaloya la facultad para cobrar el impuesto de tres granos por arroba al pulque (Colección de Decretos III: 189).

Decreto 96 del 14 de octubre de 1848.

207 El 15 de octubre de 1848 la Legislatura le concedió al Pueblo de Metepec el título de Villa (Colección de Decretos III: 189).

Decreto 97 del 15 de octubre de 1848.

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208 El 15 de octubre de 1848 la Legislatura reformó el decreto que el 16 de octubre de 1847 que arregló las contribuciones directas, para precisar las tarifas y la normatividad de las mismas (Colección de Decretos III: 190).

Decreto 98 del 15 de octubre de 1848.

209 El 16 de octubre de 1848 la Legislatura determinó que los empleados de los distritos de: Taxco, Chilapa y Acapulco que no quisieran permanecer al Estado de Guerrero podían reincorporarse al de México (Colección de Decretos III: 190).

Decreto 99 del 16 de octubre de 1848.

210 El 16 de octubre de 1848 la Legislatura ordenó la reposición de las elecciones de diputados locales (Colección de Decretos III: 203).

Decreto 100 del 16 de octubre de 1848.

211 El 16 de octubre de 1848 la Legislatura volvió a habilitar ciudadanos para ejercer la Abogacía en los tribunales del Estado, al concederles este privilegio a: José Rafael González Rendón y Antonio Escudero (Colección de Decretos III: 205).

Decreto 101 del 16 de octubre de 1848.

212 El 16 de octubre de 1848 la Legislatura le concedió una pensión a María Petra Pino (Colección de Decretos III: 205).

Decreto 102 del 16 de octubre de 1848.

213 El 16 de octubre de 1848 la Legislatura determinó que la Cabecera de la Municipalidad de Tláhuac en lo sucesivo fuera el Pueblo de San Francisco Tlaltenco (Colección de Decretos III: 205).

Decreto 103 del 16 de octubre de 1848.

214 El 16 de octubre de 1848 el Gobernador Mariano Arizcorreta al acudir a la clausura del Cuarto Periodo Ordinario de Sesiones de la Legislatura pronunció un discurso, al igual que el Presidente de la Legislatura, Diputado Teodoro Riveroll.

Discurso del 16 de octubre de 1848.

215 El 16 de octubre de 1848 se instaló la Diputación Permanente del Cuarto Receso de la Legislatura, bajo la Presidencia del Diputado José María Romero Díaz.

Acta del 16 de octubre de 1848.

216 El 20 de octubre de 1848 el Gobernador al reglamentar el decreto número 100 del 20 de octubre de 1848, estableció las bases para las elecciones de diputados locales, las cuales se efectuarían los días 10 y 24 de diciembre (Colección de Decretos III: 205).

Decreto del Ejecutivo del 20 de octubre de 1848.

217 El 21 de octubre de 1848 la Diputación Permanente convocó a la Legislatura a su Segundo Periodo Extraordinario de Sesiones (Colección de Decretos III: 205).

Convocatoria del 21 de octubre de 1848.

218 El 28 de octubre de 1848 el Gobernador reglamentó el decreto número 98 del 15 de octubre de 1848, para precisar el modo de cubrir las contribuciones directas y determinar las cantidades que debían afianzar los administradores (Colección de Decretos III: 190).

Decreto del Ejecutivo del 28 de octubre de 1848.

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219 El 11 de noviembre de 1848 la Legislatura reunida en Junta integró la Mesa Directiva de su Segundo Periodo Extraordinario de Sesiones, presidida por el Diputado Simón Guzmán. Nombró como Vicepresidente al Diputado José María Legorreta, como secretarios propietarios a los diputados: Antonio Escudero y Manuel Guerra Ganancia y como secretarios suplentes a los diputados: José María Verdiguel y Teodoro Riveroll.

Acta del 11 de noviembre de 1848.

220 El 12 de noviembre de 1848 el Gobernador Mariano Arizcorreta al acudir a la Legislatura a la apertura del su Segundo Periodo Extraordinario de Sesiones pronunció un discurso, al igual que el Presidente de la Legislatura, Diputado Simón Guzmán.

Discurso del 12 de noviembre de 1848.

221 El 15 de noviembre de 1848 la Legislatura nombró una comisión para analizar los artículos del Reglamento de la Ley de Elecciones que habían sido anulados por el Congreso General.

Acta del 15 de noviembre de 1848.

222 El 20 de noviembre de 1848 el Gobernador determinó que la Junta General del Estado eligiera a los diputados el 1 de febrero de 1849 (Colección de Decretos III: 204).

Reglamento del Ejecutivo del 20 de noviembre de 1848.

223 El 2 de diciembre de 1848 la Legislatura secundó la iniciativa de decreto al Congreso de la Unión que presentaron los congresos de: Puebla, Jalisco y Querétaro, para anular la contrata de tabaco celebrada por el Gobierno Federal.

Acta del 2 de diciembre de 1848.

224 El 11 de diciembre de 1848 el Gobernador fijó reglas para el manejo de los fondos y arbitrios municipales (Archivo Histórico).

Bando del Ejecutivo del 11 de diciembre de 1848.

225 El 13 de diciembre de 1848 la Legislatura nombró como Presidente de su Mesa Directiva al Diputado Isidoro Olvera y como Vicepresidente al Diputado José María Romero Díaz.

Acta del 13 de diciembre de 1848.

226 El 14 de diciembre de 1848 la Legislatura autorizó al Ejecutivo del Estado para que gastara hasta 500 pesos en la reposición del Ensaye de Pachuca (Colección de Decretos III: 205).

Decreto 104 del 14 de diciembre de 1848.

227 El 16 de diciembre de 1848 la Legislatura determinó que la Cabecera de la Municipalidad de Miacatlán se trasladara al Pueblo de Mazatepec (Colección de Decretos III: 105).

Decreto 105 del 16 de diciembre de 1848.

228 El 18 de diciembre de 1848 la Legislatura nombró una comisión especial de su seno, para analizar las actas de las elecciones de senadores.

Acta del 18 de diciembre de 1848.

229 El 19 de diciembre de 1848 la Legislatura nombró como senadores propietarios a: Mariano Riva Palacio y Ramón Gamboa y como suplentes a: Cayetano Ibarra y José de Villar y Bocanegra.

Acta del 19 de diciembre de 1848.

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230 El 21 de diciembre de 1848 la Legislatura instruyó al Ejecutivo del Estado para que suspendiera las elecciones para renovar al Congreso hasta en tanto se resolviera la controversia constitucional sobre el Reglamento de Elecciones que expidió el Ejecutivo.

Acta del 21 de diciembre de 1848.

231 El 22 de diciembre de 1848 la Legislatura aprobó la minuta del decreto por la que se proponía que la Municipalidad de Tenango Tepopula se separara del Partido de Chalco para agregarla al Partido de Amecameca. No se publicó

Decreto 106 del 22 de diciembre de 1848.

232 El 3 de enero de 1849 la Legislatura dio reglas a los jueces para admitir las demandas sobre redenciones de capitales pertenecientes a capellanías, obras pías o cualesquiera otros fondos eclesiásticos (Colección de Decretos III: 206).

Decreto 107 del 3 de enero de 1849.

233 El 8 de enero de 1849 la Legislatura indicó que todos los Poderes del Estado y todas las autoridades y funcionarios del mismo no tienen más facultades que las concedidas en la Constitución y en las leyes (Colección de Decretos III: 207).

Decreto 108 del 8 de enero de 1849.

234 El 8 de enero de 1849 la Legislatura dispensó del pago de multas a quienes no hubieran cumplido con la contribución impuesta a los salarios y sueldos (Colección de Decretos III: 207).

Decreto 109 del 8 de enero de 1849.

235 El 8 de enero de 1849 la Legislatura integró una comisión especial de su seno, para estudiar lo referente a una conspiración iniciada el 2 de enero.

Acta del 8 de enero de 1849.

236 El 9 de enero de 1849 la Legislatura aprobó la minuta del decreto 111 por el que pretendía establecer una lotería a favor del Instituto Literario. No se publicó

Decreto 111 del 9 de enero de 1849.

237 El 9 de enero de 1849 la Legislatura determinó que cada una de las municipalidades debía mandar un alumno becado al Instituto Literario de la Capital (Colección de Decretos III: 208).

Decreto 112 del 9 de enero de 1849.

238 El 10 de enero de 1849 la Legislatura aprobó la minuta del decreto, por la que proponía que el Gobierno ordenará a los administradores que a los prefectos solo se les dé la media paga que les señala el Presupuesto. No se publicó.

Decreto 110 del 10 de enero de 1849.

239 El 12 de enero de 1849 la Legislatura nombró como Presidente de su Mesa Directiva al Diputado José María Madariaga y como Vicepresidente al Diputado Manuel Torres Cataño.

Acta del 12 de enero de 1849.

240 El 13 de enero de 1849 la Legislatura nombró al Diputado Antonio Escudero como Encargado de la Redacción del Periódico Oficial.

Acta del 13 de enero de 1849.

241 El 16 de enero de 1849 se presentó a la Legislatura el Secretario de Hacienda, para señalar que la Tesorería se ocupaba de la liquidación de la deuda.

Acta del 16 de enero de 1849.

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242 El 20 de enero de 1849 asistió a la Legislatura el Secretario de Relaciones y Guerra, para informar sobre las partidas aplicadas a la Guardia Nacional.

Acta del 20 de enero de 1849.

243 El 21 de enero de 1849 la Legislatura le concedió a los tenedores de bonos las acciones del fisco para promover y agitar el pago de rezagos (Colección de Decretos III: 215).

Decreto 116 del 21 de enero de 1849.

244 El 23 de enero de 1849 la Legislatura prohibió el cobro de costas en las causas criminales (Colección de Decretos III: 209).

Decreto 113 del 23 de enero de 1849.

245 El 24 de enero de 1849 la Legislatura determinó que quienes ocuparan las plazas por incapacidad de sus titulares percibieran la misma cantidad que el Titular (Colección de Decretos III: 214).

Decreto 114 del 24 de enero de 1849.

246 El 24 de enero de 1849 la Legislatura dispensó a los bachilleres: Nicolás Suárez y Pedro Roano de año y medio de práctica para recibirse de abogados (Colección de Decretos III: 215).

Decreto 115 del 24 de enero de 1849.

247 El 25 de enero de 1849 la Legislatura inició el otorgamiento de becas para estudiar en el Instituto Literario, al agraciar con dicho beneficio a Nicolás Villanueva (Colección de Decretos III: 215).

Decreto 117 del 25 de enero de 1849.

248 El 26 de enero de 1849 se presentó a la Legislatura el Secretario de Relaciones, para informar que había concluido la revolución iniciada en Sultepec.

Acta del 26 de enero de 1849.

249 El 31 de enero de 1849 acudió a la Legislatura el Secretario de Relaciones, para presentar un informe sobre la sublevación presentada en el Distrito de Temascaltepec.

Acta del 31 de enero de 1849.

250 El 12 de febrero de 1849 la Legislatura nombró como Presidente de su Mesa Directiva al Diputado Ignacio Gutiérrez y como Vicepresidente al Diputado Domingo María Pérez y Fernández.

Acta del 12 de febrero de 1849.

251 El 13 de febrero de 1849 la Legislatura estableció una contribución municipal para apoyar los gastos de las escuelas de primeras letras y el sostenimiento de un alumno en el Instituto Literario (Colección de Decretos III: 217).

Decreto 118 del 13 de febrero de 1849.

252 El 13 de febrero de 1849 la Legislatura reglamentó la celebración de las sesiones de los cabildos y la integración de los presupuestos de gastos de los ayuntamientos (Colección de Decretos III: 220).

Decreto 119 del 13 de febrero de 1849.

253 El 13 de febrero de 1849 la Legislatura determinó que las autoridades judiciales, los agraviados y el pueblo tenían derecho a denunciar a los ayuntamientos y a sus integrantes por sus faltas (Colección de Decretos III: 221).

Decreto 120 del 13 de febrero de 1849.

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254 El 14 de febrero de 1849 la Legislatura avaló los nombramientos de diputados propietarios de la próxima Legislatura (Colección de Decretos III: 221).

Decreto 121 del 14 de febrero de 1849.

255 El 15 de febrero de 1849 la Legislatura concedió una amnistía a quienes habían cometido delitos políticos (Colección de Decretos III: 222).

Decreto 122 del 15 de febrero de 1849.

256 El 15 de febrero de 1849 la Legislatura declaró ciudadanos del Estado a: Rómulo Díaz de la Vega, José María Herrera y Zavala, José Ruperto Teija y Senande, Ignacio Flores Pensado y José Savino Flores (Colección de Decretos III: 223).

Decreto 123 del 15 de febrero de 1849.

257 El 15 de febrero de 1849 la Legislatura le concedió al Pueblo de Zacualtipán recursos económicos para la reposición de las casas consistoriales, la Cárcel Pública y demás del Gobierno (Colección de Decretos III: 223).

Decreto 124 del 15 de febrero de 1849.

258 El 16 de febrero de 1849 la Legislatura agregó a la Municipalidad de Amecameca los pueblos de: Soyacingo, Santa Isabel Chalma y San Francisco Sentlalpa, así como el Barrio de los Reyes y la Hacienda de Tamariz (Colección de Decretos III: 223).

Decreto 125 del 16 de febrero de 1849.

259 El 16 de febrero de 1849 la Legislatura nombró a Guillermo Cobos como Fiscal de Rezagos.

Acta del 16 de febrero de 1849.

260 El 16 de febrero de 1849 el Gobernador Mariano Arizcorreta al acudir a la Legislatura a la clausura de su Segundo Periodo Extraordinario de Sesiones pronunció un discurso, al igual que el Presidente de la Legislatura, Diputado Ignacio Gutiérrez.

Acta del 16 de febrero de 1849.

261 La Legislatura Extraordinaria (1846-1849) que operó del 10 de diciembre de 1846 al 1 de marzo de 1849 se integró con 21 diputados nombrados por electores secundarios en la Junta General del Estado. Realizó cuatro periodos ordinarios y dos periodos extraordinarios de sesiones y expidió 125 decretos entre el 11 de noviembre de 1846 y el 16 de febrero de 1849 y su Junta Legislativa expidió 14 decretos entre el 20 de noviembre de 1847 y el 28 de abril de 1848 (No se publicaron los decretos 28, 43, 67, 90, 106, 110 y 111).

Colección de Decretos.

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3. Primer Congreso Constitucional (1849-1851)

El Primer Congreso Constitucional (1849-1851) se integró con 22 diputados.

No. Sinopsis de la Crónica Legislativa Fuentes consultadas9

1 El 27 de febrero de 1849 se efectuó la Primera Junta Preparatoria para instalar el Primer Congreso Constitucional, bajo la conducción de la Diputación Permanente.

Acta del 27 de febrero de 1849.

2 El 28 de febrero de 1849 el Congreso reunido en Junta aprobó las cartas credenciales de los diputados: Antonio Mañón, José María Sánchez, José María Navarro, Joaquín Pérez Tejada, Domingo María Pérez y Fernández, Pascual González Fuentes, Juan Icaza, Teófilo Robredo, Joaquín Noriega, Francisco de Paula Cuevas, José del Villar y Bocanegra y Rafael María Villagrán, los cuales rindieron su protesta de ley.

Acta del 28 de febrero de 1849.

3 El 28 de febrero de 1849 el Congreso reunido en Junta integró la Mesa Directiva de su Primer Periodo Ordinario de Sesiones, presidida por el Diputado Joaquín Noriega. Nombró como Vicepresidente al Diputado Francisco de Paula Cuevas, como secretarios propietarios a los diputados: José del Villar y Bocanegra y Domingo María Pérez y Fernández y como secretarios suplentes a los diputados: Teófilo Robredo y Juan Rafael Icaza.

Acta del 28 de febrero de 1849.

4 El 28 de febrero de 1849 el Presidente del Congreso, Diputado Joaquín Noriega, efectuó la declaratoria de instalación del Primer Congreso.

Acta del 28 de febrero de 1849.

5 El 2 de marzo de 1849 el Congreso aprobó las cartas credenciales de los diputados: Vicente Zamora, Manuel Terreros, José María Madariaga y Manuel Fernández Puerta, los cuales rindieron su protesta de ley.

Acta del 2 de marzo de 1849.

6 El 2 de marzo de 1849 el Gobernador Mariano Arizcorreta al acudir al Congreso a la apertura de su Primer Periodo Ordinario de Sesiones pronunció un discurso, al igual que el Presidente del Congreso, diputado Joaquín Noriega.

Discurso del 2 de marzo de 1849.

7 El 3 de marzo de 1849 el Congreso nombró como integrantes de su Gran Comisión a los diputados: Joaquín Noriega, José del Villar y Bocanegra, Domingo María Pérez y Fernández, Teófilo Robredo y Manuel Terreros.

Acta del 3 de marzo de 1849.

9 Son citas abreviadas. Los datos completos se pueden consultar en el texto, en la fecha indicada.

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8 El 5 de marzo de 1849 el Congreso tomó conocimiento del nombramiento de los integrantes de sus comisiones permanentes de: Puntos Constitucionales, de Justicia, de Negocios Eclesiásticos y Legislación, de Gobernación, Primera de Hacienda, Segunda de Hacienda, de Instrucción Pública, de Comercio y Agricultura, de Minería e Industria, de Código Municipal, de Policía, de Peticiones e Impresiones, de Corrección de Estilo, de Poderes; de Análisis y de Milicia, así como de la Comisión Especial de Reforma del Reglamento del Poder Legislativo

Acta del 5 de marzo de 1849.

9 El 5 de marzo de 1849 el Congreso nombró como integrantes de la Sección de Gran Jurado a los diputados: Domingo María Pérez y Fernández, Francisco Campero, José María Navarro, José del Villar y Bocanegra, Teófilo Robredo y Rafael María Villagrán.

Acta del 5 de marzo de 1849.

10 El 7 de marzo de 1849 el Congreso dispuso que el Supremo Tribunal Superior de Justicia se formara con: Manuel Campero, Juan Solares Monreal, Ignacio Mañón, Ignacio Silva, José María González Arratia, José Francisco G. Pliego, Rafael Trejo, Vicente Sánchez Barquera, Manuel Fernández, Luis Madrid, Joaquín Escandón, Urbano Fonseca, Ángel Sobrino, Alonso Fernández, Andrés Vega y José Agreda (Colección de Decretos IV: 5).

Decreto 1 del 7 de marzo de 1849.

11 El 9 de marzo de 1849 el Congreso aprobó la carta credencial del Diputado Domingo Revilla, el cual rindió su protesta de ley.

Acta del 9 de marzo de 1849.

12 El 15 de marzo de 1849 el Congreso aprobó las cartas credenciales de los diputados: Antonio Aragón y Francisco Campero, los cuales rindieron su protesta de ley.

Acta del 15 de marzo de 1849.

13 El 16 de marzo de 1849 el Congreso aprobó la carta credencial del Diputado Luis Pérez Palacios, el cual rindió su protesta de ley.

Acta del 16 de marzo de 1849.

14 El 21 de marzo de 1849 el Congreso declaró provisionales los cargos de Mariano Arizcorreta como Gobernador y de José Bernardino Alcalde como Teniente Gobernador (Colección de Decretos IV: 6).

Decreto 2 del 21 de marzo de 1849.

15 El 22 de marzo de 1849 el Congreso nombró Gobernador Constitucional a Manuel de la Peña y Peña y a Mariano Arizcorreta Teniente Gobernador para el bienio iniciado el 12 de marzo de 1849 al 12 de marzo de 1851. Mariano Arizcorreta siguió fungiendo como Gobernador al no jurar su cargo el Gobernador Constitucional (Colección de Decretos IV: 6).

Decreto 3 del 22 de marzo de 1849.

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16 El 24 de marzo de 1849 el Secretario de Hacienda Manuel de Olmedo presentó al Congreso la Memoria de Gobierno correspondiente a su cargo.

Acta y Memoria de Gobierno del 24 de marzo de 1849.

17 El 27 de marzo de 1849 el Presidente del Congreso instruyó a la Secretaría para que librase excitativa a los señores diputados que aún no se presentaban.

Acta del 27 de marzo de 1849.

18 El 29 de marzo de 1849 el Congreso le otorgó una licencia para separarse de su cargo al Diputado Pascual González Fuentes, para concluir la Memoria de la Secretaría de Relaciones.

Acta del 29 de marzo de 1849.

19 El 2 de abril de 1849 el Congreso nombró como Presidente de su Mesa Directiva al Diputado Francisco de Paula Cuevas y como Vicepresidente al Diputado José María Sánchez.

Acta del 2 de abril de 1849.

20 El 19 de abril de 1849 el Congreso tomó conocimiento de la sustitución de miembros de las comisiones que efectuó la Gran Comisión.

Acta del 19 de abril de 1849.

21 El 21 de abril de 1849 el Congreso dispuso que se ministren dos pagas de preferencia al Oficial Interventor de la Tesorería General, José María Ruiz (Colección de Decretos IV: 7).

Decreto 4 del 21 de abril de 1849.

22 El 21 de abril de 1849 el Congreso nombró como Encargado de la Redacción del Periódico Oficial al Diputado Manuel García Aguirre, quien en aquella ocasión se integró a las sesiones.

Acta del 21 de abril de 1849.

23 El 23 de abril de 1849 el Congreso General declaró nulos los artículos 1, 2 y 3 de la Ley que expidió el 3 de enero el Congreso del Estado sobre la retención de los capitales correspondientes a las capellanías (Dublan V: 550).

Decreto del 23 de abril de 1849.

24 El 26 de abril de 1849 el Teniente Gobernador dio a conocer los peajes de la empresa del Camino de Toluca a Morelia (El Porvenir, 26/04/1849).

Acuerdo del Ejecutivo del 26 de abril de 1849.

25 El 27 de abril de 1849 el Congreso adjudicó al Hospital de San Juan de Dios de la Ciudad de Texcoco un inmueble perteneciente al Estado (Colección de Decretos IV: 7).

Decreto 5 del 27 de abril de 1849.

26 El 30 de abril de 1849 el Congreso dispuso llamar a su seno a los diputados suplentes ante el impedimento que presentaran los titulares.

Acta del 30 de abril de 1849.

27 El 1 de mayo de 1849 Pascual González Fuentes presentó al Congreso la Memoria de Gobierno correspondiente a los ramos de: relaciones y guerra, justicia, negocios eclesiásticos e instrucción pública.

Memoria de Gobierno del 1 de mayo de 1849.

28 El 2 de mayo de 1849 el Congreso nombró como Presidente de su Mesa Directiva al Diputado José María Navarro y como Vicepresidente al Diputado Manuel García Aguirre.

Acta del 2 de mayo de 1849.

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29 El 4 de mayo de 1849 el Congreso determinó que los diputados suplentes serían llamados a su seno según el orden de su nombramiento por muerte, exoneración o inhabilidad de algún Diputado (Colección de Decretos IV: 8).

Decreto 6 del 4 de mayo de 1849.

30 El 8 de mayo de 1849 el Congreso ordenó que se pagaran a José Llera los alcances por sueldos (Colección de Decretos IV: 9).

Decreto 7 del 8 de mayo de 1849.

31 El 10 de mayo de 1849 el Congreso nombró como Gobernador Interino a Francisco de Borja Olmedo durante la licencia concedida por ocho días al Teniente Gobernador Mariano Arizcorreta (Colección de Decretos IV: 9).

Decreto 8 del 10 de mayo de 1849.

32 El 14 de mayo de 1849 el Congreso restableció el peaje del Camino de México a Tlalpan (Colección de Decretos IV: 9).

Decreto 9 del 14 de mayo de 1849.

33 El 15 de mayo de 1849 el Congreso nombró como Gobernador Constitucional a Juan María Flores y Terán para el bienio del 12 de marzo de 1849 al 12 de marzo de 1851, al exonerar de dicho cargo a Manuel de la Peña y Peña. Este personaje tampoco asumió la Gubernatura del Estado (Colección de Decretos IV: 10).

Decreto 10 del 15 de mayo de 1849.

34 El 15 de mayo de 1849 el Congreso facultó al Ejecutivo del Estado para que gastara hasta ocho mil pesos en la compra de armamento para la Guardia Nacional (Colección de Decretos IV: 12).

Decreto 11 del 15 de mayo de 1849.

35 El 15 de mayo de 1849 el Congreso General ratificó la erección del Estado de Guerrero con parte de los territorios de los estados de: México, Puebla y Michoacán (Archivo Histórico).

Decreto del 15 de mayo de 1849.

36 El 16 de mayo de 1849 el Congreso nombró al Diputado Pascual González Fuentes como Encargado de la Redacción del Periódico Oficial.

Acta del 16 de mayo de 1849.

37 El 24 de mayo de 1849 el Congreso autorizó al Ayuntamiento de Tepecuacuilco para vender la casa que le servía de despacho para satisfacer el Fondo de Instrucción Pública (Colección de Decretos IV: 12).

Decreto 12 del 24 de mayo de 1849.

38 El 24 de mayo de 1849 el Congreso determinó que las juntas calificadoras de contribuciones las nombraran los prefectos o en su caso, los subprefectos (Colección de Decretos IV: 13).

Decreto 13 del 24 de mayo de 1849.

39 El 25 de mayo de 1849 el Congreso nombró Gobernador Constitucional a Mariano Arizcorreta para el bienio del 12 de marzo de 1849 al 12 de marzo de 1851 (Colección de Decretos IV: 14).

Decreto 14 del 25 de mayo de 1849.

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40 El 25 de mayo de 1849 el Congreso cambió la Cabecera de la Municipalidad constituida por el Pueblo de Tlaltenco al Pueblo de Tláhuac (Colección de Decretos IV: 14).

Decreto 15 del 25 de mayo de 1849.

41 El 30 de mayo de 1849 el Congreso ratificó la erección del Estado de Guerrero (Colección de Decretos IV: 15).

Decreto 16 del 30 de mayo de 1849.

42 El 30 de mayo de 1849 el Congreso exceptuó el pago de peaje a los carros de las haciendas inmediatas al Camino de Tlalpan y a los de las fábricas de hilados de la Ciudad (Colección de Decretos IV: 15).

Decreto 17 del 30 de mayo de 1849.

43 El 30 de mayo de 1849 el Congreso integró la Diputación Permanente de su Primer Receso, presidida por el Diputado Francisco de Paula Cuevas. Nombró como miembros a los diputados: Teófilo Robredo, Antonio Mañón, Juan Icaza y Juan María Sánchez y como Suplente al Diputado Rafael María Villagrán.

Acta del 30 de mayo de 1849.

44 El 1 de junio de 1849 el Congreso aprobó el Presupuesto del Estado de México para el Año Económico del 2 de junio de 1849 al 2 de junio de 1850, en el cual las percepciones de los 22 diputados se mantuvieron en $3,000.00. Se determinó que la Hacienda del Estado la formarían los bienes que por leyes prexistentes le pertenezcan y se estableció una contribución especial del 20 por ciento para los diputados y del ocho por ciento para todos los que recibieran alguna cantidad de las arcas del Estado (Colección de Decretos IV: 16).

Decreto 18 del 1 de junio de 1849.

45 El 2 de junio de 1849 el Congreso estableció una contribución personal mensual para los varones desde la edad de 18 años hasta los 60 (Colección de Decretos IV: 34).

Decreto 19 del 2 de junio de 1849.

46 El 2 de junio de 1849 el Congreso erigió en el Distrito de Cuernavaca los partidos de: Yautepec y Tetecala (Colección de Decretos IV: 45).

Decreto 20 del 2 de junio de 1849.

47 El 2 de junio de 1849 el Congreso nombró a Guillermo de los Cobos como Fiscal de Imprenta.

Acta del 2 de junio de 1849.

48 El 2 de junio de 1849 el Congreso nombró como Teniente Gobernador a Luis Madrid para el cuatrienio que comenzó el 12 de marzo de 1849 y que concluía el 12 de marzo de 1853 (Colección de Decretos IV: 45).

Decreto 21 del 2 de junio de 1849.

49 El 2 de junio de 1849 Mariano Arizcorreta acudió al Congreso a rendir su protesta de ley como Gobernador Constitucional.

Acta del 2 de junio de 1849.

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50 El 2 de junio de 1849 el Gobernador Mariano Arizcorreta al acudir al Congreso a la clausura de su Primer Periodo Ordinario de Sesiones pronunció un discurso, al igual que el Presidente del Congreso, diputado José María Navarro.

Acta del 2 de junio de 1849.

51 El 2 de junio de 1849 se instaló la Diputación Permanente de su Primer Receso, bajo la Presidencia del Diputado Francisco de Paula Cuevas.

Acta del 2 de junio de 1849.

52 El 15 de junio de 1849 el Gobernador reglamentó el decreto número 19 del 2 de junio de 1849, para facilitar el cobro de la contribución personal a los varones de 18 a 60 años (Colección de Decretos IV:34).

Decreto del Ejecutivo del 15 de junio de 1849.

53 El 27 de julio de 1849 asumió la Titularidad del Poder Ejecutivo Luis Madrid, en su carácter de Teniente Gobernador.

Acta del 27 de julio de 1849.

54 El 11 de agosto de 1849 el Congreso reunido en Junta integró la Mesa Directiva de su Segundo Periodo Ordinario de Sesiones, presidida por el Diputado Manuel García Aguirre. Nombró como Vicepresidente al Diputado Antonio Mañón, como secretarios propietarios a los diputados: Pascual González Fuentes y Domingo Revilla y como secretarios suplentes a los diputados: José María Sánchez y Francisco de Paula Cuevas.

Acta del 11 de agosto de 1849.

55 El 15 de agosto de 1849 el Teniente Gobernador Luis Madrid al acudir al Congreso a la apertura de su Segundo Periodo Ordinario de Sesiones pronunció un discurso, al igual que el Presidente del Congreso, Diputado Manuel García Aguirre.

Discurso del 15 de agosto de 1849.

56 El 16 de agosto de 1849 el Congreso dispensó a los vecinos del Pueblo de Zochipala de la Municipalidad de Zumpango del Río del pago de la contribución municipal (Colección de Decretos IV: 46).

Decreto 22 del 16 de agosto de 1849.

57 El 21 de agosto de 1849 se incorporó a las sesiones del Congreso el Diputado Salvador Zedillo.

Acta del 21 de agosto de 1849.

58 El 23 de agosto de 1849 el Congreso aceptó la renuncia del Gobernador Constitucional Mariano Arizcorreta (Colección de Decretos IV: 46).

Decreto 23 del 23 de agosto de 1849.

59 El 25 de agosto de 1849 el Congreso aprobó la carta credencial del Diputado Suplente José María Aparicio, el cual rindió su protesta de ley.

Acta del 25 de agosto de 1849.

60 El 31 de agosto de 1849 el Congreso nombró como Gobernador a Mariano Riva Palacio para el bienio del 12 de marzo de 1849 al 12 de marzo de 1851 (Colección de Decretos IV: 47).

Decreto 24 del 31 de agosto de 1849.

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61 El 3 de septiembre de 1849 el Congreso derogó el decreto número 107 del 3 de enero pasado, por el que daba reglas a los jueces para admitir las demandas sobre fondos eclesiásticos (Colección de Decretos IV: 47).

Decreto 25 del 3 de septiembre de 1849.

62 El 4 de septiembre de 1849 el Congreso declaró las veces que debía ser oído el Fiscal nombrado para despachar el rezago que existía en el Tribunal (Colección de Decretos IV: 48).

Decreto 26 del 4 de septiembre de 1849.

63 El 11 de septiembre de 1849 Mariano Riva Palacio acudió al Congreso a rendir su protesta de ley como Gobernador. El Diputado Manuel García Aguirre pronunció un mensaje alusivo a dicha ocasión.

Discurso del 11 de septiembre de 1849.

64 El 11 de septiembre de 1849 Pedro Escudero acudió al Congreso a rendir su protesta de ley como Secretario de Relaciones y Guerra.

Acta del 11 de septiembre de 1849.

65 El 14 de septiembre de 1849 el Congreso tomó conocimiento de la licencia que le concedió al Diputado Manuel Terreros para separarse de su cargo, para asumir la Titularidad de la Secretaría de Hacienda.

Acta del 14 de septiembre de 1849.

66 El 14 de septiembre de 1849 acudió al Congreso Manuel Terreros a rendir su protesta de ley como Secretario de Hacienda.

Acta del 14 de septiembre de 1849.

67 El 15 de septiembre de 1849 el Congreso nombró como Presidente de su Mesa Directiva al Diputado Salvador Zedillo y como Vicepresidente al Diputado Luis Pérez Palacios.

Acta del 15 de septiembre de 1849.

68 El 21 de septiembre de 1849 el Congreso erigió en Municipalidad el Pueblo de Tlatlaya (Colección de Decretos IV: 48).

Decreto 27 del 21 de septiembre de 1849.

69 El 21 de septiembre de 1849 el Congreso exceptuó del servicio de la Guardia Nacional sin el pago de contribución de exentos a: los jornaleros del campo, operarios de minas, carboneros y leñadores (Colección de Decretos IV: 49).

Decreto 28 del 21 de septiembre de 1849.

70 El 21 de septiembre de 1849 el Congreso tomó conocimiento de la sustitución de miembros de sus comisiones.

Acta del 21 de septiembre de 1849.

71 El 23 de septiembre de 1849 se suscribió en el Congreso un proyecto de decreto, el cual tenía como finalidad nombrar en cada Distrito tres individuos para inquirir y averiguar el estado de las rentas (El Porvenir, 29/09/1849).

Iniciativa del 23 de septiembre de 1849.

72 El 27 de septiembre de 1849 el Congreso dispuso se ministren por cuenta de sueldos 150 pesos a José Laison (Colección de Decretos IV: 49).

Decreto 29 del 27 de septiembre de 1849.

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73 El 27 de septiembre de 1849 el Congreso exentó del pago del impuesto sobre herencias transversales a los bienes dejados por Margarita Bobadilla (Colección de Decretos IV: 50).

Decreto 30 del 27 de septiembre de 1849.

74 El 9 de octubre de 1849 el Congreso reglamentó la portación de armas por parte de los ciudadanos (Colección de Decretos IV: 60).

Decreto 31 del 9 de octubre de 1849.

75 El 11 de octubre de 1849 el Congreso concedió amnistía a quienes hubiesen incurrido en alguna responsabilidad por falta a las autoridades legítimas (Colección de Decretos IV: 52).

Decreto 32 del 11 de octubre de 1849.

76 El 11 de octubre de 1849 el Congreso impuso la pena de muerte a quien realizara robo calificado y prisión a quien cometiera robo simple (Colección de Decretos IV: 53).

Decreto 34 del 11 de octubre de 1849.

77 El 12 de octubre de 1849 el Congreso dispuso que la Municipalidad de la Villa del Valle (Valle de Bravo) se segregara del Partido de Temascaltepec, para unirla al Partido de Toluca (Colección de Decretos IV: 53).

Decreto 33 del 12 de octubre de 1849.

78 El 12 de octubre de 1849 el Congreso exentó del pago de la contribución personal a. los carboneros, madereros y leñadores (Colección de Decretos IV: 54).

Decreto 35 del 12 de octubre de 1849.

79 El 12 de octubre de 1849 el Congreso reglamentó las bajas del Ejército (Colección de Decretos IV: 55).

Decreto 36 del 12 de octubre de 1849.

80 El 13 de octubre de 1849 el Congreso estableció la Policía Rural pagada por los propietarios de las fincas rústicas (Colección de Decretos IV: 64).

Decreto 37 del 13 de octubre de 1849.

81 El 13 de octubre de 1849 el Congreso acordó que los propietarios podían nombrar otro perito evaluador si les parecía muy alto el evalúo de sus predios (Colección de Decretos IV: 69).

Decreto 38 del 13 de octubre de 1849.

82 El 13 de octubre de 1849 el Congreso integró la Diputación Permanente de su Segundo Receso, presidida por el Diputado Pascual González Fuentes. Nombró como miembros a los diputados: Antonio Mañón, Francisco de Paula Cuevas, José María Sánchez y Teófilo Robredo, y como Miembro Suplente al Diputado Manuel García Aguirre.

Acta del 13 de octubre de 1849.

83 El 13 de octubre de 1849 acudió al Congreso el Secretario de Justicia a rendir un informe sobre los lamentables sucesos de Zacatecas.

Acta del 13 de octubre de 1849.

84 El 15 de octubre de 1849 el Congreso prohibió que un servidor público recibiera dos o más sueldos (Colección de Decretos IV: 70).

Decreto 39 del 15 de octubre de 1849.

85 El 15 de octubre de 1849 el Congreso facultó al Ejecutivo del Estado para que enajenara las fincas del Hospital de San Juan de Dios (Colección de Decretos IV: 71).

Decreto 40 del 15 de octubre de 1849.

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86 El 15 de octubre de 1849 el Congreso aprobó el gasto de cuatro mil 929 pesos que del Fondo de Instrucción Secundaria se había hecho en la Fábrica del Instituto Literario (Colección de Decretos IV: 72).

Decreto 41 del 15 de octubre de 1849.

87 El 15 de octubre de 1849 el Gobernador reglamentó el decreto número 36 del 12 de octubre de 1849, para facilitar el modo de reemplazar las bajas del Ejército (Colección de Decretos IV: 62).

Decreto del Ejecutivo del 15 de octubre de 1849.

88 El 15 de octubre de 1849 el Gobernador reglamentó el decreto número 37 del 13 de octubre de 1849, para facilitar el establecimiento de la policía rural (Colección de Decretos IV: 69).

Decreto del Ejecutivo del 15 de octubre de 1849.

89 El 16 de octubre de 1849 el Congreso facultó al Ejecutivo del Estado para arreglara la deuda pública (Colección de Decretos IV: 73).

Decreto 42 del 16 de octubre de 1849.

90 El 16 de octubre de 1849 el Congreso estableció el pago de un cinco por ciento de derechos por la traslación de dominio por la propiedad raíz (Colección de Decretos IV: 75).

Decreto 43 del 16 de octubre de 1849.

91 El 16 de octubre de 1849 el Congreso determinó que las municipalidades que por pobreza no pudieran sostener en el Instituto al alumno nombrarán entre todas uno o más y pagarán las colegiaturas (Colección de Decretos IV: 77).

Decreto 44 del 16 de octubre de 1849.

92 El 16 de octubre de 1849 el Congreso facultó al Ejecutivo del Estado para hacer quitas a los deudores del Erario que hubieran sido perjudicados por la guerra (Colección de Decretos IV: 80).

Decreto 45 del 16 de octubre de 1849.

93 El 16 de octubre de 1849 el Congreso estableció las administraciones de rentas de partido y las sub-recaudaciones de rentas de municipalidad (Colección de Decretos IV: 81).

Decreto 46 del 16 de octubre de 1849.

94 El 16 de octubre de 1849 el Gobernador reglamentó el decreto número 42 del 16 de octubre de 1849, para facilitar la amortización y el arreglo del crédito pasivo del Estado (Colección de Decretos IV: 78).

Decreto del Ejecutivo del 16 de octubre de 1849.

95 El 16 de octubre de 1849 el Gobernador reglamentó el decreto número 43 del 16 de octubre de 1849, para facilitar el pago de un cinco por ciento de derechos por la traslación de dominio de propiedad raíz en el Estado (Colección de Decretos IV: 76).

Decreto del Ejecutivo del 16 de octubre de 1849.

96 El 16 de octubre de 1849 el Gobernador reglamentó el decreto número 44 del 16 de octubre de 1849, para determinar el modo en que varias municipalidades seleccionarán y pagarán las colegiaturas de un alumno en el Instituto Literario (Colección de Decretos IV: 78).

Decreto del Ejecutivo del 16 de octubre de 1849.

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97 El 16 de octubre de 1849 el Gobernador Mariano Riva Palacio al acudir al Congreso a la clausura de su Segundo Periodo Ordinario de Sesiones pronunció un discurso, al igual que el Presidente del Congreso, Diputado Salvador Zedillo.

Acta del 16 de octubre de 1849.

98 El 16 de octubre de 1849 se instaló la Diputación Permanente del Segundo Receso del Congreso, bajo la Presidencia del Diputado Pascual González Fuentes.

Acta del 16 de octubre de 1849.

99 El 25 de octubre de 1849 el Gobernador reglamentó el decreto número 46 del 16 de octubre de 1849, para facilitar el establecimiento de las recaudaciones de contribuciones en cada uno de los partidos y de las municipalidades (Colección de Decretos IV: 83).

Decreto del Ejecutivo del 25 de octubre de 1849.

100 El 26 de octubre de 1849 la Diputación Permanente le concedió una licencia para separarse de su cargo al Magistrado Francisco de Borja Olmedo.

Acta del 26 de octubre de 1849.

101 El 27 de octubre de 1849 el Congreso General declaró formalmente erigido el Estado de Guerrero (Archivo Histórico).

Decreto del 27 de octubre de 1849.

102 El 28 de octubre de 1849 el Gobernador reglamentó el decreto número 45 del 16 de octubre de 1849, para que el Ejecutivo del Estado hiciera arreglos con los deudores del Erario que hubieran sufrido perjuicios por la ocupación de las tropas americanas (Colección de Decretos IV: 80).

Decreto del Ejecutivo del 28 de octubre de 1849.

103 El 9 de noviembre de 1849 la Diputación Permanente tomó conocimiento de la licencia que le concedió al Gobernador Mariano Riva Palacio para separarse de su cargo por quince días.

Acta del 9 de noviembre de 1849.

104 El 9 de noviembre de 1849 la Diputación Permanente tomó conocimiento que el Teniente Gobernador Luis Madrid se había hecho cargo del Gobierno por 15 días.

Acta del 9 de noviembre de 1849.

105 El 26 de noviembre de 1849 el Gobierno General determinó que sus empleados no estaban exentos de pagar la contribución de sueldos y salarios (Dublan V: 646).

Orden del 26 de noviembre de 1849.

106 El 27 de noviembre de 1849 la Diputación Permanente tomó conocimiento de la incorporación del Gobernador Mariano Riva Palacio a sus funciones.

Acta del 27 de noviembre de 1849.

107 El 11 de diciembre de 1849 la Diputación Permanente convocó al Congreso a su Primer Periodo Extraordinario de Sesiones (Colección de Decretos IV: 86).

Convocatoria del 11 de diciembre de 1849.

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108 El 11 de enero de 1850 el Congreso reunido en Junta integró la Mesa Directiva de su Primer Periodo Extraordinario de Sesiones, presidida por el Diputado Domingo María Pérez y Fernández. Nombró como Vicepresidente al Diputado Antonio Aragón, como secretarios propietarios a los diputados: Francisco de Paula Cuevas y José María Sánchez y como secretarios suplentes a los diputados: Vicente Zamora y Rafael María Villagrán.

Acta del 11 de enero de 1850.

109 El 12 de enero de 1850 el Gobernador Mariano Riva Palacio al acudir al Congreso a la apertura de su Primer Periodo Extraordinario de Sesiones pronunció un discurso, al igual que el Presidente del Congreso, Diputado Domingo María Pérez y Fernández.

Acta del 12 de enero de 1850.

110 El 16 de enero de 1850 el Congreso tomó conocimiento de la sustitución de miembros en las comisiones que efectuó la Gran Comisión.

Acta del 16 de enero de 1850.

111 El 31 de enero de 1850 el Congreso le concedió una licencia para separarse de su cargo al Diputado Manuel García Aguirre, para hacerse cargo de la Secretaría de Relaciones y Guerra.

Acta del 31 de enero de 1850.

112 El 31 de enero de 1850 acudió al Congreso José Romero Díaz a rendir su protesta de ley como Secretario de Hacienda.

Acta del 31 de enero de 1850.

113 El 1 de febrero de 1850 acudió al Congreso Manuel García Aguirre a rendir su protesta de ley como Secretario de Relaciones y Guerra.

Acta del 1 de febrero de 1850.

114 El 9 de febrero de 1850 el Congreso estableció el impuesto de contribución personal a los varones mayores de 16 años (Colección de Decretos IV: 87).

Decreto 47 del 9 de febrero de 1850.

115 El 9 de febrero de 1950 el Gobernador reglamentó el decreto número 47 del 9 de febrero de 1850, para facilitar la recaudación de contribución personal a los varones mayores de 16 años (Colección de Decretos IV: 89).

Decreto del Ejecutivo del 9 de febrero de 1850.

116 El 12 de febrero de 1850 el Congreso nombró como Presidente de su Mesa Directiva al Diputado Pascual González Fuentes y como Vicepresidente al Diputado Rafael María Villagrán.

Acta del 12 de febrero de 1850.

117 El 14 de febrero de 1850 el Congreso tomó conocimiento de una iniciativa, para que el Congreso se integrara por 21 diputados.

Acta del 14 de febrero de 1850.

118 El 1 de marzo de 1850 el Gobernador Mariano Riva Palacio al acudir al Congreso a la clausura de su Primer Periodo Extraordinario de Sesiones pronunció un discurso, al igual que el Presidente del Congreso, Diputado Pascual González Fuentes.

Acta del 1 de marzo de 1850.

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119 El 1 de marzo de 1850 el Congreso reunido en Junta integró la Mesa Directiva de su Tercer Periodo Ordinario de Sesiones, presidida por el Diputado Teófilo Robredo. Nombró como Vicepresidente al Diputado José María Sánchez, como secretarios propietarios a los diputados: José María Madariaga y Juan Icaza y como secretarios suplentes a los diputados: Domingo María Pérez y Fernández y Joaquín Noriega.

Acta del 1 de marzo de 1850.

120 El 2 de marzo de 1850 el Gobernador Mariano Riva Palacio al acudir al Congreso a la apertura de su Tercer Periodo Ordinario de Sesiones pronunció un discurso, al igual que el Presidente del Congreso, Diputado Teófilo Robredo.

Acta del 2 de marzo de 1850.

121 El 5 de marzo de 1850 se incorporó a las sesiones del Congreso el Diputado Suplente José Lailzon, el cual rindió su protesta de ley.

Acta del 5 de marzo de 1850.

122 El 6 de marzo de 1850 el Congreso dispuso que desde esa fecha la Legislatura se integrara de 21 diputados y no de 22 como se había integrado (Colección de Decretos IV: 107).

Decreto 48 del 6 de marzo de 1850.

123 El 9 de marzo de 1850 el Congreso nombró como integrantes de la Sección de Gran Jurado a los diputados: José María Navarro, Francisco de Paula Cuevas, Joaquín Noriega, Antonio Aragón y Teófilo Robredo y Pascual González Fuentes.

Acta del 9 de marzo de 1850.

124 El 11 de marzo de 1850 el Congreso nombró como ministros del Supremo Tribunal de Justicia a: Simón Guzmán, José María García, Teodoro Riveroll, José Agreda, Andrés Vega, Ramón Vargas y Manuel Rosales y Alcalde (Colección de Decretos IV: 107).

Decreto 49 del 11 de marzo de 1850.

125 El 12 de marzo de 1850 el Congreso tomó conocimiento de la sustitución de miembros de sus comisiones.

Acta del 12 de marzo de 1850.

126 El 21 de marzo de 1850 acudió al Congreso el Diputado Suplente Vicente Linares a rendir su protesta de ley.

Acta del 21 de marzo de 1850.

127 El 21 de marzo de 1850 el Congreso nombró a José Guillermo de los Cobos como Fiscal del Tribunal Superior de Justicia.

Acta del 21 de marzo de 1850.

128 El 2 de abril de 1850 el Congreso nombró como Presidente de su Mesa Directiva al Diputado Luis Pérez Palacios y como Vicepresidente al Diputado José María Aparicio.

Acta del 2 de abril de 1850.

129 El 9 de abril de 1850 el Congreso le otorgó facultades extraordinarias al Ejecutivo del Estado para combatir una epidemia de cólera (Colección de Decretos IV: 108).

Decreto 50 del 9 de abril de 1850.

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130 El 9 de abril de 1850 acudió al Congreso a rendir su protesta de ley el Diputado Suplente Lino Villasante.

Acta del 9 de abril de 1850.

131 El 16 de abril de 1850 el Congreso erigió la Municipalidad de Santa Ana Tianguistenco (Colección de Decretos IV: 119).

Decreto 51 del 16 de abril de 1850.

132 El 17 de abril de 1850 el Congreso autorizó al Ejecutivo del Estado para gastar hasta la cantidad de trece mil 500 pesos en el pago de la fuerza de seguridad pública (Colección de Decretos IV: 120).

Decreto 52 del 17 de abril de 1850.

133 El 19 de abril de 1850 el Gobernador reglamentó el decreto número 50 del 9 de abril de 1850, para propagar la vacuna entre varias municipalidades y establecer fondos, consejos de salubridad de partido, juntas de caridad y un Consejo Superior de Salubridad (Colección de Decretos IV: 108).

Acuerdo del Ejecutivo del 19 de abril de 1850.

134 El 20 de abril de 1850 el Congreso al arreglar los gastos de la Administración Pública transfirió la administración del Periódico Oficial al Poder Ejecutivo, redujo las dietas de sus diputados de tres mil pesos a dos mil pesos anuales y estableció un programa de austeridad en el presupuesto (Colección de Decretos IV: 120).

Decreto 53 del 20 de abril de 1850.

135 El 25 de abril de 1850 el Congreso le otorgó facultades extraordinarias al Ejecutivo del Estado para arreglar las secretarías (Colección de Decretos IV: 120).

Decreto 54 del 25 de abril de 1850.

136 El 27 de abril de 1850 el Congreso aprobó el gasto de mil 407 pesos hecho con el pago de sueldos del ensayador de Pachuca (Colección de Decretos IV: 127).

Decreto 55 del 27 de abril de 1850.

137 El 27 de abril de 1850 el Congreso dispensó a Aniceto Alvarado de cuatro meses de práctica para presentarse a examen de abogado (Colección de Decretos IV: 128).

Decreto 56 del 27 de abril de 1850.

138 El 30 de abril de 1850 el Congreso determinó que las fincas que no pagaran su avalúo satisfarían un peso más al millar sobre el tres que se les imponía (Colección de Decretos IV: 128).

Decreto 57 del 30 de abril de 1850.

139 El 2 de mayo de 1850 el Congreso facultó a los administradores de rentas para aplicar recargos a quienes se retrasaran en el pago de sus contribuciones (Colección de Decretos IV: 133).

Decreto 58 del 2 de mayo de 1850.

140 El 2 de mayo de 1850 el Congreso expidió el Reglamento del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México (Colección de Decretos IV: 129).

Decreto 59 del 2 de mayo de 1850.

141 El 2 de mayo de 1850 el Congreso nombró como Presidente de su Mesa Directiva al Diputado José María Aparicio y como Vicepresidente al Diputado Domingo Revilla.

Acta del 2 de mayo de 1850.

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142 El 6 de mayo de 1850 el Congreso estableció el modo y los términos en que podía interponerse el recurso de nulidad en los juicios verbales (Colección de Decretos IV: 140).

Decreto 60 del 6 de mayo de 1850.

143 El 7 de mayo de 1850 el Congreso agregó a la Municipalidad de Papalotla el Barrio denominado “Tolteca” (Colección de Decretos IV: 142).

Decreto 61 del 7 de mayo de 1850.

144 El 7 de mayo de 1850 el Congreso agregó a la Municipalidad de Texcoco el Barrio de la Concepción de Abajo (Colección de Decretos IV: 142).

Decreto 62 del 7 de mayo de 1850.

145 El 7 de mayo de 1850 el Congreso prorrogó por quince días en el Distrito de Huejutla el plazo para que sus municipalidades nombraran un alumno para el Instituto Literario (Colección de Decretos IV: 143).

Decreto 63 del 7 de mayo de 1850.

146 El 10 de mayo de 1850 el Gobernador reformó el Reglamento del 9 de febrero de 1850, para facilitar la recaudación de contribución personal a los varones mayores de 16 años por parte de las juntas respectivas (Colección de Decretos IV: 97).

Acuerdo del Ejecutivo del 10 de mayo de 1850.

147 El 13 de mayo de 1850 el Secretario de Hacienda, José María Romero Díaz, presentó al Congreso la Memoria correspondiente al ramo de su encargo.

Acta y Memoria de Gobierno del 13 de mayo de 1850.

148 El 15 de mayo de 1850 el Congreso nombró como ministros del Tribunal Superior de Justicia a: Francisco de Borja Olmedo, Agustín Gómez de Eguiarte, Manuel Arrieta, Mariano Villela, Mariano Arizcorreta, José Trinidad Montaño, José Ignacio Boneta, Guadalupe Arreola y Mucio Barquera (Colección de Decretos IV: 143).

Decreto 64 del 15 de mayo de 1850.

149 El 21 de mayo de 1850 el Congreso declaró ciudadanos del Estado a: Manuel Robles y Luis Robles (Colección de Decretos IV: 144).

Decreto 65 del 21 de mayo de 1850.

150 El 22 de mayo de 1850 el Congreso aprobó el Presupuesto del Estado de México del Año Económico del 2 de junio de 1850 al 2 de junio de 1851, en el cual las dietas de los diputados pasaron de $3,000.00 a $2,000.00 e incluyó viáticos para los diputados y el arrendamiento de la casa que ocupaba el Congreso (Colección de Decretos IV: 144).

Decreto 66 del 22 de mayo de 1850.

151 El 25 de mayo de 1850 el Congreso nombró a José Guillermo de los Cobos como Fiscal Primero del Tribunal Superior de Justicia.

Acta del 25 de mayo de 1850.

152 El 28 de mayo de 1850 el Congreso legitimó los derechos civiles de: María Cesaria y Rafael Dolores, hijos naturales de Vicente Suárez del Castillo (Colección de Decretos IV: 154).

Decreto 67 del 28 de mayo de 1850.

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153 El 30 de mayo de 1850 el Congreso integró la Diputación de su Tercer Receso, presidida por el Diputado Teófilo Robredo. Nombró como miembros a los diputados: Francisco de Paula Cuevas, José Lailzón, Antonio Mañón y Pascual González Fuentes y como Suplente al Diputado Domingo Revilla.

Acta del 30 de mayo de 1850.

154 El 1 de junio de 1850 el Congreso declaró ciudadanos del Estado a: Luis G. Chavarri y José Rafael Berruecos (Colección de Decretos IV: 154).

Decreto 68 del 1 de junio de 1850.

155 El 1 de junio de 1850 el Congreso aprobó el gasto hecho por el Ejecutivo del Estado al cargo del sueldo a José María Romero (Colección de Decretos IV: 154).

Decreto 69 del 1 de junio de 1850.

156 El 1 de junio de 1850 el Congreso expidió la Ley Electoral para el Nombramiento de los Diputados al Congreso del Estado de México, en la cual se indicaba que el 7 de octubre la Junta General del Estado nombraría once diputados propietarios y siete suplentes y que los diputados que fueren nombrados comenzarán a funcionar el 2 de marzo de 1851 (Colección de Decretos IV: 155).

Decreto 70 del 1 de junio de 1850. Artículos 1 y 2.

157 El 1 de junio de 1850 el Congreso indicó que para las elecciones de diputados al Congreso del Estado habría juntas municipales, de partido y una general en todo el Estado que sería presidida por el Gobernador; que en las primeras se elegirían electores primarios, en las segundas electores secundarios y en la última se nombrarían diputados para el Congreso; que sólo podrían votar los ciudadanos en el ejercicio de sus derechos y vecinos del Estado; que únicamente podrían ser electos los ciudadanos en el ejercicio de sus derechos que fuesen mayores de 25, que nadie podía votarse a sí mismo, y que el Gobierno habría de publicar las listas de los diputados elegidos.

Decreto 70 del 1 de junio de 1850. Artículos 3º, 4º, 5º, 6º, 82 y 103.

158 El 1 de junio de 1850 el Congreso nombró a José María Lacunza como Ministro Propietario del Tribunal Superior de Justicia y a José María Romero como Segundo Fiscal de dicho Tribunal (Colección de Decretos IV: 169).

Decreto 71 del 1 de junio de 1850.

159 El 2 de junio de 1850 el Congreso legitimó para los efectos civiles a: Adela y Clara, hijas naturales de Ignacio Comonfort (Colección de Decretos IV: 169).

Decreto 72 del 2 de junio de 1850.

160 El 2 de junio de 1850 el Congreso erigió en Municipalidad la Villa de Chilcuautla (Colección de Decretos IV: 170).

Decreto 73 del 2 de junio de 1850.

161 El 2 de junio de 1850 el Congreso autorizó al Ejecutivo del Estado para reformar las asignaciones que hizo a los administradores de contribuciones (Colección de Decretos IV: 171).

Decreto 74 del 2 de junio de 1850.

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71

162 El 2 de junio de 1850 el Congreso dispensó a José Guivari de requisito para poder ser declarado cesante (Colección de Decretos IV: 171).

Decreto 75 del 2 de junio de 1850.

163 El 2 de junio de 1850 el Congreso mandó pagar a María Josefa Pazos en abonos parciales lo que le pertenecía como viuda del Magistrado Manuel Arrieta (Colección de Decretos IV: 172).

Decreto 76 del 2 de junio de 1850.

164 El 2 de junio de 1850 el Gobernador Mariano Riva Palacio al acudir al Congreso a la clausura de su Tercer Periodo Ordinario de Sesiones pronunció un discurso, al igual que el Presidente del Congreso, Diputado José María Aparicio.

Acta del 2 de junio de 1850.

165 El 19 de julio de 1850 el Gobierno General prohibió a los estados imponer gravamen alguno al tabaco (Dublan V: 726).

Circular del 19 de julio de 1850.

166 El 14 de agosto de 1850 el Congreso reunido en Junta aprobó las cartas credenciales de los diputados: Mariano Muñoz de Cote y Felipe Sánchez Solís.

Acta del 14 de agosto de 1850.

167 El 14 de agosto de 1850 el Congreso reunido en Junta integró la Mesa Directiva de su Cuarto Periodo Ordinario de Sesiones, presidida por el Diputado Juan Rafael Icaza. Nombró como Vicepresidente al Diputado Joaquín Noriega, como secretarios propietarios a los diputados: José María Navarro y Domingo Revilla y como secretarios suplentes a los diputados: José Lailzon y Lino Villasante.

Acta del 14 de agosto de 1850.

168 El 14 de agosto de 1850 el Gobernador reformó el Reglamento del 9 de febrero de 1850, para facilitar la recaudación de contribución personal a los varones mayores de 16 años por parte de las juntas calificadoras de las municipalidades (Colección de Decretos IV: 100).

Acuerdo del Ejecutivo del 14 de agosto de 1850.

169 El 15 de agosto de 1850 el Gobernador Mariano Riva Palacio al acudir al Congreso a la apertura de su Cuarto Periodo Ordinario de Sesiones pronunció un discurso, al igual que el Presidente del Congreso, Diputado Juan Rafael Icaza.

Acta del 15 de agosto de 1850.

170 El 17 de agosto de 1850 el Congreso aprobó el Reglamento Interior del Instituto Literario (Colección de Decretos IV: 59).

Acuerdo del 17 de agosto de 1850.

171 El 20 de agosto de 1850 el Congreso le otorgó una licencia por quince días para separarse de su cargo al Gobernador Mariano Riva Palacio, por lo que se hizo cargo del Poder Ejecutivo el Teniente Gobernador Luis Madrid.

Acta del 20 de agosto de 1850.

172 El 22 de agosto de 1850 el Congreso aprobó la carta credencial del Diputado Suplente Alejandro Villaseñor, el cual rindió su protesta de ley.

Acta del 22 de agosto de 1850.

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72

173 El 14 de septiembre de 1850 el Congreso autorizó al Ejecutivo del Estado para que gastara 400 pesos para solemnizar el aniversario de la Independencia (Colección de Decretos IV: 172).

Decreto 77 del 14 de septiembre de 1850.

174 El 18 de septiembre de 1850 el Congreso nombró como Presidente de su Mesa Directiva al Diputado José María Madariaga y como Vicepresidente al Diputado Alejandro Villaseñor.

Acta del 18 de septiembre de 1850.

175 El 19 de septiembre de 1850 el Congreso agregó el Pueblo de Santa Cruz Acapiztla a la Municipalidad de Xochimilco (Colección de Decretos IV: 172).

Decreto 78 del 19 de septiembre de 1850.

176 El 28 de septiembre de 1850 el Congreso determinó el modo de cubrir los sueldos a quienes hubieran desempeñado algún empleo y no estuvieren colocados (Colección de Decretos IV: 172).

Decreto 79 del 28 de septiembre de 1850.

177 El 1 de octubre de 1850 el Congreso nombró a Mariano Riva Palacio como Gobernador Constitucional para el cuatrienio del 12 de marzo de 1851 al 12 de marzo de 1855 (Colección de Decretos IV: 173).

Decreto 80 del 1 de octubre de 1850.

178 El 2 de octubre de 1850 el Congreso rehabilitó los derechos de Ciudadano a Manuel Robles (Colección de Decretos IV: 174).

Decreto 81 del 2 de octubre de 1850.

179 El 4 de octubre de 1850 el Congreso propuso como Presidente de la República a Mariano Arista, como Senador Propietario a Mariano Arizcorreta y como Senador Suplente a Luis Chavarri.

Acta del 4 de octubre de 1850.

180 El 5 de octubre de 1850 el Congreso derogó el artículo 26 de la Ley del 15 de octubre de 1848 sobre contribuciones y declaró vigente el 84 de la ley del 16 de octubre de 1847 (Colección de Decretos IV: 180).

Decreto 83 del 5 de octubre de 1850.

181 El 7 de octubre de 1850 el Congreso ordenó el establecimiento de la Sociedad de Agricultura que debía integrarse por una Dirección denominada de Agricultura del Estado de México y por las juntas agrícolas de las cabeceras de cada Distrito (Colección de Decretos IV: 174).

Decreto 82 del 7 de octubre de 1850.

182 El 12 de octubre de 1850 el Congreso autorizó al Ejecutivo del Estado para que destinara a los reos a trabajos de minas, fábricas y compostura de caminos (Colección de Decretos IV: 180).

Decreto 84 del 12 de octubre de 1850.

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183 El 15 de octubre de 1850 el Congreso declaró válidas las elecciones de diputados locales de la próxima Legislatura de: Vicente Zamora, Luis Robles, Pascual González Fuentes, Domingo María Pérez y Fernández, José María Aparicio, José María Madariaga, Manuel Campuzano Jaime, José María Navarro, Juan Rafael Icaza, Antonio Mañón y Manuel Solórzano; y como suplentes a: Ramón Andrade, Felipe Berriozábal, Manuel Pasalagua, Agustín Cruz, Pedro del Villar, Rafael Durán y Gómez y Rafael Peña (Colección de Decretos IV: 181).

Decreto 85 del 15 de octubre de 1850.

184 El 15 de octubre de 1850 el Congreso facultó al Ejecutivo del Estado para que pudiera invertir en gastos extraordinarios hasta cuatro mil pesos (Colección de Decretos IV: 182).

Decreto 86 del 15 de octubre de 1850.

185 El 15 de octubre de 1850 el Congreso al disponer que la dirección de la instrucción primaria estuviera a cargo del Ejecutivo del Estado, ordenó el establecimiento en cada Municipio de una Junta de Instrucción Pública y de una contribución para apoyar la educación de cuatro días de las percepciones de cualquier individuo sin importar su sexo o condición (Colección de Decretos IV: 182).

Decreto 87 del 15 de octubre de 1850.

186 El 15 de octubre de 1850 el Congreso ordenó el establecimiento de jurados para juzgar a los vagos (Colección de Decretos IV: 192).

Decreto 88 del 15 de octubre de 1850.

187 El 15 de octubre de 1850 el Congreso estableció arbitrios a la Municipalidad de Toluca (Colección de Decretos IV: 198).

Decreto 89 del 15 de octubre de 1850.

188 El 16 de octubre de 1850 el Congreso facultó al Ejecutivo del Estado para que nombrara peritos valuadores de fincas (Colección de Decretos IV: 202).

Decreto 90 del 16 de octubre de 1850.

189 El 16 de octubre de 1850 el Congreso integró la Diputación Permanente de su Cuarto Receso, presidida por el Diputado Alejandro Villaseñor. Nombró como Secretario al Diputado Juan Rafael Icaza.

Acta del 16 de octubre de 1850 y Convocatoria del 16 de diciembre de 1850.

190 El 16 de octubre de 1850 el Gobernador Mariano Riva Palacio al acudir al Congreso a la clausura de su Cuarto Periodo Ordinario de Sesiones pronunció un discurso, al igual que el Presidente del Congreso, Diputado José María Madariaga.

Acta del 16 de octubre de 1850.

191 El 16 de octubre de 1850 se instaló la Diputación Permanente del Cuarto Receso del Congreso, bajo la Presidencia del Diputado Alejandro Villaseñor.

Acta del 16 de octubre de 1850.

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192 El 17 de octubre de 1850 el Gobernador reglamentó el decreto número 82 del 7 de octubre de 1850, para facilitar la operación de la Sociedad de Agricultura (Colección de Decretos IV: 178).

Decreto del Ejecutivo del 17 de octubre de 1850.

193 El 25 de octubre de 1850 el Gobernador reglamentó el decreto número 87 del 16 de octubre de 1850, para establecer en cada Municipio una Junta de Instrucción Pública y una contribución para apoyar la educación (Colección de Decretos IV: 190).

Decreto del Ejecutivo del 25 de octubre de 1850.

194 El 25 de octubre de 1850 el Gobernador reglamentó el decreto número 88 del 15 de octubre de 1850, para facilitar el establecimiento de jurados para juzgar a los vagos (Colección de Decretos IV: 199).

Decreto del Ejecutivo del 25 de octubre de 1850.

195 El 16 de diciembre de 1850 la Diputación Permanente convocó al Congreso a su Segundo Periodo Extraordinario de Sesiones (Colección de Decretos IV: 204).

Convocatoria del 16 de diciembre de 1850.

196 El 8 de enero de 1851 Mariano Arista fue designado Presidente de la República (Archivo Histórico).

Decreto del 8 de enero de 1851.

197 El 14 de enero de 1851 la Diputación Permanente amplió la convocatoria del Segundo Periodo Extraordinario de Sesiones del Congreso (Colección de Decretos IV: 204).

Convocatoria del 14 de enero de 1851.

198 El 24 de enero de 1851 el Congreso reunido en Junta integró la Mesa Directiva de su Segundo Periodo Extraordinario de Sesiones, presidida por el Diputado Alejandro Villaseñor. Nombró como Vicepresidente al Diputado Domingo Revilla, como secretarios propietarios a los diputados: Francisco de Paula Cuevas y Joaquín Noriega y como secretarios suplentes a los diputados: Mariano Muñoz de Cote y Rafael María Villagrán.

Acta del 24 de enero de 1851.

199 El 25 de enero de 1851 el Gobernador Mariano Riva Palacio al acudir al Congreso a la apertura de su Segundo Periodo Extraordinario de Sesiones pronunció un discurso, al igual que el Presidente del Congreso, Diputado Alejandro Villaseñor.

Acta del 25 de enero de 1851.

200 El 25 de enero de 1851 el Congreso nombró como magistrados de la Suprema Corte de Justicia a: Francisco de Borja Olmedo, Bernardo Couto, Mariano Domínguez, José María Jiménez, José María Cuevas y Francisco Ramírez.

Acta del 25 de enero de 1851.

201 El 1 de febrero de 1851 el Congreso indultó a quienes habían participado en una asonada en Cuautla (Colección de Decretos IV: 205).

Decreto 91 del 1 de febrero de 1851.

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202 El 2 de febrero de 1851 el Gobernador Mariano Riva Palacio al acudir al Congreso a la clausura de su Segundo Periodo Extraordinario de Sesiones pronunció un discurso, al igual que el Presidente del Congreso, Diputado Alejandro Villaseñor.

Acta del 2 de febrero de 1851.

203 El 18 de febrero de 1851 la Diputación Permanente le concedió una licencia por ocho días al Gobernador Mariano Riva Palacio, por lo que se hizo cargo del Poder Ejecutivo el Teniente Gobernador Luis Madrid.

Acta del 18 de febrero de 1851.

204 El I Congreso Constitucional (1849-1851) que operó del 2 de marzo de 1849 al 1 de marzo de 1851 se integró inicialmente con 22 diputados y posteriormente con 21 diputados nombrados por electores secundarios en la Junta General del Estado. Realizó cuatro periodos ordinarios y dos periodos extraordinarios de sesiones y expidió 91 decretos entre el 7 de marzo de 1849 y el 1 de febrero de 1851.

Colección de Decretos.

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4. II Congreso Constitucional (1851-1853)

El II Congreso Constitucional (1851-1853) se integró con 21 diputados.

No. Sinopsis de la Crónica Legislativa Fuentes consultadas10

1 El 1 de marzo de 1851 el Congreso reunido en Junta aprobó las cartas credenciales de los diputados: Antonio Mañón, Juan Rafael Icaza, Vicente Zamora, Manuel Campuzano Jaime, José María Aparicio, José María Madariaga, Domingo María Pérez y Fernández y Pascual González Fuentes, los cuales rindieron su protesta de ley.

Acta del 1 de marzo de 1851.

2 El 1 de marzo de 1851 el Congreso reunido en Junta integró la Mesa Directiva de su Primer Periodo Ordinario de Sesiones, presidida por el Diputado Teófilo Robredo. Nombró como Vicepresidente al Diputado José María Sánchez, como secretarios propietarios a los diputados: José María Madariaga y Juan Rafael Icaza y como secretarios suplentes a los diputados: Domingo María Pérez y Fernández y Joaquín Noriega.

Acta del 1 de marzo de 1851.

3 El 1 de marzo de 1851 el Presidente del Congreso, Diputado Teófilo Robredo, efectuó la declaratoria de instalación del Segundo Congreso Constitucional.

Acta del 1 de marzo de 1851.

4 El 2 de marzo de 1851 el Gobernador Mariano Riva Palacio al acudir al Congreso a la apertura de su Primer Periodo Ordinario de Sesiones pronunció un discurso, al igual que el Presidente del Congreso, Diputado Teófilo Robredo.

Acta del 2 de marzo de 1851 y decreto 22 del 28 de mayo de 1851.

5 El 3 de marzo de 1851 el Congreso eligió como integrantes de la Gran Comisión a los diputados: Francisco de Paula Cuevas, Domingo María Pérez y Fernández, José María Aparicio, Pascual González Fuentes y Joaquín Noriega.

Acta del 3 de marzo de 1851.

6 El 3 de marzo de 1851 se incorporaron a las sesiones del Congreso los diputados: José María Navarro y Antonio Aragón.

Acta del 3 de marzo de 1851.

7 El 4 de marzo de 1851 el Congreso tomó conocimiento de la integración de las comisiones de: Puntos Constitucionales, de Justicia, de Legislación y Negocios Eclesiásticos, de Gobernación, Primera de Hacienda, Segunda de Hacienda, de Instrucción Pública, de Comercio y Agricultura, de Minería e Industria, de Milicia, de Código Municipal, de Corrección de Estilo y de Poderes y Análisis.

Acta del 4 de marzo de 1851.

10 Son citas abreviadas. Los datos completos se pueden consultar en el texto, en la fecha indicada.

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8 El 4 de marzo de 1851 el Congreso integró la Sección de Gran Jurado con los diputados: Juan Rafael Icaza, Pascual González Fuentes, José María Madariaga, Antonio Aragón, Manuel García Aguirre y Luis Pérez Palacios.

Acta del 4 de marzo de 1851.

9 El 4 de marzo de 1851 se incorporó a las sesiones del Congreso el Diputado Manuel García Aguirre.

Acta del 4 de marzo de 1851.

10 El 7 de marzo de 1851 el Congreso aprobó la carta credencial del Diputado Luis Robles, el cual posteriormente rindió su protesta de ley.

Acta del 7 de marzo de 1851.

11 El 8 de marzo de 1851 se incorporó a las sesiones del Congreso el Diputado Domingo Revilla.

Acta del 8 de marzo de 1851.

12 El 12 de marzo de 1851 Mariano Riva Palacio al acudir al Congreso a rendir su protesta de ley como Gobernador para el cuatrienio del 12 de marzo de 1851 al 12 de marzo de 1855 pronunció un discurso.

Acta del 12 de marzo de 1851.

13 El 12 de marzo de 1851 se incorporó a las sesiones del Congreso el Diputado Luis Pérez Palacios.

Acta del 12 de marzo de 1851.

14 El 14 de marzo de 1851 el Congreso le concedió a la Municipalidad de Acambay la contribución personal para la reposición de su templo (Colección de Decretos V: 5).

Decreto 1 del 14 de marzo de 1851.

15 El 26 de marzo de 1851 el Congreso dispuso que en las municipalidades donde no pueda formarse el jurado para destinar a los vagos, conozca el de la Municipalidad más inmediata (Colección de Decretos V: 5).

Decreto 2 del 26 de marzo de 1851.

16 El 26 de marzo de 1851 el Congreso habilitó a Ignacio Márquez para que ejerciera la Abogacía en los tribunales del Estado (Colección de Decretos V: 6).

Decreto 3 del 26 de marzo de 1851.

17 El 2 de abril de 1851 el Congreso nombró como Presidente de su Mesa Directiva al Diputado Luis Pérez Palacios y como Vicepresidente al Diputado Antonio Mañón.

Acta del 2 de abril de 1851.

18 El 3 de abril de 1851 acudió al Congreso el Secretario de Hacienda a presentar la Memoria de su ramo.

Acta y Memoria de Gobierno del 3 de abril de 1851.

19 El 9 de abril de 1851 el Congreso determinó que se colocara en la Plaza Mayor de la Capital una estatua de Miguel Hidalgo y en el Monte de las Cruces un monumento alusivo a la Batalla de 1810 (Colección de Decretos V: 6).

Decreto 4 del 9 de abril de 1851.

20 El 10 de abril de 1851 el Congreso autorizó al Ejecutivo del Estado para que pagase los certificados para la construcción de las cárceles de Toluca y Jilotepec (Colección de Decretos V: 7).

Decreto 5 del 10 de abril de 1851.

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21 El 10 de abril de 1851 el Congreso determinó que sea oída la voz del Fiscal en los negocios de Hacienda Municipal y de fondos de instrucción pública de que deba conocer el Tribunal Superior (Colección de Decretos V: 7).

Decreto 6 del 10 de abril de 1851.

22 El 10 de abril de 1851 el Congreso General le fijó al Estado de México un contingente de cien mil pesos y para los siguientes años el quince por ciento del total del producto de sus rentas (Dublan VI: 44).

Decreto del 10 de abril de 1851.

23 El 12 de abril de 1851 el Congreso nombró a Antonio Mesías como Ministro Propietario del Tribunal Superior de Justicia (Colección de Decretos V: 7).

Decreto 7 del 12 de abril de 1851.

24 El 26 de abril de 1851 el Congreso indultó de sus penas al reo José Eusebio Fulján y Buendía (Colección de Decretos V: 8).

Decreto 8 del 26 de abril de 1851.

25 El 28 de abril de 1851 el Congreso autorizó a la Dirección de Agricultura para celebrar sus sesiones en el lugar que crea conveniente (Colección de Decretos V: 8).

Decreto 9 del 28 de abril de 1851.

26 El 30 de abril de 1851 el Congreso dispuso que las pastas de plata y oro solo pagaran el dos por ciento de su valor (Colección de Decretos V: 8).

Decreto 10 del 30 de abril de 1851.

27 El 2 de mayo de 1851 el Congreso nombró como Presidente de su Mesa Directiva al Diputado Joaquín Noriega y como Vicepresidente al Diputado Rafael María Villagrán.

Acta del 2 de mayo de 1851.

28 El 5 de mayo de 1851 el Congreso prorrogó el plazo para el avalúo de las fincas rústicas y urbanas (Colección de Decretos V: 9).

Decreto 11 del 5 de mayo de 1851.

29 El 6 de mayo de 1851 el Congreso autorizó al Ejecutivo del Estado para que fijara los sueldos de los celadores de las cárceles (Colección de Decretos V: 9).

Decreto 12 del 6 de mayo de 1851.

30 El 6 de mayo de 1851 el Congreso autorizó al Ejecutivo del Estado para que gastara hasta cinco mil pesos en el pago de la fuerza de seguridad pública (Colección de Decretos V: 9).

Decreto 13 del 6 de mayo de 1851.

31 El 7 de mayo de 1851 el Congreso reglamentó el modo de practicar los avalúos de las fincas urbanas y rústicas (Colección de Decretos V: 10).

Decreto 14 del 7 de mayo de 1851.

32 El 12 de mayo de 1851 el Congreso designó la contribución que debían de pagar los fabricantes de azúcar, panocha y piloncillo (Colección de Decretos V: 10).

Decreto 15 del 12 de mayo de 1851.

33 El 12 de mayo de 1851 el Gobernador reglamentó el decreto número 15 del 12 de mayo de 1851, para recaudar la contribución que debían de pagar los fabricantes de azúcar, panocha y piloncillo (Colección de Decretos V: 13).

Decreto del Ejecutivo del 12 de mayo de 1851.

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34 El 13 de mayo de 1851 el Congreso determinó que los dueños y arrendatarios de fincas rústicas y urbanas debían pagar la contribución para el fomento de la instrucción primaria (Colección de Decretos V: 14).

Decreto 16 del 13 de mayo de 1851.

35 El 15 de mayo de 1851 el Congreso duplicó las tarifas a los establecimientos, giros, profesiones y ejercicios lucrativos (Colección de Decretos V: 15).

Decreto 17 del 15 de mayo de 1851.

36 El 15 de mayo de 1851 el Gobernador reglamentó el decreto número 17 del 15 de mayo de 1851, para facilitar el cobro de contribuciones a los establecimientos, giros, profesiones y ejercicios lucrativos (Colección de Decretos V: 15).

Decreto del Ejecutivo del 15 de mayo de 1851.

37 El 18 de mayo de 1851 el Congreso habilitó a Domingo Rodríguez para que pudiera ejercer la Abogacía en el Estado (Colección de Decretos V: 16).

Decreto 18 del 18 de mayo de 1851.

38 El 22 de mayo de 1851 el Congreso estableció el derecho de patente a los alambiques para la elaboración de aguardiente de caña (Colección de Decretos V: 16).

Decreto 19 del 22 de mayo de 1851.

39 El 23 de mayo de 1851 el Gobernador reglamentó el decreto número 19 del 22 de mayo de 1851, para facilitar el cobro del derecho de patente a los alambiques para la elaboración de aguardiente de caña (Colección de Decretos V: 20).

Decreto del Ejecutivo del 23 de mayo de 1851.

40 El 27 de mayo de 1851 el Congreso indultó de sus penas al reo Agustín Rivera (Colección de Decretos V: 21).

Decreto 20 del 27 de mayo de 1851.

41 El 27 de mayo de 1851 el Congreso le concedió licencia al Contador del Estado José Lailzon para aceptar empleo del Gobierno General (Colección de Decretos V: 21).

Decreto 21 del 27 de mayo de 1851.

42 El 28 de mayo de 1851 el Congreso aprobó el Presupuesto del Estado de México para el Año Económico del 2 de junio de 1851 al 2 de junio de 1852, en el cual se mantuvo en $2,000.00 anuales la dieta para cada uno de los 21 diputados (Colección de Decretos V: 22).

Decreto 22 del 28 de mayo de 1851.

43 El 28 de mayo de 1851 el Congreso determinó que el Jurado que debía de juzgar a los vagos debía renovarse cada seis meses (Colección de Decretos V: 29).

Decreto 23 del 28 de mayo de 1851.

44 El 30 de mayo de 1851 el Congreso integró la Diputación Permanente de su Primer Receso, presidida por el Diputado Domingo María Pérez y Fernández. Nombró como miembros a los diputados: Francisco de Paula Cuevas, Antonio Mañón, Teófilo Robredo y Pascual González Fuentes y como Suplente al Diputado Juan Rafael Icaza.

Acta del 30 de mayo de 1851.

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45 El 31 de mayo de 1851 el Congreso designó los fondos para la amortización de la deuda pasiva (Colección de Decretos V: 29).

Decreto 24 del 31 de mayo de 1851.

46 El 31 de mayo de 1851 el Congreso estableció el derecho de traslación de dominio (Colección de Decretos V: 31).

Decreto 25 del 31 de mayo de 1851.

47 El 2 de junio de 1851 el Congreso habilitó de edad a: Hilario Pérez de León y Juan B. Alcántara para que pudieran administrar sus bienes (Colección de Decretos V: 33).

Decreto 26 del 2 de junio de 1851.

48 El 2 de junio de 1851 el Congreso segregó la Municipalidad de Tejupilco del Partido de Sultepec para agregarla al de Temascaltepec (Colección de Decretos V: 33).

Decreto 27 del 2 de junio de 1851.

49 El 2 de junio de 1851 el Congreso determinó que los depósitos judiciales se efectuaran en la Casa de Ahorros establecida en Toluca (Colección de Decretos V: 33).

Decreto 28 del 2 de junio de 1851.

50 El 2 de junio de 1851 el Congreso permitió que en el Estado se hiciera el laboreo de minas conforme al método de Andrés del Río (Colección de Decretos V: 36).

Decreto 29 del 2 de junio de 1851.

51 El 2 de junio de 1851 el Gobernador Mariano Riva Palacio al acudir al Congreso a la clausura de su Primer Periodo Ordinario de Sesiones pronunció un discurso, al igual que el Presidente del Congreso, Diputado Joaquín Noriega.

Acta del 2 de junio de 1851.

52 El 2 de junio de 1851 se instaló la Diputación Permanente del Primer Receso del Congreso, bajo la Presidencia del Diputado Domingo María Pérez y Fernández.

Acta del 2 de junio de 1851.

53 El 6 de junio de 1851 el Gobernador reglamentó el decreto número 24 del 31 de mayo de 1851, para facilitar la integración de los depósitos judiciales que debían de hacerse en la Caja de Ahorros de la Ciudad de Toluca, con la intervención de los administradores de rentas de los partidos (Colección de Decretos V: 35).

Reglamento del Ejecutivo del 6 de junio de 1851.

54 El 20 de junio de 1851 la Diputación Permanente convocó al Congreso a su Primer Periodo Extraordinario de Sesiones (Colección de Decretos V: 37).

Convocatoria del 20 de junio de 1851.

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55 El 30 de junio de 1851 el Congreso reunido en Junta integró la Mesa Directiva de su Primer Periodo Extraordinario de Sesiones, presidida por el Diputado José María Navarro. Nombró como Vicepresidente al Diputado Pascual González Fuentes, como secretarios propietarios a los diputados: Domingo María Pérez y Fernández y Vicente Zamora y como secretarios suplentes a los diputados: Antonio Aragón y Domingo Revilla.

Acta del 30 de junio de 1851.

56 El 30 de junio de 1851 el Gobernador Mariano Riva Palacio al acudir al Congreso a la apertura de su Primer Periodo de Sesiones Extraordinarias pronunció un discurso, al igual que el Presidente del Congreso, Diputado José María Navarro.

Discurso del 30 de junio de 1851.

57 El 1 de junio de 1851 el Congreso integró una comisión especial para estudiar una iniciativa al Congreso de la Unión referente a las rentas.

Acta del 1 de junio de 1851.

58 El 4 de julio de 1851 el Congreso se manifestó en contra del Gobierno Federal por la adopción de disposiciones que afectaban sus ingresos (Archivo Histórico).

Dictamen del 4 de julio de 1851.

59 El 7 de julio de 1851 el Gobernador Mariano Riva Palacio al acudir al Congreso a la clausura de su Primer Periodo Extraordinario de Sesiones pronunció un discurso, al igual que el Presidente del Congreso, Diputado José María Navarro.

Acta del 7 de julio de 1851.

60 El 22 de julio de 1851 la Diputación Permanente le concedió licencia al Gobernador Mariano Riva Palacio, para que saliera de su territorio del Estado por todo el tiempo que juzgare conveniente. En tal virtud, se hizo cargo del Poder Ejecutivo el Teniente Gobernador Luis Madrid.

Acta del 22 de julio de 1851.

61 El 14 de julio de 1851 el Congreso reunido en Junta integró la Mesa Directiva de su Segundo Periodo Ordinario de Sesiones, presidida por el Diputado Pascual González Fuentes. Nombró como Vicepresidente al Diputado José María Aparicio, como secretarios propietarios a los diputados: Luis Pérez Palacios y Luis Robles y como secretarios suplentes a los diputados: Teófilo Robredo y Rafael María Villagrán.

Acta del 14 de julio de 1851.

62 El 15 de agosto de 1851 el Teniente Gobernador Luis Madrid al acudir al Congreso a la apertura de su Segundo Periodo Ordinario de Sesiones pronunció un discurso, al igual que el Presidente del Congreso, Diputado Pascual González Fuentes.

Acta del 15 de agosto de 1851.

63 El 23 de agosto de 1851 se incorporó a las sesiones del Congreso el Diputado Francisco Campero.

Acta del 23 de agosto de 1851.

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64 El 1 de septiembre de 1851 el Congreso tomó conocimiento de un comunicado del Gobernador Mariano Riva Palacio, por el que informaba que el 30 de agosto se había encargado del Gobierno.

Acta del 1 de septiembre de 1851.

65 El 5 de septiembre de 1851 el Congreso indultó de sus penas al reo José María Licona (Colección de Decretos V: 38).

Decreto 30 del 5 de septiembre de 1851.

66 El 12 de septiembre de 1851 el Congreso les impuso una contribución a los tejedores de rebozos, mantas y cordoncillos (Colección de Decretos V: 38).

Decreto 31 del 12 de septiembre de 1851.

67 El 15 de septiembre de 1851 el Congreso nombró como Presidente de su Mesa Directiva al Diputado Domingo María Pérez y Fernández y como Vicepresidente al Diputado Francisco Campero.

Acta del 15 de septiembre de 1851.

68 El 23 de septiembre de 1851 el Congreso autorizó al Ejecutivo del Estado para que le pagara a Antonio Fuentes el alcance a su favor (Colección de Decretos V: 38).

Decreto 32 del 23 de septiembre de 1851.

69 El 23 de septiembre de 1851 el Congreso autorizó al Ejecutivo del Estado para que pagara el importe de los certificados que se aplicaran a la obra de la Cárcel de la Ciudad de Toluca (Colección de Decretos V: 39).

Decreto 33 del 23 de septiembre de 1851.

70 El 26 de septiembre de 1851 el Congreso reglamentó lo referente al otorgamiento de indultos de sus penas a los reos por parte del Gobernador (Colección de Decretos V: 39).

Decreto 34 del 26 de septiembre de 1851.

71 El 2 de octubre de 1851 acudió al Congreso el Diputado Mariano Solórzano a rendir su protesta de ley.

Acta del 2 de octubre de 1851.

72 El 8 de octubre de 1851 el Congreso facultó al Ejecutivo del Estado para enajenar sus acciones que tenía en la empresa del Camino a Morelia (Colección de Decretos V: 39).

Decreto 35 del 8 de octubre de 1851.

73 El 8 de octubre de 1851 el Congreso determinó que los jueces de primera instancia ocurrirían a la Diputación de Minería más cercana (Colección de Decretos V: 40).

Decreto 36 del 8 de octubre de 1851.

74 El 8 de octubre de 1851 el Congreso estableció la contribución por el uso de máquinas para la destilación de aguardiente de caña (Colección de Decretos V: 40).

Decreto 37 del 8 de octubre de 1851.

75 El 9 de octubre de 1851 el Congreso reformó la Constitución Política del Estado Libre de México, para determinar que el Estado se integrara con los distritos de: Cuernavaca, Huejutla, Sultepec, Texcoco, Tlalnepantla, Toluca, Tula y Tulancingo (Colección de Decretos V: 41).

Decreto 38 del 9 de octubre de 1851. Artículo 4.

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76 El 9 de octubre de 1851 el Congreso derogó la disposición que establecía que los electores nombrarían a los diputados del Congreso General y del Estado.

Decreto 38 del 9 de octubre de 1851. Derogó el artículo 71.

77 El 9 de octubre de 1851 el Congreso al extinguir la figura del Teniente Gobernador, determinó para los casos de impedimento temporal del Gobernador se nombraría Gobernador Interino e ínterin se encargaría del Gobierno el Presidente del Tribunal Superior de Justicia.

Decreto 38 del 9 de octubre de 1851. Artículo 41.

78 El 9 de octubre de 1851 el Congreso dispuso que se renovaría parcialmente cada dos años, que ninguna autoridad ni persona podría reconvenir a los diputados por sus opiniones y votaciones, que los suplentes se renovarían en su totalidad cada dos años, nombrando uno por cada dos diputados y que para ser Diputado se requería ser: ciudadano del Estado en el ejercicio de sus derechos y mayor de 25 años.

Decreto 38 del 9 de octubre de 1851.

79 El 10 de octubre de 1851 el Congreso autorizó al Ejecutivo del Estado para pagar el alcance que resultó a favor de Adrián Colina (Colección de Decretos V: 45).

Decreto 39 del 10 de octubre de 1851.

80 El 10 de octubre de 1851 el Congreso autorizó al Ejecutivo del Estado para que gastara mil pesos en la construcción del monumento a Miguel Hidalgo (Colección de Decretos V: 46).

Decreto 40 del 10 de octubre de 1851.

81 El 11 de octubre de 1851 el Congreso determinó que las ventas de las haciendas de beneficio de metales no causaban derecho por la traslación de dominio (Colección de Decretos V: 46).

Decreto 41 del 11 de octubre de 1851.

82 El 11 de octubre de 1851 el Congreso le otorgó su jubilación al Portero Joaquín de la Bandera (Colección de Decretos V: 46).

Decreto 42 del 11 de octubre de 1851.

83 El 13 de octubre de 1851 el Congreso integró la Diputación Permanente de su Segundo Receso, presidida por el Diputado Antonio Mañón. Nombró como miembros a los diputados: Pascual González Fuentes, Francisco de Paula Cuevas, Teófilo Robredo y Juan Rafael Icaza y como Suplente al Diputado Domingo Revilla.

Acta del 13 de octubre de 1851.

84 El 15 de octubre de 1851 el Congreso acordó que se le pagaran los alcances que resultaran a favor de Juan de Molina (Colección de Decretos V: 47).

Decreto 43 del 15 de octubre de 1851.

85 El 15 de octubre de 1851 el Congreso designó la cantidad que debían pagar los chichapales en que se elaboraba el aguardiente de caña (Colección de Decretos V: 47).

Decreto 44 del 15 de octubre de 1851.

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86 El 15 de octubre de 1851 el Congreso facultó al Ejecutivo del Estado para que pudiera aprobar la enajenación de los bienes propios de los municipios (Colección de Decretos V: 49).

Decreto 45 del 15 de octubre de 1851.

87 El 16 de octubre de 1851 el Congreso autorizó a la Tesorería para que pagara en una sola partida los certificados cuyo valor no llegara a cien pesos (Colección de Decretos V: 50).

Decreto 46 del 16 de octubre de 1851.

88 El 16 de octubre de 1851 el Congreso autorizó al Ejecutivo del Estado para que pudiera reformar el Instituto Literario (Colección de Decretos V: 50).

Decreto 47 del 16 de octubre de 1851.

89 El 16 de octubre de 1851 el Congreso le concedió una pensión a Ana Lara (Colección de Decretos V: 88).

Decreto 48 del 16 de octubre de 1851.

90 El 16 de octubre de 1851 el Congreso fijó un arancel de derechos en el Ramo de Minería (Colección de Decretos V: 88).

Decreto 49 del 16 de octubre de 1851.

91 El 16 de octubre de 1851 el Gobernador Mariano Riva Palacio al acudir al Congreso a la clausura de su Segundo Periodo Ordinario de Sesiones pronunció un discurso, al igual que el Presidente del Congreso, Diputado Domingo María Pérez y Fernández.

Acta del 16 de octubre de 1851.

92 El 16 de octubre de 1851 se instaló la Diputación Permanente, bajo la Presidencia del Diputado Juan Rafael Icaza.

Acta del 16 de octubre de 1851.

93 El 25 de octubre de 1851 el Gobernador reglamentó el decreto número 44 del 15 de octubre de 1851, para facilitar el pago de los chichapales en que se elaboraba el aguardiente de caña (Colección de Decretos V: 4).

Decreto del Ejecutivo del 25 de octubre de 1851.

94 El 28 de octubre de 1851 el Gobernador expidió el Reglamento del Instituto Literario (Colección de Decretos V: 51).

Reglamento del Ejecutivo del 28 de octubre de 1851.

95 El 29 de octubre de 1851 el Secretario de Hacienda presentó una iniciativa al Congreso, en la que manifestó los honorarios que disfrutarían los administradores (El Porvenir, 4/11/1851).

Disposición del 29 de octubre de 1851.

96 El 4 de noviembre de 1851 acudió a la Diputación Permanente Francisco de Paula Cuevas, a rendir su protesta de ley como Secretario de Justicia.

Acta del 4 de noviembre de 1851.

97 El 7 de noviembre de 1851 acudió a la Diputación Permanente Isidro Montiel, a rendir su protesta de ley como Secretario de Relaciones.

Acta del 7 de noviembre de 1851.

98 El 22 de diciembre de 1851 el Teniente Gobernador Luis Madrid en el ejercicio del Poder Ejecutivo dio a conocer el decreto del Congreso General, por el que fijó disposiciones referentes a los correos ordinarios (Archivo Histórico).

Decreto del 16 de diciembre de 1851.

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99 El 17 de febrero de 1852 la Diputación Permanente acordó llamar a dos diputados suplentes para cubrir las vacantes que habían dejado los diputados: Manuel García Aguirre y Luis Robles.

Acta del 17 de febrero de 1852.

100 El 1 de marzo de 1852 el Congreso reunido en Junta aprobó la carta credencial del Diputado Suplente Felipe Berriozábal, el cual rindió su protesta de ley ante el Pleno.

Acta del 1 de marzo de 1852.

101 El 1 de marzo de 1852 el Congreso reunido en Junta integró la Mesa Directiva de su Tercer Periodo Ordinario de Sesiones, presidida por el Diputado Teófilo Robredo. Nombró como Vicepresidente al Diputado Joaquín Noriega, como secretarios propietarios a los diputados: José María Aparicio y Mariano Solórzano y como secretarios suplentes a los diputados: Pascual González Fuentes y Francisco de Paula Cuevas.

Acta del 1 de marzo de 1852.

102 El 2 de marzo de 1852 el Gobernador Mariano Riva Palacio al acudir al Congreso a la apertura de su Tercer Periodo Ordinario de Sesiones pronunció un discurso, al igual que el Presidente del Congreso, Diputado Teófilo Robredo.

Acta del 2 de marzo de 1852.

103 El 6 de marzo de 1852 el Congreso tomó conocimiento de la sustitución de miembros de las comisiones que efectuó la Gran Comisión.

Acta del 6 de marzo de 1852.

104 El 8 de marzo de 1852 el Congreso nombró como integrantes de la Sección de Gran Jurado a los diputados: Manuel Campuzano Jaime, José María Madariaga, Felipe Berriozábal y Rafael María Villagrán.

Acta del 8 de marzo de 1852.

105 El 9 de marzo de 1852 el Congreso nombró como magistrados del Tribunal Superior de Justicia a: Juan Fernández Renedo, José María Godoy, José Ignacio Mañón, Ignacio Gutiérrez, Melchor Carrasco, José María González Arratia, Gregorio Mier y Terán, Joaquín Pérez Tejada y Rafael Lechuga (Colección de Decretos V: 91).

Decreto 50 del 9 de marzo de 1852.

106 El 15 de marzo de 1852 el Congreso indultó de sus penas al reo Trinidad Santander (Colección de Decretos V: 92).

Decreto 52 del 15 de marzo de 1852.

107 El 24 de marzo de 1852 el Congreso facultó a Rafael Zavala para que pudiera ejercer la Abogacía (Colección de Decretos V: 91).

Decreto 51 del 24 de marzo de 1852.

108 El 24 de marzo de 1852 el Secretario de Hacienda, Manuel de la Sota Riva, presentó al Congreso la Memoria correspondiente al ramo de su encargo.

Memoria y acta del 24 de marzo de 1852.

109 El 27 de marzo de 1852 el Secretario de Justicia e Instrucción Pública, Francisco Tavera, presentó al Congreso la Memoria de los ramos de su encargo.

Memoria y acta del 27 de marzo de 1852.

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110 El 29 de marzo de 1852 el Secretario de Relaciones y Guerra, Isidro Montiel, presentó al Congreso la Memoria correspondiente a los ramos de su encargo.

Memoria y acta del 29 de marzo de 1852.

111 El 1 de abril de 1852 el Congreso nombró como Presidente del Tribunal Superior de Justicia a Agustín Gómez Eguiarte.

Acta del 1 de abril de 1852.

112 El 2 de abril de 1852 el Congreso nombró como Presidente de su Mesa Directiva al Diputado Antonio Mañón y como Vicepresidente al Diputado José María Navarro.

Acta del 2 de abril de 1852.

113 El 19 de abril de 1852 el Congreso dispuso que en la formación de los padrones participaran los administradores de rentas (Colección de Decretos V: 92).

Decreto 53 del 19 de abril de 1852.

114 El 19 de abril de 1852 se incorporó a las sesiones del Congreso el Diputado Agustín Cruz.

Acta del 19 de abril de 1852.

115 El 20 de abril de 1852 el Congreso tomó conocimiento de la sustitución de miembros de las comisiones efectuada por la Gran Comisión.

Acta del 20 de abril de 1852.

116 El 29 de abril de 1852 el Congreso determinó que en toda demanda civil contra un Diputado precedería el juicio conciliatorio (Colección de Decretos V: 92).

Decreto 54 del 29 de abril de 1852.

117 El 30 de abril de 1852 el Congreso nombró a Joaquín Mier y Noriega como Ministro Propietario del Tribunal Superior de Justicia (Colección de Decretos V: 93).

Decreto 55 del 30 de abril de 1852.

118 El 3 de mayo de 1852 el Congreso nombró a Luis Madrid como Gobernador del Estado, para el cuatrienio que inició el 12 de marzo de 1851 y que concluiría el 12 de marzo de 1855 (Colección de Decretos V: 94).

Decreto 56 del 3 de mayo de 1852.

119 El 3 de mayo de 1852 el Congreso nombró como Presidente de su Mesa Directiva al Diputado Francisco de Paula Cuevas y como Vicepresidente al Diputado Agustín Cruz.

Acta del 3 de mayo de 1852.

120 El 4 de mayo de 1852 el Congreso habilitó a Andrés Dardón y Manuel Zerón para ejercer la Abogacía (Colección de Decretos V: 94).

Decreto 57 del 4 de mayo de 1852.

121 El 5 de mayo de 1852 el Congreso fijó las reglas para cubrir las deudas a los empleados públicos fallecidos (Colección de Decretos V: 94).

Decreto 58 del 5 de mayo de 1852.

122 El 5 de mayo de 1852 el Secretario de Hacienda Manuel de la Sota Riva acudió al Congreso a la discusión del dictamen, por el que se proponía prorrogar el plazo para el evalúo de fincas.

Acta del 5 de mayo de 1852.

123 El 6 de mayo de 1852 el Congreso prorrogó el plazo para el evalúo de fincas rústicas y urbanas (Colección de Decretos V: 95).

Decreto 59 del 6 de mayo de 1852.

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124 El 6 de mayo de 1852 Luis Madrid acudió al Congreso a rendir su protesta de ley como Gobernador, el cual pronunció un discurso, al igual que el Presidente del Congreso, Diputado Francisco de Paula Cuevas.

Acta del 6 de mayo de 1852.

125 El 7 de mayo de 1852 el Congreso erigió el Partido de Villa del Valle (Colección de Decretos V: 95).

Decreto 60 del 7 de mayo de 1852.

126 El 10 de mayo de 1852 el Congreso erigió en Pueblo la Ranchería de San Antonio Polotitlán (Colección de Decretos V: 96).

Decreto 61 del 10 de mayo de 1852.

127 El 12 de mayo de 1852 el Congreso facultó al Ejecutivo del Estado para gastar 18 mil 50 pesos en la fuerza de seguridad pública y gratificación de visitadores (Colección de Decretos V: 197).

Decreto 62 del 12 de mayo de 1852.

128 El 12 de mayo de 1852 el Congreso consignó el diez por ciento de las rentas del Estado para amortizar la deuda pasiva (Colección de Decretos V: 107).

Decreto 63 del 12 de mayo de 1852.

129 El 15 de mayo de 1852 el Congreso integró una comisión especial para que elaborara una iniciativa al Congreso de la Unión, para que se restituyeran las alcabalas.

Acta del 15 de mayo de 1852.

130 El 17 de mayo de 1852 el Congreso autorizó la impresión de la Constitución Política de 1827 con la inclusión de sus reformas (Colección de Decretos V: 144).

Constitución revisada el 17 de mayo de 1852.

131 El 19 de mayo de 1852 el Congreso General determinó que el contingente que debían pagar los estados aumentara un cinco por ciento mientras se amortizara la deuda interior (Biblioteca José María Luis Mora).

Decreto del 19 de mayo de 1852.

132 El 22 de mayo de 1852 el Congreso General dispuso que los congresos de los estados remitieran el 1 de febrero de cada año a ambas cámaras noticia circunstanciada de los ingresos y egresos de todas las tesorerías que haya en sus estados (Secretaría de la Presidencia 1: 264).

Decreto del 22 de mayo de 1852.

133 El 25 de mayo de 1852 el Congreso expidió el Reglamento para la Amortización de Bonos (Colección de Decretos V: 97).

Decreto 64 del 25 de mayo de 1852.

134 El 27 de mayo de 1852 acudió al Congreso el Secretario de Justicia Francisco Tavera, a fin de tratar lo referente al dictamen sobre conciliadores.

Acta del 27 de mayo de 1852.

135 El 30 de mayo de 1852 el Congreso integró la Diputación Permanente de su Tercer Receso, presidida por el Diputado Pascual González Fuentes. Nombró como miembros a los diputados: Francisco de Paula Cuevas, Domingo María Pérez y Fernández, Antonio Mañón y Teófilo Robredo y como Suplente al Diputado Juan Rafael Icaza.

Acta del 30 de mayo de 1852.

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136 El 31 de mayo de 1852 el Congreso aprobó el Presupuesto de Gastos del Estado de México para el Año Económico del 2 de junio de 1852 al 2 de junio de 1853, en el cual las percepciones de los diputados se mantuvieron en $2,000.00 anuales y se asignaron recursos para el Hospital San Juan de Dios y para la compra de muebles y la compostura del Salón de Sesiones del Congreso (Colección de Decretos V: 98).

Decreto 65 del 31 de mayo de 1852.

137 El 31 de mayo de 1852 el Congreso previno que la Cuenta de Caudales del Estado se arreglara al año económico establecido en la Constitución (Colección de Decretos V: 105).

Decreto 66 del 31 de mayo de 1852.

138 El 31 de mayo de 1852 el Congreso al emitir la convocatoria de elecciones para diputados, determinó que las elecciones para renovar a sus diputados se efectuaran sin necesidad de convocatoria (Colección de Decretos V: 107).

Decreto 67 del 31 de mayo de 1852.

139 El 31 de mayo de 1852 el Congreso aprobó el establecimiento de la Academia de Música del Instituto Literario (Colección de Decretos V: 58).

Acuerdo del 31 de mayo de 1852.

140 El 2 de junio de 1852 el Congreso estableció la contribución del tres al millar a los ingenios (Colección de Decretos V: 107).

Decreto 68 del 2 de junio de 1852.

141 El 2 de junio de 1852 el Congreso autorizó al Ejecutivo del Estado para que pagara el importe pendiente de la correspondencia oficial (Colección de Decretos V: 107).

Decreto 69 del 2 de junio de 1852.

142 El 2 de junio de 1852 el Congreso autorizó al Ejecutivo del Estado para que se asociara en la empresa de la apertura del Istmo de Tehuantepec (Colección de Decretos V: 107).

Decreto 70 del 2 de junio de 1852.

143 El 2 de junio de 1852 el Congreso estableció en el Instituto Literario la clase de fundamentos de la Religión Católica (Colección de Decretos V: 59).

Acuerdo del 2 de junio de 1852.

144 El 2 de junio de 1852 el Gobernador Luis Madrid al acudir al Congreso a la clausura de su Tercer Periodo Ordinario de Sesiones pronunció un discurso, al igual que el Presidente del Congreso, Diputado Francisco de Paula Cuevas.

Acta del 2 de junio de 1852.

145 El 2 de junio de 1852 se instaló la Diputación Permanente del Tercer Receso del Congreso, bajo la Presidencia del Diputado Pascual González Fuentes.

Acta del 2 de junio de 1852.

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146 El 14 de agosto de 1852 el Congreso reunido en Junta integró la Mesa Directiva de su Cuarto Periodo Ordinario de Sesiones, presidida por el Diputado José María Aparicio. Nombró como Vicepresidente al diputado Mariano Solórzano, como secretarios propietarios a los diputados: Juan Rafael Icaza y Agustín Cruz y como secretarios suplentes a los diputados: Manuel Campuzano Jaime y Rafael María Villagrán.

Acta del 14 de agosto de 1852.

147 El 15 de agosto de 1852 el Gobernador Luis Madrid al acudir al Congreso a la apertura de su Cuarto Periodo Ordinario de Sesiones pronunció un discurso, al igual que el Presidente del Congreso, Diputado José María Aparicio.

Acta del 15 de agosto de 1852.

148 El 21 de agosto de 1852 el Congreso indultó de sus penas al reo Juan de Dios Lerma (Colección de Decretos V: 108).

Decreto 71 del 21 de agosto de 1852.

149 El 25 de agosto de 1852 se presentó el Secretario de Gobierno al Congreso a analizar el dictamen sobre el Reglamento de Trabajos del Prefecto y Subprefectos.

Acta del 25 de agosto de 1852.

150 El 6 de septiembre de 1852 el Congreso autorizó al Ejecutivo del Estado para que gastara 20 mil pesos en la conservación del orden público (Colección de Decretos V: 108).

Decreto 72 del 6 de septiembre de 1852.

151 El 9 de septiembre de 1852 el Congreso indultó de sus penas al reo Sotero Iglesias (Colección de Decretos V: 109).

Decreto 73 del 9 de septiembre de 1852.

152 El 15 de septiembre de 1852 el Congreso nombró como Presidente de su Mesa Directiva al Diputado Mariano Solórzano y como Vicepresidente al Diputado Joaquín Noriega.

Acta del 15 de septiembre de 1852.

153 El 21 de septiembre de 1852 el Gobierno Federal prohibió a la prensa favorecer las pretensiones de los sublevados (Archivo Histórico).

Decreto del 21 de septiembre de 1852.

154 El 28 de septiembre de 1852 el Congreso le concedió al Ayuntamiento de Ixtapaluca la mitad de la contribución personal para redificar su Iglesia (Colección de Decretos V: 109).

Decreto 74 del 28 de septiembre de 1852.

155 El 29 de septiembre de 1852 el Congreso indultó de sus penas al reo Cristóbal Hilario (Colección de Decretos V: 109).

Decreto 75 del 29 de septiembre de 1852

156 El 30 de septiembre de 1852 el Secretario de Gobierno acudió al Congreso a participar en el análisis del dictamen sobre el Código Municipal.

Acta del 30 de septiembre de 1852.

157 El 1 de octubre de 1852 el Congreso ordenó que se pagaran los alcances a los herederos del empleado J. Mariano Zavala (Colección de Decretos V: 111).

Decreto 76 del 1 de octubre de 1852.

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158 El 1 de octubre de 1852 el Congreso habilitó de edad al menor Pascasio López para que pudiera administrar sus bienes y contraer obligaciones (Colección de Decretos V: 111).

Decreto 77 del 1 de octubre de 1852.

159 El 5 de octubre de 1852 el Congreso impuso una contribución municipal a las canoas (Colección de Decretos V: 110).

Decreto 78 del 5 de octubre de 1852.

160 El 11 de octubre de 1852 el Congreso le concedió al Pueblo de Omitlán del Mineral del Monte la mitad de la contribución personal para redificar su Iglesia (Colección de Decretos V: 111).

Decreto 79 del 11 de octubre de 1852.

161 El 11 de octubre de 1852 el Congreso reglamentó las funciones de los conciliadores establecidas en el artículo 206 de la Constitución Política del Estado Libre de México (Colección de Decretos V: 111).

Decreto 80 del 11 de octubre de 1852.

162 El 15 de octubre de 1852 el Congreso facultó al Ejecutivo del Estado para que reformara y ejecutara en el término de un año la división territorial del Estado (Colección de Decretos V: 119).

Decreto 81 del 15 de octubre de 1852.

163 El 15 de octubre de 1852 el Congreso facultó al Ejecutivo del Estado para que estableciera arbitrios en los municipios (Colección de Decretos V: 121).

Decreto 82 del 15 de octubre de 1852.

164 El 15 de octubre de 1852 el Congreso expidió la Ley Reglamentaria de las Atribuciones de los Prefectos y Subprefectos del Estado de México (Colección de Decretos V: 122).

Decreto 83 del 15 de octubre de 1852.

165 El 15 de octubre de 1852 el Congreso indultó de sus penas al reo José Blas Fuentes (Colección de Decretos V: 136).

Decreto 84 del 15 de octubre de 1852.

166 El 15 de octubre de 1852 el Congreso exceptuó del pago del tres al millar por diez años a las mejoras que se hicieran en las fincas rústicas y urbanas (Colección de Decretos V: 137).

Decreto 85 del 15 de octubre de 1852.

167 El 15 de octubre de 1852 el Congreso al expedir las atribuciones de los alcaldes y municipales instituyó la figura de las municipalidades en los lugares donde no existieran ayuntamientos y por lo tanto municipios (Colección de Decretos V: 137).

Decreto 86 del 15 de octubre de 1852.

168 El 15 de octubre de 1852 el Congreso indultó de sus penas al reo José Mejía (Colección de Decretos V: 140).

Decreto 87 del 15 de octubre de 1852.

169 El 15 de octubre de 1852 el Congreso acordó que se le pagara a Agustín Legorreta lo que le correspondía como cesante en una Subrecaudación (Colección de Decretos V: 140).

Decreto 88 del 15 de octubre de 1852.

170 El 15 de octubre de 1852 el Congreso dispuso que se ministraran recursos en forma mensual a los hospitales de: Cuernavaca, Texcoco y Pachuca (Colección de Decretos V: 141).

Decreto 89 del 15 de octubre de 1852.

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91

171 El 15 de octubre de 1852 el Congreso prohibió el cobro de derechos dobles en los tribunales y juzgados (Colección de Decretos V: 141).

Decreto 90 del 15 de octubre de 1852.

172 El 15 de octubre de 1852 el Congreso facultó al Ejecutivo del Estado para que aprobara la enajenación de los terrenos de Jiutepec (Colección de Decretos V: 141).

Decreto 91 del 15 de octubre de 1852.

173 El 15 de octubre de 1852 el Congreso aprobó el nombramiento de los diputados de la Tercera Legislatura Constitucional (Colección de Decretos V: 142).

Decreto 92 del 15 de octubre de 1852.

174 El 16 de octubre de1852 el Congreso acordó que el Ejecutivo del Estado hiciera cumplir las reformas constitucionales (Colección de Decretos V: 173).

Acuerdo del 16 de octubre de1852.

175 El 16 de octubre de 1852 el Congreso autorizó al Ejecutivo del Estado para que invirtierar cuatro mil pesos en gastos extraordinarios (Colección de Decretos V: 142).

Decreto 93 del 16 de octubre de 1852.

176 El 16 de octubre de 1852 el Congreso clausuró su Cuarto Periodo Ordinario de Sesiones, bajo la Presidencia del Diputado Mariano Solórzano y la Gubernatura de Luis Madrid.

Acta del 16 de octubre de 1852.

177 El 20 de octubre de 1852 el Gobernador al reglamentar el decreto número 80 del 11 de octubre de 1852 expidió el Reglamento de los Conciliadores (Colección de Decretos V: 118).

Decreto del Ejecutivo del 20 de octubre de 1852.

178 El 20 de octubre de 1852 el Gobernador reglamentó el decreto número 81 del 15 de octubre de 1852, para que los prefectos le remitan al Ejecutivo del Estado un informe circunstanciado para efectuar la división territorial del Estado (Colección de Decretos V: 120).

Decreto del Ejecutivo del 20 de octubre de 1852.

179 El 6 de enero de 1853 Juan Bautista Ceballos asumió la Presidencia de la República (Secretaría de la Presidencia 1: 297).

Decreto del 6 de enero de 1853.

180 El 19 de enero de 1853 el Presidente de la República al disolver el Congreso General y convocar a un Congreso Extraordinario, pidió a los gobernadores que convocaran a las legislaturas de los estados para que resolvieran el tiempo en que debían continuar (Secretaría de la Presidencia 1: 297).

Decreto del 19 de enero de 1853.

181 El 20 de enero de 1853 la Diputación Permanente convocó al Congreso a su Segundo Periodo Extraordinario de Sesiones (Colección de Decretos V: 143).

Convocatoria del 20 de enero de 1853.

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182 El 25 de enero de 1853 el Congreso reunido en Junta integró la Mesa Directiva de su Segundo Periodo Extraordinario de Sesiones, presidida por el Diputado Pascual González Fuentes. Nombró como secretarios propietarios a los diputados: José María Navarro y Felipe Berriozábal.

Decreto 94 del 7 de febrero de 1853.

183 El 25 de enero de 1853 se efectuó la primera sesión del Segundo Periodo Extraordinario del Congreso, bajo la Presidencia del Diputado Pascual González Fuentes.

Decreto 94 del 7 de febrero de 1853.

184 El 7 de febrero de 1853 el Congreso le concedió facultades extraordinarias al Ejecutivo del Estado para que enfrentara la crisis ocasionada por los movimientos subversivos (Colección de Decretos V: 143).

Decreto 94 del 7 de febrero de 1853.

185 El 7 de febrero de 1853 fue designado Presidente de la República Manuel María Lombardini (El Porvenir, 8/02/1853).

Circular del 7 de febrero de 1853.

186 El 19 de febrero de 1853 el Gobernador Luis Madrid fue destituido de su cargo por no secundar el Plan del Hospicio apoyado por el Ayuntamiento de Toluca (Archivo Histórico).

Proclama del 19 de febrero de 1853.

187 El 19 de febrero de 1853 asumió la Gubernatura del Estado Manuel Torres y Cataño (Archivo Histórico).

Proclama del 19 de febrero de 1853.

188 El II Congreso Constitucional (1851-1853) que operó del 2 de marzo de 1851 al 1 de marzo de 1853 se integró con 21 diputados nombrados por electores secundarios en la Junta General del Estado. Realizó cuatro periodos ordinarios y dos periodos extraordinarios de sesiones y expidió 94 decretos entre el 14 de marzo de 1851 y el 7 de febrero de 1853.

Colección de Decretos.

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5. III Congreso Constitucional (1853)

El III Congreso Constitucional (1853) se integró con 21 diputados

No. Sinopsis de la Crónica Legislativa Fuentes consultadas11

1 El 2 de marzo de 1853 el Congreso efectuó la sesión de apertura de su Primer Periodo Ordinario de Sesiones (Colección de Decretos V: 142).

Decreto 92 del 15 de octubre de 1852.

2 El 17 de marzo de 1853 el Congreso de la Unión nombró como Presidente de la República a Antonio López de Santa Anna. Entre los votos aprobatorios se contabilizó el del Congreso del Estado de México.

Acta del 17 de marzo de 1853.

3 El 29 de marzo de 1853 el Presidente de la República invalidó la Constitución de la República de 1824 (Secretaría de la Presidencia 1: 303).

Decreto del 29 de marzo de 1853.

4 El 22 de abril de 1853 entraron en receso las legislaturas u otras autoridades que desempeñaban funciones legislativas en los estados y territorios (Secretaría de Gobernación).

Bases para la Administración de la República del 22 de abril de 1853.

5 El III Congreso Constitucional (1853) que operó del 2 de marzo al 22 de abril de 1853 se integró con 21 diputados nombrados por electores secundarios en la Junta General del Estado. No expidió decretos.

Colección de Decretos.

11 Son citas abreviadas. Los datos completos se pueden consultar en el texto, en la fecha indicada.

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III. Congresos de la Tercera República Federal (1853-1862)12

1. Génesis del Régimen Constitucional de 1857 (1853-1857)

No. Sinopsis de la Crónica Legislativa Fuentes consultadas13

1 El 11 de mayo de 1853 el Supremo Gobierno determinó que los gobernadores no expidieran leyes ni decretos, ni ejercieran funciones legislativas (Archivo Histórico).

Decreto del 11 de mayo de 1853.

2 El 25 de mayo de 1853 el Presidente de la República dispuso que los gobernadores de los estados conocieran asuntos de lo contencioso administrativo (Secretaría de la Presidencia: 355).

Decreto del 25 de mayo de 1853.

3 El 5 de julio de 1853 Mariano de Salas asumió la Gubernatura del Estado por nombramiento del Supremo Gobierno (Archivo Histórico).

Manifiesto del Gobernador del 5 de julio de 1853.

4 El 7 de julio de 1853 el Presidente de la República al expedir la Ley de Expropiación, determinó que las obras que se realizaran en los estados requerirían la autorización del Supremo Gobierno (Archivo Histórico).

Ley del 7 de julio de 1853.

5 El 23 de julio de 1853 el Supremo Gobierno dispuso que solo existieran ayuntamientos en las capitales de los estados y en las cabeceras de las mayores divisiones políticas y que se establecieran jueces de paz en donde se suprimieran ayuntamientos (Archivo Histórico).

Decreto del 23 de julio de 1853.

6 El 3 de agosto de 1853 el Supremo Gobierno determinó que la provisión de los curatos correspondía al Presidente de la República (Archivo Histórico).

Decreto del 3 de agosto de 1853.

7 El 8 de agosto de 1853 el Supremo Gobierno dispuso que la tercera parte de las rentas del Estado se destinaran al pago de los empleados civiles y judiciales (Archivo Histórico).

Circular del 8 de agosto de 1853.

8 El 8 de agosto de 1853 el Supremo Gobierno dispuso que la mitad de los productos de las pensiones impuestas sobre las herencias en los estados las aplicara cada Estado al pago de sus empleados (Archivo Histórico).

Decreto del 8 de agosto de 1853.

9 El 17 de septiembre de 1853 el Supremo Gobierno derogó los decretos del Estado de México de 1834 que prohibían la mejora del tercio en los testamentos y ordenaban la sucesión de los hijos ilegítimos (Archivo Histórico).

Decreto del 17 de septiembre de 1853.

10 El 21 de septiembre de 1853 el Supremo Gobierno determinó que los estados cambiaran su denominación por la de departamentos (Dublan VI: 680).

Comunicación del 21 de septiembre de 1853.

12 Se incluyen disposiciones relevantes aprobadas por el Supremo Gobierno y el Ejecutivo del Estado. 13 Son citas abreviadas. Los datos completos se pueden consultar en el texto, en la fecha indicada.

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11 El 24 de septiembre de 1853 el Supremo Gobierno instituyó los pasaportes para circular dentro del País (Archivo Histórico).

Decreto del 24 de septiembre de 1853.

12 El 26 de septiembre de 1853 el Supremo Gobierno suspendió los pagos de las jubilaciones, cesantías y pensiones concedidas por las legislaturas y los gobiernos de los antiguos estados (Archivo Histórico).

Decreto del 26 de septiembre de 1853.

13 El 10 de octubre de 1853 el Presidente de la República dispuso que los comandantes generales de los departamentos también fueran sub-inspectores de las tropas (Archivo Histórico).

Decreto del 10 de octubre de 1853.

14 El 26 de octubre de 1853 el Supremo Gobierno ordenó nombrar en cada Departamento un agente que sería el Tesorero del Fondo de Instrucción y Judicial (Archivo Histórico).

Decreto del 26 de octubre de 1853.

15 El 28 de octubre de 1853 el Supremo Gobierno estableció las bases para regularizar la certificación de los documentos otorgados en los departamentos (Archivo Histórico).

Decreto del 28 de octubre de 1853.

16 El 30 de noviembre de 1853 el Supremo Gobierno dispuso que todo individuo que manejase fondos o bienes municipales presentare las cuentas correspondientes (Archivo Histórico).

Decreto del 30 de noviembre de 1853.

17 El 30 de noviembre de 1853 el Supremo Gobierno ordenó recoger y reivindicar en nombre de la Nación los terrenos baldíos que habían sido enajenados por las legislaturas (Archivo Histórico).

Decreto del 30 de noviembre de 1853.

18 El 9 de diciembre de 1853 el Supremo Gobierno determinó que las diferencias territoriales no predominaran en la persecución de los delitos (Archivo Histórico).

Circular del 9 de diciembre de 1853.

19 El 15 de diciembre de 1853 el Supremo Gobierno eximió del pasaporte a los indios puros y a quienes proveían comestibles a las poblaciones (Archivo Histórico).

Decreto del 15 de diciembre de 1853.

20 El 16 de diciembre de 1853 el Supremo Gobierno expidió la Ley para el Arreglo de la Administración de Justicia, que incluyó las atribuciones de los tribunales superiores existentes en los departamentos (Secretaría de la Presidencia 1: 455).

Decreto del 16 de diciembre de 1853.

21 El 30 de diciembre de 1853 el Supremo Gobierno firmó con los Estados Unidos el Tratado de la Mesilla por el que el país perdió parte de su territorio (Torre Villar de la: 249).

Tratado del 30 de diciembre de 1853.

22 El 9 de enero de 1854 el Supremo Gobierno estableció una contribución por las puertas y ventanas exteriores de los edificios (Archivo Histórico).

Decreto del 9 de enero de 1854.

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23 El 12 de enero de 1854 el Supremo Gobierno cesó los fueros que tenían los funcionarios de los estados (Archivo Histórico).

Decreto del 12 de enero de 1854.

24 El 15 de enero de 1854 el Supremo Gobierno dispuso que los prefectos y subprefectos fueran juzgados en forma ordinaria (Archivo Histórico).

Decreto del 15 de enero de 1854.

25 El 16 de febrero de 1854 el Supremo Gobierno extendió el territorio del Distrito de México a los linderos de: San Cristóbal Ecatepec, Tlalnepantla, Huixquilucan, Tlalpan y Peñón Viejo (Archivo Histórico).

Decreto del 16 de febrero de 1854.

26 El 1 de marzo de 1854 los liberales expidieron el Plan de Ayutla que desconocía al Supremo Gobierno (Secretaría de Gobernación).

Plan del 1 de marzo de 1854.

27 El 11 de marzo de 1854 los liberales expidieron el Plan de Acapulco que modificó el Plan de Ayutla (Secretaría de Gobernación).

Plan del 11 de marzo de 1854.

28 El 27 de marzo de 1854 el Supremo Gobierno al dividir el Distrito de México en las prefecturas de: Tlalnepantla, Tacubaya y Tlalpan, dispuso que los gobernadores del Distrito de México y el del Departamento de México procedieran a organizar las municipalidades limítrofes que hubieren quedado desmembradas (Archivo Histórico).

Comunicado del 27 de marzo de 1854.

29 El 24 de mayo de 1854 el Supremo Gobierno dispuso que la calificación y destino de los vagos se hiciera en las capitales de los departamentos por los gobernadores (Archivo Histórico).

Decreto del 24 de mayo de 1854.

30 El 5 de junio de 1854 el Supremo Gobierno dispuso que todo Departamento, Distrito, Ciudad o Pueblo que se sustrajere a la obediencia del Supremo Gobierno quedara por el mismo hecho en estado de sitio (Secretaría de la Presidencia 1: 524).

Decreto del 5 de junio de 1854.

31 El 7 de julio de 1854 el Supremo Gobierno dispuso que toda enajenación de terrenos baldíos hecha desde septiembre de 1821 debiera de ser revisada por el Supremo Gobierno (Archivo Histórico).

Decreto del 7 de julio de 1854.

32 El 21 de julio de 1854 el Supremo Gobierno determinó que quien divulgara noticias falsas y alarmantes en el Departamento de México sería reducido a prisión (Archivo Histórico).

Decreto del 21 de julio de 1854.

33 El 31 de julio de 1854 el Supremo Gobierno dispuso que los gobernadores de los departamentos y los jefes políticos de los territorios se ocuparan de investigar y reconocer los terrenos usurpados a las ciudades, villas, pueblos o lugares de su demarcación (Archivo Histórico).

Decreto del 31 de julio de 1854.

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34 El 17 de marzo de 1855 el Supremo Gobierno determinó que el desempeño de las funciones administrativas y municipales estaría a cargo de los intendentes, de los substitutos y de los consejos que se establecieran en las municipalidades (Archivo Histórico).

Decreto del 17 de marzo de 1855.

35 El 26 de marzo de 1855 el Supremo Gobierno constituyó en el Departamento de México el Distrito de Morelos con: Cuautla y Jonacatepec y Cuernavaca (Dublan VII: 436).

Decreto del 26 de marzo de 1855.

36 El 8 de agosto de 1855 Mariano de Salas dejó la Gubernatura del Departamento de México a José María Ortega (Archivo Histórico).

Manifiesto del Gobernador del 8 de agosto de 1855.

37 El 8 de agosto de 1855 la Presidencia de la República fue ocupada: por el Presidente de la Suprema Corte de Justicia, por Mariano de Salas y por Martín Carrera (Archivo Histórico).

Decreto del 8 de agosto de 1855.

38 El 15 de agosto de 1855 Martín Carrera fue nombrado Presidente de la República por los partidarios del Plan de Ayutla (Archivo Histórico).

Circular del 15 de agosto de 1855.

39 El 19 de agosto de 1855 Plutarco González al proclamarse Gobernador y Comandante General del Estado de México, dispuso que entretanto se publica el Estatuto Provisional continuará la Administración Pública en los mismos términos, que el Gobierno del Estado se reserva la facultad de remover de sus empleos a las personas que no merezcan la confianza pública, y que se nombrará un Consejo de Estado para que consulte al Gobierno en los negocios que éste tenga a bien proponer (Colección de Decretos V: 216).

Decreto del Gobernador del 19 de agosto de 1855.

40 El 19 de agosto de 1855 el Gobernador determinó que el Gobierno nombraría a los jefes y oficiales que integrarían la Guardia en cada Distrito (Colección de Decretos V: 217).

Decreto del Gobernador del 19 de agosto de 1855.

41 El 5 de septiembre de 1855 el Gobernador estableció las Bases para la Organización del Consejo de Estado de México (Colección de Decretos V: 217).

Decreto del Gobernador del 5 de septiembre de 1855.

42 El 7 de septiembre de 1855 el Gobernador dividió el territorio del Estado en los distritos de: Cuernavaca, Morelos (Cuautla), Huejutla, Sultepec, Texcoco, Tlalnepantla, Tlalpan, Toluca, Tula, Tulancingo y Cuautitlán (Colección de Decretos V: 218).

Decreto del Gobernador del 7 de septiembre de 1855.

43 El 11 de septiembre de 1855 el Gobernador reconoció la deuda que había contraído para la manutención de las tropas del Ejército Libertador (Colección de Decretos V: 219).

Decreto del Gobernador del 11 de septiembre de 1855.

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44 El 11 de septiembre de 1855 el Supremo Gobierno quedó acéfalo al renunciar Martín Carrera a la Presidencia de la República (Secretaría de la Presidencia: 368)

Secretaría de la Presidencia, 1976.

45 El 13 de septiembre de 1855 el Gobernador aprobó el Estatuto Provisional para el Gobierno Interior del Estado de México, en donde se establecieron los procedimientos para nombrar al Gobernador Interino y se fijaron las atribuciones del Gobernador, de su Secretario, del Consejo Consultivo del Estado, de la Tesorería, de la Contaduría, de los tribunales, de los prefectos, subprefectos, ayuntamientos y municipales (Colección de Decretos V: 198).

Decreto del Gobernador del 13 de septiembre de 1855.

46 El 24 de septiembre de 1855 Juan Álvarez en su calidad de Jefe del Ejército Restaurador Libertador encomendó a Ignacio Comonfort la atención de los asuntos del Gobierno en la Ciudad de México (Archivo Histórico).

Manifiesto del 24 de septiembre de 1855.

47 El 2 de octubre de 1855 el Gobernador nombró a Agustín Gómez de Eguiarte como Presidente del Superior Tribunal de Justicia y como ministros de dicho Tribunal a: Francisco de Borja Olmedo, Mariano Arizcorreta, Ignacio Boneta, José Montaño, Domingo María Pérez y Fernández, Antonio Mesías, Guillermo de los Cobos y Luis Zeferino Monter y Otamendi (Colección de Decretos V: 219).

Decreto del Gobernador del 2 de octubre de 1855.

48 El 3 de octubre de 1855 el Gobernador expidió la convocatoria para la renovación total de ayuntamientos (Colección de Decretos V: 220).

Decreto del Gobernador del 3 de octubre de 1855.

49 El 7 de octubre de 1855 la Junta del Plan de Ayutla nombró a Juan Álvarez como Presidente de la República (Archivo Histórico).

Decreto del 7 de octubre de 1855.

50 El 10 de octubre de 1855 el Presidente de la República ordenó la extinción de las tesorerías departamentales (Secretaría de la Presidencia 1: 619).

Decreto del 10 de octubre de 1855.

51 El 16 de octubre de 1855 el Presidente de la República emitió la convocatoria para integrar un Congreso Extraordinario, el cual constituiría a la Nación bajo la forma republicana, democrática y representativa (Torre Villar de la: 277).

Bases del 16 de octubre de 1855.

52 El 3 de noviembre de 1855 el Presidente de la República resolvió que todos los gastos de la Guardia Nacional lo cubrieran los estados (Dublan VII: 595).

Circular del 3 de noviembre de 1855.

53 El 24 de noviembre de 1855 el Supremo Gobierno determinó que se destinara el 30 por ciento de las rentas asignadas a los estados, Distrito y territorios (Archivo Histórico).

Decreto del 24 de noviembre de 1855.

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54 El 25 de noviembre de 1855 el Presidente de la República le indicó al Gobernador que el Partido de Tlalpan continuaría unido al Distrito Federal (Gobierno del Estado de México 4: 104).

Orden del 25 de noviembre de 1855.

55 El 29 de noviembre de 1855 el Presidente de la República dispuso nombrar un Agente del Gobierno General en cada uno de los estados y territorios para recibir las rentas y distribuirlas (Archivo Histórico).

Decreto del 29 de noviembre de 1855.

56 El 11 de diciembre de 1855 Ignacio Comonfort asumió la Presidencia de la República por ministerio de ley (Archivo Histórico).

Comunicado del 11 de diciembre de 1855.

57 El 20 de enero de 1856 el Consejo de Estado le concedió facultades extraordinarias al Gobernador (Colección de Decretos V: 221).

Decreto del Consejo de Estado del 20 de enero de 1856.

58 El 9 de febrero de 1856 el Gobernador restableció en la Entidad el impuesto de alcabalas (Colección de Decretos V: 221).

Decreto del Gobernador del 9 de febrero de 1856.

59 El 15 de mayo de 1856 el Supremo Gobierno expidió el Estatuto Orgánico Provisional de la República Mexicana, en donde se aprobó la expropiación por causa de utilidad pública, se prohibió la existencia de puestos en propiedad y se determinó que los gobernadores de los estados, del Distrito y territorios fueran nombrados por el Presidente de la República (Secretaría de Gobernación).

Estatuto del 15 de mayo de 1856.

60 El 25 de julio de 1856 el Presidente de la República expidió el decreto conocido como la Ley Lerdo, por el que reglamentó la adjudicación de las fincas rústicas y urbanas (Archivo Histórico).

Decreto del 25 de julio de 1856.

61 El 6 de diciembre de 1856 Plutarco González encargó el Gobierno al Primer Consejero Luis Madrid (Archivo Histórico).

Decreto del Gobernador del 6 de diciembre de 1856.

62 El 15 de diciembre de 1856 el Gobernador expidió el Reglamento para las Casas de Empeño (Colección de Decretos V: 225).

Decreto del Gobernador del 15 de diciembre de 1856.

63 El 14 de enero de 1857 Plutarco González al reasumir sus funciones como Gobernador, anunció que el Presidente de la República había nombrado Gobernador a Mariano Riva Palacio (Colección de Decretos V: 228).

Bando del Gobernador del 6 de enero de 1857.

64 El 16 de enero de 1857 tomó posesión de la Gubernatura del Estado Mariano Riva Palacio (Archivo Histórico).

Discurso del 16 de enero de 1857.

65 El 16 de enero de 1857 el Presidente de la República facultó a los gobernadores para conceder indultos (Archivo Histórico).

Comunicado del 16 de enero de 1857.

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66 El 16 de enero de 1857 el Presidente de la República al expedir la Ley Orgánica de la Guardia de Seguridad, determinó que los gobernadores de los estados reglamentaran el servicio de la Guardia (Archivo Histórico).

Decreto del 16 de enero de 1857.

67 El 25 de enero de 1857 el Gobernador expidió el Reglamento de Policía del Estado de México (Colección de Decretos V: 228).

Decreto del Gobernador del 25 de enero de 1857.

68 El 27 de enero de 1857 el Congreso General instituyó el Registro Civil de las Personas a cargo del Estado (Archivo Histórico).

Ley del 27 de enero de 1857.

69 El 30 de enero de 1857 el Congreso General expidió la Ley para el Establecimiento y uso de los Cementerios, con la que se otorgaron facultades a los prefectos, sub-prefectos, alcaldes y jueces de paz para llevar el registro de los decesos (Archivo Histórico).

Ley del 30 de enero de 1857.

70 El 3 de febrero de 1857 el Congreso General al expedir la Ley Orgánica Electoral, facultó a los gobernadores de los estados para dividir las demarcaciones de su respectivo mando en distritos electorales numerados (Archivo Histórico).

Ley del 3 de febrero de 1857.

71 El 5 de febrero de 1857 el Congreso General expidió la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos, en donde se determinó que el derecho de iniciar leyes de carácter federal compete al Presidente de la Unión, a los diputados al Congreso Federal y a las legislaturas de los estados (Secretaría de Gobernación).

Constitución Federal del 5 de febrero de 1857. Artículo 65.

72 El 5 de febrero de 1857 el Congreso General determinó que tenía entre sus facultades: admitir nuevos estados o territorios, erigir los territorios en estados, formar nuevos estados dentro de los límites de los existentes, arreglar los límites de los estados y reglamentar la Guardia Nacional, reservando a los estados la facultad e instruirla.

Constitución Federal del 5 de febrero de 1857. Artículo 72.

73 El 5 de febrero de 1857 el Congreso General estableció que los estados adoptarían para su régimen interior la forma de gobierno: republicano, representativo y popular.

Constitución Federal del 5 de febrero de 1857. Artículo 109.

74 El 5 de febrero de 1857 el Congreso General determinó que los estados pueden arreglar entre sí, por convenios amistosos, sus respectivos límites, pero no se llevarán a efecto esos arreglos sin la aprobación del Congreso de la Unión.

Constitución Federal del 5 de febrero de 1857. Artículo 110.

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75 El 5 de febrero de 1857 el Congreso General determinó que los estados no pueden celebrar alianza, tratado o coalición con otro Estado, ni con potencias extranjeras, expedir patentes de corso ni de represalias, ni acuñar moneda, emitir papel moneda ni papel sellado.

Constitución Federal del 5 de febrero de 1857. Artículo 111.

76 El 5 de febrero de 1857 el Congreso General determinó que los estados sin el consentimiento del Congreso de la Unión no pueden: establecer derechos de tonelaje ni otro alguno de puerto, ni imponer contribuciones o derechos sobre importaciones o exportaciones, tener en ningún tiempo tropa permanente, ni buques de guerra, ni hacer la guerra por sí a alguna potencia extranjera.

Constitución Federal del 5 de febrero de 1857. Artículo 112.

77 El 5 de febrero de 1857 el Congreso General determinó que cada Estado tiene obligación de entregar sin demora los criminales de otros estados a la autoridad que los reclame, que los gobernadores de los estados están obligados a publicar y hacer cumplir las leyes federales y que en cada Estado de la Federación se dará entera fe y crédito a los actos públicos, registros y procedimientos judiciales de todos los otros.

Constitución Federal del 5 de febrero de 1857. Artículos 113, 114 y 115.

78 El 5 de febrero de 1857 el Congreso General determinó que los Poderes de la Unión tienen el deber de proteger a los estados contra toda invasión o violencia exterior, y que en caso de sublevación o trastorno interior, les prestarán igual protección, siempre que sean excitados por la Legislatura del Estado o por su Ejecutivo.

Constitución Federal del 5 de febrero de 1857. Artículo 116.

79 El 5 de febrero de 1857 el Congreso General determinó que tenía entre sus facultades: para admitir nuevos estados o territorios, para erigir los territorios en estados, formar nuevos estados dentro de los límites de los existentes, para arreglar los límites de los estados y para reglamentar la Guardia Nacional, reservando a los estados la facultad e instruirla.

Constitución Federal del 5 de febrero de 1857. Artículo 72.

80 El 11 de febrero de 1857 el Gobernador dispuso que se destinara el seis por ciento de las rentas para pagar la deuda pasiva del Estado (Colección de Decretos V: 237).

Decreto del Gobernador del 11 de febrero de 1857.

81 El 19 de febrero de 1857 el Gobernador al restablecer el Reglamento de Instrucción Pública, dispuso que los profesores fueran nombrados por el Gobierno (Colección de Decretos V: 239).

Decreto del Gobernador del 19 de febrero de 1857.

82 El 31 de marzo de 1857 el Gobernador convocó a la elección de 21 diputados propietarios y siete suplentes al Congreso del Estado (Colección de Decretos V: 240).

Decreto del Gobernador del 31 de marzo de 1857.

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83 El 31 de marzo de 1857 el Gobernador fijó el modo de cubrir las deudas con los servidores públicos (Colección de Decretos V: 238).

Decreto del Gobernador del 31 de marzo de 1857.

84 El 11 de abril de 1857 el Presidente de la República al expedir la Ley de Derechos y Obvenciones Parroquiales, dispuso que los prefectos sancionaran a los párrocos que se negaran a proporcionar los sacramentos católicos en forma gratuita a los pobres (Torre Villar de la: 271).

Decreto del 11 de abril de 1857.

85 El 27 de abril de 1857 el Gobernador estableció descuentos a los servidores públicos para indemnizar con dichos fondos a los deudos de los servidores públicos fallecidos (Colección de Decretos V: 239).

Decreto del Gobernador del 27 de abril de 1857.

86 El 11 de mayo de 1857 el Supremo Gobierno ante el rompimiento de relaciones diplomáticas con España, excitó a los gobernadores de los estados para que procedieran a organizar las fuerzas armadas (Dublan VIII: 277).

Circular del 11 de mayo de 1857.

87 El 16 de mayo de 1857 el Gobernador prorrogó por dos meses el plazo para que los contribuyentes pagaran el seis por ciento adicional de los productos de todas las rentas que debían al Estado (Colección de Decretos V: 253).

Decreto del Gobernador del 16 de mayo de 1857.

88 El 22 de mayo de 1857 el Gobernador ordenó formar la Guardia Nacional en todas las cabeceras de municipio y municipalidad (Colección de Decretos V: 254).

Decreto del Gobernador del 22 de mayo de 1857.

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2. Congreso Constituyente de 1857

El Congreso Constituyente de 1857 se integró con 21 diputados.

No. Sinopsis de la Crónica Legislativa Fuentes consultadas14

1 El 28 de junio de 1857 el Congreso reunido en Junta integró la Mesa Directiva de su Primer Periodo Ordinario de Sesiones, presidida por el Diputado Isidro A. Montiel. Nombró como secretarios propietarios a los diputados: Pascual González Fuentes y Manuel Villamil.

Decreto 1 del 29 de junio de 1857.

2 El 28 de junio de 1857 el Gobernador Mariano Riva Palacio al acudir al Congreso a la apertura de su Primer Periodo Ordinario de Sesiones pronunció un discurso, al igual que el Presidente del Congreso, Diputado Isidro A. Montiel.

Discursos del 28 de junio de 1857.

3 El 29 de junio de 1857 el Congreso declaró Gobernador Constitucional del Estado a Mariano Riva Palacio del 29 de junio de 1857 al 29 de junio de 1858 (Colección de Decretos V: 255).

Decreto 1 del 29 de junio de 1857.

4 El 4 de julio de 1857 José Guillermo de los Cobos en su calidad de Encargado del Gobierno publicó el decreto por el que el Congreso nombró Gobernador Interino a Francisco Iturbe durante la licencia concedida al Gobernador Constitucional (Colección de Decretos V: 255).

Decreto 2 del 4 de julio de 1857.

5 El 4 de julio de 1857 el Diputado Teófilo Robredo fungía como Secretario del Congreso.

Decreto 2 del 4 de julio de 1857.

6 El 13 de julio de 1857 el Congreso le concedió licencia para separarse de su cargo al Diputado Plutarco González.

Acta de la sesión secreta del 13 de julio de 1857.

7 El 14 de julio de 1857 el Congreso nombró como miembros del Supremo Tribunal de Justicia a: Pedro Escudero y Echánove, Manuel Terreros, Luis Madrid, Domingo María Pérez y Fernández, José María Martínez de la Concha, Gerónimo Villamil, Luis Flores, Juan Fernández Renedo, Alonso Fernández, Juan Goribar, Rafael Trejo, Benito Gómez Lamadrid, Ignacio Pliego, Ruperto Medina, Andrés Castillero y Antonio Mañón (Colección de Decretos V: 256).

Decreto 3 del 14 de julio de 1857.

8 El 17 de julio de 1857 el Congreso le concedió una licencia por quince días para separarse de su cargo al Diputado Félix Galindo.

Acta de la sesión secreta del 17 de julio de 1857.

9 El 7 de agosto de 1857 Mariano Riva Palacio reasumió la Gubernatura del Estado.

Discurso del 7 de agosto de 1857.

10 El 10 de agosto de 1857 presidió las sesiones del Congreso el Diputado Francisco Herrera y Campos.

Acta de la sesión secreta del 10 de agosto de 1857.

14 Son citas abreviadas. Los datos completos se pueden consultar en el texto, en la fecha indicada.

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11 El 17 de agosto de 1857 presidió las sesiones del Congreso el Diputado Manuel de Rosas.

Acta de la sesión secreta del 17 de agosto de 1857.

12 El 18 de agosto de 1857 el Congreso le concedió licencia para separarse de su cargo por un mes al Diputado Francisco Iturbe.

Acta de la sesión secreta del 18 de agosto de 1857.

13 El 27 de agosto de 1857 el Congreso le concedió una licencia para separarse de su cargo por quince días al Diputado Ramón Andrade.

Acta de la sesión secreta del 27 de agosto de 1857.

14 El 2 de septiembre de 1857 el Congreso tomó conocimiento de un oficio del Gobernador, en el que indicaba se suspendían los pagos al Diputado José María de la Peña y Barragán por gozar de una licencia.

Acta de la sesión secreta del 2 de septiembre de 1857.

15 El 11 de septiembre de 1857 el Supremo Gobierno determinó que ninguna persona podrá reunir el ejercicio de dos cargos o empleos (Archivo Histórico).

Decreto del 11 de septiembre de 1857.

16 El 14 de septiembre de 1857 el Gobernador declaró en estado de sitio los distritos de Toluca y Sultepec (Colección de Decretos V: 255).

Decreto del Ejecutivo del 14 de septiembre de 1857.

17 El 21 de septiembre de 1857 el Congreso le concedió una licencia al Diputado Pedro N. López para ocupar el cargo de Juez en el Distrito de Villa del Valle.

Acta de la sesión secreta del 21 de septiembre de 1857.

18 El 26 de septiembre de 1857 el Diputado José Luis Revilla solicitó licencia para separarse de su cargo, en virtud de haber sido nombrado Diputado Federal.

Acta de la sesión secreta del 26 de septiembre de 1857.

19 El 26 de septiembre de 1857 el Congreso tomó conocimiento de una proposición, en la que indicaba que en lugar de los diputados: Manuel García Aguirre y Plutarco González se llamara a los suplentes.

Acta de la sesión secreta del 26 de septiembre de 1857.

20 El 29 de septiembre de 1857 el Congreso le concedió una pensión a Juana Chimal (Colección de Decretos V: 257).

Decreto 4 del 29 de septiembre de 1857.

21 El 29 de septiembre de 1857 las sesiones del Congreso fueron presididas por el Diputado Pascual González Fuentes. Su Secretario era el Diputado Ramón Andrade.

Decreto 4 del 29 de septiembre de 1857.

22 El 7 de octubre de 1857 el Congreso estableció un impuesto a la sembradura de riego en el Pueblo de Ixmiquilpan para la reposición de un acueducto (Colección de Decretos V: 257).

Decreto 5 del 7 de octubre de 1857.

23 El 15 de octubre de 1857 el Gobernador Mariano Riva Palacio presentó su renuncia por escrito al Congreso (Gobierno del Estado de México).

Renuncia del Gobernador del 15 de octubre de 1857.

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24 El 16 de octubre de 1857 el Congreso declaró vigentes las leyes relativas a la administración de justicia que operaban el 31 de diciembre de 1852 (Colección de Decretos V: 258).

Decreto 6 del 16 de octubre de 1857.

25 El 16 de octubre de 1857 el Congreso nombró como Gobernador Interino a José María Godoy durante la licencia concedida al Gobernador constitucional (Colección de Decretos V: 258).

Decreto 7 del 16 de octubre de 1857.

26 El 16 de octubre de 1957 el Congreso integró la Diputación Permanente de su Primer Receso, presidida por el Diputado Pascual González Fuentes. Nombró como Secretario al Diputado Camilo Zamora (Colección de Decretos V: 260).

Convocatoria del 17 de noviembre de 1857.

27 El 16 de octubre de 1857 el Congreso clausuró su Primer Periodo Ordinario de Sesiones, bajo la Presidencia del Diputado Pascual González Fuentes.

Convocatoria del 17 de noviembre de 1857.

28 El 24 de octubre de 1857 el Gobernador declaró en estado de sitio el Distrito de Texcoco (Archivo Histórico).

Decreto del Ejecutivo del 24 de octubre de 1857.

29 El 3 de noviembre de 1857 el Gobernador levantó el estado de sitio en el Distrito de Texcoco (Colección de Decretos V: 259).

Decreto del Ejecutivo del 3 de noviembre de 1857.

30 El 4 de noviembre de 1857 el Gobernador declaró en estado de sitio el Distrito de Cuernavaca (Archivo Histórico).

Decreto del Ejecutivo del 4 de noviembre de 1857.

31 El 9 de noviembre de 1857 en sesión del Congreso participó el Diputado Felipe Durán en la discusión de un dictamen.

Acta de la sesión secreta del 9 de noviembre de 1857.

32 El 17 de noviembre de 1857 la Diputación Permanente convocó al Congreso a su Primer Periodo Extraordinario de Sesiones (Colección de Decretos V: 260).

Convocatoria del 17 de noviembre de 1857.

33 El 20 de noviembre de 1857 el Congreso General nombró a Ignacio Comonfort Presidente de la República (Archivo Histórico).

Decreto del 20 de noviembre de 1857.

34 El 23 de noviembre de 1857 el Congreso inició su Primer Periodo Extraordinario de Sesiones, bajo la Presidencia del Diputado Manuel Villamil.

Acta de la sesión secreta del 23 de noviembre de 1857.

35 El 27 de noviembre de 1857 los diputados Isidro Antonio Montiel, Pascual González Fuentes, Juan Francisco de la Fuente y Teófilo Robredo presentaron el proyecto de Constitución Política Local (Gaceta del Gobierno, 5/09/1903).

Legislatura Constituyente del Estado de 1857.

36 El 29 de noviembre de 1857 participaron en las deliberaciones del Congreso los diputados: Francisco de la Fuente, Luis Gómez Pérez y José María de la Peña.

Acta de la sesión secreta del 29 de noviembre de 1857.

37 El 1 de diciembre de 1857 el Congreso tomó conocimiento de una proposición del Diputado José María Campero.

Acta de la sesión secreta del 1 de diciembre de 1857.

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38 El 5 de diciembre de 1857 el Congreso de la Unión le otorgó al Presidente de la República amplias facultades para contener los motines (Archivo Histórico).

Decreto del 5 de diciembre de 1857.

39 El 17 de diciembre de 1857 se revocó la Constitución Federal de 1857 con la expedición del Plan de Tacubaya por parte de los conservadores (Archivo Histórico).

Plan del 17 de diciembre de 1857.

40 El 17 de diciembre de 1857 el Congreso acordó suspender sus funciones al adherirse al Plan de Tacubaya a solicitud del Gobernador, del Ayuntamiento de Toluca y del Prefecto del Distrito de Toluca (Archivo Histórico).

Acuerdo del 17 de diciembre de 1857.

41 El 19 de diciembre de 1857 el Congreso cerró sus sesiones al no poder resistir el movimiento revolucionario efectuado en la Capital de la República el día 17 del corriente mes.

Acta de la sesión secreta del 19 de diciembre de 1857.

42 El Congreso Constituyente de 1857 que operó del 28 de junio al 19 de diciembre de 1857 se integró con 21 diputados nombrados por electores secundarios en la Junta General del Estado. Realizó un periodo ordinario y un periodo extraordinario de sesiones y expidió siete decretos entre el 29 de junio y el 16 de octubre de 1857.

Colección de Decretos.

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3. Primera Suspensión del Orden Constitucional (1857-1861)

No. Sinopsis de la Crónica Legislativa Fuentes consultadas15

1 El 19 de diciembre de 1857 el Presidente de la República, Ignacio Comonfort, se adhirió al Plan de Tacubaya (Scholes: 48).

Scholes, 1972.

2 El 18 de enero de 1858 Emilio Langerg, en su carácter de Gobernador Provisional del Estado, impuso un préstamo forzoso que dividió entre los habitantes de las prefecturas (Archivo Histórico).

Decreto del Gobernador del 18 de enero de 1858.

3 El 19 de enero de 1858 inició el periodo de los gobiernos duales de los liberales y de los conservadores, ya que los primeros designaron a Félix Zuloaga como Presidente de la República y los segundos a Benito Juárez García, Presidente de la República por ministerio de ley (Secretaría de la Presidencia: 391).

Secretaría de la Presidencia, 1976.

4 El 25 de enero de 1858 el Gobierno Conservador dispuso integrar un Consejo de Gobierno con un representante por cada Estado y Territorio (Archivo Histórico).

Decreto del 25 de enero de 1858.

5 El 28 de enero de 1858 el Gobierno Conservador le cambió el nombre al Estado de México por el de Departamento de México (Archivo Histórico).

Bando del 28 de enero de 1858.

6 El 28 de enero de 1858 Miguel Miramón, en su carácter de Encargado del Departamento de México, entregó su mando a Benito Haro (Archivo Histórico).

Bando del Gobernador del 28 de enero de 1858.

7 El 3 de febrero de 1858 el Gobernador suprimió los empleos de visitador de rentas (Archivo Histórico).

Decreto del Gobernador del 3 de febrero de 1858.

8 El 18 de febrero de 1858 el Gobernador estableció estímulos fiscales a quienes pagaran oportunamente sus contribuciones (Archivo Histórico).

Decreto del Gobernador del 18 de febrero de 1858.

9 El 27 de marzo de 1858 el Gobierno Conservador transformó los estados en departamentos con sujeción a las directrices del Supremo Gobierno (Archivo Histórico).

Circular del 27 de marzo de 1858.

10 El 30 de marzo de 1858 el Gobierno Conservador derogó la Ley Orgánica del Estado Civil de 1857 (Archivo Histórico).

Decreto del 30 de marzo de 1858.

11 El 14 de abril de 1858 el Gobierno Conservador instruyó a los gobernadores de los departamentos para establecer partidas de la Policía Rural (Archivo Histórico).

Decreto del 14 de abril de 1858.

12 El 25 de abril de 1858 el Presidente de la República al expedir la Ley de Imprenta, facultó a los gobernadores para recibir cauciones de quienes desearan editar un periódico (Archivo Histórico).

Ley del 25 de abril de 1858.

15 Son citas abreviadas. Los datos completos se pueden consultar en el texto, en la fecha indicada.

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13 El 28 de abril de 1858 el Gobierno Conservador se hizo cargo del cobro de las contribuciones que estaban a cargo de los departamentos (Archivo Histórico).

Decreto del 28 de abril de 1858.

14 El 14 de mayo de 1858 en la Ciudad de Zitácuaro, Sabás Iturbide, en su carácter de Gobernador del Estado de México reconocido por el Gobierno Liberal, entregó su mando a Simón Guzmán (Biblioteca José María Luis Mora).

Decreto del Gobernador del 4 de mayo de 1858.

15 El 24 de mayo de 1858 el Gobierno Conservador declaró insubsistentes las leyes y decretos que en materia de minería expidieron las legislaturas y los gobernadores de los antiguos estados (Archivo Histórico).

Decreto del 24 de mayo de 1858.

16 El 16 de julio de 1858 el Gobierno Conservador transfirió al Distrito de México las prefecturas de: Texcoco y de Tlalnepantla, que eran del Departamento de México (Archivo Histórico).

Decreto del 16 de julio de 1858.

17 El 20 de diciembre de 1858 una fracción de los conservadores expidió el Plan de Ayotla que buscaba la reunión de una Asamblea Nacional (Torre Villar de la: 299).

Plan del 20 de diciembre de 1858.

18 El 24 de diciembre de 1858 Manuel Robles Pezuela asumió la Presidencia de la República del régimen conservador (Secretaría de la Presidencia: 417).

Secretaría de la Presidencia, 1976.

19 El 1 de enero de 1859 fue designado Miguel Miramón Presidente de la República del régimen conservador (Secretaría de la Presidencia: 417).

Secretaría de la Presidencia, 1976.

20 El 19 de enero de 1859 la Guarnición de Toluca encabezada por el Gobernador Ignacio Orihuela ratificó su reconocimiento al Plan de Tacubaya (Archivo Histórico).

Acta del 19 de enero de 1859.

21 El 24 de enero de 1859 asumió la Presidencia de la República del régimen conservador Félix Zuloaga (Archivo Histórico).

Las Avanzadas del 26 de enero de 1859.

22 El 31 de enero de 1859 el Consejo de Gobierno del Gobierno Conservador nombró Presidente Substituto de la República a Miguel Miramón (Archivo Histórico).

Decreto del 31 de enero de 1859.

23 El 9 de febrero de 1859 José Mariano de Salas en su carácter de Gobernador del Departamento de México publicó el decreto presidencial, por el que se impuso una contribución del uno por ciento a todo capital (Archivo Histórico).

El 9 de febrero de 1859 publicó el decreto del 7 de febrero.

24 El 16 de febrero de 1859 el Presidente de la República del régimen conservador dejó en su Gabinete el Despacho del Supremo Gobierno (Secretaría de la Presidencia: 424).

Secretaría de la Presidencia, 1976.

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25 El 25 de marzo de 1859 Santiago Tapia en su carácter de Jefe de las Fuerzas Armadas de los Liberales, restableció el orden constitucional en el Estado de México (Archivo Histórico).

Bando del 25 de marzo de 1859.

26 El 28 de marzo de 1859 Francisco Iniestra en su carácter de Gobernador Interino de los liberales publicó un decreto de Santos Degollado, por el que se dispuso el modo de cubrir un préstamo (Archivo Histórico).

El 28 de marzo de 1859 publicó el decreto del 15 de febrero.

27 El 16 de mayo de 1859 Antonio Ayestarán en su carácter de Gobernador del Departamento de Toluca del régimen conservador publicó el decreto presidencial, por el que se declaró Día de Fiesta Nacional el 19 de mayo, en que se celebraba la portentosa renovación del Señor de Santa Teresa (Archivo Histórico).

El 16 de mayo de 1859 publicó el decreto del 9 de mayo.

28 El 4 de junio de 1859 el Gobierno Conservador dividió el Departamento de Toluca en los partidos judiciales de: Toluca, Tenango, Tenancingo, Villa del Valle, Ixtlahuaca, Sultepec y Temascaltepec (Archivo Histórico).

Disposición del 4 de junio de 1859.

29 El 12 de julio de 1859 el Gobierno Liberal expidió la Ley de Nacionalización de los Bienes Eclesiásticos (Archivo Histórico).

Decreto del 12 de julio de 1859.

30 El 13 de julio de 1859 el Gobierno Liberal estableció que la ocupación de los bienes eclesiásticos se haría en el Distrito Federal por una oficina especial que al efecto establecerá el Gobierno, y en los estados por las jefaturas superiores de hacienda (Archivo Histórico).

Decreto del 13 de julio de 1859.

31 El 28 de julio de 1859 el Gobierno Liberal expidió la Ley sobre el Estado Civil de las Personas (Archivo Histórico).

Decreto del 28 de julio de 1859.

32 El 31 de julio de 1859 el Gobierno Liberal cesó la intervención del clero en los cementerios (Secretaría de la Presidencia 2: 266).

Decreto del 31 de julio de 1859.

33 El 13 de agosto de 1859 José Ignacio Pavón asumió la Presidencia de la República del régimen conservador (Secretaría de la Presidencia: 425).

Secretaría de la Presidencia, 1976.

34 El 15 de agosto de 1859 Miguel Miramón fue electo Presidente Interino de la República del régimen conservador (Secretaría de la Presidencia: 425).

Secretaría de la Presidencia, 1976.

35 El 10 de septiembre de 1859 Benito Juárez facultó a los gobernadores de los estados para que en la aplicación de las leyes de desamortización alargaran los plazos de pago (Dublan VIII: 714).

Circular del 10 de septiembre de 1859.

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36 El 19 de noviembre de 1859 Manuel de la Sota y Riva en su carácter de Consejero Encargado del Gobierno del Departamento de Toluca publicó el decreto presidencial, sobre la asignación del impuesto a los productos de caña de azúcar (Archivo Histórico).

El 19 de noviembre de 1859 publicó el decreto presidencial del 3 de noviembre.

37 El 22 de noviembre de 1859 Benito Juárez ordenó que mientras se reúne la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los tribunales de los estados en donde residen los tribunales de circuito, conocerán en última instancia de las causas civiles o criminales (Archivo Histórico).

Decreto del 22 de noviembre de 1859.

38 El 16 de diciembre de 1859 el Gobierno Liberal determinó que los ministros de los tribunales superiores de justicia de los estados y los suplentes que fueren llamados a integrarlos debían de conocer los negocios judiciales (Dublan VIII: 730).

Decreto del 16 de diciembre de 1859.

39 El 28 de noviembre de 1860 Felipe Berriozábal al restablecer la soberanía del Estado de México en su carácter de Gobernador, cesó de sus cargos a las autoridades locales (Colección de Decretos V: 261).

Decreto del Gobernador del 28 de noviembre de 1860.

40 El 28 de noviembre de 1860 el Gobernador incrementó el porcentaje de las contribuciones que pagaban las fincas rústicas y urbanas (Biblioteca José María Luis Mora).

Decreto del Gobernador del 28 de noviembre de 1860.

41 El 4 de diciembre de 1860 el Gobierno Liberal aprobó el decreto que protegió el ejercicio del culto católico y de los demás que se establecieran en el País, en donde se facultó a los gobernadores de los estados y a sus autoridades locales para vigilar su cumplimiento (Archivo Histórico).

Decreto del 4 de diciembre de 1860.

42 El 7 de diciembre de 1860 el Gobernador fijó un plazo de 30 días para que los tenedores de capitales pertenecientes al clero regular y secular presentaran su manifestación ante la oficina de Hacienda (Colección de Decretos V: 263).

Decreto del Gobernador del 7 de diciembre de 1860.

43 El 22 de diciembre de 1860 se puso fin a los gobiernos paralelos con la derrota que sufrió Miguel Miramón por las fuerzas liberales en Calpulalpan (Torre Villar de la: 301).

Reporte del 22 de diciembre de 1860.

44 El 12 de enero de 1861 el Presidente de la República al restablecer su Gobierno en la Ciudad de México, ordenó cesar las facultades extraordinarias que en materia de Hacienda tenían los gobernadores (Secretaría de la Presidencia 2: 325).

Circular de la Secretaría de Hacienda del 12 de enero de 1861.

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45 El 24 de enero de 1861 Manuel Fernando Soto en su carácter de Gobernador Interino del Estado, cesó el cobro de las contribuciones extraordinarias y préstamos forzosos que se impusieron con motivo de la guerra e impuso el impuesto del cinco al millar (Colección de Decretos V: 263).

Decreto del Gobernador del 24 de enero de 1861.

46 El 24 de enero de 1861 el Gobierno Federal levantó el estado de guerra en donde se había hecho esta declaración (Dublan IX: 112).

Decreto del 24 de enero de 1861.

47 El 24 de enero de 1861 el Presidente de la República reformó la fracción I del artículo 124 de la Constitución Política de la República, para cesar el cobro de las alcabalas (Archivo Histórico).

Decreto del 24 de enero de 1861.

48 El 25 de enero de 1861 el Gobierno Federal cesó las facultades extraordinarias concedidas a los gobernadores de los estados en el Ramo de Guerra (Secretaría de la Presidencia 2: 334).

Circular de la Secretaría de Guerra del 25 de enero de 1861.

49 El 25 de enero de 1861 el Gobierno Federal facultó a los gobernadores para que dictaran las providencias necesarias para la conservación de la paz pública (Secretaría de la Presidencia 2: 333).

Circular de la Secretaría de Gobernación del 25 de enero de 1861.

50 El 1 de febrero de 1861 el Gobernador nombró a Sabás Iturbide Presidente del Tribunal Superior de Justicia y como magistrados de dicho Tribunal a: Simón Guzmán, Manuel Saavedra, José M. Herrera y Zavala, Manuel Veytia, José Luis Revilla, Esteban Páez, Rafael Trejo e Isidro A. Montiel (Colección de Decretos V: 265).

Decreto del Gobernador del 1 de febrero de 1861.

51 El 2 de febrero de 1861 el Presidente de la República al expropiar los hospitales y establecimientos de beneficencia del clero, dispuso que su cuidado quedara a cargo de los gobiernos de los estados (Secretaría de la Presidencia 2: 344).

Decreto del 2 de febrero de 1861.

52 El 5 de febrero de 1861 el Presidente de la República expidió la Ley relacionada con las adjudicaciones de los bienes del clero (Biblioteca José María Luis Mora).

Decreto del 5 de febrero de 1861.

53 El 7 de febrero de 1861 el Gobernador convocó a la elección de 25 diputados al Congreso Constituyente, que en forma simultánea a las elecciones que en cada Distrito debía hacerse de los diputados al Congreso de la Unión y Presidente de la República (Archivo Histórico).

Decreto del Gobernador del 7 de febrero de 1861.

54 El 7 de febrero de 1861 el Gobernador dividió el Estado en 25 distritos electorales, con lo que se adoptó por primera vez en la Entidad la elección de un Diputado por cada Distrito Electoral (Archivo Histórico).

Decreto del Gobernador del 7 de febrero de 1861.

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55 El 18 de febrero de 1861 el Gobernador declaró ladrón público a quienes habiendo servido al Gobierno Conservador no entregaran los archivos, útiles y enseres que estuvieron a su cargo (Colección de Decretos V: 269).

Decreto del Gobernador del 18 de febrero de 1861.

56 El 5 de marzo de 1861 el Gobernador nombró a Simón Guzmán como Presidente del Tribunal Superior de Justicia y como magistrados de dicho Tribunal a: Manuel Saavedra, José Luis Revilla, Esteban Páez, Manuel Veytia, Fernando García Caballero, Domingo Romero, Rafael Trejo y José M. Legorreta y como fiscales a Cayetano Gómez Pérez y José M. Licea y Borja (Colección de Decretos V: 270).

Decreto del Gobernador del 5 de marzo de 1861.

57 El 6 de marzo de 1861 el Gobernador impuso un préstamo forzoso con la hipoteca de las rentas (Colección de Decretos V: 270).

Decreto del Gobernador del 6 de marzo de 1861.

58 El 12 de marzo de 1861 el Presidente de la República facultó a los gobernadores para que mandaran fusilar a todo ladrón que encontraran infraganti (Dublan IX: 112).

Circular del 12 de marzo de 1861.

59 El 13 de marzo de 1861 el Gobernador ordenó que los robos simples se castigaran con pena de presidio y los delitos calificados con pena de muerte (Colección de Decretos V: 273).

Decreto del Gobernador del 13 de marzo de 1861.

60 El 24 de marzo de 1861 el Gobernador restableció el tratamiento de ciudadano para todo servidor público, emitió la normatividad para las comunicaciones oficiales y prohibió el besamanos de que eran objeto (Archivo Histórico).

Decreto del Gobernador del 24 de marzo de 1861.

61 El 15 de abril de 1861 el Presidente de la República determinó que el Gobierno Federal podía impartir educación elemental en los estados (Secretaría de la Presidencia 2: 396).

Decreto del 15 de abril de 1861.

62 El 22 de abril 1861 el Gobernador ordenó establecer dos juzgados de primera instancia en el Partido de Pachuca (Colección de Decretos V: 277).

Decreto del Gobernador del 22 de abril de 1861.

63 El 24 de abril de 1861 el Gobernador expidió el Reglamento para los Juzgados del Estado Civil (Biblioteca José María Luis Mora).

Reglamento del Gobernador del 24 de abril de 1861.

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4. Legislatura Constituyente (1861-1862)

La Legislatura Constituyente (1861-1862) se integró con 25 diputados

No. Sinopsis de la Crónica Legislativa Fuentes consultadas16

1 El 1 de mayo de 1861 la Mesa Directiva de la Legislatura estuvo presidida por el Diputado Manuel Alas. Fungieron como Vicepresidente el Diputado Refugio de la Vega, como secretarios propietarios los diputados: Juan Saavedra e Ignacio Fernández y como secretarios suplentes los diputados: Agustín Cruz e Ignacio Nieva.

Decreto 1 del 15 de mayo de 1861: 5, Decretos 3 y 4 del 21 de mayo de 1861: 6, y Decreto 7 del 5 de junio de 1861.

2 El 1 de mayo de 1861 el Gobernador Manuel Fernando Soto al acudir a la Legislatura a la apertura de su Periodo Ordinario de Sesiones pronunció un discurso.

Discurso del 1 de mayo de 1861.

3 El 6 de mayo de 1861 la Legislatura aprobó la carta credencial del Diputado Suplente Tranquilino Valera, en sustitución del Diputado Luis de la Peña.

Acta de la sesión secreta del 6 de mayo de 1861.

4 El 9 de mayo de 1861 participaron en las sesiones de la Legislatura los diputados: Pedro Escudero y Echánove y Domingo Revilla.

Acta de la sesión secreta del 9 de mayo de 1861.

5 El 15 de mayo de 1861 la Legislatura integró la Diputación Permanente para que funcionara en el caso de que ésta suspendiera sus sesiones, presidida por el Diputado Manuel Alas. Nombró como vocales a los diputados Agustín Cruz y Simón Guzmán y como Suplente al Diputado Juan Saavedra (Colección de Decretos VI: 5).

Decreto 1 del 15 de mayo de 1861.

6 El 15 de mayo de 1861 la Legislatura le otorgó facultades al Ejecutivo del Estado para declarar en estado de sitio el Distrito de Toluca (Colección de Decretos VI: 6).

Decreto 2 del 15 de mayo de 1861.

7 El 15 de mayo de 1861 participó en la sesión secreta de la Legislatura el Diputado: Fermín Viniegra.

Acta de la sesión secreta del 15 de mayo de 1861.

8 El 21 de mayo de 1861 la Legislatura autorizó al Ejecutivo del Estado para que contratara un préstamo con el menor gravamen posible (Colección de Decretos VI: 6).

Decreto 3 del 21 de mayo de 1861.

9 El 21 de mayo de 1861 la Legislatura nombró como Gobernador del Estado a Felipe Berriozábal (Colección de Decretos VI: 7).

Decreto 4 del 21 de mayo de 1861.

10 El 24 de mayo de 1861 el Gobernador Provisional Fernando Soto ordenó que los varones de 16 a 60 años se alistaran a la autoridad militar (Biblioteca José María Luis Mora).

Decreto del Ejecutivo del 24 de mayo de 1861.

11 El 24 de mayo de 1861 el Gobernador declaró en estado de sitio el Distrito de Toluca (Archivo Histórico).

Decreto del Ejecutivo del 24 de mayo de 1861.

16 Son citas abreviadas. Los datos completos se pueden consultar en el texto, en la fecha indicada.

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12 El 29 de mayo de 1861 la Legislatura nombró a Sabás Iturbide Presidente de la Suprema Corte de Justicia y como magistrados de dicho Tribunal a: Pascual González Fuentes, Manuel Veytia, José María Legorreta, Guillermo de los Cobos, Pablo Téllez, Teófilo Sánchez, Jesús Cevallos y Julio Romero (Colección de Decretos VI: 10).

Decreto 5 del 29 de mayo de 1861.

13 El 4 de junio de 1861 asistió a las sesiones de la Legislatura el Secretario de Hacienda.

Acta de la sesión secreta del 4 de junio de 1861.

14 El 4 de junio de 1861 el Diputado Domingo Revilla fungía como Presidente de la Mesa Directiva de la Legislatura.

Acta de la sesión secreta del 4 de junio de 1861.

15 El 5 de junio de 1861 la Legislatura facultó al Ejecutivo del Estado para que contratara un préstamo fijando como hipoteca todas las rentas libres del Estado (Colección de Decretos VI: 11).

Decreto 6 del 5 de junio de 1861.

16 El 8 de junio de 1861 la Legislatura declaró Benemérito del Estado a Melchor Ocampo, así como la erección de un monumento que perpetúe su memoria (Colección de Decretos VI: 11).

Decreto 7 del 8 de junio de 1861.

17 El 8 de junio de 1861 la Legislatura declaró Benemérito del Estado a Plutarco González (Colección de Decretos VI: 12).

Decreto 8 del 8 de junio de 1861.

18 El 8 de junio de 1861 la Legislatura estableció tres días de duelo con izamiento a media asta de la Bandera por el fallecimiento de Melchor Ocampo (Colección de Decretos VI: 12).

Acuerdo del 8 de junio de 1861.

19 El 12 de junio de 1861 la Legislatura autorizó al Ejecutivo del Estado para que la Guardia Nacional del Estado se ponga sobre las armas (Colección de Decretos VI: 13).

Decreto 9 del 12 de

junio de 1861.

20 El 14 de junio de 1861 la Legislatura dispuso por una sola vez como única contribución general el diez al millar a la propiedad raíz y a los capitales mobiliarios (Colección de Decretos VI: 13).

Decreto 10 del 14 de junio de 1861.

21 El 14 de junio de 1861 el Gobernador reglamentó el decreto número 10 del 14 de junio de 1861, para facilitar el cobro de la contribución del diez al millar a la propiedad raíz y a los capitales mobiliarios de quinientos pesos arriba (Colección de Decretos VI: 14).

Decreto del Ejecutivo del 14 de junio de 1861.

22 El 19 de junio de 1861 la Legislatura le otorgó una licencia por un mes para separarse de su cargo al Diputado Domingo Revilla.

Acta de la sesión secreta del 19 de junio de 1861.

23 El 19 de junio de 1861 la Presidencia de la Mesa Directiva de la Legislatura estuvo a cargo del Diputado Refugio de la Vega.

Acta de la sesión secreta del 19 de junio de 1861.

24 El 21 de junio de 1861 la Legislatura convocó a la elección del Diputado Suplente del Distrito 22 de Huichapan (Colección de Decretos VI: 19).

Decreto 11 del 21 de junio de 1861.

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25 El 21 de junio de 1861 la Legislatura facultó al Ejecutivo del Estado para dictar en los ramos de hacienda y guerra providencias para extinguir la revolución (Colección de Decretos VI: 19).

Decreto 12 del 21 de junio de 1861.

26 El 24 de junio de 1861 la Legislatura al declarar Benemérito del Estado a Santos Degollado, dispuso que se erigiera un monumento a su memoria (Colección de Decretos VI: 20).

Decreto 13 del 24 de junio de 1861.

27 El 25 de junio de 1861 la Legislatura nombró como magistrados del Tribunal Superior de Justicia a: Fernando García Caballero y a José María Licca y Borja y como Fiscal a Francisco Osorio (Colección de Decretos VI: 21).

Decreto 14 del 25 de junio de 1861.

28 El 25 de junio de 1861 la Legislatura habilitó de Abogado a Manuel Fernando Soto (Colección de Decretos VI: 21).

Decreto 15 del 25 de junio de 1861.

29 El 27 de junio de 1861 la Legislatura determinó que no reconocería autoridad extraña al orden constitucional (Colección de Decretos VI: 21).

Decreto 16 del 27 de junio de 1861.

30 El 27 de junio de 1861 la Legislatura le concedió una feria anual al Pueblo de Tejupilco (Colección de Decretos VI: 22).

Decreto 17 del 27 de junio de 1861.

31 El 28 de junio de 1861 la Legislatura derogó el decreto del 4 de junio de 1858, por el que se establecía que el Tesorero de Sultepec debía entregar al Encargado del Templo Católico el sobrante de numerario (Colección de Decretos VI: 22).

Decreto 18 del 28 de junio de 1861.

32 El 6 de julio de 1861 la Legislatura autorizó el establecimiento de dos juzgados de primera instancia en el Partido de Pachuca (Colección de Decretos VI: 23).

Decreto 19 del 6 de julio de 1861.

33 El 6 de julio de 1861 la Legislatura le concedió una feria anual al Pueblo de Zacualpan (Colección de Decretos VI: 23).

Decreto 20 del 6 de julio de 1861.

34 El 6 de julio de 1861 la Presidencia de la Mesa Directiva de la Legislatura estuvo a cargo del Diputado Simón Guzmán.

Decreto 19 del 6 de julio de 1861.

35 El 8 de julio de 1861 la Legislatura declaró Capital del Estado cualquier punto donde residiera el Gobierno (Colección de Decretos VI: 23).

Decreto 21 del 8 de julio de 1861.

36 El 8 de julio de 1861 la Legislatura nombró consejeros del Estado a: Manuel F. Soto, Ignacio Peña y Barragán y Manuel Alas (Colección de Decretos VI: 24).

Decreto 22 del 8 de julio de 1861.

37 El 8 de julio de 1861 la Legislatura nombró a Manuel Alas Encargado del Gobierno (Colección de Decretos VI: 24).

Decreto 23 del 8 de julio de 1861.

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38 El 10 de julio de 1861 la Legislatura ratificó el decreto del 18 de febrero de 1861 del Gobernador, por el que declaró ladrones públicos a quienes habiendo servido al Gobierno Conservador no entregaran los archivos, útiles y enseres que estuvieron a su cargo (Colección de Decretos VI: 25).

Decreto 24 del 10 de julio de 1861.

39 El 17 de julio de 1861 el Congreso de la Unión suspendió el pago de los adeudos extranjeros y nacionales durante dos años (Dublan IX: 246).

Decreto del 17 de julio de 1861.

40 El 20 de julio de 1861 el Gobernador declaró en estado de sitio el Distrito de Toluca (Colección de Decretos VI: 24).

Decreto del Ejecutivo del 20 de julio de 1861.

41 El 24 de julio de 1861 el Gobernador impuso un préstamo forzoso a 166 personas (Colección de Decretos VI: 26).

Decreto del Ejecutivo del 24 de julio de 1861.

42 El 31 de julio de 1861 la Legislatura dividió el Estado en los distritos de: Actopan, Cuernavaca, Chalco, Huejutla, Ixtlahuaca, Ixmiquilpan, Jilotepec, Jonatepec, Morelos (Cuautla), Otumba, Pachuca, Sultepec, Temascaltepec, Tenango del Valle, Tenancingo, Texcoco, Tetecala, Tlalnepantla, Toluca, Tula, Huaxcazaloya, Villa del Valle (Valle de Bravo), Yautepec, Zacualtipán, Zimapán y Zumpango de la Laguna (Colección de Decretos VI: 32).

Decreto 25 del 31 de julio de 1861.

43 El 31 de julio de 1861 el Congreso de la Unión urgió a las legislaturas de los estados para presentarle las iniciativas que crean convenientes (Archivo Histórico).

Decreto del 31 de julio de 1861.

44 El 6 de agosto de 1861 la Legislatura le concedió una feria anual al Pueblo de Ixmiquilpan (Colección de Decretos VI: 32).

Decreto 26 del 6 de agosto de 1861.

45 El 10 de agosto de 1861 la Legislatura le concedió al Pueblo de Jilotepec el título de Villa y una feria anual (Colección de Decretos VI: 34).

Decreto 27 del 10 de agosto de 1861.

46 El 19 de agosto de 1861 el Gobernador levantó el estado de sitio en el Distrito de Toluca (Biblioteca José María Luis Mora).

Decreto del Ejecutivo del 19 de agosto de 1861.

47 El 19 de agosto de 1861 la Legislatura determinó que al Gobernador y a los demás funcionarios se les diera el trato de ciudadanos (Colección de Decretos VI: 35).

Decreto 28 del 19 de agosto de 1861.

48 El 22 de agosto de 1861 la Legislatura le otorgó una licencia para separarse de su cargo por quince días al Diputado Leocadio López.

Acta de la sesión secreta del 22 de agosto de 1861.

49 El 23 de agosto de 1861 la Legislatura dispuso que la Municipalidad de Ixtapaluca cambiara su nombre por la de Ayotla (Colección de Decretos VI: 36).

Decreto 30 del 23 de agosto de 1861.

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50 El 24 de agosto de 1861 la Legislatura dispensó seis meses de estudio de Jurisprudencia a los estudiantes: Ausencio del Rosal y Miguel Mejía (Colección de Decretos VI: 36).

Decreto 31 del 24 de agosto de 1861.

51 El 5 de septiembre de 1861 la Legislatura asignó dos mil pesos al Pueblo de Zacualtipán para la redificación de su Casa Municipal (Colección de Decretos VI: 36).

Decreto 32 del 5 de septiembre de 1861.

52 El 5 de septiembre de 1861 el Diputado Agustín Cruz fungía como Presidente de la Mesa Directiva de la Legislatura.

Decreto 32 del 5 de septiembre de 1861.

53 El 23 de septiembre de 1861 acudió a la Legislatura el Secretario de Justicia, para informar sobre el movimiento sedicioso ocurrido en el Monte de las Cruces.

Acta de la sesión secreta del 23 de septiembre de 1861.

54 El 28 de septiembre de 1861 la Legislatura autorizó un texto para la enseñanza de la Aritmética en las escuelas (Colección de Decretos VI: 37).

Decreto 33 del 28 de septiembre de 1861.

55 El 2 de octubre de 1861 acudieron a las sesiones de la Legislatura los secretarios de Justicia y Guerra, para tratar aspectos relacionados con el orden público.

Acta de la sesión secreta del 2 de octubre de 1861.

56 El 7 de octubre de 1861 el Diputado Leocadio López fungía como Presidente de la Mesa Directiva de la Legislatura.

Acta de la sesión secreta del 2 de octubre de 1861.

57 El 9 de octubre de 1861 Felipe Berriozábal al reasumir la Gubernatura creó la Dirección General de Beneficencia Pública y las juntas de beneficencia (Colección de Decretos VI: 37).

Decreto del Ejecutivo del 9 de octubre de 1861.

58 El 12 de octubre de 1861 la Legislatura expidió la segunda Constitución Política del Estado de México, en la cual se determinó que el Congreso constara de una sola Cámara compuesta de diputados elegidos indirecta y popularmente en primer grado (por distritos) y que el número de diputados propietarios estaría en razón de uno por cada cuarenta mil personas o una fracción que pasase de veinte mil (Colección de Decretos VI: 37).

Decreto 34 del 12 de octubre de 1861. Artículos 23,33 y 34 de la Constitución Política.

59 El 12 de octubre de 1861 la Legislatura determinó que el Congreso se renovaría en su totalidad cada dos años y que tenían derecho a iniciar leyes: los diputados, el Gobernador, el Tribunal Superior de Justicia, los ayuntamientos en los negocios de sus respectivas localidades y los ciudadanos en todos los ramos.

Decreto 34 del 12 de octubre de 1861. Artículos 51 y 60 de la Constitución Política.

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60 El 12 de octubre de 1861 la Legislatura determinó que el Congreso tenía entre sus facultades las de: examinar cada año la cuenta general de inversión de los caudales, cambiar la residencia de los Supremos Poderes, dar las bases para que el Ejecutivo pudiera celebrar empréstitos, prorrogar por treinta días su primer periodo de sesiones ordinarias y conceder al Ejecutivo por un tiempo limitado facultades para afrontar la situación en casos extraordinarios y cuando lo exigiera la tranquilidad del Estado.

Decreto 34 del 12 de octubre de 1861. Artículo 35 de la Constitución Política.

61 El 12 de octubre de 1861 la Legislatura dispuso que el Congreso cerrara su Primer Periodo Ordinario de Sesiones el 2 de mayo y no el 2 de junio.

Decreto 34 del 12 de octubre de 1861. Artículo 47 de la Constitución Política.

62 El 15 de octubre de 1861 la Legislatura le concedió una feria anual al Pueblo de Zinguilucan (Colección de Decretos VI: 68).

Decreto 35 del 15 de octubre de 1861.

63 El 15 de octubre de 1861 la Legislatura le concedió una feria anual al Pueblo de Huejutla (Colección de Decretos VI: 68).

Decreto 36 del 15 de octubre de 1861.

64 El 15 de octubre de 1861 el Gobernador expidió el Reglamento de la Guardia Nacional (El Telégrafo, 22/11/1861).

Reglamento del Ejecutivo del 15 de octubre de 1861.

65 El 17 de octubre de 1861 el Gobernador expidió el Reglamento para las Fuerzas de Seguridad Pública del Estado de México (Colección de Decretos VI: 75).

Reglamento del Ejecutivo del 17 de octubre de 1861.

66 El 19 de octubre de 1861 la Legislatura elevó a la categoría de Villa al Mineral de Temascaltepec (Colección de Decretos VI: 35).

Decreto 29 del 19 de octubre de 1861.

67 El 25 de octubre de 1861 la Legislatura le concedió al Ejecutivo del Estado facultades extraordinarias en todos los ramos de la Administración Pública (Colección de Decretos VI: 77).

Decreto 37 del 25 de octubre de 1861.

68 El 28 de octubre de 1861 la Legislatura expidió la Ley Orgánica Electoral de los Poderes del Estado de México (Colección de Decretos VI: 78).

Decreto 38 del 28 de octubre de 1861.

69 El 28 de octubre de 1861 la Legislatura dispuso que cada Junta Electoral de Distrito nombrara un Diputado Propietario y un Suplente, y que al día siguiente de nombrados los diputados, cada Junta de Distrito se volverá a reunir como el día anterior, y los electores repitiendo lo conducente nombrarán por escrutinio secreto, mediante cédulas, una persona para Gobernador del Estado.

Decreto 38 del 28 de octubre de 1861. Artículos 1, 4, 35 y 45.

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70 El 28 de octubre de 1861 la Legislatura dispuso que se nombraría un elector por cada una de las secciones en que se dividiera cada Municipio para integrarse a la Junta Electoral de Distrito y que no podían ser electos diputados: el Gobernador o Secretario de Despacho, los ministros del Tribunal Superior, el Tesorero General y Administrador de Rentas, los jefes políticos y los jueces de letras.

Decreto 38 del 28 de octubre de 1861. Artículos 36.

71 El 31 de octubre de 1861 representantes de Inglaterra, España y Francia firmaron la Convención de Londres para exigirle a México el pago de su deuda (Torre Villar de la: 314).

Convención del 31 de octubre de 1861.

72 El 4 de noviembre de 1861 la Legislatura erigió la Municipalidad de Texcaltitlán (Colección de Decretos VI: 92).

Decreto 39 del 4 de noviembre de 1861.

73 El 4 de noviembre de 1861 la Legislatura determinó que el 5 de noviembre el Congreso haría la protesta de cumplir y hacer cumplir la Constitución del Estado (Colección de Decretos VI: 92).

Decreto 40 del 4 de noviembre de 1861.

74 El 4 de noviembre de 1861 la Presidencia de la Mesa Directiva de la Legislatura estuvo a cargo del Diputado Antonio Zimbrón.

Decreto 39 del 4 de noviembre de 1861.

75 El 5 noviembre de 1861 el Gobernador Felipe Berriozábal acudió a la Legislatura a tomar su protesta de juramento a la Constitución Política del Estado. El Diputado Leocadio López pronunció un mensaje alusivo a dicha ocasión.

Discurso del 5 de noviembre de 1861.

76 El 7 de noviembre de 1861 la Legislatura indultó de sus penas al reo José Repiso (Colección de Decretos VI: 93).

Decreto 41 del 7 de noviembre de 1861.

77 El 7 de noviembre de 1861 la Legislatura indultó de sus penas al reo José M. Ortiz (Colección de Decretos VI: 93).

Decreto 42 del 7 de noviembre de 1861.

78 El 11 de noviembre de 1861 la Legislatura les concedió una feria anual a las poblaciones de: Huascazaloya y Tlalnepantla (Colección de Decretos VI: 94).

Decreto 43 del 11 de noviembre de 1861.

79 El 11 de noviembre de 1861 la Legislatura nombró una Diputación Permanente durante el término de su encargo que sería el 1 de marzo de 1862, pudiendo convocar dicha Diputación al Congreso a la continuación de sus sesiones (Colección de Decretos VI: 94).

Decreto 44 del 11 de noviembre de 1861.

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80 El 14 de noviembre de 1861 la Legislatura determinó que todas las cabeceras de Distrito llevaran el nombre de un prócer y el de villas cuando no fueran ciudades. Fue así como se denominó a Actopan de Hidalgo, Cuautla de Morelos, Cuernavaca de Iturbide, Chalco de Díaz Covarrubias, Huichapan de Villagrán, Huascazaloya de Ocampo, Huejutla de Coss, Yautepec de Gómez Farías, Ixmiquilpan de Aldama, Ixtlahuaca de Rayón, Jilotepec de Abasolo, Jonacatepec de Valle, Otumba de Terán, Pachuca de Guerrero, Sultepec de Pedro Ascencio de Alquisiras, Temascaltepec de González, Tenango de Arista, Tenancingo de Degollado, Texcoco de Mora, Tetecala de Matamoros, Tlalnepantla de Galeana, Tula de Allende, Toluca de Lerdo, Villa del Valle de Bravo, Zacualtipán de Mina, Zimapán de Zavala y Zumpango de Victoria (Colección de Decretos VI: 95).

Decreto 45 del 14 de noviembre de 1861.

81 El 14 de noviembre de 1861 la Legislatura dispuso que el Ejecutivo del Estado liquidara la deuda pasiva del Estado (Colección de Decretos VI: 98).

Decreto 47 del 14 de noviembre de 1861.

82 El 14 de noviembre de 1861 la Presidencia de la Mesa Directiva del Congreso estuvo a cargo del Diputado Refugio de la Vega.

Acta de la sesión secreta del 14 de noviembre de 1861.

83 El 15 de noviembre de 1861 la Legislatura abolió todas las costas judiciales (Colección de Decretos VI: 95).

Decreto 46 del 15 de noviembre de 1861.

84 El 15 de noviembre de 1861 la Legislatura permitió el ejercicio de la abogacía temporal a los secretarios y oficiales del Tribunal Superior de Justicia (Colección de Decretos VI: 100).

Decreto 48 del 15 de noviembre de 1861.

85 El 15 de noviembre de 1861 el Gobernador Felipe Berriozábal al acudir a la Legislatura a la clausura de sus sesiones pronunció un discurso, al igual que el Presidente de la Legislatura, Diputado Refugio de la Vega.

Discurso del 15 de noviembre de 1861.

86 El 15 de noviembre de 1861 los secretarios de Relaciones y Guerra, de Hacienda y de Justicia presentaron un programa de gobierno (Archivo Histórico).

Circular del 15 de noviembre de 1861.

87 El 24 de noviembre de 1861 el Gobernador concedió a la Ciudad de Cuautla de Morelos una feria anual por ocho días (Colección de Decretos VI: 101).

Decreto del Ejecutivo del 24 de noviembre de 1861.

88 El 26 de noviembre de 1861 el Gobernador expidió el Presupuesto de Gastos del Estado de México del 26 de noviembre de 1861 al 2 de junio de 1862, en el cual se fijaron $2,000.00 anuales de dietas para cada uno de los 25 diputados (Colección de Decretos VI: 102).

Decreto del Ejecutivo del 26 de noviembre de 1861.

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121

89 El 26 de noviembre de 1861 el Supremo Gobierno reanudó los pagos de la deuda externa (Scholes: 115).

Ley del 26 de noviembre de 1861.

90 El 4 de diciembre de 1861 el Gobernador fijó una contribución única a los 27 distritos del Estado a distribuirse entre sus municipalidades (Colección de Decretos VI: 109).

Decreto del Ejecutivo del 4 de diciembre de 1861.

91 El 7 de diciembre de 1861 el Gobernador facultó a los jefes políticos para que organizaran la instrucción primaria estableciendo los arbitrios necesarios (Colección de Decretos VI: 114).

Decreto del Ejecutivo del 7 de diciembre de 1861.

92 El 11 de diciembre de 1861 el Gobernador nombró un Médico en tanto el Congreso arreglara la Policía Médica (Biblioteca José María Luis Mora).

Decreto del Ejecutivo del 11 de diciembre de 1861.

93 El 16 de diciembre de 1861 el Gobierno Federal estableció una contribución federal que se pagaría en toda la República, que consistía en el 25 por ciento adicional sobre todo entero (Archivo Histórico).

Decreto del 16 de diciembre de 1861.

94 El 17 de diciembre de 1861 el Presidente de la República autorizó a los gobernadores de los estados para que dispusieran de las rentas del Gobierno General para poner en marcha la Fuerza Armada (Archivo Histórico).

Decreto del 17 de diciembre de 1861.

95 El 25 de diciembre de 1861 el Gobernador le concedió a la Municipalidad de Tecualoya fondos municipales para la reposición de edificios públicos (Colección de Decretos VI: 120).

Decreto del Ejecutivo del 25 de diciembre de 1861.

96 El 26 de diciembre de 1861 el Gobernador facultó a los jefes políticos de distrito para que impusieran multas o penas de prisión a los jueces que cobraran costas (Archivo Histórico).

Decreto del Ejecutivo del 26 de diciembre de 1861.

97 El 26 diciembre de 1861 el Presidente de la República estableció una contribución general, que consistía en el dos por ciento de los capitales que llegaran a quinientos pesos (Archivo Histórico).

Decreto del 26 diciembre de 1861.

98 El 27 de diciembre de 1861 el Gobernador estableció juicios verbales para resolver asuntos de montas bajas, sin que procediera la conciliación (Colección de Decretos VI: 122).

Decreto del Ejecutivo del 27 de diciembre de 1861.

99 El 14 de enero de 1862 el Gobernador al suspender la cuota mensual por Distrito, decidió seguir cobrando las alcabalas, así como una contribución del cinco al millar sobre el capital raíz, mobiliario e industrial (Colección de Decretos VI: 122).

Decreto del Ejecutivo del 14 de enero de 1862.

100 El 3 de febrero de 1862 la Diputación Permanente le pidió al Ejecutivo del Estado que se convocara al Congreso a un Periodo Extraordinario de Sesiones.

Acta de la sesión secreta del 3 de febrero de 1862.

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101 El 3 de febrero de 1862 el Diputado Refugio de la Vega fungía como Presidente de la Diputación Permanente del Receso de la Legislatura.

Acta de la sesión secreta del 3 de febrero de 1862.

102 El 12 de febrero de 1862 el Gobernador erigió el Municipio de San Francisco Coacalco (Colección de Decretos VI: 124).

Decreto del Ejecutivo del 12 de febrero de 1862.

103 El 15 de febrero de 1862 el Gobernador segregó de la Municipalidad de Atitalaquia la Hacienda de San Miguel Chingú para agregarla a la de San Pedro Tlazcuapan (Colección de Decretos VI: 124).

Decreto del Ejecutivo del 15 de febrero de 1862.

104 El 19 de febrero de 1862 representantes de España, Francia e Inglaterra firmaron el Convenio de la Soledad para arreglar el pago de la deuda del País (Torre Villar de la: 315).

Convenio del 19 de febrero de 1862.

105 El 22 de febrero de 1862 el Gobernador redujo del cinco al tres por ciento la tasa de la contribución sobre todo capital raíz, mobiliario e industrial (Archivo Histórico).

Decreto del Ejecutivo del 22 de febrero de 1862.

106 El 25 de febrero de 1862 la Diputación Permanente nombró a Pascual González Fuentes como Gobernador del Estado por ministerio del ley, en su carácter del Presidente del Tribunal Superior de Justicia (Colección de Decretos VI: 125).

Decreto 49 del 25 de febrero de 1862.

107 El 25 de febrero de 1862 el Presidente de la República al declarar a la Entidad en estado de sitio, dispuso nombrar un Jefe Político y Militar (Dublan IX: 388).

Decreto del 25 de febrero de 1862.

108 La Legislatura Constituyente (1861-1862) que operó del 1 de mayo de 1861 al 25 de febrero de 1862 se integró con 25 diputados electos en las juntas distritales por electores primarios. Expidió 49 decretos entre el 15 de mayo y el 25 de febrero de 1862.

Colección de Decretos.

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5. Segunda Suspensión del Orden Constitucional (1862)

No. Sinopsis de la Crónica Legislativa Fuentes consultadas17

1 El 27 de febrero de 1862 Pascual González Fuentes al ratificarse al frente de la Gubernatura del Estado se comprometió a hacer cumplir la ley y a dictar todas las providencias para instalar la Legislatura (Archivo Histórico).

Manifiesto del Gobernador del 27 de febrero de 1862.

2 El 28 de febrero de 1862 el Gobernador abrogó el decreto que el 4 de enero había declarado en estado de sitio a la Ciudad y Municipalidad de Toluca (Biblioteca José María Luis Mora).

Decreto del Gobernador del 28 de febrero de 1862.

3 El 1 de marzo de 1862 el Gobernador asignó a cada uno de los juzgados de primera instancia cien pesos anuales para gastos de escritorio (Colección de Decretos VI: 126).

Decreto del Gobernador del 1 de marzo de 1862.

4 El 1 de marzo de 1862 el Gobernador al derogar el decreto del 13 de marzo de 1861, determinó que a los ladrones se les impondrán las penas que designa el decreto del 11 de octubre de 1849, sustituyendo la de muerte con la de presidio por diez años (Colección de Decretos VI: 126).

Decreto del Gobernador del 1 de marzo de 1862.

5 El 12 de marzo de 1862 el Gobernador declaró vigente la contribución que se fijó a los distritos en sustitución de las alcabalas y de las contribuciones del cinco al millar (Colección de Decretos VI: 127).

Decreto del Gobernador del 12 de marzo de 1862.

6 El 25 de marzo de 1862 el Presidente de la República nombró a Tomás O’Horán como Gobernador del Estado (Colección de Decretos VI: 128).

Circular del 25 de marzo de 1862.

17 Son citas abreviadas. Los datos completos se pueden consultar en el texto, en la fecha indicada.

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6. I Legislatura Constitucional (1862)

La I Legislatura Constitucional (1862) se integró con 25 diputados

No. Sinopsis de la Crónica Legislativa Fuentes consultadas18

1 El 27 de marzo de 1862 el Gobernador Tomás O’Horán ordenó la instalación de la I Legislatura Constitucional, con el único objeto de nombrar al Gobernador Constitucional que asumiría su cargo al levantarse el estado de sitio en la Entidad (Colección de Decretos VI: 129).

Decretos del 27 de marzo de 1862 y del 31 de julio de 1861.

2 El 14 de abril de 1862 el Presidente de la República reformó la fracción I del artículo 124 de la Constitución Política de la República, para restablecer las alcabalas en todo el país (Dublan IX: 434).

Decreto del 14 de abril de 1862.

3 El 15 de abril de 1862 en la sesión de la Convención de la Soledad, el Delegado Francés anunció el apoyo de su Gobierno a los conservadores.

Wikipedia, 2011.

4 El 29 de abril de 1862 el Gobernador restableció las alcabalas en forma provisional (Colección de Decretos IX: 129).

Decreto del Ejecutivo del 29 de abril de 1862.

5 El 5 de mayo de 1862 los franceses después de declararle la guerra a México, sufrieron su primera derrota en la Ciudad de Puebla.

Wikipedia, 2010.

6 El 7 de mayo de 1862 con motivo de la Batalla de Puebla, el Congreso General declaró que habían merecido bien a la Patria: Ignacio Zaragoza, los jefes, oficiales y soldados del Ejército de Oriente (Dublan IX: 439).

Decreto del 7 de mayo de 1862.

7 El 13 de mayo de 1862 el Presidente de la República revocó la facultad que les concedió a los gobernadores de los estados para disponer de las rentas federales (Dublan IX: 452).

Circular del 13 de mayo de 1862.

8 El 18 de mayo de 1862 el Presidente de la República nombró a Francisco Ortiz de Zárate como Gobernador del Estado (Archivo Histórico).

Bando del 18 de mayo de 1862.

9 El 19 de mayo de 1862 el Gobernador declaró Cabecera de la Municipalidad de Monte Alto al Pueblo de Santiago Tlazala (Colección de Decretos VI: 130).

Decreto del Ejecutivo del 19 de mayo de 1862.

18 Son citas abreviadas. Los datos completos se pueden consultar en el texto, en la fecha indicada.

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10 El 22 de mayo de 1862 el Gobernador creó once cantones para facilitar la persecución de los facciosos y malhechores. El Primer Cantón Militar se formaría con los distritos de: Tlalnepantla y Zumpango, el Segundo con: Chalco y Texcoco, el Tercero con: Otumba, Pachuca y Actopan, el Cuarto con: Huascazaloya y Zacualtipán, el Quinto con Huejutla, el Sexto con; Zimapán e Ixmiquilpan, el Séptimo con: Tula, Jilotepec y Huichapan, el Octavo con: Toluca, Ixtlahuaca, Tenango, Villa del Valle (Valle de Bravo) y Tenancingo, el Noveno con: Temascaltepec y Sultepec, el Décimo con: Cuernavaca y Yautepec y el Décimo Primero con: Morelos (Cuautla) y Jonacatepec (Colección de Decretos VI: 130).

Decreto del Ejecutivo del 22 de mayo de 1862.

11 El 23 de mayo de 1862 el Gobierno Federal al expedir el Reglamento para la Organización de las Guerrillas, facultó a los gobernadores de los estados para extender la patente a quienes se hicieran cargo de levantar una guerrilla (Secretaría de la Presidencia 2: 535).

Reglamento del 23 de mayo de 1862.

12 El 6 de junio de 1862 el Gobernador expidió el Reglamento de Cantones Militares, en donde determinó que los jefes políticos de cada Distrito levantarían una compañía de Guardia Nacional (Colección de Decretos VI: 132).

Reglamento del Ejecutivo del 6 de junio de 1862.

13 El 7 de junio de 1862 el Presidente de la República dividió al Estado en los distritos militares de: Toluca, Apan y Cuernavaca y agregó al Distrito Federal los distritos de Chalco, Texcoco y Otumba. El Primer Distrito (Toluca) se integró con los distritos de Sultepec, Temascaltepec, Tenango del Valle, Tenancingo, Toluca, Villa del Valle (Valle de Bravo), Ixtlahuaca y Jilotepec; el Segundo Distrito (Actopan) con los distritos de Tula, Ixmiquilpan, Zimapán, Huichapan, Actopan, Pachuca, Huascazaloya, Huejutla, Zacualtipán y Apan; y el Tercer Distrito (Cuernavaca) con los distritos de Jonacatepec, Yautepec, Morelos (Cuautla), Cuernavaca y Tetela (Archivo Histórico).

Decreto del 7 de junio de 1862.

14 El 7 de junio de 1862 el Presidente de la República determinó que para las próximas elecciones de diputados al Congreso General, los distritos militares del Estado elegirían separadamente a sus diputados (Dublan IX: 474).

Decreto del 7 de junio de 1862.

15 El 9 de junio de 1862 el Gobernador estableció una contribución del uno al millar sobre todo capital superior a 500 pesos (Colección de Decretos VI: 136).

Decreto del Ejecutivo del 9 de junio de 1862.

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16 El 11 de junio de 1862 el Gobernador erigió un Pueblo con el nombre de la Merced de las Llaves en el Centro de la Ranchería de las Llaves (Colección de Decretos VI: 146).

Decreto del Ejecutivo del 11 de junio de 1862.

17 El 12 de junio de 1862 el Gobernador al derogar el decreto del 22 de febrero restableció el impuesto sobre la traslación de dominio (Colección de Decretos VI: 147).

Decreto del Ejecutivo del 12 de junio de 1862.

18 El 18 de junio de 1862 el Gobernador estableció que todos los habitantes del Estado están obligados a recibir la moneda de plata recortada (Colección de Decretos VI: 147).

Decreto del Ejecutivo del 18 de junio de 1862.

19 El 2 de julio de 1862 la Legislatura nombró a Francisco Ortiz de Zárate como Gobernador del Estado a partir del día en que se levantara el estado de sitio (Colección de Decretos VI: 148).

Decreto 1 del 2 de julio de 1862.

20 El 2 de julio de 1862 la Mesa Directiva de la Legislatura estuvo presidida por el Diputado Manuel Alas. Eran secretarios propietarios los diputados: José González de González y Epitacio del Raso (Colección de Decretos VI: 148).

Decreto 1 del 2 de julio de 1862.

21 La I Legislatura Constitucional (1862) que operó del 27 de marzo al 2 de julio de 1862 se integró con 25 diputados electos en las juntas distritales por electores primarios. Expidió un decreto el 2 de julio de 1862.

Colección de Decretos.

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127

Índice Cronológico

1835 5

1836 5

1837 7

1838 8

1839 11

1840 12

1841 16

1842 16

1843 18

1844 20

1845 23

1846 26

1847 35

1848 45

1849 53

1850 66

1851 74

1852 85

1853 91

1854 95

1855 97

1856 99

1857 99

1858 107

1859 108

1860 110

1861 110

1862 121