revisoria fiscal dictamen
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AUTORIZAR CON SU FIRMA CUALQUIER BALANCE QUE SE HAGA CON SU DICTAMEN O
INFORME CORRESPONDIENTE
CLAUDIA FERNANDA MALDONADO ROBLESDIANA DAZA
JESUS ALBERTO SALCEDO CARDONAJORGE GONZALEZ
Es una función que hoy en día cobra mucha importancia de capital y solamente puede verse cumplida cuando los mismos se encuentren dictaminados por el revisor fiscal; conforme a los postulados del articulo 38 de la ley 222 1995 la cual dice:“Son dictaminados aquellos estados financieros certificados que se acompañen de la opinión profesional del revisor fiscal o, a falta de éste, del contador público independiente que los hubiere examinado de conformidad con las normas de auditoría generalmente aceptadas”. Estos estados deben ser suscritos por dicho profesional, anteponiendo la expresión "ver la opinión adjunta" u otra similar. El sentido y alcance de su firma será el que se indique en el dictamen correspondiente.
AUTORIZAR CON SU FIRMA CUALQUIER BALANCE QUE SE HAGA CON SU DICTAMEN
De acuerdo a ley 222 de 1995 es de señalar que para emitir un dictamen sobre estados financieros, los mismos deben estar tomados fielmente de los libros de contabilidad, presentarse en forma comparativa con los del año anterior, y estar previamente certificados por el representante legal y el contador publico bajo cuya responsabilidad se hayan elaborado.
REVISOR FISCAL debe
Plena independencia
Legalidad responsa
bilidad
Autonomía
No tener ataduras en la
administración
Para cumplir con su labor
Gozar de
Aspectos necesarios e importantes a tratar.
Incompetencia de los administradores en su gestión.
Irregularidades de cualquier índole.
Renuncia del propio revisor fiscal.
Se debe convocar a la Asamblea General o a la Junta de Socios a reuniones extraordinarias cuando
lo juzgue necesario.
Funciones del revisor fiscal en las distintas organizaciones tanto publicas como privadas.
CAJA DE COMPENSACION FAMILIAR (LEY 21 1982. Art.49)
ENTIDADES DEL SECTOR SALUD
ENTIDADES DEL SECTOR COOPERATIVO (LEY 79 1988)
ENTIDADES CONTRATISTAS DEL ESTADO (LEY 190 1995. Art. 80)
EMPRESAS COMUNITARIAS (DECRETO 2073 1973. Art.32)
ASOCIACIONES DE AUTORES (DECRETO 3116 1984. Art. 80)
PROCESAMIENTO ELECTRONICO DE DATOS ,Y DE INFORMACION
CAJA DE COMPENSACIONColaborar con la Superintendencia
del Subsidio Familiar, y rendir los informes generales.Convoc
ar a la Asambl
ea General
a reunion
es extraordinarias.
Inspeccionar los bienes
e instalaciones de la Caja.
“Asegurar que las operaciones de la
Caja se ejecuten de acuerdo con las decisiones de la
Asamblea.
Autorizar con su firma los
inventarios y balances.
Exigir las medidas que tiendan a su
conservación.
FUNCIONES
Dar oportuna cuenta por escrito, a la asamblea general, al consejo de
administración, o a la junta directiva las irregularidades que se presenten en la
entidad.
Colaborar con la Superintendencia Nacional de Salud, rindiéndole los
informes oportunos, confiables, verificables, razonables.
Velar por que se lleve regularmente la contabilidad de la entidad.
Revisar y evaluar periódicamente el sistema de control interno adoptado por la
entidad.
ENTIDADES DEL SECTOR COOPERATIVO
Las funciones del revisor fiscal serán señaladas en los estatutos y reglamentos de la cooperativa y se determinarán teniendo en cuenta las atribuciones asignadas a los contadores públicos en las normas que regulan el ejercicio de la profesión.
ENTIDADES CONTRATISTAS DEL ESTADOVelar para que en la obtención o
adjudicación de contratos por parte del Estado, no efectúen pagos, desembolsos o retribuciones de
ningún tipo en favor de funcionarios estatales.
“ Velar porque en los estados financieros de las personas jurídicas se reflejen los ingresos y costos del respectivo
contrato”.
Examinar los ingresos y costos de cada uno
de los contratos suscritos con entidades
estatales que se encuentren en
ejecución.
Colaborar con los funcionarios estatales que ejerzan funciones
de interventoría, control o auditoría de
los contratos.
EMPRESAS COMUNITARIAS
Hacer arqueos de caja cuando lo juzgue necesario, por lo menos una
vez cada trimestre.
Exigir que se lleven al día la contabilidad, actas
y registros de la empresa.
Tomar las medidas necesarias para la
conservación de los documentos
relacionados con la correspondencia y los
asientos contables.
Autorizar con su firma los inventarios y
balances.
ASOCIACIONES DE AUTORESAutorizar con su firma los
inventarios, balances, cheques y demás documentos que sean
necesarios.
Realizar arqueos de caja, por lo menos una
vez al trimestre.
Supervisar y controlar la contabilidad y
presupuesto de la asociación.
Las funciones deben cumplirse
estrictamente como lo señala la ley.
PROCESAMIENTO ELECTRÓNICO DE DATOS, DE SISTEMAS Y SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN
Evaluación de la organización funcional del área de sistemas.
Evaluación de la segregación de funciones de IT.
Revisión de la infraestructura tecnológica.
Revisión del plan estratégico de sistemas de la empresa.