resumen constitucion española

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ESTADO DEMOCRATICO ESTADO DEMOCRATICO Estado social democrático de derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político (art.1.1. CE) La Soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado (art. 1.2 CE) FORMA DEL ESTADO La forma política del Estado español es la monarquía parlamentaria (art. 1.3) SUPREMACÍA DE LA CONSTITUCIÓN Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la constitución y al resto del ordenamiento jurídico (art. 9.1 CE)

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RESUMEN CONSTITUCION ESPAÑOLA

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Page 1: Resumen Constitucion Española

ESTADO DEMOCRATICO

ESTADO DEMOCRATICO Estado social democrático de derecho, que propugna como

valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político (art.1.1. CE)

La Soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado (art. 1.2 CE)

FORMA DEL ESTADO La forma política del Estado español es la monarquía

parlamentaria (art. 1.3) SUPREMACÍA DE LA CONSTITUCIÓN Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la

constitución y al resto del ordenamiento jurídico (art. 9.1 CE)

Page 2: Resumen Constitucion Española

LA JEFATURA DEL ESTADO El Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia, arbitra y

modera el funcionamiento regular de las instituciones, asume la más alta representación del Estado en las relaciones internacionales (art.56.1)

La persona del rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad. Sus actos estarán siempre refrendados (art.56.2).

L a corona es hereditaria en los sucesores de Juan Carlos I. prevalancia del varón sobre la mujer (art. 57.1)

Regencia durante la minoría de edad del Rey: padre, madre pariente mayor de edad más próximo a suceder o la que nombre las cortes (art.59)

Competencias del Rey: Funciones representativas (art. 62 y 63). Los actos del Rey serán siempre refrendados y de ellos serán responsables

las personas que los refrende (art.64) Nombra y releva libremente a los miembros de la casa real (art.65)

Page 3: Resumen Constitucion Española

EL PODER LEGISLATIVO: LAS CORTES GENERALES

• Representan al pueblo español. Formadas por Congreso y Senado (art.66.1• Ejercen la potestad legislativa (art. 66.2) CONGRESO Composición entre 300 y 400 (actualmente tiene 350) (art.68.1) Circunscripción electoral la provincia. Mínimo por provincia (dos) y reparto

del resto según población. Ceuta y Melilla uno cada uno (art.68.2) Elección carácter proporcional con una duración de 4 años o hasta

disolución de la Cámara. Electores españoles mayores de 18 (art.68.3,4,5) SENADO Cámara de representación territorial 4 por provincia. En islas: 3 en las mayores y 1 en las menores (art.69.2,3) Cada Comunidad designará un senador y otro más por cada millón Duración 4 años o hasta la disolución e la Cámara

Page 4: Resumen Constitucion Española

PODER LEGISLATIVO: ELABORACIÓN DE LAS LEYES

• LEYES ORGANICAS: Las relativas a los derechos fundamentales y libertades públicas, estatutos de autonomía, régimen electoral y demás previstas en la constitución. Requieren mayoría absoluta para su aprobación.

• LEYES ORDINARIAS: E resto de las leyes. Requieren mayoría simple • INICIATIVA LEGISLATIVA: Corresponde al Gobierno, al Congreso y Senado y a las

comunidades autónomas (art.87.1,2)• TRAMITACIÓN : Los Proyectos de ley se aprueban en Consejo de Ministros y se

remiten al Congreso para su tramitación (se tramitan según reglamento del congreso) una vez a probada la ley se remite al Senado que en el plazo de dos meses puede oponerse mediante un veto a la totalidad o introducir enmiendas. Posteriormente pasa de nuevo al congreso quien decidirá si acepta las enmiendas del Senado o no aprobándola definitivamente (art.90) siendo sancionadas por el Rey en el plazo de 15 días (art.91)

• REFERENDUM: en casos de especial trascendencia. Son de carácter consultivo

Page 5: Resumen Constitucion Española

GOBIERNO Y AMINISTRACIÓN• FUNCIONES: Dirige la política interior y exterior, la administración civil y

militar y la defensa del Estado. Ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria de acuerdo con la constitución y las leyes (Art. 97)

• COMPOSICIÓN: Presidente, vicepresidentes, Ministros y demás miembros PRESIDENTE DEL GOBIERNO El Rey previa consulta de los grupos políticos propone un candidato El candidato expone su programa al Congreso y solicita su confianza Si el congreso otorga su confianza por mayoría absoluta el rey lo nombra

presidente. En caso de no obtenerla se someterá a votación 48 horas después bastando la mayoría simple. Si no la obtiene se repetirá la votación durante dos meses y si no la obtiene nuevas elecciones (art.99)

MINISTROS: Nombrados y separados por el Rey a propuesta del presidente (art. 100)

Page 6: Resumen Constitucion Española

EL GOBIERNO Y LA ADMINISTRACIÓN

CUESTION DE CONFIANZA Y MOCION DE CENSURA El Presidente podrá presentar una cuestión de confianza y ha de

obtener la mayoría simple. Si no la obtiene deberá dimitir (art.112 y 114)

Moción de Censura: su presentación requiere al menos de una décima parte de los diputados y habrá de incluir un candidato a la presidencia y requiere la mayoría absoluta. Si se gana el candidato incluido obtiene la presidencia.

LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con

los principios de eficacia, jerarquía descentralización, desconcentración y coordinación con sometimiento pleno a la ley y al derecho (art.103)

Page 7: Resumen Constitucion Española

EL PODER JUDICIAL• La justicia se administra por Jueces y Magistrados integrantes del poder judicial,

independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la ley

CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL Es el órgano de gobierno del poder judicial está integrado por el Presidente del

Tribuna Supremo, que lo presidirá y por veinte miembros nombrados por el Rey por un periodo de 5 años. De estos doce entre jueces y magistrados; 4 a propuesta del Congreso y 4 a propuesta del Senado, elegidos en ambos casos por mayoría de tres quintos (art.122)

TRIBUNA SUPREMO Es el órgano jurisdiccional suprior en todos los ordenes salvo en materia

constitucional El Presidente: nombra el Rey a propuesta del Consejo General Poder Judicial. FISCAL GENERAL DEL ESTADO Nombra el Rey a propuesta del Gobierno oído el Consejo del poder judicial

Page 8: Resumen Constitucion Española

ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DEL ESTADO: MUNICIPIOS, PROVINCIAS Y COMUNIDADES AUTÓNOMAS

ADMINISTRACIÓN LOCAL Municipios: Gobierno y Administración corresponde a los Ayuntamientos,

integrados por los Alcaldes y los Concejales. Los concejales son elegidos por los vecinos y los Alcaldes por los vecinos o por los concejales (art.140)

Provincia: Gobierno y Administración corresponde a las Diputaciones Islas: Tienen su administración propia e forma de Cabildos (art.141) COMUNIDADES AUTONOMAS Estatutos de Autonomía: Norma básica de cada Comunidad Autónoma.

Requiere aprobación por mayoría absoluta de las Cortes Contenido del Estatuto: denominación de la comunidad; delimitación del

territorio; denominación y sede de las instituciones y competencias asumidas. Competencias que pueden asumir: las previstas en el artículo 148 Competencias exclusivas del Estado: las previstas en el artículo 149

Page 9: Resumen Constitucion Española

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL• COOMPOSICIÓN: 12 nombrados por el rey; 4 a propuesta del congreso por mayoría de tres

quintos; 4 a propuesta del Senado con igual mayoría; 2 a propuesta del gobierno y 2 a propuesta del Consejo General del Poder Judicial (art.159.1)

• PRESIDENTE: Será nombrado por el Rey a propuesta del mismo tribunal por un periodo de tres años (art.160)CUESTIÓN DE INCOSNTITUCIONALIDAD

• COMPETENCIAS: sobre todo el territorio nacional conoce del recurso de inconstitucionalidad contra leyes y disposiciones normativas con rango de ley; del recurso de amparo por violación de derechos y libertades; de los conflictos de competencia entre el Estado y Comunidades Autónoma o esta entre sí.

• RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD: Puede interponerlo el presidente del Gobierno; 50 diputados; 50 senadores, los órganos colegiados de las Comunidades Autónomas y las Asambleas de las mismas. (art.162.1)

• ECURSO DE AMAPARO: Cualquier persona que tenga interés legitimo y el Defensor del Pueblo (art.162.2)

• CUESTIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD: Puede ser planteado por un órgano judicial cuando estime que una norma con rango de ley aplicable al caso puede ser contaria a la constitución (art.163)

Page 10: Resumen Constitucion Española

REFORMA CONSTITUCIONAL

REFORMA COMÚN Deben ser aprobados por mayoría de tres quintos de cada una de las cámaras. Sino fuera

así se creará una comisión paritaria que se votara por Congreso y Senado (art.167.1) Si no se llega a un acuerdo por el procedimiento anterior y siempre que se hubiese

obtenido mayoría absoluta del senado, el congreso por mayoría de dos tercios podrá aprobar la reforma (art.167.2)

Aprobada la reforma por las Cortes será sometida a referendum para su ratificación cuando así lo soliciten un décima parte de los miembros de cualquiera de las cámaras.

REFORMA TOTAL O PARCIAL FNDAMENTAL Si la revisión es total o parcial que afecte al titulo preliminar o a determinados artículos del

título I o Título II se requerirá la aprobación por dos tercios de cada cámara y la disolución de las cortes

Las Cámaras elegidas deberán ratificar la decisión y proceder a la elaboración del nuevo texto y aprobarlo por dos tercios

Posteriormente se someterá a referendum para su ratificación