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Auditoría Superior del Estado de Nuevo León. Resultados de la Auditoría de Desempeño 2017. Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey, I.P.D. SADM Resultados de la Evaluación de Desempeño Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey, I.P.D. Cuenta Pública 2017 Anexo A ......... El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

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SADM

Resultados de la Evaluación de Desempeño Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey, I.P.D.

Cuenta Pública 2017

Anexo A

.........

El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

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ÍNDICE RESUMEN EJECUTIVO 1

I. INTRODUCCIÓN 3

A. ANTECEDENTES 4 B. CRITERIO DE SELECCIÓN 4 C. OBJETIVO DE LA EVALUACIÓN 5 D. METODOLOGÍA UTILIZADA 5 E. FUENTES DE INFORMACIÓN 6

II. INFORMACIÓN GENERAL 7

A. DESCRIPCIÓN GENERAL DE LA ENTIDAD 7 B. MARCO NORMATIVO 7 C. RECURSOS FINANCIEROSD. ESTRUCTURA ORGÁNICA

11 15

III. EVALUACIÓN 17

A. GENERAL 18 A.1 Marco normativo 18

B. PLANEACIÓN ESTRATÉGICA 21 B.1 Misión, visión y valores 22 B.2 Programación 25

B.2.1. Programa operativo anual 26 B.3 Determinación del objetivo 29

B.3.1. Cumplimiento del objetivoB.3.2. Vinculación del objetivo, estrategias y acciones con planes y programasB.3.3 Vinculación del objeto de la Ley con el objetivo de la entidad

29 30 31

C. SISTEMA DE MEDICIÓN Y SEGUIMIENTOC.1 Indicadores

C.1.1. Alineación de indicadores a objetivos y de su resultadoC.1.2. Atributos de los indicadoresC.1.3. Matriz de Indicadores para resultados

C.2 MetasC.3 Evaluaciones

32 32 34 36 38 41 41

IV. CONCLUSIONES 42

ANEXO 1 (Observación, Contestación de la Entidad, Análisis de la Auditoría Superior del Estado y Recomendación)

El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

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RESUMEN EJECUTIVO

I.- DATOS GENERALES DE LA ENTIDAD AUDITADA

Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey Institución Pública Descentralizada (SADM), tiene por objeto el prestar los servicios de agua potable, no potable, residual tratada y agua negra, saneamiento de las aguas residuales y drenajes sanitario y pluvial a los habitantes del Estado de Nuevo León. En la Cuenta Pública del ejercicio 2017, SADM reportó Ingresos por $7,777,525,470, así como un presupuesto de Egresos modificado que asciende a $7,500,337,602. Del total de Ingresos, el 88.84% corresponden a Ingresos de la Gestión (Ingresos por Ventas de Bienes y Servicios), el resto lo integran Otros Ingresos y Beneficios, Participaciones y Aportaciones. A su vez, los Egresos se conforman principalmente por Servicios Personales, Materiales y Suministros, Servicios Generales, Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles, Inversión Pública, Deuda Pública además de Participaciones y Aportaciones.

II.- OBJETIVO DE LA ASENL

El objetivo de este ente fiscalizador es realizar una evaluación metodológica que permita apreciar el desempeño de la Entidad. Nuestra evaluación tiene el propósito de identificar las áreas de oportunidad para proponer las recomendaciones pertinentes a efecto de mejorar su desempeño.

PLANEACIÓN ESTRATÉGICA (PE)

III.- RESULTADOS

La Planeación Estratégica (PE) constituye un enfoque de análisis e intervención organizacional empleado para fortalecer los procesos de gestión y la obtención de resultados en las instituciones. Además, es el proceso en donde se establecen los objetivos y se formulan los planes estratégicos necesarios para alcanzar dichos objetivos. Es substancial que Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey (SADM) elabore sus programas de adquisiciones considerando lo establecido en el artículo 10 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León.

El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

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PROGRAMA OPERATIVO ANUAL

NORMATIVIDAD

MEDICIÓN Y SEGUIMIENTO

Como parte de su planeación estratégica es importante que SADM cuente con su Programa Operativo anual (POA) en el cual establezca objetivos estratégicos que son base en la programación correspondiente. Es importante que Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey considere las recomendaciones referidas a optimizar la eficiencia de los elementos de planeación estratégica con los que opera, es decir, las áreas de oportunidad señaladas a la realización de reglamentos, manuales y lineamientos interiores. Así como en lo relacionado a las reglas de operación de acuerdo a los fines vigentes del mismo. Asimismo es importante incluir en su portal de internet una sección de transparencia a fin de facilitar el acceso a la información pública que deberá difundirse y mantenerse de acuerdo a las disposiciones de transparencia y rendición de cuentas. El seguimiento y evaluación son dos elementos estratégicos en la mejora y modernización del quehacer de la Entidad, por lo que es importante que realice evaluaciones periódicas de su desempeño con base en sus indicadores, que le permita conocer el impacto de sus acciones, sus logros y flaquezas, así como tomar acciones reorientando estrategias y acciones en caso de ser necesario, o bien, la mejora continua en aquellos resultados positivos para hacerlos aún más eficientes. La Gestión por Resultados (GpR), tiene la función de facilitar a las organizaciones públicas la dirección efectiva e integrada de su proceso de creación de valor público, a fin de optimizarlo asegurando la máxima eficacia, eficiencia y efectividad de su desempeño, la consecución de los objetivos de gobierno y la mejora continua de sus instituciones; dicha GpR se ve reflejada en el seguimiento y evaluación al promover el aprendizaje, la transparencia y la corresponsabilidad de los actores del quehacer gubernamental. En conclusión, de la evaluación realizada subsistieron un total de 04-cuatro observaciones, las cuales se encuentran en el Anexo 1 del presente Informe y contienen su respectiva recomendación emitida por este órgano de fiscalización.

El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

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I. INTRODUCCIÓN

La evaluación de la gestión pública es una medida importante que complementa, fortalece y orienta los procesos de planeación, seguimiento y control de las políticas como programas de acción gubernamental. Proporcionando información sobre la forma, calidad y oportunidad con que son atendidas las demandas económicas, políticas y sociales de un país.

El presente Informe contiene una evaluación al desempeño del cumplimiento y medición del objetivo de Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey, I.P.D., lo que se debe establecer en su Programa Operativo Anual (POA), el cual a su vez se deriva del Plan Estatal de Desarrollo (2016-2021); dicho objetivo se encaminan a prestar con eficacia, calidad y transparencia, los servicios para el manejo integral del agua, con sentido de responsabilidad social, a través de esquemas de atención con sistemas modernos y simplificados e impulsando la mejora constante de sus procesos, para garantizar a la población de Nuevo León, la satisfacción de las necesidades presentes y futuras con respecto al agua, promoviendo su uso racional y sustentable, como se establece en su misión.

El Informe contempla tres secciones y un anexo. La primera sección se enfoca en dar a conocer los antecedentes de la Entidad, los criterios de selección para la evaluación, el objetivo de la misma, la metodología aplicada para llevarla a cabo y las fuentes de información utilizadas.

En la segunda sección se brinda una descripción general de la entidad, su marco normativo y los recursos financieros con los que opera, y su estructura orgánica con el objetivo de que se cuente con elementos que permitan conocer de manera integral a la Entidad y facilite la comprensión de su evaluación.

En la tercera sección se centra una parte fundamental del presente Informe, ya que en ésta se plasma la evaluación de la Entidad en tres etapas. La primera se enfoca en aspectos generales de normatividad aplicada, la segunda incluye elementos de su Planeación Estratégica, analizando el establecimiento de su misión, visión y valores, se analiza el Programa Operativo Anual de la Entidad, así como la determinación del objetivo evaluado y su cumplimiento, la vinculación del mismo con el Plan Estatal de Desarrollo 2016-2021, el Plan Estratégico 2015-2030 y el Plan Nacional de Desarrollo; además se verifica que entre el objetivo y el objeto de la Ley de Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey, I.P.D; exista una correcta vinculación además de la alineación de sus programas con sus objetivos específicos.

En la tercera etapa correspondiente al Sistema de Medición y Seguimiento, se analiza si la Entidad cuenta con la existencia, pertinencia y suficiencia de indicadores, sus atributos y resultados encaminados al cumplimiento y alineación de los objetivos, es decir, la medición de la eficacia, así como los elementos y metodologías que le permitan diagnosticar, plantear y medir el logro de sus metas todo con el propósito de obtener las evaluaciones con las que se determinen los resultados del desempeño de la Entidad.

El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

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En la cuarta sección se concentran las conclusiones de la evaluación.

Finalmente como Anexo 1 (Observación, Contestación de la Entidad, Análisis de la Auditoría Superior del Estado y Recomendación), que forma parte integral del presente Informe, se presentan las observaciones emitidas por esta Auditoría, la contestación por parte de los responsables de la Entidad, el análisis realizado por este órgano y las recomendaciones emitidas como oportunidad de mejora para Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey, I.P.D.

A. ANTECEDENTES

En el Periódico Oficial del miércoles 9 de mayo de 1956, se publicó la ley que crea una Institución Publica Descentralizada con personalidad jurídica propia y con domicilio en la ciudad de Monterrey que se denominara "Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey".

La Institución tendrá por objeto prestar los servicios públicos de agua potable, no potable, residual tratada y agua negra, saneamiento de las aguas residuales y drenajes sanitario y pluvial a los habitantes del Estado de Nuevo León.

B. CRITERIO DE SELECCIÓN

El suministro de agua representa un factor indispensable para el desarrollo urbano e industrial. La ciudad de Monterrey, a través de su historia, ha luchado contra las adversidades que implican encontrarse ubicada en una zona semidesértica, con períodos cíclicos de sequías prolongadas y, en contraste, de abundancia de lluvias.

El Plan Estatal de Desarrollo del Estado de Nuevo León 2016-2021, señala que de acuerdo a los Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey (SADM), los volúmenes de agua empleados en la Entidad son mayoritariamente para el sector agrícola (63.8 %), y solamente el 21% para uso urbano. Además, menciona que el uso y manejo del recurso es poco eficiente, pues éste se ha enfocado a aumentar la oferta y no a reducir su consumo o a su conservación. A su vez, dicho plan contiene el siguiente objetivo relacionado con servicios de agua y drenaje, el cual se encuentra también en la Matriz de Indicadores para Resultados del programa Suministro de Agua Potable de SADM:

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C. OBJETIVO DE LA EVALUACIÓN Los resultados de una evaluación al desempeño contribuyen a retroalimentar el funcionamiento de la gestión pública, permitiendo su mejoramiento, adecuación o reorientación, así como rendir cuentas sobre el uso de los recursos públicos y fomentar una cultura de resultados, incrementar la efectividad de la gestión pública, diseminando el conocimiento sobre el impacto de distintas herramientas de desarrollo y promoviendo el debate informado de las políticas públicas. Nuestro objetivo es realizar una evaluación metodológica, que permita apreciar el desempeño de Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey, I.P.D., en la determinación y cumplimiento del objetivo de la entidad en lo referente a su operación, alineación con planes de políticas públicas, cumplimiento de metas, así como la medición de la misma a través de indicadores, aplicando el criterio de eficacia, eficiencia, economía, transparencia y calidad. La evaluación realizada tiene el propósito de identificar las áreas de oportunidad para proponer las recomendaciones pertinentes a efecto de mejorar su desempeño. La factibilidad de su realización radica en la capacidad profesional y experiencia del equipo auditor en cuanto a las auditorías de desempeño, así como en la disponibilidad de la información suficiente y competente por parte del ente público auditado. D. METODOLOGÍA UTILIZADA La metodología empleada inicia con una etapa de evaluación preliminar, la cual consiste en obtener el conocimiento de la Entidad, los recursos con los que opera, su estructura orgánica, la normatividad aplicable, se verifica la transparencia en el ejercicio de la función pública, el cumplimiento de los requisitos que de acuerdo a la Ley de Planeación Estratégica del Estado de Nuevo León y su Reglamento debe contener el Plan Operativo Anual (POA); así como la vinculación de este con los planes estatal y nacional de desarrollo, se revisan los documentos que contienen actividades en el corto, mediano y largo plazo, se examina la misión, visión y valores de la Entidad; también se analiza su objetivo general, mismo que será evaluado. Con la información obtenida se realiza la etapa de planeación en la cual se revisan los temas cubiertos en la evaluación preliminar y se aprueba el programa de trabajo aplicable en la etapa de ejecución, en donde se verifica la alineación de los indicadores con los elementos de la Matriz de Indicadores de Resultados (MIR) y con el objetivo evaluado; además, se evalúan los indicadores analizando sus atributos, fichas técnicas y medios de verificación, así como el establecimiento, contribución y el resultado de sus metas. También se verifica que la entidad haya monitoreado los resultados de la medición de sus indicadores, así como las acciones que se hayan generado con base a dichos resultados.

El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

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De los resultados obtenidos se generan observaciones las cuales se comunican a la Entidad para que presenten a este Órgano de Fiscalización sus explicaciones debidamente soportadas con la documentación correspondiente, y posteriormente, aquellas que por su explicación y soporte no se solventen se incluyen en el Informe del Resultado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 49, fracción IV de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León. Cabe aclarar que la metodología utilizada se realiza mediante trabajo de campo, revisando y analizando las fuentes de información correspondientes y realizando entrevistas con los funcionarios de la Entidad. E. FUENTES DE INFORMACIÓN La investigación documental se enfocó en recopilar, revisar y analizar:

• Documentos sobre la Entidad, tales como organigrama, Cuenta Pública, documentos financieros, además de información de su página oficial de internet, entre otros.

• Documentos relativos al Plan Nacional de Desarrollo (2013–2018), Plan Estatal de Desarrollo (2016–2021), Plan Estratégico para el Estado de Nuevo León (2015-2030).

• Programa Operativo Anual-Análisis Físico Financiero (2017) y documentos relacionados con el avance programático presupuestal de la Entidad.

• Marco normativo aplicable a la Entidad (Leyes, Reglamentos, Manuales y Lineamientos). • Información para el seguimiento y medición de los resultados de los objetivos y demás documentos

administrativos que son fuente de información de los indicadores. • Información proporcionada a través de entrevistas realizadas al personal de la Entidad.

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II. INFORMACIÓN GENERAL A. DESCRIPCIÓN GENERAL DE LA ENTIDAD Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey tiene por objeto prestar los servicios públicos de agua potable, no potable, residual tratada y agua negra, saneamiento de las aguas residuales y drenajes sanitario y pluvial a los habitantes del Estado de Nuevo León. Para tal efecto, realizará la operación, mantenimiento y administración de las fuentes de abasto de agua subterránea y superficial, así como de las redes de conducción y distribución de las aguas, así mismo impulsar y desarrollar la investigación para el aprovechamiento de todo subproducto que se genere en los procesos de potabilización, tratamiento y saneamiento de las aguas residuales. Funciones:

• Prestar los servicios públicos de agua potable, no potable, residual tratada, agua negra, drenaje sanitario y saneamiento de las aguas residuales a los habitantes del Estado de Nuevo León.

• Operar, mantener y administrar las fuentes de abasto de agua subterránea y superficial, así como las redes de conducción y distribución y los sistemas de saneamiento en el Estado.

• Garantizar un servicio confiable, mediante el establecimiento de políticas y estrategias para la extracción y manejo del agua potable.

• Verificar la calidad del agua potable que se entrega a los usuarios, asegurando procesos eficientes de potabilización, llevando a cabo monitoreos y pruebas de laboratorio.

• Planear, estudiar alternativas y gestionar nuevas fuentes de abastecimiento de agua potable, tanto para el área metropolitana, como para los demás municipios del Estado.

• Asegurar la preservación del medio ambiente, a través de la captación y conducción de las aguas residuales, para darles tratamiento en las plantas.

• Planear, realizar estudios de factibilidad y llevar a cabo las acciones requeridas, para satisfacer la demanda de los nuevos usuarios de los servicios, a corto, mediano y largo plazo.

• Supervisar la ejecución de las obras, con el fin de que se cumpla con los tiempos, normas y especificaciones.

• Desarrollar en forma continua acciones para disminuir el agua no contabilizada. B. MARCO NORMATIVO El marco normativo establece las disposiciones que regulan los criterios, metodologías e instrumentos para que el ente público administre eficientemente los recursos económicos que disponga, para satisfacer los objetivos a los que estén destinados. Una parte importante del marco normativo es lo referente a la ley de creación y reglamentos de las entidades. Un reglamento interior tiene la función de regular la organización y funcionamiento de la estructura administrativa.

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La Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León en su artículo primero menciona que la presente tiene por objeto organizar y regular el funcionamiento de la Administración Pública del Estado de Nuevo León, que se integra por la Administración Pública Central y la Paraestatal, y que dentro de la Administración Pública Paraestatal está conformada por los organismos públicos descentralizados, organismos públicos descentralizados de participación ciudadana, las empresas de participación estatal, los fideicomisos públicos y demás entidades, cualquiera que sea su denominación. La Ley de planeación estratégica del estado de nuevo león menciona en su artículo 1° fracción I, que la presente es de orden público e interés social y tiene por objeto establecer los principios y normas mediante los cuales se llevará a cabo el Proceso de Planeación Estratégica para el Desarrollo Sustentable del Estado, a fin de encauzar las actividades de la Administración Pública Estatal.

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El Reglamento de la Ley de Planeación Estratégica del estado de Nuevo León, en su artículo 21, menciona que como complemento del Plan Estatal se elaborarán los siguientes programas, de acuerdo con el artículo 17 de la Ley: Programas Sectoriales, Programas Regionales, Programas Especiales y Programas Operativos Anuales y que dichos programas deberán contener, para su ámbito de referencia, un diagnóstico de la situación política, económica y social del Estado, una visión para el final de su vigencia, objetivos, estrategias, líneas de acción, responsables de su implementación así como los indicadores que permitan su seguimiento y evaluación. La Ley que crea una institución pública descentralizada con personalidad jurídica propia y con domicilio en la ciudad de monterrey que se denominara "Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey", menciona en su artículo 2º, que la Institución tendrá por objeto prestar los servicios públicos de agua potable, no potable, residual tratada y agua negra, saneamiento de las aguas residuales y drenajes sanitario y pluvial a los habitantes del Estado de Nuevo León, conforme a las disposiciones de esta Ley, de la Ley de Agua Potable y Saneamiento para el Estado de Nuevo León, Ley de Hacienda para los Municipios de Nuevo León, sus reglamentos y demás disposiciones legales aplicables. La Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Nuevo León, nos menciona en su artículo 1º, que esta ley tiene por objeto reglamentar el Título Séptimo de la Constitución Política del Estado en donde se establecen las responsabilidades, obligaciones y sanciones del servicio público. La Ley de Agua Potable y Saneamiento para el Estado de Nuevo León, nos dice en su artículo 1º, que las disposiciones de esta ley son de orden público e interés social y tienen por objeto establecer las normas conforme a las cuales serán prestados los servicios públicos de agua potable y saneamiento en el Estado y que en todo lo que en esta ley se refiere a agua potable y saneamiento, se entenderá también el drenaje pluvial. El Reglamento Interior de la institución pública descentralizada denominada Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey, en su artículo 2º, menciona que el presente Reglamento es de orden público e interés general, y tiene por objeto regular la Estructura Orgánica, en los niveles correspondientes a los Órganos de Apoyo del Consejo de Administración, la Dirección General, Direcciones y Coordinaciones, de Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey, I.P.D. En el Reglamento para la prestación de los servicios de agua y drenaje se plasman las obligaciones que deben tener los propietarios de los predios para que puedan ser objeto del otorgamiento del servicio, así como las facultades que la Institución pueda tener en referencia a la interacción con los usuarios, tal y como se menciona en su artículo 2°: Para los efectos del artículo anterior, establecidos los servicios, la institución lo notificará a los propietarios de los predios correspondientes, quienes deberán de presentar dentro del mes siguiente una solicitud de conexión, en formas impresas que proporcionará la institución directamente en las oficinas de la misma. La contratación no requiere intermediarios. El solicitante deberá justificar su carácter de propietario o de poseedor cuando no exista propietario y en su artículo 4°: Toda conexión deberá sujetarse a las

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disposiciones del presente Reglamento, a las normas técnicas de carácter general que dicte la Institución y en su caso, a las especificaciones adicionales que se establezcan al probar una solicitud. El Plan Estatal de Desarrollo es el instrumento rector de la planeación del Estado, y con base en él, se elaboran y actualizan los demás instrumentos de planeación, tales como los programas estatales, en sus vertientes regional y sectorial, los proyectos estratégicos y de inversión, la definición de indicadores, así como a la actualización de los demás planes y programas de la Administración Pública Estatal en los que se organizan y detallan las prioridades para el desarrollo estatal, los objetivos, metas, las estrategias y líneas de acción a ejecutar por el Estado para cumplir con las responsabilidades que la Ley le otorga, y que los mismos deberán ser congruentes con el Plan Estatal de Desarrollo atendiendo a las prioridades señaladas en éste, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 14 y 16 de la Ley de Planeación Estratégica del Estado de Nuevo León, aplicable al ejercicio 2017. A su vez, el artículo 17 de la citada Ley, señala que las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal deberán, en adición al Plan Estatal, elaborar los programas sectoriales, regionales, especiales y operativos anuales, en los que se organizan y detallan los objetivos, metas y acciones a ejecutar por el Gobierno del Estado para cumplir con las responsabilidades que la Ley le otorga, principalmente los elementos descritos en la fracción I, II, III, IV y V del tercer párrafo del artículo 16 de esta Ley que corresponden: I. Análisis de la situación actual del Desarrollo del Estado, basado en estudios e investigaciones que permitan identificar la problemática, demandas y oportunidades del Estado; II. Prospectiva del desarrollo estatal y marco de resultados a lograr; III. Programas de Gobierno que continuarán, los nuevos que se implementarán y obras de infraestructura a ejecutar; IV. Indicadores que permitan dimensionar y evaluar los logros esperados; y V. Indicadores de corrupción e impunidad y programas de Combate a los mismos. Estableciendo además la obligación de llevar a cabo evaluaciones que permitan medir la efectividad y el costo de las políticas públicas que se deriven del Plan Estatal de Desarrollo y de los programas estatales, de acuerdo a los resultados alcanzados. Para tal efecto se hará uso de indicadores, o medidas que relacionen insumos con productos y servicios, y recursos con resultados, de conformidad con los artículos 18 y 19 del citado cuerpo normativo. La Ley General de Contabilidad Gubernamental, tiene como objeto establecer los criterios generales que regirán la contabilidad gubernamental y la emisión de información financiera de los entes públicos, con el fin de lograr su adecuada armonización. Dicha Ley establece el uso de indicadores, así como menciona que para la elaboración de los presupuestos se deberán incorporar los resultados que deriven de los procesos de implantación y operación del presupuesto basado en

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resultados y del sistema de evaluación del desempeño de acuerdo a su eficacia, eficiencia, economía, transparencia y honradez. La citada Ley menciona en sus artículos 46, 54, 61, 64 y 79, las directrices para llevar a cabo una evaluación al desempeño por medio de indicadores estratégicos y de gestión, conforme a lo establecido en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como de su difusión en internet. Por otra parte, la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León, señala en su artículo 13, que las dependencias y entidades de la Administración Pública del Estado deberán conducir sus actividades en forma planeada y programada, con base en los objetivos, políticas y prioridades que establezca el Gobierno del Estado. C. RECURSOS FINANCIEROS La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, señala lo siguiente:

Por su parte, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, menciona lo siguiente:

La Ley de Egresos del Estado de Nuevo León para el ejercicio fiscal 2017, señala:

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Ingresos De acuerdo a la Cuenta Pública del ejercicio 2017 presentada por la Entidad, los Ingresos reales son de $7,777,525,470 (pesos) y se componen de Ingresos de la Gestión, Participaciones, Aportaciones, Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas así como Otros Ingresos y Beneficios como se muestra a continuación:

$6,9

09,8

95,0

30

$264

,255

,493

$603

,374

,947

Presupuesto Ingresos 2017$ 7,777,525,470 pesos

Ingresos de la Gestión Participaciónes y Aportaciones

Otros Ingresos y Beneficios

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Egresos Los Egresos de Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey para el año 2017, según su Cuenta Pública, representan la cantidad de $7,500,337,602 (pesos), los cuales se erogaron principalmente en conceptos como Servicios Personales, Materiales y Suministros, Servicios Generales, Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles, Inversión Pública, además de Deuda Pública, como se muestra a continuación:

$6,909,895,030 89%

$264,255,493 3%$603,374,947

8%

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2,68

3,11

0,93

7

363,

060,

709

2,42

3,58

2,85

2

699,

012,

223

782,

963,

846

548,

232,

035

375,

000

Presupuesto Egresos Modificado 2017$ 7,500,337,602 pesos

Servicios PersonalesMateriales y SuministrosServicios GeneralesBienes Muebles, Inmuebles e IntangiblesInversión PúblicaDeuda Pública

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De acuerdo a lo establecido en la Cuenta Pública 2017, se analizó el presupuesto de egresos autorizado y devengado para Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey, I.P.D., mostrando lo siguiente:

Es conveniente que no exista subejercicio, lo que permita evaluar si la administración y el manejo del recurso público se llevó a cabo bajo los criterios de eficacia, eficiencia y economía, según lo señalado en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 85 fracción V de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, así como en el artículo 4 de la Ley de Egresos del Estado para el año 2017. (Observación 3 del Anexo 1) D. ESTRUCTURA ORGÁNICA De acuerdo a la información recibida por la Entidad, se presentó el siguiente organigrama que estuvo operando en el ejercicio 2017:

35.77%

4.84%

32.31%

9.32%

10.447.31%0.01

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Referente a las unidades que integran la Entidad, es de suma importancia que éstas unidades estén unificadas en la información presentada en los sitios oficiales de la Entidad así como en su normatividad vigente; además debe haber una similitud entre los términos utilizados en dichos elementos, para no desvirtuar los fines e ideas redactadas.

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III. EVALUACIÓN

General• Marco Normativo.

Planeación Estratégica

• Misión, Visión y Valores.• Programación.• Determinación del Objetivo.

Sistema de Medición y

Seguimiento

• Indicadores.• Metas.• Evaluaciones.

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A. GENERAL A.1 Marco Normativo

El marco normativo establece las disposiciones que regulan los criterios, metodologías e instrumentos para que la Entidad administre eficientemente los recursos económicos que dispongan y así satisfacer los objetivos a los que estén destinados. Una parte importante del marco normativo es lo referente a la ley de creación y reglamentos de las entidades Un reglamento interior tiene la función de regular la organización y funcionamiento de la estructura administrativa, en el caso de Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey, I.P.D., en su ley de creación publicada en el periódico oficial del Estado el 9 de Mayo de 1956 establece en el artículo 2 que se tendrá por objeto lo siguiente: "La Institución tendrá por objeto prestar los servicios públicos de agua potable, no potable, residual tratada y agua negra, saneamiento de las aguas residuales y drenajes sanitario y pluvial a los habitantes del Estado de Nuevo León, conforme a las disposiciones de esta Ley, de la Ley de Agua Potable y Saneamiento para el Estado de Nuevo León, Ley de Hacienda para los Municipios de Nuevo León, sus reglamentos y demás disposiciones legales aplicables. Para tal efecto, realizará la operación, mantenimiento y administración de las fuentes de abasto de agua subterránea y superficial, así como de las redes de conducción y distribución de las aguas, quedando facultado para la formalización de los actos jurídicos necesarios para la consecución de su objeto, así mismo, impulsar y desarrollar la investigación para el aprovechamiento de todo subproducto que se genere en los procesos de potabilización, tratamiento y saneamiento de las aguas residuales." Además el Reglamento Interior de Trabajo de la Institución Pública Descentralizada Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey en su artículo 1, menciona la normatividad que debe obedecer la Entidad: “Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey, Institución Pública Descentralizada I.P.D., como entidad integrante de la Administración Pública Paraestatal que forma parte del Ejecutivo del Estado, tiene a su cargo el ejercicio de las atribuciones y el despacho de los asuntos que le encomienden la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León; la Ley de Agua Potable y Saneamiento para el Estado de Nuevo León; la Ley Ambiental del Estado de Nuevo León; la Ley que Crea la Institución Pública Descentralizada Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey; así como las leyes, reglamentos, decretos, acuerdos, convenios y demás disposiciones que resulten aplicables..” Es conveniente que la normativa aplicable de la Entidad esté establecida de manera uniforme, considerando las atribuciones de la Entidad, y plasmarlo tanto en su Ley como en su Reglamento.

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Transparencia y Acceso a la información Pública Respecto a la transparencia y acceso a la información relacionada con la información de interés público1 que los sujetos obligados deben publicar y actualizar en un portal de internet. La Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nuevo León, menciona lo siguiente:

Adquisiciones Las Adquisiciones son los recursos económicos de que dispongan las Entidades y estos serán administrados con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez. Las Adjudicaciones2 son el acto mediante el cual uno o varios licitantes, previo examen de las propuestas presentadas, se selecciona las que, ajustándose sustancialmente a los requisitos del procedimiento de contratación correspondiente, resulte la más conveniente. En la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León se establece lo siguiente:

1Información de interés público: Se refiere a la información que resulta relevante o beneficiosa para la sociedad y no simplemente de interés individual, cuya divulgación resulta útil para que el público comprenda las actividades que llevan a cabo los sujetos obligados. 2 Adjudicación: Proceso de selección en el cual se determina que un solo proveedor o un grupo restringido de proveedores realice el contrato.

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Es conveniente que el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos de bienes y de contratación de Servicios correspondiente al ejercicio 2017, incluya los datos que deben de considerarse para su elaboración conforme a lo establecido en el artículo 10 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Nuevo León, así como el listado de estos mencionando la fecha en que se inicia el procedimiento y qué documento lo ampara, además, también es importante que la información relacionada con la información pública de oficio, se encuentre a disposición de la ciudadanía en la página de transparencia, que corresponde al ejercicio 2017. (Observación 1 del Anexo 1)

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Manual de Procedimiento Los procesos son la secuencia de pasos necesarios para realizar una actividad, es decir, uniforman y controlan el cumplimiento de las rutinas de trabajo y evitan las interpretaciones inadecuadas; los cuales generalmente se recopilan en los manuales de procedimientos.

Los manuales de procedimientos contienen una descripción precisa de cómo deben desarrollarse las actividades de cada ente, siendo una recopilación en forma de texto que recoge minuciosa y detalladamente las instrucciones que se deben seguir para realizar una determinada actividad, de una manera sencilla, para que sea fácil de entender, y permita al lector, desarrollar correctamente la actividad propuesta.

Además, los manuales de procedimientos también son importantes por las siguientes razones:

• Permiten conocer el funcionamiento interno de tareas, ubicación y requerimiento de los puestos responsables. • Intervienen en la consulta de todo el personal involucrado en el ente público. • Aumenta la eficiencia de los empleados, indicándole lo que deben hacer y cómo realizarlo. • Facilita las evaluaciones y construye una base para el análisis de mejoramiento de la Entidad.

Es importante señalar que una parte significativa del marco normativo se refiere a los reglamentos interiores, el cual tiene la función de regular la organización y funcionamiento de la estructura administrativa de la Entidad.

B. PLANEACIÓN ESTRATÉGICA La planeación, en el marco de la gestión pública, constituye una herramienta imprescindible para que, por un lado, una institución tenga rumbo (claridad en sus propósitos), y por el otro, que las acciones emprendidas la conduzcan a la generación y logro de resultados. En ese sentido, resulta importante identificar el propósito y contenido de cada una de las etapas y componentes de un proceso genérico de planeación. La planeación estratégica es el proceso por el cual los miembros guía de una organización, prevén su futuro y desarrollan los procedimientos y operaciones necesarias para alcanzarlo, estableciendo metas a corto, mediano y largo plazo. Es también el proceso a través del cual se establecen la misión, visión y objetivos, y se formulan las estrategias y acciones necesarias para alcanzar dichos objetivos, mismos que marcarán el rumbo de la Entidad en un tiempo determinado.

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La planeación adecuada refleja lo que la Entidad desea hacer y permite monitorear si lo está logrando, así mismo, permite medir la eficacia, eficiencia, economía y calidad de las acciones realizadas por el mismo. B.1. Misión, Visión, y Valores Misión La misión es la declaración que sirve para saber cuál es la razón fundamental de ser y operar. Es el primer paso y uno de los elementos críticos para realizar una planeación estratégica, la misión es un enunciado breve y claro de las razones que justifican la existencia, propósitos o funciones que la organización desea satisfacer, los servicios y productos que genera, así como los destinatarios o usuarios de dichos bienes y servicios. Existen diversos puntos de vista con respecto al número de elementos que deben incluirse en la redacción de la misión; sin embargo, los aspectos que necesariamente debe contener son los siguientes:

Adicionalmente pueden incorporarse otros aspectos como son los valores, principios y creencias que guían el proceder de la Entidad, que comparten sus integrantes y que conforman lo que se ha denominado como la cultura de la Institución. Su importancia radica en su utilidad para servir como guía interna para los encargados de tomar decisiones en la institución, es decir que los programas, proyectos y actividades desarrolladas

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converjan en los hechos con el pronunciamiento de la misión. En ese sentido se puede hablar de una compatibilidad de las acciones emprendidas y sus resultados finales con la misión propuesta por la Entidad. La formulación y difusión de la misión a nivel interno introduce unidad de pensamiento y acciones consecuentes con el propósito final de la Entidad, ambos aspectos son necesarios para constituir voluntad y acciones comunes en la generación de los bienes y servicios a los que se compromete en su definición. En el contexto externo de la Entidad, la misión es una plataforma de comunicación hacia la comunidad en general y hacia los grupos o sectores que atiende en lo particular, promoviendo así relaciones de cooperación con las diversas audiencias y grupos de interés relacionados. Se solicitó a la Entidad su misión, proporcionando la siguiente: "Prestar con eficiencia, calidad y transparencia, los servicios para el manejo integral del agua, con sentido de responsabilidad social, a través de esquemas de atención con sistemas modernos y simplificados e impulsando la mejora constante de sus procesos, para garantizar a la población de Nuevo León, la satisfacción de las necesidades presentes y futuras con respecto al agua, promoviendo su uso racional y sustentable”. Dicha misión es coincidente con la que se encuentra publicada en su página web https://www.sadm.gob.mx/PortalSadm/jsp/seccion.jsp?id=268&sadm=28 De igual manera la misión que se encuentra en el Informe de Avance de Gestión Financiera de Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey, I.P.D., coincide en su totalidad con las mencionadas anteriormente. Visión Por otra parte, la visión es la imagen que se tiene del lugar a donde se quiere llegar, de cómo queremos vernos, como Entidad, en un futuro definido, los cambios que se quieren lograr en la población objetivo con sus acciones o el tipo de bienes y servicios que se generará. La visión nos permite plantear un futuro deseable, que sea lo suficientemente claro y motivador para otros, como para trabajar en su cumplimiento, visualizando oportunidades y amenazas, fuerzas y debilidades. Expresa las aspiraciones y propósito fundamentales de una organización. De este modo la visión dará cuenta del cómo quiere ser visto o percibido la Entidad en un futuro, y particularmente de los cambios que pretende lograr en la población objetivo con sus acciones o el tipo de bienes y servicios que generará, visualizando oportunidades y amenazas, fuerzas y debilidades. Existe consenso en la literatura especializada sobre las preguntas que deben atenderse para configurar la visión, las cuales son:

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Es importante que la visión sea alentadora, y debe promover el compromiso de todos los miembros de la Entidad, así como estar alineada y ser coherente con los valores de la misma, además de ser clara y comprensible. Se solicitó a la Entidad su visión, entregando la siguiente: “Ser el mejor organismo operador de Latino América en 6 años en brindar los servicios del ciclo integral del agua haciendo énfasis en el abastecimiento en calidad y cantidad requerida, la recolección de las aguas residuales y el saneamiento para la devolución del recurso hídrico a la naturaleza, manteniendo una salud financiera, una imagen social positiva de la empresa, además del desarrollo satisfactorio de sus empleados”. Dicha visión es coincidente con la que se encuentra publicada en su página web https://www.sadm.gob.mx/PortalSadm/jsp/seccion.jsp?id=268&sadm=28 Cabe mencionar que la visión no se encuentra en el Informe de Avance de Gestión Financiera de Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey, I.P.D. Tanto la misión como la visión de la Entidad cuentan con un adecuado planteamiento de las características básicas que su definición debe reflejar. Valores El buen o mal funcionamiento de una organización está determinado por la solidez de sus valores, los cuales guían el proceder del ente público, proporcionando un sentido de dirección común para

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todos sus miembros y estableciendo directrices para su compromiso diario, conformando la cultura de la organización. Los valores también inspiran la razón de ser de cada organización, además permiten que existan criterios unificados que compacten y fortalezcan los intereses de todos. En materia normativa, La Ley de Planeación Estratégica del Estado de Nuevo León establece:

En la página Web de la Entidad, se muestra lo siguiente: https://www.sadm.gob.mx/PortalSadm/jsp/seccion.jsp?id=271&opm=0&sadm=28 Valores: • Responsabilidad • Honradez • Integridad • Compromiso • Servicio • Respeto • Imparcialidad • Competitividad • Legalidad • Liderazgo • Eficiencia • Transparencia • Participación • Conservación del Patrimonio Cultural Ecológico Los valores deberán de estar bien definidos con criterios unificados que compacten y fortalezcan los intereses de la Entidad y de la población, permiten comprobar que basan su planeación bajo el principio del fortalecimiento de dichos valores. B.2 Programación Dentro de la planeación estratégica, la etapa de programación se refiere a la alineación de los programas estatales con las responsabilidades gubernamentales y las unidades administrativas ejecutoras, para cumplir los objetivos o prioridades señaladas en el Plan Estatal de Desarrollo.

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Para ello, la Ley de Planeación Estratégica del Estado de Nuevo León propone usar una estructura programática presupuestal, la cual se compondrá de categorías de clasificación en la que, a su vez, se alinearán las vertientes programáticas, funcional, económica y geográfica. En la programación, como parte de la planeación estratégica se busca establecer si la Entidad tiene identificadas y lleva a cabo acciones operativas, objetivos, metas y estrategias en el corto, mediano y largo plazo. Los Programas Operativos Anuales deberán incluir las acciones, proyectos y actividades específicas que una unidad administrativa efectuará, así como las metas definidas en los programas estatales en los que ésta participe de acuerdo a la estructura programática presupuestal.

B.2.1 Programa operativo anual Se solicitó a Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey su Programa Operativo Anual; sin embargo, únicamente presento su Análisis Físico Financiero, el cual presenta la siguiente estructura:

En materia normativa, en cuanto a la planeación estratégica para el desarrollo sustentable del Estado, la Ley de Planeación Estratégica del Estado de Nuevo León establece lo siguiente:

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Cabe señalar que la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León, señala en su primer artículo lo siguiente:

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El Reglamento de la Ley de Planeación Estratégica del Estado de Nuevo León menciona lo siguiente:

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Es conveniente cumplir con el Programa Operativo Anual (POA) para el ejercicio 2017 y que contenga la información referente al diagnóstico de la situación política, económica y social del Estado, con una visión para el final de su vigencia y generar evidencia que contemple el análisis situacional y la prospectiva de desarrollo, también se debe dar a conocer los programas activos y los que se implementarán, las obras de infraestructura a ejecutar así como dar a conocer los indicadores de corrupción e impunidad y programas de combate a los mismos. Es de suma importancia que los programas estén aprobados por la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado; debiéndose realizar de acuerdo a los lineamientos emitidos por la misma, así como por la Coordinación Ejecutiva y por la Contraloría y Transparencia Gubernamental. (Observación 2 del Anexo 1) B.3. Determinación del Objetivo Los objetivos son resultados que una Entidad pretende alcanzar o situaciones hacia donde ésta pretende llegar. Toda organización, una vez que ha establecido y tiene clara su misión y visión, debe definir sus objetivos estratégicos o de largo plazo, es decir, aquellos enunciados que orientan el camino hacia un fin concreto en un futuro a varios años. Establecer objetivos es esencial para el éxito de una Entidad, éstos determinan el curso a seguir y sirven como fuente de motivación para todos los miembros de la organización. Otras de las razones para establecer objetivos son:

• Permiten enfocar esfuerzos hacia una misma dirección, sirven de guía para la formulación de estrategias y guían la asignación de recursos.

• Sirven de base para la realización de tareas o actividades, permiten evaluar resultados. • Generan coordinación, organización, control, participación, compromiso, así como motivación, y al

alcanzarlos, se produce un grado de satisfacción. • Revelan prioridades y disminuyen la incertidumbre.

B.3.1. Cumplimiento del objetivo

Cuando una administración se propone establecer sus objetivos debe necesariamente partir de un diagnóstico institucional que permita identificar las problemáticas organizacionales que le dificulten cumplir con las metas y los resultados esperados en la operación. Establecer los objetivos adecuadamente permite a los Entes Públicos evaluar si sus acciones operativas van en el sentido correcto, o en caso contrario, modificarlas y corregirlas en tiempo para lograr el cumplimiento de su objetivo.

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Cabe aclarar que establecer los objetivos de manera apropiada representa un compromiso para los Entes Públicos, ya que esta información es de acceso libre para todos los usuarios interesados, permitiéndoles monitorear y exigir su cumplimiento. El ente público proporcionó los siguientes Objetivos General y Estratégicos: Objetivo general:

MISIÓN3 “Prestar con eficiencia, calidad y transparencia, los servicios para el manejo integral del agua, con sentido de responsabilidad social, a través de esquemas de atención con sistemas modernos y simplificados e impulsando la mejora constante de sus procesos, para garantizar a la población de Nuevo León, la satisfacción de las necesidades presentes y futuras con respecto al agua, promoviendo su uso racional y sustentable”. Objetivos estratégicos:

I. Uso eficiente del agua. II. Eficiencia Operativa.

III. Garantizar a largo plazo los servicios. IV. Satisfacción Interna y Externa. V. Transformar el organismo en una empresa innovadora orientada a la sustentabilidad en el

manejo integral del agua.

Es básico para el instituto contar con un Objetivo General y Objetivos Estratégicos bien definidos y relacionados entre sí, en cuanto a su contenido, toda vez que es esencial para que la Entidad tenga definida de manera clara hacia donde se quiere llegar, y además se fijen adecuadamente las prioridades.

B.3.2. Vinculación del objetivo, estrategias y acciones con Planes y Programas

Para que exista una contribución real al mejoramiento de una causa o a la resolución de un problema es primordial contar con políticas públicas que se relacionen estrechamente entre sí, por lo que es importante evaluar si el objetivo sujeto a revisión de la Entidad se encuentra vinculado con los programas de políticas social, estatal y nacional, para determinar si se contribuye o no al logro del gran objetivo que se menciona en cada uno de los programas de políticas mencionados anteriormente.

3 El Ente Auditado señala que el Objetivo del Organismo está definido en la MISION

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Se realizó un análisis de la vinculación existente entre el objetivo de la Entidad (Misión) y los planes estatal, estratégico y nacional de desarrollo, determinando lo siguiente:

La vinculación del objetivo de Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey, I.P.D., con los Objetivos, Estrategias y Líneas de acción del Plan Nacional de Desarrollo (2013-2018), Plan Estatal de Desarrollo (2016-2021), Plan Estratégico para el Estado de Nuevo León (2015-2030) y el Programa Sectorial (2017), tienen una vinculación coherente.

B.3.3 Vinculación del Objeto de la Ley con el Objetivo de la Entidad La alineación del fin de la ley que crea el organismo contra el objetivo de la Entidad se muestra a continuación:

Objeto del Ente Público de acuerdo a su Ley de Creación Objetivo del Ente Público

ARTICULO 2.- La Institución tendrá por objeto prestar los servicios públicos de

agua potable, no potable, residual tratada y agua negra, saneamiento de las aguas

residuales y drenajes sanitario y pluvial a los habitantes del Estado de Nuevo León, conforme a las disposiciones de esta Ley, de la Ley de Agua Potable y Saneamiento

para el Estado de Nuevo León, Ley de Hacienda para los Municipios de Nuevo

León, sus reglamentos y demás disposiciones legales aplicables.

“Prestar con eficiencia, calidad y transparencia, los servicios para el manejo

integral del agua, con sentido de responsabilidad social, a través de

esquemas de atención con sistemas modernos y simplificados e impulsando la mejora constante de sus procesos, para garantizar a la población de Nuevo León,

la satisfacción de las necesidades presentes y futuras con respecto al agua,

promoviendo su uso racional y sustentable”.

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Se identificó que la relación que existe entre el objetivo de la Entidad con el objeto de la Ley de Creación de la misma es directa, los cuales coinciden en prestar los servicios para el manejo integral del agua en beneficio de la población del estado de Nuevo León. C. SISTEMA DE MEDICIÓN Y SEGUIMIENTO Una vez que se conocen los propósitos, objetivos, metas, indicadores y responsables de la ejecución de los Proyectos o Programas de la Entidad, es necesario establecer un mecanismo de seguimiento para monitorear y supervisar el avance en el logro de las metas y objetivos, que permita, en caso de incumplimiento, tomar las decisiones para corregir y ajustar oportunamente los procesos y actividades desarrollados por la Administración para lograr cumplir con los objetivos establecidos. Además, también es una opción para responder a imprevistos o cambios en las condiciones o el entorno esperado. El proceso de seguimiento exige la definición de parámetros de referencia para cada etapa del Proyecto o Programa, con los que se podrá calificar el desempeño de cada área ejecutora de las acciones y objetivos del mismo. C.1. Indicadores Un indicador de desempeño, es la expresión cuantitativa construida a partir de variables cuantitativas y cualitativas, que proporcionan un medio sencillo y fiable para medir los logros

Objeto Ley de Creación SAyDM

Objetivo SAyDMMISIÓN

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(cumplimiento de objetivos y metas establecidas), reflejar los cambios vinculados con las acciones, monitorear y evaluar sus resultados. Los indicadores proporcionan la base para el monitoreo y la evaluación, mostrando cómo puede ser medido el éxito de un proyecto, por tanto, deben ser prácticos e independientes. Como ya es bien sabido "si no se mide lo que se hace, no se puede controlar y si no se puede controlar, no se puede dirigir y si no se puede dirigir no se puede mejorar". Los indicadores sirven para dar seguimiento a los proyectos, por una parte, para saber si la entidad avanza correctamente en la ejecución del proyecto, y por otra parte, para hacer las correcciones que sean necesarias si la entidad está desviándose de sus objetivos, por lo que los indicadores nos permiten medir el efectivo cumplimiento del objetivo general y las acciones encaminadas para lograr éste. Los indicadores de desempeño pueden ser de dos tipos:

Y pueden ser de las siguientes dimensiones4:

4 Dichas dimensiones son en base a los Lineamientos para la construcción y diseño de indicadores de desempeño mediante la Metodología de Marco Lógico, del Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), publicados en el Diario Oficial de la Federación el día 16 de mayo de 2013.

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Los indicadores deben de tener atributos5 para generar información de buena calidad, y así obtener un criterio de confiabilidad sobre el resultado de los mismos, se describen a continuación:

C.1.1. Alineación de Indicadores a Objetivos y de su resultado. Se solicitó a Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey, I.P.D., la Matriz de Indicadores para Resultados o cualquier otro documento relativo a la medición de

5 Dichos atributos o criterios, son en base a los Lineamientos para la construcción y diseño de indicadores de desempeño mediante la Metodología de Marco Lógico, del Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), publicados en el Diario Oficial de la Federación el día 16 de mayo de 2013, además se encuentran alineados con el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL) y con el Manual de Planificación Estratégica e Indicadores de Desempeño en el Sector Público, de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL).

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los objetivos evaluados; además, las fichas técnicas de los indicadores, incluyendo: nombre, definición, tipo, método de cálculo, unidad de medida, frecuencia de medición, línea base, metas, así como las fuentes de información que nutren a los indicadores. Además, se solicitaron las evaluaciones tanto de desempeño como de control interno, ya sean externas o internas. Respecto a los indicadores de la MIR 2017 del Programa Suministro de Agua Potable, se observa lo siguiente:

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C.1.2. Atributos de los Indicadores Es conveniente considerar los criterios señalados en los "Lineamientos para la construcción y diseño de indicadores de desempeño mediante la Metodología de Marco Lógico", los cuales permiten dar cumplimiento a lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental. De acuerdo a la Guía para el diseño de indicadores estratégicos de la SHCP6 la frecuencia hace referencia a la periodicidad en el tiempo con que se realiza la medición del indicador, siendo lo recomendable lo siguiente:

Cada indicador deberá tener una ficha técnica, la cual permita comprender fácilmente las características del indicador, logrando entenderlo, conocer sus resultados y la comprobación de los mismos. De conformidad con la Disposición Cuarta y Sexta del Capítulo III de los “Lineamientos para la construcción y diseño de indicadores de desempeño mediante la Metodología de Marco Lógico” emitidos el 16 de mayo de 2013 por el Consejo Nacional de Armonización Contable y publicados en el Diario Oficial de la Federación, las fichas técnicas deberán contener al menos los siguientes elementos:

6 SHCP: Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

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Además, es importante que se cuenten con una Línea base7, la cual es el valor del indicador que se establece como punto de partida para evaluarlo y darle seguimiento así como con Medios de Verificación, que corresponden a las fuentes de información íntegras, de acceso público, donde se difunde el valor de los indicadores, o al menos, los datos necesarios para replicarlos; asimismo, deberán dejar claro el método, frecuencia y responsable de la recopilación de la información. Los indicadores de desempeño son instrumentos de medición de las principales variables asociadas al cumplimiento de los objetivos por lo que es recomendable que al establecer indicadores, estos cuenten con las características básicas lo que permita que al utilizarlos, la administración de la Entidad apoye sus procesos de planificación, formule acciones para corregir problemas de gestión, realice análisis sobre el cumplimiento de metas, compare el desempeño efectuado con el planeado y en general tome decisiones en dimensiones de eficiencia, economía, calidad, eficacia y transparencia que ayuden a la Entidad para tener una mejor gestión. Los indicadores de desempeño son instrumentos de medición de las principales variables asociadas al cumplimiento de los objetivos, por lo que es recomendable que al establecer indicadores, éstos

7 De acuerdo a la Guía para el diseño de indicadores estratégicos de la SHCP.

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cuenten con las características básicas, lo que permita que al utilizarlos, la Entidad apoye sus procesos de planificación, formule acciones para corregir problemas de gestión, realice análisis sobre el cumplimiento de metas, compare el desempeño efectuado con el planeado, y en general, tome decisiones en dimensiones de eficiencia, economía, calidad, eficacia y transparencia, que ayuden a la Entidad para tener una mejor gestión.

C.1.3. Matriz de Indicadores para Resultados La Matriz de Indicadores para Resultados (MIR) es una herramienta de planeación estratégica que sintetiza la Metodología de Marco Lógico8 (MML) y que en forma resumida, sencilla y armónica establece con claridad el objetivo de los programas de una Entidad y su alineación con los objetivos de la planeación estatal y nacional, describe los bienes y servicios que entrega la Entidad a la sociedad, para cumplir su objetivo, incorpora los indicadores que miden la consecución de objetivos y resultados, identifica los medios para obtener y verificar la información de los indicadores y considera los riesgos y contingencias que podrían afectar el desempeño de la Entidad. Es esencial que se cuente con la Matriz de Indicadores para Resultados o cualquier otro documento relativo a la medición de los objetivos evaluados; además, las fichas técnicas de los indicadores, incluyendo: nombre, definición, tipo, método de cálculo, unidad de medida, frecuencia de medición, línea base, metas, así como las fuentes de información que nutren a los indicadores. También es importante contar con las evaluaciones tanto de desempeño como de control interno, ya sean externas o internas. (Observación 4 del Anexo 1) La MML consta de dos partes integrantes, estrechamente vinculadas entre sí: A) la lógica vertical y B) la lógica horizontal, lo que deriva en una relación de causalidad entre los distintos niveles de la misma. La lógica vertical trata de asegurar que las acciones que se emprenden en un programa o un proyecto tengan una clara correspondencia con las razones que se tuvieron en cuenta para crear el programa o el proyecto, sin que sobren o falten acciones conducentes a la obtención de una solución a un problema, es decir, que exista una relación de causalidad desde las actividades hasta el fin, 8 La Metodología de Marco Lógico es un método orientado a la solución de problemas específicos. Por ello, el método tiene tres grandes fases: en la primera, se identifica el problema a resolver, por medio de un diagnóstico sistémico amplio, que permita establecer las causas del problema y por qué no ha sido resuelto; en la segunda fase, se construye un modelo sistémico que expresa las condiciones lógicas de toda índole que deben cumplirse para que el problema se resuelva; y en la tercera fase, se construye un instrumento gerencial que registra la estrategia de solución, en la forma de una matriz de objetivos secuenciales que deben alcanzarse. En esta tercera fase, se incorporan los indicadores necesarios para mantener el seguimiento y control sobre la gestión de la solución.

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entre los distintos niveles de objetivos, considerando el cumplimiento de los supuestos asociados a cada nivel: las actividades detalladas son las necesarias y suficientes para producir y/ o entregar cada componente; los componentes son los necesarios y suficientes para lograr el propósito del Programa; si se logra el propósito, ello debería resultar en una contribución significativa al logro del fin. La lógica horizontal, en cambio, busca proporcionar a los responsables del programa, una carta de navegación, donde se puedan encontrar indicadores para determinar, si en su acción, el programa sigue alineado con sus objetivos, ya sea en cuanto a resultados esperados (en cantidad y calidad), como en el uso racional de recursos, es decir se basa en el principio de la correspondencia, que vincula cada nivel de objetivo (fin, propósito, componente y/o actividades) a la medición del logro (indicadores y medios de verificación) y a los factores externos que pueden afectar su ejecución y posterior desempeño (supuestos principales, que son las circunstancias externas a la gestión del proyecto o programa que pueden incidir en que éste logre sus objetivos). Se proporcionó la Matriz de Indicadores para Resultados (MIR) del Programa Suministro de Agua Potable del 2017, la cual cuenta con los Niveles Fin, Propósito y Componentes, con un total de 8 indicadores; así como las fichas técnicas de los mismos y además, se anexaron 14 fichas técnicas de indicadores a nivel Actividad, dando como resultado un total de 22 indicadores los cuales se detallan a continuación:

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El Reglamento de la Ley de Planeación Estratégica del Estado de Nuevo León nos refiere lo siguiente:

C.2. Metas La meta es el reflejo del valor deseado para el indicador en un determinado momento, es decir, el resultado que se espera lograr conseguir a cierto tiempo. Para el establecimiento de una meta, se requiere contar con un diagnóstico situacional que comprenda la identificación, descripción y análisis evaluativo de la situación actual de la Entidad, que le permita determinar con bases cuantitativas y cualitativas los resultados que se esperan y que se plasmen como metas de los objetivos. C.3. Evaluaciones La medición del desempeño es un proceso objetivo y sistemático para la recolección, el análisis y la utilización de la información con el fin de determinar cuan eficiente y eficazmente se entregan los servicios y se logran los objetivos. Una vez que se conocen los propósitos, objetivos, metas, indicadores y responsables de la ejecución de la Entidad, es necesario establecer un mecanismo de seguimiento para monitorear y supervisar el avance en el logro de las metas y objetivos, lo que permita, en caso de incumplimiento, tomar las

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decisiones para corregir y ajustar oportunamente los procesos y actividades desarrollados por la Entidad para lograr cumplir con los objetivos establecidos. Es importante que la Entidad realice reuniones periódicas con las áreas responsables con la finalidad de realizar el seguimiento mencionado y comunicar de los resultados a los interesados a fin de que estén informados respecto al grado de avance de las metas planteadas y en caso de producirse desviaciones importantes respecto a lo programado, se tomen las medidas correctivas que correspondan, ya que el seguimiento de los resultados de los programas orienta las acciones y decisiones para mejorar los resultados. IV. CONCLUSIONES Al proceso en donde se establece la misión, visión, se dan a conocer sus valores, los objetivos y se formulan los planes estratégicos necesarios para alcanzar dichos objetivos se le conoce como Planeación Estratégica (PE), la cual refleja lo que la Entidad desea hacer y permite monitorear si lo está logrando, determinando tiempos y presupuesto para cada actividad, así como estándares de desempeño, por lo que es recomendable que la Entidad cuente con una PE en donde se establezcan actividades que en el corto, mediano y largo plazo que pretenda lograr, y que además permita formular, instrumentar y evaluar a los programas derivados del mismo, por lo cual es importante el establecimiento de programas anuales elaborados de acuerdo a los lineamientos emitidos por instancias gubernamentales superiores competentes. Además es necesaria una implementación de los valores propios de la Entidad ya que precisamente la planeación debe estar basada en el principio de fortalecimiento de sus valores. Así mismo es fundamental que haya una unificación en los elementos de la PE que se presentan en la información pública. Es importante que Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey, I.P.D., cuente con el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos de bienes y de contratación de Servicios correspondiente al ejercicio 2017, que incluya los datos que deben de considerarse para su elaboración conforme a lo establecido en el artículo 10 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Nuevo León, así como el Listado de éstos, mencionando la fecha en que se inicia el procedimiento y qué documento lo ampara, además de la información relacionada con la información pública de oficio, que deberá encontrarse a disposición de la ciudadanía en la página de transparencia, que corresponde al ejercicio 2017. Es conveniente que Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey, I.P.D., incluya el Programa Operativo Anual, el Programa Institucional y cualquier otro documento relativo a los objetivos y acciones correspondiente al año 2017, para la aplicación del cumplimiento de la Ley de Planeación Estratégica del Estado de Nuevo León. Resulta esencial, validar que la administración y el manejo del recurso público se lleve con eficacia, eficiencia y economía, conforme a lo señalado en los artículos 134 de la Constitución Política de los

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Estados Unidos Mexicanos, 85 fracción V de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, así como en el artículo 4 de la Ley de Egresos del Estado para el año 2017. Se recomienda que Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey, I.P.D., posea la Matriz de Indicadores para Resultados o cualquier otro documento relativo a la medición de los objetivos evaluados; además, las fichas técnicas de los indicadores, deben incluir: nombre, definición, tipo, método de cálculo, unidad de medida, frecuencia de medición, línea base, metas, así como las fuentes de información que nutren a los indicadores. Además, se deben tener las evaluaciones tanto de desempeño como de control interno, ya sean externas o internas.

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Por lo expuesto y en observancia a lo preceptuado en los artículos 137, segundo párrafo, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, 20 fracción XXXI, 48 primer párrafo y 82 fracción XV de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, me permito remitir a ese H. Congreso del Estado, por conducto de la Comisión que preside, en documento por escrito y forma digital, el Informe del Resultado de la revisión de la Cuenta Pública correspondiente al ejercicio 2017, del citado ente público.

Lo anterior a fin de que se sirva darle el trámite legislativo que corresponda.

Monterrey, Nuevo León a 11 de octubre de 2018

ATENTAMENTE EL C. AUDITOR GENERAL

DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN

C.P.C. JORGE GUADALUPE GALVÁN GONZÁLEZ

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Anexo 1Resultados de la Auditoría de Desempeño

2017 Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey, I.P.D. .(Desempeño)

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Observación 1. Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey I.P.D. presentó su Programa Anual deAdquisiciones, Arrendamientos y Servicios 2017, el cual establece los conceptos, denominacionesy valores estimado del gasto, sin embargo, no proporcionó la evidencia solicitada que nos permitieraconstatar que para su elaboración, se atendió lo establecido en el artículo 10 de la Ley deAdquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Nuevo León.

Además, Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey I.P.D. presentó el listado de concursos ycontratos 2017, así como los pedidos de compra directa de materiales y servicios, sin embargo, nose proporcionó información respecto a los documentos que lo amparen, que permita determinar laeficacia en cuanto a su contribución en el logro del objetivo.

Así mismo, de la revisión realizada se detectó que la Entidad no está cumpliendo en forma íntegralos aspectos que deben publicarse en el portal de transparencia http://transparencia.nl.gob.mx/site/consulta?fi=2017-1-1&ff=2017-12-28&dep=SAyDM, según lo establece la Ley de Transparencia yAcceso a la Información Pública del Estado de Nuevo León (LTAIPENL), como se menciona acontinuación:

1. No muestran información acerca de los programas que ofrece la Entidad, conforme a lo estipuladoen el artículo 95 fracción XXXIX de la LTAIPENL.

RespuestaDel Ente Público:

"Se presenta la evidencia solicitada que permita constatar que para la elaboración del ProgramaAnual de Adquisiciones, Arrendamientos de Bienes y Contratación de Servicios correspondiente alejercicio 2017, se atendió lo establecido en el Artículo 1O de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientosy Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León. (Folios del 001 al 316).

Se presenta evidencia respecto al cumplimiento a lo estipulado en el Articulo 95 en su fracción XXXIXde la Ley de Transparencia y Acceso a la información Pública del Estado de Nuevo León, en cuanto ala publicación y puesta a disposición del público en los medios electrónicos respectivos del ProgramaAnual de Adquisiciones, Arrendamientos de bienes y Contratación de servicios correspondienteal ejercicio 2017 de acuerdo a las facultades y atribuciones de la Gerencia de Compras y Servicios.(Folios del 317 al 328)."

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración y se examinó la documentación presentada, la cual solventa parcialmentela observación, debido a lo siguiente:

En lo referente al artículo 10 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación deServicios del Estado de Nuevo León, fracciones I, II y XI, se aclara la observación ya que se

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Anexo 1Resultados de la Auditoría de Desempeño

2017 Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey, I.P.D. .(Desempeño)

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presenta documentación de acciones previas y posteriores a la realización de las operaciones talescomo "PLAN DE TRABAJO CON PRESUPUESTO ESTATAL 2017", solicitudes enviadas a lasdiversas áreas de las adquisiciones a realizar, las cuales se informaron en el formato "Programaanual de compras 2017", convocatorias públicas, memorándums de notificaciones de suficienciapresupuestal, asimismo presenta su objetivo y metas e indicadores del año 2016.

Cabe mencionar que con respecto a la fracción X del artículo antes mencionado, manifiesta losiguiente: "que no se utilizarán en el 2017 convenios marco."

No solventa la observación en el caso de las fracciones III a la IX del referido artículo, ya que noanexa documentación comprobatoria que especifique su debido cumplimiento.

Además, no proporcionó documentación ni aclaración específica de cómo las adquisicionesrealizadas según listado de concursos y contratos 2017 y pedidos de compra directa de materialesy servicios contribuyeron a la eficacia en el logro de su objetivo.

Respecto al cumplimiento del artículo 95 fracción XXXIX de la Ley de Transparencia y Acceso a laInformación Pública del Estado de Nuevo León no solventa la observación debido a que en la páginade internet del Gobierno del Estado http://transparencia.nl.gob.mx no se localizó la publicación dela información.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Recomendaciones Referentes al Desempeño.Se recomienda mantener debidamente documentada la elaboración de sus programas considerandoen su totalidad lo establecido en el artículo 10 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos yContratación de Servicios del Estado de Nuevo León. Asimismo, es conveniente realizar un análisisde cómo las adquisiciones realizadas, les permiten contribuir a la eficacia del logro de su objetivo,formando evidencia del mismo para apoyo en la toma de decisiones.Cumplir con la publicación de la información señalada en el artículo 95 fracción XXXIX de la Ley deTransparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nuevo León.

Observación 2. Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey, manifestó en el cuestionario, cumplir consu Programa Operativo Anual (POA) para el ejercicio 2017, proporcionando, la Matriz de Indicadorespara Resultados, sin embargo, no se obtuvo evidencia de que contemple el análisis situacional y laprospectiva de desarrollo, los programas que continuarán y los que se implementarán, las obras deinfraestructura a ejecutar, así como tampoco los indicadores de corrupción e impunidad y programas

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Anexo 1Resultados de la Auditoría de Desempeño

2017 Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey, I.P.D. .(Desempeño)

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de combate a los mismos, de acuerdo a lo establecido en el artículo 17 de la Ley de PlaneaciónEstratégica del Estado de Nuevo León.

Además, el Programa Operativo Anual del Ente Público no incluye la información referente aldiagnóstico de la situación política, económica y social del Estado, ni una visión para el final de suvigencia, esto de acuerdo al artículo 21, fracción IV, segundo párrafo del Reglamento de la Ley dePlaneación Estratégica del Estado de Nuevo León.

Tampoco se evidenció que sus programas hayan tenido la aprobación previa de la Secretaríade Finanzas y Tesorería General del Estado; así como que se hayan realizado de acuerdo alos lineamientos emitidos por la dependencia mencionada anteriormente, así como por la mismaCoordinación Ejecutiva y por la Contraloría y Transparencia Gubernamental, conforme a los artículos25 y 26 del Reglamento señalado con antelación, por lo que carece de eficacia en el cumplimientode dicha normativa.

RespuestaDel Ente Público:

"

• Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey manifestó en el cuestionario cumplir con suPrograma Operativo Anual (POA) para el ejercicio 2017, proporcionando, la Matriz deIndicadores para Resultados, sin embargo no se obtuvo evidencia de que contempleel análisis situacional y la prospectiva de desarrollo, los programas que continuarány los que se implementarán, las obras de infraestructura a ejecutar, así como tampoco losindicadores de corrupción e impunidad y programa de combates de tos mismos, de acuerdo alo establecido en el artículo 17 de la Ley de Planeación Estratégica del Estado de Nuevo León.Además, el Programa Operativo Anual del Ente Público no incluye la información referente aldiagnóstico de la situación política, económica y social del Estado, ni una visión para el finalde su vigencia esto de acuerdo al artículo 21, fracción IV, segundo párrafo del Reglamentode la Ley de Planeación Estratégica del Estado de Nuevo León.

Se hace referencia a los Lineamientos Generales del Poder Ejecutivo de Estado de Nuevo Leónpublicado en el Periódico Oficial con fecha del 23 de enero de 2017, en el transitorio quinto (página22), el cual estipula, "A partir de la entrada en vigor de los presentes Lineamientos, cuando en lasdisposiciones legales, reglamentarias o administrativas estatales se haga referencia a ProgramasOperativos Anuales, se considerarán estos bajo el concepto de Programa".

En el mismo Lineamiento en el artículo 2 (página 8), se define las categorías de Programa y ProgramaPresupuestario de manera distinta como a continuación se enuncia:

PP: al Programa Presupuestario, que se refiere a la categoría programática que permite organizar, enforma representativa y homogénea, las asignaciones de recursos y cuya identificación corresponde

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Anexo 1Resultados de la Auditoría de Desempeño

2017 Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey, I.P.D. .(Desempeño)

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a la solución de un asunto o problema de carácter público, que de forma directa o intermedia entregabienes o presta servicios públicos a una población objetivo o área de enfoque claramente identificaday localizada, y que debe clasificarse en atención a lo establecido en el Acuerdo por el que se emite laClasificación Programática publicado por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC)en el Diario Oficial de la Federación de fecha 8 de Agosto de 2013.

Programas: a los programas aprobados conforme a los ordenamientos de los entes públicos, conbase en los cuales se ejecutan las acciones para el ejercicio de sus recursos; así como las estrategiasque integran a un conjunto de programas.

Por lo anterior, se puede apreciar que queda sin efectos lo establecido en el artículo 21, fracciónIV del Reglamento de la Ley de Planeación Estratégica del Estado de Nuevo León, por lo que noes procedente la observación

• Tampoco se evidencio que sus programas hayan tenido la aprobación previa de la Secretariade Finanzas y Tesorería General del Estado; así como que se hayan realizado de acuerdoa los lineamientos emitidos por la dependencia mencionada anteriormente, así como por lamisma Coordinación Ejecutiva y por la Contraloría y Transparencia Gubernamental, conformea los artículos 25 y 26 del Reglamento señalado con antelación, por lo que carece deeficiencia en el cumplimiento de dicha normativa.

Se anexa evidencia de aprobación, Oficio No. DPCP-299/2017 de fecha 07 de agosto de 2017enviado por el Lic. José Carlos Hernández Caballero, Encargado de Despacho de la Dirección dePresupuesto y Control Presupuestal de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado,en el cual se recibe la aprobación respectiva.

Respecto a los indicadores de la MIR 2017 del Programa Suministro de Agua Potable, se observalo siguiente:

• Claridad: Se detectó que los siguientes indicadores no reflejan de manera clara o especificael resultado que se espera obtener: el indicador a nivel componente "Eficiencia Comercial" ylos indicadores a nivel Actividad "Efectividad en toma de lectura", "Eficiencia Comercial" sufórmula es porcentaje y en el nombre del indicador no se especifica. Así como en el indicadora nivel Actividad "Efectividad en reparto de facturas" su unidad de medida es Porcentaje yen el nombre del indicador no se especifica.

De acuerdo a la Guía para la Construcción de los Indicadores de la Secretaria de Hacienda yCrédito Público en la página 46 y 50 se puede encontrar que existen nombres de indicadores queno necesariamente consideran la palabra porcentaje en su nombre, sin embargo, en la unidad demedida de la Fichas Técnica se especifica, por lo que no es procedente la observación."

El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

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Anexo 1Resultados de la Auditoría de Desempeño

2017 Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey, I.P.D. .(Desempeño)

Auditoría Superior del Estado de Nuevo León. Resultados de la Auditoría deDesempeño 2017 Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey, I.P.D. .(Desempeño)

Se analizó la aclaración y se examinó la documentación presentada, la cual no solventa laobservación, debido a que no anexa evidencia comprobatoria que la desvirtúe por lo que subsiste,en los términos que en la misma se señala.

Lo anterior, ya que se anexa copia del Periódico Oficial en el que se publica el acuerdo por elque se emiten los Lineamientos Generales del Poder Ejecutivo del Estado de Nuevo León para laconsolidación del Presupuesto Por Resultados (PpR) y el Sistema de Evaluación del Desempeño(SED) que entraron en vigor el día 24 de enero de 2017, con lo cual, según su respuesta, dejan sinefecto lo establecido en el artículo 21 fracción IV del Reglamento de la Ley de Planeación Estratégicadel Estado de Nuevo León. Al respecto cabe mencionar que tiene mayor jerarquía un Reglamento deuna Ley que un lineamiento por lo que se debió cumplir la normatividad establecida en el Reglamentoantes citado.

También cabe mencionar que para la realización del Programa Operativo Anual no se debió dejara un lado la normatividad señalada en el reglamento anteriormente citado por los LineamientosGenerales del Poder Ejecutivo del Estado de Nuevo León para la consolidación del Presupuesto PorResultados (PpR) y el Sistema de Evaluación del Desempeño (SED), ya que estos entraron en vigorhasta el 24 de enero de 2017, y el programa operativo debió realizarse previamente, ya que éstesirve de base para la elaboración del anteproyecto del presupuesto anual de cada dependencia.

Además, no anexó evidencia documental que ampare el análisis situacional y la prospectiva dedesarrollo, los programas que continuarán y los que se implementarán, las obras de infraestructuraa ejecutar, así como tampoco los indicadores de corrupción e impunidad y programa de combate alos mismos, de acuerdo a lo establecido en el artículo 17 de la Ley de Planeación Estratégica delEstado de Nuevo León.

Asimismo, no presentó evidencia comprobatoria de que sus programas hayan tenido la aprobaciónprevia de la Secretaria de Finanzas y Tesorería General del Estado; así como que se hayan realizadode acuerdo a los lineamientos emitidos por la dependencia mencionada anteriormente, así comopor la misma Coordinación Ejecutiva y por la Contraloría y Transparencia Gubernamental, conformea los artículos 25 y 26 del Reglamento de la Ley de Planeación Estratégica del Estado de NuevoLeón, sólo se anexó al respecto el Oficio No. DPCP-299/2017 de fecha 07 de agosto de 2017 elcual no corresponde a lo señalado, si no al envío de "fichas técnicas y las matrices de indicadoresde resultados de los programas presupuestales PpR y SED; y además solicita el nombramiento deresponsable para dar seguimiento a dichos programas."

Cabe mencionar que Servicios de Agua y Drenaje en su contestación mencionó diversos párrafos,los cuales, no guardan relación con la presente observación, siendo los siguientes:

"Respecto a los indicadores de la MIR 2017 del Programa Suministro de Agua Potable, se observalo siguiente:

Análisis de la Auditoría Superior del Estado

El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

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Anexo 1Resultados de la Auditoría de Desempeño

2017 Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey, I.P.D. .(Desempeño)

Auditoría Superior del Estado de Nuevo León. Resultados de la Auditoría deDesempeño 2017 Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey, I.P.D. .(Desempeño)

• Claridad: Se detectó que los siguientes indicadores no reflejan de manera clara o especificael resultado que se espera obtener: el indicador a nivel componente "Eficiencia Comercial" ylos indicadores a nivel Actividad "Efectividad en toma de lectura", "Eficiencia Comercial" sufórmula es porcentaje y en el nombre del indicador no se especifica. Así como en el indicadora nivel Actividad "Efectividad en reparto de facturas" su unidad de medida es Porcentaje yen el nombre del indicador no se especifica.

De acuerdo a la Guía para la Construcción de los Indicadores de la Secretaria de Hacienda yCrédito Público en la página 46 y 50 se puede encontrar que existen nombres de indicadores queno necesariamente consideran la palabra porcentaje en su nombre, sin embargo, en la unidad demedida de la Fichas Técnica se especifica, por lo que no es procedente la observación."

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Recomendaciones Referentes al Desempeño.Se encomienda cumplir con la normatividad establecida en el artículo 17 de la Ley de PlaneaciónEstratégica del Estado de Nuevo León y artículos 21 fracción IV, 25 y 26 de su Reglamento.

Observación 3. De acuerdo a lo presentado en la Cuenta Pública 2017 de SADM, el presupuesto deegresos modificado para Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey, I.P.D., fue de $7,500,337,602(Siete mil quinientos millones trescientos treinta y siete mil seiscientos dos pesos 00/100 M.N.) yse devengó la cantidad de $6,183,101,644 (Seis mil ciento ochenta y tres millones ciento un milseiscientos cuarenta y cuatro pesos 00/100 M.N.), es decir, existe un subejercicio por $1,317,235,958(Mil trecientos diecisiete millones doscientos treinta y cinco mil novecientos cincuenta y ocho pesos00/100 M.N.)., por tal motivo no fue posible validar si la administración y el manejo del recursopúblico se llevó con eficacia, eficiencia y economía, conforme a lo señalado en los artículos 134 dela Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 85 fracción V de la Constitución Políticadel Estado Libre y Soberano de Nuevo León, así como en el artículo 4 de la Ley de Egresos delEstado para el año 2017.

RespuestaDel Ente Público:

"En relación a esta observación en donde se señala que hubo un subejercicio de recursos por$1,317,235,958, y que no fue posible validar si la administración y el manejo del recurso público sellevó con eficacia, eficiencia y economía, es importante mencionar lo siguiente:

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2017 Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey, I.P.D. .(Desempeño)

Auditoría Superior del Estado de Nuevo León. Resultados de la Auditoría deDesempeño 2017 Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey, I.P.D. .(Desempeño)

El Organismo durante el 2017 llevo a cabo una serie de actividades en el área operativa que llevoa los siguientes resultados:

• Se recibieron en al área metropolitana un total de 145,544 reportes de fugas, de las cuales,fueron atendidas 143,562 en un rango de 0-3 días, reflejando una eficacia en la atención yreparación del 98.6% superando dicho indicador a la meta la cual es del 96%.

• En cuanto a la cobertura de agua potable, en enero de 2017 se tenían 1,563,447 usuarios,al final del año se terminó con un total de 1,607,532, con lo cual se incrementó la coberturade usuarios con agua potable en 44,085, superando la meta que se tenía de 36,000.

• Se implementó el proyecto de Macrosectores, cuyo objetivo es mejorar significativamentela eficiencia física de los Macro sectores de la red de agua potable, mediante el controlactivo de presiones manteniendo una presión de consigna en el punto crítico por mediode controladores inteligentes en las válvulas reguladoras de presión sin comprometer laseguridad y el servicio de la población. Actualmente se tienen 62 macro sectores de los cuales46 se encuentran trabajando de forma eficiente, con una recuperación de 840.27 litros porsegundo, de los 800 lps que se tenían planeados recuperar al finalizar el año 2017, por loque fue superada la meta establecida a principio de año.

• El proyecto Sectorización, es un proceso que consiste en dividir la red de agua potable ensectores no mayores de 500 usuarios, con el objeto principal de reducir el índice de aguano contabilizada, el área metropolitana de Monterrey cuenta con alrededor de 1,332,404usuarios (con medidor instalado), y se encuentra dividida en 2,760 circuitos o sectores conmacromedición, al mes de diciembre 2017 se tienen instalados, configurados y puesto enmarcha 2,468 macromedidores, en el mes de enero 2018 se instalaron los 292 restantes,esto permitirá tener una medición completa de los niveles de agua no contabilizada en elárea metropolitana.

• Los resultados en eficiencia al mes de diciembre 2017 fue de recuperación de 1,021.82 litrospor segundo

• Durante el año 2017 se incrementó la infraestructura de la Red de Agua de 17,998,950.5metros lineales a 18,374,209.7 metros lineales al cierre de diciembre 2017, con lo que setuvo un incremento de 375,259.3, y en la Red de Drenaje de 13,699,052.5 metros lineales a13,899,170.22 metros lineales, lo que significó un incremento de 200,117.8

• En cuanto a la eficiencia en equipos de bombeo, al mes de diciembre 2017 se teníaninstalados 612 equipos en total de los cuales quedaron funcionando 584, es decir, unaeficiencia en el funcionamiento del 95.4%, lo cual permitió tener presiones óptimas en la Redde Distribución.

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Auditoría Superior del Estado de Nuevo León. Resultados de la Auditoría deDesempeño 2017 Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey, I.P.D. .(Desempeño)

• Con el mantenimiento de plantas de tratamiento y el incremento en su capacidad, se mejoróla calidad del agua tratada que se vierte al Río Pesquería, el logro radica en la cantidad desólidos suspendidos totales que se descargan al cuerpo receptor y por ende se cumple conla normatividad, reduciéndose de 37mg/L a 19mg/L en el año 2017.

• El volumen de Agua Residual Tratada en el año 2017 fue de 387, 827,365 metros cúbicos,manteniéndose la cobertura del saneamiento en Nuevo León.

• En cuanto al Reuso del Agua, el volumen anual de Agua Residual Tratada vendida en elaño 2017 fue de 31,026,823 metros cúbicos, observando un incremento considerable conrespecto a años anteriores(ver anexo).

• El índice energético fue de 0.3kWh/m3, se mantiene el cumplimiento de este indicador, elcual se considera un parámetro internacional.

En virtud de lo anterior, durante el 2017 se llevaron a cabo acciones que permitieron tener una mejoreficiencia y eficacia en los procesos, infraestructura y cobertura para asegurar el suministro de aguay drenaje a usuarios domésticos y comerciales utilizando menos recursos de los presupuestadosteniendo como resultado una economía en el manejo de los recursos públicos, por lo que no esprocedente su observación."

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración y se examinó la documentación presentada, la cual no solventa laobservación, ya que aun y cuando menciona que se obtuvieron como resultado economías en laaplicación de los recursos públicos, derivados de llevar a cabo diversas acciones que les permitierontener una mejor eficiencia y eficacia en los procesos, no se anexa evidencia suficiente que nospermita integrar el monto al que ascendieron estos ahorros, por lo cual, no se justifica el importeseñalado como subejercicio de recursos por importe de $1,317,235,958 (Mil trecientos diecisietemillones doscientos treinta y cinco mil novecientos cincuenta y ocho pesos 00/100 M.N.).

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Recomendaciones Referentes al Desempeño.Aplicar de manera eficaz y eficiente los recursos presupuestados con el fin de evitar un subejercicioen el gasto. Asimismo, cuando se originen economías, llevar un control de las mismas y de ladocumentación que las ampare para su posible aplicación en otras necesidades prioritarias, dentrodel ejercicio anual y que contribuyan al logro de sus objetivos y metas.

En cuanto al Tratamiento de Aguas Residuales:

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Observación 4. Respecto a los indicadores de la MIR 2017 del Programa Suministro de AguaPotable, se observa lo siguiente:

Claridad:

Se detectó que los siguientes indicadores no reflejan de manera clara o específica el resultado queespera obtener: el Indicador a nivel Componente "Eficiencia Comercial" y los Indicadores a nivel

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Actividad "Efectividad en toma de lecturas", "Eficiencia Comercial" su fórmula es Porcentaje y en elnombre del Indicador no se especifica. Así como en el indicador a nivel Actividad "Efectividad enreparto de facturas" su unidad de medida es Porcentaje y en el nombre del Indicador no se especifica.

Monitoreable:

El Indicador a nivel Componente "Porcentaje de Contratos instalados en 15 días o menos" y losindicadores a nivel Actividad "Efectividad en reparto de facturas" y "Porcentaje de rehabilitación detubería" no se consideran monitoreables pues la fórmula que aparece en su ficha técnica no estácompleta, omitiendo la unidad de medida porcentual (* 100).

Aportación marginal:

El indicador "Eficiencia Comercial" se repite 2 veces: 1 a nivel componente y 1 a nivel actividad, locual afecta la utilidad única de cada indicador.

Fichas Técnicas:

Las Fichas Técnicas no contienen uno de los elementos mínimos que es, la Línea Base, en ningunode los 14 Indicadores a nivel Actividades.

Así mismo, respecto al elemento, Sentido del Indicador, se detallan 4 Indicadores como "Normal",siendo el comportamiento ya sea ascendente o descendente, de acuerdo a la Guía para el diseñode indicadores estratégicos de la SHCP1.

Cabe señalar que no fueron proporcionados los medios de verificación que nos permitieran realizaruna evaluación metodológica completa de los indicadores, así como del diagnóstico y cumplimientode metas.

1. SHCP: Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

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Además, la MIR proporcionada no se encuentra completa, ya que no incluye el nivel de Actividadesen la misma, tal como lo señala la Metodología del Marco Lógico.

Reglamento de la Ley de Planeación Estratégica del Estado de Nuevo León

Los indicadores no evidencian que hayan sido realizados conforme a los lineamientos de laSecretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado, la Oficina Ejecutiva del Gobernador y dela Contraloría y Transparencia Gubernamental, tal como señala el artículo 36 del Reglamento dela Ley de Planeación Estratégica del Estado de Nuevo León. Así mismo, no se cuentan con losindicadores de impacto de políticas públicas, conforme a lo establecido en el artículo 14, fracciónV, inciso c del Reglamento citado, por lo que no es factible evaluar la eficacia en el cumplimientode dicha normatividad.

Cabe mencionar que Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey, I.P.D., no proporcionó evidenciade haber realizado o programado evaluaciones en el año 2017, que le permitiera medir la eficaciay eficiencia en el desarrollo y operación de le Entidad, por lo que no es factible determinar que sehayan realizado acciones o tomado decisiones que le permitiera coadyuvar al cumplimiento de susobjetivos, así como medir la economía de los recursos empleados para alcanzar dichos objetivos.

RespuestaDel Ente Público

"

• Monitoreable: El indicador a nivel Componente "Porcentaje de contratos instalados en15 días o menos", y los indicadores a nivel Actividad "Efectividad en reparto de facturas" y"Porcentaje de rehabilitación de tubería" no se consideran monitoreables pues la fórmula queaparece en su ficha técnica no está completa, omitiendo la unidad porcentual (*100).

Se elabora oficio SADM-DG/CPC-0006-18 de fecha 03 de septiembre de 2018 y se anexa acuse derecibido para la Secretaria de Finanzas en la misma fecha, solicitando la corrección en la formula.

• Aportación Marginal El indicador de "Eficiencia Comercial" se repite dos veces (NivelComponente y Nivel Actividad), lo cual afecta la utilidad única de cada indicador

Se adjunta plan de trabajo para realizar modificaciones en las RAFFI- MIR de Suministro de AguaPotable y Drenaje Saneamiento, de acuerdo a los lineamientos de la Secretaria de Finanzas.

Fichas Técnicas: Las fichas técnicas no contienen uno de los elementos mínimos que es la LíneaBase en ninguno de los 14 indicadores a nivel Actividades.

Del análisis a los elementos mínimos de la Ficha Técnica del Indicador de Desempeño; según elPeriodo Oficial con fecha de publicación del 23 de enero 2017 en la página 44, se puede apreciar que

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la Línea Base no es uno de los elementos mínimos que deba incluir la Ficha Técnica del Indicadorde Desempeño. Los elementos mínimos de un PP son los siguientes:

-Nombre de la dependencia, entidad o tribunal administrativo

-Nombre de la unidad ejecutora presupuestal responsable de elaborar y monitorear el indicador

-Nombre del indicador

-Formula de calculo

-Descripción del indicador

-Nombre y descripción de las variables que conforman la fórmula de calculo

-Fuentes de información y medios de verificación

-Dimensión del indicador

-Unidad de medida del indicador

-Frecuencia de medición del indicador

-Sentido del indicador

• Así mismo respecto al Elemento, Sentido del Indicador, se detallan 4 Indicadores como"Normal", siendo el comportamiento ya sea Ascendente o Descendente según la Guía parael diseño de indicadores estratégicos de la SHCP

Se adjunta oficio SADM-DG/CPC-0007-18 de fecha 03 de septiembre de 2018 y acuse de recibidoenviado a la Secretaría de Finanzas de la misma fecha para realizar el cambio en el sentido de estosindicadores.

• Cabe señalar que nos fueron proporcionados los medios de verificación que nos permitieranrealizar una evaluación metodológica completa de los indicadores, así como diagnóstico ycumplimiento de metas.

A través del Oficio SADM-CON-02-0023-18 con fecha 1 de marzo de 2018 en el punto 17 del oficiode requerimiento ASENL-AEED-D1-AP35-CP-01/2018, se compartió de manera electrónica las fichatécnica de la RAFFI-MIR Suministro de Agua Potable y Drenaje Saneamiento, donde se especificamedio de verificación y fuente de información de cada indicador.

• Además, la MIR proporcionada no se encuentra completa, ya que no incluye el nivel deActividades en la misma, tal como lo señala la Metodología del Marco Lógico.

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Se anexa correo con fecha del 7 de julio del 2017 por parte del Lic. Rodolfo Gallardo Lara,Coordinador de la Unidad Técnica de Evaluación, donde comparte la RAFFI-MIR Suministro de AguaPotable y Drenaje Saneamiento para su llenado considerando solo Fin, Propósito y Componentes.

De igual manera se anexó dentro de su correo electrónico una presentación con el nombre "Reportede Avance Físico- Financiero de la MIR de los Programas Presupuestarios (RAFFI-MIR), con lasinstrucciones del llenado de la RAFFI."

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración y se examinó la documentación presentada, la cual solventa parcialmentela observación, debido a lo siguiente:

Respecto al criterio referente a "claridad", no presenta respuesta en la contestación a la observaciónnúmero cuatro, por lo que subsiste lo señalado.

En relación al criterio "monitoreable" se solventa parcialmente la observación debido a que aceptanlo señalado en la observación y el Coordinador de Procesos y Calidad envía al Coordinador de laUnidad Técnica de Evaluación el oficio No. SADM-DG/CPC-0006-18 de fecha 03 de septiembre de2018 a fin de que realice las modificaciones en las fichas técnicas correspondientes.

Referente al criterio "aportación marginal" se solventa parcialmente la observación ya que para sucorrección se elaboró un plan de trabajo para realizar las modificaciones correspondientes.

Concerniente a lo detectado en las fichas técnicas se solventa parcialmente la observación, yaque si bien es cierto los Lineamientos Generales del Poder Ejecutivo del Estado de Nuevo Leónpara la consolidación del Presupuesto Por Resultados (PpR) y el Sistema de Evaluación delDesempeño (SED) no incluye la línea base como elemento mínimo dentro de la ficha técnica; esimportante señalar que la Guía para el Diseño de Indicadores Estratégicos que se encuentra enla página de internet de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público sí lo contempla. Asimismo,cabe mencionar que los Lineamientos para la construcción y diseño de indicadores de desempeñomediante la Metodología de Marco Lógico (emitidos por el Consejo Nacional de ArmonizaciónContable (CONAC)) en el apartado cuarto de su capítulo tres menciona lo siguiente: "Para lageneración, homologación, actualización y publicación de los indicadores de desempeño de losprogramas operados por los entes públicos, éstos deberán considerar la MML a través de la MIR ypodrán hacer uso de las Guías para la construcción de la MIR y para el diseño de indicadores que seencuentran disponibles en las páginas de Internet de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público,la Secretaría de la Función Pública y el CONEVAL."

En relación al elemento sentido del indicador se solventa parcialmente la observación debido a queaceptan lo señalado en la observación y el Coordinador de Procesos y Calidad envía al Coordinadorde la Unidad Técnica de Evaluación el oficio No. SADM-DG/CPC-0007-18 de fecha 03 de septiembrede 2018 a fin de que realice las modificaciones en las fichas técnicas correspondientes.

El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

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Respecto a que no fueron proporcionados los medios de verificación para realizar una evaluaciónde los indicadores, no se solventa la observación debido a que no anexan evidencia documentalque soporte dichos medios.

En lo correspondiente a que la MIR no se encuentra completa, no se solventa la observación yaque de acuerdo al análisis de su respuesta y de la documentación que proporciona no se aclaralo señalado, debido a que sólo anexa copia de un correo electrónico del 07 de julio de 2017mencionando como asunto "Reunión sobre Reporte de Avance Físico-Financiero de la MIR de losProgramas Presupuestarios", un "Reporte de Avance Físico-Financiero de la MIR de los ProgramasPresupuestarios" de abril 2017 y un "Reporte de Avance Físico-Financiero 2017", sin referirse acómo atenderían lo observado.

En relación a lo siguiente no se solventa lo observado debido a que no se realizó aclaración, ni seproporcionó documentación al respecto:

No se proporcionó evidencia de que los indicadores hayan sido realizados conforme a loslineamientos de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado, la Oficina Ejecutiva delGobernador y de la Contraloría y Transparencia Gubernamental, ni de que se cuenta con indicadoresde impacto de políticas públicas.

No se anexó evidencia de haber realizado o programado evaluaciones en el año 2017.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Recomendaciones Referentes al Desempeño.Con el fin de homologar y estandarizar la realización de indicadores de desempeño éstos deberáncumplir con los criterios de claridad, relevancia, economía, monitoreable, adecuado y aportaciónmarginal, asimismo sus fichas técnicas deberán contener los elementos mínimos establecidos, deconformidad con los Lineamientos para la Construcción y Diseño de Indicadores de Desempeñomediante la Metodología de Marco Lógico y la Guía para el Diseño de Indicadores Estratégicos dela SHCP.Documentar el elemento medios de verificación con base en las fuentes de informacióncorrespondientes a cada indicador, además al elaborar la MIR, ésta deberá de comprender todossus elementos y sus niveles de acuerdo con la Guía para el Diseño de la Matriz de Indicadores paraResultados de la SHCP.Cumplir con lo señalado en el artículo 14, fracción V, inciso C y 36 del Reglamento de la Ley dePlaneación Estratégica del Estado de Nuevo León y además, realizar evaluaciones periódicas queles permita medir la eficacia y eficiencia en el desarrollo y operación de la Entidad.

El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.