respuesta a las observaciones de las evaluaciones 2014 nc interred 140526nc

17
ADENDA N° 4 DE 2014 - PLIEGO DE CONDICIONES Nº1 DE 2014, PARA LA NEGOCIACIÓN CONJUNTA DE MEDICAMENTOS EN ALGUNAS EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO EN LOS NIVELES I, II y III DEL DISTRITO DE BOGOTÁ 1 ADENDA Nro. 004 – 2014 RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES DE LAS EVALUACIONES OBJETO DE LA INVITACIÓN Las Empresas Sociales del Estado de Bogotá, correspondientes a los Hospitales de: Pablo VI Bosa I Nivel, del Sur I Nivel, Bosa II Nivel, Fontibón II Nivel, Occidente de Kennedy III Nivel, Engativa II Nivel, Suba II Nivel, Simón Bolívar III Nivel y Centro Oriente II Nivel; adscritas a la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá están interesadas en recibir ofertas dentro del proceso de negociación conjunta para la adquisición de MEDICAMENTOS, necesarios para la prestación de servicios de salud en todas las sedes. PRESUPUESTO OFICIAL El Presupuesto Oficial asignado para la presente invitación y de conformidad a los CDP expedidos por cada uno de los Hospitales que hacen parte de la presente negociación conjunta, asciende a la suma de CINCO MIL TRESCIENTOS DIEZ MILLONES DE PESOS MONEDA LEGAL ($5.310.000.000) CONSIDERACIONES TECNICAS: Que al efectuar la publicación de los resultados de las Evaluaciones Jurídicas, Financieras y Técnico – económicas para la contratación de “MEDICAMENTOS” de la Red Territorial Sur Occidente y de algunas E.S.E de la Red Norte y Red Centro Oriente, se presentaron las siguientes Observaciones por parte de los proponentes:

Upload: unidad-de-servicios-de-salud-simon-bolivar

Post on 21-Jul-2016

8 views

Category:

Documents


1 download

TRANSCRIPT

Page 1: Respuesta a Las Observaciones de Las Evaluaciones 2014 NC InterRed 140526nc

ADENDA N° 4 DE 2014 - PLIEGO DE CONDICIONES Nº1 DE 2014, PARA LA NEGOCIACIÓN CONJUNTA DE MEDICAMENTOS EN ALGUNAS EMPRESAS

SOCIALES DEL ESTADO EN LOS NIVELES I, II y III DEL DISTRITO DE BOGOTÁ

1

ADENDA Nro. 004 – 2014

RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES DE LAS EVALUACIONES

OBJETO DE LA INVITACIÓN Las Empresas Sociales del Estado de Bogotá, correspondientes a los Hospitales de: Pablo VI Bosa I Nivel, del Sur I Nivel, Bosa II Nivel, Fontibón II Nivel, Occidente de Kennedy III Nivel, Engativa II Nivel, Suba II Nivel, Simón Bolívar III Nivel y Centro Oriente II Nivel; adscritas a la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá están interesadas en recibir ofertas dentro del proceso de negociación conjunta para la adquisición de MEDICAMENTOS, necesarios para la prestación de servicios de salud en todas las sedes.

PRESUPUESTO OFICIAL

El Presupuesto Oficial asignado para la presente invitación y de conformidad a los

CDP expedidos por cada uno de los Hospitales que hacen parte de la presente

negociación conjunta, asciende a la suma de CINCO MIL TRESCIENTOS DIEZ

MILLONES DE PESOS MONEDA LEGAL ($5.310.000.000)

CONSIDERACIONES TECNICAS: Que al efectuar la publicación de los resultados de las Evaluaciones Jurídicas, Financieras y Técnico – económicas para la contratación de “MEDICAMENTOS” de la Red Territorial Sur Occidente y de algunas E.S.E de la Red Norte y Red Centro Oriente, se presentaron las siguientes Observaciones por parte de los proponentes:

Page 2: Respuesta a Las Observaciones de Las Evaluaciones 2014 NC InterRed 140526nc

ADENDA N° 4 DE 2014 - PLIEGO DE CONDICIONES Nº1 DE 2014, PARA LA NEGOCIACIÓN CONJUNTA DE MEDICAMENTOS EN ALGUNAS EMPRESAS

SOCIALES DEL ESTADO EN LOS NIVELES I, II y III DEL DISTRITO DE BOGOTÁ

2

PROPONENTE NÚMERO DE OBSERVACIONES

1. BLASKOW

Observación N° 1: No Cumple Anexo 2, se modificaron las condiciones y

no manifiesta aceptarlas, ya que adjunta carta de negociación donde

impone condiciones no contempladas, de mínimo de despacho por

$350.000.

Respuesta: Solicitamos por favor tener en cuenta que nosotros colocamos

este promedio de pedido, para una base de gastos de operación, ya que

varios de los hospitales que pertenecen a esta negociación son muy

pequeñas, pero nosotros siempre tratamos de ponernos de acuerdo con

cada uno para que pasen a nuestras instalaciones a recogerlas. Estas

condiciones se pueden tratar con cada hospital, con el cual se firme

contrato con lo adjudicado en esta negociación.

Observación No. 2: Certificado Original de RUP: Actividad descrita

no mayor a 30 días de expedición. No sanciones 2 años

anteriores/ No CUMPLE/ Documento está incompleto.

Respuesta: Adjuntamos el certificado completo, el error se presentó en el

momento de escanear, solo se realizó por una cara.

RESPUESTA A OBSERVACIONES DE BLASKOW

Respuesta a Observación N° 1: Su Observación NO ES ACEPTADA ya que como se

argumentó con anterioridad, el Proponente no puede condicionar la venta de los medicamentos

a los Hospitales. Por lo anterior se considera que no existe argumento jurídico valido por parte

del Proponente para que su observación sea tenida en cuenta.

Respuesta a Observación N° 2: Su observación es Aceptada.

Page 3: Respuesta a Las Observaciones de Las Evaluaciones 2014 NC InterRed 140526nc

ADENDA N° 4 DE 2014 - PLIEGO DE CONDICIONES Nº1 DE 2014, PARA LA NEGOCIACIÓN CONJUNTA DE MEDICAMENTOS EN ALGUNAS EMPRESAS

SOCIALES DEL ESTADO EN LOS NIVELES I, II y III DEL DISTRITO DE BOGOTÁ

3

PROPONENTE NÚMERO DE OBSERVACIONES

2.OC LA

ECONOMÍA

Observación N° 1: De acuerdo a la calificación jurídica solicitan el

RUP, este documento se encuentra en la carpeta de documentación

financiera por lo cual fue informado por correo y avisado vía telefónica a la

oficina jurídica de Hospital centro oriente.

Observación N° 2:

En la evaluación técnica numeral 6 programa de farmacovigilancia no

habilita porque no certifica la inscripción al programa Nacional de farmacovigilancia.

Con respecto a esta observación es de anotar que en la carpeta solicitada

en documentos de farmacovigilancia se adjunta certificación de la Secretaria de Salud de Boyacá donde corroboran que la normatividad vigente

respecto a la farmacovigilancia "es una actividad de obligatorio

cumplimiento en los servicios de salud asistenciales, en todas las IPS que presten servicio farmacéutico o utilización de medicamentos en sus

procedimientos. "Lo anterior aclara que OC LA ECONOMIA deberá garantizar la calidad de sus servicios como distribuidor mayorista de

medicamentos, no como IPS ya que este no es el objeto social de dicha

entidad. Anexo documento expedido por la secretaria de salud de Boyacá del concepto de farmacovigilancia.

Observación N° 3: En la evaluación técnica en el numeral 9 experiencia

comercial no habilita ya que no cumple no con el formato # 5.

En las certificaciones de experiencia anexas se encuentran los datos solicitados en el anexo # 5, no en el orden estricto requerido pero se está

cumpliendo con la exigencia lo cual cumplimos de igual manera todas esta certificaciones constatan la prestación de los servicios y la experiencia de

nuestra entidad en nuestro ámbito comercial.

Observación N° 4: En relación a los 17 ítems los cuales no habilitan por

registros sanitarios Invima favor indicar los productos ya que no se visualiza la pestaña mencionada.

Page 4: Respuesta a Las Observaciones de Las Evaluaciones 2014 NC InterRed 140526nc

ADENDA N° 4 DE 2014 - PLIEGO DE CONDICIONES Nº1 DE 2014, PARA LA NEGOCIACIÓN CONJUNTA DE MEDICAMENTOS EN ALGUNAS EMPRESAS

SOCIALES DEL ESTADO EN LOS NIVELES I, II y III DEL DISTRITO DE BOGOTÁ

4

RESPUESTA A OBSERVACIONES DE O.C LA ECONOMÍA

Respuesta a Observación N° 1: Su Observación ES ACEPTADA, teniendo en cuenta

que se solicita allegar el documento, y es subsanado por el proveedor en los tiempos

establecidos, por ende pasó a evaluación financiera, económica y técnica.

Respuesta a Observación N° 2: Su observación es ACEPTADA, teniendo en cuenta

la respuesta a la consulta de Farmacovigilancia emitida por la coordinación de control de

medicamentos de la Gobernación de Boyacá. Sin embargo, se sugiere realizar la consulta

con el INVIMA, referente nacional del programa de Farmacovigilancia que según la

normatividad vigente sobre la Inscripción ante el INVIMA del PNFV, los laboratorios,

titulares de registros sanitarios, importadores, IPSs, EPSs están obligados a su respectiva

inscripción, sin embargo los Establecimientos Farmacéuticos; distribuidores mayoristas y

minoristas constituyen un nodo central de la Red Nacional de Farmacovigilancia, la cual

cuenta con dos grupos de actores: Personas (Pacientes, cuidadores y profesionales de la

salud, médicos, odontólogos, enfermeros, químicos farmacéuticos, entre otros)

Instituciones:(Hospitales, clínicas, autoridades seccionales de salud, laboratorios

farmacéuticos, importadores y comercializadores de medicamentos, direcciones

territoriales de Salud, INVIMA), cómo se especifican los Boletines de Farma Seguridad

Vol. 2. No. 10. Último trimestre de 2013 y Farma Seguridad Vol. 4 No. 4 Abril de 2014.

Con lo cual se contribuye de forma eficiente y efectiva al mejoramiento del uso de los

medicamentos en el país; ya que al pertenecer a la red nacional de Farmacovigilancia y

establecer el perfil de seguridad y del uso de los medicamentos comercializados en

Colombia, intercambiar y transferir información, conocimientos y experiencias que generen

capacidad, autonomía y poder social en la gestión del riesgo de aparición de eventos

adversos u otros problemas relacionados con medicamentos y esta red busca la

consolidación de un sistema de Farmacovigilancia con posibilidad de ejecución de

intervenciones en los diferentes niveles de la cadena productiva farmacéutica.

Respuesta a Observación N° 3: Su Observación ES ACEPTADA, Considerando que

no hay lugar al mejoramiento de oferta toda vez que la experiencia fue acreditada sin

embargo no se cumplió con un requisito de forma.

Page 5: Respuesta a Las Observaciones de Las Evaluaciones 2014 NC InterRed 140526nc

ADENDA N° 4 DE 2014 - PLIEGO DE CONDICIONES Nº1 DE 2014, PARA LA NEGOCIACIÓN CONJUNTA DE MEDICAMENTOS EN ALGUNAS EMPRESAS

SOCIALES DEL ESTADO EN LOS NIVELES I, II y III DEL DISTRITO DE BOGOTÁ

5

Se respeta el Principio de la Supremacía de lo sustancial sobre lo forma, es decir aceptar

las certificaciones aportadas como quiera que el Anexo es un formato que resume.

Respuesta a Observación N° 4: Su observación no es aceptada, ya que revisando la carpeta de registros sanitarios adjuntados en el drive, se evidencia que no se anexó el

registro sanitario expedido por el Invima conforme a lo solicitado en los términos de referencia. En este sentido, solo se envía un pantallazo de consulta del registro

sanitario de la página web del referido ente.

Se aclara que revisando nuevamente la carpeta de registros sanitarios por ítem de

los 640 ítems ofertados, se encontró que de los 586 que no cumplieron por presentar

PANTALLAZO DE CONSULTA DE REGISTRO SANITARIO DE LA PÁGINA WEB DEL

REFERIDO ENTE, 17 Presentaron el registro sanitario vencido y únicamente 54

ítems, cumplen con el soporte técnico de registro sanitario exigido en los términos de

referencia, los cuales pasan a evaluación económica. Se anexa Archivo en Excell de

evaluación Técnica.

Page 6: Respuesta a Las Observaciones de Las Evaluaciones 2014 NC InterRed 140526nc

ADENDA N° 4 DE 2014 - PLIEGO DE CONDICIONES Nº1 DE 2014, PARA LA NEGOCIACIÓN CONJUNTA DE MEDICAMENTOS EN ALGUNAS EMPRESAS

SOCIALES DEL ESTADO EN LOS NIVELES I, II y III DEL DISTRITO DE BOGOTÁ

6

PROPONENTE NÚMERO DE OBSERVACIONES

3.GRUPO AMAREY NOVA

Observación N° 1: Dentro de la EVALUACIÓN JURÍDICA

solicitan se anexe los antecedentes judiciales del representante

legal el cual se anexa para subsanar el punto N° 12 y continuar

con su evaluación.

Observación N° 2: Solicitan en la evaluación técnica anexar la

resolución del fondo nacional de estupefacientes, se aclara que

este documento fue anexado en la plataforma, se envía evidencia

del documento en la carpeta compartida.

Se anexa nuevamente el documento para continuar con la

evaluación de los ítems 629 y 251.

Observación N° 3: Se Informa en la evaluación técnica que no es

habilitado el ítem 130 por no cumplir con lo solicitado en el pliego

de condiciones.

Se aclara que AMAREY NOVA MEDICAL S.A se presenta con el

ítem (130) ya que nuestra molécula es exactamente igual en

concentración a la solicitada PEYONA (CITRATO DE CAFEÍNA) 20

MGR EN 1 ML.

RESPUESTA A OBSERVACIONES DE GRUPO AMAREY NOVA

Respuesta a Observación N° 1: Su Observación ES ACEPTADA, teniendo en cuenta que

según ley anti trámite, se descarga de la página el antecedente judicial faltante, dándose por

subsanado, por el cual pasa a evaluaciones financieras y técnicas.

Page 7: Respuesta a Las Observaciones de Las Evaluaciones 2014 NC InterRed 140526nc

ADENDA N° 4 DE 2014 - PLIEGO DE CONDICIONES Nº1 DE 2014, PARA LA NEGOCIACIÓN CONJUNTA DE MEDICAMENTOS EN ALGUNAS EMPRESAS

SOCIALES DEL ESTADO EN LOS NIVELES I, II y III DEL DISTRITO DE BOGOTÁ

7

Respuesta a Observación N° 2: Su observación NO ES ACEPTADA, teniendo en cuenta que

fue revisada la carpeta adjunta en el drive y la misma se encuentra vacía; por lo cual no se

pudo evidenciar en los tiempos establecidos la información solicitada y aunque el oferente

presenta un pantallazo de la información solicitada es considerada como extemporánea.

Aunado a ello, se consultó nuevamente la carpeta técnico-económica y la subcarpeta de

resolución de fondo nacional de estupefacientes se encuentra vacía. Anexo pantallazo que

evidencia lo anteriormente señalado.

Respuesta a Observación N° 3: Su Observación NO ES ACEPTADA, porque aunque la

concentración de la molécula solicitada es igual a la ofertada por ustedes, la presentación no

corresponde al anexo No 4; se requiere Cafeína Citrato 20mg/mL Vial x 3mL y ustedes ofertan

Vial x 1mL.

Page 8: Respuesta a Las Observaciones de Las Evaluaciones 2014 NC InterRed 140526nc

ADENDA N° 4 DE 2014 - PLIEGO DE CONDICIONES Nº1 DE 2014, PARA LA NEGOCIACIÓN CONJUNTA DE MEDICAMENTOS EN ALGUNAS EMPRESAS

SOCIALES DEL ESTADO EN LOS NIVELES I, II y III DEL DISTRITO DE BOGOTÁ

8

PROPONENTE NÚMERO DE OBSERVACIONES

4.LABORATORIO VITALIS

Observación N° 1: Solicito se proceda a realizar una nueva revisión respecto del tema de la evaluación financiera toda vez que esta no fue tenida en cuenta, porque según la respuesta publicada se refiere a que la misma no fue posible “DEBIDO A QUE NO ANEXARON DOCUMENTACIÓN, CARPETA VACÍA EN LA NUBE”. Adjunto a este comunicado encontraran los correos de confirmación, que envía

el sistema, de la subida de los documentos en cada carpeta y que para efectos de lo correspondiente a los documentos financieros, se encuentran contenidos; adicionalmente se muestran pantallazos de lo pertinente con fecha y hora. Conforme a lo anteriormente expuesto solicito a ustedes respetuosamente, que se tenga en cuenta la documentación financiera y que como resultado de ello se proceda a realizar las evaluaciones técnica y económica, las cuales no fueron susceptibles de calificación por no haber sido admitido lo relacionado con el tema financiero.

RESPUESTA A OBSERVACIONES DE LABORATORIO VITALIS

Respuesta a Observación N° 1: Su Observación ES ACEPTADA, teniendo en cuenta

que se evidencia en cuenta maestra de google (contratacionesecentrooriente.gov.co),

que el proveedor cargo a tiempo los archivos (Según pliegos de condiciones), pero los

permisos para visualizar la información, fueron cambiados por la empresa Vitalis, para que

solo desde la cuenta maestra se visualizara y editara los archivos cargados, estos permisos

fueron editados por el mismo proveedor. Se adjuntan los pantallazos donde se ve el

historial en la parte derecha de estos archivos y el momento en que proveedor

cambio los permisos. Y Se anexa evaluación Financiera en archivo Excell del

proveedor Vitalis S.A.

Page 9: Respuesta a Las Observaciones de Las Evaluaciones 2014 NC InterRed 140526nc

ADENDA N° 4 DE 2014 - PLIEGO DE CONDICIONES Nº1 DE 2014, PARA LA NEGOCIACIÓN CONJUNTA DE MEDICAMENTOS EN ALGUNAS EMPRESAS

SOCIALES DEL ESTADO EN LOS NIVELES I, II y III DEL DISTRITO DE BOGOTÁ

9

Page 10: Respuesta a Las Observaciones de Las Evaluaciones 2014 NC InterRed 140526nc

ADENDA N° 4 DE 2014 - PLIEGO DE CONDICIONES Nº1 DE 2014, PARA LA NEGOCIACIÓN CONJUNTA DE MEDICAMENTOS EN ALGUNAS EMPRESAS

SOCIALES DEL ESTADO EN LOS NIVELES I, II y III DEL DISTRITO DE BOGOTÁ

10

Page 11: Respuesta a Las Observaciones de Las Evaluaciones 2014 NC InterRed 140526nc

ADENDA N° 4 DE 2014 - PLIEGO DE CONDICIONES Nº1 DE 2014, PARA LA NEGOCIACIÓN CONJUNTA DE MEDICAMENTOS EN ALGUNAS EMPRESAS

SOCIALES DEL ESTADO EN LOS NIVELES I, II y III DEL DISTRITO DE BOGOTÁ

11

PROPONENTE NÚMERO DE OBSERVACIONES

5.PROCLIN PHARMA

Observación N° 1: En respuesta a las Observaciones realizadas sobre los ítems 247 y 677: En relación a los requerimientos técnicos habilitantes definidos en las columnas concentración y presentación del ítem 247, el producto que estamos ofertando cumple con las características del mismo ya que como lo expresa en el Registro Sanitario Anexado “Cada Vial por 2 ml Contiene Dexametasona Fosfato de sodio 8.80 mg, equivalente a Dexametasona Fósfato 8.00mg,” cumpliendo así la concentración (4mg/ml) y la presentación (ampolla por 2ml) requeridas. Observación N° 2: Sobre el ítem 677 correspondiente al vencimiento de Registro sanitario, se anexa carta de radicación de solicitud de renovación del mismo con fecha del 23 de octubre de 2013.

Observación N° 3: En la información suministrada en la evaluación económica encontramos las siguientes novedades:

Page 12: Respuesta a Las Observaciones de Las Evaluaciones 2014 NC InterRed 140526nc

ADENDA N° 4 DE 2014 - PLIEGO DE CONDICIONES Nº1 DE 2014, PARA LA NEGOCIACIÓN CONJUNTA DE MEDICAMENTOS EN ALGUNAS EMPRESAS

SOCIALES DEL ESTADO EN LOS NIVELES I, II y III DEL DISTRITO DE BOGOTÁ

12

PROPONENTE NÚMERO DE OBSERVACIONES

*Ítem 250 : Dexmedetomidina : Nuestro precio cotizado es $36.000 y en la relación aparece digitada a $3.600 Observación N° 4: ítem 420 y 421 heparina de bajo peso molecular 60 y 80 mg: Los precios relacionados no corresponden con nuestra oferta.

RESPUESTA A OBSERVACIONES DE PROCLIN PHARMA

Respuesta a Observación N° 1: Su Observación ES ACEPTADA, teniendo en cuenta que por parte de la mesa Técnica se revisó nuevamente el listado de medicamentos

solicitados evidenciando que en el Anexo No. 4, ítem 247 fue solicitado el medicamento Dexametasona 4mg/mL, Ampolla x 2mL Solución Inyectable; ya que es el medicamento

requerido por las instituciones participantes en la Negociación Conjunta, y el cual fue el

ofertado por el proveedor (Dexametasona Fosfato de sodio 8.80 mg, equivalente a Dexametasona Fósfato 8.00mg,” cumpliendo así la concentración (4mg/ml) y la presentación

(ampolla por 2ml). Respuesta a Observación N° 2: Su Observación NO ES ACEPTADA, ya que no se

anexó la solicitud de renovación del registro sanitario de dicho medicamento ítem 677 en

la nube; por lo cual el documento que presenta ahora se encuentra por fuera de los términos; es de anotar que es causal de rechazo el no diligenciamiento, entrega de la

documentación, así como los anexos exigidos establecido en los términos de referencia en los pliegos de condiciones No 1 de 2014.

Respuesta a Observación N° 3: Su Observación ES ACEPTADA, ya que una vez

revisado el anexo 4 en PDF, el valor ofertado para ítem 250 Dexmedetomidina es de $36.000;

lo cual, se ajusta en el consolidado Técnico- económico; Sin embargo es preciso aclarar que

en el anexo en Excell colgado en la nube, el valor que reporta el proveedor es de $3.600.

Respuesta a Observación N° 4: Su Observación ES ACEPTADA, ya que por error en

transcripción, los valores digitados fueron diferentes. Se ajusta en el consolidado técnico -

Económico. El precio de la heparina de bajo peso molecular de 60 mg (ítem 420) su valor

es $ 6.270 y la heparina de bajo peso molecular de 80 mg (ítem 421) su valor es $

10.200.

Page 13: Respuesta a Las Observaciones de Las Evaluaciones 2014 NC InterRed 140526nc

ADENDA N° 4 DE 2014 - PLIEGO DE CONDICIONES Nº1 DE 2014, PARA LA NEGOCIACIÓN CONJUNTA DE MEDICAMENTOS EN ALGUNAS EMPRESAS

SOCIALES DEL ESTADO EN LOS NIVELES I, II y III DEL DISTRITO DE BOGOTÁ

13

PROPONENTE NÚMERO DE OBSERVACIONES

6. CORPAUL

Observación N° 1: Evaluación Jurídica: Se presentó dentro de

los términos de subsanación la modificación de la póliza de seriedad y la cámara de comercio con fecha de expedición del mes de Junio.

Oobservación N° 2: Evaluación Técnica : No recibimos ninguna

solicitud de subsanación con respecto al programa de farmacovigilancia y las certificaciones comerciales, sin embargo

aclaramos que se presentó el programa de Farmacovigilancia lo que

muestra que contamos con este requerimiento a pesar de no haber sido certificado y firmado por Representante Legal, Adjuntamos a este el

correspondiente certificado.

Observación N° 3: Con respecto a las Certificaciones comerciales le

informamos que hemos adjuntado 8 certificaciones donde solo tres (Marly, Shaio y Hospital san Vicente) no cumplen con la información

requerida. Las cinco restantes (Hospital Manuel uribe Angel, Cohan, Metrosalud,

San Blas, San Cristóbal) cuenta con la información necesaria para confirmar la ejecución de los contratos.

RESPUESTA A OBSERVACNES DE CORPAUL

Respuesta a Observación N° 1: Su Observación NO ES ACEPTADA, teniendo en

cuenta que la garantía nuevamente fue enviada sin el cubrimiento de los seis (6) meses

solicitados, término que empieza a contarse a partir del CIERRE Y PRESENTACIÓN DE LA

OFERTA Y DOCUMENTOS POR LOS OFERENTES, es decir a partir del diecisiete (17) de junio

de 2014. En consecuencia jurídicamente NO HABILITADO.

Respuesta a Observación N° 2: Su Observación NO ES ACEPTADA, ya que al no

allegar los documentos requeridos en los tiempos de subsanación jurídica, no tendría que ser

motivo de evaluación técnica; Sin embargo se había evaluado, y es preciso aclarar que los

aspectos técnicos NO SON SUBSANABLES.

De igual manera, se da respuesta a su observación, la cual NO ES ACEPTADA, teniendo en

cuenta que la empresa CORPAUL presenta el Programa de Farmacovigilancia y no la

Page 14: Respuesta a Las Observaciones de Las Evaluaciones 2014 NC InterRed 140526nc

ADENDA N° 4 DE 2014 - PLIEGO DE CONDICIONES Nº1 DE 2014, PARA LA NEGOCIACIÓN CONJUNTA DE MEDICAMENTOS EN ALGUNAS EMPRESAS

SOCIALES DEL ESTADO EN LOS NIVELES I, II y III DEL DISTRITO DE BOGOTÁ

14

Certificación de Inscripción en el Programa Nacional de Farmacovigilancia, además

presentada esta, de manera extemporánea lo cual era causal de rechazo el no

diligenciamiento, entrega de la documentación, así como los anexos exigidos establecido en

los términos de referencia en los pliegos de condiciones No 1 de 2014.

Respuesta a Observación N° 3: Al no haber habilitado ni jurídica, ni

financieramente, no es viable pronunciarse al respecto.

PROPONENTE NÚMERO DE OBSERVACIONES

7. SERANEST PHARMA

Observación N° 1: Evaluación Jurídica: Solicito información acerca de nuestra causal de rechazo, cuando revisamos los resultados de la

Evaluación Jurídica, encontramos como causal que el Anexo No. 2 Carta de presentación, Modifico Anexo; pero realizando la revisión

encontramos que tiene las condiciones que están en el pliego.

RESPUESTA A OBSERVACIONES DE SERANEST PHARMA

Respuesta a Observación N° 1: Su Observación NO ES ACEPTADA, teniendo en

cuenta que es causal de rechazo la modificación y no diligenciamiento de los anexos,

además se aclara que en Adenda N° 2 de respuesta de Observaciones a los Pliegos de

Condiciones, el Anexo N° 2, es ajustado en su forma de pago en el numeral de aceptación

forma de pago a 90 Días.

PROPONENTE NÚMERO DE OBSERVACIONES

Page 15: Respuesta a Las Observaciones de Las Evaluaciones 2014 NC InterRed 140526nc

ADENDA N° 4 DE 2014 - PLIEGO DE CONDICIONES Nº1 DE 2014, PARA LA NEGOCIACIÓN CONJUNTA DE MEDICAMENTOS EN ALGUNAS EMPRESAS

SOCIALES DEL ESTADO EN LOS NIVELES I, II y III DEL DISTRITO DE BOGOTÁ

15

8. FARMALOGICA

Observación N° 1: Evaluación Técnica: Concepto higiénico Sanitario: No

habilita para concepto técnico higiénico sanitario, por que informan que no necesitan dicho concepto, ya que tienen certificación en BPM; Sin

embargo esta certificación no la anexan.

Objeción: Al remitirnos al pliego de condiciones N° 1 de 2014, para la negociación conjunta de medicamentos, en el Numeral IV Contenido de

las ofertas: No se relaciona ningún requisito formal que solicite adjuntar

las Buenas Prácticas de Manufactura BPM, con la licitación anexamos la carta para dar cumplimiento al numeral”4.2.9 CONCEPTO TÉCNICO

HIGIENICO SANITARIO”. El distribuidor debe anexar el concepto técnico higiénico – sanitario, no mayor a un año de la visita que realiza la

secretaria de salud al distribuidor, donde consta que cumple con los

requisitos exigidos para este tipo de establecimientos”. Aclarando que por ser laboratorio no aplica, ya que contamos con las BPM.

Anexamos a la presente las certificaciones de BPM, acorde con la observación de ustedes.

Reiteramos la objeción a la inhabilidad por no presentar una

certificación que los pliegos no exigen.

Observación N° 2:

Experiencia Comercial: No habilitan, para experiencia comercial, porque No Cumplen con el Formato del Anexo establecido N° 5.

Objeción: Se objeta esta evaluación puesto que es de forma y no de fondo, debido a que las certificaciones entregadas, suman $

4.732.924.520 y contienen toda la información requerida en el Anexo N° 5 de los pliegos, igualmente se realiza la aclaración que las entidades que

emiten las certificaciones, ya poseen su propio formato.

Solicitamos reconsiderar las inhabilidades mencionadas, teniendo en

cuenta la magnitud de la oferta en cuanto a un monto de $2.178.589.668 a número de ítems ofertados (21), y a la necesidad e

impacto de dichos productos dentro de las instituciones, aunado a la experiencia comercial por más de cinco años con diferentes instituciones

que forman parte de la red de hospitales.

Page 16: Respuesta a Las Observaciones de Las Evaluaciones 2014 NC InterRed 140526nc

ADENDA N° 4 DE 2014 - PLIEGO DE CONDICIONES Nº1 DE 2014, PARA LA NEGOCIACIÓN CONJUNTA DE MEDICAMENTOS EN ALGUNAS EMPRESAS

SOCIALES DEL ESTADO EN LOS NIVELES I, II y III DEL DISTRITO DE BOGOTÁ

16

RESPUESTA A OBSERVACIONES DE FARMALOGICA

Respuesta a Observación N° 1: Su Observación es ACEPTADA toda vez que el

concepto técnico higiénico sanitario aplica a los distribuidores.

Respuesta a Observación N° 2: Su Observación ES ACEPTADA, Considerando que no

hay lugar al mejoramiento de oferta toda vez que la experiencia fue acreditada sin embargo

no se cumplió con un requisito de forma. Se respeta el Principio de la Supremacía de lo

sustancial sobre lo forma, es decir aceptar las certificaciones aportadas como quiera que el

Anexo es un formato que resume.

La presente adenda de respuesta a las observaciones será publicada en las páginas web de todos los Hospital de la Red Territorial Sur Occidente y de las E.S.E participantes.

Page 17: Respuesta a Las Observaciones de Las Evaluaciones 2014 NC InterRed 140526nc

ADENDA N° 4 DE 2014 - PLIEGO DE CONDICIONES Nº1 DE 2014, PARA LA NEGOCIACIÓN CONJUNTA DE MEDICAMENTOS EN ALGUNAS EMPRESAS

SOCIALES DEL ESTADO EN LOS NIVELES I, II y III DEL DISTRITO DE BOGOTÁ

17

Dado en Bogotá D.C., hoy 7 de Julio de 2014.

GLORIA LIBIA POLANIA AGUILLON GERENTE

HOSPITAL PABLO VI BOSA – Nivel I

NANCY STELLA TABARES RAMIREZ GERENTE ( E )

HOSPITAL FONTIBON II Nivel

CLAUDIA LILIANA MORENO RAMIREZ

GERENTE HOSPITAL BOSA II Nivel

JUAN ERNESTO OVIEDO HERNANDEZ GERENTE

HOSPITAL OCCIDENTE DE KENNEDY Nivel III

RICARDO BEIRA SILVA GERENTE

HOSPITAL DEL SUR I Nivel

MARIA ELIZABETH BELTRAN ORTIZ GERENTE

HOSPITAL CENTRO ORIENTE II NIVEL

JAIME QUINTERO SOTO

GERENTE HOSPITAL ENGATIVA II NIVEL

GABRIEL E. CASTILLA CASTILLO GERENTE

HOSPITAL SUBA II NIVEL

VIVIANA MENESES GERENTE

HOSPITAL SIMÒN BOLIVAR III NIVEL

Elaboró y Proyectó: Haidy Rivera Rangel / Coordinadora Red Sur Occidente

V°B° :

V°B° : V°B° : V°B° : V°B° :

Nombre: Hemileth Cala Celis

Nombre: Nombre: Hugo Latorre Donado Nombre: Juan Arteaga Nombre:

Cargo: Asesora jurídica Hospital Pablo VI Bosa I

Nivel E.S.E

Cargo: Asesor jurídico ( E ) Hospital Fontibón II Nivel

E.S.E.

Cargo: Asesor jurídico Hospital Bosa II Nivel E.S.E.

Cargo: Asesor Jurídico ( E )

Hospital De Kennedy III Nivel

E.S.E.

Cargo: Asesor jurídico ( E ) Hospital Del Sur I Nivel E.S.E.

V°B° V°B° : V°B° : V°B° :

Nombre:

Nombre: Pedro Ramírez Jaramillo Nombre: Nombre: José Henry Orozco Martínez

Cargo: Asesor jurídico Hospital Engativa II Nivel E.S.E

Cargo: Asesor jurídico Hospital Centro oriente II Nivel E.S.E.

Cargo: Asesora jurídica Hospital Suba II Nivel E.S.E.

Cargo: Asesor Jurídico Hospital Simón Bolívar

III Nivel E.S.E.