resolucion_000267_30122014
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Resolucion 000267 DIANTRANSCRIPT
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RESOLUCIN N 000267
30-12-2014
DIAN
por la cual se establecen los contribuyentes, responsables y agentes de retencin calificados
como Grandes Contribuyentes y se excluyen algunas sociedades y/o entidades de esta
calificacin.
El Director General de Impuestos y Aduanas Nacionales, en uso de las facultades legales y
en especial las dispuestas en el artculo 562 del Estatuto Tributario y el numeral 31 del
artculo 6 del Decreto nmero 4048 de 2008, y
CONSIDERANDO:
Que el artculo 562 del Estatuto Tributario, modificado por el artculo 100 de la Ley 1607
de 2012 seal que el Director de la Direccin de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN)
mediante resolucin, establecer los contribuyentes, responsables o agentes retenedores
que deban ser calificados como Grandes Contribuyentes de acuerdo con su volumen de
operaciones, ingresos, patrimonio, importancia en el recaudo y actividad econmica
definida para el control por el comit de programas de la Direccin de Impuestos y
Aduanas Nacionales.
Que mediante la Resolucin nmero 000027 del 23 de enero de 2014 aclarada por la
Resolucin nmero 000059 del 20 de febrero de 2014 y modificada por Resolucin
nmero 000254 del 11 de diciembre de 2014, el Director General estableci las
condiciones y el procedimiento para ser calificado como Gran Contribuyente.
Que el pargrafo 2 del artculo 2 de la Resolucin nmero 000027 del 23 de enero de
2014 seal que el Director General de la Direccin de Impuestos y Aduanas Nacionales
(DIAN), podr retirar la calificacin de gran contribuyente a los contribuyentes,
responsables o agentes retenedores que se encuentren intervenidos, en proceso de
liquidacin, de concordato, acuerdo de reestructuracin o reorganizacin, o aquellos que
no se encuentre al da en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, aduaneras o
cambiarias.
Que el artculo 3 de la Resolucin nmero 000027 de enero 23 de 2014 seal que el
Director General de la Direccin de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), podr incluir
o excluir en cualquier momento de la calificacin de Grandes Contribuyentes, aquellos
contribuyentes propuestos por la Direccin de Gestin de Ingresos, siempre y cuando se
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presente el estudio descrito en el artculo 2 de la Resolucin nmero 000027 de enero 23
de 2014.
Que la Direccin de Gestin de Ingresos present ante el Director General el estudio de
que trata el artculo 2 de la Resolucin nmero 000027 del 23 de enero de 2014, respecto
de las sociedades que se califican o se excluyen de la calificacin de gran contribuyente,
por cumplir los requisitos establecidos en el artculo 1 de la Resolucin nmero 000027
de 2014, aclarada por la Resolucin nmero 000059 del 20 de febrero de 2014 o por
encontrarse dentro de alguna de las causales establecidas en el pargrafo 2 del artculo
2 de la Resolucin nmero 000027 del 2014.
RESUELVE:
Artculo 1. Calificar como Grandes Contribuyentes a los siguientes contribuyentes,
responsables y agentes de retencin:
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Artculo 2. Retirar la calificacin de Gran Contribuyente a los siguientes contribuyentes,
responsables y agentes de retencin:
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Artculo 3. Las sociedades que se califican como Gran Contribuyente adquieren, a partir
de la vigencia de la presente resolucin, la calidad de agente de retencin del impuesto
sobre las ventas y debern cumplir con las correspondientes obligaciones, sin perjuicio de
lo previsto en normas especiales.
Artculo 4. Las sociedades que se excluyen de la calificacin como Gran Contribuyente
pierden, a partir de la vigencia de la presente resolucin, la calidad de agente de retencin
del impuesto sobre las ventas.
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Artculo 5. Domicilio fiscal. Sin perjuicio de lo establecido en el artculo 579-1 del
Estatuto Tributario, cuando alguno de los contribuyentes, responsables o agentes
retenedores, calificado como Gran Contribuyente, cambie su domicilio principal, la
competencia para efectos tributarios corresponder a la Direccin Seccional que tenga
jurisdiccin en la ciudad en donde establezca su nuevo domicilio principal.
Pargrafo. La Direccin Seccional del anterior domicilio, conserva la competencia
respecto de las declaraciones presentadas ante ella.
Artculo 6. Presentacin y pago de las declaraciones tributarias de los nuevos grandes
contribuyentes. La presentacin y pago de las declaraciones tributarias de los
contribuyentes calificados como Grandes Contribuyentes mediante esta resolucin, se
realizar en los formularios prescritos por la DIAN para la presentacin de las
declaraciones tributarias, dentro de los plazos establecidos por el Gobierno nacional.
Artculo 7. Declaraciones y pagos a travs de los servicios informticos electrnicos. Los
contribuyentes calificados como Grandes Contribuyentes mediante la presente resolucin,
debern presentar todas sus declaraciones y recibos de pago a travs de los servicios
informticos electrnicos establecidos por la entidad, en los trminos previstos en la
Resolucin nmero 12761 del 9 de diciembre de 2011, modificada por la Resolucin
nmero 00019 del 28 de febrero de 2012.
Artculo 8. Comunicar la presente resolucin a los nuevos grandes contribuyentes, a la
direccin registrada en el Registro nico Tributario (RUT).
Artculo 9. Enviar copia de la presente resolucin, por parte de la Coordinacin de
Documentacin de la Subdireccin de Gestin de Recursos Fsicos, a la Subdireccin de
Gestin de Asistencia al Cliente, para la correspondiente actualizacin del Registro nico
Tributario.
Artculo 10. Vigencia. La presente resolucin rige a partir del 1 de enero de 2015.
Publquese, comunquese y cmplase.
Dada en Bogot, D. C., a 30 de diciembre de 2014.
El Director General,
Santiago Rojas Arroyo.
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Publicada en D.O. 49.381 del 31 de diciembre de 2014.