resoluciÓn de gerencia municipal -...

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RESOLUCIÓN DE GERENCIA MUNICIPAL N º 008-2018-GM/MDSJL San Juan de Lurigancho, 2 de febrero de 2018 STO: El lne N º 035-2018-GAJ/MDSJL de cha 29 de enero de 2018, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre aprobación de directiva. CONSIDERANDO: Que, connne se establece en el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú y Artículo 11 del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N º 27972, la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho es una institución con personeria jurídica de derecho pt1blico y goza de autonomía litica, económica y administrativa en los asuntos de su compelencia, con sujeción al ordenamiento legal vigente; Que, de acuerdo a lo regulado en el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N º 27972, los gobieos locales promueven la adecuada prestación de los seicios públicos locales, lo cual se complementa con la finalidad del proceso de modeización de la gestión del Estado previsto en el Artículo 4 de la Ley Marco de Modernización de l a Gestión del Estado - Ley N º 27658, que persigue la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal. para lograr una mejor atención a la ciudadanfa, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, procurando alcanzar esencialmente un Estado al servicio de la ciudadanía; Que, de conidad a lo previsto en el numeral 12 de la Noa Técnica Peruana "NTP-ISOEC 17799:2007 EDl, aprobado con Resolución Ministerial N º 246-2007-PCM, resulta necesario controlar los accesos a la innnación existente en los aplicativos y sistemas inrmáticos de la Entidad, estableciéndose adecuados criteos de seguridad, en nción a las políticas de distribución de la inación y de autorizaciones, estcturándose internamente lineamientos para tal fin, en función al ordenamiento legal de la materia; Que, por medio del Memorándum N º 239-2017-SGTI-GM/MDSJL de fecha 20 de diciembre de 2017, la Sub Gerencia de Tecnologías de la Información propone aprobar el instrumento que establece lineamientos para crear, activar, desactiva y cambiar el acceso de los usuarios de las aplicaciones o sistemas inrmáticos de la Entidad, con el fin procurar un adecuado control de accesos, que contribuirá al rtalecimiento de la inaestructura de Gobieo Electrónico, r considerar a la seguridad de la innnación, como un componente imrtante para dicho objetivo, la misma que ha sido elaborada, modificada y adecuada en nción al ordenamiento legal de la materia, según se colige de lo precisado por la Gerencia de Asesoa Jurídica, y Sub Gerencia de Desarrollo Institucional y Cooperación Nacional e Inteacional, en su Inrme N º 035-2018- GAJ/MDSJL de cha 29 de enero de 2018 e Informe N º 01 3-2018-SGDICNI-GP/MDSJL de fecha 29 de enero de 2018, respectivamente, y; Estando a lo dispuesto en el numeral 8 del Artículo 26 del Reglamento de O anización y Funciones de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, y Artículo Primero de la Resolución de Alcaldía N º 352- 20l6-A/MDSJL de fecha 10 de marzo de 2016. SE RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR la Directiva N º 001-2018-MDSJL, que regula la gestión de usuarios de las aplicaciones y sistemas inrmáticas en la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, que consta de ocho (8) numerales, dos (2) disposiciones complementarias y finales, y dos (2) anexos. ARTÍCULO SEGUNDO.- DlSPONER a las unidades orgánicas de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho el estricto cumplimienlo del presente acto administrativo y Directiva N º 001-2018/MDSJL, de acuerdo a sus competencias. ARTÍCULO TERCERO.- ENCARGAR a la Secretaría de Comunicación e Imagen Institucional la publicación de la presente resolución y Directiva N" 001-2018/MDSJL en el portal institucional (.munisjl.qob.pe). REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE y CÚMPIS[ S Cmml: Jin Am�u N O ´ Urfnración Untt • Sn J�n fó"óa' 4580509 / Fa %62666 / .mu"l.qob. פ

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RESOLUCIÓN DE GERENCIA MUNICIPAL Nº 008-2018-GM/MDSJL

San Juan de Lurigancho, 2 de febrero de 2018

VISTO:

El lnfonne Nº 035-2018-GAJ/MDSJL de fecha 29 de enero de 2018, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre aprobación de directiva.

CONSIDERANDO:

Que, confonne se establece en el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú y Artículo 11 del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho es una institución con personeria jurídica de derecho pt1blico y goza de autonomía politica, económica y administrativa en los asuntos de su compelencia, con sujeción al ordenamiento legal vigente;

Que, de acuerdo a lo regulado en el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, los gobiernos locales promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales, lo cual se complementa con la finalidad del proceso de modernización de la gestión del Estado previsto en el Artículo 4 de la Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado - Ley Nº 27658, que persigue la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal. para lograr una mejor atención a la ciudadanfa, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, procurando alcanzar esencialmente un Estado al servicio de la ciudadanía;

Que, de confonnidad a lo previsto en el numeral 12 de la Nonna Técnica Peruana "NTP-ISO/lEC 17799:2007 EDl, aprobado con Resolución Ministerial Nº 246-2007-PCM, resulta necesario controlar los accesos a la infonnación existente en los aplicativos y sistemas informáticos de la Entidad, estableciéndose adecuados criterios de seguridad, en función a las políticas de distribución de la infonnación y de autorizaciones, estructurándose internamente lineamientos para tal fin, en función al ordenamiento legal de la materia;

Que, por medio del Memorándum Nº 239-2017-SGTI-GM/MDSJL de fecha 20 de diciembre de 2017, la Sub Gerencia de Tecnologías de la Información propone aprobar el instrumento que establece lineamientos para crear, activar, desactiva y cambiar el acceso de los usuarios de las aplicaciones o sistemas informáticos de la Entidad, con el fin procurar un adecuado control de accesos, que contribuirá al fortalecimiento de la infraestructura de Gobierno Electrónico, por considerar a la seguridad de la infonnación, como un componente importante para dicho objetivo, la misma que ha sido elaborada, modificada y adecuada en función al ordenamiento legal de la materia, según se colige de lo precisado por la Gerencia de Asesoría Jurídica, y Sub Gerencia de Desarrollo Institucional y Cooperación Nacional e Internacional, en su Informe Nº 035-2018-GAJ/MDSJL de fecha 29 de enero de 2018 e Informe Nº 013-2018-SGDICNI-GP/MDSJL de fecha 29 de enero de 2018, respectivamente, y;

Estando a lo dispuesto en el numeral 8 del Artículo 26 del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, y Artículo Primero de la Resolución de Alcaldía Nº 352-20l6-A/MDSJL de fecha 10 de marzo de 2016.

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR la Directiva Nº 001-2018-MDSJL, que regula la gestión de usuarios de las aplicaciones y sistemas informáticas en la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, que consta de ocho (8) numerales, dos (2) disposiciones complementarias y finales, y dos (2) anexos.

ARTÍCULO SEGUNDO.- DlSPONER a las unidades orgánicas de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho el estricto cumplimienlo del presente acto administrativo y Directiva Nº 001-2018/MDSJL, de acuerdo a sus competencias.

ARTÍCULO TERCERO.- ENCARGAR a la Secretaría de Comunicación e Imagen Institucional la publicación de la presente resolución y Directiva N" 001-2018/MDSJL en el portal institucional (www.munisjl.qob.pe).

REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE y CÚMPI.AS[

Sftle: Cmml: Jirón Los Am�uQS NO 180 Urfi,anración Untt • So1n J�n fó"óa' 4580509 / Fa,c 3762666 / www.mu"ósjl.qob.pe

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO • IK

DIRECTIVA Nº 001 -2018-MDSJL

DIRECTIVA QUE REGULA LA GESTIÓN DE USUARIOS DE LAS APLICACIONES INFORMÁTICAS EN LA MUNICIPALIDAD

DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO

APROBADO POR: RESOLUCIÓN DE GERENCIA MUNICIPAL Nº 008-2018-GM/MDSJL

ELABORADO POR

REVISADO Y VALIDADO

POR

APROBADO POR

ORGANO/ UNIDAD

SUBGERENCIA DE TECNOLOGÍAS DE LA

INFORMACIÓN

SUBGERENCIA DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Y

COOPERACIÓN NACIONAL E INTERNACIONAL

GERENCIA DE PLANIFICACIÓN

GERENCIA DE ASESORÍA JURÍDICA

GERENCIA MUNICIPAL

FIRMA Y SELLO

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liJ.A. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO��"" �� ---------------------------------------

INDICE

1. OBJETIVO ............................................................................................................................. 3

2. FINALIDAD ............................................................................................................................ 3

3. BASE LEGAL ........................................................................................................................ 3

4. ALCANCE ............................................................................................................................. 3

GLOSARIO DE TÉRMINOS .................................................................................................. 3

RESPONSABILIDAD ............................................................................................................ 4

DISPOSICIONES GENERALES ........................................................................................... 4

8. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS ......................................................................................... 5

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES .................................................................... 6

ANEXOS ........................................................................................................................................ 6

ANEXO 1: .............................................................................................................................. 7

ANEXO 11: ................................................ ....................................................... 8

DIRECTIVA QUE REGULA LA GESTIÓN DE USUARIOS DE LAS APLICACIONES INFORMATICAS EN LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL

DE SAN JUAN DE LURIGANCHO

• MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO

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DIRECTIVA Nº 001-2018-MDSJL

DIRECTIVA QUE REGULA LA GESTIÓN DE USUARIOS DE LAS APLICACIONES INFORMATICAS EN LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO

1. OBJETIVO

Establecer los lineamientos para la creación, activación, desactivación o cambios de

acceso de los usuarios de las aplicaciones informáticas utilizadas en la Municipalidad

Distrital de San Juan de Lurigancho (MDSJL).

FINALIDAD

Garantizar el control eficiente de los accesos a las diferentes aplicaciones informáticas

existentes en la Municipalidad, coadyuvando a la seguridad de la información.

BASE LEGAL

3.1 Constitución Política del Perú.

3.2 Ley Nº 27658.- Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado.

3.3 Ley Nº 27972.- Ley Orgánica de Municipalidades, y sus modificatorias.

3.4 Decreto Legislativo Nº 822, Ley sobre el Derecho de Autor.

3.5 Resolución de Contraloría General Nº 320-2006-CG, que aprueba las Normas de

Control Interno, que son de aplicación en las Entidades del Estado Peruano.

3.6 Resolución Ministerial N ° 041-2017-PCM, que aprueba la "NTP-ISO/IEC 12207:2016-

lngeniería de Software y Sistemas. Procesos del ciclo de vida del software. 3a

Edición".

3.7 Resolución Jefatura! Nº 276-2003/0DA-INDECOPI, Reglamento del Registro Nacional

del Derecho de Autor y Derechos Conexos.

3.8 Ordenanza Nº 345-MDSJL, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones

y la Estructura orgánica de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho, y

modificatorias.

ALCANCE

Las disposiciones consideradas en la presente directiva son de aplicación obligatoria para

todas las Gerencias, Secretarías, Procuraduría y Subgerencias de la MDSJL; y

fundamentalmente en la Subgerencia de Tecnologías de la Información (SGTI), como el

área directamente involucrada, que promueve su cumplimiento.

GLOSARIO DE TÉRMINOS

5.1 Aplicación Informática Es un tipo de Software que permite al usuario realizar uno o más tipos de trabajo en

cumplimiento de sus funciones.

5.2 Activación de cuenta de usuario Procedimiento realizado cuando la cuenta del usuario se encuentra desactivada y se

solicita nuevamente su puesta en marcha.

DIRECTIVA QUE REGULA LA GESTIÓN DE USUARIOS DE LAS APLICACIONES INFORMATICAS EN LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL

DE SAN JUAN DE LURIGANCHO

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5.3 Área

Para efectos de la presente directiva se considerarán áreas, a las Gerencias,

Secretarías, Procuraduría y Subgerencias que integran la MDSJL.

5.4 Cambio de nivel de acceso Procedimiento que se realiza cuando se requiere que el usuario posea un nivel

distinto de acceso (incrementar o disminuir opciones de acceso) del que actualmente

tiene en una determinada aplicación informática.

5.5 Contraseña (Password) Es la clave de acceso a la cuenta del usuario, creada por el mismo usuario, la cual le

permite acceder a una aplicación informática.

5.6 Cuenta de Usuario

Es una cuenta creada por la Subgerencia de Tecnologías de la Información (SGTI)

dentro de un aplicativo informático, a solicitud del funcionario encargado del área que

presenta tal necesidad.

Creación de cuenta de usuario Es la asignación de una cuenta de usuario a un nuevo operador que le permita

acceder a una aplicación informática.

Desactivación de cuenta de usuario Procedimiento realizado con el objeto de que una cuenta de usuario pierda

accesibilidad de ingreso a las aplicaciones informáticas.

Solicitante Es el funcionario encargado del área que efectúa la solicitud de creación, activación,

desactivación y/o cambio de nivel de acceso de una cuenta de usuario en una

aplicación informática.

5.1 O Usuario Es el trabajador de cualquier régimen laboral u operador que utiliza el sistema en

operación para llevar a cabo una función específica.

RESPONSABILIDADES

Deben cumplir lo dispuesto en la presente directiva, todas las Gerencias, Secretarías, Procuraduría y Subgerencias de la MDSJL que hagan uso de las aplicaciones informáticas.

6.2 El personal de la SGTI es quien gestiona la atención de las solicitudes de creación,

activación, desactivación y/o cambio de nivel de acceso a las aplicaciones

informáticas, llevando el control de estas.

6.3 El funcionario a cargo del área, es responsable del número de cuentas de usuarios

activos y de las opciones o accesos que estos tengan; de la misma manera tiene la

inmediata obligación de la desactivación de cuentas de usuarios.

6.4 El usuario es responsable de utilizar cuidadosamente la información que se encuentre

alojada en los aplicativos informáticos, empleándolo de acuerdo a los parámetros

otorgados y para los fines que le hayan sido delegados.

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DE SAN JUAN DE LURIGANCHO

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7. DISPOSICIONES GENERALES

7.1 La Subgerencia de Tecnologías de la Información brindará todas las herramientas

para que el funcionario a cargo del área pueda solicitar la lista de cuentas de usuarios

activos, sus niveles de acceso, etc., con la periodicidad que considere conveniente, a

fin de realizar el monitoreo, control y supervisión correspondiente.

7.2 Las solicitudes de acceso a las aplicaciones informáticas por parte de las áreas,

deben tener correspondencia a las funciones instituidas en el ROF vigente de la

Municipalidad, las cuales pueden incluir información que produzca otras áreas.

7.3 Es responsabilidad del Solicitante, el adecuado llenado del formato, señalando

información clara, correcta y veraz.

7.4 La SGTI deberá permitir el acceso del usuario ciñéndose a lo solicitado, a fin de

salvaguardar la demás información alojada en la aplicación informática.

7.5 La SGTI deberá contar con un registro de las solicitudes de creación, activación,

desactivación y/o cambios en el nivel de acceso de usuario, recepcionadas y/o

atendidas.

DISPOSICIONES ESPECÍFICAS

8.1 Solicitud de creación, activación, desactivación y/o cambios en el nivel de acceso de usuario en las aplicaciones informáticas.

8.1.1 Mediante el formato del Anexo 11 "Solicitud de Gestión de Usuario" de la

presente directiva, los funcionarios a cargo de las áreas deberán de realizar la

solicitud de creación, activación, desactivación y/o cambios en el nivel de

acceso de los usuarios bajo su cargo.

8.1.2 La solicitud mencionada en el inciso precedente debe ser atendida por la

Subgerencia de Tecnología de la Información (SGTI), con un plazo máximo de

tres (3) días hábiles de recibida la solicitud.

8.1.3 Dentro del formato indicado se debe señalar la motivación de la solicitud, de

acuerdo a la gestión que se requiera. A continuación se expone algunos

ejemplos de motivos relacionados a cada clase solicitud, pudiendo existir otras

motivaciones no contempladas:

• Para la creación de una nueva cuenta de usuario: Nuevo trabajador.• Para la activación de una cuenta de usuario: Retorno de vacaciones, de

descanso médico, de suspensión temporal, de licencia.• Para la desactivación de una cuenta de usuario: Por descanso físico

vacacional, suspensión temporal, descanso médico, licencia, asignación a

otra área, despido o renuncia del trabajo.• Para el cambio en el nivel de acceso del usuario: Cambio de puesto

laboral, aumento o disminución de funciones.

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DE SAN JUAN DE LURIGANCHO

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8.1.4 Para los casos de las solicitudes de creación de una cuenta de usuario,

adicionalmente a lo señalado en el numeral 8.1.1, se deberá presentar una

copia del DNI del operador.

8.1.5 Las solicitudes de desactivación de una cuenta de usuario debe ser requerida

el mismo día en que el encargado del área sea comunicado del descanso físico

vacacional, descanso médico, despido u otras causales de ausentamiento del

operador. a fin de evitar el uso indebido de las cuentas de usuario, pudiendo

generarse algún tipo de responsabilidad del funcionario.

8.1.6 Las solicitudes de Cambio de Nivel deben detallar el incremento o disminución

de accesos, frente a los accesos que el usuario posee. En el recuadro del

Anexo II se debe especificar ello, y en el espacio de Opciones de Acceso se

debe colocar que opciones se incrementan o disminuyen.

8.1.7 En vista de lo señalado en el inciso 7.2 de la presente directiva, las áreas

podrán utilizar la información producida por otras áreas en estricta relación a

sus competencias, en ese caso el formato del Anexo 11 deberá contener el visto

del responsable de la otra área en señal de conocimiento.

8.1.8 La SGTI comunicará al funcionario a cargo del área la atención de su solicitud,

mediante la emisión de un documento, en la que se podrá adjuntar un reporte

del sistema que dé cuenta de los nuevos parámetros de acceso de los usuarios

atendidos.

8.1.9 En caso los usuarios observen o detecten inconvenientes en el uso de las

aplicaciones informáticas, esto debe ser comunicado a la SGTI a través de un

documento. En ese caso la SGTI atenderá dicho pedido dentro de las 24

horas de recibida la comunicación.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

PRIMERO. Todo lo no previsto en la presente directiva se regirá por la normatividad vigente

sobre la materia que resulte aplicable, y/o será resuelto en coordinación con la Subgerencia de

Tecnologías de la Información.

SEGUNDO. El procedimiento expuesto en la presente directiva no es aplicable para las

solicitudes de acceso al SIGA- MEF, SIAF-MEF.

ANEXO 1

ANEXO 11

ANEXOS

: Flujograma: Procedimiento de Gestión de Usuario de las aplicaciones

informáticas.

: Formato de Solicitud de Gestión de Usuarios.

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DE SAN JUAN DE LURIGANCHO

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• MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO��

ANEXO 1 FLUJOGRAMA

Procedimiento de Gestión de Usuarios de las aplicaciones informáticas

Áreas (Funcionario/ Secretaria)

SGTI (Técnico/ Subgerente)

INICIO

Remite solicitud mediante anexo 11, para la creación, activación,

desactivación y/o cambios en el nivel de acceso del Usuario ;....-----+-----.i

Subsa� observaciones

identificadas en la Solicitud de l+----No--1---C:: Gestión de Usuarios

Revisa Solicitud

¿CONFORME?

Si

Atiende la solicitud

Recepciona 7 documento que da 1--------i-------;

cuenta de la atención

FIN

Emite documento que comunica la

atención de la solicitud, y dispone su derivación

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DE SAN JUAN DE LURIGANCHO

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ANEXO 11

FORMATO DE SOLICITUD DE GESTIÓN DE USUARIO

SOLICITUD DE GESTIÓN DE USUARIO N° XXX- 20XX-SGXX-GXX/MDSJL

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Dónde:

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(f)

Nombre y módulo de la Aplicación Informática a operar: Eje. SIGMUN/ Trámite Documentario. Apellidos y Nombres del trabajador u operador. Número de DNI del trabajador u operador. Marcar con una equis (x) el tipo de Solicitud. Mencionar el motivo de la operación. Señalar las opciones de acceso para cada usuario (Consulta. cobro, etc.)

firma

Sello

1 Para el trámite de creación de nueva cuenta de usuario, la presente solicitud debe ir acompañada de la copia del DNI del usuario.

2 La solicitud de cambio de nivel existen las opciones de "I" incrementar, o "D" disminuir accesos donde se debe marcar la opción correcta.

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