resoluciÓn de consejo de carrera nº 001/2015

3
UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN SIMÓN FACULTAD DE HUMANIDADES Y CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN CARRERA DE CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN COCHABAMBA – BOLIVIA RESOLUCIÓN DE CONSEJO DE CARRERA Nº 001/2015 Cochabamba, 06 de julio de 2015 VISTOS: La Resolución de Consejo Universitario 03/2015 del 12 de junio de 2015 en la que se establece la reanudación de las actividades académicas, sin perjuicio de los alumnos que acataron la huelga estudiantil. CONSIDERANDO: Que, el Artículo Noveno de la R.C.U. 03/2015 indica que las actividades académicas se reanudarán sin perjuicio de los alumnos que acataron la huelga estudiantil. Que, el Artículo Octavo de la R.C.U. instruye a la DPA la reprogramación del calendario académico. Que, la DPA ha realizado la reprogramación del calendario académico, estableciendo la reanudación de las actividades académicas del 29 de junio al 18 de septiembre de 2015. Que, la IV Conferencia Nacional Ordinaria de Universidades realizada el 26 de junio del 2015, en su Artículo 1º recomienda al cogobierno paritario docente estudiantil de San Simón, restablecer el orden institucional y normativo, cumpliendo las Resoluciones aprobadas en el XII congreso Nacional de Universidades, acatando y respetando la normativa interna. Que, el Artículo 2º de la IV Conferencia Nacional Ordinaria de Universidades, rechaza y condena toda conducta antiautonomista, cualquier forma de organización externa o interna paralela al cogobierno paritario docente estudiantil, estableciendo que cualquier acción de personas que atente contra la regularidad y normalidad institucional y de la dignidad de los miembros de la comunidad universitaria serán sometidos a proceso universitario. POR TANTO: EL HONORABLE CONSEJO DE CARRERA RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Viabilizar la conclusión de las actividades académicas la gestión 1/2015, dando cumplimiento a lo establecido en

Upload: marcelo-arancibia

Post on 11-Aug-2015

294 views

Category:

Education


3 download

TRANSCRIPT

Page 1: RESOLUCIÓN DE CONSEJO DE CARRERA Nº 001/2015

UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN SIMÓNFACULTAD DE HUMANIDADES Y CIENCIAS DE LA

EDUCACIÓNCARRERA DE CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN

COCHABAMBA – BOLIVIA

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DE CARRERA Nº 001/2015Cochabamba, 06 de julio de 2015

VISTOS:

La Resolución de Consejo Universitario 03/2015 del 12 de junio de 2015 en la que se establece la reanudación de las actividades académicas, sin perjuicio de los alumnos que acataron la huelga estudiantil.

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo Noveno de la R.C.U. 03/2015 indica que las actividades académicas se reanudarán sin perjuicio de los alumnos que acataron la huelga estudiantil.

Que, el Artículo Octavo de la R.C.U. instruye a la DPA la reprogramación del calendario académico.

Que, la DPA ha realizado la reprogramación del calendario académico, estableciendo la reanudación de las actividades académicas del 29 de junio al 18 de septiembre de 2015.

Que, la IV Conferencia Nacional Ordinaria de Universidades realizada el 26 de junio del 2015, en su Artículo 1º recomienda al cogobierno paritario docente estudiantil de San Simón, restablecer el orden institucional y normativo, cumpliendo las Resoluciones aprobadas en el XII congreso Nacional de Universidades, acatando y respetando la normativa interna.

Que, el Artículo 2º de la IV Conferencia Nacional Ordinaria de Universidades, rechaza y condena toda conducta antiautonomista, cualquier forma de organización externa o interna paralela al cogobierno paritario docente estudiantil, estableciendo que cualquier acción de personas que atente contra la regularidad y normalidad institucional y de la dignidad de los miembros de la comunidad universitaria serán sometidos a proceso universitario.

POR TANTO: EL HONORABLE CONSEJO DE CARRERARESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: Viabilizar la conclusión de las actividades académicas la gestión 1/2015, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo noveno de la Resolución del Consejo Universitario 03/2015 y a la reprogramación del calendario académico realizada por la DPA, según el siguiente detalle:

- 1 de julio Reinicio de actividades gestión I/2015.- 6 de agosto feriado nacional.- 10 al 17 de agosto segundos parciales.- 24 al 29 de agosto segundas mesas de examen.- 7 al 12 de septiembre exámenes finales.- 14 de septiembre feriado departamental.- 17 al 18 de septiembre exámenes de segunda instancia.- 18 de septiembre culminación actividades académicas gestión I/2015.

ARTÍCULO SEGUNDO: Los docentes que no interrumpieron sus clases y desarrollaron actividades académicas con regularidad, deben continuar el desarrollo de sus clases con los

Page 2: RESOLUCIÓN DE CONSEJO DE CARRERA Nº 001/2015

UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN SIMÓNFACULTAD DE HUMANIDADES Y CIENCIAS DE LA

EDUCACIÓNCARRERA DE CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN

COCHABAMBA – BOLIVIAestudiantes que acataron el paro estudiantil, que por decisión y demanda propia decidieron reanudar actividades académicas a fin de cumplir Artículo Noveno de la RCU 03/2015.

ARTÍCULO TERCERO: Los docentes que junto a los estudiantes que por decisión y demanda propia decidieron reanudar clases, deben ajustar sus actividades académicas al calendario académico reprogramado por la DPA, como establece el Artículo Primero de la presente resolución, dando cumplimiento a lo establecido en el Artículo Noveno de la RCU 03/2015, a fin de no perjudicar a los estudiantes que acatan el paro estudiantil.

ARTÍCULO CUARTO: Garantizar la validez de las actividades académicas, prácticas y procedimientos de evaluación (exámenes, trabajos prácticos, ensayos, exposiciones, entre otros.) que se desarrollan en la clases realizadas en espacios alternativos al campus central de las cuadras de la UMSS. ARTÍCULO QUINTO: Solicitar, al Honorable Consejo Facultativo refrendar la presente resolución.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

M.Sc. Marcelo Arancibia GuzmánDIRECTOR CARRERA DE CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN

El Original lleva sello y firma del Director de Carrera.