resolucion 446 conovatoria eleccion comite paritario...

12
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. SALUD RESOLUCIÓN No. 4 4 6 DEL 0 4 SEF 2018 "Por medio de la cual se convoca a elección de los representantes de los trabajadores al Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente periodo 2018-2020" LA GERENTE DE LA SUBRED INTEGRADA DE SERVICIOS DE SALUD CENTRO ORIENTE E.S.E. En ejercicio de sus facultades legales, en especial las establecidas por el artículo 7° del Decreto 139 de 1996, artículo 20 del Acuerdo 17 de 1997 del Concejo de Bogotá D.C., el Acuerdo 14 del 18 de Abril de 2018, expedido por la Junta Directiva de la Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente E.S.E., y Que el inciso 4 0 del Artículo 2° del Acuerdo No. 641 del 06 de abril de 2016, "Por el cual se efectúa la reorganización del Sector Salud de Bogotá, Distrito Capital, se modifica el Acuerdo 257 de 2006 y se expiden otras disposiciones", fusionó las siguientes Empresas Sociales del Estado Rafael Uribe Uribe, San Cristóbal, Centro Oriente, San Blas, La Victoria y Santa Clara en la Empresa Social del Estado denominada Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente E.S.E. Que el Gobierno estableció la obligatoriedad de los Comités Paritarios de Salud Ocupacional en el Artículo 25 del Decreto 614 de 1984, del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, definiendo: "En todas las empresas e instituciones públicas o privadas, se constituirá un comité de medicina, higiene y seguridad industrial, integrado por un número igual de representantes de los patronos y de los trabajadores cuya organización y fimcionamiento se regirá por la reglamentación especial que expiden conjuntamente los Ministerios de Salud, Trabajo y Seguridad Social." Que la Resolución No. 2013 de 1986 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, reglamentó y creó las flinciones del Comité Paritario de Salud Ocupacional en el artículos II y 12, estableciendo que: "La empresa que posea dos o más establecimientos de trabajo podrá conformar varios comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial para el cumplimiento de lo dispuesto en esta Resolución, uno por cada establecimiento, teniendo en cuenta su organización interna. Parágrafb: Cada Comité estará compuesto por representantes del empleador y los trabajadores según el articulo 2o. de esta Resolución, considerando como número total de trabajadores la suma de los trabajadores de la empresa en el respectivo municipio y municipios vecinos." sc?GOTÁ MEJOR PARA TODOS Diagonal 34 N°5-43 Código postal: 110311 Tel.: 3444484 Info: Linea 3649666

Upload: others

Post on 05-Oct-2020

4 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: RESOLUCION 446 CONOVATORIA ELECCION COMITE PARITARIO ...subredcentrooriente.gov.co/sites/default/files... · Que el artículo 2° de la Resolución No. 2013 de 1986 del Ministerio

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

SALUD

RESOLUCIÓN No. 4 4 6 DEL 0 4 SEF 2018

"Por medio de la cual se convoca a elección de los representantes de los trabajadores al Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Subred Integrada de Servicios de

Salud Centro Oriente periodo 2018-2020"

LA GERENTE DE LA SUBRED INTEGRADA DE SERVICIOS DE SALUD CENTRO ORIENTE E.S.E.

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las establecidas por el artículo 7° del Decreto 139 de 1996, artículo 20 del Acuerdo 17 de 1997 del Concejo de Bogotá D.C., el Acuerdo 14 del 18 de Abril de 2018, expedido por la Junta Directiva de la Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente

E.S.E., y

Que el inciso 40 del Artículo 2° del Acuerdo No. 641 del 06 de abril de 2016, "Por el cual se efectúa la reorganización del Sector Salud de Bogotá, Distrito Capital, se modifica el Acuerdo 257 de 2006 y se expiden otras disposiciones", fusionó las siguientes Empresas Sociales del Estado Rafael Uribe Uribe, San Cristóbal, Centro Oriente, San Blas, La Victoria y Santa Clara en la Empresa Social del Estado denominada Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente E.S.E.

Que el Gobierno estableció la obligatoriedad de los Comités Paritarios de Salud Ocupacional en el Artículo 25 del Decreto 614 de 1984, del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, definiendo:

"En todas las empresas e instituciones públicas o privadas, se constituirá un comité de medicina, higiene y seguridad industrial, integrado por un número igual de representantes de los patronos y de los trabajadores cuya organización y fimcionamiento se regirá por la reglamentación especial que expiden conjuntamente los Ministerios de Salud, Trabajo y Seguridad Social."

Que la Resolución No. 2013 de 1986 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, reglamentó y creó las flinciones del Comité Paritario de Salud Ocupacional en el artículos II y 12, estableciendo que:

"La empresa que posea dos o más establecimientos de trabajo podrá conformar varios comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial para el cumplimiento de lo dispuesto en esta Resolución, uno por cada establecimiento, teniendo en cuenta su organización interna. Parágrafb: Cada Comité estará compuesto por representantes del empleador y los trabajadores según el articulo 2o. de esta Resolución, considerando como número total de trabajadores la suma de los trabajadores de la empresa en el respectivo municipio y municipios vecinos."

sc?GOTÁ MEJOR PARA TODOS

Diagonal 34 N°5-43 Código postal: 110311 Tel.: 3444484 Info: Linea 3649666

Page 2: RESOLUCION 446 CONOVATORIA ELECCION COMITE PARITARIO ...subredcentrooriente.gov.co/sites/default/files... · Que el artículo 2° de la Resolución No. 2013 de 1986 del Ministerio

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

SALUD

RESOLUCIÓN No. 4 4 6 DEL 04 sEp 2018

"Por medio de la cual se convoca a elección de los representantes de los trabajadores al Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Subred Integrada de Servicios de

Salud Centro Oriente periodo 2018-2020"

Que el artículo 2° de la Resolución No. 2013 de 1986 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social respecto del número de integrantes definió que:

"Cada comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial estará compuesto por un número igual de representantes del empleador y de los trabajadores, con sus respectivos suplentes, así:

De 10 a 49 trabajadores, un representante por cada una de las partes. - De 50 a 499 trabajadores, dos representantes por cada una de las partes.

De 500 a 999 trabajadores, cuatro representantes por cada una de las partes. De 1000 o más trabajadores, cuatro representantes por cada una de las partes."

Que el artículo 63 del Decreto 1295 de 1994 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social cambió la denominación del comité paritario de medicina higiene y seguridad industrial por comité paritario de salud ocupacional y aumentó el periodo de los miembros a dos años.

Que el Artículo 2.2.4.6.12 del Decreto 1072 de 2015 del Ministerio del Trabajo por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo, definió que:

"El empleador debe mantener disponibles y debidamente actualizados entre otros, los siguientes documentos en relación con el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST: (...) 10. Los soportes de la convocatoria, elección y conformación del Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo y las actas de sus reuniones o la delegación del Vigía de Seguridad y Salud en el Trabajo y los soportes de sus actuaciones"

Que atendiendo al número de servidores públicos que existen en la Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente, el Comité Paritario de Seguridad en el Trabajo, estará compuesto por cuatro (4) representantes del empleador y cuatro (4) de los trabajadores, cada uno con su suplente, por lo cual se hace necesaria la designación y elección de los mismos, respectivamente, convocando a los servidores públicos de la planta de personal de la entidad, para que adelanten el proceso de elección o reelección de sus representantes para el periodo 2018-2020, a fin de adelantar las acciones propias de prevención en lo que respecta al Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Diagonal 34 Nº 5-43 Código postal: 110311 Tel.: 3444484 Info: Línea 3649666

_ BOGOTÁ MEJOR PARA TODOS

Page 3: RESOLUCION 446 CONOVATORIA ELECCION COMITE PARITARIO ...subredcentrooriente.gov.co/sites/default/files... · Que el artículo 2° de la Resolución No. 2013 de 1986 del Ministerio

MEJOR MEJOR

Diagonal 34 Nº 5-43 Código postal: 110311 Tel.: 3444484 Info: Linea 3649666

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

SALUD

-2•0,,a C.- o- ,ISE

RESOLUCIÓN No. / C". DEL 0 4 SEP 2018

"Por medio de la cual se convoca a elección de los representantes de los trabajadores al Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Subred Integrada de Servicios de

Salud Centro Oriente periodo 2018-2020"

Que mediante Resolución No. 891 del 19 de Diciembre de 2016 se declaró una elección y se designaron los representantes del empleador y se conformó el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente E.S.E para el periodo 2016 — 2018, finalizando su periodo el día 18 de Diciembre de 2018.

Que por finalizar el periodo del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, la Gerente de la Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente ESE., tiene el deber legal de convocar a elecciones, para determinar los servidores públicos que representaran a los empleados en dicho comité.

Que la convocatoria debe contener como mínimo la siguiente información:

Fecha y objeto de la convocatoria. Funciones del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo. Calidades que deben acreditar los aspirantes. Unidad o dependencia en la cual se inscribirán los candidatos. Requisitos para la inscripción y plazos para hacerla. Lugar, día y hora en que se abrirá y se cerrará la votación; y Lugar, día y hora en que se efectuará el escrutinio general y la declaración de la elección.

Que en mérito de lo anteriormente expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Convocatoria. Convocar a todos los empleados públicos que pertenezcan a la planta de personal de la Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente ESE, para la elección de sus ocho (8) representantes ante el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, la cual se llevará a cabo el día Cinco (5) de Octubre de 2018.

ARTICULO SEGUNDO.- Cronograma. El cronograma para fines de inscripción, publicación de candidatos y ejecución de la jornada electoral se establece así:

ETAPA

FECHA

Convocatoria

Del Sal 12 de Septiembre de 2018, inclusive.

PARA TODOS

Page 4: RESOLUCION 446 CONOVATORIA ELECCION COMITE PARITARIO ...subredcentrooriente.gov.co/sites/default/files... · Que el artículo 2° de la Resolución No. 2013 de 1986 del Ministerio

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

SALUD

de s•... -n-

RESOLUCIÓN No. 4 4 6. DEL 0 4 sEp 7319

"Por medio de la cual se convoca a elección de los representantes de los trabajadores al Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Subred Integrada de Servicios de

Salud Centro Oriente periodo 2018-2020"

ETAPA FECHA

Inscripción de los candidatos Del 5 al 14 de Septiembre de 2018, inclusive.

Validación de requisitos candidatos inscritos 17 de Septiembre de 2018

Publicación de candidatos inscritos 21 de Septiembre de 2018 Socialización de información sobre candidatos inscritos

Del 21 de Septiembre al 2 de Octubre de 2018

Publicación de lista general de votantes y Designación de jurados de votación

25 de Septiembre de 2018

Jornada de votación 5 de Octubre de 2018

Publicación de resultados 8 de Octubre de 2018

Presentación de reclamaciones 9 de Octubre de 2018 Respuesta a reclamaciones 11 de Octubre de 2018

Publicación definitiva de resultados 12 de Octubre de 2018

ARTÍCULO TERCERO.- Convocatoria e Inscripciones.- La convocatoria se publicará y estará a cargo de la Dirección Operativa de Talento Humano, y así mismo, la inscripción de los aspirantes deberá efectuarse a través de solicitud escrita por parte del interesado(a), presentada a la Directora Operativa de Talento Humano, radicada dentro del término previsto en la presente resolución, en la Sede Administrativa, ubicada en la Avenida Caracas No 33 A 11.

Parágrafo 1.- La solicitud de inscripción deberá contener por lo menos la siguiente información:

- Nombre y apellidos completos del candidato - Documento de Identidad

Foto tipo carnet Firma del candidato como garantía de seriedad de la inscripción.

Parágrafo 2.- Si dentro de dicho término no se inscribieren por lo menos ocho (8) candidatos o los inscritos no acreditaren los requisitos exigidos, los plazos iníciales se prorrogarán cinco días hábiles a fin de garantizar el número mínimo necesario.

Diagonal 34 N°5-43 Código postal: 110311 Tel.: 3444484 Info.: Línea 3649666

BOGOTÁ MEJOR PARA TODOS

Page 5: RESOLUCION 446 CONOVATORIA ELECCION COMITE PARITARIO ...subredcentrooriente.gov.co/sites/default/files... · Que el artículo 2° de la Resolución No. 2013 de 1986 del Ministerio

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

SALUD

$ubted Intairada SetaArlea

0 4 SER 2018 RESOLUCIÓN No. 4 4 6 . DEL

"Por medio de la cual se convoca a elección de los representantes de los trabajadores al Comité Paritario de Seguridady Salud en el Trabajo de la Subred Integrada de Servicios de

Salud Centro Oriente periodo 2018-2020"

ARTÍCULO CUARTO.- Validación de requisitos candidatos inscritos.- La validación de los requisitos de los candidatos inscritos estará a cargo del Jefe de Control Interno Disciplinario.

ARTÍCULO QUINTO.- Publicación de candidatos inscritos.- El día 21 de Septiembre de 2018 se divulgará ampliamente la lista de los inscritos que hubieren reunido los requisitos exigidos, en carteleras o los demás medios con los que cuenta la Subred para publicar información.

ARTÍCULO SEXTO.- Socialización de información sobre candidatos inscritos.- Entre el 21 de Septiembre y el 2 de Octubre los candidatos inscritos podrán realizar la socialización de su hoja de vida, con el fin de dar a conocer a los colaboradores de la Subred su perfil.

ARTÍCULO SEPTIMO.- Designación y Funciones de los Jurados.- Para efectos de la respectiva elección se ha dispuesto la designación de los jurados de votación, la cual se llevará a cabo el día 25 de Septiembre de 2018.

Parágrafo.- Corresponderá a los jurados de votación llevar a cabo las siguientes funciones:

Recibir y verificar los documentos y los elementos de la mesa de votación. Revisar que los mecanismos dispuestos para llevar la elección estén funcionando en óptimas

condiciones. Instalar la mesa de votación. Vigilar el proceso de votación. Verificar la identidad de los votantes. Realizar el escrutinio de los votos y consignar los resultados en el acta de escrutinio. Firmar las actas.

ARTÍCULO OCTAVO.- Lista General de Votantes.- Se publicará la lista general de votantes, el día 25 de Septiembre de 2018, con indicación del documento de identidad, por lo que cada trabajador podrá acercarse a ejercer su derecho en los puntos habilitados para tal fin.

ARTÍCULO NOVENO.- Jornada de Votación.- El proceso de elecciones deberá seguir las siguientes reglas:

A BoGOTA MEJOR

Diagonal 34 Nº 5-43 Código postal: 110311 Tel.: 3444484 Info: Línea 3649666

PARA TODOS

Page 6: RESOLUCION 446 CONOVATORIA ELECCION COMITE PARITARIO ...subredcentrooriente.gov.co/sites/default/files... · Que el artículo 2° de la Resolución No. 2013 de 1986 del Ministerio

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

SALUD

RESOLUCIÓN No. 4 6. DEL o 4 SEP -2019

"Por medio de la cual se convoca a elección de los representantes de los trabajadores al Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Subred Integrada de Servicios de

Salud Centro Oriente periodo 2018-2020"

Se establecen puntos o mesas de votación, en los cuales se dispondrá de la lista general de votantes con indicación del documento de identidad, por lo que cada servidor público podrá acercarse a ejercer su derecho al voto en los puntos habilitados para tal fin. Los jurados sufragarán en la mesa en la cual estén designados.

El día Cinco (5) de Octubre de 2018 se ubicarán en las siguientes Unidades de Servicios de Salud — USS, las correspondientes mesas de votación así:

MESA DE VOTACIÓN HORARIO DE VOTACIÓN USS PRIMERO DE MAYO Calle 22 Sur N° 8 A 58

Apertura: 7:30 am — Cierre: 3:00 pm

USS SAN JOSE OBRERO Cra 12 D N° 26 A 62 Sur

Apertura: 7:30 am — Cierre: 3:00 pm

USS OLAYA Cra 21 N° 22 - 51 Sur

Apertura: 6:30 am — Cierre: 3:00 pm

USS CHIRCALES Transv. 5 L Bis N°48 F 69 Sur

Apertura: 6:30 am — Cierre: 3:00 pm

USS PERSEVERANCIA Cra. 5N° 33 A 45

Apertura: 6:30 am —Cierre: 3:00 pm

USS JORGE ELIECER GAITÁN — Calle 6 N° 4 A 26 Este

Apertura: 6:30 am — Cierre: 3:00 pm

USS SAMPER MENDOZA Cra 23 N° 22 A 26

Apertura: 6:30 am — Cierre: 3:00 pm

USS SAN BLAS Transv. 5 Este N° 19 — 50 Sur

Apertura: 6:30 am —Cierre: 3:00 pm

USS LA VICTORIA Dg. 39 Sur N° 3-20 Este

Apertura: 6:30 am — Cierre: 3:00 pm

USS SANTA CLARA Cra. 14 B N° 1 — 45 Sur

Apertura: 6:30 am — Cierre: 3:00 pm

Urnas Móviles Bello Horizonte, Altamira, Alpes, Diana Turbay, San Jorge, Lomas, Bravo Páez, candelaria, la fayette, Laches, Cruces, Materno Infantil y CAPS Santa Clara.

Hora de Inicio 7:30 am — 3:00 pm

Diagonal 34 N°5-43 Código postal: 110311 Tel.: 3444484 101e: Línea 3649666

BOGOTÁ MEJOR PARA TODOS

Page 7: RESOLUCION 446 CONOVATORIA ELECCION COMITE PARITARIO ...subredcentrooriente.gov.co/sites/default/files... · Que el artículo 2° de la Resolución No. 2013 de 1986 del Ministerio

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

SALUD

Subeed lineprz da ale Servido* sarud Centro Ct..: E.S.E.

RESOLUCIÓN No. 4 4 6 DEL 0 4 SEP 2018

"Por medio de la cual se convoca a elección de los representantes de los trabajadores al Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Subred Integrada de Servicios de

Salud Centro Oriente periodo 2018-2020"

Se establecerá un formato único de voto, el cual se entregara en cada mesa de votación, de tal manera que no se aceptarán votos en formato distinto al previamente establecido.

La elección se efectuará por voto directo, en consecuencia el derecho a votar no es delegable, ni los electores pueden hacerse representar para el caso de sufragar.

El elector presentará al jurado su documento de identidad, el cual se confrontarán con la lista de sufragantes de la respectiva mesa.

Acto seguido el elector escogerá en la papeleta el nombre del candidato de su preferencia o voto en blanco.

Los electores sufragarán por un solo nombre, y los resultados de la elección se definirán por simple mayoría, adjudicándose las calidades de representante principal y suplente a quien tenga el mayor número de votos en orden descendente.

Una vez hubiere depositado el voto en la urna, el jurado hará el registro correspondiente.

Cerrada la votación, inmediatamente uno de los miembros del jurado leerá en voz alta el número total de sufragantes y se dejarán constancia en el acta de escrutinio y en el registro general de votantes.

Surtido el anterior trámite, la urna se abrirá públicamente y se contará uno a uno los votos en ella depositados sin desdoblarlos, si el número de ellos superare el número de empleados públicos que sufragaron, se introducirán de nuevo en la urna y se sacará al azar tantos votos cuantos sean los excedentes y sin desdoblarlos se destruirán en el acto. De tal evento se dejará constancia en el acta de escrutinio.

II. Para el caso de la Urna Móvil la apertura y conteo de la votación se realizará en la Sede Administrativa de la 33 en presencia del jurado de la urna y de la Directora Operativa de Talento Humano.

12. Los jurados procederán a hacer el escrutinio ya anotar en la correspondiente acta lo siguiente:

Número de sufragantes. Número de votos totales.

BOGOTÁ MEJOR PARA TODOS

Diagonal 34 N°5-43 Código postal: 110311 Tel.: 3444484 Info: Linea 3649666

Page 8: RESOLUCION 446 CONOVATORIA ELECCION COMITE PARITARIO ...subredcentrooriente.gov.co/sites/default/files... · Que el artículo 2° de la Resolución No. 2013 de 1986 del Ministerio

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

SALUD

'it:Ittr 0=441

RESOLUCIÓN No. 44 n DEL 0 4 su. 27,17

"Por medio de la cual se convoca a elección de los representantes de los trabajadores al Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Subred Integrada de Servicios de

Salud Centro Oriente periodo 2018-2020"

Número de votos válidos. Número de votos nulos. Número de votos por cada candidato. Número de votos en blanco. Número de votos anulados.

Del acta de escrutinio se extenderá un (1) ejemplar que deberá ser firmado por los jurados, anotando en ella las observaciones que consideren pertinentes.

Para el efecto del cómputo de votos, el jurado sólo tendrá en cuenta los que permitan identificar claramente la voluntad del votante. Por lo tanto, los votos que contengan el nombre de más de un candidato o aquellos en los cuales aparezca ilegible serán considerados como nulos y no serán computados.

Una vez terminado el escrutinio, se leerá el resultado en voz alta y se introducirán en un sobre los votos y demás documentos utilizados durante la votación. sellándolo.

Acto seguido los jurados deberán reunirse en la Sede Administrativa de la Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente ESE ubicada en la Avenida Caracas No 33 A 11, para realizar el acta final de consolidado de la jornada de votación, la cual se realizará en presencia del Subgerente Corporativo, Directora Operativa de Talento Humano y Jefe de Oficina de Gestión Pública y Autocontrol o a quien se delegue.

ARTÍCULO DECIMO. - Reclamaciones: Los candidatos podrán presentar reclamaciones por escrito, las cuales serán resueltas por la Directora Operativo de Talento Humano o quien haga sus veces, en la fecha prevista en la presente resolución. Resuelta las reclamaciones o solicitudes, el Subgerente Corporativo o quien haga sus veces publicará los resultados de las votaciones.

ARTÍCULO DECIMO PRIMERO.- Elección de representantes de los trabajadores ante el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo. Serán elegidos como representantes de los trabajadores ante el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo los candidatos que obtengan mayoría de votos en estricto orden. Como suplentes serán elegidos los que obtengan el quinto, sexto, séptimo y octavo lugar, quienes en su orden reemplazarán a los principales.

Diagonal 34 N°5-43 Código postal: 110311 Tel.: 3444484 Info: línea 3649666 MEJOR MEJOR

PARA TODOS

_

-

Page 9: RESOLUCION 446 CONOVATORIA ELECCION COMITE PARITARIO ...subredcentrooriente.gov.co/sites/default/files... · Que el artículo 2° de la Resolución No. 2013 de 1986 del Ministerio

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

SALUD u e,- • f. K a • - ce- o t• 's. E-

RESOLUCIÓN No. 4 4 6 DEL 04 SEF 2016

"Por medio de la cual se convoca a elección de los representantes de los trabajadores al Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Subred Integrada de Servicios de

Salud Centro Oriente periodo 2018-2020"

PARÁGRAFO: En caso de existir empate entre los aspirantes este se resolverá al azar mediante balota.

ARTICULO DECIMO SEGUNDO.- Periodo de vigencia del Comité. Los representantes de los trabajadores ante el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo serán elegidos para un periodo de dos (2) años, al cabo de los cuales podrán ser reelegidos. El periodo se contará a partir de la fecha de la comunicación de la elección de la fecha de la comunicación de la elección.

PARÁGRAFO 1°: El empleador designará anualmente al presidente del comité de los representantes que él designa y el comité en pleno elegirá al secretario de entre la totalidad de sus miembros.

PARÁGRAFO 2°: Las faltas temporales de los representantes de los empleados en el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo serán llenadas por los suplentes. En caso de falta absoluta de un representante de los empleados, el suplente asumirá tal calidad hasta el final del período.

ARTÍCULO DECIMO TERCERO. Publicidad. La presente Resolución deberá ser publicada en los diferentes medios de comunicación de la entidad y demás sitios de trabajo, para el conocimiento de todos los empleados públicos de la Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente ESE.

ARTÍCULO DECIMO CUARTO.- Conforme a lo establecido por el Artículo 11 de la Resolución 2013 de 1986, son funciones del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente ESE, las siguientes:

Proponer a la administración la adopción de medidas y el desarrollo de actividades que procuren y mantengan la salud en los lugares y ambientes de trabajo.

Proponer y participar en actividades de capacitación enfocadas en la prevención de riesgos Colaborar con los funcionarios de entidades gubernamentales de seguridad y salud en el trabajo en

las actividades que éstos adelanten en la entidad y recibir por derecho propio los informes correspondientes.

Vigilar el desarrollo de las actividades que en materia de medicina, higiene y seguridad industrial debe realizar la empresa de acuerdo con el Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial y las normas vigentes; promover su divulgación y observancia.

Colaborar en el análisis de las causas de los accidentes de trabajo y enfermedades laborales y proponer al empleador las medidas correctivas a que haya lugar para evitar su ocurrencia.

Diagonal 34 N°5-43 Código postal: 110311 Tel.: 3444484 loto: Línea 3649666

a.

9C?GOTA ,d MEJOR PARA TODOS

Page 10: RESOLUCION 446 CONOVATORIA ELECCION COMITE PARITARIO ...subredcentrooriente.gov.co/sites/default/files... · Que el artículo 2° de la Resolución No. 2013 de 1986 del Ministerio

ALCALDIA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

SALUD

RESOLUCIÓN No. 4 4 6 DEL.0 4 SE (7(7 Ir'

"Por medio de la cual se convoca a elección de los representantes de los trabajadores al Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Subred Integrada de Servicios de

Salud Centro Oriente periodo 2018-2020"

Evaluar los programas que se hayan realizado. Visitar periódicamente los lugares de trabajo e inspeccionar los ambientes, máquinas, equipos,

aparatos y las operaciones realizadas por el personal de trabajadores en cada área o servicio e informar al empleador sobre la existencia de factores de riesgo y sugerir las medidas correctivas y de control.

Estudiar y considerar las sugerencias que presenten los trabajadores, en materia de medicina, higiene y seguridad industrial.

Servir como organismo de coordinación entre empleador y los trabajadores en la solución de los problemas relativos a la seguridad y salud en el trabajo. Tramitar los reclamos de los trabajadores relacionados con la Seguridad y salud en el trabajo.

Solicitar periódicamente los informes sobre accidentalidad y enfermedades laborales con el objeto de dar cumplimiento a lo estipulado en la presente resolución.

Elegir al secretario del comité. I) Mantener un archivo de las actas de cada reunión y demás actividades que se desarrollen, el cual estará en cualquier momento a disposición del empleador, los trabajadores y las autoridades competentes. m) Las demás funciones que le señalen las normas vigentes

Son funciones del Presidente del Comité:

Presidir y orientar las reuniones en forma dinámica y eficaz. Llevar a cabo los arreglos necesarios para determinar el lugar de las reuniones. Notificar por escrito a los miembros del Comité sobre convocatoria a las reuniones por lo menos

una vez al mes. Preparar los temas que van a tratarse en cada reunión. Tramitar ante la administración de la empresa de las recomendaciones aprobadas en el seno del

Comité y darle a conocer todas sus actividades. O Coordinar todo lo necesario para la buena marcha del comité e informar a los trabajadores de la empresa acerca de las actividades del mismo.

Son funciones del Secretario.

Verificar la asistencia de los miembros del comité a las reuniones programadas. Tomar nota de los temas tratados, elaborar el acta de cada reunión y someterla a la discusión y

aprobación del comité.

Diagonal 34 N° 5-43 Código postal: 110311 Tel.: 3444484 pito: Línea 3649666

BoGOTA. MEJOR PARA TODOS

Page 11: RESOLUCION 446 CONOVATORIA ELECCION COMITE PARITARIO ...subredcentrooriente.gov.co/sites/default/files... · Que el artículo 2° de la Resolución No. 2013 de 1986 del Ministerio

COMUNIQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.0

TITIA YÓLAND Gereite

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

SALUD

RESOLUCIÓN No. 446V DEL 0 4 SEP 2018

"Por medio de la cual se convoca a elección de los representantes de los trabajadores al Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Subred Integrada de Servicios de

Salud Centro Oriente periodo 2018-2020"

c) Llevar el archivo referente a las actividades desarrolladas por el Comité y suministrar toda la información que requieran el empleador y los trabajadores.

Parágrafo.- El comité se reunirá por lo menos una vez al mes en local de la empresa y durante el horario de trabajo.

ARTÍCULO DECIMO QUINTO.- Vigencia y derogatorias.- La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

Revisó:

Elaboró.

Martha Isabel Delgado Delgado — Asesora Gerenciir/ Kemer Ramírez Cárdenas — Subgerente Corporativo Mónica Adriana Flórez Bonilla — Directora Operativa Tal to Flumandly‘ - Dia Rentería Palacios — Profesional Universitario t

Diagonal 34 N°5-43 Código postal: 110311 Tel.: 3444484 Info: Línea 3649666

GOTÁ MEJOR PARA TODOS

Page 12: RESOLUCION 446 CONOVATORIA ELECCION COMITE PARITARIO ...subredcentrooriente.gov.co/sites/default/files... · Que el artículo 2° de la Resolución No. 2013 de 1986 del Ministerio