resolucion 191 de 1984 (funciones correspondientes al titulo de arq. estructural)

1
2 Gaceta Oficial, viernes 10 de febrero de 1984 N ° 19.994 i ii i iii GACETA OFICIAL ORGANO DEL ESTADO DIRECTOR: HUMBERTO SPAJDAFORA PIN~LLA OFICINA: Editora RenovaciÓn, S. A. Vla Fernández de Córdoba (Vista Hermosa) Teléfono 61-7894 Apartado Postal B-4 Panam.~ 9-A República de Panamá. LEYES, AVISOS, EOICTOS Y OTRAS PUBLICACIONES NUMERO SUELTO: B.0.25 MATILDE DUI=AU DE LEON S~xllrectora LUIS GABIRIEL BOUTIN PEitEZ Aalsteate al Director Subscripciones en la Dirección General de Ingre~os IMPORTE DE LAS SUSCRIPCIONES: MJnima: 6 meses. En Ic~ República: B 18.00 E,~el Exterior B.18.00 más porte aéreo Un año en la República: 6.36.00 En el Exterio,: 8.36.00 más porte aéreo Todo pago adelantado ) MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS REGLAMEN TASE LAS FUNCIONESCORRESPONDIENTES AL TITULO DE ARQUITECTO RESOLUCION No. 191 PANA/HA, Ii DE ENERO DE 1984 Por medio de la cual se reglamenta las funciones correspondientes al t~tulo de: ARQUITECTO ESTRUCTURAL L~:JUNTA TECNICA D~ iNGE~IE- RIA Y ARQUITECTURA CONSIDERANDO: 1- Que corresponde a la Junta 2éc- nica de IngenierIa y Arquitectura, ba- s~~ndose en la Ley 15 de 1959, refor- mada por la Ley 53 de 1963, expedir el Certificado de Idoneidad para ejer- cer las profesiones de Ingeniero, Ar- quitecto y las actividades de los Téc- nicos Afines, reglamentando las fun- cioaes correspondientes: 2. Que el desarrollo ~ecnológico en el campo de la INGENIERIA exige la reglamentacién de las especialidades correspondientes a los títulos de di- chas profesiones; 31 Que los conocimientos académicos y. t~cnicos necesarios para lograr el tItulo de ARQUITECTO ESTRUCTU- RAL, capacitan a su poseedor parade- sempeñar una actividad especial den- tro de la profesión de Arquitectura y de la Ingeniería. RESUELVE. A. Reglamentar, como en efecto re- ., t’~ glamenta, la profesmn de ARQUITE.~- TO ESTRUCTURAL, como una esPecia- lización de la Lngeniería y de la Ar- quitectura, conforme se dispone en la S Presente resolucion. ESTRUCTU RAL B. ARQUITECTO ~sr%:cr~R~ Es el Profesional con ampnaiooneíæ dad, técnica, social y artística capaz de diseñar, coordinar y realizar las so- luciones m~ts adecuadas para la vivien- da del hombre, sus lugares de recreo o centros de enseñanza, de trabajo y de servicios sociales, atendiendo siempre el bienestar colectivo, a la estabilidad y seguridad de las construcciones, al respeto a la personalidad y al logro de las concepciones de utilidad funcio- nal. C: EL ARQUITECTO ESTRUCtU- RAL, legalmente autorizado para el e- jercicio de la profesión está habilítade para realizar lo siguiente: 1. Elaborar proyectos, planos ar- quttect6nicos,y especificaciones para la construccion de toda clase de edi- ficios. 7. Ejercer cualquier otra/unción ci~e Por su car~cter o por los conocimien- tos especiales que requiera, sea pri- c vativa del ARQUITE ~TO ESTRUCTU- RAL. D. El Arquitecto Estructural deberfi contar con la cooDeración de los pro- fesionales de las distintas especiali- zaciones de la Ingeniería, cuando la naturaleza de la obra así lo exija. FUNDAMENTO DE D[~ :ECHO: Ley 15 de 26 de enero de 1959, reformadapor la Ley 53 de 1963y sus Decretos Re- glamen~arios. EstaResolución comenzar~ a regir a partir de su promulgación en la Ga- ceta Oficial. Dada en la ciudad de Panamft, a los ONCE (11) días del mes de enero 1984. 2. Planear, proyectar, organizar, dirigir, inspeccionar, fiscalizar, eje- cutarj reparar, presupuestar y conser- var las obras siguientes: a) Edificios de todas clases b) Monumentos, parques, plazas jardines c) Decoración interior y exterior de toda clase de edificios. 3. Diseñar y calcular la estructura de edificios de todas clases. 4, Proyectar y dirigir los a.s~ectos arquitect5nicos de la PlanificacionUr- baua. 5. Elaborar y emitir los informes, aval~os y peritajes en todo lo concer- niente a la profesión de ARQUITECTO ESTRUCTURAL. 6. Profesar en los centros de ense- ñanza las materias propias de la pro- lesión de ARQUITECTO ESTRUCTU- RAL de acuerdo con lo establecido por la Ley Orglnica del Ministerio de E- ducacién y el Estatuto Universitario. PUBLIQUESE Y CUMPLASE fNG. ARNULFO HO Presidente ARQ. JORGE RODRiGUEZ MORENO Secretario General y Representante del Colegio de Arquitectos de la SPIA. ][NO. MANUEL QUINTERO Representante del Colegio de Ingenieros Civiles-SPIA ARQ. JOSE NL BURGOS Representante de la Facultad de Arquitectura de la Universidad de Panamfi ING. RAFAEI~ PEARSON Representante del ColegioCIEMí DE LA SPIA ING. JORGE A. LORE Representante del Ministerio de Obras l~bli cas ING. HEC t~OR MONTEMAYOR Representante de la Universidad TecnolÓgica de Panam~

Upload: wei-keng-cheuk-lee

Post on 11-Nov-2015

76 views

Category:

Documents


1 download

DESCRIPTION

Resolucion 191 de la Junta Tecnica de Ingenieria y Arquitectura

TRANSCRIPT

  • 2 Gaceta Oficial, viernes 10 de febrero de 1984 N 19.994i ii i iii

    GACETA OFICIALORGANO DEL ESTADO

    DIRECTOR:HUMBERTO SPAJDAFORA

    PIN~LLAOFICINA:

    Editora Renovacin, S. A. Vla Fernndez de Crdoba(Vista Hermosa) Telfono 61-7894 Apartado Postal B-4Panam.~ 9-A Repblica de Panam.

    LEYES, AVISOS, EOICTOS Y OTRAS PUBLICACIONES

    NUMERO SUELTO: B.0.25

    MATILDE DUI=AU DE LEONS~xllrectora

    LUIS GABIRIEL BOUTIN PEitEZAalsteate al Director

    Subscripciones en laDireccin General de Ingre~os

    IMPORTE DE LAS SUSCRIPCIONES:MJnima: 6 meses. En Ic~ Repblica: B 18.00

    E,~ el Exterior B.18.00 ms porte areo Un ao en la Repblica: 6.36.00En el Exterio,: 8.36.00 ms porte areo

    Todo pago adelantado )

    MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

    REGLAMEN TASE LAS FUNCIONES CORRESPONDIENTES AL TITULO DE ARQUITECTO

    RESOLUCION No. 191

    PANA/HA, Ii DE ENERO DE 1984

    Por medio de la cual se reglamentalas funciones correspondientes al t~tulode:

    ARQUITECTO ESTRUCTURALL~:JUNTA TECNICA D~ iNGE~IE-

    RIA Y ARQUITECTURACONSIDERANDO:

    1- Que corresponde a la Junta 2c-nica de IngenierIa y Arquitectura, ba-s~~ndose en la Ley 15 de 1959, refor-mada por la Ley 53 de 1963, expedirel Certificado de Idoneidad para ejer-cer las profesiones de Ingeniero, Ar-quitecto y las actividades de los Tc-nicos Afines, reglamentando las fun-cioaes correspondientes:

    2. Que el desarrollo ~ecnolgico enel campo de la INGENIERIA exige lareglamentacin de las especialidadescorrespondientes a los ttulos de di-chas profesiones;

    31 Que los conocimientos acadmicosy. t~cnicos necesarios para lograr eltItulo de ARQUITECTO ESTRUCTU-RAL, capacitan a su poseedor parade-sempear una actividad especial den-tro de la profesin de Arquitectura yde la Ingeniera.

    RESUELVE.A. Reglamentar, como en efecto re-

    ., t~glamenta, la profesmn de ARQUITE.~-TO ESTRUCTURAL, como una esPecia-lizacin de la Lngeniera y de la Ar-quitectura, conforme se dispone en laSPresente resolucion.

    ESTRUCTU RAL

    B. ARQUITECTO ~sr%:cr~R~Es el Profesional con ampna ioone

    dad, tcnica, social y artstica capazde disear, coordinar y realizar las so-luciones m~ts adecuadas para la vivien-da del hombre, sus lugares de recreo ocentros de enseanza, de trabajo y deservicios sociales, atendiendo siempreel bienestar colectivo, a la estabilidady seguridad de las construcciones, alrespeto a la personalidad y al logrode las concepciones de utilidad funcio-nal.

    C: EL ARQUITECTO ESTRUCtU-RAL, legalmente autorizado para el e-jercicio de la profesin est habiltadepara realizar lo siguiente:

    1. Elaborar proyectos, planos ar-quttect6nicos,y especificaciones parala construccion de toda clase de edi-ficios.

    7. Ejercer cualquier otra/uncin ci~ePor su car~cter o por los conocimien-tos especiales que requiera, sea pri-

    cvativa del ARQUITE ~TO ESTRUCTU-RAL.

    D. El Arquitecto Estructural deberficontar con la cooDeracin de los pro-fesionales de las distintas especiali-zaciones de la Ingeniera, cuando lanaturaleza de la obra as lo exija.FUNDAMENTO DE D[~ :ECHO: Ley 15de 26 de enero de 1959, reformadaporla Ley 53 de 1963 y sus Decretos Re-glamen~arios.Esta Resolucin comenzar~ a regir

    a partir de su promulgacin en la Ga-ceta Oficial.

    Dada en la ciudad de Panamft, a losONCE (11) das del mes de enero 1984.

    2. Planear, proyectar, organizar,dirigir, inspeccionar, fiscalizar, eje-cutarj reparar, presupuestar y conser-var las obras siguientes:

    a) Edificios de todas clasesb) Monumentos, parques, plazas

    jardinesc) Decoracin interior y exterior de

    toda clase de edificios.3. Disear y calcular la estructura

    de edificios de todas clases.4, Proyectar y dirigir los a.s~ectos

    arquitect5nicos de la PlanificacionUr-baua.

    5. Elaborar y emitir los informes,aval~os y peritajes en todo lo concer-niente a la profesin de ARQUITECTOESTRUCTURAL.

    6. Profesar en los centros de ense-anza las materias propias de la pro-lesin de ARQUITECTO ESTRUCTU-RAL de acuerdo con lo establecido porla Ley Orglnica del Ministerio de E-ducacin y el Estatuto Universitario.

    PUBLIQUESE Y CUMPLASEfNG. ARNULFO HOPresidente

    ARQ. JORGE RODRiGUEZ MORENOSecretario General y Representantedel Colegio de Arquitectos de la SPIA.][NO. MANUEL QUINTERORepresentante del Colegio deIngenieros Civiles-SPIAARQ. JOSE NL BURGOSRepresentante de la Facultad deArquitectura de la Universidad dePanamfiING. RAFAEI~ PEARSONRepresentante del Colegio CIEMDE LA SPIA

    ING. JORGE A. LORERepresentante del Ministerio deObras l~bli casING. HEC t~OR MONTEMAYORRepresentante de la UniversidadTecnolgica de Panam~