resolucio

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MUNICIPIO DE CONSACA CENTRO DE SALUD CONSACÁ E.S.E. Empresa Social Del Estado NIT. 814.006.732-3 RESOLUCION No. 81 (9 de SEPTIEMBRE de 2013) Por la cual se ordena un proceso de contratación EL GERENTE DEL CENTRO DE SALUD DE CONSACA ESE En ejercicio de sus atribuciones legales y reglamentarias, en especial las conferidas por el Estatuto de Contratación de la ESE, el artículo 16 del decreto 1876 de 1994, y CONSIDERANDO Que el objeto del CENTRO DE SALUD DE CONSACA ESE es la prestación de servicios de salud. En desarrollo de este objeto ejecuta programas, proyectos y actividades de prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación, con plena observancia de los principios de calidad. Que el CENTRO DE SALUD DE CONSACA ESE, para el desarrollo de su misión institucional, debe contar con una planta física que le permita ofrecer servicios, con oportunidad, eficiencia y eficacia Que el CENTRO DE SALUD DE CONSACA ESE adoptó su propio Estatuto de Contratación, mediante Acuerdos de Junta Directiva.(acuerdo 011 de 201o y 014 de 2012) Que el inmediatamente referido Acuerdo de Junta Directiva, faculta al Gerente del CENTRO DE SALUD DE CONSACA ESE, a celebrar contratos con personas naturales o jurídicas, ajustándose al derecho privado.

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Page 1: Resolucio

MUNICIPIO DE CONSACACENTRO DE SALUD CONSACÁ E.S.E.

Empresa Social Del EstadoNIT. 814.006.732-3

RESOLUCION No. 81

(9 de SEPTIEMBRE de 2013)Por la cual se ordena un proceso de contratación

EL GERENTE DEL CENTRO DE SALUD DE CONSACA ESE

En ejercicio de sus atribuciones legales y reglamentarias, en especial las conferidas por el Estatuto de Contratación de la ESE, el artículo 16 del decreto 1876 de 1994, y

CONSIDERANDO

Que el objeto del CENTRO DE SALUD DE CONSACA ESE es la prestación de servicios de salud. En desarrollo de este objeto ejecuta programas, proyectos y actividades de prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación, con plena observancia de los principios de calidad.

Que el CENTRO DE SALUD DE CONSACA ESE, para el desarrollo de su misión institucional, debe contar con una planta física que le permita ofrecer servicios, con oportunidad, eficiencia y eficacia

Que el CENTRO DE SALUD DE CONSACA ESE adoptó su propio Estatuto de Contratación, mediante Acuerdos de Junta Directiva.(acuerdo 011 de 201o y 014 de 2012)

Que el inmediatamente referido Acuerdo de Junta Directiva, faculta al Gerente del CENTRO DE SALUD DE CONSACA ESE, a celebrar contratos con personas naturales o jurídicas, ajustándose al derecho privado.

Que se ha presentado el proyecto de “CONSTRUCCIÓN DEL ÁREA DE SERVICIO FARMACÉUTICO DEL CENTRO DE SALUD CONSACÁ E.S.E. donde claramente se tiene definido la necesidad de adelantar las obras que conduzcan a tal fin.

Que es deber del Gerente del CENTRO DE SALUD DE CONSACA ESE, convocar a las Veedurías Populares a fin de que se ejerza el correspondiente control social.

Que existe la suficiente disponibilidad para atender los compromisos que se deriven del proceso de contratación.

Por lo anterior,

Page 2: Resolucio

MUNICIPIO DE CONSACACENTRO DE SALUD CONSACÁ E.S.E.

Empresa Social Del EstadoNIT. 814.006.732-3

RESUELVE

ARTICULO 1. Ordenar la iniciación del proceso de contratación por CONVOCATÓRIA CERRADA No 01-2013, cuyo objeto es la Obra de “CONSTRUCCIÓN DEL ÁREA DE SERVICIO FARMACÉUTICO DEL CENTRO DE SALUD CONSACÁ E.S.E”. ARTICULO 2. adóptase los Términos de Referencia, que para el efecto se han

diseñado.

ARTICULO 3. Comuníquese a la Subgerencia Administrativa y Financiera, para lo de su competencia.

ARTICULO 4. Convóquese a las Veedurías Populares, para hacer seguimiento al proceso y construcción de la obra.

ARTICULO 5. Los gastos que se deriven de la contratación serán imputados al rubro: “Gastos de Inversión” Código 2.3, “Infraestructura”, Código 2.3.01, “Construcción Infraestructura Propia del Sector” código 2.3.01.01.01., Hospitales, centros de salud y puestos de salud Código 2.3.01.01.01.53 del presupuesto de gastos del Centro de Salud de Consacá ESE, para la vigencia fiscal de 2013

ARTICULO 6. La presente resolución, rige a partir de la fecha de su expedición.

Consacá, 9 de septiembre de 2013

PUBLIQUESE, COMUNÍQUESE Y CUMPLASE

LUIS ALBERTO DIAZ PASICHANAGerente