resoluciÓn nÚmero st 0495 24 jun 2020

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REPUBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DEL INTERIOR DIRECCIÓN DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE CONSULTA PREVIA RESOLUCIÓN NÚMERO ST 0495 DE 24 JUN 2020 Sobre la procedencia o no de la consulta previa con comunidades étnicas para proyectos, obras o actividades”. EL SUBDIRECTOR TÉCNICO (E) DE LA DIRECCIÓN DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE CONSULTA PREVIA En ejercicio de las facultades legales y reglamentarias en especial, las conferidas en el artículo 16 A del numeral 1 del Decreto 2353 de 2019 y la Resolución 0302 de 6 de marzo de 2020, Acta de Posesión de 9 de marzo de 2020 y Resolución No. 0623 del 8 de junio de 2020 y, CONSIDERANDO: Página 1 de 1 DANCP Que mediante el Decreto Ley 2893 de 2011, modificado por los Decretos 1140 de 2018 y 2353 de 2019, se modificaron los objetivos, la estructura orgánica y funciones del Ministerio del Interior y se integra el Sector Administrativo del Interior. Que mediante el Decreto 2353 de 2019, se creó la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa, y las Subdirecciones Técnica de Consulta Previa, de Gestión de Consulta Previa y Corporativa. Que el numeral 1º del artículo 16 A del citado decreto, le asignó a la Subdirección Técnica de Consulta Previa de la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa, la función de “Determinar la procedencia y oportunidad de la consulta previa para la adopción de medidas administrativas y legislativas y la ejecución de los proyectos, obras, o actividades, de acuerdo con el criterio de afectación directa, y con fundamento en los estudios jurídicos, cartográficos, geográficos o espaciales que se requieran”. Que en consideración con los antecedentes normativos descritos, por medio del presente acto administrativo, se procederá a desarrollar el análisis de procedencia de la consulta previa para el caso en concreto. Que se recibió en el Ministerio del Interior el día 04 de junio de 2020, el oficio con radicado externo EXTMI2020-19139, por medio del cual el señor OMAR EDGARDO ARANGO MONSALVE, identificado con cédula de ciudadanía No. 13.850.105, en calidad de Apoderado General de la empresa ECOPETROL S.A. con Nit No. 899999068-1, solicita a esta Dirección se pronuncie sobre la procedencia de la consulta previa con comunidades étnicas para el proyecto: SÍSMICA VMM-6 WEST 3D”, localizado en jurisdicción de los municipios de Cimitarra y Puerto Parra, en el departamento de Santander, identificado con las siguientes coordenadas: MAGNA SIRGAS BOGOTÁ VÉRTICE X Y 1 1019835,81 1232682,64 2 1022377,51 1230840,99 3 1025661,80 1228961,09 4 1026640,27 1226458,04 5 1022276,73 1219793,80

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Page 1: RESOLUCIÓN NÚMERO ST 0495 24 JUN 2020

REPUBLICA DE COLOMBIA

MINISTERIO DEL INTERIOR

DIRECCIÓN DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE CONSULTA PREVIA

RESOLUCIÓN NÚMERO ST – 0495 DE 24 JUN 2020

“Sobre la procedencia o no de la consulta previa con comunidades étnicas para proyectos, obras o actividades”.

EL SUBDIRECTOR TÉCNICO (E) DE LA DIRECCIÓN DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE CONSULTA PREVIA

En ejercicio de las facultades legales y reglamentarias en especial, las conferidas en el

artículo 16 A del numeral 1 del Decreto 2353 de 2019 y la Resolución 0302 de 6 de marzo de 2020, Acta de Posesión de 9 de marzo de 2020 y Resolución No. 0623 del 8 de junio

de 2020 y,

CONSIDERANDO:

Página 1 de 1

DANCP

Que mediante el Decreto Ley 2893 de 2011, modificado por los Decretos 1140 de 2018 y 2353 de 2019, se modificaron los objetivos, la estructura orgánica y funciones del Ministerio del Interior y se integra el Sector Administrativo del Interior. Que mediante el Decreto 2353 de 2019, se creó la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa, y las Subdirecciones Técnica de Consulta Previa, de Gestión de Consulta Previa y Corporativa. Que el numeral 1º del artículo 16 A del citado decreto, le asignó a la Subdirección Técnica de Consulta Previa de la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa, la función de “Determinar la procedencia y oportunidad de la consulta previa para la adopción de medidas administrativas y legislativas y la ejecución de los proyectos, obras, o actividades, de acuerdo con el criterio de afectación directa, y con fundamento en los estudios jurídicos, cartográficos, geográficos o espaciales que se requieran”. Que en consideración con los antecedentes normativos descritos, por medio del presente acto administrativo, se procederá a desarrollar el análisis de procedencia de la consulta previa para el caso en concreto. Que se recibió en el Ministerio del Interior el día 04 de junio de 2020, el oficio con radicado externo EXTMI2020-19139, por medio del cual el señor OMAR EDGARDO ARANGO MONSALVE, identificado con cédula de ciudadanía No. 13.850.105, en calidad de Apoderado General de la empresa ECOPETROL S.A. con Nit No. 899999068-1, solicita a esta Dirección se pronuncie sobre la procedencia de la consulta previa con comunidades étnicas para el proyecto: “SÍSMICA VMM-6 WEST 3D”, localizado en jurisdicción de los municipios de Cimitarra y Puerto Parra, en el departamento de Santander, identificado con las siguientes coordenadas:

MAGNA SIRGAS BOGOTÁ

VÉRTICE X Y

1 1019835,81 1232682,64

2 1022377,51 1230840,99

3 1025661,80 1228961,09

4 1026640,27 1226458,04

5 1022276,73 1219793,80

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MAGNA SIRGAS BOGOTÁ

VÉRTICE X Y

6 1020108,22 1215090,01

7 1010987,75 1213539,93

8 1008571,58 1218222,37

9 1013180,95 1224846,71

10 1014934,68 1233553,14

11 1019835,81 1232682,64

Fuente: Coordenadas suministradas por el solicitante a través del radicado externo EXTMI2020-19139 del 04 de

junio de 2020, las cuales son objeto del presente análisis.

Que en la solicitud se anexaron los siguientes documentos técnicos: i) solicitud formal ante la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa; ii) mapa, archivo digital Shape y cuadro de coordenadas, donde se va a ejecutar el proyecto: “SÍSMICA VMM-6 WEST 3D”, localizado en jurisdicción de los municipios de Cimitarra y Puerto Parra, en el departamento de Santander; iii) fotocopia de la cédula de ciudadanía del solicitante; iv) certificado de existencia y representación legal del ejecutor. Que el análisis realizado por la Subdirección Técnica tuvo como objeto la determinación de la procedencia o no de consulta previa, por lo cual se elaboró el informe técnico el día 09 de junio de 2020, en el cual se estableció lo siguiente:

“(…)

2. INFORMACIÓN ENTREGADA EN LA SOLICITUD 2.1. ACTIVIDADES APORTADAS POR EL SOLICITANTE MEDIANTE RADICADO EXTMI2020-19139

RESUMEN EJECUTIVO PROGRAMA DE ADQUISICION SISMICA VMM-6 WEST

1. OBJETIVO TÉCNICO DEL PROYECTO El programa SÍSMICO VMM6 3D Etapa 1 hace parte de la estrategia de adquisición sísmica de la Vicepresidencia de Exploración. Ecopetrol S.A. está interesado en adquirir información sísmica 3D en el polígono denominado VMM-6 West, la cual permitirá a futuro identificar nuevas oportunidades exploratorias y posibles oportunidades de desarrollo de los campos activos., que al final redundará en el crecimiento del portafolio exploratorio.

2. DESCRIPCION DE LA UBICACIÓN GEOGRÁFICA

El área de análisis se localiza en la cuenca geológica del Valle Medio del Magdalena, administrativamente se ubica en el departamento de Santander e incluye parcialmente los municipios de Puerto Parra y Cimitarra, tal como se presenta en las Figuras 1 y 2.

Fuente: Ecopetrol 2020.

Figura 1. Ubicación geográfica del Polígono Sísmica VMM-6 West

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CONTINUACIÓN RESOLUCIÓN NÚMERO ST – 0495 DE 24 JUN 2020

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Fuente: Ecopetrol 2020.

Figura 2. Municipios presentes en el área de análisis para el desarrollo del

programa de adquisición sísmica VMM-6 West

De acuerdo con la información contenida en los documentos oficiales de Ordenamiento Territorial de estos municipios (PBOT, POT, EOT), dentro del área de análisis se encuentra un total de 11 veredas, las cuales se registran en la Tabla 1 y su distribución espacial se muestra en la Figura 3. Tabla 1. Municipios y Veredas localizados dentro del Polígono VMM-6 West

DEPARTAMENTO MUNICIPIO VEREDA

Santander

Puerto Parra

Aguas Negras

La India

Agua Linda

Palestina

Campo Capote

Olinda

Alto Parra

India Alta

Cimitarra

Los Indios

El Jardín

Bellavista

. Fuente: Ecopetrol 2020.

Figura 3. Mapa veredal para el Programa de adquisición sísmica VMM-6 West

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3. ÁREA Y LISTADO DE COORDENADAS

El área del Polígono VMM-6 West, tiene un área de 21.116,55 hectáreas que corresponden a 211,16 km2 de adquisición sísmica, así mismo en la Tabla 2, se listan las coordenadas magnas sirgas- origen Bogotá, del polígono de la sísmica VMM-6 West.

Tabla 2. Coordenadas Área Polígono VMM-6 West

MAGNA SIRGAS BOGOTÁ

VÉRTICE X Y

1 1019835,81 1232682,64

2 1022377,51 1230840,99

3 1025661,80 1228961,09

4 1026640,27 1226458,04

5 1022276,73 1219793,80

6 1020108,22 1215090,01

7 1010987,75 1213539,93

8 1008571,58 1218222,37

9 1013180,95 1224846,71

10 1014934,68 1233553,14

11 1019835,81 1232682,64 Fuente Ecopetrol 2020

4. DESCRIPCIÓN DE VÍAS DE ACCESO. Para ejecutar las actividades en campo se requiere movilizar tanto el personal como insumos y equipos de trabajo desde los diferentes centros de apoyo (campamentos y municipios) hasta cada uno de los frentes de trabajo (topografía, perforación y registro sísmico) y viceversa, para tal efecto se tiene previsto utilizar la infraestructura vial, así mismo el transporte aéreo (helicoportado) en caso de ser necesario. A continuación, se presenta la descripción de las alternativas de transporte y movilización que serán utilizados:

Transporte terrestre: El acceso por vía terrestre al Polígono VMM-6 West puede realizarse mediante dos Vías Nacionales, la primera la Ruta 45, conocida como la “Ruta del Sol”, la cual conecta Bogotá con Santa Marta a la altura del municipio de Puerto Parra y la segunda la Ruta 62 que conecta a Vélez con la población de Cimitarra y Puerto Araujo en la Ruta 45, de estos dos ejes principales se desprenden los diferentes corredores viales secundarios y terciarios que permiten el acceso a diferentes sectores incluidos dentro del polígono del proyecto (i.e: campamentos, líneas de fuente y líneas receptoras, entre otros). Como se puede apreciar en la Figura 4, los corredores viales terrestres provienen de las vías nacionales ubicadas sobre el costado occidental del polígono, mientras que sobre el costado oriental no hay vías terrestres del orden nacional que puedan tener conexión al área de estudio.

Ecopetrol 2020

Figura 4. Vías de acceso al bloque de Adquisición sísmica VMM-6 West 3D

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En los sectores donde hay poca o nula cobertura vial, se podrá acceder por vía aérea; el acceso por vía aérea se efectuará por medio helicoportado, para lo cual se habilitarán en zonas ya intervenidas las áreas que sirvan como helipuertos o para el descargue de materiales e insumos por medio de DZS (zonas de descarga), en caso que aplique.

5. CARACTERÍSTICAS GEOLÓGICAS DEL ÁREA

El área de estudio se encuentra en la convergencia de dos unidades morfo tectónicas como son el Valle Medio del Magdalena (VMM) y la vertiente occidental de la cordillera Oriental donde afloran rocas de diverso origen y edad, con el predominio de una cobertura sedimentaria del cretáceo, terciario y cuaternario. En el Valle del Magdalena Medio, afloran espesas secuencias de conglomerados, arenas y arcillas del Mio-Plioceno que le comunican a la topografía una morfología variable entre ondulada y escarpada, mientras que las sedimentitas cuaternarias formadas por depósitos volcánicos y aluviales del Río Magdalena, le dan al terreno una morfología suave. La región correspondiente al flanco occidental de la cordillera Oriental la cual se caracteriza por el predominio de formaciones de origen marino del Cretácico, cuyas variaciones litológicas generan drásticos cambios en el perfil topográfico. 6. HIDROLOGÍA El área de estudio se encuentra dentro de la gran Área hidrográfica del Magdalena Cauca, Zona Hidrográfica del Medio Magdalena y Subzonas Hidrográficas de los Río Opón y Río Carare (Minero) de acuerdo a la Figura 5 y la Tabla 3. El principal cuerpo de agua más cercano al polígono es el Río Opón el cual se encuentra al nor-oriente y por fuera del polígono. Dentro del área de estudio no se encuentran cuerpos de agua lénticos o complejos de ciénagas o humedales.

Figura 5. Ubicación del área de estudio – Zonificación Hidrográfica de Colombia

Tabla 3. Ordenación de las cuencas hidrográficas del área de influencia

ÁREA HIDROGRÁFIC

A

ZONA HIDROGRÁFI

CA

SUBZONA HIDROGRÁFIC

A

SUBCUENCA

MICROCUENCA (Quebradas y Caños dentro del polígono)

ORDEN_1 ORDEN_2 ORDEN_3 ORDEN_4 ORDEN_5

Magdalena – Cauca (2)

Medio Magdalena

(23)

Río Carare (Minero)

Río Guayabito

Quebrada Puerto Parra

Río Opón

Quebrada La India

Quebrada La Pedregosa

Quebrada Aguas Negras

Caño Doradas

Quebrada Aguas Blancas

Caño Capote

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Fuente Ecopetrol 2020

Figura 6.Red Hidrográfica área de Sísmica VMM-6 West

7. ECOSISTEMAS ESTRATÉGICOS, SENSIBLES Y/O ÁREAS PROTEGIDAS:

7.1 Zona de Reserva Forestal del Río Magdalena El Congreso de Colombia decretó y delimitó mediante la Ley 2ª del 16 de diciembre de 1959, siete zonas de reserva forestal en el territorio nacional, con el propósito de regular la economía forestal y de conservar los recursos naturales renovables del país. Posteriormente, se fijaron usos permitidos y actividades restringidas en las mismas y a través de la Resolución 1924 de 2013, que adopta la zonificación y el ordenamiento de la Reserva Forestal del río Magdalena, la cual se encuentra dentro de la totalidad del área del polígono de VMM-6 West y para lo cual para desarrollar las actividades del proyecto se debe tramitar la solicitud de Sustracción Temporal de la reserva ante la división de Bosques y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible-MADS, ver Figura 7.

Fuente Ecopetrol 2020

Figura 7. Ubicación de la Reserva Forestal de Ley 2ª.

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8. DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES Y ETAPAS DEL PROYECTO. 8.1 Descripción de Actividades Sísmicas La prospección sísmica es un método geofísico ampliamente empleado en las actividades de exploración de hidrocarburos. Este método consistente en la generación artificial de ondas elásticas por medio de fuentes de energía impulsiva o vibratoria, que se propagan a través de las capas del subsuelo reflejándose hacia la superficie por las interfaces encontradas en el recorrido y finalmente son escuchadas por receptores ubicados en superficie, llamados geófonos. Los geófonos están dispuestos controlada y de manera georeferenciada a lo largo de una línea en el caso 2D o varias líneas en caso de 3D. Dichos geófonos convierten las ondas en impulsos eléctricos proporcionales a su magnitud los cuales son transmitidos hasta un equipo de registro donde se graban y almacenan digitalmente. En el caso de los sensores inalámbricos, éstos almacenan la información captada y posteriormente se descarga para su almacenamiento y el procesamiento de los datos, La agrupación de las secciones de registro obtenidas permiten la conformación de un perfil sísmico, el cual constituye el producto final del trabajo de campo del proyecto. La prospección sísmica se puede realizar en dos o tres dimensiones; esto es 2D o 3D. La primera aporta información en un solo plano (vertical) hacia el subsuelo a través de las capas de rocas debajo del perfil donde se ubican tanto las fuentes como los receptores, la segunda utiliza líneas de receptores y cruzadas con respecto a los perfiles donde se ubican las fuentes, lo que permite obtener un volumen de datos tridimensionales que facilita en la etapa de interpretación de los datos determinar con mayor facilidad el tamaño, forma y posición de las posibles estructuras geológicas favorables para la acumulación de HC. El interés específico para el proyecto VMM6 3D WEST es adquirir información sísmica 3D, utilizando el método de generación de onda con sismigel (Figura 8). Dichas ondas experimentan una partición de energía cada vez que encuentran a su paso una interfaz entre dos capas con velocidades y densidades diferentes; una parte de la energía se transmite y otra se refleja. La energía que se refleja forma el campo de ondas que contiene información de las amplitudes, longitudes de onda, fases y tiempos dobles de los reflectores del subsuelo. Con estos datos se crea una sección sísmica, la cual es analizada e interpretada para determinar la viabilidad del proceso de exploración de hidrocarburos en el área” 1

Fuente Ecopetrol 2020

Figura 8. Actividad Sísmica con Sismigel Para la generación de las ondas, se perforan pozos, en promedio de hasta 15 metros de profundidad con un diámetro de 10 cm donde se coloca la carga de sismigel (la cantidad de este material depende de múltiples factores técnicos), los pozos son ubicados en terreno separados entre sí dependiendo del diseño sísmico; estos pozos se ubican cumpliendo las normas ambientales; por esto pueden tener pequeños desplazamientos en offset. Para la recepción de las ondas generadas se utilizan geófonos únicos o en grupos de 3 o 6, los cuales son instalados abriendo un pequeño hueco (5*5*5 cm aproximadamente) para

1 UNAL, ANH y Mustagh Resources Ltd. MANUAL PARA LA ADQUISICIÓN Y PROCESAMIENTO DE SÍSMICA TERRESTRE Y SU APLICACIÓN EN COLOMBIA. 2010

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afirmar el correcto plantado o sembrado del mismo y una vez instalado se procede, preferiblemente a taparlo con mismo material encontrado en campo. El geófono inalámbrico es un instrumento con medidas aproximadas de 15x15x15 cm (figura 9). Una vez perforados todos los puntos fuentes (en el caso de uso de sismigel) y plantados los geófonos se procede a realizar la etapa de registro sísmico la cual consiste en activar los puntos fuentes de manera secuencial y controlada y grabar dicha información en el equipo electrónico que se ubica en un sitio o vehículo especial tipo furgoneta y que se conoce como Casablanca, en el caso de registro convencional, en el caso de sensores autónomos o inalámbricos, éstos graban la información generada al activar dichas fuentes sísmicas.

Fuente Ecopetrol 2020

Figura 9. Geófono inalámbrico único autónomo (dimensión 15*15*15 cm aproximadamente)

La ejecución del programa de adquisición sísmica contempla las siguientes fases: 8.2 FASE DE PLANEACIÓN LOGÍSTICA PARA LA OPERACIÓN Y VIABILIDAD Se realizan actividades transversales de orden precontractual donde se ejecutan diagnósticos, identificación de rasgos y evaluaciones previas a la operación, que permiten ajustar el diseño sísmico, formular actividades de viabilidad y planear los requerimientos necesarios para llevar a cabo la adquisición. La planeación de viabilidad incluye identificar las condiciones ambientales y sociales presentes en el área de estudio, mediante el diagnóstico ambiental y Medidas de Manejo donde se defininen áreas sensibles que pudieran afectarse en ocasión de la ejecución del programa sísmico y con esto determinar y realizar los estudios y autorizaciones requeridas por parte de las autoridades ambientales y sociales donde se incluyen las consultas previas de ser requeridas. 8.3 FASE PRE-OPERATIVA

En esta fase se da inicio a actividades relacionadas con las etapas previas al inicio de la ejecución del programa sísmico, dentro de las cuales se cuentan la presentación del programa sísmico ante las autoridades locales y las comunidades que hacen parte del área de influencia directa del mismo; así como, el inicio de la gestión de permisos con los dueños / poseedores de los predios en los cuales se adelantará cualquier actividad y el inicio de la movilización del personal necesarios para el desarrollo de esta fase del proyecto. Adicionalmente se realizan valoraciones ambientales, sociales y de seguridad física; así como, actividades de gestión en seguridad industrial y salud en el trabajo y perfeccionamiento de la matriz de riesgos y controles. Las actividades antes mencionadas, inician en esta fase y continúan durante todas las fases del proyecto. También se inician las contrataciones de personal y bienes y servicios requeridos para esta etapa de la operación; esto se realiza de forma gradual y continua en la fase operativa. 8.4 FASE OPERATIVA La fase operativa del programa de adquisición sísmica comprende las siguientes etapas:

• Instalación y operación de campamentos base y volantes, adecuación de helipuertos y

zonas de descarga (En caso de requerirse). • Levantamiento topográfico • Perforación-Vibración

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• Registro • Restauración • Desmantelamiento y restauración de áreas ocupadas Instalación y operación de campamentos base y volantes, adecuación de

helipuertos y zonas de descarga. Identificadas las necesidades de tipos de infraestructura para el normal desarrollo de la actividad sísmica, se definen los sitios de campamentos o sitios de apoyo logístico, para esto se tienen en cuenta los siguientes criterios: - Infraestructura existente en el área del trabajo. - Potreros y/o zonas intervenidas por los propietarios de predios. - Cercanía o Facilidades para la captación o suministro de aguas de uso doméstico. - Áreas despejadas que no resulten ambientalmente sensibles o con valores culturales

de la comunidad. - Puntos estratégicos en términos movilidad hacía los diferentes frentes de trabajo. - Áreas planas, libres de vegetación arbórea. - Áreas sin restricciones legales para su ocupación.

De igual manera y según la necesidad de adecuar helipuertos o zonas de descarga se ubican estos teniendo en cuenta las medidas de manejo establecidas en la guía ambiental para programas de exploración sísmica terrestre. Levantamiento Topográfico

Durante la etapa de topografía, se materializan las coordenadas geográficas del proyecto en el terreno. Se efectúa la ubicación de estacas para demarcar puntos fuentes y puntos receptores. Una vez realizado la georeferenciación, el topógrafo realizará tramo por tramo una descripción (esquema de línea), de los sitios por donde cruza la línea (ya sea 2D o 3D), haciendo énfasis en los elementos ambientales encontrados a su paso.

Fuente Ecopetrol 2020

Figura 10. Levantamiento topográfico con equipo convencional.

Perforación-Vibración: Fuente de Energía

Una vez nivelados los puntos fuente y para el caso de uso de fuente impulsiva, se inicia la perforación de los puntos fuente, mediante el uso de taladros hidráulicos o neumáticos. Es importante recordar que el diámetro aproximado del hueco a realizar es de 10 cm aproximadamente. Dependiendo de las características del terreno (litología existente, materiales no consolidados, altura del nivel freático, entre otros), se define el método de perforación más apropiado, ya sea neumático o hidráulico; el primero emplea aire como elemento de perforación, el cual es suministrado a partir de un compresor; en el segundo, el suministro de agua se realiza mediante una motobomba en equipos portátiles y una bomba de lodos en equipos mecanizados. Terminada la perforación, se inicia la colocación del material fuente de energía (sismigel) en el fondo del hueco. El mismo es taponado con el mismo material sacado del hueco o con el material que recomiende la Corporación Ambiental.

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Para el caso de uso de fuente vibratoria, una vez dispuesto en el campo los geófonos y asegurada su sincronización con el equipo de registro, se ingresa a la línea 2D / 3D el vibro, el cual crea una señal acústica en la tierra al aplicar desde una plancha ubicada por debajo del mismo y posterior a su acople al suelo, una vibración de alrededor de 15 segundos llamada “barrido”. Los vibros son vehículos especiales, tipo tractor con llantas dentadas, acondicionados para que una vez generada la vibración se muevan al siguiente punto fuente previamente georeferenciado en la etapa de topografía. En este caso no se realiza ninguna perforación; simplemente se ubica el vehículo o vehículos (flota de vibros) en el punto georreferenciado y se generan las ondas a registrar.

Fuente Ecopetrol 2020

Figura 11. Perforación Sísmica con taladros neumáticos Registro

Como ya se mencionó anteriormente, la fase de registro involucra la generación artificial de ondas elásticas de manera controlada, las cuales se propagan en las capas del subsuelo y son reflejadas por las diferentes capas encontradas en su viaje. Las ondas reflejadas son registradas en superficie por aparatos sensibles denominados geófonos y grabadas digitalmente en medio magnético para su posterior procesamiento y análisis.

Fuente Ecopetrol 2020

Figura 11. Registro Sísmico

Restauración Durante esta etapa, todos los sitios donde se ubicaron puntos fuente son restaurados; es decir, dejamos en iguales o mejores condiciones a las encontradas. Para tal fin se utilizará el mismo material del suelo perforado y en caso de faltante se empleará material similar al existente de un lugar próximo al pozo o el recomendado por la Corporación Ambiental. Esta etapa se hace posterior a la etapa de registro. Desmantelamiento y restauración de áreas ocupadas Estas labores se realizarán una vez haya terminado la etapa de registro y de restauración de los pozos donde se ubicaron las fuentes sísmicas. En esta etapa se recogen todos los elementos que se utilizaron como señalización de los trabajos; así como, otros que se hayan dejado en el área de trabajo. La restauración busca establecer las condiciones adecuadas para la recuperación y regeneración de las zonas intervenidas por las actividades de sísmicas, (por ejemplo, campamentos o puntos de apoyo logístico, líneas sísmicas, entre otros), estas medidas permitirán la recuperación del entorno en forma gradual de manera que se restauren sus condiciones, lo más cercanas a las existentes, previas al desarrollo del proyecto. Dentro de esta etapa se consideran criterios de conservación física y biológica, con el propósito de dar cumplimiento a la normatividad ambiental vigente.

O

FUENTE SISMIGEL GEÓFONOS

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8.5 FASE POST OPERATIVA La etapa post-operativa del programa de adquisición sísmica comprende las actividades encaminadas al cierre socioambiental del proyecto, que incluye las siguientes actividades:

Obtención de paz y salvos.

Liquidación contractual del proyecto.

Paralelamente a las etapas finales del proyecto se inicia el procesamiento e interpretación de la información adquirida con el fin de validar o revaluar las oportunidades exploratorias, áreas prospectivas y/o prospectos identificados. 9. USO DE RECURSOS NATURALES:

Para la ejecución del Programa de adquisición sísmica VMM-6 West, se requiere del uso y/o aprovechamiento de recursos como agua y suelo (vertimientos), para lo cual se plantean las siguientes opciones, las cuales serán definidas en una etapa posterior del programa:

Agua para campamentos y perforación de puntos fuente: Opción 1: Instalación de campamentos en sitios que cuenten con servicio de acueducto para el suministro de agua para uso doméstico, bajo este escenario no se requerirá trámite ante la Autoridad ambiental competente, en este caso en particular la CAS. Opción 2: Compra a terceros que cuenten con los permisos mínimos requeridos.

Uso de suelo para vertimientos de aguas domésticas en campamentos base/volantes

Opción 1: Utilizar conexión a alcantarillado existente para campamentos base y/o volantes, lo cual no requiere de trámite ante la CAS. Opción 2: Se contempla tratamiento previo in situ de aguas residuales domésticas para su posterior entrega a terceros. Aguas residuales industriales, se deberán almacenar estas y se realizará entrega a terceros, para lo cual no aplica trámite especifico a realizar ante la CAS.

Aprovechamiento forestal

De acuerdo a las condiciones de la zona y para garantizar la operatividad del proyecto, en caso que aplique, se pueden adecuar zonas de descarga o Drop Zone-DZ, las cuales corresponden a sitios estratégicos en los cuales a través de una eslinga, (cuerda especial con ganchos usada para levantar grandes pesos, la cual es suspendida desde un helicóptero), se depositan o ubican cargas (equipos /insumos), sobre el terreno sin que involucre el aterrizaje de la máquina, estas se definen y usan solamente en zonas en las que no se cuenta con la suficiente red vial que permita su transporte hacia las líneas sísmicas o frentes de trabajo, para tal efecto se pueden seleccionar DZ, que no requieran remoción de cobertura vegetal por lo cual no se tramitarán permisos de aprovechamiento forestal.

Permisos de ocupación de cauce:

NO aplica para las actividades propuestas 10. PRINCIPALES IMPACTOS DEL PROYECTO: Las actividades de exploración por ser de carácter temporal, puntual y de bajo impacto ambiental, no requieren de licencia ambiental, a menos que implique la construcción de vías para el tránsito vehicular o se ejecuten en áreas marinas del territorio nacional cuando se realicen en profundidades inferiores a 200 metros, según lo descrito en el Decreto 2041 de 2014, compilado en el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible 1076 de 2015, Artículo 2.2.2.3.2.2. La identificación y evaluación de impactos conlleva un proceso sistemático a través del cual se debe estimar el cambio o modificación del estado de los componentes Físico,

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Biótico, Socioeconómico y Cultural, existentes en el área de adquisición sísmica, como consecuencia de la ejecución del proyecto en función de las características del área o condiciones previas. A continuación, se registran los posibles impactos más relevantes identificados durante el desarrollo de las actividades del programa sísmico, los cuales pueden ser prevenidos, mitigados o compensados de con la implementación de las Medidas de Manejo Ambiental del proyecto: Tabla 4. Impactos ambientales Programa de Adquisición Sísmica VMM-6 West

Medio Componente Elemento Impactos Ambientales

AB

IÓT

ICO

Geología Morfodinámica Afectación a procesos morfodinámicos del suelo (cambio de geoforma, estabilidad, susceptibilidad a la erosión)

Suelo Características del suelo

Afectación a la calidad del suelo por cambios físico-químicos

Hidrología

Características fisicoquímicas de las aguas superficiales

Afectación a la calidad del agua superficial

Oferta hídrica superficial

Cambio en la disponibilidad del recurso hídrico superficial

Hidrogeología Aguas subterráneas

Afectación a la calidad del agua subterránea

Cambio en la disponibilidad del recurso hídrico subterráneo

Atmósfera

Calidad del aire

Afectación a la calidad del aire por emisión de gases y/o material particulado

Generación de olores ofensivos

Presión sonora Afectación a la calidad del aire por cambios en los niveles de presión sonora

BIÓ

TIC

O

Ecosistemas Terrestres

Flora Afectación a especies de flora

Cambio y pérdida de cobertura vegetal

Fauna Afectación a especies de fauna

Fragmentación de hábitats

Ecosistemas Acuáticos

Hidrobiota Afectación a ecosistemas acuáticos

SO

CIE

CO

MIC

O

Dimensión Espacial

Servicios Sociales

Cambio en la demanda de Servicios Públicos

Cambio en la demanda de Servicios Sociales

Alteración de la infraestructura social y económica

Cambio en la movilidad vial

Dimensión Económica

Estructura de la propiedad

Cambio en el relacionamiento con propietarios de predios

Mercado laboral

Alteración de la dinámica laboral

Modificación en la oferta y demanda de bienes y servicios

Procesos productivos y tecnológicos

Afectación a la productividad y/o cambios temporales en el uso del suelo

Afectación a las actividades económicas de la zona

Dimensión Cultural

Patrones culturales Cambio y/o Generación de conflictos

Afectación al patrimonio arqueológico

Dimensión Demográfica

Estructura de la población

Cambio en la estructura y dinámica social de la población

Dimensión Político - Organizativa

Presencia Institucional y organización comunitaria

Modificación de los procesos organizativos a nivel rural

Fuente: Ecopetrol 2020

11. CRONOGRAMA ESTIMADO El cronograma preliminar estimado con el que planea ejecutar la sísmica para la totalidad del polígono WEST es el siguiente:

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Fuente Ecopetrol 2020

Figura 12. Cronograma Polígono VMM6 3D/WEST

2.2 COORDENADAS APORTADAS POR EL EJECUTOR

Coordenadas suministradas en la solicitud con radicado EXTMI2020-19139 del 04 de junio de 2020 y adjuntas en aplicativo Sistema de Información y Gestión para la Gobernabilidad Democrática-SIGOB. 3. CONCEPTO TÉCNICO 3.1. Análisis Espacial: Se digitalizó en la base de datos geográfica de la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa las coordenadas del área aportada por el solicitante en coordenadas planas origen Centro Datum Magna – Sirgas, para el proyecto “Sísmica VMM-6 West 3D”.

Para el ejercicio de análisis cartográfico se utilizó la cartografía básica y temática IGAC 2019, lo que permitió constatar que el proyecto se localiza en jurisdicción de los municipios de Cimitarra y Puerto Parra del departamento de Santander, por lo tanto, es posible continuar con el trámite de la solicitud.

3.2. Análisis cartográfico y geográfico: La determinación de procedencia o no de consulta previa para la ejecución de un proyecto, obra o actividad, se genera a partir del análisis cartográfico y geográfico2 de dos escenarios3: el primero, es el contexto geográfico en el cual se desarrollan las actividades del Proyecto, Obra o Actividad (POA), y el segundo, es el contexto geográfico en el cual una determinada comunidad étnica desarrolla sus prácticas sociales, económicas, ambientales y/o culturales que constituyen la base de su cohesión social. Es así que cuando los dos escenarios coinciden en un mismo espacio geográfico, se determina la procedencia de consulta previa, en razón a que la comunidad étnica puede ser susceptible de posibles afectaciones directas derivadas de la ejecución de las actividades del proyecto Para determinar la procedencia de la consulta previa, la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa realiza el procedimiento descrito a continuación: 1) Verifica que la información aportada por el solicitante cumpla con los requisitos para adelantar el trámite correspondiente; 2) Identifica las actividades a desarrollar para el Proyecto, Obra o Actividad objeto de análisis que han sido señaladas por el peticionario; 3) Incorpora en la base de datos geográfica el área específica objeto de intervención aportada por el solicitante;

2Entendido el análisis geográfico como el estudio de las relaciones que se tejen entre individuos, naturaleza y sociedad en un espacio y

tiempo determinado, haciendo uso de técnicas asociadas a la ubicación y distribución de fenómenos geográficos. Estas relaciones pueden ser de orden político, social, económico, cultural y pueden crear, modificar y transformar el espacio donde se desarrollan. 3 Decreto 2353 de 2019, articulo 16A, numeral 1.

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4) Incorpora en la base de datos geográfica el área de influencia aportada por el solicitante; 5) Consulta las siguientes bases de datos institucionales de comunidades étnicas para identificar aquellas que posiblemente sean susceptibles de ser afectadas por el desarrollo del Proyecto, Obra o Actividad.

Nombre Detalle de la Información

Consultada Fuente Año

Base cartográfica de Resguardos Indígenas constituidos.

-Información cartográfica -Bases de datos alfanuméricas -Resoluciones de constitución de Resguardos -Estudios socioeconómicos

AGENCIA NACIONAL DE TIERRAS

2019

Base cartográfica de Consejos Comunitarios constituidos.

-Información cartográfica -Bases de datos alfanuméricas -Resoluciones de constitución de Consejos Comunitarios -Estudios socioeconómicos

AGENCIA NACIONAL DE TIERRAS

2019

Base de datos de la Dirección de Asuntos Indígenas, ROM y Minorías

-Bases de datos alfanuméricas -Resoluciones de Inscripción en el registro de la Dirección de Comunidades Indígenas -Estudios etnológicos

MININTERIOR (Servidor NAS-02-Mijnascen 02)

2019

Base de datos de la Dirección de Comunidades Negras, Raizales y Palenqueras.

-Bases de datos alfanuméricas -Resoluciones de Inscripción en las bases de datos de la Dirección de Comunidades Negras

http://sidacn.mininterior.gov.co/DACN/Consultas/ ConsultaResolucionesOrgConsejoPublic

2019

Base de datos de Consulta Previa

-Bases de datos alfanuméricas de Actos Administrativos emitidos -Bases de datos geográfica de Actos Administrativos emitidos -Informes de verificación -Información cartográfica de visitas de verificación -Sistema de información de Consulta Previa SICOP -Archivo institucional

MININTERIOR 2019

Fuentes de información secundaria

Registro local de comunidades Localización de comunidades Población Caracterización socioeconómica Estudios etnológicos Caracterización Cartográfica Caracterización Geográfica

Alcaldías Municipales, Ministerio de Cultura, Instituto Colombiano de Antropología e Historia ICANH, Instituto Geográfico Agustín Codazzi, Departamento de Estadística DANE

2019

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6) Realiza el análisis cartográfico, correspondiente al análisis de topografía, hidrografía, vías de acceso, división político administrativa e infraestructura social, entre otros, existentes en el contexto territorial del Proyecto, Obra o Actividad y de las comunidades étnicas que surjan del análisis anterior (paso 5); 7) En caso de identificar comunidades étnicas susceptibles de ser afectadas por el desarrollo del Proyecto, Obra o Actividad, se realiza el análisis geográfico consistente en identificar las zonas de asentamientos, usos y costumbres, tránsito y movilidad; el contexto territorial y las relaciones que se dan en ese entorno; 8) Realiza el análisis geográfico del proyecto, consistente en el estudio de las relaciones que se tejen entre individuos, naturaleza y sociedad en un espacio y tiempo determinado, haciendo uso de técnicas asociadas a la ubicación y distribución de fenómenos geográficos. Estas relaciones pueden ser de orden político, social, económico, cultural y pueden crear, modificar y transformar el espacio donde se desarrollan; 9) Realiza el análisis geográfico y establece si hay coincidencia o no entre los contextos geográficos del proyecto y la comunidad étnica, que determine la posibilidad de percibir o no posibles afectaciones directas sobre la comunidad étnica, por la realización de las actividades del proyecto, obra o actividad. Como resultado surgen tres eventos, así: i) si existe coincidencia se emite un concepto que determina la procedencia de consulta previa; ii) si no existe coincidencia se emite un concepto que determina la no procedencia de consulta previa; iii) si la información no permite determinar la coincidencia, se deberá realizar visita de verificación en campo 4. Para el caso concreto se determinó lo siguiente: Que el proyecto “Sísmica VMM-6 West 3D”, se localiza en los municipios de Cimitarra y Puerto Parra en el departamento de Santander. Que el proyecto sísmico tiene como objeto adquirir información sísmica 3D en el polígono denominado VMM-6 West, para identificar nuevas oportunidades exploratorias y de desarrollo de los campos activos. Que el proyecto se ejecuta en las siguientes fases: a. FASE DE PLANEACIÓN LOGÍSTICA PARA LA OPERACIÓN Y VIABILIDAD: Se realizan actividades transversales de orden precontractual donde se ejecutan diagnósticos, identificación de rasgos y evaluaciones previas a la operación, que permiten ajustar el diseño sísmico, formular actividades de viabilidad y planear los requerimientos necesarios para llevar a cabo la adquisición. b. FASE PRE-OPERATIVA,: En esta fase se da inicio a actividades relacionadas con las etapas previas al inicio de la ejecución del programa sísmico, dentro de las cuales se cuentan la presentación del programa sísmico ante las autoridades locales y las comunidades que hacen parte del área de influencia directa del mismo; así como, el inicio de la gestión de permisos con los dueños / poseedores de los predios en los cuales se adelantará cualquier actividad y el inicio de la movilización del personal necesarios para el desarrollo de esta fase del proyecto. c. FASE OPERATIVA: comprende las siguientes etapas: Instalación y operación de campamentos base y volantes, adecuación de helipuertos y zonas de descarga (En caso de requerirse), Levantamiento topográfico, Perforación-Vibración, Registro, Restauración, y Desmantelamiento y restauración de áreas ocupadas. d. FASE POST OPERATIVA: comprende las actividades: Obtención de paz y salvos, y Liquidación contractual del proyecto. El ejecutor informa que para ejecutar las actividades en campo se requiere movilizar tanto el personal como insumos y equipos de trabajo desde los diferentes centros de apoyo (campamentos y municipios) hasta cada uno de los frentes de trabajo (topografía, perforación y registro sísmico) y viceversa, tiene previsto utilizar la infraestructura vial que se presenta a continuación: El acceso por vía terrestre al Polígono VMM-6 West puede realizarse mediante dos Vías Nacionales, la primera la Ruta 45, conocida como la “Ruta del Sol”, y la segunda la Ruta 62 que conecta a Vélez con la población de Cimitarra y Puerto Araujo en la Ruta 45. Que el ejecutor del proyecto informa que el proyecto tiene un carácter temporal, puntual y de bajo impacto ambiental, y no requiere de licencia ambiental, a menos que implique la construcción de vías para el tránsito vehicular, según lo descrito en el Decreto 2041 de 2014, compilado en el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible 1076 de 2015, Artículo 2.2.2.3.2.2., actividad que no se contempla en la solicitud. Que mediante el análisis de los contextos cartográfico y geográfico de comunidades étnicas de cara a las actividades del Proyecto, se estableció que las mismas coinciden con zonas de asentamiento, tránsito, movilidad y de desarrollo de actividades socioeconómicas, de la

4 Decreto 2353 de 2019, artículo 16A, numeral 3

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Parcialidad Dachi Drua de la Etnia Embera Chami, localizada en el Corregimiento Campo Capote del municipio de Puerto Parra (Santander). Que realizando el análisis geográfico de los contextos del proyecto y de comunidades étnicas, se establece que se evidencia coincidencia entre los mismos, por lo tanto, se determina la procedencia de consulta previa para el proyecto “Sísmica VMM-6 West 3D”, con la Parcialidad Dachi Drua de la Etnia Embera Chami, localizada en el Corregimiento Campo Capote del municipio de Puerto Parra (Santander), registrada por la DAIRM con resolución No. 120 del 05 de septiembre de 2014. Esta afirmación se soporta en el análisis cartográfico y geográfico realizado, basado en el estudio de las actividades del proyecto, la consulta en las bases de datos institucionales de comunidades étnicas y tomando en consideración el contexto cartográfico y geográfico del proyecto y de comunidades, en donde se identificaron dinámicas territoriales o prácticas de grupos étnicos que puedan verse posiblemente afectadas por la ejecución de las actividades del proyecto.”

En mérito de lo anteriormente expuesto, esta Subdirección,

RESUELVE: PRIMERO. Que procede la consulta previa con la PARCIALIDAD DACHIDRUA perteneciente a la etnia Embera Chami, localizada en el Corregimiento Campo Capote en jurisdicción del municipio de Puerto Parra, en el departamento de Santander, reconocida mediante Resolución No. 120 del 05 de septiembre de 2014, expedida por la Dirección de Asuntos Indígenas, Rom y Minorías del Ministerio del Interior, para el proyecto: “SÍSMICA VMM-6 WEST 3D”, localizado en jurisdicción de los municipios de Cimitarra y Puerto Parra, en el departamento de Santander, identificado con las coordenadas referidas en la parte considerativa del presente acto administrativo.

SEGUNDO. Que no procede la consulta previa con Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras, para el proyecto: “SÍSMICA VMM-6 WEST 3D”, localizado en jurisdicción de los municipios de Cimitarra y Puerto Parra, en el departamento de Santander, identificado con las coordenadas referidas en la parte considerativa del presente acto administrativo.

TERCERO. Que no procede la consulta previa con Comunidades Rom, para el proyecto: “SÍSMICA VMM-6 WEST 3D”, localizado en jurisdicción de los municipios de Cimitarra y Puerto Parra, en el departamento de Santander, identificado con las coordenadas referidas en la parte considerativa del presente acto administrativo. CUARTO. Que la información sobre la cual se expide la presente resolución aplica específicamente para las características técnicas y coordenadas relacionadas y entregadas por el solicitante mediante el oficio con radicado externo EXTMI2020-19139 del 04 de junio de 2020 para el proyecto: “SÍSMICA VMM-6 WEST 3D”, localizado en jurisdicción de los municipios de Cimitarra y Puerto Parra, en el departamento de Santander. QUINTO. Los efectos del presente acto administrativo se circunscriben al ejercicio del derecho fundamental a la consulta previa de las comunidades étnicas objeto de la presente resolución para el proyecto: “SÍSMICA VMM-6 WEST 3D”. En tal sentido, no reconoce derecho adicional alguno, ni confiere potestades o prerrogativas distintas a las que aquí se enuncian; ni sustituye las funciones de la Dirección de Asuntos Indígenas, Rom y Minorías, ni de la Dirección de Asuntos para Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales, y Palenqueras, en materia de registro de comunidades étnicas. SEXTO: Conforme a lo anterior si la parte interesada decide ejecutar el proyecto de que trata esta resolución, deberá solicitar a la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa el inicio del proceso de consulta conforme a los lineamientos del artículo 330 de la Constitución Política, los artículos 6 y 7 de la Ley 21 de 1991, el artículo 76 de la Ley 99 de 1993 y la Directiva Presidencial 10 de 2013.

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SÉPTIMO: Si el ejecutor advierte o estima posibles afectaciones directas, con ocasión del desarrollo de sus actividades, sobre comunidades étnicas, en el marco del estándar de la debida diligencia, deberá manifestarlo a la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa, con el fin de evaluar lo expresado, en el marco de sus competencias. OCTAVO: Contra el presente acto administrativo procede el recurso de reposición y en subsidio el de apelación, los cuales deberán interponerse por escrito en la diligencia de notificación personal, o dentro de los diez (10) días siguientes a ella, o a la notificación por aviso, ante la Subdirección Técnica de Consulta Previa de la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa, de conformidad con lo establecido en el artículo 76 de la ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo).

COMUNÍQUESE Y NOTIFÍQUESE

ALFONSO ENRIQUE JIMÉNEZ ECHEVERRÍA Subdirector Técnico de Consulta Previa (E)

Elaboró: Abg. Ana María Jaramillo Mesa

Elaboró concepto técnico: Ing. Randy Filadelfo Velásquez Olaya.

Revisión técnica: Alfonso Jiménez Echeverría. Subdirector Técnico

Revisión jurídica: Abg. Angélica María Esquivel Castillo. Profesional Especializado

T.R.D. 2500.225.44 EXTMI2020-19139