resolución nº 1408-2011-tc-s1

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Resolución Nº 1408-2011-TC-S1 Sumilla: Corresponde imponer sanción administrativa al Contratista que presentó documentos falsos durante la etapa de ejecución contractual y que dio lugar a la resolución del contrato por causal atribuible a su parte. Lima, 22 de Agosto de 2011 Visto en sesión de fecha 19 de agosto de 2011 de la Primera Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado el Expediente N° 2810.2008.TC sobre procedimiento administrativo sancionador iniciado contra la empresa Multiservicios y Asesoría S.A. por supuesta responsabilidad en dar lugar a la resolución del contrato por causal atribuible a su parte, materia de la Adjudicación Directa Selectiva Nº ADS-015- 2007-JNE, convocada por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), para la “Contratación del servicio de toma de inventario físico de bienes patrimoniales del JNE”; oídos los informes orales en la audiencia pública realizada el 20 de abril de 2010 y, atendiendo a los siguientes: ANTECEDENTES: ANTECEDENTES: 1. El 17 de diciembre de 2007, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), en adelante la Entidad, convocó la Adjudicación Directa Selectiva Nº ADS-015-2007-JNE, para la “Contratación del servicio de toma de inventario físico de bienes patrimoniales del JNE”, por un valor referencial total equivalente a S/. 22,400.00 (Veinte dos mil cuatrocientos con 00/100 Nuevos Soles). 2. Como consecuencia de dicho proceso, resultó ganadora de la buena pro la empresa Multiservicios y Asesoría S.A., en adelante el Contratista, con una propuesta económica ascendente a S/. 21,600.00 (Veintiún mil seiscientos con 00/100 Nuevos Soles). 3. El 25 de enero de 2008, la Entidad hizo entrega de la base de datos de bienes patrimoniales al Contratista, conforme consta en el acta respectiva. 4. Con Oficio Nº 014-2008-OL-GAF/JNE, recibido el 11 de febrero de 2008, la Entidad manifestó al Contratista que la buena pro otorgada a su favor quedó consentida, por lo que le solicitó que remita diversa documentación a más tardar el 15 de febrero de 2008; debiendo apersonarse el 21 del mismo mes y año para la suscripción del contrato respectivo. 5. Por Carta Nº MSA-025/2008, presentada el 12 de febrero de 2008, el Contratista remitió al ingeniero Neal Martín Maura Gonzáles, Jefe de Logística (e) de la Entidad, la documentación requerida y comunicó lo siguiente: i. Debido al tiempo transcurrido por la impugnación formulada por uno de los participantes, el personal comprometido para la ejecución del presente servicio está laborando en otras entidades, por lo que está obligado a reemplazarlo. ii. De contar con su anuencia, el total de personal asignado para el servicio sería de 33 profesionales y técnicos según Anexo Nº 02. La adición de personal no implica incrementos en los costos del servicio. iii. Solicita se le proporcione copia de la documentación requerida para la toma de inventario físico en campo, incluyendo los planos de los diferentes ambientes, e iniciar las acciones de coordinación previa a la ejecución del servicio. Página 1 de 51

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Resolución Nº 1408-2011-TC-S1

Sumilla: Corresponde imponer sanción administrativa al Contratista que presentódocumentos falsos durante la etapa de ejecución contractual y que diolugar a la resolución del contrato por causal atribuible a su parte.

Lima, 22 de Agosto de 2011

Visto en sesión de fecha 19 de agosto de 2011 de la Primera Sala del Tribunal de Contrataciones delEstado el Expediente N° 2810.2008.TC sobre procedimiento administrativo sancionador iniciado contrala empresa Multiservicios y Asesoría S.A. por supuesta responsabilidad en dar lugar a la resolución delcontrato por causal atribuible a su parte, materia de la Adjudicación Directa Selectiva Nº ADS-015-2007-JNE, convocada por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), para la “Contratación del servicio detoma de inventario físico de bienes patrimoniales del JNE”; oídos los informes orales en la audienciapública realizada el 20 de abril de 2010 y, atendiendo a los siguientes:

ANTECEDENTES:ANTECEDENTES:

1. El 17 de diciembre de 2007, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), en adelante la Entidad,convocó la Adjudicación Directa Selectiva Nº ADS-015-2007-JNE, para la “Contratación delservicio de toma de inventario físico de bienes patrimoniales del JNE”, por un valor referencialtotal equivalente a S/. 22,400.00 (Veinte dos mil cuatrocientos con 00/100 Nuevos Soles).

2. Como consecuencia de dicho proceso, resultó ganadora de la buena pro la empresaMultiservicios y Asesoría S.A., en adelante el Contratista, con una propuesta económicaascendente a S/. 21,600.00 (Veintiún mil seiscientos con 00/100 Nuevos Soles).

3. El 25 de enero de 2008, la Entidad hizo entrega de la base de datos de bienes patrimoniales alContratista, conforme consta en el acta respectiva.

4. Con Oficio Nº 014-2008-OL-GAF/JNE, recibido el 11 de febrero de 2008, la Entidad manifestóal Contratista que la buena pro otorgada a su favor quedó consentida, por lo que le solicitóque remita diversa documentación a más tardar el 15 de febrero de 2008; debiendoapersonarse el 21 del mismo mes y año para la suscripción del contrato respectivo.

5. Por Carta Nº MSA-025/2008, presentada el 12 de febrero de 2008, el Contratista remitió alingeniero Neal Martín Maura Gonzáles, Jefe de Logística (e) de la Entidad, la documentaciónrequerida y comunicó lo siguiente:

i. Debido al tiempo transcurrido por la impugnación formulada por uno de losparticipantes, el personal comprometido para la ejecución del presente servicio estálaborando en otras entidades, por lo que está obligado a reemplazarlo.

ii. De contar con su anuencia, el total de personal asignado para el servicio sería de 33profesionales y técnicos según Anexo Nº 02. La adición de personal no implicaincrementos en los costos del servicio.

iii. Solicita se le proporcione copia de la documentación requerida para la toma deinventario físico en campo, incluyendo los planos de los diferentes ambientes, e iniciarlas acciones de coordinación previa a la ejecución del servicio.

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iv. Se adjunta copia de las planillas de inventario, así como el listado de las parejas deinventariadores encargados de la toma de inventario físico en campo para suaprobación.

v. Desea iniciar el servicio a partir del 13 de febrero de 2008, por lo que espera surespuesta.

6. El 15 de febrero de 2008, la Entidad y el Contratista suscribieron el contrato para el servicio detoma de inventario físico de bienes patrimoniales (ejercicio 2007), a ejecutarse en el plazo de45 días, computable a partir del día siguiente de su firma, por la suma de S/. 21 600,00(Veintiún mil seiscientos con 00/100 Nuevos Soles).

7. Con Carta Nº MSA-026/2008, presentada el 14 de febrero de 2008, el Contratista confirmó alseñor Eudoro Llamas, Encargado de Patrimonio de la Entidad, su solicitud para la entrega de lasiguiente documentación:

i. Organigrama funcional de la Entidad.ii. Planos de ambientes de todos los pisos, sótano y azotea.iii. Relación del personal por centro de costoiv. Base de datos y copia de las tarjetas de propiedad de los vehículosv. Base de datos contable de Activos Fijos y Bienes No Depreciables al 31 de diciembre

de 2007.vi. Relación de bienes dados de baja al 31 de diciembre de 2006.vii. Relación de compras de bienes del año 2007.viii. 6000 etiquetas provisionales y pre numeradas para el inventario físico al barrer.ix. 6000 etiquetas con códigos SBN y códigos de barras.

Asimismo, informó que de acuerdo a su propuesta, el personal efectuará tanto la toma deinventario físico, como su etiquetado final con código de barras en una sola oportunidad, porlo que solicitó se le alcancen las etiquetas con código de barras por usuario, de acuerdo a locoordinado con el señor César Morales.

De otro lado, agregó que es importante la confirmación sobre la fecha acordada para el iniciodel inventario ha sido fue fijada para el lunes 25 de febrero de 2008, con la inclusión de 12parejas de inventariadores conformados en 2 grupos de trabajo físico en campo. Dado que eltercer grupo efectuará la toma de inventario físico en los depósitos de patrimonio ubicado enla azotea y sótano, pidió su ayuda para que dichos ambientes se encuentren ordenados demanera que su personal pueda realizar sus actividades.

8. El 18 de febrero de 2008 se reunieron la CPC María Elena Carrera Martínez, Gerente deAdministración y Finanzas, en su condición de Presidenta de la Comisión de Coordinación, laseñora Susana Ramos Vilca como Jefe de la Oficina de Contabilidad y el señor Eudoro LlamasVillanueva como Jefe de Control Patrimonial (e) de la Entidad y el señor Raúl Aquino Ortegacomo Jefe del Equipo de inventario y representante legal del Contratista, para dar inicio alinventario físico, según consta en el Acta respectiva.

9. Con Carta Nº MSA-028/2008, presentada el 19 de febrero de 2008, el Contratista solicitó alseñor Eudoro Llamas Villanueva, Encargado de Control Patrimonial (e) de la Entidad, su

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autorización para el ingreso de equipos de cómputo a utilizar durante la ejecución del servicio,con el detalle del uniforme de su personal.

10. Por Memorando Nº 001-2008-CP/JNE, notificado al Contratista el 19 de febrero de 2008, elseñor Eudoro Llamas Villanueva, Encargado de Control Patrimonial (e) de la Entidad lecomunicó que:

i. El avance tiene una ligera demora atribuible al horario de inicio en los primeros días,hecho que será subsanado a partir del 20 de febrero de 2008.

ii. Las etiquetas del correlativo han sido pegadas sin tomar la precaución de antes limpiarlos bienes de la grasa y el polvo por haber estado almacenados, lo que ha ocasionadoque buena parte de éstas se desprendan de los bienes de la azotea. No puedeatribuirse esto a la calidad de las etiquetas en vista de que nada se adhiere a unasuperficie con grasa y polvo. Se ha tenido que destacar a una persona de apoyo departe de Control Patrimonial que subsane en parte este defecto, por lo que agradecese verifique este inconveniente.

iii. El etiquetado con los códigos de barras sí debe ser realizado con la debida precaución,a efectos que las etiquetas permanezcan bien ubicadas.

iv. A consecuencia de cambios de lugar de los usuarios y desplazamientos de los bienesdesde el saneamiento realizado, la base de datos proporcionada no puede ser tomadaal 100%, por lo que se sugiere la secuencia siguiente: En primer lugar, etiquetar elcorrelativo y levantar los bienes asignados al usuario; procesar la información yregresar con las etiquetas con códigos de barras para pegarlas definitivamente. Serecomienda realizar este trabajo debido a que la asignación final va a ser el punto departida que permita controlar desplazamientos, salidas e ingresos. De no ser así,solicita se indique el procedimiento a aplicar.

11. El 20 de febrero de 2008, el Contratista presentó ante la Entidad, su Carta Nº MSA-029/2008,dirigida al señor Eudoro Llamas Villanueva, Encargado de Control Patrimonial de la Entidad,mediante la cual respondió lo siguiente:

i. Las etiquetas pre numeradas (provisionales) para el inventario físico al barrer han sidoentregadas muy parcialmente, teniendo algunas dificultades en el pegado debido aque dicho material no es el más apropiado; su numeración se encuentra duplicada yse despegan con el calor del día. Dichas etiquetas tampoco han sido cortadasdebidamente, lo que retrasa el avance de sus labores, sin que esto le sea atribuible.

ii. Su representante está dedicado al ordenamiento de las etiquetas con código de barraspor usuario, debido a que éstas no fueron impresas de acuerdo a su solicitud, por loque ordenarlas individualmente le ocasiona retrasos; razón por la cual no puedecumplir su propuesta para el etiquetado de los activos inventariados al mismo tiempodel inventario físico en campo y solicitó su comprensión de no guardar los bienesubicados en el almacén y depósito de patrimonio hasta que se efectúe el etiquetadofinal.

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iii. El etiquetado de los bienes inventariados en las oficinas será efectuado una vezculmine el ordenamiento físico de las etiquetas con códigos de barras, sin que esto lesea imputable.

iv. Solicitó se efectúen las coordinaciones para realizar la toma del inventario en el tercerpiso para el día viernes 22 de los corrientes, a partir de las 8:00 am con laparticipación de 5 parejas de inventariadores.

v. El etiquetado final del inventario con código de barras se realizará el lunes 25 de loscorrientes, a cargo de 4 parejas de inventariadores.

12. A través del Oficio Nº 091-2008-GAF/JNE, entregado el 21 de febrero de 2008, la CPC MaríaElena Carrera Martínez, Gerente de Administración y Finanzas de la Entidad, remitió alContratista copia del Acta de inicio de inventario físico en bienes muebles del año 2007.

13. Por Carta Nº MSA-031/2008, presentada el 25 de febrero de 2008 y dirigida a la CPC MaríaElena Carrera, Gerente de Administración y Finanzas de la Entidad, el Contratista informósobre los avances del inventario físico en campo:

i. El inventario físico en campo se inició el 18 de febrero de 2008, con un avance lentopor la falta de etiquetas provisionales pre numeradas cuya entrega le corresponde a laEntidad (en algunos casos tuvo que esperar, con el descanso del personal deinventariadores). Dichas etiquetas son de mala calidad, se despegan con el calornormal del día y tienen que pegarse nuevamente en algunos bienes, y parte de ellasfueron entregadas al señor César Morales, comunicándole que se encontrabaninservibles.

ii. El avance del inventario físico en campo es del 98%, quedando pendiente algunosambientes por estar cerrados, como es el caso de la Oficina de Tesorería, ubicado enel primer piso y el personal que posee la llave se encuentra de vacaciones.

iii. Las planillas del inventario en un 98% se encuentran sin firmas de los usuarios porqueéstos nos los quieren firmar o no se encontraban en sus oficinas al momento delinventario físico. Dichas planillas se encuentran en proceso de digitación, que alculminar, se solucionará el impase con el señor Eudoro Llamas.

iv. El etiquetado de los bienes patrimoniales inventariados no se ha iniciado debido a quelas etiquetas no fueron entregadas por cada personal usuario, pese a haber solicitadosu impresión en esta modalidad al señor César Morales. Ha tenido que ordenarunitariamente aproximadamente 6000 etiquetas por usuario, verificándose que faltan244, según listado que se remite en diskette adjunto. La impresión de las etiquetasdebe ser por usuario, a fin de facilitar su pegado. El inicio del etiquetado se iniciará elmiércoles 27 de febrero de 2008, por lo que solicita su autorización para que se lehaga entrega oportuna de las etiquetas. Tampoco cuenta con las etiquetas con códigode barras de los bienes no depreciables.

v. El avance de la digitación de los bienes inventariados es del 40%, debiendo culminaren la presente semana, está a cargo de 3 técnicos en digitación.

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14. Mediante Oficio Nº 093-2008-GAF-JNE, presentado el 26 de febrero de 2008, la CPC MaríaElena Carrera Martínez, Gerente de Administración y Finanzas de la Entidad, manifestó alGerente de Administración y Finanzas de la ONPE que existen 4 bienes muebles de propiedadde la Entidad que se encuentran en uso de la ONPE, los cuales requieren ser verificadosfísicamente por personal de la institución; señalando que dicho procedimiento ha sido previstopara el jueves 28 de los corrientes a las 10:00 horas, con la participación del señor EudoroLlamas Villanueva, Presidente del Comité de Gestión Patrimonial, y del inventariador RaúlAquino Ortega, a fin que se le otorguen las facilidades del caso.

15. Con Oficio Nº 002-2008-CP/JNE, suscrito por el señor Eudoro Llamas Villanueva, Jefe deControl Patrimonial (e) de la Entidad, se solicitó al Contratista que señale los avances delservicio, considerando que se llevan 16 días útiles de trabajo, que descontando los 3 días deretraso por la confección de etiquetas, son 13 días útiles, con lo que deberían estar lasactividades detallas de la siguiente manera:

Duración EstadoInventario físico y etiquetado en campo (6000) 8 días 100%Digitación y procesamiento del inventario 9 días 100%Codificación del inventario 10 días 100%Conciliación Patrimonial del inventario 17 días 80%Conciliación contable 25 días 50%

Por tanto, pidió se informe sobre el avance real de cada una de las actividades señaladas ensu propio cronograma de trabajo.

16. A través de la Carta Nº MSA-032/2008, recibida por la Entidad el 05 de marzo de 2008, elContratista presentó su primer informe de avance del inventario físico de bienes patrimonialesal 31 de diciembre de 2007, cuyo resumen es el siguiente:

i. Se culminó el inventario físico en campo, salvo la existencia de algunos activos noubicados por inventariar. A la fecha, no tiene información alguna de la supervisión delinventario de la Entidad.

ii. Culminación de la digitación de los bienes inventariados a la base de datos del 2007 eldía miércoles 05 de marzo de 2008.

iii. Inicio del etiquetado final con código de barras de los activos inventariados yconciliados patrimonialmente el día miércoles 05 de marzo de 2008, a cargo de 1supervisor y 4 parejas de inventariadores, por un periodo de 4 días como máximo,según lo coordinado con el señor Eudoro Llamas. El etiquetado se iniciará con losbienes ubicados en la azotea y el sótano, por lo que requiere que estos ambientessean abiertos oportunamente. Se adjunta el personal encargado del etiquetado.

iv. Análisis de datos discrepantes entre el inventario físico en campo y la base de datos al31 de diciembre de 2007 proporcionada por la Entidad, el jueves 06 de marzo de2007, con participación del señor Morales. Para estos efectos, una vez terminada ladigitación, emitirá el reporte correspondiente.

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v. Verificación física en campo de los códigos patrimoniales asignados por la Entidaddiscrepantes entre el inventario físico en campo y la base de datos al 31 de diciembrede 2007 proporcionada por la Entidad, programada para los días 06 y 07 de marzo de2008. La codificación patrimonial es como el etiquetado final con código de barras delos bienes discrepantes están programados para el día lunes 10 de marzo de 2008,previa coordinación con el Área de Control Patrimonial de la Entidad.

vi. Suscripción del Acta de conciliación patrimonial: martes 11 de marzo de 2008.

vii. Conciliación contable del inventario: del 11 al 14 de marzo de 2008.

viii. Valorización del inventario: del 17 al 24 de marzo de 2008.

ix. Emisión y presentación de entregables contractuales: del 25 al 31 de marzo de 2008

Añadió que hasta la fecha no cuenta con las etiquetas con códigos de barras de los bienespatrimoniales no depreciables, pese a haberlos solicitados a través de la Carta Nº MSA-031/2008; motivo por el cual reiteró su solicitud, indicando que dichos bienes no podrán seretiquetados en el cronograma establecido y estos serán ubicados por el personal de ControlPatrimonial de la Entidad.

17. En referencia a dicha misiva, a través del Memorando Nº 003-2008-CP-GAF/JNE del 07 demarzo de 2008, el señor Eudoro Llamas Villanueva, Encargado de Control Patrimonial de laEntidad, hizo de conocimiento del Contratista lo siguiente:

I. Sobre el inventario físico

1.1 Conforme se inició el 18 de febrero de 20081.2 El retraso se debió al poco tiempo que existió para su confección y revisión por parte de laEntidad.1.3 El inventario físico de campo no está al 100%, existen bienes no levantados en diferentesáreas, que están siendo saneados oportunamente.

II. Digitación del inventario en la base de datos

2.1 La base de datos del inventario físico de bienes patrimoniales fue digitada indistintamentepor 1, 2 y/o 3 técnicos, de estar concluida, es necesario que la hagan llegar a patrimonio pararealizar la revisión y posterior conciliación con la base de datos de la Entidad.2.2 Luego del saneamiento patrimonial 2006, la totalidad de bienes están etiquetados, es eltrabajo de la empresa que toma el inventario comunicar a la Entidad qué bienes han sidoubicados durante el barrido.2.2.1 Bienes patrimoniales con código de saneamiento y SBN etiquetados correctamente.2.2.2 Esto demuestra que su empresa no ha realizado el barrido como estipula el contrato,sino que ha tomado como referencia datos de la base de la Entidad, la misma que se le otorgópara que sirva de referencia en el cruce de información, mas no para que a partir de ellarealice su trabajo.2.2.3 Forma parte de la información que debe ser presentada luego del inventario, la mismaque debe ser sustentada

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2.2.4 Forma parte de la información final, debe ser sustentada con las planillas resultantes delbarrido.2.2.5 Ídem.

III. Codificación patrimonial

3.1 De acuerdo en este punto, es importante contar con la información con codificacióndiscrepante.

IV. Conciliación patrimonial y etiquetado del inventario

4.1 Es necesario contar con la base de datos del inventario 2007 para realizar la conciliación,así como las planillas del inventario de información

V. Etiquetado del Inventario con código de barras

V.1 De acuerdoV.2 Se conversó en ese sentido.V.3 Con esta aclaración se confirma que han utilizado la base de datos del JNE para

realizar el inventario, confundiendo el término:

IMPRIMIR ETIQUETAS: Compromiso de la Entidad según contrato

CODIFICAR BIENES: Obligación de la empresa, tomando en cuenta características delos bienes, estado actual del bien, usuario del bien, ubicación actual, código SBNanterior, otro tipo de información. Esta información se procesa y se elabora un listadoincluyendo el código asignado, correcta descripción del bien y la denominacióninventario 2007 JNE.Este listado es el que la empresa debió entregar a control patrimonial de la Entidadpara que imprima las etiquetas, evitando errores y confusión que existe ahora, insistirreiterativamente que control patrimonial no entregó las etiquetas impresas de la basede la Entidad, ordenas por usuario, contribuye a prejuzgar que no se ha realizado untrabajo serio y sobre todo técnico.

Para proceder de la forma que usted indica:

1. Tomar la base de datos de la Entidad.2. Imprimir las etiquetas con códigos y descripción de dicha base3. Solicitar se clasifique por usuario.4. Con las etiquetas impresas y clasificadas por usuario, proceder a pegarlas en los

bienes.

No se necesita del apoyo de la empresa.

V.4 Los bienes no depreciables deben ser levantados en el barrido, procesados yentregados para su revisión luego de una depuración se confeccionará las etiquetascon códigos de barras.

VI. Conciliación contable, valorización del inventario

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Trabajo pendiente

2. Por Carta Nº MSA-033/2008, presentada el 12 de marzo de 2008, el Contratista informó a laCPC María Elena Carrera, Gerente de Administración y Finanzas de la Entidad, que su labor deetiquetado quedó suspendida debido a que no cuenta con las etiquetas de código de barrasfinales con los códigos SBN, pese a haberle entregado la relación de etiquetas faltantes losdías 06 y 07 de los corrientes. En ese sentido, indicó que sólo se le entregaron las etiquetasfaltantes de los pisos 2 y 4, quedando pendientes las etiquetas de los bienes ubicados en laazotea, sótano, pisos 3 y 5. Asimismo, indicó que al haber culminado el etiquetado de los pisos1 y mezanine el 11 de marzo de 2008, en la fecha entregaría la relación pendiente. Por tanto,concluyó que el incumplimiento del cronograma de trabajo no le era imputable.

3. En cuanto a la confección de etiquetas, mediante Oficio Nº 109-2008-GAF/JNE, notificada el 14de marzo de 2008, la CPC María Elena Carrera, Gerente de Administración y Finanzas de laEntidad, comunicó al Contratista lo siguiente:

i. De acuerdo al contrato, corresponde a la Entidad imprimir las etiquetas correlativas ylas correspondientes al código de barras.

ii. Para cumplir con la impresión era imprescindible que el Contratista proporcione labase de datos “Inventario 2007”, obtenida luego de realizar el barrido que dada laexperiencia se iba a realizar en una semana y ser digitada inmediatamente por 3digitadores con experiencia.

iii. Para lograr este trabajo conjunto, la Entidad contrató a 4 personas para revisardiariamente las fichas de levantamiento de información, que debían serproporcionadas por sus supervisores al final del día antes de ingresarlas a su base.

iv. Luego de este trabajo se contaría con la data “Inventario 2007” para confeccionar lasetiquetas y proceder a adherirlas por cada usuario en forma ordenada.

v. Sin embargo se exigió que le proporcione las etiquetas correlativas, que por lapremura del tiempo, Control Patrimonial informó a la Gerencia de Administración delas deficiencias de la confección.

vi. Se ha cumplido con entregar la base de datos que maneja Control Patrimonial, comoparte del contrato, y se le ha confiado que, como conclusión de su trabajo, indique lasbondades y posibles fallas que pueda tener ésta.

vii. A su solicitud se mandó imprimir la totalidad de la base manejada por ControlPatrimonial, entregándole 5 967 etiquetas debidamente codificadas, las que se asumefueron verificadas por el Contratista.

viii. Ante un requerimiento posterior, se mandó confeccionar 244 etiquetas adicionales, envista que –según lo indicado- figuraban como faltantes.

ix. A la fecha, sigue la solicitud de confección de etiquetas por parte del Contratista, lascuales vienen siendo impresas por la Entidad; empero, la relación aumenta conformepasan los días.

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x. Considerando las adquisiciones 2007 las del año 2008, en conjunto, no deben pasarde los 200 bienes.

Es necesario encontrar una explicación para el exceso de las etiquetas demandadas por laempresa.

Deberá entregar a la mano la totalidad de las fichas empleadas en el levantamiento de lainformación clasificada por piso y por usuario, así como la base de datos del Inventario 2007,para dar indicaciones a Control Patrimonial en el sentido de proceder a su revisión y realizar unprimer cruce con la base actual.

4. Con Oficio Nº 113-2008-GAF/JNE que data del 19 de marzo de 2008, la CPC María ElenaCarrera, Gerente de Administración y Finanzas de la Entidad, manifestó al Contratista que a lafecha se siguen ubicando bienes no inventariados conforme lo demuestra su solicitud deconfección de nuevas etiquetas codificadas impresas por la Entidad. Igualmente recordó que ala fecha no se le proporcionó las fichas de levantamiento de información por usuario y porpiso, así como la base de datos levantada por el Contratista para realizar el cruce de bienespatrimoniales, con la base que maneja Control Patrimonial.

Conforme a lo expuesto, indicó que confiaba contar con la información ofrecida incurriendo enretraso, el lunes 24 de marzo de 2008, que además debe incluir las conciliaciones establecidaspara ser revisadas y poder cumplir con el compromiso de enviarla a la SBN el 31 de marzo de2008.

5. El 24 de marzo de 2008, el Contratista presentó ante la Entidad la Carta Nº MSA-034-2008, através de la cual adjuntó los documentos siguientes:

i. 01 cd con la base de datos del inventario, así como los reportes de bienes conciliadosy no conciliados con la base de datos de la Entidad. Este último documento contiene642 bienes integrados, en su mayoría, por bienes no depreciables y con codificaciónNoSBN, los que no están incluidos en la base de datos proporcionada por la Oficina deControl Patrimonial al 31 de diciembre de 2007.

ii. 01 folder conteniendo la relación de los bienes no conciliados e integrados por 642bienes.

iii. 02 archivadores de palanca, conteniendo 861 planillas originales del inventario físicode bienes patrimoniales de la Entidad, utilizados para el levantamiento de datos delinventario físico. En caso de requerir las planillas impresas y mecanizadas delinventario para la suscripción por los usuarios y jefes de área, hacerlo conocer para suatención.

iv. La conciliación de los bienes considerados como no conciliados amerita su revisiónconjunta con el Área de Control Patrimonial, debido a que muchos de ellos carecen decódigo patrimonial pegados en cada bien físicamente y otros ubicados en cada activopero no considerados en la base de datos y/o con códigos patrimoniales diferentes y lamayoría de ellos con códigos de saneamiento inexistentes físicamente, pero síreferenciados en la base de datos del saneamiento.

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v. Con respecto a los bienes NoSBN, éstos están siendo conciliados con la informaciónproporcionada por la Oficina de Contabilidad.

vi. Solicita su autorización para que se le proporcione una copia de las órdenes decompra de las adquisiciones del ejercicio 2007, para efectos de la valorización delinventario.

6. Por Oficio Nº 116-2008-GAF/JNE, notificado el 27 de marzo de 2008, la CPC María ElenaCarrera, Gerente de Administración y Finanzas de la Entidad, expresó al Contratista supreocupación por el retraso respecto a la entrega de información necesaria para conciliarlacontable y patrimonialmente con la de la Entidad, con miras a la presentación del Software deInventario Mobiliario Institucional (SIMI) a la SBN, más aún si se tiene en cuenta que la fechavence indefectiblemente el 31 de marzo de 2008. En ese sentido, indicó que es necesarioefectivizar los compromisos asumidos a lo largo de las diferentes reuniones sostenidas para talfin o en su defecto, en vista del incumplimiento del cronograma de trabajo y la falta deentrega de dicha información y consideró necesario que se comunique por escrito lasconclusiones sobre lo solicitado.

7. El 27 de marzo de 2008, el Contratista cursó a la CPC María Elena Carrera, Gerente deAdministración y Finanzas de la Entidad, la Carta Nº MSA-035/2008, en la que adjuntó:

i. 02 ejemplares del inventario físico valorizado de bienes patrimoniales depreciables al31 de diciembre de 2007

ii. 01 cd conteniendo la base de datos contable y el reporte de bienes depreciables al 31de diciembre de 007.

iii. 03 files con los reportes de sobrantes, faltantes y propuestos a baja de los bienes nodepreciables con código SBN, para su revisión conjunta con el Área de ControlPatrimonial por las siguientes razones:

La Oficina de Control Patrimonial, en respuesta a su Carta Nº MSA-034/2008, le entregó unasegunda base de datos (actualizada) de bienes patrimoniales, los cuales ha conciliadopatrimoniales con estos resultados:

432 bienes sobrantes y 764 faltantes debido a que esta base de datos no seencuentra actualizada hasta el 31 de diciembre de 2007, así como la existencia debienes adquiridos hasta el 31 de diciembre de 2006 que se encuentran sin códigosSBN que aparentemente son bienes sobrantes para el inventario, y una cantidadimportante (764 activos aparentemente no faltantes) con códigos SBN registradosen la base de datos de la Entidad, diferentes a los existentes y etiquetados einventariados físicamente en el campo. Ésta es la razón principal de la existenciade una importante cantidad de bienes cuyas etiquetas con códigos de barras quefueron impresas inicialmente con información de su base de datos, posteriormentefrente a la inexistencia de dichas etiquetas con códigos de barras del inventario, hasolicitado permanentemente que se le impriman nuevas etiquetas de acuerdo alinventario físico real de campo, con un serio retraso en el cumplimiento de sucronograma de actividades.

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La existencia de etiquetas con códigos de saneamiento teóricos y sólo existentesen la base de datos, mas no así pegados en los bienes saneados.

Las etiquetas de los códigos de saneamiento físico pegados en cada activo difierende los registrados en la base de datos de la Entidad, lo que dificulta seriamente laconciliación patrimonial.

En la fecha es imposible continuar con la conciliación patrimonial debido a que haculminado con el etiquetado de los bienes inventariados de acuerdo a la situaciónfísica y real, y la base de datos de la Entidad se mantiene con informacióndesactualizada. De proseguir el trabajo solamente alcanzará información erradaque, a su vez, será remitida a la SBN.

Solicita su intervención en la asignación a tiempo completo de personal parasolucionar y dinamizar estos serios retrasos no atribuibles a su parte y laampliación del contrato por un periodo de 15 días calendario, a partir del 28 demarzo de 2008, con la finalidad de cumplir sus obligaciones para la existencia deun registro patrimonial actualizado y confiable que concuerde con los bienesfísicamente inventariados.

8. El 27 de marzo de 2008 se realizó una reunión de coordinación y supervisión del inventariofísico de los bienes, teniendo como agenda el estado situacional del avance de la toma delinventario, en la que se acordó verificar inmediatamente lo aseverado por el Contratistarespecto al listado de 764 bienes faltantes en base a una muestra de bienes tomada del listadode faltantes proporcionado por el Contratista, habiéndose hallado algunos bienes.

9. El 31 de marzo de 2008, la CPC María Elena Carrera, Gerente de Administración y Finanzas dela Entidad, notificó al Contratista el Oficio Nº 139-2008-GAF/JNE, indicándole que luego de lareunión del 29 de marzo de 2008, la que culminó con la firma de un acta de acuerdos, hizo desu conocimiento que la información entregada, por el momento no puede ser aceptada comoválida y conformante del compromiso asumido contractualmente, sino hasta la revisión yconfirmación del usuario, que es Control Patrimonial, por lo que se considera sólo como“ingresada para su revisión”.

Respecto a la ampliación de plazo, señaló que la culminación del contrato según el contratofirmado por la empresa, queda fijada para el 03 de abril de 2008, de acuerdo a lo establecidoen el contrato firmado en su oportunidad.

De igual manera, es responsabilidad de la empresa contar con personal a tiempo completo;personal de la Entidad puede coordinar aspectos relativos a brindar información y otros, perono puede estar a tiempo completo a órdenes del Contratista.

10. Mediante Carta Nº MSA-036/2008 del 03 de abril de 2008, dirigida a la CPC María ElenaCarrera, Gerente de Administración y Finanzas de la Entidad, el Contratista informó que laverificación física de los bienes faltantes requeridos por dicha Gerencia no se ha realizado conla seriedad del caso, por los siguientes hechos:

i. De manera previa a la verificación física de los bienes, el señor César Morales seausentó por aproximadamente 1 hora, y cuando por acuerdo con los miembros del

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Comité se retiraba, se apersonó y sorpresivamente le indicó que fuera al almacén deControl Patrimonial ubicado en el sótano y procedió a la verificación física de 6computadoras personales, las cuales siguen formando parte de la base de datos al 31de diciembre de 2007, pese a la existencia de la Resolución Nº 237-2007-SG-ADM/JNE, que ha originado la incorporación automática en su reporte de faltantes.

ii. A solicitud de su representante legal se requirió al señor Morales que verifique lassillas fijas de metal ubicadas en la azotea, lo que quedó pendiente de verificar porqueno se encontró disponible la llave del almacén de la azotea.

iii. Posteriormente, por decisión unilateral del señor Morales, efectuó un sondeo en laazotea, encontrándose 4 bienes aparentemente no inventariados, sin etiquetas concódigo de barras. Lo cierto es que esos bienes fueron inventariados y con susetiquetas respectivas, pero debido a la mala calidad de etiquetas proporcionadas porel señor César Morales, éstas se despegaron. Como prueba de la baja calidad, se leentregó personalmente un grupo de 15 etiquetas encontradas en el piso del comedordel segundo piso, no utilizables en este tipo de servicios, que adicionados a la pésimaatención del proveedor en requerido ha afectado el cumplimiento de los servicios, porlo que se ha paralizado el inventario por falta de etiquetas con el serio retraso en elcumplimiento del Plan de Trabajo.

iv. Con respecto al etiquetado de los bienes con las etiquetas con código de barras,igualmente, desde la fecha del inicio del inventario, la impresión de dichas etiquetasestuvo a cargo del señor César Morales, a quien le solicitó que imprima por código deusuario; sin embargo, se le entregó un rollo de las 5600 etiquetas en formadesordenada, por lo que ha tenido que ordenar todo manualmente por usuario, enbase a los usuarios al 31 de diciembre de 2006, para luego reordenar con el personalusuario al 31 de diciembre de 2007. Lo preocupante es que las etiquetas que seimprimieron con la base de datos desactualizada y no se efectuó el control de calidadcorrespondiente; razón por la cual, a su solicitud se tuvo que imprimir nuevamente250 etiquetas adicionales, debido a que muchos bienes no se encontraban incluidos endicha base.

v. Culminado el inventario y durante el proceso de etiquetado, requirió en variasoportunidades la impresión de nuevas etiquetas debido a que los códigospatrimoniales de los bienes inventariados no tenían las etiquetas correspondientes yrequirió la impresión de éstas periódicamente, las cuales fueron entregadas con unserio retraso y malestar. Esta situación ha originado la emisión de sus Cartas Nº MSA-029/2008, Nº MSA-031/2008, hasta que finalmente llegó a suspender sus labores alno contar con las etiquetas con códigos de barras como informó en su Carta Nº MSA-033/2008.

vi. Con la finalidad de culminar con el etiquetado de los bienes, ha procedido a laverificación de los bienes faltantes de etiquetado, identificando 127 bienes sinetiquetas con códigos de barras, por lo que alcanza la relación correspondiente parasu autorización de impresión y entrega para culminar el servicio. Copia de dichoreporte fue entregado al señor Eudoro Llamas.

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vii. Solicita una ampliación de plazo por quince (15) calendarios, sustentando surequerimiento, sustancialmente, en lo siguiente: “La Entidad viene incumpliendo elnumeral 7 de los Términos de Referencia, por tardía e incompleta entrega de lasetiquetas prenumeradas provisionales utilizadas para el inventario físico al barrer, asícomo de las etiquetas con código de barras, para el inventario”.

11. Por Oficio Nº 146-2008-GAF/JNE del 04 de abril de 2008, la Entidad -a través de la Gerenciade Administración y Finanzas- dio respuesta a la Carta Nº MSA- 036/2008 del Contratista,señalando que:

i. En el acta firmada el 29 de marzo de 2008 no se detalla ninguno de los hechosseñalados en los primeros puntos de su misiva, ante el accionar del señor CésarMorales el día de la verificación que se realizó en el campo, considerando que en lareunión en la que participaban dos miembros de la Comisión de Supervisión, debióalertar sobre esta situación para su consignación en el acta.

ii. Resulta repetitivo traer a colación el argumento de la confección de etiquetas,considerando que esta consulta fue absuelta en su oportunidad.

iii. Es muy preocupantes en vista que el 03 de abril de 2008, 3 personas de la empresahayan realizado labores de etiquetado en bienes recién ubicados, tanto en almacén dela Entidad como en el de Control Patrimonial, empleando etiquetas correlativas colorguinda y posteriormente etiquetas con códigos de barras, lo que demostraría que noexiste un orden coherente en vista que estas labores corresponden a trabajos decampo que en un inventario se hacen los primeros días. Incluso han comunicado queproseguirán esta labor en otros pisos.

iv. En la fecha se han entregado las etiquetas debidamente impresas al señor JavierLópez Gonzáles, correspondiendo a la empresa realizar los trabajos complementariosde ubicar los bienes, etiquetarlos, ingresarlos a la base de datos para su conciliación;quedando demostrado que el trabajo está seriamente desfasado.

v. En lo referente al apoyo brindado por la Entidad, éste es similar al brindado a otrasempresas, como es la ubicación física, entrega de base de datos y etiquetas encantidades y veces requeridas, apoyo de control patrimonial, del área de Sistemas,Departamento Médico, atendiendo al personal de inventariadores con molestias dentrode horas de oficina, y otros que estén al alcance de las posibilidades.

vi. A la fecha no se cuenta con información derivada de su trabajo de campo, ingreso deinformación y resultado de la misma para poder conciliar patrimonial y contablemente;que existe confusión y necesaria aclaración respecto a la presentación conciliada de laparte contable, sin haber concluido la conciliación patrimonial; que es urgente contarcon la información referida en el punto 11 del Capítulo II de las Bases Integradas, quees parte integrante del contrato suscrito.

vii. Se le concede la ampliación del plazo de cinco (05) días hábiles, por retrasos en laconfección de etiquetas correlativas color guinda.

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viii. Es necesario recordarle que la responsabilidad del inventario recae en la Comisiónconstituida para el caso y el responsable director de coordinar la toma de inventario esel señor Eudoro Llamas Villanueva, aclarando que el señor Morales es personalcontratado sin ninguna capacidad de decisión respecto al trabajo que realiza laempresa para la Entidad; su responsabilidad está circunscrita a brindar apoyo, por loque en caso contrario, deberá comunicar cualquier acción que realice ante la empresaque esté fuera de las labores indicadas.

12. Mediante Oficio Nº 047-2008-OL-GAF/JNE, remitido vía fax el 11 de abril de 2008, la Entidadcomunicó al Contratista que el plazo para realizar el servicio debió haber culminado el 08 delmismo mes y año, sin embargo éste no había finalizado, por lo que le otorgó dos (02) díascalendarios para culminar el servicio sin perjuicio de las penalidades y la sanción administrativaaplicable.

13. Ante la continuidad del incumplimiento por parte del Contratista, con Oficio Nº 050-2008-OL-GAF/JNE, suscrito por el ingeniero Neal Martín Maura Gonzales, Jefe de Logística (e) de laEntidad, remitido a través de la Notaria de Lima María Mujica Barreda, notificado el día 17 deAbril de 2008, se le comunicó que no habiendo sido ejecutado el servicio en el plazo previsto,el cual culminó el 08 de abril de 2008, se ha configurado la causal de incumplimiento previstaen el numeral 1) del artículo 225 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, por lo que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 226 de la citada norma,se otorgó un plazo de cinco (05) días a partir de recibido el documento, para cumplir con elservicio, bajo apercibimiento de resolver el contrato.

14. Por Carta Nº MSA-038/2008, presentada el 25 de abril de 2008, el Contratista comunicó a la

CPC María Elena Carrera, Gerente de Administración y Finanzas de la Entidad, que trabajabaintensamente en la conciliación patrimonial y contable, habiendo culminado recién el 22 de loscorrientes la conciliación patrimonial, con la cantidad inventariada de 6343 bienes, conforme alcd entregado al señor Llamas en la fecha. Adicionalmente, informó lo siguiente:

Conciliación Patrimonial

i. Desactualización en el registro de la base de datos de Control Patrimonial por losbienes existentes y adquiridos por la Entidad, así como la existencia de bienessobrantes patrimonialmente, los cuales han sido contabilizados por la Entidad. Estabase de datos fue entregada por el señor César Morales por segunda vez en el mes deabril de 2008.

ii. La existencia de serios errores incurridos durante el saneamiento patrimonial al 31 dediciembre de 2006, registrando en la base de datos con códigos inexistentes, etiquetasque difieren en la base de datos y los realmente pegados en cada activo.

iii. La existencia de códigos SBN duplicados, pegados en los diferentes activos al 31 dediciembre de 2006, que para la conciliación se vienen asignando nuevos códigos, aefectos de realizar una correcta conciliación patrimonial.

iv. La existencia de bienes sobrantes no considerados en la base de datos.

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v. Es importante indicar que para la conciliación de los 6302 se han utilizado lassiguientes siglas: C=bienes conciliados, S=bienes codificados sobrantes, SNC=bienessin código patrimonial (sobrantes nuevos códigos), CSD= códigos de bienes sobrantesduplicados, F= bienes faltantes, I-NO= Para los activos propuestos a baja por serinservibles y estar inoperativos.

Conciliación contable

vi. Existencia de activos fijos sin código patrimonial y en algunos casos bienes codificadoscon sólo 8 dígitos, que dificulta la conciliación patrimonial por la existencia de 12dígitos patrimoniales.

vii. Está dedicado a la conciliación contable tanto de los activos fijos y bienes nodepreciables, para lo cual se ha emitido la Carta Nº MSA038/2008, dirigida a la señoraMariela Vargas, solicitando copia de las órdenes de compras de los años 2004, 2005 y2006 para identificar los códigos patrimoniales no incluidos en los registros contables yefectuar el cálculo de la depreciación y el valor neo en libros de los equipos decómputo, considerandos en el Anexo Nº 02.

15. A través de la Carta Nº MSA-039/2008, presentada el 25 de abril de 2008, el Contratistasolicitó a la CPC Mariela Varga Chu, Jefe de Contabilidad de la Entidad, que le remita copia delas órdenes de compra incluidas en los Anexos Nº 01 y Nº 02, dado que requiere mayorinformación para la identificación técnica de los bienes y efectuar la conciliación contable delos bienes inventariados al 31 de diciembre de 2006. Adicionalmente, solicitó se le otorgue laautorización para proceder al cálculo de la depreciación y el valor neto en libros de los activoscontabilizados al 31 de diciembre de 2006.

16. Con Oficio Nº 182-2008-GAF/JNE que data del 05 de mayo de 2008, suscrito por la CPC MaríaElena Carrera, Gerente de Administración y Finanzas, la Entidad hizo entrega al Contratista, encalidad de préstamo, de las copias de las órdenes de compra detalladas en sus Anexos Nº 01 yNº 02, adjuntos a su Carta Nº MSA-039/2008, verificadas individualmente por la Oficina deContabilidad y por su representante legal.

17. El 06 de mayo de 2008, el Contratista presentó la Carta Nº MSA-040/2008, dirigida a la CPCMaría Elena Carrera, Gerente de Administración y Finanzas de la Entidad, solicitándole laremisión de copia de las órdenes de compra de determinados bienes inventariados que no seincluyen en los reportes de compra alcanzados anteriormente, pero que sí se registran en labase de datos del inventario que proporcionó la Entidad, para la valorización del inventario al31 de diciembre de 2007.

También indicó que, contando con el reporte valorizado de las adquisiciones del año 2007incompleto, y no teniendo registrado los códigos patrimoniales de los bienes adquiridos en lascopias de las órdenes de compra proporcionadas por la Oficina de Contabilidad, solicitó suayuda para que se le remita toda la información solicitada vía fax.

18. El mismo 06 de mayo de 2008, a través del Oficio Nº 187-2008-GAF€JNE, la CPC María ElenaCarrera, Gerente de Administración y Finanzas de la Entidad, manifestó al Contratista que losbienes señalados como no habidos en los reportes de compra 2006 y 2007 fueron adquiridosen el año 2008; tomando la precaución de consignar en cada etiqueta adherida a cada bien la

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nomenclatura “ADQUISICIÓN 20082, para evitar errores; lo que no habría sido tomado encuenta. En lo referente a las órdenes de compra del año 2007, agregó que se le proporcionótoda la información con la que cuenta la Oficina de Contabilidad y Control Patrimonial, portanto, deberá consignar en su informe la diferencia existente. En consecuencia, indicó queremitía vía fax la comunicación y una orden de compra del año 2008, recordando que elperiodo que comprende su trabajo es al 31 de diciembre de 2007.

19. El 29 de mayo de 2008, el Contratista remitió a la CPC María Elena Carrera, Gerente deAdministración y Finanzas de la Entidad, la Carta Nº MSA-041/2008, recibida por el señorCésar Morales, adjuntando lo siguiente:

i. 02 files incluyendo las copias de las órdenes de compra solicitadas a la Oficina decontabilidad.

ii. 01 reporte impreso del inventario físico de bienes patrimoniales al 31 de diciembre de2005, proporcionado por el señor Eudoro Llamas Villanueva, jefe de ControlPatrimonial.

iii. 02 bolsas de plástico conteniendo las etiquetas con código de barras sobrantes,proporcionadas por el señor César Morales Mejía, los cuales han sido reemplazadospor otras etiquetas proporcionadas por la Oficina de Control Patrimonial para eletiquetado de los bienes inventariados.

iv. 03 archivadores de palanca conteniendo las planillas de inventario físico de la Entidaddel año 2007, prestados por el señor Eudoro Llamas.

El archivador de palanca que contiene copias de las órdenes de compra del año 2007 fueentregado al señor César Morales el día lunes 26 de los corrientes.

20. Con Carta Nº MSA-042-2008, entregada el 02 de junio de 2008, el Contratista remitió a la CPCMaría Elena Carrera, Gerente de Administración y Finanzas de la Entidad, los reportes deinventario físico de bienes patrimoniales (reportes logísticos y contables).

21. Mediante Carta Nº MSA-043/2008, entregada el 02 de junio de 2008, el Contratista añadióque, existiendo en la información contable de la Entidad como activos fijos de maneraseparada las adiciones según anexo, grabadoras de disco compacto, unidades de memoria ydiscos duros, con un total de 43 activos, incluidos en el Reporte CONT-033BP-JNE, estosbienes deben ser incorporados contablemente en cada equipo de cómputo y sus valoresresiduales adicionales de manera respectiva, para ser reportados correctamente a la SBN;razón por la cual es imposible que pueda emitir el Reporte del Inventario Físico General debienes Muebles de la Entidad para ser presentados a la SBN, por no tener conocimiento a québienes corresponden dichas adiciones.

Por todo lo expuesto, indicó que se da por concluida la prestación de sus servicios.

22. Mediante Oficio Nº 207-2008-GAF/JNE que data del 03 de junio de 2008,remitido a través del Notario Público de Lima Dra. María Mujica Barreda y recibido el día 05 dejunio de 2008, la Entidad le comunicó la Resolución Nº 094-2008-SG-ADM/JNE que dispone la

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resolución de contrato. De igual manera, indicó que devuelve un grupo de 24 anillados y 2folios, ingresados por la Oficina de orientación electoral y Servicios al Ciudadano.

23. Por Oficio Nº 210-2008-GAF/JNE, notificado por conducto notarial el 05 de junio de 2008, laEntidad remitió al Contratista 24 anillados, 1 cd y 2 folios ingresados por la Oficina deOrientación Electoral y Servicios al Ciudadano. En ese sentido, agregó que si la citadainformación es parte del servicio, debió ser presentado en la fecha establecida.

24. A través del Oficio Nº 002-2008-DGRC/JNE, presentado el 24 de julio de 2008 ante la Mesa dePartes del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (actualmente Tribunal deContrataciones del Estado), la Entidad solicitó se imponga sanción administrativa al Contratistapor dar lugar a la resolución de contrato, por causal atribuible a su parte.

25. Por decreto del 31 de julio de 2008, el Tribunal requirió a la Entidad que subsane sucomunicación, debiendo remitir su informe técnico legal sobre la supuesta responsabilidad delContratista al haber dado lugar a la resolución de contrato de fecha 15 de febrero de 2008;debiendo adjuntar copia de las cartas notariales debidamente recibidas y/o diligenciadas,mediante las cuales se le requirió el cumplimiento de sus obligaciones y se le comunicó laresolución de contrato; dentro del plazo de diez (10) días hábiles, bajo responsabilidad yapercibimiento de poner en conocimiento de la Contraloría General de la República en elsupuesto caso de no atender el requerimiento.

26. En respuesta, el 21 de agosto de 2008, la Entidad presentó el Oficio Nº 072-2008-DGRS/JNE,mediante el cual cumplió con remitir lo solicitado.

27. Por decreto del 26 de agosto de 2008, el Tribunal inició procedimiento administrativosancionador contra el Contratista por supuesta responsabilidad al haber dado lugar a laresolución del contrato, por causal atribuible a su parte, materia de la Adjudicación DirectaSelectiva Nº 015-2007-JNE, infracción tipificada en el numeral 2) del artículo 294 delReglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; y lo emplazó para queformule sus descargos en el plazo de diez (10) días, bajo apercibimiento de resolver con ladocumentación obrante en autos.

28. Con escrito presentado el 29 y subsanado el 31 de octubre de 2008, MULTISERVICIOS YASESORIA S.A. se apersonó a la instancia y formuló sus descargos, en los que señaló losiguiente:

I. Solicita que se declare la no aplicación de sanción en su contra, por cuanto ladenuncia de la Entidad contiene información unilateral, incompleta y no se ajusta a laverdad de los hechos, con un manifiesto abuso de autoridad de la CPC María ElenaCarrera Martínez, Directora General de Recursos y Servicios de la Entidad, al negarse arecibir el informe final y los entregables contractuales por la presentación de susservicios con fecha 16 de abril de 2008.

i. En el numeral 6 de los Términos de Referencia del presente proceso de selección,se estableció que: “El Jurado Nacional de Elecciones entregará a la empresacontratista la Base de Datos correspondientes según las Tablas del Software SIMIde la SBN y el Listado de Bienes NO SBN. Se trabajará asimismo partiendo de lasBases de Datos proporcionados según el SIMI- SBN”. Estos documentos no fueron

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entregados a la empresa, sino que le dieron la base de datos administrados por laOficina de Patrimonio, con serias deficiencias técnicas: i) Base de datos concódigos patrimoniales desactualizados, incompletos y duplicados, ii) Códigospatrimoniales discrepantes entre lo considerado en las Bases de datos y lo real yfísicamente existente y pegado en cada bien patrimonial.

ii. Incumplimiento del numeral 7 de los Términos de Referencia, en la provisión deetiquetas Nº 01 (etiqueta con código de barras para la identificación final de losactivos inventariados) y Nº 02 (etiqueta provisional y pre numerada identificadascomo etiquetas de saneamiento patrimonial 2006, requeridas como constancia dehaber efectuado el inventario físico al barrer), las cuales fueron proporcionadascon las siguientes falencias:

Etiquetas Nº 01: Entrega parcial, desorganizada, incompleta, duplicada,inoportuna y discrepante con los reales existentes y pegados físicamenteen cada activo inventariado, lo que obligó a solicitar permanentemente ala Entidad la emisión de nuevas etiquetas a fin de cumplir con laejecución de sus servicios. Las entregas fueron incompletas y retrasadas,lo que afectó el cronograma de actividades, razón por la cual, pese a laampliación del plazo de ejecución, no se pudo cumplir lo solicitado por laEntidad.

Etiquetas Nº 02: Entrega parcial, incompleta, duplica, inoportuna y depésima calidad que le obligó a efectuar hasta dos inventarios por la caíday pérdida de dichas etiquetas.

iii. Información contable incompleta, sin la identificación del código patrimonialcorrespondiente al ejercicio 2007, con cálculos errados en la depreciación anual yacumulada por error en la aplicación de los porcentajes de depreciacióndistorsionando seriamente el valor neto en libros por cada activo, que le obligó aefectuar un examen especial para la conciliación contable de los bienespatrimoniales inventariados, que igualmente afectó el cronograma de trabajo y esde conocimiento formal de la CPC María Elena Carrera Martínez, Directora Generalde Recursos y Servicios de la Entidad. Es importante recalcar que según elnumeral 10 de los Términos de Referencia, en el proceso de conciliación: “ElPostor deberá considerar como el único factor común de conciliación automáticaexistente entre el Inventario Físico y los Registros Contables, es el CódigoPatrimonial, debiendo verificar que concilie la descripción y característicasprincipales del bien”.

II. Solicita se obligue a la Entidad a pagarle la suma de S/. 21 600,00 (Veintiún milseiscientos con 00/100 Nuevos Soles), monto contractual, debido al incumplimiento desus obligaciones.

III. Frente a los abusos funcionales de la CPC María Elena Carrera Martínez, DirectoraGeneral de Recursos y Servicios de la Entidad, solicita las sanciones administrativaspor las siguientes causales:

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i. Por sorprender a la Alta Dirección de la Entidad al solicitar la resolución delcontrato en forma extemporánea e irresponsable, aduciendo que el Contratista nocumplió el servicio, pese a que sí cumplió y presentó todos los entregablescontractuales mediante Carta Nº MSA-042/2008 recién el 02 de junio de 2008 porla Oficina de Trámite Documentario, cansados de esperar que se le conceda unaentrevista durante dos semanas con la CPC Carrera Martínez, para que reciba el16 de abril de 2008, los entregables contractuales por la prestación de susservicios como se había acordado verbalmente con su representante legal,justamente por la serie de incumplimientos de la Entidad.

ii. Por su expresa mala intención en perjuicio económico del Contratista, al disponerilegalmente la resolución del contrato, mediante Oficio Nº 207-2008-GAR/JNE, porvía notarial el 03 de junio de 2008 y solicitar la emisión de la Resolución Nº 094-2008-ADM/JNE, ambos extemporáneamente y dejar impagas las remuneracionesdel personal de inventariadores; así como la quiebra económica de la empresa alno poder cumplir con las obligaciones asumidas, razón por la cual no ha podidointerponer la demanda respectiva ante el CONSUCODE (actualmente OSCE).

IV. Respecto del desarrollo del inventario físico en campo:

i. El 13 de febrero de 2008, su representante legal se comunicó con el señor EudoroLlamas, Jefe de Patrimonio de la Entidad, y concertó una reunión de coordinaciónpara el 14 del mismo mes y año. En esta reunión, mediante Carta Nº MSA-026/2008, solicitó la entrega de documentación técnica y administrativa para elplaneamiento técnico del inventario físico integral, principalmente, la entrega delas 6000 etiquetas provisionales y pre numeradas para la ejecución del inventariofísico al barrer y las 6000 etiquetas finales para el pegado en cada activoinventariado durante el ejercicio 2007. En esta misma reunión, ambas partesacordaron dar inicio al inventario el 18 de febrero de 2008, debiendo la Oficina dePatrimonio proceder a la impresión de las 6000 etiquetas provisionales y finales,las cuales le serían entregadas con dos días de anticipación, vale decir, el 16 defebrero de 2008. Las etiquetas finales (con código de barras) serían impresasutilizando la copia de la base de datos del inventario al 31 de diciembre de 2006,que le proporcionaría la Oficina de Presupuesto.

ii. El contrato tiene como fecha de suscripción el 15 de febrero de 2008, aunquerecién fue emitido y firmado –ante sus reclamos- el 03 de junio de 2008.

iii. De manera previa al inicio del inventario físico en campo, el 18 de febrero de2008 a las 9:30 horas, se suscribió el Acta de inicio de inventario físico de bienespatrimoniales al 31 de diciembre de 2007, cuya copia le fue entregada por OficioNº 091-2008-GAF/JNE el 21 de febrero de 2008.

iv. El inventario físico en campo se inició el 18 de febrero de 2008, con tres gruposde trabajo con un total de 32 inventariadores e integrado por: Grupo 1(Supervisor de Inventario, 1 Conciliador Contable, 3 técnicos en digitación yconciliación y 2 técnicos de control de calidad); Grupo 2 (1 Supervisor de campo y12 técnicos en inventario); Grupo 3 (1 Supervisor de campo y 12 técnicos eninventario).

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v. El mismo 18 de febrero de 2008, la Oficina de Patrimonio de la Entidad sóloentregó 200 etiquetas provisionales pre numeradas de un total de 6000, creandodesconcierto en el personal de inventariadores. De estas 200 etiquetas, existíanduplicados y de mala calidad, porque no resistían al pegado en los activos. Anteesta situación, se procedió a realizar el reclamo ante el señor César Morales, peroestas deficiencias no fueron superadas, sino que durante todo el proceso deinventariado, la Entidad se limitó a entregar parciales en desorden.

vi. Las etiquetas con código de barras finales impresas utilizando la Base de datos dela Oficina de Patrimonio discrepaban con las etiquetas pegadas en cada biendurante inventarios anteriores, con lo que se demuestra que la base de datosutilizada por la Oficina de Patrimonio se encuentra desactualizada, con bienesfaltantes y activos inventariados con códigos duplicados. Esta situación le obligó aconformar un cuarto grupo de trabajo para proceder al reordenamiento de dichasetiquetas por personal usuario del inventario físico al 31 de diciembre de 2006,con el propósito de mantener una cercana consistencia debido al incumplimientode los numerales 6, 7 de los Términos de Referencia, lo que le obligó a no cumplircon su propuesta, en lo que respecta al inventario físico en campo para realizartanto el inventario físico mismo, como el pegado de etiquetas provisionales prenumeradas y las etiquetas con códigos finales inmediatamente después deculminado el levantamiento de la información técnica de cada activo inventariado,generando mayores costos no previstos debido a la irresponsabilidad del señorCésar Morales, encargado de esta labor.

vii. Mediante Carta Nº MSA-028/2008 del 19 de febrero de 2008 se ingresó a lasinstalaciones de los equipos de cómputo y equipos auxiliares para la ejecución delinventario.

viii. Por Memorando Nº 001-CP/JNE del 19 de febrero de 2008, la Entidad emitió elprimer informe de observación del desarrollo del inventario. En respuesta,mediante Carta Nº MSA-029/208 del 19 de febrero de 2008, comunicó que ellento avance se debe a la falta de etiquetas para el inventario físico al barrer y ala mala calidad de éstas. Para el caso de las etiquetas con código de barras, elrepresentante legal con un cuarto grupo de trabajo se encuentra avocado alreordenamiento por personal usuario del inventario de 2006, por lo que no podrácumplir el programa de trabajo descrito para el inventario en campo de acuerdo asu propuesta.

ix. Con Carta Nº MSA-031/2008 del 26 de febrero de 2008 se emitió el informe detoma de inventario físico en campo al 98%, quedando pendiente algunosambientes que se encuentran cerrados, con planillas sin firma en igual porcentajepor el personal usuario. Asimismo, se informó que el etiquetado con código debarras no se inició puesto que, pese a habérsele solicitado su impresión por cadausuario, el señor César Morales le entregó etiquetas desordenadas, con 244faltantes. Finalmente, agregó que el etiquetado se encuentra programado para el27 de febrero de 2008.

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Posteriormente, con Oficio Nº 093-2008-GAF/JNE del 26 de febrero de 2008,dirigido a la ONPE se le comunicó que los cuatro bienes cedidos en uso seráninventariados el 28 de febrero de 2008.

x. Mediante Carta Nº MSA-032/2008 del 04 de marzo de 2008, remitió a la CPCMaría Elena Carrera Martínez, Gerente de Administración y Finanzas, el primerinforme de avance, comunicándole que el inventario físico en campo y ladigitación de los activos inventariados se culminó al 100%; se inició el etiquetadocon código de barras el 05 de marzo de 2008; las etiquetas de bienes nodepreciables no fueron entregadas por el señor César Morales hasta la fecha,pese haberlos solicitados con Carta Nº MSA-031/2008 del 26 de febrero del 2008;se reprogramó las diferentes actividades pendientes del inventario físico.

xi. Con Oficio Nº 002-2008-CP/JNE del 04 de marzo del 2008, la Entidad le pidió uninforme del avance del inventario de cada una de las actividades programadas; ymediante Oficio Nº 003-2008-CP-GAF/JNE del 07 de marzo de 2008 dio respuestaa su Carta Nº MSA-032/2008.

xii. A través de su Carta Nº MSA-033/2008 del 12 de marzo de 2008, comunicó a laEntidad que la labor del etiquetado con código de barras ha sido suspendidodebido a que no se cuenta con las nuevas etiquetas solicitadas a la Oficina deControl Patrimonial, faltando etiquetar en la azotea, sótano, pisos 3 y 5.

xiii. Mediante Oficio Nº 109-2008-GAF/JNE del 13 de marzo de 2008, en respuesta laEntidad admitió que, de acuerdo al contrato le corresponde imprimir las etiquetascorrelativas y las correspondientes al código de barras, admitiendo las deficienciasen su confección que fueron informadas por la Oficina de Control Patrimonial;que, según la base de datos se imprimieron 5967 etiquetas; adicionalmente semandaron a elaborar 244 etiquetas adicionales consideradas como faltantes.Asimismo, solicitó que el día 14 de marzo de 2008 se le entreguen las fichasempleadas en el inventario clasificadas por piso y por usuario.

Es importante indicar que faltaron etiquetas debido a la discrepancia entre la basede datos de la Oficina de Control Patrimonial y las requeridos por los activosinventariados físicamente. Además, la Oficina de Control Patrimonial no le informóa la Gerencia de Administración, que diariamente se le venía alcanzando larelación de etiquetas con códigos de barras faltantes.

xiv. Mediante Oficio Nº 113-2008-GAF/JNE del 19 de marzo del 2008, se le informóque a la fecha se viene ubicando bienes no inventariados.

xv. A través del Oficio Nº 116-2008-GAF/JNE del 26 de marzo de 2008, la Entidadmostró su preocupación por el retrazo del avance de inventario y la entrega deinformación para la conciliación contable y patrimonial, con miras a lapresentación del software del inventario del Mobiliario Institucional-SIMI a la SBN,que vencía el 31 de marzo de 2008, en vista del incumplimiento del cronogramade trabajo y la falta de entrega de dicha información.

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xvi. En respuesta, por Carta Nº MSA-034-2008 del 24 de marzo de 2008, se acordóefectuar la verificación del avance del inventario a las 4:00 pm del 27 de marzode 2008, con la participación de la Comisión de Supervisión del Inventario Físico.En dicha ocasión, el señor César Morales de la Oficina de Control Patrimonial seausentó hasta las 6:45 pm, cuando todos se retiraron, se apersonó ante laComisión y le solicitó que fuera al sótano en el que se encuentran algunos bienesdados de baja, que aún siendo reiterados definitivamente según Resolución Nº237-2007-AMD/JNE el 28 de diciembre de 2007, se encuentran incluidos en labase de datos proporcionada por la Oficina de Control Patrimonial, razón por lacual también dicha oficina solicitó la impresión de las etiquetas con código debarras. Esta misma situación se encontraban 6 computadoras personales quefueron registradas como bienes dados de baja por no haber sido inventariados.

Adicionalmente, cuando su representante legal solicitó verificar los bienesexistentes en la azotea del edificio de la Entidad, los ambientes estaban cerradosy no se pudo realizar la verificación. Después de verificar algunos bienes, seadvirtió que las etiquetas preliminares y pre numeradas se despegaron por sumala calidad y la Comisión los consideró como no inventariados, aunqueposteriormente se verificó que sí fueron inventariados.

xvii.Por Carta Nº MSA-035/2008 del 27 de marzo, en respuesta al Oficio Nº 116-2008-GAF/JNE, entregó a la Gerencia de Administración y Finanzas los siguientesdocumentos: dos (2) ejemplares del inventario físico valorizado de bienesdepreciables al 31 de diciembre de 2007, un (01) cd-rom con la base de datoscontable y el reporte de bienes depreciables al 31 de diciembre de 2007, tres (3)files con los reportes de sobrantes, faltantes y propuestas a baja de los bienes nodepreciables con código SBN, conteniendo 432 bienes sobrantes y 764 faltantes,debido a que la base de datos del inventario no se encuentran actualizados,bienes adquiridos en el ejercicio 2006 con código patrimonial.

Como respuesta a su Carta Nº MSA-034/2008 del 24 de marzo de 2008, la Oficinade Control Patrimonial le entregó una segunda base de datos de los bienespatrimoniales, habiendo procedido a su inmediata conciliación patrimonial delinventario con los siguientes resultados: 432 bienes sobrantes y 764 bienesfaltantes por tener códigos patrimoniales diferentes, justificando la impresión deuna cantidad importante de nuevas etiquetas con código de barras que fueronimpresas a solicitud permanente del Contratista para atender el etiquetado de losbienes inventariados en campo y descartas las etiquetas impresas con informacióncontenida en la base de datos de la Oficina de Control Patrimonial.

Igualmente, se comunicó a la Entidad la inexistencia de etiquetas con código desaneamiento patrimonial (etiqueta 01) para la toma del inventario físico al barrer,cuyo registro sólo existe en la base de datos, mas no pegados en los bienesinventariados, lo que dificultaba la conciliación patrimonial de acuerdo alcronograma de trabajo del Contratista.

Las etiquetas pegadas en cada activo diferían con la base de datos del inventariofueron emitidas irresponsablemente por el señor César Morales de la Oficina deControl Patrimonial, con un serio desorden, desactualización y discrepante con la

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situación física real de los bienes etiquetados e inventariados; siendo imposibleproseguir con la conciliación patrimonial. Por tanto, se solicitó la ampliación delcontrato por quince (15) días calendario, a partir del 28 de marzo de 2008 hastael 13 de abril de 2008. Esta solicitud fue prácticamente denegada por la Gerenciade Administración y Finanzas que sólo le otorgó cinco (5) días y luego dos (2) díasadicionales, en forma desordenada, con oficio y vía notarial con amenazas deresolver el contrato suscrito. Debido a estos hechos, se solicitó la asignación deun personal a tiempo completo para dar solución a este serio impase, a fin deculminar la conciliación patrimonial.

xviii. En respuesta a su Carta Nº MSA-035/2008, a través del Oficio Nº 139-2008-GAF/JNE del 31 de marzo de 2008, la Gerencia de Administración y Finanzas de laEntidad le indicó que luego de la reunión sostenida el 29 de marzo de 2008 (fechaerrada) se suscribió el Acta de verificación firmada por ambas parte y le comunicóque la información que entregó con Carta Nº MSA-035/2008 no puede seraceptadas como válida y como un compromiso asumido contractualmente, sinohasta la revisión y confirmación por el personal usuario, por lo que la misma seconsidera sólo en calidad de “ingresada para su revisión”. De otro lado, se negóel apoyo del personal solicitado por el Contratista.

xix. Mediante Carta MSA-036/2008 del 03 de abril de 2008, informó a la Entidad sobrelos hechos ocurridos en la verificación física con la participación de los miembrosde la Comisión de Supervisión del Inventario del 27 de marzo de 2008, en la queel señor César Morales llevó a los miembros directamente al sótano a verificarcomo bienes existentes e inventariados los 6 equipos de cómputo, a pesar queéstos fueron dados de baja oficialmente el 28 de diciembre de 2008, razón por lacual no deben formar parte de la base de datos, pero debido a sudesconocimiento técnico de la administración de bases de datos, la mantuvodesactualizada, lo que retrasó el cumplimiento del servicio. Adicionalmente,informó a la CPC María Elena Carrera, Gerente de Administración y Finanzas, quedesde el inicio del inventario se incurrió en entrega tardía e incompleta de lasetiquetas pre numeradas provisionales (etiqueta 2), así como de las etiquetas concódigo de barras (etiqueta 1), lo que impidió que cumpla el servicio, por lo quereiteró su solicitud de ampliación de plazo por 15 días calendario.

xx. En atención a su misiva, por Oficio Nº 146-2008-GAD/JNE del 04 de abril de 2008,la Entidad le indicó que debía dirigirse al señor Eudoro Llamas, encargado de laOficina de Control Patrimonial, y no al señor César Morales, para dar solución alos impases surgidos, pero no emitió solución alguna. El servicio se coordinó conel señor Llamas, pero el señor César Morales es la persona que tiene bajo sucontrol toda la información y la situación en la que se encuentra la base de datosdel inventario de la Entidad, e igualmente le negó la prestación del personal de laOficina de Control Patrimonial para la verificación y dar solución conjunta a losserios errores generados por el señor César Morales.

xxi. A través del Oficio Nº 060-2008-OL-GAF/JNE del 16 de abril de 2008, la Oficina deLogística le comunicó que al haber vencido el plazo para la ejecución del servicioel 08 de abril de 2008, se le otorgó 5 días calendario, bajo apercibimiento deresolver el contrato.

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xxii.Con Carta Nº MSA-038/2008 del 25 de abril de 2008, dirigido a la CPC MaríaCarrera Martínez, Gerente de Administración y Finanzas, comunicó las ocurrenciasdel servicio por las deficiencias durante la conciliación patrimonial, conciliacióncontable:

Conciliación patrimonial:

Desactualización en el registro de la base de datos de Control Patrimonialpor los bienes existentes y adquiridos por la Entidad, así como bienessobrantes, sin código patrimonial, ubicados durante la toma de inventariofísico en campo, lo que originó que el señor César Morales de la Oficinade Control Patrimonial le entregue una segunda base de datos igualmentesemiactualizada.

Existencia de serios errores incurridos durante el saneamiento patrimonialefectuado al 31 de diciembre de 2006, cuyas etiquetas (etiqueta 2)registradas en la base de datos con códigos inexistentes, etiquetas quedifieren en la base de datos y los realmente pegados en cada activo.

La existencia de códigos SBN duplicados, pegados en los diferentesactivos al 31 de diciembre de 2006, que para la presente conciliación sevienen asignando nuevos códigos, a efectos de realizar una correctaconciliación patrimonial.

La existencia de bienes sobrantes no considerados en la base de datos.

Conciliación contable:

Existencia en los registros contables de bienes sin código patrimonial portodas las adquisiciones del ejercicio 2007, y en otros casos bienescodificados de manera incompleta sólo con 8 dígitos, en vez de 12.

A la fecha, se encuentra en el proceso de conciliación contable, para locual emitió la Carta Nº MSA-039/2008 del 25 de abril de 2008, solicitandocopia de las órdenes de compra de los ejercicios 2004, 2005 y 2006 (3años), a efectos de identificar los códigos patrimoniales no incluidos en losregistros contables y realizar el nuevo cálculo de la depreciación anual yacumulada, el valor neto en los libros de los equipos de cómputo (CPU,monitor y teclado) de manera separada, lo que ha sido calculado enfunción al monto total facturado y no asignándose por cada activo. Esimportante indicar que, en el proceso de conciliación, se deberá considerarque el único factor común de conciliación automática existente entre elinventario físico y los registros contables es el código patrimonial,debiendo verificar que concilie la descripción y características principalesdel bien. Además, debe tenerse en cuenta que la Entidad incumplió susobligaciones al haberle entregado la base de datos de los registroscontables sin el código patrimonial en cada activo, por lo que tuvo queefectuar un examen especial para identificar adecuadamente a los activos

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contabilizados por los tres últimos años, lo que dificultó seriamente elavance de la conciliación contable del inventario físico con repercusionesen el avance del cronograma de trabajo.

En la base de datos de los registros contables al 31 de diciembre de 2007,la Oficina de Contabilidad incluyó la totalidad de bienes depreciables y nodepreciables, dados de baja mediante Resolución Nº 237-2007-ADM/JNEdel 28 de diciembre de 2007, distorsionando seriamente los saldos de losregistros contables al 31 de diciembre de 2007, el cual fue corregido en losreportes contables presentados.

xxiii. A través del Oficio Nº 047-2008-OL-GAF/JNE sin fecha, la Oficina de Logísticale manifestó que al haber vencido el 08 de abril de 2008 el plazo contractual, se leotorgaban 2 días adicionales para culminar el servicio, sin perjuicio de laspenalidades y sanción administrativa aplicable.

xxiv. Por medio del Oficio Nº 182-2008-GAF/JNE del 05 de mayo de 2008, despuésde 11 días calendario y frente al reclamo que realizó, la Oficina de Contabilidad leentregó –en calidad de préstamo- copia de las órdenes de compra solicitadasmediante Anexos 1 y 2 respectivamente.

xxv.Con Carta Nº MSA-040/2008 del 06 de mayo de 2008, dado que no se incluyen enlos reportes de compra de los ejercicios 2006 y 2007, pero sí en la segunda basede datos del inventario de la Oficina de Control Patrimonial, se solicitó a laGerencia de Administración y Finanzas del a Entidad, las copias de las órdenes decompra de 1 carro de metal transportador y de 6 carros transportadores.

xxvi. A través del Oficio Nº 187-2008-GAF/JNE del 06 de mayo de 2008, la CPCMaría Carrera Martínez, Gerente de Administración y Finanzas, respondió queestos bienes corresponden a adquisiciones del 2008. Estas confusiones existendebido a que la segunda base de datos proporcionada por el señor César Moralessigue desactualizada.

xxvii. Con Carta Nº MSA-041/2008 del 29 de mayo de 2008, entregó a la Entidad 2files conteniendo copias de las órdenes de compra prestadas por la Oficina deContabilidad, 2 bolsas de plástico con etiquetas con código de barras erradas,proporcionadas por el señor César Morales, las cuales fueron reemplazadas connuevas etiquetas emitidas por la Oficina de Control Patrimonial, así como también2 archivadores de palanca conteniendo planillas originales del inventario físico al2007.

xxviii. Después de 15 días calendario, y habiendo asumido el compromiso de surepresentante legal para culminar el servicio sin variar el monto contractual apesar de las prestaciones adicionales que efectuó, el cual fue aceptado por la CPCMaría Elena Carrera Martínez, quien reservó un registro de ingreso para recibir losentregables contractuales con fecha 16 de abril de 2008, se vio obligado apresentar los entregables a través de la Mesa de Partes, mediante Carta Nº MSA-042/2008 del 02 de junio de 2008, con los reportes logísticos y contables.

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xxix. Mediante Carta Nº MSA-043/2008 del 02 de junio de 2008, y existiendo en losregistros contables las adiciones como grabadores de disco compacto, unidadesde memoria y discos duros, con un total de 43 activos contabilizados en formaseparada y diferente a los que se encuentran físicamente, se solicitó a la Gerenciade Administración y Finanzas que estos activos sean reportados e incorporados alos equipos de cómputo para lograr un adecuado saneamiento patrimonial.

xxx.Por Oficio Nº 207-2008-GAF/JNE de fecha 03 de junio de 2008, pese a haberpresentado la totalidad de los entregables contractuales, de forma arbitraria yunilateral, la CPC María Elena Carrera, Gerente de Administración y Finanzas de laEntidad, resolvió en forma total el contrato, incumpliendo su compromiso verbalde recepcionar los entregables con fecha 16 de abril del 2008, dado la existenciade errores contables que no son imputables al Contratista sino únicamente a laOficina de Contabilidad de la Entidad.

xxxi. Con Oficio Nº 208-2008-GAF/JNE del 04 de junio, la CPC María Elena CarreraMartínez, Gerente de Administración y Finanzas de la Entidad, le volvió 24anillados, 1 cd rom y 2 folios ingresados por la Oficina de Trámite Documentario,correspondientes a los entregables contractuales. Esta actitud no solamente lodejó en desamparo económico, pese a haber desplegado los mayores esfuerzoscon horas adicionales de trabajo sin reconocimiento de pago adicional algunodebido al desorden administrativo y contable en el manejo de los bienespatrimoniales de propiedad de la Entidad; sino que, además, ha generado que nopueda pagar las remuneraciones de su personal, continuándose con el abandonoadministrativo y contable del patrimonio de la Entidad por su manifiesto abuso deautoridad.

Adicionalmente, solicitó se le conceda el uso de la palabra en audiencia pública; y tambiéndestacó que el Oficio Nº 072-2008-DGRES/JNE fue suscrito por la CPC María Elena CarreraMartínez como Directora General de Recursos Humanos y Servicios, a pesar que durante laejecución del servicio actuó como Gerente de Administración y Finanzas, por lo que solicitó seconsidere la validez legal de dicha comunicación.

29. Por decreto del 04 de noviembre de 2008, se tuvo por apersonado al Contratista, porpresentados sus descargos, por señalado su domicilio procesal sito en: Jr. Cosmos Nº 528-530Urb. Las Gardenias, Santiago de Surco-Lima y se remitió el expediente a la Tercera Sala delTribunal para que resuelva.

30. El 11 de octubre de 2010 se reasignó y remitió el expediente a la Primera Sala del Tribunal, enatención a lo dispuesto en la Resolución Nº 256-2009-OSCE/PRE.

31. El 16 de noviembre de 2010 se llevó a cabo la audiencia pública con la intervención delrepresentante de la Entidad y del Contratista.

32. El 17 de noviembre de 2010, el Contratista presentó alegatos, en los que reiteró su posturaexpuesta anteriormente en sus descargos y añadió:

i. De acuerdo a las Bases, la Entidad debía entregarle la base de datos según el SIMI-SBN y el listado de bienes NoSBN y proveer las etiquetas impresas. Concordante con

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ello, el inventario físico se realizaría en dos fases: Fase 1, consistente en ellevantamiento y verificación física de los bienes en todas las dependencias de laEntidad y Fase 2, referido al etiquetado de los bienes con la etiqueta Nº 01. En cuantoal proceso de conciliación, se indicó que el Contratista deberá considerar que el únicofactor común de conciliación automática existente entre el inventario físico y losregistros contables es el código patrimonial, debiendo verificar que concilie ladescripción y características principales del bien; para conciliar aquellos bienes que enlos Registros Contables no cuenten con su respectivo código patrimonial, el Contratistadeberá considerar la descripción del bien, marca, modelo y Nº de serie, dimensión,capacidad y potencia, los cuales deben ser verificados y determinados in situ previo alanálisis de los registros contables, generando el proveedor la etiqueta faltante pararegularizar el bien.

ii. En la reunión realizada el 14 de febrero de 2008, a través de la Carta Nº MSA-026/2008, solicitó la entrega de documentación técnica y administrativa para elplanteamiento técnico del inventario físico integral, principalmente la entrega de 6000etiquetas provisionales y pre numeradas para la ejecución del inventario físico albarrer en campo y las 6000 etiquetas con código de barras finales para el pegado encada activo inventariado durante el ejercicio 2007.

iii. En la citada reunión del 14 de febrero de 2008 se acordó que el inicio del inventariosea el 18 de febrero de 2008, para lo cual la Oficina de Patrimonio deberá proceder ala impresión de 6000 etiquetas finales con código de barras (etiqueta Nº 01), y 6000etiquetas provisionales pre numeradas, las cuales le serían entregadas con dos días deanticipación, esto es, el 16 de febrero de 2008. Las etiquetas con código de barrasserán impresas utilizando la copia de la base de datos del inventario al 31 dediciembre de 2006, proporcionada por la Oficina de Patrimonio.

iv. De manera previa al inicio del inventario físico en campo, se suscribió el mismo 18 defebrero de 2008, a las 9:30, el Acta de inicio del inventario físico de bienespatrimoniales al 31 de diciembre de 2007, cuya copia le fue entregada a través delOficio Nº 091-2008-GAF/JNE el 21 de febrero de 2008.

v. Si bien es cierto que en el contrato se registra la fecha 15 de febrero de 2008 comofecha de suscripción del contrato, éste recién se emitió y suscribió el 03 de junio de2008, ante su reclamo. Vale decir, entonces, que de buena fe y sin contrato, trabajó108 días calendario.

vi. El inventario físico en campo se inició el 18 de febrero de 2008, por 3 grupos deinventariadores, con un total de 3 entre profesionales y técnicos.

vii. El mismo 18 de febrero de 2008, la Oficina de Patrimonio le entregó solamente 200etiquetas provisionales pre numeradas de un total de 6000, que incluso estabanduplicadas y eran de mala calidad porque no resistían el pegado. Se procedió alreclamo ante el señor César Morales pero no se superaron las deficiencias durantetodo el proceso de toma de inventario.

viii. Las etiquetas con código de barras finales impresas utilizando la base de datos de laOficina de Patrimonio discrepan de las etiquetas pegadas en cada bien de inventarios

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anteriores, demostrando que la base de datos utilizada por la Oficina de Patrimonio seencuentra desactualizada, con bienes faltantes y activos inventariados con códigosduplicados.

ix. Si bien en las Bases se estableció que la Entidad entregará al Contratista la base dedatos según el SIMI-SBN y el listado de bienes NoSBN y se estipula que la Entidadproveerá las etiquetas, éstas no le fueron entregadas, sino la base de datosadministrada por la Oficina de Patrimonio con deficiencias técnicas de información.

x. Con Carta Nº MSA-031/2008 del 26 de febrero de 2008, comunicó a la Gerencia deAdministración que el avance es muy lento debido a que las etiquetas le fueronentregadas en forma parcial, incompleta, desordenada y duplicada; el etiquetado finalde los bienes patrimoniales no se inició porque la Entidad carecía de etiquetasimpresas; la planilla de inventario físico se encontraban al 98% sin firmas porque elpersonal usuario se negó a firmarlas, debido a la no existencia de una entrega formaldel bien patrimonial a cada trabajador y dichas planillas se encontraban en proceso dedigitación, lo que le obligó a regresar a cada ambiente para tomar las firmascorrespondientes.

xi. Durante el proceso de inventario físico en campo se le entregaron las 6000 etiquetasimpresas, agrupadas por usuario, cuya impresión se realizó utilizando la base de datosadministrados por la Oficina de Patrimonio, con información desactualizada, códigosduplicados, errados e incompletos, declarándolas inservibles por su discrepancia con lacodificación de los bienes en el campo.

xii. Ante esta situación, la Entidad tuvo que imprimir nuevas etiquetas con código debarras de manera progresiva de acuerdo al avance de la nueva codificación ydigitación de los bienes inventariados, incurriendo en un tercer incumplimiento.

xiii. Existe una cantidad importante de bienes no ubicados y bienes sobrantes con códigospatrimoniales diferentes debido a la desactualización de la base de datos.

xiv. La seria discrepancia técnica por la existencia de códigos patrimoniales diferentesentre el registro de la base de datos de la Oficina de Patrimonio y la codificaciónexistente en campo por cada activo generó un serio impedimento técnico paraefectuar la conciliación patrimonial. Esta situación originó que el señor César Moralesde la Oficina Patrimonial le entregue una segunda base de datos parcialmenteactualizada.

xv. Mediante Carta Nº MSA-033/2008 del 12 de marzo de 2008, comunicó a la Gerente deAdministración y Finanzas que su labor de etiquetado fue paralizada por no contar conlas etiquetas con códigos de barras finales, ya que a pesar de sus continuosrequerimientos, la Oficina de Patrimonio le entregó etiquetas incompletas, con erroresde codificación diferentes a los listados proporcionados, afectando el desarrollo de suslabores.

xvi. Durante el proceso de conciliación patrimonial se detectó la existencia de serioserrores incurridos durante el saneamiento patrimonial al 31 de diciembre de 2006,

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registrados en la base de datos bienes con códigos patrimoniales inexistentes,etiquetas que difieren en la base de datos y las realmente pegadas en cada activo.

xvii.Como respuesta al requerimiento de la Carta Nº MSA-034/2008, el 25 de marzo de2008, la Oficina de Control Patrimonial le entregó una segunda base de datos de losbienes patrimoniales de la Entidad, habiendo procedido a su inmediata conciliación conlos siguientes resultados: 432 bienes sobrantes y 764 bienes faltantes por tenercódigos patrimoniales diferentes, debido a que esta base de datos se encuentradesactualizada al 31 de diciembre de 2006.

xviii. Con Carta Nº MSA-036/2008 del 03 de abril de 2008, dio respuesta al Oficio Nº139-2008/GAF/JNE del 31 de marzo de 2008 e informó sobre los hechos ocurridos enla verificación física con la participación de los miembros de la Comisión de supervisiónde Inventarios, ocasión en la que el señor césar Morales llevó a dos miembros de lacomisión directamente al ambiente del sótano para verificar como bienes existentes einventariados a los 6 equipos de cómputo personales, físicamente existentes y dadosde baja oficialmente el 28 de diciembre de 2008, por lo que no deben formar parte dela base de datos, pero debido a su desconocimiento de la administración de una basede datos, siempre la mantuvo desactualizada.

xix. A través de la Carta Nº MSA-039/2008 del 25 de abril de 2008 solicitó copia de lasórdenes de compra de los ejercicios 2004, 2005 y 2006 para identificar los códigospatrimoniales no incluidos en los registros contables e igualmente efectuar el nuevocálculo de la depreciación anual y acumulada, así como el valor neto en libros de losequipos de cómputo, los cuales fueron calculados en base al monto total facturado yno asignándose por cada activo. Dado que según las Bases, el Contratista deberáconsiderar que el único factor de conciliación automática es el código patrimonial, yque la Entidad le entregó la base de datos de los registros contables sin el códigopatrimonial, incumpliendo sus obligaciones, tuvo que efectuar un examen especialpara identificar adecuadamente los activos contabilizados en los últimos tres años,dificultando seriamente el avance de la conciliación contable, lo que tampoco le esatribuible a su parte.

xx. Debido a las deficiencias anotadas por la información contable incompleta y sin elcódigo patrimonial de los bienes correspondientes al ejercicio 2007, tuvo que realizarun examen especial, labor que no estuvo considerada en los Términos de Referenciapara la conciliación contable, lo que afectó el cronograma de trabajo y le hizo incurriren costos adicionales.

xxi. En la base de datos de los registros contables al 31 de diciembre de 2007, la Oficinade Contabilidad incluyó la totalidad de bienes depreciables y no depreciables dados debaja por Resolución Nº 237-2007-ADM/JNE el 28 de diciembre de 2007,distorsionando seriamente los saldos de los registros contables y estados financieros al31 de diciembre de 2007, el cual fue corregido en los reportes contables presentados,con tiempo adicional.

xxii.Mediante Oficio Nº 047-2008-OL-GAF/JNE, la Oficina de Logística de la Entidad lecomunicó que, en vista que el 08 de abril de 2008 venció la ejecución del contrato, se

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le otorgaba hasta 2 días para que culmine el servicio, sin perjuicio de las penalidades ysanción administrativa aplicable.

xxiii. Por Oficio Nº 182-2008-GAF/JNE del 05 de mayo de 2008, en respuesta a suCarta Nº MSA-039/2008 del 25 de abril de 2010, en razón a su insistencia y por habertranscurrido 11 días calendario, la Oficina de Contabilidad le entregó en calidad depréstamo las órdenes de compra solicitadas para proceder a la valorización de lasadquisiciones de bienes durante el año 2007.

xxiv. Con Carta Nº MSA-035/2008 del 27 de marzo de 2008, en respuesta al OficioNº 116-2008-GAF/JNE, entregó a la Gerencia de Administración 2 ejemplares delinventario físico valorizado de bienes depreciables al 31 de diciembre de 2007, 1 cdrom con la base de datos contable y el reporte de bienes depreciables al 31 dediciembre de 2007 y 3 files con los reportes de sobrantes, faltantes y propuestos abaja de los bienes no depreciables con código SBN, 432 bienes sobrantes y 764faltantes, debido a que la base de datos del inventario no se encuentra actualizada ylos bienes adquiridos en el ejercicio 2006 no tienen código patrimonial.

xxv.Después de haber transcurrido 15 días calendario de haber culminado con la emisiónde los reportes logísticos y contables valorizados del inventario al 31 de diciembre de2007, vale decir el 19 de mayo de 2008, y habiendo asumido los costos adicionalespor las prestaciones no previstas que efectuó durante el desarrollo del servicio, y quede la otra parte, la CPC María Elena Carrera Martínez, se comprometió a recibir losentregables con fecha 16 de abril de 2008, reservando un registro de ingreso en laGerencia de Administración, y cansados de esperar por la atención de la CPC CarreraMartínez, decidió presentar el 02 de junio de 2008 su Carta Nº MSA-042/2008 en laOficina de Trámite Documentario, adjuntado los reportes logísticos y contables(entregables contractuales).

xxvi. Mediante Oficio Nº 207-2008-GAF/JNE, recibido el 05 de junio de 2008, la CPCMaría Elena Carrera Martínez, Gerente de Administración y Finanzas, con aplicaciónerrada de la cláusula décima del contrato, sin el detalle de las causales de resolución,resolvió el contrato sin justificación alguna, amparándose solamente en la ResoluciónNº 094-2008-SG-ADM/JNE del Subsecretario General, la cual estuvo sustentada en elMemorando Nº 252-GAF/JNE del 14 de mayo de 2008, el Informe Nº 728-2008-OL-GAF/JNE del 19 de mayo de 2008 y el Informe Nº 125-2008-GNEAL-JNE del 21 demayo de 2008, con desconocimiento de su representante legal y no remitido alContratista.

xxvii. Solicita que el Tribunal declare la nulidad de la resolución del contrato, asícomo la improcedencia de la sanción en su contra.

xxviii. La CPC María Elena Carrera Martínez, Gerente de Administración y Finanzas dela Entidad ha incurrido en un manifiesto abuso de autoridad que ha determinado laimposibilidad de cumplir con el pago de las remuneraciones de su personal deinventariadores hasta la fecha, imposibilidad de presentar la demanda correspondienteen su contra por falta de medios económicos, solicitando se le imponga sanciónadministrativa sin causa alguna, y mantener irresponsablemente el abandonoadministrativo y contable de los bienes patrimoniales de propiedad de la Entidad.

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33. El 20 de abril de 2011 tuvo lugar la audiencia pública, con la intervención de la representantede la Entidad.

FUNDAMENTACIÓN:FUNDAMENTACIÓN:

1. El presente procedimiento administrativo está orientado a determinar si el Contratista haincurrido en responsabilidad por dar lugar a la resolución de contrato de fecha 15 de febrerode 2008, materia de la Adjudicación Directa Selectiva Nº ADS-015-2007-JNE, para el serviciode toma de inventario físico de bienes patrimoniales del JNE; infracción tipificada en elnumeral 2) del artículo 294 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-EF, norma aplicable al suscitarse loshechos.

2. Considerando el momento de ocurrencia de la producción de los hechos materia de laimputación, la determinación de la presente infracción administrativa debe ser analizada deconformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, aprobado mediante Decreto supremo Nº 083-2004-PCM, en adelante la Ley.

Análisis formal del procedimiento de resolución contractual

3. El inciso c) del artículo 41 de la Ley, en concordancia con el numeral 1) del artículo 225 delReglamento, dispone que la Entidad podrá resolver el contrato, si es que el Contratistaincumple injustificadamente sus obligaciones contractuales, legales o reglamentarias, pese ahaber sido requerida para ello. En ese sentido, se debe tener presente que, para laconfiguración del supuesto de hecho de la norma que contiene la infracción imputada en elnumeral precedente, se requiere previamente acreditar que el contrato haya sido resuelto porcausa atribuible al Contratista, y que la Entidad haya observado la formalidad delprocedimiento de resolución de contrato prevista en el artículo 226 del citado Reglamento.

4. En ese orden de ideas, corresponde determinar, de manera previa, si la Entidad ha seguido eldebido procedimiento para la resolución del citado contrato, conforme lo previsto en losartículos 225 y 226 del Reglamento, en tanto que para que este Tribunal emita supronunciamiento en torno a la comisión de la referida infracción, debe analizarse si se hacumplido formalmente el procedimiento correspondiente para la resolución del Contrato.

5. Al respecto, de la documentación obrante en autos, se observa que la Entidad remitió a la

Contratista, los siguientes documentos: 1) Oficio Nº 050-2008-OL-GAF-JNE, diligenciadanotarialmente el 17 de abril de 20081, a través de la cual le otorgó un plazo de cinco (5) díaspara el cumplimiento de sus obligaciones (culminar con el servicio contratado en el plazoestipulado) y, 2) Oficio Nº 207-2008-GAF/JNE, también diligenciada notarialmente el 05 dejunio de 20082, mediante la cual le comunicó la resolución del contrato dispuesta en laResolución Nº 094-2008-SG-ADM/JNE.

6. En tal sentido, se verifica que la Entidad ha observado la formalidad de comunicar dos cartasnotariales para la resolución de contrato, siendo la primera carta de requerimiento de

1 Documento Obrante a fojas 11 y 98 del expediente administrativo.2 Documento Obrante a fojas 117-118del expediente administrativo.

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cumplimiento de obligaciones, y la segunda carta la resolución de contrato de acuerdo con elprocedimiento previsto en el artículo 226 del Reglamento.

Asimismo, la Entidad comunicó a este Tribunal que la resolución contractual quedó consentidaal no haber sido sometida a mecanismos de solución de controversias-conciliación o arbitraje.

7. En este punto, cabe precisar que de acuerdo a lo establecido en el numeral 53.2 del artículo53 de la Ley, las controversias que surjan entre las partes sobre la ejecución, interpretación,resolución, inexistencia, ineficacia o invalidez del contrato se resolverán mediante conciliacióny/o arbitraje, según el acuerdo de las partes, siendo que la parte que se tiene por afectada,tiene el derecho de solicitar su inicio3. En ese sentido, considerando que el Contratista nosolicitó discutir la resolución del contrato dentro de los plazos establecidos en la normaconforme a su derecho, debe entenderse que consintió la misma, no siendo obligación de laEntidad recurrir a tales mecanismos como condición para proceder a la resolución del vínculocontractual.

8. Por lo tanto, en el marco de lo expresado anteriormente, corresponde a éste Colegiadodeterminar si la resolución del contrato se originó en causa imputable al Contratista, ya que enel supuesto de haberse producido por razones de caso fortuito o fuerza mayor, nosencontraríamos ante una causa justificante de la inejecución de las obligaciones a su cargo.

Sobre el presunto incumplimiento injustificado en el que habría incurrido elContratista

9. En principio, debemos señalar que el contrato constituye la fuente de obligación de las partescontratantes, la cual está constituida por el mandato legal, reglamentario, las Bases Integradasy la oferta ganadora, por lo que debe ser atendido tanto por el Contratista como por laEntidad, debido a que su formalización constituye una declaración de voluntad y al estardebidamente perfeccionado, tiene fuerza de Ley; y por ello, al establecerse causales deresolución administrativa que opera por ministerio de la Ley, quien tiene la obligación de suejecución e incumple su contenido, se somete a las penalizaciones que conlleva su inejecución.

10. Precisamente, con respecto a lo anterior existe la presunción legal4 de que el incumplimientode obligaciones o su cumplimiento parcial, tardío o defectuoso, es atribuible a la parte quedebió ejecutarlas, salvo que ésta demuestre que el incumplimiento se produjo a pesar dehaber actuado con la diligencia ordinaria exigida por la naturaleza de la prestación o que lacausa de ella, fue un caso fortuito o fuerza mayor.

3 Artículo 227.- Efectos de la Resolución.-(..)Cualquier controversia relacionada con la resolución de contrato podrá ser sometida por la parte interesada a conciliacióny7o arbitraje dentro de los quince días hábiles siguientes de comunicada la resolución. Vencido este plazo sin que se hayainiciado ninguno de estos procedimientos, se entenderá que la resolución del contrado ha quedado consentida..4 La anotada presunción legal se sustenta en el artículo 1329 del Código Civil, el cual establece que “se presume que lainejecución de la obligación, o su cumpl0imiento parcial, tardío o defectuoso, obedece a culpa leve del deudor”, artículoaplicable al presente caso de conformidad con el artículo IX, del Título Preliminar del mismo cuerpo normativo: “Lasdisposiciones del Código Civil se aplican supletoriamente a las relaciones y situaciones jurídicas reguladas por otras leyes,siempre que no sean incompatibles con su naturaleza”.

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11. De la revisión de los antecedentes, se aprecia que la resolución de contrato, estuvo motivadapor el incumplimiento del Contratista de ejecutar el servicio dentro del plazo de 45 díascalendario, el cual venció el 07 de abril de 2008 5 .

12. Al formular sus descargos, en ejercicio de su derecho de defensa, el Contratista solicitó que sedeclare la no aplicación de sanción en su contra, por cuanto consideró que la denuncia de laEntidad contiene información unilateral, incompleta y no se ajusta a la verdad de los hechos,con un manifiesto abuso de autoridad de la CPC María Elena Carrera Martínez, DirectoraGeneral de Recursos y Servicios de la Entidad, al negarse a recibir el informe final y losentregables contractuales por la presentación de sus servicios con fecha 16 de abril de 2008.

En ese sentido, indicó que en el numeral 6 de los Términos de Referencia del presente procesode selección, se estableció que: “El Jurado Nacional de Elecciones entregará a la empresacontratista la Base de Datos correspondientes según las Tablas del Software SIMI de la SBN yel Listado de Bienes NO SBN. Se trabajará asimismo partiendo de las Bases de Datosproporcionados según el SIMI- SBN”; pese a lo cual no se le entregaron estos documentos,sino que le dieron la base de datos administrados por la Oficina de Patrimonio, con seriasdeficiencias técnicas: i) Base de datos con códigos patrimoniales desactualizados, incompletosy duplicados, ii) Códigos patrimoniales discrepantes entre lo considerado en las bases de datosy lo real y físicamente existente y pegado en cada bien patrimonial.

Igualmente, añadió que la Entidad incumplió el numeral 7 de los Términos de Referencia, encuanto a la provisión de etiquetas Nº 1 (etiqueta con código de barras para la identificaciónfinal de los activos inventariados) y Nº 2 (etiqueta provisional y pre numeradas, requeridascomo constancia de haber efectuado el inventario físico al barrer). Así, precisó que lasetiquetas Nº 1 se le entregaron de manera parcial, desorganizada, incompleta, duplicada,inoportuna y discrepante con los reales existentes y pegados físicamente en cada activoinventariado, lo que le obligó a solicitar permanentemente a la Entidad la emisión de nuevasetiquetas a fin de cumplir con la ejecución de sus servicios; pese a lo cual las entregas fueronincompletas y retrasadas, lo que afectó el cronograma de actividades, ocasionado que aún conla ampliación del plazo de ejecución, no se pueda cumplir lo solicitado por la Entidad.Igualmente, en cuanto a las etiquetas Nº 2, manifestó que éstas se le entregaron en formaparcial, duplicada e inoportuna y que, debido a su pésima calidad, tuvo que efectuar hasta dosinventarios por la caída y pérdida de dichas etiquetas.

Asimismo, agregó que según el numeral 10 de los Términos de Referencia, en el proceso deconciliación: “El Postor deberá considerar como el único factor común de conciliaciónautomática existente entre el Inventario Físico y los Registros Contables, es el CódigoPatrimonial, debiendo verificar que concilie la descripción y características principales delbien”. Sin embargo, la Entidad le brindó información contable incompleta, sin la identificacióndel código patrimonial correspondiente al ejercicio 2007, con cálculos errados en ladepreciación anual y acumulada por error en la aplicación de los porcentajes de depreciación,distorsionando seriamente el valor neto en libros por cada activo, lo que le obligó a efectuar unexamen especial para la conciliación contable de los bienes patrimoniales inventariados, queigualmente afectó el cronograma de trabajo y fue de conocimiento formal de la CPC MaríaElena Carrera Martínez, Directora General de Recursos y Servicios de la Entidad.

5 En los dos últimos requerimientos se consignó como fecha de culminación del plazo contractual el día 08 de abril de 2008,es decir, se concedió un día adicional, respecto de la fecha

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En razón a lo expuesto, solicitó se obligue a la Entidad a pagarle la suma de S/. 21 600,00(Veintiún mil seiscientos con 00/100 Nuevos Soles), monto contractual, debido alincumplimiento de sus obligaciones.

También solicitó que frente a los abusos funcionales de la CPC María Elena Carrera Martínez,Directora General de Recursos y Servicios de la Entidad, se le impongan las sancionesadministrativas por sorprender a la Alta Dirección de la Entidad al solicitar la resolución delcontrato en forma extemporánea e irresponsable, aduciendo que el Contratista no cumplió elservicio, pese a que sí cumplió y presentó todos los entregables contractuales mediante CartaNº MSA-042/2008 recién el 02 de junio de 2008 por la Oficina de Trámite Documentario,cansado de esperar que se le conceda una entrevista durante 2 semanas con dicha funcionariapara que le reciba al 16 de abril de 2008, los entregables contractuales por la prestación desus servicios como se había acordado verbalmente, justamente por la serie de incumplimientosde la Entidad; así como por su expresa mala intención en perjuicio económico del Contratista,al disponer ilegalmente la resolución del contrato, mediante Oficio Nº 207-2008-GAR/JNE, porvía notarial el 03 de junio de 2008 y solicitar la emisión de la Resolución Nº 094-2008-ADM/JNE, ambos extemporáneamente y dejar impagas las remuneraciones del personal deinventariadores, ocasionando la quiebra económica de la empresa al no poder cumplir con lasobligaciones asumidas, razón por la cual no ha podido interponer la demanda respectiva anteel CONSUCODE (actualmente OSCE).

Por otra parte, destacó que el Oficio Nº 072-2008-DGRES/JNE que contiene la denuncia de laEntidad en su contra, fue suscrito por la CPC María Elena Carrera Martínez como DirectoraGeneral de Recursos Humanos y Servicios, a pesar que durante la ejecución del servicio actuócomo Gerente de Administración y Finanzas, por lo que solicitó se considere la validez legal dedicha comunicación.

13. En un desarrollo más amplió argumentó el Contratista que el 14 de febrero de 2008 sostuvouna reunión en la que se acordó que el inicio del inventario sea el 18 de febrero de 2008, paralo cual la Oficina de Patrimonio debía proceder a la impresión de 6000 etiquetas finales concódigo de barras (etiqueta Nº 1), y 6000 etiquetas provisionales pre numeradas (etiqueta Nº2), las cuales le serían entregadas con dos días de anticipación, esto es, el 16 de febrero de2008; conviniendo que las etiquetas con código de barras serían impresas utilizando la copiade la base de datos del inventario al 31 de diciembre de 2006, proporcionada por la Oficina dePatrimonio.

Indicó el Contratista que si bien es cierto que en el contrato se registra la fecha 15 de febrerode 2008 como fecha de su suscripción, éste recién se emitió y suscribió el 03 de junio de 2008,ante su reclamo. Vale decir, entonces, que de buena fe y sin contrato, trabajó 108 díascalendario.

Señaló que el inventario físico en campo se inició el 18 de febrero de 2008, por 3 grupos deinventariadores, con un total de 3 entre profesionales y técnicos y que el mismo 18 de febrerode 2008, la Oficina de Patrimonio le entregó solamente 200 etiquetas provisionales prenumeradas de un total de 6000, que incluso estaban duplicadas y eran de mala calidad porqueno resistían el pegado; razón por la cual procedió al reclamo ante el señor César Morales perono se superaron las deficiencias durante todo el proceso de toma de inventario.

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Añadió que las etiquetas con código de barras finales impresas utilizando la base de datos dela Oficina de Patrimonio discrepaban de las etiquetas pegadas en cada bien de inventariosanteriores, demostrando que la base de datos utilizada por la Oficina de Patrimonio seencuentra desactualizada, con bienes faltantes y activos inventariados con códigos duplicados.En ese sentido, destacó que si bien en las Bases se estableció que la Entidad entregará alContratista la base de datos según el SIMI-SBN y el listado de bienes NoSBN y se estipula quela Entidad proveerá las etiquetas, éstas no le fueron entregadas, sino la base de datosadministrada por la Oficina de Patrimonio con deficiencias técnicas de información.

Según sostuvo, con Carta Nº MSA-031/2008 del 26 de febrero de 2008, comunicó a laGerencia de Administración que el avance era muy lento debido a que las etiquetas le fueronentregadas en forma parcial, incompleta, desordenada y duplicada; que el etiquetado final delos bienes patrimoniales no se inició porque la Entidad carecía de etiquetas impresas; que laplanilla de inventario físico se encontraban al 98% sin firmas porque el personal usuario senegó a firmarlas, debido a la no existencia de una entrega formal del bien patrimonial a cadatrabajador y dichas planillas se encontraban en proceso de digitación, lo que le obligó aregresar a cada ambiente para tomar las firmas correspondientes. Ante esta situación, laEntidad tuvo que imprimir nuevas etiquetas con código de barras de manera progresiva deacuerdo al avance de la nueva codificación y digitación de los bienes inventariados, incurriendoen un tercer incumplimiento.

Resaltó que existe una cantidad importante de bienes no ubicados y bienes sobrantes concódigos patrimoniales diferentes debido a la desactualización de la base de datos; y alegó quela seria discrepancia técnica por la existencia de códigos patrimoniales diferentes entre elregistro de la base de datos de la Oficina de Patrimonio y la codificación existente en campopor cada activo generó un serio impedimento técnico para efectuar la conciliación patrimonial.Esta situación originó que el señor César Morales de la Oficina Patrimonial le entregue unasegunda base de datos parcialmente actualizada.

Posteriormente, mediante Carta Nº MSA-033/2008 del 12 de marzo de 2008, comunicó a laGerente de Administración y Finanzas que su labor de etiquetado fue paralizada por no contarcon las etiquetas con códigos de barras finales, ya que a pesar de sus continuosrequerimientos, la Oficina de Patrimonio le entregó etiquetas incompletas, con errores decodificación diferentes a los listados proporcionados, afectando el desarrollo de sus labores.Como respuesta al requerimiento de la Carta Nº MSA-034/2008, el 25 de marzo de 2008, laOficina de Control Patrimonial le entregó una segunda base de datos de los bienespatrimoniales de la Entidad, habiendo procedido a su inmediata conciliación con los siguientesresultados: 432 bienes sobrantes y 764 bienes faltantes por tener códigos patrimonialesdiferentes, debido a que esta base de datos se encuentra desactualizada al 31 de diciembre de2006. En tal sentido, destacó que durante el proceso de conciliación patrimonial se detectó laexistencia de serios errores incurridos durante el saneamiento patrimonial al 31 de diciembrede 2006, registrados en la base de datos bienes con códigos patrimoniales inexistentes,etiquetas que difieren en la base de datos y las realmente pegadas en cada activo.

Con Carta Nº MSA-036/2008 del 03 de abril de 2008, dio respuesta al Oficio Nº 139-2008/GAF/JNE del 31 de marzo de 2008 e informó sobre los hechos ocurridos en la verificaciónfísica con la participación de los miembros de la Comisión de supervisión de Inventarios,ocasión en la que el señor César Morales llevó a 2 miembros de la comisión directamente alambiente del sótano para verificar como bienes existentes e inventariados a los 6 equipos de

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cómputo personales, físicamente existentes y dados de baja oficialmente el 28 de diciembre de2008, por lo que no deben formar parte de la base de datos, pero debido a sudesconocimiento de la administración de una base de datos, siempre la mantuvodesactualizada.

A través de la Carta Nº MSA-039/2008 del 25 de abril de 2008 solicitó copia de las órdenes decompra de los ejercicios 2004, 2005 y 2006 para identificar los códigos patrimoniales noincluidos en los registros contables e igualmente efectuar el nuevo cálculo de la depreciaciónanual y acumulada, así como el valor neto en libros de los equipos de cómputo, los cualesfueron calculados en base al monto total facturado y no asignándose por cada activo. Dadoque según las Bases, el Contratista deberá considerar que el único factor de conciliaciónautomática es el código patrimonial, y que la Entidad le entregó la base de datos de losregistros contables sin el código patrimonial, incumpliendo sus obligaciones, tuvo que efectuarun examen especial para identificar adecuadamente los activos contabilizados en los últimostres años, dificultando seriamente el avance de la conciliación contable, lo que tampoco le esatribuible a su parte; y recalcó que dicha labor no estuvo considerada en los Términos deReferencia para la conciliación contable, lo que afectó el cronograma de trabajo y le hizoincurrir en costos adicionales.

Respecto a los problemas detectados, mencionó también que en la base de datos de losregistros contables al 31 de diciembre de 2007, la Oficina de Contabilidad incluyó la totalidadde bienes depreciables y no depreciables dados de baja por Resolución Nº 237-2007-ADM/JNEel 28 de diciembre de 2007, distorsionando seriamente los saldos de los registros contables yestados financieros al 31 de diciembre de 2007, el cual fue corregido en los reportes contablespresentados, con tiempo adicional.

En cuanto a la conciliación contable, señaló que por Oficio Nº 182-2008-GAF/JNE del 05 demayo de 2008, en respuesta a su Carta Nº MSA-039/2008 del 25 de abril de 2010, en razón asu insistencia y por haber transcurrido 11 días calendario, la Oficina de Contabilidad le entregóen calidad de préstamo las órdenes de compra solicitadas para proceder a la valorización delas adquisiciones de bienes durante el año 2007.

Refirió que con Carta Nº MSA-035/2008 del 27 de marzo de 2008, en respuesta al Oficio Nº116-2008-GAF/JNE, entregó a la Gerencia de Administración 2 ejemplares del inventario físicovalorizado de bienes depreciables al 31 de diciembre de 2007, 1 cd rom con la base de datoscontable y el reporte de bienes depreciables al 31 de diciembre de 2007 y 3 files con losreportes de sobrantes, faltantes y propuestos a baja de los bienes no depreciables con códigoSBN, 432 bienes sobrantes y 764 faltantes, debido a que la base de datos del inventario no seencuentra actualizada y los bienes adquiridos en el ejercicio 2006 no tienen código patrimonial.

Acotó el Contratista que después de haber transcurrido 15 días calendario de haber culminadocon la emisión de los reportes logísticos y contables valorizados del inventario al 31 dediciembre de 2007, vale decir el 19 de mayo de 2008, y habiendo asumido los costosadicionales por las prestaciones no previstas que efectuó durante el desarrollo del servicio, yque de la otra parte, la CPC María Elena Carrera Martínez, se comprometió a recibir losentregables con fecha 16 de abril de 2008, reservando un registro de ingreso en la Gerenciade Administración, y cansados de esperar por la atención de la CPC Carrera Martínez, decidiópresentar el 02 de junio de 2008 su Carta Nº MSA-042/2008 en la Oficina de TrámiteDocumentario, adjuntado los reportes logísticos y contables (entregables contractuales). No

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obstante, mediante Oficio Nº 207-2008-GAF/JNE, recibido el 05 de junio de 2008, la CPC MaríaElena Carrera Martínez, Gerente de Administración y Finanzas, con aplicación errada de lacláusula décima del contrato, sin el detalle de las causales de resolución, resolvió el contratosin justificación alguna, amparándose solamente en la Resolución Nº 094-2008-SG-ADM/JNEdel Subsecretario General, la cual estuvo sustentada en el Memorando Nº 252-GAF/JNE del 14de mayo de 2008, el Informe Nº 728-2008-OL-GAF/JNE del 19 de mayo de 2008 y el InformeNº 125-2008-GNEAL-JNE del 21 de mayo de 2008, con desconocimiento de su representantelegal y no remitido al Contratista.

14. A fin de dilucidar el asunto que nos atañe, esto es, determinar si el Contratista incurrió eninfracción administrativa por haber dado lugar a la resolución del contrato por causal atribuiblea su parte, resulta pertinente traer a colación lo establecido en el Capítulo II de los Términosde Referencia para la Contratación del Servicio de las Bases, cuyo tenor se reproduce acontinuación:

1. OBJETO DEL SERVICIO

El servicio comprenderá la realización de Toma de Inventario Físico, Valorización yConciliación con la Data Patrimonial y Contable de los Bienes del Activo Fijo, Bienes NoDepreciables, Bienes Faltantes y Sobrantes, así como la actualización de información de losBienes Patrimoniales de propiedad del Jurado Nacional de Elecciones o bajo su custodia.

2. BASE LEGAL

El presente proceso de selección se rige por las siguientes disposiciones:

2.1.Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Ley N°26850, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, en adelante LEY.

2.2.Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por DecretoSupremo N° 084-2004-PCM, en adelante REGLAMENTO.

2.3.Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto N° 28411.2.4.Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2007 Nº 28927. 2.5.Ley de Transparencia y de Acceso para la Información Pública, Ley 27806.2.6.Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Ley No. 27444.2.7.Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado por Ley Nº 26486.

3. INICIO Y PLAZO DE EJECUCION DEL SERVICIO

El servicio de la Toma del Inventario Físico se iniciará a la fecha de la firma delcontrato, siendo obligación del Jurado Nacional de Elecciones cumplir con la entrega atiempo de la documentación solicitada por la empresa contratista para el inicio delservicio.

El Plazo de ejecución total del servicio será como máximo de CUARENTA CINCO(45) DÍAS CALENDARIO.

4. DISTRIBUCIÓN DE LOS BIENES

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Los bienes patrimoniales, se encuentran distribuidos en todas las diferentes dependencias delJURADO NACIONAL DE ELECCIONES, el mismo que se encuentra ubicado en la Av. Nicolás dePiérola N° 1080 – Cercado de Lima.

5. ASPECTOS QUE DEBERÁ CUBRIR EL SERVICIO A CONTRATAR

El servicio requerido se ejecutará bajo la supervisión de la COMISIÓN DE INVENTARIOdesignada por el JURADO NACIONAL DE LECCIONES.

El día de inicio del servicio el CONTRATISTA tendrá una reunión de coordinación previa conla COMISIÓN DE INVENTARIO y LA UNIDAD DE CONTROL PATRIMONIAL,suscribiéndose el acta de instalación correspondiente firmada por las 03 partes incluyendo laempresa seleccionada, en donde:

Se explicará el Plan de Trabajo, procedimientos e instrucciones a ejecutar durante laduración del servicio. Dicho Plan de Trabajo debe ser aprobado por la Comisión deInventario el mismo día de su presentación, de no existir observación al mismo, parapoder continuar con su ejecución.

Relación del personal propuesto en su propuesta técnica para la ejecución delservicio.

Una vez aprobado el Plan de Trabajo, se procederá a tener una reunión decoordinación entre la Unidad de Control Patrimonial y el Supervisor de la EmpresaContratista con todos los integrantes que participaran en la ejecución del servicio, endonde se darán las pautas necesarias para el inicio del servicio.

6. BASE DE DATOS

El JURADO NACIONAL DE ELECCIONES entregara a la empresa contratista la base de datoscorrespondientes, según las tablas del software SIMI de la SBN y el Listado de Bienes NO SBN.Así mismo:

Se trabajará partiendo de las bases proporcionadas según el SIMI-SBN Se proporcionarán los reportes contables necesarios para la conciliación de datos. Se realizará la conciliación contable considerando: Bienes Depreciables y Bienes No

Depreciables (Bienes con Código SBN y Código NO SBN.) Se generaran todos los reportes solicitados por la entidad. Se migraran los datos actualizados al software SIMI-SBN para la entrega a la SBN.

7. ETIQUETADO DE BIENES

El JURADO NACIONAL DE ELECCIONES proveerá de las etiquetas impresas a usarse segúnel siguiente detalle:

ETIQUETA Nº 01 es de 51 x 51 mm. (Aproximadamente) de color blanco.

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ETIQUETA Nº 02 es de papel de 22 x 51 mm. (Aproximadamente) colordefinido por el JURADO NACIONAL DE ELECCIONES con una numeracióncorrelativa provisional.

Al momento de realizar la verificación física FASE 01 se colocara la ETIQUETA Nº 02, sinexcepción como constancia de verificación del bien.

Si durante la FASE 01 del inventario se detecta algún bien que su tipo de bien físico esdiferente al registrado en la base de datos, se observará este bien para su actualizaciónposterior y se generara una nueva “ETIQUETA Nº 01”. Se generara un reporte de todos loscasos enmendados para ser informado a la Comisión de Inventario.

De presentarse 02 bienes que posean etiqueta con el mismo numero de ítem, en la FASE 02del inventario, se retirara del bien la etiqueta duplicada y se colocara una nueva ETIQUETANº 01.

Para los bienes que no cuentan con una etiqueta que los identifique con numero de ítem en laFASE 01 se le colocara la ETIQUETA Nº 02. Si se determina cual es su numero de ítem seimprimirá y se colocara la ETIQUETA Nº 01.

8. PROCESO DE INVENTARIO

El proceso de Inventario físico se realizara en dos fases:

FASE 01 Consiste en el levantamiento y verificación física de los bienes en todas lasdependencias del JURADO NACIONAL DE ELECCIONES.

FASE 02 Consiste en la colocación de la etiqueta N° 01

9. CANTIDAD DE BIENES A INVENTARIAR

La cantidad de bienes a inventariar representa 6,000 ítems aproximadamente, los cuales seencuentran distribuidos en la Sede del JURADO NACIONAL DE ELECCIONES.

En caso que el número de bienes inventariados supere los 6,000, sólo se considerará comotrabajo adicional, aquella cantidad de bienes inventariados y conciliados, que excedan al 3%de dicha cantidad.

10. PROCESO DE CONCILIACIÓN

El postor deberá considerar que el único factor común de conciliación automática existenteentre el Inventario Físico y los Registros Contables es el Código Patrimonial, debiendo verificarque concilie la descripción y características principales del bien.

Para conciliar aquellos bienes que en los Registros Contables no cuenten con su respectivoCódigo Patrimonial, el postor deberá considerar los siguientes factores:

Descripción detallada del bien

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Marca, Modelo y N° de Serie Dimensiones, Capacidad, Potencia, etc.

Los mismos que deberán ser determinados y/o verificados in situ previo al análisis de losregistros contables e inventario, generando el proveedor la etiqueta faltante para regularizar elbien.

11. INFORMACIÓN QUE SERA PRESENTADA POR LA EMPRESA CONTRATISTA

El Contratista entregará al JURADO NACIONAL DE ELECCIONES en dos (02) ejemplaresimpresos y en base de datos (CD-Room), de acuerdo a la siguiente presentación:

1. Acta de Conciliación con la Oficina de Contabilidad2. Inventario Patrimonial de Bienes Inmuebles y depreciación del Edificio.3. Inventario Patrimonial valorizado y depreciado de Muebles y Enseres4. Inventario Patrimonial valorizado y depreciado de Equipo de Computo5. Inventario Patrimonial valorizado y depreciado de Equipo de Transporte6. Inventario Patrimonial valorizado y depreciado de Muebles y Enseres Faltantes (De ser

aplicable)7. Inventario Patrimonial valorizado y depreciado de Equipo de Computo Faltantes (De

ser aplicable)8. Inventario Patrimonial valorizado y depreciado de Equipo de Transporte Faltantes (De

ser aplicable)9. Inventario Patrimonial valorizado de Bienes No Depreciables10. Listado de Bienes Faltantes11. Inventario de Bienes Sobrantes12. Inventario Patrimonial por oficinas.13. Asignación de bienes firmada por el usuario al momento de la verificación física.14. Bienes para la baja15. Informe Final.16. Inventario general según el software SIMI-SBN

En el Informe Final, se deberá incluir las conclusiones y recomendaciones respectivas delproceso realizado, o actividades resaltantes que el Jurado Nacional de Elecciones deberárealizar posteriormente al inventario físico.

12. CONDICIONES DEL SERVICIO

El POSTOR deberá especificar la cantidad de personas que intervendrán en elinventario (Supervisor, Contador Público Colegiado, Especialista y/o Técnico en Basede Datos, que designará para el servicio.

13. REQUISITOS

El Postor deberá acreditar con documentos lo siguiente:

Experiencia en Toma de Inventarios de Activos Fijos a nivel nacional o trabajos afinescon el objeto del proceso, debidamente acreditados.

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El POSTOR debe realizar durante el plazo de vigencia del contrato las actividadesnecesarias para prestar adecuadamente el Servicio de Inventario.

El servicio requerido implica una relación de naturaleza civil entre el JURADONACIONAL DE ELECCIONES y el proveedor, no existiendo ningún vínculo dedependencia laboral, estabilidad laboral, ni compromiso por el tiempo de ejecución delservicio entre el JNE y los trabajadores del proveedor. En este sentido, el personal queejecutara el servicio, realizara sus actividades por cuenta, riesgo y responsabilidad desu representada.

La verificación Física incidirá principalmente en:

Comprobación de la presencia física del bien Estado de conservación Condición de utilización Trabajador responsable del bien Ubicación física del bien Identificación del bien mediante la etiqueta

El JURADO NACIONAL DE ELECCIONES brindara lo siguiente:

La cantidad de bienes muebles que serán materia de inventario La ubicación de los locales El Inventario del ejercicio anterior La información correspondiente a las altas y movimientos del año Las Bajas de bienes de haberse dado el caso Cualquier otra información que el postor requiera y que sea necesaria para el

desarrollo del trabajo: Saneamiento de Bienes Muebles de Inventario.

14. PERSONAL REQUERIDO

El POSTOR deberá presentar como mínimo, como recursos humanos, el siguientepersonal.

Supervisor (01) Encargados de coordinar, dirigir, y monitorear el trabajo de campo de losinventariadores, siendo responsable de garantizar la calidad del servicio enrepresentación del proveedor, para lo cual debe contar con la experiencianecesaria en servicios afines.

Contador (01)Encargado del trabajo de verificación de la documentación y conciliación delos resultados con los registros patrimoniales y contables, confección de losreportes para los registros contables, para lo cual debe contar con titulo deContador Público, con experiencia profesional en servicios afines.

Técnico en Sistemas (01)Responsable de procesar la información del inventario, manejar la Base deDatos, entregar la información en forma oportuna y veraz, efectuar las

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migraciones de la información, emitir los reportes requeridos, para lo cualdeberá acreditar su experiencia en servicios.

Inventariadores (04) Responsables de realizar el trabajo de campo, en cantidad necesaria paradesarrollar el servicio, debiendo haber terminado carrera técnica y/o acreditarexperiencia en servicios similares.

OTROS ALCANCES DEL SERVICIO

Una vez definido el personal encargado de brindar el servicio, este no podrá serremovido o cambiado por el proveedor.

15. Ahora bien, respecto a la suscripción del contrato, debe tenerse en cuenta que el Contratistano ha acreditado objetiva y de manera indubitable que el contrato bajo análisis haya sidosuscrito el 03 de junio de 2008, mas no el 15 de febrero de ese año, como se consigna en eldocumento respectivo.

Consecuentemente, se estima que este asunto no sido sustentado de manera objetiva por elContratista, por lo que no amerita el pronunciamiento de esta Sala, más todavía debido a queeste asunto se encuentra fuera de su ámbito de competencia.

16. En cuanto a la ejecución del servicio, se advierte que el Contratista ha cuestionado laactuación de la Entidad, responsabilizándola por los atrasos incurridos, toda vez que no lehabría entregado la base de datos según el SIMI-SBN y el listado de bienes NoSBN, sino labase de datos de la Oficina de Control Patrimonial con deficiencias técnicas (con diferentescódigos patrimoniales a los recogidos en campo, bienes faltantes, sobrantes y no codificados);proveyéndole etiquetas de mala calidad, de manera desordenada y parcial; habiéndoseleentregado registros contables de manera incompleta (sin el registro de los códigospatrimoniales y características de cada activo para su identificación), detectando errores en elsaneamiento patrimonial al 31 de diciembre de 2006, por lo que tuvo que realizar un examenespecial como prestación adicional no remunerada; brindándole las órdenes de compra pararealizar la conciliación contable después de la intimación para que cumpla sus obligaciones; sinque se le hayan otorgado las ampliaciones de plazo solicitadas por estos inconvenientes.

En adición a lo expresado, aseveró que aún cuando tenía los reportes de inventario(entregables contractuales) listos para su entrega desde el 19 de mayo de 2008; la Gerente deAdministración y Finanzas de la Entidad, CPC María Elena Carrera Martínez, no lo atendió apesar de haberse comprometido con su representante legal a recibir dichos reportes con fecha16 de abril de 2008, razón por la cual optó por presentar esta documentación el 02 de junio de2008 ante la Oficina de Trámite Documentario. No obstante, en la misma fecha (02 de juniode 2008) se dispuso la resolución de contrato a través de la Resolución Nº 094-2008-SG-ADM/JNE, la cual le fue notificada el 05 del mismo mes y año, sin habérsele comunicado losdocumentos que sustentan esa decisión.

17. Revisados los documentos obrantes en autos, se advierte que el 25 de enero de 2008, laspartes suscribieron el documento denominado “Acta de entrega de base de datos bienes

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patrimoniales JNE”6, en el que se dejó constancia de la entrega de la base de datos de losbienes patrimoniales de la Entidad al Contratista, sin observación alguna.

Nótese en este punto que de acuerdo a lo establecido en la cláusula décimo segunda delcontrato, referida a las etapas preliminares a la suscripción del contrato, “LA CONTRATISTAdeclara que, a la firma del contrato, ha recepcionado todos los documentos y sehan realizado todas las acciones necesarias para el inicio de la toma de inventariofísico en campo” (resaltado agregado).

Es más, según lo aseverado por el propio Contratista, la Entidad le entregó con posterioridaduna segunda base de datos.

Dicho esto, no puede soslayarse que por la propia naturaleza del servicio, las bases de datosproporcionadas no debían ser tomadas en su integridad para que a partir de ellas se realice elinventario 2007, sino que debían tenérseles como referencias para el cruce de información,verificando sus bondades o posibles errores u omisiones, de ser el caso.

Por tanto, lo alegado por el Contratista respecto a la falta de entrega de las bases de datos noresulta amparable.

18. Según se desprende de la Carta Nº MSA-026/20087, presentada ante la Entidad el 14 defebrero de 2008, la metodología seguida primigeniamente por el Contratista para el etiquetadode bienes tenía como propósito que su personal efectúe tanto la toma del inventario físicocomo el etiquetado final con código de barras en una sola oportunidad. Esto no resultabaacorde a los Términos de Referencia en los que contempló que dicha etapa se realizaría en 2fases, la primera de identificación y verificación física del bien con colocación de la etiquetaprovisional (etiqueta Nº 2), y la segunda, en la que luego del procesamiento de la informaciónse colocarían las etiquetas definitivas (etiqueta Nº 1); razón por la cual mediante MemorandoNº 001-2008-CP/JNE8, el señor Eudoro Llamas, Encargado de Control Patrimonial de la Entidadle sugirió la implementación de la secuencia anteriormente mencionada.

Lo anterior, aunado a que el Contratista tomó por cierta la base de datos referencialproporcionada por la Entidad -hechos de su total responsabilidad- habría conllevado a queaquél requiera la impresión de la totalidad de etiquetas con errores propios de ladesactualización de la información que, a la postre, determinaron que se incurran en dilacionesinnecesarias para su revisión, ordenamiento por usuario e impresión de nuevas etiquetas trasla recopilación de data actualizada.

En estas condiciones, se colige que la entrega de la totalidad de las etiquetas, conforme a losolicitado por el Contratista, perjudicaba aún más el desarrollo de sus labores e implicabamayores costos de impresión para la Entidad9, como aquél concluyó en su Carta Nº MSA-

6 Documento obrante a fojas 047 del expediente administrativo.7 Documento obrante a fojas 066 del expediente administrativo.8 Documento obrante a fojas 071 del expediente administrativo.9 Según consta en el Oficio Nº 109-2008-GAF/JNE del 13 de marzo de 2008, suscrita por la CPC María Elena CarrearMartínez, Gerente de Administración y Finanzas de la Entidad, “(…) A su solicitud se mandó imprimir la totalidad de la basemanejada por control patrimonial del JNE, entregándole 5967 etiquetas debidamente codificadas, las mismas que asumimosfueron debidamente chequeadas por su empresa. Ante un requerimiento posterior se mandó confeccionar 244 etiquetasadicionales en vista que luego de ser chequeadas por su empresa figuraban como faltantes. A la fecha sigue la solicitud deconfección de etiquetas por parte de su empresa, las mismas que vienen siendo impresas por el JNE y la relación aumenta

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035/200810 del 27 de marzo de 2008, en la que señaló que “(…) la razón principal de laexistencia de una importante cantidad de bienes cuyas etiquetas con códigos de barras quefueron impresas inicialmente con información de su base de datos, posteriormente frente a lainexistencia de dichas etiquetas con códigos de barras del inventario, hemos solicitadopermanentemente se nos impriman nuevas etiquetas de acuerdo al inventario físico real decampo, con un serio retraso en el cumplimiento de nuestro Cronograma de Actividades” yreafirmó en su Carta Nº MSA-036-200811 del 03 de abril de 2008, en la que manifestó que“(…) Lo preocupante del presente caso es que dichas etiquetas se imprimieron con la base dedatos desactualizada y no se efectuó el control de calidad correspondiente, razón por la cual anuestra solicitud se tuvo que imprimir nuevamente 250 etiquetas adicionales, debido a quemuchos bienes no se encontraban incluidos en dicha base de datos (…)”.

19. Empero, no puede desconocerse la deficiente calidad de parte de las etiquetas entregadas porla Entidad, aunque de acuerdo a lo indicado en el Memorando Nº 001-2008-CP/JNE del 19 defebrero de 2008, el Contratista no habría tomado las precauciones del caso para que lasetiquetas sean adheridas en superficies limpias, a fin de evitar caídas; sin perjuicio deconsiderar también que según consta en la Carta Nº MSA-031/200812 del 25 de febrero de2008, algunos ambientes estuvieron cerrados, quedando pendientes las firmas de los usuariosen las planillas de inventario.

Se entiende que estos hechos dieron lugar a la ampliación del contrato por 5 días.

20. Adviértase en este punto que, según se consigna en el Oficio Nº 002-2008-CP/JNE13 del 04 demarzo de 2008, el inventario físico y etiquetado en campo, la digitación, procesamiento ycodificación del inventario debían estar culminados al 100%; pese a lo cual dichas actividadespermanecían pendientes, conforme consta en el Memorando Nº 03-2008-CP-GAF/JNE14 del 07de marzo de 2008.

21. Teniendo en cuenta que debía presentar el Software de Inventario de Mobiliario Institucional(SIMI) ante la Superintendencia de Bienes Nacionales (SIMI) hasta el 31 de marzo de 2008,indefectiblemente; a través del Oficio Nº 113-2008-GAF/JNE15 que data del 19 de marzo de2008 y del Oficio Nº 116-2008-GAF/JNE16 del 27 de marzo de 2008, la Entidad expresó supreocupación respecto al retraso incurrido, al seguirse encontrando bienes no inventariados, yno haberle proporcionado las fichas de levantamiento de información por usuario y por piso,así como la base de datos levantada para el cruce de información respecto a los bienespatrimoniales, con la base de datos de Control Patrimonial.

En atención a ello, con Carta Nº MSA-034-2008/200817 del 24 de marzo de 2008, el Contratistaremitió un cd con la base de datos del inventarios y los reportes de bienes conciliados y no

conforme pasan los días. Considerando las adquisiciones 2007 y las 2008 en conjunto no deben pasar los 200 bienes. Esnecesario (…) encontrar una explicación para el exceso de etiquetas demandadas por su empresa (…)”10 Documento obrante a fojas 092 del expediente administrativo.11 Documento obrante a fojas 094 y 095 del expediente administrativo.12 Documento obrante a fojas 073 del expediente administrativo.13 Documento obrante a fojas 081 del expediente administrativo.14 Documento obrante a fojas 082 del expediente administrativo.15 Documento obrante a fojas 087 del expediente administrativo.16 Documento obrante a fojas 088 del expediente administrativo.17 Documento obrante a fojas 089 del expediente administrativo.

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conciliados, junto con una relación de 642 bienes no conciliados, por cuanto no tendríancódigo patrimonial físicamente adherido y otros ubicados pero no considerados en la base dedatos y/o con códigos patrimoniales diferentes.

Adicionalmente, con Carta Nº MSA-035/2008 del 27 de marzo de 2008, el Contratista remitióel inventario físico valorizado de bienes patrimoniales depreciables al 31 de diciembre de 2007,la base de datos contable y el reporte de bienes depreciables al 31 de diciembre de 2007,reportes de sobrantes, faltantes y propuestos a baja de los bienes no depreciables con códigoSBN, para su revisión conjunta con el Área de Control Patrimonial, que consignan 432sobrantes, 764 faltantes y 764 activos “aparentemente no faltantes” con códigos SBNregistrados en la base de datos de la Entidad de manera diferentes a los existentes en campoy otras deficiencias.

Ante estas circunstancias, y dado que el representante legal del Contratista presentó un listadocon 764 bienes faltantes, en la reunión del 27 de marzo de 2008 –según consta en el actacorrespondiente- se acordó verificar inmediatamente lo informado, en base a una muestra delos bienes tomada del listado de faltantes, con los siguientes resultados:

1.- Se ubicó en el área física de contabilidad el monitor a color, considerado comofaltante por la empresa: código 7408770000325 código de saneamiento002839 asignada al Sr. Richard Cortez Ortiz

2.- En el almacén de Control Patrimonial se ubicaron 6 computadoras personalesque figuran como faltantes códigos 740805000122, 20, 19, 02, 03, 51 concódigos de saneamiento 01909, 01910, 01908, 01906, 01913, 01914; loscuales han sido dados de baja.

3.- A solicitud del Sr. Raúl Aquino Ortega se acordó verificar sillas fijas de metalubicadas en la azotea con códigos: 746481870303, 287, 218, 174 con códigosde saneamiento 3073, 48, 62 1108, la misma que quedó pendiente de verificarporque no se encontró disponible la llave del almacén de la azotea.

4.- En el quinto piso se encontró uno (1) bienes no inventariados.

5.- En el auditorio luego de un sondeo se ubicaron cinco (5) sillas sin inventariar ysin el código de SBN por haberse procedido a su pintado arreglado, las que nofueron debidamente reportadas en el inventario, indicando el Sr. Raúl AquinoOrtega que éstas estaban en su reporte de sobrantes.

Lo expuesto evidencia las inconsistencias de la información proporcionada por el Contratistaque, a su vez, justifican la comunicación realizada a través del Oficio Nº 139-2008-GAF/JNE 18,notificada el 31 de marzo de 2008, en la que la Entidad le informó que la documentación seencontraba en estado de revisión, sin conformidad.

22. La problemática suscitada quedó reflejada en el Oficio Nº 146-2008-GAF/JNE19 del 04 de abrilde 2008, fecha posterior al vencimiento del plazo contractual primigenio. En dichodocumento, la Entidad adviritó que al 03 de abril de 2008 continuaban las labores de

18 Documento obrante a fojas 093 del expediente administrativo.19 Documento obrante a fojas 096 del expediente administrativo.

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etiquetado (provisional y definitivo) en el almacén de la Entidad y en el de Control Patrimonial,labores de campo que corresponden a las primeras etapas del inventario; sin que se cuentecon información derivada de su trabajo de campo, ingreso de información y sus resultadospara la conciliación patrimonial y contable. Por tanto, optó por otorgarle una ampliación deplazo de cinco (5) días, a razón de los retrasos en la confección de las etiquetas provisionales.

En este escenario, la Entidad remitió al Contratista su Oficio Nº 050-2008-OL-GAF/JNE,notificado notarialmente el 17 de abril de 2008, concediéndole un plazo adicional de cinco (5)días para la culminación del servicio, el cual venció el 25 de abril de 2008. No obstante, al 25de abril de 2008, con Carta Nº MSA-038/200820, el Contratista indicó que estaba realizando laconciliación patrimonial y contable, habiendo culminado la primera de estas actividades, conun total de 6343 bienes.

23. Con el propósito de realizar la conciliación contable, el Contratista solicitó a la Entidad –através de la Carta Nº MSA-039/200821 del 25 de abril de 2008- le brinde copias de las órdenesde compra de los bienes incluidos en los Anexos Nº 1 y Nº 2, las cuales le fueron entregadasen “calidad de préstamo” por Oficio Nº 182-2008-GAF/JNE22 que data del 05 de mayo de 2008.

Cabe señalar que con Carta Nº MSA-040/200823 del 06 de mayo de 2008, el Contratista señalóque existían 7 bienes consignados en la base de datos proporcionada que no estaban incluidosen las órdenes de compra de 2006 y 2007, por lo que solicitó se le faciliten copia de lasórdenes de compra de dichos bienes. Empero, a través del Oficio Nº 187-2008-GAF/JNE24,notificado el mismo 06 de mayo de 2008, le indicó que estos bienes fueron adquiridos en elaño 2008, como se consignó en cada etiqueta adherida a ellos, lo que no se habría tomado encuenta.

Es relevante también indicar que, si bien el Contratista debía tomar el código patrimonial comoúnico factor común de conciliación automática, en los Términos de Referencia se indicó que“para conciliar bienes que en los registros contables no cuenten con su respectivo códigopatrimonial, el Postor debía considerar la descripción detallada del bien, marca, modelo yserie, dimensiones, capacidad, etc, los mismos que deberán ser determinados y/o verificadosin situ previo al análisis de los registros contables e inventario, generando el proveedor laetiqueta faltante para regularizar el bien”; motivo por el cual se concluye que tampoco resultaamparable lo alegado por el Contratista sobre las dificultades ocasionadas a razón de laseventuales deficiencias respecto a los códigos patrimoniales.

24. Como se ha indicado precedentemente, de acuerdo a lo establecido en los Términos deReferencia, el Contratista debía entregar 2 ejemplares impresos y en base de datos (cd) deacuerdo a la siguiente presentación:

1. Acta de Conciliación con la Oficina de Contabilidad2. Inventario Patrimonial de Bienes Inmuebles y depreciación del Edificio.3. Inventario Patrimonial valorizado y depreciado de Muebles y Enseres4. Inventario Patrimonial valorizado y depreciado de Equipo de Computo

20 Documento obrante a fojas 099 al 102 del expediente administrativo.21 Documento obrante a fojas 103 al 106 del expediente administrativo.22 Documento obrante a fojas 108 del expediente administrativo.23 Documento obrante a fojas 109 del expediente administrativo.24 Documento obrante a fojas 110 del expediente administrativo.

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5. Inventario Patrimonial valorizado y depreciado de Equipo de Transporte6. Inventario Patrimonial valorizado y depreciado de Muebles y Enseres Faltantes (De ser

aplicable)7. Inventario Patrimonial valorizado y depreciado de Equipo de Computo Faltantes (De

ser aplicable)8. Inventario Patrimonial valorizado y depreciado de Equipo de Transporte Faltantes (De

ser aplicable)9. Inventario Patrimonial valorizado de Bienes No Depreciables10. Listado de Bienes Faltantes11. Inventario de Bienes Sobrantes12. Inventario Patrimonial por oficinas.13. Asignación de bienes firmada por el usuario al momento de la verificación física.14. Bienes para la baja15. Informe Final.16. Inventario general según el software SIMI-SBN

En el Informe Final, se deberá incluir las conclusiones y recomendaciones respectivasdel proceso realizado, o actividades resaltantes que el Jurado Nacional de Eleccionesdeberá realizar posteriormente al inventario físico.

Ahora bien, el 02 de junio de 2008 (fecha en la que también se emitió la Resolución Nº 094-2008-SG-ADM/JNE) el Contratista presentó su Carta Nº MSA-042/200825 con los siguientesreportes en 2 ejemplares:

Reportes logísticos:

Reporte LOG-01BP-JNE: Inventario físico de bienes patrimoniales al 31-12-2007-ConciliadosReporte LOG-02BP-JNE: Inventario físico de bienes patrimoniales al 31-12-2007-SobrantesReporte LOG-03BP-JNE: Inventario físico de bienes patrimoniales al 31-12-2007-FaltantesReporte LOG-04BP-JNE: Inventario físico de bienes patrimoniales al 31-12-2007-Propuestos a bajaReporte LOG-05BP-JNE: Inventario físico de bienes patrimoniales al 31-12-2007-PorOficinas Alta Dirección y Organismos de LíneaReporte LOG-05BP-JNE: Inventario físico de bienes patrimoniales al 31-12-2007-SobrantesReporte LOG-05BP-JNE: Inventario Físico de Bienes Patrimoniales al 31-12-2007- PorOficinas Gerencia de Administración y Finanzas.

Reportes contables:

Reporte CONT-01BP-JNE: Inventario Patrimonial Valorizado y Depreciado al 31-12-2007.Reporte CONT-02BP-JNE: Inventario Patrimonial Valorizado de bienes no depreciablesal 31-12-2007.Reporte CONT-03BP-JNE: Adiciones a ser capitalizados en Equipos de Cómputo.

25 Documento obrante a fojas 115 del expediente administrativo.

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Reporte CONT-04BNDP-JNE: Bienes no depreciables baja 2006Reporte CONT-05DBP-JNE: Activos fijos baja 2006

Informe Final del Inventario:

01 cd con la base de datos del inventario, los reportes contables y logísticos así comola conciliación contable de los bienes depreciables y no depreciables presentados.

En adición a ello, mediante Carta Nº MSA-043/200826, entregada el 02 de junio de 2008, elContratista añadió que, existiendo en la información contable de la Entidad como activos fijosde manera separada las adiciones según anexo, grabadoras de disco compacto, unidades dememoria y discos duros, con un total de 43 activos, incluidos en el Reporte CONT-033BP-JNE,estos bienes deben ser incorporados contablemente en cada equipo de cómputo y sus valoresresiduales adicionales de manera respectiva, para ser reportados correctamente a la SBN;razón por la cual es imposible que pueda emitir el Reporte del Inventario FísicoGeneral de bienes Muebles de la Entidad para ser presentados a la SBN, por no tenerconocimiento a qué bienes corresponden dichas adiciones (resaltado agregado), asunto que síresultaba cognoscible.

Se aprecia, entonces, que el Contratista no remitió todos los entregables de acuerdo a loindicado en los Términos de Referencia, por lo que tampoco se le habría otorgado laconformidad respectiva.

25. A partir de todo lo expuesto, se entiende que la metodología de trabajo adoptada por elContratista influyó en el retraso del cronograma propuesto; no habiéndose entregado latotalidad de reportes indicados en los Términos de Referencia, aun a pesar de la ampliaciónconcedida y los requerimientos realizados.

26. En relación a esto, debe advertirse que el Contratista no ha acreditado objetivamente quetenía los reportes listos para su entrega desde el 19 de mayo de 2008, encontrándose a laespera de la respuesta de la Gerente de Administración y Finanzas de la Entidad, quien secomprometió a recibir dicha documentación con fecha 16 de abril de 2008; máxime si se tieneen cuenta que dicha irregularidad habría surgido después del requerimiento notarial para elcumplimiento de sus obligaciones.

27. Considerando lo anterior, se colige que la resolución del contrato es válida; debiendo tenerseen cuenta que los documentos que la sustentan (Memorando Nº 252-2008-GAF/JNE del 14 demayo de 2008, Memorando Nº 728-2008-OL-GAF/JNE del 19 de mayo de 2008 y el InformeNº 125-2008-GNEAL/JNE del 21 de mayo de 2008) son documentos de carácter interno quedan cuenta de la situación esbozada respecto del incumplimiento atribuido al Contratista, locual era de su pleno conocimiento y que, ulteriormente, tampoco fue revertido plenamente y asatisfacción de la Entidad.

28. Por tanto, esta Sala concluye que el Contratista ha incurrido en responsabilidad administrativapor la resolución del contrato, por causa atribuible a su parte; razón por la cual correspondeimponerle sanción administrativa.

26 Documento obrante a fojas 116 del expediente administrativo.

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29. De otro lado, debe indicarse que mediante Resolución Nº 134-2005-JNE, publicada el 24 dejunio de 2005, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Entidad, en el quese contempló -entre los Órganos de Apoyo- a la Gerencia de Administración y Finanzas,teniendo a su cargo las Oficinas de Recursos Humanos, Contabilidad, Tesorería y Logística.

Por Resolución N° 130-2008-JNE del 28 de mayo de 2008, publicada el 19 de julio de 2008, seaprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Jurado Nacional de Elecciones, sedispuso que la Dirección General de Recursos y Servicios, órgano dependiente de la DirecciónCentral de Gestión Institucional, tenga a su cargo las Unidades de Logística, Servicios alCiudadano, Contabilidad, Recursos Humanos y Tesorería.

En ese orden de ideas, se entiende que la CPC María Elena Carrera Martínez, Gerente deAdministración y Finanzas a inicios del 2008, quien realizó el seguimiento del servicio comoPresidenta de la Comisión de Inventario; luego de la modificatoria de la estructuraorganizacional de la Entidad fue designada como Directora General de Recursos y Servicios,cargo que desempeñó al tiempo de realizar la denuncia contra el Contratista que data del 24de julio de 2008.

De este modo queda desvirtuado el cuestionamiento del Contratista respecto a la validez de ladenuncia de la Entidad.

En cuanto a la sanción imponible

30. El artículo 294 del Reglamento establece que los postores que den lugar a la resolución delcontrato serán sancionados con inhabilitación temporal para contratar con el Estado por unperiodo no menor de uno (1) año ni mayor de dos (2) años, conforme a los criterios para ladeterminación gradual de la sanción previstos en el artículo 302 del Reglamento27.

31. Bajo las premisas anotadas debe considerarse la naturaleza de la infracción que, en este caso,obedece a una cuestión de falta de responsabilidad y diligencia en el deber del Contratista desatisfacer íntegramente las prestaciones a su cargo, a través de la metodología eficiente parala realización del servicio, según lo establecido en los Términos de Referencia, dentro de losplazos previstos.

32. En lo que atañe a la conducta procesal del infractor durante la sustanciación del presenteprocedimiento administrativo sancionador, es necesario tener presente que el Contratista se ha

27 Artículo 302.- Determinación gradual de la sanción.-Para graduar la sanción a imponerse conforme a las disposiciones del presente Título, se considerarán los siguientescriterios:

1) Naturaleza de la infracción.2) Intencionalidad del infractor.3) Daño causado.4) Reiterancia.5) El reconocimiento de la infracción cometida antes de que sea detectada.6) Circunstancias de tiempo, lugar y modo.7) Condiciones del infractor.8) Conducta procesal del infractor.

El Tribunal podrá disminuir la sanción hasta límites inferiores al mínimo fijado para cada caso, cuando considereque existen circunstancias atenuantes de la responsabilidad del infractor.

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apersonado a la instancia y presentado sus descargos; sin embargo no ha reconocido lacomisión de la infracción.

33. En el mismo sentido, es necesario que este Tribunal preste atención al daño causado por elinfractor. Así, debe tenerse en cuenta que la conducta irregular del Contratista reviste de unaconsiderable gravedad en la medida en que desde el momento en que se asumió uncompromiso contractual frente a la Entidad, aquél se obligó a cumplir cabalmente con loofrecido, toda vez que es conocido que ante un eventual incumplimiento se retrasaría elcumplimiento de las metas institucionales de la Entidad en agravio de intereses de carácterpúblico. En el caso particular, el daño se advierte que la Entidad requería los reportes deinventarios para su entrega a la SBN, obligación que no se habría cumplido dentro del plazo, elcual venció el 31 de marzo de 2008, por razones atribuibles al Contratista, quien no entregó lainformación de inventario a conformidad de la Entidad.

34. También debe tenerse en consideración que el Contratista ha sido inhabilitado anteriormentepara participar en procesos de selección y para contratar con el Estado, como se detalla acontinuación:

Desde el 13 de junio de 2003 al 13 de octubre de 2003 (4 meses), según ResoluciónNº 493-2003-TC-S228, por incumplir injustificadamente con las obligaciones derivadasdel Contrato de Locación de Servicios derivado de la Adjudicación Directa Selectiva N°172-2001/PRES-OGA, comunicada por el Ministerio de la Presidencia;

Del 24 de de julio de 2009 hasta el 23 de julio de 2010 (12 meses), según lo dispuestoen la Resolución Nº 1688-2009-TC-S429, por haber presentado documentación falsa oinexacta durante la Adjudicación Directa Selectiva Nº 007-2007-PRODUCE-S,convocada por el Ministerio de la Producción.

Del 28 de marzo de 2011 al 27 de marzo de 2012 (12 meses), de conformidad con loestablecido en la Resolución Nº 463-2011-TC-S130, por haber dado lugar a laresolución del contrato por causal atribuible a su parte, materia de la AdjudicaciónDirecta Selectiva Nº 16-2007-DEVIDA, realizada por la Comisión Nacional para elDesarrollo y Vida sin Drogas (DEVIDA) para el servicio de toma de inventario físicogeneral de los activos fijos.

35. Sin embargo, no puede dejar de valorarse a favor del Contratista que el monto del contratoincumplido ascendió a S/. 21,600.00 (Veintiún mil seiscientos con 00/100 Nuevos Soles), asícomo también las circunstancias en las que se produjeron los hechos, particularmente en loque se refiere a las dificultades surgidas durante la etapa de ejecución contractual, como porejemplo la deficiente calidad de las etiquetas, así como también a las coordinacionespermanentes realizadas y el desarrollo de actividades que denotan que el Contratista no sedesentendió plenamente de las obligaciones a su cargo.

36. Consecuentemente, en virtud a los criterios expuestos, este Colegiado considera quecorresponde imponer al Contratista la sanción mínima prevista en el artículo 294 del

28 Recaída en el Expediente Nº 508/2002.TC29 Recaída en el Expediente Nº 697/2008.TC30 Recaída en el Expediente Nº 1292/2008.TC

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Reglamento, equivalente a trece (13) meses de inhabilitación temporal para participar enprocesos de selección y para contratar con el Estado.

Por estos fundamentos, de conformidad con el informe del Vocal Ponente Dra. Janette ElkeRamírez Maynetto y la intervención de los Vocales Dr. Carlos Navas Rondón y Dra. Ada BasultoLiewald, y atendiendo a la reconformación de la Primera Sala del Tribunal de Contrataciones delEstado, según lo dispuesto en la Resolución Nº 103-2011-OSCE/PRE, expedida el 15 de febrero de2011, y en ejercicio de las facultades conferidas en los artículos 51 y 63 de la Ley de Contratacionesdel Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017, su Reglamento, aprobado por Decreto SupremoNº 184-2008-EF, y los artículos 17 y 18 del Reglamento de Organización y Funciones del OSCE,aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2009-EF, analizados los antecedentes y luego de agotado eldebate correspondiente, por unanimidad

LA SALA RESUELVE:LA SALA RESUELVE:

1. Imponer a la empresa Multiservicios y Asesoría S.A. la sanción administrativa de inhabilitacióntemporal por el periodo de trece (13) meses en sus derechos de participar en procesos deselección y contratar con el Estado, por la comisión de la infracción tipificada en el numeral 2)del artículo 294 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la cualentrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notificada la presente Resolución.

2. Poner la presente Resolución en conocimiento del Registro Nacional de Proveedores, para lasanotaciones legales correspondientes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PRESIDENTEPRESIDENTE

VOCAL VOCAL VOCAL VOCAL

ss.Navas RondónRamírez Maynetto.Basulto Liewald.

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