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MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO PROGRAMA FORTALECE PERÚ Resolución Directora! 003 -2019-MTPE-FP Lima, 15 de enero de 2019 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial 205-2016-TR se formaliza la creación de la Unidad Ejecutora 007: Programa para el Mejoramiento y Ampliación de los Servicios del Centro de Empleo "FORTALECE PERU" en el Pliego 012 - Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, mediante el Decreto Supremo 007-2013-EF, Decreto Supremo que regula el otorgamiento de viáticos para viajes en comisión de servicios en el territorio nacional, se estableció la escala de viáticos por viajes a nivel nacional en comisión de servicios para los funcionarios y empleados públicos, independientemente del vínculo que tengan con el Estado; incluyendo aquellos que brinden servicios de consultoría que, por la necesidad o naturaleza del servicio, la entidad requiera realizar viajes al interior; Que, mediante Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, se regula la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley del Presupuesto del Sector Público; Que, mediante Resolución Directora! 012-2017-FP-MTPE, de fecha 02 de agosto de 2017, se aprobó la Directiva 002-2017-FORTALECE PERÚ, "Directiva que regula el requerimiento, autorización, otorgamiento y rendición de cuentas de viáticos, pasajes y otros gastos de viaje por comisión de servicios dentro y fuera del territorio nacional, del Programa Fortalece Perú"; Que, el Artículo 2º de la Resolución Directora! 030-2018-FP-MTPE, de fecha 06 de julio de 2018, deja sin efecto en su totalidad la Directiva 002-2017- FORTALECE PERÚ, "Directiva que regula el requerimiento, autorización, otorgamiento y rendición de cuentas de viáticos, pasajes y otros gastos de viaje por comisión de servicios dentro y fuera del territorio nacional, del Programa Fortalece Perú", no '

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  • MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO

    PROGRAMA FORTALECE PERÚ

    Resolución Directora! Nº 003 -2019-MTPE-FP

    Lima, 15 de enero de 2019

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante Resolución Ministerial Nº 205-2016-TR se formaliza la creación de la Unidad Ejecutora Nº 007: Programa para el Mejoramiento y Ampliación de los Servicios del Centro de Empleo "FORTALECE PERU" en el Pliego Nº 012 - Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;

    Que, mediante el Decreto Supremo Nº 007-2013-EF, Decreto Supremo que regula el otorgamiento de viáticos para viajes en comisión de servicios en el territorio nacional, se estableció la escala de viáticos por viajes a nivel nacional en comisión de servicios para los funcionarios y empleados públicos, independientemente del vínculo que tengan con el Estado; incluyendo aquellos que brinden servicios de consultoría que, por la necesidad o naturaleza del servicio, la entidad requiera realizar viajes al interior;

    Que, mediante Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, se regula la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley del Presupuesto del Sector Público;

    Que, mediante Resolución Directora! Nº 012-2017-FP-MTPE, de fecha 02 de agosto de 2017, se aprobó la Directiva Nº 002-2017-FORTALECE PERÚ, "Directiva que regula el requerimiento, autorización, otorgamiento y rendición de cuentas de viáticos, pasajes y otros gastos de viaje por comisión de servicios dentro y fuera del territorio nacional, del Programa Fortalece Perú";

    Que, el Artículo 2º de la Resolución Directora! Nº 030-2018-FP-MTPE, de fecha 06 de julio de 2018, deja sin efecto en su totalidad la Directiva Nº 002-2017-FORTALECE PERÚ, "Directiva que regula el requerimiento, autorización, otorgamiento y rendición de cuentas de viáticos, pasajes y otros gastos de viaje por comisión de servicios dentro y fuera del territorio nacional, del Programa Fortalece Perú", no

    '

  • obstante el Artículo 3º de la citada Resolución aprueba un Texto Ordenado de la Directiva antes mencionada;

    Que, los textos únicos ordenados y/o los textos ordenados, no implican la creación de una nueva norma, por lo contrario, como su propio nombre lo señala son textos que ordenan las disposiciones de documentos jurídicos preexistentes, recopilando y ordenando el texto original con las diversas modificaciones que haya sufrido;

    Que, la citada Directiva señala que alcanza a todo el personal del Programa "Fortalece Perú", cualquiera sea su relación laboral o contractual, así como de aquellos consultores y personal especializado y/o calificado que aun cuando no tenga vínculo laboral con el Programa, realicen viajes en comisión de servicios en representación de "Fortalece Perú, lo cual debe ser correctamente definido, a fin de establecer si se requiere un vínculo contractual, sin importar su naturaleza, así como eliminar la condición de representación del Programa "Fortalece Perú;

    Que, resulta necesario aprobar una nueva Directiva que contemple las disposiciones para los viajes por comisión de servicios al exterior del país y en territorio nacional, a fin de regular los procedimientos, permitiendo cumplir con sus objetivos de manera fluida y articulada entre todas las áreas intervinientes, acorde a la normatividad vigente;

    De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y, el Decreto Supremo Nº 007-2013-EF, Decreto Supremo que regula el otorgamiento de viáticos para viajes en comisión de servicios en el territorio nacional;

    SE RESUELVE:

    Artículo 1º. - Aprobar la Directiva Nº 002-2019-FORTALECE PERU, "Lineamientos para la autorización de viajes por comisión de servicios al exterior y en el territorio nacional gestionadas ante la Unidad Ejecutora Nº 007: Programa para el Mejoramiento y Ampliación de los Servicios del Centro de Empleo "FORTALECE PERU" en el Pliego Nº 012 - Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo".

    Artículo 2º. - Deróguese la Resolución Directora! Nº 030-2018-FP-MTPE.

  • MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO

    PROGRAMA PARA EL MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE LOS SERVICIOS DEL CENTRO DE EMPLEO "FORTALECE PERÚ"

    DIRECTIVA QUE APRUEBA LOS LINEAMIENTOS PARA LA AUTORIZACIÓN DE VIAJES POR COMISIÓN DE SERVICIOS AL EXTERIOR Y EN EL TERRITORIO

    NACIONAL GESTIONADAS ANTE LA UNIDAD EJECUTORA Nº 007: PROGRAMA PARA EL MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE LOS SERVICIOS DEL CENTRO DE

    EMPLEO "FORTALECE PERU" EN EL PLIEGO Nº 012 - MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO

    2019

  • INDICE

    1. OBJETO ..... ..... .. ..... .... .......... .. .. .... .. ..... .... ..... .... .......... .... ...... .. .. ..... ... ...... ...... .. ...... 3

    2. BASE LEGAL .. .. ...... ... .. ..... .. .. ... ..... ......... .... ......... .... ....... .. .............. ..... ............. .... 3

    3. ALCANCE ...... .... ..... ... ... ..... .. .. .... ..... ...... ....... ... ... .. ........ ...... ..... .. .. .... ......... ....... ... ... 4

    4. DISPOSICIONES GENERALES ..... ...... .. ...... ..... .. ...... ... ....... ....... .. ... ......... .. .. .... .... 4

    5. VIAJES EN COMISION DE SERVICIO AL EXTERIOR DEL PAIS .. .. .......... .. ....... 4

    6. VIAJES EN COMISIÓN DE SERVICIO EN TERRITORIO NACIONAL .... .. ... ...... 1 O

    ANEXOS Y FORMATOS ... ... ....... ... .. ........... ...... ... ........ .. ...... .. .. .... .......... ... ........ ..... .... 16

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  • DIRECTIVA Nº 002-2019-FORTALECE PERÚ

    LINEAMIENTOS PARA LA AUTORIZACIÓN DE VIAJES POR COMISIÓN DE SERVICIOS AL EXTERIOR Y EN EL TERRITORIO NACIONAL GESTIONADAS

    ANTE PROGRAMA FORTALECE PERÚ Y SU RENDICIÓN DE CUENTAS

    1. OBJETO

    2.

    Establecer los lineamientos para la solicitud y autorización de v1aJes, el otorgamiento y rendición de viáticos, por comisiones de servicios al exterior e interior del país, para el desarrollo de actividades, a ser financiadas con recursos de la Unidad Ejecutora Nº 007: Programa para el Mejoramiento y Ampliación de los Servicios del Centro de Empleo "FORTALECE PERU" en el Pliego Nº 012 -Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (en lo sucesivo, "Fortalece Perú").

    BASE LEGAL

    a. Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de Viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su modificatoria.

    b. Ley Nº 28716, Ley de Control Interno de las Entidades del Estado. c. Ley Nº 28807, Ley que establece que los Viajes oficiales al exterior de

    servidores y funcionarios públicos se realicen en clase económica. d. Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de

    Presupuesto Público. e. Ley de Presupuesto Anual del Sector Público vigente. f. Decreto Supremo Nº 172-2016-EF, que aprobó la operación de

    endeudamiento externo entre el Gobierno Peruano y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID).

    g. Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba Normas reglamentarias sobre autorización de Viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su modificatoria aprobada por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM.

    h. Decreto Supremo Nº 179-2004-EF y modificatoria, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta.

    i. Decreto Supremo Nº 012-2007-PCM, que prohíbe a las entidades del Estado adquirir bebidas alcohólicas con cargo a recursos públicos.

    j. Decreto Supremo Nº 007-2013-EF, que regula el otorgamiento de viáticos para viajes en comisión de servicios en el territorio nacional.

    k. Decreto Supremo Nº 010-2014-EF, que aprueba Normas reglamentarias para que las entidades públicas realicen afectaciones en la Planilla Única de Pagos.

    l. Resolución Ministerial Nº 205-2016-TR se formaliza la creación de la Unidad Ejecutora Nº 007: Programa para el Mejoramiento y Ampliación de los Servicios del Centro de Empleo "FORTALECE PERU" en el Pliego Nº 012 -Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

    m. Resolución de Superintendencia Nº 007-99-SUNAT, Reglamento de comprobantes de Pago y sus modificatorias.

    n. Resolución de Contraloría General Nº 320-2006-CG, aprueban Normas de Control Interno.

    o. Resolución Directora! Nº 002-2007-EF/77.15, que aprueba la Directiva de Tesorería Nº 001-2007-EF/77.15 y sus modificatorias.

    p. Contrato de Préstamo Nº 3547/0C-PE Proyecto "Mejoramiento y ampliación de los servicios del centro de empleo para la inserción laboral formal de los jóvenes en las regiones de Arequipa, lea, Lambayeque, La Libertad, Piura, San Martin y en Lima Metropolitana".

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  • 3. ALCANCE

    La presente Directiva es de aplicación obligatoria a todo el personal, cualquiera sea su relación contractual con Fortalece Perú, o en representación de los Responsables Técnicos de los Contratos de Préstamo o Convenios de Cooperación Técnica administrados por Fortalece Perú, que efectúen comisiones de servicios al exterior e interior del país, financiadas con recursos de Fortalece Perú.

    4. DISPOSICIONES GENERALES

    Para efecto de la presente Directiva se entenderá por:

    a) Comisionado: Aquella persona que realiza un viaje en comisión de servicios al interior y/o exterior del país, cualquiera sea su modalidad de contratación con Fortalece Perú o en representación de cualquiera de los Responsables Técnicos de los Contratos de Préstamo o Convenios de Cooperación Técnica administrados por Fortalece Perú.

    b) Contrato de Préstamo y/o Convenio de Cooperación Técnica: Contrato y/o Convenio suscrito entre la República del Perú y los Organismos Multilaterales, cuyo Organismo Ejecutor sea el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y la coordinación y ejecución administrativa haya sido asignada al Programa Fortalece Perú.

    c) Responsable Técnico: Órgano responsable de las actividades de coordinación, supervisión y aprobación técnica de los bienes y servicios derivados de las consultorías que hayan sido requeridas para el cumplimiento de sus objetivos institucionales, en el marco de los Contratos de Préstamo o Convenios de Cooperación Técnica.

    5. VIAJES EN COMISION DE SERVICIO AL EXTERIOR DEL PAIS

    A. DISPOSICIONES GENERALES

    1. De la solicitud de autorización de viaje y los viáticos

    a) Las solicitudes de autorización de viajes al exterior, sean que irroguen gasto o no al Estado, deben canalizarse a través del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, a efectos que éste requiera el trámite correspondiente a Fortalece Perú.

    b) Las solicitudes de autorización de viajes al exterior del país, sea que irroguen gasto o no al Estado, deben efectuarse con antelación de, al menos, treinta (30) días calendario a la fecha prevista para el viaje. Todos los viajes por comisión de servicios se realizan en clase o categoría econom1ca, salvo caso excepcionales debidamente justificados.

    2. De la autorización administrativa del viaje en comisión de servicios

    a) Las resoluciones de autorización de viaje en comisión de servicios al exterior, deben contar con el informe del Responsable Técnico, y deben estar sustentadas, en el interés nacional o en el interés específico de la Entidad, para el cumplimiento de los objetivos específicos del Contrato

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  • de Préstamo o Convenio de Cooperación Técnica cuya administración está a cargo de Fortalece Perú.

    b) Las acciones y actividades para el cumplimiento de dichos objetivos específicos del Contrato de Préstamo o Convenio de Cooperación Técnica cuya administración está a cargo de Fortalece Perú, deben estar incluidas en el respectivo Plan Operativo Anual (POA) y contar con la no objeción del organismo internacional correspondiente, de ser el caso.

    c) El expediente de autorización administrativa de viaje al exterior en comisión de servicios, deberá contar con la opinión legal de la Oficina General de Asesoría Jurídica del MTPE y demás requisitos establecidos para dichos fines en las normas internas del Ministerio.

    d) Las resoluciones de autorización de viaje al exterior que irroguen gasto al Estado, deben sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público, bajo responsabilidad, y publicarse en el diario oficial "El Peruano".

    e) En aquellos casos en que el comisionado deba permanecer mayor tiempo al autorizado o se produzca el cambio del itinerario, se deben acreditar las circunstancias que motivaron el hecho, correspondiendo a la entidad u órgano al que pertenece el comisionado, tramitar la autorización de mayor permanencia y su respectiva publicación, en forma previa a la culminación de la comisión de servicios.

    f) En el caso de cancelación o postergación del viaje por comisión de servicio por razones debidamente justificadas, el órgano que solicitó la comisión de servicio, debe comunicarlo a Fortalece Perú, en un plazo no menor de veinticuatro (24) horas antes de la fecha de viaje, para la cancelación oportuna de los pasajes; e indicará las razones que motivaron tal decisión y la fecha probable de su realización en caso de postergación.

    g) Cuando no se efectúe el viaje por motivos atribuibles a la línea aérea, se solicitará la constancia o correo electrónico al comisionado y/o a Fortalece Perú sobre la cancelación, postergación o suspensión del vuelo emitida por la compañía aérea.

    h) A falta de aviso oportuno por parte del comisionado, éste asume la responsabilidad sobre los gastos administrativos que originen los cambios, anulaciones y/o cancelaciones respecto del pasaje aéreo.

    i) La entrega de los viáticos debe efectivizarse conforme a la normativa vigente del Sistema Nacional de Tesorería. En el caso de viajes al exterior, los viáticos se entregarán al comisionado en dólares americanos.

    3. De los viáticos

    a) La asignación de viáticos para v1aJes en com1s1on de serv1c1os, comprende los gastos de alimentación, hospedaje y movilidad (hacia y desde el lugar de embarque), así como la movilidad utilizada para el

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  • desplazamiento en el lugar que se realiza la comisión de servicios. Los gastos que no correspondan a dichos conceptos, no serán considerados en el proceso de rendición.

    b) Los viáticos serán asignados de acuerdo a las escalas aprobadas por la normatividad vigente:

    - El monto del viático no debe exceder al monto fijado en la escala de viáticos señalada en el Decreto Supremo N° 04 7-2002-PCM modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, o el establecido en la norma que lo regule al momento de aprobar la comisión de servicios.

    - El importe del viático que se asigna al comisionado es el que se encuentra aprobado en la resolución autoritativa de viaje, que será publicada en el diario oficial "El Peruano".

    - A los viáticos se puede sumar, por una sola vez, el equivalente a un día adicional de viáticos por concepto de gastos de instalación y traslado, cuando la comisión es a cualquier país de América, y de dos días cuando la comisión se realice a otro continente.

    - Cuando el viaje al exterior responda a una invitación que incluye financiamiento parcial, los montos máximos por concepto de viáticos que se otorgan por día se sujetarán a la escala establecida en el Anexo 2 "Escala porcentual del monto máximo por concepto de viáticos al exterior otorgado por día mediante una invitación que incluye financiamiento parcial."

    - Sobre la base de la escala de viáticos, se podrán aprobar menores asignaciones por concepto de viáticos, tomando en consideración las facilidades proporcionadas en el lugar de destino, existencia de financiamiento parcial, entre otras circunstancias, privilegiando la austeridad en el gasto fiscal.

    c) No podrán otorgarse viáticos al personal que tenga viáticos o anticipos pendientes de rendición de cuentas, salvo que estén dentro de los plazos establecidos para dicha rendición.

    d) Queda prohibido el otorgamiento de suma de dinero alguna por concepto de viáticos por comisión de servicios, cuando éstos sean cubiertos en su integridad por la entidad nacional o internacional organizadora o auspiciante del evento, bajo responsabilidad del órgano que gestionó la solicitud de aprobación del viaje y los gastos respectivos.

    4. De las Obligaciones de los comisionados

    a) La rendición de cuentas y su presentación oportuna es de exclusiva responsabilidad del comisionado, la falsedad de documentos o información, así como su falta de presentación y/o subsanación oportuna dará lugar a la restricción para la compra de pasajes y generar un nuevo otorgamiento de viáticos; sin perjuicio de las sanciones que

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  • corresponda de acuerdo al ordenamiento jurídico vigente.

    b) El comisionado debe mantener la documentación sustentatoria de los gastos para la rendición de cuentas, en la forma prevista por la presente Directiva; y realizará la verificación y seguimiento del procesamiento de su rendición de cuentas hasta su conformidad.

    c) El comisionado es responsable de atender las eventuales observaciones que reciba de Fortalece Perú en la presentación de sus rendiciones de cuentas.

    d) El incumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente Directiva por parte del comisionado ocasionará la aplicación de sanciones de acuerdo al ordenamiento jurídico vigente.

    B. DISPOSICIONES ESPECIFICAS

    1. De la solicitud y autorización técnica del viaje

    a) El Órgano solicitante, iniciará el trámite mediante documento dirigido al Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral con la solicitud de autorización de viaje en comisión de servicio al exterior del país, sustentando los objetivos del viaje en el marco de los objetivos específicos del Convenio de Cooperación Técnica o Contrato de Préstamo respectivo, adjuntando el Formato Nº 1 - Sustento Técnico del Viaje al exterior del país - debidamente firmado, y la documentación de sustento requerida.

    b) El Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, autoriza ante Fortalece Perú, en su calidad de Unidad Ejecutora 007 del Pliego 012, Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, iniciar el trámite para la aprobación de la Resolución de autorización de viaje y la compra de pasajes y asignación de viáticos correspondientes.

    c) El Director de Fortalece Perú deriva la solicitud a la Unidad de Administración, que verifica que el sustento corresponde a los objetivos específicos del Convenio de Cooperación Técnica o Contrato de Préstamo respectivo, y coloca su VºBº de autorización. La Unidad de Administración de Fortalece Perú emite la cotización de los pasajes y confirma el itinerario con el comisionado. También gestiona la certificación presupuesta! al contar con la información de cotización de pasajes y viáticos.

    d) La Unidad de Administración de Fortalece Perú verifica el Formato Nº 1 Sustento Técnico del Viaje al exterior del país y los documentos adjuntos, y elabora el informe técnico respectivo de aprobación, el cual debe contener entre otros:

    i) Sustento del monto de viáticos asignados, calculados en base a la Escala de Viáticos regulado por la normativa vigente;

    ii) Documento acreditando que los pasajes corresponden a categoría económica;

    iii) La precisión que el sustento de viaje cumple con los requisitos señalados en el literal b);

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  • iv) Verificación que los gastos de viaje son o no cubiertos con recursos del Estado;

    v) Verificación que el comisionado no tiene rendiciones de cuenta pendientes.

    e) Elabora el proyecto de Resolución que autoriza el viaje por comisión de servicios, en la cual se indica lo siguiente:

    i) Nombres y apellidos completos de la persona cuyo viaje al exterior se autoriza, su nivel o cargo y el órgano donde presta servicios;

    ii) Ciudad (es) y país (es) al/los que se realiza el viaje; iii) Fecha de inicio y culminación de la autorización de viaje; iv) El motivo y objetivo del viaje y el sustento del mismo; v) En caso corresponda, mencionar la causal de exoneración aplicable

    acorde con la Ley de Presupuesto vigente; vi) Indicar el monto de los gastos por concepto de pasajes y/o viáticos.

    f) Fortalece Perú, dentro del plazo de dos (02) días hábiles contados desde la presentación de la solicitud de autorización; remite a la Oficina General de Asesoría Jurídica (OGAJ) del MTPE, el Informe técnico de viaje, y el proyecto de Resolución respectivo, así como la respectiva certificación presupuesta! en caso corresponda.

    g) La Oficina General de Asesoría Jurídica del MTPE emite opinión legal y visa el proyecto de resolución correspondiente, debiendo remitir el expediente completo al Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, para el trámite correspondiente.

    h) El Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, remite el proyecto de Resolución debidamente visado, a la Secretaría General, a fin de continuar con el trámite correspondiente para la firma de la Resolución que corresponda, de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente.

    2. De la Compra de pasajes y otorgamiento de viáticos

    a) Una vez publicada la resolución autoritativa en el diario oficial "El Peruano", la Unidad de Administración de Fortalece Perú procede con la adquisición de los pasajes correspondientes, previa confirmación del itinerario con el comisionado y realizará la entrega de viáticos.

    b) Los viáticos se entregan en dólares americanos, en cheque de gerencia o depósito en cuenta del comisionado. En el caso de entrega de cheque, el comisionado debe dejar constancia de la recepción de los viáticos mediante la suscripción del Comprobante de Pago respectivo.

    3. Del Informe de viaje y la Rendición de cuentas

    a) El comisionado dentro de los quince (15) días calendario siguientes de realizado el viaje, presenta el "Informe de Viaje" ante el superior jerárquico que corresponda: Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, Director General, o Director Ejecutivo de Fortalece Perú, para la visación correspondiente.

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  • b) Una vez visado el Informe, el comisionado presenta su Informe de Viaje ante el Ministro con copia al Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral.

    c) Dentro del mencionado plazo, el comisionado, elabora su Rendición de Cuentas y la presenta ante su superior jerárquico, al que reporta la siguiente documentación:

    i) Formato Nº 2 "Rendición de cuenta de viáticos y gastos de viaje al exterior"

    ii) Formato Nº 3 "Declaración Jurada - Gastos no documentados para viajes al exterior del país"; por excepción, en aquellos gastos donde resulte materialmente imposible consignar la denominación, se debe considerar como mínimo el nombre, denominación o razón social y el domicilio del transferente o prestador del servicio, la naturaleza u objeto de la operación; y, la fecha y el monto de la misma.

    iii) Comprobantes de pago pre numerados de la rendición (facturas, tickets, boletas de venta, etc.) emitidos a nombre de Fortalece Perú, con excepción de aquellos donde resulte materialmente imposible consignar dicha denominación, debiendo considerar como mínimo el nombre, denominación o razón social y el domicilio del transferente o prestador del servicio, la naturaleza u objeto de la operación; y, la fecha y el monto de la misma.

    iv) Facturas manuales o electrónicas, emitidas de acuerdo a la legislación tributaria de cada país.

    v) Boarding pass o tarjeta de embarque, ticket de embarque u otro documento que sustente la hora de partida y llegada del avión.

    d) El comisionado en la presentación de la rendición de cuentas, considerará lo siguiente:

    i) La "Declaración Jurada - Gastos no documentados para viajes al exterior del país Formato Nº 3 deberá respetar los montos máximos establecidos en el Artículo 21 º del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 122-94-EF, o el dispositivo normativo que regule dichos montos.

    ii) Los gastos cuyos comprobantes o documentos sustentatorios hayan sido extraviados, no podrán ser considerados parte de la Declaración Jurada. Si no es posible sustentar los documentos extraviados, el gasto será asumido por el comisionado.

    iii) La rendición de cuentas debe presentarse previa devolución del monto del viático no utilizado.

    iv) Si por alguna razón debidamente sustentada y justificada, el comisionado no presenta el comprobante de pago (factura o invoice) por el concepto de alojamiento, éste deberá solicitar el desagregado de los gastos incurridos debidamente sellado y/o firmado por el representante del hotel.

    e) El Responsable Técnico, una vez visada la rendición, la remite mediante documento a Fortalece Perú, para su revisión correspondiente.

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  • 4. Del seguimiento de la rendición de cuentas

    a) La Unidad de Administración de Fortalece Perú a través del Especialista de Control Previo, o quien haga sus veces, evalúa y verifica la documentación de la rendición de cuentas presentada por el comisionado. El referido especialista remite en forma mensual, una comunicación a los Responsables Técnicos señalando los comisionados que tuvieren pendientes su rendición de cuentas y el detalle de éstos.

    b) En caso la rendición de cuentas tuviera alguna observación, remite al comisionado un correo electrónico con copia al Responsable Técnico, y al encargado del seguimiento por parte de "Fortalece Perú", comunicándola y otorgando un plazo de 02 días hábiles contados desde el día siguiente de recibida la comunicación para que proceda a subsanar las observaciones y/o efectuar la devolución correspondiente. De no cumplirse la subsanación en el plazo señalado procede a la devolución de la citada rendición, dándose por no presentada.

    c) Ante el incumplimiento de la presentación de la rendición de cuentas dentro del plazo de 15 días calendario, el Especialista de Control Previo de Fortalece Perú, o quien haga sus veces, redacta un informe de manera mensual al Jefe de la Unidad de Administración de Fortalece Perú, con copia al Responsable Técnico solicitante, indicando la Resolución autoritativa del viaje, el monto de los viáticos asignados, la fecha de vencimiento del plazo de presentación y las acciones realizadas para que el comisionado la presente.

    d) Debe remitirse el citado informe a través del Director Ejecutivo de Fortalece Perú al Responsable Técnico del MTPE y/o al Órgano de Control Interno, para el trámite que corresponda en el marco de las normas vigentes que resulten aplicables.

    6. VIAJES EN COMISIÓN DE SERVICIO EN TERRITORIO NACIONAL

    A. DISPOSICIONES GENERALES

    1. De la solicitud de autorización de viaje y viáticos

    a) Las solicitudes de autorización de viajes en territorio nacional, sean que irroguen gastos o no, deberá efectuarse con antelación de, al menos, 1 O días calendario a la fecha prevista para el viaje, salvo casos excepcionales debidamente justificados y autorizados por el Director Ejecutivo de Fortalece Perú.

    b) La entrega de los viáticos debe efectivizarse conforme a la normativa vigente del Sistema Nacional de Tesorería, mediante giro de cheque o abono en cuenta bancaria.

    c) En caso que el comisionado participe en eventos de capacitación que incluyan alimentación principal (almuerzo o cena), Fortalece Perú no reconocerá aquellos gastos por alimentación que hayan sido incluidos durante el precitado evento. Es de responsabilidad del comisionado informar de este aspecto. Fortalece Perú podrá verificar la planilla de

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  • viáticos remitida por los Responsables Técnicos para los eventos que incluyan alimentación principal, para los fines del caso.

    d) Los gastos por movilidad interprovincial y transporte ferroviario deberán estar debidamente sustentados, con los boletos de viaje emitidos por la respectiva empresa de transporte público, que serán emitidos a nombre de Fortalece Perú. Podrá aceptarse en casos excepcionales gastos por transporte lacustre y/o fluvial.

    e) Sólo se exime de presentar comprobantes de pago cuando el traslado es dentro de la ciudad o lugar donde se desarrolla el evento. No se encuentra autorizado el pago de estacionamiento y/o guardianía de vehículos en aeropuertos o similares, así como gastos por compra de combustible para vehículos.

    2. De la autorización administrativa del viaje

    a) Son aplicables las disposiciones establecidas en los ítems 2.b), 2.e) y 2.f) del numeral 5.A. Disposiciones Generales, "Viajes en comisión de servicio al exterior del país", de la presente directiva.

    b) Las solicitudes de autorización de viajes por comisión de servicios en territorio nacional, deben estar sustentadas en el cumplimiento de los objetivos específicos del Convenios de Cooperación Técnica o Contrato de Préstamo, cuya administración y/o ejecución se encuentra a cargo de Fortalece Perú; sujetándose a las medidas de austeridad racionalidad y transparencia en el gasto público.

    c) Por causas justificadas con aprobación del Responsable Técnico, y previa presentación del informe del viaje y la rendición de cuentas, se podrán reconocer y reembolsar pasajes y viáticos solicitados con posterioridad al viaje, siempre que se soliciten conforme a lo establecido en el ítem 3.d) del numeral 6.B "Viajes en comisión de servicios en territorio nacional de la presente Directiva. Es necesaria la Resolución Administrativa emitida por el Director Ejecutivo de Fortalece Perú.

    3. De los viáticos

    a) Son aplicables las disposiciones establecidas en los ítems 2.b), 2.e) y 2.f) del numeral 5.A. Disposiciones Generales, "Viajes en comisión de servicio al exterior del país", de la presente directiva.

    b) La asignación de viáticos para viajes en comisión de serv1c1os comprende gastos por concepto de alimentación, hospedaje, y movilidad (hacia y desde el lugar de embarque), así como la movilidad utilizada para el desplazamiento en el lugar donde se realiza la comisión de servicios.

    c) El monto del viático es asignado de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente que regule el otorgamiento de viáticos para viajes en comisión de servicios en el territorio nacional y los porcentajes máximos establecidos en el Decreto Supremo Nº 007-2013-EF o la normatividad que la regule al momento de autorizar la comisión de servicios.

    11

  • d) Cuando el viaje incluya un financiamiento parcial de los viáticos por parte de otra entidad (invitación u otros), Fortalece Perú comunicará el monto máximo en los conceptos de alimentos, hospedaje y movilidad, respectivamente.

    e) Cuando corresponda asignar viáticos, la emisión del comprobante de pago de tesorería y abono en cuenta individual o giro de cheque se hará a nombre del comisionado.

    f) La compra de pasajes, asignación de viáticos, pago de tarifas y otros, será de acuerdo con lo establecido en los Contratos de Préstamos o en las Cooperaciones Técnicas asignadas, sin perjuicio de la rendición de cuentas que con posterioridad al viaje se realice, y cubrirá los costos de:

    i) Pasajes aéreos (incluye Tarifa Única por el Uso del Aeropuerto TUUA) en tarifa y clase económica;

    ii) Pasajes lnterprovinciales, terrestres, ferroviarios y fluviales: iii) Tarifa por el uso del terminal terrestre o similar.

    g) Los viajes se realizan estrictamente en el itinerario y términos autorizados. En caso el comisionado intervenga directamente en la modificación del itinerario u otra circunstancia, que repercuta en la variación del precio del pasaje y/o genere costos adicionales (como moras, penalidades, etc.}, serán asumidos en su totalidad por éste, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas que correspondan

    h) El desempeño de acciones o actividades, que se realicen dentro del radio urbano del centro de trabajo, utilizando horas laborables e impliquen el retorno a su residencia habitual, no generan la asignación de viáticos.

    4. De las obligaciones de comisionados

    Son aplicables las disposiciones establecidas en los ítems 4.a) al 4.d) del punto 5.A. Disposiciones Generales "Viajes en Comisiones de servicios al exterior del país", de la presente Directiva.

    B. DISPOSICIONES ESPECIFICAS

    1. De la Solicitud y Autorización Técnica de Viaje

    a) El Responsable Técnico inicia el tramite mediante comunicación escrita (memorando u oficio) ante Fortalece Perú, en los plazos establecidos, adjuntando:

    i) Formato Nº 4 "Autorización de Viaje y Solicitud de Viáticos para viajes en territorio nacional"; y documentos requeridos, así como la Declaración Jurada rubricada por el comisionado.

    ii) Formato Nº 5 "Solicitud de Seguro - viajes en territorio nacional", cuando no estuviera incurso el seguro en el respectivo contrato.

    12

  • b) Fortalece Perú, a la recepción de la solicitud verifica que el viaje en comisión de servicios, corresponde a los objetivos del Convenio de Cooperación Técnica o Contrato de Préstamo respectivo. La Unidad de Administración de Fortalece Perú emite la solicitud de cotización de los pasajes requeridos y monto de los viáticos y tramita la certificación presupuesta! por el monto de los pasajes y viáticos, de corresponder.

    c) De corresponder el viaje en comisión de servicios a personal de Fortalece Perú, el Jefe de la Unidad respectiva, emite comunicación al Director Ejecutivo de Fortalece Perú y sustenta que la comisión se realiza en los alcances de los objetivos específicos del Convenio de Cooperación Técnica o Contrato de Préstamo respectivo.

    2. Compra de Pasajes y otorgamiento de Viáticos

    a) La Unidad de Administración de Fortalece Perú verifica que el comisionado no tenga rendiciones de cuenta pendientes, y verifica que las planillas de viáticos, apliquen la escala de viáticos por día, aprobada por la normativa vigente que regule el otorgamiento de viáticos para viajes en comisión de servicios en el territorio nacional. La Unidad de Administración de Fortalece Perú, realizará las siguientes acciones:

    i) Emite el comprobante de pago respectivo para el depósito de los viáticos en la cuenta bancaria que indique el comisionado la cual debe estar a su nombre, pudiendo, excepcionalmente, emitir cheques. Se adjunta el voucher de depósito como constancia de recepción.

    ii) Realiza la compra de pasajes directamente a la compañía aérea o a través de una agencia de viajes autorizada. Una vez emitidos los pasajes lo remite por correo electrónico a cada comisionado.

    b) Si fuera el caso que el comisionado mantiene rendiciones pendientes, lo pondrá en conocimiento vía correo electrónico al Director Ejecutivo de Fortalece Perú, señalando la imposibilidad de otorgamiento de viáticos hasta que se regularice la rendición que corresponda.

    3. Del Informe de Viajes y la Rendición de Cuentas

    a) El comisionado dentro de los diez (1 O) días calendario siguientes de realizado el viaje, presenta ante su superior jerárquico para la visación correspondiente:

    i) Formato Nº 6 "Informe de Viaje en territorio nacional", y ii) Formato Nº 7 "Rendición de Cuenta de viáticos y gastos de viajes

    en comisión de servicio en territorio nacional " iii) Formato Nº 8 "Declaración Jurada de gastos no documentados, de

    corresponder iv) Voucher de depósito por el monto no utilizado, de corresponder u

    otro que brinde constancia del pago. v) La siguiente documentación como comprobante de los gastos

    realizados:

    13

  • Conceoto Documentación sustentatoria Pasajes

    terrestres y Boletos y/o tickets electrónicos, incluido el TUUA aéreos

    Facturas y, excepcionalmente boletas de venta cuando el

    Hospedaje proveedor no emita factura. Los comprobantes de alojamiento deben estar detallados. No se aceptarán comprobantes emitidos "Por consumo" Facturas y excepcionalmente boletas de venta cuando el

    Alimentación proveedor no emita factura. Los comprobantes de alimentación deben estar detallados. No se aceptarán comprobantes emitidos" "Por consumo"

    Movilidad Facturas o boletas de venta Gastos por los Hasta por un máximo de 30 % del monto otorgado, para cuales no es sustentar sólo Formato N° 8 - Declaración Jurada con la

    posible obtener relación detallada de los gastos, que deberá ser suscrita por comprobantes el comisionado y refrendada por el Responsable Técnico o

    de pago quien haga sus veces. Boleta de depósito Por el monto de viáticos no utilizado bancario

    Adquisición de Empresas formales (legalmente constituidas) que expidan Bienes y comprobante de pago que se encuentren vigentes por la Servicios SUNAT.

    b) Para ser considerados como gasto, los comprobantes de pago deberán cumplir lo siguiente:

    • Estar emitidos a nombre de: Programa para el mejoramiento y ampliación de los servicios del Centro de Empleo FORTALECE PERÚ, con el RUC Nº 20601761069.

    • Ser documentos originales, sin borrones ni enmendaduras. • Estar debidamente cancelados por el proveedor.

    c) En el caso de gastos en moneda extranjera cuyo pago se efectúe en moneda nacional, se utilizará el tipo de cambio compra publicada por la Superintendencia de Banca y Seguros en el diario oficial "El Peruano", correspondiente al día del pago.

    d) En casos excepcionales y ante situaciones debidamente justificadas, en las que no se hubiera efectuado entrega del viático correspondiente antes del inicio de la comisión del servicio, y en los que, el comisionado asumió los gastos del viaje, o, que, de ser el caso, se hubiera extendido el tiempo inicialmente previsto para la comisión ; procede el reembolso, siempre que se cuente con lo siguiente:

    i) Comunicación vía memorándum o correo electrónico, remitido por el Responsable Técnico a Fortalece Perú, con los datos del comisionado, itinerario y duración de la comisión de servicios y justificación de las razones que no permitieron programar el viaje. Esta comunicación debe contar con la opinión favorable de Fortalece Perú.

    ii) Presentación del Informe de viaje y la Rendición de cuentas a Fortalece Perú, en la forma y plazo establecidos en la presente Directiva. No procede reembolsos solicitados fuera del plazo máximo de 1 O días hábiles de culminada la comisión de servicios.

    iii) Resolución Administrativa de Fortalece Perú que autorice el reembolso de viáticos solicitado y sustente el gasto devengado.

    14

  • iv) El reembolso se efectúa en la moneda en que se haya realizado el gasto, siempre y cuando el comprobante de pago correspondiente haya sido emitido en dicha moneda.

    4. Del seguimiento de la rendición de cuentas

    Son aplicables las disposiciones establecidas en los ítems 4.a) al 4.d) del punto 5.8.Disposiciones Específicas "Viajes en comisión de servicio al exterior del país" en la presente Directiva.

    15

  • ANEXOS Y FORMATOS

    Forman parte de la presente Directiva los Anexos y Formatos siguientes:

    Comisión al Exterior del País:

    Anexo Nº 1 : Escala porcentual del monto máximo por concepto de viáticos al exterior por día mediante una invitación que incluye financiamiento parcial.

    Formato Nº 1: Sustento Técnico del Viaje al exterior del país Formato Nº 2: Rendición de cuenta de viáticos y gastos de viaje al exterior del país. Formato Nº 3: Declaración jurada Gastos no Documentados. Viajes al exterior del

    país.

    Comisión en Territorio Nacional:

    Formato Nº 4: Autorización de Viaje y Solicitud de Viáticos para viajes en comisión de servicio en territorio nacional.

    Formato Nº 5: Solicitud de Seguro. Viajes en territorio nacional. Formato Nº 6: Informe de Viaje en territorio nacional. Formato Nº 7: Rendición de Cuenta de viáticos y gastos de viajes en comisión de

    servicio. Formato Nº 8: Declaración Jurada Gastos no Documentados para viajes en territorio

    nacional.

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  • ANEXO Nº 1

    VIÁTICOS AL EXTERIOR DEL PAÍS

    ESCALA PORCENTUAL DEL MONTO MÁXIMO POR CONCEPTO DE VIÁTICOS OTORGADOS POR DÍA MEDIANTE UNA INVITACIÓN QUE INCLUYA FINANCIAMIENTO PARCIAL(*)

    Rubro de Financiamiento % Del Monto máximo de viáticos Parcial establecidos

    a) Alimentación 70% b) Hospedaje 40 %

    c) Hospedaje y Alimentación 20%

    (*) Escala aprobada por la Directiva

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  • FORMATO Nº 1

    SUSTENTO TÉCNICO DEL VIAJE AL EXTERIOR DEL PAÍS

    Fecha: l. DATOS DEL VIAJE

    Nombre de la Actividad o evento (de corresponder)

    Fecha y lugar Ciudad 1 País 1 Inicio 1 Fin

    1 1 1 1 1 1 1

    Irroga GastoO No irroga Gasto* O *En caso no irroga gasto indicar que la entidad organizadora asume todos los gastos (pasajes, viáticos, hospedaje)

    11. DATOS DEL COMISIONADO*

    Nombres Apellido Paterno Apellido Materno

    Nº de DNI Cargo o Puesto Resolución de Designación

    (de corresponder)

    Información de Rendición de cuentas pendiente en el Programa "Fortalece Perú*

    *Mencionar expresamente que el comisionado no cuenta con rendición de cuentas pendient

    111. ANTECEDENTES (Mencionar el/los eventos, actividades previas que dan origen al viaje, así como los documentos que lo sustentan: Invitación, seminario, participación en evento, etc.). Adjuntar documentos que correspondan.

    IV. OBJETIVO E IMPORTANCIA DEL VIAJE (Sustentado en el interés nacional y/ o institucional, señalando la relevancia del viaje, los temas a tratar, el programa o el cronograma de actividades, de corresponder), el cual puede ser anexado a este formato.

    V. OTROS (Indicar si se encuentra en causal de exoneración acorde con la Ley de Presupuesto vigente, sustentar los casos de situación imprevista y/o urgente, de ser el caso, entre otros que permitan sustentar el viaje.

    Firma del Comisionado Firma del Director General (*)

    (*) Esta firma corresponderá al Director General de la dependencia o al Jefe del órgano no estructurado al cual pertenece el comisionado o para quien realiza la comisión de servicios.

    18

  • FORMATO Nº 2

    RENDICIÓN DE CUENTA DE VIÁTICOS Y GASTOS DE VIAJE AL EXTERIOR DEL PAÍS

    FECHA:

    l. COMISIONADO

    1 APELLIDOS Y NOMBRES, 1 CARGO,

    1 DEPENDENCIA:

    11. REFERENCIA

    LUGAR DE LA COMISIÓN: Planilla Nº - -MTPE/ RESOLUCIÓN Nº

    ... ... ... .. ........... .. .............. ........ .. ...... ...... Suma recibida S/.

    DURACIÓN DEL VIAJE: TOTAL GASTOS SI.

    (+) (-)CARGO

    111. DETALLES DEL GASTO

    DOCUMENTADA

    FECHA DOCUMENTO CONCEPTO IMPORTE

    NO DOCUMENTADA

    Declaración Jurada (se adjunta)

    TOTAL 1

    AUTORIZADO REVISADO

    ..... .... .. ...... ................ ·· ···· ········· ·············· ···· . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . FIRMA DEL DIRECTOR COMISIONADO CONTROL PREVIO

    GENERAUJEFE/DIRECTOR EJECUTIVO

    19

  • FORMATO Nº 3

    DECLARACIÓN JURADA - GASTOS NO DOCUMENTADOS

    PARA VIAJES AL EXTERIOR DEL PAÍS

    Yo, ...................................................... , declaro bajo juramento, de acuerdo al Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM que he efectuado gastos no facturados por un monto de US$ ............. ( ....................... Y 00/100 dólares americanos), en el viaje realizado a la ciudad de ..... .............. , .................. (País) del. .......................... de 201 ... , para asistir a .................................................................. ..... .

    Lima, ...... de ......... .. .......... de ...... ... .

    Firma de Comisionado

    20

  • FORMATO Nº 4

    AUTORIZACIÓN DE VIAJE Y SOLICITUD DE VIÁTICOS PARA VIAJES EN TERRITORIO NACIONAL FECHA:

    Comisionario DNI CCI/Banco Correo electrónico y/o

    Celular

    Firma del Responsable Técnico Nombres y apellidos:------------Dependencia: ----------------

    Lugar de viaje

    DECLARACION JURADA EMITIDA POR EL PERSONAL DESIGNADO

    Fecha de viaje

    -------

    Fecha de Pasajes Viáticos TOTAL retorno lnterprovincia solicitados

    les (Alojamiento/ Alimentación /Movilidad}

    Por medio de la presente declaro sí/no tener rendiciones de cuenta pendientes; asimismo autorizo a "Fortalece Perú" proceder a descontar de mi retribución, remuneración u otro beneficio a ser percibido por mi parte, los viáticos que me sean otorgados y no cumpla con realizar las rendiciones de cuenta de acuerdo con la Directiva emitida por el Programa "Fortalece Perú" para tal efecto.

    Firma del Comisionado Nombre: Apellidos:

    En caso relación contractual con Fortalece Perú: Nº de Contrato:

    En caso de personal del MTPE o Responsable Técnico: Cargo:

    21

  • AL ASUNTO REFERENCIA:

    FORMATO Nº 5 SOLICITUD DE SEGURO

    VIAJES EN TERRITORIO NACIONAL

    Sírvase incluir en la Póliza de Seguro de la referencia al siguiente funcionario en Comisión de servicio.

    l. DATOS PERSONALES

    APELLIDOS Y NOMBRES ESTADO CIVIL

    EDAD SEXO PESO Nº DNI Nº L.M.

    N° DE RUC Nº DE PASAPORTE Nº S.S.P. / AFP

    11. DOMICILIO

    DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO

    Urb. PP. JJ./ KM. AV./ Jr. /Calle Nº Interior MZ. Lote Teléfono

    111. DATOS DE VIAJE

    1 SALIDA I REGRESO 1 ITENERARIO VIA

    IV.BENEFICIARIO DEL SEGURO

    APELLIDOS Y NOMBRES Nº DE DNI

    DIRECCIÓN TELEFONO

    OBSERVACIONES:

    DIRECTOR GENERAL/JEFE/DI RECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO

    SOLICITANTE

    22

  • FORMATO Nº 6

    INFORME DE VIAJE EN TERRITORIO NACIONAL

    NOMBRE Y APELLIDO DEL COMISIONADO:

    SUB-EJECUTOR:

    FECHA: DEL ................... AL .....................

    LUGAR:

    OBJETIVO DE LA COMISION:

    ACTIVIDADES REALIZADAS:

    RESULTADOS:

    RECOMENDACIONES:

    FIRMA DEL COMISIONADO: DNI Nº

    23

  • FORMATO Nº 7

    RENDICIÓN DE CUENTA DE VIÁTICOS Y GASTOS DE VIAJES EN COMISION DE SERVICIO EN TERRITORIO NACIONAL

    FECHA: l. COMISIONADO

    1 APELLIDOS Y NOMBRES 1 CARGO

    "FORTALECE PERÚ"

    1

    DEPENDENCIA:

    11. REFERENCIA

    LUGAR DE LA COMISION Planilla Nº Suma recibida SI. TOTAL GASTOS SI.

    DURACION DEL ENCARGO

    SALDO

    111. DETALLES DEL GASTO

    DOCUMENTADA

    FECHA DOCUMENTO CONCEPTO

    NO DOCUMENTADA (máximo 30 % del importe otorgado) SI.

    TOTAL SI.

    AUTORIZADO

    ... .... .. ...... ....... ... ... .. .. . . ... ... ... .. ..... .. .... .. ........ COORDINADOR TECNICO COMISIONADO (o quien haga sus veces)

    SI.

    IMPORTE

    SI.

    REVISADO FORTALECE PERÚ

    24

  • FORMATO Nº 8

    DECLARACIÓN JURADA - GASTOS NO DOCUMENTADOS

    VIAJES EN TERRITORIO NACIONAL

    Yo, .. ... . ... .. ..... .......... ..... .. ..... ..... ...... ... ... .. ...... , identificado con DNI. Nº .. . ...... .... .. ... , y prestando serv1c1os en la Dirección/Oficina de ..... .......... ... .... ... ..... ..................... ... ... .. ... ...... .... .. ....... ... , en aplicación del artículo 71º de la Directiva Nº 001-2007-EF/77.15, aprobada por la Resolución Directora! Nº 002-2007-EF/77.15, y sus modificatorias; declaro bajo juramento haber efectuado gastos por los conceptos e importes siguientes:

    NRO. FECHA GASTO DETALLADO

    1

    2

    3

    Lima, de

    (Firma) NOMBRE Y APELLIDO COMPLETO DNI:

    201 ...

    CONCEPTO IMPORTES/.

    TOTAL S/.

    25