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Plaza de Armas S/N - Yungay Telefux: 043 - 393039 r\A-::J -:1021'1" Que, el Artículo 85°, inciso 1, numerol 1,1, de lo Ley Orgánico de Municipalidades, establece que son funciones exclusivos de las Municipalidodes Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2003-IN, de fecha 07 de octubre del oño 2003, se aprueba el Reglamento de la Ley del Sistema Nacionol de Seguridod Ciudodona, el mismo que en su artículo 18° prescribe: "Los Comités Provinciales de Seguridad Ciudadano son órganos ejecutivos del Sistema encargados de planear, organizar, ejecutor, coordinar y controlar los planes, programas y proyectos de seguridad ciudodana que se desorrollen en el ámbito del distrito capital o cercado y, eventualmente, o nivel provincial cuando lo naturaleza de la problemática lo requiere. Además, tienen función técnico normativo respecto 01 cumplimiento de los funciones de los Comités Distritales, dentro de su demorcoción territorial, en el marco de lo política nocional sobre Seguridad Ciudadano diseñada por el CONASEC"; Que, mediante Ley N° 27933, se creó el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC) que tiene por objeto coordinar eficazmente la acción del Estado y promover la participación ciudadana para garantizar una situación de paz, social; en cuyo artículo 13° establece los Comités Regionales, Provinciales y Distritales, como los encargados de formular los planes, programas, proyectos y directivas de seguridad ciudadana, así como de ejecutar los mismos en sus jurisdicciones, en el marco de la política nacional; diseñado por el CONASEC, igualmente supervisan y evalúan su ejecución; y, en su artículo 15° establece la conformación de los integrantes del Comité Provincial de Seguridad Ciudadano; Que, conforme al Art. II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, la Municipalidad Provincial de Yungay, como órgano de gobierno local, goza de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administmtivo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo prescrito en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, que determina que las Municipalidades Provinciales y Distritales y delegadas conforme a ley, son los órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administmtivos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972; VISTOS: La Resolución de Alcaldía N° 00075-2014-MPY/A, Expediente Administrativo N° 0322-2015-MPY/TD, Expediente Administrativo N° 0374-2015- MPY/TD, Expediente Administrativo N° 0337-2015-MPY/TD, Expediente Administrativo N° 0402-2015-MPY /TD, Expediente Administrativo N° 0465-2015-MPY /TD, Expediente Administrativo N° 0562-2015-MPY/TD, Memorando N° 030-2015-MPY/A, y; Yungay, 27 ENE. 2015 RESOLUCiÓN DE ALCALDIA tQ DO 5 52015-MPY/A - ;' ,

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Page 1: RESOLUCiÓN DEALCALDIA tQ DO 5

Plaza de Armas S/N - Yungay Telefux: 043 - 393039r\A-::J -:1021'1"

Que, el Artículo 85°, inciso 1, numerol 1,1, de lo Ley Orgánico deMunicipalidades, establece que son funciones exclusivos de las Municipalidodes

Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2003-IN, de fecha 07 de octubre deloño 2003, se aprueba el Reglamento de la Ley del Sistema Nacionol de SeguridodCiudodona, el mismo que en su artículo 18° prescribe: "Los Comités Provinciales deSeguridad Ciudadano son órganos ejecutivos del Sistema encargados de planear,organizar, ejecutor, coordinar y controlar los planes, programas y proyectos deseguridad ciudodana que se desorrollen en el ámbito del distrito capital o cercado y,eventualmente, o nivel provincial cuando lo naturaleza de la problemática lo requiere.Además, tienen función técnico normativo respecto 01 cumplimiento de los funciones delos Comités Distritales, dentro de su demorcoción territorial, en el marco de lo políticanocional sobre Seguridad Ciudadano diseñada por el CONASEC";

Que, mediante Ley N° 27933, se creó el Sistema Nacional de SeguridadCiudadana (SINASEC) que tiene por objeto coordinar eficazmente la acción del Estado ypromover la participación ciudadana para garantizar una situación de paz, social; encuyo artículo 13° establece los Comités Regionales, Provinciales y Distritales, como losencargados de formular los planes, programas, proyectos y directivas de seguridadciudadana, así como de ejecutar los mismos en sus jurisdicciones, en el marco de lapolítica nacional; diseñado por el CONASEC, igualmente supervisan y evalúan suejecución; y, en su artículo 15° establece la conformación de los integrantes del ComitéProvincial de Seguridad Ciudadano;

Que, conforme al Art. II del Título Preliminar de la Ley Orgánica deMunicipalidades N° 27972, la Municipalidad Provincial de Yungay, como órgano degobierno local, goza de autonomía política, económica y administrativa en los asuntosde su competencia, Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno,administmtivo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

CONSIDERANDO:Que, de conformidad a lo prescrito en el artículo 194° de la Constitución

Política del Perú, que determina que las Municipalidades Provinciales y Distritales ydelegadas conforme a ley, son los órganos de gobierno local, tienen autonomía política,económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y que la autonomía que laConstitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad deejercer actos de gobierno, administmtivos y de administración, con sujeción alordenamiento jurídico; concordante con el artículo II del Título Preliminar de la LeyOrgánica de Municipalidades, Ley N° 27972;

VISTOS: La Resolución de Alcaldía N° 00075-2014-MPY/A, ExpedienteAdministrativo N° 0322-2015-MPY/TD, Expediente Administrativo N° 0374-2015-MPY/TD, Expediente Administrativo N° 0337-2015-MPY/TD, Expediente AdministrativoN° 0402-2015-MPY /TD, Expediente Administrativo N° 0465-2015-MPY /TD, ExpedienteAdministrativo N° 0562-2015-MPY/TD, Memorando N° 030-2015-MPY/A, y;

Yungay, 27 ENE.2015

RESOLUCiÓN DE ALCALDIA tQ DO 5 52015-MPY/A

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Plaza de Armas S/N - Yung. y Telefux 043 - 3~H039....••.• _. ,__._~., ...... l. _., f\A'l '::In'l1 '1,

Que, mediante el Expediente Administrativo N° 0562-2015-MPY/TD, de fecha22 de enero de 2015, el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Mancos, en mérito alOficio Múltiple N° 001-2015/COPROCES/P, comunica que el Prof. Rubén AlfredoGoroy Bactación - Alcalde, será el Representanteante el COPROSEC Yungay;

Que, mediante el Expediente Administrativo N° 0465-2015-MPY/TD, de fecha19 de enero de 2015, el Director de la UGEL Yungay, en mérito al Oficio Múltiple N°001-2015/COPROCES/P, comunica que el Lic. Johnny Marino Jara Vega - Titular y elProf. Jorge Alberto Mejía Bernuy - Suplente, serán los Representantes ante elCOPROSEC Yungay;

Que, mediante el Expediente Administrativo N° 0402-2015-MPY/TD, de fecha16 de enero de 2015, el Director del Hospital Yungay, en mérito al Oficio Múltiple N°001-2015/COPROCES/P, comunica que la Lic. Yeny Carranza Manrrique será laRepresentanteante el COPROSEC Yungay;

Que, mediante el Expediente Administrativo N° 0337-2015-MPY/TD, de fecha14 de enero de 2015, el Comandante PNP- Comisario Sectorial PNPYungay, en méritoal Oficio Múltiple N° 002-2015/COPROCES/P, comunica que el Comandante PNPJuan Ricardo Herrera Portilla - Titular, SOS. PNP Pedro Rogerr Saenz Méndez -Suplente, serán los Representantesante el COPROSEC Yungay;

Que, mediante el Expediente Administrativo N° 0374-2015-MPY/TD, de fecha15 de enero de 2015, el Gobernador Provincial de Yungay, en mérito al Oficio MúltipleN° 002-2015/COPROCES/P, comunica que el Prof. Humberto Amador Gutiérrez

0·0 Vásquez, será el Representanteante el COPROSEC Yungay;

Que, mediante el Expediente Administrativo N° 0322-2015-MPY/TD, de fecha14 de enero de 2015, la Promotora del Centro Emergencia Mujer Yungay, en mérito alOficio Múltiple N° 002-2015/COPROCES/P, comunica que la Mg. Giovanna FiorellaMarcelo Gómez será la Representanteante el COPROSEC Yungay;

Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 00075-2014-MPY/A de fecha 28 demarzo de 2014, se Reconoce al Comité Provincial de Seguridad CiudadanaMultisectorial de Lucha contra la Violencia Sexual de la Provincia de Yungay -COPROSEC, quien ejercerá sus funciones de conformidad con las normas antesinvocadas, por el periodo de un año, el mismo que ha quedado conformado de acuerdoal siguiente detalle: Prof. Juan Cuellar Broncano (Alcalde Provincial de Yungay) -Presidente; Prof. Jhon Fernando Figueroa Montes (Jefe (e) División de GestiónAmbiental)- Secretario Técnico; Gobernador de la Provincia de Yungay - Miembro,Representante del Ministerio Público - Miembro; Representante del Poder Judicial -Miembro; Representante UGEL Yungay - Miembro; Representante del Hospital Yungay -Miembro; Alcalde Distrital de Mancos - Miembro; Alcalde Distrital de Yanama -Miembro; Alcalde Distrital de Quillo - Miembro; Representantede las Juntas Vecinales -Miembro; y, Representantede las Rondas Campesinas - Miembro; •

Provinciales establecer un Sistema de Seguridad Ciudadana COll participación de lasociedad civil y la Policía Nocional, y norrnor el establecimiento de los servicios deSerenazgo, Vigilancia Ciudadano, Rondas Urbanas y Campesinos, a nivel distrital y delos Centros Poblados, en la jurisdicción provincial de acuerdo a ley;

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Plaza de Armas SJN ~Yungay Telefux: 043 - 393039nA'l '10'21'1<:

• Prof. Enrique Ch6vez Vara PRESIDENTEAlcalde de La Municipalidad Provincial de Yungay

• Prof. Humberto Amador Gutiérrez Vásquez MiembroGobernador de la Provincia de Yungay

• Representantedel Ministerio Público Miembro

• Representantedel Poder Judicial Miembro

• Director de la UGELYungay Miembro TitularProf. Jorge Alberto Mejía Bernuy Miembro Suplente

Lic. Yeny Carranza Manrrique MiembroRepresentantedel Hospital de Yungay

• Comandante PNPJuan Ricardo Herrera Portilla Miembro TitularComisario Sedorial PNPYungay.SOS. PNPPedro Rogerr SaenzMéndez Miembro Suplente

• Prof. RubénAlfredo Garay Badación MiembroAlcalde de la Municipalidad Distrital de Mancos

• Sr. Fernando Casio Consolación MiembroAlcalde de la Municipalidad Distrital de Quillo

• Sr. Roli Huber Mego Juico MiembroAlcalde de la Municipalidad Distrital de Yanama

• Representantede las Juntas Vecinales Miembro

• Representantede las Rondas Campesinas Miembro

ARTICULO PRIMERO.- RECONOCER, al Comité Provincial de SeguridadCiudadana - COPROSEC, de la Provincia de Yungay, quienes ejercerón sus funcionesde conformidad con las normas antes invocadas, el mismo que ha quedado conformadode acuerdo al siguiente detalle:

SERESUELVE:

Que, estando a las considerociones antes expuestas y de acuerdo con lasfacultades conferidas en el inciso 6 del artículo 20° de la Ley Orgónica deMunicipalidades, LeyN° 27972.;

Que, mediante Memorando N° 030-2015-MPY/A, de fecha 27 de enero de2015, el Alcalde Provincial de Yungay, solicita a la Secretaría General lo Proyección dela Resolución de Conformación del Comité Provincial de Seguridad Ciudadana -COPROSEC de la Provincia de Yungay;

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Plaza de Armas S/N - Yungay Telefux: 04.1" 393039, " ._L ~'L ~._ 1'\A "1 ""In"'''''''A!"

REGíSTRESE, COMUNíQUESE y CÚMPLASE.

ARTICULO SEGUNDO.- ENCARGAR, a la Oficina de Secretaria Genere] de laMunicipalidad Provincial de Yungay notificar la presente Resolución a las personasdesignadas en el artículo primero, así como a las demás gerencias correspondientes delaMunicipalidad Provincial de Yungay.

ARTICULO SEGUNDO.- DISPONER, que los miembros designados medionte lopresente Resolución cumplan con las responsobilidades encomendados, de acuerdo alos normas vigentes.

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