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Page 1: RESIDUOS Jamilena 2008

RESIDUOS

RESIDUOS

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Diagnosis Técnica Agenda 21 de Jamilena

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RESIDUOS

1. INTRODUCCIÓN 2. DEFINICIONES Y COMPETENCIAS MUNICIPALES EN GESTIÓN DE RESIDUOS

URBANOS

RESIDUOS DOMICILIARIOS

3. GESTIÓN DE LOS RESIDUOS DOMICILIARIOS EN JAMILENA 4. GENERACIÓN Y GESTIÓN DE LA FRACCION ORGÁNICA DE LOS RESIDUOS

DOMICILIARIOS 5. GENERACIÓN Y GESTIÓN DE ENVASES EN LOS RESIDUOS DOMICILIARIOS 6. GENERACIÓN Y GESTIÓN DE PAPEL – CARTÓN EN LOS RESIDUOS DOMICILIARIOS 7. GENERACIÓN Y GESTIÓN DE VIDRIO EN LOS RESIDUOS DOMICILIARIOS

RESIDUOS ESPECIFICOS

8. GESTIÓN DE RESIDUOS ESPECÍFICOS EN JAMILENA 9. EQUILIBRIO – DESEQUILIBRIO ENTRE LA FINANCIACIÓN DE LOS COSTES DE LOS

SERVICIOS DE GESTION DE RESIDUOS URBANOS 10. POTENCIALIDADES Y DEBILIDADES

RESIDUOS URBANOS O MUNICIPALES

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Diagnosis Técnica Agenda 21 de Jamilena

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RESIDUOS

1. INTRODUCCIÓN

La gestión de los residuos se ha convertido en un tema complejo en el que intervienen numerosos factores derivados de su naturaleza (si son peligrosos o no), del ámbito donde se generan (domicilios, industrias, etc) o de la competencia de su gestión (estatal, autonómica o local). No existen soluciones globales que puedan aplicarse a todas las situaciones, pero la Unión Europea ha ido elaborando una estrategia basada en principios sólidos que inspiran el desarrollo normativo.

Bajo esta perspectiva la regulación española ha desarrollado una norma de carácter general para todos los residuos que va siendo completada por una regulación específica para determinadas categorías de residuos. Este desarrollo normativo implica la elaboración de planificaciones para diferentes categorías de residuos que permitan conseguir de forma progresiva los objetivos marcados en la estrategia de residuos comunitaria.

En este documento, como parte de un diagnostico técnico de carácter municipal se va centrar en la evaluación de los distintos residuos cuya competencia sea local, los residuos urbanos, determinando en cada categoría el desarrollo normativo con los objetivos de planificación en el caso de que exista y el estado actual de su gestión en el municipio.

La categorización de los residuos estudiados se ha realizado siguiendo los criterios adoptados en el Plan Nacional de Residuos Urbanos, agregando así ciertos residuos producidos en el ámbito domiciliario pero que jurídicamente no corresponden a la definición de “urbanos”. De esta forma el estudio se abordará organizando dos categorías de residuos:

• Residuos domiciliarios: engloba aquellos materiales que requieren una separación en origen para su gestión conforme a los objetivos de la legislación vigente: materia orgánica, envases, papel - cartón y vidrio.

• Residuos específicos: agrupa aquellos materiales que son depositados en punto limpio, tienen un canal propio de gestión o son residuos peligrosos generados en el ámbito doméstico. Para muchos de estos residuos se cuenta con una planificación y algunos de ellos aún no cuentan con gestión efectiva: residuos procedentes de la limpieza de vías públicas, zonas verdes, áreas recreativas y playas; productos textiles y residuos de madera de origen doméstico; aceites y grasa vegetales y otros residuos similares; colas y adhesivos; pinturas, barnices y disolventes; aceites minerales de origen doméstico; aditivos y otros fluidos de automoción; medicamentos y productos de uso terapéutico; residuos eléctricos y electrónicos; pilas y acumuladores usados; vehículos fuera de uso; neumáticos fuera de uso; residuos de construcción y demolición; residuos y despojos animales procedentes de mataderos, decomisos, subproductos cárnicos y animales muertos; residuos voluminosos (muebles viejos, enseres y electrodomésticos usados); barros y lodos de depuradora municipales.

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2. DEFINICIONES Y COMPETENCIAS MUNICIPALES EN GESTIÓN DE RESIDUOS URBANOS

Se consideran residuos urbanos los definidos en la Ley 10/1.998, de 21 de Abril, de Residuos, que en su artículo 3.b, define como ”Residuos urbanos o municipales” los generados en los domicilios particulares, comercios, oficinas y servicios, así como todos aquellos que no tengan la clasificación de peligrosos y que por su naturaleza o composición puedan asimilarse a los producidos en los anteriores lugares o actividades. Añade que tendrán también la consideración de residuos urbanos, los siguientes:

• Residuos procedentes de la limpieza de vías públicas, zonas verdes, áreas recreativas y playas.

• Animales domésticos muertos, así como muebles, enseres y vehículos abandonados.

• Residuos y escombros procedentes de obras menores de construcción y reparaciones domiciliarias.

La definición de los residuos urbanos ha sufrido modificaciones continuamente, de forma que distintos materiales y sustancias son incorporadas o eliminados de esta definición en función de la evolución de la capacidad de gestión que de ellos se tenga.

La gestión de residuos según la ley 7/1985 Reguladora de Bases de Régimen Local, de 2 de Abril, está establecida como competencia de los Ayuntamientos. Estos en su calidad de administraciones públicas y cualquiera que sea el número de sus habitantes, prestarán el servicio de recogida de residuos, y en aquellos mayores de 5.000 habitantes, además, el tratamiento de los mismos.

Por su parte la Ley 10/1998 de Residuos, de 21 de abril, establece la competencia de las Entidades locales para la gestión de los residuos urbanos, por tanto corresponde a todos los municipios, como servicio obligatorio, la recogida, el transporte y, al menos, la eliminación de los residuos urbanos, modificando así la Ley 7/1985 Reguladora de Bases de Régimen Local en este aspecto.

Esta norma además obliga a los municipios de más de 5.000 habitantes a implantar sistemas de recogida selectiva de residuos.

Se entiende por gestión la recogida, el almacenamiento, el transporte, la valorización y la eliminación de los residuos, incluida la vigilancia de estas actividades, así como la vigilancia de los lugares de depósito o vertido después de su cierre.

Este servicio debe ser prestado por los ayuntamientos, quienes en muchos casos y sobre todos aquellos de pequeña entidad no tiene capacidad económica ni técnica suficiente para asumir, por este motivo la legislación vigente habilita mecanismos que permiten la participación de estos en mancomunidades o consorcios que tengan entre sus objetivos el cumplimiento de estas obligaciones, hacho que deberá ser propiciado por la diputaciones.

De acuerdo al decreto de 17 de Junio de 1955 que aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones locales, estas, tendrán plena potestad para constituir, organizar,

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RESIDUOS

modificar y suprimir los servicios de su competencia, tanto en el orden personal como en el económico o en cualesquiera otros aspectos con arreglo a la Ley de Régimen Local y a sus reglamentos y demás disposiciones de aplicación.

Las Corporaciones Locales podrán constituir consorcios con entidades públicas de diferente orden, para instalar o gestionar servicios de interés local, como es el servicio del ciclo integral del agua. La mayoría de los municipios con menos capacidad económica, técnica o de gestión, realizan esta competencia a través de un consorcio por las ventajas que impone esta fórmula asociativa de municipios: con los consorcios los recursos económicos provienen tanto de los municipios, como de entidades públicas o privadas, que participan en la gestión de un servicio posibilitando el desarrollo del mismo.

Los consorcios tienen carácter voluntario y están dotados de personalidad para el cumplimiento de sus fines. El estatuto del consorcio determinara las particularidades del régimen orgánico, funcional y financiero. Los consorcios podrán utilizar cualquiera de las formas de gestión de servicios, sustituyendo a los entes consorciados.

Las Corporaciones locales podrán prestar sus servicios según las siguientes modalidades:

Gestión Directa

Se entiende por gestión directa la que para prestar los servicios de su competencia realicen las Corporaciones Locales por sí mismas o mediante organismos exclusivamente dependientes de ella.

La gestión directa de los servicios comprende las siguientes formas:

• Gestión por la Corporación: sin órgano especial de administración o con él. En la gestión directa sin órgano especial, la corporación local asume su propio riesgo y ejerce sin intermediarios y de modo exclusivo todos los poderes de decisión y gestión, realizando el servicio mediante funcionarios municipales y obreros retribuidos con fondos del presupuesto ordinario. Los servicios con órgano especial estarán a cargo de un consejo de administración y de un gerente.

• Fundación pública del Servicio.

• Sociedad privada, municipal o provincial: la gestión directa de los servicios económicos podrá serlo en régimen empresa privada que adoptara la forma de responsabilidad limitada o de sociedad anónima. La corporación es la propietaria exclusiva del capital de la empresa y no puede transferirlo ni destinarlo a otras finalidades.

• Gestión por Empresa Mixta: Los capitales de las CC. LL. y de los particulares, se aportarán en común para realizar servicios susceptibles de municipalización o provincialización.

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Gestión Indirecta

Los servicios de competencia de las Corporaciones Locales se pueden prestar indirectamente de las siguientes formas:

• Concesión

• Arrendamiento

• Concierto

RESIDUOS DOMICILIARIOS

3. GESTIÓN DE RESIDUOS DOMICILIARIOS EN JAMILENA

Modelo de gestión

El modelo de gestión para residuos domiciliarios incorpora los principios y directrices emanados de la Unión Europea que han sido consecutivamente incorporados a las sucesivas planificaciones establecidas para la consecución de los objetivos marcados en la legislación vigente.

Este modelo establece que los residuos domiciliarios deberán ser separados por los productores en al menos cuatro fracciones y gestionados por las entidades locales1.

Fracción orgánica Contenedor gris

Envases Contenedor amarillo

Residuos domiciliarios

Papel – cartón Contenedor azul

Vidrio Contenedor verde

Con esta premisa la recuperación y posterior reutilización y reciclaje de los materiales depositados en los residuos generados en los municipios, se ha convertido en una opción prioritaria para la gestión de los residuos urbanos, no solo por el beneficio económico que implica, sino también por el ahorro de materias primas y energía que supone, por su bajo impacto ambiental y por ser una actividad generadora de empleo.

1 Plan Director Territorial de Residuos Urbanos de Andalucía

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RESIDUOS

La Diputación Provincial de Jaén, que tiene encomendada la gestión y tratamiento de residuos urbanos por prácticamente todos los Ayuntamientos provinciales, incluido Jamilena, pretende mejorar esta gestión reciclando los materiales contenidos en unos residuos que, previamente, han tenido una separación en origen, realizada mediante diferentes sistemas.

La primera acción orientada en este sentido ha sido la contenerización de los municipios para la recogida selectiva de materia orgánica, papel cartón, vidrio y envases ligeros. La recogida selectiva de papel-cartón y vidrio comenzó en el año 1998 con la instalación de contenedores específicos (azul y verde). En cuanto a la recogida selectiva de envases ligeros, esta comenzó en el año 2001 también con la instalación de contenedores específicos (amarillo). Los ratios de contenerización deseables establecidos en el Plan Nacional de Residuos Urbanos se sitúan para la recogida selectiva de vidrio, envases y papel – cartón en un contenedor cada 500 habitantes.

El destino de los materiales recogidos mediante este sistema tiene el siguiente destino: el papel-cartón y los envases ligeros son llevados a la Planta de Selección de Ibros, donde mediante diversos sistemas separan los distintos materiales según su clase (diferentes tipos de plásticos y metales) y se empaquetan para trasladarlos con destino a los distintos recicladores. Por su parte el vidrio se deposita en silos habilitados en las plantas de control y eliminación de Úbeda y Jaén y en las cajas abiertas instaladas en las Plantas de Transferencia.

En Jamilena el servicio de gestión de residuos domiciliarios se presta mediante la opción de gestión directa a través de la modalidad de empresa mixta. La prestación del servicio se realiza a través de Resur Jaén S.A., empresa participada por la Diputación Provincial de Jaén. Para ello Jamilena está incluida en el Consorcio de residuos de Jaén – Sierra Sur formado por 23 municipios con una población de 138.796 habitantes y una producción estimada de residuos de 46.554 tm/año.

Gestión de residuos en el Consorcio de Jaén Sierra - Sur y en Jamilena

Entidad de Gestión

Municipios atendidos por la

Entidad de Gestión

Población atendida

(nº habitantes)

Generación de

residuos (Tm/año)

Instalaciones de Tratamiento de la

Entidad de Gestión

Vertedero controlado de

Jaén Estación de

transferencia de Alcalá la Real

Consorcio Jaén – Sierra

Sur 23 140.468 49.151

Planta de Clasificación y

selección de Ibros Tabla 1 Fuente: Resur Jaén S. A. 2002

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Flujo de residuos en Jamilena

Mapa 1 Fuente: Diputación Provincial de Jaén, 2004

4. GENERACIÓN Y GESTION DE LA FRACCIÓN ORGÁNICA DE LOS RESIDUOS DOMICILIARIOS

Desde el año 1999 la generación de la fracción orgánica de los residuos domiciliarios en Jamilena ha experimentado una disminución, fundamentalmente debida a la implantación de la separación en origen y la recogida selectiva, de la que se espera una estabilización futura.

En el año 2005 se han generado 1.769,612 toneladas, lo que supone el 36% de los residuos generados en el consorcio al que pertenece y el 7,54% de los residuos generados en la provincia y arroja una tasa de generación de 1,45 kilogramos por habitante y día, claramente superior a la media andaluza y provincial.

Generación de residuos domiciliarios en Jamilena: fracción orgánica (kg/hab/día)

Andalucía Jamilena Jaén

1,19 1,45 1,3

Tabla 2 Fuente: Junta de Andalucía, 1999 Resur Jaén, 2005

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RESIDUOS

La gestión de residuos en Jamilena

MUNICIPIO Población de invierno

Población de verano

Gestión RecogidaResiduos

Gestión Tratamiento

Residuos

Destino de los

RSU en Jamilena

Jamilena 3.344 4.300

Estación de Transferenciade Alcalá la

Real Tabla 3 Fuente: Diputación Provincial de Jaén, 2005

Estos residuos se recogen en el contenedor gris2 y su destino actual es el depósito en vertedero controlado, sin embargo la puesta en marcha del Plan Nacional de residuos Urbanos prevé el compostado del 50% de la materia orgánica generada en los municipios, para ello se ha proyectado la construcción de dos plantas de compostaje en la provincia de Jaén, una en Linares, ya terminada y actualmente en fase de pruebas y otra de futura construcción en Jaén capital.

Jamilena cuenta con la siguiente dotación de contenedores para la recogida de la fracción orgánica de los residuos domiciliarios:

Dotación de contenedores para la recogida de la fracción orgánica de los residuos domiciliarios en Jamilena

Contendores RESUR SA Ratio

Municipio 330 litros 800 litros 1.000 litros Otros Hab/cont Litrs/hab Total

Jamilena 6 81 1 0 39.31 19.60 88

Tabla 4 Fuente: Diputación Provincial de Jaén 2008.

5. GENERACIÓN Y GESTIÓN DE ENVASES DE LOS RESIDUOS DOMICILIARIOS

La recogida de envases y residuos de envases considerados no peligrosos comenzó en el año 2001 con la habilitación del contenedor amarillo, específico para recoger estos residuos. Su destino es la planta de selección de Ibros, donde son separados por materiales y preparados para enviar a las plantas recicladoras correspondientes.

La puesta en marcha de esta planta, es posible gracias a la separación en origen que los ciudadanos realizan en sus domicilios.

2 Plan Nacional de Residuos Urbanos (2000 – 2006)

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Diagnosis Técnica Agenda 21 de Jamilena

Dotación de contenedores para la recogida de envases y residuos de envases en Jamilena

Población Total

contenedores

Ratio

Hab/Cont

Ratio

Litros/Hab

Jamilena 28 123.54 24.28

Tabla 5 Fuente: Diputación Provincial de Jaén 2008.

6. GENERACIÓN Y GESTIÓN DE PAPEL - CARTÓN DE LOS RESIDUOS DOMICILIARIOS

En los países industrializados, casi un tercio de la basura doméstica se compone de papel y cartón, siendo un material totalmente reciclable y recuperable en un 80%.

El reciclaje del papel y el cartón tiene beneficios directos indiscutibles como son el ahorro de recursos naturales, la minimización del impacto ambiental producido por la industria productora y la minimización del volumen de residuos destinado a los vertederos.

La recogida de papel – cartón se realiza en el contenedor azul, siendo su destino la planta de selección de Ibros, donde es preparado para enviar a las plantas recicladoras correspondientes.

El municipio de Jamilena cuenta con la siguiente contenerización:

Dotación de contenedores para la recogida de papel - cartón en Jamilena

Población Total contenedores

Ratio

Hab/Cont

Ratio

Litros/Hab

Jamilena 31 111.58 26.89

Tabla 6 Fuente: Diputación Provincial de Jaén 2008.

7. GENERACIÓN Y GESTIÓN DE VIDRIO DE LOS RESIDUOS DOMICILIARIOS

El vidrio es uno de los materiales más cotidianos de nuestra sociedad, siendo uno de sus usos más habituales el de la industria alimentaria. La reutilización de envases de vidrio ha sido una actividad habitual en nuestra sociedad desde antiguo, sin embargo la aparición de otros materiales utilizados como envases y la aparición de los vidrios no retornables, han supuesto un paso atrás, desde el punto de vista de la gestión ambiental, puesto que se ha minimizado la reutilización.

El vidrio es totalmente reciclable en proporción 1:1, es decir, de cada kg reciclado de vidrio se obtiene un kg de vidrio reciclado, suponiendo esta actividad un menor consumo de

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RESIDUOS

recursos naturales y resolviendo de forma directa la gestión de casi el 10% de los residuos urbanos de un municipio.

El vidrio se recoge en el contenedor verde instalado, habiéndose recogido en Jamilena 75600 kilogramos. El destino de este vidrio es depositado en centros de acopio de la provincia desde donde se envía a recicladores.

Dotación de contenedores para la recogida de vidrio en Jamilena

Población Total contenedores

Ratio

Hab/Cont

Jamilena 15 230.60

Tabla 7 Fuente: Diputación Provincial de Jaén 2008

RESIDUOS ESPECÍFICOS

Modelo de gestión

El modelo de gestión para residuos específicos, que completa la recogida selectiva en origen, prevé la recogida de estos residuos de dos formas, mediante la instalación de Puntos Limpios en unos casos (voluminosos, inertes, especiales...) y mediante la entrega en puntos de expedición en otros (medicamentes, eléctricos y electrónicos...).

Domiciliarios y similares Punto Limpio

Residuos específicos

Otros Programas específicos

Puntos limpios

Los Puntos Limpios son centros de recogida selectiva de residuos especiales, instalaciones donde se reciben, previamente seleccionados por los ciudadanos, determinados residuos que se depositan en contenedores especiales habilitados para tal fin. Los residuos que podrán depositarse en estos Puntos Limpios son los siguientes materiales:

• Latas y botes. • Pilas.

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• Neumáticos. • Papel y catón: embalajes, periódicos, revistas.... • Plásticos: envases, embalajes.... • Vidrios: botellas, tarros.... • Acumuladores y baterías: pilas botón, pilas prismáticas, baterías ácido-plomo... • Sustancias peligrosas. • Aceites: automóvil y vegetal. • Línea blanca: electrodomésticos. • Escombros. • Fluorescentes. • Aparatos eléctricos. • Voluminosos.

Mientras que no se admitirán los siguientes materiales: restos de comida, animales muertos, productos tóxicos y peligrosos (salvo los mencionados anteriormente), hospitalarios y en general los no definidos en la lista de admisibles.

Con estos puntos limpios se pretende completar el servicio de recogida selectiva en los municipios, evitando el vertido incontrolado y aprovechando aquellos residuos que pueden ser reciclados directamente con el consiguiente ahorro en materia y energía. Además se consigue dar salida a aquellos residuos peligrosos que hay en los domicilios y que generalmente se tiran junto con el resto de las basuras.

En una primera fase se han construido 9 Puntos Limpios en la provincia de Jaén que atenderán las necesidades de los municipios de su entorno. El punto limpio fijo que cubre el servicio correspondiente a Jamilena se encuentra en Alcalá la Real. Este servicio se ha complementado con la entrada en servicio de una flota de puntos limpios móviles que visitan los municipios periódicamente para acercar el servicio a los ciudadanos. En Jamilena el servicio se presta el 3º Viernes de cada mes, de 8:45 a 14 horas en la Plaza de Abastos.

Punto limpio móvil

Programas específicos

El Plan Nacional de Residuos Urbanos prevé el establecimiento de acuerdos con organizaciones empresariales, de profesionales, consumidores y ciudadanos, para la promoción, desarrollo e implantación de los sistemas de gestión que permitan alcanzar los

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RESIDUOS

objetivos propuestos en el programa. Estos sistemas de gestión deberán contemplar la recogida en origen de distintos residuos mediante diferentes vías.

Entre los mecanismos adoptados están aquellos establecidos por programas específicos de gestión, normalmente articulados mediante la entrega de residuos a través de los puntos de expedición.

8. GESTIÓN DE RESIDUOS ESPECÍFICOS EN JAMILENA

• Residuos de Medicamentos

La Ley 11/1997, de Envases y Residuos de Envases establece los mecanismos que deben implantar los agentes que participan en la comercialización de productos envasados para asegurar la recogida y gestión de los residuos generados por sus productos. Esta normativa es de aplicación a todos los sectores, incluido el farmacéutico.

Según contempla la mencionada Ley 11/1997, cada envasador puede optar entre dos tipos de sistemas para conseguir los objetivos medioambientales que marca la legislación:

Adherirse a un Sistema Integrado de Gestión (SIG), cuya finalidad es la recogida periódica de envases y residuos de envases en el domicilio del consumidor o en sus proximidades.

Establecer un Sistema de Depósito, Devolución y Retorno (SDDR), por el cual el envasador que pone un producto en el mercado cobra al siguiente agente de la cadena de distribución una cantidad de dinero en concepto de depósito por el envase entregado, siendo el último en la cadena el consumidor.

La industria farmacéutica, con el fin de simplificar el proceso tanto para los consumidores como para los agentes del sector, optó por la implantación de un SIG específico para el sector farmacéutico: SIGRE. Con la creación de su propio SIG, este sector ha querido llegar más lejos en el cuidado del medio ambiente de lo que la propia legislación contempla, responsabilizándose no sólo de los envases, sino también de los restos de medicamentos que éstos pudieran aún contener.

Por tanto estos residuos son gestionados a través del SIGRE, que funciona a través de una red de contenedores situados en los puntos de expedición de los medicamentos, es decir, en las farmacias, y está implantado a nivel nacional. En estos contenedores se depositan los siguientes productos:

• Los envases vacíos de medicamentos, con sus cajas y prospectos • Los envases con restos de medicamentos • Los medicamentos caducados

No se depositan en estos puntos los siguientes residuos que siguen otros caminos:

• Termómetros, prótesis, radiografías y agujas • Material de curas, objetos cortantes, lentes de contacto y gafas • Otros productos que, debido a su finalidad, puedan considerarse en sí mismos como

productos sanitarios.

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Una vez que el ciudadano deposita los envases y restos de medicamentos en el Punto SIGRE de su farmacia, la distribución farmacéutica los recoge y almacena en contenedores estanco situados en sus instalaciones, desde donde un transportista autorizado los traslada hasta una Planta de Selección y Clasificación de Medicamentos.

En esta planta se realiza la separación de los materiales de envasado que pueden ser reciclados, para su entrega a empresas de reciclado autorizadas que las incorporarán como materias primas en los procesos de fabricación de nuevos productos.

Asimismo, se procede a clasificar los restos de medicamentos según su tipología y composición, de forma que puedan ser entregados a gestores de residuos autorizados para su tratamiento de acuerdo a la normativa vigente. La mayor parte de estos residuos son valorizados con recuperación energética, de forma que la energía generada pueda ser utilizada para el consumo doméstico.

Los puntos SIGRE son establecidos en las farmacias mediante un sistema de adhesión y colaboración con el sistema integrado de gestión. La práctica totalidad de las farmacias españolas están adheridas a este sistema. Las farmacias que cuentan con el sistema de recogida se distinguen por un distintivo exterior.

Distintivo exterior de farmacias adheridas al SIGRE

Ilustración 1 Fuente: www.sigre.es

En Jamilena existen las siguientes farmacias que cuentan con punto SIGRE:

• Ortega Bueno – Farmacia María Luisa

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RESIDUOS

• Residuos de construcción y demolición

Se incluyen en estos residuos aquellos procedentes del derribo de edificios o de rechazos de los materiales de construcción de las obras de otros de nueva planta y de pequeñas obras de reformas en viviendas o urbanizaciones. Se conocen habitualmente como "escombros".

Con arreglo a la legislación española -Ley 10/1998, de Residuos artículo 4.3- la competencia sobre su gestión corresponde a las Comunidades Autónomas, a excepción de los procedentes de obras menores domiciliarias que serán gestionados por las entidades locales, a través de su depósito en puntos limpios.

Mediante resolución de 14 de junio de 2001, se aprueba el Plan Nacional de Residuos de Construcción y Demolición 2001-2006, donde se establece la planificación en cuanto a objetivos de gestión e infraestructuras necesarias para dar un adecuado destino final a este tipo de residuos.

Por su parte la provincia de Jaén cuenta con una Plan Director de Gestión de Residuos Inertes (en proceso de aprobación) donde se plantea un marco de actuación coherente y realista para la gestión de estos residuos con el fin de obtener los objetivos de sostenibilidad marcados en dichas políticas.

Entre los objetivos del Plan está el correcto tratamiento y vertido controlado de todos los residuos inertes, con el fin de evitar y detener la proliferación de vertederos incontrolados que suelen aparecer en los alrededores de los cascos urbanos.

Jamilena cuenta con un vertedero de inertes, situado en Camino de los Arenales.

En Jamilena el vertido es incontrolado. Hay control del Ayuntamiento. El vertedero de escombros está situado en una antigua cantera. Trabajan con Resur. Antiguamente vertían los residuos de forma incontrolada, hasta que se prohibió y empezó éste, el cual limpian con frecuencia, es decir, el Ayuntamiento tiene control sobre este vertedero.

Descripción física de escombrera

Municipio Jamilena

Consorcio de R. S. U. Jaén – Sierra Sur

Denominación Paraje Los Arenales

Descripción Acceso Carril de tierra

Estado actual

Entorno

Distancia casco Urbano 1

Presencia de Aguas Superficiales No.

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Diagnosis Técnica Agenda 21 de Jamilena

Subterráneas No.

Actividad Agrícola Olivar.

Actividad Industrial No.

Impacto Ambiental Apenas existe.

Otros aspectos de interés Situada en la antigua explotación de una cantera

Composición de los residuos vertidos (en %)

Escombros y R. Obras Tierras y Gravas Otros Materiales

Escombros 35 Tierras y Gravas 25 Maderas 5

R. Hormigón 0 Piedras 5 Metales 0

Mat. Refractarios 10 Áridos 0 Plásticos 5

Pulvurulentos 5 Otros 10

Asfálticos 0

Subtotal 50 Subtotal 30 Subtotal 20

Medición de la Escombrera

Superficie (en m2) 900

Volumen (en m3) 146.000

Plano de situación

Tabla 8 Fuente: Diputación Provincial de Jaén, 2002

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RESIDUOS

Ficha resumen de generación de residuos e infraestructuras actuales para la gestión de residuos inertes en Jamilena

Municipio: Jamilena

Población: 3.289 Escombros/día (Kgs.): 9.867 Nº. Escombreras 1

Licencias de obras (1999)

Demolición Construcción Rehabilitación 1 TOTAL

164 164

Infraestructuras Actuales

No existen.

Tabla 9 Fuente: Diputación Provincial de Jaén, 2002

• Vehículos fuera de uso

Los vehículos fuera de uso no son residuos urbanos en sentido estricto, sin embargo son contemplados en el Plan de Residuos Urbanos al ser un tipo de residuo generado por los ciudadanos que requiere un tratamiento especial. Su gestión, de acuerdo a los principios rectores en la gestión actual de residuos, está definida en Plan Nacional de Vehículos al final de su vida útil (2001-2006), aprobado por resolución de 25 septiembre de 2001.

Al ser los vehículos fuera de uso (VFUS) considerados residuos peligrosos (Decisión de la Comisión 2001/119/CE de 22 de enero de 2001), en función de los componentes que los integran, su gestión deberá llevarse a cabo en centros que reúnan las condiciones técnicas, ecológicas y administrativas que garanticen que las operaciones se hacen correctamente. Estos centros se denominarán CARDs (Centros Autorizados de Recepción y Descontaminación). Estos centros procederán de la adecuación normativa y técnica de los actuales desguaces y en ellos se procederá a la descontaminación (separación y reciclado independiente de los componentes de los VFUs que tienen la condición de residuos peligrosos) como primera acción a llevar a cabo en la gestión de VFUs.

Actualmente la gestión de estos residuos ha sido regulada por el Real Decreto 1383/2002 de gestión de vehículos al final de su vida útil. En este decreto se establece que debe hacerse con un vehículo que llega al final de su vida útil, proceso que incluye la descontaminación como acción previa a cualquier otro tratamiento. En el mismo se regulan las operaciones de tratamiento para estos residuos y los sistemas integrados de gestión entre otros aspectos.

Como consecuencia de la entrada en vigor de este Real Decreto, se ha creado una asociación sin ánimo de lucro (SIGRAUTO) integrado por los agentes involucrados en la cadena gestión de los vehículos al final de su vida útil y cuyo objetivo es dar respuesta a los preceptos de gestión establecidos en la legislación vigente. Esta asociación ha puesto en marcha una red de Centros Autorizados de Tratamiento (CATs) similares en su función a los CARDs previstos en el Plan Nacional de Vehículos Fuera de Uso.

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Diagnosis Técnica Agenda 21 de Jamilena

CATs autorizados por la junta de Andalucía en Jaén

Municipio Empresa

Alcalá la Real Grúas y Desguaces Alcalá, S.L.

Bailén Desguaces Ozaez S.L.

Jaén Desguace Juan Torres Sánchez

Linares Desguaces Martínez

Úbeda Grúas y Desguaces Marín, S.L.

Torredonjimeno Agustín Begara Jiménez

Tabla 10 Fuente: SIGRAUTO, Junta de Andalucía, 2004

En Jamilena no existen actualmente instalaciones de almacenamiento para estos residuos, normalmente los generadores de estos residuos se deshacen de ellos por sus propios medios.

• Neumáticos fuera de uso

No existe actualmente en España un sistema de gestión de Neumáticos Fuera de Uso (NFUs), único o generalizado. Tampoco existe, por ahora, una normativa específica que regule este residuo, aunque le es de plena aplicación la Ley 10/1998 de Residuos, no obstante mediante Resolución de 8 octubre 2001, se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de Octubre de 2001, que aprueba el Plan Nacional de Neumáticos Fuera de Uso, 2000 – 2006.

Este plan prohíbe la eliminación, mediante vertido o incineración sin recuperación energética, de los neumáticos enteros a partir del 1 de enero de 2003, y de los troceados a partir del 1 de enero de 2006.

En Jamilena esta gestión se realiza a través del punto limpio móvil.

• Lodos de depuradora

Los lodos de depuradora serán de producción generalizada en todos los municipios en tanto en cuanto se vayan cumpliendo los objetivos marcados en el Real Decreto Ley 11/1995 sobre tratamiento de aguas residuales.

El destino final de estos residuos ha sido marcado en el Plan Nacional de Lodos de Depuradoras de Aguas Residuales 2001-2006, aprobado mediante Resolución de 14 junio 2001, se pretende conseguir una gestión adecuada de los lodos para proteger el medio ambiente y, en especial, la calidad del suelo.

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RESIDUOS

En particular algunos usos de estos lodos están regulados por una norma propia. En concreto su uso en agricultura como fertilizante está reglado por el Así, en la actualidad, la utilización de los lodos de depuración en el sector agrario se regula por el Real Decreto 1310/1990, de 29 de octubre, norma que transpuso al ordenamiento español la Directiva 86/278 CE, de 12 de junio de 1986.

La gestión de estos lodos está relacionada con la existencia o no de depuradora en el municipio. En el caso de Jamilena, hasta la fecha no existe estación depuradora de aguas residuales urbanas, está pendiente de su nueva ubicación.

• Residuos voluminosos

La gestión actual de los residuos voluminosos generados en municipios (muebles y enseres domésticos principalmente) está basada en su recogida a través de la red de puntos limpios que se está estableciendo en la provincia de Jaén, siendo responsabilidad de los ciudadanos que generen el residuo su traslado a los contendores habilitados en el punto limpio más cercano al domicilio para su deposito.

La gestión futura de estos residuos se establecerá en el Plan Nacional de Residuos Voluminosos (PNRV) que aún está pendiente de aprobación.

Actualmente el lento establecimiento de puntos limpios y la falta del plan nacional hace que en la mayoría de los ayuntamientos se cuente con un servicio de recogida, en muchos casos puerta a puerta, prestado por los servicios de recogida de residuos urbanos y que generalmente cuenta con una periodicidad quincenal.

En Jamilena la gestión de estos residuos se realiza a través de la empresa RESUR Jaén S. A. encargada por el Ayuntamiento para la retirada de Residuos Sólidos Urbanos en el municipio.

Este servicio en Jamilena se realiza dos días al mes (2º y 4º miércoles).

• Residuos de matadero y animales muertos

En materia de residuos animales, tras la prohibición por la legislación comunitaria del enterramiento de los animales muertos en las granjas, se buscan, en la actualidad, nuevas técnicas alternativas a la incineración de cadáveres animales en plantas especializadas.

La entrada en vigor en 2003 de la normativa comunitaria sobre subproductos de origen animal ha significado un nuevo planteamiento en la eliminación de este tipo de productos que se generan principalmente en las granjas, en las industrias cárnicas, en las industrias de la pesca y en establecimientos de venta mayorista y minorista del ramo. En particular, esta legislación establece y limita de manera muy estricta los posibles destinos de estos subproductos y el tratamiento al que deben ser sometidos, con el fin de que en ningún caso pueda producirse una eliminación inadecuada que suponga un riesgo para la salud de las personas o de los animales o para el medio ambiente.

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Diagnosis Técnica Agenda 21 de Jamilena

La normalización para la eliminación de estos residuos se ha realizado mediante el Real Decreto 1429/2003, de 21 de noviembre, por el que se regulan las condiciones de aplicación de la normativa comunitaria en materia de subproductos de origen animal no destinados al consumo humano.

En esta norma se especifica el destino de animales de compañía muertos que podrá ser, por decisión de las autoridades competentes en caso necesario, eliminados directamente como residuos mediante enterramiento.

Jamilena no cuenta con matadero. Los animales muertos callejeros son retirados por el Ayuntamiento.

• Residuos de pilas y acumuladores usados.

Las pilas, especialmente las pilas botón, han sido objeto de numerosas compañas de recogida por parte de diferentes promotores como ayuntamientos, asociaciones, etc, sin embargo en la mayoría de los casos se desconoce cual ha sido el destino final que han sufrido.

Para estos residuos, peligrosos y generados en los domicilios de forma cotidiana, la legislación actual establece que son los fabricantes e importadores que colocan en el mercado artículos de consumo que se convierten en residuos, quienes deben aportar los recursos necesarios para cubrir los gastos de gestión de los mismos (Ley 10/98 de residuos). Para facilitar la gestión de estos residuos se han ideado los Sistemas Integrados de Gestión (SIG) cuyo desarrollo esta regulado normativamente.

A este respecto el Plan de Prevención y Gestión de Residuos Peligrosos de Andalucía (2004-2010), establece los tipos de residuos que deberán ser gestionados mediante SIG, entre los que se incluyen pilas, baterías, acumuladores y similares. De hecho en Andalucía, y dando cumplimiento a este Plan y con el fin de facilitar esta gestión se ha publicado el Decreto 257/2003, por el que se regula el procedimiento de autorización de los grupos de gestión y sistemas lineales de gestión de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, así como de pilas y baterías usadas.

Por tanto para estos residuos se tiene previsto la gestión a partir de la recogida de estos residuos en los puntos de distribución y mediante un sistema integrado de gestión.

Para facilitar además su gestión, está prevista la recogida a través de la red de puntos limpios que se instalará en la provincia de Jaén.

En Jamilena la gestión de estos residuos se realizan por parte de la Delegación Provincial de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía en Jaén, que las recoge mediante la instalación de contenedores específicos (rojos).

En Jamilena existen ocho contenedores rojos para la recogida de pilas y acumuladores usados, situados en oficinas municipales y establecimientos públicos.

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RESIDUOS

• Residuos de equipos eléctricos y electrónicos.

La gestión de este tipo de residuos se realizará de forma similar a la vista en el epígrafe anterior con respecto a pilas y acumuladores usados.

Actualmente en Jamilena no hay gestión para este tipo de residuos por parte del Ayuntamiento.

9. EQUILIBRIO – DESEQUILIBRIO ENTRE LA FINANCIACIÓN DE LOS COSTES DE LOS SERVICIOS DE GESTIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS

Las entidades locales, mediante la habilitación establecida en la legislación vigente (Ley 7/85 de Bases del régimen Local) están facultadas para establecer y exigir tributos con el fin de obtener recursos suficientes para los fines de gestión y prestación de servicios de su competencia.

En concreto podrán establecer tasas por la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local, así como por la prestación de servicios públicos o la realización de actividades administrativas de competencia local que se refieran, afecten o beneficien de modo particular a los sujetos pasivos.

Con respecto a la gestión de residuos sólidos urbanos y según lo expresado en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, en su artículo 20. 4. s, se podrá establecer una tasa tributaria por la “recogida de residuos sólidos urbanos, tratamiento y eliminación de éstos, monda de pozos negros y limpieza en calles particulares”.

Esta tasa estará regulada por una ordenanza fiscal que se establecerá en la forma y mediante el procedimiento expresado en el Real Decreto Legislativo 2/2004, citado anteriormente y deberá estar publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén.

La recaudación por tanto de tributos por servicios prestados por las entidades locales tiene el fin de financiar los servicios prestados por estas, de forma que se ajuste lo recaudado a lo gastado.

A partir de la documentación ofrecida por el Ayuntamiento de Jamilena, se hace un balance de la explotación referente al servicio de gestión de residuos urbanos, cuyo detalle se recoge a continuación:

Ingresos (€) Gastos (€) Superávit (€)

Año 2006

77.926,06 €

Año 2006

77.134,80 €

Año 2006

791,60 €

Tabla 12 Fuente: Ayuntamiento de Jamilena, 2006.

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Existe una diferencia entre lo gastado y lo recaudado por el ayuntamiento en lo que se refiere a la gestión de los residuos urbanos en el municipio que alcanza el valor de ganancia de 791,60 €.

10. POTENCIALIDADES Y DEBILIDADES

POTENCIALIDADES

• Moderada producción de residuos.

• Práctica desaparición del vertido incontrolado.

• Incremento de la recogida selectiva.

• Cumplimiento de la directiva de residuos con respecto a los ratios de contenerización marcados para la mayoría de los residuos recogidos selectivamente.

DEBILIDADES

• Falta de ordenanza municipal para el control del vertido de residuos.