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361 REPUBLICA DE PANAMA. ANALES DE LA CONVENCION SERIE 2°{ PANAMÁ, 29 DE JUNIO DE 1904 . . NUMERO 46 Dignatarios de la Convención Presidente, J E R A R D O ORTEGA. 1er. Vicepresidente, D E M E T R I O H . B R I D. 2 . 0 E . PONCE J. Secretario, LADISLAO SOSA. CONTENIDO : crea más acertado sobre el particular, una solici- tud suscrita por los vecinos le Punta en demanda de la derrogatoria de una disposición del Código de Policía. Devolvióse por la. Comisión el Mensaje que con- tiene las objeciones á la Ley "por la cual se esta- blece un Banco en la Capital de la República" ; con esos documentos vino el informe que sobre el asun- to emite la . referida Comisión. Dióse cuenta del orden del día de la Honorable Convención . II Acta de la sesión del día 7 de Junio 361 En tercer debate cursó el proyecto de la ley Acta de!a sesión del día 8 de 362 "orgánica del papel sellado y timbre Nacional", Memorial y Resolución 364 Ley . .. . de 1904 Informes de Comisiones 366 proyecto que obtuvo la aprobación de pasara á ser ley de la República . que v 386 Proyectó de Ley n 867 III Actas. SESION del martes 7 de Junio de 1904. (PRESIDENCIA- DEL H . D . Da . ORTEGA .) Por el Sr . Presidente se declaró abierta la sesión de este día . á las 2 y 30 minutos de la tarde, así que se hubo comprobado la concurrencia de la ma- yoría reglamentaria . Enviaron previamente sus excusas para no asistir á las labores de la fecha los Honorables Diputados García F . y Villamil, inca- pacitados por enfermedad. I Se consideró el acta de la sesión anterior, do- cumento que en seguida fué aprobado, firmándose poco después la del día 4 de los corrientes. Por el señor Presidente se decretó que se con- servase en el archivo de esta Corporación, a fin de Con el cumplimiento previo de las formalida- des preliminares que al efecto prescribe el Regla mento interno de la Honorable Corporación, fué abierto el segundo debate del proyecto de ley "que aprueba. un contrato (rescisión del sobre suminis- tro de sales)". El Honorable Diputado Guardia se sirvió soli- citar, y á ello se accedió por la Presidencia, que fuesen consideradas una por una las cláusulas que informe el contrato en cuestión. La primera de ellas resultó adoptada sin ob- servaciones En discusión la que le sigue, par el Honorable Diputado Amador G . se propuso una modificación, consistente en reducir á $ 7 .000 los $ 12 .000 que se pa g arían al concesionario por toda indemniza- ción de perjuicios, "y á declararlo á paz y salvo con el Tesoro de la República en lo relacionado con el contrato que se rescinde". Aquí el mismo Honorable Diputado hizo la ob- servación de que consideraba irregular la conside- ración del negociado en la forma que se seguía, ó sea cláusula por cláusula . Esta opinión la impug- nó el Honorable Diputado Guardia quien, además, sostuvo que ella era correcta y conforme con dis- posiciones reglamentarias. Leídas las disposiciones que resuelven el punto, el señor Presidente, fundándose en ellas, confirmó que siguiera en tal forma la deliberación. A petición del Honorable Diputado Patiño . se dió lectura á la lista de los asuntos recomendados por el Poder Ejecutivo para las presentes sesio- nes . En la votación secreta que sufrió la reforma que antecede, introducida por el Honorable Dipu-

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361REPUBLICA DE PANAMA.

ANALES DE LA CONVENCIONSERIE 2°{ PANAMÁ, 29 DE JUNIO DE 1904 .

. NUMERO 46

Dignatarios de la Convención

Presidente,

J E R A R D O ORTEGA. 1er. Vicepresidente, D E M E T R I O H . B R I D.2 . 0„

E . PONCE J.Secretario,

LADISLAO SOSA.

CONTENIDO :

crea más acertado sobre el particular, una solici-tud suscrita por los vecinos le Punta en demandade la derrogatoria de una disposición del Código dePolicía.

Devolvióse por la. Comisión el Mensaje que con-tiene las objeciones á la Ley "por la cual se esta-blece un Banco en la Capital de la República" ; conesos documentos vino el informe que sobre el asun-to emite la . referida Comisión.

Dióse cuenta del orden del día de la HonorableConvención .

II

Acta de la sesión del día 7 de Junio 361 En tercer debate cursó el proyecto de la leyActa de!a sesión del día 8 de 362 "orgánica del papel sellado y timbre Nacional",Memorial y Resolución 364Ley . . . . de 1904Informes de Comisiones

366 proyecto

que obtuvo la

aprobación depasara á ser ley de la República .

que

v 386

Proyectó de Ley n867

III

Actas.

SESION

del martes 7 de Junio de 1904.

(PRESIDENCIA- DEL H . D. Da . ORTEGA .)

Por el Sr . Presidente se declaró abierta la sesiónde este día . á las 2 y 30 minutos de la tarde, asíque se hubo comprobado la concurrencia de la ma-yoría reglamentaria . Enviaron previamente susexcusas para no asistir á las labores de la fecha losHonorables Diputados García F . y Villamil, inca-pacitados por enfermedad.

I

Se consideró el acta de la sesión anterior, do-cumento que en seguida fué aprobado, firmándosepoco después la del día 4 de los corrientes.

Por el señor Presidente se decretó que se con-servase en el archivo de esta Corporación, a fin de

Con el cumplimiento previo de las formalida-des preliminares que al efecto prescribe el Reglamento interno de la Honorable Corporación, fuéabierto el segundo debate del proyecto de ley "queaprueba. un contrato (rescisión del sobre suminis-tro de sales)".

El Honorable Diputado Guardia se sirvió soli-citar, y á ello se accedió por la Presidencia, quefuesen consideradas una por una las cláusulas queinforme el contrato en cuestión.

La primera de ellas resultó adoptada sin ob-servaciones

En discusión la que le sigue, par el HonorableDiputado Amador G. se propuso una modificación,consistente en reducir á $ 7.000 los $ 12 .000 quese pagarían al concesionario por toda indemniza-ción de perjuicios, "y á declararlo á paz y salvo conel Tesoro de la República en lo relacionado con elcontrato que se rescinde".

Aquí el mismo Honorable Diputado hizo la ob-servación de que consideraba irregular la conside-ración del negociado en la forma que se seguía, ósea cláusula por cláusula . Esta opinión la impug-nó el Honorable Diputado Guardia quien, además,sostuvo que ella era correcta y conforme con dis-posiciones reglamentarias.

Leídas las disposiciones que resuelven el punto,el señor Presidente, fundándose en ellas, confirmóque siguiera en tal forma la deliberación.

A petición del Honorable Diputado Patiño . sedió lectura á la lista de los asuntos recomendadospor el Poder Ejecutivo para las presentes sesio-nes .

En la votación secreta que sufrió la reformaque antecede, introducida por el Honorable Dipu-

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ANALES DE LA CONVENCION .

367

Si no existiera el artículo 4? de la Constitución pa-nameña, que dice : "El territorio de la República se di-"vide en las Provincias de Bocas del Toro, Coclé, Co-

lón, Chiriquí, Los Santos, Panamá y Veraguas. Las"Provincias se dividen en Municipios. La Asamblea"Nacional podrá aumentar ó disminuir el núme-

ro de aquéllas y de éstas, ó variar sus límites", y nose hubiera consignado en el ordinal 24 del articnlo 63,como atribuciones de ésta el ejercicio de esta facultad,bien pudiera alegarse el imperio de los artículos 189 á193 citados: pero existiendo las mencionadas disposi-ciones constitucionales, es insostenible toda argumen-tación en apoyo de las objeciones, desde luego que laley 149 de 1888, sólo está vigente en cnanto no se o-ponga á la Constitución de la República ó á las leyesqne se expidan.

Hay, además, otra razón que mantiene nuestroconvencimiento de que la Asamblea Nacional sí puede,sin formalidad previa, ejercer ta facultad que le confie-re el artículo 4.° y el ordinal 24 citados, y es la si-guiente: El artícnlo 196 de la ley 149 de 1888, ley enque se a poya el Poder Ejecutivo para objetar el pro-yecto que nos ocupa, dice: "En casos especiales, y porcircunstancias de notorio interés público, pueden lasAsambleas crear Distritos, aunque no reunan las condi-ciones exigidas en los artículos anteriores, (189 á 193,citados en el pliego de ()lije iones ; pero las ordenanzasque al efecto expidan, deben ser aprobadas por el Con-greso antes de ponerse en ejecución" . Lo cnal pruebaclaramente, que la corporación Legislativa suprema dela República de Colombia, puede ejercer la facultadconstitucional de crear Distritos sin qne se llenen lascondiciones prescritas . Esa Corporación Legislativa su-prema en la República de Panamá, lo es hoy la Conven-ción Nacional ; y conforme con la Constitución que a-caba de expedir, puede crear y suprimir Municipios,sin que sea óbice lo dispuesto en el Código Político yMunicipal colombiano, vigente, repetirnos, en cuanto nose oponga á la Constitucíón y á las leyes panameñas.

Juzgar las cosas de otra manera, aplicar otro cri-terio, es llegar a la conclusión absnrda, de qne la ley149 de 1888, expedida en desar rollo de una Constitu-ción que no existe para nosotros los istmeños, priva so-bre la Constitución de la República de Panamá, no obs-tante lo dispuesto en el artículo 147 invocado por elPoder Ejecutivo.

Por lo expuesto, Honorables Diputados, vuestraComisión considera que no pneden aceptarse las obje-cioges del Poder Ejecutivo á la ley que restablece va-rios Distritos; y confiada en que, ni consideraciones deun orden secundario, ni una mal entendida adhesión alPoder Ejecutivo, os inducirá á convenir en que laConvención ha extralimitado la facultad constitucionalde que ha hecho uso para beneficio de los pueblos ele-vados á categoría de Municipios y en pró de la admi-nistración pública y os propone el siguiente proyecto deresolución:

"Decláranse infundadas las objeciones hechas porel Poder Ejecutivo á la ley por la cual se restablecenvarios Distritos".

Panamá, Abril de 1904.

Honorabies Diputados:

Vuestra comisión,

Es copia.

El Secretario auxiliar,

Ladislao Sosa.

Secretaria de la Convención Nacional .—Panamá, Jnnio2 de 1904.

Las precedentes objeciones no llegaron á conside-rarse en las sesiones ordinarias del alto Cuerpo Legis-lativo .

LADISLAO SOSA.

Es fiel copia.

El Secretario auxiliar,

Tristán C. Cajar.

Honorables Con semi (males :

Vuestra Comisión designada por S . E. el Presi-dente de la Asamblea Nacional para rendir informe so-bre el proyecio de Ley por la cual "se confiere una an-torización al Poder Ejecutivo" debe considerarse cornofavorecida por la suerte al tocarle cumplir la grata mi-sión que hoy se le cotilla . Y si alguna vez la Jnsticiaha hablado con el acento de sus profundas conviccio-nes, será esta nna ocasión bien digna de la causa quearranca un voto unánime á la opinión popular carapremiar ras virtudes de los que fueron y las santas he-rencias de los que son.

FIonra á los autores del proyecto de Ley que exa-minamos, la idea más bella que les inspira la memoriade un hombre ilustre, interpretada por corazones no-bles y generosos y traducida en una obra de gratitudnacional, á cada momento más realzada por el doblepropósilo de tributar homenaje de merecimiento á losservicios de nn abnegado hijo de nuestro suelo y hacerdel tierno vástago de una familia honorable un hombreútil para la Patria, quien Dios mediante, sabrá ocuparen aqnel hogar desolado la silla vacía del llorado pa-dre .

Son tan decisivos los considerandos que motivanel proyecto de Ley á que aludimos, y es tan conocidala vida pública y privada del que fué el General D . Dá-maso Cervera, que la síntesis que tales considerandoscondensan, trae á nuestro recuerdo, á pesar de la con-cisión de sus proposiciones, una larga historia de abne-gación, de amor al Istmo y de consagrados esfuerzos ánuestra sociedad y á la familia, que bien nos ahorraenumerar de nuevo todo aquello que caracterizó, du-rante la existencia del doctor D . Dámaso Cervera, la fi-gura política y la talla civil del íntegro ciudadano y delprobo Magistrado en quien la pobreza fué siempre me-dalla de honor que le acreditó el títnlo de hombrehonrado : hermoso título que encierra en arca inviola-ble la biografía del que no legó á sus deudos otro capi-tal ni otro patrimonio.

El joven Dámaso Alejandro, hijo de aquel austerovarón, está tierno, desamparado y á merced de esastempestades de la adversidad que ó forjan el caráctercon el temple de las almas fuertes capaces de elevarse

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368

ANALES DE LA. CONVENCION.

al puesto más cnlminante de las integridades morales,ó hacen sucumbir al débil niño si la sociedad y el Go-bierno no lo acogen bajo su protección tutelar hacién-dolo útil á sus semejantes y á la Patria, como se pre-tende y debe hacerse con quien por las ejecutorias de suprogenitor tiene derecho á que la Nación lo eduque ásu costa, siqniera para retribuir en parte los valiososservicios que el finado General don Dámaso Cerveraprestó al extinguido Estado Soberano y después De-partamento de Panamá, desempeñando cargos elevados,importantes destinos en el curso de su vida, que .qjaláno se hubiera apagado para que la República de Pana-má admirara en los días de su albor, ejemplos piripistantea de virtud y laboriosidad.

Y si se tiene en cuenta qne el joven Dámaso Ale-jandro sufre actualmente en Bogotá la privación, el os-iracismo y tal vez hasta el sonrojo, implorando el pande la ciencia á ?quienes cegados por el odio no oyen elacento del mendigo de la luz, no podemos ni debemosmostrarnos impasibles ante estas vicisitudes que sonya timbre honroso del futuro cindadano y una preseapara el que puede, porque lo quiere, conquistar toda-vía muchas más.

En tal virtnd, al Ludimos el propósito tan rar:o-mendable de los autores del proyecto de LeY "que hon-ra la grata memoria del General D . Dámaso Cervera,costeando con fondos nacionales la educación completade su hijo menor Dámaso Alejandro . "

Os proponernos, en consecuencia, el proyecto deresolnéi6n con que terminamos este informe:

"L)ése segundo debate al proyecto de Ley por lacnal "se confiere nna autorización al Poder Ejecutivocon las modificaciones que le hace la Comisión " .

Honorables Convencionales:

Vuestra Comisión,

RAFAEL NEIRAA .--JERARDO ORTEGA.

Panamá, 30 de Mayo de 1904.

Es copia.

El Secretario auxiliar,

Ladislao Sosa.

Honorables Convencionales:

He estudiado el contrato celebrado el día 2 de estemes, entre el Secretario de Gobierno de la República yel seño r Herbert Leer.—representante legal de la Em-presa denominada United Fruit C.°,—para el estable-cimiento de la comunicación telegráfica sin hilos entreesta Capital y Colón ; entre esta misma ciudad y la po-blación de Bocas del Toro ; y para conexionar ese puer-to y Limón (Costa Rica) ; así como para establecer lamisma comunicación entre esta Capital y las Nacionesde Centro y Sud-América, cuando se creyere conve-niente.

Dicho contrato, dice el ciudadano Presidente de laRepública en su Mensaje número 44 de 13 de los co-rrientes, "es ventajoso para el Gobierno" y lo envió áesta Corporación para la debida censura.

Orno yo opino enteramente de la misma manera

país, me-permito pediros la aprobación del Contrato enlos términos que fijo en el proyecto de ley, que acom-paño .

La supresión del artículo 3 .° y las modificacionesde los artículos 8.° y 11 son á . mi juicio - necesarias pa-ra que el convenio á que me refiero, pierda el carácterde privilegio ó monopolio que lo liaría inaceptable, porilegal y anticonstitucional.

Termino proponiendoos aprobéis la siguiente pro-posición:

"Dése primer debate al proyecto de ley por elcual se aprueba nn contrato que acaba de presentar laComisión á cuyo estudio pasó el celebrado para esta-blecer la commicación por telégrafo inalámbrico entreesta Capital y otras ciudades".

Panamá, Mayo 24 de 1904.

Honorables Convencionales.

Vuestra Comisión .

CÁSTuLo Vi .LLÁM{L.

Es copia.

El Secretario auxiliar ;

Ladislao Sosa.

[o]

PROYECTO DE LEY

por la cual se ordena un gasto.

La Convención Nacional de Panamá

DECRETA:

Art . 1? Destinase del Tesoro Público la cantidadde veinte mil pesos para atender á los gastos que oca-sionen las medidas profilácticas que se pongan en prác-tica para precaver las poblaciones de la República, dela peste bubónica que aterra el Perú y amenaza inva-dirlas .

Art . 2? El Poder Ejecutivo, . de acuerdo con laJunta Nacional de Higiene, dictará con actividad, losdecretos y reglamentos que el caso demande.

Dada en Panamá, etc.Presentado á la Honorable Convención Nacional

por el snscrito Diputado por la Provincia de Chiriquí,

M. C. JURADO.

Secretaría de la Convención .—Panamá, Mayo 30 de1904.

La Convención en la sesión de esta fecha, negó enprimer debate el anterior proyecto de ley.

JuAN BRÍN.

Es copia,

El Secretario auxiliar,

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ANALÍS DE LA CONVENCION2

t

Panamá, 2 oe J °l io de 1904.

No . 48

aun del señor Secretario del Despacho do Iiaciend,a ley colombiana en que figura el contrato que celebró

el Gobierno de aquella nacionalidad y la empresa Uní-tea P2. uit G. O , conforme se hace constar en el acta de¡la procedente sesión, circunstancia que obligó al señorPresidente á declarar, como así lo hizo, que no podíacontinuarse el 2 . ° debate del proyecto de ley "por laual se aprueba un contrato," como aparecía acordado)ara esta `Fecha .

IV

JJígriatários de la fioh{oerleión:

Presidente, 1ar• Vicepresidente,2o- Vicepresidente,Secretario,

Jerardo Ortega.

Demetrio H. Brid.

Emiliano Ponce J.Ladislao Sosa.

CONTENIDO:

Acta de la sesión del día 11 de Jimio . 377, . 13

, 3771,

11

31 14 37814

11 15 379

Leyes sancionadas 381Informes de Comisión 382

ACTASSESION DEI, SABADO 11 DE JUNIO DE 1904.

(PRESIDENCIA DEL H . D . OltrEGA. .)

Con el quorunn necesario de Honorables Conven-cionales, abrióse la sesión de ete día á las 2 y 35 m.de la tarde. Se hace constar la ausencia de los Hono-rables Diputados Azcárraga, García F., Icaza y Quin-tero, legítimamente impedidos.

I

Leída y puesta en consideración de la honorableConvención el Acta de las labores precedentes, resultóadoptada, y firmóse la del 9 del mes en curso.

Acto contínno se dió lectura del orden del día.

11

Merecieron la ratificación de que pasaran á ser le-yes de la República los proyectos de ley que cursaronen el 3er . debate y que ostentan los títulos siguientes:

"por la cual se aprueba un Tratado [el de Extra-dición celebrado entre la República de Panamá y lade los Estados Unidos de América ." Este acto legis-lativo Io fue después que el H. D. Victoria J . solicitódel autor que lo había confeccionado, unas aclaracio-nes sobre la forma en que aparecía en el debate; y "so-bre inmigración en general," asunto sobre el cual di-sertó el H . D. Jurado, quien, á la vez, hizo quo se de-jara constancia de n . daba su voto negativo al artícu-lo t . ° del aludidd'proyecto, muy especialmente.

III

Por Secretaría se informó, que no se había re cibi-

Por no haber más asuntos de qué ocuparse, levanOse la sesión de este día á las 3 y 15 minutos p . m.

En el curso de la misma, el H . D. Chiari devolvió,d ffiidamehte arreglado, el proyecto legislativo que Ile-ví ¡el título siguiente:

res' . "por la cual se aprueba un contrato,—sobre comu-nicación telegráfica inalámbrica."

El Presidente,

El Secretario,

Es copia.

El Secrei ;uriv at2niliat•,Tristán C. Caja,-.

SESION DEL LUNES 13 DE JUNIO DE 1901.

[PRESIDENCIA DEL H. D. ORTEGA.]

Dió principio la sesión de la fecha á las 2 y 30 mi-nutos de la tarde, una vez que hubo la constancia deexistir el quorum de Honorables Miembros de la Corpo-ración Legislativa . No pudieron concurrir á la sesiónpor impedimento legítimo, los Honorables DiputadosGarcía F ., Meléndez y Villamil.

Se anota la presencia de los señores Secretarios deHacienda, de Instrncción Pública y Justicia y de ObrasPúblicas, á quienes se había citado previamente, excu-sándose el de Gobierno conforme al oficio en que loparticipa, al que se le dió lectura.

1

La Convención impartió su aprobación al acta dela sesión última, y firmóse la del 10 de los corrientes.

Quedó impuesta la Legislatura del Mensaje núme-ro 59, rem isorio de leves sancionadas $ del número 9que contiene varias observaciones s 1 ., ~ej "o . +minadel impuesto de papel sellado y tilebre nacio . .s °

Este 'último documento fue rota' do en conrisioncon 24 horas(leplazo, al H. D . N

2 ., una vez qu.

JERARDO ORTEGA.

LADISLAO SOSA.

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la alta Cor poración no proveyó otra cosa sobre el par-ticular.

dente atendió

egi! d ., al cometido quele señala.

Se dió cuenta del leen del día.

En ler. debate cursó el oyeeto de ley "por lacual se dictan varias disposicies sobre régimen fis-cal ."

El acto legislativo que se menciona pasó al 2.debate por voluntad manifiesta do la Honorable e(vención, consultada al respecto por su Presit ,.ríequien lo dió á los Honorables Diputados ChiariLastra, con el término de 48 horas con el fin deformulasen opinión sobre el punto.

III

Consideróse la porción resolutiva con que conelnvel informe rendido por la Comisión plural que tuvo eproyecto de Ley "sobre moneda," informe qne habíasleído con antelación.

Como dicha resolución recomendaba se diese irmediatamente 2 . c debaté al proyecto en referencia, poel H. D. de la Lastra se le modificó con la dilatoria queá la letra dice:

"Aplácese la discusión de este proyecto mientrasse conozcan las gestiones que se están haciendo solareel particular en la Capital de los Estados UniaoAmérica,"

Puesta en discusión la proposición que acaba decopiarse, el autor expuso los razonamientos que en susentir la justificaban y hacían necesaria.

Sucedióle en el uso de la palabra el H . D. VictoriaJ ., quien suministró algunas informaciones sobre laslabores de la Comisión que ventila el asunto en los EE.UU., y manifestó al final, que ya tenían noticiasciertas de la manera como iba it solverse allí el asnn-to, conocimiento que, en ese concepto, hacía innecesa-rio el aplazamiento propuesto.

El II . D. de la Lastra exigió que se expusieran ála Honorable Convención esos datos, y el señor Secre-tario de Hacienda habló corrobo rando las declaracionesdel H, D. Victoria J.

Habló, igualmente, el H . . D . Neira A. en apoyo delo propuesto por el H. señor de la Lastra.

La proposición de éste quedó acogida en seguida,y al ser adoptada como resolución final del asnnto con-teovertido, el H. D. Neira A . . suhmodificóla en estaforma:

"Ruéguese al Ciudadano Presidente de la Repú-blica se sirva dirigir un cablegrama á los señores Co-misionados en Washington, exigiéndoles respnesta de-finitiva sobre la convención monetaria, á fin de conclnirla expedición de la Ley nacional sobre la materia ."

La sustitución que antecede no obtnvo la acogidafavorable de la Honorable Legislatura, contraTa cualse declaró el H . D. Jurado, previamente . Este resul-tado determinó á que se volviese á considerar la del H.1). de la Lastra, de. que se ha dado cuenta, y la que, alser adoptada, se submodificó por el H . D. Henríquezen los siguientes términos:

"Diríjase un kalograma á S . E. el Ministro de laRepública de Panamá en Washington y á los Comisio-nados Fiscales señores Don Ricardo Arias y Dr . E. A.Morales, exigiéndoles informe definitivo sobre Conven-ción Monetaria, á fin de conclnir antes del sábado ladiscnsión y eicpedición de la ley sobre moneda."

En la dis ,usión que provocó esta reforma, hablócontra el asan o qne la motiva el H . D. Arosemena(P.), y en su Mensa los Honorables Dipntados Henrí-quez y Vietoria'J.

Adoptada ¡tuno lo fue, finalmente, el señor Presi-

SESION DEL MARTES 14 DE JUNIO DE I901.

(PRESIDENCIA DEL O . D. ORTEGA .)

Por constar la concurrencia de la mayoría requeri -da de miembros de la Corporación Legislativa, qnedóabierta la sesión'á loa 9 y 15 de la mañana de este día.A la sesión asistier on los señores Secretarios del Ejecu-tivo en los despachos de Hacienda, Instrucción Públi-ca y Justicia, y de Obras Públicas.

I

Durante la consideración que siguió á la -le Al radel acta de la sesión anterior , el II . D. Jurado hizo lasolicitud en el sentido de que quedara constancia dudarsu voto negativo á la proposición suscrita por el H. D.ilenrfquez en esa oportunidad, que fue acogida favora-blemente por la Convención . Así le fue acordado alsolicitante . Acto seguido, el acta que se mencionafue aprobada, y firrnóse la del día I1, anterior.

Habiéndose dado cuenta de qne la sesión de la fe-cha debía ser secreta, según lo determina el orden deldía, habló de nuevo el H . D. cuyo nombre figura arri-ba, para manifestar, como lo hizo, que deseaba consta-ra qne no es partidario de qne el asunto que se ventiladeba tratarse del modo privado como se viene verifi-cando, y expuso al respecto ideas en jnstificación de latésis que planteaba.

III

En seguida constituyóse la Convención en la se-sión secreta de qne se deja hecha referencia. Perma-neció en ella hasta que sonaron las 11 ante meridiano,hora en qne se suspendió la sesión.

Reanudáronse las labores secretas k las 2 y 30 dela tarde, las que tuvo á bien suspender el señor Presi -dente cuando eran las 4 p. m., porque en esta hora elroído de la copiosa lluvia que caía dominaba todo ecoen el recinto de las sesiones.

Al cabo de 20 minutos prosiguiéronse las late-

Habiendo llegado elsecreta, conforme consta elas órdenes del caso param. eonsttr,ayóse la Honoraen la que permaneció hastahora en que se terminaron la

El Presidente,

LADISLAO SOSA.

1}-i8tdn C. Cami

JEIIARDO ORT

no fijado para la s'den del día, se dnto. A las 3 y~ ación en esa 9ele la tarde en

lai ores de este dí

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Presidente,

,4r l Secretario,

CE:s copia.11 Secretario aqx

74-istán G Cgjarr.

SESIQN DEL MIERCOLES 15 Dk JUNIO DE .k 4

(PRESIDENCIA DEL H . D. OR'TEGA .)

Abrióse la sesión de este día á las 9 y 30 a . m.,una vez qne por el Sr . Secretario se dió el informe deque habia el necesario quorúm.

I

El acta de la sesión anterior• fué adoptada por laConvención sin variación ni enmienda de ninguna clase, y se puso á la firma la del día 13 del presente mes ,

1 y 34 del corriente afro ;" proyecto que pasó á 2 . ° debate, para lo cual repartióse al 1i.. D Arosemena (F.) ,con 24 horas de término .

IV

Se cerró el 2 . ° debate . que~Genia sufriendo el pro-yecto de ley "por la cual se aprueba un contrato sobrecomunicación telegráfica in mbric n ." La

.Asamblea,

con 27 bolas blancas eontr

negra, escrutadas por losHonorables Diputados alraga y Rangel, que sir-vieron la votación sobre . . que sufrió al efecto, ratificóque elaludido proycc~¡,~~ pasara á Ser . debate._ Se dióal H, D. Urriola, i - dbro de ja Comisión ordenadora

" n esta ocasión por el Il . I) . Neira A.. se solicita-n unos informes, los que le fueron dados verbalmente

pór Secretaría .

V

Incontinenti el H. D. Victoria J . suscribió y pus()Br despacho la resolución escrita, que dice : "

"Déselo ler. debate al proyecto de ` ley "po r laual se confiere una autorización al P . E. para la 'crea-ion de nuevas becas en las Escnelas Normales de la

República ."'' Acogida como lo fué sin deliberación de ningún

género, quedó cnmplida en todas sus partes la tramita-ción propuesta para el proyecto legislativo menciona-do, el que pasó á 2 . ° debate, y fué entregado, con " eltérmino de 24 horas al mismo H . D, Victoria :1.

--Mareas, scetd~ ;v,"`-' .~;a tarde de la fe chi enuiciff

4E11411DO ORTEGA,

LADISLAO SOSA.

Dióse lectura á las piezas signientes:AL kalograrua que sobre el asunto monetario dirige

al ciudadano Presidente de la República nuestro Mi-nistro en Washington; y al orden del día de la H.Corporación para la mañana de esta fecha .

VI

Agotados los asuntos que debían tratarse pública-mente, al constituirse la Asamblea en sesión reservada.los Honorables Diputados Patino y Jurado propusieronlo que sigue:

"Trátese en ses ón pública el proyecto de Ley "sobresueldos." Tuvo á bien sustentarla el primero de lossignatarios, y en su apoyo disertaron, .asimismo, losHonorables Diputados Neira A . y Quinzada.

Aprobada laa resolución anterior, la . Secr etaría diócuenta de cómo aparecía el proyecto de la materia,aprobado en las .sesiones privadas hasta el artículo 14del pliego de modificaciones.

Por 17 bolas negras Contra 12 blancas, contadaspor losHonorables Diputados Cajar y Arosemena (F .),se rechazó la reforma propuesta para el inciso 5. ° delsupradicho numeral ; y por 27 delas segundas contra 1de las primeras adoptóse el 15 de los ordinales del ar-ticulo original que se menciona, según informe de losHonorables Diputados Tejada y Alguero que sirvieronla votación secreta porque venían pasando cada una deestas decisiones.

Se entróal artícnlo 15, qne trata de los empleadosgubernativos, enla Provincia de Chiriquí . El inciso1 . ° del mencionado numeral, por 28 bolas blancascontra 1 negra, escrutadas ponlos Honorables Diputa-dos Tejada y Alguero, salió adoptado en la forma co-

respeeto mo aparecía modificado por la Comisión informainte.en la se- I Como el inciso 2 . ° original aparecíarefundido en elanterior del pliego de modificaciones, formando la partefinal, y que no tenía variación alguna, el H. D.de laLastra elevó á $ 75 .00 el sneldo del Secretario

queEn Ser . debate pasó el proyecto d,e ley "sobre allí se alude, reforma que, considerada, explicó y sostu-cons,trucción de muelles en los puertos de Repúbli-ca ." La voluntad de la Conveneicn al respecto fué lade que el acto enunciado fuese ley de la República ,

Con este motivo, y conforme lo resuelto anterior_mente, constituyóse la H. Legislatura en sesión secreta,la cuaj se suspendió á las 11 á. m . del precitado día.

Se continuaron las labores á , las 2 y 40 minutos dela tarde, de la ennnciada fecha, así que hubo la cons-tancia de hallarse presente la mayoría absoluta de losmiembros componentes del II. Cuerpo` Legislativo.Los Señóres Secretarios de Obras Públicas y de 1 .' P . yJusticia asistieron igualmente.

1

Fué leido el Mensaje que devuelve sancionada laley "por la cual se aprueba un Tratado ."

-

Dióse en seguida noticia de los asuntos,de los cuales ha de decidir la H . Corporaciónsión de la tarde .

II

vo el proponente . Con 20 bolas blancas por 7 negrasl quedó adoptada la moción de que se da cuenta . Este

escrutinio lo verificaron los Honorabies DiputadosIII

I Chiari y Rangel .

„r„,rsLos ordinales 3 . ° y 4 . ° primitivos que aparectau

Sufrio ler. d; :ate el proyecto de ley "por la cual j concentrados en el 2 . ° inciso del artículo ya refer idose reforman y adicionan varios articulos de las leyes 22 de las modificaciones (sueldos de los Alcaldes de las

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380A

denlas Distritos ele la Provincia), fueron aprobados co-mo lo propuso la Comisión, con 20 bolas blancas por 6

ne g ias, que contaron los HonOr ables Diputados Acar r a ga y Pinilla ; mas aNker adoptado, por el HonorableDiputado de la Lastra se aumentó á $ 60 .00 el sueldoque á cada uno de osos ernl>leados se señalaba . Expli-cada por el autor la enmienda aludida, adoptóse por 135

bolas blancas contra 11 negras, según oouruniearon losHonorables Diputados ice la hastraé baza . Al inciso.5 . o , quo no tenía reforma alguna el mencionado Ti . D.de la Lastra lo modificó elevando

40 .00 la asignaciónmensual que allí se lijaba . Esta eüntt'enda salió acogi-da con 17 bolas blancas por 9 negras según cuenta quodieron los Honorables Diputados Patino y. Ntit A.sobre el particular .

En discusión el inciso 1 . ° del artículo 16, que es=taba original, el 11 . 1). Arjona propuso subir á

100 .00 el sueldo ~usual para el Alcalde de la Cabe-cera de la Provincia de Los Santos . Así se adoptó eou2-4 bolas blancas por 2 negras, resultado' do ta votaciónserreta de que elierou informes los Honorables Diputa-dos Ponce .I .y .Iurhdo.

Quedó asimismo adoptado el sueldo del Seeretariode que trata el inciso 2 . ° de las modificaciones, omiti-do en ol original, por igual número de votos que el an-terior, en pro y en contra, hecho que anunciaron los es-crutadores, Honorables Diputados Vásquez G. y , Ama-dor G.

En conside ración la enmienda propuesta para el in-ciso 8 . °, fuó acogida con 22 bolas de las primorascon-tra 4 de las últimas, que contaron los Honorables Di-p itados Quintero y Quinzada . Cuando iba á adoptar-s submodiheó eso inciso el II . D. Arjona, asir

"3 . S mulo del Alcalde de Parita, Ocú, Maca-sacias y Gu ar ar é, ti 50 .60 . Las Minas, Los Pozos, Po.c i í, Pedasí y Tonosi fi 40 .00." -

Las explicaciones que sobre el punto hizo, previa-mente, el autor, deter minaron á la Legislatura a que lediese, como le dió, su aprobación con . 22 bolas blancaspor 4 negras que contaron los Honorables Diputadosurriola y Arjona . Para sor adoptada la anterior re-forma, el H . 1) . de la Lastra propuso aumentar aí 60.00 esa remuneración, aumento que impugnó el II.1) . Arjona, y que fuó defendido por el H . D. que loproponía . Salió negada por 17 bolas negras contra 10blancas, de lo cual dieron noticia los I-lono•abl es Dipu-tados Brid y Guardia. En consecuencia. adoptóse de-Iinitivamente la modifieaeíón del 11 . 1) . Arjona,antedi-,-ha .

hlalntineuti el IT . 1) . Rrid fijó la proposición que,votada en las dos porciones que la constituyen, obtuvola aceptación de la Convención . Dice así:

"Suspéndame lo que so discute 'y considérese lo si-guiente:

"Déme 2 . ° debate al proyecto de ley sobre autori-zaciones al P . L. para auxiliar qn Colegio privado devarones ."

Leyóse el informe que sobre el punto ha rendido laComisión que lo tuvo i su cargo ; y la Presidencia resol-vió considerar la conclusión de ese informe, concebidaen términos idénticos á la anter ior . Resultó aproba-da, y se abrió el 2 . ° debate del proyecto en cuestión.

Por 28 bolas blancas contra 1 negra, resultado dela votación secreta á que fuó sornet ido el artículo 1 . °original, salió adoptada esa disposici-in, de lo que dieron

torna los Honorables Diputados Calar y Fabrega.En votación ordinaria adoptóse el 2 . ° de los ar-

tículos originales.Por el Sr . Secretario de L P. y Justicia se propuso

el numeral nuevo que á la letra dice:"A rt. Iraeúltase asimismo al Poder Ejecutivo

para auxiliar hasta con ti 200 .00 mensuales del Tesoro

N tteional, el . as1 - cas, de educación conocidaMudad don el nombre d', «La ,Santa Tnmci7ti t ''2blar on tu pro de esta di osnión, los Honorables E.tado ss Jurado y Victoria .i\-, el sr . Secretario aludidlecontra de ella el H . 1) , Parro ,

Con 25 bolas blancas por 3 negras fué aproeso numeral en la votación se que sufrió al resto, y la cual sirvieron los Ilon^^I" les Diputados T(la y Alguero.

Adoptóse, en seguida, el aturdo ° origin , ^

•e11. 1)Victoria .1modificó el titulo primrl-ivo, eadoptado -en estos t_érmninos

Sobre arto

!iones al P . E. para auxilit

Co-legio privado (la

nos y el de Lee eScueta 1"eucdia, de-esta ciudad.

Cerrado el cursó que venía sufriendo, en votaciónP'~'raa, por 26 bolas blancas contra 2 negras, de que''clon informe los Honorables Diputados Arosemena

y Brid,-pasó á- Ser. debato el aludido proyecto, ye repartio al H . 1) . Alguero de la Comisión de Revi-

IX

El Sr. Secretario ele Obras Públicas hizo entregade un contrato que rescinde, el celebrado entro el Gobier-no del extinguido Departamento y varios particularespara la cm,strneeíórr de un caprino.

A eso contrato se di ó lectura en virtud de propo-sición presentada por el II. D. 1Ienrlgnez, que fué aco-gida favorablemente por la alta Asamblea Legislativa.

El mismo II . 1) . prepuso lo siguiente, suscrito, ála vez, por los Honorables Diputados Victoria .1 yNeira A.

"Visto el artículo 12 de la Ley 52 del presenteaño, que considera de mayor urgencia y recomienda,por tanto, al P . E el pronto estudio é inmediata eje-cución de varias obras públicas, entre ellas, en la Pro-vincia de Bocas del 'foro, uu camino do borradura áDavid y puentes donde sean nece.vwios ; y en la de Chi-riquí, camino de he r radura de David al Atlántico, conpuentes colgantes, en "Caldera" y "Los Valles," y de-mas ríos que lo necesiten ; la Convención Nacional dePanamá estiina quo macla tiene que decidir respecto alcontrato celebrado entro el Sr . Secretario de Obras Pú-blicas y Don Ricardo Román Homero en el (mil cedeésto á la República las mejoras que ha efectuado en elcamino de Chiriquí á Rocas del Toro ; y estima, ade-más, que siempre que se trate de un contrato que, co-mo el presente, sea principio de ejecución do una delas mejoras materiales de obras públicas de las especifi-cadas en la citada ley 53 de 1904, dicho contrato no ne-cesita la aprobación ulterior de 1'a Convención ó Asam-blea Nacional, sino que estos documentos formaránparte de los que debe presentar el respectivo Secretarioen la Memoria que rendirá á las próximas Legislaturas,como comprobantes de las obras ejecutadas ."

Adoptada, por el Si. Presidente se decretó queella se transcribiera al Ejecutivo, como resolución definiti va sobre el asunto que la motiva.

X

En seguida se levantó la sesión á . las 4 y 35 mima_tos de la tarde.

El Presidente,

dEl-tARDO ORTEGA.El Secretario,

LADISLAO SosA.Es copia conforme,

El Secretario auxiliar,Tristán C. Cu,d«r .

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incompatibles con las de cualquier otro empleo 6 cargopúblico remunerado, con el ejercicio del comercio y laLeyes

Leyde19(n

_)16 .IUN10)

renal se establece un Barco llipototario y Preu dario ella ciudad de Panamá.

La Convención . Nacional cj ±,anua

anterior, pero no se le pudra Isprgdon del ejercicio desus funciones sino en virtn4 c cH sa criminal abiertacontra él por delito eomúg; o de juicio de responsabili-dad que deba seguirse , 'ior los trámites or dinarios,Tampoco será depucs4(sino en virtud de sentencia . ju-dicial . Las faltas/l e»orales 6 absolutas del Gerentelas llenará provisiúuabnettc, si estuviere en receso la

.sa ee y e as l mbramiento en roe ace

fi)4-

ge rencia é intervención en cualqArtículo e . ° El Ge•ent

reelegido, con la (brutalidad

ra otra empresa.del Banco podrá sor)decida en el artículo

ptedae' él miernio de la Junta Directiva que designeel li ci E+jecutivo -

el

d

Artículo 7 . °

El Gerente del Banco asegu r ará, manejo con fianza hipotecaria de veinte y

cinco milpesos (8 25,000 .00) á favor del Tesoro de la República.

en 1 Con dicha fianza responderá, además, de

la

conductaan:t d u ele sus subalternos.

ción de crédito que se denominará Banco Ilipoleaailo y

rtículo 8 . ° El Gerente del Banco tendrá un

Prendario.

j suebl - :durar de seis mil pesos (fi+ 8,000.00 ) . LosArtículo 2 . ° El Banco IIipotecario y Premia, 'Miembros de la Junta Directiva no gozarán de romano-

rio tendrá aromo capital la suma de quinientos mil !Je. raoiol . :U1°nna . Los sueldos de los demás empleadossos, oro americano, (8 500,000 .00), ú su equivalente er (del Banco los señalará el Gerente con la aprobación delmoneda de plata de curso legal.

1 . El Poder Ejecutivo pondrá esa suma á dispo-sición del Gerente del Banco en cuatro contados, así:ciento veinte y cinco mil posos, oro americano,(8 125,000 .00), ó su equivalente en moneda de plata decurso legal, para abrir las operaciones del Banco den-tro del término que señala la presente ley para su fun-dación ; y el resto en partidas iguales de ciento veintey cinco mil pesos, oro americano, (8 125,000.00), 6 suequivalente en moneda de plata de curso legal, cadauna, á medida que lo solicite el Gerente el virtud deras necesidades del Banco y mediante aviso dacio ofi-cialmente, por escrito, con treinta días do anticipación.

Artículo :3 . ° El Banco IIipotecario y Prenda-rio ejecutará operaciones de préstamo con garantía deprimera hipoteca, ó prendaria, á una rata de siete porciento anual (7 ojo) para las hipotecarias y de nueve porciento anual (9 o)o) para las prendarias, por una sumaque no exceda de los dos tercios del valor do la propie-dad ú objeto dado en garantía, segínn tasación jur adade peritos competentes c idóneos y por un plazo que nosea mayor de tres años para los contratos do hipoteca y.de amo para . los prendarios.

1 . Criando la hipoteca se haga sobre lineas rura-les 6 agrícolas, el Ge rente no podrá aceptarla por unasuma que exceda de la mitad del valor de la propiedaddada en garantía, ni conceder un plazo mayor de diezy ocho meses.

Artículo 4 .° Los c r éditos del Banco liipotoca-rio y Prendario tendrán prelación, como créditos privi-legiados, sobre los demás créditos contraídos por elmismo deudor, de cualquier naturaleza que sea.

Artículo 5 . ° El manejo y la dirección del Ban-co estarán á cargo de un Gerente v de una Junta Di-motiva compuesta de chuco miembros, nombrados paraperíodos fijos de cuatro años por el Poder Ejecutivo,con la aprobación de las dos terceras partes de loa, vo-tos de los Diputados á la Convención, ó á la AsambleaNacional en su caso.

1 . 1 . 0 Para poder ser Gerente del Banco se re-quiere : ser panameño por nacimiento 6 por adopcióntener más de treinta años, y gozar de reputación hono-rable .

1 . 2 . ° Tendrá el Banco, además, el número deempleados necesarios para su b,teua marcha, de librenombramiento y remoción del Gerente, quien en nin-gún caso podrá nombrar para los empleos de Cajero yTenedor de Libreta nutgán pariente suyo comprendidoen el cuarto grado de consanguinidad 6 segundo de afi-nidad.

i . 3.°

o:cuETA:

Artículo 1 . ° Con el objeto de facilitaarrollo do las industrias del país, se establececiudad de Panam , con fondos nacionales, una

Las funciones de Gerente del Banco son

Poder Ejecutivo.Artículo 9 . ° El Banco, una vez esta Ideo ido, se-

rá co tu pletameute autónomo ; pero estará sujeto á lainspección del Poder Ejecutivo, el cual no podrá reti-rarfoudos del establecimiento . Ineurriráu en respon-sabilidad9os que lo intenten 6 consientan.

El Secretario de hacienda hará mensualmente unavisita de fiscalización al establecí monto,

1 . El Procurador General de la Nación, el Visi-tador Fiscal y los Jueces del Tribunal de Cuentas,calizarán también las operaciones, libros y cuentas delestablecimiento, siempre que lo juzguen conveniente.

Artículo 10 . Al fin de cada mes enviará el Ge-rente al Tribunal de Cuentas copia exacta del estado té'('aja del Banco, y cada tres meses una cuenta detalla-rla de las operaciones y de las en0n,dus y su/h/,ds elrCuja, con un inventario de los documentos de deberotorgados á favor del Banco.

El Presidente del Tribunal de Cuentas ordenará laeontprobación de los anteriores documentos au la formaquo crea conveniente.

Aprobada que sea la cuenta se publicará ea el pe-riódico oficial.

kArtículo II . El Gerente del Banco pasará á laAsamblea Nacional, en los primeros diez días de sussesiones, un informe detallado de las operaciones ymarcha do la institución, y aconsejará las reformasque consider e convenientes.

Es obligatorio para el Gerente suministrar á laAsamblea todos los datos 6 informes que esa (Ibrpora-e.iór solicite.

Artículo 12 . Se concedo al Gerente del Bancojurisdicción coactiva para obtene r , en la forma que laley de procedimiento determina, el cumplimiento de lasobligaciones conta'aídt r s á favor de la institución.

Artículo 13 . El Gerente, cuando lo crea conve-niente para los intereses del Banco, podrá prorrogar elplazo estipulado, hasta el nráximun que señala esta ley,si la obligación so hubiere contraído por menor tiempo.También podrá renovar por idéntica razón, las hipote-cas y contratos prendarios, á solicitad de los deudoresque hayan sido puntuales en el pago de loa intereses;pero la prórroga ú renovación no será sino en virtud drnuevo avalúo, y si de ésto resulta que el bien conservael valor que tenía al tiempo de la primera hipoteca 6contrato prendario, 6 ha aumentado ese valor.

Artículo 1I . En ningún caso serán de forzosaaceptación para el Gerente las tasaciones de los pe-ritos. Si lo creyere conveniente podrá nombrar nuevosperitos, como también aceptar, por la suma que él con-sidere prudencial, siempre que no sea mayor que la

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calculada por los peritos, la garantía que se Ie . ofrece .

°""""""•"""1 . Incurrirá en responsabilidad el (Je,eale sí

aceptare ce garantía bienes amo valor sea menor rinola cantidad dada en p*stamo

-Artículo 15 .

Loa y,(iter ses se i r etarÍn por uu:n-sualidados anticipad ts y A+try, falo u d< picor do éstos ca.in período de seis meses ít,J

r

huktnu hipotecarlos,y de tres en los prcndano ., fti r ,

In ;ar al veta rtnisdel plazo opte se hubiere estipt4sc :o dereelw al Geren-te para. c_t bleaer las acciones cI

eso.Articulo 16 .

P1 Oe .nlc + , .á, cesión á favordel Saneo, con las formalid dos"

les, de la respectiva póliza de a vano y' sin e r

uclnisntr rio aceptaráIrpetecas si .! ;Oca s Urbanm

I .a (alta de pego delos í,de er - de loa póliza endosada al Banco

•e rizaal G ' ene

u olor conforme á lo pre.enptuaci• . enel aitfaui , •

ley .

ordinal 11 del artículo n . ° del proyecto, y el inciso.irtrcui a ; < .

1 Ger ente no poihsa L,

gres ta-

G

del artículo 8 <id a nsmo pro set i ;e conti arfan;mo á urna sola persona o Compaí llfa una cantidad mayor

~fa objeción sesegunda tiene por objeto solicitar que sede diez mil pesos ( $ 10,0(10 . oo ) moneda de plata de r liga una excepción respecto del per-odo que el artículocurso legal .

16 fija para que sean útiles el papel sellado y timbre

Artículo 16 . El sobrante de intereses que resulte

nacional durante los bienios económicos regulares, ional fin de cada bienio económico después de deducido ./ ,.. (*ritos en el sello de cada especie, disposición que, sinlos gastos de administración del Baruco, in g resará á la lugar á dudas, no puedo ponerse en vigencia, sino delTesorería Gener al (le la República como renta nacional . 1 . ° de Enero de 1907 en adelante, porque hasta en-

Artículo 16 . El Gerente del Banco no podrá re-husar las ope raciones que se le propongan, siempre quelos proponernos; llenen los requisitos y formalidadesque estt ley prescribe, salvo el caso de carencia de fon-dos .

Artículo 20 . Auto r izase al Gerente del Bancohipotecario y Prendario para qe, de :muerdo con la.1 anta Directiva, reduzca hasta cinco por ciento [5 atolel tipo (le interés anual en los contratos hipotecarios, siinstituciones de la misma naturaleza establecieron uncipo do interés análogo en el país.

Artículo 2,1 . 1El Banco Hipotecario y Prendariotendrá a su servicio nn Abogado competente y de bue-na reputación que será designado por el Gerente y go-zará de asignación fija.

Artículo 29 . El Gerente del Banco podrá desig-nar bajo su responsabilidad y de acuerdo con la JuntaDirectiva, agentes en los lugares que estime convenien-te, para que ejecuten por cuenta de aquél 'las operacio-nes á que obeee la institución.

Artículo 23 . El Banco Hipotecario y Prendariodebe r á estar abierto y funcionando precisamente el (lía

1 . ° de Septiembre de 1904 ; pero esto no obsta paraque se establezca aptos de esa fecha si fuere posible.

Artículo 24 . El Gerente y la Junta Directivadictarán, con la aprobación de la Asamblea Nacional,los Estatutos y ol Reglamento interior del Banco,

1 . En receso de la Asamblea los aprobará provi-sionalmente el Tribunal de Cuentas.

Artículo 25 . tres días después de sancionada es-ta ley liará el Poder Ejecutivo los nombramientos áqne se refiere el artículo 5 . ° , é informará de ellos á laConvención Nacional para los fines consiguientes.

Dada en Panamá, á los nueve días del mes de Ju-nio do mil novecientos cuatro.

El Presidente,JERARDO ORTEGA.

El Secretario,LADISLAO SOSA.

Poder Ejecutivo Nacional . Panamá, 1.8 de Junio de1901.Publíqueme 'y ejecútese.

M . AMADOR GI T ERRE1{O.

El Secretario de hacienda,

F. V. ni u.n Esparta LA .

IlONORA Ill ES CONVENCIONALES.

t 'o' Mensaje especial IR cado con el núme r o`..le barba 13 de los corrientes < ~svuelve el Poder 1cal vo, objetado, el proyecto tIc' tT ey orgánica (1puesto ale papel sellado y timbre nacional,» quo sur . .-.eu estu Cámara los, tres debates reglamentarios ; prorecto que se me 1" fiaasada en Comisión paca el estudiode los fund.rm•ntos'notiv os de las objeciones anotadas.

Lo. primera obj eción se limita

sostener que a]

.'- .ces, por la naturaleza de las mismas cosas, no co-menzarán á regir los periodos fiscales y económicos alenuestra República con la normalidad con que las mis-mas leyes de organización los han constituido . Deaquí, á la fecha prenotada, trascurre un lapso (le tiem-po de treinta memos, que no forman un bienio fiscal:lapso quo debe ser sujeto á la ley que se discute, poralguna disposición especial de carácter transitorio.

.Me limitaré á observaron, en cuanto concierne itla primera objeción, que el ordinal '11 del artículo 3 . °

de nuestro proyecto y el inciso 8 . ° del artículo 8 delmismo, corresponden en forma y letra al ordinal 11del articulo 3. ° y al inciso 9 . ° del artículo 7 . ° dela Ley L10 (do 24 de Noviembre) do 1888, «orgánicadel impuesto de papel sellado y timbre nachmal,» ex-pedida por el Congreso de la República de Colombia.;ley que no solamente ha estado vigente en el extinguido I)epartamento de Panamá hasta su transforma-ción en República del mismo nombre, sino - gtic, anoacatamos, y nos lea servido de urodelo y base sustan-cial para redactar el proyecto (le Ley que el PoderEjecutivo ha tenido en miras objetar . Si las disposiciones materia de la actual censura se impugnaran enrealidad, no habrían permanecidos dutante catorces a-ños la una al lado de la otra, sujetas á la práctica co-mún, sin qua ellas hubieran sido causa de consiguien-tes comentarios. Y si el criterio jurídico de talespreceptos legales se hubiera prestado ít conflictos fre-cuentes con n otivo de su aplicación, ó dado lugar á laformación de distintos criterios, la reforma de los or-dinales 11 del artículo 3 . 0 y 9 . 0 del artículo 7 . ° dela Ley 110 mencionada, se habría impuesto sin dilaciones.

Alguna duda do momento ocurrió acerca de larecta aplicación de tales incisos, que á primera vistaparecen impugnarse; pero esa duda quedó explícita-mente desvanecida y coujurada para lo futuro, con lasresoluciones dictadas por S . S . el Ministro de Hacien-da de la República (le Colombia, confirmadas por elgobierno, y publicadas por órden cronológico, en losnúmeros 7 .695 y 7 .891 del «Diario Oficial,» de fechas9 de Febrero y 5 de Octnbre de 1889, respectivamente.Desde esas fechas hasta la presente, no se han suoita-do otras vacilaciones en la ejecución de la ley Colom-biana.

Creo oportuno reproducir aquí los documentos deque hago mérito, como exposición pe^inca te en asuntoque ya ha pasado en «autoridad de cosa juzgada .»

«Puede asarse papel carmín era los juicios por caEoon-

rara é tijrrria .»

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íúiulo 7 . ° oid " (L

`- ' leP`

MINIS'19d1RI, nr: l4ntiHIN DA.

sSieudo el artículo 7 .

de la Ley 110 de 1888,9tk :a nyda del i ;opuesto z

I ', ,1 sellado . y tunbre ua-tYual una excepción á htq d isposiciones contenidas enr' snrt.lculos 3 . ° , 4, °

5 . ° de la u,isma.ley, claro',que debe estarse á lj

sptiesto . en la excepción' y noeli la regla general.

En tal virtud ;"

« .Sl, lt uN U Ii L VE

«En los juicios por calumnia é Turia no es ohi,.gatorio usar papel sellado, de acuc o con 10 dlspIlr' ,en la últttuit parte del inciso- 9 . ° ~lel artí, aro

~ . ,.k,la Ley 110 de 1888, antes citado.» t

''Fn la.s actuaciones yror cerluvnnir(

jÍq»p auesa papel sellradn ."

Artículo 7. ° oid. 9. °

' c ln1 .YI5 ' I' EItn1 nL I acntVmt..

"Vistos el oficio documentado número 9,690, de I 'e.cha 17 del , presente, dol,seño Ministro do Gobierno, ylas notas del .Inez 5 . c del Circuito de Bogotá, de 6 y

1 .6 del mes en curso, námcro 898 y 902

' r ae: cuv Nlli E rt . .A:

"l. °

Que el ordinal 9 . ° del artículi 7, ° de laLey 110 . de 1,888, it la letra dice: ''9 . ° Las dili-oucias gafe ae practiquen cu negocios criuminales, de

policía, de fraude á Las rentas pítbhcas, y, el generaltodas aquellas aa(recs^ro iss que tengan por objeto la he-posición ele :alguna pena, inclusive los juicios por ca-lunulia ó injuria ;"

''9 . °

Que el término jurídico cautim.cirísc equivaleá redacción ó instrucción de proceso;

"'3: ° Que el verbo h.c.0 coi'' cit el Código Sudi-cial'' (artículo ., 1,510 y otros) se Ira usado para desig-nar- el :acto o actos que constituyen la instrucción delproceso ; y

4. ° Que la Ley 11 . 0 de 1,88 '8 es postorlor íi laque el senior .Juez cita el las coman ' acioneti it que seha hecho referencia, como tambien qus el ordinal 9 . °del artículo 7 . ° ya mencionado es disposición exp sasobre la clase de papel que debe usarse en las diligen-cias. que se praetiqueu ep .ne gocios criminales' que ten-gan'por objeto la imposición di) alguna pena;

"De acuerdo . con el Ministerio de Gobierno,

aa S a R Ic5lf R I . YR :,

que la del rico, como sólo bien que lo brida ante la so-c;iedad y flete único que á' sus deudos puede Lgar, nomerece toda la amplitud de p-'ot ción de e, ,ley quela ampara y pone . al agraviado aptitud de 'ia0ivindi-car el ultraje, sin que . para co eguir 'tal .tia tenga queexhibir la impotencia de su ibreza y sufrir la nuevahumillación que le impone

poder del dinero en ma-nos del rico difamador?

La ley es sabia, llor ables Convencionales. Elialoe en el fondo de la nciencia desesperada cuál po-dría ser el resultado

uu .i ofensa que irrogan los quecreen que la posiei 'e la riqueza, los autorriza paraultrajar ó cal liar al infelíz, que sólo erntonces, ácosta d una íutbe de san gre iría á buscar en el erímeluna ración que no' pudo comprar ante los ' tribuna-les,

'por falta de derechos, sino por . escasez dere-ús eda que hacerlos valev. 1 no se aplaque esta

col1 a A los gestos do abogados, porque la delensa deuna reputación honesta, injustamente maneillaila, esobra solidaria de todos los que apreciamos e . valor de

a misiva reputación cono propiedad individual iuly Voláblc y sagrada que forma parte de nuestra reputa-4ión social ; y almas generosas nunca faltan! '`

Opino, pues, que la objeción del Poder Ejecutivolos ordinales+ 11 del artículo 3 . ° v . 8 . ~ del articuledel proyecto do ley ceinsurado, e uecen delundauten-

tos m,i cuanto it que tales disposiciones. se excluyan óimpugnen ; .y dejo la la honorable Convención en ap-titud do resolver si los .juicios de calumnia ó injur iadeben actuarse en papel sellado como le insinúa . elPoder Ejecutivo, caso que implica una reforma que se 'aparta del espíritu del legislador que redactó la ley 110de 1888 y de las consideraciones que ca pro de esteconncepto os dejo expuestas.

La''objeción' segiunda es fundada y debe .ttendorscá la indicación que sobre olla hace el Poder Ejecutivo.ltedacto un artículo de c rácter transitorio que respon-de á ese comentario pera que lo discutida y lo votéis siparece suficientemente explícito.

Concluyo, pues, este informe con el siguiente pro-yecto de resolución, .'que divido en tres propúreinnesconcordantes .

-1. La Convención Nacional considera infundada

la objeción que el' Poder' JI jecutivo hace al ordinal I 1del artículo 3 y al inciso '8 del art(cule 8 del 1noyectude "ley orgánica de! impuesto de papel sell fdo y tiuibre nacional" que sonnetió á la sanción 'del Pode r ll;je- .cutivo y que'óste tra devuelto objét . ;db, en i1 le nsaje de13 de los corrientes .`

2. La Convención. Nacional estima' fundada la ob-jeción que en el mismo Mensaje se hace al artículo 16del citado proyecto.

3. Vuelva el proyecto a seglutdo debate paraconsiderar lamodificatiióu que por separado presenta laComisión, de acuerdo con ,las obse r vaciones del . Pudra .Ejecutivo.

1 lonorabl es (bu veocional'od.V uestr :a `Comisión';'

It .ilraroi a , N i.:iup A.Pan 'a.má, .Junio 14' dé1904:Es copia,L'I Secretario aux'ilia`r,

'l 's•istr[it O. ('cajar.

"En las actuaciones por calumnia 4 injuria no seusará papel sellado, ya sea ' para las diligencias queconstituyen el sumario, ya ,para las que se refieren aljuicio . " -

Ahora, si , lo que trata' el Poder Ejecutivo ca dedemostrar. que la disposición que perMite el uso del pa.pe1 común para los juicios de cahuiinva 4 injuria, queson juicios que se inician y prosiguen á virtud de aon-sación particular, no es equitativa puesta al frente dela disposición del ordinal . 11 del artículo 3 . ° , que exi-ge papel sellado para los - (lentas- juicios' de ic :usacióuparticular, ó do los de oficio que se sujeten á la formade los últimos, os date asunto de simple y puro espíritu ~'del legislador colombiano ; y e natal caso yo estoy de

Gravar la iupligración con un '.iuuipuesto . de cuatro'acuerdo con dicho espíritu ó propósito qumoreo no so

v de dos pesos respectivantóute ,según la posición delamente bien intencis~iado, sí que tambre u justic ie•o yprotector de una valiúsa propiedad : la honra del mdi-víduo, ya sea poderoso y rico ya sea humildey pobre .

artículo 1 . ° del "pros ecto . deley sobre inmigiaoioii'_t. 1 acaso la honra del pobre, tal vez mias timada L que ha pasado a nuestro estudio, lo creemos C todas

los cxtr anj,eros adultos que vcagan epa elp opósito de,estubleeerse entre nosotros

1 tal couur lo'est ablec'e el

liO'NUltABLI!:S CONVICNCIONALICS :

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luces inconveniente para el•-,'grandecimiento y progre-so de la República. Nuestro país necesita urgente-

- mente la infusión de ' nevos gérmenes,y estos sólo pue-den haberse, estiruulan~'. I por todos los inedios . unabuena inmigración, es cl r, abriendo de par en par lospuertos de la República a krexcedeute de población denaciones másadelantadas .te nosotros, brindándoles

ara cultivos especiales:vaar lo (n cabo . La fin-

to es, sin aquellos~,de grave peligro

para nuestra Naeion ; y á esto I~roes ei'te provee elartículo 5 del proyecto que consideramos y ktluo ensubstancia es el mismo que está ya en s , oi e$ ., '¡;,zona.del Canal.

Suprimido en consecuen cia el artículo ~ . .> de qtf~henos hecho mención y los tres st uientes in íntima"relación con el, tenem os el honor de ae>nrpUiaros enpliego separado el proyecto de ley en su forma máspráctica y que no es otro que los artículos restantes delor iginal con algunas ligeras adiciones y corrección eW deestilo.

Por tanto os proponemos:"Dc se segundo debate al proyecto de ley sobre

migración con las modificaciones apuntadas ."Vuestra Comisión,

Panuná, Junio 7 de 1904.

bes fiel copia.

Eall Secretario auxiliar,

al propio tiempo con fierreny ofreció rndoles los medios demigración tiene que ser selecta,elementos que pueden ser inútil

n

"Dése prij9%,n,lis l,o a] proyecto de leyba un tratado .'

Panamá, 1 de Jn

_de 1904.Vuestra l-omisión, !

Palrbe Alo' . Cii ' di!'°.or .ds V."roefa J.

Es conforme.Ia:l Secretario auxiliar,

W. i.cidin, C. Ceja-

ue

AuisTlnlss 'ARJONA.

C . •il . . UdtRroLA.

Tristrín C. Cájan'.

1IONORABLES DIPUTADOS:

1lemos leído cuidadosamente el tratado de extra-dlción celebrado el L5 de Mayo último, entre el Go-bierno ile la República y el de los Estados Unidos deNorte-Am :"frica, por modio de sus representantes diplo-máticas debidamente autorizados . No tenemos obser-v ación que li acer á ese pacto internacional, que se con-]orina con principios del derecho de gentes universal-mente reconocidos y acatados.

se mantiene el derecho de asilo,—derecho sagra-do, pero no se facilita la impunidad,--que es amenazade las sociedades,—como que compromete la seguridady daña su existencia.

lea celebración de un tratado de extradición con elGobieraro de los Estados Unidos, era no solo conve-niente, sino urgentísima, dada la situación que creó eltratado sobre excavación dei Canal Interoceánico pornuestro territorio, celebrado en Washington el 18 deNoviembre de 1,903.

El territorio de la República de Panamá es hoy li-mítrofc con el de los Estados Unidos en una extensiónde cuarenta y siete millas de cada lado del Canal, y es-ta obra atraerá necesariamente inmigración copiosa,que comprenderá, y en proporción no corta, indivfdnosde bajo carácter sometidos (e las influencias de los ins-tintos qne son de ordinario causa de la criminalidad.Ya se sabe que el crimen medra en las . bajas esferas,c i rcn estancia que explica la acción benéfica del enitivodo la intelectualidad en la moral pública .

IIONORAI3LES CONVENCIONALES:

No obstante que.el ordinal 10 del artí-culo 73 de la Constitución autorizó al Pre-sidente de la República para celebrar con-tratos administrativos para la ejecución deobras Públicas, opina Vuestra Comisiónque sí es conveniente el proyecto de leypresentado por el II . Diputado Patiño queconcreta esa facultad, tanto más si tene-mos en cuenta qne el Jefe del Ejecutivo haconsiderado que es esta Corporación la quedebe resolver el asunto á que se refiere elmencionado proyecto.

A reserva de introducir algunas refor-mas en el curso de la discusión del pro-yecto mencionada os propongo:

"Désesegundo debate al proyecto deley sobre con_ strucción de ,muelles en lospuertos de la . República".

Panamá, Mayo 24 de 1904.Vuestra Comisión,

R. CHIARI.

Es nuestro concepto que se apruebe la Convencióninternacional ít quc se refiere este informe, que seríamás extenso, á permitirlo la prem_ ura del tiempo.

En consecuencia sometemos á vneatra considera-ción el adjunto proyecto de ley -y proponemos lo si-guiente :

Es Copia.El Secretario auxiliar,

Ladislao Sosa

.Imp . «Santa Ana» de Donaldo Velasco..

HONOR ],LES Di 'ATADOS:

¡te hen {" on la debida atencwn el tratado sobre¢tr lro~ón et brado entre el Secretario ele Gobierno

yyie lane nihli~ 1e Panamá y el Encargado de negocios~' 4ed earl ` . dr- 1 (bierno de los Estados[id os de Nor-

te-A ii u:. , oda sc me comino ay re,;ar álo expuestoen el informe que sobre este importante .asunto, rindi~ron los ilustrados-i iembros de la comisión que presen-t6 para primer debate el proyecto de ley que apruebael tratado en refe encia.

En consecuencia, me permito propo ceros:D6se seguido debate al proyecto de ley que aprue-

ba un tratado.Panamá, Junio 6 de 1904.Vuestra Comisión,

AURRLrO GUARDIA.Es conforme con sus originales.El Secretario auxiliar,

''Irist4,t C Cajar.

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DE LA COSERIE 2" {

PANAMÁ, 4 . DE JULIO PE 1N`&33

NÚMERO 41

iggnhtriv de la { nttu tt if:.l

Presidente;

J E R A R DO O R' E +.,, t ,.

Ier . Vicepresidente, D E M E T R I o2 . 0E . PON,, . r

Secretarlo,

LADISL A O ;n

CONTENIDO:

Acta «e la seesióm del día 16 de JunioA eta /le l a sesión del día 17 deProyecto de LeyLey 77 de 1904Ley 78 deInformes de Comisiones

Actas.

SESIONdel jueves 16 de Junio de 1904.

(PulsInEsclA DEL 13 . D . Dn. ORTEGA .)

Con el emanan reluerido se dió principio Cc lasesión .1 las 2 v 25 p . m . de este día, Dejaron deconcurrir ú ella los Honorables Diputados GarcíaP . . Meléndez v Villamil, excusados legalmente, y sehace constar la presencia de los sonoros Secreta.rios de Instrucción Pública y justicia y de lía-( leuda,

I

Leída y puesta en consideración de la Honora-ble Asamblea el aran de la sesión anterior, fué a-probada, y se firmó la del día 14 del actual .

á las cuales se les dió por orden del señor 1'r-e-silente la debida sustanciación.

En el uso de la palabra, el- Honora bit , i)ipul a-la Cajar introdnjo apto seguido la moción id .

guiente:` . Antes de entrar en el orden del día ' i,sitiire-

co lo siguiente : Continúe el 2 . o debate del pro-yecto de lev "por la cual se aprueba . un :anote atoobre la construcción de un canal en Bocas del 'ror 3"

Sometido a disensión el elemento primero dela inserción que antecede, que implica una altere-ión del orden de esta fecha, el proponente expusoos motivos en que fundaba su solicitud, alteración

que no acordó la Corporación una v oz que esta ia~ Lló sobre ese punto. El resultado ne tdvo pu ob-tnvo la porción referida hizo, de eo Isiguuate, innecesario el que se considerase el comí,' el am i to 1 10

la moción ya copiada . Entréis(' al orden del día, alcual se dió lectura previamente.

Para darles el correspondiente curso, el señorPresidente a. visó el recibo de los asuntos que devuel-ven las comisiones respectivas, y que son los quesiguen:

Del Mensaje Ejecutivo que encierra las objee :o-nes Isla ley "orgánica del impuesto de papel sella-do y timbre 'melonar ; del provecto de le} sobrerecnrsos de Casación y Revisión", recomendadopara que tenga 2 .o debate, y del acto legislativopor el qne "se dictan algunas medidas sobre régi-men fiscal", despachado con idéntico objeto que el

anterior.Adjuntos ft esos documentos se Ileon) p flan las

Informes de las comisiones.

IISufrió Ser . debate el proyecto (le le~v "por la

cual se concede tína autorización al Poder Ejecuti-vo para auxiliar un colegio privado ele varones vel de la, Santa Familia, de esta eluda d" . Vete actolegislativo fue declarado Ley de la República porla Convención, declaratoria verificada en votaciónsecreta por una.nilidad de votos, según mi« n l .r.que, al respecto, dieron los lionornbas e Diputad ri;

Arosemena F . y bajar, escrutadores.

III

v7,9e

391

392

Cantiunó el 2.0 debate respecto de la, pro: e .'tala lev`•de sueldoe" . Aquí el llo eo a .l l- Dio

Se mallo e11 conocimiento ele la Cono aui6u el do Guardia , propuso y sustentó la de isióa e a) e-

Contenido de las piezas oficiales recibidas en este 1 Inda en los términos siguientes :

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3136

"La Convención resi lve }tu pe el proyecto de ley ! proponente, y pus so acogió por 22 bolas ! , lane as. cocí-"de sueldos", exticnio lar artículo, salvo el caso pre-visto en el artículo 125

. legl4niento " .Leido el artículo reglamentario que allí se enuo-

cia, la Honorable Corporae*hno accedió á acordar; elprocedimient o recomendado llar.- el Honorable Diputa-do Guardia; circunstancia que Ahiló á la Presidenciaá seguir la deliberación del asilgtn conforme estabaadoptado anteriormente.

En discnsión el inciso 1° del aryecto primitivo, por el Honorable Diputamodificó en $ 100 .00 el sueldo que .allí se fijacalda del Distrito Cabecera de la Provincia de a-guas . Esta . enmienda resultó aceptada definitivamente,por 20 bolas blancas contra .6 negras, resultado de emedieron cnenta los Honorables Diputados Fábrega y Al-guero; y por 22 de las primeras y 3 de las últimas seadoptó el sueldo del Secretario de qne trata el inciso 2°original, hecho respecto dei cualinf'ormaron los Hono-rables Diputados Sánchez, y Chiari,

,Consideróse la nuaditu:ación lavaba al 3 .° de losordinales del arliculo aludido ; $ 75.00 para el Alcalde deSaná; esta . , asignación pasó con 22 bolas favorables con-tra 3 negativas escrutadas por los Honorables Diputa-d s Rangel y Pinilla. Por el mismo número de unas y(dras, según informes de los Honorables Diputadosriz-cárraga y de la Lastra, adoptóse el inciso 4 .° primiti-yo. La modificación introducida al ordinal 5?., onsis-tente en asignar $ 45 .00 mensuales para cada uno delas Alcaldes de los denlas Distritos de la Sección, salióacogida por 23 bolas blancas contra -- 2 negras, conta-das por los Honorables Diputados Tejada y Alguero.Con igual cifra de unas y otras de las balotas, se adop-tó el 6? de los primitivos incisos, hecho sobre el cnalinformaron los Honorables Diputados Azcárraga y Pi-nilla .

Entrásé á considerar el artículo 18, el cuál apare-cía reformado en sus incisos 1? y 2? Acogida la enmien-da propuesta por la Comisión informante, por 22 bo-,las blancas contra 3 negras, sobre, lo cnal informaronlos Honorables Diputados Ponce J . y Vasquez G ., alir á adoptarse, por el Honorable Diputado Sánchez see!',vo á $ 120 .00 la asignación acabada de aprobar, pa-ra los Inspectores de Policía de lu is barrios de la Capi-tal . El proponente hizo la .justifieación de la reformaaludida, y fue adoptada por 18 balotas blancas contra7 negras conforme declaración-de, los Honorables Di-putados Sucre J . y Jurado qne sirvieron esta vota-ción .

Por el Honorable Diputado Cajar se modificó en$ 100 .00 y $ 70 .00 por su orden, las asignaciones qne 1lu, incisos 3? y 42 tenían primitivamente, y que corres-1p p olen, respectivamente, al sueldo del Inspector de laBaca y de su Secretario. Este aumento fue. objetadopor los Honorables Dipntados' Victoria J . t Neira A.,y lo defendieron el proponente y el Honorable Diputa- 'do dignara. La votación secreta á que fue sometido elpunto, y la cual atendieron los Honorables DiputadosArosemena P . y Patiño, comprobó que había alcanza-do el asentimiento de la Convención ; pues sacó 20 bo-tas favorables contra 8 negras . En definitiva quedóadoptada, y también lo fueron los incisos,52 y 6? origi-nales, acogidos con 22 de las prianerasi por 4 de lasotras, y de lo anal dieron noticia los Honorables Dipu-tados Flenríquez y Nafta A . Considerados eneonjuntolos ordinales 7 .° y 8.°, sin reforma alguna, el Honora-ble Diputado Alguero aumentó á $ 50,00 el sueldo delinspector de Chepigana, reforma sobre la cual habló el

1, .7 del prp-brega se

Al-

tra 4 negras, de la que dieron informes los l-lonorabiesDiputados Victoria J . y Arotlemena F . Al adoptarse, elHonorable Diputado Sánehezsubrpodiflcú el inciso 7 .°,hasta Corozal, y el resto lo agregó el Honorable Dípu-tado Arjona. Quedó así: Los Inspectores de Cana,$ 60.00; del Real y Chepigana, $ 50 .00; de Xavzia,$45.00 los de Es dan, Puerto Caimito,Cocolí, Pescara,Corozal, Otoqne, El Llano, Camello y El Potrero,$ 31100 cada uno . Los otros quedan con $ 40 .00 cadauno .

Las razones ádr°adaspor el autor de la preceden-te enmienda influyere r para que ella se aceptara, co-mo efectivarúente lo fue, por 24 bolas blancas contra, 3negras, según cnenta rendida al efecto por los Honora-bles Diputados Urriola y Brid.

Del mismo modo se aprobó por 22 bolas blancascontra 1 negra, escrutadas por los Honorables Diputa-dos Quintero y Vásquez, la enmienda última propues-ta por el Honorable Diputado Arjona ; quedando defini-tivamente adoptados esos incisos.

Resultaron adoptados en conjunto, sin reforma deninguna naturaleza, y con 18 bolas blancas contra 4negras, hecho verificado por los Honorables Conven-cionales Arjona y Guardia ; los incisos 1 .° y 22 del ar-ticulo 20 original.

También con 18 de las primeras y dos de las últi-mas, se adoptaron los ordinále 's 3? y 49 primitivos, se-gún informes de los Honorables Diputados Fábrega yAlguero.

Asimismo se acogieron en globo los incisas 19, 2?y 3? del artículo 21 original con 19 bolas blancas con-tra 2 negras, de lo cual dieron cuenta los HonorablesDiputadosChiari y Rangel ; y con 22 de aquellas con-tra 2 de las últimas, contadas por' los Honorables Di pu -tados Alguero y Tejada, quedó adoptado el completode la disposición ennnciada.

En seguida fueron-igualmente adoptados en con-junto los incisos del articulo 22 primitivo, por 23 bolasblancas contra 2 negras, votación que verificaron losHonorables Convencionales Arosemena F . y Cajar.

IV

Incontinenti y, previas explicaciones del autor,quedó aprobada la . proppsicióu del Honorable Diputa-do Victoria J . la cual aparece concebida en estos térmi-nos :

"Suspéndase la discusión del proyecto de Ley "so-bre sueldos" y dése lectnra y considérese el informe dela Comisión sobre objeciones hechas por el Poder Eje-cutivo al proyecto de ley "orgánica del impuesto depapel sellado y timbre nacional".

En consecuencia con lo prescrito en la preinsertaresolución, quedó suspendida la consideración del pro-yecto en debate, y se dió lectura al dictámen de la Co-misión respecto de las objeciones á que allí se alude.

La parte resolutiva de ese informe, que estaba enconsideración, fue objetada por el sanar Secretario clip!Ramo de Hacienda, cuyas apreciaciones fueron objeta-das, asimismo, por el Honorable- Diputado Neira A .,en su carácter de miembro informante, y quien hizolas explicaciones que consideró necesarias pana soste-ner la resolución final del informe.

El Honorable Diputado Arjona, daspaés de hacerobservaciones varias sobre el punto, modificó ese finalde esta manera :

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para la discución la proposición que á la letra se copia,y que dice:

"La Comisión de Reiaaceión ni corregir los pro-yectos de ley para 3er : debate, cuidará siempre deque cnando haya lugu' queden colocados en orden al-fabético los nombres e las Provincias qUe firman laRepública y asimisaó los de los Distritos que consn'tuyen las Provincias".

El autor, :esta proposición expuso las razonesque lo movf%;aio ='introducirla y pidió que se acogierafavor,hléMente . Contra ella disertó el Honorable Di-

liado o Patiño, quien la declaró ir eglamentaria, ergo-ordinal fue modificado por e# Honorable Diputado Ar,Aé, " ento que consideré fundado el proponente, quien pi-jona en la forma siguiente :

dió permiso para retirarla . Así lo hizo una vez que en"Los escritos en los sumarios y juicios critdína- esto se consintió por la Honorable Asamblea, interna

les que se sigan ante los Tribunales y Juzgados á vire gala al respecto por el señor Presidente.tud de acusación particular qne se intente".

Esta enmienda resnltó improbada, no obstanteque habló en su apoyo el señor Secretario de Haciendamencionado, y después que fue combatida por el Hono-rable Diputado Henríquez. En seguida ado{htóse dennevo el inciso original, y asimismo lo fue el 89 del ar-ticulo 84 que aparecía censurado,, ignalmente.

El comentario que en lo general se hace por elEjecutivo al proyecto de que se viene tratando, objeciónen que conviene el Honorable Comisionado en su dic-tamen, dió lugar á que el mismo Honorable DiputadoNeira A. propnsiera, como propuso, el artículo adlcio-ual que aparece redactado así:

"TRANSITORIO.

"Art . El papel sellado y las estampillas de timbrenacional que se den al expendio público inmediatamen-te después que esta ley éutre en vigencia, llevarán, enlugar de la nomenclatura, Bienio de ", estaotra: Período transitorio de 12 de Julio de 1904 . á 31de Diciembre de 1906 . Dichas especies venales sóloserán utilizables dnrante los 30 meses que esta épocacomprende.

§ El curso regular de los bienios que fija el artícu•lo 16 de esta misma ley para el uso de las especies ve-nales á qne ella se refiere, comenzará desde el 1 .° deEnero de 1907, fecha en que deberá inscribirse sobrelos sellos del papel y timbres nacionales, la nomenclatu-ra. "Bienio de ", que prescribe el artículo16 de que se ha hecho mérito".

La Honorable Legislatura lo aprobó finalmente;ypor la Presidencia, en cumplimiento del precepto regla-mentario pertinente, se ordenó que el proyecto anteriorpasara á la Comisión de Revisión, y excitó al Honora-He Diputado Neira A. á que colaborara en el asunto,sin cerrarse el 24 debate.

Por el• Honorable Diputado Victoria J . se expu- tsierras algunas consideraciones á efecto de ver si el asun-to cursaba lo más aceleradamente posible . La Presiden-cia acogió la indicación, excepto que otro fuese el que-rer de la Honorable Convención, á la cuál consultó elpunto . Esta nprobó el que se prescindiera de la forma-lidad reglamentaria ya dicha y en consecuencia, quedócerrado el 24 debate aludido. La misma sancionó, queel proyecto en referencia pasara á 3er, debate, siendorepartido á la misma comisión, con el IIonorable Di-putado Neira A ., como se deja relatado.

ríos. "La Convención acogió esta resolución por 15 bo-

las blancas contra 10 negras, de lo que dieron noticialos Honorables Diputados Quintero y Vásquez G., en lavotación secreta á que fue sometida la preinserta reforma.

Consiguientemente trájose á 2 .° °debate el pro-yecto de ley referido, y se consideró la primera de lasobjeciones, referente al incisa. 11 del artículo 3 .° Ese

"La Convención considera fundadas las objecioneshechas por el Poder Ejdéeutivo á la ley orgánica del pa-pel sellado y timbre r,éienal . En consecuencia, vuelvael proyecto á 2 .° delate para los efectos reglamenta-

V

Quedó aprobada la parto final de la exposición demotivos que, sobre el proyecto de ley de los recnrsosde Casación y Revisión, rinde el Honorable DiputadoPinilla . comisionado qne lo tuvo con el objeto de die,temblar para el 2? debate, informe del cual se enterópreviamente la IIonorable Convención Nacional.

VI

Y por ser una hora avanzada, el señor Presidentelevantó la sesión á las 5 y 10 minutos p . m.

El Presidente,

JERARDO ORTEGA.

El Secretario,

LADISLAO SOSA.

Ee copia,

El Secretario auxiliar,

Tristán C. Cajar.

SESION DEL VIERNES 17 DE JUNIO DE 1904.

(PRESiDENCIA DEL H. D . DR. ORTEGA .)

Dió principio la sesión de la fecha á las 2 y 20 dela tarde, y á ella dejaron de concurrir, por causa de en-fermedad, los Honorables Diputados García F., Melén-dez y Quintero.

Se hace constar la asistencia á las labores de estedía de los señores Secretarios de Hacienda, de ObrasPúblicas y de Instrucción Pública y Justicia, así cornodel señor Magistrado doctor Villalaz.

I

Aquí el Honorable Diputado Henríquez presentóQuedó aprobada el acta de la sesión anterior,

firmóse la del día 15. del presente mes.Y

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388

ANALES DE LA.. CONVE)

Acto continuo el sfonorable Diputado algueropropuso y sustento el borrtor de una resolución, que á:la letra dice:

"Antes'de entrar en elgclen del rifa considéreselo signiente: Mientras se das , en 2° debate el pro-yecto de Ley "sobre asignacior

habrá dos sesionesdiarias, y en una de ellas, qne d

Moví el Presidentede la Convención, se tratará exclusivanaé' tt. del referi-do proyecto, sin perjuicio de que sea considera

tanbién, en otra sesión del mismo día, juntootros asnntos que determine la comisión de la mes

nombramíento de Gerente del Banco Hipotecario, etc ..Abierta la deliberación sobre la alteración que en R hecho en la persona dei señor Nicolás Victoria J . y hcierra la parte preliminar de la moción precedente, mo- imparte su aprobación".dificóla el Honorable Diputado Guardia supresivamen-

Discurrió quien lo introducía en laudatorios tal ate desde las frases "y en nna de ellas, que designara minos respecto de la escogitación hecha por el ciudada-etc ."

no Presidente de la Nación en el señor Victoria J ., enLa alteración del orden del día, como se deja meo- quien reconocía dotes morales no comunes y cualidades

donado ya, no fue aceptada por la Convención porque de inapreciable valor.la mayoría cine favorecía esta decisión no sumó las *

En seguida el Honorable Diputado Alguero alePartes como lo preceptúa el Reglamento, y de consi- eionó la proposición referida con el final siguiente:guiente, no pndo considerarse el complemento de la

"así como el de miembros de la Junta Directivaproposición enunciada,

hecho en los señores C . Arosemena, F . Boyd, M. EspinosaB. y Camilo Quelquejeu".

El autor del párrafo precedente hizo la justifica-ción del complemento que presentaba, sin el cnal podríareputarse que implicaba una censura á la Directiva propuesta por el Ejecutivo.

En el uso de la palabra, el Honorable DiputadoJurado impugnó la designación hecha para lá Geren-cia de la Institución, así como se declaró en contra delas opiniones adncidas por el Honorable Diputado Pa ..tiño ; y dijo al final que no daifa su voto á la proposición de éste.

El Honorable Diputado Patiño se manifestó contra la adición introducida á la resolución primitiva, enmérito á los razonamientos que expuso sobre el parti-cular, y el Honorable Chiari habló en idéntico sentido,y pidió que se votara por partes . De nuevo discurrí ú,sustentando su modificación, el Honorable Diputado Al-guero, y le siguió en el uso de la palabra el HenorableDipntado Henríquez, quien disertó extensamente, en te-sts genel;pl, y a' la vez recomendó que la proposición seaprobará en todas sus partes.

También, en términos generales, habló el Hono-rable Diputado Arjona, quien hizo la declaración de quedaría á toda ella su voto fiivorakle.

Otra vez opinaron los Honorables Diputados Pa-tiño, Jurado, y Mari quien reiteró que la votación severificara por partes, y señaló como primera la pro-posición primitiva.

En votación secreta, la que sirvieron los Honorables Diputados Chiari y Cajar, se adoptó esa parte por25 bolas blancas contra 3 negras.

Se hace constar que el Honorable Diputado Vieti,-ria J . se abstuvo de sufragar en esta ocasión, por ha-

berse retirado previamente del seno de la Legisla-tura .

El Honorable Diputado Henríquez solicitó, y enello convino la Presidencia, que se votase individual-mente la otra parte.

La votación secreta á que fue sometido el nom-bramiento del miembro de la Dirccti4, señor nidal,Arias, y que escrutaron los Honorables Diputados Chia-ri yTejada, produjo 14 bolas blancas contra 15 negra,lo cual demostró que se había in' probado ese nombra-miento, y así se declaró.

Enterada la Convenció i del contenido del Mensa-je Presidencial, número 10, que devuelve la ley ante-rior y á la vez somete á la consideración dela Asam-blea la nómina de los individuos escogidos para Geren-te y miembros de la Junta Directiva del Banco de quetrata la aludida ley 74, dió ello motivo á que por elHonorable Diputado Patiño se fijara la resolución queaparece suscrita asimismo por el Honorable DiputadoArosemena (P .), la aai dice textualmente:

"La Asamblea Nacional estima acertadísimo el

En seguida, y á virtud de haberse aprobado laalteración del orden aludido, quede nuevo se propuso,y que justificó el Honorable Dipntado Victoria J ., a-doptóse'la moción del mismo redactada en los siguien-tes términos :

-

"Dése lectura nuevamente al informe presentadopor la Comisión encargada de estudiar el proyecto deley "sobre Revisión y Casación, y reconsidérese la re-solnción con que termina dicho informe".

En esa ocasión hablaron, tubo en pos de otro, losHonorables señores Villalaz y Neira .1 ., y por el señorPresidente se hicieron aclaraciones varias sobre el par-ticular. Asimismo, á petición del Honorable Diputa-do Jurado, dióse lectura al artículo 289 del Regla-mento.

La acogida de la anterior moción hizo que se cum-pliera con el mandato que ella contiene, y leyóse, enconsecuencia, el informe, corno allí se dispone.

Las conclusiones finales del dictamen en referen-cia resultaron improbadas al votarse, después que ha-blaí contra ellas el Magistrado Villalaz y que el Hono-rable Diputado Victoria J . solicitó que los HonorablesDiputadas conocedores de derecho, se sirvieran emitirconcepto para mayor ilustración de la Convención.

Posteriormente, y en atención á la negativa queantecede, por la Presidencia se pasó el acto legislativoanterior á otra nueva Comisión que compusieron losHonorables Diputados Henríquez y Neira A., con elobjeto de qne formulasen nuevo dictamen sobre el a-sunto.

'El señor Secretario de Hacienda hizo entrega dela ley número 74 "por la cual se establece un Banco",que había nrerehido la sanción constitucional . Y se de-volvió por el Honorable Diputado Arosemena (F .), en ellleno de una comisión, y con el correspondiente infor-me, el proyecto de Ley "por la cual se señalan sueldosá varios funcionarios consulares", pera l que tenga 2 .°debate .

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.er

táV :ailirkc& :

Aprobóse el del señor Constantino Arosemena, enigual clase de elección, mor 27 bolas de las primeras yfide las últimas, que fintaron los Honorables Diputa-dos Arosemena (F.) y Cajar. Se hace constar, que al ve-rificarse esta elección, el Honorable Diputado Aroseme-na (P.) se separó del recinto de la Asamblea.

Verificada la motivada por la eseogitación del se-ñor Federico Boyd, obtnvo la acogida de la HonorableLegislatura, por 22 bolas blancas contra 7 negras escru-tadas por los Honorables Diputados Fábrega. y Algue-ro, nombrados cori ese objeto.

En la votación, á qne se sometio la designaciónrecaída en el señor Manuel espinosa E., aunque sa19 bolas blancas contra 10 negras, de lo quo dicuenta los Honorables Diputados Villamil y Tejarla, sedeclaró improbado el nombramiento porqne la cifra a-probatoria no alcanzaba las * partes exigidas por la leyde la materia.

Consideróse el del señor Camilo Quelquejeu, locual dió ocasión á que el Honorable Diputado Juradohablara, haciendo la recomendación del favorecido.

Esta designación obtuvo 26 bolas blancas por 3negras, que sirvieron los Honorables Diputados SucreJ. y Jurado, siendo por consiguiente declarado para elpuesto.

Incontinenti, y después de exponer los motivosque lo inducían á proponerla, el Honorable DiputadoVillamil presentó una moción con el objeto de qne sereconsiderase el nombramiento del señor Manuel Es-pinosa B., rechazado precedentemente . A ese nombrese adicionó por el Honorable Diputado Jurado el delseñor Ricardo Arias, punto sobre el cual hablaron ensu justificación, previamente, los Honorables Diputa-des Arjona y el autor de la adición . Fue acordada lareconsideración pedida, y á solicitud del Honorable Di-pelado Palillo ven ficóse la votación individnalmente.

La secreta á que se sometió el nombramiento deDirector del señor Espinosa B ., produjo 23 bolas apro-batorias contra 6 negativas, según cuenta que al res-pecto rindieron los Honorables Diputados B-id y Vás-quez C. Se le declaró escogido para el puesto.

Por 16 bolas blancas contra 13 negras, hecho deque dieron informe los Honorables Diputados VictoriaJ . y Tejada, se declaró rechazada, nuevamente, la de-signación hecha por el Ejecutivo en el señor Arias, porque las balotas favorables no sumaban las s partes exi-gidas por la ley.

Terminado el asunto de que so da cnenta, el señorPresidente ordenó, que por Secretaría se comunicase, áquien corresponde, el resultado general que se había al-canzado.

II

Se dió lectura del orden del día.

Previas las ritualidades de estilo, quedó abierto el29 debate del proyecto legislativo en que se "autoriza alPoder Ejecutivo para crear nuevas becas en las Escne-las normales de la República " .

Una por una se adoptaron las tres disposiciones deque consta el proyecto original . En seguida se adoptóel título prirtivo y se terminó el debate en referencia.La Convencion acordó que el proyecto aludido tnvierapróximamente el debate final de ley, para lo cnal se re-partió á la Comisión de Revisión .

III

Se continuó el 2 .° debate del p áde ley "so-bre snelden", después de que se hubo co isideiado laproposición siguiente suscrita y ¿snstentada poi . el Ho-noraFlc Dipntado Vifforia J.

"Altérese el orden del día y considérese lo sirguiente:

Solieítesé t Excmo . señor Presidente Je la Re-pública, s

la consideración de la Convención elpro

de ley "por la cual se atribuye á un Tribn-special la facultad de conocer de los juicios civiles

e el día 3 de Noviembre habían adquirido el dere-cho de ser revisados y casados de acuerdo con la leyvigente en la fecha indicada ."

Las explicaciones que el señor Secretario de Instrncóión Pública y Justicia hizo al proponente . y des-pués queléste pidió al autor que la retirase . así lo veri-ficó el aludido, nna vez qne en ello asintió la HonorableLegislatnra, consultada previamente por la Presi-dencia.

Con noticia del punto hasta donde aparecía apro-bado el proyecto de ley mencionado al principio de es-te número, se abrió la discusión respecto de los incisos19 y 2? del artículo 22 . Esos incisos originales fueronadoptados por 16 bolas blancas contra 4 negras, conta-das per los Honorables Diputados Cajar y Fábrega . Noteniendo más ordinales, pasó á considerarse el inciso1.° del artículo 23 modificado . Por 15 de las primerascontra 4 negras salió adoptado, según noticia que die-ron los Honorables Diputados Rangel y finilla . Conexplicaciones que al respecto dió el señor Secretario de,Instrucción Pública y Justicia, y por 18 bolas blancascontra 2 negras, según informes de los Honorables Di-putados Neira A . y Henríquez, aprohóse la modifica-ción para el 2° y el 3? de dichos incisos ; más, al adhop,tarse, el Honorable Diputado Fábrega elevó á ,560 .00el sueldo del Inspector deCoibita, mencionado en el 14de dichos incisos . Así se adoptó con 14 bolas blancaspor 6 negras contadas ponlos Honorables DiputadosAlguero y Azcárraga.

Con 18 bolas favorables por 5 negras se adoptas.el 1 .° de los incisos de qne consta el artículo 21 oraral, hecho sobre el cual informaron los HonorablesDiputados Chiari y Sánchez, y después que el Honora -ble Diputado Neira A . hizo exposición de motivos res-pecto al punto.

Con igual número de unas y otras de las bolasquedó adoptado el ordinal 2.° primitivo de allí, de locual dieron cuenta los Honorables Diputados de la Las-tra y Arosemena (P ..)

Aqní el Honorable Diputado Neira A ., en méritoá las razones últimamente aducidas por él, y de otrasque al efecto expuso, introdujo el inciso nuevo, paraantes del que tenía el número L° Pibe así:

"El del Director General, Jefe Instructor $ 200 .00oro" .

A excitación del señor Secretario de Instrucción.Pública y Justicia, quien se declaró conforme con el ata-ator respecto al asunto controvertido, y quien pidió seelevara, ese sueldo ; y de hablar ignalmente en sentido fa-vorable los Honorables Diputados Victoria J. y Henrí-quez, el mencionado señor Neira A. subió á $ 30Q .00oro la asignación copiada . Fue acogida con 17 bolasblancas contra 1 negra escrutadas por los Honorabies

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Diputados Cajar y Tejada . . Cuando se contemplaba suadopción, el Honorabas Diputado de la lastra creció d$ 350,00 oro, el sueldo Ve! empleado en referencia . Con13 bolas de las primeras c, otra6 negras, de lo que die-ron cuenta los Honorablesriputados Quintada y Guar-dia, quedó definitivamente a. -optada la última de lassulhmodificaciones de que se deje hecha mención.

IV

A las 5 y 10 p. ni . el señor Presidente levantó lasesión.

El Presidente,

El Secretario,

Es copia,

El Secretario auxiliar,

Tristán C. Cajar.

PROYECTO DE LEY

que reconoce un cré dito.

La. Convención Nacional de Panamá

DE CRETA:

Articulo 1 .° Reconócese á favor de los Municipiosde Bocas del Toro, Bastimentos y Chiriquí Grande,que componen hoy la Provincia de Bocas del Toro, yque, hasta hace poco formaron el Distrito único delmismo nombre, lá deuda que se liquide á cargo del Te-soro de la República, conforme al c5&édito que figura enel Presupuesto de Rentas y Gastos votado para el pre-sente año por el Concejo Municipal del Distrito de Bo-cas del Teto, en el Capítulo IV, Créditos Activos, se-gun enumeración qne allí mismo se expresa, como si-gue:

"Por participación del Distrito en la renta de li-cores al pormenor, durante el año de 1900;

"Por participación del mismo distrito en la mis-ma renta, durante el año de 1901;

"Por participación del mismo Distrito en la mis-ma renta, durante el año de 1902;

"Por participación del mismo Distrito en la rentade inmuebles, correspondiente al año de 1898 (Orde-nanza número 36 de 1894);

"Por participación del mismo Distrito en la rentade mmuebíes cobrada por el Departamento de Pana-má, durante los años de 1899, 1900, 1901 y 1902 ; y

"Por dinero efectivo prestado dor el Tesoro Mu-nicipal de Bocas del Toro al extinguido Departamentode Panamá, para atender á sus gastos urgentes en elaño del 901"

Artículo 2? El Conejo Mnninpal de Bocas delToro presentará á la Secrtxirla de llacienda los respec-tivos do'cumontos de crédito para su liquidación y sucorrespondiente reconocimiento y ordenación inme-diata.

Articulo 31 La ordenación se haya en tres órde-nes de pago giradas á Favor de cada tino de los Distri-tos de Bocas del Tom, Bastimentos y Chiriquí Gran-de, en la siguiente proporción aritmética sobre el men-to total de la suma reconocida:

Para el Distrito de Bócas del Toro, la cuarta parte.más ouatro sextos de la cuarta parte.

Para cada uno d los dos Distritos de Bástimen-tos y Chiriquí Grande, una cuarta parte, más un sextode la cuarta parte.

Artículo 4.° Treinta ellas después de hecha la or-denación, la Tesorería General de la República, pagaráen moneda de curso corriente y en un solo contado laorden de pago que se gire á favor del Tesoro de cadauno de los Distritos expresados.

Artículo 5? La suma que ingrese á la Caja Muni-cipal de cada Distrito, por virtud del pago de esta deu-da, se destinará única y exclusivamente al sostenimien-to de la Instrucción Pública locaL

§ Los Tesoreros Municipales respectivas no ten-drán derecho á honorario alguno sobre este reintegro.

Articulo 6.° Considérase incluida en el Presnpnes-to de Gastos Nacionales, la suma que resulte de la li-quidación aritmética de este crédito, sin intereses.

Dada en Panamá, etc.

Presentado á la Honorable Convención Nacionalen sus sesiones ordinarias por los infrascritos Diputa-dos, por la Provincia de Bocas del Toro,

CÁSTULO VILLAMIL : PACÍFICO MELÉNDEZ P.—RAFAELNEIRA A:ALBERTO G. DE PAREDES.

Secretaría de la Convención .—Panamá, 4 de Mayo de1904.

En la fecha sufrió p er. debate este proyecto de ley;pasó en comisión al Honorable Diputado Henríquez con6 díae de término.

Sosa.

Secretaria de la Convención .—Panamá, Junio 3 de1904.

El anterior proyecto de ley no fue considerado en2.° debate en las sesiones ordinarias de esta Conven-ción.

LADISLAO SOSA.

Es copia.

El Secretario auxiliar ;

Matón C. Qzjar

JER4RDO ORTEGA.

LADISLAO SOSA.

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LE 1 78 DE 1901.

(Da 21 1 14 vtao)

por 14 cual se señalan h horarios á los Cónsules, Vice-cónsules y Agentes Cn ;rsulares de la República que no

sobre autorizaciones al Poder Ejecutivo para auxiliar 1

mera de aneldo fijo.un colegio privadode varones y el de La Santa Fami-

lia, en esta ciudad.¡ Cónvención Nacional de Panamá

DECRETA:

LE k. 77, LOE .h»4

(lh DE *remo)

La Con vención Nacional de Panamá

DECRETA:

Artículo 1 .° Facúltase al Poder Ejecutivo paraauxiliar con el local y el mobiliario necesarios el e ta-blectmiento de en colegio privado de varones, en : laciudad de Panamá.

Artículo 2? El auxilio indicado se concederá me-diante las siguientes condiciones;

11 En el colegio se dará edncación gratuita á unnúmero de niños pobres que fijarán el Director del Co-legio y el Poder, Ejecutivo;

29 El plan de estudios se someterá á la censuradel Gobierno; y

31 El Gobierno ejercerá inspección sobre el plan-tel .

Articulo 3? Facúltase asimismo al Poder Ejecuti-vo para auxiliar hasta con doscientos pesos ($200,00)mensuales del Tesoro Nacional, el asilo y plantel deeducación conocido en esta ciudad con el . nombre deLa Santa Familia.

Artículo 4? Esta ley regirá desde su promulga-ción .

Dada en Panamá, á 16 de Junio de 1904 .

Articulo único. Los Cónsules, Vicecónsules y &-gentes Consulares de la República, sin sueldo fijo, nom-brados de acuerdo con la Ley 22, de 18 de Abril últi-mo, tendrán derecho á retener para sí, como remunera-ción de sus servicios, la mitad del producto bruto, querecauden en la oficina consular á su Cargo, siempre quedicha asignación no excedn de cincuenta pesos ($ 50 .00)cada mes, en la moneda corriente del país en donde estosempleados residan.

Serán únicamente de cargo del Tesoro de la Re-pública el Valor del Escudo y el Pabellón nacionalesque se usen para indicar el lugar de cada oficina con-sular.

Dada en Panamá, á los veinte días del mes de Jo-•nio de mil novecientos cuatro.

El Presidente,

JERARDO ORTEGA.

El Secretario,

LADISLAO SOSA.

Poder Ejecutivo Nacional.—Panamá, Junio 21 de1904.

Publíquese y ejecútese.

M. AMADOR GUERRERO.

El Secretario de Gobierno y Relaciones Exteriores,

Tomás Amas.

[o]

El Presidente,

JERARDO ORTEGA.

El Secretario,

LADISLAO Sosa.

INFORMES DE COMISIONES,

Poder Ejecutivo Nacional .—Panamá, 18 de Junio de1904.

Publíqúese y ejecútese.

M. AMADOR GUERRERO.

El Secrctarft de instrucción Pública y Justicia,

Jaaao J. Fhnura&.

Honorables Convencionales:

En acuerdo número 6, de 1 .° de Febrero delano en curso, solicita de esta Honorable Corporación elConcejo Municipal del Distrito de Las Minas, la expe-dición de una ley que fije los limites de las Provinciasde Los Los Santos y Veraguas, con especificación de losde dicho Distrito y que, si fuere posible, detalle de unamanera clara los limites de Suay y Mariato que en ti-tulo de propiedad cedió el Gobierno Español al Sarjeato Mayor J . Monroy .

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392

Por los c^ I]:ide"a pdos en que se funda dicho A-cuerdo se con.ip rendé `'áeilmente que parte considerabledel Distrito de Las Mh. as, se ha hecho figurar comoperteneciente á los terrertss yola .i atol: conocidos con losnombres de Suay y Maria,

Si esto es así, cocar, i ra +sC : : evidente, no corres-pondo a! Cuerpo Legislativo

la i've a dilica ;a soluciónde la cuestión pendiente y nI be !a Conve:nción' Na-eional, por consiguiente, asun. "unciones que no. lecorresponden, dirimiendo una contra . nasia de carácterjudicial.

Por lo expuesto me permito sometía'

Juesitaconsideración la siguiente moción :

la los sneldos de los empleados públicos, teniendo eu."Pase el Acuerdo Municipal número 6 expedido]

cuenta las modificaciónes que por separado indicadaprimero de Febrero de este año por el . Concejo Manici . comisión.pal de Las Minas, en la Provincia de Los Santos, al

"Este debate tendrá lugar en un día qne fijará ladespacho del señor Procurador General de la Nación, Honorable Presidencia de la Convención, en sesión se-para lo de su deber" . creta, y con la asistencia dedos señores Secretarios de

Gobierno, Hacienda, Instrucción Pública y Justicia yObras Públicas".

Panamá, Junio 10 de 1904.

Esta es la considerjjción de mayor fuerza que haguiado nuestro propósitáhr que tal vez nos acarree algu-na censura amarga que apeptamos, si ella viene á im-ponerse como sacrificio que justifique nuestras convic-ciones.

Somos de opinión que el debate de este asunto de-be tener lugar en sesión secreta de la Honórable Con-vención con la asistencia de todos los Secretarios delGobierno ; así lo proponemos.

En consecuencia, terminamos este informe con elsiguiente proyecto de resolución:

"Dése segundo debate al proyecto de ley qué seña-

Panamá, Mayo 26 de 1904.

Vuestra Comisión,

CÁSTULO VILLAMIL.

Es copia.

El Secretario auxiliar,

Ladislao Sosa.

Honorables Con vencionales:

Después de atento estudio y laboriosas considera-ciones, tenernos el honor de devolver á la HonorableConvención el proyecto de ley por la cual . se señalanlos sueldos á los empleados que sirven la administra-ción pública de la Nación.

Aunque el proyecto á que aludimos fue hecho conespíritu verdaderamente patriótico é imparcial por losHonorables Dipntados Villamil y Amador, vuestra co-misión de estudio para segundo debate, se ha permiti-do hacerle modificaciones que alteran el patrón primi-tivo .

En nuestra mente no ha imperado señalar sueldosá las personas, sino indicar la remuneración más rigoro-ea pan el servidor público en cnanto más ó menos lopermita la sitnación fiscal presente y futura del Erariode la Nación.

Hay un desequilibrio que puede llamarse alarman-te entre el Presnpuesto de Rentas y el de Gastos, parala vigencia económica que va á regir; y si pretendiéra-mos equilibrar dichos presupuestos desde hoy, pecaría-mos por excesiva economía, de injusta compensación;pero si se logra fundar el principio de esa misma eco-nomia, desde ahora para lo fnturo, y establecer la con-tinencia y la moderación que un presente de holgadariqueza pudiera estimular, nos atrevemos" á responderque paulatinamente vendrá á restablecerse el equilibriofiscal y no nos costará esta redentora tarea otro esfner-zo que el que tiene que hacer todo buen ciudadanocuando se trata de conjurar las crisis financieras de laPatria, salvándola de la ruina y de la bancarrota fis-cales :

Vuestra Comisión.

RAFAEL NEIRA A . —R. CFIIARL—F . A$páRRAGA .—IG-NACIO QUINZADA : —AURELIO GUARDIA . —DEMETRIOH. BRJD.—MANUEL S . PINILLA.

Conforme,

Tristán C. Cajar.

Secretario auxiliar.

Honorables Diputados:

El proyecto de ley sobre Secretarías de Estado hamerecido toda mi atención.

Del estudio detenido que he heoho de él, he adqui-rido el convencimiento de que algunas de sus disposi-ciones pugnan con el artículo 84 de la Constitución y,por consiguiente, considero que deben negarse.

Por estas razones vuestra comisión tiene el honorde proponeros:

"Dése 2 .° debate al proyecto sobre Sec r etarías deEstado, con las modificaciones que le ha introducidovuestra comisión ."

Honorables Diputados:

Vuestra Comisión .

ARISTIDES ARJONA.

Panamá, Junio 10 de 1904.

Es copia.

El Secretario auxiliar,

2risidn C. %ajar.