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1 REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIDAD EDUCATIVA “COLEGIO FRANCISCO TAMAYO” CABUDARE ESTADO LARA

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN

UNIDAD EDUCATIVA “COLEGIO FRANCISCO TAMAYO” CABUDARE ESTADO LARA

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2

ÍNDICE GENERAL

PÁGIN

A

VISIÓN..............................................................................................................................

.....

6

MISIÓN.............................................................................................................................

.....

6

OBJETIVO........................................................................................................................

.......

6

ORGANIZACIÓN Y ELABORACIÓN DEL MANUAL DE ACUERDO DE

CONVIVENCIA ESCOLAR COMUNITARIA DEL AÑO 2014-2015 DE LA UNIDAD

EDUCATIVA “COLEGIO FRANCISCO

TAMAYO”...........................................................................................................

7

DEFINICIÓN.............................................................................................................

.......

7

ORDENAMIENTO

JURÍDICO.............................................................................................

8

ORGANIZACIÓN DE LA UNIDAD EDUCATIVA “COLEGIO FRANCISCO

TAMAYO”...................

9

Personal

Directivo....................................................................................................

9

Personal

Docente.....................................................................................................

9

Personal de

Mantenimiento.....................................................................................

9

TITULO I: MANUAL DE ACUERDO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

COMUNITARIO...................

10

Capítulo I: Disposiciones

Generales..............................................................................

10

Artículo

1..................................................................................................................

10

Artículo

2.................................................................................................................

10

Artículo

3.................................................................................................................

10

Artículo

4................................................................................................................

10

TITULO II: DE LOS DEBERES, DERECHOS Y GARANTÍAS DE LOS

ESTUDIANTES...................

11

Capítulo I: Deberes de los y las 11

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Estudiantes................................................................

Artículo

5.................................................................................................................

11

Artículo

6.................................................................................................................

12

Capítulo II: Horario de Clase y Normativo de la Entrada y Salida del Colegio

y del

Aula..........................................................................................................................

....

13

Artículo

7.................................................................................................................

13

Artículo

8.................................................................................................................

14

Artículo

9.................................................................................................................

14

Artículo

10................................................................................................................

14

Capítulo III:

Pases.........................................................................................................

14

Artículo

11................................................................................................................

14

Artículo

12................................................................................................................

14

Artículo

13................................................................................................................

15

Artículo

14................................................................................................................

15

Artículo

15................................................................................................................

15

Artículo

16................................................................................................................

15

Artículo

17................................................................................................................

15

Artículo

18................................................................................................................

15

Artículo

19................................................................................................................

15

Artículo

20...............................................................................................................

16

Artículo

21................................................................................................................

16

16

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4

Capítulo IV Horario de la

Cantina................................................................................

Artículo

22...............................................................................................................

16

Capítulo V: Uniforme Escolar

Reglamentario..............................................................

16

Artículo

23................................................................................................................

16

Artículo

24...............................................................................................................

17

Capítulo VI: Apariencia Personal de los y las Estudiantes de la Unidad

Educativa “Colegio Francisco

Tamayo”.........................................................................................

18

Artículo

25...............................................................................................................

18

Capítulo VII: De los Derechos y Garantías de los y las

Estudiantes............................

18

Artículo

26...............................................................................................................

18

Artículo

27...............................................................................................................

19

Artículo

28...............................................................................................................

19

Capítulo VIII: De las Faltas de los o las

Estudiantes..........................................................

20

Artículo

29...............................................................................................................

20

Capítulo IX: De las Faltas

Leves.................................................................................

20

Artículo

30...............................................................................................................

20

Capítulo X: De las Faltas

Graves..................................................................................

21

Artículo

31................................................................................................................

21

Artículo

32...............................................................................................................

22

Capítulo XI Procedimientos para aplicar de los

Correctivos........................................

22

Artículo

33...............................................................................................................

22

Artículo

34...............................................................................................................

22

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Artículo

35...............................................................................................................

22

Capítulo XII: De los Procedimientos para aplicar los Correctivos o

Correcciones a los y las Estudiantes de la Unidad Educativa “Colegio

Francisco Tamayo”................

23

Artículo

36...............................................................................................................

23

Artículo

37...............................................................................................................

23

Artículo

38...............................................................................................................

23

Artículo

39...............................................................................................................

23

Artículo

40...............................................................................................................

23

Artículo

41................................................................................................................

24

Artículo

42...............................................................................................................

24

TITULO II: DEBERES, DERECHOS Y GARANTÍAS DE LOS PADRES, MADRES,

REPRESENTANTES O RESPONSABLES DE LOS Y LAS

ESTUDIANTES......................................

24

Capítulo I: De los

Deberes............................................................................................

24

Artículo

43...............................................................................................................

24

Artículo

44...............................................................................................................

26

Artículo

45...............................................................................................................

26

Artículo

46...............................................................................................................

26

TITULO III: PROCESO DE ADMISIÓN, PREINSCRIPCIÓN E INSCRIPCIÓN DE LOS

Y LAS ESTUDIANTES DE LA UNIDAD EDUCATIVA “COLEGIO FRANCISCO

TAMAYO”.....................

27

Capítulo I: Proceso de

Admisión..................................................................................

27

Artículo

47................................................................................................................

27

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Capítulo II: Solicitud de Cupo y

Preinscripción............................................................

27

Artículo

48...............................................................................................................

27

Artículo

49...............................................................................................................

27

Artículo

50...............................................................................................................

27

Artículo

51................................................................................................................

27

Capítulo III: Inscripción de los y las Estudiantes Cursantesde la Unidad

Educativa “Colegio Francisco

Tamayo”.........................................................................................

28

Artículo

52...............................................................................................................

28

Artículo

53...............................................................................................................

28

Artículo

54...............................................................................................................

28

Artículo

55...............................................................................................................

28

Capítulo IV: Proceso Administrativo por Falta del Cumplimiento en el Pago

de las

Mensualidades........................................................................................................

......

28

Artículo

56...............................................................................................................

28

Artículo

57................................................................................................................

28

Artículo

58...............................................................................................................

28

Artículo

59...............................................................................................................

29

Artículo

60...............................................................................................................

29

Artículo

61................................................................................................................

29

Capítulo V: De los Derechos del

Representante...........................................................

30

Artículo

62...............................................................................................................

30

Artículo

63...............................................................................................................

30

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Capítulo VI: De las Faltas de los Padres, Madres, Representantes o

Responsables de los y las

Estudiantes................................................................................................

31

Sección I: De las Falta Graves del Representante o

Responsable................................

31

Artículo

64...............................................................................................................

31

TITULO III: DE LOS DEBERES Y DERECHOS DE LOS Y LAS

DOCENTES...................................

31

Capítulo I: De los Deberes de los y las

Docentes..........................................................

31

Artículo

65...............................................................................................................

31

Capítulo II: De los Derechos y Garantía de los y las

Docentes....................................

34

Artículo

66...............................................................................................................

34

Capítulo III: De los Deberes y Derechos del Personal Administrativo y

Obreros. De los Deberes del Personal Administrativo y

Obreros....................................................

35

Artículo

67................................................................................................................

35

Capítulo IV: De los Derechos del Personal Administrativo y

Obrero...........................

35

Artículo

68...............................................................................................................

35

Capítulo V: Funciones de los Directores o Directoras Funciones del Director

o

Directora..................................................................................................................

.....

36

Artículo

69...............................................................................................................

36

Capítulo VI: Funciones del Coordinador Académico y Control de

Estudio...................

37

Artículo

70...............................................................................................................

37

Artículo

71................................................................................................................

39

Capítulo VII: Funciones de la Coordinación de Convivencia

Estudiantil......................

39

Artículo 39

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72................................................................................................................

TITULO IV: DE LA COMUNIDAD

EDUCATIVA.........................................................................

41

Capítulo I: Disposiciones

Generales..............................................................................

41

Artículo

73................................................................................................................

41

Artículo

74................................................................................................................

41

Capítulo II: Organización

Estudiantil...........................................................................

42

Artículo

75................................................................................................................

42

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VISIÓN

La Unidad Educativa “Colegio Francisco Tamayo” es una Institución destinada

a educar en valores para la paz y la convivencia de la Unidad acorde con las

exigencias de la República Bolivariana de Venezuela, es decir, con capacidades y

potencialidades que permitan a los jóvenes transformarse en un ser productivo e

integrarse en las diferentes actividades de su entorno, ingresar al campo laboral o

proseguir estudios superiores.

MISIÓN

Formar jóvenes con valores éticos, morales, ciudadanos y espirituales para

estimular y desarrollar habilidades mediante una acción educacional integral en el

trabajo liberador, destacando la correspondencia e interdependencia de los niveles y

etapas donde los aprendizajes constituyen experiencias significativas, vinculadas a la

realidad; facilitando la transferencia de los conocimientos en las diferentes áreas de

estudio para transformarse en un ser productivo dentro de la sociedad que le permita

incorporarse a situaciones de la vida cotidiana o problemas en la comunidad

aportando soluciones viables.

OBJETIVO

El objetivo principal de este manual es sentar las bases de la convivencia

escolar del Unidad Educativa “Colegio Francisco Tamayo”, a fin de que el proceso

académico se realice en un clima favorable de armonía y donde cada uno de los

miembros conozcan claramente sus deberes y derechos, con el fin de brindar un

entorno seguro a los estudiantes, contribuyendo a la formación de un ciudadano

responsable y participativo, consciente que la creación de un medio social armonioso

depende fundamentalmente del respeto, de las normas y del sentido común.

ORGANIZACIÓN Y ELABORACIÓN DEL MANUAL DE ACUERDO DE

CONVIVENCIA ESCOLAR COMUNITARIA

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DEL AÑO 2014-2015

UNIDAD EDUCATIVA “COLEGIO FRANCISCO TAMAYO”

Definición:

El Manual de Acuerdo de Convivencia Escolar Comunitaria es un instrumento

donde se plasma todos los deberes y derechos que tienen todos y cada uno de los

miembros de la comunidad escolar, que refiere faltas y correctivos, los cuales deben

ser consultados no impuestos.

La convivencia escolar determina la calidad de relación que se da entre todos

los miembros de la Unidad Educativa “Colegio Francisco Tamayo”, generando lazos

significativos para el estímulo intelectual, ético, espiritual y socio afectivo de todos.

De allí el que su promoción sea determinante para la vida de la Unidad Educativa

“Colegio Francisco Tamayo”.

1. ¿Por qué se crea?

El Manual de Acuerdo de Convivencia Escolar Comunitaria tiene su origen

en la participación libre de todos los miembros integrantes de la Comunidad

Educativa de la Unidad Educativa “Colegio Francisco Tamayo” para favorecer el

bien común de los integrantes del proceso educativo, debido a una aptitud-actitud

determinada, para lograr un ambiente armonioso que contribuya a una eficiente y

eficaz labor socio-pedagógica.

2. ¿Para quienes?

Los acuerdos regirán toda la Comunidad Educativa de la Unidad Educativa

“Colegio Francisco Tamayo”, Padres, Madres, Representantes, Estudiantes,

Personal Docente, Administrativo, Obrero y Propietario. Además de:

- Promover, en toda la comunidad educativa los valores relacionados con el

respeto por la integridad física, moral y psicológica de las personas; la

justicia, la verdad y la honradez, la defensa de la paz; la responsabilidad

ciudadana individual y compromiso social.

- Posibilitar la formación de todos en la práctica de la ciudadanía, mediante la

participación responsable en la construcción de una convivencia armónica en

la Unidad Educativa “Colegio Francisco Tamayo”.

- Fomentar la práctica permanente de la evaluación del comportamiento y

conducta, según pautas establecidas en el ordenamiento jurídico, como parte

importante del proceso educativo.

- Generar las condiciones institucionales necesarias para la práctica equitativa

en la resolución de conflictos.

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- Proveer a la Unidad Educativa “Colegio Francisco Tamayo” de mecanismos

eficaces para la resolución de los conflictos.

Ordenamiento Jurídico

El ordenamiento jurídico relacionado para la elaboración e interpretación de

estas normas se toman en cuenta como legislación aplicable:

- Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV),

- Ley Orgánica de Educación (LOE) de 1999 y su Reglamento (RLOE),

- Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA)

- Convención Interamericana de los Derechos del Niño (CIDN),

- Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH),

- Ley Orgánica de Procedimiento Administrativo

- Ley sobre Violencia contra la Mujer y la Familia

- Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia,

- Código Civil Venezolano.

- Código de Comercio.

- Ley del Estatuto de la Función Pública

- Todos los Contratos Colectivos, Decretos, Resoluciones, Circulares Ministeriales

y las demás disposiciones educativas que dicten el Poder Ejecutivo Nacional o los

restantes poderes, tienen evidente carácter vinculante.

ORGANIZACIÓN DE LA

UNIDAD EDUCATIVA “COLEGIO FRANCISCO TAMAYO”

Personal Directivo

- Director o Directora

- Coordinador o Coordinadora Académica, Control de Estudio y Evaluación.

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- Coordinador o Coordinadora del Manual de Acuerdo Comunitaria.

Personal Docente

- Profesores o Profesoras por horas para cada una de las asignaturas desde

Primero a Quinto Año

- Un Administrador o una Administradora

- Un o una Auxiliar de Administración

Personal de Mantenimiento:

- Dos Obreros u Obreras

- Un Portero o Una Portera

TITULO I

MANUAL DE ACUERDO DE CONVIVENCIA ESCOLAR COMUNITARIO

Capítulo I

Disposiciones Generales

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ARTÍCULO 1: El presente Manual de Acuerdo de Convivencia Escolar

Comunitariatiene como objetivo establecer los acuerdos de convivencia y

disposiciones internas de la Unidad Educativa “Colegio Francisco Tamayo”.

ARTÍCULO 2: El presente Manual regirá a la institución, padres, madres,

representantes y responsables de los y las estudiantes, personal docente,

administrativo y obrero. Después de realizadas las consultas a toda la comunidad

educativa y tener el visto bueno por el Consejo Municipal de los Derechos del Niño,

Niña y Adolescente de Palavecino (C.M.D.N.N.A) es de obligatorio cumplimiento por

todos y por el Consejo Educativo.

ARTÍCULO 3: La enunciación de los deberes y derechos contenidos en el presente

Manual no deben entenderse como negación alguna de otros que siendo inherente a

la condición del plantel, padres, madres, representantes y responsables de los y las

estudiantes, personal docentes, administrativo y obrero, no figure expresamente, en

el mismo. La falta de regulación sobre los derechos y deberes no menoscaba su

ejercicio y cumplimiento.

ARTÍCULO 4: Lo no contemplado en este Manual de Convivencia será resuelto por

las autoridades de la Unidad Educativa “Colegio Francisco Tamayo”, con sujeción a

las Leyes de la República Bolivariana de Venezuela, Constitución de la República

Bolivariana de Venezuela, Ley Orgánica de Educación, Reglamento de Educación

del Ministerio del Poder Popular para la Educación, Ley Orgánica para la Protección

de Niños, Niñas y Adolescente (LOPNNA) y otras leyes que tengan inherencia a lo

planteado.

En concordancia con la Psicología Social, los padres son los primeros y principales

educadores de sus hijos, artífices de la unidad familiar y responsables de la

formación de sus valores humanos. Por tales razones, de la Unidad Educativa

“Colegio Francisco Tamayo”, promueve una integración y participación activa de los

padres, madres, representantes o responsables en el proceso educativo.

TITULO II

DE LOS DEBERES, DERECHOS Y GARANTÍAS DE LOS ESTUDIANTES

Capítulo I

Deberes de los y las Estudiantes

ARTÍCULO 5: Los y las estudiantes tienen el deber de:

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1. Contraer la obligación de ser responsables del año de estudio en el que han sido

inscritos, debiendo lograr la excelencia académica a base de responsabilidad,

esfuerzo y dedicación.

2. Asistir regular y puntualmente a todas las actividades escolares, con el material y

los útiles escolares necesarios para ellas, salvo en los casos en que ello sea

imposible por razones justificadas y debidamente comprobadas. "La asistencia a

clases es obligatoria”. El porcentaje de asistencia para optar a la aprobación de

un año, área o asignatura o similar, según el caso, será del setenta y cinco por

ciento (75%).

3. No interrumpir, perturbar u obstaculizar injustamente el normal desarrollo de las

actividades escolares.

4. Cumplir con el horario reglamentario de clases.

5. Asistir con el uniforme reglamentario (Articulo 23).

6. El uso del uniforme es obligatorio para todas las actividades que se realicen

dentro o fuera del Colegio o en representación de éste.

7. Cuidar de su apariencia y aseo personal.

8. Permanecer en la hora de receso en los patios, bajo ningún concepto el o la

estudiante podrá quedarse en el aula ni en las escaleras.

9. Entrar en el aula inmediatamente después de sonar el timbre de culminación de

receso, de lo contrario, el o la estudiante quedará inasistente en la hora

respectiva.

10. Usar apropiadamente las instalaciones y materiales del Colegio: Pupitres,

paredes, sanitarios, material de Laboratorio de Física, Química, Biología, Ciencias

de la Tierra, material deportivo, carteleras, computadoras, las que estén en las

aulas y otros.

11. Colaborar en la conservación, limpieza y mantenimiento dentro de los límites de

sus responsabilidades, del local, del mobiliario y cualquier otro material de la

Institución.

12. Si el o la estudiante incurre en una falta o deterioro de un bien o inmueble, el

costo del mismo será cargado al padre o representante, según Decreto 2.731,

Gaceta Oficial N° 31.524, Caracas, siete (07) de Julio de 1978, debiéndolo

reponer a la brevedad posible.

13. Mantener las aulas limpias y arregladas, acomodar los pupitres y recoger el sucio

que hayan lanzado al piso antes de salir de aula.

14. Justificar por escrito en un lapso no mayor de cuarenta y ocho (48) horas la

inasistencia y en caso de expedírseles el Certificado Médico, consignarlo a la

Coordinación de la Institución.

15. Respetar a sus compañeros y compañeras, mantener con ellos y ellas un trato

amable y cordial.

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16. Mantener un buen comportamiento como base esencial para su correcto

desenvolvimiento. Ser mesurado en su vocabulario, cuidando las buenas

costumbres de la sociedad, manteniendo un comportamiento acorde a su

condición de dama o caballero.

17. Presentar en las fechas establecidas las evaluaciones y actividades previstas en

la planificación de cada materia.

18. Abstenerse de comprometer la imagen de la Unidad Educativa “Colegio Francisco

Tamayo”, mientras transite libremente por la calle, al entrar a un establecimiento o

dentro de la institución, no hacer grabaciones y publicarlas en internet, generar

riñas, participando en manifestaciones, o conflictos fuera y dentro del mismo con

sus compañeros, compañeras o personas ajenas a éste.

19. Colaborar en las diferentes comisiones de trabajo y aprendizaje; comisiones de

enlace institucionales públicas y privadas.

20. Permanecer en el Colegio durante todo el horario de actividades escolares, salvo

en los casos en que se les permita ausentarse con autorización previa, escrita y

por razones justificadas de sus padres, madres, representantes o responsables,

la Coordinación respectiva, le expedirá un pase que deberá regresarlo al día

siguiente firmado por su representante.

21. Entregar al representante o responsable cualquier información que se le envíe a

través de él (pase, circulares, invitaciones a reuniones, citaciones, entre otros).

22. En caso de ser repitiente, asistir con carácter obligatorio a las asignaturas

aprobadas y cumplir con las actividades previstas ordinarias, excepto las

evaluaciones de lapso.

23. Al comenzar la hora de clase debe esperar al profesor o profesora en orden y en

silencio.

24. Respetar a los voceros o voceras de curso, quienes serán los encargadoso

encargadas de velar por el orden en ausencia del profesor o profesora

25. Respetar y cumplir el ordenamiento jurídico, el presente Manual, los Reglamentos

Especiales y las normas generales de convivencia.

26. Respetar, obedecer, cumplir las decisiones y órdenes que dicten las autoridades

de la Institución Educativa, siempre que la misma no violen sus derechos y

garantías o contravengan el ordenamiento jurídico.

27. Cuando tenga Educación Física debe irse y venir en el autobús, no irse a la

cancha sin el Profesor o Profesora.

28. En caso de llegar retardado a la clase de Educación Física y el autobús se haya

ido tiene dos opciones:

- Quedarse en la Institución no irse por su propio medio solo.

- Que el transporte que lo trae lo traslade a la cancha o el representante no

debe irse solo

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ARTÍCULO 6: Los y las estudiantes tienen terminantemente prohibido:

1. Cualquier clase de juegos de mano

2. Bromas de mal gusto

3. Colocar sobrenombres y burlas

4. Acostarse en el piso y bancos.

5. Evitar contactos físicos y manifestaciones excesivas (besos, abrazos, cargarse

uno al otro, sentarse sobre las piernas de sus compañeros y compañeras).

6. Consumir alimentos y bebidas dentro del aula.

7. Fumar o ingerir bebidas alcohólicas, sustancias estupefacientes o psicotrópicas.

8. Traer materiales o equipos que entorpezcan el normal desarrollo de las

actividades escolares, tales como: animales, barajas, revistas, celulares, mp3,

mp4, etc.

9. Usar cualquier producto que altere el estado normal del cabello.

10. Usar accesorios en cualquier parte del cuerpo: piercings o tatuaje visibles. los

estudiantes, el uso de aretes, zarcillos, collares, pulseras, cabello largo y teñido.

11. Caminar por los pasillos en horas de clase

12. Asomarse en las aulas interrumpiendo las actividades.

13. Usar gorras y lentes oscuros (dentro de las instalaciones del colegio).

14. Traer dinero en cantidades mayores a los gastos de comida y pasaje.

Parágrafo Único: En caso que los y las estudiantes infrinjanen los numerales 8 y

13,del presente Artículo, se le decomisará el o los objetos y se entregará a la

Coordinación, hasta tanto se presente el representante a retirarlo. En caso de

extraviarse alguno de estos objetos, la Unidad Educativa “Colegio Francisco

Tamayo”no se hace responsable de dicha situación. Aun cuando el Colegio tomará

medidas para que el extravío no quede impune. La persona que decomisa el objeto

debe hacerse responsable del mismo.

Capítulo II

Horario de Clase y Normativo de la Entrada y Salida del Colegio y del Aula

ARTÍCULO 7: La hora de entrada y de salida a la Unidad Educativa “Colegio

Francisco Tamayo” es:

- Turno de la Mañana es desde las 6:50 am de Lunes a Viernes y la Salida es a la

1:20 pm.

- Turno de la Tarde es desde las 11:50 am y la salida es a las 5:30 pm.

Cuando lleguen deben entrar a la Institución, por medidas de seguridad.

ARTÍCULO 8: El horario de clase se iniciará:

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- Para el Turno de la Mañana a las 7:00 am., para todos los años y va culminando

de acuerdo al horario establecido para cada año, siendo la última hora a la 1:20

pm.

- Para el Turno de la Tarde a las 11:50 am de acuerdo a los horarios establecidos

siendo la última hora a la 5:30 pm.

ARTÍCULO 9: Todos los días Lunes a las 7:00 am, se tocará el timbre, se cerrará el

portón, los y las estudiantes formarán en el patio central, para rendirle honores a los

Símbolos Patrios, fechas patrias y efemérides que corresponda a la semana en

curso, luego los y las estudiantes entraran a los salones de clase que les

corresponda. Igual se hará con el Turno de la Tarde a las 3:00 pm., se le rendirá los

honores a los Símbolos Patrios.

ARTÍCULO 10: Los y las estudiantes que lleguen el Lunes después de la hora

establecida, esperarán en la calle hasta que termine la actividad. Entrarán y

formarán para rendirle los honores a los Símbolos Patrios. Luego irán a los salones

de clase con la respectiva amonestación demora.

Capítulo III

Pases

ARTÍCULO 11: En el Turno de la Mañana, los y las estudiantes que lleguen después

de las 7:00 am., se les permitirá la entrada hasta las 7:10 am., al aula de clase

directo, los que lleguen a las 7:11 am y 7:15 am., se les dará un pase para que

entren a clase, quedando en condición de retardo. En el Turno de la Tarde, los y las

estudiantes que lleguen a las 12:00 m., entran directo, los que lleguen a las 12:15

pm., se les dará un pase para que entren a clase, quedando en condición de retardo.

ARTÍCULO 12: En la Mañana, los y las estudiantes que lleguen después de las 7:16

am, se les dará un pase para que entren a clase a las 9:00 am, quedando inasistente

en las dos primeras clases. En la tarde, los y las estudiantes que lleguen después de

las 12:16 pm., se les dará un pase para que entren a clase a la 1:20 pm., quedando

inasistente las dos primeras clases.

ARTÍCULO 13: Cuando los y las estudiantes lleguen después de las 8:30 am., deben

traer un justificativo por escrito de su representante o responsable para darle el pase

y entrar a clase.

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ARTÍCULO 14: A los y las estudiantes se les otorgará tres (3) pases mensuales.

Agotados los pases se citará al representante o responsable para buscar alternativas

a fin de solucionar los retardos de su representado.

ARTÍCULO 15: Los y las estudiantes del turno de la mañana tendrán los recesos en

el siguiente horario:

1. El receso para Primero, Segundo y Quinto Año será de 8:30 am. a 9:00 am.

2. El receso para Tercero y Cuarto Año será de 9:10 am. a 9:40 am.

3. El Primer Año tendrá el segundo receso a las 11:00 am. a 11:05 am, solo para ir

al baño.

4. En caso de alguna emergencia, el Profesor o Profesora que esté en el salón de

clase dará el permiso a los y las estudiantes y lo manifestará a la Coordinación o

Dirección.

ARTÍCULO 16: Los y las estudiantes del turno de la tarde, los recesos serán en el

siguiente horario:

1. El Receso para Primero y Segundo Año será de 2:40 pm. a 3:00 pm.

2. El Receso para Tercero y Cuarto Año será de 3:00 pm. a 3:20 pm.

3. En caso de alguna emergencia, el Profesor o Profesora que esté en el salón de

clase dará el permiso alos y las estudiantes y lo manifestará a la Coordinación o

Dirección.

ARTÍCULO 17: El horario está organizado en bloques de noventa minutos (90 min) y

los Profesores o Profesoras se intercambiarán de aula. El receso es de acuerdo a lo

establecido en los Artículos anteriores.

ARTÍCULO 18: Cuando los y las estudiantes salgan de clase antes de la 1:20 pm y

tengan que esperar transporte deben hacerlo en el pasillo de la entrada y no salir a la

calle; menos retirarse y querer entrar al Colegio.

ARTÍCULO 19: Cuando los y las estudiantes esperan transporte, deben hacerlo

dentro del Colegio y las puertas deben permanecer cerradas, debido a que el Colegio

no se hace responsable de aquellos estudiantes que esperan el transporte en la

parte externa.

ARTÍCULO 20: Los representantes o responsables de los y las estudiantes deben

colaborar, en el sentido, de cumplir y hacer cumplir los Artículos anteriores para

evitarnos molestias innecesarias e imprevistas.

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ARTÍCULO 21: Los y las estudiantes no deben retirarse antes de culminar el horario

de clase. En caso de hacerlo, el representante o responsable debe autorizarlo por

escrito o llamar a la Administración.

En caso de perder una evaluación, el o la estudiante deberá traer el respectivo

justificativo para realizarles las evaluaciones en un lapso de tres (3) días.

Capítulo IV

Horario de la Cantina

ARTÍCULO 22: Los y las estudiantes pueden comprar alimentos en el siguiente

horario:

En el Turno de la Mañana

- Al llegar a las 6:45 am hasta las 7:00 am.

- A las 8:30 am hasta las 8:50 am. Primero, Segundo y Quinto Año

- A las 9:10 am hasta las9:40 am. Tercero y Cuarto Año

En el Turno de la Tarde

- A las 2:40 pm hasta las 2:55 pm

Parágrafo Primero: En horario de clase no pueden comprar alimentos.

Parágrafo Segundo: Después del horario de receso no se les permitirá comprar

alimento, solo en casos excepcionales y previa autorización.

Capítulo V

Uniforme Escolar Reglamentario

ARTÍCULO 23: El uniforme escolar reglamentario de la Unidad Educativa “Colegio

Francisco Tamayo” es:

a. Uniforme Diario:

- Camisa o Franela Chemise:

- Para Primer a Tercer Año: Azul

- Para Cuarto y Quinto Año: Beige

Nota: La camisa o franela chemise debe ir por dentro del pantalón.

- Distintivo del Colegio: Cosido o impreso en el lado superior izquierdo de la

camisa o franela.

- Sweater: Deberá ser de color azul marino unicolor.

- Pantalón: Todo los y las estudiantes utilizarán pantalón de gabardina azul

marino, corte recto, con pretinas a la cintura y un poco holgado, no se

permitirá el ruedo bota ancha, que arrastre por el suelo, o tenga el ruedo y las

costuras laterales descocidas.

- Zapatos: Negros.

- Medias: Blancas.

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- Correa: Negra.

- Bulto: Transparente o de Malla

b. Uniforme de Educación Física:

- Monos: Verde Oliva.

- Franela: Blanca con orillos verde oliva y con el distintivo o la insignia impresa

o cosida en el lado superior izquierdo.

- Zapatos: Deportivo blancos para Primer Año; azul o negros para Cuarto y

Quinto Año, sin colores llamativos. Trenzas del mismo color.

- Gorra: Negra. La gorra será solo para el uso de Instrucción Premilitar con su

insignia, no puede usarse en el Colegio.

- Medias: Blancas.

Nota: El uso del Uniforme Deportivo “ÚNICAMENTE” para las prácticas de

Educación Física o una actividad planificada previamente

c. Uniforme para Instrucción Premilitar:

Únicamente para los y las estudiantes de Primero y Segundo de Ciencias, para

las prácticas y ejercicios, el día que corresponda; cualquier otro evento autorizado

por la Dirección o por los instructores de Premilitar o el Ministerio de Educación.

- Pantalón: Gabardina azul oscuro.

- Franela: Blanca con el escudo de la Instrucción Premilitar.

- Zapatos: Deportivos negros (sin colores llamativos).

Nota: La gorra será sólo para el uso de la Instrucción Premilitar, la misma no

podrá usarse en el Colegio.

ARTÍCULO 24: El uso del uniforme es obligatorio para todas las actividades que se

realicen dentro o fuera del Colegio o en representación de éste.

Capítulo VI

Apariencia Personal de los y las Estudiantes de la

Unidad Educativa “Colegio Francisco Tamayo”

ARTÍCULO 25: Los y las estudiantesde la Unidad Educativa “Colegio Francisco

Tamayo” deben tener una apariencia personal, de acuerdo a las siguientes

indicaciones:

1. Hembras:

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- Cabello corto o largo recogido, sin tintes de colores llamativos, ni mechones,

sujeto con colas o cortes moderados.

- Apariencia sencilla, maquillaje natural, sin accesorios llamativos ni piercings.

2. Varones:

- Corte de cabello bajo.

Queda terminantemente prohibido el uso de:

- Peinados extravagantes, con picos, crinejas, mechones, bigotes, barbas,

patilla.

- Collares, pulseras, zarcillos, piercings.

- Bandanas, cintillo de goma elástica y gorra.

Parágrafo Único: El uso de la gorra queda restringido para Educación Física y la

Práctica de Instrucción Premilitar.

Capítulo VII

De los Derechos y Garantías de los y las Estudiantes

ARTÍCULO 26: Los deberes y garantías de los y las estudiantes de la Unidad

Educativa “Colegio Francisco Tamayo” son:

1. Contar con las oportunidades y servicios educativos que le conduzcan a una

formación integral, de acuerdo con los ideales de la Constitución de la República

Bolivariana de Venezuela, Ley Orgánica de Educación, Ley Orgánica para la

Protección del Niño, Niña y Adolescente (LOPNNA), Derechos Universales, en

condiciones de libertad, dignidad, de tal forma que pueda desarrollar su

personalidad, aptitudes y actitudes, juicio individual, sentido de responsabilidad y

de solidaridad social.

2. Planificar o acordar conjuntamente con el o la Docente una o varias actividades

de evaluación a las cuales no hubiere asistido por causas debidamente

justificadas, en el transcurso de los cinco (5) días hábiles incorporación a clases

(en caso contrario, la calificación será cero uno (01).

3. Hacer cualquier aclaratoria al o a la Docente en términos respetuosos, en

relación con sus calificaciones cuando estas no se correspondan con los

recaudos del o de la docente, previa presentación de los soportes. (Cada

estudiante debe abrir una carpeta y archivar en ella todas sus evaluaciones con

el fin de tener las pruebas que se avalen su reclamo).

4. Recibir atención educativa durante doscientos (200) días hábiles como mínimo y

participar en el desarrollo de la totalidad de los objetivos programados previstos

para cada área, asignatura o similar del plan de estudios correspondiente.

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5. Recibir información científica, humanística, deportiva, recreativa, artística y para

el trabajo que los capacite para la vida social, el trabajo productivo y la

prosecución de estudios.

6. Formular propuestas y expresar su punto de vista ante autoridades educativas

del plantel siguiendo los canales regulares.

7. Ser respetados por todas las personas que integran la Unidad Educativa “Colegio

Francisco Tamayo”. No deberá ser tratado o sancionado en público o privado, de

forma humillante, ofensiva o contraria a su dignidad como persona humana.

8. Ser atendido justa y oportunamente por las autoridades educativas y por los

voceros y voceras del Consejo Educativo, cuando ante ellos concurran para

formular planteamientos o peticiones relacionados con sus derechos, garantías,

deberes, responsabilidades e intereses.

9. Mantener su inscripción en la Unidad Educativa “Colegio Francisco Tamayo”,

siempre y cuando cumpla con los requisitos y disposiciones previsto en el

ordenamiento jurídico y en el presente Acuerdo de Convivencia

10. Fomentar y hacer cumplir con el debido respeto de sus derechos por parte del

personal directivo, docente, administrativo, obreros, compañeros y compañeras

de clase.

11. Todos los y las estudiantes deben defender sus derechos por sí mismo.

ARTÍCULO 27: Todos los y las estudiantes de la Unidad Educativa “Colegio

Francisco Tamayo”, también tienen derecho a discrepar para:

1. Enfrentar las formas equivocadas de autoridad (autoritarismo)

2. No resignarse a la pasividad.

3. Apoyar sus decisiones y razones.

4. Defender su derecho al conocimiento.

5. Defender su derecho a la imaginación.

ARTÍCULO 28: El y la estudiante tiene derecho a usar un teléfono celular en horas

que no interrumpa el normal desarrollo de clase. El teléfono debe ser sencillo, sin

cámara, que solo le sirva para comunicarse.

Único: En caso de extravío del teléfono, el o la estudiante es el o la responsable del

mismo.

Capítulo VIII

De las Faltas de los o las Estudiantes

ARTÍCULO 29: Se entiende por Falta, la transgresión de una norma u orden

establecido de forma que dificulte o entorpezca el proceso educativo individual o

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colectivo, en el aspecto moral, social, docente o disciplinario, tanto dentro como fuera

de la Unidad Educativa “Colegio Francisco Tamayo”.

Capítulo IX

De las Faltas Leves

ARTÍCULO 30: Los y las estudiantes de la Unidad Educativa “Colegio Francisco

Tamayo”, incurren en Faltas Leves cuando:

1. No asistan regularmente o puntualmente a las actividades escolares.

2. Conversen en clase sobre asuntos ajenos al tema o contenido que se trate en el

momento.

3. No usen el uniforme escolar establecido.

4. No cumplen con todo los deberes escolares, entre ellos: las evaluaciones, tareas,

ejercicios y asignaciones.

5. No asistan a las actividades escolares con el material y útiles necesarios para

ellas, salvo en los casos en que sea imposible por razones justificadas

y debidamente comprobadas.

6. Incumplan los acuerdos generales de convivencia establecida por los y las

estudiantes para las aulas de clase.

7. No entren a clases estando en la Institución.

8. El retardo a la hora de entrada al Colegio durante un mes al agotar sus pases

(mínimo tres al mes).

9. Mastiquen chicles o consuman alimentos o bebidas en clase.

10. Caminen por los pasillos o asomarse al aula o interrumpir las clases.

11. Utilicen accesorios no reglamentarios en el uniforme como gorras, lentes

oscuros, sweaters de colores, maquillaje excesivo, piercings, crinejas, barba,

bigotes.

12. Traigan o utilicen en el Colegio materiales, equipos u objetos que entorpezcan el

desarrollo de actividades o distraigan la atención tales como: animales, barajas,

revistas, celulares, mp3, mp4, etc.

13. Incumplimiento con el uniforme escolar.

Capítulo X

De las Faltas Graves

ARTÍCULO 31: Los y las estudiantes de la Unidad Educativa “Colegio Francisco

Tamayo”, incurren en Faltas Graves cuando:

1. Irrespeten de forma clara e internacional los derechos de las demás personas.

2. Cometan actos lascivos en los salones u otras áreas de la Institución que atenten

contra la moral y la buena costumbre.

3. Se produzcan tres (3) faltas leves.

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4. Cuando se retiren de clase sin pase.

5. Empleen un lenguaje inapropiado y obsceno.

6. Se queden intencionalmente fuera del Colegio a la primera hora (7:00 am), para

no cumplir con las actividades de los Lunes Cívicos o de la materia que le

corresponda.

7. Son cómplice de los hechos que estén en contra de la moral y la buena

costumbre o que transgredan los acuerdos de convivencia.

8. Insubordinaciones o desobediencia a los Directores o las Directoras y los o las

docentes de la Institución.

9. Fumen o ingieran bebidas alcohólicas, sustancias estupefacientes o

psicotrópicas.

10. Inasistencias injustificadas en una actividad escolar.

11. Hurten objetos o enseres de sus compañeros o compañeras, de la Institución,

materiales o exámenes.

12. Falsifiquen las firmasen documentos.

13. Porten armas blancas, de fuego, detonantes, objetos punzón penetrantes,

bombas con agua o sustancias nocivas.

14. Destruyan de forma intencional los locales, dotaciones y demás bienes del ámbito

escolar.

15. Amenacen, en cualquiera de las formas, a un miembro de la Comunidad

Educativa.

16. Obstaculicen o interfieran el normal desarrollo de las actividades escolares.

17. Cuando cometan actos violentos de hechos o de palabra contra cualquier

miembro de la Comunidad Educativa o del Personal Docente, Administrativo u

Obrero del Colegio.

18. No entregar convocatoria y/o citaciones a su representante o responsable en el

tiempo estipulado.

19. Prestar el uniforme a otras personas ajenas a la institución.

20. Cuando provoquen desorden o interfieran en el desarrollo y realización de

cualquier prueba de evaluación o participe en hechos que comprometan la

eficiencia de la misma

ARTÍCULO 32: Las faltas a que se refiere los Artículos anteriores se aplicarán los

correctivos según sea la falta:

1. Retiro del lugar donde se desarrolle la prueba y anulación de la misma, aplicada

por loso las Docente.

2. Retiro del plantel, aplicada por el Director o la Directora respectivo.

Preventivamente.

Capítulo XI

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Procedimientos para aplicar de los Correctivos

ARTÍCULO 33: Los correctivos se aplicarán principalmente con la intención de

recuperar la conducta normal del o de la estudiante, de tal forma que se beneficie

tanto el o la estudiante como la Comunidad Educativa que se ve entorpecida en su

labor con el incumplimiento de las normas que facilitan la sana convivencia. Todo

correctivo debe promover un cambio de conducta positiva en el o la estudiante;

consiste en cumplir servicio comunitario dentro de la Institución y se levantarán Acta.

ARTÍCULO 34: De acuerdo a las faltas, se aplicarán correctivos por la vía de:

1. Corrección: Llamado de atención verbal de forma particular sobre una conducta

inapropiada, con ella se espera que el o la estudiante modifique su actitud y se

comporte adecuadamente, la misma se hará con el debido respeto a su persona.

2. Suspensión o Retiro del Colegio: Consiste en excluir al o la estudiante

temporalmente o definitivamente de los servicios educativos del Plantel por una

falta grave dentro o fuera de la Institución.

3. Suspensión o Retiro Temporal: Es un correctivo serio que se aplica a los y las

estudiantes para que perciba la importancia o gravedad de su conducta y del

perjuicio que ella, ocasiona a la Comunidad Educativa.

4. Suspensión o Retiro Definitivo: Se aplicará cuando el o la estudiante incurre en

faltas que lesionan gravemente los derechos de los distintos estamentos de la

Comunidad Educativa, en la que se reincida y no se aprecien signos visibles de

su recuperación o cambio de conducta. Para su aplicación se debe agotar

previamente todos los recursos disciplinarios previstos con anterioridad.

ARTÍCULO 35: Será objeto de suspensión definitiva los y las estudiantes que:

1. Reincidan en faltas graves que hayan sido retirados temporalmente en varias

ocasiones sin mostrar cambios positives de actitud y conducta.

2. Falten gravemente a la moral individual o colectiva.

3. Cualquier procedimiento disciplinario debe estar ajustado a lo que contempla el

Manual de Acuerdos de Convivencias Escolar Comunitario y la Normativa

Ordenamiento Legal Vigente.

Capítulo XII

De los Procedimientos para aplicar los Correctivos o Correcciones a los y las

Estudiantes de la Unidad Educativa “Colegio Francisco Tamayo”

ARTÍCULO 36: El o la estudiante que incurra en faltas leves, se le aplicará un

correctivo tipificado en el presente Manual de Acuerdos de Convivencias Escolar

Comunitario.

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ARTÍCULO 37: Se levantará un acta de amonestación oral previa de la

orientación constructiva y personalizada.

ARTÍCULO 38: Se define como Servicio Comunitario:

1. Una medida administrativa.

2. Una orden que obliga a la realización de actividades formativas dentro “Colegio

Francisco Tamayo”.

3. Una medida de restitución porque hace responsable al o a la estudiante de los

daños causados.

4. Una medida formativa que establece con carácter obligatorio dos (2) horas

semanales de capacitación técnica y de formación a través de escuelas para

padres, dirigidas a niños, niñas y adolescentes y su respectiva familia.

Documento: "No midamos fuerzas, construyamos una verdadera ciudadanía"

(CMDNA, Iribarren)

ARTÍCULO 39: Cuando el o la estudiante incurra en falta grave será objeto de:

1. Orientación personalizada

2. Amonestación escrita

3. Citación del representante.

ARTÍCULO 40: Todo estudiante que sea objeto de amonestación, le será convocado

su padre, madre, representante o responsable para hacer de su conocimiento la

situación presentada por el o la estudiante, informarle sobre las medidas de

corrección que permitan al mismo corregir su conducta o proceder y fortalecer sus

valores.

ARTÍCULO 41: Los y las estudiantes que sean objeto de una amonestación en

cualquiera de sus formas, tienen el derecho a réplica con el fin de que haga uso de

su ejercicio a la defensa.

ARTÍCULO 42: El o la estudiante que agotadas las oportunidades promovidas por el

Colegio, padres, madres, representantes o responsables en la búsqueda de lograr un

cambio de conducta que facilite la sana convivencia, será reportado al Consejo

Municipal de Protección del Niño, Niña y Adolescente o al Consejo de Derecho del

Municipio Palavecino, para que reciba orientación y ayuda especializada para evitar,

a toda costa, que sea objeto de ser remitido a instancias superiores.

TITULO II

DEBERES, DERECHOS Y GARANTÍAS DE LOS PADRES, MADRES,

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REPRESENTANTES O RESPONSABLES DE LOS Y LAS ESTUDIANTES

Capítulo I

De los Deberes

ARTÍCULO 43: Son deberes de los padres, madres, representantes o responsables

de los y las estudiantes de la Unidad Educativa

1. Realizar y procesar personalmente la inscripción de su representado. El proceso

de inscripción queda fijado para el mes de Julio del 15 al 31 inclusive. Vencido

este plazo, el Colegio no se compromete a conservar los cupos vacantes.

2. Cumplir y cancelar los compromisos del pago de la mensualidad y permanecer

solventes en el lapso convenido de los cinco (5) primeros días hábiles de cada

mes.

3. Asistir a menos una vez al mes a la institución, para conocer el rendimiento

estudiantil y disciplina de su representado o representada.

4. Asistir a la institución cuando sea convocado para recibir un reporte relacionado

con su representado o representada.

5. Asistir a todas las reuniones y actividades a las cuales fuere convocado en la

fecha y hora señalada.

6. Acatar las disposiciones legales que rigen las relaciones de la comunidad

educativa

7. Participar, atender, cumplir las programaciones curriculares, resoluciones,

circulares, memorandos, que emanen del Colegio como resultado de la

organización interna.

8. Orientar a su representado o representada en los aspectos morales, sociales,

proporcionándoles un ambiente de comprensión, cariño, respeto y buenos

ejemplos, corrigiéndoles en forma oportuna y adecuada.

9. Manifestar ante las autoridades competentes cualquier caso de irregularidad que

se presente y que afecte de cualquier modo a su representado o representada.

10. Velar por el uso correcto del uniforme el cual está especificado en el Artículo 23

del presente Manual de Acuerdos de Convivencias Escolar Comunitario.

11. No permitir que traigan a la Unidad Educativa “Colegio Francisco Tamayo”

elementos diferentes a los útiles escolares y uniforme.

12. Dotar a su representado o representada de todos los útiles escolares necesarios

para el trabajo escolar.

13. Enviar a clase a su representado o representada según su horario, estar atento o

vigilar la hora de entrada y salida; proporcionarles el apoyo necesario para que

no incurra en retardos. Su representado o representada tendrá derecho a tres (3)

pases al mes; si los agota deberá acudir con su representante a la institución.

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14. Al asistir al Colegio no portar vestimenta informal (shorts, bermudas, pantuflas,

etc.).

15. Desempeñar eficaz y eficientemente y con sujeción al orden jurídico respectivo,

los cargos y comisiones para los que fueren asignados en el Colegio y colaborar

con el desarrollo de la misma.

16. Velar porque su representado o representadahaga buen uso de las instalaciones.

El representante será responsable por los daños y perjuicios ocasionados por su

representado o representada a los bienes e inmuebles del plantel,

correspondiéndole reponer los mismos en el tiempo acordado conjuntamente con

el Director o Directora, Coordinador o Coordinadora; Profesor o Profesora.

17. Estar atento y orientar a su representado o representada en las tareas,

actividades, asignaciones y evaluaciones que se les asignen.

18. Retirar el boletín de calificaciones, en la fecha y hora fijada en la programación

institucional. En caso de no hacerlo, la Dirección del plantel se reserva el

derecho de pasar oficio al Consejo de Derecho del Niño, Niña y Adolescente, o al

Consejo de Protección.

19. Plantear o informar a la Dirección del Colegio y a los docentes, cualquier dificultad

de salud o académica que este presentando su representado representada.

20. Informar por escrito cuando su representadoo representada deba retirarse de la

Institución antes de la hora de salida.

21. Informar por escrito los motivos por los cuales su representadoorepresentada no

pudo asistir a clases. En caso de enfermedad, entregar a la Coordinación del

Plantel, el reposo médico o constancia, de no asistir al médico el representante

deberá presentar por escrito una justificación de la inasistencia.

22. Pedir autorización previa a la Dirección o la Coordinación de la Institución cuando

amerite hablar con su representado o representada. Queda terminantemente

prohibido pasar directamente al aula e interrumpir la actividad que se esté

realizando.

23. Respetar a todas las personas que integran la Institución y mantener relaciones

que se caractericen por la honestidad, la solidaridad, la tolerancia, la cooperación

y la amabilidad.

24. Asistir a las reuniones convocadas por el Consejo Educativo; colaborar en el

desarrollo de la misma, quedando por entendido que las decisiones tomadas y

aprobadas en reuniones o asambleas del Consejo Educativo deberán ser

acatadas por aquellos representantes que no hayan asistido, independientemente

de las causa de su inasistencia.

25. Ser atendido todos los días viernes de la siguiente manera:

- El Turno de la Mañana de 8:00 am a 12:00 m

- El Turno de la Tarde de 2:00 pm a 5:00 pm

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26. El o la representante será responsable por daños y perjuicios ocasionados por su

representado o representada a los bienes muebles e inmuebles de la Institución.

27. Asistir a la Unidad Educativa “Colegio Francisco Tamayo” a recibir los cortes de

notas y Boletines de lapso cuando sean convocados. En caso de no asistir y su

representado o representada tiene un rendimiento académico bajo se le citará por

segunda vez, de no asistir, el caso se remitirá al Consejo de Protección por

incumplimiento de lo establecido en el Artículo 54 de la Ley Orgánica sobre

Protección del Niño, Niña y Adolescente (LOPNNA).

Parágrafo Primero: Se levantará un Acta en el libro, donde se dejará constancia de

los acuerdos y conclusiones.

ARTÍCULO 44: El representante o responsable tendrá un lapso de cinco (5) días

hábiles para cumplir con el proceso de Inscripción, una vez se le asigne el cupo

después de ese lapso perderá el derecho al mismo.

ARTÍCULO 45: La Inscripción para los nuevos ingresos será formalizada cuando el

representante o responsable cancele los aranceles correspondientes y presente el

recibo de pago en la Administración del Colegio, para la emisión de la factura. En

caso de no formalizar la inscripción, se reintegrará el monto cancelado.

ARTÍCULO 46: Al participar en el proceso de admisión o formalizar la Preinscripción

del aspirante a nuevo ingreso, no implica compromiso alguno por parte del Colegio

para con el aspirante, representante o responsable, sobre todo, en caso que no se

cumpla con los requisitos de Inscripción (Documentación y pagos requeridos) o se

pruebe cualquier tipo de información o documentación falsa o conducta reprobatoria

por parte del aspirante.

TITULO III

PROCESO DE ADMISIÓN, PREINSCRIPCIÓN E INSCRIPCIÓN DE LOS Y LAS

ESTUDIANTES DE LA UNIDAD EDUCATIVA “COLEGIO FRANCISCO TAMAYO”

Capítulo I

Proceso de Admisión

ARTÍCULO 47: Admisión es el proceso al cual se someten todos los aspirantes que

desean ingresar a la Unidad Educativa “Colegio Francisco Tamayo”, Educación

General y Educación Media, Mención Ciencias.

Capítulo II

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Solicitud de Cupo y Preinscripción

ARTÍCULO 48: El proceso de Inscripción y Preinscripción para los y las estudiantes

de Primer Año, comenzará en la primera semana del mes de Mayo. Para los y las

cursantes de la Institución, el proceso de Inscripción comenzará la segunda quincena

del mes de Julio hasta el último día del mes.

ARTÍCULO 49: Los representantes o responsables que deseen ingresar a su

representado o representada en la Unidad Educativa “Colegio Francisco Tamayo”,

estarán sujetos a los siguientes requisitos:

1. Disponibilidad de Cupo.

2. Cumplir con el proceso de solicitud de cupo que se describe en el siguiente

Artículo.

ARTÍCULO 50: El representante o responsable interesado en solicitar el cupo para

su representado o representada llenará la planilla de SOLICITUD DE CUPO de la

Unidad Educativa “Colegio Francisco Tamayo”; luego se le informará el día en que

debe asistir el representante o responsable con el o la estudiante. Ese día o antes,

debe traer original y copia del Boletín de Calificaciones acumulado del Año Escolar

que cursa, y posteriormente, la administración le llamará para informarle del

resultado.

ARTÍCULO 51: En caso de no asistir a la entrevista, en fecha y hora asignada,

significará la pérdida de oportunidad de cupo.

Capítulo III

Inscripción de los y las Estudiantes Cursantes de la

Unidad Educativa “Colegio Francisco Tamayo”

ARTÍCULO 52: El representante o responsable que opte por la inscripción de su

representado o representada ya cursante en la Unidad Educativa “Colegio Francisco

Tamayo”debe estar solvente con la Administración del mismo.

ARTÍCULO 53: La inscripción de los y las estudiantes ya cursantes en el Colegio con

categoría de Observación y condicionales por bajo rendimiento o faltas de atención y

disciplina será estudiada y analizada por el Consejo de Docentes, Orientador, Jefe

de Evaluación, Coordinación y Dirección.

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ARTÍCULO 54: En la tercera semana de Mayo, los representantes o responsables de

los y las estudiantes cursantes en la Unidad Educativa “Colegio Francisco

Tamayo”con categoría de observación y condicionales, serán citados para darles las

directrices y condicionamiento de la inscripción del próximo año escolar.

ARTÍCULO 55: Se establecerá en la Unidad Educativa “Colegio Francisco Tamayo”,

el régimen de inscripción renovable cada año escolar, para estudiantes regulares de

la Institución.

Capítulo IV

Proceso Administrativo por Falta del Cumplimiento

en el Pago de las Mensualidades

ARTÍCULO 56: Cuando el representante o responsable incumpla con el contrato de

prestaciones de servicio educativo, se le citará a una entrevista con la Administración

del Colegio por algunos de las siguientes vías: Citación escrita, teléfono, email,

prensa, fax.

ARTÍCULO 57: El representante o responsable al acudir a la citación con la

Administración del Colegio se le levantará un acta en el que se expondrá los motivos

de la citación, se escuchará y asentarán los acuerdos llegados para el pago

pendiente y firmarán tanto el representante o responsable como la persona

designada por el Colegio.

ARTÍCULO 58: El Colegio citará hasta dos (2) veces al representante o responsable,

dándole oportunidad de ser escuchado y llegar a un entendimiento.

ARTÍCULO 59: Cuando el representante o responsable del o de la estudiante no

acuda a la citación o incumpla el acuerdo estipulado en el Artículo 13 de esta

Normativa, se comenzará con el proceso administrativo de levantamiento del

expediente.

ARTÍCULO 60: Tres (3) incumplimientos tanto de las citaciones como el de los

acuerdos establecidos entre las partes se procederá a denunciar en el Consejo de

Protección del Niño, Niña y Adolescente del Municipio Palavecino, para que sea esta

entidad quien procese el expediente legal basado en el Artículo 5 y 54 de la Ley

Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, los cuales copiados

textualmente dicen:

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“Artículo 5. Obligaciones generales de la familia e igualdad de género en la crianza de los niños, niñas y adolescentes. La familia es la asociación natural de la sociedad y el espacio fundamental para el desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes. Las relaciones familiares se deben fundamentar en la igualdad de derechos y deberes, la solidaridad, el esfuerzo común, la comprensión mutua y el respeto recíproco entre sus integrantes. En consecuencia, las familias son responsables de forma prioritaria, inmediata e indeclinable, de asegurar a los niños, niñas y adolescentes el ejercicio y disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías. El padre y la madre tienen deberes, responsabilidades y derechos compartidos, iguales e irrenunciables de criar, formar, educar, custodiar, vigilar, mantener y, asistir material, moral y afectivamente a sus hijos e hijas. El Estado debe asegurar políticas, programas y asistencia apropiada para que la familia pueda asumir adecuadamente estas responsabilidades, y para que el padre y la madre asuman, en igualdad de condiciones, sus deberes, responsabilidades y derechos. Asimismo garantizará protección a la madre, al padre o a quienes ejerzan la jefatura de la familia”. “Artículo 54. Obligación del padre, de la madre, representantes o responsables en materia de educación. El padre, la madre, representantes o responsables tienen la obligación inmediata de garantizar la educación de los niños, niñas y adolescentes. En consecuencia, deben inscribirlos oportunamente en una escuela, plantel o instituto de educación, de conformidad con la ley, así como exigirles su asistencia regular a clases y participar activamente en su proceso educativo”.

ARTÍCULO 61: Se enviará una comunicación a la Dirección de Educación Municipal

donde explique la situación del representante del incumplimiento del pago de las

mensualidades de su representado o representada; también se le solicitará que la

Dirección de Educación que medie la situación con el representante y le consiga un

cupo en una Institución Pública.

Capítulo V

De los Derechos del Representante

ARTÍCULO 62: Todos los padres, madres, representantes o responsables de los y

las estudiantes de la Unidad Educativa “Colegio Francisco Tamayo” gozan de todos

los derechos y garantías civiles reconocidas en la legislación venezolana.

ARTÍCULO 63: Los padres, madres y representantes o responsables de los y las

estudiantes del Colegio Francisco Tamayo tienen el derecho a:

1. Ser respetados por todas las personas de la comunidad educativa.

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2. Ser tratado con respecto y cordialidad por toda la comunidad educativa.

3. Recibir constancia de la de la solvencia de pago.

4. Recibir información relacionada con el rendimiento académico, asistencias,

disciplina y otros aspectos relacionados con su representado o representada.

Todos los días viernes de 8:00 am a 12:00 m.

5. Ser oído con respecto y atención cuando plantea alguna irregularidad que haya

presentado en perjuicio de su representadoo representada en el colegio.

6. Presentar justificación de las inasistencias o retardos de su representadoo

representada.

7. Poder comunicarse con su representadoo representada con la previa autorización

de la Dirección o Coordinación en caso de presentársele una situación imprevista.

(Suministrar medicamentos, retirar al estudiante de clase antes de la hora u otra

situación grave).

8. Ser nominados y elegidos como Delegados de Sección y a los cargos respectivos

de la Sociedad de Padres y Representantes.

9. Ser informados de la planificación de lapso y cronograma de desarrollo de

actividades y de evaluación.

10. Ser informados de las dificultades que presenta su representadoo representada

en el proceso de enseñanza-aprendizaje.

11. Derecho a que su representadoo representadareciba orientación y educación

integral de la más alta calidad.

12. Presentar o dirigir peticiones al personal directivo, docente, administrativo,

Consejo Educativoy representantes o a cualquier órgano del Colegio. Será

atendido todos los viernes de 8:00 am a 12:00 m.

Capítulo VI

De las Faltas de los Padres, Madres, Representantes o

Responsables de los y las Estudiantes

Sección I

De las Falta Graves del Representante o Responsable

ARTÍCULO 64: Será considerada una Falta Grave del Representante o responsable

cuando:

1. No asista personalmente a procesar la inscripción del o de la estudiante al nuevo

año escolar.

2. No asista a las citaciones, reuniones convocatorias para las cuales fuere llamado

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a través de la Dirección, Coordinación, Profesor, Profesora o la Junta

Directiva de la Asociación de Padres y Representantes.

3. No retire el boletín de calificaciones en la fecha prevista.

4. No cancela puntualmente la mensualidad, en los primero cinco (5) días hábiles de

cada mes.

NOTA: Al no asistir a la Institución cuando sea requerida su presencia y hacer caso

omiso a las citaciones se le comunicará tal situación al Consejo de Derecho para que

tome el caso y haga la diligencia para que el representante o responsable asuma su

responsabilidad.

TITULO III

DE LOS DEBERES Y DERECHOS DE LOS Y LAS DOCENTES

Capítulo I

De los Deberes de los y las Docentes

ARTÍCULO 65: Son deberes de los y las Docentes de la Unidad Educativa “Colegio

Francisco Tamayo”:

1. Observar una conducta ajustada a la ética profesional, la moral, las buenas

costumbres y a los principios establecidos en la Constitución de la República

Bolivariana de Venezuela y demás Leyes de la República.

2. Cumplir con las actividades docentes conforme a los planes de estudio y

desarrollar la totalidad de los objetivos, contenidos y actividades, establecidos en

los programas oficiales de acuerdo con las previsiones de las autoridades

competentes, dentro del calendario escolar y de su horario de trabajo, conforme a

las disposiciones legales vigente.

3. Planificar el trabajo docente y rendir oportunamente la información que le sea

requerida.

4. Cumplir con las disposiciones de carácter pedagógico, técnico, administrativo y

jurídico que dicten las autoridades educativas.

5. Cumplir con las actividades de evaluación.

6. Asistir a la institución de acuerdo al horario establecido. En caso de no poder

asistir comunicarlo lo antes posible de tal manera de tener los medios

7. Cumplir con eficacia las exigencias técnicas relativas a los procesos de

planeamiento, programación, dirección de las actividades de aprendizaje,

evaluación y demás aspectos de la enseñanza-aprendizaje.

8. Asistir a todos los actos académicos y de trabajo en general para los cuales sea

formalmente convocado dentro de su horario de trabajo.

9. Orientar y asesorar a la Comunidad Educativa en la cual ejerce sus actividades

docentes.

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10. Contribuir a la evaluación del nivel ético científico, humanístico, técnico y cultural

de los miembros de la Institución.

11. Integrar las juntas, comisiones o jurado de concursos, calificaciones de servicio

de docentes y trabajos de ascenso, para los cuales fuere designados por las

autoridades competentes.

12. Dispensar a los Superiores jerárquicos, subordinados, estudiantes, padres,

madres y representantes y demás miembros de la Comunidad Educativa, el

respeto y trato afable, acordes con la investidura del o de la Docente.

13. Velar por el buen uso y mantenimiento de los ambientes de trabajo, materiales y

de los equipos utilizados en el cumplimiento de sus labores.

14. Coadyuvar eficazmente en el mantenimiento del orden institucional, la disciplina y

el comportamiento de la Comunidad Educativa y cooperar a los y las estudiantes

en receso.

15. Promover todo tipo de acciones y campañas para la conservación de los recursos

naturales y del ambiente.

16. Llegar al Colegio con la debida anticipación, se tomará como retardo pasado

cinco (5) minutos de haber sonado el timbre y no haya llegado o entrado al aula,

aunque se encuentre en la Institución.

17. Cumplir con su hora de trabajo en forma completa y no sacar a los y las

estudiantes antes de sonar el timbre.

18. Concientizarse de su responsabilidad como gerente del aula y resolver dentro del

salón de clase cualquier eventualidad o situación que se le presente y en ningún

caso retirara un o una estudiante sin la autorización de la Dirección.

19. No permitir la entrada a clases al o la estudiante que no porte uniforme, a menos

que esté presente una autorización de la Dirección.

20. Ser garante del uso reglamentario del uniforme escolar de acuerdo a lo

establecido en el Artículo 23, literales a, b y c del presente Manual de

Convivencia Escolar Comunitaria.

21. Atender de manera inmediata cualquier observación relacionada con pérdida de

útiles escolares.

22. Entregar el aula limpia, ordenada y el pizarrón borrado al o a la siguiente docente.

23. Reportar en el diario de clase cuando al llegar al aula ésta esté sucia,

desordenada o algún bien dañado. De igual manera, asentar objetivos,

contenidos, número de grupo (laboratorio), asistencia, evaluación realizada, etc.

24. Velar por el buen cumplimiento de la presente Manual de Convivencia Escolar

Comunitaria.

25. Pasar, con su puño y letra, la asistencia dentro de su hora de clase.

26. Llenar la hoja del Diario, firmarlo y colocar cualquier observación de manera clara

y precisa.

27. Atender cualquier observación que realicen los y las estudiantes; buscar por todo

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los medios, resolver la situación bajo un marco de cordialidad y respeto.

28. Aplicar una Prueba Diagnóstica al inicio del Año Escolar y entregar los resultados

a la Coordinación de Control y Estudios con las respectivas recomendaciones

quien se los dará a un Orientador u Orientadora para que haga las

recomendaciones de cada caso.

29. Entregar la planificación, programación, cronograma de actividades académicas y

de evaluación a los y las estudiantes; representantes o responsables en los diez

(10) primeros días de cada lapso.

30. Utilizar la evaluación formativa para reforzar el logro de los objetivos y mejorar las

deficiencias, detectadas en el proceso de evaluación académica.

31. Informar a los y las estudiantes, las estrategias de evaluación. Toda evaluación

se realizará sobre veinte (20) puntos.

32. Cumplir con el cronograma de evaluación según lo previsto.Cualquiermodificación

debe ser autorizada por el jefe inmediato. De igual manera, deberá establecer un

régimen especial previa presentación de justificativo reglamentario.

33. Entregar a los y las estudiantes sin intermediarios, los trabajos y evaluaciones

realizadas.

34. Realizar evaluación integral, evaluando cuantitativamente los objetivos

programados y cualitativamente los rasgos de la personalidad delos y las

estudiantes.

35. Culminar la evaluación del setenta por ciento (70%) de lapso, cinco (5) días antes

de comenzar las evaluaciones finales con el fin de hacer los ajustes necesarios.

36. Consignar las evaluaciones mensuales los tres (3) primeros días de cada mes,

las evaluaciones definitivas del lapso al Departamento de Control y estudio.

37. Realizar las evaluaciones, previa información de las mismas a los y las

estudiantes.

38. Asistir y participar activamente enel análisis del rendimiento general de la sección

y actualización individual y grupal del o de la estudiante, cuando sea convocado a

Consejo de Sección, llenando su planilla de evaluación continua a fin de que

pueda utilizar los resultados para hacer los ajustes correspondientes.

39. Emitir opiniones al Consejo de Sección que permita realizar objetivamente al

análisis del rendimiento general del o de la estudiante.

40. Informar por escrito a la Coordinación, las faltas continuas de asistencias,

puntualidad, disciplina a fin de tomar las medidas pertinentes.

41. No permitir a los y las estudiantes, ingerir alimentos, bebidas, etc., en el aula; de

igual manera, el y la docente se abstendrá de incurrir en la misma falta.

42. Entregar al Departamento de Evaluación, con cuarenta y ocho (48) horas de

anticipación, las pruebas para su revisión y reproducción. En caso contrario, la

evaluación puede ser suspendida. Una vez entregada la prueba para su

aplicación es responsabilidad del y de la docente, su custodia.

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Nota: Al elaborar la prueba, en la primera página deberá colocarle: membrete de

la Unidad Educativa “Colegio Francisco Tamayo”, nombre de la asignatura, el

curso, sección y espacio para los datos personales.

43. Las demás que se establezcan en normas legales y reglamentarias.

Capítulo II

De los Derechos y Garantía de los y las Docentes

ARTÍCULO 66: Los y las docentes tienen derechos y garantía a:

1. Disfrutar de un ambiente de trabajo acorde con su función de docente.

2. Estar informado acerca de todas las actividades educativas, científicas, sociales,

culturales y deportivas, planificadas o en su ejecución en el ámbito de la

comunidad educativa.

3. Percibir quincenalmente anualmente las remuneraciones correspondientes al

cargo que se desempeña, de acuerdo con el sistema de remuneración

establecido.

4. Participar efectivamente en la planificación, ejecución y evaluación de las

actividades de la comunidad educativa.

5. Justificar las razones de su inasistencia. Si no pudiere solicitar el permiso

respectivo con anticipación deberá presentar el justificativo dentro de los tres (3)

primeros días siguientes a la fecha de inasistencia.

6. Recibir honores y condecoraciones de acuerdo con sus méritos profesionales.

7. Gozar de autonomía académica para la enseñanza con sujeción a las normas de

organización y funcionamiento del plantel, a la administración de los planes de

enseñanza-aprendizaje y al régimen de supervisión, establecidos para los

diferentes niveles y modalidades del sistema educativo.

8. A que se le garantice el desempeño de su labor considerando losdistintos

elementos para una correcta condición de trabajo como: número de estudiantes,

recursos humanos, material didáctico, recursos audios visuales, pedagógicos,

dotación, horario, condiciones ambientales y otros que influyan en el

mejoramiento del proceso.

Capítulo III

De los Deberes y Derechos del Personal Administrativo y Obreros

De los Deberes del Personal Administrativo y Obreros

ARTÍCULO 67: Son Deberes del Personal Administrativo y Obrero:

1. Cumplir a cabalidad con la labor y función asignada dentro de la Institución.

2. Asistir diariamente y cumplir el horario establecido en el contrato.

3. Notificar por escrito a la Administración con anticipación en caso de citas médicas

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o cualquier otra eventualidad que justifique su inasistencia.

4. Comunicarse por vía telefónica u otra que se considere conveniente, con el fin de

participar la inasistencia en caso de una situación fortuita.

5. Cumplir cabalmente con las funciones o entrega de recaudos que solicite las

autoridades de la Institución.

6. Atender de manera respetuosa y cordial a todos los integrantes de la

Comunidad Educativa.

7. Cumplir cabalmente con las guardias de receso que se le asignen.

8. Participar en la planificación, organización y ejecución de las actividades

especiales.

Capítulo IV

De los Derechos del Personal Administrativo y Obrero

ARTÍCULO 68: Son derechos del Personal Administrativo y Obrero:

1. Ser tratado con respeto y cordialidad por toda la Comunidad Educativa.

2. Establecer con el patrono un contrato de trabajo acorde con las funciones que

cumpla la Institución.

3. Recibir puntualmente en las fechas previstas en el contrato, el pago de su

remuneración correspondiente a lo establecido en el contrato.

4. Disfrutar de un ambiente cómodo, acorde con las funciones que desempeña.

5. Ser objeto de estímulos o reconocimientos por parte de la Comunidad Educativa

de acuerdo a su nivel de eficiencia en el cumplimiento de sus funciones y espíritu

de colaboración.

6. Recibir información del proceso de planificación de los cambios y tomas de

decisiones que se suscitan en la misma, en las cuales esté involucrado el

personal administrativo y obrero.

7. Conocer las causales de las sanciones a las cuales fueren sometidos.

8. Disfrutar del derecho a réplica y defensa.

Capítulo V

Funciones de losDirectores o Directoras

Funciones del Director o Directora

ARTÍCULO 69: Son funciones del Director o Directorade la Unidad Educativa

“Colegio Francisco Tamayo”:

1. Ejercer la autoridad del Colegio.

2. Coordinar el trabajo del personal a su cargo: Docente, Administrativo y Obrero.

3. Ejercer la dirección pedagógica del Colegio y supervisar el desarrollo de la

enseñanza en cada una de las áreas, por si mismo, o a través de la persona que

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ella autorice.

4. Presidir los actos del Colegioy representarlo en aquellos actos de carácter público

y/o oficial, a través de su persona u otra designada por ella.

5. Asistir diariamente a Colegioy permanecer en él durante las horas de labor.

6. Firmar la correspondencia oficial y demás documentos concernientes al buen

funcionamiento del Colegio

7. Convocar y presidir el Consejo de Docentes, informales de la marcha del Colegio

y someter a la consideración, los asuntos reglamentarios y aquellos cuya

importancia lo requieran.

8. Poner en ejecución las disposiciones del Consejo de Docentes y velar por su

correcta aplicación.

9. Decidir, conjuntamente con la Administración, los nombramientos, funciones y

cese del Personal del Colegio.

10. Distribuir las cátedras entre el Personal Docente del Colegio.

11. Presentar y someter a la consideración del Consejo de Docentes, en la primera

sesión del Año Escolar, los lineamientos generales que sirvan de base al plan de

trabajo anual.

12. Velar por el estricto cumplimiento de los deberes del personal que labora en el

Colegio

13. Fijar, junto con el Departamento o Coordinaciónde Evaluación, los lapsos de

evaluación exigidos por la Ley de Educación y sus Reglamentos u otros que sean

convenientes para el control de las actividades docentes.

14. Estrechar las relaciones entre el Colegio, el hogar y la comunidad, con el objetivo

de establecer una efectiva cooperación.

15. Promover periódicamente, asambleas de Delegados de Padres, representantes y

Profesores, y reuniones parciales por cursos, para informar sobre la marcha

general del Colegio, la colaboración especifica que deben prestar a la labor

educativa que realiza el Plantel, etc.

16. Enviar a los organismos oficiales, en las oportunidades y condiciones que se

indique, los recaudos exigidos por los mismos.

17. Responder porque en el Colegio sean llevado, correctamente, los registros

correspondientes a las actividades docente-administrativas.

18. Elaborar el Plan Anual delaUnidad Educativa “Colegio Francisco Tamayo”.

19. Convocar y asistir a los Consejos de Departamentos, de Sección y Técnico

Docente, cuando lo crea conveniente.

20. Designar la Comisión encargada de elaborar los Horarios de actividades del

Colegio.

21. Cumplir y hacer cumplir los demás deberes y atribuciones que impongan las

leyes, reglamentos y las disposiciones emanadas de las autoridades

competentes, así como las Resoluciones aprobadas en Consejos de Sección,

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Consejos de Docentes, entre otros.

22. Otras funciones que se establezcan posteriormente.

Capítulo VI

Funciones del Coordinador Académico y Control de Estudio

ARTÍCULO 70: Son funciones del Coordinador Académico y Control de Estudio:

1. Asistir diariamente de acuerdo a su horario de trabajo.

2. Firmar la carpeta de registro de asistencia diaria

3. Divulgar los lineamientos, instructivos y normativas que rigen en materia de

evaluación.

4. Diseñar, instrumentar, ejecutar, controlar y evaluar el Plan Anual del

Departamento en materia de planificación.

5. Tomar por anticipado las previsiones necesarias para que se cumpla el Lunes

cívico, en caso de que el Profesor o Profesora responsable no asista.

6. Vigilar y hacer cumplir las guardias del receso.

7. Elaborar un instrumento o formato para llevar el control de las guardias de los

recesos.

8. Realizar visitas de supervisión a las aulas, controlar su orden y pulcritud.

9. Organizar y supervisar la carpeta o registro de asistencia y puntualidad del

personal docente.

10. Archivar correctamente por grado o año, sección y fecha, los diarios de clases.

11. Promover, coordinar y realizar jornadas sobre el proceso de evaluación en el nivel

de Educación Media General que se lleva a cabo en la Institución.

12. Asesorar, participar y dirigir los Consejos de Sección.

13. Rendir informe mensual de inasistencia de los docentes a la Dirección del Colegio

con copia a la Administración.

14. Rendir informe a la Dirección al finalizar cada lapso y posteriormente al culminar

las actividades académicas del Año Escolar de Actuación General del Personal

Docente, porcentaje de asistencias e inasistencias, cumplimiento de las guardias,

Lunes Cívico, elaboración de carteleras, elaboración y pulcritud de las aulas,

cumplimiento de las normas de convivencias, otras relacionadas con dicha

coordinación.

15. Asesorar a los y las Docentes en materia de diseño, aplicación y corrección de los

instrumentos de evaluación.

16. Aportar soluciones en las dificultades surgidas en el proceso de evaluación.

17. Analizar conjuntamente con el Departamento de Orientación y otras Unidades de

Apoyo del Colegio, los casos de los y las estudiantes con problema de

rendimiento.

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18. Convocar, reunir y orientar a los padres y representantes de los y las estudiantes

con problema de rendimiento académico.

19. Convocar, reunir y orientar a los padres y representantes de los y las estudiantes

con materia pendiente al inicio del Año Escolar.

20. Entregar a los padres y representantes con suficiente antelación, la fecha de

aplicación de las materias pendientes.

21. Elaborar el cronograma de evaluaciones finales de lapso.

22. Coordinar, organizar y supervisar el proceso relativo al cumplimiento del Artículo

13 de la Ley Orgánica del Ministerio de Educación.

23. Elaborar las nóminas de las secciones y mantenerlas actualizadas en caso de

retiro de algún estudiante.

24. Elaborar la nómina de los y las estudiantes con materia pendiente y repitiente,

pasarlo a la Dirección del Colegio.

25. Asesorar a los padres y representantes de los y lasestudiantes repitientes en

relación a la obligación de asistir a todas las clases.

26. Elaborar una sabana por sección con la información del Cronograma de

evaluación, a fin de poder supervisar y controlar el estricto cumplimiento del

mismo.

27. Elaborar y supervisar las carteleras.

28. Velar porque los y las Docentes cumplan cabalmente con los objetivos

programados en su planificación, realizar informe de cualquier anormalidad a la

Dirección del Colegio, a fin de evaluar las fallas por el o la Docente.

29. Atender a los representantes o responsable todos los Viernes en el horario de

8:00 am a 12:00 m.

ARTÍCULO 71: Al inicio del Año Escolar y en el transcurso del lapso, el Coordinador

Académico y Control de Estudio debe cumplir con:

1. Coordinar el proceso de inscripción.

2. Organizar las secciones.

3. Elaborar las nóminas por sección.

4. Elaborar las nóminas de los y las estudiantes con materias pendientes.

5. Elaborar las nóminas de los y las estudiantes repitientes.

6. Hacer entrega de los formatos de plan de lapso, plan de evaluación, cronograma

de evaluación, distribución de objetivos, escala de estimación.

7. Solicitar planificación a los y las profesores.

8. Colocar en los Diarios de clases, al inicio de cada lapso, los formatos para

asentar las evaluaciones parciales o continuas.

9. Publicar el contenido y cronograma de materia pendiente.

10. Supervisar la aplicación de las pruebas de materia pendiente.

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11. Coordinar con el Representante y la Coordinación General, el seguimiento del

rendimiento académico del y de la estudiante mediante la elaboración de cortes

de notas en la evaluación continua.

12. Entrega de los resultados de materia pendiente.

13. Elaborar y publicar los horarios de las pruebas de lapso.

14. Coordinar la entrega de notas al Departamento

15. Programar la entrega de boletines.

16. Organizar y realizar el Acto de Honor al Mérito.

17. Coordinar actividades del Consejo Nacional de Universidades (CNU)

18. Dar curso a las solicitudes de Constancia de Estudios, Cartas de Buenas

Conductas, transferencias y equivalencias de estudio cuando se las soliciten.

Capítulo VII

Funciones de la Coordinación de Convivencia Estudiantil

ARTÍCULO 72: La Coordinación de Convivencia Estudiantil, es una instancia

Administrativa que comparte con el Director o Directora, la responsabilidad. Es la

encargada de velar por el cumplimiento del Manual de Convivencia Escolar

Comunitaria de la Unidad Educativa “Colegio Francisco Tamayo”, a través de las

siguientes funciones:

1. Asistir diaria y puntualmente de acuerdo al horario de trabajo.

2. Firmar la carpeta de Registro de Asistencia Diaria.

3. Velar por la asistencia y puntualidad de los y las Docentes.

4. Velar por la conducta y disciplina de los y las estudiantes.

5. Velar por el buen uso y conservación de los bienes muebles e inmuebles del

Colegio.

6. Revisar diariamente los Diarios de Clases.

7. Tomar debida atención a las incidencias colocadas en las observaciones de los

Diarios de Clases por parte de los y las Docentes.

8. Procesar los casos de retardos, inasistencias, jubilaciones y otras de importancia

de los y las estudiantes

9. Asentar en el Libro de Vida de los y las Estudiantes las incidencias que se

observen en el diario de clase.

10. Orientar a los y las estudiantes y motivarlos hacia un cambio de actitud.

11. Vigilar y hacer cumplir las guardias del receso.

12. En caso de reincidencia, convocar al representante o responsable con el fin de

hacerle de su conocimiento la situación de su representado.

13. Al citar un representante o responsable se debe levantar un Acta y ficha de

incidencias según el caso, explicando de manera clara el motivo de la citación, la

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misma deberá ser firmada por el representante o responsable y por el o la

estudiante, luego debe ser archivada en el expediente del o la estudiante.

14. Informar a los y las Docentes, los resultados de la entrevista con el o la

estudiante y el representante o responsable.

15. Rendir informe mensual de la inasistencia del o de la estudiante al Departamento

de Evaluación para efecto de la entrega de boletines.

16. Velar porque los y las Docentes controlen la entrada de los y las estudiantes al

aula de clase al inicio de las actividades y después de los recesos.

17. Recordar por escrito y hacer cumplir la planificación de la elaboración de

carteleras, Lunes Cívico y guardias.

18. Velar porque los y las estudiantes no se retiren del aula a la hora de clase.

19. Comunicarse con los representantes para autorizar el retiro del o la estudiante del

Colegio antes de la hora reglamentaria por enfermedad o por una situación que lo

amerite.

20. Atender a los representantes que acudan al Colegio por haber sido citados o

porque solicitan información de su representado.

21. Velar por el estricto cumplimiento en la forma que el o la estudiante debe portar el

uniforme.

22. Actuar como Secretario o Secretario del Consejo Directivo en el Consejo General

de Docentes.

23. Elaborar el expediente de los y las estudiantes.

24. Llevar el Libro de Vida.

25. Asistir a los Consejos de Sección con el fin de dar su aporte con relación al

cumplimiento de las funciones que debe cumplir a nivel de su Coordinación.

26. Propiciar la discusión de las normas de convivencia en todos los niveles de la

Comunidad Educativa.

27. Responsabilizarse de la coordinación, asesoría y funcionamiento de las

actividades especiales y de otra índole que se realicen para lograr una eficiente

labor educativa.

28. Atender a los representantes o responsables todos los Viernes en el horario de

8:00 am a 12:00 m.

TITULO IV

DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

Capítulo I

Disposiciones Generales

ARTÍCULO 73: El Consejo Educativo está conformado por padres, madres,

representantes, responsables, estudiantes, docentes, trabajadores administrativos,

Page 44: REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL …comunidadsae.com.ve/csv1/plantel/wr/87/archivo/pagina/8270.pdf · La convivencia escolar determina la calidad de relación que

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personal obrero del Colegio y Consejos Comunales de la Zona. Como institución

fundamentada en el proceso formativo, funcionará en forma participativa y

democrática.

ARTÍCULO 74: El Consejo Educativo tendrá como objetivos:

1. Cooperar con las autoridades del Colegio en los diversos aspectos del proceso

educativo.

2. Promover la participación de la familia, de la comunidad y de otras instituciones

en el proceso educativo.

3. Propiciar las acciones de organismos de la localidad que propendan al progreso,

bienestar y superación de la vida comunal.

4. Utilizar los medios de comunicación social como instrumentos para el desarrollo

del proceso educativo y el mejoramiento de la comunidad.

5. Afianzar en los niños, niñas y adolescentes, sentimientos de respeto,

confraternidad, cooperación y solidaridad para con sus educadores, compañeros

y demás integrantes de la comunidad.

6. Promover, organizar y participar en actividades científicas, humanísticas,

técnicas, culturales, sociales, asistenciales, deportivas y recreativas que

contribuyan al desarrollo y consolidación del proceso educativo y a la integración

de padres, madres, representantes y docentes del Colegio, así como de éste a la

comunidad.

7. Cooperar con los servicios educativos y velar por su buen funcionamiento.

8. Contribuir con los aportes económicos o mediante prestación de servicios, al

desarrollo de las programaciones del Colegio y a su conservación y

mantenimiento.

Capítulo II

Organización Estudiantil

ARTÍCULO 75: Se organizarán los Consejos Estudiantiles, quienes actuarán junto

con el Consejo Educativo en los diferentes ámbitos, programas y proyectos

educativos.

Parágrafo Único: Lo no previsto en el presente Manual de Convivencia Escolar

Comunitaria se regirá por la normativa legal que dicte el Ministerio del Poder Popular

para la Educación.