repÚblica bolivariana de venezuela ministerio del...
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1
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN
UNIDAD EDUCATIVA “COLEGIO FRANCISCO TAMAYO” CABUDARE ESTADO LARA
2
ÍNDICE GENERAL
PÁGIN
A
VISIÓN..............................................................................................................................
.....
6
MISIÓN.............................................................................................................................
.....
6
OBJETIVO........................................................................................................................
.......
6
ORGANIZACIÓN Y ELABORACIÓN DEL MANUAL DE ACUERDO DE
CONVIVENCIA ESCOLAR COMUNITARIA DEL AÑO 2014-2015 DE LA UNIDAD
EDUCATIVA “COLEGIO FRANCISCO
TAMAYO”...........................................................................................................
7
DEFINICIÓN.............................................................................................................
.......
7
ORDENAMIENTO
JURÍDICO.............................................................................................
8
ORGANIZACIÓN DE LA UNIDAD EDUCATIVA “COLEGIO FRANCISCO
TAMAYO”...................
9
Personal
Directivo....................................................................................................
9
Personal
Docente.....................................................................................................
9
Personal de
Mantenimiento.....................................................................................
9
TITULO I: MANUAL DE ACUERDO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
COMUNITARIO...................
10
Capítulo I: Disposiciones
Generales..............................................................................
10
Artículo
1..................................................................................................................
10
Artículo
2.................................................................................................................
10
Artículo
3.................................................................................................................
10
Artículo
4................................................................................................................
10
TITULO II: DE LOS DEBERES, DERECHOS Y GARANTÍAS DE LOS
ESTUDIANTES...................
11
Capítulo I: Deberes de los y las 11
3
Estudiantes................................................................
Artículo
5.................................................................................................................
11
Artículo
6.................................................................................................................
12
Capítulo II: Horario de Clase y Normativo de la Entrada y Salida del Colegio
y del
Aula..........................................................................................................................
....
13
Artículo
7.................................................................................................................
13
Artículo
8.................................................................................................................
14
Artículo
9.................................................................................................................
14
Artículo
10................................................................................................................
14
Capítulo III:
Pases.........................................................................................................
14
Artículo
11................................................................................................................
14
Artículo
12................................................................................................................
14
Artículo
13................................................................................................................
15
Artículo
14................................................................................................................
15
Artículo
15................................................................................................................
15
Artículo
16................................................................................................................
15
Artículo
17................................................................................................................
15
Artículo
18................................................................................................................
15
Artículo
19................................................................................................................
15
Artículo
20...............................................................................................................
16
Artículo
21................................................................................................................
16
16
4
Capítulo IV Horario de la
Cantina................................................................................
Artículo
22...............................................................................................................
16
Capítulo V: Uniforme Escolar
Reglamentario..............................................................
16
Artículo
23................................................................................................................
16
Artículo
24...............................................................................................................
17
Capítulo VI: Apariencia Personal de los y las Estudiantes de la Unidad
Educativa “Colegio Francisco
Tamayo”.........................................................................................
18
Artículo
25...............................................................................................................
18
Capítulo VII: De los Derechos y Garantías de los y las
Estudiantes............................
18
Artículo
26...............................................................................................................
18
Artículo
27...............................................................................................................
19
Artículo
28...............................................................................................................
19
Capítulo VIII: De las Faltas de los o las
Estudiantes..........................................................
20
Artículo
29...............................................................................................................
20
Capítulo IX: De las Faltas
Leves.................................................................................
20
Artículo
30...............................................................................................................
20
Capítulo X: De las Faltas
Graves..................................................................................
21
Artículo
31................................................................................................................
21
Artículo
32...............................................................................................................
22
Capítulo XI Procedimientos para aplicar de los
Correctivos........................................
22
Artículo
33...............................................................................................................
22
Artículo
34...............................................................................................................
22
5
Artículo
35...............................................................................................................
22
Capítulo XII: De los Procedimientos para aplicar los Correctivos o
Correcciones a los y las Estudiantes de la Unidad Educativa “Colegio
Francisco Tamayo”................
23
Artículo
36...............................................................................................................
23
Artículo
37...............................................................................................................
23
Artículo
38...............................................................................................................
23
Artículo
39...............................................................................................................
23
Artículo
40...............................................................................................................
23
Artículo
41................................................................................................................
24
Artículo
42...............................................................................................................
24
TITULO II: DEBERES, DERECHOS Y GARANTÍAS DE LOS PADRES, MADRES,
REPRESENTANTES O RESPONSABLES DE LOS Y LAS
ESTUDIANTES......................................
24
Capítulo I: De los
Deberes............................................................................................
24
Artículo
43...............................................................................................................
24
Artículo
44...............................................................................................................
26
Artículo
45...............................................................................................................
26
Artículo
46...............................................................................................................
26
TITULO III: PROCESO DE ADMISIÓN, PREINSCRIPCIÓN E INSCRIPCIÓN DE LOS
Y LAS ESTUDIANTES DE LA UNIDAD EDUCATIVA “COLEGIO FRANCISCO
TAMAYO”.....................
27
Capítulo I: Proceso de
Admisión..................................................................................
27
Artículo
47................................................................................................................
27
6
Capítulo II: Solicitud de Cupo y
Preinscripción............................................................
27
Artículo
48...............................................................................................................
27
Artículo
49...............................................................................................................
27
Artículo
50...............................................................................................................
27
Artículo
51................................................................................................................
27
Capítulo III: Inscripción de los y las Estudiantes Cursantesde la Unidad
Educativa “Colegio Francisco
Tamayo”.........................................................................................
28
Artículo
52...............................................................................................................
28
Artículo
53...............................................................................................................
28
Artículo
54...............................................................................................................
28
Artículo
55...............................................................................................................
28
Capítulo IV: Proceso Administrativo por Falta del Cumplimiento en el Pago
de las
Mensualidades........................................................................................................
......
28
Artículo
56...............................................................................................................
28
Artículo
57................................................................................................................
28
Artículo
58...............................................................................................................
28
Artículo
59...............................................................................................................
29
Artículo
60...............................................................................................................
29
Artículo
61................................................................................................................
29
Capítulo V: De los Derechos del
Representante...........................................................
30
Artículo
62...............................................................................................................
30
Artículo
63...............................................................................................................
30
7
Capítulo VI: De las Faltas de los Padres, Madres, Representantes o
Responsables de los y las
Estudiantes................................................................................................
31
Sección I: De las Falta Graves del Representante o
Responsable................................
31
Artículo
64...............................................................................................................
31
TITULO III: DE LOS DEBERES Y DERECHOS DE LOS Y LAS
DOCENTES...................................
31
Capítulo I: De los Deberes de los y las
Docentes..........................................................
31
Artículo
65...............................................................................................................
31
Capítulo II: De los Derechos y Garantía de los y las
Docentes....................................
34
Artículo
66...............................................................................................................
34
Capítulo III: De los Deberes y Derechos del Personal Administrativo y
Obreros. De los Deberes del Personal Administrativo y
Obreros....................................................
35
Artículo
67................................................................................................................
35
Capítulo IV: De los Derechos del Personal Administrativo y
Obrero...........................
35
Artículo
68...............................................................................................................
35
Capítulo V: Funciones de los Directores o Directoras Funciones del Director
o
Directora..................................................................................................................
.....
36
Artículo
69...............................................................................................................
36
Capítulo VI: Funciones del Coordinador Académico y Control de
Estudio...................
37
Artículo
70...............................................................................................................
37
Artículo
71................................................................................................................
39
Capítulo VII: Funciones de la Coordinación de Convivencia
Estudiantil......................
39
Artículo 39
8
72................................................................................................................
TITULO IV: DE LA COMUNIDAD
EDUCATIVA.........................................................................
41
Capítulo I: Disposiciones
Generales..............................................................................
41
Artículo
73................................................................................................................
41
Artículo
74................................................................................................................
41
Capítulo II: Organización
Estudiantil...........................................................................
42
Artículo
75................................................................................................................
42
9
VISIÓN
La Unidad Educativa “Colegio Francisco Tamayo” es una Institución destinada
a educar en valores para la paz y la convivencia de la Unidad acorde con las
exigencias de la República Bolivariana de Venezuela, es decir, con capacidades y
potencialidades que permitan a los jóvenes transformarse en un ser productivo e
integrarse en las diferentes actividades de su entorno, ingresar al campo laboral o
proseguir estudios superiores.
MISIÓN
Formar jóvenes con valores éticos, morales, ciudadanos y espirituales para
estimular y desarrollar habilidades mediante una acción educacional integral en el
trabajo liberador, destacando la correspondencia e interdependencia de los niveles y
etapas donde los aprendizajes constituyen experiencias significativas, vinculadas a la
realidad; facilitando la transferencia de los conocimientos en las diferentes áreas de
estudio para transformarse en un ser productivo dentro de la sociedad que le permita
incorporarse a situaciones de la vida cotidiana o problemas en la comunidad
aportando soluciones viables.
OBJETIVO
El objetivo principal de este manual es sentar las bases de la convivencia
escolar del Unidad Educativa “Colegio Francisco Tamayo”, a fin de que el proceso
académico se realice en un clima favorable de armonía y donde cada uno de los
miembros conozcan claramente sus deberes y derechos, con el fin de brindar un
entorno seguro a los estudiantes, contribuyendo a la formación de un ciudadano
responsable y participativo, consciente que la creación de un medio social armonioso
depende fundamentalmente del respeto, de las normas y del sentido común.
ORGANIZACIÓN Y ELABORACIÓN DEL MANUAL DE ACUERDO DE
CONVIVENCIA ESCOLAR COMUNITARIA
10
DEL AÑO 2014-2015
UNIDAD EDUCATIVA “COLEGIO FRANCISCO TAMAYO”
Definición:
El Manual de Acuerdo de Convivencia Escolar Comunitaria es un instrumento
donde se plasma todos los deberes y derechos que tienen todos y cada uno de los
miembros de la comunidad escolar, que refiere faltas y correctivos, los cuales deben
ser consultados no impuestos.
La convivencia escolar determina la calidad de relación que se da entre todos
los miembros de la Unidad Educativa “Colegio Francisco Tamayo”, generando lazos
significativos para el estímulo intelectual, ético, espiritual y socio afectivo de todos.
De allí el que su promoción sea determinante para la vida de la Unidad Educativa
“Colegio Francisco Tamayo”.
1. ¿Por qué se crea?
El Manual de Acuerdo de Convivencia Escolar Comunitaria tiene su origen
en la participación libre de todos los miembros integrantes de la Comunidad
Educativa de la Unidad Educativa “Colegio Francisco Tamayo” para favorecer el
bien común de los integrantes del proceso educativo, debido a una aptitud-actitud
determinada, para lograr un ambiente armonioso que contribuya a una eficiente y
eficaz labor socio-pedagógica.
2. ¿Para quienes?
Los acuerdos regirán toda la Comunidad Educativa de la Unidad Educativa
“Colegio Francisco Tamayo”, Padres, Madres, Representantes, Estudiantes,
Personal Docente, Administrativo, Obrero y Propietario. Además de:
- Promover, en toda la comunidad educativa los valores relacionados con el
respeto por la integridad física, moral y psicológica de las personas; la
justicia, la verdad y la honradez, la defensa de la paz; la responsabilidad
ciudadana individual y compromiso social.
- Posibilitar la formación de todos en la práctica de la ciudadanía, mediante la
participación responsable en la construcción de una convivencia armónica en
la Unidad Educativa “Colegio Francisco Tamayo”.
- Fomentar la práctica permanente de la evaluación del comportamiento y
conducta, según pautas establecidas en el ordenamiento jurídico, como parte
importante del proceso educativo.
- Generar las condiciones institucionales necesarias para la práctica equitativa
en la resolución de conflictos.
11
- Proveer a la Unidad Educativa “Colegio Francisco Tamayo” de mecanismos
eficaces para la resolución de los conflictos.
Ordenamiento Jurídico
El ordenamiento jurídico relacionado para la elaboración e interpretación de
estas normas se toman en cuenta como legislación aplicable:
- Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV),
- Ley Orgánica de Educación (LOE) de 1999 y su Reglamento (RLOE),
- Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA)
- Convención Interamericana de los Derechos del Niño (CIDN),
- Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH),
- Ley Orgánica de Procedimiento Administrativo
- Ley sobre Violencia contra la Mujer y la Familia
- Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia,
- Código Civil Venezolano.
- Código de Comercio.
- Ley del Estatuto de la Función Pública
- Todos los Contratos Colectivos, Decretos, Resoluciones, Circulares Ministeriales
y las demás disposiciones educativas que dicten el Poder Ejecutivo Nacional o los
restantes poderes, tienen evidente carácter vinculante.
ORGANIZACIÓN DE LA
UNIDAD EDUCATIVA “COLEGIO FRANCISCO TAMAYO”
Personal Directivo
- Director o Directora
- Coordinador o Coordinadora Académica, Control de Estudio y Evaluación.
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- Coordinador o Coordinadora del Manual de Acuerdo Comunitaria.
Personal Docente
- Profesores o Profesoras por horas para cada una de las asignaturas desde
Primero a Quinto Año
- Un Administrador o una Administradora
- Un o una Auxiliar de Administración
Personal de Mantenimiento:
- Dos Obreros u Obreras
- Un Portero o Una Portera
TITULO I
MANUAL DE ACUERDO DE CONVIVENCIA ESCOLAR COMUNITARIO
Capítulo I
Disposiciones Generales
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ARTÍCULO 1: El presente Manual de Acuerdo de Convivencia Escolar
Comunitariatiene como objetivo establecer los acuerdos de convivencia y
disposiciones internas de la Unidad Educativa “Colegio Francisco Tamayo”.
ARTÍCULO 2: El presente Manual regirá a la institución, padres, madres,
representantes y responsables de los y las estudiantes, personal docente,
administrativo y obrero. Después de realizadas las consultas a toda la comunidad
educativa y tener el visto bueno por el Consejo Municipal de los Derechos del Niño,
Niña y Adolescente de Palavecino (C.M.D.N.N.A) es de obligatorio cumplimiento por
todos y por el Consejo Educativo.
ARTÍCULO 3: La enunciación de los deberes y derechos contenidos en el presente
Manual no deben entenderse como negación alguna de otros que siendo inherente a
la condición del plantel, padres, madres, representantes y responsables de los y las
estudiantes, personal docentes, administrativo y obrero, no figure expresamente, en
el mismo. La falta de regulación sobre los derechos y deberes no menoscaba su
ejercicio y cumplimiento.
ARTÍCULO 4: Lo no contemplado en este Manual de Convivencia será resuelto por
las autoridades de la Unidad Educativa “Colegio Francisco Tamayo”, con sujeción a
las Leyes de la República Bolivariana de Venezuela, Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela, Ley Orgánica de Educación, Reglamento de Educación
del Ministerio del Poder Popular para la Educación, Ley Orgánica para la Protección
de Niños, Niñas y Adolescente (LOPNNA) y otras leyes que tengan inherencia a lo
planteado.
En concordancia con la Psicología Social, los padres son los primeros y principales
educadores de sus hijos, artífices de la unidad familiar y responsables de la
formación de sus valores humanos. Por tales razones, de la Unidad Educativa
“Colegio Francisco Tamayo”, promueve una integración y participación activa de los
padres, madres, representantes o responsables en el proceso educativo.
TITULO II
DE LOS DEBERES, DERECHOS Y GARANTÍAS DE LOS ESTUDIANTES
Capítulo I
Deberes de los y las Estudiantes
ARTÍCULO 5: Los y las estudiantes tienen el deber de:
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1. Contraer la obligación de ser responsables del año de estudio en el que han sido
inscritos, debiendo lograr la excelencia académica a base de responsabilidad,
esfuerzo y dedicación.
2. Asistir regular y puntualmente a todas las actividades escolares, con el material y
los útiles escolares necesarios para ellas, salvo en los casos en que ello sea
imposible por razones justificadas y debidamente comprobadas. "La asistencia a
clases es obligatoria”. El porcentaje de asistencia para optar a la aprobación de
un año, área o asignatura o similar, según el caso, será del setenta y cinco por
ciento (75%).
3. No interrumpir, perturbar u obstaculizar injustamente el normal desarrollo de las
actividades escolares.
4. Cumplir con el horario reglamentario de clases.
5. Asistir con el uniforme reglamentario (Articulo 23).
6. El uso del uniforme es obligatorio para todas las actividades que se realicen
dentro o fuera del Colegio o en representación de éste.
7. Cuidar de su apariencia y aseo personal.
8. Permanecer en la hora de receso en los patios, bajo ningún concepto el o la
estudiante podrá quedarse en el aula ni en las escaleras.
9. Entrar en el aula inmediatamente después de sonar el timbre de culminación de
receso, de lo contrario, el o la estudiante quedará inasistente en la hora
respectiva.
10. Usar apropiadamente las instalaciones y materiales del Colegio: Pupitres,
paredes, sanitarios, material de Laboratorio de Física, Química, Biología, Ciencias
de la Tierra, material deportivo, carteleras, computadoras, las que estén en las
aulas y otros.
11. Colaborar en la conservación, limpieza y mantenimiento dentro de los límites de
sus responsabilidades, del local, del mobiliario y cualquier otro material de la
Institución.
12. Si el o la estudiante incurre en una falta o deterioro de un bien o inmueble, el
costo del mismo será cargado al padre o representante, según Decreto 2.731,
Gaceta Oficial N° 31.524, Caracas, siete (07) de Julio de 1978, debiéndolo
reponer a la brevedad posible.
13. Mantener las aulas limpias y arregladas, acomodar los pupitres y recoger el sucio
que hayan lanzado al piso antes de salir de aula.
14. Justificar por escrito en un lapso no mayor de cuarenta y ocho (48) horas la
inasistencia y en caso de expedírseles el Certificado Médico, consignarlo a la
Coordinación de la Institución.
15. Respetar a sus compañeros y compañeras, mantener con ellos y ellas un trato
amable y cordial.
15
16. Mantener un buen comportamiento como base esencial para su correcto
desenvolvimiento. Ser mesurado en su vocabulario, cuidando las buenas
costumbres de la sociedad, manteniendo un comportamiento acorde a su
condición de dama o caballero.
17. Presentar en las fechas establecidas las evaluaciones y actividades previstas en
la planificación de cada materia.
18. Abstenerse de comprometer la imagen de la Unidad Educativa “Colegio Francisco
Tamayo”, mientras transite libremente por la calle, al entrar a un establecimiento o
dentro de la institución, no hacer grabaciones y publicarlas en internet, generar
riñas, participando en manifestaciones, o conflictos fuera y dentro del mismo con
sus compañeros, compañeras o personas ajenas a éste.
19. Colaborar en las diferentes comisiones de trabajo y aprendizaje; comisiones de
enlace institucionales públicas y privadas.
20. Permanecer en el Colegio durante todo el horario de actividades escolares, salvo
en los casos en que se les permita ausentarse con autorización previa, escrita y
por razones justificadas de sus padres, madres, representantes o responsables,
la Coordinación respectiva, le expedirá un pase que deberá regresarlo al día
siguiente firmado por su representante.
21. Entregar al representante o responsable cualquier información que se le envíe a
través de él (pase, circulares, invitaciones a reuniones, citaciones, entre otros).
22. En caso de ser repitiente, asistir con carácter obligatorio a las asignaturas
aprobadas y cumplir con las actividades previstas ordinarias, excepto las
evaluaciones de lapso.
23. Al comenzar la hora de clase debe esperar al profesor o profesora en orden y en
silencio.
24. Respetar a los voceros o voceras de curso, quienes serán los encargadoso
encargadas de velar por el orden en ausencia del profesor o profesora
25. Respetar y cumplir el ordenamiento jurídico, el presente Manual, los Reglamentos
Especiales y las normas generales de convivencia.
26. Respetar, obedecer, cumplir las decisiones y órdenes que dicten las autoridades
de la Institución Educativa, siempre que la misma no violen sus derechos y
garantías o contravengan el ordenamiento jurídico.
27. Cuando tenga Educación Física debe irse y venir en el autobús, no irse a la
cancha sin el Profesor o Profesora.
28. En caso de llegar retardado a la clase de Educación Física y el autobús se haya
ido tiene dos opciones:
- Quedarse en la Institución no irse por su propio medio solo.
- Que el transporte que lo trae lo traslade a la cancha o el representante no
debe irse solo
16
ARTÍCULO 6: Los y las estudiantes tienen terminantemente prohibido:
1. Cualquier clase de juegos de mano
2. Bromas de mal gusto
3. Colocar sobrenombres y burlas
4. Acostarse en el piso y bancos.
5. Evitar contactos físicos y manifestaciones excesivas (besos, abrazos, cargarse
uno al otro, sentarse sobre las piernas de sus compañeros y compañeras).
6. Consumir alimentos y bebidas dentro del aula.
7. Fumar o ingerir bebidas alcohólicas, sustancias estupefacientes o psicotrópicas.
8. Traer materiales o equipos que entorpezcan el normal desarrollo de las
actividades escolares, tales como: animales, barajas, revistas, celulares, mp3,
mp4, etc.
9. Usar cualquier producto que altere el estado normal del cabello.
10. Usar accesorios en cualquier parte del cuerpo: piercings o tatuaje visibles. los
estudiantes, el uso de aretes, zarcillos, collares, pulseras, cabello largo y teñido.
11. Caminar por los pasillos en horas de clase
12. Asomarse en las aulas interrumpiendo las actividades.
13. Usar gorras y lentes oscuros (dentro de las instalaciones del colegio).
14. Traer dinero en cantidades mayores a los gastos de comida y pasaje.
Parágrafo Único: En caso que los y las estudiantes infrinjanen los numerales 8 y
13,del presente Artículo, se le decomisará el o los objetos y se entregará a la
Coordinación, hasta tanto se presente el representante a retirarlo. En caso de
extraviarse alguno de estos objetos, la Unidad Educativa “Colegio Francisco
Tamayo”no se hace responsable de dicha situación. Aun cuando el Colegio tomará
medidas para que el extravío no quede impune. La persona que decomisa el objeto
debe hacerse responsable del mismo.
Capítulo II
Horario de Clase y Normativo de la Entrada y Salida del Colegio y del Aula
ARTÍCULO 7: La hora de entrada y de salida a la Unidad Educativa “Colegio
Francisco Tamayo” es:
- Turno de la Mañana es desde las 6:50 am de Lunes a Viernes y la Salida es a la
1:20 pm.
- Turno de la Tarde es desde las 11:50 am y la salida es a las 5:30 pm.
Cuando lleguen deben entrar a la Institución, por medidas de seguridad.
ARTÍCULO 8: El horario de clase se iniciará:
17
- Para el Turno de la Mañana a las 7:00 am., para todos los años y va culminando
de acuerdo al horario establecido para cada año, siendo la última hora a la 1:20
pm.
- Para el Turno de la Tarde a las 11:50 am de acuerdo a los horarios establecidos
siendo la última hora a la 5:30 pm.
ARTÍCULO 9: Todos los días Lunes a las 7:00 am, se tocará el timbre, se cerrará el
portón, los y las estudiantes formarán en el patio central, para rendirle honores a los
Símbolos Patrios, fechas patrias y efemérides que corresponda a la semana en
curso, luego los y las estudiantes entraran a los salones de clase que les
corresponda. Igual se hará con el Turno de la Tarde a las 3:00 pm., se le rendirá los
honores a los Símbolos Patrios.
ARTÍCULO 10: Los y las estudiantes que lleguen el Lunes después de la hora
establecida, esperarán en la calle hasta que termine la actividad. Entrarán y
formarán para rendirle los honores a los Símbolos Patrios. Luego irán a los salones
de clase con la respectiva amonestación demora.
Capítulo III
Pases
ARTÍCULO 11: En el Turno de la Mañana, los y las estudiantes que lleguen después
de las 7:00 am., se les permitirá la entrada hasta las 7:10 am., al aula de clase
directo, los que lleguen a las 7:11 am y 7:15 am., se les dará un pase para que
entren a clase, quedando en condición de retardo. En el Turno de la Tarde, los y las
estudiantes que lleguen a las 12:00 m., entran directo, los que lleguen a las 12:15
pm., se les dará un pase para que entren a clase, quedando en condición de retardo.
ARTÍCULO 12: En la Mañana, los y las estudiantes que lleguen después de las 7:16
am, se les dará un pase para que entren a clase a las 9:00 am, quedando inasistente
en las dos primeras clases. En la tarde, los y las estudiantes que lleguen después de
las 12:16 pm., se les dará un pase para que entren a clase a la 1:20 pm., quedando
inasistente las dos primeras clases.
ARTÍCULO 13: Cuando los y las estudiantes lleguen después de las 8:30 am., deben
traer un justificativo por escrito de su representante o responsable para darle el pase
y entrar a clase.
18
ARTÍCULO 14: A los y las estudiantes se les otorgará tres (3) pases mensuales.
Agotados los pases se citará al representante o responsable para buscar alternativas
a fin de solucionar los retardos de su representado.
ARTÍCULO 15: Los y las estudiantes del turno de la mañana tendrán los recesos en
el siguiente horario:
1. El receso para Primero, Segundo y Quinto Año será de 8:30 am. a 9:00 am.
2. El receso para Tercero y Cuarto Año será de 9:10 am. a 9:40 am.
3. El Primer Año tendrá el segundo receso a las 11:00 am. a 11:05 am, solo para ir
al baño.
4. En caso de alguna emergencia, el Profesor o Profesora que esté en el salón de
clase dará el permiso a los y las estudiantes y lo manifestará a la Coordinación o
Dirección.
ARTÍCULO 16: Los y las estudiantes del turno de la tarde, los recesos serán en el
siguiente horario:
1. El Receso para Primero y Segundo Año será de 2:40 pm. a 3:00 pm.
2. El Receso para Tercero y Cuarto Año será de 3:00 pm. a 3:20 pm.
3. En caso de alguna emergencia, el Profesor o Profesora que esté en el salón de
clase dará el permiso alos y las estudiantes y lo manifestará a la Coordinación o
Dirección.
ARTÍCULO 17: El horario está organizado en bloques de noventa minutos (90 min) y
los Profesores o Profesoras se intercambiarán de aula. El receso es de acuerdo a lo
establecido en los Artículos anteriores.
ARTÍCULO 18: Cuando los y las estudiantes salgan de clase antes de la 1:20 pm y
tengan que esperar transporte deben hacerlo en el pasillo de la entrada y no salir a la
calle; menos retirarse y querer entrar al Colegio.
ARTÍCULO 19: Cuando los y las estudiantes esperan transporte, deben hacerlo
dentro del Colegio y las puertas deben permanecer cerradas, debido a que el Colegio
no se hace responsable de aquellos estudiantes que esperan el transporte en la
parte externa.
ARTÍCULO 20: Los representantes o responsables de los y las estudiantes deben
colaborar, en el sentido, de cumplir y hacer cumplir los Artículos anteriores para
evitarnos molestias innecesarias e imprevistas.
19
ARTÍCULO 21: Los y las estudiantes no deben retirarse antes de culminar el horario
de clase. En caso de hacerlo, el representante o responsable debe autorizarlo por
escrito o llamar a la Administración.
En caso de perder una evaluación, el o la estudiante deberá traer el respectivo
justificativo para realizarles las evaluaciones en un lapso de tres (3) días.
Capítulo IV
Horario de la Cantina
ARTÍCULO 22: Los y las estudiantes pueden comprar alimentos en el siguiente
horario:
En el Turno de la Mañana
- Al llegar a las 6:45 am hasta las 7:00 am.
- A las 8:30 am hasta las 8:50 am. Primero, Segundo y Quinto Año
- A las 9:10 am hasta las9:40 am. Tercero y Cuarto Año
En el Turno de la Tarde
- A las 2:40 pm hasta las 2:55 pm
Parágrafo Primero: En horario de clase no pueden comprar alimentos.
Parágrafo Segundo: Después del horario de receso no se les permitirá comprar
alimento, solo en casos excepcionales y previa autorización.
Capítulo V
Uniforme Escolar Reglamentario
ARTÍCULO 23: El uniforme escolar reglamentario de la Unidad Educativa “Colegio
Francisco Tamayo” es:
a. Uniforme Diario:
- Camisa o Franela Chemise:
- Para Primer a Tercer Año: Azul
- Para Cuarto y Quinto Año: Beige
Nota: La camisa o franela chemise debe ir por dentro del pantalón.
- Distintivo del Colegio: Cosido o impreso en el lado superior izquierdo de la
camisa o franela.
- Sweater: Deberá ser de color azul marino unicolor.
- Pantalón: Todo los y las estudiantes utilizarán pantalón de gabardina azul
marino, corte recto, con pretinas a la cintura y un poco holgado, no se
permitirá el ruedo bota ancha, que arrastre por el suelo, o tenga el ruedo y las
costuras laterales descocidas.
- Zapatos: Negros.
- Medias: Blancas.
20
- Correa: Negra.
- Bulto: Transparente o de Malla
b. Uniforme de Educación Física:
- Monos: Verde Oliva.
- Franela: Blanca con orillos verde oliva y con el distintivo o la insignia impresa
o cosida en el lado superior izquierdo.
- Zapatos: Deportivo blancos para Primer Año; azul o negros para Cuarto y
Quinto Año, sin colores llamativos. Trenzas del mismo color.
- Gorra: Negra. La gorra será solo para el uso de Instrucción Premilitar con su
insignia, no puede usarse en el Colegio.
- Medias: Blancas.
Nota: El uso del Uniforme Deportivo “ÚNICAMENTE” para las prácticas de
Educación Física o una actividad planificada previamente
c. Uniforme para Instrucción Premilitar:
Únicamente para los y las estudiantes de Primero y Segundo de Ciencias, para
las prácticas y ejercicios, el día que corresponda; cualquier otro evento autorizado
por la Dirección o por los instructores de Premilitar o el Ministerio de Educación.
- Pantalón: Gabardina azul oscuro.
- Franela: Blanca con el escudo de la Instrucción Premilitar.
- Zapatos: Deportivos negros (sin colores llamativos).
Nota: La gorra será sólo para el uso de la Instrucción Premilitar, la misma no
podrá usarse en el Colegio.
ARTÍCULO 24: El uso del uniforme es obligatorio para todas las actividades que se
realicen dentro o fuera del Colegio o en representación de éste.
Capítulo VI
Apariencia Personal de los y las Estudiantes de la
Unidad Educativa “Colegio Francisco Tamayo”
ARTÍCULO 25: Los y las estudiantesde la Unidad Educativa “Colegio Francisco
Tamayo” deben tener una apariencia personal, de acuerdo a las siguientes
indicaciones:
1. Hembras:
21
- Cabello corto o largo recogido, sin tintes de colores llamativos, ni mechones,
sujeto con colas o cortes moderados.
- Apariencia sencilla, maquillaje natural, sin accesorios llamativos ni piercings.
2. Varones:
- Corte de cabello bajo.
Queda terminantemente prohibido el uso de:
- Peinados extravagantes, con picos, crinejas, mechones, bigotes, barbas,
patilla.
- Collares, pulseras, zarcillos, piercings.
- Bandanas, cintillo de goma elástica y gorra.
Parágrafo Único: El uso de la gorra queda restringido para Educación Física y la
Práctica de Instrucción Premilitar.
Capítulo VII
De los Derechos y Garantías de los y las Estudiantes
ARTÍCULO 26: Los deberes y garantías de los y las estudiantes de la Unidad
Educativa “Colegio Francisco Tamayo” son:
1. Contar con las oportunidades y servicios educativos que le conduzcan a una
formación integral, de acuerdo con los ideales de la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela, Ley Orgánica de Educación, Ley Orgánica para la
Protección del Niño, Niña y Adolescente (LOPNNA), Derechos Universales, en
condiciones de libertad, dignidad, de tal forma que pueda desarrollar su
personalidad, aptitudes y actitudes, juicio individual, sentido de responsabilidad y
de solidaridad social.
2. Planificar o acordar conjuntamente con el o la Docente una o varias actividades
de evaluación a las cuales no hubiere asistido por causas debidamente
justificadas, en el transcurso de los cinco (5) días hábiles incorporación a clases
(en caso contrario, la calificación será cero uno (01).
3. Hacer cualquier aclaratoria al o a la Docente en términos respetuosos, en
relación con sus calificaciones cuando estas no se correspondan con los
recaudos del o de la docente, previa presentación de los soportes. (Cada
estudiante debe abrir una carpeta y archivar en ella todas sus evaluaciones con
el fin de tener las pruebas que se avalen su reclamo).
4. Recibir atención educativa durante doscientos (200) días hábiles como mínimo y
participar en el desarrollo de la totalidad de los objetivos programados previstos
para cada área, asignatura o similar del plan de estudios correspondiente.
22
5. Recibir información científica, humanística, deportiva, recreativa, artística y para
el trabajo que los capacite para la vida social, el trabajo productivo y la
prosecución de estudios.
6. Formular propuestas y expresar su punto de vista ante autoridades educativas
del plantel siguiendo los canales regulares.
7. Ser respetados por todas las personas que integran la Unidad Educativa “Colegio
Francisco Tamayo”. No deberá ser tratado o sancionado en público o privado, de
forma humillante, ofensiva o contraria a su dignidad como persona humana.
8. Ser atendido justa y oportunamente por las autoridades educativas y por los
voceros y voceras del Consejo Educativo, cuando ante ellos concurran para
formular planteamientos o peticiones relacionados con sus derechos, garantías,
deberes, responsabilidades e intereses.
9. Mantener su inscripción en la Unidad Educativa “Colegio Francisco Tamayo”,
siempre y cuando cumpla con los requisitos y disposiciones previsto en el
ordenamiento jurídico y en el presente Acuerdo de Convivencia
10. Fomentar y hacer cumplir con el debido respeto de sus derechos por parte del
personal directivo, docente, administrativo, obreros, compañeros y compañeras
de clase.
11. Todos los y las estudiantes deben defender sus derechos por sí mismo.
ARTÍCULO 27: Todos los y las estudiantes de la Unidad Educativa “Colegio
Francisco Tamayo”, también tienen derecho a discrepar para:
1. Enfrentar las formas equivocadas de autoridad (autoritarismo)
2. No resignarse a la pasividad.
3. Apoyar sus decisiones y razones.
4. Defender su derecho al conocimiento.
5. Defender su derecho a la imaginación.
ARTÍCULO 28: El y la estudiante tiene derecho a usar un teléfono celular en horas
que no interrumpa el normal desarrollo de clase. El teléfono debe ser sencillo, sin
cámara, que solo le sirva para comunicarse.
Único: En caso de extravío del teléfono, el o la estudiante es el o la responsable del
mismo.
Capítulo VIII
De las Faltas de los o las Estudiantes
ARTÍCULO 29: Se entiende por Falta, la transgresión de una norma u orden
establecido de forma que dificulte o entorpezca el proceso educativo individual o
23
colectivo, en el aspecto moral, social, docente o disciplinario, tanto dentro como fuera
de la Unidad Educativa “Colegio Francisco Tamayo”.
Capítulo IX
De las Faltas Leves
ARTÍCULO 30: Los y las estudiantes de la Unidad Educativa “Colegio Francisco
Tamayo”, incurren en Faltas Leves cuando:
1. No asistan regularmente o puntualmente a las actividades escolares.
2. Conversen en clase sobre asuntos ajenos al tema o contenido que se trate en el
momento.
3. No usen el uniforme escolar establecido.
4. No cumplen con todo los deberes escolares, entre ellos: las evaluaciones, tareas,
ejercicios y asignaciones.
5. No asistan a las actividades escolares con el material y útiles necesarios para
ellas, salvo en los casos en que sea imposible por razones justificadas
y debidamente comprobadas.
6. Incumplan los acuerdos generales de convivencia establecida por los y las
estudiantes para las aulas de clase.
7. No entren a clases estando en la Institución.
8. El retardo a la hora de entrada al Colegio durante un mes al agotar sus pases
(mínimo tres al mes).
9. Mastiquen chicles o consuman alimentos o bebidas en clase.
10. Caminen por los pasillos o asomarse al aula o interrumpir las clases.
11. Utilicen accesorios no reglamentarios en el uniforme como gorras, lentes
oscuros, sweaters de colores, maquillaje excesivo, piercings, crinejas, barba,
bigotes.
12. Traigan o utilicen en el Colegio materiales, equipos u objetos que entorpezcan el
desarrollo de actividades o distraigan la atención tales como: animales, barajas,
revistas, celulares, mp3, mp4, etc.
13. Incumplimiento con el uniforme escolar.
Capítulo X
De las Faltas Graves
ARTÍCULO 31: Los y las estudiantes de la Unidad Educativa “Colegio Francisco
Tamayo”, incurren en Faltas Graves cuando:
1. Irrespeten de forma clara e internacional los derechos de las demás personas.
2. Cometan actos lascivos en los salones u otras áreas de la Institución que atenten
contra la moral y la buena costumbre.
3. Se produzcan tres (3) faltas leves.
24
4. Cuando se retiren de clase sin pase.
5. Empleen un lenguaje inapropiado y obsceno.
6. Se queden intencionalmente fuera del Colegio a la primera hora (7:00 am), para
no cumplir con las actividades de los Lunes Cívicos o de la materia que le
corresponda.
7. Son cómplice de los hechos que estén en contra de la moral y la buena
costumbre o que transgredan los acuerdos de convivencia.
8. Insubordinaciones o desobediencia a los Directores o las Directoras y los o las
docentes de la Institución.
9. Fumen o ingieran bebidas alcohólicas, sustancias estupefacientes o
psicotrópicas.
10. Inasistencias injustificadas en una actividad escolar.
11. Hurten objetos o enseres de sus compañeros o compañeras, de la Institución,
materiales o exámenes.
12. Falsifiquen las firmasen documentos.
13. Porten armas blancas, de fuego, detonantes, objetos punzón penetrantes,
bombas con agua o sustancias nocivas.
14. Destruyan de forma intencional los locales, dotaciones y demás bienes del ámbito
escolar.
15. Amenacen, en cualquiera de las formas, a un miembro de la Comunidad
Educativa.
16. Obstaculicen o interfieran el normal desarrollo de las actividades escolares.
17. Cuando cometan actos violentos de hechos o de palabra contra cualquier
miembro de la Comunidad Educativa o del Personal Docente, Administrativo u
Obrero del Colegio.
18. No entregar convocatoria y/o citaciones a su representante o responsable en el
tiempo estipulado.
19. Prestar el uniforme a otras personas ajenas a la institución.
20. Cuando provoquen desorden o interfieran en el desarrollo y realización de
cualquier prueba de evaluación o participe en hechos que comprometan la
eficiencia de la misma
ARTÍCULO 32: Las faltas a que se refiere los Artículos anteriores se aplicarán los
correctivos según sea la falta:
1. Retiro del lugar donde se desarrolle la prueba y anulación de la misma, aplicada
por loso las Docente.
2. Retiro del plantel, aplicada por el Director o la Directora respectivo.
Preventivamente.
Capítulo XI
25
Procedimientos para aplicar de los Correctivos
ARTÍCULO 33: Los correctivos se aplicarán principalmente con la intención de
recuperar la conducta normal del o de la estudiante, de tal forma que se beneficie
tanto el o la estudiante como la Comunidad Educativa que se ve entorpecida en su
labor con el incumplimiento de las normas que facilitan la sana convivencia. Todo
correctivo debe promover un cambio de conducta positiva en el o la estudiante;
consiste en cumplir servicio comunitario dentro de la Institución y se levantarán Acta.
ARTÍCULO 34: De acuerdo a las faltas, se aplicarán correctivos por la vía de:
1. Corrección: Llamado de atención verbal de forma particular sobre una conducta
inapropiada, con ella se espera que el o la estudiante modifique su actitud y se
comporte adecuadamente, la misma se hará con el debido respeto a su persona.
2. Suspensión o Retiro del Colegio: Consiste en excluir al o la estudiante
temporalmente o definitivamente de los servicios educativos del Plantel por una
falta grave dentro o fuera de la Institución.
3. Suspensión o Retiro Temporal: Es un correctivo serio que se aplica a los y las
estudiantes para que perciba la importancia o gravedad de su conducta y del
perjuicio que ella, ocasiona a la Comunidad Educativa.
4. Suspensión o Retiro Definitivo: Se aplicará cuando el o la estudiante incurre en
faltas que lesionan gravemente los derechos de los distintos estamentos de la
Comunidad Educativa, en la que se reincida y no se aprecien signos visibles de
su recuperación o cambio de conducta. Para su aplicación se debe agotar
previamente todos los recursos disciplinarios previstos con anterioridad.
ARTÍCULO 35: Será objeto de suspensión definitiva los y las estudiantes que:
1. Reincidan en faltas graves que hayan sido retirados temporalmente en varias
ocasiones sin mostrar cambios positives de actitud y conducta.
2. Falten gravemente a la moral individual o colectiva.
3. Cualquier procedimiento disciplinario debe estar ajustado a lo que contempla el
Manual de Acuerdos de Convivencias Escolar Comunitario y la Normativa
Ordenamiento Legal Vigente.
Capítulo XII
De los Procedimientos para aplicar los Correctivos o Correcciones a los y las
Estudiantes de la Unidad Educativa “Colegio Francisco Tamayo”
ARTÍCULO 36: El o la estudiante que incurra en faltas leves, se le aplicará un
correctivo tipificado en el presente Manual de Acuerdos de Convivencias Escolar
Comunitario.
26
ARTÍCULO 37: Se levantará un acta de amonestación oral previa de la
orientación constructiva y personalizada.
ARTÍCULO 38: Se define como Servicio Comunitario:
1. Una medida administrativa.
2. Una orden que obliga a la realización de actividades formativas dentro “Colegio
Francisco Tamayo”.
3. Una medida de restitución porque hace responsable al o a la estudiante de los
daños causados.
4. Una medida formativa que establece con carácter obligatorio dos (2) horas
semanales de capacitación técnica y de formación a través de escuelas para
padres, dirigidas a niños, niñas y adolescentes y su respectiva familia.
Documento: "No midamos fuerzas, construyamos una verdadera ciudadanía"
(CMDNA, Iribarren)
ARTÍCULO 39: Cuando el o la estudiante incurra en falta grave será objeto de:
1. Orientación personalizada
2. Amonestación escrita
3. Citación del representante.
ARTÍCULO 40: Todo estudiante que sea objeto de amonestación, le será convocado
su padre, madre, representante o responsable para hacer de su conocimiento la
situación presentada por el o la estudiante, informarle sobre las medidas de
corrección que permitan al mismo corregir su conducta o proceder y fortalecer sus
valores.
ARTÍCULO 41: Los y las estudiantes que sean objeto de una amonestación en
cualquiera de sus formas, tienen el derecho a réplica con el fin de que haga uso de
su ejercicio a la defensa.
ARTÍCULO 42: El o la estudiante que agotadas las oportunidades promovidas por el
Colegio, padres, madres, representantes o responsables en la búsqueda de lograr un
cambio de conducta que facilite la sana convivencia, será reportado al Consejo
Municipal de Protección del Niño, Niña y Adolescente o al Consejo de Derecho del
Municipio Palavecino, para que reciba orientación y ayuda especializada para evitar,
a toda costa, que sea objeto de ser remitido a instancias superiores.
TITULO II
DEBERES, DERECHOS Y GARANTÍAS DE LOS PADRES, MADRES,
27
REPRESENTANTES O RESPONSABLES DE LOS Y LAS ESTUDIANTES
Capítulo I
De los Deberes
ARTÍCULO 43: Son deberes de los padres, madres, representantes o responsables
de los y las estudiantes de la Unidad Educativa
1. Realizar y procesar personalmente la inscripción de su representado. El proceso
de inscripción queda fijado para el mes de Julio del 15 al 31 inclusive. Vencido
este plazo, el Colegio no se compromete a conservar los cupos vacantes.
2. Cumplir y cancelar los compromisos del pago de la mensualidad y permanecer
solventes en el lapso convenido de los cinco (5) primeros días hábiles de cada
mes.
3. Asistir a menos una vez al mes a la institución, para conocer el rendimiento
estudiantil y disciplina de su representado o representada.
4. Asistir a la institución cuando sea convocado para recibir un reporte relacionado
con su representado o representada.
5. Asistir a todas las reuniones y actividades a las cuales fuere convocado en la
fecha y hora señalada.
6. Acatar las disposiciones legales que rigen las relaciones de la comunidad
educativa
7. Participar, atender, cumplir las programaciones curriculares, resoluciones,
circulares, memorandos, que emanen del Colegio como resultado de la
organización interna.
8. Orientar a su representado o representada en los aspectos morales, sociales,
proporcionándoles un ambiente de comprensión, cariño, respeto y buenos
ejemplos, corrigiéndoles en forma oportuna y adecuada.
9. Manifestar ante las autoridades competentes cualquier caso de irregularidad que
se presente y que afecte de cualquier modo a su representado o representada.
10. Velar por el uso correcto del uniforme el cual está especificado en el Artículo 23
del presente Manual de Acuerdos de Convivencias Escolar Comunitario.
11. No permitir que traigan a la Unidad Educativa “Colegio Francisco Tamayo”
elementos diferentes a los útiles escolares y uniforme.
12. Dotar a su representado o representada de todos los útiles escolares necesarios
para el trabajo escolar.
13. Enviar a clase a su representado o representada según su horario, estar atento o
vigilar la hora de entrada y salida; proporcionarles el apoyo necesario para que
no incurra en retardos. Su representado o representada tendrá derecho a tres (3)
pases al mes; si los agota deberá acudir con su representante a la institución.
28
14. Al asistir al Colegio no portar vestimenta informal (shorts, bermudas, pantuflas,
etc.).
15. Desempeñar eficaz y eficientemente y con sujeción al orden jurídico respectivo,
los cargos y comisiones para los que fueren asignados en el Colegio y colaborar
con el desarrollo de la misma.
16. Velar porque su representado o representadahaga buen uso de las instalaciones.
El representante será responsable por los daños y perjuicios ocasionados por su
representado o representada a los bienes e inmuebles del plantel,
correspondiéndole reponer los mismos en el tiempo acordado conjuntamente con
el Director o Directora, Coordinador o Coordinadora; Profesor o Profesora.
17. Estar atento y orientar a su representado o representada en las tareas,
actividades, asignaciones y evaluaciones que se les asignen.
18. Retirar el boletín de calificaciones, en la fecha y hora fijada en la programación
institucional. En caso de no hacerlo, la Dirección del plantel se reserva el
derecho de pasar oficio al Consejo de Derecho del Niño, Niña y Adolescente, o al
Consejo de Protección.
19. Plantear o informar a la Dirección del Colegio y a los docentes, cualquier dificultad
de salud o académica que este presentando su representado representada.
20. Informar por escrito cuando su representadoo representada deba retirarse de la
Institución antes de la hora de salida.
21. Informar por escrito los motivos por los cuales su representadoorepresentada no
pudo asistir a clases. En caso de enfermedad, entregar a la Coordinación del
Plantel, el reposo médico o constancia, de no asistir al médico el representante
deberá presentar por escrito una justificación de la inasistencia.
22. Pedir autorización previa a la Dirección o la Coordinación de la Institución cuando
amerite hablar con su representado o representada. Queda terminantemente
prohibido pasar directamente al aula e interrumpir la actividad que se esté
realizando.
23. Respetar a todas las personas que integran la Institución y mantener relaciones
que se caractericen por la honestidad, la solidaridad, la tolerancia, la cooperación
y la amabilidad.
24. Asistir a las reuniones convocadas por el Consejo Educativo; colaborar en el
desarrollo de la misma, quedando por entendido que las decisiones tomadas y
aprobadas en reuniones o asambleas del Consejo Educativo deberán ser
acatadas por aquellos representantes que no hayan asistido, independientemente
de las causa de su inasistencia.
25. Ser atendido todos los días viernes de la siguiente manera:
- El Turno de la Mañana de 8:00 am a 12:00 m
- El Turno de la Tarde de 2:00 pm a 5:00 pm
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26. El o la representante será responsable por daños y perjuicios ocasionados por su
representado o representada a los bienes muebles e inmuebles de la Institución.
27. Asistir a la Unidad Educativa “Colegio Francisco Tamayo” a recibir los cortes de
notas y Boletines de lapso cuando sean convocados. En caso de no asistir y su
representado o representada tiene un rendimiento académico bajo se le citará por
segunda vez, de no asistir, el caso se remitirá al Consejo de Protección por
incumplimiento de lo establecido en el Artículo 54 de la Ley Orgánica sobre
Protección del Niño, Niña y Adolescente (LOPNNA).
Parágrafo Primero: Se levantará un Acta en el libro, donde se dejará constancia de
los acuerdos y conclusiones.
ARTÍCULO 44: El representante o responsable tendrá un lapso de cinco (5) días
hábiles para cumplir con el proceso de Inscripción, una vez se le asigne el cupo
después de ese lapso perderá el derecho al mismo.
ARTÍCULO 45: La Inscripción para los nuevos ingresos será formalizada cuando el
representante o responsable cancele los aranceles correspondientes y presente el
recibo de pago en la Administración del Colegio, para la emisión de la factura. En
caso de no formalizar la inscripción, se reintegrará el monto cancelado.
ARTÍCULO 46: Al participar en el proceso de admisión o formalizar la Preinscripción
del aspirante a nuevo ingreso, no implica compromiso alguno por parte del Colegio
para con el aspirante, representante o responsable, sobre todo, en caso que no se
cumpla con los requisitos de Inscripción (Documentación y pagos requeridos) o se
pruebe cualquier tipo de información o documentación falsa o conducta reprobatoria
por parte del aspirante.
TITULO III
PROCESO DE ADMISIÓN, PREINSCRIPCIÓN E INSCRIPCIÓN DE LOS Y LAS
ESTUDIANTES DE LA UNIDAD EDUCATIVA “COLEGIO FRANCISCO TAMAYO”
Capítulo I
Proceso de Admisión
ARTÍCULO 47: Admisión es el proceso al cual se someten todos los aspirantes que
desean ingresar a la Unidad Educativa “Colegio Francisco Tamayo”, Educación
General y Educación Media, Mención Ciencias.
Capítulo II
30
Solicitud de Cupo y Preinscripción
ARTÍCULO 48: El proceso de Inscripción y Preinscripción para los y las estudiantes
de Primer Año, comenzará en la primera semana del mes de Mayo. Para los y las
cursantes de la Institución, el proceso de Inscripción comenzará la segunda quincena
del mes de Julio hasta el último día del mes.
ARTÍCULO 49: Los representantes o responsables que deseen ingresar a su
representado o representada en la Unidad Educativa “Colegio Francisco Tamayo”,
estarán sujetos a los siguientes requisitos:
1. Disponibilidad de Cupo.
2. Cumplir con el proceso de solicitud de cupo que se describe en el siguiente
Artículo.
ARTÍCULO 50: El representante o responsable interesado en solicitar el cupo para
su representado o representada llenará la planilla de SOLICITUD DE CUPO de la
Unidad Educativa “Colegio Francisco Tamayo”; luego se le informará el día en que
debe asistir el representante o responsable con el o la estudiante. Ese día o antes,
debe traer original y copia del Boletín de Calificaciones acumulado del Año Escolar
que cursa, y posteriormente, la administración le llamará para informarle del
resultado.
ARTÍCULO 51: En caso de no asistir a la entrevista, en fecha y hora asignada,
significará la pérdida de oportunidad de cupo.
Capítulo III
Inscripción de los y las Estudiantes Cursantes de la
Unidad Educativa “Colegio Francisco Tamayo”
ARTÍCULO 52: El representante o responsable que opte por la inscripción de su
representado o representada ya cursante en la Unidad Educativa “Colegio Francisco
Tamayo”debe estar solvente con la Administración del mismo.
ARTÍCULO 53: La inscripción de los y las estudiantes ya cursantes en el Colegio con
categoría de Observación y condicionales por bajo rendimiento o faltas de atención y
disciplina será estudiada y analizada por el Consejo de Docentes, Orientador, Jefe
de Evaluación, Coordinación y Dirección.
31
ARTÍCULO 54: En la tercera semana de Mayo, los representantes o responsables de
los y las estudiantes cursantes en la Unidad Educativa “Colegio Francisco
Tamayo”con categoría de observación y condicionales, serán citados para darles las
directrices y condicionamiento de la inscripción del próximo año escolar.
ARTÍCULO 55: Se establecerá en la Unidad Educativa “Colegio Francisco Tamayo”,
el régimen de inscripción renovable cada año escolar, para estudiantes regulares de
la Institución.
Capítulo IV
Proceso Administrativo por Falta del Cumplimiento
en el Pago de las Mensualidades
ARTÍCULO 56: Cuando el representante o responsable incumpla con el contrato de
prestaciones de servicio educativo, se le citará a una entrevista con la Administración
del Colegio por algunos de las siguientes vías: Citación escrita, teléfono, email,
prensa, fax.
ARTÍCULO 57: El representante o responsable al acudir a la citación con la
Administración del Colegio se le levantará un acta en el que se expondrá los motivos
de la citación, se escuchará y asentarán los acuerdos llegados para el pago
pendiente y firmarán tanto el representante o responsable como la persona
designada por el Colegio.
ARTÍCULO 58: El Colegio citará hasta dos (2) veces al representante o responsable,
dándole oportunidad de ser escuchado y llegar a un entendimiento.
ARTÍCULO 59: Cuando el representante o responsable del o de la estudiante no
acuda a la citación o incumpla el acuerdo estipulado en el Artículo 13 de esta
Normativa, se comenzará con el proceso administrativo de levantamiento del
expediente.
ARTÍCULO 60: Tres (3) incumplimientos tanto de las citaciones como el de los
acuerdos establecidos entre las partes se procederá a denunciar en el Consejo de
Protección del Niño, Niña y Adolescente del Municipio Palavecino, para que sea esta
entidad quien procese el expediente legal basado en el Artículo 5 y 54 de la Ley
Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, los cuales copiados
textualmente dicen:
32
“Artículo 5. Obligaciones generales de la familia e igualdad de género en la crianza de los niños, niñas y adolescentes. La familia es la asociación natural de la sociedad y el espacio fundamental para el desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes. Las relaciones familiares se deben fundamentar en la igualdad de derechos y deberes, la solidaridad, el esfuerzo común, la comprensión mutua y el respeto recíproco entre sus integrantes. En consecuencia, las familias son responsables de forma prioritaria, inmediata e indeclinable, de asegurar a los niños, niñas y adolescentes el ejercicio y disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías. El padre y la madre tienen deberes, responsabilidades y derechos compartidos, iguales e irrenunciables de criar, formar, educar, custodiar, vigilar, mantener y, asistir material, moral y afectivamente a sus hijos e hijas. El Estado debe asegurar políticas, programas y asistencia apropiada para que la familia pueda asumir adecuadamente estas responsabilidades, y para que el padre y la madre asuman, en igualdad de condiciones, sus deberes, responsabilidades y derechos. Asimismo garantizará protección a la madre, al padre o a quienes ejerzan la jefatura de la familia”. “Artículo 54. Obligación del padre, de la madre, representantes o responsables en materia de educación. El padre, la madre, representantes o responsables tienen la obligación inmediata de garantizar la educación de los niños, niñas y adolescentes. En consecuencia, deben inscribirlos oportunamente en una escuela, plantel o instituto de educación, de conformidad con la ley, así como exigirles su asistencia regular a clases y participar activamente en su proceso educativo”.
ARTÍCULO 61: Se enviará una comunicación a la Dirección de Educación Municipal
donde explique la situación del representante del incumplimiento del pago de las
mensualidades de su representado o representada; también se le solicitará que la
Dirección de Educación que medie la situación con el representante y le consiga un
cupo en una Institución Pública.
Capítulo V
De los Derechos del Representante
ARTÍCULO 62: Todos los padres, madres, representantes o responsables de los y
las estudiantes de la Unidad Educativa “Colegio Francisco Tamayo” gozan de todos
los derechos y garantías civiles reconocidas en la legislación venezolana.
ARTÍCULO 63: Los padres, madres y representantes o responsables de los y las
estudiantes del Colegio Francisco Tamayo tienen el derecho a:
1. Ser respetados por todas las personas de la comunidad educativa.
33
2. Ser tratado con respecto y cordialidad por toda la comunidad educativa.
3. Recibir constancia de la de la solvencia de pago.
4. Recibir información relacionada con el rendimiento académico, asistencias,
disciplina y otros aspectos relacionados con su representado o representada.
Todos los días viernes de 8:00 am a 12:00 m.
5. Ser oído con respecto y atención cuando plantea alguna irregularidad que haya
presentado en perjuicio de su representadoo representada en el colegio.
6. Presentar justificación de las inasistencias o retardos de su representadoo
representada.
7. Poder comunicarse con su representadoo representada con la previa autorización
de la Dirección o Coordinación en caso de presentársele una situación imprevista.
(Suministrar medicamentos, retirar al estudiante de clase antes de la hora u otra
situación grave).
8. Ser nominados y elegidos como Delegados de Sección y a los cargos respectivos
de la Sociedad de Padres y Representantes.
9. Ser informados de la planificación de lapso y cronograma de desarrollo de
actividades y de evaluación.
10. Ser informados de las dificultades que presenta su representadoo representada
en el proceso de enseñanza-aprendizaje.
11. Derecho a que su representadoo representadareciba orientación y educación
integral de la más alta calidad.
12. Presentar o dirigir peticiones al personal directivo, docente, administrativo,
Consejo Educativoy representantes o a cualquier órgano del Colegio. Será
atendido todos los viernes de 8:00 am a 12:00 m.
Capítulo VI
De las Faltas de los Padres, Madres, Representantes o
Responsables de los y las Estudiantes
Sección I
De las Falta Graves del Representante o Responsable
ARTÍCULO 64: Será considerada una Falta Grave del Representante o responsable
cuando:
1. No asista personalmente a procesar la inscripción del o de la estudiante al nuevo
año escolar.
2. No asista a las citaciones, reuniones convocatorias para las cuales fuere llamado
34
a través de la Dirección, Coordinación, Profesor, Profesora o la Junta
Directiva de la Asociación de Padres y Representantes.
3. No retire el boletín de calificaciones en la fecha prevista.
4. No cancela puntualmente la mensualidad, en los primero cinco (5) días hábiles de
cada mes.
NOTA: Al no asistir a la Institución cuando sea requerida su presencia y hacer caso
omiso a las citaciones se le comunicará tal situación al Consejo de Derecho para que
tome el caso y haga la diligencia para que el representante o responsable asuma su
responsabilidad.
TITULO III
DE LOS DEBERES Y DERECHOS DE LOS Y LAS DOCENTES
Capítulo I
De los Deberes de los y las Docentes
ARTÍCULO 65: Son deberes de los y las Docentes de la Unidad Educativa “Colegio
Francisco Tamayo”:
1. Observar una conducta ajustada a la ética profesional, la moral, las buenas
costumbres y a los principios establecidos en la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela y demás Leyes de la República.
2. Cumplir con las actividades docentes conforme a los planes de estudio y
desarrollar la totalidad de los objetivos, contenidos y actividades, establecidos en
los programas oficiales de acuerdo con las previsiones de las autoridades
competentes, dentro del calendario escolar y de su horario de trabajo, conforme a
las disposiciones legales vigente.
3. Planificar el trabajo docente y rendir oportunamente la información que le sea
requerida.
4. Cumplir con las disposiciones de carácter pedagógico, técnico, administrativo y
jurídico que dicten las autoridades educativas.
5. Cumplir con las actividades de evaluación.
6. Asistir a la institución de acuerdo al horario establecido. En caso de no poder
asistir comunicarlo lo antes posible de tal manera de tener los medios
7. Cumplir con eficacia las exigencias técnicas relativas a los procesos de
planeamiento, programación, dirección de las actividades de aprendizaje,
evaluación y demás aspectos de la enseñanza-aprendizaje.
8. Asistir a todos los actos académicos y de trabajo en general para los cuales sea
formalmente convocado dentro de su horario de trabajo.
9. Orientar y asesorar a la Comunidad Educativa en la cual ejerce sus actividades
docentes.
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10. Contribuir a la evaluación del nivel ético científico, humanístico, técnico y cultural
de los miembros de la Institución.
11. Integrar las juntas, comisiones o jurado de concursos, calificaciones de servicio
de docentes y trabajos de ascenso, para los cuales fuere designados por las
autoridades competentes.
12. Dispensar a los Superiores jerárquicos, subordinados, estudiantes, padres,
madres y representantes y demás miembros de la Comunidad Educativa, el
respeto y trato afable, acordes con la investidura del o de la Docente.
13. Velar por el buen uso y mantenimiento de los ambientes de trabajo, materiales y
de los equipos utilizados en el cumplimiento de sus labores.
14. Coadyuvar eficazmente en el mantenimiento del orden institucional, la disciplina y
el comportamiento de la Comunidad Educativa y cooperar a los y las estudiantes
en receso.
15. Promover todo tipo de acciones y campañas para la conservación de los recursos
naturales y del ambiente.
16. Llegar al Colegio con la debida anticipación, se tomará como retardo pasado
cinco (5) minutos de haber sonado el timbre y no haya llegado o entrado al aula,
aunque se encuentre en la Institución.
17. Cumplir con su hora de trabajo en forma completa y no sacar a los y las
estudiantes antes de sonar el timbre.
18. Concientizarse de su responsabilidad como gerente del aula y resolver dentro del
salón de clase cualquier eventualidad o situación que se le presente y en ningún
caso retirara un o una estudiante sin la autorización de la Dirección.
19. No permitir la entrada a clases al o la estudiante que no porte uniforme, a menos
que esté presente una autorización de la Dirección.
20. Ser garante del uso reglamentario del uniforme escolar de acuerdo a lo
establecido en el Artículo 23, literales a, b y c del presente Manual de
Convivencia Escolar Comunitaria.
21. Atender de manera inmediata cualquier observación relacionada con pérdida de
útiles escolares.
22. Entregar el aula limpia, ordenada y el pizarrón borrado al o a la siguiente docente.
23. Reportar en el diario de clase cuando al llegar al aula ésta esté sucia,
desordenada o algún bien dañado. De igual manera, asentar objetivos,
contenidos, número de grupo (laboratorio), asistencia, evaluación realizada, etc.
24. Velar por el buen cumplimiento de la presente Manual de Convivencia Escolar
Comunitaria.
25. Pasar, con su puño y letra, la asistencia dentro de su hora de clase.
26. Llenar la hoja del Diario, firmarlo y colocar cualquier observación de manera clara
y precisa.
27. Atender cualquier observación que realicen los y las estudiantes; buscar por todo
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los medios, resolver la situación bajo un marco de cordialidad y respeto.
28. Aplicar una Prueba Diagnóstica al inicio del Año Escolar y entregar los resultados
a la Coordinación de Control y Estudios con las respectivas recomendaciones
quien se los dará a un Orientador u Orientadora para que haga las
recomendaciones de cada caso.
29. Entregar la planificación, programación, cronograma de actividades académicas y
de evaluación a los y las estudiantes; representantes o responsables en los diez
(10) primeros días de cada lapso.
30. Utilizar la evaluación formativa para reforzar el logro de los objetivos y mejorar las
deficiencias, detectadas en el proceso de evaluación académica.
31. Informar a los y las estudiantes, las estrategias de evaluación. Toda evaluación
se realizará sobre veinte (20) puntos.
32. Cumplir con el cronograma de evaluación según lo previsto.Cualquiermodificación
debe ser autorizada por el jefe inmediato. De igual manera, deberá establecer un
régimen especial previa presentación de justificativo reglamentario.
33. Entregar a los y las estudiantes sin intermediarios, los trabajos y evaluaciones
realizadas.
34. Realizar evaluación integral, evaluando cuantitativamente los objetivos
programados y cualitativamente los rasgos de la personalidad delos y las
estudiantes.
35. Culminar la evaluación del setenta por ciento (70%) de lapso, cinco (5) días antes
de comenzar las evaluaciones finales con el fin de hacer los ajustes necesarios.
36. Consignar las evaluaciones mensuales los tres (3) primeros días de cada mes,
las evaluaciones definitivas del lapso al Departamento de Control y estudio.
37. Realizar las evaluaciones, previa información de las mismas a los y las
estudiantes.
38. Asistir y participar activamente enel análisis del rendimiento general de la sección
y actualización individual y grupal del o de la estudiante, cuando sea convocado a
Consejo de Sección, llenando su planilla de evaluación continua a fin de que
pueda utilizar los resultados para hacer los ajustes correspondientes.
39. Emitir opiniones al Consejo de Sección que permita realizar objetivamente al
análisis del rendimiento general del o de la estudiante.
40. Informar por escrito a la Coordinación, las faltas continuas de asistencias,
puntualidad, disciplina a fin de tomar las medidas pertinentes.
41. No permitir a los y las estudiantes, ingerir alimentos, bebidas, etc., en el aula; de
igual manera, el y la docente se abstendrá de incurrir en la misma falta.
42. Entregar al Departamento de Evaluación, con cuarenta y ocho (48) horas de
anticipación, las pruebas para su revisión y reproducción. En caso contrario, la
evaluación puede ser suspendida. Una vez entregada la prueba para su
aplicación es responsabilidad del y de la docente, su custodia.
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Nota: Al elaborar la prueba, en la primera página deberá colocarle: membrete de
la Unidad Educativa “Colegio Francisco Tamayo”, nombre de la asignatura, el
curso, sección y espacio para los datos personales.
43. Las demás que se establezcan en normas legales y reglamentarias.
Capítulo II
De los Derechos y Garantía de los y las Docentes
ARTÍCULO 66: Los y las docentes tienen derechos y garantía a:
1. Disfrutar de un ambiente de trabajo acorde con su función de docente.
2. Estar informado acerca de todas las actividades educativas, científicas, sociales,
culturales y deportivas, planificadas o en su ejecución en el ámbito de la
comunidad educativa.
3. Percibir quincenalmente anualmente las remuneraciones correspondientes al
cargo que se desempeña, de acuerdo con el sistema de remuneración
establecido.
4. Participar efectivamente en la planificación, ejecución y evaluación de las
actividades de la comunidad educativa.
5. Justificar las razones de su inasistencia. Si no pudiere solicitar el permiso
respectivo con anticipación deberá presentar el justificativo dentro de los tres (3)
primeros días siguientes a la fecha de inasistencia.
6. Recibir honores y condecoraciones de acuerdo con sus méritos profesionales.
7. Gozar de autonomía académica para la enseñanza con sujeción a las normas de
organización y funcionamiento del plantel, a la administración de los planes de
enseñanza-aprendizaje y al régimen de supervisión, establecidos para los
diferentes niveles y modalidades del sistema educativo.
8. A que se le garantice el desempeño de su labor considerando losdistintos
elementos para una correcta condición de trabajo como: número de estudiantes,
recursos humanos, material didáctico, recursos audios visuales, pedagógicos,
dotación, horario, condiciones ambientales y otros que influyan en el
mejoramiento del proceso.
Capítulo III
De los Deberes y Derechos del Personal Administrativo y Obreros
De los Deberes del Personal Administrativo y Obreros
ARTÍCULO 67: Son Deberes del Personal Administrativo y Obrero:
1. Cumplir a cabalidad con la labor y función asignada dentro de la Institución.
2. Asistir diariamente y cumplir el horario establecido en el contrato.
3. Notificar por escrito a la Administración con anticipación en caso de citas médicas
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o cualquier otra eventualidad que justifique su inasistencia.
4. Comunicarse por vía telefónica u otra que se considere conveniente, con el fin de
participar la inasistencia en caso de una situación fortuita.
5. Cumplir cabalmente con las funciones o entrega de recaudos que solicite las
autoridades de la Institución.
6. Atender de manera respetuosa y cordial a todos los integrantes de la
Comunidad Educativa.
7. Cumplir cabalmente con las guardias de receso que se le asignen.
8. Participar en la planificación, organización y ejecución de las actividades
especiales.
Capítulo IV
De los Derechos del Personal Administrativo y Obrero
ARTÍCULO 68: Son derechos del Personal Administrativo y Obrero:
1. Ser tratado con respeto y cordialidad por toda la Comunidad Educativa.
2. Establecer con el patrono un contrato de trabajo acorde con las funciones que
cumpla la Institución.
3. Recibir puntualmente en las fechas previstas en el contrato, el pago de su
remuneración correspondiente a lo establecido en el contrato.
4. Disfrutar de un ambiente cómodo, acorde con las funciones que desempeña.
5. Ser objeto de estímulos o reconocimientos por parte de la Comunidad Educativa
de acuerdo a su nivel de eficiencia en el cumplimiento de sus funciones y espíritu
de colaboración.
6. Recibir información del proceso de planificación de los cambios y tomas de
decisiones que se suscitan en la misma, en las cuales esté involucrado el
personal administrativo y obrero.
7. Conocer las causales de las sanciones a las cuales fueren sometidos.
8. Disfrutar del derecho a réplica y defensa.
Capítulo V
Funciones de losDirectores o Directoras
Funciones del Director o Directora
ARTÍCULO 69: Son funciones del Director o Directorade la Unidad Educativa
“Colegio Francisco Tamayo”:
1. Ejercer la autoridad del Colegio.
2. Coordinar el trabajo del personal a su cargo: Docente, Administrativo y Obrero.
3. Ejercer la dirección pedagógica del Colegio y supervisar el desarrollo de la
enseñanza en cada una de las áreas, por si mismo, o a través de la persona que
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ella autorice.
4. Presidir los actos del Colegioy representarlo en aquellos actos de carácter público
y/o oficial, a través de su persona u otra designada por ella.
5. Asistir diariamente a Colegioy permanecer en él durante las horas de labor.
6. Firmar la correspondencia oficial y demás documentos concernientes al buen
funcionamiento del Colegio
7. Convocar y presidir el Consejo de Docentes, informales de la marcha del Colegio
y someter a la consideración, los asuntos reglamentarios y aquellos cuya
importancia lo requieran.
8. Poner en ejecución las disposiciones del Consejo de Docentes y velar por su
correcta aplicación.
9. Decidir, conjuntamente con la Administración, los nombramientos, funciones y
cese del Personal del Colegio.
10. Distribuir las cátedras entre el Personal Docente del Colegio.
11. Presentar y someter a la consideración del Consejo de Docentes, en la primera
sesión del Año Escolar, los lineamientos generales que sirvan de base al plan de
trabajo anual.
12. Velar por el estricto cumplimiento de los deberes del personal que labora en el
Colegio
13. Fijar, junto con el Departamento o Coordinaciónde Evaluación, los lapsos de
evaluación exigidos por la Ley de Educación y sus Reglamentos u otros que sean
convenientes para el control de las actividades docentes.
14. Estrechar las relaciones entre el Colegio, el hogar y la comunidad, con el objetivo
de establecer una efectiva cooperación.
15. Promover periódicamente, asambleas de Delegados de Padres, representantes y
Profesores, y reuniones parciales por cursos, para informar sobre la marcha
general del Colegio, la colaboración especifica que deben prestar a la labor
educativa que realiza el Plantel, etc.
16. Enviar a los organismos oficiales, en las oportunidades y condiciones que se
indique, los recaudos exigidos por los mismos.
17. Responder porque en el Colegio sean llevado, correctamente, los registros
correspondientes a las actividades docente-administrativas.
18. Elaborar el Plan Anual delaUnidad Educativa “Colegio Francisco Tamayo”.
19. Convocar y asistir a los Consejos de Departamentos, de Sección y Técnico
Docente, cuando lo crea conveniente.
20. Designar la Comisión encargada de elaborar los Horarios de actividades del
Colegio.
21. Cumplir y hacer cumplir los demás deberes y atribuciones que impongan las
leyes, reglamentos y las disposiciones emanadas de las autoridades
competentes, así como las Resoluciones aprobadas en Consejos de Sección,
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Consejos de Docentes, entre otros.
22. Otras funciones que se establezcan posteriormente.
Capítulo VI
Funciones del Coordinador Académico y Control de Estudio
ARTÍCULO 70: Son funciones del Coordinador Académico y Control de Estudio:
1. Asistir diariamente de acuerdo a su horario de trabajo.
2. Firmar la carpeta de registro de asistencia diaria
3. Divulgar los lineamientos, instructivos y normativas que rigen en materia de
evaluación.
4. Diseñar, instrumentar, ejecutar, controlar y evaluar el Plan Anual del
Departamento en materia de planificación.
5. Tomar por anticipado las previsiones necesarias para que se cumpla el Lunes
cívico, en caso de que el Profesor o Profesora responsable no asista.
6. Vigilar y hacer cumplir las guardias del receso.
7. Elaborar un instrumento o formato para llevar el control de las guardias de los
recesos.
8. Realizar visitas de supervisión a las aulas, controlar su orden y pulcritud.
9. Organizar y supervisar la carpeta o registro de asistencia y puntualidad del
personal docente.
10. Archivar correctamente por grado o año, sección y fecha, los diarios de clases.
11. Promover, coordinar y realizar jornadas sobre el proceso de evaluación en el nivel
de Educación Media General que se lleva a cabo en la Institución.
12. Asesorar, participar y dirigir los Consejos de Sección.
13. Rendir informe mensual de inasistencia de los docentes a la Dirección del Colegio
con copia a la Administración.
14. Rendir informe a la Dirección al finalizar cada lapso y posteriormente al culminar
las actividades académicas del Año Escolar de Actuación General del Personal
Docente, porcentaje de asistencias e inasistencias, cumplimiento de las guardias,
Lunes Cívico, elaboración de carteleras, elaboración y pulcritud de las aulas,
cumplimiento de las normas de convivencias, otras relacionadas con dicha
coordinación.
15. Asesorar a los y las Docentes en materia de diseño, aplicación y corrección de los
instrumentos de evaluación.
16. Aportar soluciones en las dificultades surgidas en el proceso de evaluación.
17. Analizar conjuntamente con el Departamento de Orientación y otras Unidades de
Apoyo del Colegio, los casos de los y las estudiantes con problema de
rendimiento.
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18. Convocar, reunir y orientar a los padres y representantes de los y las estudiantes
con problema de rendimiento académico.
19. Convocar, reunir y orientar a los padres y representantes de los y las estudiantes
con materia pendiente al inicio del Año Escolar.
20. Entregar a los padres y representantes con suficiente antelación, la fecha de
aplicación de las materias pendientes.
21. Elaborar el cronograma de evaluaciones finales de lapso.
22. Coordinar, organizar y supervisar el proceso relativo al cumplimiento del Artículo
13 de la Ley Orgánica del Ministerio de Educación.
23. Elaborar las nóminas de las secciones y mantenerlas actualizadas en caso de
retiro de algún estudiante.
24. Elaborar la nómina de los y las estudiantes con materia pendiente y repitiente,
pasarlo a la Dirección del Colegio.
25. Asesorar a los padres y representantes de los y lasestudiantes repitientes en
relación a la obligación de asistir a todas las clases.
26. Elaborar una sabana por sección con la información del Cronograma de
evaluación, a fin de poder supervisar y controlar el estricto cumplimiento del
mismo.
27. Elaborar y supervisar las carteleras.
28. Velar porque los y las Docentes cumplan cabalmente con los objetivos
programados en su planificación, realizar informe de cualquier anormalidad a la
Dirección del Colegio, a fin de evaluar las fallas por el o la Docente.
29. Atender a los representantes o responsable todos los Viernes en el horario de
8:00 am a 12:00 m.
ARTÍCULO 71: Al inicio del Año Escolar y en el transcurso del lapso, el Coordinador
Académico y Control de Estudio debe cumplir con:
1. Coordinar el proceso de inscripción.
2. Organizar las secciones.
3. Elaborar las nóminas por sección.
4. Elaborar las nóminas de los y las estudiantes con materias pendientes.
5. Elaborar las nóminas de los y las estudiantes repitientes.
6. Hacer entrega de los formatos de plan de lapso, plan de evaluación, cronograma
de evaluación, distribución de objetivos, escala de estimación.
7. Solicitar planificación a los y las profesores.
8. Colocar en los Diarios de clases, al inicio de cada lapso, los formatos para
asentar las evaluaciones parciales o continuas.
9. Publicar el contenido y cronograma de materia pendiente.
10. Supervisar la aplicación de las pruebas de materia pendiente.
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11. Coordinar con el Representante y la Coordinación General, el seguimiento del
rendimiento académico del y de la estudiante mediante la elaboración de cortes
de notas en la evaluación continua.
12. Entrega de los resultados de materia pendiente.
13. Elaborar y publicar los horarios de las pruebas de lapso.
14. Coordinar la entrega de notas al Departamento
15. Programar la entrega de boletines.
16. Organizar y realizar el Acto de Honor al Mérito.
17. Coordinar actividades del Consejo Nacional de Universidades (CNU)
18. Dar curso a las solicitudes de Constancia de Estudios, Cartas de Buenas
Conductas, transferencias y equivalencias de estudio cuando se las soliciten.
Capítulo VII
Funciones de la Coordinación de Convivencia Estudiantil
ARTÍCULO 72: La Coordinación de Convivencia Estudiantil, es una instancia
Administrativa que comparte con el Director o Directora, la responsabilidad. Es la
encargada de velar por el cumplimiento del Manual de Convivencia Escolar
Comunitaria de la Unidad Educativa “Colegio Francisco Tamayo”, a través de las
siguientes funciones:
1. Asistir diaria y puntualmente de acuerdo al horario de trabajo.
2. Firmar la carpeta de Registro de Asistencia Diaria.
3. Velar por la asistencia y puntualidad de los y las Docentes.
4. Velar por la conducta y disciplina de los y las estudiantes.
5. Velar por el buen uso y conservación de los bienes muebles e inmuebles del
Colegio.
6. Revisar diariamente los Diarios de Clases.
7. Tomar debida atención a las incidencias colocadas en las observaciones de los
Diarios de Clases por parte de los y las Docentes.
8. Procesar los casos de retardos, inasistencias, jubilaciones y otras de importancia
de los y las estudiantes
9. Asentar en el Libro de Vida de los y las Estudiantes las incidencias que se
observen en el diario de clase.
10. Orientar a los y las estudiantes y motivarlos hacia un cambio de actitud.
11. Vigilar y hacer cumplir las guardias del receso.
12. En caso de reincidencia, convocar al representante o responsable con el fin de
hacerle de su conocimiento la situación de su representado.
13. Al citar un representante o responsable se debe levantar un Acta y ficha de
incidencias según el caso, explicando de manera clara el motivo de la citación, la
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misma deberá ser firmada por el representante o responsable y por el o la
estudiante, luego debe ser archivada en el expediente del o la estudiante.
14. Informar a los y las Docentes, los resultados de la entrevista con el o la
estudiante y el representante o responsable.
15. Rendir informe mensual de la inasistencia del o de la estudiante al Departamento
de Evaluación para efecto de la entrega de boletines.
16. Velar porque los y las Docentes controlen la entrada de los y las estudiantes al
aula de clase al inicio de las actividades y después de los recesos.
17. Recordar por escrito y hacer cumplir la planificación de la elaboración de
carteleras, Lunes Cívico y guardias.
18. Velar porque los y las estudiantes no se retiren del aula a la hora de clase.
19. Comunicarse con los representantes para autorizar el retiro del o la estudiante del
Colegio antes de la hora reglamentaria por enfermedad o por una situación que lo
amerite.
20. Atender a los representantes que acudan al Colegio por haber sido citados o
porque solicitan información de su representado.
21. Velar por el estricto cumplimiento en la forma que el o la estudiante debe portar el
uniforme.
22. Actuar como Secretario o Secretario del Consejo Directivo en el Consejo General
de Docentes.
23. Elaborar el expediente de los y las estudiantes.
24. Llevar el Libro de Vida.
25. Asistir a los Consejos de Sección con el fin de dar su aporte con relación al
cumplimiento de las funciones que debe cumplir a nivel de su Coordinación.
26. Propiciar la discusión de las normas de convivencia en todos los niveles de la
Comunidad Educativa.
27. Responsabilizarse de la coordinación, asesoría y funcionamiento de las
actividades especiales y de otra índole que se realicen para lograr una eficiente
labor educativa.
28. Atender a los representantes o responsables todos los Viernes en el horario de
8:00 am a 12:00 m.
TITULO IV
DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
Capítulo I
Disposiciones Generales
ARTÍCULO 73: El Consejo Educativo está conformado por padres, madres,
representantes, responsables, estudiantes, docentes, trabajadores administrativos,
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personal obrero del Colegio y Consejos Comunales de la Zona. Como institución
fundamentada en el proceso formativo, funcionará en forma participativa y
democrática.
ARTÍCULO 74: El Consejo Educativo tendrá como objetivos:
1. Cooperar con las autoridades del Colegio en los diversos aspectos del proceso
educativo.
2. Promover la participación de la familia, de la comunidad y de otras instituciones
en el proceso educativo.
3. Propiciar las acciones de organismos de la localidad que propendan al progreso,
bienestar y superación de la vida comunal.
4. Utilizar los medios de comunicación social como instrumentos para el desarrollo
del proceso educativo y el mejoramiento de la comunidad.
5. Afianzar en los niños, niñas y adolescentes, sentimientos de respeto,
confraternidad, cooperación y solidaridad para con sus educadores, compañeros
y demás integrantes de la comunidad.
6. Promover, organizar y participar en actividades científicas, humanísticas,
técnicas, culturales, sociales, asistenciales, deportivas y recreativas que
contribuyan al desarrollo y consolidación del proceso educativo y a la integración
de padres, madres, representantes y docentes del Colegio, así como de éste a la
comunidad.
7. Cooperar con los servicios educativos y velar por su buen funcionamiento.
8. Contribuir con los aportes económicos o mediante prestación de servicios, al
desarrollo de las programaciones del Colegio y a su conservación y
mantenimiento.
Capítulo II
Organización Estudiantil
ARTÍCULO 75: Se organizarán los Consejos Estudiantiles, quienes actuarán junto
con el Consejo Educativo en los diferentes ámbitos, programas y proyectos
educativos.
Parágrafo Único: Lo no previsto en el presente Manual de Convivencia Escolar
Comunitaria se regirá por la normativa legal que dicte el Ministerio del Poder Popular
para la Educación.